Términos y Condiciones Generales de Contratación de los Contratos de Futuro sobre el Euro (Liquidación en Efectivo)

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1 Acualizadas al 12 de sepiembre de 2012 Términos y Condiciones Generales de Conraación de los Conraos de Fuuro sobre el Euro (Liquidación en Efecivo) I. OBJETO. 1. Acivo ubyacene. Euro: moneda de curso legal de la Unión onearia Europea. 2. Número de unidades del Acivo ubyacene que ampara un Conrao de Fuuro. $10, (Diez mil euros 00/100). 3. eries. En érminos de sus respecivos Reglamenos Ineriores, exder y Asigna podrán lisar y manener disponibles para su negociación disinas eries del Conrao de Fuuro sobre el Euro sobre una base de vencimienos mensuales hasa por diez años. En caso de que el mercado demande la disponibilidad de Conraos de Fuuro sobre el Euro con Fechas de Vencimieno disinas a las señaladas en el párrafo anerior, exder podrá lisar nuevas eries para su negociación. II. ECÁNICA DE NEGOCIACIÓN. 1. ímbolo o clave de pizarra. Las disinas eries del Conrao de Fuuro del Euro serán idenificadas con un símbolo o clave de pizarra que se inegrará por la expresión: y la primera lera más la siguiene consonane del mes de vencimieno y los úlimos dos dígios del año de vencimieno. En el siguiene cuadro se señalan algunos ejemplos: ímbolo o clave de pizarra del Conrao de Fuuro EN07 FB07 R07 AB07 Clave del Acivo ubyacene es de Vencimieno EN = Enero FB = Febrero R = arzo AB = Abril Año de vencimieno 2. Unidad de coización. En la celebración de Conraos en exder, la unidad de coización del Precio Fuuro esará expresada en moneda de curso legal en los Esados Unidos exicanos denominada pesos, hasa en diezmilésimas ($0.0001) por euro. 3. Puja. La presenación de posuras para la celebración de Conraos se reflejará en flucuaciones mínimas del Precio Fuuro de una diezmilésima de un peso ($0.0001) por euro. 1

2 Acualizadas al 12 de sepiembre de Valor de la Puja por Conrao de Fuuro. El valor del cambio en el Precio Fuuro de un Conrao por una puja es de $1.00 peso, el cual resula de muliplicar una Puja ($0.0001) por el número de unidades de Acivo ubyacene (10, euros) que ampara el Conrao. 5. edios de negociación. La celebración de Conraos de Fuuros del Euro será mediane procedimienos elecrónicos a ravés del isema Elecrónico de Negociación de exder, de acuerdo a las normas y procedimienos esablecidos en su Reglameno, sin perjuicio de la faculad de exder de esablecer alguna mecánica disina. III. CARACTERÍTICA Y PROCEDIIENTO DE NEGOCIACIÓN. 1. Flucuación diaria máxima del Precio Fuuro. No habrá flucuación máxima del Precio Fuuro durane una misma sesión de remaes. 2. Horario de negociación. El horario de negociación de los Conraos de Fuuro del Euro será en Días Hábiles de las 7:30 horas a las 14:00 horas iempo de la Ciudad de éxico, Disrio Federal. Asimismo, se considerará como pare del horario de negociación el periodo de negociación al Precio de Liquidación Diaria y las subasas que convoque exder, de acuerdo a lo esablecido en el numeral IV.3.c) de ese conrao. Lo anerior sin perjuicio de la faculad de exder para esablecer algún horario disino, mismo que será publicado en el Boleín con res Días Hábiles de anicipación a su enrada en vigor. 3. Horario de negociación a Precio de Liquidación Diaria. El Precio de Liquidación Diaria será calculado por exder al cierre de cada sesión de negociación y permiirá, la negociación de Conraos de Fuuro del Euro mediane la presenación de Posuras en firme al Precio de Liquidación Diaria por pare de los ocios Liquidadores y Operadores de exder. El periodo en el que exder recibirá Posuras en firme para negociar al Precio de Liquidación Diaria será de 14:25 a 14:35 horas. Lo anerior sin perjuicio de la faculad de exder para esablecer algún horario disino, mismo que será publicado en el Boleín con res Días Hábiles de anicipación a su enrada en vigor. 4. Úlimo día de negociación y Fecha de Vencimieno de la erie. El úlimo día de negociación y la Fecha de Vencimieno de cada erie del Conrao de Fuuro del Euro, será un Día Hábil previo a la Fecha de Liquidación. 5. Negociación de nuevas eries. La negociación de eries, con vencimieno disino al esablecido en el inciso I.3 anerior, o bien, una nueva erie del ciclo del Conrao de Fuuro, se iniciará el Día Hábil siguiene al de la fecha de su anuncio a ravés del Boleín (Indicadores del ercado de Producos Derivados). 6. Fecha de Liquidación al Vencimieno. Para efecos del cumplimieno de las obligaciones a cargo de Asigna y del ocio Liquidador con respeco al Cliene, la Fecha de Liquidación de cada erie del Conrao de Fuuro del Euro, será el mares de la semana del ercer miércoles del mes de vencimieno o el Día Hábil anerior si dicho mares es inhábil. 2

