Recursos. para el abordaje y la protección integral de niños y niñas víctimas de delitos o violencia. Salta

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1 Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de niños y niñas víctimas de delitos o violencia Salta

2 Dirección editorial Manuela Thourte, Especialista en Protección de UNICEF. Mariano Nino, Coordinador del Proyecto Protección y acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes víctimas y testigos, Asociación por los Derechos Civiles (ADC). Producción de contenidos Rita M. Quispe Revisión de contenidos Agustina Perez, Consultora de UNICEF. María Constanza Pros, Asociación por los Derechos Civiles (ADC). Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Febrero de Guía de recursos para el abordaje y la protección integral de niños y niñas víctimas de delitos o violencia. Provincia de Salta p, 20 cm x 28 cm ISBN: Primera edición, febrero de 2015 Diseño y diagramación Alejandro Jobad Se autoriza la reproducción total o parcial de los textos aquí publicados, siempre y cuando no sean alterados, se asignen los créditos correspondientes y no sean utilizados con fines comerciales. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) buenosaires@unicef.org Asociación por los Derechos Civiles (ADC)

3 Presentación La presente Guía de Recursos busca constituirse como una herramienta de trabajo para funcionarios y operadores de la provincia de Salta, sistematizando los diferentes organismos y servicios que se brindan desde el Estado y la sociedad civil vinculados a la protección y restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que fueron o son víctimas de delitos y violencia, con el objetivo de dar a conocer el entramado institucional, lograr una mayor articulación entre los recursos existentes y mejorar la efectividad de las intervenciones. Sin embargo, no debe perderse de vista que estas guías son un instrumento que requiere de constante actualización a fin de ajustarse a los recursos disponibles en cada lugar. Este trabajo se enmarca en la iniciativa conjunta que UNICEF y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) realizan desde 2009 junto con los poderes judiciales y organismos administrativos de ocho provincias en pos de conseguir que los niños, niñas y adolescentes que atraviesan situaciones de violencia y abuso reciban una respuesta oportuna, respetuosa de sus derechos y acorde con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino. Florence Bauer Representante Unicef Argentina Torcuato Sozio Director Ejecutivo Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 3

4 Índice Introducción 5 Normativa 6 Organismos con injerencia en el abordaje de NNyA víctimas de delitos y violencia 7 Recursos provinciales para el acceso a la justicia de NNyA víctimas 9 Cuadro resumen 10 Cuadro detallado 12 Ministerio de Derechos Humanos 12 Ministerio de 16 Ministerio de Pública 16 Poder Judicial 17 Ministerio Público 19 Ministerio Público de la Defensa 21 Recursos locales para el abordaje de NNyA víctimas de un delito 23 Departamento Capital 25 Departamento Anta 31 Departamento Cachi 33 Departamento Cafayate 34 Departamento de la Candelaria 35 Departamento Cerillos 38 Departamento Chicoana 39 Departamento Gral. Güemes 40 Departamento José de San Martín 42 Departamento Guachipas 44 Departamento Iruya 46 Departamento de La Viña 47 Departamento de Los Andes 48 Departamento de Metán 49 Departamento de Molinos 51 Departamento de Orán 52 Departamento de Rivadavia 55 Departamento de Rosario de la Frontera 56 Departamento de Rosario de Lerma 57 Departamento de San Carlos 58 Departamento de Santa Victoria 59 4 Provincia de Salta

5 Introducción La violencia, entendida como maltrato físico o abuso sexual, contra niños niñas y adolescentes (en adelante NNyA 1 ) es un fenómeno complejo. Suele ser ejercida en el ámbito intrafamiliar por quienes deberían estar a cargo del cuidado de estas NNyA. Por tales motivos, lo más frecuente especialmente en los casos de abuso sexual- es que no existan testigos que puedan dar cuenta de lo ocurrido, más allá de la víctima. Esta situación atenta contra la integridad, dignidad y el ejercicio pleno de los derechos de NNyA y debe ser atendida de manera inmediata y profesionalizada por el Estado. En los casos de descuido físico y emocional de la NNyA se debe tener en cuenta que muchas veces esta situación puede estar vinculada a situaciones de vulnerabilidad social, económica y/o cultural que vive la familia, por lo que será necesario intervenir activamente para facilitar el acceso a la educación, la salud, la vivienda y el trabajo (en el caso de los y las adultos/as). Sin embargo, debe resaltarse que la falta de recursos materiales no es causa suficiente para separar a las NNyA del grupo familiar. Por el contrario es necesario que se inicie de manera inmediata un proceso que asegure la protección integral de la NNyA, con el fin de evitar una posible reiteración de los hechos, garantizando su acompañamiento y recuperación, al mismo tiempo que se pone en marcha la investigación judicial, que deberá ser realizada con el menor nivel de intrusión posible sobre la NNyA. En este sentido, diferentes instrumentos internacionales y nacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes establecen estándares específicos sobre cómo deben ser resguardados y garantizados los derechos de NNyA víctimas de abuso sexual por los organismos del Estado. Entre éstos, se destaca la necesidad de que la protección y el bienestar de las NNyA sean asumidos como objetivo primordial a alcanzar durante el proceso. Ello supone el cumplimiento de otros derechos que deben ser garantizados en las diferentes instancias, como ser: que se considere su interés de manera prioritaria frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos; a ser tratada de manera digna, con cuidado y sensibilidad, teniendo en cuenta su situación particular, necesidades, grado de madurez, edad, etc.; que se priorice su salud física, psíquica y el acceso a un tratamiento integral; que se asegure la confidencialidad y privacidad de la información obtenida en el proceso; que se adopten las medidas necesarias para asegurar su seguridad; que no se la someta a intervenciones inadecuadas e innecesarias que puedan resultar en su revictimización, entre otros. Además de ellos, se destaca especialmente la necesidad de respetar el derecho de la NNyA a ser oída y a que su relato y sus opiniones sean debidamente tenidos en cuenta en todas las etapas del proceso de investigación. Este derecho requiere que se generen los medios y las condiciones adecuadas para que las NNyA sean eficazmente escuchadas. Lo que implica, por ejemplo, que los operadores y funcionarios que intervienen en estos casos estén específicamente capacitados para llevar a cabo una escucha activa, que se dispongan espacios físicos adecuados y que se adopten mecanismos y procedimientos especiales, como ser la videograbación de la entrevista testimonial, entre otros. 1. A modo de facilitar la lectura a lo largo de la Guía y teniendo en cuenta que las mujeres representan la mayoría de los casos de víctimas de delitos contra la integridad sexual, se hará referencia a niños, niñas y adolescentes en género femenino a lo largo de todo el documento. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 5

