CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
|
|
|
- Carmen Ramírez Martín
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 Introducción CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL Contenido 1 A. Qué es la ética? B. Capacidad intelectual C. Capacidad Ética D. Ética Profesional E. Código de Ética I. Capítulo Primero - Disposiciones Generales II. Capítulo Segundo- De los deberes del profesionista III. Capítulo Tercero- Delos deberes para con sus colegas IV. Capítulo Cuarto- De los deberes para con sus clientes V. Capítulo Quinto- De los deberes para con su profesión VI. Capítulo Sexto-De los deberes con la sociedad
2 INTRODUCCIÓN A.- QUÉ ES LA ÉTICA? La palabra ética proviene del griego ethikos que significa Carácter, trata del estudio de la moral y acciones humanas que promueven los comportamientos deseables del ser humano, elaborando un juicio moral y una norma que señala como deberían actuar los integrantes de una sociedad. 2 Es una rama de la filosofía que se encarga del estudio racional de la moral, la virtud, el beber, la felicidad y el buen vivir. B.- CAPACIDAD INTELECTUAL Un profesional debe ofrecer una preparación y capacidad intelectual deben tener un conjunto de conocimientos especiales utilizados dentro de su profesión que va adquiriendo durante sus estudios universitarios que deben estar actualizados mediante el estudio constante. C.- CAPACIDAD ÉTICA La capacidad ética es el valor del profesional como persona, lo cual da una dignidad, seriedad y nobleza a su trabajo, digna del aprecio de todo el que encuentra. Abarca no solo la honestidad en el trato, no solo en el sentido de responsabilidad en el cumplimiento de lo pactado, sino además la capacidad para abarcar y traspasar su propia esfera profesional en un horizonte más amplio, hacia la búsqueda y construcción de una sociedad más justa y equilibrada. D.- ÉTICA PROFESIONAL Podemos definir a la profesión como la actividad personal, puesta de una manera estable y honrada al servicio de la sociedad y en beneficio propio, para el impulso de la propia vocación con la dignidad que corresponde a la persona humana. En virtud de su profesión, el ser humano ocupa una situación que le confiere deberes y derechos especiales, en base a la elección de la profesión que realizo de manera libre que tiene como finalidad el bien común. El profesional debe ejercer su función desde la más estricta honradez y fidelidad a los principios. Junto a los conocimientos y habilidades para el buen desempeño, los profesionales deben caracterizarse por sus propios conocimientos y habilidades para el
3 buen desempeño, deben caracterizarse por sus principios éticos, por su honestidad a toda prueba, por su incorruptibilidad, por su disciplina y espíritu colectivo. El ejercicio profesional demanda un amplio campo de autonomía, tanto personal como del colectivo en su conjunto, cuyo relato es la asunción de las responsabilidades inherentes al desarrollo de la actividad. 3 La ética profesional es la expresión de las diversas acciones orientadas al bien, a lo bueno, desarrollar una profesión, es adquirir unos deberes y llevarlos a cado mediante la intervención de un determinado ámbito de la sociedad, es intentar hacer un bien a un destinatario y a sí mismo, a un conjunto social, es en general construir prácticamente un sentido con la propia actividad y con la propia vida. La ética profesional pretende regular las actividades que se realizan en el marco de la profesión, estudia las normas, principios y reglas de cumplimiento obligatorio dentro de la profesión. Surge como aquello que es deseable y condena lo que no debe hacerse mostrando las herramientas administrativas que garantizan el ejercicio moral de la profesión. E.- CÓDIGO DE ÉTICA La ética no debe ser objeto de reglamentación, sin embargo la necesidad de tener un código, nace de la aplicación de las normas generales de conducta en la práctica diaria. Puesto que todos los actos humanos son regidos por la ética, también las reglas escritas deben ser de aplicación general. Un Código de Ética profesional, no solo sirve de guía a la acción moral; también, mediante él, la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad patrocinadora de sus servicios, para servirla con lealtad, diligencia y de respetarse ella misma. En la elaboración del presente Código, el Colegio de profesionistas en Contaduría de Metepec AC ha reconocido la prioridad y aplicación de principios para el adecuado y correcto ejercicio de la profesión que representan la esencia de las intenciones de la profesión para vivir y actuar dentro de la ética profesional. Su finalidad principal es coadyuvar a la realización y comportamiento moral de cada uno de sus asociados dándoles a conocer el presente código y así adquieran un compromiso para ellos mismos como profesionistas, para con sus colegas y con el colegio.
