2. Aprobar el Proyecto de la Cámara que impone sentencias de cárcel mandatorias en todo delito de portación y posesión de armas de fuego ilegales.
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- Juan Campos Escobar
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1 RESUMEN DE LAS 30 NUEVAS ESTRATEGIAS PARA ENFRENTAR DE INMEDIATO LOS TIROTEOS EN LUGARES PÚBLICOS, LOS ROBOS DOMICILIARIOS Y EL USO ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO PROPUESTAS POR EL REPRESENTANTE JORGE COLBERG TORO 1. Presentar y aprobar un proyecto de ley para transformar la Unidad de Operaciones Tácticas (DOT), conocida como la Fuerza de Choque, y convertirla en la Nueva Unidad de Intervención contra la Violencia en las Calles (Gun Squad) cuya única función será la vigilancia e intervención de respuesta inmediata ante todo evento que suscite o provoque el uso o disparos de armas de fuego en lugares públicos, residencias, centros comerciales, espacios públicos y calles. La Unidad contará con la totalidad de los 930 agentes adscritos a DOT en las 13 regiones que operan al presente. Esta Unidad, será entrenada y equipada con sistemas de detección de disparos por sensores acústicos mediante la instalación de mapas de localización digital portátiles en sus unidades de transporte. 2. Aprobar el Proyecto de la Cámara que impone sentencias de cárcel mandatorias en todo delito de portación y posesión de armas de fuego ilegales. 3. Aprobar el proyecto de la Cámara que establece que toda alegación pre acordado que envuelva delitos de armas ilegales conllevará pena mandatoria de cárcel y sin derecho a programas de desvío. 4. Aprobar la medida que ordena al Departamento de Corrección y Rehabilitación a establecer un nuevo sistema de rehabilitación de confinados fundamentado en la transformación de la cárceles y centros correccionales de custodia en centros de estudios vocacionales, educativos y universitarios; para disponer de un nuevo programa de bonificaciones a confinados que demuestren aprovechamiento académico, aprueben satisfactoriamente evaluaciones de medición de conducta, labor social y arrepentimiento; para crear el comité asesor de la nueva política pública, el diseño del nuevo currículo educativo; y para otros fines. 5. Aprobar el proyecto de ley que propone enmendar los Artículos 5.04, 5.06, 5.09 y 7.05 del Capítulo V de la Ley Núm. 404 de 11 de septiembre de 2000, según enmendada; y enmendar el inciso (7) de la Regla 72 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, a los fines de fortalecer, redefinir y ampliar la política pública del Estado Libre Asociado en la estrategia gubernamental, cívica y comunitaria para prevenir, intervenir y erradicar la venta, importación y distribución de armas ilegales en Puerto Rico; establecer un sistema de penas proporcional a la severidad de la conducta imputada y sancionar, con una mayor severidad, la portación y la posesión ilegal de un arma de fuego; disponer entre las exclusiones de responsabilidad penal, por el delito de portación y uso ilegal de un arma de fuego,
2 haber presentado una solicitud de renovación de una licencia vencida, sin que la misma haya sido denegada por la autoridad competente; incluir el delito de facilitar un arma de fuego a un tercero, dentro de la jurisdicción de este mandato; limitar la discreción del Ministerio Público al realizar alegaciones pre-acordadas en los delitos de portación ilegal de un arma de fuego, cuando se impute que la misma ha sido utilizada en la comisión de un delito grave o su tentativa; tipificar el delito de importar armas de fuego ilegales a la jurisdicción del Estado Libre Asociado e imponer pena fija de cárcel mandatoria y consecutiva de sentencias y para excluir a todo convicto incurso en la comisión de los delitos expresamente delimitados en esta Ley el privilegio de sentencia suspendida. 6. Aprobar el proyecto que crea el Negociado de las Fuerzas Conjuntas contra el Crimen Organizado, Narcotráfico y las Armas Ilegales dentro del cuerpo de la Policía de Puerto Rico; establecer su estructura operacional, delimitar sus funciones, deberes y responsabilidades; crear el cargo de Inspector en Jefe a Cargo de Crimen Organizado; asignar fondos; establecer un nuevo currículo de Justicia Criminal; establecer un Reglamento Especial de Servicios Generales; establecer un plan de vigilancia en las costas, puertos y aeropuertos; prohibir el uso ilegal de tecnología destinada a la investigación y procesamiento criminal y disponer sanciones; para enmendar el inciso (c) del Artículo 15 de la Ley Núm. 93 de 13 de julio de 1988, según enmendada, conocida como Ley Uniforme de Confiscaciones de 1988, a fin de concederle prioridad al Negociado de las Fuerzas Conjuntas contra el Crimen Organizado, Narcotráfico y las Armas Ilegales en la asignación o transferencia de bienes confiscados. 7. Aprobar el proyecto de ley para ampliar el plan de inspección para el registro administrativo de furgones por el Departamento de Hacienda en virtud de los procedimientos establecidos en la Ley Núm. 12 del 18 de febrero del 2008; para disponer un nuevo Protocolo de Registro que efectúe una doble inspección administrativa del 100% de todos los furgones de carga marítima que importen o exporten productos hacia o desde Puerto Rico a otros países, para efectos de la revisión del pago de arbitrios; para disponer sobre los procedimientos de verificación de cumplimiento del programa ASYCUDA; para la integración del Comité Interagencial contra las Armas de Fuego y Municiones en el esfuerzo de vigilancia preventiva. 8. Aprobar el proyecto de ley que enmienda el Artículo 8 de la Ley Núm. 177 de 12 de agosto de 1995, según enmendada, conocida como Ley de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio a los fines de incluir en la jurisdicción de la Oficina de Servicios con Antelación al Juicio a todo imputado de delito grave para cumplir con las obligaciones que dispone el programa, aunque la fianza haya sido prestada por un fiador privado, y para establecer los requisitos de supervisión de los acusados
