Medidas para favorecer la contratación a tiempo parcial y de apoyo a otras contrataciones laborales
|
|
- María Figueroa Vera
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Medidas para favorecer la contratación a tiempo parcial y de apoyo a otras contrataciones laborales El Gobierno aprobó la semana pasada nuevas medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Se instrumentan en el Real Decreto- Ley 16/2013 (publicado en el BOE del 21 de diciembre), que a juicio del Departamento Laboral de JAUSAS no aporta ninguna solución concreta al laberinto contractual que padece nuestro mercado laboral. La regulación que dicha norma introduce de las horas complementarias a la jornada laboral pactada en los contratos a tiempo parcial es un nuevo ejercicio de complicación del marco legal de nuestra contratación laboral. Así, por tanto, el Real Decreto-Ley 16/2013 sustituye anteriores complejidades de la regulación de la contratación a tiempo parcial por unas nuevas. Por tanto, sólo cabe valorar positivamente como principal novedad que se permita suscribir un contrato a tiempo parcial indefinido, en la modalidad de contrato de apoyo a los emprendedores para empresas de menos de 50 trabajadores. Esta medida puede fomentar efectivamente la contratación laboral. Sumario 1. Modificaciones para fomentar el trabajo a tiempo parcial Modificación del periodo de prueba Distribución irregular de la jornada Ampliación de los supuestos de reducción de jornada por guarda legal Empresas de trabajo temporal Contratos de formación y aprendizaje Aplazada la racionalización de la contratación laboral Cambios en las remuneraciones exentas de cotización a la seguridad social Incremento de la base de cotización de autónomos con más de nueve empleados
2 1. Modificaciones para fomentar el trabajo a tiempo parcial 1.1 Nueva regulación de las horas complementarias en el contrato a tiempo parcial El Real Decreto-Ley 16/2013 mantiene el deber de hacer constar en el contrato de trabajo el número de horas ordinarias de trabajo pactadas así como su distribución. Como novedad, dicho Real Decreto-Ley se remite en esta materia a lo que estipule el convenio colectivo de aplicación. Modificando lo dispuesto en la reforma laboral de 2012, se reinstaura la prohibición de la realización de horas extraordinarias en los contratos a tiempo parcial. Sin embargo, a pesar de esta prohibición, el Real Decreto-Ley intenta introducir algo de flexibilidad en esta materia al regular dos tipos de horas complementarias a la jornada laboral ordinaria pactada en el contrato de trabajo a tiempo parcial: A) Horas complementarias Si bien las horas complementarias ya existían en el contrato a tiempo parcial, el Real Decreto-Ley 16/2013 amplía la posibilidad de pactar dichas horas complementarias con trabajadores contratados a tiempo parcial, de forma temporal (antes sólo para trabajadores con contrato indefinido). Como nueva condición, se impone que sólo podrán pactarse horas complementarias con aquellos trabajadores (temporales o indefinidos) con una jornada de trabajo superior a 10 horas semanales en cómputo anual. Las horas complementarias no podrán exceder del 30% de la jornada de trabajo ordinaria pactada en el contrato (antes 15% máximo). Por convenio colectivo podrá fijarse hasta un máximo de horas complementarias del 60% de dicha jornada. Se reduce de 7 a 3 días el plazo de preaviso mínimo con el que el empresario dará a conocer al trabajador el día y hora de la realización de las horas complementarias. B) Horas complementarias voluntarias Se concede la posibilidad de que el empresario ofrezca realizar horas complementarias de aceptación voluntaria a los trabajadores que tengan suscrito un contrato indefinido (no es posible para trabajadores con contrato temporal). Las horas complementarias de aceptación voluntaria no podrán exceder del 15% de las horas ordinarias pactadas en el contrato de trabajo suscrito entre las partes (ampliables hasta el 30% mediante convenio colectivo). Las citadas horas son compatibles con las horas complementarias descritas en el apartado A) resultando las siguientes posibles combinaciones: 2
3 Horas Complementarias máximas Complementarias Voluntarias máximas Total horas complementarias posibles Estatuto de los Trabajadores No hay mínimo Máximo 30% Mínimo 30% Máximo 60% Mínimo 60% Máximo 90% Convenio Colectivo No hay mínimo Máximo 15% No hay mínimo Máximo 30% Mínimo 15% Máximo 45% * Nota importante: porcentajes asociados a la jornada de trabajo ordinaria que tenga suscrita el trabajador con la empresa mediante el contrato de trabajo a tiempo parcial o a través de sus cláusulas anexas. Hay que advertir que esta norma obliga a las empresas con contratos a tiempo parcial a registrar día a día, y totalizar mensualmente junto con el recibo de salarios (con copia al trabajador), el resumen de todas las horas realizadas, tanto las ordinarias como las complementarias (inclusive las complementarias voluntarias). Así por tanto, el número de horas complementarias junto con la retribución de las mismas deberá venir recogido en el recibo de salarios y en los seguros sociales correspondientes. El registro de estas horas deberá ser conservado por el empresario durante un periodo mínimo de 4 años. Dicho registro podrá ser requerido por la Inspección de Trabajo. En el caso de incumplir el control de las horas complementarias que debe llevar a cabo la empresa, el contrato se entenderá como celebrado a tiempo completo, con el consiguiente incremento del coste salarial, de los costes en Seguridad Social