4 Capítulo Primero. Disposiciones Generales ARTÍCULO 1.- El presente Código orientará la conducta del profesionista en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, sus socios, clientes, superiores, subordinados, sus colegas y consigo mismo, el cual será aplicable en cualquier actividad profesional. 4 ARTICULO 2.- Los asociados del colegio de profesionistas en Contaduría de Metepec AC tienen la obligación de regir su conducta en base a las reglas contenidas en este Código, las cuales deberán considerarse como mininas ya que reconoce la existencia de otras normas de carácter legal y moral que representan una aplicación al presente. Capítulo Segundo. De los deberes del Profesionista ARTÍCULO 3.- El profesionista debe poner todos sus conocimientos científicos y recursos técnicos en el desempeño de su profesión. ARTÍCULO 4.- El profesionista debe conducirse con justicia, honradez, honestidad, diligencia, lealtad, respeto, formalidad, discreción, honorabilidad, responsabilidad, sinceridad, probidad, dignidad, buena fe y en estricta observancia a las normas legales y éticas de su profesión. ARTÍCULO 5.- El profesionista solamente se responsabilizará de los asuntos cuando tenga capacidad para atenderlos e indicará los alcances de su trabajo y limitaciones inherentes. Aceptará únicamente los cargos para los cuales cuente con los nombramientos necesarios y suficientes y realizando en éstos todas sus actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.
5 ARTÍCULO 6.- El profesionista debe mantenerse estrictamente la confidencialidad de la información de uso restringido que le sea confiada en el ejercicio de su profesión, salvo los informes que le sean requeridos conforme a la Ley. ARTÍCULO 7.- El profesionista debe responder individualmente por sus actos, que con motivo del ejercicio profesional dañen o perjudiquen a terceros o al patrimonio cultural. 5 ARTÍCULO 8.- El profesionista no debe asociarse profesionalmente con persona alguna que no tenga cédula para el ejercicio profesional, ni dejar que ésta u otras utilicen su nombre o cédula profesional para atender asuntos inherentes a su profesión. ARTÍCULO 9.- El profesionista debe respetar en todo momento los derechos humanos de su cliente, colegas y sociedad en general. ARTÍCULO 10.- El profesionista debe prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia xenofóbica, racial, elitista, sexista, religiosa o política. ARTÍCULO 11.- El profesionista debe ofrecer sus servicios profesionales de acuerdo a su capacidad científica y técnica. Esta circunstancia debe observarse en la publicidad que haga el profesionista de sus servicios en cualquier medio informativo y promocional. ARTÍCULO 12.- El profesionista debe observar puntualidad y oportunidad en todos los asuntos relativos al ejercicio profesional. ARTÍCULO 13.- El profesionista al emitir una opción o juicio profesional en cualquier situación y ante cualquier autoridad o persona, debe ser imparcial, ajustarse a la realidad y comprobar los hechos con evidencias. ARTÍCULO 14.- El profesionista deberá evaluar todo trabajo profesional desde una perspectiva objetiva y crítica. Capítulo Tercero. De los deberes para con sus colegas ARTÍCULO 15.- El profesionista debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.
