PLIEGOS DE RÉGIMEN ESPECIAL

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1 PLIEGOS DE RÉGIMEN ESPECIAL CÓDIGO DEL PROCESO: Objeto de la Contratación: PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR Quito DM, diciembre 2013

2 SECCIÓN I INVITACIÓN La Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, invita a PDVSA ECUADOR S.A., a participar en el procedimiento de contratación por Régimen Especial para la PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR. El Presupuesto Referencial es de US$ , (Treinta y nueve millones trescientos quince mil seiscientos treinta y seis 19/100) dólares de los Estados Unidos de América con 00/100, sin incluir el IVA, y el plazo para la ejecución del contrato es de DOS (2) años, contado a partir desde la fecha de la suscripción del contrato. Una vez realizada la invitación, de conformidad al cronograma, se efectuará una audiencia de consultas y aclaraciones, cuyos resultados se documentarán en un Acta suscrita por las partes, la cual se publicará en el Portal. Las condiciones generales de esta Invitación son las siguientes: 1. La Oferta Técnico - Económica se presentará de forma física en la Gerencia de Comercialización Nacional, ubicada en la calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocío, sexto piso, y contendrá los documentos debidamente empastados o encuadernados, foliados y rubricados por el oferente en dos ejemplares, original y copia. 2. Los pagos del contrato se cancelarán con cargo a los fondos propios provenientes del Presupuesto de Costos y Gastos de Operación 2013 de la Gerencia de Comercialización Nacional, y para los años 2014 y 2015 con cargo a las Proformas Presupuestarias relacionadas con las Partidas Presupuestarias y El procedimiento se realizará de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Reglamento General, Resoluciones del SERCOP y el presente Pliego. 4. El cronograma del procedimiento se realizará de acuerdo a la publicación en el Portal de Compras Públicas. CONCEPTO DÍA HORA Publicación de la Convocatoria Diciembre 5, :00 Audiencia de Preguntas y Aclaraciones Diciembre 9, :00 Entrega de Oferta Técnica - Económica Diciembre 11, :00 Fecha de apertura de la Oferta Diciembre 11, :00 Fecha estimada de Adjudicación Diciembre 18, :00 ING. CARLOS ORDÓÑEZ R. GERENTE DE COMERCIALIZACION NACIONAL, ENC. EP PETROECUADOR 2 de 79

3 SECCIÓN 2 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 2.1 ALCANCE DEL SERVICIO Elaborar, en sus diferentes tipos, envasar en sus diferentes presentaciones y transportar el aceite lubricante donde EP PETROECUADOR requiera comercializar los mismos, bajo marca propia. El Contratista utilizará la capacidad operativa de la Planta de mezclado y envasado de aceites lubricantes dando prioridad a los lubricantes elaborados para EP PETROECUADOR. La Planta debe estar en las mejores condiciones técnicas y operativas con sus tanques y bombas en óptimas condiciones para garantizar el abastecimiento continuo de aceite lubricantes que EP PETROECUADOR requiera. Los aceites lubricantes que aprovisione PDVSA ECUADOR S.A., a EP PETROECUADOR, deberán cumplir con los más altos estándares de calidad, así mismo PDVSA ECUADOR S.A., brindará asesoría técnica en aspectos relacionados a la aplicación de tipos de lubricantes en maquinaria y procesos de todo tipo de industrias. Impartirá cursos de capacitación en técnicas de administración y aplicación de lubricantes, aceites de proceso, grasas, capacitaciones generales en temas de implementación de sistemas de calidad, administración de costos, planeación y programación de producción y comercial de acuerdo a la OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA, al personal de EP PETROECUADOR a sus clientes y su Red de Distribuidores Afiliados. 2.2 PLAZO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y VALIDEZ DE LA PROPUESTA La prestación del servicio para la PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL, PARA SER COMERCIALIZADOS POR EP PETROECUADOR será de dos (2) años, contado a partir de la suscripción del Contrato. La Oferta Técnico - Económica se mantendrá vigente hasta la fecha de suscripción del Contrato correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 2.3 FORMA DE PAGO El monto a cancelar al Contratista, por el servicio objeto de la contratación, dependerá del número de galones efectivamente entregados a EP PETROECUADOR, de acuerdo a los precios unitarios detallados en el Formulario - OFERTA ECONÓMICA y Formulario - LUBRICANTES A ENTREGAR A EP PETROECUADOR, mismos que serán reajustados de conformidad a lo establecido en el contrato, que forman parte integrante de este Pliego. EP PETROECUADOR, cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestaria para el efecto, conforme consta de los documentos que se enuncian seguidamente: EP PETROECUADOR cancelará a la Contratista las facturas emitidas con cargo al ítem de gasto 40 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA OPERACIÓN e ítem 42 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES, del Presupuesto de Costos y Gastos de Operación 2013 de la Gerencia de Comercialización con las asignaciones de US$ ,10 y US$ ,83; conforme consta en las Certificaciones Presupuestarias, emitidas por el Coordinador Sénior de Gestión Financiera mediante Memorandos Nos y CDEO-FIN-PRE-2013 del 20 de septiembre de de 79

4 Para los años 2014 y 2015, con cargo al ítem de gasto 40 MATERIALES Y SUMINISTROS PARA OPERACIÓN e ítem 42 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES, en las Proformas Presupuestarias constan las asignaciones de US$ , y , respectivamente, mediante Memorandos Nos y 0033 DFIN-PRE-2013 del 23 de octubre de 2013, emitidos por el Delegado de la Subgerencia de Planeación Financiera y Presupuesto. Una vez que PDVSA ECUADOR S.A., emita la respectiva factura por cada orden de compra generada por EP PETROECUADOR, ésta deberá ser cancelada en un plazo de hasta 90 días a partir de la fecha de emisión de la factura, previo la suscripción del Acta de Entrega-Recepción Parcial del producto y la respectiva aprobación del Administrador del Contrato. PDVSA ECUADOR S.A., adjuntará a las facturas las Actas de Entrega Recepción, Certificados de Calidad otorgados por un laboratorio certificado, guías de remisión y un informe del producto entregado, para la respectiva verificación y proceso de cancelación de facturas. 2.4 REQUISITOS MÍNIMOS DE LA OFERTA Constituyen documentos de esta contratación por Régimen Especial, los siguientes: Formulario No. 1.1 Formulario No. 1.2 Formulario No. 1.3 Formulario No. 1.4 Formulario No. 1.5 Formulario No. 1.6 Presentación y Compromiso Datos Generales del Oferente Oferta Económica Detalle de lubricantes a entregar a EP PETROECUADOR Identificación del socio, accionista o partícipe mayoritario Garantía Técnica Adicionalmente deberá presentar: Certificado de calidad emitido por el Instituto Americano de Petróleo de los productos que aplique. Mínimo dos certificados que demuestren la capacidad y experiencia de PDVSA ECUADOR S.A., en los últimos cinco años. Plan de Trabajo en Asesoría Técnica y Capacitación. Nombramiento del Representante Legal de PDVSA ECUADOR S.A. Escritura de Constitución de la compañía. 2.5 ADJUDICACIÓN EP PETROECUADOR se reserva el derecho de efectuar la adjudicación en función de su mejor conveniencia o rechazar la propuesta si es considerada inconveniente, así como declarar desierto el procedimiento. 2.6 MONEDA DE COTIZACIÓN El oferente deberá presentar su Oferta Técnico - Económica en dólares de los Estados Unidos de América. 2.7 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Proveer el Aceite Lubricante de acuerdo a las especificaciones y características que constan en el Anexo No. 1, para lo que se deberá entregar los respectivos Certificados de Calidad emitidos por un laboratorio certificado, por lote de producción y por tipo de lubricante Dispondrá de un volumen de ,63 galones de producto en su planta de producción como Stock de Seguridad para atender los requerimientos de la 4 de 79

5 CONTRATANTE y garantizar la provisión oportuna, de conformidad con la planificación establecida entre las partes Entregar el lubricante dentro del plazo máximo de treinta (30) días para lubricantes de producción nacional y cuarenta y cinco (45) días para lubricantes importados, contados a partir de la fecha de recepción de cada orden de compra generada por la CONTRATANTE para la entrega del producto Entregar el Aceite Lubricante en los lugares que se detallan en cada orden de compra, de acuerdo a los sitios determinados en el Anexo - LUGARES DE ENTREGA DEL LUBRICANTE, el que podrá ser modificado por común acuerdo de las partes. El costo de transporte deberá presentar por separado Durante la vigencia del Contrato brindará asesoría técnica en aspectos relacionados a la aplicación de tipos de lubricantes en maquinaria y procesos de todo tipo de industrias. Impartirá cursos de capacitación en técnicas de administración y aplicación de lubricantes, aceites de proceso, grasas, capacitaciones generales en temas de implementación de sistemas de calidad, administración de costos, planeación y programación de producción y comercial de acuerdo a la OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA, al personal de EP PETROECUADOR y su Red de Distribuidores Afiliados Facturar a la CONTRATANTE la provisión de los lubricantes por cada Orden de Compra, según los precios de la OFERTA TÉCNICO - ECONÓMICA, con un plazo de pago de hasta 90 días calendario, a partir de la fecha de facturación Suscribir conjuntamente con los Supervisores del Contrato y personal designado, las Actas de Entrega-Recepción de los productos Adjuntar a las Actas de Entrega Recepción del producto los Certificados de Calidad, Guías de Remisión e informe del producto entregado, para la respectiva verificación y proceso de cancelación de las facturas Contar con las licencias y autorizaciones exigidas por las autoridades competentes, previo al inicio de las operaciones y producción del lubricante, para cumplir con las normas Ambientales y de Seguridad Industrial contempladas en los reglamentos vigentes Elaborar conjuntamente con la CONTRATANTE, el Plan de producción de lubricantes programado, con un cronograma de fechas de por lo menos 60 días de inventario Proporcionar, a solicitud de la CONTRATANTE y Organismos de Control, toda la documentación e información necesaria para efectuar las auditorias operativas Dar cumplimiento de manera oportuna a las recomendaciones y observaciones realizadas por la CONTRATANTE, que se deriven de las inspecciones técnicas, auditorias y cronogramas de producción que se encuentren debidamente justificadas En caso de incurrir en infracciones a la Ley o Reglamentos, que eventualmente puedan ocurrir, imputables a la Contratista, ésta deberá comparecer ante la AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL HIDROCARBURÍFERA o Ente de Control respectivo y cumplir con las sanciones que se impongan Mantener en stock y proporcionar los envases, etiquetas, cajas y material de empaque para el producto terminado de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego y constantes en la OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA, a entera satisfacción de la CONTRATANTE Facilitar a la CONTRATANTE los costos de los envases, etiquetas, cajas y material de empaque para el producto terminado Si dentro de la ejecución del Contrato, existe un avance tecnológico en la clasificación de las especificaciones técnicas de los lubricantes, la CONTRATISTA se obliga a proporcionar la última categoría de servicios de lubricante que se encuentre en el mercado nacional Responsabilizarse del transporte del producto y cualquier siniestro que pudiera ocasionarse en el traslado del mismo. 5 de 79

