MEMORIA DE LOS CAMBIOS EFECTUADOS EN LA PROPUESTA DE. PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (marzo 2014)
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- José Carlos Quintana Sevilla
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1 MEMORIA DE LOS CAMBIOS EFECTUADOS EN LA PROPUESTA DE PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Septiembre 2015
2 índice Página 1. OBJETO 3 2. ANTECEDENTES 4 3. CAMBIOS EFECTUADOS EN LA PROPUESTA DE PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (marzo 2014) A RESULTAS DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA 7 4. PROPUESTA DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS DOMÉSTICOS Y COMERCIALES NECESIDAD DE REVISIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
3 1. OBJETO La presente memoria tiene por objeto explicar los cambios efectuados en la propuesta de Plan Estratégico de , de fecha marzo de 2014, respecto al documento previo que había sido sometido a información pública en febrero de 2013 (BOPA de 25-II-2013). En particular, se describe la propuesta de gestión para los residuos domésticos y comerciales, justificando su adecuación al principio de jerarquía y el cumplimiento de los objetivos legales de reciclaje. Con esta memoria se da cumplimiento a las Sentencias 544/2015 y 584/2015, dictadas el 6 y el 20 de julio de 2015, respectivamente, por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en los procedimientos ordinarios 277/14 y 240/14, y por las que se estiman sendos recursos contencioso-administrativos interpuestos contra el acuerdo del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias de 12 de marzo de 2014, por el que se aprobó el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias En la Sentencia 544/2015, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias falla estimar en parte el recurso interpuesto por la Asociación de Amigos de la Naturaleza (ANA) y por el Grupo D Ornitoloxía MAVEA contra el citado acuerdo que anulamos y, con retroacción de las actuaciones al momento anterior al mismo, se proceda a dar publicidad a la propuesta de Plan Estratégico efectuada por la Consejería de Fomento el día 11 del mismo mes. Por su parte, en la Sentencia 584/2015, la citada Sala falla estimar el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carreño contra el citado acuerdo del Consejo de Gobierno que se anula y deja sin efecto. 3
4 2. ANTECEDENTES La Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente sometió a información pública durante un plazo de 45 días, a contar a partir del 25 de febrero de 2013, la versión inicial del Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias y su Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA). Previamente se había realizado la fase de consultas previas a administraciones e interesados sobre un documento preliminar del Plan. Durante la fase de información pública se recibieron 465 alegaciones, versando sobre las cuestiones siguientes. (A) Contenidos del Plan Estratégico de : - Errores o mejora de datos del diagnóstico. - Jerarquía en la gestión de los residuos - Traslado de residuos y principios de autosuficiencia y proximidad. - Propuestas al programa de prevención de residuos. - Proyección de la generación de residuos domésticos y comerciales. - Recogida separada de residuos domésticos y comerciales. - Ineficiencia de la planta de clasificación de basura bruta. - Combustible Derivado de Residuos (CDR). - Incineración de residuos. - Competencias de los Ayuntamientos. - Residuos industriales. - Subproductos. - Declaración de la recogida de aceites industriales usados como servicio público. - Lodos de depuradora. - Residuos agrícolas, ganaderos y pesqueros. - Residuos de Construcción y Demolición (RCD). - Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). - Vehículos Fuera de Uso (VFU). - Neumáticos Fuera de Uso (NFU). - Residuos sanitarios. - Programas horizontales. - Reparos al modelo público de gestión. - Empleo del sector de los residuos. 4
5 - Necesidad de desarrollo normativo. - Balance del Plan Básico de Gestión de Residuos Seguimiento del Plan. (B) Contenidos del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA): - El ISA incumple el Documento de referencia. - Análisis de alternativas. - Evaluación de la afección a elementos ambientales y otros por el ISA. - Efectos sobre la salud y el medio ambiente, en particular sobre la calidad del aire, de la incineradora. (C) Procedimiento de tramitación del Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias y su Informe de Sostenibilidad Ambiental: - Participación de los ayuntamientos en la elaboración del Plan de Residuos. - Participación pública. - Debate en la Junta General del Principado de Asturias. - Plan Territorial Especial Supramunicipal de COGERSA. (D) Alegaciones sobre cuestiones económico-financieras