así como las posibles sanciones de la Inspección de Trabajo, siempre y cuando la empresa no pruebe el carácter parcial de los servicios. El nuevo articulado comporta que las horas complementarias (tanto de carácter general como voluntario) se vean inmersas, para su aplicación práctica, en una complejidad que entendemos innecesaria y que entorpecerá la negociación entre empresa y trabajador de las horas complementarias, así como la realización de las mismas Contrato de apoyo a los emprendedores a tiempo parcial A diferencia de lo regulado en la reforma laboral de 2012, el Real Decreto-Ley 16/2013 permite la formalización del contrato de apoyo a los emprendedores en la modalidad de contrato a tiempo parcial. También permite la aplicación de los incentivos fiscales, así como las bonificaciones a la Seguridad Social asociadas con este contrato de trabajo, en proporción a la jornada laboral pactada en el contrato. 3
4 Es éste el cambio flexibilizador más relevante que contiene el Real Decreto-Ley 16/2013 y la medida que más potenciará la contratación de trabajadores por pequeñas y medianas empresas Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa En esta modalidad de contrato de trabajo faltaba por desarrollar uno de los requisitos que permite su celebración: la posibilidad de que el trabajador proceda de otro sector de actividad. Para dar solución a la citada cuestión, se entenderá por sector de actividad el identificado como Clase por el código numérico de cuatro cifras que consta en el anexo que regula la Clasificación Nacional de Actividades Económicas Otras medidas relacionadas con los contratos a tiempo parcial El decreto publicado elimina la preferencia que tiene el trabajador que haya modificado su jornada de trabajo a volver a la jornada de trabajo que tuviese previamente, ya se haya transformado de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa. Además, se suprime la posibilidad de que los convenios regulen requisitos especiales que puedan reunir los trabajadores para convertir su contrato de tiempo completo a tiempo parcial de forma obligatoria tanto por motivos familiares o como por motivos formativos. Se prevé para los Presupuestos Generales del Estado de 2014 una reducción del tipo de cotización por desempleo en los contratos de duración determinada a tiempo parcial de un 1% para la contingencia de desempleo. De esta forma, el tipo total de cotización por desempleo será de un 8,3%, repartido en un 6,7% a cargo del empresario y de un 1,60% a cargo del trabajador. 2. Modificación del periodo de prueba Los contratos temporales de duración determinada suscritos por un plazo inferior a seis meses no podrán tener un periodo de prueba que exceda de un mes, salvo que el convenio colectivo disponga otra cosa. Se añade el riesgo durante la lactancia y la paternidad como motivos para la interrupción del cómputo del periodo de prueba. Debe apuntarse que se ha perdido la oportunidad de incluir en este Real Decreto-Ley 16/2013 una medida legislativa que resuelva la inseguridad jurídica existente con la duración del periodo de prueba de un año que establece el contrato de apoyo a emprendedores (modalidad contractual que recordamos, introdujo la reforma laboral de julio de 2012). 4
5 3. Distribución irregular de la jornada La compensación de las diferencias entre la jornada realizada y la jornada máxima legal deberá realizarse en el plazo de 12 meses desde que se produzcan. Con ello, se clarifica uno de los puntos polémicos de la regulación de la bolsa de horas (distribución irregular de hasta el 10% de jornada laboral anual), que introdujo la ley de reforma del mercado de trabajo de Ampliación de los supuestos de reducción de jornada por guarda legal Se ha ampliado de 8 años a 12 años la edad del menor que tenga el trabajador/a a su cuidado directo y que otorga el derecho a solicitar una reducción de la jornada por guarda legal. Con esta modificación, se equiparan los derechos de los trabajadores del sector privado con los del sector público. 5. Empresas de trabajo temporal Se otorga un mayor protagonismo a las empresas de trabajo temporal (ETT) en su intermediación en el mercado laboral entre trabajadores y empresas, permitiendo a las empresas usuarias suscribir a través de las ETT contratos en prácticas y contratos de formación y aprendizaje. Las empresas usuarias tendrán la posibilidad de aplicarse las bonificaciones asociadas a la transformación en indefinido de los contratos en prácticas siempre y cuando la empresa tenga menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación. 6. Contratos de formación y aprendizaje Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2014 la posibilidad de suscribir contratos de formación y aprendizaje que no tengan relación con el trabajo efectivo en la empresa, ni título de formación profesional, ni certificado de profesionalidad. De igual forma, la citada ampliación también será de aplicación a los contratos para la formación profesional dual. 5
