Se conocen diferentes acepciones para el vocablo valor cuando está referido a la valoración de bienes inmuebles.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Se conocen diferentes acepciones para el vocablo valor cuando está referido a la valoración de bienes inmuebles."

Transcripción

1 1. VALORACIÓN DE INMUEBLES El Valor: concepto y sus distintos significados. Se conocen diferentes acepciones para el vocablo valor cuando está referido a la valoración de bienes inmuebles. Por una parte la Dirección General del Catastro define el valor catastral, que es un valor administrativo, que sirve de base o se toma como referencia en relación con determinadas actuaciones de las Administraciones Públicas: De carácter fiscal: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Patrimonio e Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, entre otros. De carácter no fiscal: expropiación, valoraciones urbanísticas, determinadas ayudas, becas y subvenciones públicas, etc. El valor catastral se determina objetivamente para cada bien inmueble a partir de los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario. Se fija tomando como referencia el valor de mercado, sin que en ningún caso pueda exceder de éste. Normalmente el valor se calcula mediante la aplicación de un coeficiente que reduce a la mitad el valor resultante de la Ponencia de valores. Se calcula a través de un procedimiento reglamentariamente establecido, que constituye el sistema de valoración catastral. Está integrado por el valor del suelo y el de las construcciones y es corregido en función de las características particulares del inmueble. Los estudios de mercado tienen por objeto la investigación y recopilación de datos económicos del mercado inmobiliario urbano a los efectos de establecer, en la ponencia de valores, los distintos valores de suelo y de la construcción para la posterior valoración de cada uno de los inmuebles inscritos en el catastro. La ponencia de valores sirve para la determinación del valor catastral que recogerá, según los casos y conforme a lo que se establezca reglamentariamente, los criterios, módulos de valoración, planeamiento urbanístico y demás elementos precisos para llevar a cabo dicha determinación, y que se ajustará a las directrices dictadas para la coordinación de valores. Alaescuela.net Reservados todos los derechos. 3

2 VALORACIÓN DE INMUEBLES Las ponencias de valores serán de ámbito municipal, salvo que otras circunstancias justifiquen una extensión mayor. Dentro de su ámbito, existen los siguientes tipos de ponencias: Totales, cuando se extienda a la totalidad de los bienes inmuebles de una misma clase. Parciales, cuando se realice sobre los bienes de una misma clase en alguna o varias zonas, polígonos discontinuos o fincas. Especiales, cuando afecten exclusivamente a uno o varios grupos de bienes inmuebles de características especiales. Valor del suelo. Se considera suelo de naturaleza urbana: El clasificado por el planeamiento urbanístico como urbano. Los terrenos que tengan la consideración de urbanizables según el planeamiento y estén incluidos en sectores, así como el resto de suelo clasificado como urbanizable a partir del momento de aprobación del instrumento urbanístico que lo desarrolle. El que reúna las características del artículo 8 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones (B.O.E. núm. 89, de 14 de abril) [Derogado con la nueva Ley de Suelo 2/2008]. Aquellos en que puedan ejercitarse facultades urbanísticas equivalentes a los anteriores según la legislación autonómica. Valoración del suelo. El suelo se valora teniendo en cuenta las circunstancias urbanísticas que le afecten respecto a su clasificación y calificación. Al valor de suelo así establecido, se aplica el aprovechamiento permitido por el planeamiento urbanístico municipal. Valor de la construcción. Se consideran construcciones: Los edificios, sean cualesquiera los materiales de que estén construidos y el uso al que se destinen. Las instalaciones industriales, comerciales, deportivas, de recreo, agrícolas, ganaderas, forestales y piscícolas de agua dulce, tales como diques, tanques, cargaderos, etc, excluyéndose en todo caso la maquinaria y el utillaje. Las obras de urbanización y mejora, como las explanaciones y las que se realicen para el uso de los espacios descubiertos. 4

3 Valoración de construcción. La construcción se valora calculando su coste actual, teniendo en cuenta su tipología, uso, calidad y carácter histórico-artístico, depreciándose cuando proceda en función de la antigüedad, uso y estado de conservación. También se tienen en cuenta, si es el caso, el carácter singular y las obras de reforma que se hayan realizado. Valor del inmueble. Para la valoración del inmueble, considerado como la suma del valor de suelo y el de la construcción que soporte, se tienen en cuenta la existencia de determinadas circunstancias que puedan concurrir en el mismo: Inadecuación por el uso o diseño, o su consideración de interior. El grado de protección por estar catalogado o forme parte de un conjunto históricoartístico. Afección por inconcreción urbanística: futuro vial, expropiación, reparcelación, fuera de ordenación, etc. Apreciación o depreciación económica. Causas que hacen variar el valor. El valor catastral puede variar a lo largo del tiempo por alguno de los siguientes motivos: La evolución de los valores de mercado. La depreciación monetaria. Las modificaciones del planeamiento urbanístico municipal, como el aumento o disminución de la superficie edificable de un solar, cambio en la clasificación o calificación del suelo, etc. Procedimientos La determinación del valor se lleva a efecto a través de uno de los siguientes mecanismos, en función de las circunstancias que concurran: Actualización. Procedimiento automático a través de la aplicación de los coeficientes que las distintas Leyes de Presupuestos Generales del Estado establecen y que, normalmente, coinciden con la evolución previsible del I.P.C para cada año. Aplicándose a los municipios que tengan Ponencias de valores vigentes anteriores a 1997 y posteriores a Alaescuela.net Reservados todos los derechos. 5

