Boletín Jurídico Tributario

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Boletín Jurídico Tributario"

Transcripción

1 Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Disponibilidad de los enriquecimientos a los efectos del ISLR Jurisprudencia: Sentencia N 2299 Sentencia N 2301 Normativa Febrero, KPMG Escritorio 2016 KPMG Jurídico Escritorio Contable Jurídico Tributario, Contable RIF: J Tributario, Derechos RIF: J Reservados. Derechos Reservados.

2 Editorial Nos complace hacer entrega de nuestro Boletín Jurídico Tributario correspondiente al mes de Febrero de En cuanto a la normativa de interés destaca el aumento del salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela así como el ajuste del pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, el Convenio Cambiario Nº 34, mediante el cual se establece que las personas naturales y jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar hasta el sesenta por ciento (60%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas, el Decreto N 2.232, mediante el cual se establece una alícuota del cero por ciento (0%) del impuesto a las grandes transacciones financieras, que se generen por los débitos en las cuentas únicas de instituciones bancarias y demás entidades financieras mantenidas en el Banco Central de Venezuela, débitos que generan la compra, venta y transferencia de la custodia de títulos valores emitidos por entes descentralizados de la República, así como la liquidación del capital o interés de los mismos, Débitos que se generen por la liquidación de operaciones propias), y la Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150) a ciento setenta y siete bolívares (Bs. 177). En esta oportunidad se incluye un artículo sobre la Disponibilidad de los enriquecimientos a los efectos del ISLR. Finalmente, en la sección de jurisprudencia se incluye una sentencia sobre la deducibilidad de la pérdida por destrucción de medicamentos vencidos, así como una decisión en la que se analiza la improcedencia de liquidar intereses moratorios en materia aduanera por mercancía introducida bajo régimen de admisión temporal Esperamos que el contenido de nuestro Boletín sea de su completo agrado. Índice 3 Análisis 5 Jurisprudencia 9 Normativa 11 Indicadores económicos

3 Análisis Disponibilidad de los enriquecimientos a los efectos del ISLR Armarys F. González N. Gerente de Asesoría Tributaria En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2015 fue publicada la reforma parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, (LISLR) publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N Extraordinario del 18 de noviembre de Uno de los aspectos contenidos en la reciente reforma es la modificación de los criterios de disponibilidad de los enriquecimientos a ser gravados con el Impuesto sobre la Renta. Como es bien sabido, la disponibilidad de la renta consiste en la determinación del momento en el que un incremento patrimonial es considerado obtenido o ganado, es decir, cuando se considera que efectivamente se incrementó el patrimonio del contribuyente. De esta forma la disponibilidad, como ha señalado la doctrina, depende de que el enriquecimiento además de ser neto para ser gravable, debe encontrarse disponible para el contribuyente. En definitiva, la renta debe estar jurídica y económicamente disponible para ser gravada. En tal sentido, el legislador ha establecido los momentos en los que se hace disponible la renta, tomando en consideración básicamente dos criterios: el pago y la causación del ingreso. El primer criterio es el del pago, conocido en la doctrina como percepción, que consiste en determinar el ingreso según el mecanismo de la contabilidad de caja, es decir, con base en la oportunidad en que 3

4 efectivamente es recibido por el contribuyente, que equivalga a un pago o cuando el derecho a exigirlo se extinga por cualquier medio legal de extinción de las obligaciones, verbigracia, la compensación y novación. El segundo criterio, el de la causación, tiene como base el momento en que nace el derecho a exigir el pago de la obligación, aun cuando no se realice efectivamente su cobro, por lo cual, es necesario determinar con precisión el momento en que nace ese derecho. En este escenario, los enriquecimientos se consideran disponibles en el ejercicio fiscal en que se realicen las operaciones que los producen, con lo cual formarán parte del ingreso gravable aun cuando no hayan sido efectivamente percibidos. En la reciente reforma legal se establece como principio general para considerar disponible un ingreso el criterio de la causación, restringiéndose sustancialmente la aplicación del principio de la percepción a dos supuestos específicos, los enriquecimientos provenientes del trabajo bajo relación de dependencia y el producto de las ganancias fortuitas. Significa entonces que, a diferencia de lo que ocurría bajo la vigencia de la LISLR 2014, para el ejercicio fiscal 2015 las rentas provenientes de la cesión del uso o goce de bienes, muebles o inmuebles, incluidos los derivados de regalías y demás participaciones análogas y los dividendos, los producidos por el libre ejercicio de profesiones no mercantiles, y, la enajenación de bienes inmuebles, serán gravadas desde en el momento en que se consideren disponibles, con lo cual los contribuyentes cuyas actividades estén comprendidas entre las anteriormente mencionadas, deberán considerar el efecto que éste cambio en la disponibilidad de los ingresos generará en la determinación del gasto de impuesto sobre la renta, tanto corriente como diferido, así como el impacto en el flujo de caja. En otro orden, la Ley mantiene el tratamiento fiscal otorgado a las cesiones de créditos y operaciones de descuento, cuyo producto sea recuperable en varias anualidades, en cuyo caso, el enriquecimiento se considerará disponible para el cesionario proporcionalmente a lo que corresponda en cada anualidad. En cuanto a los enriquecimientos provenientes de créditos concedidos por personas jurídicas y los derivados del arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles, continúan considerándose disponibles sobre la base de los ingresos devengados en el ejercicio gravable. Ser la Clara Elección Esta es nuestra Visión 4

5 Jurisprudencia Improcedencia de intereses moratorios en materia aduanera por mercancía introducida bajo régimen de admisión temporal Mediante Sentencia N 2299 el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, se pronunció sobre la improcedencia de liquidar intereses moratorios por la nacionalización del taladro de perforación y sus accesorios, ingresado bajo el Régimen de Admisión Temporal. En el caso que dio lugar al fallo referido la Administración Tributaria exigió a la recurrente intereses moratorios al autorizar la nacionalización de mercancía admitida temporalmente, calculados desde la fecha de introducción de la mercancía bajo Régimen de Admisión Temporal hasta la fecha de su nacionalización, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales, en concordancia con lo establecido en el artículo 59 del Código Orgánico Tributario (COT) de Al respecto, la contribuyente alegó que se trataba de una actuación ilegal por cuanto los intereses moratorios se estaban exigiendo sobre un crédito que no era exigible y por existir un falso supuesto por la aplicación de la norma del artículo 30 eiusdem, a la nacionalización de mercancía ingresada bajo régimen de admisión temporal. El Tribunal luego de evaluar el contenido de los artículos 30 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales y Artículo 59 del COT de 1994, 5

