PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América)
|
|
- José Manuel Valverde Peña
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 PAGARE EXPORTADORES (Dólares de los Estados Unidos de América) D7 Debo y pagaré (Debemos y pagaremos) solidaria e incondicionalmente, el de del año a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº de esta ciudad, comuna de la cantidad de dólares moneda legal de los Estados Unidos de América (US$ ), más intereses a una tasa del % anual, que se devengarán a contar de esta fecha y hasta el día del pago efectivo en la misma moneda en que debe pagarse el capital. La obligación de que da cuenta este Pagaré corresponde a un préstamo para el financiamiento de exportaciones, otorgado en conformidad con las disposiciones del Banco Central de Chile y de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras; disposiciones que el suscrito declara conocer y aceptar y que forman parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales, conjuntamente con las disposiciones e instrucciones que en el futuro la modifiquen o complementen. El suscrito desde ya faculta al Banco para que en caso de mora o simple retardo pueda anular respecto del Banco Central de Chile, el préstamo a exportadores, convirtiendo la deuda en moneda extranjera constituida por el capital más los intereses devengados hasta la fecha del vencimiento, en deuda en moneda nacional, al tipo de cambio vendedor que tenga CORPBANCA vigente ese día para el dólar de los Estados Unidos de América. El nuevo monto de la deuda, así determinado, devengará el interés máximo convencional para operaciones no reajustables en moneda nacional de menos de 90 días, que esté vigente en la fecha del vencimiento del préstamo, entre esa fecha y la fecha del pago efectivo. Atendido que la tasa de interés que se ha convenido en el presente pagaré está basada en el costo que el Banco, como intermediario financiero, debe a su vez pagar por los fondos con los que se financia esta colocación, el suscrito declara y acepta que dicha tasa se incremente en igual monto o porcentaje en que eventualmente varíe el costo de fondos, sea con ocasión de impuestos (salvo impuestos a la renta), encaje, reserva técnica o cualquier otra exigencia legal o reglamentaria, sea en cuanto a su monto, o a la forma de calcular tales exigencias y que en definitiva derive en un mayor costo de fondos para el Banco.
2 Días inhábiles, prórroga de pago: Cualquiera fecha estipulada para el pago de capital y/o de intereses que corresponda a día inhábil bancario, prorrogará el plazo hasta el día hábil bancario inmediatamente siguiente, debiendo el respectivo pago incluir, además, los intereses que correspondan a los días comprendidos en la prórroga. Cálculo de los intereses: Las tasas anuales de interés se refieren a años de 360 días. Los intereses se pagarán y calcularán por días corridos y sobre el total del capital que se esté adeudando. Intereses por retardo y/o aceleración: En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital y/o de los intereses, este pagaré devengará por todo el lapso que dure la mora o retardo, el interés máximo convencional que la ley permita estipular para este tipo de operaciones de crédito de dinero vigente durante la mora o retardo, pero sólo si éstos fueren superiores al interés máximo convencional vigente a esta fecha. En el evento contrario, se aplicará esta última tasa. Iguales intereses se devengarán en caso de aceleración. Aceleración por retardo: En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital y/o de los intereses que establece este pagaré, el acreedor tendrá la facultad de hacer exigible el total de lo adeudado, el que en ese evento se considerará de plazo vencido para todos los efectos legales y convencionales. También, el acreedor podrá cobrar anticipadamente el presente pagaré, el que en ese evento se considerará de plazo vencido para todos los efectos legales y convencionales, si el suscrito cesare en el pago de cualesquiera otra obligación contraída, sea en favor de CORPBANCA o en favor de cualquier otro acreedor, o si se solicitare la declaración de quiebra del suscrito, o si formulare proposiciones de convenio extrajudicial o judicial. Cuenta Corriente: CORPBANCA, en su calidad de acreedor de esta obligación, queda irrevocablemente facultado para cargar a su vencimiento, a las cuentas corrientes que el suscrito mantenga en CORPBANCA, los importes de capital e intereses a que se refiere este documento. Pago Anticipado: En el evento de prepago, si el capital declarado adeudar en el presente instrumento es igual o inferior al equivalente en moneda nacional de UF me (nos) obligo (obligamos) a pagar el capital que se anticipa debidamente reajustado, más los intereses calculados hasta la fecha del pago efectivo, y una comisión de prepago que ascenderá al valor de un mes de intereses calculados sobre el Pagaré Exportadores D7 2