3 Acualizadas al 12 de sepiembre de 2012 IV. LIQUIDACIÓN DIARIA Y LIQUIDACIÓN AL VENCIIENTO. 1. Procedimieno para la Liquidación al Vencimieno. El Cliene efecuará la Liquidación al Vencimieno sujeo a los procedimienos y érminos en que se efecúa la Liquidación Diaria en la Fecha de Vencimieno. 2. Liquidación Diaria. Los Clienes y los ocios Liquidadores realizarán la liquidación de sus obligaciones conforme lo hayan esablecido en el Conrao de Inermediación. Los ocios Liquidadores y Asigna realizarán diariamene la liquidación de sus obligaciones conforme lo esablece el Reglameno Inerior de Asigna, quedando incorporados en la misma, las pérdidas y ganancias, la acualización de las Aporaciones Iniciales ínimas, la acualización del Fondo de Compensación, los inereses devengados y, en su caso, las cuoas correspondienes. 3. Cálculo del Precio de Liquidación Diaria. Finalizada una sesión de negociación, exder calculará los Precios de Liquidación Diaria para cada erie, de acuerdo con el orden de prelación y la meodología siguienes: a) El cálculo del Precio de Liquidación Diaria, en primera insancia, será el precio que resule del promedio ponderado de los precios pacados en las operaciones de los Conraos de Fuuros celebradas durane los úlimos cinco minuos de la sesión de negociación por erie y ajusado a la puja más cercana, conforme a la fórmula siguiene: n i 1 n i 1 PiVi Vi = Precio de Liquidación del Conrao de Fuuro sobre el Euro en el día, redondeado a la puja más cercana. n = Número de Operaciones celebradas en los úlimos cinco minuos de la sesión de negociación. Pi = Precio pacado en la i-ésima Operación. Vi = Volumen pacado en la i-ésima Operación. b) En caso de que no se hayan concerado operaciones durane el periodo que se esablece en el inciso IV.3.a) anerior, el Precio de Liquidación Diaria para cada erie será el precio promedio ponderado por volumen de las Posuras y/o Coizaciones en firme vigenes al final de la sesión de negociación; conforme a la fórmula siguiene: PcVv Vc PvVc Vv = Precio de Liquidación del Conrao de Fuuro sobre el Euro en el día, redondeado a la puja más cercana. P C = Precio de la(s) mayor(es) posura(s) y/o coización(es) en firme de compra vigene(s) al cierre. P V = Precio de la(s) menor(es) posura(s) y/o coización(es) en firme de vena vigene(s) al cierre. V C = Volumen de la(s) mayor(es) posura(s) y/o coización(es) en firme de compra vigene(s) al cierre. V V = Volumen de la(s) menor(es) posura(s) y/o coización(es) en firme de vena vigene(s) al cierre. 3

4 Acualizadas al 12 de sepiembre de 2012 c) i al cierre de la sesión no exise al menos una posura de compra y una de vena para un Conrao de Fuuro con misma Fecha de Vencimieno, el Precio de Liquidación Diaria será el que resule de la subasa convocada por exder en érminos de su Reglameno. i en la subasa, señalada en el párrafo anerior, el mayor precio de compra resula inferior al menor precio de vena, el Precio de Liquidación Diaria será el precio promedio ponderado por volumen de las Posuras y/o Coizaciones en firme vigenes al final de la sesión de negociación; conforme a la fórmula expuesa en el inciso IV.3.b) anerior. d) En caso de que no se hayan recibido posuras de compra y vena en firme para la realización de la subasa, señalada en el inciso IV.3.c) anerior, o no se hubiese celebrado operación alguna para una fecha de vencimieno de un Conrao de Fuuro, el Precio de Liquidación Diaria será el que resule conforme a la fórmula siguiene: XPUD UDEUR 1 1 i i TIIEIR, Libor, = Precio de Liquidación del Conrao de Fuuro sobre el Euro en el día, redondeado a la puja más cercana. = Tipo de cambio POT deerminado XPUD en el día, (ajusado por la diferencia en días naurales de la fecha valor de dicho ipo de cambio y la fecha valor de operaciones a 24 horas) publicado por el Proveedor de Precios conraado por exder. = Tipo de cambio Dólar / valor UDEUR po deerminado en el día, publicado por el Proveedor de Precios conraado por exder (ajusado por la diferencia en días naurales de la fecha valor de operaciones a 24 horas). TIIEIR i, = Tasa de rendimieno observada el día, Libor i, = = proveniene de la curva IRXP-TIIE28 IR, para el plazo de vigencia del fuuro, publicada por el Proveedor de Precios conraado por exder. = Tasa de rendimieno observada el día, proveniene de la curva Libor imple, para el plazo de vigencia del fuuro, publicada por el Proveedor de Precios conraado por exder. Número de días por vencer del Conrao de Fuuro. Día de la valuación o de liquidación. No obsane lo previso en los incisos IV.3.a) y IV.3.b) aneriores, en caso de que más de una ercera pare de los formadores de mercado consideren que el Precio de Liquidación no refleja el precio que prevalecía al cierre de la sesión, podrán soliciar al Direcor de Operaciones que convoque a una subasa para deerminar el Precio de Liquidación, el cual resolverá si dicha soliciud es fundada o no, sujeándose los paricipanes en la misma a las normas esablecidas en el Reglameno Inerior de exder. 4. Precio de Liquidación al Vencimieno. El Precio de Liquidación al Vencimieno para un Conrao de Fuuro en la Fecha de Vencimieno, será calculado por exder conforme a la meodología siguiene: 4

