TÉRMINOS Y CONDICIONES AHORA 12
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- Laura Méndez Torres
- hace 7 años
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1 Los Términos y Condiciones que se enumeran a continuación rigen el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios denominado, creado por la Resolución Conjunta 671/2014 y 267/2014 del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el ex Ministerio de Industria de la Nación, y prorrogado por la Resolución 16/2015 de la Secretaria de Política Económica y Planificación del Desarrollo del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y la reciente Resolución 87/2016 del actual Ministerio de Producción, estableciendo los derechos y obligaciones de los comercios que se adhieran para operar con Tarjetas de Crédito CABAL. 1.- Vigencia del Programa: Los días jueves, viernes, sábado y domingo comprendidos hasta el 31 de enero de 2017 inclusive.- Excepciones: Línea Blanca : En esta categoría el Programa alcanzará exclusivamente las compras realizadas los días sábados y domingo del periodo de vigencia referido.- (Actualizado en Anexo: Julio 2016) Telefonía 4G : Esta categoría contemplará todas las adquisiciones que tengan lugar cualquier día de la semana, de lunes a domingos. 2.- Alcance del Programa: Los comercios adheridos a CABAL contarán con la posibilidad de realizar ventas hasta en 12 cuotas sin interés para los usuarios CABAL. Las ventas alcanzadas por este Programa son las correspondientes a los siguientes bienes de fabricación nacional o servicios prestados en el ámbito del Territorio Nacional: o Línea blanca: Lavarropas y Secarropas, Cocinas, Calefactores y Estufas, Termotanques y Calefones, Heladeras, Congeladores y Freezers, Hornos y Anafes. El programa alcanza las ventas efectuadas exclusivamente los días sábados y domingo del periodo de vigencia del mismo. (Actualizado en Anexo: Julio 2016) o Indumentaria: Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños. Incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir. o Calzado y Marroquinería: Calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales. o Materiales para la construcción: arena, cemento, cal, yeso, ladrillos, hierro, chapa, aberturas, maderas, cerámicos, sanitarios, caños y tuberías, grifería, membranas, CABAL Página: 1
2 tejas, pintura, artefactos de iluminación, vidrios, herrajes, pisos de madera, entre otros. o Muebles: Muebles para el hogar. o Bicicletas: Todo tipo de bicicletas y sus partes y piezas. o Motos: Comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a PESOS VEINTITRES MIL ($ ) o Turismo: Pasajes en ómnibus de larga distancia dentro del territorio nacional y hoteles y otros hospedajes en el territorio nacional de hasta tres estrellas de categoría; adquiridos de forma directa. o Colchones: colchones y sommiers. o Libros: textos escolares y libros de impresión nacional. o Anteojos: anteojos recetados, adquiridos en ópticas, cuyo precio final no sea superior a PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ ) o Artículos de librería: todos los artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros). o Juguetería: juguetes y juegos de mesa. o Telefonía celular 4G: únicamente teléfonos celulares con esta tecnología. (Actualizado en Anexo: Julio 2016) Los comercios cuyos establecimientos califiquen como supermercados, hipermercados o tiendas de rubros generales, sólo podrán adherirse al Programa para la comercialización de bienes definidos como línea blanca. Los días habilitados para realizar ventas con el Programa son los días Jueves, Viernes, Sábados y Domingos, con las excepciones previstas para la línea blanca y para telefonía 4G en el punto 1.- del presente. (Ver Anexo: Julio 2016) En el futuro, dichos días pueden ser modificados y las modificaciones serán comunicadas a través de la página oficial del Programa o bien en nuestra página Web Los comerciantes podrán optar por una de las siguientes opciones para establecer la forma de pago de las ventas realizadas bajo este Plan: o Pago a 48 horas hábiles de la presentación o cierre de lote de estas ventas y 10% de descuento en concepto de costo financiero por aceleración del pago. o Pagos a los 60 días (o hábil posterior) de la presentación o cierre de lote de estas ventas y 8% de descuento en concepto de costo financiero por aceleración del pago. El arancel que se aplicará será el mismo que el comercio tiene pactado con el Sistema Cabal para todas sus ventas. CABAL Página: 2