4 VALORACIÓN DE INMUEBLES Valoración colectiva de carácter general. Proceso mediante el que se actualizan simultáneamente los valores catastrales de todos los inmuebles de una misma clase de un municipio con la finalidad de homogeneizarlos y referenciarlos uniformemente con los valores de mercado. Valoración colectiva de carácter parcial. Proceso mediante el que se actualizan simultáneamente los valores catastrales de los inmuebles de una misma clase en alguna o varias zonas, polígonos discontinuos o fincas de un municipio con la finalidad de homogeneizarlos y referenciarlos uniformemente con los del resto de los inmuebles del municipio. Procedimiento simplificado de valoración colectiva. Proceso mediante el que se actualizan los valores catastrales de los bienes inmuebles afectados por las modificaciones de planeamiento determinadas en la Ley, con la finalidad de adecuar el valor catastral de estos bienes a sus nuevos parámetros urbanísticos. En la ORDEN ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, modificada por la ORDEN EHA/3011/2007, de 4 de octubre, se establecen las siguientes definiciones: Valor de mercado o venal de un inmueble (VM). Es el precio al que podría venderse el inmueble, mediante contrato privado entre un vendedor voluntario y un comprador independiente en la fecha de la tasación en el supuesto de que el bien se hubiere ofrecido públicamente en el mercado, que las condiciones del mercado permitieren disponer del mismo de manera ordenada y que se dispusiere de un plazo normal, habida cuenta de la naturaleza del inmueble, para negociar la venta. A tal efecto se considerará: a. Que entre vendedor y comprador no debe existir vinculación previa alguna, y que ninguno de los dos tiene un interés personal o profesional en la transacción ajeno a la causa del contrato. b. Que la oferta pública al mercado conlleva tanto la realización de una comercialización adecuada al tipo de bien de que se trate, como la ausencia de información privilegiada en cualquiera de las partes intervinientes. c. Que el precio del inmueble es consecuente con la oferta pública citada y que refleja en una estimación razonable el precio (más probable) que se obtendría en las condiciones del mercado existentes en la fecha de la tasación. 6 d. Los impuestos no se incluirán en el precio. Tampoco se incluirán los gastos de comercialización.

5 Valor del inmueble para la hipótesis de edificio terminado. Es el valor que previsiblemente podrá alcanzar un edificio en proyecto, construcción o rehabilitación en la fecha de su terminación, si se construye en los plazos estimados y con las características técnicas contenidas en su proyecto de edificación o rehabilitación. Valor de reemplazamiento (VR) o coste de reemplazamiento o de reposición puede ser: bruto o a nuevo y neto o actual. El valor de reemplazamiento bruto o a nuevo (VRB) de un inmueble es la suma de las inversiones que serían necesarias para construir, en la fecha de la valoración, otro inmueble de las mismas características (capacidad, uso, calidad, etc.) pero utilizando tecnología y materiales de construcción actuales. El valor de reemplazamiento neto o actual (VRN) es el resultado de deducir del VRB la depreciación física y funcional del inmueble en la fecha de la valoración. Valor de tasación (VT). Es el valor que la presente Orden establece como tal para cada tipo de inmueble o derecho a valorar. Dicho valor será el valor jurídico o con efectos jurídicos para las finalidades integrantes del ámbito de aplicación de la misma. Valor hipotecario o valor a efecto de crédito hipotecario (VH). Es el valor del inmueble determinado por una tasación prudente de la posibilidad futura de comerciar con el inmueble, teniendo en cuenta los aspectos duraderos a largo plazo de la misma, las condiciones del mercado normales y locales, su uso en el momento de la tasación y sus usos alternativos correspondientes. En la determinación a que se refiere el apartado anterior no se incluirán los elementos especulativos. Valor máximo legal (VML). Es el precio máximo de venta de un inmueble o vivienda, en su caso, sujeto a protección pública, establecido en la normativa específica que le sea aplicable. Valor por comparación, valor por actualización, valor residual. Es el valor obtenido mediante la aplicación de los métodos técnicos de comparación, actualización de rentas y residual respectivamente. Además, en sus artículos 5 y 6, esta Orden determina los métodos a utilizar para el cálculo del valor de un inmueble. Alaescuela.net Reservados todos los derechos. 7

6 VALORACIÓN DE INMUEBLES Así, para calcular el valor de un edificio o de un elemento de un edificio se utilizará siempre la superficie comprobada por el tasador. Además se deberán tener en cuenta las especificaciones siguientes: a. Cuando no sea posible comprobar la superficie del edificio o elemento del edificio, se utilizará la menor entre las superficies catastral y registral. b. En el caso de elementos de edificios en los que se haya podido comprobar la superficie útil o la construida sin partes comunes, podrá también utilizarse la menor entre las superficies catastral y registral con partes comunes, aun cuando dichas superficies con partes comunes no hayan podido ser comprobadas, siempre que exista una dificultad operativa especial para la comprobación debidamente justificada por el tasador, no exista duda razonable sobre la magnitud expresada por la superficie registral, si se utilizara esta, y la relación entre la superficie utilizada y la comprobada sea razonable a juicio del tasador. c. Cuando la superficie comprobada sea superior en más de un 5% a la registral o a la catastral o cuando se trate de un edificio que carezca de declaración de obra nueva inscrita en el registro de la propiedad, su adopción requerirá que se verifique su adecuación a la normativa urbanística aplicable. En el caso de elementos de edificios se requerirá tal verificación de su adecuación a la normativa urbanística aplicable cuando la diferencia sea superior en más de un 10%. d. En el caso de que la superficie de los espacios exteriores de uso privativo del edificio o elemento de un edificio supere el 15% de la superficie total del mismo, aquella superficie se deberá medir por separado y se valorará con precio unitario diferente la superficie de los espacios exteriores. También deberán valorarse con precio unitario diferente los espacios exteriores no cubiertos y los que por su uso, características constructivas y funcionales se considere que tienen valores independientes. El conjunto de estas superficies deberá ser objeto de justificación, indicando los criterios seguidos. e. A los efectos del cálculo de su valor máximo legal, en las viviendas sujetas a protección pública, se tomará como superficie la consignada en la cédula de calificación correspondiente. Para calcular el valor de un terreno o de una finca rústica se utilizará como superficie la comprobada por el tasador. Cuando dicha comprobación no sea viable se utilizará la menor entre la superficie registral y la catastral. Se podrá utilizar la mayor entre la superficie registral y la catastral siempre que, una vez hechas las estimaciones oportunas, se justifique expresa y razonadamente de una manera destacada. 8 Los valores de los bienes inmuebles y derechos objeto de valoración se reflejarán en un informe y en su caso en un certificado de tasación.