6 8 señaló que: De la lectura del acto recurrido, no se constata que la recurrente haya inobservado o incumplido las condiciones o requisitos bajo las cuales les fueron concedidas las autorizaciones de ingreso temporal de la mercancía, por una parte y; por otra parte, del análisis de los autos que conforman el expediente se comprueba que la Gerencia de la Aduana Principal de Guanta - Puerto La Cruz, dentro del plazo de vigencia de la prórroga del plazo de permanencia de la mercancía bajo régimen de admisión temporal, concedió a la recurrente autorización para nacionalizar las mercancía en referencia, situación ésta que descarta la posibilidad de una solicitud extemporánea para nacionalizar la mercancía que ha permanecido bajo régimen de admisión temporal. Tal situación impide que el dispositivo previsto en el transcrito artículo 30 Reglamentario, pueda aplicarse, por no encuadrarse en el caso sub iúdice, por lo que el cobro de intereses moratorios con base a este artículo vulnera el principio de legalidad constitucional y legalmente consagrado. Así se declara. Luego de que el Tribunal rechazara la aplicación en este caso de lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento, se pronunció sobre el contenido y alcance del artículo 59 del COT 1994 considerando que: los intereses moratorios deben calcularse a partir de la fecha en que, habiéndose determinado y liquidado el impuesto a pagar y siendo exigible la obligación, el admitente temporal incurra en mora al no pagar ese impuesto. No se generan los intereses moratorios desde el día en que son liquidadas las cantidades por concepto de impuestos, sino desde el momento en que el contribuyente entra en retardo en pagar la deuda liquida y exigible. De igual manera, ha manifestado nuestro máximo Tribunal que, cuando se prevén los intereses moratorios en el Código Orgánico Tributario se evidencia la necesidad de observar un plazo (precisamente para determinar el incumplimiento de la contraprestación) dentro del cual ha de realizarse el pago y un acto administrativo definitivamente firme que así lo disponga en atención a las disposiciones legales pertinentes. En consecuencia, señaló el Tribunal que el cobro de los intereses moratorios, para el período transcurrido desde la introducción de la mercancía al territorio aduanero nacional bajo régimen de admisión temporal hasta el momento de su nacionalización, es decir, por el lapso en el cual las mismas estaban sometidas al citado régimen especial, resultan improcedentes, ya que para ello es necesario que se haya verificado retardo en el pago, esto es, que versen sobre créditos exigibles y de plazo vencido, por lo que los intereses moratorios calculados para el presente caso resultan ilegales; en consecuencia, el Juzgador declaró nulo el acto administrativo que ordena su liquidación, así como su accesoria Planilla de Liquidación de Gravámenes. 6

7 Jurisprudencia Deducibilidad de la pérdida por la destrucción de medicamentos vencidos Mediante Sentencia N 2301 de fecha 18 de febrero de 2016, el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario se pronunció sobre la procedencia de la solicitud de destrucción de medicamentos vencidos de conformidad con lo dispuesto en la Providencia Nº 0391 sobre las condiciones, requisitos y procedimiento para el reconocimiento de las pérdidas, con ocasión del retiro por destrucción de las mercancías y otros bienes, la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISLR) y su reglamento (RLISLR), y la Ley de Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y su reglamento (RLIVA). El caso que dio lugar al fallo analizado, tuvo su origen en la presentación por parte de la recurrente de una solicitud de destrucción de medicamentos ante la División de Tramitaciones de la Gerencia de Contribuyentes Especiales, en la cual se señaló que los medicamentos allí identificados eran productos considerados no aptos para ser almacenados, ni consumidos y/o reciclados, en virtud de que los mismos se encontraban vencidos, es decir, no podían ser reutilizados para la fabricación de Productos Farmacéuticos. Asimismo, señaló la recurrente que la pérdida que se produjo en el ejercicio gravable, a tenor de lo dispuesto en el artículo 64 del RLISLR, era deducible del Impuesto sobre la Renta y su retiro no estaba sujeto al gravamen del Impuesto al Valor Agregado. El Tribunal de instancia luego revisar lo dispuesto en la Providencia 0391 y lo previsto en las normas de contenido tributario, consideró lo siguiente: En primer lugar, se evidencia de manera indubitable que los productos farmacéuticos en cuestión son bienes destinados a la producción de la renta y no consta a este Tribunal prueba 7

8 8 alguna sobre que las pérdidas sufridas con respecto a tales bienes se hayan indemnizado. En segundo lugar, el numeral 3 del artículo 14 del Reglamento de la Ley de Impuesto al Valor Agregado permite la salida de inventario de los bienes gravados faltantes en aquellos casos en que se verifiquen pérdidas por la ocurrencia de fenómenos químicos. ( ) Así, tenemos que el vencimiento de productos farmacéuticos, es fijado a partir de una fecha de caducidad, la cual se establece a partir de estudios sobre la estabilidad de sus componentes químicos, de allí que tal vencimiento constituye la ocurrencia de un fenómeno químico por el transcurrir del tiempo que afecta al medicamento, sea en su efectividad en el tratamiento para el cual está formulado, o por su incidencia en la salud de quien lo consuma. (Destacado Nuestro) Adicionalmente, el Tribunal analizó el contenido del Artículo 49 de la Ley de Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos, según el cual: Los medicamentos vencidos o que se retiren de la venta por razones sanitarias son considerados desechos peligrosos y deben ser destruidos de acuerdo con las disposiciones de esta Ley y la reglamentación técnica que rige la materia. Considera el sentenciador que de la norma transcrita y lo estipulado en el literal d del numeral 1 del artículo 14 del Reglamento General de la Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, se evidencia un mandato legal para la destrucción de medicamentos vencidos, lo que consecuencialmente, y a efectos tributarios se constituye en una pérdida de bienes destinados a la producción de la renta, de conformidad con lo previsto en la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Por tal motivo, el Tribunal de instancia consideró que: No encuentra este Órgano Jurisdiccional ninguna disposición en la normativa aplicable a esta causa que permita rechazar la destrucción de los productos por responsabilidad de la contribuyente o ninguna otra que no sean las contenidas en el artículo 64 del Reglamento de la ley de Impuesto sobre la Renta, diferentes a que no hayan sido compensadas por seguros u otra indemnización y no se hayan imputado al costo de las mercancías vendidas o de los servicios prestados; y visto que existen en el expedientes suficientes elementos para soportar la justificación del retiro de los inventarios de la mercancía (productos farmacéuticos vencidos) cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa legal y reglamentaria, como ha sido suficientemente explanado en esta decisión, este Tribunal considera que la Resolución Administrativa impugnada adolece del vicio de falso supuesto de hecho y de derecho. Así se declara. Finalmente, declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto y ordenó anular la Resolución Administrativa que decidió no autorizar a la contribuyente el retiro por destrucción de mercancía y resolvió que estaba obligada a cumplir con el gravamen del impuesto al valor agregado derivado de dicho retiro. 8

