Boletín Oficial. de la Provincia de Córdoba. Diputación de Córdoba S U M A R I O. Depósito Legal: CO Núm. 52 Lunes, 20 de marzo de 2006

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1 Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Diputación de Córdoba Núm. 52 Lunes, 20 de marzo de 2006 Depósito Legal: CO FRANQUEO CONCERTADO 14/2 TARIFAS DE INSCRIPCIÓN Precio Suscripción anual... 92,50 euros Suscripción semestral... 46,25 euros Suscripción trimestral... 23,12 euros Suscripción mensual... 7,70 euros VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS: Número del año actual... 0,61 euros Número de años anteriores... 1,28 euros INSERCIONES DE CARÁCTER GENERAL: Por cada palabra: 0,164 euros Por gráficos o similares (mínimo 1/8 de página): 30,90 euros por 1/8 de página. Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL Administración y Talleres: Imprenta Provincial Avenida del Mediterráneo, s/n. (Parque Figueroa) Teléfono Fax Distrito Postal Córdoba bopcordoba@dipucordoba.es ADVERTENCIAS: Los Alcaldes y Secretarios dispondrán se fije un ejemplar del B.O.P. en el sitio público de costumbre y permanecerá hasta que reciban el siguiente. Toda clase de anuncios se enviarán directamente a la Diputación de Córdoba para que autorice su inserción. S U M A R I O SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO Córdoba. Derechos y Seguridad Ciudadana.... ANUNCIOS OFICIALES Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial. Unidad de Recaudación Ejecutiva Núm. 1. Córdoba.... Instituto de Empleo. Servicio Público de Empleo Estatal. Negociado de Sanciones. Córdoba.... Tesorería General de la Seguridad Social. Dirección Provincial. Administración Núm. 17/03. Girona.... Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial. Córdoba.... DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.... Servicio de Hacienda AYUNTAMIENTOS Priego de Córdoba, Santa Eufemia, Hornachuelos, Palma del Río, Pozoblanco y Córdoba... ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Juzgados. Pozoblanco, Lucena y Córdoba... ANUNCIOS DE SUBASTA Ayuntamientos. Córdoba... Juzgados. Montilla... OTROS ANUNCIOS Cámara Oficial de Comercio e Industria. Córdoba.. Comunidad de Regantes de Villafranca de Córdoba. Villafranca de Córdoba (Córdoba)

2 1838 Lunes, 20 de marzo de 2006 B. O. P. núm. 52 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO CÓRDOBA Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Juan Carlos Fernández López. N.I.F.: X Domicilio: Calle Cuartelejos, 18 Localidad: El Viso. Provincia: Córdoba. Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/200. Organismo denunciante: Guardia Civil de Dos Torres Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Miguel Hernández Ordóñez N.I.F.: H Domicilio: Calle Solana 30 Localidad: Escalonilla. Provincia: Toledo. Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/192. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 23.a) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos 147.2, y 156.i) del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Miguel Pantoja Risquez. N.I.F.: N Domicilio: Ur. El Torilejo 21 B B Localidad: Pozoblanco. Provincia: Córdoba. Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/180. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Miguel Calatayud Suárez N.I.F.: E Domicilio: Av. Gran Vía Parque, 19-3.º-1 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba. Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/177. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Raúl Núñez Mendoza N.I.F.: G Domicilio: Calle Libertador Simón Bolivar, Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada direc-

3 B. O. P. núm. 52 Lunes, 20 de marzo de tamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/136. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 23.a) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos 147.2, y 156.i) del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Ángel Suárez Jiménez N.I.F.: X Domicilio: Calle Libertador R. Mora, 37 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/131. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 5.3 del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas y artículos 23.a) y 28.1.a) y b) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Daniel Alejandr López Gómez N.I.F.: H Domicilio: Calle Pasaje Batalla de Lepanto, 6 B 2 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo sesenta y uno de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/126. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 23.a) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos 147.2, y 156.i) del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Antonio Moreno Blanco N.I.F.: J Domicilio: Calle Libertador Andrés Salvador, 3-3.º A Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/122. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 5.3 del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas y artículos 23.a) y 28.1.a) y b) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don José María Domínguez Díaz N.I.F.: D Domicilio: Calle Hospital 7 Localidad: Zalamea la Real. Provincia: Huelva Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo sesenta y uno de la Ley treinta de mil novecientos noventa y dos ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/115. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-