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. ÁMBITO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. ÁMBITO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES Pág. 1 de 5 ORDEN ECO/805/2003, DE 27 DE MARZO, SOBRE NORMAS DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y DE DETERMINADOS DERECHOS PARA CIERTAS FINALIDADES FINANCIERAS. (BOE de 9 abril de 2003) -TEXTO PARCIAL-

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA

MINISTERIO DE HACIENDA MINISTERIO DE HACIENDA ORDEN de 5 de julio de 2000 por la que se determinan los módulos de valoración, a efectos de lo establecido en el apartado tercero del artículo 71 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre,

Más detalles

AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO

AYUNTAMIENTO DE POZOBLANCO FUNDAMENTO LEGAL ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Artículo 1º.- En virtud del artículo 106.3 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de los artículos

Más detalles

ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN CATASTRAL

ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN CATASTRAL ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN CATASTRAL En la zona centro del territorio nacional se encuentra el municipio de Villareal, con una población de 200.000 habitantes. Para este municipio

Más detalles

LECCIÓN DÉCIMA LA VALORACIÓN CATASTRAL

LECCIÓN DÉCIMA LA VALORACIÓN CATASTRAL LECCIÓN DÉCIMA LA VALORACIÓN CATASTRAL VALOR CATASTRAL Concepto - Es el determinado objetivamente para cada inmueble a partir de los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario y está integrado por el valor

Más detalles

Los bienes inmuebles se clasifican catastralmente en urbanos, rústicos y de características especiales.

Los bienes inmuebles se clasifican catastralmente en urbanos, rústicos y de características especiales. 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), define al mismo como un registro administrativo dependiente

Más detalles

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011

NÚMERO 244 Jueves, 22 de diciembre de 2011 29944 ORDEN de 12 de diciembre de 2011 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad

Más detalles

ALCALA, , MADRID (MADRID)

ALCALA, , MADRID (MADRID) Valor de Mercado: 2.591 /m 2-259.100 Fecha de valoración: 6 de Octubre de 2015 Localización inmueble CL ALCALA, 180, MADRID (MADRID) Autor: Nombre Titulado Telefono de Contacto: 91 298 05 04 Dirección:

Más detalles

Metodología Estadísticas de la Dirección General del Catastro

Metodología Estadísticas de la Dirección General del Catastro Metodología Estadísticas de la Dirección General del Catastro 1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario

Más detalles

Jornadas sobre una mirada práctica del Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo ECO/805/2003

Jornadas sobre una mirada práctica del Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo ECO/805/2003 Jornadas sobre una mirada práctica del Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo ORDEN ECO/805/2003, DE 27 DE MARZO, SOBRE NORMAS DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y DE DETERMINADOS DERECHOS PARA CIERTAS

Más detalles

ANEXO V A) MOTIVACIÓN DE LA VALORACIÓN CATASTRAL DE BIENES INMUEBLES URBANOS

ANEXO V A) MOTIVACIÓN DE LA VALORACIÓN CATASTRAL DE BIENES INMUEBLES URBANOS DELEGACIÓN DE ECONOMIA Y HACIENDA DE GERENCIA DEL CATASTRO DE ANEXO V A) MOTIVACIÓN DE LA ACIÓN CATASTRAL DE BIENES INMUEBLES URBANOS DATOS DE LA PONENCIA DE ES ES BÁSICOS EN POLÍGONO MÓDULOS BÁSICOS FECHA

Más detalles

Métodos de valoración

Métodos de valoración Métodos de valoración Métodos de valoración > Método del coste. Valor de reemplazamiento bruto o a nuevo. Valor de reemplazamiento neto o actual. > Método de comparación. > Método de actualización de rentas.

Más detalles

No obstante, se ha considerado aconsejable su sustitución por un nuevo texto. Los motivos para este cambio normativo son básicamente tres:

No obstante, se ha considerado aconsejable su sustitución por un nuevo texto. Los motivos para este cambio normativo son básicamente tres: Norma vigente Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (BOE de 9 de abril) (Corrección de errores,

Más detalles

REVISIÓN CATASTRAL. ACTUALIZACIÓN CATASTRAL Año 2017 Anterior actualización 1986

REVISIÓN CATASTRAL. ACTUALIZACIÓN CATASTRAL Año 2017 Anterior actualización 1986 REVISIÓN CATASTRAL Objeto ACTUALIZACIÓN CATASTRAL Año 2017 Anterior actualización 1986 Procedimiento de regularización catastral Objeto La incorporación al Catastro Inmobiliario de los inmuebles urbanos

Más detalles

No obstante, se ha considerado aconsejable su sustitución por un nuevo texto. Los motivos para este cambio normativo son básicamente tres:

No obstante, se ha considerado aconsejable su sustitución por un nuevo texto. Los motivos para este cambio normativo son básicamente tres: Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (BOE de 9 de abril) (Corrección de errores, BOE de 20

Más detalles

Página 1 de 7. 1 Los artículos 1 a 3 de esta orden ministerial recogen el contenido de la derogada Orden de 5 de julio de 2000,