9 Normativa Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N del 24 de febrero de Decreto mediante el cual se activa la Comisión Presidencial de Estado Mayor Eléctrico (Se establece para los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, un horario especial laboral desde las 7:30 am hasta la 1:00 pm, quedando excluidas las dependencias u oficinas de atención al público, los sectores y servicios considerados de carácter esencial, así como el personal de alto nivel y confianza). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N del 19 de febrero de Decreto N 2.243, mediante el cual se fija un aumento del salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 2 de este Decreto, del veinte por ciento (20%) a partir del 1 de marzo de 2016, estableciéndose la cantidad de once mil quinientos setenta y siete bolívares con ochenta y un céntimos (Bs ,81) mensuales. - Decreto N 2.244, mediante el cual se ajusta el pago del Cestaticket Socialista para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, a dos y media Unidades Tributarias (2,5 U.T.) por día, a razón de treinta (30) días por mes, pudiendo percibir hasta un máximo del equivalente a setenta y cinco Unidades Tributarias (75 U.T.) al mes, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Cestaticket Socialista para los trabajadores y trabajadoras. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N del 18 de febrero de Convenio Cambiario Nº 34, mediante el cual se establece que las personas naturales y jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, podrán retener y administrar hasta el sesenta por ciento (60%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas. - Resolución Nº 015, mediante la cual se establecen los precios de los tipos de productos que serán vendidos en los establecimientos dedicados al expendio de combustibles, debidamente autorizados por el Ministerio del Poder Popular de Petróleo y Minería. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N del 11 de febrero de Decreto N 2.232, mediante el cual se establece una alícuota del cero por ciento (0%) del impuesto a las grandes transacciones financieras, que se generen por los efectos que en él se especifican, en los términos que en él se indican. (Débitos en las cuentas únicas de instituciones bancarias y demás entidades financieras mantenidas en el Banco Central de Venezuela, Débitos que generan la compra, venta y transferencia de la custodia de títulos valores emitidos por entes descentralizados de la República, así como la liquidación del capital o interés de los mismos, Débitos que se generen por la liquidación de operaciones propias). - Providencia mediante la cual se corrige por error material la Providencia Administrativa SNAT/2016/001, de fecha 06 de enero de 2016, donde se prorroga la entrada en vigencia de la Providencia que en ella se menciona, en la que establecen las formalidades para el marcaje de Precios de Vente al Público en las etiquetas o impresiones de los envases. (Reimpresión G. O N de fecha 25 de enero de 2016). - Providencia mediante la cual se reajusta la Unidad Tributaria de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150) a ciento setenta y siete bolívares (Bs. 177). 9

10 6

11 Cómo están los indicadores económicos? Período Año 2014 INPC Inflación acumulada INPC IPC Caracas (1) (1) Inflación acumulada IPC Diciembre 839,5 68,4% 826,4 64,6% Año 2015 Enero 904,80 7,7% 882,60 6,7% Febrero 949,10 13,0% 920,40 11,3% Marzo 1.000,20 19,0% 967,50 17,0% Abril 1.063,80 26,6% 1.026,20 24,1% Mayo 1.148,80 36,7% 1.115,10 34,8% Junio 1.261,60 50,2% 1.217,60 47,2% Julio 1.397,50 66,40% 1.338,30 61,8% Agosto 1.570,80 87,0% 1.489,40 80,1% Septiembre 1.752,10 108,6% 1.649,80 99,5% Octubre 1.951,30 132,3% 1.809,70 118,9% Noviembre 2.168,50 158,2% 2.010,70 143,2% Diciembre 2.357,90 180,8% 2.146,10 159,6% 11

12 Período Tasa Activa Tasa Pasiva Tasa Intereses Moratorios SENIAT Tasa Intereses Prestaciones Sociales (1) (1) (2) (1) Año 2015 Febrero 18,76% 14,53% 25,48% 16,65% Marzo 18,87% 14,55% 25,66% 16,71% Abril 19,51% 14,93% 26,06% 17,22% Mayo 19,46% 14,52% 25,85% 16,99% Junio 19,68% 14,51% 26,08% 17,10% Julio 19,83% 14,92% 26,46% 17,38% Agosto 20,37% 14,60% 27,01% 17,49% Septiembre 20,89% 14,82% 27,44% 17,86% Octubre 21,35% 14,91% 28,08% 18,13% Noviembre 21,33% 14,98% 28,13% 18,16% Diciembre 21,03% 15,07% (4) 18,05% Año 2016 Enero 20,61% 15,10% (4) 17,86% (1) Tomado de la Página Web del Banco Central de Venezuela ( (2) Tomado de la Página Web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria ( o Gacetas Oficiales correspondientes. (3) Indicador no disponible a la fecha de emisión de este Boletín. (4) Indicador no publicado en la Página Web del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria ( o Gacetas Oficiales correspondientes, a la fecha de emisión de este Boletín. 12