6 La presente Guía ha sido elaborada en el marco del Proyecto de Protección de los derechos de los NNyA víctimas o testigos de delitos y violencia llevado a cabo por UNICEF y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que a su vez, desde el 2011 trabajan de manera conjunta con el Poder Judicial y con los organismos del Poder Ejecutivo provinciales, en la implementación de medidas especiales de protección de las NNyA, como son la toma de declaraciones por profesionales especializados, la videograbación de esta entrevista y su utilización como prueba válida durante el juicio oral. Este documento tiene como objetivo restituir los derechos de las NNyA víctimas de delitos, dando a conocer los diferentes organismos y servicios del Estado y de la sociedad civil vinculados con la prevención, asistencia y protección integral de las NNyA de la provincia de Salta. Esperamos que constituya un insumo de trabajo para funcionarios y operadores que intervienen en estos casos y que pueda así colaborar en conseguir una mayor articulación entre las instituciones, reduciendo la fragmentación y la superposición de intervenciones. La Guía pretende ser un instrumento de consulta cotidiana por lo que deberá ser actualizada periódicamente teniendo en cuenta la creación de nuevos organismos, recursos y servicios en la provincia que intervengan y trabajen para la promoción, protección y el abordaje de NNyA víctimas. A continuación se realiza una breve descripción del marco legal provincial referido a los derechos y a la protección de los NNyA víctimas de abuso y otros delitos, incluyendo la ley de Protección de la Niñez y la Adolescencia Nº 7039, los artículos del Código Procesal Penal que hacen referencia a la toma de declaración en estos casos. Seguidamente se detallan los recursos disponibles para el abordaje de esta temática incluyendo los organismos y agencias del Estado a nivel provincial y a nivel local según en cada departamento o municipio de la región: (1) Capital, (2) Anta, (3) Cachi, (4) Cafayate, (5) La Candelaria, (6) Cerrillos, (7) Chicoana, (8) General Güemes, (9) San Martín, (10) Guachipas, (11) Iruya, (12) de la Viña, (13) Andes, (14) Metán, (15) Molinos, (16) Orán, (17) Rivadavia, (18) Rosario de la Frontera, (19) Rosario de Lerma, (20) Angastaco y (21) Santa Victoria. Normativa de Protección de los NNyA víctimas de delitos La ley 7.039/1999 de Protección de la Niñez y la Adolescencia de la provincia de Salta tiene por objeto la protección integral de los derechos de NNyA desde su concepción y establece la necesidad de garantizar el interés superior de NNyA en todas y cada una de sus etapas evolutivas y a la hora de de su aplicación en la intervención de organismos públicos o privados, legislativos, judiciales o administrativos. Esto supone que se considere su condición como sujetos de derecho, que se tenga en cuenta su opinión en todo momento y que sus derechos e intereses sean entendidos como prioritarios frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos. Es obligación del Estado garantizar derechos fundamentales de NNyA tales como la integridad física, psíquica y social, la preservación de su imagen, la autonomía de valores, ideas y creencias (art. 5º), entre otros. Por otro lado dispone que toda persona que tome conocimiento de situaciones que atenten contra la integridad psíquica o física de NNyA o de sus derechos, deberá ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes (art. 11). El Estado provincial será quien controle, garantice el cumplimiento de las políticas públicas de protección de NNyA. Por otra parte la ley Nº 7403/2006 de Protección de víctimas de violencia familiar establece que en el caso de que una NNyA esté siendo víctima de violencia, que se encuentren imposibilitados de actuar por sí mismas, los hechos deberán ser denunciados por sus representantes legales y/o el Ministe- 6 Provincia de Salta

7 rio Público, por los servicios asistenciales, sociales, educativos, sean públicos o privados, que hayan tomado conocimiento directo o indirecto de los hechos violentos (art 2º). En cuanto a la toma de declaración testimonial de las NNyA víctimas de delito, en el Código Procesal Penal de la provincia de Salta (ley Nº 7690/2011) se incorporó el artículo 327 que establece la posibilidad de que estas sean recibidas mediante procedimientos especiales que eviten exponer a las NNyA a una situación traumática al mismo tiempo que se deja constancia documental mediante video-grabación que permita su reproducción posterior y evite la necesidad de reiterar la entrevista a la NNyA. Se establecen, además, detalles sobre las características que debe tener este procedimiento especial: entrevista por un profesional especialista en NNyA, en gabinete acondicionado a la edad de la NNyA y su etapa evolutiva, dispositivos técnicos que permitan la grabación y la observación del acto desde otra sala. Organismos y programas provinciales con injerencia en el abordaje de NNyA víctimas de delitos y violencia y sus competencias En la provincia de Salta los casos de NNyA víctimas de delitos suelen ingresar a través de las comisarías y en la capital de la provincia a través de los centros dependiente de la Procuración General que son: la Oficina de Orientación y Denuncia (OOyD) y la Unidad de Atención Temprana (UAT) y luego son derivadas a las Fiscalías. Algunos casos también ingresan a través de otros organismos como el Servicio de Atención a las Víctimas (SAVIC) y de la Oficina de violencia familiar (OVIF). Cuando algún caso ingresa a través de las áreas de y Educación, se coordina con el SAVIC para realizar la derivación, asistencia y acompañamiento de la NNyA. A su vez se debe dar inmediata intervención a la Fiscalía Penal, Asesoría de Incapaces, y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia, según corresponda para que el organismo que recibió la denuncia reciba las indicaciones a seguir en la investigación. A continuación se detallan aquellos recursos a nivel provincial con injerencia en el abordaje y el acceso a la justicia de NNyA víctimas de delitos. Se enumeran organismos que tienen relación con la recepción de denuncias, la asistencia inmediata, el patrocinio jurídico, asistencia y tratamiento de NNyA y las entidades del Poder Judicial de la provincia que intervienen en los procesos en los que se ven involucrados NNyA víctimas. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 7