Página 1 de 7. 1 Los artículos 1 a 3 de esta orden ministerial recogen el contenido de la derogada Orden de 5 de julio de 2000, Página 1 de 7 ORDEN EHA/3188/2006, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS MÓDULOS DE VALORACIÓN A EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 30 Y EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DEL TEXTO REFUNDIDO

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. Ministerio de Economía «BOE» núm. 85, de 9 de abril de

Más detalles

ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN HIPOTECARIA

ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN HIPOTECARIA MINISTERIO PROCESO SELECTIVO PARA ENUNCIADO DEL TERCER EXAMEN. SUPUESTO DE VALORACIÓN HIPOTECARIA Una entidad bancaria, a los efectos de conceder una hipoteca sobre una vivienda, solicita a una sociedad

Más detalles

INDICE 1.- INTRODUCCIÓN...4 TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES...5 CAPÍTULO III - CONDICIONANTES Y ADVERTENCIAS...13

INDICE 1.- INTRODUCCIÓN...4 TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES...5 CAPÍTULO III - CONDICIONANTES Y ADVERTENCIAS...13 INDICE 1.- INTRODUCCIÓN...4 TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES...5 CAPÍTULO I - ÁMBITO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONES...5 ARTÍCULO 1. OBJETO...5 ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN...5 ARTÍCULO 3. PRINCIPIOS....6

Más detalles

ORDENANZA Nº 1 - I. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Ejercicio 2004 Pleno 30 de octubre de 2003

ORDENANZA Nº 1 - I. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Ejercicio 2004 Pleno 30 de octubre de 2003 ORDENANZA Nº 1 - I IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Ejercicio 2004 Pleno 30 de octubre de 2003 Artículo 1.- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133,2 y 142 de la Constitución y por el

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Orden EHA/3188/2006, de 11 de octubre, por la que se determinan los módulos de valoración a efectos de lo establecido en el artículo 30 y en la disposición transitoria primera del Texto Refundido de la

Más detalles

(B.O.E. de 18 de octubre de 2006 Correcciones de erratas B.O.E de 27 y 28 de octubre de 2006)

(B.O.E. de 18 de octubre de 2006 Correcciones de erratas B.O.E de 27 y 28 de octubre de 2006) Octubre 2006 Orden EHA/3188/2006, de 11 de octubre, por la que se determinan los módulos de valoración a efectos de los establecido en el artículo 30 y en la disposición transitoria primera del Texto refundido

Más detalles

PRECIO: 590 /alumno* * Materiales didácticos, acceso a plataforma, licencia software TASAPlus 7 y titulación incluidas

PRECIO: 590 /alumno* * Materiales didácticos, acceso a plataforma, licencia software TASAPlus 7 y titulación incluidas DURACION: 80 horas online + 20 horas modalidad presencial virtual. PRECIO: 590 /alumno* * Materiales didácticos, acceso a plataforma, licencia software TASAPlus 7 y titulación incluidas MODALIDAD: Online

Más detalles

REDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos

REDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos 2. Se entiende por suelo de naturaleza urbana: b) Los terrenos que tengan la consideración de urbanizables

Más detalles

Anexo I. Determinación Coeficientes Homegeneización. Abril de 2013

Anexo I. Determinación Coeficientes Homegeneización. Abril de 2013 1. CONSIDERACIONES PREVIAS El art. 126.1 de la Ley 5/2006 de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, en adelante LOTUR, establece que para que el aprovechamiento urbanístico pueda

Más detalles

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS ORDENANZA FISCAL Nº 4 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS Artículo 1. Establecimiento del Impuesto y normativa aplicable. 1. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos

Más detalles

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE VALORADORES Propiedad y Patrimonio ( S.E.V.P.P.)

SOCIEDAD ESPAÑOLA DE VALORADORES Propiedad y Patrimonio ( S.E.V.P.P.) SOCIEDAD ESPAÑOLA DE VALORADORES CON LA COLABORACIÓN DEL ÁREA DE PROYECTOS DEPARTAMENTO DE EXPRESIÓN GRÁFICA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA ORGANIZA CURSO DE: VALORACIÓN Y TASACIÓN DE INMUEBLES Dirección: Eduardo

Más detalles

Perito Judicial Inmobiliario. Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos

Perito Judicial Inmobiliario. Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos Perito Judicial Inmobiliario Formación Empresarial, Marketing y Recursos Humanos Ficha Técnica Categoría Peritaciones Judiciales Referencia Precio Horas 8642-1301 86.00 Euros 360 Contenido del Pack - 4

Más detalles

ENUNCIADO DEL TERCER EJERCICIO SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL

ENUNCIADO DEL TERCER EJERCICIO SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL 28 de abril de 2016. ENUNCIADO DEL TERCER EJERCICIO SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL La Agencia Estatal de la Administración Tributaria con fecha 20 de julio de 2015, inicia el procedimiento de comprobación

Más detalles

afie consultores catastrales e inmobiliarios

afie consultores catastrales e inmobiliarios Presentación afie consultores catastrales e inmobiliarios afie consultores catastrales e inmobiliarios es un equipo formado por arquitectos, técnicos, abogados y economistas con una larga trayectoria de

Más detalles

Los citados inmuebles son propiedad del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja y constituyen bienes patrimoniales.

Los citados inmuebles son propiedad del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja y constituyen bienes patrimoniales. INFORME RELATIVO A LA VALORACIÓN DE LOS APARTAMENTOS DE LA PROMOCIÓN MUNICIPAL DE 151 VIVIENDAS Y 16 APARTAMENTOS EN EL CAMINO DE SAN JUAN DE COLMENAR DE OREJA (MADRID). 1. Antecentes y descripción de

Más detalles

DOCUMENTO 1 MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CUADRO DE COEFICIENTES N POR POLÍGONOS MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

DOCUMENTO 1 MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CUADRO DE COEFICIENTES N POR POLÍGONOS MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y HACIENDA EN MADRID DOCUMENTO 1 MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y CUADRO DE COEFICIENTES N POR POLÍGONOS Capítulo 1. MEMORIA 1.1. ÁMBITO Y MARCO NORMATIVO El ámbito de esta Ponencia de valores parcial

Más detalles

Esta misma norma fija también los coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2018.