3 capital que se prepaga, en caso de tratarse de una obligación no reajustable, o de un mes y medio de intereses calculados sobre el capital que se prepaga, en caso de tratarse de una obligación reajustable. Si el capital declarado adeudar excede del equivalente en moneda nacional a UF , me (nos) obligo (obligamos) al pago del total de los intereses estipulados hasta el vencimiento pactado, de conformidad a la ley Nº Indivisibilidad: Todas las obligaciones derivadas de este pagaré se considerarán indivisible para el suscrito, herederos y/o sucesores, para todos los efectos legales y en especial aquellos contemplados en los artículo 1526 Nº 4 y 1528 del Código Civil. Protesto: Sin obligación de protesto. Libero (Liberamos) al acreedor de la obligación de protesto, pero si él optare por la realización de dicha diligencia, podrá hacerla, a su libre elección, en forma bancaria, notarial o por el funcionario público que corresponda. En todo caso, en el evento de protesto me obligo (nos obligamos) a pagar los gastos e impuestos que se devenguen. Impuestos, Derechos y Gastos: Cualquier impuesto, derecho, gastos e incremento en los costos que para el beneficiario de este Pagaré se ocasionen o devenguen con motivo de su suscripción, modificaciones, prórrogas, renovaciones, pagos, protesto u otras circunstancias relativas a aquel, será de cargo exclusivo del suscriptor. Asimismo, todo incremento en los costos que para el tenedor de este instrumento se ocasionen por concepto de reserva técnica, del encaje, o cualquier otra exigencia legal o reglamentaria y/o costos financieros con los cuales se recarguen los recursos con cargo a los cuales se financia la obligación contenida en el presente instrumento, serán de cargo exclusivo del suscrito. Garantías: CORPBANCA, y quien sus derechos represente, queda desde luego autorizado para modificar, sustituir, alzar o renunciar, en todo o parte, las garantías que actualmente estén constituidas o que en el futuro se constituyan por terceros para caucionar las obligaciones a que se refiere el presente pagaré, ninguna de las cuales se entenderá transferida a quien adquiera este pagaré a menos que CORPBANCA lo declare expresamente. Domicilio y Competencia: Para todos los efectos legales derivados del pagaré, el deudor o suscriptor constituye domicilio especial en la comuna señalada en el encabezamiento de este pagaré y se somete a la competencia de sus Tribunales de Pagaré Exportadores D7 3
4 Justicia, domicilio que también será lugar hábil para las diligencias de protesto en caso de practicarse. Información a Registros o Bancos de Datos Públicos y Privados: En el caso de pago o extinción de la obligación representada en este documento, si ella hubiera sido informada como impaga, o si se hubiera protestado este documentos, opto por requerir directamente a los bancos de datos públicos o privados la modificación de la información en ellos contenida, y libero a CORPBANCA del cumplimiento de esa obligación. El presente documento queda exento del Impuesto de Timbres y Estampillas, según lo establecido en el DL 3475 Art. 24 Nº 11 y en la Circular Nº 31 del año 1992 del SII.. En, a de del año Nombre y Apellidos (Razón Social) del deudor. FIRMA DEL SUSCRIPTOR O DEUDOR Dirección Informativa Ciudad Comuna Teléfono RUT Cta. Cte. Por Aval: Cada uno de los suscritos se constituye en avalista de la presente obligación y se constituye expresamente en fiador y codeudor solidario de las obligaciones del suscriptor o deudor antes individualizado en favor de CORPBANCA o de quien sus derechos represente, por todas y cada una de las obligaciones contenidas en el presente instrumento, por todo el tiempo que transcurriere hasta el efectivo y completo pago de este documento, y declara expresamente que: a) Acepta, desde luego, los plazos y prórrogas de plazo, renovaciones y/o modificaciones de tasa de interés que se acordaren entre el deudor y acreedor, quedando subsistente la obligación solidaria, no obstante cualquier arreglo o convenio sobre el monto y forma de pagar la obligación, sea que éstas alteren o no la moneda en que se expresa la obligación adeudada; Pagaré Exportadores D7 4
5 b) Libera a CORPBANCA de la obligación del protesto de este documento; c) Su responsabilidad y la de sus herederos y/o sucesores tendrá el carácter de indivisible para todos los efectos legales y en especial para los dispuesto en los artículos 1526 Nº 4 y 1528 del Código Civil; d) Su responsabilidad no se verá afectada, liberada o disminuida en forma alguna, por otras garantías que se hayan constituido, se constituyen con esta fecha, o que en adelante se constituyan para seguridad de la misma obligación, y que se liberen total o parcialmente en el futuro y su responsabilidad solidaria mantendrá su plena vigencia por el total de la obligación avalada, aún cuando otra persona tome sobre sí la obligación avalada, en cualquier forma, y aunque dicha tercera persona se haga cargo del activo y pasivo del deudor o introduzca modificaciones a la sociedad deudora. CORPBANCA y quien sus derechos represente, queda desde luego autorizado para modificar, sustituir, alzar o renunciar, en todo o parte, las garantías que actualmente estén constituidas, se constituyan con esta fecha, o que en el futuro se constituyan para caucionar las obligaciones a que se refiere el presente instrumento, ninguna de las cuales se consideraron por quien o quienes se constituyen en avalista (s), del presente pagaré y en fiador (es) y codeudor (es) solidario (s) de la obligación en él contenida; e) Para todos los efectos legales de este aval, cada avalista constituye domicilio especial en la comuna señalada en el encabezamiento de este pagaré y se somete a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia; En, a de del año (1) FIRMA AVALISTA (2) FIRMA AVALISTA Nombre y Apellidos (Razón Social) del avalista (1) Dirección Informativa Ciudad Comuna Teléfono RUT Pagaré Exportadores D7 5