13 @KPMG_VE Caracas Avenida Francisco de Miranda, Torre KPMG, Chacao, Caracas, estado Miranda, Venezuela. Telfs.: 58 (212) Fax: 58 (212) Puerto La Cruz Centro Comercial Plaza Mayor, Edificio 6, nivel 2, Ofic. 6C-254 Complejo Turístico El Morro, Municipio Urbaneja, Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, Venezuela. Telfs.: 58 (281) / Fax: 58 (281) KPMGVenezuela KPMG en Venezuela KPMG Venezuela Barquisimeto Multicentro Empresarial Crystal Plaza, entre Av. Terepaima y prolongación Av. Los Leones vía Urbanización El Pedregal, PH-A, Barquisimeto, estado Lara, Venezuela. Telfs.: 58 (251) Fax: 58 (251) Puerto Ordaz Centro Comercial Orinokia Mall, nivel Titanio. piso 1, Ofic. 1, Av. Guayana, Alta Vista, Puerto Ordaz, estado Bolívar, Venezuela. Telfs: 58 (286) /7460 Fax: 58 (286) Maracaibo Torre Financiera BOD, piso 5, calle 77 / Av. 5 de Julio, entre Av. 3C y 3D, Maracaibo, estado Zulia, Venezuela. Telfs.: 58 (261) / Fax: 58 (261) Valencia Torre B.O.D., piso 5, Urbanización San José de Tarbes, Parroquia San José, Valencia, estado Carabobo, Venezuela. Telfs.: 58 (241) / Fax: 58 (241) KPMG Escritorio Jurídico Contable Tributario, RIF: J Derechos Reservados. La información contenida en el Boletín Jurídico Tributario es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Aunque procuramos proveer información correcta y oportuna, no puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría profesional después de un estudio detallado de la situación en particular. KPMG es una red global de firmas profesionales que ofrecen servicios de auditoría, impuestos y asesoría. Operamos en 155 países y contamos con el apoyo de más de profesionales quienes trabajan para las firmas miembro en todo el mundo. Las firmas miembro de la red de KPMG están afiliadas a KPMG International Cooperative ( KPMG International ), una entidad suiza. Cada firma de KPMG es una entidad legal distinta y separada y se describe a sí misma como tal. Las ideas y opiniones expresadas en este escrito son del autor y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG Escritorio Jurídico Contable Tributario.

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: No deducibilidad del IGTF para la determinación del ISLR Obligaciones tributarias a la luz del IGTF Enero, 2016 Editorial Nos complace hacer entrega de nuestro

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Actividades beneficiadas por la Exoneración del pago del Impuesto sobre la Renta Jurisprudencia: Sentencia N 000121 Normativa Marzo, 2016 Editorial Nos complace

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Declaración Estimada de Rentas ante la Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta Jurisprudencia: Base imponible para determinar la contribución del FONA.

Más detalles

Abril 2015 Caracas, Venezuela. Copias fotostáticas de los comprobantes de retención. Incidencias de la reforma del. de Ajuste por Inflación.

Abril 2015 Caracas, Venezuela. Copias fotostáticas de los comprobantes de retención. Incidencias de la reforma del. de Ajuste por Inflación. Abril 2015 Caracas, Venezuela Copias fotostáticas de los comprobantes de retención. Boletín Jurídico Tributario La Pena de Clausura en el nuevo COT Traspaso de Mercancías Clausurado Boletín Jurídico Tributario

Más detalles

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (GACETA OFICIAL Nº 37.677 DEL 25 DE ABRIL DE 2003) REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

Más detalles

RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO

RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO DECRETO NÚMERO 4-2012 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA 1 LIBRO II REFORMAS A

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13)

CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13) CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13) PARA: Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Directores, Gerentes, Jefes de Oficina Jurídica, Dirección Ejecutiva de Administración

Más detalles

BOLETÍN INFORMATIVO*

BOLETÍN INFORMATIVO* RIF: J403938270 BOLETÍN INFORMATIVO* REFORMA PARCIAL DEL DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA En la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria

Más detalles

Mayo 2015 Caracas, Venezuela. Aplicación temporal de las normas sobre del traslado de pérdidas fiscales. Los Créditos Fiscales.

Mayo 2015 Caracas, Venezuela. Aplicación temporal de las normas sobre del traslado de pérdidas fiscales. Los Créditos Fiscales. Mayo 215 Caracas, Venezuela Aplicación temporal de las normas sobre el traslado de pérdidas fiscales Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Mayo 215 Caracas, Venezuela Aplicación temporal

Más detalles

I.N.S. PENSIONES OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S.A. FONDO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS VOLUNTARIO EN DÓLARES

I.N.S. PENSIONES OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S.A. FONDO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS VOLUNTARIO EN DÓLARES I.N.S. PENSIONES OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, S.A. FONDO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS VOLUNTARIO EN DÓLARES Estados Financieros al 30 de setiembre del 2007 La información siguiente no es auditada

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículo del mes: Exoneración del Impuesto sobre la Renta para las personas naturales residentes por un monto de 32.000 UT. Síntesis legal: Extraordinaria N 6.342 Jurisprudencia:

Más detalles

Visor Informativo Agosto

Visor Informativo Agosto www.bakertillyvenezuela.com Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Agosto AVISO OFICIAL DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, MEDIANTE EL CUAL SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL LAS TASAS DE INTERÉS APLICABLES

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Exoneración del ISLR para las personas naturales Declaración Informativa del Patrimonio Jurisprudencia: Sentencia N 00002 Normativa Enero, 2017 2017 KPMG

Más detalles

Creación de nuevos sistemas cambiarios DIPRO y DICOM

Creación de nuevos sistemas cambiarios DIPRO y DICOM Avance Legal 15 de Marzo de 2016 Creación de nuevos sistemas cambiarios DIPRO y DICOM En la Gaceta Oficial Nº 40.865 del 9 de marzo de 2016, se publicó el Convenio Cambiario No. 35 emitido por el Banco

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) Por el cual se modifica el Decreto 2623 del 17 de diciembre de 2014. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

Más detalles

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por: Gestión Tributaria División Atención y Asistencia. RUT 1. Definición de impuesto. De acuerdo con la definición realizada por el artículo 11 del Código Tributario, impuesto es el tributo cuyo presupuesto

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Fluctuación cambiaria e IVA Deberes formales del sector turístico según el convenio cambiario 36 y resolución 019 del 14-7-16 Régimen laboral transitorio

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Temporalidad de la Sentencia sobre el Artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Eximente de Responsabilidad por Error Excusable de Derecho/Concepto

Más detalles

Visor Informativo Octubre 2016 Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios

Visor Informativo Octubre 2016 Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Octubre 2016 Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Normativas emitidas en Octubre 2016 LABORAL Decreto N 2.504, mediante el cual se aumenta en un veinte por ciento (20%) el salario mínimo nacional

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículo del mes: Plan de Reimpulso de la Industria Automotriz Venezuela en Movimiento Normativas Mayo, 2017 2017 KPMG Escritorio Jurídico, RIF: J-30435724-9. Derechos Reservados.