6 ARTÍCULO 16.- El profesionista debe repartir de manera justa y equitativa los frutos del trabajo realizado en colaboración con sus colegas, asesores y subordinados, apoyando en la medida de lo posible, su desarrollo profesional. ARTÍCULO 17.- El profesionista debe respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedigna y actual, y buscar asesoría con expertos reconocidos en la materia que se trate. 6 ARTÍCULO 18.- El profesionista debe mantener una relación de respeto y colaboración con sus colegas, asesores, subordinadas y otros profesionistas, consecuentemente evitará lesionar el buen nombre y el prestigio de estos, ante autoridades, clientes, profesionistas y cualquier otra persona. ARTÍCULO 19.- El profesionista debe abstenerse de intervenir en los asuntos donde otro profesionista este prestado sus servicios, salvo que el cliente y el otro profesionista le autoricen para tal efecto, evitando con ello, la competencia desleal. ARTÍCULO 20.- El profesionista debe intervenir a favor de sus colegas en caso de injusticia. ARTÍCULO 21.- El profesionista debe apoyar a sus colegas en situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado. Capítulo Cuarto. De los deberes para con sus clientes ARTÍCULO 22.- El profesionista debe limitarse a mantener una relación profesional con sus clientes. ARTÍCULO 23.- El profesionista debe ser honesto, leal y conducirse con verdad ante su cliente en todo momento, salvaguardar los intereses del mismo, y deberá además comunicarle los riesgos cuando existan, en atención a su servicio.
7 ARTÍCULO 24.- Con respecto al principio de la voluntad de las partes, el profesionista debe cobrar sus honorarios en razón a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso particular requiera. De igual manera, el profesionista deberá reconsidera el monto de sus honorarios de acuerdo a la limitación económica de sus cliente. 7 ARTÍCULO 25.- El profesionista debe renunciar al cobro de sus honorarios, y en su caso devolvernos, si los trabajos que realizó no fueron elaborados en concordancia con lo requerido en el caso particular de que se trate o el profesionista haya incurrido en negligencia, incumplimiento o error profesional. ARTÍCULO 26.-El profesionista, al reconocer su mal servicio ante su cliente, debe advertir las consecuencias. ARTÍCULO 27.- El profesionista debe hacer los ajustes necesarios por un servicio ineficiente, sin cobro adicional. ARTÍCULO 28.- El profesionista debe anteponer sus servicios profesionales sobre cualquier otra actividad personal.
8 Capítulo Quinto. De los deberes para con su profesión ARTÍCULO 29.- El profesionista debe mantenerse actualizado de los avances científicos y tecnológicos de su manera a lo largo de su vida para brindar un servicio de calidad total. 8 ARTÍCULO 30.- El profesionista debe transmitir sus conocimientos y experiencia a estudiantes y egresados de su profesión, con objetividad y en el más alto apego a la verdad del campo del conocimiento actualizado del que se trate. ARTÍCULO 31.- El profesionista debe dignificar su profesión mediante el buen desempeño del ejercicio profesional y el reconocimiento que haga a los maestros que le transmitieron los conocimientos y experiencia. ARTÍCULO 32.- El profesionista debe contribuir al desarrollo de su profesión, mediante la investigación profesional, realizada con apega a normas metodológicas científicas y docentes. ARTÍCULO 33.- En las investigaciones realizadas, debe expresar las conclusiones en su exacta magnitud y en estricto apego a las normas metodológicas acordes con el tipo de estudio. ARTÍCULO 34.- El profesionista debe poner en alto el prestigio de su profesión en todo lugar y momento.
9 Capítulo Sexto. De los deberes con la sociedad ARTÍCULO 35.- El profesionista debe prestar el servicio social profesional por convicción solidaria y conciencia social. 9 ARTÍCULO 36.- El profesionista debe dar servicio a los indigentes o a cualquier persona económicamente desprotegida cuando así se lo soliciten. ARTÍCULO 37.- El profesionista debe ser respetuoso de las tradiciones, costumbres y cultura de los diversos grupos que conforman a la nación mexicana. ARTÍCULO 38.- El profesionista debe poner a disposición del gobierno sus servicios profesionales cuando ocurran circunstancias de emergencia. ARTÍCULO 39.- El profesionista debe servir como auxiliar de la instituciones de investigación científica, proporcionando a estas los documentos o informes que se requieran. ARTÍCULO 40.- El profesionista debe participar activamente en su entorno social difundiendo la cultura y valores nacionales. ARTÍCULO 41.-El profesionista debe buscar el equilibrio entre los distintos aspectos del desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras. ARTÍCULO 42.- El profesionista debe procurar su desempeño y desarrollo profesional en las localidades donde más puede contribuir con sus conocimientos al desarrollo.