4 1840 Lunes, 20 de marzo de 2006 B. O. P. núm. 52 cas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Rafael Muñoz Ruiz N.I.F.: C Domicilio: Calle José María Valdenebro Localidad: La Rambla. Provincia: Córdoba. Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/112. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Cristóbal López Marín N.I.F.: X Domicilio: Calle Priego de Córdoba, 13-5-º-2 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/104. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Julia Gavilán García N.I.F.: E Domicilio: Calle Huerto San Pedro el Real 11-2.º Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/103. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Antonio García Lancharro N.I.F.: Y Domicilio: Calle General Lázaro Cárdenas, 15 bajo Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/97. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Sebastián Rico Mansilla N.I.F.: M Domicilio: Ur. El Torilejo 11-1D Localidad: Pozoblanco. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/86. Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León.

5 B. O. P. núm. 52 Lunes, 20 de marzo de Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don José Castro Nieto N.I.F.: L Domicilio: Calle Torremolinos, 8 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/78 Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don Jesús Arenas Pérez N.I.F.: Y Domicilio: Calle Camino Alto, bloque B, puerta 5 Localidad: Priego de Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/68. Organismo denunciante: Guardia Civil de Moriles. Artículo infringido: Artículo 23.a) de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y artículos 147.2, y 156.i) del Real Decreto 137/93 de 29 de enero, Reglamento de Armas. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don José Domingo Corpas Muñoz N.I.F.: Y Domicilio: Calle Especieros, 4, 1.º 4 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 6/55 Organismo denunciante: Comisaría de Policía de Córdoba Artículo infringido: Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. Derechos y Seguridad Ciudadana Núm Para dar cumplimiento al artículo 59.5 y teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 61, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, se cita y emplaza a: Don tomás Villar Rey N.I.F.: G Domicilio: Calle Libertador Andrés de Santa Cruz, 20-1.º 1 Localidad: Córdoba. Provincia: Córdoba Para que comparezca, por sí o por representante acreditado, en la Sección de Derechos y Seguridad Ciudadana de esta Subdelegación del Gobierno en Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, para que a la vista de los cargos que se formulan en el acuerdo de iniciación del expediente sancionador que más abajo se indica, pueda alegar lo que a su derecho convenga, aportando documentos y proponiendo la prueba de que intente valerse, por haber resultado infructuosa la referida notificación cursada directamente al interesado en el domicilio que se indica, en aplicación al artículo 61 de la Ley 30/1992 ya citada. Para el caso de no efectuar alegaciones en el plazo indicado, la iniciación se considerará como propuesta de resolución. Expediente número: 5/2912 Organismo denunciante: Inspección y Seguridad Renfe-Córdoba. Artículo infringido: Artículo 90.2.f) de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre del Sector Ferroviario. Córdoba, 27 de febrero de El Secretario General, José Antonio Caballero León. ANUNCIOS OFICIALES Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Unidad de Recaudación Ejecutiva Nº 1 CÓRDOBA Núm Notificación de Valoración de Bienes Inmuebles embargados a través de anuncio. La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 1 de Córdoba. En esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue expediente administrativo de apremio contra el deudor Doña María Mercedes González Núñez, con DNI F, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en Finca Los Melonares, de de Almodóvar del Rio, donde se remitió con fecha 14 de febrero de 2006, la notificación al deudor de la valoración de los bienes inmuebles embargados, de la que se acompaña copia adjunta al presente edicto, las cuales fueron devueltas por el Servicio de Correos. Por tanto según lo dispuesto en el Artº 58 y siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