Más detalles

DECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y 1853. CAMBIA FORMATOS

DECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y 1853. CAMBIA FORMATOS DECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y 1853. CAMBIA FORMATOS Resolución 16, de 3 de marzo de 2015, Servicio de Impuestos Internos. VISTOS: Las necesidades del Servicio y las facultades contempladas en los

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO 1068 DE 2015. (26 de mayo de 2015)

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO 1068 DE 2015. (26 de mayo de 2015) Diario Oficial N.49523, Página 98 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO 1068 DE 2015 (26 de mayo de 2015) Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda

Más detalles

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO:

PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias NORMATIVA APLICABLE: Art.

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: Consideraciones sobre la rebaja de la alícuota del IVA a 10% Jurisprudencia: Sentencia N 01353 Sentencia N 1066 Normativa Diciembre, 2016 2017 KPMG Escritorio

Más detalles

AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N 681 - SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012

AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N 681 - SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012 AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N 681 - SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012 Ud. ha accedido al Formulario Virtual N 0681 - Simplificado Renta Anual Persona Natural 2012. - Este Formulario Virtual

Más detalles

Informe de Sostenibilidad 2016 KPMG en Venezuela

Informe de Sostenibilidad 2016 KPMG en Venezuela Rumbo a los 60 años en Venezuela! Informe de Sostenibilidad 2016 KPMG en Venezuela Introducción Creemos firmemente en el propósito que tenemos como Firma: Inspirar Confianza y Promover el Cambio. A través

Más detalles

Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR

Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR Ramirez y Asociados Colegio de Contadores Públicos Del Estado Bolívar Instituto de Desarrollo Profesional Luis Lizardi Mc Callums Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR Ponente: Presidente CCPEB

Más detalles

Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras

Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Transacciones Financieras Asesoría Fiscal Enero 2016 N 2 Espiñeira, Pacheco y Asociados (PricewaterhouseCoopers) En fecha 30 de diciembre

Más detalles

Régimen General del Incumplimiento Contractual

Régimen General del Incumplimiento Contractual Régimen General del Incumplimiento Contractual En materia de incumplimiento contractual, el ordenamiento colombiano ha dispuesto que en todo contrato de naturaleza bilateral se encuentra implícita la condición

Más detalles

El transporte de mercancías en contenedores, cualquiera sea su tipo, implica problemas contractuales y aduaneros de necesaria atención, uno de los

El transporte de mercancías en contenedores, cualquiera sea su tipo, implica problemas contractuales y aduaneros de necesaria atención, uno de los Permanencia del contenedor en territorio nacional y multa aduanera VIII Congreso de Derecho Marítimo Carlos Matheus González - AVDM Caracas, 4, 5 y 6 de Noviembre 2015 José Alfredo Sabatino Pizzolante

Más detalles

A continuación resumimos la sentencia, anteriormente referida: SALARIO. DETERMINACIÓN. APORTES AL FAOV.

A continuación resumimos la sentencia, anteriormente referida: SALARIO. DETERMINACIÓN. APORTES AL FAOV. RATIFICADO EL SALARIO INTEGRAL COMO LA BASE DE CÁLCULO PARA LOS APORTES AL FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA (FAOV), ASÍ COMO LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE SUS ACCIONES. En fecha veintidós (28)

Más detalles

307 Servicios en los que predomina 307 la mano de obra 2

307 Servicios en los que predomina 307 la mano de obra 2 Tabla de retenciones en la fuente 2016 Ecuador Codigo Concepto y ejemplos ATS Porcenta 302 Relación de dependencia: Se aplica en función tabla de la de impuesto a la renta, debe tomarse en cuenta gastos

Más detalles

Auditoría. 13 > Auditoría sobre provisiones y contingencias

Auditoría. 13 > Auditoría sobre provisiones y contingencias Auditoría. 13 > Auditoría sobre provisiones y contingencias Juan Carlos Mira Navarro Juan Carlos Mira Navarro 1 / 18 Auditoría. 13 > Auditoría sobre provisiones y contingencias 1 Periodificación 2 Ejemplo

Más detalles

Resolución N 40. Años 193 y 144 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS.

Resolución N 40. Años 193 y 144 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS. Resolución N 40 Caracas, 29-05-03 Años 193 y 144 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACION DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS, MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS. Por disposición del ciudadano Presidente de la

Más detalles

En relación con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 915, se consulta lo siguiente:

En relación con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 915, se consulta lo siguiente: INFORME N.º 047-2014-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con lo dispuesto por el inciso b) del artículo 8 del Decreto Legislativo N. 915, se consulta lo siguiente: 1. Es posible reducir el plazo de un contrato

Más detalles

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, viernes 16 de junio de 1995 Numero 4.920 Extraordinario EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA la siguiente; LEY DE HOMOLOGACION DE LAS PENSIONES

Más detalles

Interpretación en Materia de Ilícitos Formales. Junio 2011 Wladimir García C.

Interpretación en Materia de Ilícitos Formales. Junio 2011 Wladimir García C. Interpretación en Materia de Ilícitos Formales Junio 2011 Wladimir García C. Interpretación en Materia de Ilícitos Formales Contenido 1.0 La cuantificación de las multas conforme al Artículo 94 del COT.