6 Comparece en este acto doña Nº casada en régimen de comunidad de bienes con don precedentemente individualizado, domiciliada en calle Nº Comuna de y expone: que autoriza el aval, fianza y codeuda solidaria constituida por su cónyuge en favor de CORPBANCA para caucionar las obligaciones arriba singularizadas con los intereses, reajustes, las prórrogas, renovaciones que se otorguen al deudor y costas de toda índole que su cobranza judicial y extrajudicial irrogue, para los efectos previstos en el artículo 1749 del Código Civil. En, a de del año FIRMA Nombre y Apellidos (Razón Social) del avalista (2) Dirección Informativa Ciudad Comuna Teléfono RUT Comparece en este acto doña Nº casada en régimen de comunidad de bienes con don precedentemente individualizado, domiciliada en calle Nº Comuna de y expone: que autoriza el aval, fianza y codeuda solidaria constituida por su cónyuge en favor de CORPBANCA para caucionar las obligaciones arriba singularizadas con los intereses, reajustes, las prórrogas, renovaciones que se otorguen al deudor y costas de toda Pagaré Exportadores D7 6
7 índole que su cobranza judicial y extrajudicial irrogue, para los efectos previstos en el artículo 1749 del Código Civil. En, a de de año FIRMA N O T A R I O Autorizo la (s) firma (s) puesta (s) en este documento por: Información Interna Operación Nº Pagaré Exportadores D7 7
PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales)
PAGARE (Moneda Nacional No Reajustable Cuotas Desiguales) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de pesos, moneda chilena,
Más detallesNegociación de la Carta de Crédito: corresponde al pago, en cualquier forma, que efectúe CorpBanca cuando la carta de Crédito es la vista.
PAGARE (Acreditivo, Moneda Extranjera) Crédito Documentario Local Nº Cantidad (Moneda y Monto) Debo y pagaré (Debemos y pagaremos), solidaria e incondicionalmente a la orden de CorpBanca, el de del año
Más detallesP A G A R E. Debo y pagaré (debemos y pagaremos) a la orden de CORPBANCA, en su oficina de. Nº, Comuna de, el día de de 20, la suma de
P A G A R E Línea de Sobregiro Empresa y Persona Natural con Giro Debo y pagaré (debemos y pagaremos) a la orden de CORPBANCA, en su oficina de, de calle Nº, Comuna de, el día de de 20, la suma de pesos.
Más detallesPAGARE (Acreditivo, Pesos)
PAGARE (Acreditivo, Pesos) Crédito Documentario Local Nº Cantidad (Moneda y Monto) Debo y pagaré (Debemos y pagaremos), solidaria e incondicionalmente a la orden de CorpBanca, el de del año en su oficina
Más detallesA. Desde esta fecha y hasta la fecha de negociación de la Carta de Crédito en el exterior, el capital declarado adeudar devengará un interés del
PAGARE (Acreditivo, Moneda Extranjera) Crédito Documentario Nº Cantidad (Moneda y Monto) Debo y pagaré (Debemos y pagaremos), solidaria e incondicionalmente a la orden de CorpBanca, el de del año en su
Más detallesContrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:
Página 1 de 5 Garantía y Mandato Fecha del Contrato: Nº de referencia del Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:
Más detallesSOLICITUD DE PRESTAMO Nº
SOLICITUD DE PRESTAMO Nº Fecha Recepción ( Completar con letra imprenta ) IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO R.U.T. Nº APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES DOMICILIO PARTICULAR (Calle, Nº, Depto., Villa o Población)
Más detallesPAGARE (Unidades de Fomento Cuotas Desiguales Tasa Fija)
PAGARE (Unidades de Fomento Cuotas Desiguales Tasa Fija) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de moneda corriente
Más detallesDebo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº
PAGARE (Moneda Nacional, No Reajustable Cuotas Iguales de Capital e Intereses) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de a suma
Más detallesPAGARE (Boleta de Garantía en Pesos, No reajustable)
PAGARE (Boleta de Garantía en Pesos, No reajustable) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº comuna de la suma de Pesos, moneda chilena,
Más detallesPAGARE UNICO CON ESPACIOS EN BLANCO
PAGARE UNICO CON ESPACIOS EN BLANCO No 00 ENTIDAD PRESTARIA CAPITAL INTERES VENCIMIENTO FINAL Yo (Nosotros (as) y domiciliado (as) en la ciudad de mayor(es) de edad, identificados (as) como aparecen al
Más detallesCONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS
CONTRATO MARCO PARA EL OTORGAMIENTO DE CARTAS FIANZAS Conste que el presente documento privado denominado Contrato Marco para el Otorgamiento de Cartas Fianzas (EL CONTRATO) que celebran, de una parte
Más detallesPAGARE EXPORTADORES (Unidades de Fomento)
PAGARE EXPORTADORES (Unidades de Fomento) D9 Debo y pagaré (Debemos y pagaremos) solidaria e incondicionalmente, el de del año a la orden de CorpBanca, en su oficina de calle Nº de esta ciudad, comuna
Más detallesCONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA
CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-
Más detallesBDD-CCON-33154329-71-55450-150313-1-10154 BDD-CCON-33177169-71-55450-250613-1-20190 BDD-CCON-33278215-72-424680-250313-1-10135
Nº Documento 17.675.680-3315439 1/ 17.675.680- Cód. Nº Valor Valor Cód. $ 55.450 $ 55.450 de Ciencias Físicas y Matemáticas 15/03/013 1 Número de Documento Fecha 3315439 15/03/013 1 1/ BDD-CCON-3315439-71-55450-150313-1-10154
Más detallesCONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA CORRIENTE (Personas Jurídicas y Naturales con Giro)
CONTRATO DE LINEA DE CREDITO PARA CUENTA CORRIENTE (Personas Jurídicas y Naturales con Giro) Entre CORPBANCA, sociedad del giro bancario, en adelante "el Banco", por una parte, y por la otra, "el Comitente",
Más detallesCOOPERATIVA ALIANZA LTDA
PAGARE EN BLANCO Pagare No _ Valor _ Fecha de vencimiento _ Yo (Nosotros) _ nos obligamos a pagar solidariamente, incondicional e indivisible a la orden de COOPERATIVA ALIANZA LTDA o a quien sus derechos
Más detallesNORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO
III.A.1-1 NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO 1.- Las empresas bancarias, sociedades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito
Más detalles8.- Tabla de desarrollo de los mutuos.