Esta misma norma fija también los coeficientes de actualización de los valores catastrales para 2018. Newsletter nº 1 enero Área Fiscal PRORROGADAS LAS MAGNITUDES EXCLUYENTES DE LOS MÓDULOS IRPF/IVA Y SE ACTUALIZAN LOS VALORES CATASTRALES DE INMUEBLES PARA 2018 Estimado/a cliente/a: En el BOE del día 30

Más detalles

ORDEN ECO/805/2003 de 27 de marzo Normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.

ORDEN ECO/805/2003 de 27 de marzo Normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. ORDEN ECO/805/2003 de 27 de marzo Normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. Ministerio de Economía B.O.E.: 09-ABR-03 7253 ORDEN ECO/805/2003,

Más detalles

Anexo I. Determinación Coeficientes Ponderación Abril de 2013

Anexo I. Determinación Coeficientes Ponderación Abril de 2013 1. CONSIDERACIONES PREVIAS El art. 126.1 de la Ley 5/2006 de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, en adelante LOTUR, establece que para que el aprovechamiento urbanístico pueda

Más detalles

COMPROBACIÓN DE VALORES DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA

COMPROBACIÓN DE VALORES DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA COMPROBACIÓN DE VALORES DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Dictamen de Perito de la Administración que se realiza en aplicación del Artículo 57 apartado e) de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Más detalles

Guía del Curso Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias

Guía del Curso Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias Guía del Curso Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias Modalidad de realización del curso: Titulación: A distancia y Online Diploma acreditativo con las horas del curso OBJETIVOS Este curso de

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. ANTECEDENTES-. La Certificación de Eficiencia Energética constituye una

Más detalles

Procedimientos. Listado de procedimientos catastrales. Procedimientos: Procedimientos catastrales.

Procedimientos. Listado de procedimientos catastrales. Procedimientos: Procedimientos catastrales. Procedimientos Procedimientos catastrales Modelos de declaración de alteraciones catastrales Alta de nueva construcción Cambio de titular Incorporación de cónyuge o comuneros Valoraciones colectivas Renovación

Más detalles

Así que se ha de contar con los porches, y la escalera que va desde el parking a la casa (así salen los 195 m 2 que nos imputan)

Así que se ha de contar con los porches, y la escalera que va desde el parking a la casa (así salen los 195 m 2 que nos imputan) EXPLICACION CALCULO IBI FASE III SUPERFICIE STRUIDA: De aquí sale todo el cálculo del valor del suelo y de la construcción, ya que el valor del suelo se da en función de la superficie construida y no de

Más detalles

MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y LISTADO DE ZONAS DE VALOR

MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y LISTADO DE ZONAS DE VALOR DELEGACION PONENCIA DE VALORES TOTAL DE BIENES INMUEBLES URBANOS DEL MUNICIPIO DE VALDEMORO DELEGACION DOCUMENTO 1 MEMORIA, CRITERIOS DE VALORACIÓN Y LISTADO DE ZONAS DE VALOR DELEGACION Capítulo 1. MEMORIA

Más detalles

Gestión Catastral y Gestión Tributaria Local El Catastro y la financiación local

Gestión Catastral y Gestión Tributaria Local El Catastro y la financiación local BADAJOZ 8 de octubre 2015 Gestión Catastral y Gestión Tributaria Local El Catastro y la financiación local BELÉN NAVARRO HERAS Directora General del Catastro TRATAMIENTO DE LOS SUELOS URBANIZABLES VALORACIÓN

Más detalles

Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias

Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias Técnico Profesional en Tasaciones Inmobiliarias Modalidad Online Horario Flexible Descuento Alumnos Duración 300 horas Nivel Superior Subvención Empresas Descripción Detallada Este curso de Técnico Profesional

Más detalles

PLAN GENERAL MUNICIPAL

PLAN GENERAL MUNICIPAL ANEXO 1 DETERMINACIÓN DE LOS COEFICIENTES DE HOMOGENEIZACIÓN PLAN GENERAL MUNICIPAL N A V A R R E T E UTE TEDEÓN NAVARRETE 1.- CONSIDERACIONES PREVIAS. El art. 126.1 de la Ley 5/2006 de 2 de mayo, de Ordenación

Más detalles

I. Disposiciones Generales

I. Disposiciones Generales I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN de 15 de junio de 2015, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba la actualización para

Más detalles

LA VALORACIÓN INMOBILIARIA

LA VALORACIÓN INMOBILIARIA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE ARQUITECTURA DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCIÓN Y TECNOLOGÍA ARQUITECTÓNICAS Master en Dirección de Empresas Constructoras e Inmobiliarias LA VALORACIÓN

Más detalles

Ficha Técnica. Categoría. Contenido del Pack. Sinopsis. Inmobiliaria. - 2 Manual Teórico - 1 Cuaderno de Ejercicios

Ficha Técnica. Categoría. Contenido del Pack. Sinopsis. Inmobiliaria. - 2 Manual Teórico - 1 Cuaderno de Ejercicios Ficha Técnica Categoría Inmobiliaria Contenido del Pack - 2 Manual Teórico - 1 Cuaderno de Ejercicios Sinopsis El Agente Inmobiliario es un especialista en compras y ventas inmobiliarias que ahorrará al

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA MINISTERIO DE ECONOMÍA 7253 ORDEN ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras La presente Orden establece