6 1842 Lunes, 20 de marzo de 2006 B. O. P. núm. 52 Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación mediante el presente anuncio. Córdoba, 16 de marzo de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas.- Notificación al deudor de valoración de bienes inmuebles embargados (TVA-503) Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe mas abajo se indica, sin haberlas satisfecho y habiéndose procedido con fecha 28/6/05 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se trascribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda. IMPORTE DEUDA: PRINCIPAL: 202,55 euros. RECARGO: 40,51 euros. COSTAS DEVENGADAS: 174,29 euros. TOTAL: 417,35 euros. La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación mas alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación, Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Y para que sirva de Notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario en su condición de deudor se expide la presente notificación. Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formular Recurso de Alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a los dispuesto en el articulo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada el mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantía para el pago de la deuda. Córdoba, 14 de febrero de La Recaudadora Ejecutiva Justa Zafra Cañas. RELACION DE BIENES EMBARGADOS: (con valoración de los mismos) Deudor: GONZALEZ NUÑEZ MARIA MERCEDES. Finca número: 01. DATOS REGISTRO REG: 02 Nº TOMO: 1638 Nº LIBRO: 903 Nº FOLIO: 154 Nº FINCA: Importe de la tasación: 1212,74 euros. DATOS FINCA Descripción Finca: 100% nuda pr. Localidad: Cordoba. Provincia: Córdoba. Código Postal: DESCRIPCIÓN AMPLIADA URBANA: 100% NUDA PROP. PLAZA DE APARCAMIENTO NUMERO 18, SITUADA EN LA PLANTA SOTANO DEL NUMERO 2 DE LA CALLE ISLA MENORCA, EN CORDOBA. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA, CON INCLUSION DE SU PARTICIPACION EN LOS ALEMENTOS COMUNES, DE 25 METROS, 43 DECIMETROS CUADRADOS. LINDA POR SU FRENTE, CON CALLE DE CIRCULACION Y MANIOBRA, POR LA DERECHA ENTRANDO, CON LA PLAZA DE APARCAMIENTO NUMERO 19 POR LA IZQUIERDA, CON PLAZA DE APARCA- MIENTO NUMERO 17, Y POR EL FONDO, CON ZONA DE CIMENTACION DEL EDIFICIO. TITULARES: MARIA MERCEDES GONZALEZ NUÑEZ CON EL 100% DE LA NUDA PROPIEDAD CON CARACTER PRIVATIVO Y RAFAEL GONZALEZ ESTEPA Y MARIA MERCEDES NUÑEZ REQUENA, CON EL 100% DEL USUFRUCTO VITALICIO, SIMULTANEO Y SUCESIVO, CON CARACTER GANANCIAL. Córdoba, a 14 de febrero de La Recaudadora Ejecutiva, Justa Zafra Cañas. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales INSTITUTO DE EMPLEO Servicio Público de Empleo Estatal Negociado de Sanciones CÓRDOBA Núm ANEXO Don Luis Barrena Cabello, Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, en Córdoba, hace saber: Que la Dirección Provincial del S.P.E.E. ha remitido Resolución Sobre Suspensión en materia de prestaciones por desempleo (3 meses de suspensión por no renovación de la demanda), a Dª Rosario Ruiz Bermúdez con domicilio en Córdoba C/ Libertador Simon Bolivar,11-6 bajo 1 y, que no habiéndosele podido notificar por el Servicio de Correos, en el domicilio que consta en esta Dirección Provincial, la referida comunicación al resultar devuelta la carta con la indicación de «Desconocido», es por lo que se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el Art de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), para que sirva de notificación al interesado, que deberá personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial. Córdoba, 20 de diciembre de El Director Provincial P.A. S/O.M.21/5/96. Fdo.: José Luis Calderon Vigara. El Director Provincial del INEM, Luís Barrena Cabello. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales INSTITUTO DE EMPLEO Servicio Público de Empleo Estatal Negociado de Sanciones CÓRDOBA Núm ANEXO Don Luis Barrena Cabello, Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, en Córdoba, hace saber: Que la Dirección Provincial del S.P.E.E. ha remitido Comunicación de Propuesta de Suspensión en materia de prestaciones por desempleo (suspensión por dejar de reunir requisitos), a Dª Magdalena Moya Ruiz con domicilio en Córdoba calle Bartolomé Polo y Raigón, 13 y, que no habiéndosele podido notificar por el Servicio de Correos, en el domicilio que consta en esta Dirección Provincial, la referida comunicación al resultar devuelta la carta con la indicación de «Desconocido», es por lo que se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el Art de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27/11/92), para que sirva de notificación al interesado, que deberá personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial. Córdoba, 2 de diciembre de El Responsable de Prestaciones de la Oficina de Empleo, José López Vacas. El Director Provincial P.A. S/O.M.21/5/96. Fdo.: José Luis Calderon Vigara. El Director Provincial del INEM, Luís Barrena Cabello.