Capítulo 8-4 Pág. 4 8.- Tabla de desarrollo de los mutuos. Las instituciones acreedoras deberán protocolizar en una Notaría las tablas de desarrollo de los mutuos hipotecarios de que se trata y dejar constancia,
Más detallesAnexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria
Anexo L-1 Modelo de Fianza y Codeuda Solidaria En [ ciudad], Chile, comparecen, a/ la sociedad [ nombre de la Persona que cumple con la Condición Crediticia Aceptable y que es fiadora y codeudora], representada
Más detallesIII.A.1-1 Normas Financ. Acuerdo N 1032-01-030109 - Circular N 3013-474 NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y
III.A.1-1 NORMAS DE ENCAJE PARA LAS EMPRESAS BANCARIAS, SOCIEDADES FINANCIERAS Y COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO 1.- Las empresas bancarias, sociedades financieras y las cooperativas de ahorro y crédito
Más detallesCONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR
CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula
Más detallesUniversidad Diego Portales Condiciones Generales de Matrícula. Matrícula Alumnos Nuevos Año Académico 2012
Universidad Diego Portales Condiciones Generales de Matrícula Matrícula Alumnos Nuevos Año Académico 2012 El ingreso del alumno a la Universidad Diego Portales, en adelante LA UNIVERSIDAD, se formaliza
Más detallesCONVENIO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO EN CUENTA CORRIENTE DE CREDITO DESTINADA A CUBRIR EVENTUALES PAGOS DE BOLETAS DE GARANTIA.
CONVENIO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO EN CUENTA CORRIENTE DE CREDITO DESTINADA A CUBRIR EVENTUALES PAGOS DE BOLETAS DE GARANTIA. En, a de de, entre el Banco BICE, en adelante el Banco representado por
Más detallesTexto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:
Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.
Más detallesSistema de Gestión de Calidad
CONTRATO DE MUTUO LIQUIDEZ FACTORING S.A. -a-. ******** En Santiago de Chile, a de del año dos mil ; a) por una parte, como mutuante, la sociedad LIQUIDEZ FACTORING S.A., sociedad del giro de su denominación,
Más detallesPagaré Importaciones D5
D5 PAGARE (Importaciones) Debo y Pagaré (Debemos y Pagaremos) incondicionalmente, el de del año a la orden de CORPBANCA, en su oficina de calle Nº, de esta ciudad, comuna de la suma de US$ ( )dólares de
Más detallesLey 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario
Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley
Más detallesLEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios
LEY N 20.572 (1) Reprogramación de Créditos Universitarios Artículo primero.- Apruébase la siguiente ley de reprogramación de créditos universitarios: (2) Artículo 1º.- Los deudores de los Fondos Solidarios
Más detallesPUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.
CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques
Más detallesFecha de Actualización Noviembre de 2011.
Fecha de Actualización Noviembre de 2011. PAGARE No. (1). Nosotros, (2), con NIT (3) y domicilio principal en la ciudad de (4), representada en este acto por (nombre del representante legal) (5), identificado(a)
Más detallesCESION DE CREDITOS (Facturas Sin Responsabilidad)
CESION DE CREDITOS (Facturas Sin Responsabilidad) Comparecen: El cedente, que se individualiza al pie del presente contrato, en adelante también indistintamente "el cliente"; y por la otra CorpBanca, sociedad
Más detallesPeriodo de gracia: días Periodicidad de Pago: Solicito la entrega del cronograma final a la dirección que mantiene el Banco en sus sistemas.