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- El presente Código orientará la conducta del profesionista en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, sus
CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO MEXICANO DE CIENCIAS DE LABORATORIO CLÍNICO, A. C. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO MEXICANO DE CIENCIAS DE LABORATORIO CLÍNICO, A. C. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º. El presente código orientará la conducta del profesionista químico en
COLEGIO DE ARQUITECTOS Y URBANISTAS CAUEM. Código de Ética del Arquitecto DEL ESTADO DE MÉXICO A. C.
CAUEM COLEGIO DE ARQUITECTOS Y URBANISTAS DEL ESTADO DE MÉXICO A. C. Código de Ética del Arquitecto México, 2016 Código de Ética del Arquitecto CAUEM COLEGIO DE ARQUITECTOS Y URBANISTAS DEL ESTADO DE MÉXICO
Instituto Tecnológico Superior de Teziutlán Subdirección Académica Coordinación de Apoyo a la Titulación
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL INGENIERO INDUSTRIAL INTRODUCCIÓN EL Instituto Tecnológico Superior de Teziutlán ha fomentado desde su fundación, el que sus alumnos sean identificados en la sociedad, entre
CODIGO DE ETICA PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DEL MEDICO COLEGIADO EN MEXICO
CODIGO DE ETICA PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL DEL MEDICO COLEGIADO EN MEXICO ARTICULO PRIMERO. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES El presente Código orienta la conducta del médico colegiado en sus relaciones
COLEGIO DE QUÍMICOS CLÍNICOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN A.C.
COLEGIO DE QUÍMICOS CLÍNICOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN A.C. El Colegio de Químicos Clínicos del Estado de Michoacán A.C., por interpósita persona de su Consejo Directivo 2012-2014, representado en este acto
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL.
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL. DEL COLEGIO MEXICANO DE INGENIEROS BIOQUÍMICOS, A. C. El Código de Ética del Colegio Mexicano de Ingenieros Bioquímicos, A. C. (CMIBQ, A. C.), tiene como objetivo el sensibilizar
Disposiciones generales 6. De los deberes del Profesionista 6. De los Deberes para con sus Colegas 8. De los Deberes con sus Clientes 9
Código de Ética PREÁMBULO CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales 6 CAPITULO SEGUNDO De los deberes del Profesionista 6 CAPITULO TERCERO De los Deberes para con sus Colegas 8 CAPITULO CUARTO De los Deberes
COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MÉXICO, A. C. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
COLEGIO DE BIÓLOGOS DE MÉXICO, A. C. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL MARCO CONCEPTUAL El Código de Ética Profesional tiene como función sensibilizar al profesionista para que el ejercicio profesional se desenvuelva
C Ó D I G O D E É T I C A
Colegio de Ingenieros Químicos de Yucatán A. C. afiliado a la Federación de Colegios de Profesionales de Yucatán A. C. C Ó D I G O D E É T I C A Mérida, Yucatán, México Junio de 2005 C Ó D I G O D E É
CÓDIGO DE ÉTICA. E - m a i l : i n f o rmaci ó cmex t l i. o rg Sitio w e b : w w w. cmex t l i. o rg
CÓDIGO DE ÉTICA Código de Ética Preámbulo Debido a la importancia de la traducción para fomentar la compresión entre los pueblos, la cooperación entre las naciones al transmitir conocimientos, difundir
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL CONTENIDO INTRODUCCIÓN 1 MARCO CONCEPTUAL 2 CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 3 CAPÍTULO SEGUNDO DE LOS DEBERES DE LA UVIE 3 CAPÍTULO TERCERO DE LOS DEBERES PARA CON
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS ESTUDIANTES Y EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DIRECCIÓN GENERAL ACADÉMICA CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS ESTUDIANTES Y EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO ÍNDICE ENERO DEL 2010 PÁGINA MARCO CONCEPTUAL 1 CAPÍTULO PRIMERO.