3 bajo la Ley 404 de 11 de septiembre de 2000, según enmendada, conocida como Ley de Armas de Puerto Rico. 9. Aprobar el proyecto que crea la Ley de la Policía Municipal Autónoma a los fines de convertir al Cuerpo de la Policía Municipal de los Municipios Autónomos que hayan alcanzado Jerarquía V del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en una fuerza Autónoma con todas las facultades referentes a la investigación e intervención de los delitos cometidos en la jurisdicción territorial de cada ayuntamiento; enmendar el inciso (d) del Art de la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como la Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ; enmendar la Sección 3 y los incisos (m), (n) y (p) de la Sección 6 de la Ley Núm. 19 de 12 de mayo de 1977, según enmendada, conocida como la Ley de la Policía Municipal. 10. Adoptar y aprobar un bloque de medidas dirigidas a combatir y prevenir los asaltos y robos en los hogares o domicilios al establecer nuevas estrategias de vigilancia preventiva e incremento de penas las cuales incluirán: la ampliación de los sistemas de instalación de equipos de vigilancia electrónica en los hogares, la reglamentación y supervisión de las personas y compañías que se dedican a instalar equipos de seguridad en los hogares y negocios, establecer un registro de instalaciones en la Policía de Puerto Rico que cubrirá las instalaciones de sistemas de vigilancia electrónica, cámaras de videos, alarmas, sensores de movimiento, cerraduras, monitoreo y sistemas de respuesta inmediata en las residencias, comunidades y negocios. 11. Presentar y aprobar un proyecto de ley para enmendar el Código de Rentas Internas a los fines de conceder una deducción contributiva fija de hasta $150 dólares a aquellas personas que instalen equipos de vigilancia en sus hogares y negocios. 12. Presentar y aprobar un proyecto de ley que regule a las empresas que se dedican a la instalación de equipos de vigilancia electrónica en hogares y negocios a los fines de exigir que toda persona o empresa que se dedique a la instalación de estos equipos, tendrá que asegurarse que sus empleados lleven identificaciones visibles y con fotografías, que estos tengan que pasar por el crisol de la Policía al exigirles certificados de buena conducta, una revisión de su historial delictivo y que no tengan órdenes de protección o sentencias sobre violencia domestica o Acecho en su contra. 13. Crear por ley un registro de instalaciones de equipos de seguridad y vigilancia en los hogares y negocios de forma que exista un registro de la persona o personas que visitan los hogares y negocios que incluya el día y la hora de dicha instalación. 14. Presentar y aprobar un proyecto de ley que enmiende el Código Penal para convertir el delito de Escalamiento en uno grave de tercer grado - de 3 a 8 anos de
4 cárcel - cuando medie el uso de la fuerza, la destrucción de propiedad o implique la mera intromisión en un hogar. Además, se impondrá la pena mandatoria de cárcel en los delitos de escalamientos y robos domiciliarios incluyendo en las alegaciones pre acordadas y se ordenara, de forma compulsoria, la restitución de daños en todo caso a las victimas y sus familias además de la pena de cárcel. 15. Presentar y aprobar un proyecto de ley para enmendar el Código Penal para tipificar como delito y específicamente como una modalidad agravada cuando un delincuente amarre o amordace a una victima, le prive de movimiento, use armas de fuego o si hay menores presentes, entonces se aplicará la pena mayor del delito de segundo grado con pena fija de 15 años, sin derecho a probatoria, ni programas de desvíos ni sentencia suspendida. Tampoco se permitirá que el fiscal pueda reclasificar dicho delito como uno de menor pena y siempre conllevará una pena fija de no menos de 10 años a toda alegación pre acordada bajo los mismos términos. 16. Presentar y aprobar un proyecto de ley para que en los casos de reincidencia de robos o asaltos en los hogares y que envuelva el uso de violencia o armas de fuego el convicto será separado permanentemente de la sociedad. 17. Presentar y aprobar un proyecto de ley para hacer obligatorio a todo establecimiento que expenda bebidas alcohólicas después de las 8:00 de la noche la instalación de sistemas de detección de armas de fuego ya sea de forma manual o por portales de entrada. 18. Presentar y aprobar un proyecto de ley a los fines de hacer compulsorio el uso de detectores de metales en todo concierto o evento multitudinario en coliseos, canchas o facilidades cerradas que envuelva la asistencia de más de 100 personas. 19. Aprobar el proyecto de ley que hace mandatorio a toda línea aérea, barco de carga o crucero notificar previo a su arribo a la jurisdicción del ELA, el transporte e importación de armas de fuego o municiones. 20. Aprobar el proyecto de ley que establece el sistema de detección de disparos por sensores acústicos mediante el uso de mapas de localización digital. 21. Presentar y aprobar un proyecto de ley a los fines que todo centro comercial vendrá obligado a instalar sistemas de detección de disparos y cámaras de videos de localización automática de disparos en todo estacionamiento de dicha facilidad. 22. Presentar y aprobar un proyecto de ley a los fines de establecer un registro por internet por un periodo de cinco anos del lugar de residencia de toda persona que haya sido convicta por el uso ilegal de armas de fuego para la comisión de delitos graves.