vinculadas al Plan Estratégico de : - Insuficiencia de la información económico-financiera del Plan. - Afección a la estabilidad económico-financiera de los Ayuntamientos. En fecha 11 de marzo de 2014 la Dirección General de Calidad Ambiental, previo informe de la Comisión para Asuntos Medioambientales de Asturias (CAMA), dicta resolución sobre la Memoria Ambiental del Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias , en la que se valora la integración de los aspectos ambientales en la propuesta del Plan, se analiza el proceso de evaluación, el Informe de Sostenibilidad Ambiental y su calidad, el resultado de las consultas realizadas y cómo se ha tomado en consideración, y la previsión de los impactos significativos de la aplicación del Plan. En esa misma fecha, la Consejera de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente eleva al Consejo de Gobierno la propuesta de Plan Estratégico de (marzo 2014), para su aprobación. Esta propuesta incorpora una serie de cambios respecto al documento que había sido sometido a información pública en febrero de 2013, cambios que suponen mejoras en la versión inicial, y que responden a alegaciones presentadas durante el proceso de participación. 5
6 En fecha 12 de marzo de 2014 el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias aprueba el Plan Estratégico de El texto íntegro del Plan fue publicado en el BOPA de 20-III Contra el acto de aprobación del Plan, se interpusieron cuatro recursos contenciosoadministrativos por parte de Foro Ciudadanos, Ayuntamiento de Carreño, Ayuntamiento de Corvera de Asturias y Asociación de Amigos de la Naturaleza (ANA) junto con el Grupo D Ornitoloxía MAVEA ; resultando estimados los dos citados en el apartado 1 de esta memoria. 6
7 3. CAMBIOS EFECTUADOS EN LA PROPUESTA DE PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (marzo 2014) A RESULTAS DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA A resultas del proceso de participación pública y de la evaluación ambiental del Plan Estratégico de , se realizaron en el documento que se elevó al Consejo de Gobierno el 11 de marzo de 2014 una serie de cambios respecto a la versión inicial de febrero de El cambio más significativo es el que afecta a determinadas instalaciones para la gestión de los residuos domésticos y comerciales, aunque también se incorporan nuevas medidas relacionadas con la protección de la calidad del aire y la salud, el procedimiento de seguimiento y revisión del Plan, y el empleo que se prevé generar. Propuesta de gestión para los residuos domésticos y comerciales La gestión para los residuos domésticos y comerciales en Asturias que se plantea presenta ligeras variaciones respecto a la propuesta que figuraba en el documento sometido a información pública en febrero de 2013: - Se modifica, a la baja, la previsión de generación de residuos domésticos y comerciales en el año 2020, que en la nueva versión del Plan (marzo 2014) se reduce en t. - Se incrementa el objetivo de recogida separada en origen para los residuos producidos en los hogares y comercios (papel y cartón, metales, plástico y vidrio). Si en un principio el objetivo era incrementar la recogida separada un 53% en 2020 respecto a 2011; en el nuevo escenario el esfuerzo ha de ser mayor: incrementar un 95% la recogida separada en 2020 respecto a Las dos cuestiones anteriores posibilitan la supresión, al menos en un primer momento, de la denominada Planta de clasificación de basura bruta, desplazando el esfuerzo de reciclaje a los puntos de generación. Algunas alegaciones recibidas durante la información pública, y el propio Consorcio para la Gestión de los Residuos Sólidos en Asturias (COGERSA) habían cuestionado la idoneidad de esta planta por su alta inversión (
8 ), el alto coste de explotación (20-40 /t tratada) y el bajo rendimiento en recuperación material (se estima una recuperación de materiales del 7 %). - Se reduce la capacidad de la planta de valorización energética por incineración a construir por COGERSA (determinada por los residuos domésticos, los lodos de depuradora, y los residuos industriales no peligrosos), pasando de t/año (febrero 2013) a t/año (marzo 2014). En el apartado 4 de esta memoria, se abunda en la propuesta de gestión de residuos, justificándose su adecuación al principio de jerarquía y el cumplimiento de los objetivos de reciclaje. Protección de la calidad del aire y la salud En la fase de información pública del Plan, varios alegantes mostraron su preocupación por los efectos que la planta de valorización energética de COGERSA podría tener en la calidad del aire y en la salud de las personas. Si bien en la línea de actuación 8 (LA 08) de la versión inicial del Plan ya se recogía que la valorización energética se llevará acabo aplicando las mejores tecnologías disponibles necesarias para