ANEXO DEL CONTRATO DE CRÉDITO Y/O LÍNEA DE CRÉDITO PEQUEÑA EMPRESA B Y MICROEMPRESA (PYME) HOJA RESUMEN Información de los Costos y Condiciones Crediticias. Ley 27768 / Resolución S.B.S. N 1765 2005 y
Más detallesPagaré Cuentas Corrientes Bancarias y/o de Ahorro. Encabezamiento
Pagaré Cuentas Corrientes Bancarias y/o de Ahorro Encabezamiento (1) Pagaré No.: (2) Otorgante(s): (3) Deudor (es): (4) Fecha de suscripción: (5) Saldo insoluto de la obligación en la fecha de diligenciamiento
Más detallesLos promedios antes señalados se determinarán considerando los saldos al cierre de cada uno de los días corridos del respectivo "período mensual".
Hoja 1 CAPÍTULO 4-1 ENCAJE Para el cumplimiento del encaje dispuesto en el Capítulo III.A.1 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile, los bancos deberán atenerse a los siguientes
Más detallesCONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:
CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo
Más detallesBANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
CIRCULAR No. 019-2011-BCRP Créditos de Regulación Monetaria CONSIDERANDO: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de la facultad que le es atribuida en los artículos 24, 58º y 59º de su Ley Orgánica,
Más detalles1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES
1. TERMINOLOGÍA DE LOS EFECTOS COMERCIALES LETRA DE CAMBIO: Documento mercantil por el cual una persona, denominado librador del efecto, manda u ordena pagar a otra, denominada librado, una determinada
Más detallesCómo se hace para? Deben efectuar este trámite los sujetos o responsables del pago de los impuestos contemplados en la Ley.
EFECTUAR DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS (Formulario N 24) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes.
Más detallesCapítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario
Más detallesCONTRATO DE PRESTAMO PRENDARIO POR L. «Monto» VENCE: «Vencimiento»
CONTRATO DE PRESTAMO PRENDARIO POR L. «Monto» VENCE: «Vencimiento» Yo «Nombre de Solicitante», mayor de edad, «NacionalidadSol», «EstadoCivilSol», con domicilio en «Ciudad», «Departamento» y con CEDULA
Más detallesCONTRATO DE PRESTAMO PERSONAL POR L. «Monto» VENCE: «Vencimiento»
CONTRATO DE PRESTAMO PERSONAL POR L. «Monto» VENCE: «Vencimiento» Yo «Nombre de Solicitante», mayor de edad, «NacionalidadSol», «EstadoCivilSol», con domicilio en «Ciudad», «Departamento» y con CEDULA
Más detallesCONTRATO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO IMPORT- EXPRESS Entre CORPBANCA, sociedad anónima bancaria, en adelante también el BANCO, representado por
CONTRATO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO IMPORT- EXPRESS Entre CORPBANCA, sociedad anónima bancaria, en adelante también el BANCO, representado por el apoderado que suscribe, y el ORDENANTE o el DEUDOR,
Más detallesLISTADO DE LOS BENEFICIARIOS AL CREDITO EDUCATIVO MUNICIPAL
LISTADO DE LOS BENEFICIARIOS AL CREDITO EDUCATIVO MUNICIPAL NOMBRES Y APELLIDOS CEDULA TELEFONO WILLIAM FERNANDO RAMOS PAREDES 83239640 8324265 EDUARD FACUNDO ORTIZ 83240028 3203009792 LEIDY XIMENA TRUJILLO
Más detallesI. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO
COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES
Más detallesCONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE PLAN DE SERVICIOS FINANCIEROS
CONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE PLAN DE SERVICIOS FINANCIEROS Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante también el Banco, representado por su(s) apoderado(s) que firma(n) al final del presente
Más detallesCONTRATO DE CRÉDITO TAXI PLAN:
CONTRATO DE CRÉDITO TAXI PLAN: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO Por el presente documento LA CAJA otorga un crédito al CLIENTE, operación de crédito para la adquisición de un vehículo a Gas Natural Vehicular.
Más detallesREPROGRAMACIONES CON FINANCIAMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE. I.- REPROGRAMACIONES DE CREDITOS AL SECTOR PRO- DUCTIVO.