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO MANUAL DEL PROFESOR
UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO MANUAL DEL PROFESOR Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Diego Quiroga Ph.D. DECANATO DE INVESITGACIÓN DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Carlos Montúfar
CÓDIGO DE ÉTICA. No es difícil tomar decisiones cuando uno sabe cuales son sus valores. Roy Disney
CÓDIGO DE ÉTICA No es difícil tomar decisiones cuando uno sabe cuales son sus valores. Roy Disney CÓDIGO DE ÉTICA Las empresas que desempeñan las actividades propias del Agenciamiento Aduanero, tenemos
C Ó D I G O D E É T I C A
C Ó D I G O D E É T I C A Aprobado en el Consejo Académico No. 35 2011 del 18 de octubre de 2011 Universidad Autónoma de Chiriquí Vicerrectoría Académica Dirección de Carrera Docente e Investigación 2011
COLEGIO DE INGENIEROS DE MINAS, METALURGISTAS Y GEOLOGOS DE MEXICO, A. C. CODIGO DE ETICA
COLEGIO DE INGENIEROS DE MINAS, METALURGISTAS Y GEOLOGOS DE MEXICO, A. C. CODIGO DE ETICA I N D I C E PAG. I. INTRODUCCION... 1 II. MARCO CONCEPTUAL... 1 III. PRINCIPIOS GENERALES... 3 IV. RELACION ENTRE
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO
Enseñar la explotación de la tierra, No la del hombre UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS PROFESORES Y TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DE LA CARRERA DE INGENIERO AGRÓNOMO ESPECIALISTA EN
CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. CAPÍTULO DISPOSICIONES GENERALES
CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO. Publicado en el Periódico Oficial el día 7 de Septiembre de 2012. CAPÍTULO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.-
FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA I BLOQUE I
Secretaría de Educación en Tamaulipas Subsecretaría de Educación Básica Dirección de Educación Secundaria Coordinación Estatal de Asesoría y Seguimiento FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA I BLOQUE I F.C.E. I Bloque
Mantener Intereses de Conflicto
Edición Nº 08 - diciembre 2010 Grupo de Trabajo para el Fomento de la Ética en el IMARPE PROHIBICIONES DEL CODIGO DE ETICA Mantener Intereses de Conflicto Mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo
Todas las personas tenemos derechos y también obligaciones para que se cumpla la misión de Albasur.
En la Carta de Derechos y Deberes de Albasur encontramos las normas de cómo debemos comportarnos para que se respete la dignidad de las personas con discapacidad intelectual, para que las relaciones entre
ACREDITADORA NACIONAL DE PROGRAMAS DE ARQUITECTURA Y DISCIPLINAS DEL ESPACIO HABITABLE A.C. (ANPADEH)
ACREDITADORA NACIONAL DE PROGRAMAS DE ARQUITECTURA Y DISCIPLINAS DEL ESPACIO HABITABLE A.C. (ANPADEH) CÓDIGO DE ÉTICA Antecedentes La Acreditadora Nacional de Programas de Arquitectura y Disciplinas del
CÓDIGO DE CONDUCTA ÉTICA DE LA SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA CONSIDERANDO
CONSIDERANDO Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2005-2011, señala como una línea de acción de la reforma administrativa para un gobierno transparente y eficiente, fomentar que el ejercicio
LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
LEY DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO TÍTULO I CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto regir la prestación del servicio comunitario que
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR Objetivo Promover, difundir e interiorizar principios, valores, responsabilidades y compromisos éticos en relación a comportamientos y prácticas de las
Identidad Corporativa Red Enlace Profesional
24/10/2007 1 Identidad Corporativa Red Enlace Profesional MISIÓN La Red Enlace Profesional tiene como Misión crear, mantener y fortalecer políticas, programas y proyectos en beneficio de los Egresados
CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN ODONTOLÓGICA.