5 23. Establecer por ley la instalación de equipos de distorsión y bloqueo para el uso de teléfonos celulares en las cárceles del país. 24. Ampliar la unidad de las Fuerzas Unidas de Rápida Acción (FURA) a los efectos de establecer un procedimiento de inspección diaria de la unidad canina en los 82 puertos privados existentes en la isla. 25. Aprobar el proyecto de ley que establece como medida de prevención, la creación del Programa Educación, Herramienta Principal para la Transformación Social a los fines de ampliar e integrar los sistemas de educación pública desde edad pre-escolar para viabilizar la obtención de un grado universitario, un oficio vocacional o cualesquiera alternativa funcional de estudio o trabajo para nuestros jóvenes, para establecer una nueva política pública educativa en Puerto Rico que declare la educación como la máxima prioridad gubernamental; para establecer un programa integrado de currículos académicos mediante acuerdo entre el Departamento de Educación y la Universidad de Puerto Rico; para ampliar el horario educativo del sistema de educación pública; para crear el Programa Estatal contra la Deserción Escolar; para autorizar al Departamento de Educación a suscribir acuerdos de colaboración con los Municipios y/o los Consorcios Municipales para el mantenimiento de escuelas públicas; para establecer que el Departamento de Educación deberá proveer de forma gratuita el examen de ingreso a los estudiantes de escuela superior para su admisión a los sistemas de educación universitaria conocido como el College Board y para crear un Comité Multisectorial Permanente para la Evaluación del Sistema de Educación Pública. 26. Enmendar la Ley de Donativos Legislativos a los fines que todo equipo deportivo de ligas organizadas bajo el COPUR y el DRD que reciba fondos públicos, sus integrantes deberán cumplir con un horario de servicios comunitarios mandatorios en el ofrecimiento de charlas y clínicas deportivas en horarios extendidos en las escuelas del Departamento de Educación. 27. Establecer por ley que toda persona que interese lograr acceso a una urbanización, condominio o vivienda que posea un sistema de control de acceso con presencia de oficiales privados, deberá presentar una identificación con foto ya sea su licencia de conducir o la tarjeta electoral y dicha persona será registrada en una bitácora de entrada. 28. Presentar y aprobar un proyecto de ley a los fines que toda persona que permita el acceso de un tercero a su residencia o propiedad y dicha persona realice disparos al aire de forma ilegal, deberá notificar de inmediato a las autoridades o de lo contrario, será acusada por el delito de Cooperador según tipificado en el Código Penal y además de exponerse a sanciones criminales, según lo dispuesto en el Código Penal, será responsable igualmente en cualquier litigio de danos en el ámbito civil de la misma forma que la persona que realice los disparos ilegales.
6 29. Aprobar el proyecto de ley que establece un registro y control de notificación de toda persona que posea autorización para el recibo e importación de pólvora o cualquier material que se utilice para la recarga de casquillos vacíos. Dicha notificación será de forma trimestral y deberá incluir la cantidad de municiones recargadas, el calibre, el nombre y dirección de la persona a quien se le venda o ceda dichas municiones. 30. Aprobar el proyecto de ley que establece un sistema de vigilancia electrónica de nuestras costas mediante el uso de la tecnología de Gyrocam que detecta el movimiento de embarcaciones en un perímetro de 10.5 millas náuticas que comprende la jurisdicción del Estado Libre Asociado sobre sus costas. Fuente: Oficina Legislativa del Rep. Jorge Colberg Toro
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