6 Realizar trimestralmente análisis de Calidad de Producto a las muestras tomadas en presencia de los delegados de EP PETROECUADOR en laboratorios certificados por los Organismos de Control Mantener condiciones especiales de precios y promoción que permitan a EP PETROECUADOR ser competitivo con sus clientes Al existir una variación tendiente a la baja en los Índices publicados por el ICIS LOR, ocasionando una disminución en el precio ofertado, la Contratista se obliga a entregar promoción de productos, previa coordinación entre las partes El CONTRATISTA para los productos detallados en el Formulario No. 4, con especificaciones técnicas actualizadas (API SN SM) de fabricación nacional, se compromete a proveerlos dentro del primer trimestre del año 2014 a entera satisfacción de la CONTRATANTE. 2.8 REAJUSTE DE PRECIOS El reajuste de precios será cuatrimestral, mediante la aplicación de la siguiente fórmula matemática: ICISLOR. F C1 Pr Po 70% Po 30% ICISLOR. O Co Pr= Po= Valor reajustado del precio ofertado Valor unitario de precio ofertado ICISLOR.F= HIGH ICIS LOR SPOT MARKET PROMEDIO BASICOS, BRIGHT STOCK, 325N, 550N, (DOLARES/GALÓN) para la fecha de reajuste. ICISLOR.O= HIGH ICIS LOR SPOT MARKET PROMEDIO BASICOS, BRIGHT STOCK 325N, 550N, (dólares/galón) para la fecha de suscripción del Contrato. C1= ACEITES: se tomará el Índice de Precios de Aceites, Lubricantes y Afines, a Nivel Nacional, publicado por el INEC para la fecha de reajuste. Co= Se tomará el Índice de Precios de Aceites, Lubricantes y Afines, a Nivel Nacional, publicado por el INEC para la fecha de suscripción del Contrato. 2.9 CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EP PETROECUADOR podrá declarar cancelado el procedimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP FORMA DE PRESENTAR LA OFERTA Los documentos deberán presentarse en un SOBRE ÚNICO en el que habrá dos ejemplares del mismo contenido (original y copia), en la Gerencia de Comercialización Nacional de EP PETROECUADOR, ubicada en la calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre, Edificio El Rocío, sexto piso, hasta el día y hora indicados en el cronograma. No se aceptará la Oferta entregada fuera del día y hora límite para hacerlo. Se entregará al Invitado un recibo en el que conste la fecha y la hora de su presentación. 6 de 79

7 El Sobre deberá estar claramente identificado con la siguiente leyenda: GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN NACIONAL DE EP PETROECUADOR RÉGIMEN ESPECIAL PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR Oferente: Sobre Único ( original y copia) Los documentos de la Oferta Técnico - Económica deberán estar debidamente encuadernados y foliados (numerados en forma secuencial). La Oferta deberá incluir el correspondiente Índice o Tabla de Contenido. Cada una de las hojas, tanto en el original como en la copia, deberá estar rubricada. La Oferta se consignará exclusivamente en los formularios diseñados para el efecto. EP PETROECUADOR no considerará ninguna información que el invitado presente apartándose de lo establecido en los formularios. El Sobre Único deberá estar cerrado y sellado, de tal manera que no sea posible conocer su contenido antes de la hora fijada para su apertura oficial. A la apertura del Sobre Único se verificará que éste contenga la totalidad de los documentos e información solicitados, así como que éstos cumplan las exigencias de forma previstas en el Pliegos. Si la falencia se refiere a errores no considerados de forma, EP PETROECUADOR eliminará la Oferta. 7 de 79

8 SECCIÓN 3 CONDICIONES DEL PROCEDIMIENTO 3.1 AUDIENCIA DE PREGUNTAS Y ACLARACIONES De acuerdo a lo establecido en el artículo 99 del Reglamento General a la LOSNCP, en el día y hora señalada para el efecto en el cronograma del procedimiento, se llevara a cabo una audiencia de preguntas y aclaraciones, de la cual se levantará un Acta que será publicada en el Portal DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO DESIERTO EP PETROECUADOR, hasta antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP. Dicha declaratoria se realizará mediante resolución fundamentada en razones técnicas, económicas y/o jurídicas. Una vez declarado desierto el procedimiento, EP PETROECUADOR podrá disponer su archivo o su reapertura. 3.3 CAUSAS DE RECHAZO DE LA OFERTA Luego de evaluados los documentos del Sobre Único, EP PETROECUADOR rechazará la Oferta presentada por las siguientes causas: a) Si no cumplieran los requisitos exigidos en las especificaciones generales y técnicas del Pliego; b) Si se hubiera entregado la Oferta en otro lugar o después de la hora establecida para ello; c) Cuando la Oferta contenga errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados, de acuerdo a lo señalado en las resoluciones emitidas por el SERCOP; d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que se alteren las condiciones contempladas para la ejecución del contrato; e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas; cuando no puedan ser convalidados. 3.4 DESCALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS La oferta será inhabilitada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada. 3.5 PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA PARÁMETRO PUNTAJE Experiencia del Oferente 50 Plan de Trabajo en Asesoría Técnica y Capacitación 50 TOTAL de 79

9 Concluida la evaluación técnica, EP PETROECUADOR analizará los valores ofertados por cada producto y determinará si estos son convenientes para los intereses de EP PETROECUADOR. 3.6 ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN EL Gerente de Comercialización Nacional, de considerarlo pertinente, adjudicará el Contrato mediante resolución motivada o procederá a declararlo desierto, de ser el caso. 3.7 ADJUDICATARIO FALLIDO Si dentro del plazo de 15 días, siguientes a la fecha de adjudicación, PDVSA ECUADOR S.A., se negare a firmar el Contrato, EP PETROECUADOR de conformidad con lo establecido en el artículo 114 del Reglamento General de la LOSNCP, le declarará adjudicatario fallido. 3.8 SEGUROS Por la naturaleza jurídica de PDVSA ECUADOR S.A., y en acatamiento de lo determinado por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no se requerirán Garantías, pero se necestitará que el oferente, en caso de ser adjudicado, presente una Póliza de Responsabilidad Civil por un monto asegurado anual de CUATROCIENTOS MIL 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ 400,000.00) para cubrir muerte, lesiones, gastos médicos, daños o pérdidas a la propiedad o bienes de terceros y daños al medio ambiente. 3.9 PROYECTO DEL CONTRATO Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15 días de la misma, se procederá a la protocolización correspondiente, la que se cumplirá atendiendo los requisitos establecidos en los artículos 68, 69, 70 y 71 de la LOSNCP; y, 112 y 113 de su Reglamento General ADMINISTRACIÒN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO EP PETROECUADOR designará de manera expresa un Administrador y Supervisores del Contrato, acorde con lo establecido en el artículo 121 del Reglamento General de la LOSNCP. 9 de 79

10 CONDICIONES PARTICULARES DEL PROYECTO DE CONTRATO Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, representada por el Ingeniero Carlos Ordóñez Rivadeneira, en calidad de Gerente de Comercialización Nacional, Encargado, de conformidad con el Poder Especial otorgado por el Ingeniero Marco Gustavo Calvopiña Vega, Gerente General, Encargado, a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE; y, por otra, PDVSA ECUADOR S.A., representada por ******************, en calidad de Gerente General, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas: Cláusula Primera.- ANTECEDENTES 1.1. El artículo 284 de la Constitución en su numeral 3 determina que es objetivo de la política económica asegurar la soberanía energética. Este concepto amplio implica para el Ecuador, no sólo el aseguramiento del acceso a las fuentes de energía, sino también -en el caso de los hidrocarburos- la participación en las diversas fases de la actividad. Así, desde la exploración, prospección, explotación y transporte, hasta el tratamiento, refinación, distribución y consumo, son objetos de interés del Estado para la consecución del imperativo constitucional mencionado En la línea antes expuesta, la Carta Constitucional ha dispuesto que son objetivos estratégicos del Estado, la integración regional en especial lo referente al sector energético y al intercambio de conocimiento y tecnología (423 No. 2) De conformidad con lo establecido en la Constitución ecuatoriana, el Presidente de la República en uso de sus atribuciones ha suscrito una serie de acuerdos de cooperación energética internacional, entre las que se encuentra el ACUERDO SOBRE LA COOPERACIÓN EN EL SECTOR ENERGÉTICO ENTRE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Art. 147 Nos. 3 y 10, de 16 de enero de Mediante Decreto Ejecutivo No publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 016 de febrero 6 de 2007, se expidió el Reglamento para el Control de la Elaboración y Comercialización de Grasas, Aceites y Lubricantes de uso de Automotores de Diesel y Gasolina Mediante Decreto Ejecutivo No publicado en el Registro Oficial No. 265, de febrero 13 de 2009, se expidió el Reglamento Sustitutivo del Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, cuyo Capitulo X se refiere a la Comercialización y venta de derivados del petróleo producidos en el país e importados Mediante Acuerdo Ministerial No de diciembre 2 de 2009, el Ministro de Recursos Naturales No Renovables calificó y autorizó a la Filial PETROCOMERCIAL, actual Gerencia de Comercialización de EP PETROECUADOR, para comercializar Aceites, Lubricantes de marca propia de EP PETROECUADOR Mediante Decreto Ejecutivo No. 315 de abril 6 de 2010, se creó la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, como una persona de derecho público con personería jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, domiciliada en el Cantón Quito, provincia de Pichincha. 10 de 79

