TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO
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- Mario Venegas López
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1 TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE SERVICIO De conformidad con los términos y las condiciones de este Convenio y tomando en cuenta los honorarios cobrados, el suscrito Cliente contrata a Cargolive como su representante para coordinar los servicios de transporte y proporcionar asesoría en materia de logística (los Servicios ). 1. ALCANCE DE LOS SERVICIOS 1.1. Los servicios incluirán, sin limitación: (i) la preparación y/o el procesamiento de declaraciones de importación y exportación, (ii) la reservación, contratación o confirmación de espacio para cargas, incluida el fletamento, (iii) la preparación o el procesamiento de órdenes de entrega o recibos de muelle, (iv) la preparación y/o el procesamiento de conocimientos de embarque, (v) la reservación, contratación o confirmación de depósito en almacenes, (vi) la obtención de un seguro de carga, cuando lo solicite con anticipación el Cliente, (vii) la operación de fletes terrestres, aéreos y fluviales, (viii) la administración de los dineros dados en anticipo por el Cliente, (ix) la coordinación de operaciones de carga y descarga, siempre que los solicite con anticipación el Cliente, (x) la remisión o el anticipo de fletes u otros dineros o créditos en relación con la logística de transporte, (xi) la asesoría en materia de licencias o inspecciones u otros documentos o asuntos relacionados con el despacho de la carga El Cliente por este medio acepta que Cargolive NO es un operador, pero que hará todos sus esfuerzos para elegir y contratar operadores, almacenes y otros intermediarios de transporte (los Proveedores ) en nombre y representación del Cliente. El Cliente comprende que los términos y las condiciones de los recibos de depósito de los almacenes y los contratos de los operadores fluviales, terrestres o aéreos que Cargolive contrate serán aplicables al Cliente como si éste hubiera celebrado dichos contratos por sí mismo. Los términos del recibo de depósito o conocimiento de embarque aplicarán como si hubieran sido emitidos al Cliente. El Cliente tendrá acceso a copias de dichos documentos, previa solicitud a Cargolive. 1.3 El Cliente deberá apegarse a todas las leyes y los reglamentos gubernamentales aplicables en cualquier país del, al, a través del, o sobre el cual se transporten los bienes, incluidas aquellas relacionadas con el empaque, transporte o entrega de los bienes, y deberá proporcionar dicha información a Cargolive como sea necesario para cumplir con dichas leyes y reglamentos. El Cliente garantiza que los bienes están marcados, dirigidos y empacados de forma adecuada para soportar cualquier medio de transporte que se haya contemplado. El Cliente, o la persona física o moral que origine y licite el manejo o el transporte de los bienes, acuerda por medio del presente a que se lleve a cabo una inspección de la carga. Página 1 de 8
2 2. CONTRAPRESTACIÓN El Cliente deberá pagarle a Cargolive, como contraprestación por sus servicios, la cantidad propuesta por Cargolive y aceptada por el Cliente en la cotización correspondiente, la cual también podrá contener detalles en relación con la forma de pago de los honorarios de Cargolive (la Cotización ) y deberá considerarse como parte integrante del presente Convenio Asimismo, el Cliente será responsable del reembolso de todos los gastos en que incurra Cargolive derivados de los Servicios, cuyos recibos deberán ser presentados, previa solicitud del Cliente. En caso de que el Cliente desee que la acreditación de los gastos se haga por medio de la presentación de las facturas correspondientes, el Cliente acuerda cubrir los gastos relacionados con la emisión de dichas facturas Dichos reembolsos, junto con la cantidad establecida en la Cotización, comprenden el precio total a ser pagado a Cargolive por los Servicios (el Precio ) El Cliente garantiza el pago de todos los