i.t.e. Dirección General de Gestión Dirección de Gestión de Ayudas a la Rehabilitación Dpto. Rehabilitación Privada
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- Hugo Guzmán Ortiz
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1 CONDICIONES DE APLICACIÓN Y CARACTERISTICAS DE LAS OBRAS SUBVENCIONABLES DERIVADAS DE LA i.t.e. Dirección General de Gestión Dirección de Gestión de Ayudas a la Rehabilitación Dpto. Rehabilitación Privada
2 CONTENIDO DE LA INSPECCIÓN Estado general de la estructura y cimentación Estado general de fachadas interiores, exteriores y medianerías Estado general conservación de cubiertas y azoteas Estado general de la fontanería y red de saneamiento. 2
3 OBRAS SUBVENCIONABLES Todas aquellas que acrediten las condiciones de seguridad, estabilidad, estanquidad, consolidación estructural y habitabilidad en función del uso del edificio. A modo de ejemplo: * En el apartado 1 se incluyen obras del tipo de consolidación de cimientos, sustitución de forjados, viguetas, pies derechos, etc. Las obras derivadas de estas actuaciones también son subvencionables. * En el apartado 2 se incluye la reparación de petos, impostas, barandillas, cornisas, aplacados, elementos ornamentales, etc. En general todos los elementos que puedan caer a la vía pública. * En el apartado 4. estanqueidad de las redes de fontanería y saneamiento, incluyendo bajantes, pozos, arquetas, acometidas, etc. * También son subvencionables los gastos derivados de control de calidad, ensayos, realojos provisionales, honorarios, tasa e impuesto de licencia. No se subvenciona los honorarios de redacción del acta de la I.T.E * En el apartado 3, la estanqueidad frente al agua, impermeabilización, chimeneas, retejados. 3
4 Obras de Estructura 4
5 Obras de fachada 5
6 Obras de cubiertas 6
7 Documentación Técnica inicial 7
8 1. Actas de Inspección De dos tipos favorables y desfavorable. o Favorables o En las favorables no existe ninguna posibilidad de subvención. 8
9 o Desfavorables o En la actas desfavorables se subvencionan las obras derivadas de la I.T.E. y aquellas que los servicios técnicos de la EMVS indiquen en su informe, siendo estas igualmente obligatorias. 9
10 Las actas se presentaran en registros autorizados debidamente visados. Las Actas desfavorables, en la solicitud de ayudas, se presentarán completas aunque en algún n apartado sea favorable 10
11 PRESUPUESTO DE LAS OBRAS Es el documento base para interpretar las obras y calcular las subvenciones Se presentará aquel que los propietarios aprueben a la empresa constructora. En los casos de sustitución de la empresa constructora una vez iniciadas las obras, se presentará el presupuesto de las nueva empresa. IMPORTANTE: Los presupuestos se elaborarán con mediciones desglosadas /ml./m²/m³/kg./etc.) y precio unitario de cada unidad. Salvo casos muy singulares no se admiten partidas alzadas (P.A.) 11
12 Se recomienda desglosar el total del presupuesto en los conceptos: TOTAL PRESUPUESTO DE EJECUCION MATERIAL.. % GASTOS GENERALES Y BENEFICIO INDUSTRIAL.. % IVA TOTAL Se incluirán contratos o presupuesto de honorarios Se presentarán tantos presupuestos como empresas intervengan en la ejecución de los obras. Al finalizar los trabajos el presupuesto inicial podrá variar al alza o a la baja. En ambos casos serán objeto de una liquidación final, positiva o negativa según los casos. 12
13 ORDENES DE EJECUCIÓN Resoluciones emitidas por órganos competentes del Ayuntamiento que obligan a la ejecución. Ordenes de Ejecución derivadas de la estructura Ordenes de Ejecución Resto de obras Gerencia Municipal Urbanismo. Juntas de Distrito 13
14 Las O.E. constan de una inspección de los servicios técnicos, informe técnico, trámite de audiencia previo al interesado y la Orden de Ejecución. Las Ordenes de Ejecución contendrán: a) Situación del inmueble. b) Descripción de los daños c) Medidas de seguridad a adoptar. d) Posible régimen de protección del inmueble. e) Exigencia de Proyecto y Dirección Facultativa según naturaleza de las obras. f) Plazo para el comienzo y ejecución de las actuaciones. IMPORTANTE: Tanto las licencias de obra como las Ordenes de Ejecución solo amparan a las obras descritas. La Orden de Ejecución sustituye a la Licencia 14
15 LICENCIAS Acto Comunicado: Obras de escasa entidad como pueden ser las de conservación aunque requieran andamios, acondicionamiento puntual sin afectar a la estructura. PLAZO: 15 días para producir efectos de licencia urbanística. NO APLICABLE NO APLICABLE cuando afecten a edificios catalogados a excepción del nivel 3, grado ambiental. 15