Más detalles

GALDAMESKO UDALA AYUNTAMIENTO DE GALDAMES (BIZKAIA)

GALDAMESKO UDALA AYUNTAMIENTO DE GALDAMES (BIZKAIA) ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. I. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1. Este Ayuntamiento, de acuerdo con lo previsto en la Norma Foral reguladora de las Haciendas

Más detalles

5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA 5ª.-ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA CAPITULO I. HECHO IMPONIBLE Artículo 1. 1. Constituye el hecho imponible del Impuesto el incremento

Más detalles

TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición

TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición TEMA SUPERFICIES Definiciones según Orden ECO/805/2003 y criterios de medición 1. Definiciones según Orden ECO Superficie útil: es la superficie de suelo delimitado por el perímetro definido por la cara

Más detalles

INFORME VALORACIÓN DE VIVIENDA

INFORME VALORACIÓN DE VIVIENDA INFORME VALORACIÓN DE VIVIENDA Fecha Valoración: Localización inmueble: 27 de mayo de 2016 CL CRISTO DE LA LUZ 1, 03º B, MADRID, MADRID La fiabilidad del sistema de valoración ha sido certificada por el

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA 13678 Miércoles 9 abril 2003 BOE núm. 85 y naturaleza del equipaje posibilite su transporte en el interior del vehículo. Los excesos de equipaje sobre las cifras anteriores se abonarán a razón de 0,04

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA 13678 Miércoles 9 abril 2003 BOE núm. 85 y naturaleza del equipaje posibilite su transporte en el interior del vehículo. Los excesos de equipaje sobre las cifras anteriores se abonarán a razón de 0,04

Más detalles

NÚMERO 241 Viernes, 17 de diciembre de 2010

NÚMERO 241 Viernes, 17 de diciembre de 2010 29949 ORDEN de 7 de diciembre de 2010 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad

Más detalles

SEGUNDO EJERCICIO. SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL

SEGUNDO EJERCICIO. SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL SEGUNDO EJERCICIO. SUPUESTO DE DICTAMEN PERICIAL La Agencia Estatal de Administración Tributaria inicia, en diciembre de 2017, un procedimiento de comprobación de valores sobre la compraventa de un solar

Más detalles

REVISIÓN CATASTRAL DE BIENES DE NATURALEZA URBANA 2017 PREGUNTAS FRECUENTES

REVISIÓN CATASTRAL DE BIENES DE NATURALEZA URBANA 2017 PREGUNTAS FRECUENTES REVISIÓN CATASTRAL DE BIENES DE NATURALEZA URBANA 2017 PREGUNTAS FRECUENTES Me ha llegado una carta de diputación comunicando los valores catastrales para el año 2017, qué tengo que hacer? En qué datos

Más detalles

COEFICIENTES CORRECTORES

COEFICIENTES CORRECTORES COEFICIENTES CORRECTORES Los coeficientes correctores modifican los valores de suelo, construcción y de ambos. Consideramos los siguientes: 1. Coeficientes correctores del suelo. 1.1. Varias fachadas:

Más detalles

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO Se propone modificar el texto refundido de la Ley del Catastro

Más detalles

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. I.- DISPOSICIONES GENERALES

ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES. I.- DISPOSICIONES GENERALES AYUNTAMIENTO DE GAUTEGIZ - ARTEAGA GAUTEGIZ - ARTEAGAKO UDALA C/ Herriko Enparantza, 1 48314 Gautegiz Arteaga Tfno. y fax. 94.625.29.53 ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

Más detalles

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009

NÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009 9258 ORDEN de 30 de marzo de 2009 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma

Más detalles

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CATASTRO INMOBILIARIO APROBADO POR EL REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004 Artículo 7. Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7. Bienes inmuebles urbanos y rústicos. 2. Se entiende por suelo de naturaleza urbana: a) El clasificado o definido por el planeamiento urbanístico

Más detalles

C E R T I F I C A. Lugar EIDOS DE ABAIXO - PEREIRO, Polígono 93, Parcela 641 a 646

C E R T I F I C A. Lugar EIDOS DE ABAIXO - PEREIRO, Polígono 93, Parcela 641 a 646 CERTIFICADO DE TASACIÓN HOJA 1 / 7 EXPEDIENTE: 198582.12V03 Nº DE HOJAS: 32 + ANEXOS FECHA DE EMISIÓN: 13/11/2012 VALIDEZ HASTA: 13/05/2013 S/REF: 710-7287-004369 FECHA DE VISITA: 24/09/2012 IBERTASA,

Más detalles

REVISION CATASTRAL DE BIENES DE NATURALEZA URBANA 2017 PREGUNTAS FRECUENTES

REVISION CATASTRAL DE BIENES DE NATURALEZA URBANA 2017 PREGUNTAS FRECUENTES 1. Me ha llegado una carta de diputación comunicando los valores catastrales para el año 2017, que tengo que hacer? 2. Tengo que ir obligatoriamente a retirar la notificación a las oficinas municipales

Más detalles

CÁLCULO DEL CANON EN DPMT

CÁLCULO DEL CANON EN DPMT 1.- Introducción El canon que los particulares deben abonar a la administración por el uso del Dominio Público Marítimo Terrestre viene recogido en la Ley de Costas y su Reglamento en el título IV Régimen

Más detalles

Sistema catastral: Provincia de Catamarca- Republica Argentina. Julio 2008

Sistema catastral: Provincia de Catamarca- Republica Argentina. Julio 2008 Sistema catastral: Metodología a de Valuación n Fiscal Provincia de Catamarca- Republica Argentina Julio 2008 1 PROVINCIA DE CATAMARCA REPUBLICA ARGENTINA 2 3 CARACTERISTICAS DE LA VALUACION CATASTRAL