servicios prestados y el transporte contratado por Cargolive a favor del Cliente, sin perjuicio de qué persona ordenó el servicio o se benefició de él Las Cotizaciones serán preparadas por Cargolive utilizando los tipos de cambio actuales. Los cargos reales podrán diferir de acuerdo a las variaciones en el tipo de cambio al momento en que el Servicio se preste y facture El Cliente acuerda pagar todas las facturas de Cargolive dentro de los 10 días siguientes a la fecha de emisión, sin perjuicio del derecho de Cargolive de solicitar un pago por adelantado del Precio, o una parte de él (el Adelanto ) o una garantía compatible y satisfactoria a juicio de Cargolive (la Garantía ), incluido por medio de pagarés a la vista. Cualquier pago a plazo vencido estará sujeto a (i) un ajuste monetario de conformidad con el índice INPC u otro índice que pudiera sustituirlo, (ii) una sanción del 10% de la cantidad debida, y (iii) un interés del 1% por mes o fracción El Cliente acuerda pagarle a Cargolive honorarios de abogados, costos y otros gastos en que incurra en caso de que esta cuenta requiera la contratación de un abogado para efectos de cobro El Cliente y el consignatario o tenedor o cesionario de cualquier conocimiento de embarque será responsable de todos los cargos debidos y no pagados por Servicios proporcionados conforme al presente. Cuando Cargolive tenga instrucciones de cobrarle los cargos a una persona física o moral distinta al Cliente, el Cliente será subsidiaria y solidariamente responsable por los cargos y los intereses si Cargolive no recibe el pago correspondiente Salvo que las partes acuerden lo contrario o se establezca en este Convenio, los montos debidos a Cargolive bajo este instrumento se pagarán en moneda nacional. Página 2 de 8
3 3. DURACIÓN Y TERMINACIÓN 3.1. Este Convenio surtirá efectos en la fecha en que el Cliente aceptó la Cotización de Cargolive y permanecerá en vigor hasta la terminación de los servicios, tal como se describe en el presente. La aceptación por parte del Cliente podrá ser expresa o tácita, incluida por medio de fax o correo electrónico Cargolive se reserva el derecho de terminar este Convenio en cualquier momento, a su discreción y sin penalidad alguna, si el Cliente incumple con cualquiera de sus obligaciones de pago conforme al presente, en cuyo caso Cargolive permanecerá a salvo de cualquier responsabilidad relacionada con este convenio Cualquiera de las partes podrá terminar este Convenio en cualquier momento, mediante notificación por escrito a la otra si: (i) la otra parte incumple sustancialmente con este Convenio, y en el caso de incumplimiento que pueda subsanarse, si no subsana el incumplimiento dentro de los 15 días siguientes a la recepción de una notificación por escrito en donde se detalle el incumplimiento, o (ii) por quiebra o insolvencia de la otra parte, o si ésta está sujeta a un procedimiento de concurso mercantil La terminación de este Convenio por cualquier causa no afectará los derechos u obligaciones de las partes que se hubieran acumulado antes de la terminación, incluida, sin limitación, la obligación del Cliente de pagar los honorarios acumulados antes de la terminación. 4. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 4.1. CARGOLIVE NO SERÁ RESPONSABLE POR PÉRDIDAS, COSTOS, GASTOS, RETRASOS O DAÑOS CAUSADOS DIRECTA O INDIRECTAMENTE POR LOS PROVEEDORES. Cargolive podrá iniciar una reclamación por pérdidas, costos, gastos, retrasos o daños en contra de los Proveedores a nombre del Cliente, si éste así lo solicita. Sin perjuicio de lo anterior, Cargolive no tendrá responsabilidad alguna por el éxito de dichas reclamaciones CARGOLIVE NO SERÁ RESPONSABLE POR PÉRDIDAS O DAÑOS ESPECIALES, INCIDENTALES, CONSECUENCIALES O PUNITIVOS, AÚN CUANDO SEAN INDIRECTOS, INCLUIDA LA PÉRDIDA DE INGRESOS, DE GANANCIAS, INTERESES, O LA PÉRDIDA DE MERCADO, YA SEA QUE CARGOLIVE TENGA O NO CONOCIMIENTO DE QUE DICHAS PÉRDIDAS O DAÑOS PUEDEN OCURRIR SI CARGOLIVE NO ES SACADO EN PAZ Y A SALVO DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD CONFORME A LOS TÉRMINOS DE ESTA CLÁUSULA 4, O QUE EXISTA UNA SENTENCIA JUDICIAL DEFINITIVA QUE RECONOZCA FRAUDE O DOLO POR PARTE DE CARGOLIVE, EL CLIENTE ACUERDA QUE LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE CARGOLIVE NO PODRÁ EXCEDER DE LA Página 3 de 8