6 7. Aplazada la racionalización de la contratación laboral Hay que criticar que la simplificación de las modalidades contractuales vigentes en nuestro ordenamiento laboral no se ha llevado a cabo en el Real Decreto-Ley 16/2013, objeto de análisis en el presente informe, limitándose dicha norma a recoger un nuevo compromiso de que el Gobierno lleve a cabo en el futuro dicha racionalización del catálogo de contratación laboral e incentivos a la misma. En relación a ello, la norma declara que se va a llevar a cabo una reordenación de carácter administrativo (no mediante norma con rango de Ley formal) de las 42 modalidades de contratación, simplificándolas a 4 modelos mediante una herramienta informática a través de la página web de los Servicios de Empleo Público Estatal. No deja de ser otra declaración y habrá que esperar para valorar lo que finalmente se haga público respecto a esta cuestión. De igual modo, tampoco se ha aprovechado esta norma para simplificar y regular las bonificaciones a la contratación laboral que se encuentran dispersas en un laberinto de incentivación a la contratación, que lejos de fomentarla la complica. 8. Cambios en las remuneraciones exentas de cotización a la seguridad social La base de cotización estará constituida por la remuneración total cualquiera sea su forma o denominación, tanto en metálico como en especie, y que con carácter mensual tenga derecho a percibir el trabajador. Únicamente no se computarán en la base de cotización los siguientes conceptos: A) Gastos de locomoción en la misma ciudad del centro de trabajo En este caso, se añade a la normativa ya vigente que únicamente estarán exentos de cotización los gastos o las asignaciones para gastos de locomoción, cuando el trabajador utilice medios de transporte público. Igualmente los gastos deberán ser justificados mediante factura o documento equivalente. B) Gastos de locomoción a un municipio distinto al del centro de trabajo y del domicilio del trabajador Para estas circunstancias no se exige que el transporte utilizado por el trabajador sea de carácter público. Estarán exentos todos los gastos de manutención y estancia generados en la cuantía prevista en la normativa estatal reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 6
7 C) Las mejoras de las prestaciones por Incapacidad Temporal Se incluye en las retribuciones exentas de cotización las cantidades abonadas por la empresa al trabajador como complemento de la Incapacidad Temporal, así como las destinadas a gastos de estudios para la actualización, capacitación o reciclaje del personal de la empresa, cuando vengan exigidos por el desarrollo de su actividad o las características del puesto de trabajo. La última medida que se regula como novedad en relación a las exenciones de cotización es que los empresarios deberán comunicar en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados al trabajador, aunque no se incluyan en la base de cotización y aunque resulten de aplicación bases únicas. 9. Incremento de la base de cotización de autónomos con más de nueve empleados Para aquellos autónomos que hayan tenido contratados de forma simultánea, en algún momento de cada ejercicio económico, a un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 10 trabajadores, la base mínima de cotización para el ejercicio siguiente será igual a la base mínima del grupo 1 de cotización (1.051,50 para el año 2013). Ignacio Sampere Socio. Responsable del Departamento Laboral. isampere@jausaslegal.com 7
NOVEDADES LABORALES 2014
NOVEDADES LABORALES 2014 En la presente circular informativa se recogen, los aspectos más relevantes a considerar desde la perspectiva laboral del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas
Más detallesREAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES
15-2013 Diciembre, 2013 REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES En el presente documento de Novedades
Más detallesReal Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
Página 1 NOVEDADES LABORALES REAL DECRETO-Ley 16/2013, de 20 de Diciembre, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES Estimado cliente, le informamos
Más detallesREAL DECRETO LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES
REAL DECRETO LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES ASPECTOS PRÁCTICOS A TENER EN CUENTA POR LAS ENTIDADES MERCANTILES
Más detallesNUEVAS MEDIDAS DE MEJORA DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y LA EMPLEABILIDAD
NUEVAS MEDIDAS DE MEJORA DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y LA EMPLEABILIDAD En el BOE del día 21 de diciembre de 2.013 se ha publicado el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer
Más detallesMedidas para favorecer la Contratación Estable Y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
Medidas para favorecer la Contratación Estable Y mejorar la empleabilidad de los trabajadores Resumen de las principales novedades introducidas por el RD-Ley 16/2013, que entra en vigor el día 22 de Diciembre
Más detalles1. Fomento del trabajo a tiempo parcial y de la flexibilidad en el tiempo de trabajo
RESUMEN del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para ofrecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores A continuación le exponemos un resumen con los aspectos
Más detallesReal Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores En la presente circular informativa se recogen, de forma resumida
Más detallesReal Decreto-ley 16/2013 resumen ejecutivo
p Real Decreto-ley 16/2013 resumen ejecutivo El 21 de Diciembre se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 16/2013 de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar
Más detallesLEGAL FLASH I ÁREA LABORAL
LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES Diciembre de 2013 ÍNDICE CONTRATO
Más detallesREAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES
Barcelona, 24 de diciembre de 2013 Alerta Informativa Departamento Laboral REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE
Más detallesEnero Decreto. Base de cotización. Plus. comida) de los hijos. justificados). parte en el. siguiente punto.