11 1.8. El Inciso Segundo, del artículo 2, del Decreto Ejecutivo No. 315, establece que: Para el cumplimiento de su objeto podrá constituir filiales, subsidiarias, unidades de negocio, o celebrar convenios de asociación, uniones transitorias, alianzas estratégicas, consorcios, empresas de coordinación u otras de naturaleza similar, con alcance nacional e internacional y en general, celebrar todo acto o contrato permitido por las leyes ecuatorianas, que directa o indirectamente se relacionen con su objeto, con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas Mediante Escritura Pública celebrada el 31 de enero de 2008 ante el doctor Sebastián Valdivieso, Notario Vigésimo Cuarto del Cantón Quito, se constituyó PDVSA ECUADOR S. A., con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, inscrita en el Registro Mercantil el 14 de marzo de Mediante Oficio No. PDV-GGE-CJR-PFC de 05 de agosto de 2013, la Gerencia General de PDVSA ECUADOR S.A., remite la documentación legal indicando que los accionistas de la compañía son: PDVSA AMÉRICA S.A y PDVSA ANDINA S.A., cuya única accionista, a su vez, es la Empresa Estatal Venezolana PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A.- PDVSA como consta en la documentación habilitantes de la Escritura de Constitución de la compañía PDVSA ECUADOR S.A De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP-, y25 y 26 de su Reglamento General RGLOSNCP-, el Plan Anual de la Gerencia de Comercialización Nacional, contempla el objeto de la contratación Previo los informes y los estudios respectivos, el Gerente de Comercialización Nacional, Encargado, resolvió aprobar el Pliego del Régimen Especial Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en las Partidas Presupuestarias y , conforme consta en las certificaciones conferidas mediante Memorandos Nos y CDEO-FIN-PRE-2013 de 28 de septiembre de 2013; y, y DFIN-PRE-2013 de 23 de octubre de Se realizó la respectiva convocatoria el día ** de noviembre de 2013, a través del Portal Institucional Luego del proceso correspondiente, el Gerente de Comercialización Nacional, Encargado, mediante Resolución C- 2013***** de ** de ******* de 2013, adjudicó al oferente ********. Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1. Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos, sin necesidad de protocolización: El Pliego incluyendo las especificaciones técnicas del procedimiento Resolución de inicio Resolución de adjudicación Las certificaciones que acreditan la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. Póliza de Responsabilidad Civil 11 de 79

12 Los documentos que deberán protocolizarse son: Los que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato Los Formularios 1, 3 y 4 Las Condiciones Particulares del Contrato Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 3.1. El CONTRATISTA se obliga con la CONTRATANTE a proveer los servicios requeridos y ejecutar el contrato a entera satisfacción de la CONTRATANTE, para la PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR, según las características y especificaciones técnicas constantes en la OFERTA TÉCNICO - ECONÓMICA, que se agrega y forma parte integrante de este contrato. Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO 4.1. El valor del presente contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA es el de (cantidad en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el CONTRATISTA por el número de galones debidamente entregados Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 4.1. Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO 5.1. El monto a cancelar al Contratista, por el servicio objeto de la contratación, dependerá del número de galones entregados a EP PETROECUADOR, de acuerdo a los precios unitarios detallados en el Formulario - OFERTA ECONÓMICA y Formulario - LUBRICANTES A ENTREGAR A EP PETROECUADOR, mismos que serán reajustados de conformidad a lo establecido en el contrato, que forman parte integrante de este Pliego Una vez que PDVSA ECUADOR S.A., emita la respectiva factura por cada orden de compra generada por EP PETROECUADOR, ésta deberá ser cancelada en un plazo de hasta 90 días a partir de la fecha de emisión de la factura, previo la suscripción del Acta de Entrega-Recepción Parcial del producto y la respectiva aprobación del Administrador del Contrato. PDVSA ECUADOR S.A., adjuntará a las facturas las Actas de Entrega Recepción, Certificados de Calidad otorgados por un laboratorio certificado, guías de remisión y un informe del producto entregado, para la respectiva verificación y proceso de cancelación de facturas Los funcionarios que injustificadamente retarden o retengan el pago de valores establecidos en el presente Contrato, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 de la LOSNCP. 12 de 79

13 Cláusula Sexta.- SEGUROS 6.1. El CONTRATISTA por su cuenta y costo, contratará y mantendrá vigente durante el tiempo de duración del contrato, una Póliza de Responsabilidad Civil, la misma que deberá ser entregada a la suscripción del contrato, previamente conocida y aprobada por la CONTRATANTE. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL: Por un monto asegurado anual de CUATROCIENTOS MIL 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$ 400,000.00) para cubrir muerte, lesiones, gastos médicos, daños o pérdidas a la propiedad o bienes de terceros y daños al medio ambiente. Para efectos de esta póliza, serán considerados como terceros los directivos, empleados o Contratistas de EP PETROECUADOR, así como sus propiedades y bienes. Cláusula Séptima. - PLAZO 7.1. El plazo para la prestación de los servicios contratados a entera satisfacción de la CONTRATANTE es de DOS (2) años, contado a partir de la fecha de suscripción del Contrato. Cláusula Octava.- MULTAS 8.1. Por cada día de retraso o incumplimiento en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte de la CONTRATISTA, en el lugar, plazos, calidad y volúmenes estimados por la CONTRATANTE, independientemente al cobro de daños y perjuicios a que hubiese lugar, la CONTRATISTA pagará a la CONTRATANTE una multa del dos por mil del monto total del Contrato. La CONTRATANTE notificará a la CONTRATISTA el valor de las multas aplicadas, las cuales deberán seguir el debido proceso para su cobro. En caso de que las multas excedan del cinco por ciento (5%) del valor total del Contrato, la CONTRATANTE podrá terminar anticipadamente y unilateralmente el presente Contrato. Estas multas no serán aplicables, si el retraso o incumplimiento se debiera a Caso Fortuito o Fuerza Mayor en los términos del artículo 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente justificado por la CONTRATISTA y calificada por escrito por el Administrador del Contrato y aceptada por el Gerente de Comercialización Nacional. Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS 9.1. El CONTRATISTA conoce y acepta la siguiente fórmula de reajuste de precios, para la provisión objeto de este Contrato y será aplicada de la siguiente manera: Para efectos de pago del Reajuste de Precios al precio unitario ofertado, se hará cada cuatrimestre, mediante la aplicación de la siguiente fórmula matemática: ICISLOR. F C1 Pr Po 70% Po 30% ICISLOR. O Co 13 de 79

14 Pr= Po= Valor reajustado del precio ofertado Valor unitario del precio ofertado ICISLOR.F= HIGH ICIS LOR SPOT MARKET PROMEDIO BASICOS, BRIGHT STOCK 325N, 550N, (DOLARES/GALÓN) para la fecha de reajuste. ICISLOR.O= HIGH ICIS LOR SPOT MARKET PROMEDIO BASICOS, BRIGHT STOCK 325N, 550N, (dólares/galón) para la fecha de suscripción del Contrato C1= ACEITES: se tomará el Índice de Precios de Aceites, Lubricantes y Afines, a Nivel Nacional, publicado por el INEC para la fecha de reajuste. Co= Se tomará el Índice de Precios de Aceites, Lubricantes y Afines, a Nivel Nacional, publicado por el INEC para la fecha de suscripción del Contrato. En caso de mora, retardo parcial o total imputable al contratista, se le reconocerá únicamente el reajuste de precios calculado con los precios e índices de precios en el período en que debió efectuara la provisión de acuerdo al cronograma valorado vigente. Esta será la única modalidad del reajuste de precios que tiene el presente contrato, y el CONTRATISTA por ningún motivo podrá solicitar ni tendrá derecho a utilizar otro método u otra fórmula que la indicada en este contrato. Cláusula Décima.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 10.1 La CONTRATANTE designará al Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones del Pliego que forman parte del presente contrato Solicitar al CONTRATISTA el Programa de Vigilancia de la Salud y el Informe de Cumplimiento, de acuerdo con lo requerido por el Gerente de Seguridad, Salud y Ambiente de EP PETROECUADOR, en Memorando No SGER-SSSA-SSB-2013, de 20 agosto de El Administrador y Supervisor son responsables en el cumplimiento de sus facultades, administrativa, civil y penalmente, según corresponda. Cláusula Décimo Primera.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se considerarán las siguientes causales: a. Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación; 14 de 79

15 b. Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA; c. Si el CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el Formulario de Oferta Presentación y compromiso; d. En el caso de que la CONTRATANTE encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por el CONTRATISTA, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de EP PETROECUADOR o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. Cláusula Décimo Segunda.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 12.1 En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo que solucione el problema, en el plazo de treinta (30) días Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar la mediación para la solución de controversias en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado De no mediar acuerdo alguno, las partes en cumplimiento de lo establecido en el artículo 105 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, aplicarán el procedimiento prescrito en la Ley de la Jurisdicción Contencioso administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo No. 1 de la ciudad de Quito La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, la CONTRATANTE podrá dar por terminado unilateralmente el contrato. Cláusula Décimo Tercera.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la administración y el CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos. Cláusula Décimo Cuarta.- DOMICILIO 14.1 Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito DM. 15 de 79

16 14.2 Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN NACIONAL Jefatura de Ventas Lubricantes Calle Alpallana y Av. 6 de Diciembre Edificio El Rocío Teléfono: Quito El CONTRATISTA: PDVSA ECUADOR S.A. Av. Orellana E9-195 y Av. 6 de Diciembre Edificio Alisal de Orellana Piso 11 Teléfono: Quito Cláusula Décimo Quinta.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales del Contrato, que forman parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato, y se someten a sus estipulaciones. Dado, en la ciudad de Quito DM, a ING. CARLOS ORDÓÑEZ R. ING. ************ GERENTE DE COMERCIALIZACIÓN NACIONAL, ENC. GERENTE GENERAL EP PETROECUADOR PDVSA ECUADOR S.A. 16 de 79