4 CANTIDAD ESTABLECIDA COMO PRECIO, DE CONFORMIDAD CON LA CLÁUSULA 2.3 DE ESTE CONVENIO EL CLIENTE EXPRESAMENTE ACUERDA LOS LÍMITES DE LAS RESPONSABILIDADES DE CARGOLIVE CONFORME A ESTA CLÁUSULA 4. EL CLIENTE TAMBIÉN RECONOCE QUE LAS DISPOSICIONES Y LOS TÉRMINOS AQUÍ CONTENIDOS CONSTITUYEN UN ELEMENTO ESENCIAL PARA QUE CARGOLIVE CELEBRARA ESTE INSTRUMENTO CONFORME A SUS TÉRMINOS Y A LA COTIZACIÓN El Cliente acuerda inspeccionar su cargamento a la entrega y a notificar inmediatamente si hay cualquier daño o pérdida. El Cliente acuerda que Cargolive no será responsable de pérdidas o daños si dicha notificación no se proporciona por escrito a Cargolive dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la entrega de bienes al Cliente, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en esta Cláusula El Cliente acuerda que Cargolive no tiene obligación alguna de considerar reclamaciones por pérdidas, retrasos o daños, o de seguir los procesos de dichas reclamaciones en contra de los operadores o responsables de almacenes a nombre del Cliente si el Cliente no ha pagado las facturas de Cargolive. 5. GARANTIAS DEL CLIENTE; INSPECCION Y MONITOREO DE LOS EMBARQUES 5.1 El Cliente garantiza que no le entregará a Cargolive embarques que contengan explosivos, dispositivos de destrucción o material peligroso para su transporte, manejo o almacenamiento. El Cliente garantiza que considerará todas las recomendaciones y directrices de seguridad para la cadena de suministro del Cliente que emita Cargolive. El Cliente acuerda que Cargolive tiene permiso para inspeccionar, usando medios físicos u otros, cualquier embarque que se le confíe a Cargolive para ser transportado, manejado o almacenado, incluidos los embarques que estén contenidos en empaques cerrados. Cargolive tiene el derecho de rechazar, y devolver al Cliente a costa del Cliente, cualquier embarque que le haya sido licitado en violación a las garantías que otorga el Cliente conforme al presente. El Cliente no podrá hacer reclamación alguna ni demandar a Cargolive o a cualquier persona física o moral que actúe a nombre de Cargolive como resultado de una inspección. El Cliente sacará en paz y a salvo de cualquier daño, pérdida, reclamación o demanda que surja de un incumplimiento con las garantías del Cliente como se establecen en el presente. 5.2 El Cliente acuerda monitorear su embarque y dar aviso por escrito inmediatamente en caso de retraso. Cualquier aviso de retraso debe hacerse por escrito no más de 5 días después de la fecha de entrega anticipada por el Cliente. El Cliente acuerda que el aviso de retraso no invalida la limitación de responsabilidad de Cargolive. Página 4 de 8
5 6. CONFIDENCIALIDAD 6.1. Cada una de las partes deberá mantener en confidencialidad toda la Información Confidencial divulgada por la otra parte en relación con el presente, y deberá utilizar el mismo grado de cuidado que utiliza para proteger su propia información confidencial valiosa (pero no menos que el grado razonable de cuidado) para no (i) revelar dicha Información Confidencial a otro que no sea a su personal autorizado que esté sujeto a contratos que protejan los derechos de la parte que divulga la información, o salvo que se permita lo contrario por este Convenio, o (ii) utilizar dicha Información Confidencial para cualquier fin distinto al ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones conforme a este Convenio Para efectos de este Convenio, Información Confidencial es toda la información relacionada con el negocio y la tecnología de las partes, la información relacionada con los productos, los servicios y los precios actuales y futuros de cada parte, los términos de este Convenio y cualquier otra información claramente marcada como