CIRCULAR INFORMATIVA Enero 2014 NOVEDADES EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDADD SOCIAL Real Decreto Ley 16/2013, de 21 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejora de laa empleabilidad
Más detallesNOVEDADES LABORALES: REAL DECRETO-LEY 16/2013
Madrid, 14 de enero de 2013 A los Titulares de Escuelas Católicas Directores/as de centros EC06528 NOVEDADES LABORALES: REAL DECRETO-LEY 16/2013 Estimado/a amigo/a: El día 21 de diciembre de 2013 se publicó
Más detallesEl Real Decreto-ley 16/2013: Una vuelta de tuerca a la reforma laboral de 2012
El Real Decreto-ley 16/2013: Una vuelta de tuerca a la reforma laboral de 2012 El 22 de diciembre de 2013 ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer
Más detallesBreve comentario sobre el RDL 16/2013
1, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores El pasado 21 de diciembre de 2013, se publicó el Real Decreto Ley 16/2013, de 20
Más detallesRD-Ley 16/2013 de 21 de Diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
RD-Ley 16/2013 de 21 de Diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. Rambla Catalunya, 47 3r 08007 Barcelona Tel. 93 272 63 15 Fax. 93 215
Más detallesSe prohíbe la realización de horas extraordinarias en esta modalidad.
EL REAL DECRETO LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES: PRINCIPALES NOVEDADES. En el BOE nº 305, del pasado sábado
Más detallesULTIMAS NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
ULTIMAS NOVEDADES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL. COMENTARIO DE URGENCIA REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS
Más detallesCONCEPTOS QUE COMPUTAN EN LA BASE DE COTIZACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL (RGSS)
Lleida, 16 de Enero de 2014. Distinguidos Sres., El Real Decreto-Ley 16/2013 introduce diversas medidas en materia de contratación laboral y en el ámbito de la Seguridad Social, que entran en vigor a partir
Más detallesRDL 16/2013 DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES.
01/14 CIRCULAR INFORMATIVA LABORAL Enero de 2014 Pau Claris 194-196, 6ª planta 08037 Barcelona Tel. 93 241 39 70 Fax 93 414 77 38 General Castaños 15, 5º izquierda 28004 Madrid Tel. 91 319 71 31 Fax 91
Más detallesULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Y ANALISIS DE RETRIBUCIONES EN ESPECIE Aitor Garcia Rodríguez 1
ULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS Y ANALISIS DE RETRIBUCIONES EN ESPECIE Aitor Garcia Rodríguez 1 ULTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS DISPOSICIONES NORMATIVAS Principales normas aprobadas Real Decreto-ley 16/2013,
Más detallesNOVEDADES LABORALES PARA 2014 REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE Y LEY 22/2013, DE 23 DE DICIEMBRE DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO
NOVEDADES LABORALES PARA 2014 REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE 20 DE DICIEMBRE Y LEY 22/2013, DE 23 DE DICIEMBRE DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO Mediante el Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre
Más detallesNota de prensa. El Gobierno aprueba el Real Decreto Ley de mejora de la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores
Nota de prensa Consejo de Ministros El Gobierno aprueba el Real Decreto Ley de mejora de la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores Facilita una mayor flexibilidad en la gestión del
Más detallesCuestiones de Actualidad en materia de negociación colectiva: Reflexiones finales desde el punto de vista de la contratación temporal
Cuestiones de Actualidad en materia de negociación colectiva: Reflexiones finales desde el punto de vista de la contratación temporal Mariola Sánchez Gutiérrez Directora Area Legal Madrid y Barcelona,
Más detallesTipos (%) Empresa Trabajador 12,00 2,00 14,00
La cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial se efectuará en razón de la remuneración efectivamente
Más detallesMedidas para flexibilizar el contrato de trabajo a tiempo parcial
RD-LEY 16/2013 MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES BOE 21-12-2013 r e s u m e n d e t a l l a d o d e l a s m e d i d a s ENTRADA EN VIGOR RD -L
Más detallesLas horas complementarias y su control:
derecho laboral Las horas complementarias y su control: nuestro legislador sigue desconfiando del contrato a tiempo parcial Ignacio Sampere Villar. Socio responsable del departamento laboral de JAUSAS
Más detallesMINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones Servicio de Ordenación
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones Servicio de Ordenación Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre
Más detallesREAL DECRETO LEY 16/2013
REAL DECRETO LEY 16/2013 Jorge Serraller Manzorro 20 de enero de 2014 La presentación recogida a continuación tiene carácter exclusivamente didáctico, por tanto, el contenido de esta presentación no puede
Más detallesCONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Trabajo realizado por: Jose Manuel Siñuela Ganfornina Alejandro Polo Calvet
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Trabajo realizado por: Jose Manuel Siñuela Ganfornina Alejandro Polo Calvet Definición. Modalidad contractual destinada a favorecer la inserción laboral y la
Más detallesQUÉ ES UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL?