17 CONDICIONES GENERALES DEL PROYECTO DE CONTRATO Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 1.1 Los términos del presente contrato se interpretarán en su sentido literal a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal. b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato. c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos. 1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación: Adjudicatario: Es el oferente a quien EP PETROECUADOR le adjudica el contrato. Contratista: Es el oferente adjudicatario. Entidad Contratante: EP PETROECUADOR, entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato. LOSNCP: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. RGLOSNCP: Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Oferente: Es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una oferta en atención al llamado a Régimen Especial. Oferta: Es la propuesta para contratar, ceñida al Pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la prestación del servicio. Plazo: Período contado en días calendario, incluyendo sábados, domingos y feriados. Pliego: Contiene las instrucciones para el oferente, el procedimiento a seguirse, las especificaciones técnicas, las estipulaciones y condiciones contractuales; de acatamiento obligatorio para las partes; Portal: Se refiere al Portal Institucional 17 de 79

18 Término: Periodo contado en días laborables, excluyendo sábados, domingos y feriados. Para el efecto, se considerarán como días feriados, únicamente a aquellos que estén formalmente reconocidos en el Ecuador, a través de un acto administrativo emanado del Poder Ejecutivo. Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO Lo previsto en la Cláusula Quinta de las Condiciones Particulares del Contrato, y además: 2.1 Todos los pagos que se hagan al CONTRATISTA por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la CONTRATANTE, previa la aprobación del Administrador del Contrato. 2.2 De los pagos que deba hacer, la CONTRATANTE retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el Contrato. 2.3 Pagos indebidos: La CONTRATANTE se reserva el derecho de reclamar al CONTRATISTA, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón debidamente justificada, obligándose el CONTRATISTA a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la CONTRATANTE, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador. Cláusula Tercera.- SEGUROS 3.1 Lo contemplado en la Cláusula Sexta de las Condiciones Particulares del Contrato y la Ley. Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 4.1 La CONTRATANTE prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos: a. Cuando el CONTRATISTA así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la CONTRATANTE, previo informe del Administrador del Contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del Administrador del Contrato para reanudarlo. b. Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la CONTRATANTE u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA. c. Si la CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos-contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo. 4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la CONTRATANTE, previo informe del Administrador del Contrato. Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA A más de las obligaciones señaladas en el Pliego, que son parte del presente contrato, las siguientes: 18 de 79

19 5.20 El CONTRATISTA se compromete a ejecutar el Contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la CONTRATANTE y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración El CONTRATISTA se compromete durante la ejecución del Contrato, a facilitar a las personas designadas por la CONTRATANTE, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos. Los delegados o responsables técnicos de la CONTRATANTE, como el Administrador del Contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el CONTRATISTA se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la CONTRATANTE toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato El CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista EL CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de lo exigido en el Pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc. Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE Son obligaciones de la CONTRATANTE las establecidas en el Pliego que son parte del presente contrato, además: 6.1 Designar al Administrador y Supervisores del Contrato. 6.2 Notificar, con la debida oportunidad al CONTRATISTA, los requerimientos del producto. 6.3 Cancelar oportunamente las facturas presentadas por el CONTRATISTA. 6.4 Suscribir conjuntamente con el CONTRATISTA las Actas de Entrega Recepción de productos; así como los contratos complementarios a que hubiere lugar. Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS 7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la LOSNCP, y en el artículo 144 del RGLOSNCP. 19 de 79

20 Cláusula Octava.- RECEPCIONES DEL CONTRATO 8.1 Las entregas del producto serán parciales, en base a Órdenes de Compra programadas, de acuerdo con los requerimientos de la CONTRATANTE al CONTRATISTA, con cargo al contrato y dentro de la vigencia o el cumplimiento del volumen establecido en el mismo, el cual podrá ser ajustado según la demanda del producto. 8.2 El CONTRATISTA despachará el producto máximo en treinta (30) días calendario para lubricantes elaboración nacional y cuarenta y cinco (45) días para lubricantes importados, mismo que será entregado en los lugares detallados en la Orden de Compra, de acuerdo a los lugares determinados en la OFERTA TÉCNICO - ECONÓMICA. 8.3 Una vez recibidos los productos a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, las Partes suscribirán las respectivas Actas de Entrega Recepción, mismas que se adjuntarán a las facturas, Certificados de Calidad del producto, Guías de Remisión, previo a la verificación y pago de las facturas emitidas. 8.4 El Acta de Recepción Definitiva será suscrita por las partes, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los servicios y el informe final, de conformidad a lo previsto en el artículo 123 del RGLOSNCP. 8.5 Si la CONTRATANTE no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince (15) días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del CONTRATISTA notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la LOSNCP. 8.6 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del CONTRATISTA o declarada por la CONTRATANTE, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico-económica correspondiente. Las partes buscarán en el plazo de treinta (30) días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas. 8.7 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del Reglamento General de la LOSNCP. 8.8 Las personas que intervengan a nombre de la CONTRATANTE en la suscripción de las Actas de Entrega Recepción, serán administrativa, civil y penalmente responsables por los datos que se consignen en ellas, así como por la no suscripción del Acta de Finiquito. Cláusula Novena.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente. La CONTRATANTE retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda a mora patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. 20 de 79

21 9.2 Es de cuenta del CONTRATISTA el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El CONTRATISTA entregará a la CONTRATANTE tres (3) copias del contrato debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta del CONTRATISTA. Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO 10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del Contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del Contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley. Cláusula Décimo Primera.- OBLIGACIONES LABORALES 11.1 El CONTRATISTA asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la CONTRATANTE está exenta de toda obligación respecto del personal del CONTRATISTA. Sin perjuicio de lo cual, la CONTRATANTE ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. Cláusula Décimo Segunda.- DERECHO DE AUDITORÌA 12.1 La CONTRATANTE, para efectos de Auditoría, podrá en todo momento solicitar información relacionada con el contrato, y el CONTRATISTA está obligado a proporcionar confirmaciones por escrito sobre las operaciones y transacciones que mantengan o hayan efectuado con la CONTRATANTE, relacionadas con el contrato. Cláusula Décimo Tercera.- CESION DE DERECHOS Y SUBCONTRATACIÓN 13.1 El CONTRATISTA no podrá ceder ni traspasar los derechos y obligaciones derivados del presente contrato. La cesión realizada contra esta disposición expresa será nula y originará la terminación anticipada y unilateral del contrato sin perjuicio de la obligación del CONTRATISTA de responder por los daños y perjuicios ocasionados. Cláusula Décimo Cuarta.- PROTECCIÓN AMBIENTAL 14.1 El CONTRATISTA se obliga a cumplir con lo establecido en la Ley de Gestión Ambiental y en el Reglamento Sustitutivo al Reglamento Ambiental para las Operaciones Hidrocarburíferas en el Ecuador, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas de control ambiental emitidas por EP PETROECUADOR, o sus Unidades de Negocio, así como lo establecido en las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia rigen en el país. 21 de 79

22 FORMULARIO DE OFERTA NOMBRE DEL OFERENTE: 1.1 PRESENTACIÓN Y COMPROMISO El que suscribe, en atención a la Invitación efectuada por la Gerencia de Comercialización Nacional de EP PETROECUADOR para la PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR, luego de examinar el Pliego del presente procedimiento, al presentar esta oferta como (representante legal o apoderado de, si es persona jurídica), declara que: 1. El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, y su Reglamento. 2. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3. La oferta la hace en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de ejecución de obras y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su ofertas, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este proceso de contratación. 4. Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y, que los equipos vehículos y materiales que se incorporarán a la obra, así como los que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización. 5. Prestará los servicios, de acuerdo con el Pliego, en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de Oferta; que al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambiental y tributaria vigentes. 22 de 79

23 6. Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá, y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del Pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción de productos o servicios, administración o supervisión de contratos o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual. 7. Acepta que en el caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5 y 6 que anteceden, la Entidad Contratante le descalifique como oferente, o dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado. 8. Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que la Entidad Contratante ejerza las acciones legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. 9. Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas y demás información del Pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso, y en esa medida renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento por estas causas. 10. Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta para esta contratación son exactas y, por tanto no podrán variar por ningún concepto. 11. De resultar adjudicatario, manifiesta que suscribirá el contrato comprometiéndose a prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones, términos de referencia y condiciones, las mismas que declara conocer; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo. 12. Conoce y acepta que la Entidad Contratante se reserva el derecho de adjudicar el contrato, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a su favor. 13. Se somete a las disposiciones de la LOSNCP, de su Reglamento General, de las resoluciones del SERCOP y demás normativa que le sea aplicable. 14. Garantiza la veracidad y exactitud de la información y documentación, así como de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el Portal, al tiempo que autoriza a la Entidad Contratante a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente. Acepta que, en caso de que se comprobare administrativamente por parte de las entidades contratantes que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o 23 de 79

24 contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo; y, sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar. 15. No contratará a personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso de que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterán y aceptarán las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 16. Bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y de los artículos 110 y 111 de su Reglamento General y demás normativa aplicable. 17. En caso de que sea adjudicatario, conviene en: a) Firmar el contrato dentro del término de 8 días desde la notificación con la resolución de adjudicación. Como requisito indispensable previo a la suscripción del contrato presentará las garantías correspondientes. (Para el caso de Consorcio se tendrá un término no mayor de treinta días) b) Aceptar que, en caso de negarse a suscribir el respectivo contrato dentro del término señalado, se aplicará la sanción indicada en los artículos 35 y 69 de la LOSNCP. (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: d) Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país conforme lo disponen el artículo 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; y, a obtener el RUP). 24 de 79

25 1.2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: Ciudad: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico Cédula de Ciudadanía (Pasaporte): RUC: SERVICIOS QUE OFRECE: 25 de 79