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9 Recursos provinciales para el acceso a la justicia de niños y niñas víctimas Salta

10 Cuadro resumen Ministerio de Derechos Humanos Tiene como objetivo la elaboración y modificación de programas vinculados a los Derechos Humanos. Secretaría de Derechos Humanos Brinda asesoramiento y asistencia integral a programas que atienden víctimas de violencia. Dependencias: Subsecretaría de Promoción y Protección de los Derechos Humanos Dirección de Asistencia Integral a Víctimas de Delitos. Dirección de Promoción y Formación de DD HH. Dirección de Asistencia Integral a Víctimas de Delitos. Tiene a su cargo dos programas: Programa de Prevención, Acompañamiento y Asistencia a las Personas Damnificadas por el delito de Trata. Programa de Prevención y Asistencia Integral a Víctimas de Violencia. Dirección de Promoción y Formación de Derechos Humanos Tiene a su cargo: El área de Promoción. Consejo Provincial de la Mujer. Secretaría de Igualdad de Oportunidades Promueve políticas activas de promoción y defensa de los derechos de NNyA y sus familias, de adultos mayores y de personas con discapacidad. Tiene a su cargo: Subsecretaría de de Grupos en Situación de Vulnerabilidad Dirección General de Niñez y Familia - Dirección General de Adultos Mayores - Dirección General de Políticas sociales para Personas con Discapacidad - Dirección General de Niñez y Familia - Programa de gestión y articulación de dispositivos Proteccionales. - Programa Fortalecimiento Familiar Ministerio de Recepciona denuncias sobre delitos y tiene atención permanente para las víctimas con guardias de 24 hs. Policía de la provincia Servicio de emergencias 911 División del Menor y la Familia Ministerio de Pública Brinda asistencia médica en casos de NNyA víctimas de delitos. Hospital Señor del Milagro. Hospital Público Materno Infantil. Poder Judicial Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Juzgados de Garantía Tribunal de Juicio Oficina de Violencia Familiar Juzgados de Paz 10 Provincia de Salta

11 Ministerio Público Ministerio Público Fiscal: Ejerce la acción penal pública - Oficina de Orientación y Denuncias - Centros de Orientación y Denuncia (C.O.D.) - Servicio de Asistencia a la Victima (S.A.V.I.C.) - Fiscalías Penales de Violencia Familiar y de Género - Unidad de Graves Atentados contra las Personas Ministerio Público de la Defensa: Tiene a su cargo el asesoramiento y la representación judicial de personas de escasos recursos y de quienes estuviesen ausentes. Ministerio Público Pupilar: Representación legal (promiscua - directa) de personas menores de edad y con padecimiento mental - Asesoría de incapaces. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 11

12 Cuadro detallado Ministerio de Derechos Humanos Dirección: 25 de Mayo Nº 872 Teléfono: (0387) / Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hs. Tiene como objetivo entender en la elaboración o modificación de normas o programas vinculados a los Derechos Humanos y la promoción de la igualdad de derechos y oportunidades para todos los habitantes. Además entienden en la formulación e implementación de políticas de asistencia a las víctimas de delitos y que hayan sufrido algún perjuicio en sus derechos. Lleva adelante la formulación e implementación de políticas referidas a la niñez, adolescencia, género, pueblos originarios, personas con discapacidad y a la asistencia crítica (asistencia en la emergencia social relativa a episodios climáticos). Secretaría de Derechos Humanos Dirección: Santiago del Estero Nº Piso 2 Teléfono (0387) Correo electrónico: secretariaddhhsalta@gmail.com Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hs. Desde la Secretaría se idean e implementan metodologías que permiten observar, promover e integrar en la acción social el respeto y ejercicio de los derechos humanos. Además brinda asesoramiento, contención y asistencia integral a las víctimas de violencia y del delito de trata de personas. Subsecretaría de Promoción y Protección de los Derechos Humanos Dirección: Santiago del Estero Nº Piso 2 Teléfono: (0387) Correo electrónico: secretariaddhhsalta@gmail.com Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 16:00 hs. Objetivos/funciones: - Elabora planes y programas específicos en materia de protección y promoción de los derechos humanos individuales y colectivos y además supervisa la ejecución de los mismos. - Entiende en la aplicación de políticas públicas tendientes a la lucha contra la trata de personas. - Brinda asesoramiento y asistencia a víctimas de situaciones de violencia. - Elabora y administra una base de datos con los antecedentes y evolución de cada caso de violencia en que intervino, a fin de constituir una biblioteca de casos que permita la elaboración de nuevas estrategias y la revisión de las aplicadas. Dirección de Asistencia Integral a Víctimas de Delitos Dirección: Santiago del Estero Nº Piso 2 Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: lunes a viernes 8:00 a 16:00 hs. Correo electrónico: secretariaddhhsalta@gmail.com La Dirección asiste en los casos de vulneración de derechos de NNyA y establece mecanismos de acciones e intervención para la protección de las víctimas, brinda atención particular a sectores en situación de vulnerabilidad. Además, brinda asesoramiento técnico-jurídico a ciudadanos en el marco de su competencia. 12 Provincia de Salta