QUÉ ES UN CONTRATO A TIEMPO PARCIAL? Es aquel por el que el trabajador se obliga a prestar sus servicios un determinado número de horas al día, a la semana, al mes o al año que deberá ser inferior la de
Más detallesLEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio)
LEY GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE (dada por el RDL 16/2013, de 20 de diciembre) Artículo 109. Base de cotización.
Más detallesREAL DECRETO-LEY 16/2013, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES
REAL DECRETO-LEY 16/2013, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES Jordi Muria López Graduado Social Profesor Asociado URV 1 Novedades en la contratación
Más detallesA continuación, vamos a analizar de manera resumida las particularidades de este tipo de contrato de trabajo.
CONOCE LAS CARACTERÍSTICAS Y VENTAJAS DE LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL? El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número
Más detallesINFORME TÉCNICO-JURIDICO: Campaña de inspecciones de trabajo y seguridad social para el control del tiempo de trabajo y horas extras
INFORME TÉCNICO-JURIDICO: Campaña de inspecciones de trabajo y seguridad social para el control del tiempo de trabajo y horas extras La presente nota informativa se redacta a solicitud de ARIVAL para informar
Más detallesNovedades legislativas en materia Laboral y de Seguridad Social
Novedades legislativas en materia Laboral y de Seguridad Social 2013-2014 by Redaccion - Lunes, enero 20, 2014 http://www.diariojuridico.com/actualidad/novedades-legislativas-en-materia-laboral-y-de-seguridad-socia
Más detallesEl Gobierno sigue modificando unilateralmente el régimen jurídico de la Seguridad Social en perjuicio de los intereses de los trabajadores
Unión General de Trabajadores COMISIÓN EJECUTIVA CONFEDERAL UGT remite una carta a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social rechazando la modificación del artículo 109 de la LGSS El Gobierno sigue
Más detallesCONTRATO INDEFINIDO. Cláusulas específicas. IRYNA TSUPRA ANA TAMARIT
CONTRATO INDEFINIDO. Cláusulas específicas. IRYNA TSUPRA ANA TAMARIT SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR CONTRATACIÓN Se realizará mediante contratación directa o a través de los servicios públicos de empleo o
Más detallesGESTIÓN LABORAL: SALARIO, CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN
GESTIÓN LABORAL: SALARIO, CONTRATACIÓN Y COTIZACIÓN DURACIÓN: 50 horas CRÉDITOS ECTS: 0 OBJETIVOS Conocer el procedimiento de inscripción, afiliación y baja de trabajadores en la Seguridad Social. Calcular
Más detallesReal Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal
Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo ÍNDICE 1. Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas
Más detallesLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Estatal TRABAJO Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Publicación BOE 7 de julio de 2012. Entrada en vigor El día siguiente al de su publicación en el Boletín
Más detallesREFORMA LABORAL 2012
REFORMA LABORAL 2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral NOVEDADES MÁS DESTACADAS -1º) Medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores
Más detallesGuía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje
Guía Básica Contrato para la formación y el aprendizaje TLF: 956 078 281 > FAX: 956 078 216 > administracion@tecnoforsur.com > www.tecnoforsur.com Presentación Tecnofor Sur S.L ha conseguido ser una de
Más detallesCURSO PRÁCTICO DE CONTRATACIÓN LABORAL DESCRIPCIÓN
CURSO PRÁCTICO DE CONTRATACIÓN LABORAL DESCRIPCIÓN Tras las últimas reformas laborales los procesos de contratación, la duración de los contratos, indemnizaciones y las condiciones laborales han sufrido
Más detallesCONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE (Art. 2, 3 y disposiciones transitorias séptima, octava y novena del Rea l Decreto-Ley 3/2012 de 10 de febrero (BOE de 11 de febrero), de medidas urgentes para
Más detallesFORMACION Y APRENDIZAJE
FORMACION Y APRENDIZAJE Características Generales El contrato para la formación y el aprendizaje tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad
Más detallesBOLETÍN ESPECIAL ENERO 2014
BOLETÍN ESPECIAL ENERO 2014 ÍNDICE I. Análisis a la actualidad Laboral II. Modificaciones en el Contrato a Tiempo Parcial III. Medidas de flexibilidad en la Jornada Laboral IV. Modificaciones en el Contrato
Más detallesContratación Contrato a tiempo parcial
Características. Un contrato a tiempo parcial es todo aquel contrato de trabajo en el que se acuerda la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior
Más detallesMEDIDAS URGENTES EN MATERIA SOCIOLABORAL
MEDIDAS URGENTES EN MATERIA SOCIOLABORAL Alicante, a 11 Enero de 2019 En el Boletín Oficial del Estado del sábado 29 de diciembre de 2018, se publicó el Real Decreto-ley 28/2018, del día anterior, para
Más detallesLEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio)
LEY DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL (Ley 3/2012, de 6 de julio) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE Artículo 4. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.