cumplir los límites de emisión establecidos en la normativa específica en esta materia (Real Decreto 815/2013) y cuyo cumplimiento garantizará la ausencia de efectos negativos sobre el medio ambiente y la salud, en el documento de marzo de 2014 se añadieron nuevas medidas relativas a la calidad del aire y la protección de la salud: Realización de un Plan de Calidad del Aire para el entorno de potencial afección de la futura planta de incineración, una vez se determine éste a partir de la ubicación y características de la planta Diseño de campañas específicas dirigidas a informar al ciudadano sobre la valorización energética de los residuos Realización de estudios de salud pública y salud ambiental que permitan identificar la presencia o ausencia de efectos no previstos sobre la salud de las personas, directa o indirectamente relacionados con la implantación de las principales infraestructuras del modelo de gestión de residuos domésticos Diseño e implantación de un modelo predictivo de evaluación de la calidad del aire en el entorno de potencial afección de la incineradora, que 8
9 permita regular las actividades con incidencia en dicha calidad del aire y adecuarlas a la situación atmosférica prevista. Seguimiento y revisión del Plan Para reforzar los mecanismos de seguimiento del Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias, el nuevo documento de marzo de 2014 incluye la previsión de que este seguimiento se lleve a cabo, al menos, en el seno del Observatorio de la Sostenibilidad. Se trata éste de un órgano asesor del titular de la Consejería, creado en 2008 en el marco de la concertación social, constituido entre otros por los agentes económicos y sociales. Adicionalmente, en el apartado 5 de esta memoria se explican determinadas circunstancias que aconsejan una revisión temprana del Plan. Empleo Entre las alegaciones presentadas al Plan, se formularon varias entre ellas las de las organizaciones sindicales relativas al interés de valorar los efectos del Plan Estratégico de Residuos sobre el empleo. Ello motivó la inclusión en la nueva versión de marzo de 2014 de un Anexo 7 titulado El PERPA y su efecto sobre el empleo, que concluye que el despliegue de las actuaciones programadas generaría unos empleos directos y otros si se tiene en cuenta el empleo indirecto e inducido. 9
10 4. PROPUESTAS DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS DOMÉSTICOS Y COMERCIALES El modelo de gestión para los residuos domésticos y comerciales en el documento de febrero de 2013 que se sometió a información pública, se resume en el siguiente esquema. En la propuesta de Plan Estratégico de Residuos de marzo de 2014, el modelo de gestión se mantiene en lo fundamental, si bien se introducen nuevas propuestas en los términos que se describe a continuación. 10
11 Producción de residuos domésticos y comerciales En el documento inicial del Plan (febrero 2013) se estimaba una cantidad de t de residuos domésticos y comerciales recogidos separadamente (vidrio, papel y cartón, otros envases), y t de bolsa negra (incluyendo residuo comercial mezclado). Esto además de t de biorresiduo doméstico y comercial también recogido separadamente. O sea, un total de toneladas, de las cuales el 42,21% procederían de recogida separada. En el documento que se elevó al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias (marzo 2014), la cantidad de residuos domésticos y comerciales recogidos separadamente (vidrio, papel y cartón, otros envases) se elevaría a toneladas, la bolsa negra serían toneladas, y se mantienen las toneladas de biorresiduo doméstico y comercial recogido separadamente. En total, toneladas, de las cuales el 52,79% procederían de recogida separada. La metodología de estimación de residuos generados en el horizonte 2020 se modificó entre febrero de 2013 y marzo de 2014, en base a los siguientes supuestos: 11
12 - En febrero de 2013 se tomó como representativo en cuanto a la generación de residuos urbanos el periodo (anterior a la crisis económica y consecuente caída del consumo). Se supuso que la tasa de generación de residuo doméstico crecería al mismo ritmo que en dicho periodo hasta 2020, tasa que se aplicó sobre la población que se prevé en Asturias en dicho año. A ello se aplicó un abatimiento del crecimiento previsto en la producción de residuos en Asturias, como consecuencia del desarrollo de las medidas de prevención previstas. - En marzo de 2014, la metodología se modifica en el sentido de que no se hacen proyecciones basadas en datos históricos ni se usan las previsiones de evolución de la población. Simplemente se aplica el objetivo legal de reducir en 2020 la generación de residuos un 10% en peso respecto a 2010 para los residuos domésticos y comerciales, en un planteamiento más ambicioso que el de la propia ley, que aplica este objetivo de