13 Programa de Prevención, Acompañamiento y Asistencia a las Personas Damnificadas por el delito de Trata Objetivos/funciones: - Participar en operativos de allanamiento organizados contra el delito de trata de personas para el rescato de NNyA y mujeres que estén siendo explotadas sexual o laboralmente. - Alojar a las NNyA rescatadas en el Hogar de Protección Temporal a Personas en situación de violencia, donde se les brinda asistencia médica, psicológica y legal, además de manutención, alimentación suficiente e higiene personal adecuada. - Acompañar a las NNyA rescatadas para que presten declaración testimonial una vez que son citadas por el Juzgado penal. - Acompañar a las NNyA rescatadas a su lugar de origen. - Facilitar la reinserción familiar, social, escolar de las NNyA rescatadas. Programa de Prevención y Asistencia Integral a Víctimas de Violencia Objetivos/funciones: - Ofrece orientación, asesoramiento y asistencia interdisciplinaria (psicológica, legal y social) a NNyA afectadas por problemáticas de violencia y que concurren al programa espontáneamente, por derivación judicial o de otras instituciones. 1. En las situaciones de demanda espontánea o de derivaciones institucionales, se evalúa la situación de violencia presentada, se elabora una estrategia de abordaje y se otorga intervención al Asesor de Incapaces de turno. 2. En los casos de derivaciones judiciales, se acompaña la estrategia planteada, tomando en cuenta el informe de situación recibido, evitando la revictimización y la superposición de estrategias profesionales. - Realizar visitas domiciliarias para la evaluación de situaciones de violencia que afectan a NNyA. - Alojan en el Hogar de Protección Temporal a Personas en situación de violencia, núcleos familiares donde haya NNyA acompañadas por una mujer adulta y que atraviesan la problemática de violencia y que no cuentan con redes familiares ni sociales que las contengan. - Derivar a los organismos provinciales competentes los casos de NNyA que atraviesan la problemática de violencia y que no cuentan con un responsable adulto. - Articular con los organismos estatales (provinciales y municipales) encargados de brindar asistencias sociales, el otorgamiento de ayuda económica temporal, en casos de alto riesgo, cuando las NNyA que atraviesan la problemática de violencia no cuentan con recursos económicos. Dirección de Promoción y Formación de DD HH 1. Programa de Promoción Dirección: Santiago del Estero Nº Piso 2 Teléfono: (0387) Correo electrónico: secretariaddhhsalta@gmail.com/promocionyformacion@gmail.com Días y horarios de atención: lunes y viernes de 8:00 a 16:00 hs. Objetivos/funciones: Formula e implementa actividades de promoción de los derechos humanos para NNyA sobre las problemática de abuso sexual infantil, violencia de género y hacia la mujer, violencia en el noviazgo, violencia familiar, violencia institucional, en conjunto con instituciones gubernamentales y no gubernamentales, a través la distribución de material informativo. 2. Consejo Provincial de la Mujer Dirección: Jujuy esquina Mendoza Teléfono: (0387) Correo electrónico: cpmujer@salta.gov.ar Días y horarios de atención: lunes a viernes de 08:00 a 14:00 hs. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 13

14 Objetivos/funciones: - Legitimar ante la sociedad la relevancia de la equidad de género. - Impulsar políticas públicas con perspectivas de género que contribuyan a la superación de las diversas formas de discriminación contra las mujeres y promuevan las condiciones sociales adecuadas para garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos. - Fortalecer las áreas municipales de la Mujer. A través de los consejos municipales de la mujer, se organizan, planifican y ejecutan las políticas de promoción y prevención de los derechos humanos en el seno de la comunidad, alentando la participación de las parroquias, centros de salud, escuelas, centros vecinales y demás organizaciones comunitarias, que en un proceso elegirán su propio representante. Secretaría de Igualdad de Oportunidades Dirección: Gral. Güemes Nº 562 Teléfono: (0387) / Días y horarios de atención: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. Objetivos/funciones: - Promover políticas activas de promoción y defensa de los derechos de NNyA y sus familias, de los adultos mayores y de las personas con discapacidad, que habiten en la provincia de Salta. - Fortalecer el reconocimiento en la sociedad NNyA, adultos mayores y personas con discapacidad, como sujeto activos de derechos. Subsecretaria de Grupos en Situación de Vulnerabilidad Dirección: Gral. Güemes Nº 562 Teléfono: (0387) / Objetivos: - Planificar, coordinar y evaluar las políticas concernientes a NNyA, adultos mayores y personas con discapacidad. - Coordinar acciones consensuadas con los organismos gubernamentales y organizaciones no gubernamentales, fomentando la participación de grupos en situación de vulnerabilidad (NNyA, adultos mayores y personas con discapacidad) - Propiciar acciones de asistencia técnica y capacitación a organismos públicos y privados, participantes en servicios de atención directa o en el desarrollo de los procesos de transformación institucional, respecto de grupos en situación de vulnerabilidad. - Impulsar mecanismos descentralizados para la ejecución y seguimiento de programas y proyectos que garanticen el ejercicio de los derechos de los grupos en situación de vulnerabilidad. Dirección General de Niñez y Familia Dirección: General Güemes Nº 562 Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. Programa de Gestión y Articulación de Dispositivos Proteccionales. Objetivos/funciones: - Brindar alojamiento y atención a NNyA que se encuentran en situación de vulnerabilidad (víctimas de violencia o maltrato, abuso, situación de abandono), que por un periodo tienen que ser separadas de su entorno familiar e incorporadas a un centro de inclusión transitoria. - Afianzar en los dispositivos el carácter de espacios terapéuticos socio-educativos, con un tiempo de permanencia determinado (de corta duración), que favorezca la construcción de la subjetividad y la superación de la problemática que dio origen a la inclusión. 14 Provincia de Salta