Más detallesI. Incentivos a la contratación a tiempo parcial con. vinculación formativa.
Novedades introducidas por el Real Decreto-Ley4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, en materia de contratación. I. Incentivos
Más detallesCONTRATOS INDEFINIDOS
CONTRATOS INDEFINIDOS MODALIDAD COLECTIVO/REQUISITOS CARACTERISTICAS/DURACIÓN/JORNADA OBSERVACIONES/INCENTIVOS NORMATIVA CONTRATO ORDINARIO. Cualquier trabajador/a. JORNADA: A tiempo completo o tiempo
Más detallesManual práctico de contratación laboral V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL
V. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL, CONTRATO FIJO-DISCONTINUO, CONTRATO DE RELEVO Y JUBILACIÓN PARCIAL 71 Carmen Algar Jiménez 1. EL CONTRATO A TIEMPO PARCIAL OBJETO El contrato a tiempo parcial es aquel
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 9 de noviembre de 2012
Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 85,
Más detallesINFORME Nº 52/2009 Final : 24 de diciembre- 31 de diciembre D.O.E. 1. D.O.E. jueves, 24 de diciembre de D.O.E. lunes, 28 de diciembre de 2009
INFORME SEMANAL Nº 52 Final 2 0 0 9 2 AÑO 2009 CONSEJO DE RELACIONES LABORALES DE EXTREMADURA INFORME Nº 52/2009 Final : D.O.E. 1. D.O.E. jueves, 24 de diciembre de 2009 2. D.O.E. lunes, 28 de diciembre
Más detallesENTRE LINEAS DE LA REFORMA LABORAL 2012
ENTRE LINEAS DE LA REFORMA LABORAL 2012 REAL DECRETO-LEY 3/2012 DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO DE TRABAJO JORDI MURIA LOPEZ PRINCIPALES MEDIDAS DE LA REFORMA EMPLEABILIDAD FLEXIBILIDAD
Más detallesEl pasado 11 de febrero, se publicó en el BOE el RD-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL
Estimado cliente: Valencia 13 febrero 2012 El pasado 11 de febrero, se publicó en el BOE el RD-Ley 3/2012, de 10 de febrero, de MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL La citada norma entró
Más detalles1º.- COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL APLICABLE A JÓVENES
MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTIMULO DEL CRECIMEINTO Y DE LA CREACION DE EMPLEO. R.D. Ley 4/2013 de 22 de Febrero Mediante el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, el Gobierno aprueba una
Más detallesNOTA MONOGRÁFICA I ÁREA LABORAL
LEY 11/2013, DE 26 DE JULIO, DE MEDIDAS DE APOYO AL EMPRENDEDOR Y DE ESTÍMULO DEL CRECIMIENTO Y DE LA CREACIÓN DE EMPLEO (BOE 27 de julio de 2013) Agosto de 2013 ÍNDICE DE CONTENIDOS ESTIMULOS A LA CONTRATACIÓN
Más detallesLey 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Artículo 2. Formación Profesional Uno. La letra b) del apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Más detallesImportes en metálico, vales o cheques de cualquier tipo para que el trabajador adquiera bienes, derechos o servicios.
Real Decreto 637/2014, de 25 de julio, por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Más detallesSe mantiene sin bonificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades.
R. D. Ley 3/2012 1 Se mantiene sin bonificación la contratación de duración determinada y el resto de modalidades. Se regula un nuevo contrato fijo para empresas de menos de 50 trabajadores. Se modifica
Más detallesMANUAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR
MANUAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR MANUAL EMPLEADOS DEL HOGAR Contrato Retribución Cotización Jornada laboral y descansos Despido o desistimiento Referencia legal En España, el sector doméstico emplea a alrededor
Más detallesArticle 12 de l Estatut dels Treballadors.