3 Las ventas realizadas por este Programa, inhabilitan cualquier otro acuerdo de promoción que tuviera acordado el comercio con CABAL y/o con las Entidades Emisoras de las Tarjetas, es decir que no es acumulable con otra promoción vigente. 3.- Suscripción al Programa Los comercios que comercialicen los bienes y servicios indicados en Alcance del Programa deberán suscribirse al mismo para poder realizar ventas en 12 cuotas sin interés. La suscripción la deberán realizar ingresando a la página Web de la Asociación de Tarjetas de Crédito y Compra Cámara Empresaria (ATACyC) consignar su Número de Cuit y un correo electrónico y aceptar los términos y condiciones del Programa, o ingresando a la página web de CABAL Una vez realizada dicha suscripción, el comerciante deberá seleccionar el logo CABAL que lo derivará a la página web de Cabal para finalizar con el proceso de adhesión. El comercio que se adhiera al Programa autoriza a CABAL y al Gobierno Nacional a publicar su nombre de Fantasía y/o razón social y domicilio en sus respectivas páginas Web. 4.- Cómo se gestionan las ventas bajo este Programa Los comercios adheridos a este Programa deberán gestionar las ventas de los productos y servicios los días habilitados de la siguiente forma: Todas las ventas se deberán gestionar por POS o Sistema Propio. Deberá indicar en todos los casos, como cantidad de cuotas 7 (siete). El resto de los datos que le solicita el POS o sistema propio, los ingresa como es de práctica. No debe omitir consignar el número de Factura en el ticket de la operación ni el número de ticket en la Factura, conforme lo establecido en la RG Afip Al recibir la aprobación de la autorización en el ticket de venta, se indicará la siguiente leyenda: Programa Gobierno 12 Cuotas sin interés. Deberán emitir una Factura separada que discrimine las operaciones realizadas en el marco del Programa. La venta se liquidará al usuario en 12 cuotas sin interés, siendo el monto de la cuota el resultante de dividir el monto de la operación por 12. CABAL Página: 3
4 Si se cursaran autorizaciones de ventas, los días no habilitados para el Programa, las mismas serán denegadas. CABAL autorizará las ventas en este Programa siempre que la tarjeta, de acuerdo a las instrucciones recibidas de su Entidad Emisora se encuentre en situación regular y con los disponibles suficientes para autorizar la operación del Programa. Si como respuesta de una autorización recibieran el Mensaje de denegación Solicitar Autorización, el Comercio deberá comunicarse con el Centro de Autorizaciones Cabal (Teléfono ) y luego de recibidas las instrucciones del asesor telefónico indicándole que la venta puede realizarse, deberá ingresar nuevamente la transacción en forma on line. CABAL Página: 4
5 ANEXO: ACTUALIZACIÓN JULIO 2016 El Programa Ahora 12 amplía el rango temporal para la adquisición de productos de línea blanca en micro, pequeños y mediano comercios, y equipos telefónicos con tecnología 4G. Artículo 1º: Sustitúyase el punto 5.1 del Anexo I de la Resolución Nº82 de fecha 12/09/2014 de la Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y sus modificatorias, por el siguiente: 5.1. Podrán ser adquiridos mediante el financiamiento previsto los bienes de producción nacional y servicio prestados en el territorio de la República Argentina comprendidos en las categorías que, a continuación, se detallan: (i) Línea blanca. Comprende únicamente los siguientes productos: lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanque y calefones, heladeras, congeladores y freezers, para las adquisiciones que tengan lugar: a) Entre los días jueves y domingo, ambos inclusive, en comercios considerados micro, pequeña o mediana empresa conforme al Artículo 1 de la Resolución Nº 24 de fecha 15 de Febrero de 2001 de la ex Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del ex Ministerio de Economía y sus modificaciones. b) Los días sábado y domingo, en comercio que no se encuentran alcanzados por los parámetros del Artículo 1 de la Resolución precedentemente citada. (ii) Indumentaria, Calzado y marroquinería, Materiales para la construcción, Muebles, Bicicletas, Motos, Turismo, Colchones, Libros, Anteojos, Artículos de Librería, Juguetes y Juegos de Mesa, la adquisición de dichos productos es entre los días jueves y domingos, ambos inclusive. Todo lo que contempla estos rubros queda igual. (iii) Teléfonos celulares 4G para las adquisiciones que tengan lugar cualquier día de la semana. Tanto los bienes como los servicios detallados precedentemente, como los días en los cuales los mismos podrán ser adquiridos en las condiciones previstas en el presente Programa, podrán ser ampliados, reducidos o modificados por la Secretaría de Comercio Interior dependiente de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Producción, para lo cual requerir la intervención de la Secretaría de Industria y Servicios y de la Secretaría de la Transformación Productiva, ambas del Ministerio de Producción. CABAL Página: 5
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