15 - Favorecer la externación y reinserción socio familiar, a través de la revinculación y retorno de la NNyA a la familia de origen y de la articulación con otros subprogramas de la Secretaría. - Generar y propiciar la adquisición de conocimientos, aptitudes y habilidades para la inclusión laboral de los jóvenes entre los 16 y 18 años. Subprograma de Gestión y Supervisión de Centros de Desarrollo Infantil (CDI) Objetivos /funciones: - Supervisar y evaluar los Centros de Desarrollo Infantil dependientes de los diferentes municipios de la provincia y proyectos de CDI ejecutados por ONGs. En los CDI, se intenta brindar atención integral ejerciendo una función preventiva, promotora y reparadora, a través de estimulación temprana, nivel inicial, apoyo escolar, alimentación adecuada y recuperación nutricional, recreación, apoyo y/o tratamiento psicosocial y fortalecimiento familiar, a niños y niñas de 6 meses a 4 años con necesidades de cuidados temporales, que pertenezcan a familias con necesidades básicas insatisfechas, y/o que se encuentren en situación de amenaza o vulneración de sus derechos fundamentales. - Promover el rol participativo de la familia fortaleciendo los vínculos de los miembros integrantes de las familias y tendiendo a evitar la desintegración y procesos disfuncionales en ellas. - Articular, con instituciones y servicios del espacio local, actividades culturales, educativas, sanitarias y toda otra actividad que resulte necesaria para la formación integral de las NNyA. Programa Fortalecimiento Familiar Dirección: General Güemes Nº 562 Teléfono: (0387) Objetivos: - Fortalecer las acciones comunitarias para la difusión, promoción y sensibilización de las comunidades, a los efectos que se consoliden los sectores comprometidos a garantizar el goce de los derechos de las NNyA. - Construcción de redes sociales, tanto en los diferentes barrios de capital como de los municipios de la provincia. - Prevención y asistencia de la niñez y la familia, con abordajes comunitarios y en coordinación con las instituciones del contexto social. - Promover la construcción e instalación concreta de referentes comunitarios. - Potenciar el desarrollo de acciones que reaseguren la prevención, reflexión y concientización referente a los temas centrales como violencia intrafamiliar, trabajo infantil y trata de personas. Secretaría de Acción Social (Municipales) Las Secretarías de Acción Social que se encuentran a nivel municipal se ocupan de: - Prevenir y eliminar las causas de marginación social y de desigualdad. - Promover la integración social. - Favorecer el pleno y libre desarrollo de las personas y sectores sociales. - Reguardar, difundir e impulsar la cultura del trabajo y de los derechos humanos. - Generar espacios de participación ciudadana en coordinación con otras áreas. - Desarrollar programas especiales para sectores sociales de riesgo. - Gestionar, desarrollar y promover acciones y políticas tendientes al bienestar social. - Atender las emergencias sociales. - Mantener relaciones funcionales en las acciones de los Centros de Integración Comunitarios en coordinación con la Secretaría de Gobierno. - Promover el deporte, las actividades de recreación y gestionar los complejos polideportivos, balnearios y centros de recreación. - Administrar y coordinar programas municipales, provinciales y nacionales vinculados al desarrollo humano. - Planificar, ejecutar y controlar las competencias asignadas. - Firmar los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal vinculados al ámbito de sus competencias. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 15

16 Ministerio de Dirección: Bartolomé Mitre Nº 1017 Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. Objetivos/funciones: - Entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad. - Entender en la prestación del servicio penitenciario, custodia y guarda de los internos, procesados y la reaceptación social de los mismos. - Vincular a la comunidad con las autoridades de seguridad pública Policía de la Provincia de Salta Dirección: Gral. Güemes Nº 750 Teléfono: (0387) / Conm / Fax Días y horarios de atención: guardias permanentes los 365 días del año, las 24 hs. Las comisarías y subcomisarias distribuidas en todo el territorio de la provincia, tienen atención permanente a los ciudadanos y son instituciones que reciben denuncias por delitos y por hechos cometidos contra NNyA. Ante la sospecha o develamiento de situaciones de abuso sexual infantil, el personal policial lleva a cabo el siguiente procedimiento de intervención: En los casos en que se presente una NNyA en una comisaría a realizar una denuncia, sea sola o acompañada por un adulto responsable y en el caso de que requiera atención médica de emergencia, el personal policial coordina con los organismos correspondientes para que se le brinde la atención médica: - Derivación al sector de atención en salud existente en el hospital de referencia. - En caso de que se trate de un abuso sexual infantil también se le da Intervención a la Asesoría de Incapaces en turno de la correspondiente jurisdicción. - En el caso de que la NNyA se encuentre sola sin un representante o responsable adulto, se le da intervención inmediata al Asesor de Incapaces que por turno y jurisdicción corresponda y se articula con el servicio de asistencia a la víctima del Ministerio Público (SAVIC en las localidades de Capital, Metán, Orán o Tartagal). En los casos de abuso sexual que no requieren una atención médica urgente de emergencia, el personal policial recepciona la denuncia y articula con el servicio de asistencia a la víctima del Ministerio Público (SAVIC), que se encuentra en las localidades cabeceras de Capital, Metán, Orán o Tartagal. Servicio de Emergencias 911 -División del Menor y la Familia Dirección: Bartolomé Mitre Nº 1017 Teléfono: (0387) 911/ / Días y horarios de atención: guardias permanentes los 365 días del año las 24 hs. Entre sus tareas generales y principales en casos de NNyA víctimas se encuentran: - Recepción de denuncias sobre NNyA víctimas de delitos. - Realización de actividades de prevención en las dependencias policiales y asistencia en el domicilio de las víctimas, luego de la llamada y consignas o rondas periódicas en el lugar, dispuestas por el juez interviniente. Ministerio de Pública Dirección: Avda.de los Incas S/N- 2do. Block Planta Alta Centro Cívico Grand Bourg Teléfono: (0387) / / / Int. 512 Días y horarios de atención: lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. 16 Provincia de Salta