Article 12 de l Estatut dels Treballadors. Artículo 12. Contrato a tiempo parcial y contrato de relevo. 1. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación
Más detallesALFOR ASESORES, S.L. Fernando Macías, 23-1º La Coruña
ALFOR ASESORES, S.L. Fernando Macías, 23-1º 15004 La Coruña RESUMEN PROVISIONAL ASPECTOS LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL, FISCALES Y DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD DEL REAL DECRETO LEY 4/2013, DE 22 DE FEBRERO
Más detallesEspaña Tabla comparativa de disposiciones modificadas
España www.wolterskluwer.es Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores (BOE 21 diciembre; convalid. BOE
Más detallesAyudas públicas para fomentar el empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios
Ayudas públicas para fomentar el empleo de personas pertenecientes a colectivos prioritarios Entidad convocante Beneficiarios/as Materias Ámbito Objeto Cuantía Consejería de Economía y Competitividad (Illes
Más detallesEL PROFESIONAL DEPENDIENTE O TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE
EL PROFESIONAL DEPENDIENTE O TRABAJADOR AUTÓNOMO ECONÓMICAMENTE DEPENDIENTE Se trata de una figura específica entre los trabajadores autónomos que cuenta con un régimen jurídico propio y diferenciado y
Más detallesContrato para la formación y el aprendizaje
Contrato para la formación y el aprendizaje Objeto El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad
Más detallesNormativa laboral y de organización de las relaciones laborales en la empresa
MF0980_2 Gestión auxiliar de personal Normativa laboral y de organización de las relaciones laborales en la empresa 1 Qué? Antes de comenzar cualquier procedimiento de gestión, ya sea de personal o de
Más detallesSobre la valoración de las percepciones DINERARIAS que computan (art.23.1)
CONCEPTOS BASE DE COTIZACIÓN RÉGIMEN GENERAL SEGURIDAD SOCIAL RD 637/2014 - art.23 Reglamento General cotización (RD 2064/1995) - BOE 26-07-2014 resumen y texto íntegro Adaptación del art.23 del Reglamento
Más detalles4. El contrato a tiempo parcial se regirá por las siguientes reglas:
CUADRO COMPARATIVO REFORMA OPERADA POR EL Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores (BOE 21-12-2013)
Más detallesREAL DECRETO 1890/1999 SEGURIDAD SOCIAL. Decreto de 10 de Diciembre
REAL DECRETO 1890/1999 SEGURIDAD SOCIAL Decreto de 10 de Diciembre "Articulo 23 - Base de Cotización Queda redactado en los términos siguientes: 1. En el Régimen General de la Seguridad Social la base
Más detallesASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ASUNTO: COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL Marco Normativo Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por
Más detallesLo único que es peor que formar a empleados y que se marchen, es no formarlos y que se queden.
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL AÑO 207 Marco Normativo Orden ESS/06/207, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese
Más detallesREAL DECRETO LEY 16/2013 de 20 de diciembre (BOE )
REAL DECRETO LEY 16/2013 de 20 de diciembre (BOE 21.12.2013) De medidas para favorecer la contratación estable y la mejora de la empleabilidad de los trabajadores E. T. Articulo 12 apartado 4 Contratos
Más detallesPARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ORDINARIO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE ORDINARIO REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES Se podrá celebrar este contrato con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veinticinco, (menores de treinta años
Más detallesLey 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo Régimen: Especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos Cotización a la
Más detallesGestión Laboral, Contratos, Cálculo de Nóminas y SS
Gestión Laboral, Contratos, Cálculo de Nóminas y SS Objetivos El objetivo de este curso es familiarizarse con el concepto de contrato de trabajo, analizar los diferentes derechos y deberes básicos que
Más detallesEn función de la duración de la jornada laboral, podemos clasificar los contratos de trabajo en dos modalidades diferentes:
En función de la duración de la jornada laboral, podemos clasificar los contratos de trabajo en dos modalidades diferentes: a) Contrato de trabajo a tiempo completo a) Contrato de trabajo a tiempo parcial
Más detallesA DISTANCIA / SEMIPRESENCIAL / PRESENCIAL / TELEFORMACIÓN
DENOMINACIÓN: CONTRATOS, NOMINAS Y SEGURIDAD SOCIAL DESTINATARIOS: TRABAJADORES/AS DEL SECTOR ADMINISTRACION MODALIDAD: A DISTANCIA / SEMIPRESENCIAL / PRESENCIAL / TELEFORMACIÓN OBJETIVO GENERAL: El objetivo
Más detallesDEPARTAMENTO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSIDAD DE GRANADA
DEPARTAMENTO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSIDAD DE GRANADA PROGRAMA DE LA ASIGNATURA PRÁCTICAS INTEGRADAS II Curso Académico: 2009/2010 DIPLOMATURA EN RELACIONES LABORALES TEMA
Más detallesDe: SECRETARIA DE POLITICAS DE EMPLEO Y MIGRACIONES A: CEC, Responsables de Empleo de FF.EE., CC.NN., UU.RR.
confederación sindical de comisiones obreras Secretaría de Políticas de Empleo y Migraciones Fernández de la Hoz, 12. 28010 Madrid. Tel.: 917028028 www.ccoo.es Número: 000 2013 Fecha: 23 de diciembre de
Más detallesEn relación a los conceptos computables en la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, se introducen los siguientes cambios.