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº 4979/2015

RESOLUCIÓN Nº 4979/2015 RESOLUCIÓN Nº 4979/2015 Montevideo, 16 de diciembre de 2015 VISTO: el artículo 70º del Decreto Nº 597/988 de 21 de setiembre de 1988 y las Resoluciones de la Dirección General Impositiva Nº 1478/2007 de

Más detalles

(BOE 31 de diciembre) Artículo 88

(BOE 31 de diciembre) Artículo 88 Ley 53/2002, de 30 de diciembre, por el que se modifica el régimen sancionador de los titulares de los puntos de venta de la red comercial de Loterías y Apuestas del Estado. (BOE 31 de diciembre) Artículo

Más detalles

Informe de los Auditores Independientes y Estados Financieros 2010

Informe de los Auditores Independientes y Estados Financieros 2010 Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI) Informe de los Auditores Independientes y Estados Financieros 2010 Contenido Páginas Informe de los Auditores Independientes 1-2 Estado de situación financiera

Más detalles

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13

Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 ASUNTO:PERSONAL /RETRIBUCIONES Pago de prestaciones económicas en caso de baja por enfermedad común sin cotizar 180 días en los últimos 5 años. 171/13 MF ************ INFORME I. ANTECEDENTES. Mediante

Más detalles

Programa de Apoyo a la Economía

Programa de Apoyo a la Economía Marzo 7, 2008 Programa de Apoyo a la Economía Disminución del 3% en pagos provisionales de ISR e IETU y estímulo fiscal a las personas físicas que presenten su declaración vía Internet Qué requisitos se

Más detalles

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS Artículo 175º Numeral 1) INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS A LIBROS Y REGISTROS CONTABLES INFRACCIONES FRECUENTES STAFF TRIBUTARIO 1. POR OMITIR LLEVAR LOS LIBROS DE CONTABILIDAD, U OTROS

Más detalles

Informe de Compilación de los Auditores Independientes y Estados Financieros Compilados 2011

Informe de Compilación de los Auditores Independientes y Estados Financieros Compilados 2011 Informe de Compilación de los Auditores Independientes y Estados Financieros Compilados 2011 Contenido Páginas Informe de Compilación de los Auditores Independientes 1 Balance general 2 Estado de resultados

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Nota relativa a la aplicación de la disposición transitoria décima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) La disposición transitoria

Más detalles

MANUAL DE CASOS PRACTICOS ISR (E-PUB) Pérez Chávez Fol Olguín

MANUAL DE CASOS PRACTICOS ISR (E-PUB) Pérez Chávez Fol Olguín MANUAL DE CASOS PRACTICOS ISR (E-PUB) Pérez Chávez Fol Olguín Entre los tributos más importantes del sistema fiscal mexicano se encuentra el Impuesto sobre la Renta (ISR), el cual, por lo general, grava

Más detalles

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO.

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO. DICTAMEN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, EJERCICIO FISCAL 2010. HONORABLE PLENO LEGISLATIVO. Esta Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta,

Más detalles

www.pwc.com Análisis de la Reforma Fiscal 2014 Impuestos internacionales

www.pwc.com Análisis de la Reforma Fiscal 2014 Impuestos internacionales www.pwc.com Análisis de la Reforma Fiscal 2014 Impuestos internacionales Nueva mecánica de acreditamiento del ISR pagado en el extranjero por dividendos percibidos Aplicable en el primer y segundo nivel

Más detalles

INFORME N. 021-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas:

INFORME N. 021-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas: INFORME N. 021-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas: 1. Las entidades que pagan honorarios a las personas que prestan servicios bajo la modalidad del Régimen Especial de Contratación

Más detalles

TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE FINANCIAMIENTO AL SECTOR PUBLICO NO FINANCIERO. -Índice-

TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE FINANCIAMIENTO AL SECTOR PUBLICO NO FINANCIERO. -Índice- TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE -Índice- 1.1. Concepto. 1.2. Exclusiones. 1.3. Otras exclusiones. Sección 2. Asistencia financiera. 2.1. Limitación. 2.2. Responsabilidad. Sección 3. Operaciones

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 10-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 10-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 10-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS NATURALES SICAD El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas naturales residentes en Venezuela, debidamente

Más detalles

1. Sobre el artículo 63 de la Ley de Protección al Trabajador

1. Sobre el artículo 63 de la Ley de Protección al Trabajador 6 de julio de 2011 PJD-05-2011 Señora Marjorie Jiménez Varela, Directora Planificación y Normativa Estimado señora: En atención a su solicitud de realizar un análisis jurídico sobre si los contratos de

Más detalles

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS Artículo 175º Numeral 5) INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS VINCULADAS A LIBROS Y REGISTROS CONTABLES INFRACCIONES FRECUENTES STAFF TRIBUTARIO 1. POR LLEVAR CON ATRASO MAYOR AL PERMITIDO POR LAS NORMAS

Más detalles

INTRODUCCIÓN. El sistema jurídico mexicano esta compuesto por una diversidad de disposiciones

INTRODUCCIÓN. El sistema jurídico mexicano esta compuesto por una diversidad de disposiciones INTRODUCCIÓN. El sistema jurídico mexicano esta compuesto por una diversidad de disposiciones especiales que rigen diferentes áreas, dentro de las cuales, la fiscal es la más inestable por la gran cantidad

Más detalles

ENTIDAD ESTADO DE RESULTADOS

ENTIDAD ESTADO DE RESULTADOS ESTADO DE RESULTADOS PERÍODO DEL AL CUENTA DESCRIPCIÓN DE LA CUENTA MONTO 5000 INGRESOS x 5100 INGRESOS CORRIENTES x 5110 INGRESOS TRIBUTARIOS x 5111 Impuestos Directos x 5112 Impuesto Indirectos x 5113

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL CARIBE UNICARIBE

UNIVERSIDAD DEL CARIBE UNICARIBE UNIVERSIDAD DEL CARIBE UNICARIBE Escuela de Contabilidad Nombre de la asignatura Carga académica Modalidad : Clave Pre-requisito Programa de Asignatura : Impuesto sobre la Renta II : 4 créditos : ECO-305

Más detalles

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES

ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES ANEXO III MEDIDAS DISCONFORMES DE COLOMBIA NOTAS HORIZONTALES 1. Los compromisos en estos subsectores de conformidad con el presente Acuerdo se adoptan sujetos a las limitaciones y condiciones establecidas

Más detalles

Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta

Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Reforma de la Asesoría Fiscal Enero 2016 N 3 Espiñeira, Pacheco y Asociados (PricewaterhouseCoopers) Reforma de la En fecha 30 de diciembre

Más detalles

Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores

Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores www.pwc.com/ve Boletín de Actualidad Corporativa PwC Venezuela - Tax Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los Trabajadores Asesoría Fiscal (Tax) Diciembre 2014 - N 20 En fecha 17 de noviembre

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos Recientes Reformas en Materia de IVA Nuevo régimen de Anticipos en materia de ISLR Síntesis Legal Decreto N 6.405. Anuncios económicos y fiscales Julio, agosto y septiembre