26 1.3 OFERTA ECONÓMICA El monto total para el servicio de PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR, es de (números y letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA. En este valor se incluyen todos los costos relacionados con gastos administrativos, operativos de producto, que implican la ejecución del servicio. El costo unitario por galón de cada especificación de lubricante, sin incluir transporte, es el siguiente: LUBRICANTES PARA MOTORES A GASOLINA ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 1 SINTETICO SAE 5W40 SM 1/4 gal 2 SINTETICO SAE 5W20 SN 1/4 gal 3 SINTETICO SAE 5W20 SN TAMBORES 55 gal 4 SAE 10W30 SN 1/4 gal 5 SAE 10W30 SN gal 6 SAE 10W30 SN CANECA 5 gal 7 SAE 10W30 SN TAMBORES 55 gal 8 SAE 20W50 SN 1/4 gal 9 SAE 20W50 SN gal 10 SAE 20W50 SN CANECA 5 gal 11 SAE 20W50 SN TAMBORES 55 gal 12 SAE 10W30 SL 1/4 gal 13 SAE 10W30 SL gal 14 SAE 10W30 SL TAMBORES 55 gal 15 SAE 20W50 SL 1/4 gal 16 SAE 20W50 SL gal 17 SAE 20W50 SL TAMBORES 55 gal 18 SAE 20W50 SL JASO MA/MA2 1/4 gal 19 SAE 40 SG 1/4 gal 20 SAE 40 SG gal 21 SAE 40 SG TAMBORES 55 gal LUBRICANTES PARA MOTORES A DIESEL ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 22 SAE 15W40 CJ-4 1/4 gal 23 SAE 15W40 CJ-4 gal 24 SAE 15W40 CJ-4 CANECA 2.5 gal 25 SAE 15W40 CJ-4 CANECA 5 gal 26 SAE 15W40 CJ-4 TAMBORES 55 gal PRECIO UNITARIO POR GALÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN 26 de 79

27 27 SAE 15W40 CJ-4 AL GRANEL 28 SAE 15W40 CI-4 / SL 1/4 gal 29 SAE 15W40 CI-4 / SL gal 30 SAE 15W40 CI-4 / SL CANECA 2.5 gal 31 SAE 15W40 CI-4 / SL CANECA 5 gal 32 SAE 15W40 CI-4 / SL TAMBORES 55 gal 33 SAE 15W40 CI-4 / SL AL GRANEL 34 SAE 15W40 CH-4 CANECA 5 gal 35 SAE 15W40 CH-4 TAMBORES 55 gal 36 SAE 25W50 CF / CF II 1/4 gal 37 SAE 25W50 CF / CF II gal 38 SAE 25W50 CF / CF II CANECA 2.5 gal 39 SAE 25W50 CF / CF II CANECA 5 gal 40 SAE 25W50 CF / CF II TAMBORES 55 gal 41 SAE 40 CF / CF II 1/4 gal 42 SAE 40 CF / CF II gal 43 SAE 40 CF / CF II CANECA 2.5 gal 44 SAE 40 CF / CF II CANECA 5 gal 45 SAE 40 CF / CF II TAMBORES 55 gal 46 SAE 30 CF / CF II TAMBORES 55 gal 47 SAE 10W CF / CF II TAMBORES 55 gal 48 SAE 40 EMD CF, CD TAMBORES 55 gal 49 SAE 40 EMD CF, CD GRANEL LUBRICANTES PARA MOTORES A GAS NATURAL ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 50 SAE W 30 TAMBORES 55 gal 51 SAE W 40 TAMBORES 55 gal 52 SAE W 40 AL GRANEL LUBRICANTES PARA 2 TIEMPOS ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 53 TC-W3 1/4 gal 54 TC-W3 gal 55 TC-W3 TAMBORES 55 gal 56 TC-W 1/4 gal 57 TC-W gal 58 TC-W AL GRANEL 59 API TC / JASO FB 1/4 gal LUBRICANTES PARA MOTORES MARINOS ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 60 SAE 30 / 3012 TAMBORES 55 gal PRECIO UNITARIO POR GALÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN 27 de 79

28 61 SAE 30 / 3012 AL GRANEL 62 SAE 40 / 4012 TAMBORES 55 gal 63 SAE 40 / 4012 AL GRANEL 64 SAE 30 / 3015 TAMBORES 55 gal 65 SAE 30 / 3015 AL GRANEL 66 SAE 40 / 4015 TAMBORES 55 gal 67 SAE 40 / 4015 AL GRANEL 68 SAE 40 / 4020 TAMBORES 55 gal 69 SAE 40 / 4020 AL GRANEL 70 SAE 40 / 4030 TAMBORES 55 gal 71 SAE 40 / 4030 AL GRANEL 72 SAE 40 / 4040 TAMBORES 55 gal 73 SAE 40 / 4040 AL GRANEL 74 SAE 40 / 4055 TAMBOR 55 gal 75 SAE 40 / 4055 AL GRANEL LUBRICANTES PARA TRANSMISIONES AUTOMOTRICES ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN 76 DEXRON IID / ALLISON C-4 1/4 gal 77 DEXRON IID / ALLISON C-4 gal 78 DEXRON IID / ALLISON C-4 CANECA 5 gal 79 DEXRON IID / ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal 80 DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 1/4 gal 81 DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 CANECA 5 gal 82 DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal 83 DEXRON D VI 1/4 gal 84 DEXRON D VI TAMBORES 55 gal 85 SAE 85W140 GL-5 1/4 gal 86 SAE 85W140 GL-5 gal 87 SAE 85W140 GL-5 CANECA 5 gal 88 SAE 85W140 GL-5 TAMBORES 55 gal 89 SAE 80W90 GL-5 1/4 gal 90 SAE 80W90 GL-5 gal 91 SAE 80W90 GL-5 CANECA 5 gal 92 SAE 80W90 GL-5 TAMBORES 55 gal 93 SAE 75W90 GL-5 TAMBORES 55 gal 94 SAE 30 / CATTO-4, ALLISON C-4 CANECA 5 gal 95 SAE 30 / CATTO-4, ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal 96 SAE 50 / CATTO-4, ALLISON C-4 CANECA 5 gal 97 SAE 50 / CATTO-4, ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal 98 SAE 90 GL-4 1/4 gal 99 SAE 90 GL-4 gal 28 de 79

29 100 SAE 90 GL-4 CANECA 5 gal 101 SAE 90 GL-4 TAMBORES 55 gal 102 SAE 140 GL-4 1/4 gal 103 SAE 140 GL-4 gal 104 SAE 140 GL-4 CANECA 5 gal 105 SAE 140 GL-4 TAMBORES 55 gal 106 SAE 30 GL-4 (MANDOS HIDRAULICOS) CANECA 5 gal 107 SAE 30 GL-4 (MANDOS HIDRAULICOS) TAMBORES 55 gal LUBRICANTES HIDRÁULICOS ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 108 ISO 32 TAMBORES 55 gal 109 ISO 32 CANECA 5 gal 110 ISO 46 TAMBORES 55 gal 111 ISO 46 CANECA 5 gal 112 ISO 68 TAMBORES 55 gal 113 ISO 68 CANECA 5 gal 114 ISO 150 TAMBORES 55 gal 115 ISO 150 CANECA 5 gal 116 ISO 220 TAMBORES 55 gal 117 ISO 220 CANECA 5 gal 118 ISO AW 32 CANECA 5 gal 119 ISO AW 32 TAMBORES 55 gal 120 ISO AW 46 CANECA 5 gal 121 ISO AW 46 TAMBORES 55 gal 122 ISO AW 68 CANECA 5 gal 123 ISO AW 68 TAMBORES 55 gal 124 ISO AW 100 TAMBORES 55 gal 125 ISO 46 (TURBINAS) TAMBORES 55 gal 126 ISO 68 (TURBINAS) TAMBORES 55 gal LUBRICANTES INDUSTRIALES ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 127 ISO 68 TAMBORES 55 gal 128 ISO AT 68 TAMBORES 55 gal 129 ISO PAG 220 TAMBORES 55 gal 130 ISO 32C CANECA 5 gal 131 ISO EP 150 CANECA 5 gal 132 ISO EP 150 TAMBORES 55 gal 133 ISO EP 220 CANECA 5 gal 134 ISO EP 220 TAMBORES 55 gal 135 ISO EP 320 CANECA 5 gal 136 ISO EP 320 TAMBORES 55 gal PRECIO UNITARIO POR GALÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN 29 de 79

30 137 ISO EP 460 TAMBORES 55 gal 138 ISO EP 680 TAMBORES 55 gal 139 ISO 32 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal 140 ISO 46 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal 141 ISO 68 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal 142 ISO 22 (PROCESOS) TAMBORES 55 gal 143 ISO 32 (PROCESOS) GRANEL 144 ISO 100 (PROCESOS) CANECA 5 gal 145 ISO 150 (PROCESOS) CANECA 5 gal 146 MAQUINADO DE METALES CANECA 5 gal ACEITE DIELÉCTRICO ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 147 DIELÉCTRICO TAMBORES 55 gal GRASAS ITEM ESPECIFICACIÓN TÉCNICA PRESENTACIÓN 148 INDUSTRIAL EP 2 CANECA 16 kg 149 INDUSTRIAL EP 2 TAMBOR 180 kg 150 JT-6 HI TEMP CANECA 35 lbs 151 JT-6 HI TEMP TAMBOR 400 lbs PRECIO UNITARIO POR GALÓN PRECIO UNITARIO POR GALÓN 30 de 79