reducción del 10% al conjunto de los residuos (incluidos los industriales). Este mayor esfuerzo de prevención redunda en una cifra estimada de entrada al modelo más modesta. Planta de clasificación de basura bruta El doble efecto de la disminución de la cantidad de residuos generados y el incremento porcentual de la separación en origen permiten compensar la desaparición de la Planta de clasificación de basura bruta, con un rendimiento de material recuperado de sólo el 7,5%. No obstante, la propuesta de Plan de marzo de 2014 establece que en el caso de que la información disponible en 2017 sobre la cantidad de residuos obtenidos mediante recogida separada indicase el potencial incumplimiento del citado objetivo, se analizará la necesidad de promover y construir una planta de clasificación de basura bruta, que permita recuperar hasta un 7% de materiales (vidrio, papel, metales y envases ligeros) de la bolsa negra, debiendo estar operativa esta instalación en Residuos destinados a valorización energética La cantidad de residuos destinados a la planta incineradora con valorización energética era de t en el documento inicial de febrero de Esta cifra resulta de sumar los residuos procedentes de la Planta de clasificación de basura bruta, los rechazos de las plantas de clasificación de residuos recogidos 12
13 separadamente, los rechazos de las plantas de compostaje, los rechazos de la planta de fabricación de CDR (Combustible Derivado de Residuos) a partir de residuos industriales no peligrosos, y la parte de los lodos secados térmicamente y no destinados a compostaje. Por otra parte, inicialmente se fabricaban t de CDR destinados a valorización energética en instalaciones industriales. Sin embargo, la cantidad de residuos destinados a valorización energética (en la planta incineradora de COGERSA y en otras instalaciones industriales) disminuye en la propuesta de marzo de 2014, ya que la cantidad de residuos que entrarían en la incineradora de COGERSA sería de t (en vez de t) y se generarían t de CDR (en vez de t). Jerarquía de residuos El artículo 8.1 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados establece que las administraciones competentes, en el desarrollo de las políticas y de la legislación en materia de prevención y gestión de residuos, aplicarán para conseguir el mejor resultado ambiental global, la jerarquía de residuos por el siguiente orden de prioridad: a) Prevención; b) Preparación para la reutilización; c) Reciclado; d) Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética; y e) Eliminación. El apartado 8.2 señala, no obstante, que si para conseguir el mejor resultado medioambiental global en determinados flujos de residuos fuera necesario apartarse de dicha jerarquía, se podrá adoptar un orden distinto de prioridades previa justificación por un enfoque de ciclo de vida sobre los impactos de la generación y gestión de esos residuos, teniendo en cuenta los principios generales de precaución y sostenibilidad en el ámbito de la protección medioambiental, viabilidad técnica y económica, protección de los recursos, así como el conjunto de impactos medioambientales sobre la salud humana, económicos y sociales. De lo expuesto en los apartados anteriores se deduce que, a pesar de posponer la inversión de la Planta de clasificación de basura bruta, la gestión de residuos que se propone en el documento de marzo de 2014 cumple con el principio de jerarquía, al 13
14 maximimizarse el esfuerzo en los primeros escalones de la jerarquía (prevención, reutilización y reciclaje) y minimizarse los residuos que se gestionan en los últimos escalones valorización energética y eliminación en vertedero). Objetivo de reciclaje del 50% Asimismo, apuntar que tanto la primera como la segunda propuesta están diseñadas para alcanzar el objetivo establecido en la legislación de que en el año 2020 un 50% en peso de los residuos domésticos y comerciales se destinen a la reutilización y el reciclaje. Para la determinación del porcentaje de preparación para la reutilización y reciclado de residuos domésticos y similares se utiliza el método 4 de la Decisión 2011/753/UE de 18 de noviembre de 2011, por la que se establecen normas y métodos de cálculo para la verificación del cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, dado que es la fórmula adoptada para el cálculo por el Estado español. En conclusión, se considera que la propuesta de gestión para los residuos domésticos y comerciales que diseña la propuesta de Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias (marzo 2014), no sólo respeta el principio de jerarquía de la gestión de residuos y permite alcanzar el objetivo de reciclaje del 50% en el año 2020, sino que resulta más exigente ambientalmente que el inicial (febrero 2013), al plantear un mayor esfuerzo de recogida separada, reducir el porcentaje de residuos destinados a valorización energética, y reducir la capacidad neta de la instalación de valorización energética por incineración (que pasa de t/año en la propuesta de febrero de 2013 a t en la propuesta de marzo de 2014). 14