Más detalles

XI SEMINARIO CATASTRO INMOBILIARIO

XI SEMINARIO CATASTRO INMOBILIARIO XI SEMINARIO CATASTRO INMOBILIARIO SANTA CRUZ DE LA SIERRA. BOLIVIA 7-11 de julio 2.008 EL CATASTRO EN ESPAÑA XI SEMINARIO CATASTRO INMOBILIARIO SANTA CRUZ DE LA SIERRA. BOLIVIA 7-11 de julio 2.008 valoración

Más detalles

CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS

CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS EN EL AÑO 2008 Sevilla,

Más detalles

Perito Judicial en Tasaciones Inmobiliarias, Valoración y Pericia Judicial Inmobiliaria +

Perito Judicial en Tasaciones Inmobiliarias, Valoración y Pericia Judicial Inmobiliaria + Perito Judicial en Tasaciones Inmobiliarias, Valoración y Pericia Judicial Inmobiliaria + Titulación Universitaria en Elaboración de TITULACIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA BONIFICADA EXPEDIDA POR EL INSTITUTO

Más detalles

Orden de 10 de septiembre de 2001 sobre actualización de los inventarios de bienes y derechos de la Seguridad Social. (B.O.E. de 3 de octubre de 2001)

Orden de 10 de septiembre de 2001 sobre actualización de los inventarios de bienes y derechos de la Seguridad Social. (B.O.E. de 3 de octubre de 2001) Orden de 10 de septiembre de 2001 sobre actualización de los inventarios de bienes y derechos de la Seguridad Social (B.O.E. de 3 de octubre de 2001) El artículo 81 de la Ley General de la Seguridad Social

Más detalles

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Ordenanza Reguladora

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Ordenanza Reguladora ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1. Hecho imponible Ordenanza Reguladora 1.- El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos

Más detalles

Ordenanza Fiscal nº 306. Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

Ordenanza Fiscal nº 306. Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana ORDENANZA Nº 306 IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA En uso de las atribuciones concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106

Más detalles

Núm Boletín Oficial de Aragón

Núm Boletín Oficial de Aragón RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2018, del Director General de Tributos, por la que se actualizan, para el ejercicio 2018, los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados

Más detalles

Pág. 3 de 7. 2 Véase la Orden de 14 de octubre de 1998 (B.O.E. de 20 de octubre).

Pág. 3 de 7. 2 Véase la Orden de 14 de octubre de 1998 (B.O.E. de 20 de octubre). Pág. 1 de 7 ORDEN EHA/3188/2006, DE 11 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS MÓDULOS DE VALORACIÓN A EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 30 Y EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DEL TEXTO REFUNDIDO

Más detalles

Nº DE EXP.: / pag. 1

Nº DE EXP.: / pag. 1 Zehazki S.A., inscrita el 02.11.88 con el Nº 49 en el Registro del Banco de España, con domicilio en Calle Javier de Barkalztegi Nº 19, Etlo "C" de San Sebastián. Firmado por: Graciano Gerardo Villar Ganuza

Más detalles

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2017, del Director General de Tributos, por la que se actualizan, para el ejercicio 2017, los coeficientes aplicables al valor

Más detalles

CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS

CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS CÁLCULO DE LOS COEFICIENTES MULTIPLICADORES APLICABLES AL VALOR CATASTRAL PARA ESTIMAR EL VALOR REAL DE DETERMINADOS BIENES INMUEBLES URBANOS DE LOS HECHOS IMPONIBLES DEVENGADOS EN EL AÑO 2007 Sevilla,

Más detalles

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014.

naturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014. ORDEN de de 2013 por la que se aprueban los Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Más detalles

Núm Boletín Oficial de Aragón

Núm Boletín Oficial de Aragón ORDEN HAP/742/2016, de 1 de julio, por la que se aprueba la actualización para el ejercicio 2016 de los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles

Más detalles

TECHNICAL PERSONAL SHOPPER le ofrece una guía con toda la información necesaria para la compra y venta de una propiedad inmobiliaria en España.

TECHNICAL PERSONAL SHOPPER le ofrece una guía con toda la información necesaria para la compra y venta de una propiedad inmobiliaria en España. Valencia a 10 de abril de 2012 TECHNICAL PERSONAL SHOPPER le ofrece una guía con toda la información necesaria para la compra y venta de una propiedad inmobiliaria en España. 1.-DOCUMENTACIÓN COMPRA VENTA

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA B.O.P.: ANUNCIO NÚMERO 7800 - BOLETÍN NÚMERO 248 (MARTES, 30 DE DICIEMBRE DE 2014) B.O.P.: ANUNCIO

Más detalles

Página 1 de 7. 1 En los artículos 1 a 3 de esta orden, que recogen el contenido de la derogada Orden de 5 de julio de 2000, 3 Véase el epígrafe

Página 1 de 7. 1 En los artículos 1 a 3 de esta orden, que recogen el contenido de la derogada Orden de 5 de julio de 2000, 3 Véase el epígrafe Página de 7.5.8 ORDEN EHA/88/006, DE DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DETERMINAN LOS MÓDULOS DE VALORACIÓN A EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 0 Y EN LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DEL TEXTO REFUNDIDO

Más detalles

Guía del Curso Técnico Profesional en Dirección y Gestión Inmobiliaria

Guía del Curso Técnico Profesional en Dirección y Gestión Inmobiliaria Guía del Curso Técnico Profesional en Dirección y Gestión Inmobiliaria Modalidad de realización del curso: Titulación: A distancia y Online Diploma acreditativo con las horas del curso OBJETIVOS Conjunto

Más detalles

Valoraciones Inmobiliarias

Valoraciones Inmobiliarias Septiembre 2008 Valoraciones Inmobiliarias MÉTODO: COMPARACIÓN DE MERCADO (homologación) 1 ivan.humaran@upc.edu Niveles de valuación: 1º Usuario 2ª Los que conocen el objeto 3ª Los que usan métodos de

Más detalles

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 5 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 5 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. Publicación en BOP Nº 25 de 06/02/2017 Periodo de exposición al público: 30 días Modificación: artículos 2, 3, 4, 7, 10 y 11 y disposición final ORDENANZA FISCAL NÚMERO 5 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE

Más detalles

COMPAÑÍA HISPANIA DE TASACIONES Y VALORACIONES, S.A.