7 B. O. P. núm. 52 Lunes, 20 de marzo de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales INSTITUTO DE EMPLEO Servicio Público de Empleo Estatal Negociado de Sanciones CÓRDOBA Núm ANEXO Por esta Dirección Provincial, se ha emitido Resolución Sobre Suspensión de Prestaciones, relativas a los trabajadores que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el Art.59.5 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, S/N en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial. RESOLUCIÓN SOBRE SUSPENSIÓN DE PRESTACIONES D.N.I.; APELLIDOS Y NOMBRE; FECHA SUSPENSIÓN; MOTIVO DE LA SANCIÓN; CAUSA DEVOLUCIÓN ; Munzón Hidalgo, Francisco J.; 27/10/2005; No Renovación Demanda Empleo; Se Ausentó ; Rubio Córdoba, Juan Antonio; 01/09/2005; No Renovación Demanda Empleo; Desconocido. Examinado el expediente sancionador iniciado por el siguiente motivo: (VER RELACIÓN PRECEDENTE), de fecha: (VER RELACIÓN PRECEDENTE), y en atención a los siguientes HECHOS 1º Se le comunicó una propuesta de sanción por dicho motivo, concediéndole el plazo de 15 días para que alegara las razones pertinentes, según lo dispuesto el número 4, del artículo 37 del Reglamento General sobre el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE nº 132 de 3 de junio). 2º Que SI/NO presenta alegaciones que modifiquen la propuesta inicial a los que son de aplicación los siguientes: FUNDAMENTOS DE DERECHO I. Los motivos expresados en la propuesta son causa de la pérdida de la prestación por desempleo durante un mes, según lo dispuesto en el número 1, letra a), del artículo 47 del Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de Agosto (B.O.E. nº 189, de 8 de Agosto), según la nueva redacción dada por la Ley 45/2002, de 12 de diciembre (B.O.E. nº 298 de 13/12/02), y por el Art. 46 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre (B.O.E. nº 313 de 31/12/03). II. El número 4 del Art. 48 de esta misma Ley autoriza al Servicio Público de Empleo Estatal, a dictar Resolución sobre esta materia. Esta Dirección Provincial, en base a los preceptos citados y demás de general aplicación ha resuelto suspenderle la prestación que esta siendo percibida por Vd. por el periodo de un mes transcurrido el cual, le será reanudada de oficio la prestación siempre que mantenga la situación de desempleo. Se advierte que de no estar conforme de con el acuerdo adoptado, dispone de 30 días contados des la recepciones presente Resolución, para interponer ante esto Organismo, a través de su Oficina Empleo, la preceptiva Reclamación Previa a la vía jurisdiccional, según lo dispuesto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/95 de 7 de abril (BOE nº 86 de 11 de abril). El Director Provincial del INEM, Luis Barrena Cabello. S/O.M. 21/5/96, José Luis Calderón Vigaria. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales INSTITUTO DE EMPLEO Servicio Público de Empleo Estatal Negociado de Sanciones CÓRDOBA Núm ANEXO Por parte de las oficinas de empleo, se ha emitido Comunicación/ es de Propuesta de Suspensión o Extinción de Prestaciones, relativas a los trabajadores que aparecen en relación adjunta, no habiéndose podido notificar por el servicio de correos, por resultar desconocido/ausente sus destinatarios en el domicilio que obra en esta Dirección Provincial. La presente publicación se realiza en virtud de lo dispuesto en el Art de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación a dichos trabajadores, que deberán personarse en esta Dirección Provincial sita en Avda. Conde Vallellano, s/n en el plazo de 15 días, a partir de su publicación, instando así mismo a todo aquel que conozca otro domicilio de los trabajadores referenciados para que lo comunique a esta Dirección Provincial. COMUNICACIÓN DE PROPUESTA DE SUSPENSIÓN O EXTINCIÓN DE PRESTACIONES APELLIDOS Y NOMBRE. DNI. TIPO PROPUESTA. FECHA INICIAL. HECHO/MOTIVO. BAJA CAUTELAR. CAUSA DEVOLUCIÓN. Infante Ávila, Antonio; ; Suspensión; 23/11/2005; No Renovación Demanda Empleo; 23/11/2005; Ausente. Mateos Ortega, Sonia; ; Suspensión; 25/05/2005; No Renovación Demanda Empleo; 01/06/2005; Desconocido Ruiz Ávila, Manuel; ; Suspensión; 02/11/2005; No Renovación Demanda Empleo; 02/11/2005; Ausente. Ruiz Romero, José Enrique; ; Suspensión; 23/01/ 2006; No Renovación Demanda Empleo; 23/01/2006; Ausente. De acuerdo con la información obrante en este Instituto, se halla Vd., en una presunta situación irregular respecto a la prestación por desempleo que viene percibiendo. En virtud de ello, se le comunica que se inicia un proceso sancionador por este Instituto con la siguiente propuesta: TIPO DE PROPUESTA:(VER RELACIÓN PRECEDENTE) FECHA INICIAL: (VER RELACIÓN PRECEDENTE) HECHO/MOTIVO: (VER RELACIÓN PRECEDENTE) El hecho señalado supone una infracción leve, de acuerdo con lo establecido en la letra a), del nº 3, del artículo 24 del Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8 de agosto), modificado por las Leyes 45/2002, de 12 de diciembre y 62/2003, de 30 de diciembre. Según lo dispuesto en el número 4 del artículo 37 del Reglamento General sobre los procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/98, de 14 de mayo (BOE nº 132 de 3 de junio), dispone de 15 días a partir de la fecha de recepción de la presente comunicación para formular, por escrito, ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal las alegaciones que estime oportunas, documentalmente acreditadas. Transcurrido dicho plazo, se dictará la Resolución correspondiente. Al mismo tiempo se le comunica que en aplicación de lo dispuesto en el número 1.d) del artículo 47 del Real Decreto Legislativo 5/ 2000, se ha procedido a cursar baja cautelar en su prestación, con fecha (VER RELACIÓN PRECEDENTE), en tanto se dicte la mencionada Resolución. Por otro lado, en cumplimiento del Art de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero, y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente: El nº del expediente que se inicia con esta comunicación es el de su D.N.I., Pasaporte o N.I.E. El Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con el Art del ya citado Reglamento General, dispone de un plazo de seis meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el Art de la mencionada Ley 30/92, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito. Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa. El Director Provincial del INEM, Luis Barrena Cabello. S/O.M. 21/5/96, José Luis Calderón Vigara.