31 ANEXO No. 2 LUGARES DE ENTREGA DEL LUBRICANTE GERENCIA DE TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DEPENDENCIA DIRECCIÓN ESTACIÓN LAGO AGRIO PROVINCIA SUCUMBIOS - CANTON NUEVA LOJA ESTACIÓN LUMBAQUI PROVINCIA SUCUMBIOS - CANTÓN GONZALO PIZARRO ESTACIÓN EL SALADO PROVINCIA NAPO - CANTÓN EL CHACO ESTACIÓN BAEZA PROVINCIA NAPO - CANTÓN QUIJOS ESTACIÓN PAPALLACTA PROVINCIA NAPO - CANTÓN QUIJOS ESTACIÓN SAN JUAN PROVINCIA PICHINCHA - CATÓN QUITO ESTACIÓN CHIRIBOGA PROVINCIA PICHINCHA - CATÓN QUITO ESTACIÓN LA PALMA PROVINCIA STO. DOMINGO DE LOS SACHILLAS - CATÓN SANTO DOMINGO ESTACIÓN SANTO DOMINGO PROVINCIA STO. DOMINGO DE LOS SACHILLAS - CATÓN SANTO DOMINGO ESTACIÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS - CANTÓN QUININDÉ TERMINAL MARITIMO BALAO PROVINCIA DE ESMERALDAS - CANTÓN ESMERALDAS BODEGA DE GUAJALO QUITO/AV. PEDRO VIVENTE MALDONADO S3534 Y MANGLAR ALTO (JUNTO A CONFITECA) BODEGA LAGO AGRIO LAGO AGRIO/ KM 1 1/2 VÍA AL AEROPUERTO MARGEN DERECHO BODEGA BALAO BALAO/VIAUNIVERSIDAD LUIS VARGAS TORRES BODEGA SANTA ROSA VIA LAGO AGRIO/LA INTEROCEANICA-SECTOR SANTA ROSA BODEGA QUITO PROVINCIA PICHINCHA - CANTÓN QUITO - AV. LADRÓN DE GUEVARA Y ANDALUCIA BODEGA COCA PROVINCIA ORELLANA - EL COCA - AV. MULLUNA Y JUAN MONTALVO - FRENTE AEROPUERTO EL COCA BODEGA GUARUMO PROVINCIA SUCUMBIOS - SECTOR PACAYACU - VIA A TARAPOA BODEGA TIPISHCA PROVINCIA SUCUMBIOS - BLOQUE 27 - TARAPOA BODEGA BEATERIO QUITO/ PANAMERICANA SUR KM 12 S/2, SECTOR BEATERIO BODEGA OYASACU KM 11 1/2 VÍA BAEZA LAGO AGRIO, SECTOR CAMPO ALEGRE BODEGA SANTO DOMINGO SANTO DOMINGO/KM 10 1/2 VÍA SANTO DOMINGO ALOAG- SECTOR CHIGUILPE BODEGA IBARRA IBARRA/AV. LUIS FELIPE BORJA 911 Y FRAY VACAS GALINDO 911 BODEGA GUAYAQUIL GUAYAQUIL/KM 6,5 VÍA A LA COSTA CIUDADELA CEIBOS BODEGA PUERTO MARITIMO GUAYAQUIL/AV. 25 DE JULIO VÍA PUERTO MARÍTIMO GERENCIA DE REFINACIÓN DEPENDENCIA DIRECCIÓN COMPLEJO INDUSTRIAL SHUSHUFINDI PROVINCIA SUCUMBIOS - VIA LIMONCOCHA KM. 1 REFINERIA ESTATAL ESMERALDAS PROVINCIA ESMERALDAS - KILOMETRO 7 1/2 VIA ATACAMES REFINERIA LA LIBERTAD PROVINCIA SANTA ELENA - CANTÓN LIBERTAD GERENCIA DE COMERCIALIZACIÓN DEPENDENCIA DIRECCIÓN 31 de 79

32 TERMINAL BEATERIO ESTACIÓN ESMERALDAS ESTACIÓN SANTO DOMINGO ESTACIÓN FAISANES ESTACIÒN CORAZÓN ESTACIÓN AMBATO DEPOSITO RIOBAMBA ESTACIÓN SHUSHUFINDI ESTACIÓN QUIJOS ESTACIÓN OSAYACU ESTACIÓN CHALPI ESTACIÓN OYAMBARO TERMINAL SALITRAL TERMINAL PASCUALES ESTACIÓN TRES BOCAS TERMINAL FUEL OIL ESTACIÓN LIBERTAD TERMINAL BARBASQUILLO DEPOSITO CUENCA DEPÓSITO LOJA ESTACIÓN GUAYAQUIL ESTACIÓN AMAZONAS ESTACIÓN PONCEANO ESTACIÓN ESMERALDAS PROVINCIA PICHINCHA - EL BEATERIO 11,5 KM PANAMERICANA SUR / QUITO PROVINCIA ESMERALDAS - KM 7 VIA ATACAMES PROVINCIA STO. DOMINGO DE LOS TSACHILAS - CATÓN SANTO DOMINGO PROVINCIA STO. DOMINGO DE LOS TSACHILAS - PARROQUIA ALLURIQUIN PROVINCIA PICHINCHA - PARROQUIA ULLOA PROVINCIA TUNGURAHUA - CANTÓN AMBATO - SECTOR HUACHI PROVINCIA CHIMBORAZO - SECTOR MACAJÍ PROVINCIA SUCUMBIOS - SHUSHUFINDI PROVINCIA SUCUMBIOS - CANTÓN GONZALO PIZARRO PROVINCIA NAPO - PARROQUIA BAEZA PROVINCIA NAPO - PARROQUIA PAPALLACTA PROVINCIA PICHINCHA - SANGOLQUI - 13 KM VIA PIFO PROVINCIA GUAYAS - GUAYAQUIL - VIA A LA COSTA 7 1/2 KM PROVINCIA GUAYAS - GUAYAQUIL - TERMINAL PASCUALES PROVINCIA GUAYAS - GUAYAQUIL - 39 KM VIA PERIMETRAL PROVINCIA GUAYAS - GUAYAQUIL - PARROQUIA PASCUALES - SECTOR SALITRAL PROVINCIA STA. ELENA - LA LIBERTAD - REFINERIA LA LIBERTAD PROVINCIA MANABI - MANTA - TERMINAL BARBASQUILLO PROVINCIA AZUAY - CUENCA - 1 KM PANAMERICANA NORTE PROVINCIA LOJA - LA JOYA - SECTOR HUACHI PROVINCIA GUAYAS, CIUDAD GUAYAQUIL, AV. 25 DE JULIO Y CALLE 55 SE, VIA LA PUERTO MARITIMO PROVINCIA PICHINCHA, CIUDAD QUITO, AV. AMAZONAS Y AV. ELOY ALFARO ESQUINA PROVINCIA PICHINCHA, CIUDAD QUITO, AV. MARISCAL SUCRE Y SECTOR PONCEANO PROVINCIA DE ESMERALDAS, CIUDAD ESMERALDAS, AV JAIME ROLDOS AGUILERA, PARROQUIA BARTOLOME RUIZ PESCA ARTESANAL (LIBERTAD, ESMERALDAS) PRECIO LUGARES DE ENTREGA DE LOS LUBRICANTES DESTINO PRECIO POR GALÓN SOTE (ESTACIONES DE BOMBEO) BODEGAS GERENCIAS EP PETROECUADOR, ESTACIONES DE SERVICIO PROPIAS (GUAYAQUIL, QUITO, ESMERALDAS) BODEGAS GERENCIAS EP PETROECUADOR (ORIENTE ) Nota: El oferente deberá presentar su oferta de transporte por separado para entrega de productos en los lugares descritos en este Anexo, cuando considere conveniente EP PETROECUADOR se reserva el derecho de contratar directamente el transporte de los productos. 32 de 79

33 1.4 DETALLE DE LUBRICANTES A ENTREGAR A EP PETROECUADOR El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la Gerencia de Comercialización Nacional de EP PETROECUADOR, declaro que PDVSA DEL ECUADOR S.A., suministrará los siguientes volúmenes de galones de lubricantes en un tiempo de dos años, contado a partir de la suscripción del contrato para el servicio de PROVISIÓN DE ACEITES, LUBRICANTES Y GRASAS EN SUS DIFERENTES TIPOS Y PRESENTACIONES CON MARCA PROPIA, ASESORIA TÉCNICA Y COMERCIAL PARA LA COMERCIALIZACIÓN POR EP PETROECUADOR. LUBRICANTES PARA MOTORES A GASOLINA ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 1 SINTETICO SAE 5W40 SM 1/4 gal IMPORTADO SINTETICO SAE 5W20 SN 1/4 gal IMPORTADO SINTETICO SAE 5W20 SN TAMBORES 55 gal IMPORTADO SAE 10W30 SN 1/4 gal LOCAL SAE 10W30 SN gal LOCAL SAE 10W30 SN CANECA 5 gal LOCAL SAE 10W30 SN TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 20W50 SN 1/4 gal LOCAL SAE 20W50 SN gal LOCAL SAE 20W50 SN CANECA 5 gal LOCAL SAE 20W50 SN TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 10W30 SL 1/4 gal LOCAL SAE 10W30 SL gal LOCAL SAE 10W30 SL TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 20W50 SL 1/4 gal LOCAL SAE 20W50 SL Gal LOCAL SAE 20W50 SL TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 20W50 SL JASO MA/MA2 1/4 gal LOCAL SAE 40 SG 1/4 gal LOCAL SAE 40 SG gal LOCAL SAE 40 SG TAMBORES 55 gal LOCAL LUBRICANTES PARA MOTORES A DIESEL ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 22 SAE 15W40 CJ-4 1/4 gal LOCAL SAE 15W40 CJ-4 gal LOCAL SAE 15W40 CJ-4 CANECA 2.5 gal LOCAL SAE 15W40 CJ-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 15W40 CJ-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 15W40 CJ-4 AL GRANEL LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL 1/4 gal LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL gal LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL CANECA 2.5 gal LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL CANECA 5 gal LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 15W40 CI-4 / SL AL GRANEL LOCAL SAE 15W40 CH-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 15W40 CH-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 25W50 CF / CF II 1/4 gal LOCAL SAE 25W50 CF / CF II gal LOCAL SAE 25W50 CF / CF II CANECA 2.5 gal LOCAL de 79