COMPAÑÍA HISPANIA DE TASACIONES Y VALORACIONES, S.A. COMPAÑÍA HISPANIA DE TASACIONES Y VALORACIONES, S.A. BREVE EXPLICACIÓN DE LAS NORMAS ESPAÑOLAS ECO/805/2003 Página 1 de 1 1. ÍNDICE 1. ÍNDICE... 1 2. INTRODUCCIÓN DE EDUARDO SERRA GESTA (PRESIDENTE DE

Más detalles

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

ILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1. Naturaleza y hecho imponible. Supuestos de no sujeción. 1. El Impuesto sobre el Incremento

Más detalles

1.- Los números de identificación fiscal.

1.- Los números de identificación fiscal. 1.- Los números de identificación fiscal. 2.- Garantías en la construcción bajo la ley de ordenación de la edificación. 3.- Últimas voluntades de ciudadanos británicos en España y el impuesto sobre sucesiones.

Más detalles

Valoraciones en la Ley 8/2007 Aplicaciones prácticas

Valoraciones en la Ley 8/2007 Aplicaciones prácticas Valoraciones en la Ley 8/2007 Aplicaciones prácticas Federico García Erviti Clase y categoría SnU SUbz SUnC SUnC SUC CRITERIOS DE VALORACIÓN Ley 8/2007 Situación Básica Suelo Rural Suelo Urbanizado Vacante

Más detalles

Instituto para el Conocimiento de Valor Añadido Instituto Cohispania de Valoración COHISPANIA

Instituto para el Conocimiento de Valor Añadido Instituto Cohispania de Valoración COHISPANIA Instituto para el Conocimiento de Valor Añadido Instituto Cohispania de Valoración COHISPANIA Algunas de las preguntas que se realizan en este cuestionario pueden tener; ninguna, una o más de una respuesta

Más detalles

TASACIONES Y VALORACIONES DE GALICIA, S.A.

TASACIONES Y VALORACIONES DE GALICIA, S.A. Solicitante y finalidad Solicitante: NIF: Finalidad: CONSTRUPROM MATARO, S.L. B63157580 Garantia hipotecaria Lo que expide a efectos que determina el Apartado Dos del Art. 28 y el Apartado tercero del

Más detalles

LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CUESTIONAN EL ACTUAL SISTEMA DE COMPROBACION DE VALORES SOBRE BIENES INMUEBLES QUE REALIZA LA ADMINISTRACIÓN.

LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CUESTIONAN EL ACTUAL SISTEMA DE COMPROBACION DE VALORES SOBRE BIENES INMUEBLES QUE REALIZA LA ADMINISTRACIÓN. LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA CUESTIONAN EL ACTUAL SISTEMA DE COMPROBACION DE VALORES SOBRE BIENES INMUEBLES QUE REALIZA LA ADMINISTRACIÓN. 1. Introducción. Recientes sentencias de los tribunales de justicia

Más detalles

INFORME AUDITORIA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS GRUPO ORION.

INFORME AUDITORIA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS GRUPO ORION. INFORME AUDITORIA DE ACTIVOS INMOBILIARIOS GRUPO ORION. Para Grupo Empresas ORION. Hemos auditado un total de 77 activos, pertenecientes a cuatro empresas del Grupo ORIOM, que comprende todos los activos

Más detalles

5.- ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

5.- ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA 5.- ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Artículo 1º.- Hecho imponible. CAPITULO I.- HECHO IMPONIBLE 1. Constituye el hecho imponible del impuesto

Más detalles

A Y U N T A M I E N T O

A Y U N T A M I E N T O A Y U N T A M I E N T O D E SA CEETE AÑO 2003 ORDENANZA Núm.9 DETERMINACION DE LA CUOTA TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES Aprobada el 4 de noviembre de 2003 Modificada el 27 de diciembre de

Más detalles

Jornada sobre modificaciones catastrales y su repercusión en los Ayuntamientos. Salamanca, 6 de noviembre de 2013

Jornada sobre modificaciones catastrales y su repercusión en los Ayuntamientos. Salamanca, 6 de noviembre de 2013 Jornada sobre modificaciones catastrales y su repercusión en los Ayuntamientos Salamanca, 6 de noviembre de 2013 60 Ayuntamientos pendientes de revisión catastral 50 40 30 20 10 1987 28 1988 15 1989 41

Más detalles

En la Gerencia Territorial del catastro se está elaborando el plan de trabajos

En la Gerencia Territorial del catastro se está elaborando el plan de trabajos ENUNCIADO DEL CUARTO EXAMEN. SUPUESTO DE PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN CATASTRAL, ELABORACION DE PONENCIAS DE VALORES DE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Y DEFINICIÓN DE ZONAS DE VALOR. En la Gerencia

Más detalles

Los principales pasos que realiza un tasador para emitir una valoración son los siguientes:

Los principales pasos que realiza un tasador para emitir una valoración son los siguientes: Desarrollo de una Valoración Una valoración es un dictamen técnico realizado, realizado conforme a una serie de procesos establecidos, encaminados a determinar el valor un inmueble, en función de su localización,

Más detalles

ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ORDENANZA FISCAL REGULADORA IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA ARTICULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL El Ayuntamiento de Chiva, de conformidad con lo que establece el articulo

Más detalles