15 5. NECESIDAD DE REVISIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE RESIDUOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Aunque en el capítulo de seguimiento del Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias se prevé una revisión general a los 6 años de vigencia del Plan y evaluaciones intermedias cada 2 años, durante el año 2015 se han producido una serie de circunstancias que inducen a realizar una revisión más temprana del Plan: la aprobación de nueva normativa en materia de residuos, y la próxima aprobación del Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos. Novedades legislativas Desde la fecha de aprobación del Plan de Residuos por el Consejo de Gobierno (12 de marzo de 2014), han entrado en vigor diversas disposiciones normativas en materia de residuos, tanto en el ámbito europeo como estatal, que afectan a algunos de los subplanes previstos. A continuación se recogen las más relevantes. Normativa europea - REGLAMENTO (UE) 1357/2014 de la Comisión de 18 de diciembre de 2014, por el que se sustituye el anexo III de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas. - DECISIÓN de la Comisión de 18 de diciembre de 2014, por la que se modifica la DECISIÓN 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Normativa estatal - Real Decreto 180/2015, de 30 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del Estado (deroga parcialmente el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio). - Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). 15
16 - Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. Entre otros aspectos, estos reales decretos establecen nuevas obligaciones en gestión de residuos; en el caso de los traslados de residuos y de los RAEE una nueva ordenación del flujo; unos objetivos de recogida y reciclado más ambiciosos en el flujo de recogida de pilas y acumuladores portátiles, y en el de RAEE; y distintos plazos para la ejecución de las previsiones contenidos en los mismos. Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos La segunda circunstancia que incidirá en la planificación de residuos a nivel autonómico es la próxima aprobación por parte del Estado español del Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR), cuya versión inicial ha sido sometida a consultas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente el 2 de junio de 2015, junto con su Estudio Ambiental Estratégico. La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, establece en su artículo 14.1 que el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos contendrá la estrategia general de la política de residuos, las orientaciones y la estructura a la que deberán ajustarse los planes autonómicos, así como los objetivos mínimos a cumplir de prevención, preparación para la reutilización, reciclado, valorización y eliminación. Ello implica, como reconoce la propia versión inicial del PEMAR, que para garantizar el cumplimiento de los objetivos nacionales, las CCAA deberán cumplir como mínimo esos objetivos con los residuos generados en su territorio, salvo que la normativa sectorial establezca criterios específicos de cumplimiento. Esto es, los planes autonómicos de residuos deben adecuarse a los objetivos que finalmente se establezcan en el Plan Estatal. Tanto los cambios normativos como los cambios en la planificación del Estado en materia de residuos se indican como causas de revisión en el apartado E) Sistemas de seguimiento y evaluación del Plan del Plan Estratégico de Residuos. En base a todo ello, se propone que en el apartado de revisión del Plan Estratégico de se refleje el compromiso de que en el plazo de 3 meses desde la aprobación definitiva del mismo, se inicie el procedimiento para su revisión. 16
17 Esta revisión incorporará las actualizaciones que procedan por cambios normativos y los que se deriven de la aprobación del Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos y, previa evaluación del conjunto de alternativas que existan para tratar la fracción resto, se optará por aquella que, siendo viable técnica y económicamente, tenga el menor impacto ambiental. La nuevas instalaciones contempladas en el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias para el tratamiento de la fracción resto (incluida la valorización energética), quedarán supeditadas al resultado de la aludida evaluación. No se consideran nuevas instalaciones, las ya existentes y en funcionamiento cuya ampliación se contemple en el Plan. 17
Índice. 1. Objeto y alcance del Estudio 2. Situación de partida
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