8 1844 Lunes, 20 de marzo de 2006 B. O. P. núm. 52 Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales INSTITUTO DE EMPLEO Servicio Público de Empleo Estatal Negociado de Sanciones CÓRDOBA Núm REMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 30/92 Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de prestaciones por desempleo, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar. Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2 del art. 33 del Real Decreto 625/85 dispone de 30 días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm.: de el Banco Santander Central Hispano (BSCH) a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal. También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del Real Decreto 625/85. Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo reglamentario de pago voluntario, la cantidad adeudada se incrementará, de acuerdo con lo establecido en el art del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con los siguientes recargos : - Durante el primer mes posterior al período de pago reglamentario, el 3 % - Durante el segundo mes posterior al período de pago reglamentario, el 5 % - Durante el tercer mes posterior al período de pago reglamentario, el 10 % - A partir del cuarto mes posterior al período de pago reglamentario, el 20 % Transcurrido el plazo reglamentario de pago voluntario sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado la deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el art del Real Decreto 625/85. Contra esta resolución, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de abril (B.O.E. nº 86 de 11 de abril), podrá interponer, ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal. Relación de Resolución de Percepción Indebida de Prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 B.O.P. Interesado. D.N.I. Expediente. Importe. Tipo. Recargo. Importe con Recargo. Período. Motivo CAMPUZANO MORALES, ANGELA ROCIO; ; ; 103,35; 3%-5%-10%-20%; 106,45-108,52-113,69-124,02; 20/04/ /04/2005; NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª GONZALEZ GUTIERREZ, EVA MARIA; ; ; 22,26; 3%-5%-10%-20%; 22,93-23,37-24,49-26,71; 29/09/ /09/2003; COLOCACION POR CUENTA AJENA LOPEZ MILLAN, MIGUEL ANGEL; ; ; 49,12; 3%-5%-10%-20%; 50,59-51,58-54,03-58,94; 15/12/ / 12/2004; NO RENOVACION DE DEMANDA TRIMESTRAL-1ª Córdoba, a 22 de febrero de El Director Provincial, Luis Barrena Cabello. S/O.M. 21/5/96, José Luis Calderón Vigara. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial Administración 17/03 GIRONA Núm Anuncio de citación para notificación Doña Enriqueta Ayats Planagumá, Recaudador de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social número 17/03, hace saber que: Al no haber sido posible las notificaciones a los interesados que se relacionan en el anexo que se acompaña, a pesar de haberse intentado de forma reglamentaria, se procede conforme a lo establecido en los artículos 58, 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a requerirlos para que en el plazo de 8 días a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia comparezcan ante esta Unidad, en la calle Sant Rafael, 11 de Figueres, para ser notificadas debidamente. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo para comparecer. Expediente: N.A.F.: Razón Social: Manuel Martín González Concepto: Requerimiento de bienes. Documento: Girona a 3 de febrero de La Recaudador, Enriqueta Ayats Planagumá. JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Obras Públicas y Transportes Delegación Provincial CÓRDOBA Núm Anuncio de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Córdoba sobre publicación de notificación en expedientes de autorizaciones de transporte de la clase MPC. Habiendo sido intentada la notificación a la entidad que a continuación se relaciona en el domicilio que se indica, sin haber podido efectuar la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio de la presente se procede a notificar: Nombre: Comercial Alfredo Porras, S.L. Dirección: Pg. Las Peñuelas, s/n Lucena (Córdoba). Asunto: Notificación para subsanar, expte. 1404/11323/2005, Visado de autorización clase MPC-S8. Vista la solicitud para la instrucción del expediente en el asunto referenciado, promovido por el solicitante don Alfredo Porras García, en representación de la empresa Comercial Alfredo Porras, S.L., sobre el visado de la autorización de transportes MPC, ámbito Nacional. De conformidad con lo previsto en el artículo 71.1, Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se le requiere para que en el plazo de diez días aporte los siguientes documentos: Permiso de circulación del vehículo. Ficha de Inspección Técnica del vehículo, con ITV en vigor. Justificante de haber pagado la Tasa. Último boletín de cotización a la S.S. (TC-2) o si aún no se tiene, el alta del trabajador en la Seguridad Social. Fotocopia del permiso de conducir del conductor. Certificación acreditativa de inexistencia de deudas referidas al IAE, IVA e Impuesto de Sociedades y de haber presentado las declaraciones correspondientes a dichos impuestos en los últimos doce meses.

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