17 Hospital Señor del Milagro Dirección: Avda. Sarmiento Nº 555 Teléfono: (0387) / Días y horarios de atención: guardias permanentes los 365 días del año, las 24 hs. Hospital Público Materno infantil Dirección: Avda. Sarmiento Nº 1301 Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: guardias permanentes los 365 días del año, las 24 hs. En los casos en que el personal médico-sanitario se encuentre ante la sospecha o develamiento de un caso de abuso sexual infantil, se recomienda en general el siguiente procedimiento: - Casos que son derivados por las comisarías en las que se ha realizado la denuncia sobre un caso de una NNyA víctima de abuso sexual, por encontrarse comprometida la salud de la NNyA. - Los profesionales brindan asistencia y atención médica en los casos de violencia sexual hacia NNyA, con un equipo conformado por una médica/o ginecóloga/o, pediatra, psicóloga/o, infectóloga/o, asistente social, según el caso. Frente a un caso de abuso sexual infantil, el hospital tiene a su cargo: - Evaluación médica. - Conservación de evidencias. - Confección de historia clínica, ficha de violencia sexual y búsqueda de antecedentes. - Entrevista psico-social de contención. - Firma del consentimiento informado (salvo emergencia). - Puesta en marcha de las acciones de salud: clínica, laboratorio, tratamientos preventivos (provisión de Kit). - Seguimiento de las acciones de salud (física, psicológica) implementadas. Además, desde los hospitales se articula con el SAVIC, la Oficina de Orientación y Denuncia, Policía, Fiscalías y la Asesoría de Incapaces o Juzgado en turno para dar inicio al proceso judicial que corresponda, según cada caso. Además cuentan con consultorios externos para atención médica y psicológica a NNyA que la necesiten. Poder Judicial de la Provincia de Salta Circunscripciones Judiciales en 4 distritos: - Distrito Centro (Capital) - Distrito Sur (Metán) - Distrito Norte (Circunscripción Tartagal) - Distrito Norte (Circunscripción Orán) Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Los juzgados de Primera Instancia en lo civil de personas y familia tienen competencia para conocer en todos los asuntos de violencia familiar y disponer medidas de protección. Según el procedimiento vigente el juez interviniente puede requerir, dentro de las 24 hs de tomado conocimiento de la denuncia, la elaboración de informes técnicos y multidisciplinarios referidos a la dinámica de interacción familiar, situación de riesgo en que se encontrare la persona que sufre el daño psíquico o físico, maltrato o abuso, condiciones socioeconómico y ambientales de la familia. Habiendo obtenido dicha información, el juez evaluará, a partir de los diagnósticos de situación formulados por los profesionales intervinientes, las otras medidas a aplicar. Cuando es una NNyA la que se encuentra involucrada en una causa de violencia familiar, se dará inmediata intervención al Asesor de Incapaces, para que éste prosiga el trámite, a fin de obtener una resolución definitiva respecto de las medidas ordenadas o el dictado de otras para prevenir futuras situaciones de violencia. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 17

18 El Juez de Familia, también comunicará al SAVIC la situación de violencia con el objetivo de la orientación y asistencia de las personas que estén viviendo está situación. El juez puede adoptar de oficio o a pedido de cualquier interesado algunas medidas de protección, como por ejemplo: - Ordenar la exclusión del agresor/a de la vivienda donde habita el grupo familiar. - Prohibir el acceso del agresor/a al domicilio o lugar donde habita la víctima y/o desempeña su trabajo y/o a los establecimientos educativos donde concurre la misma o miembros de su grupo familiar. - Disponer el reintegro al domicilio, a pedido de quien ha debido salir del mismo por razones de seguridad personal, excluyendo al agresor/a. - Decretar provisoriamente cuota alimentaria, tenencia y derecho de comunicación con los integrantes del grupo familiar, sin perjuicio de la aplicación de las normas vigentes de similar naturaleza. - Ordenar todo tipo de informes que crea pertinente sobre la situación denunciada y requerir el auxilio y colaboración de las instituciones que atendieron a la víctima de violencia. - Decretar una guarda provisoria a cargo de familia ampliada, o en su defecto, a cargo de persona de confianza o familia sustituta, para menores de edad. - Ordenar el registro del escenario de los hechos y la recolección de pruebas. - Disponer inspecciones oculares, requisas, allanamientos de domicilio, secuestro, el uso de la fuerza pública. - Disponer regla de conducta que resulte adecuada para prevenir la comisión de nuevas infracciones y toda otra medida que considere conveniente. En toda instancia administrativa o judicial, la víctima podrá estar acompañada de persona de su confianza y/o asistida por profesional. Ver dirección y datos de contacto en sección Recursos locales Fuero Penal El nuevo sistema penal de la provincia se implementó en toda la provincia (ley Nº 7690). Las causas ya iniciados bajo el anterior sistema son de competencia de los Juzgados en transición hasta la total resolución de los mismos. El sistema penal de menores (menores en conflicto con la Ley Penal) no fue modificado, por lo que se aplica el anterior Código procesal siendo así la única excepción a la implementación total. Con la implementación definitiva del nuevo Código Procesal Penal, la investigación cualquiera sea la escala penal del delito es llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal. Juzgados de Garantía y de Juicio Los juzgados de Garantía y Juicio intervienen en casos de NNyA víctimas de abuso sexual a partir de la intervención del fiscal que actúa. Ante la denuncia de sospecha de una causa de abuso sexual, las Fiscalías trabajan con equipos interdisciplinarios y coordinan con los profesionales del Cuerpo Médico Forense para la realización de un examen único forense en el caso de ser necesario y también coordinan con el organismo encargado de otorgar asistencia y tratamientos a víctimas. Ver dirección y datos de contacto en sección Recursos locales Oficina de Violencia Familiar Dirección: Avda.Bolivia Nº 4671 Teléfono: (0387) Interno 1260 y 1261 Días y horarios de atención: lunes a viernes de 07:00 a 19:00 hs. Este organismo fue creado por la Corte de Justicia en el año La oficina buscar garantizar un efectivo acceso al servicio a la justicia por parte de las víctimas de violencia. Las denuncias se pueden presentar de forma verbal o escrita y pueden realizarse con o sin patrocinio letrado. 18 Provincia de Salta