CÓDIGO DE ÉTICA DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN ODONTOLÓGICA. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El, A.C. (CONAEDO) fue reconocido formalmente en el año 2003 como organismo acreditador de programas académicos de
SECRETARIADO Y RELACIONES PÚBLICAS
Educación Media Técnico-Profesional Sector Administración y Comercio 1 Especialidad: Secretariado Módulo SECRETARIADO Y RELACIONES PÚBLICAS Horas sugeridas para desarrollar las actividades orientadas a
INSTITUTO ESTATAL DE CIENCIAS PENALES Y SEGURIDAD PÚBLICA MISIÓN, VISIÓN, POLÍTICA Y OBJETIVOS
INSTITUTO ESTATAL DE CIENCIAS PENALES Y SEGURIDAD PÚBLICA MISIÓN, VISIÓN, POLÍTICA Y OBJETIVOS Misión: Somos la institución pública estatal responsable de formar de manera integral profesionales en ciencias
CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Página 1 de 12 CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA DE LA DERECHOS HUMANOS 2016 Página 2 de 12 Página 3 de 12 Página 4 de 12 CONTENIDO Página INTRODUCCIÓN 5 I.- OBJETIVO 6 II.- ÁMBITO DE APLICACIÓN 6 III.- DEFINICIONES
CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GUANAJUATO PRESENTACIÓN
CÓDIGO DE ÉTICA PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE SANTA CRUZ DE JUVENTINO ROSAS, GUANAJUATO 2015-2018 PRESENTACIÓN LA ÉTICA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MÉXICO, debe formar parte de los asuntos que
profesionales, siempre que éstas respeten los principios básicos y mínimos en él recogidos.
BOCM núm. 287, de 2 de diciembre de 2000 1 RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia y de Política Interior por la que se dispone la
EL CÓDIGO DE ÉTICA QUE REGIRA LA CONDUCTA DE LOS MIEMBROS DE LA PROFESIÓN DE AGRÓNOMOS EN PUERTO RICO
EL CÓDIGO DE ÉTICA QUE REGIRA LA CONDUCTA DE LOS MIEMBROS DE LA PROFESIÓN DE AGRÓNOMOS EN PUERTO RICO En Puerto Rico, donde la vida del hombre en todas sus manifestaciones, se rige por la ley y las normas
EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS - 2º ESO 1. OBJETIVOS
EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS - 2º ESO 1. OBJETIVOS 1. Reconocer la condición humana en su dimensión individual y social, aceptando la propia identidad, las características y experiencias
Código de Ética AmCham Guatemala
Código de Ética AmCham Guatemala La Cámara de Comercio Guatemalteco Americana (en adelante, AmCham-, por sus siglas en inglés), presenta este Código de Ética con el propósito de orientar la conducta y
FICHA TÉCNICA DE ASIGNATURA
FICHA TÉCNICA DE ASIGNATURA 1. DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA Grado Asignatura Módulo Área Departamental Semestre Comunicación Empresa de Comunicación Módulo IV. Historia y Estructura de los Medios de Comunicación
LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL
LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO SOCIAL INTRODUCCIÓN El Consejo Directivo del Centro Estatal de Justicia Alternativa de Veracruz con el fin de realizar una verdadera acción
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS
MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS INDICE Página 1. Introducción... 3 2. Objetivo... 3 3. Conceptos... 4 4. Órgano Societario Encargado de Acordar, Aprobar y hacer Cumplir las Disposiciones del
DESARROLLO PROFESIONAL CONTINUO: UN DEBER ÉTICO DEL FARMACÉUTICO
DESARROLLO PROFESIONAL CONTINUO: UN DEBER ÉTICO DEL FARMACÉUTICO Dra. Nuria Montero Ch. Farmacéutica La actividad en salud presenta especificidades que señalan la condición de la vida en sociedad, las
CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA
CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA 1. Consideraciones Generales El objetivo del presente documento es definir principios de comportamiento a las cuales deberá ajustarse todo el personal que integra la Organización.