confidencial Sin perjuicio de lo anterior, Información Confidencial no incluirá información que: (a) sea o llegue a ser parte del dominio público por medios distintos a la parte que recibe; (b) estaba en posesión legal de la parte que recibe antes de que se revelara y no fue obtenida por la parte que recibe directa o indirectamente por la parte que revela; (c) se revela en forma legal a la parte que recibe por un tercero no sujeto a un deber de confidencialidad; (d) es creada en forma independiente por la parte que recibe sin utilizar la Información Confidencial de la parte que revela; o (e) la parte que recibe está obligada por ley o por medio de un proceso legal a revelar la información, en el entendido de que la parte que recibe le dé una oportunidad razonable a la parte que revela antes de que revele la información de impugnar el proceso legal o buscar algún tipo de orden de protección. 7. NATURALEZA DEL CONVENIO 7.1. La relación entre Cargolive y el Cliente establecida a través de este Convenio es la de contratistas independientes, y ninguna de las disposiciones de este instrumento deberá ser interpretada como si (i) otorgara a cualquiera de las partes el poder de dirigir y controlar las actividades diarias de la otra, o (ii) constituyera a las partes como socios, empresarios conjuntos, co-propietarios o como participantes en un negocio conjunto o común, o (iii) constituyera una relación laboral entre las partes. Ni Cargolive ni el Cliente ni cualquiera de sus representantes, empleados o contratistas podrá ostentarse como el representante del otro y no tendrá derecho o facultad de representar, actuar a nombre de, obligar o de alguna otra forma crear o asumir una obligación a nombre de la otra parte por cualquier motivo. Las obligaciones financieras asociadas con los negocios de cada una de las partes son la única responsabilidad de dicha parte. Página 5 de 8
6 8. FUERZA MAYOR 8.1. Ninguna de las partes será responsable frente a la otra por incumplimiento total o parcial, interrupción o retraso en el cumplimiento de sus respectivas obligaciones conforme a este Convenio que resulte de causas que constituyan Fuerza Mayor. Para efectos de este Convenio, Fuerza Mayor es cualquier causa atribuible a actos, eventos u omisiones más allá del control razonable de la parte que argumente Fuerza Mayor, incluidos, sin limitación, actos de gobierno, de la naturaleza, inundaciones, incendios, explosiones, terremotos, interrupción del suministro eléctrico, huelgas, bloqueos o conflictos laborales. En caso de presentarse una situación de Fuerza Mayor, la parte cuyo cumplimiento se vea afectado deberá inmediatamente notificarle a la otra y estará exenta del cumplimiento de sus obligaciones bajo este Convenio en tanto la Fuerza Mayor le impida cumplir. En caso de que una situación de Fuerza Mayor continúe por un periodo de un mes o más, cualquiera de las partes podrá dar por terminado este convenio por medio de una notificación por escrito a la otra con treinta días de anticipación. 9. CESIÓN 9.1. Ninguna de las partes podrá ceder sus derechos u obligaciones conforme a este Convenio, por ministerio de ley u otro, sin la previa autorización por escrito de la otra parte. Sin perjuicio de lo anterior, Cargolive podrá ceder este Convenio, en todo o en parte, sin necesidad de obtener autorización del Cliente, a (a) cualquier persona moral que controle o esté controlada por, o esté bajo el control común con Cargolive, (b) cualquier persona moral que resulte de una fusión o consolidación con Cargolive, o (c) cualquier persona física o moral que adquiera prácticamente la totalidad de los bienes de Cargolive relacionados con el objeto del presente. 10. PERMISO PARA RECIBIR INFORMACIÓN CREDITICIA El Cliente autoriza a Cargolive para obtener Reportes de Crédito sobre el Cliente o para obtener información crediticia y de fondeo del banco del Cliente. Se entiende que dicha información crediticia se mantendrá en estricta confidencialidad y se utilizará solo para los fines del negocio de Cargolive. El Cliente además acuerda proporcionar toda la información adicional que Cargolive solicite para garantizar extensiones futuras del crédito o para facultar a Cargolive para perfeccionar gravámenes o recuperar cualquier fianza emitida. 11. PODER ESPECIAL El Cliente nombra a Cargolive como su representante para actuar a nombre del Cliente para efectos de contratar servicios de corretaje de aduanas, para emitir y celebrar cualquier documento relacionado con los servicios a ser prestados. Página 6 de 8