16 Procedimiento simplificado Actuaciones que no precisan proyecto técnico para ser definidas por tener una limitada incidencia en el entorno urbanístico, en la seguridad o repercusión medioambiental. La Administración Municipal resolverá en el plazo de UN MES salvo requerimiento de subsanación Procedimiento Ordinario Procedimiento Ordinario común. Procedimiento Ordinario abreviado. En ambos casos se necesita proyecto técnico y Dirección Facultativa. Procedimiento ordinario abreviado son obras de reestructuración, acondicionamiento (instalaciones), restauración, conservación y exteriores que no afecten a los elementos protegidos. Actuaciones comunicadas cuando precise instalar andamios en la vía Publica. 16
17 Certificado de Andamios Documento emitido por técnico competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente que supervisa la instalación de los andamios. Necesario para andamios tubulares, eléctricos y descuelgue vertical 17
18 COMUNICADO DE INICIO DE OBRAS ITE Documento emitido por la EMVS donde se deja constancia de la fecha del inicio de las obras firmado por Contratista, Promotor y en su caso por la Dirección Facultativa. Documento imprescindible para tramitar el 1º pago del 50% de la subvención 18
19 ComuniCado Final de obra ITE 1. COMUNICADO FINAL DE OBRAS I.T.E. Documento emitido por la EMVS donde se indica la fecha de finalización de la obra, Firmado por Contratista, Promotor y en su caso por la Dirección Facultativa. Documento imprescindible para tramitar el pago final de la subvención 19
20 3. FOTOCOPIAS DE LAS FACTURAS: 2. FOTOCOPIA DEL C.I.F. DEL CONTRATISTA Facturas finales de los distintos contratistas que han intervenido en las obras, acompañada de la última Certificación a origen de los Constructores. Se recomienda que la certificación se desglose: TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL % G.G. y BENEFICIO INDUSTRIAL % I.V.A Facturas de honorarios por redacción de proyecto, certificado de andamios, dirección de obra y certificado de idoneidad. 20
21 4. TASAS POR PRESTACIÓN SERVICIOS URBANISTICOS Cantidad que se abona por la prestación de un servicio municipal, en este caso por la ejecución de obras. El importe varia entre 198,30 a 1.190,30 dependiendo del tipo de obra y de la superficie de actuación. 5. IMPUESTO CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS El impuesto se deriva de lar realización de cualquier construcción, instalación u obra para la que se exija licencia urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia. El sujeto pasivo es la persona que promueve la actuación. La base imponible está constituida por el coste real, sin incluir el I.V.A, beneficio industrial, otros impuestos, etc. La cuota tributaria es de un 4% sobre la base imponible. El impuesto se puede abonar mediante autoliquidación en impreso oficial y entidades bancarias. 21
22 CERTIFICADO DE IDONEIDAD. Documento redactado por técnico competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente que acredita que se han ejecutado las obras derivadas de la Inspección Técnica de Edificios. No es sustituible por Certificado Final de Obras 22
23 CONDICIONES DE LOS EDIFICIOS SUBVENCIONADOS 1. SUPERFICIE DE USO VIVIENDA: Los edificios objeto de subvenciones deberán tener una superficie útil mínima dedicada a vivienda de 60 por 100 de la superficie útil total, excluido del computo la superficie bajo rasante y la planta baja cuando no se destine a vivienda. En los edificios catalogados con nivel 1 de protección, en sus grados singulares e integral y con nivel 2 en su grado estructural, el porcentaje podrá reducirse hasta el 50% 2. INICIO DE LAS OBRAS Las obras objeto de la subvención no deben estar iniciada con carácter previo a la fecha de solicitud de las ayudas. Para su control la EMVS, una vez solicitadas las ayudas, realiza un informe técnico del edificio en un plazo aproximado de dos meses. En cualquier caso las obras estarán amparadas por licencia u Orden de Ejecución. 23
24 3. INICIOS CON ORDEN DE EJECUCIÓN Cuando las obras se inicien amparadas por una Orden de Ejecución, se podrán subvencionar si, según valoración de los servicios técnicos de la EMVS, dichas obras no estuvieran terminadas en lo fundamental, y particularmente las actuaciones estructurales, a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. 5.PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS El plazo de ejecución de las obras será de 3 años como máximo, contados desde la fecha de la concesión de la subvención 4.DESESTIMACIÓN DE SUBVENCIONES POR INICIO DE LAS OBRAS 1) Obras iniciadas sin licencia u orden de ejecución, antes o después de la solicitud de las ayudas. 2) Obras con licencia iniciadas previamente a la fecha de solicitud de las ayudas. 3) Obras con orden de ejecución, iniciadas previamente a la solicitud, cuando estén terminadas en lo fundamental y particularmente las actuaciones estructurales en la fecha de petición de las ayudas. 24