Derechos de los pacientes
Derechos de los pacientes A) Declaración n de Lisboa 1. El paciente tiene derecho a elegir libremente a su médico. 2. El paciente tiene derecho a ser tratado por un médico que goce de libertad para hacer
POLÍTICAS Y LINEAMIENTOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA
POLÍTICAS Y PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LA PRACTICA PROFESIONAL SUPERVISADA MARCO DE REFERENCIA La Práctica Profesional Supervisada (PPS) es parte de las políticas que fueron aprobadas por la Universidad
Apéndice A. Instrumento para los expertos. Competencias profesionales de enfermería de la tesis titulada Evaluación por
1 Apéndice A Instrumento para los expertos Keville EdD: Por medio de la presente reciba usted un cordial saludo, mi nombre es Maribel Pérez Marín estudiante del Doctorado de Educación de las Ciencias,
POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA Aprobado por el Consejo de Administración el 25 de febrero de 2016 ÍNDICE 1 OBJETO 3 2 ESTRATEGIA CORPORATIVA
La convivencia en la LOE
II Jornada Convivencia y Conflicto USTEC-STEs Girona, 5 de mayo de 2007 La convivencia en la LOE Los Planes de Convivencia Joan Teixidó Saballs Departament de Pedagogia de la UdG Declaración n de Intenciones
Sanitas Mayores. Ley de Dependencia. Sanitas.es/mayores
Sanitas Mayores Ley de Dependencia Sanitas.es/mayores La Ley de Dependencia, con entrada en vigor el 1 de enero de 2007, es una ley a la que tienen derecho todos los ciudadanos y ciudadanas españoles que
Control Externo CE/03/1. Código de ética del Auditor Gubernamental INDICE. Introducción I. Alcance del código II. Propósito III.
Formulario F/NO-001/2 Control Externo CE/03/1 Código de ética del Auditor Gubernamental INDICE Introducción I. Alcance del código II. Propósito III. Principios éticos Versión Unidad Proponente Firmas de
GUÍA DEL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE LA PANDEMIA DE GRIPE A(H1N1)
GUÍA DEL PLAN DE CONTINGENCIA ANTE LA PANDEMIA DE GRIPE A(H1N1) 1. El Plan de contingencia que se derive del contenido de esta Guía deberá de ajustarse a las instrucciones elaboradas por el Consejo Interterritorial
ITINERARIO DE ADAPTACIÓN DEL DIPLOMADO DE RELACIONES LABORALES AL TÍTULO DE GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS
ITINERARIO DE ADAPTACIÓN DEL DIPLOMADO DE RELACIONES LABORALES AL TÍTULO DE GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS Según el Reglamento por el que se regulan los itinerarios de adaptación para
Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G. -- http://www.bibliotecarios.cl/ --
1 of 5 Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G. -- http://www.bibliotecarios.cl/ -- 1. Normas generales -- #1 -- 2. Deberes del Bibliotecario en relación con la sociedad. -- #2 -- 3. Del ejercicio profesional
CÓDIGO DE ÉTICA DESCAFEINADORES MEXICANOS S.A. DE C.V.
CÓDIGO DE ÉTICA DESCAFEINADORES MEXICANOS S.A. DE C.V. DESCAMEX Introducción Misión, Visión y Valores Con los clientes Con los empleados Con los accionistas Con los proveedores y acreedores Con la competencia
Ley General de Educación 115 de 1994
Ministerio de Educación Nacional República de Colombia Ley General de Educación 115 de 1994 Objeto de la Ley: La educación es un proceso de formación permanente, personal y cultural y social que se. fundamenta
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO. Aprobado por el Consejo General Universitario el 19 de noviembre de 2010
CÓDIGO DE ÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO Aprobado por el Consejo General Universitario el 19 de noviembre de 2010 Exposición de motivos Rigen en la Universidad de Guanajuato los principios de Verdad,
POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD Actualización 2014-10-07
POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD Actualización 2014-10-07 1.0 PROPÓSITO Exo-s está muy interesado en el medio ambiente, la salud y la seguridad de sus empleados. Uno de nuestros principales
Colegio La Fuente Los Ángeles Autenticidad, compromiso y liderazgo 43-2363025 43-2363026
PROTOCOLO DE INDUCCIÓN FUNCIONARIOS COLEGIO LA FUENTE 1. OBJETIVO Facilitar la adaptación e integración del nuevo trabajador a la entidad y a su puesto de trabajo, mediante el suministro de la información
Competencias Institucionales
Competencias Institucionales 1 Valores Crear oportunidades y estar dispuesto a romper paradigmas Ser emprendedor, generar ideas, las hace realidad y asume los riesgos necesarios Apoyar a las personas que
Ley del Servicio Comunitario