7 12. SEGUROS Se le recomienda al Cliente comprar seguros de fletes o dar órdenes a Cargolive para que los compre a su nombre, si las limitaciones establecidas en la Cláusula 4 representan un riesgo inaceptable para el Cliente Cargolive dará cumplimiento a reclamaciones de seguros únicamente cuando la prima se cargue en una factura y se cobre por Cargolive para el embarque objeto de la reclamación Cargolive contratará seguros cuando así lo solicite el Cliente y sea para beneficio del mismo. El Cliente comprende que la falta de pago de los seguros podrá resultar en la pérdida de cobertura. 13. DISPOSICIONES GENERALES Cualquier tolerancia por cualquiera de las partes, con respecto a una de las obligaciones de este convenio, se entenderá como una tolerancia aislada y no deberá interpretarse como una novación o renuncia de derechos en relación con el cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas Si cualquiera de las disposiciones de este Convenio es declarada ilegal, nula o inaplicable por una autoridad judicial competente, el Convenio permanecerá en vigor y dicha disposición se entenderá eliminada con efectos a partir de la fecha de dicha determinación. Las partes harán todo su esfuerzo para reemplazar dicha disposición con una disposición válida, cuyo efecto comercial sea lo más cercano posible al de la disposición eliminada Este Convenio no podrá ser modificado salvo por medio de un acuerdo escrito celebrado por los representantes autorizados de las partes Cualquier notificación o documento que deba entregarse conforme al presente, deberá ser por escrito y deberá considerarse debidamente entregado si se envía por medio de correo certificado o servicio de mensajería al domicilio de la parte que aparece en el preámbulo del presente Convenio, así como por fax o correo electrónico, con el correspondiente acuse de recibo Este Convenio constituye el acuerdo entero entre las partes en relación a su objeto, y sustituye y termina cualquier acuerdo, promesa, convenio o entendimiento anterior o contemporáneo, en relación con el objeto del presente EL CLIENTE DECLARA Y GARANTIZA QUE HA TENIDO LA OPORTUNIDAD DE NEGOCIAR, LEER Y REVISAR ESTE CONVENIO, Y QUE ACUERDA POR COMPLETO CON SU CONTENIDO, DISPOSICIONES (INCLUIDA LA DISPOSICIÓN RELATIVA A LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE CARGOLIVE), FINES Y EFECTOS. ESTE Página 7 de 8
8 CONVENIO REFLEJA CON FIDELIDAD LA VOLUNTAD DE LAS PARTES Y LOS NEGOCIOS ACORDADOS ENTRE ELLAS Las Cláusulas 4 y 6 se mantendrán vigentes a la terminación o vencimiento de este Convenio, por tiempo indefinido. Lo mismo aplica para la Cláusula 3, hasta que todos los pagos debidos por el Cliente a Cargolive se liquiden por completo. 14. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN Este Convenio será regido por las leyes de la República Mexicana. Cualquier demanda, procedimiento o reclamación en relación con el mismo, deberá iniciarse en los Tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, y las partes por este medio consienten someterse a la jurisdicción de dichos tribunales. La Procuraduría Federal del Consumidor será competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento de estos Términos y Condiciones Generales de Servicio. 15. REGISTRO DEL CONVENIO 15.1 El presente Convenio queda registrado con el registro (PROFECO ) Página 8 de 8
DECLARACIONES. I.2. Es una persona física, mayor de edad y cuenta con la capacidad legal suficiente para celebrar el presente Contrato.
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