Más detalles

Tratamiento Tributario de los Créditos Externos en Colombia

Tratamiento Tributario de los Créditos Externos en Colombia Tratamiento Tributario de los Créditos Externos en Colombia Mayo 11 de 2011 Mónica Reyes Rodríguez TRATAMIENTO TRIBUTARIO DE LOS INTERESES SOBRE CRÉDITOS EXTERNOS EN COLOMBIA Tributación en Colombia de

Más detalles

Campaña promocional denominada PAGA AL 4to. MES Términos y condiciones

Campaña promocional denominada PAGA AL 4to. MES Términos y condiciones Campaña promocional denominada PAGA AL 4to. MES Términos y condiciones Denominación: PAGA AL 4to. MES Mercado Objetivo: Esta campaña está dirigida a personas jurídicas, clientes nuevos y actuales de EL

Más detalles

INFORME RESPECTO A LA LINEA DE CREDITO CONTINGENTE OTORGADA POR EL BANCO DE GUATEMALA AL BANCO EMPRESARIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA.

INFORME RESPECTO A LA LINEA DE CREDITO CONTINGENTE OTORGADA POR EL BANCO DE GUATEMALA AL BANCO EMPRESARIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. INFORME RESPECTO A LA LINEA DE CREDITO CONTINGENTE OTORGADA POR EL BANCO DE GUATEMALA AL BANCO EMPRESARIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA. Con el fin de informar al público respecto de las acciones adoptadas por el

Más detalles

A) Tratamiento frente al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) de: 1) Anticipos provisorios de utilidades distribuidos a los socios

A) Tratamiento frente al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) de: 1) Anticipos provisorios de utilidades distribuidos a los socios CONSULTA Nº 4.957 Una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) contribuyente del IRAE efectúa una extensa consulta al amparo de los artículos 71 y siguientes del Código Tributario, relativa a una

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G-20000110-0 INSTRUCTIVO PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES DE EXPORTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ANTE EL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA POR PARTE DE LOS EXPORTADORES Y OPERADORES

Más detalles

CLASE Nº 1 CONCEPTOS BÁSICOS RELACIONADOS CON LA INFLACIÓN

CLASE Nº 1 CONCEPTOS BÁSICOS RELACIONADOS CON LA INFLACIÓN CLASE Nº 1 CONCEPTOS BÁSICOS RELACIONADOS CON LA INFLACIÓN Página 1 de 7 CONTENIDO PROGRAMATICO 1.1 Construir la base conceptual relacionada con la Inflación que debe ser manejados por los Contadores venezolanos:

Más detalles

BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015

BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015 BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015 CONTENIDO 1. NOVEDADES NORMATIVAS 1.1. Proyecto de reglamentación para la clasificación de micros, pequeñas y medianas empresas. 1.2. Expedido el calendario tributario

Más detalles

Boletín Jurídico Tributario

Boletín Jurídico Tributario Boletín Jurídico Tributario Artículos del mes: - Consideraciones sobre el Impuesto de Salida previsto en la Ley de Timbres Fiscales del Estado Vargas. - Deberes Formales en el caso de transacciones sin

Más detalles

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Julio, 2010) No.59

S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Julio, 2010) No.59 S I N T E S I S T R I B U T A R I A (Julio, 2010) No.59 Las grandes obras son hechas no con la fuerza, sino con la perseverancia. Samuel Johnson TRATAMIENTO FISCAL DE LAS FACTURAS EMITIDAS POR LOS SERVICIOS

Más detalles

Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO. Héctor Ramírez Pardo)

Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO. Héctor Ramírez Pardo) Reforma Tributaria (Ley 1607 de 2012) FIDUCIA MERCANTIL E INVERSIÓN EXTRANJERA DE PORTAFOLIO Héctor Ramírez Pardo) 1 Fiducia Mercantil TRATAMIENTO PARA LAS UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior: Las pérdidas

Más detalles

MODELO DE RESPUESTA TRABAJO PRÁCTICO

MODELO DE RESPUESTA TRABAJO PRÁCTICO Trabajo Práctico Contaduría Pública 673-1/30 UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA VICERRECTORADO ACADÉMICO ÁREA :_ADMINISTRACION Y CONTADURIA MODELO DE RESPUESTA TRABAJO PRÁCTICO ASIGNATURA: CONTABILIDAD FISCAL

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 05-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS JURÍDICAS SICAD

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 05-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS JURÍDICAS SICAD BANCO CENTRAL DE VENEZUELA CONVOCATORIA N 05-2013 SUBASTA ESPECIAL DE DIVISAS PERSONAS JURÍDICAS SICAD El Banco Central de Venezuela invita a todas las personas jurídicas debidamente inscritas en el Registro

Más detalles

BOLETIN MENSUAL. Novedades del Mes. AFIP Facturacion electrónica generalizada. AFIP Régimen informativo de compras y ventas. Recordatorios de Interés

BOLETIN MENSUAL. Novedades del Mes. AFIP Facturacion electrónica generalizada. AFIP Régimen informativo de compras y ventas. Recordatorios de Interés BOLETIN INFORMATIVO MENSUAL Abril 2015 Año 9 - Nro. 83 Novedades del Mes AFIP Facturacion electrónica generalizada AFIP Régimen informativo de compras y ventas Recordatorios de Interés Moratorias y planes

Más detalles

Comercialización "PIC"

Comercialización PIC INTRODUCCIÓN. MANUAL DE Página 1 Esta sección comprende la clasificación y registro de los títulos valores de deuda en el Portafolio de Inversión para Comercialización PIC tal y como se define en las Normas

Más detalles

COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA

COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV) SOLICITUD DEL PRODUCTO INTERNET EQUIPADO PERSONA JURÍDICA DATOS DEL CLIENTE (PERSONA JURÍDICA) 1. Denominación social: 2. N de Registro de Información

Más detalles

RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF

RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF El IRPF es un gasto subvencionable por lo que, al igual que el resto de gastos imputados, debe justificarse con la documentación justificativa correspondiente. Asimismo,

Más detalles

TRIBUTOS EN PERU. Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos

TRIBUTOS EN PERU. Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos TRIBUTOS EN PERU 1.0 TRIBUTOS De conformidad con la Constitución Política de la República del Perú, los peruanos están obligados a contribuir de manera proporcional y equitativa para sufragar los gastos

Más detalles

Régimen Impositivo Simplificado. Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno.