Propuesta de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) en relación al Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación El Real Decreto-Ley
Más detallesINFORME COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA LABORAL 2012 PRIMERA PARTE
INFORME COMENTARIOS SOBRE LA REFORMA LABORAL 2012 PRIMERA PARTE CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES INTRODUCCIÓN Se ha creado esta nueva modalidad contractual, pudiendo entenderse que se realiza
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136 Miércoles 8 de junio de 2011 Sec. I. Pág. 56436 MÓDULO FORMATIVO 3 Denominación: Gestión auxiliar de personal. Código: MF0980_2. Nivel de cualificación profesional: 2. Asociado a la Unidad de
Más detallesAspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje.
TRABAJO Contratos de formación y aprendizaje Aspectos destacados de la regulación del contrato de formación y aprendizaje. Antecedente normativo Cita: -Real Decreto 1529/2012, de 8 del mismo mes, por el
Más detalles(RESUMEN PORMENORIZADO) REFORMA DEL MERCADO LABORAL (R.D-L 3/2012, de 10 de febrero, B.O.E. del 11 de febrero) Vigencia desde 12 de febrero de 2012
(RESUMEN PORMENORIZADO) REFORMA DEL MERCADO LABORAL (R.D-L 3/2012, de 10 de febrero, B.O.E. del 11 de febrero) Vigencia desde 12 de febrero de 2012 CONTRATACION, bonificaciones y reducciones de cuotas
Más detallesTRABAJO ÍNDICE SISTEMÁTICO DE NORMATIVA GENERAL INGRESO AL TRABAJO CONTRATACIÓN Y EMPLEO 1.1. LA RELACIÓN LABORAL INDIVIDUAL
1 ÍNDICE SISTEMÁTICO DE TRABAJO 1.1. LA RELACIÓN LABORAL INDIVIDUAL NORMATIVA GENERAL 1.1.1. Estatuto de los Trabajadores 1.1.1.1. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba
Más detallesOTRAS CARACTERÍSTICAS NORMATIVA
Duración: Como mínimo de un año. Al trabajador que se jubila le debe faltar un año como máximo para alcanzar la edad ordinaria de jubilación. Hacer constar en el contrato el nombre del trabajador que se
Más detallesMÓDULO FORMATIVO 3 Denominación: Gestión auxiliar de personal. Código: MF0980_2. Duración: 90 horas. Nivel de cualificación profesional: 2.
MÓDULO FORMATIVO 3 Denominación: Gestión auxiliar de personal. Código: MF0980_2. Duración: 90 horas. Nivel de cualificación profesional: 2. Asociado a la Unidad de Competencia: UC0980_2 Efectuar las actividades
Más detallesCOTIZACIONES SOCIALES AÑO 2017
1/5 COTIZACIONES SOCIALES AÑO 2017 Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2017.
Más detallesda/serviciohogar/nuevaregulacion/index.htm
http://www.empleo.gob.es/es/porta da/serviciohogar/nuevaregulacion/index.htm Régimen laboral Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo,
Más detallesCONTRATO A TIEMPO PARCIAL
CONTRATO A TIEMPO PARCIAL El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año
Más detallesnómina CLOUD Novedades versión CAMBIOS LEGALES Y NOVEDADES a3asesor eco versión 8.55
nómina CLOUD Novedades versión 1.7.1 CAMBIOS LEGALES Y NOVEDADES a3asesor eco versión 8.55 Sumario Cambios legales 1.- Nuevo tipo de Cotización por Solidaridad...3 2.- Base de cotización para contratos
Más detallesOBLIGATORIEDAD DE REGISTRO DE JORNADA, TANTO EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL COMO EN CONTRATOS A TIEMPO COMPLETO. 25 de octubre de 2016
OBLIGATORIEDAD DE REGISTRO DE JORNADA, TANTO EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL COMO EN CONTRATOS A TIEMPO COMPLETO. 25 de octubre de 2016 I N S T R U C C I Ó N D E L A I N S P E C C I Ó N D E T R A B A
Más detallesCONTRATO DE INTERINIDAD
CONTRATO DE INTERINIDAD Este contrato tiene como objetivo sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir
Más detallesREAL DECRETO 1106/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA 2015.
REAL DECRETO 1106/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA 2015. Mediante este real decreto se procede a establecer las cuantías que deberán regir a partir del
Más detalles