34 39 SAE 25W50 CF / CF II CANECA 5 gal LOCAL SAE 25W50 CF / CF II TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 CF / CF II 1/4 gal LOCAL SAE 40 CF / CF II gal LOCAL SAE 40 CF / CF II CANECA 2.5 gal LOCAL SAE 40 CF / CF II CANECA 5 gal LOCAL SAE 40 CF / CF II TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 30 CF / CF II TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 10W CF / CF II TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 EMD CF, CD TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 EMD CF, CD GRANEL LOCAL 1000 LUBRICANTES PARA MOTORES A GAS NATURAL ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 50 SAE W 30 TAMBORES 55 gal IMPORTADO SAE W 40 TAMBORES 55 gal IMPORTADO SAE W 40 AL GRANEL IMPORTADO LUBRICANTES PARA 2 TIEMPOS ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 53 TC-W3 1/4 gal LOCAL TC-W3 gal LOCAL TC-W3 TAMBORES 55 gal LOCAL TC-W 1/4 gal LOCAL TC-W gal LOCAL TC-W AL GRANEL LOCAL API TC / JASO FB 1/4 gal LOCAL 5414 LUBRICANTES PARA MOTORES MARINOS ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 60 SAE 30 / 3012 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 30 / 3012 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4012 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 / 4012 AL GRANEL LOCAL SAE 30 / 3015 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 30 / 3015 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4015 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 / 4015 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4020 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 / 4020 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4030 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 / 4030 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4040 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 40 / 4040 AL GRANEL LOCAL SAE 40 / 4055 TAMBOR 55 gal LOCAL SAE 40 / 4055 AL GRANEL LOCAL LUBRICANTES PARA TRANSMISIONES AUTOMOTRICES ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 76 DEXRON IID / ALLISON C-4 1/4 gal LOCAL DEXRON IID / ALLISON C-4 gal LOCAL DEXRON IID / ALLISON C-4 CANECA 5 gal LOCAL DEXRON IID / ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal LOCAL DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 1/4 gal LOCAL DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 CANECA 5 gal LOCAL DEXRON IIIG / MERCON / ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal LOCAL DEXRON D VI 1/4 GALONES IMPORTADO DEXRON D VI TAMBORES 55 gal IMPORTADO de 79

35 85 SAE 85W140 GL-5 1/4 gal LOCAL SAE 85W140 GL-5 gal LOCAL SAE 85W140 GL-5 CANECA 5 gal LOCAL SAE 85W140 GL-5 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 80W90 GL-5 1/4 gal LOCAL SAE 80W90 GL-5 gal LOCAL SAE 80W90 GL-5 CANECA 5 gal LOCAL SAE 80W90 GL-5 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 75W90 GL-5 TAMBORES 55 gal IMPORTADO SAE 30 / CATTO-4, ALLISON C-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 30 / CATTO-4, ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 50 / CATTO-4, ALLISON C-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 50 / CATTO-4, ALLISON C-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 90 GL-4 ¼ gal LOCAL SAE 90 GL-4 Gal LOCAL SAE 90 GL-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 90 GL-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 140 GL-4 1/4 gal LOCAL SAE 140 GL-4 gal LOCAL SAE 140 GL-4 CANECA 5 gal LOCAL SAE 140 GL-4 TAMBORES 55 gal LOCAL SAE 30 GL-4 (MANDOS HIDRAULICOS) CANECA 5 gal LOCAL SAE 30 GL-4 (MANDOS HIDRAULICOS) TAMBORES 55 gal LOCAL 3000 LUBRICANTES HIDRÁULICOS ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 108 ISO 32 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 32 CANECA 5 gal LOCAL ISO 46 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 46 CANECA 5 gal LOCAL ISO 68 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 68 CANECA 5 gal LOCAL ISO 150 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 150 CANECA 5 gal LOCAL ISO 220 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 220 CANECA 5 gal LOCAL ISO AW 32 CANECA 5 gal LOCAL ISO AW 32 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO AW 46 CANECA 5 gal LOCAL ISO AW 46 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO AW 68 CANECA 5 gal LOCAL ISO AW 68 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO AW 100 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 46 (TURBINAS) TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 68 (TURBINAS) TAMBORES 55 gal LOCAL 1500 LUBRICANTES INDUSTRIALES ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 127 ISO 68 TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO AT 68 TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO PAG 220 TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO 32C CANECA 5 gal IMPORTADO ISO EP 150 CANECA 5 gal LOCAL ISO EP 150 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO EP 220 CANECA 5 gal LOCAL de 79

36 134 ISO EP 220 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO EP 320 CANECA 5 gal LOCAL ISO EP 320 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO EP 460 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO EP 680 TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 32 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO 46 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO 68 (COMPRESORES REFRIGERACIÓN) TAMBORES 55 gal IMPORTADO ISO 22 (PROCESOS) TAMBORES 55 gal LOCAL ISO 32 (PROCESOS) GRANEL LOCAL ISO 100 (PROCESOS) CANECA 5 gal LOCAL ISO 150 (PROCESOS) CANECA 5 gal LOCAL MAQUINADO DE METALES CANECA 5 gal LOCAL 1900 ACEITE DIELÉCTRICO ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 147 DIELÉCTRICO TAMBORES 55 gal 1500 GRASAS ITEM ESPECIFICACIÓN TECNICA PRESENTACIÓN PROCEDENCIA VOLUMEN 148 INDUSTRIAL EP 2 CANECA 16 kg LOCAL INDUSTRIAL EP 2 TAMBOR 180 kg LOCAL JT-6 HI TEMP CANECA 35 lbs IMPORTADO JT-6 HI TEMP TAMBOR 400 lbs IMPORTADO 1500 TOTAL de 79

37 1.5 NÓMINA DE SOCIO (S), ACCIONISTA (S) O PARTÍCIPE (S) MAYORITARIOS DE PERSONAS JURÍDICAS OFERENTES A. DECLARACIÓN En mi calidad de representante legal de (razón social) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que: 1. Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para la verificación de que ninguno de ellos está inhabilitado en el RUP para participar en el procedimiento de contratación pública. 2. Que la compañía a la que represento (SI/NO) está registrada en la BOLSA DE VALORES. 3. Me comprometo a notificar a EP PETROECUADOR la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad delas acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que EP PETROECUADOR declare unilateralmente terminado el contrato respectivo. 4. Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, EP PETROECUADOR descalifique a mí representada inmediatamente. 5. Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a EP PETROECUADOR, al Servicio de Contratación Pública SERCOP, o a los órganos de control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información. 6. Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, EP PETROECUADOR: a. Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP; b. Descalifique a mi representada como oferente; o, c. Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual. Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 37 de 79

38 B. NÓMINA DE SOCIOS, ACCIONISTAS O PARTÍCIPES TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil y Mercantil Corporación Fundación Asociación o consorcio Otra NOMBRES COMPLETOS DE LOS SOCIOS, ACCIONISTAS, PARTÍCIPES O CUALQUIER OTRA FORMA DE PARTICIPACIÓN NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO PORCENTAJE DE ACCIÓN, PARTICIPACIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE PARTICIPACIÓN DOMICILIO FISCAL Nota: Si uno o más de los socios, accionistas, partícipes o cualquier otra forma de participación, se trata a su vez de otra persona jurídica, de igual forma y utilizando el mismo formato, se deberá identificar los nombres completos de los mismos; y, así sucesivamente hasta transparentar la estructura de propiedad de la persona jurídica a nivel de personas naturales. NOMBRES COMPLETOS DE LOS SOCIOS, ACCIONISTAS, PARTÍCIPES O CUALQUIER OTRA FORMA DE PARTICIPACIÓN NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO PORCENTAJE DE ACCIÓN, PARTICIPACIÓN O CUALQUIER OTRA FORMA DE PARTICIPACIÓN DOMICILIO FISCAL Nota: La falta de presentación del formato por parte de la Persona Jurídica será causal de descalificación de la oferta. 38 de 79

39 1.6 GARANTÍA TÉCNICA El que suscribe, en mi calidad de ****************, en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva, CERTIFICO que en caso de ser adjudicado, la Garantía Técnica se otorgará de acuerdo al siguiente detalle: REFERENCIA: 1. La GARANTÍA TÉCNICA se aplicará sobre los productos entregados. 2. Si durante el plazo de vigencia del Contrato, EP PETROECUADOR solicitare el cambio de aceite lubricante considerado defectuoso, éste será reemplazado por otro de la misma calidad y condición sin costo adicional alguno para EP PETROECUADOR. 3. Los costos de seguros de transporte y fletes por el envío y retorno del material reportado bajo GARANTÍA TÉCNICA, serán de responsabilidad del CONTRATISTA. Para constancia de lo ofertado, suscribo este FORMULARIO DE OFERTA. FIRMA DEL OFERENTE (LUGAR Y FECHA) 39 de 79

40 ANEXO No. 1 DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS LUBRICANTES 1. ACEITES LUBRICANTES PARA MOTORES A GASOLINA Y DIESEL DE 4 TIEMPOS: MONOGRADO MOTOR A GASOLINA Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE C cst C cst 14.5 Índice de Viscosidad 96 Punto de Fluidez C -9 Punto de Inflamación ºC 273 Densidad 15.6 ºC Categoría de Servicio API SG CATEGORIA DE SERVICIO API: NO DEBE SER INFERIOR A UNA CALIDAD API SG MULTIGRADO MOTOR A GASOLINA Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 10W-30 SAE 20W-50 Mineral Mineral 40 C cst C cst 11, Índice de Viscosidad Punto de Fluidez C Punto de Inflamación C Densidad 15.6 C 0, Viscosidad Aparente CCS Viscosidad cp Temperatura C Bomb. a bajas Temperaturas Viscosidad cp Temperatura C Número básico mg KOH/g Categoría de Servicio API SL SL CATEGORIA DE SERVICIO API: NO DEBE SER INFERIOR A UNA CALIDAD API SL 40 de 79

41 MONOGRADO MOTOR DIESEL Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE10W SAE 30 SAE C cst C cst Índice de Viscosidad Viscosidad aparente, CCS Viscosidad cp Temperatura C -25 Bomb. a bajas temperaturas Viscosidad cp Temperatura C -30 Numero Básico Total mg KOH/g Punto de Fluidez C Punto de Inflamación ºC FZG etapa Densidad 15.6 ºC Nivel de Servicio API CF CF CF/CF2 MULTIGRADO MOTOR A DIESEL Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 25W50 40 C cst 190,5 100 C cst 19 Índice de Viscosidad 113 Viscosidad aparente, CCS Viscosidad cp Temperatura C -25 Numero Básico Total mg KOH/g 12 Punto de Fluidez C -21 Punto de Inflamación ºC 250 Densidad 15.6 ºC - 0,9 Nivel de Servicio API CF/CF2 41 de 79