CAPITULO 8-30 (Bancos y Financieras) MATERIA: REPROGRAMACIONES CON FINANCIAMIENTO DEL BANCO CENTRAL DE CHILE. I.- REPROGRAMACIONES DE CREDITOS AL SECTOR PRO- DUCTIVO. A) DEUDAS REPROGRAMADAS AL SECTOR
Más detallesFORMULARIO DE SOLICITUD. Préstamo Personal SOLICITANTE. 1 - Datos Personales Nombre/s Apellidos/s
FORMULARIO DE SOLICITUD Préstamo Personal SOLICITANTE 1 - Datos Personales D.N.I. N CUIT/CUIL Teléfono Particular Celular Mail Fecha de Nacimiento Nacionalidad Sexo Estado civil: Casado Soltero Viudo Divorciado
Más detallesCONVENIO DE LINEA DE CREDITO DESTINADA A CUBRIR PAGOS DE CARTAS DE CREDITO E IMPORTACIONES PAGADERAS AL CONTADO (TASA LIBOR)
CONVENIO DE LINEA DE CREDITO DESTINADA A CUBRIR PAGOS DE CARTAS DE CREDITO E IMPORTACIONES PAGADERAS AL CONTADO (TASA LIBOR) En, a de de, entre el Banco BICE, en adelante el Banco representado por don(ña)
Más detallesCONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CREDITO FORMATO C0003-2007
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE CREDITO FORMATO C0003-2007 Conste por el presente documento, la condiciones generales del contrato de crédito que celebran de una parte la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Más detallesFACTURACION Y GARANTIAS
FACTURACION Y GARANTIAS El proceso de facturación y solicitud de garantías a la prestación de servicios portuarios que entregue el Terminal Cerros de Valparaíso S.A., se regirá por las siguientes disposiciones,
Más detallesPOLIZA DE SEGURO QUE CUBRE EL PAGO DE CUOTAS DEL SERVICIO DE LA DEUDA, POR DESEMPLEO DEL DEUDOR
POLIZA DE SEGURO QUE CUBRE EL PAGO DE CUOTAS DEL SERVICIO DE LA DEUDA, POR DESEMPLEO DEL DEUDOR Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 1 90 031 Artículo 1.- Cobertura A virtud de la presente
Más detallesPAGARE A LA ORDEN CON VENCIMIENTOS SUCESIVOS CC/RUC CC/RUC
No. Préstamo: PAGARE A LA ORDEN CON VENCIMIENTOS SUCESIVOS Vence: POR USD. $. Yo/nosotros, /RUC /RUC Debo (emos) y pagaré (emos) incondicionalmente en la ciudad de, o en lugar que se me (nos) solicite,
Más detallesSeguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales
Seguro Colectivo de Gastos Funerarios Condiciones Generales Zurich Vida Compañía de Seguros, SA Objeto La compañía se obliga a pagar los gastos por Servicios Funerarios hasta la suma asegurada contratada
Más detallesCONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL
CONTRATO DE PRÉSTAMO PERSONAL ENTRE: De una parte BANCO MÚLTIPLE PROMERICA DE LA REPUBLICA DOMINICANA, S. A., sociedad comercial organizada y existente de conformidad con las leyes de la República Dominicana,
Más detallesCONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013.
1.- COBERTURA ARTICULO Nº 1: CONDICIONES GENERALES SEGURO DE DESGRAVAMEN Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 88 013. En virtud de este plan de Seguro de Desgravamen, la compañía aseguradora
Más detallesCONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )
CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional
Más detallesFecha: T.C. Referencial 6 : Solicito la entrega del cronograma final personalmente.
T.C. Referencial 6 : Solicito la entrega del cronograma final personalmente. ANEXO AL CONTRATO DE PRÉSTAMOS PERSONALES Y ESTABLECIMIENTOS Hoja Resumen de los costos y condiciones crediticias (Ley 28587
Más detallesCORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION CHILE LÍNEA DE CREDITO PARA INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS ( IFNB ) LÍNEA DE CRÉDITO C.
CHILE LÍNEA DE CREDITO PARA INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS ( IFNB ) LÍNEA DE CRÉDITO C.1 La CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN, en adelante la Corporación o CORFO, ofrece a intermediarios
Más detallesNombres y Apellidos/Razón Social:... Nombre del Representante:... Doc. Identidad:... Domicilio:. RUC:... FIRMA:...
CONTRATO DE MUTUO Conste que el presente documento denominado CONTRATO DE MUTUO que celebran, de una parte la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE MAYNAS S.A., con RUC Nº 20103845328, con domicilio para
Más detallesCIRCULAR Nº 364. 3. El Contrato de Fianza y Codeuda Solidaria de Contempora Factoring S.A., se acompaña en el anexo 2 de la presente Circular.
CIRCULAR Nº 364 Santiago, 11 de febrero de 2016 La Bolsa de Productos de Chile, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A., en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Manual de Operaciones con Facturas,
Más detallesCIRCULAR Nº 318. La presente Circular y sus anexos se encuentran disponibles en nuestro Portal Web, www.bolsadeproductos.cl
CIRCULAR Nº 318 Santiago, 12 de septiembre de 2014 La Bolsa de Productos de Chile, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A., en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Manual de Operaciones con Facturas,
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES En San Bernardo,,se celebra el siguiente contrato de Prestación de Servicios Educacionales, entre: el Colegio Instituto San Pablo Misionero, representado
Más detallesSupervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)
Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la
Más detalles1. Características de las boletas de garantía.
Hoja 1 CAPÍTULO 8-11 BOLETAS DE GARANTIA 1. Características de las boletas de garantía. 1.1. Generalidades. La boleta de garantía es una caución que constituye un banco, a petición de su cliente llamado
Más detallesCONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO AUTOMÁTICA EN CUENTA CORRIENTE (LCA) (Persona Natural con Giro Persona Jurídica)
CONDICIONES COMUNES AL CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO AUTOMÁTICA EN CUENTA CORRIENTE (LCA) () Por este acto, el Banco Santander Chile, en adelante también el Banco, representado por su(s) apoderado(s) que
Más detallesCONTRATO DE MUTUO, PRENDA COMERCIAL, PRENDA INDUSTRIAL, PRENDA AGRARIA Y FIANZA SOLIDARIA (Utilizados para créditos individuales)
CONTRATO DE MUTUO, PRENDA COMERCIAL, PRENDA INDUSTRIAL, PRENDA AGRARIA Y FIANZA SOLIDARIA (Utilizados para créditos individuales) Nosotros: por una parte, mayor de edad,,.., de este domicilio, portador
Más detallesMODELO I AVAL BANCARIO
MODELO I AVAL BANCARIO En, a.. de...de.... (Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito) con domicilio en., representado en este acto por D. con facultades suficientes para ello en virtud de.., de
Más detallesSEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098.