19 Desde la oficina de violencia familiar se colabora con el Juez de primera instancia en lo civil de personas y familia en turno, en la recepción de las denuncias por hechos de violencia familiar, a fin de que las posibles víctimas puedan obtener adecuada y oportuna atención en el ámbito judicial. Entre sus objetivos principales, se busca: - Facilitar el acceso a la tutela jurídica prevista por la ley, dotando de mayor efectividad al procedimiento establecido para la recepción de denuncias sobre violencia familiar, al poner a disposición de la comunidad una oficina que será atendida por personal especializado. - Recibir las denuncias por hechos de violencia familiar y denuncias efectuadas en sede judicial, según las previsiones de la ley Informar a las personas que allí concurran acerca de cuáles son los cursos de acción posibles, según el conflicto que manifiesten atravesar. - Elaborar un primer informe psico-social de la situación de riesgo, según las manifestaciones de los denunciantes. - Realizar estadísticas e informes de evaluación del funcionamiento de la oficina y del fenómeno de la violencia familiar. Ver dirección y datos de contacto en sección Recursos locales La justicia de paz letrada es ejercida en todo el territorio de la provincia, con excepción de las ciudades donde se ejerce por los jueces ordinarios letrados. Entre las facultades de los jueces de paz se encuentra la adopción de medidas urgentes para la protección de NNyA que se encuentren en estado de orfandad, abandono material o moral, que fueren hallados o tuvieren su dirección en el ámbito territorial de competencia del juzgado, debiendo comunicar de inmediato, al juez o defensor de menores, según corresponda. Ver dirección y datos de contacto en sección Recursos locales Ministerio Público Dirección: Avda. Bolivia 4671 Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs. El Ministerio Público es un órgano autónomo e independiente de los demás poderes del Estado, que integra el sistema de administración de justicia. En cuanto a su estructura, está dividido en tres grandes ramas: - Ministerio Público Fiscal, que ejerce la acción penal pública y acciona en defensa de la legalidad, intereses generales, difusos y medio ambiente. - Ministerio Público de la Defensa, tiene a su cargo el asesoramiento y la representación judicial de personas de escasos recursos y de quienes estuviesen ausentes. - Ministerio Público Pupilar, la Asesoría de Incapaces, vela por los derechos y bienes de las NNyA e incapaces. Ministerio Público Fiscal En los casos de delitos contra la integridad sexual de NNyA, el primer contacto del Ministerio Público Fiscal con la víctima puede ser: Directo e inmediato: Se trata de situaciones donde NNyA víctimas de delitos contra la integridad sexual (o sus representantes o responsables) denuncian en las OOyD (Oficina de Orientación y Denuncia), en los COD (Centro de Orientación y Denuncia), o en sede policial, situaciones que son derivados a las Fiscalías Penales, dando intervención al S.A.V.I.C Los casos que no constituyan delitos, serán derivados para su atención y tratamiento al S.A.V.I.C. y por su intermedio a la red institucional correspondiente. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 19

20 Por derivación: Se alude a los NNyA víctimas de delitos contra la integridad sexual que se presentan derivados desde las diferentes áreas de salud, sanitaria, asistencia social - proteccional, educativa, seguridad, del Estado provincial o municipal que atienden a la población. En aquellos casos donde los NNyA víctimas de delitos contra la integridad sexual sean detectados en estos lugares, se sugiere que la oficina de referencia y de contacto inter-institucional sea el S.A.V.I.C. para su ingreso al sistema judicial (Poder Judicial Ministerio Público). En los casos de delitos, el S.A.V.I.C. y la OOyD serán puestas en conocimiento y tendrán intervención inmediata. Oficina de Orientación y Denuncias Dirección: Avda. Bolivia Nº Piso 1º -Pasillo F -Ciudad Judicial Teléfono: (0387) Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 17:00 hs. Objetivos/funciones: - Brindar contención inicial y orientación al ciudadano que se acerque a su sede respecto a las oficinas o dependencias que puedan brindarle solución al problema que lo aqueje, acompañando y asesorando. - Recepcionar las denuncias de delitos y violencia familiar, incluso abuso sexual infantil. Para eso cuenta con equipos interdisciplinarios, compuestos por abogados/as, psicólogos/as y asistentes sociales, que darán orientación y recibirán las denuncias penales, según el caso. Centros de Orientación y Denuncia (C.O.D.) Dirección: C.O.D. Bº Santa Cecilia, en el CIC del barrio. Dirección: C.O.D. Bº El Tribuno, en el CIC -Complejo Polideportivo Nicolás Vitale Días y horarios de atención: lunes a viernes de 7:30 a 13:00 hs. Objetivos/funciones: - Prestar una orientación personalizada respecto a las competencias específicas del Ministerio Público Fiscal. - Recibir y dar curso a las denuncias penales que reciban, incluso por abuso sexual infantil. - Ofrecer asistencia inmediata a las víctimas y testigos de delitos, a NNyA víctimas de abuso sexual, dando intervención a los equipos interdisciplinarios que funcionan en los C.I.C. (Municipalidad de la ciudad de Salta), o a aquellos dependientes del S.A.V.I.C., según corresponda. - Dar intervención a los centros de salud más cercanos a los efectos de brindar asistencia médica a las víctimas de delitos que así lo necesiten, incluso NNyA víctimas de abuso sexual. - Brindar información al denunciante respecto al estado de actuaciones penales originadas en el C.O.D. o en otras dependencias. - Asesorar sobre la denuncia penal a efectuar y en su caso, derivar a la dependencia o institución pertinente. - Vincular la actividad del COD con la del Centro de Mediación del CIC, o de otras instituciones. Para eso cuenta con equipos interdisciplinarios, compuestos por abogados, psicólogos y asistentes sociales, que darán orientación y recibirán las denuncias penales, según el caso. Servicio de Asistencia a la Victima (S.A.V.I.C.) Dirección: Avda. Bolivia Nº Piso 1º -Pasillo F -Ciudad Judicial Teléfono: (0387) / Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 17:00 hs. Página web: Este organismo depende del Ministerio Público Fiscal y tiene como objetivo brindar la atención interdisciplinaria de víctimas de violencia, para su orientación, asistencia, asesoramiento y acompañamiento profesional antes, durante y luego del proceso judicial. 20 Provincia de Salta