5 Acualizadas al 12 de sepiembre de 2012 XPUD UDEUR = Precio de Liquidación al vencimieno del Conrao de Fuuro sobre el Euro en el día, redondeado a la puja más cercana. = El promedio del Tipo de cambio XPUD Peso/Dólar valor po (ajusado por la diferencia en días naurales de la fecha valor de operaciones a 24 horas) deerminado en el día, proporcionado por los Proveedores de Precios conraados por exder. = El promedio del Tipo de cambio = UDEUR Dólar/Euro valor po (ajusado por la diferencia en días naurales de la fecha valor de operaciones a 24 horas) deerminado en el día, proporcionado por los Proveedores de Precios conraados por exder Fecha de Liquidación al Vencimieno V. POICIONE LÍITE EN CONTRATO DE FUTURO DEL. 1. Posiciones Límie en Posiciones Coras o Largas y en posición opuesa. Las Posiciones Límie esablecidas para el Conrao de Fuuro del Euro es el número máximo de Conraos Abieros de una misma Clase que podrá ener un Cliene; las posiciones límie serán esablecidas conjunamene por exder y la Cámara de Compensación y serán dadas a conocer a ravés del Boleín. 2. Posiciones Límie para las posiciones de coberura. Los Clienes podrán abrir Posiciones Largas y Posiciones Coras que excedan las Posiciones Límie esablecidas con forme el numeral V.1 anerior, con el único fin de crear una posición de coberura de riesgo. erá responsabilidad del ocio Liquidador verificar la exisencia de las condiciones necesarias para la realización de las operaciones y acrediar por cuena de sus Clienes ane la Cámara de Compensación, la exisencia de posiciones objeo de coberura de riesgos a más ardar el Día Hábil siguiene en que excedan las Posiciones Límie, de conformidad con el procedimieno esablecido en el anual Operaivo. Conforme a Reglameno, se enenderá por posiciones de coberura, la Posición Cora o Posición Larga que un Cliene manenga en la Cámara de Compensación como posición que conribuya a cubrir riesgos de la posición que un Cliene manenga en oros mercados disinos a la Bolsa y a la Cámara de Compensación, en Acivos ubyacenes o valores del mismo ipo que el Acivo ubyacene u oro ipo de acivos sobre los cuales se esé omando la posición de coberura de riesgo. La Cámara de Compensación acepará o negará discrecionalmene el que un Cliene manenga una posición de coberura y, en caso de rechazo, el ocio Liquidador deberá asegurarse de que su Cliene cierre el número de Conraos necesarios para cumplir con las Posiciones Límie esablecidas en el numeral V.1 anerior bajo el enendido de que el no realizar el cierre de los Conraos que excedan la Posición Límie, será objeo de sanción de acuerdo a lo dispueso en el Reglameno Inerior de la Cámara de Compensación. 5

6 Acualizadas al 12 de sepiembre de 2012 VI. EVENTO EXTRAORDINARIO. 1. Caso foruio o causas de fuerza mayor. Cuando por caso foruio o causas de fuerza mayor, resule imposible coninuar negociando el Euro, exder y Asigna podrán suspender o cancelar la negociación y la compensación y liquidación, respecivamene, del Conrao y esarán faculadas en érminos de sus respecivos Reglamenos para deerminar la forma de liquidación de los Conraos vigenes hasa ese momeno, procurando en odo caso salvaguardar los derechos adquiridos por los Clienes. 2. iuaciones de coningencia. En caso de que exder declare una siuación de coningencia, podrán ser modificados ano el horario de remae como el mecanismo de operación de acuerdo con lo esablecido en los anuales de Coningencias de exder y Asigna. * * * * * 6

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