SEGURO COLECTIVO TEMPORAL DE VIDA Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código POL 2 92 098. CONDICIONES GENERALES ARTICULO 1º DEFINICION DE LA COBERTURA En los términos de la presente póliza, el
Más detallesMODELO DE PAGARE CRÉDITO HIPOTECARIO. DESTINO DEL CRÉDITO: Adquisición de vivienda nueva o usada
MODELO DE PAGARE CRÉDITO HIPOTECARIO PAGARE NÚMERO: OTORGANTE: VALOR: FECHA DE VENCIMIENTO: TASA DE INTERES REMUNERATORIA: DESTINO DEL CRÉDITO: Adquisición de vivienda nueva o usada social Construcción
Más detallesCONTRATO DE MUTUO CON GARANTIA DE FIANZA SOLIDARIA y ENDOSO DE CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO
CONTRATO DE MUTUO CON GARANTIA DE FIANZA SOLIDARIA y ENDOSO DE CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO Crédito No:.. En la Ciudad de el día, nosotros, 1).. en nombre y representación de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD
Más detallesOPERACIONES CON DERIVADOS EN EL MERCADO EXTERNO. I.- OPERACIONES CON INSTRUMENTOS DERIVADOS.
CAPITULO 13-35 (Bancos) MATERIA: OPERACIONES CON DERIVADOS EN EL MERCADO EXTERNO. I.- OPERACIONES CON INSTRUMENTOS DERIVADOS. 1.- Generalidades. Los bancos están facultados para realizar, por cuenta propia,
Más detallesCAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA)
RECOPILACION ACTUALIZADA DE NORMAS Hoja 1 CAPÍTULO 9-2 (BORRADOR PARA CONSULTA PÚBLICA) OPERACIONES CON BONOS HIPOTECARIOS 1. Bonos hipotecarios. De conformidad con lo dispuesto en el N 2 del artículo
Más detallesTÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero
TÍTULO XIII Del contrato de arrendamiento financiero CAPÍTULO I Delimitación del contrato Artículo 5131-1. Concepto. El contrato de arrendamiento financiero es aquel por el que una parte, el arrendador
Más detallesPrograma de Educación Financiera de El Salvador
Programa de Educación Financiera de El Salvador Cuál es el Objetivo del Programa? Fortalecer la comprensión de usuarios e inversionistas, actuales y potenciales sobre los beneficios, costos y riesgos de
Más detallesCONTRATO DE REESTRUCTURACION DE CRÉDITO
CONTRATO DE REESTRUCTURACION DE CRÉDITO Crédito No.: En la Ciudad de el día, nosotros, 1).. en nombre y representación de BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA, que en lo sucesivo del presente contrato para
Más detallesCIRCULAR Nº 301. La presente Circular y sus anexos se encuentran disponibles en nuestro Portal Web, www.bolsadeproductos.cl
CIRCULAR Nº 301 Santiago, 10 de marzo de 2014 La Bolsa de Productos de Chile, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A., en virtud de lo establecido en el artículo 4º del Manual de Operaciones con Facturas,
Más detallesEntre el BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), domiciliado
Entre el BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), domiciliado en Caracas, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el de julio de,
Más detallesPAGARÉ DE CRÉDITO TASA VARIABLE. 3. TASA DE INTERÉS REMUNERATORIA EFECTIVA ANUAL: D.T.F. + puntos
PAGARÉ DE CRÉDITO TASA VARIABLE ENCABEZAMIENTO 1. PAGARÉ No.: 2. VALOR DEL CRÉDITO: 3. TASA DE INTERÉS REMUNERATORIA EFECTIVA ANUAL: D.T.F. + puntos 4. LUGAR PARA EL PAGO DEL CRÉDITO: 5. PLAZO DEL CREDITO:
Más detallesPÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA ALMACENES PARTICULARES. Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120140388 PRIMERO: REGLAS APLICABLES
PÓLIZA DE SEGURO ESPECIAL PARA ALMACENES PARTICULARES Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120140388 PRIMERO: REGLAS APLICABLES Se aplicarán al presente contrato de seguro las disposiciones
Más detallesCONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,
Más detallesCAPITULO III.E.1 CUENTAS DE AHORRO A PLAZO
CAPITULO III.E.1 III.E.1-1 CUENTAS DE AHORRO A PLAZO Se autoriza a las empresas bancarias, en adelante "instituciones financieras", para abrir y mantener "Cuentas de Ahorro a Plazo", las que deberán sujetarse
Más detallesProyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO
FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,
Más detallesCONTRATO DE PRESTAMO
ESTIMADO SEÑOR CLIENTE LEA CON DETENIMIENTO CADA UNA DE LAS CLAUSULAS DEL PRESENTE CONTRATO, DE NECESITAR ALGUNA EXPLICACION ADICIONAL CONSULTAR CON CUALQUIERA DE NUESTROS FUNCIONARIOS QUE GUSTOSOS ABSOLVERAN
Más detallesNIT CÓDIGO PAGARÉ EN MONEDA LEGAL Crédito de Redescuento
NIT CÓDIGO PAGARÉ EN MONEDA LEGAL Crédito de Redescuento Pagaré N : N de operación (referencia BANCÓLDEX): Línea con cargo a la cual se solicita el crédito Comercio Exterior [ ] Capital de Trabajo [ ]
Más detallesCUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA FINES ESPECÍFICOS I. CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR.