21 Desde el año 2012 se reglamentó un nuevo modelo de abordaje de víctimas en el Ministerio Público Fiscal y se prevé un trabajo coordinado del SAVIC con las Fiscalías Penales en la atención primaria de los casos. El SAVIC se encuentra conformado por equipos interdisciplinarios en toda la provincia. Objetivos/funciones: - Promover actividades de capacitación interna para los profesionales que integran los servicios y para aquellos profesionales que desde las áreas de incumbencia (psicológica, social, legal), solicitan concurrencias o rotación dentro de este organismo. También se cumplen actividades de extensión comunitaria dirigida a integrantes de la comunidad educativa; profesionales y empleados del sector salud; operadores del área de seguridad; de la administración provincial y municipal, referentes comunitarios y comunidad en general. - Brindar atención interdisciplinaria a NNyA que atraviesan situaciones de violencia, para su contención, orientación, asistencia, asesoramiento y acompañamiento profesional. - Atender a la integridad psico-física y a la seguridad de las NNyA y su grupo familiar comprometido (primario o de referencia). - Intervenir para desactivar la crisis en situaciones provocadas por actos o procesos que atentan contra la integridad sexual, con atención de orden emocional: reducción de niveles de angustia, fortalecimiento, movilización de recursos internos; atención victimológica individual; e intervención social para la consolidación de redes. - Generar estrategias con las instituciones de la comunidad (hospitales, centros de salud, escuelas, centros de integración comunitaria, y otros), tendientes a la contención, fortalecimiento, sostenimiento, y recuperación de la NNyA y su grupo familiar. - Brindar un espacio institucional que posibilite a los diferentes operadores, construir conjuntamente, estrategias para abordar situaciones de violencia sexual, teniendo en cuenta las particularidades que cada caso presenta. - Articular acciones con estructuras orgánicas del Ministerio Público, de Poder Judicial, organismos gubernamentales; no gubernamentales, y otros actores de la sociedad civil, para la consecución del objetivo de asistencia integral a la NNyA víctima de violencia sexual. - Facilitar que las NNyA que sufren situaciones de violencia y testigos de las mismas, tengan efectivo acceso al sistema judicial, con acompañamiento profesional en los casos que así lo requieran, tendiendo a minimizar los obstáculos; con información de derechos, responsabilidades, vías legales, recursos, estado de la causa, situación del imputado, facultades que puede ejercer, especialmente la de constituirse en actor civil y/o tener calidad de querellante. - Velar por el cumplimiento de los derechos y garantías que se establecen para las NNyA que sufren situaciones de violencia y testigos de las mismas, requiriendo ante la autoridad la protección de quienes corran peligro de sufrir algún daño. Fiscalías Penales de Violencia Familiar y de Género Las Fiscalías Penales de Violencia Familiar y de Género tienen competencia en las causas penales iniciadas por delitos que tengan una pena máxima de seis (6) años de prisión, que involucren situaciones tales como: amenazas, lesiones leves y graves, incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, impedimento de contacto, abuso sexual simple. Los Fiscales Penales de violencia familiar y de género cuentan con la asistencia de auxiliares de Fiscalía, un cuerpo de empleados administrativos que actúan en la sede de las Fiscalías y un equipo interdisciplinario, compuesto por trabajadores sociales y licenciados en psicología, que asesoran a los Fiscales en la adopción de decisiones relativas a las víctimas de violencia y, especialmente, en lo relativo a la derivación de los conflictos a un método alternativo de resolución. Ministerio Público de la Defensa Dirección: Avda. Bolivia Piso 3º - Ciudad Judicial Teléfono: (0387) Int. 4009/ Días y horarios de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs. Guía de Recursos para el abordaje y la protección integral de NNyA víctimas de delitos o violencia 21

22 Objetivos/funciones: - Remover todos los obstáculos que le impiden a la ciudadanía el acceso pleno a la justicia, y en particular a aquellos sectores más vulnerables de la población. - Brindar asesoramiento jurídico gratuito a las personas de escasos recursos. - Ejercer judicialmente la defensa de los derechos de aquellas. - Ejercer la defensa de quienes estuviesen ausentes o fuesen declarados tales, en toda clase de procedimientos judiciales o no judiciales, que entiende la inviolabilidad de la defensa de las personas y sus derechos, además de la sede judicial, a la esfera administrativa y también al ámbito de las entidades de derecho privado. Asesoría General de Incapaces Objetivos/funciones: - Es siempre parte esencial de los procesos penales en los cuales intervengan menores y su intervención no cesará aún cuando sea designado un defensor oficial integrante del Ministerio Público para la defensa técnica del menor. La intervención de la Asesoría de Incapaces puede ser por representación promiscua; representación directa; en actuación extrajudicial o judicial. Asimismo interviene a raíz de expedientes de violencia familiar, expedientes de protección de personas, expedientes o actuaciones penales, etc. Su intervención se puede originar en demanda espontánea o por su actuación en sumarios, expedientes judiciales, oficios, etc. - Velar por la persona, bienes, y derechos de los menores, inhabilitados judicialmente y demás incapaces de hecho, tanto en el ámbito judicial como fuera de éste, incluso NNyA víctimas de abuso sexual. - Ejercer funciones de asesoramiento y contralor. - Actuar ante todos los órganos judiciales o no judiciales, como parte legítima y esencial en todo asunto contencioso o voluntario y en todo acto en los cuales se interesen las personas o bienes de los incapaces, en cumplimiento de lo dispuesto por el Código Civil y las demás leyes, incluso NNyA víctimas de abuso sexual. - Controlar la conducta de los representantes legales de los menores e incapaces con respecto a la conservación de los bienes de propiedad de éstos. - Promover las acciones de suspensión o privación de la patria potestad y las referidas a las designaciones, remociones y sustituciones de tutores, curadores, tenedores o guardadores. - Atender las quejas que les sean presentadas por malos tratos dado a menores e incapaces y que tengan origen en conductas de sus padres, guardadores u otras personas, elevando las mismas a los jueces e instando las medidas pertinentes para hacer cesar tales hechos. Podrá actuar de oficio cuando tome conocimiento sin necesidad de presentación de queja formal. - Solicitar el acogimiento en casas de familias apropiadas, de los menores abandonados, cuidando de que reciban trato familiar. - Solicitar la internación de menores con problemas de conducta en institutos especializados. - Inspeccionar los establecimientos de menores en el modo y tiempo que lo disponga el Reglamento General, tomando conocimiento del tratamiento y educación que se les da a los mismos, dando cuenta a quien corresponda de los abusos o defectos que notaren. - Entre otras funciones. 22 Provincia de Salta

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