Régimen Impositivo Simplificado. Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno. Régimen Impositivo Simplificado Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno. Tampoco pueden acogerse al Régimen Simplificado:

Más detalles

COMUNICADOS TRIBUTARIOS

COMUNICADOS TRIBUTARIOS INSOTAX SAS COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 19 de Noviembre de 2015 TEMA: VALORES ABSOLUTOS AÑO GRAVABLE 2016 SUB TEMA: SUB TEMA: NUEVOS VALORES FISCALES EN UVT PARA EL AÑO

Más detalles

Visor Informativo Julio

Visor Informativo Julio www.bakertillyvenezuela.com Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Julio LABORAL DECRETO N 2.966, MEDIANTE EL CUAL SE AUMENTA EN UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) EL SALARIO MÍNIMO NACIONAL MENSUAL OBLIGATORIO

Más detalles

Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas DEUDA PÚBLICA

Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas DEUDA PÚBLICA Secretaría de Hacienda y Secretaría de Finanzas DEUDA PÚBLICA Resolución Conjunta 35/2015 y 5/2015 Dispónese el canje de las letras del Tesoro Nacional Intransferibles. Bs. As., 30/12/2015 VISTO el Expediente

Más detalles

NUEVO RÉGIMEN DE FACTURACIÓN

NUEVO RÉGIMEN DE FACTURACIÓN NUEVO RÉGIMEN DE FACTURACIÓN Facturación Electrónica INTRODUCCIÓN Por medio del presente, se pasan a detallar y analizar los cambios que se realizarán en la facturación del Mercado a Término de Buenos

Más detalles

TEXTO RESALTADO CON CARACTERES ESPECIALES PARA DESTACAR CAMBIOS POSICION DE LIQUIDEZ B.C.R.A. Sección 1. Políticas y responsables.

TEXTO RESALTADO CON CARACTERES ESPECIALES PARA DESTACAR CAMBIOS POSICION DE LIQUIDEZ B.C.R.A. Sección 1. Políticas y responsables. TEXTO RESALTADO CON CARACTERES ESPECIALES PARA DESTACAR CAMBIOS B.C.R.A. Sección 1. Políticas y responsables. Los funcionarios y directivos designados serán los responsables del manejo de la política de

Más detalles

DECRETO NUMERO 121-96

DECRETO NUMERO 121-96 1/ 5 DECRETO NUMERO 121-96 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que de conformidad con la Constitución Política de la República, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas

Más detalles

Reajuste por Inflación

Reajuste por Inflación Reajuste por Inflación Efecto de las Cuentas por Cobrar con relacionadas. Jorge E. Machado Junio 2011 Contenido 1. Efecto general de las cuentas por cobrar (CxC), en el Reajuste por Inflación (RPI). 2.

Más detalles

a) Secretaría de BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1

a) Secretaría de BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1 BOICAC Nº 94/2013 Consulta 1 Estado de Sobre Hacienda las obligaciones contables de una comunidad de vecinos (comunidad de propietarios por pisos o locales, regida por la Ley 49/1960, de 21 de julio, de

Más detalles

Capítulo III: En el siguiente cuadro, se muestra el método de contabilización que deben seguir las inversiones en acciones en función de:

Capítulo III: En el siguiente cuadro, se muestra el método de contabilización que deben seguir las inversiones en acciones en función de: INTRODUCCIÓN. MANUAL DE Página 1 Esta sección comprende la clasificación y registro de los títulos valores que representan participación en la propiedad de una empresa (acciones comunes, preferidas o de

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002 (18 de julio) Por la cual se expide el régimen de tarifas

Más detalles

PROYECTO DE LEY QUE REGULA LAS PENSIONES DE REPARTO ESTATAL Y PLANES DE PENSIONES AUTÓNOMOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

PROYECTO DE LEY QUE REGULA LAS PENSIONES DE REPARTO ESTATAL Y PLANES DE PENSIONES AUTÓNOMOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA PROYECTO DE LEY QUE REGULA LAS PENSIONES DE REPARTO ESTATAL Y PLANES DE PENSIONES AUTÓNOMOS EN LA REPÚBLICA DOMINICANA CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Constitución de la República en su artículo 60 establece

Más detalles

Visor Informativo Noviembre

Visor Informativo Noviembre www.bakertillyvenezuela.com Auditoría, Impuestos y Asesores de negocios Noviembre DECRETO N 3.148, MEDIANTE EL CUAL SE CREA LA CIUDADELA COMERCIAL Y DE SERVICIOS DE LA ZONA ECONÓMICA ESPECIAL DE PARAGUANA,

Más detalles

CAMBIOS A NIVEL TRIBUTARIO NIIF/LEY ART.28 Y ART. 59 ET

CAMBIOS A NIVEL TRIBUTARIO NIIF/LEY ART.28 Y ART. 59 ET CAMBIOS A NIVEL TRIBUTARIO NIIF/LEY 1819-2016 ART.28 Y ART. 59 ET Apreciado cliente: A raíz de los constantes cambios normativos que se han venido desarrollando en nuestro país, es nuestra intención recordarle

Más detalles

Boletín Informativo. Enero 2016 REFORMA DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

Boletín Informativo. Enero 2016 REFORMA DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Boletín Informativo Enero 2016 REFORMA DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA. El pasado 30 de diciembre de 2015 en Gaceta Oficial N 6.210 Extraordinario fue publicado el Decreto N 2.163, mediante el cual

Más detalles

COTIZACIONES AL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Naturaleza y perspectivas para su aplicación

COTIZACIONES AL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Naturaleza y perspectivas para su aplicación III JORNADAS CON MOTIVO DEL DÍA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COTIZACIONES AL RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Maracaibo, 28 de Abril de 2011 ? TRIBUTOS IMPUESTOS

Más detalles

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNAH REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS AUTOMÁTICOS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS INPREUNAH CAPÍTULO I DE LA CREACIÓN Artículo 1.- Créase el Servicio

Más detalles

www.estudionotarialmachado.com

www.estudionotarialmachado.com DECRETO 264/2015 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 2 8 SEP 2015 VISTO: el artículo 39 de la Ley N 19.210 de 29 de abril de 2014. RESULTANDO: que el referido artículo establece el modo en que

Más detalles