Hoja 1 CAPÍTULO 2-9 CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA FINES ESPECÍFICOS I. CUENTAS DE AHORRO A PLAZO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR. 1. Cuentas de Ahorro a Plazo para la Educación Superior. De conformidad con
Más detallesSOLICITUD APERTURA DE CARTA DE CREDITO
SOLICITUD APERTURA DE CARTA DE CREDITO MORANDÉ 226, SANTIAGO, CHILE. USO EXCLUSIVO DEL BANCO: TELÉFONO : 692 6000 Nº Carta Crédito : RUT.:97.018.000 1 Corresponsal: Reembolso: Sírvanse abrir por nuestra
Más detallesContribuyentes. 1.- A qué se refiere el beneficio de la letra A) del Artículo 57 bis de la Ley de la Renta
INCENTIVOS AL AHORRO (ART. 57 BIS, LETRA A, LEY DE LA RENTA) Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo
Más detallesCONTRATO DE PRÉSTAMO
CONTRATO DE PRÉSTAMO Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRÉSTAMO, que suscriben de una parte, LA ENTIDAD DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA SOLIDARIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL S.A.C.
Más detallesII.2 Valoración de Instrumentos de Renta Variable Nacionales y Extranjeros
Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro IV, Título III, Capítulo II Valoración de Instrumentos, Operaciones y Contratos Nacionales y Extranjeros de los Fondos de Pensiones II.2 Valoración
Más detallesMANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A.
MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS S. A. MANUAL DE TITULOS REPRESENTATIVOS DE FACTURAS BOLSA DE PRODUCTOS DE CHILE, BOLSA DE PRODUCTOS
Más detallesCONTRATO DE GARANTÍA SOBRE DEPÓSITOS BANCARIOS REPRESENTADOS EN TÍTULOS VALORES
CONTRATO DE GARANTÍA SOBRE DEPÓSITOS BANCARIOS REPRESENTADOS EN TÍTULOS VALORES Conste por el presente documento el CONTRATO DE GARANTÍA SOBRE DEPÓSITOS BANCARIOS REPRESENTADOS EN TÍTULOS VALORES, que
Más detallesFINANCIERA CARRION S.A. E.F.C.
I N D I C E CONDICIONES GENERALES 1) AMBITO DE APLICACIÓN 2 2) CONDICIONES GENERALES 2 3) NORMAS DE VALORACION 2 4) GASTOS DE CORREO, TELEX TELEFONO 2 5) OTROS GASTOS 2 6) MODIFICACION Y ACTUALIZACION
Más detallesFondos de Inversión de Capital Extranjero Ley Nº 18.657 LEY Nº 18.657(1) AUTORIZA CREACION DE FONDO DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO TITULO I
LEY Nº 18.657(1) AUTORIZA CREACION DE FONDO DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO TITULO I De los Fondos de Inversión de Capital Extranjero y de su Administración Artículo 1º. Podrán acogerse a las disposiciones
Más detallestema 1 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago contenido, características y ventajas A. El recibo
tema 1 Legislación mercantil básica La gestión de cobros en pequeños negocios o microempresas Fórmulas de reclamación de impagados 1. LEGISLACIÓN MERCANTIL BÁSICA 1.1. Documentos físicos de cobro y pago
Más detallesHOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO
HOJA RESUMEN DE CRÉDITO HIPOTECARIO Ley Nº 29571 - Ley Nº 28587 - Resolución SBS Nº 8181-2012 EL CLIENTE declara haber sido informado y haber recibido explicación detallada sobre las tasas de interés,
Más detallesSecretaría General CAPÍTULO III.B.5 NORMAS FINANCIERAS CAPÍTULO III.B.5
Secretaría General CAPÍTULO III.B.5 NORMAS FINANCIERAS CAPÍTULO III.B.5 INVERSIONES FINANCIERAS Y OPERACIONES DE CRÉDITO DE EMPRESAS BANCARIAS HACIA EL EXTERIOR Acuerdo N 1714-03-121025 Circular N 3013-711
Más detallesPAGARÉ PERSONA NATURAL O PERSONA JURÍDICA VERSIÓN 6 FECHA: 14-11-2014
(1) Fecha:.. (2) Valor: $... (3) Vence: Deudor(es) y declaro(mos) que adeudo(damos) y pagaré(mos) solidaria, incondicional e indivisiblemente a la orden y en las oficinas del BANCO WWB S.A., domiciliado
Más detalles