Ley del Servicio Comunitario Gaceta Oficial N 38.272 del 14-09-05 La Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela Decreta la siguiente, Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación
Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria
Reglamento de la Comisión Mixta de Auditoria Índice 1. Introducción...3 2. Composición...3 3. Funciones del Comité...3 3.1. Funciones del Comité en materia de riesgos:...3 3.2. Funciones del Comité en
SERVIDORES PÚBLICOS Y DERECHOS HUMANOS TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 15 DE JULIO DE 2015
SERVIDORES PÚBLICOS Y DERECHOS HUMANOS TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 15 DE JULIO DE 2015 DERECHOS HUMANOS Garantizados en el plano nacional e internacional, Protegidos jurídica y socialmente, Centrados en
LEY DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA LEY Nº 27815
LEY DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA LEY Nº 27815 (*) De conformidad con la Única Disposición Complementaria de la Ley N 28496, publicada el 16 Abril 2005, toda referencia al "servidor público"
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 197-2004
Guatemala, 13 de julio de 2004 NORMAS DE ÉTICA DEL ORGANISMO EJECUTIVO ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 197-2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece
ANTEPROYECTO DE LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESOR
ANTEPROYECTO DE LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESOR La Ley Orgánica de Educación señala en su artículo 104.1 que las Administraciones educativas están obligadas a velar para que el profesorado reciba el trato,
REGLAMENTO DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE LOS DEBERES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. Incurren en responsabilidades de orden universitario
Programa Nacional de Vivienda 2014-2018
Programa Nacional de Vivienda 2014-2018 El pasado 30 de abril se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Programa Nacional de Vivienda (Programa), 1 mismo que plasma los Objetivos, Estrategias
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO ESCUELA NACIONAL DE MÚSICA REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL Coyoacán, D.F., enero de 2014 INTRODUCCIÓN El servicio social universitario es considerado como
Artículo 9 Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación
A continuación se reproducen los artículos de la Ley 41/2002 de de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
CONSEJO MEXICANO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA, A.C.
CONSEJO MEXICANO DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA, A.C. 1 1 EN MÉXICO CPC FELIPE PÉREZ CERVANTES Septiembre 18, 2014 2 2 La profesión de la Contaduría Pública, al igual que todas las profesiones en
CÓDIGO DE ÉTICA AFORE PROFUTURO
CÓDIGO DE ÉTICA Proceso de inversiones ÍNDICE INTRODUCCIÓN OBJETIVO APLICATORIEDAD GENERALIDADES a) Principios éticos b) Obligatoriedad de cumplimiento c) Sansiones internas d) Respecto a las inversiones
conozco mis derechos deberes Carta de derechos y deberes servicios de salud en los
conozco mis derechos deberes y Carta de derechos y deberes en los servicios de salud d e t s U iene o t erech d a 1 Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL OSCAR J. JOFFRE VELAZQUEZ, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción III del artículo 14 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico
Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las
Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales universalmente reconocidos 1. Clase
III Tema: Principios que rigen la función pública
Universidad Nacional del Nordeste III Tema: Principios que rigen la función pública Dra. Margarita Correa de Payes Probidad: El agente público debe actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL RESOLUCION NÚMERO 2770 DE 20. ( Noviembre 13 )
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL RESOLUCION NÚMERO 2770 DE 20 ( Noviembre 13 ) Por la cual se definen las características específicas de calidad para los programas de pregrado en
PERFIL DEL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMA
PERFIL DEL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMA La educación como proceso de formación humana supone la docencia como la acción conjunta entre el educador y el educando. Se trata de una relación
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL COLEGIO DE BACHILLERES
CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL COLEGIO DE BACHILLERES PRESENTACIÓN Las sociedades alcanzan en gran parte su bienestar a través de la educación, concebida e impartida como un bien público