25 SOLICITUDES AÑO MES TOTAL Enero 0 Febrero 7 Marzo 15 Abril 32 Mayo 22 Junio 29 Julio 32 Agosto 29 Septiembr 32 Octubre 50 Noviembre 42 Diciembre 41 Total AÑO MES TOTAL Enero 43 Febrero 56 Marzo 42 Abril 48 Mayo 53 Junio 54 Julio 103 Agosto 26 Septiembr 45 Octubre 46 Noviembre 70 Diciembre 56 Total AÑO MES TOTAL Enero 60 Febrero 53 Marzo 51 Abril 52 Mayo 70 Junio Julio 47 Agosto 26 Septiembr 35 Octubre 30 Noviembre 27 Diciembre 42 Total
26 AÑO MES TOTAL Enero 28 Febrero 50 Marzo 45 Abril 35 Mayo 36 Junio Julio 43 Agosto 20 Septiembr 15 Octubre 28 Noviembre 30 Diciembre 25 Total 393 AÑO MES TOTAL Enero 40 Febrero 43 Marzo 42 Abril 33 Mayo 40 Junio 46 Julio Agosto 28 Septiembre 20 Octubre 31 Noviembre 31 Diciembre 60 Total 504 AÑO MES TOTAL Enero 53 Febrero 47 Marzo 53 Abril 38 Mayo 45 Junio 59 Julio Agosto 41 Septiembre 38 Octubre 62 Noviembre 41 Diciembre 52 Total
27 AÑO MES TOTAL Enero 59 Febrero 58 Marzo 66 Abril 66 Mayo 79 Junio 73 Julio 83 Agosto 37 Septiembre 37 Octubre 51 Noviembre 87 Diciembre 66 Total AÑO MES TOTAL Enero 67 Febrero 70 Marzo 102 Abril 79 Mayo 75 Junio 65 Julio 89 Agosto 27 Septiembre 41 Octubre 70 Noviembre 0 Diciembre 0 Total Total Expedientes4.461 Hasta Octubre
28 TOTALES 90000% 80000% 70000% 60000% 50000% 40000% GRAFICO DE SOLICITUDES 30000% 20000% 10000% 0% TOTAL SOLICITUDES 28
29 AYUDAS OBRAS DERIVADAS DE LA I.T.E. 29
30 Subvención tipo Dependiendo de la catalogación del edificio que se establece en el Catálogo de Edificios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, los porcentajes de subvención, aplicados sobre el presupuesto subvencionable; son: Nivel catalogación Grado Singular 1 Integral 2 Estructural Resto de edificios Porcentaje subvención 15% 10% 30
31 Subvención adicional Los solicitantes de las ayudas podrán optar a un 10% de subvención adicional, si cumplen alguno de los siguientes requisitos: 1.- Percibir ingresos familiares ponderados inferiores a euros 2.-Percibir ingresos familiares ponderados inferiores a euros, cuando concurran en el solicitante además una o varias de las siguientes circunstancias: Discapacidad física, psíquica o sensorial. Incapacidad laboral permanente. Unidad familiar de 4 ó más miembros. Ascendientes mayores de 65 años a cargo de la unidad familiar. (Deberán figurar empadronados con el solicitante y reflejados en la declaración de IRPF). 3.-Tener la vivienda o local sujetos a contratos de arrendamiento anteriores al 9 de mayo de 1985, salvo que dichos contratos contengan cláusula expresa de revisión de renta. 4.-Ser propietarios de viviendas vacías que se inscriban en la Agencia Municipal de Alquiler con el objeto de destinar dichas viviendas a arrendamiento. 31
32 Cuantías máximas Cuantías máximas por vivienda o local Subvención tipo 3.606,07 Con subvención adicional 7.212,14 32
33 SUBVENCIONES A VIVIENDAS POR EL PROGRAMA ZONAL ACUSTICA EN EL DISTRITO CENTRO 33
34 1) AMBITO DE APLICACIÓN Uso exclusivo residencial, viviendas ubicadas en calles saturadas niveles I y II (B.O.C.M. 109 de 9 de mayo de 2003) Se subvencionan actuaciones tendentes a mejorar el aislamiento acústico. No tienen derecho a las ayudas los locales comerciales ni espacios que no puedan destinarse a vivienda. 2) REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS El edificio debe tener destinado a vivienda el 60% de la superficie útil, excluyendo de este cómputo la planta baja y bajo rasante destinados a uso no residencial. Este porcentaje se reduce al 50% en edificios con nivel 1 de protección (singular, integral) o nivel 2 en grado estructural. El edificio objeto de la subvención deberá tener realizada la ITE. Si el resultado de la inspección es desfavorable se acreditará la realización de las obras exigidas en el Acta. 34
35 3) ACTUACIONES SUBVENCIONABLES 4) CUANTIA SUBVENCIÓN Restauración de carpinterías. Sustitución de carpintería, vidrio y persianas. Instalación doble carpintería Calles saturadas nivel I = 70% Calles saturadas nivel II = 50% Se incrementa 10% cuando los solicitantes superen el 40% de los potenciales receptores 35
36 5) CUANTIAS MÁXIMASM Hueco Balcón ,32 Hueco ventana - 535,66 6) DOCUMENTACIÓN N INICIAL Impreso solicitud. Fotocopia DNI Fotografías fachada. I.T.E. Título Propiedad Contrato arrendamiento Acta comunidad-autorización y relación viviendas. Presupuesto Hoja transferencia bancaria 7) DOCUMENTACIÓN N FINAL Comunicado final de obra plazo máximo m un mes. Certificado instalador Factura. 36
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