42 MONOGRADO MOTOR DIESEL ESTACIONARIOS MARINOS Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE C cst C cst 14 Índice de Viscosidad 99 Numero Básico Total 13 Punto de Fluidez C -6 Punto de Inflamación C 230 Densidad 15.6 ºC Kg/lt 0,89 Color C <8 Cenizas Sulfatadas ºC 1,8 Zinc - <5 Cloro <50 Categoría de Servicio API CF, CD LMOA V Generación GM-EMD EMD GE-Generación IV Long-life MULTIGRADO MOTORES DE CUATRO TIEMPOS DE MOTOCICLETAS A GASOLINA Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 20W50 40 C cst 173,3 100 C cst 18,8 Índice de Viscosidad C 123 Punto de Inflamación C 241 Densidad 15.6 ºC Kg/lt 0,888 Viscosidad Aparente CCS Viscosidad cst 8450 Temperatura C -15 Numero Básico Total mg KOH/g 6,9 Cenizas Sulfatadas % P 0,97 Color 2,5 Categoría de servicio API SL Categoría de Servicio JASO MA/MA2 42 de 79

43 MULTIGRADO MOTOR A GASOLINA MODERNOS Cifras Típicas Base Lubricante GP II GP II Grado de Viscosidad SAE 10W30 SAE 20W50 40 C cst C cst 10,4 18,1 Índice de Viscosidad Punto de Fluidez C Punto de Inflamación C Densidad 15.6 ºC Kg/lt 0,8729 0,8825 Viscosidad Aparente CCS cp Viscosidad Temperatura C Numero Básico Total mg KOH/g 8 8 Categoría de Servicio API SN SN MULTIGRADO MOTOR A DIESELDE 4 TIEMPOS TURBOCARGADOS Y ASPIRACIÓN NATURAL Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 15W40 Mineral 40 C cst C cst 14,5 Índice de Viscosidad 140 Punto de Fluidez C -24 Punto de Inflamación C 220 Densidad 15.6 C 0,88 Viscosidad Aparente CCS Viscosidad cp Temperatura C -20 Bomb. a bajas Temperaturas Viscosidad cp Temperatura C -25 Número básico mg KOH/g 9 Categoría de Servicio API CH-4, CG-4, CF-4,CF-SL 43 de 79

44 MULTIGRADO MOTOR A DIESEL DE ALTA VELOCIDAD DE RECIENTE FABRICACIÓN Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 15W C cst C cst 14,5 Índice de Viscosidad 140 Viscosidad aparente, CCS Viscosidad cp Temperatura C -20 Bomb. a bajas temperaturas Viscosidad cp Temperatura C -25 Numero Básico Total mg KOH/g 10.0 Punto de Fluidez C -24 Punto de Inflamación C 220 Densidad 15,6 C 0,88 Categoría de servicio API CI-4, CH-4, CG-4 CF-4, CF, SL Mack EO-M PLUS Volvo VDS 3 ACEA E7-04/E5-02 E3-96#4 B3-98#2 Cummins CES 20078/77 DaimlerChrysler MB p228.3 M.A.N ACEITES LUBRICANTES PARA MOTORES A GASOLINA DE 2 TIEMPOS: MOTOR A GASOLINA DOS TIEMPOS ENFRIADOS POR AIRE Cifras Típicas 100 C cst C cst 43.8 Índice de Viscosidad Adm. 121 Número Básico mg KOH/g 1.22 Punto de Fluidez C - 30 Punto de Inflamación ºC 130 Cenizas Sulfatadas % p 0.05 Densidad g/cm Color Visual Ámbar Categoría de Servicio API TC Categoría de Servicio JASO FB 44 de 79

45 MOTOR DE DOS TIEMPOS - FUERA DE BORDA Cifras Típicas 100 C cst C cst 140 Índice de Viscosidad Adm. 95 Punto de Fluidez C - 12 Punto de Inflamación ºC 240 Cenizas Sulfatadas % p. < Color Visual Púrpura Gravedad Específica Categoría de Servicio NMMA TC-W MOTORES MODERNOS DE DOS TIEMPOS - FUERA DE BORDA ENFRIADOS POR AGUA Cifras Típicas 100 C cst C cst 31,0 Índice de Viscosidad Adm. 145 Punto de Fluidez C - 30 Punto de Inflamación ºC 100 Número básico mg KOH/g 9.0 Cenizas Sulfatadas % p Color Visual Verde Categoría de Servicios NMMA TC-W3 3. ACEITES LUBRICANTES PARA MOTORES A GAS NATURAL: MOTOR DE CUATRO TIEMPOS A GAS NATURAL Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 30 SAE C cst C cst Índice de Viscosidad Numero Básico Total mg KOH/g Punto de Fluidez C Punto de Inflamación ºC Densidad 15.6 ºC Cenizas Sulfatadas % peso Fósforo ppm Categoría de servicio API - CF CF 45 de 79

46 4. ACEITES LUBRICANTES PARA MOTORES Y EQUIPOS MARINOS: MOTOR DIESEL TIPO CRUCETA Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 30 SAE C cst C cst 11,5 14,5 Índice de Viscosidad Punto de Fluidez C Punto de Inflamación ºC Densidad 15.6 ºC ,89 Número Básico Total Mg KOH/g 5 5 Prueba FZG Etapas MOTOR DIESEL TURBOALIMENTADOS DE MEDIANA Y ALTA VELOCIDAD Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 30 SAE C cst C cst 11,5 14,7 Índice de Viscosidad Numero Básico Total mg KOH/g Punto de Fluidez C Punto de Inflamación ºC Densidad 15.6 ºC - 0,9 0,913 Nivel de Servicio API CF CF MOTOR DIESEL MOTORES MARINOS DE MEDIANA VELOCIDAD Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 30 SAE 40 SAE 40 SAE C cst C cst 11, Índice de Viscosidad Punto de Inflamación ºC Densidad 15,6 C 0,895 0, Punto de Fluidez ºC Número Básico Total Mg KOH/g de 79

47 MOTOR DIESEL ALTA VELOCIDAD MOTOR DIESEL ALTA, MEDIANA VELOCIDAD EMBOLO ABIERTO 47 de 79

48 MOTOR DIESEL MOTORES MARINOS CON AMPLIO MARGEN DE SEGURIDAD MOTOR DIESEL SISTEMAS HIDRAÚLICOS 5. ACEITES LUBRICANTES PARA TRANSMISIONES AUTOMOTRICES: MANDOS HIDRAÚLICOS 48 de 79

49 SERVO-TRANSMISIONES Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 30 SAE C cst C cst Índice de Viscosidad Punto de Fluidez C -9-6 Punto de Inflamación ºC Densidad 15.6 ºC Cenizas sulfatadas % p Zinc % p Caterpillar TO-4 TO-4 Allison Transmission C-4 C-4 ENGRANAJES AUTOMOTRICES AUTOMÁTICAS 49 de 79

50 ENGRANAJES AUTOMOTRICES AUTOMÁTICAS GENERAL MOTORS 50 de 79

51 ENGRANAJES AUTOMOTRICES AUTOMÁTICAS SEIS VELOCIDADES ENGRANAJES AUTOMOTRICES AUTOMÁTICAS DIRECCIÓN HIDRAÚLICA ENGRANAJES DE CAJA DE CAMBIO MANUALES Cifras Típicas Grado de Viscosidad SAE 90 SAE C cst C cst Índice de Viscosidad Punto de Fluidez C -6-3 Punto de Inflamación ºC Densidad 15.6 ºC Kg/lt de 79

52 ENGRANAJES DIFERENCIALES DE VEHÍCULOS 6. ACEITE PARA ENGRANAJES: ENGRANAJES ABIERTOS 52 de 79

53 ENGRANAJES ABIERTOS SOMETIDOS A ALTA CARGA CILINDROS DE MOTOR A VAPOR 53 de 79

54 ENGRANAJES CERRADOS: 54 de 79

55 ENGRANAJES INDUSTRIALES COJINETES 55 de 79

56 7. ACEITE PARA COMPRESORES DE AIRE: COMPRESORES RECIPROCANTES COMPRESORES TIPO TORNILLO ROTATIVO 56 de 79

57 8. ACEITE PARA COMPRESORES DE REFRIGERACIÓN: COMPRESORES DE REFRIGERACIÓN RECIPROCANTES COMPRESORES DE REFRIGERACIÓN AMONIACO O FREON 57 de 79

58 9. ACEITE PARA SISTEMAS HIDRAULICOS: SISTEMAS HIDRAULICOS FABRICADOS A PARTIR 1970 SISTEMAS HIDRAULICOS PARA CONTROL Y TRANSMISION DE FUERZA 58 de 79

59 10. ACEITE PARA MAQUINADO DE METALES: MAQUINADO METALES FERROSOS LAMINADO METALES FERROSOS 59 de 79

60 LUBRICANTE DE CONJINETES EN EQUIPOS LAMINADORES ENFRIAMIENTO DE HERRAMIENTAS DE CORTE 60 de 79

61 11. ACEITE PARA TREFILADO Y EXTRUSIÓN DE METALES: OPERACIONES METALURGICAS: TREFILADO Y EXTRUSIÓN DE METALES 12. ACEITE PARA PROTECCIÓN DE PIEZAS METALICAS: PROTECCIÓN DE METALES FERROSOS, ACEROS Y OTRAS ALEACIONES - ESPECIAL PROTECCIÓN DE METALES FERROSOS, ACEROS Y OTRAS ALEACIONES 61 de 79

62 13. ACEITE PARA EQUIPOS NEUMÁTICOS: EQUIPOS NEUMÁTICOS 14. ACEITE PARA PROCESOS: MAQUINARIA PETROLERA EN GENERAL 62 de 79

63 MAQUINARIA DE PROCESOS 15. ACEITE PARA MAQUINARIAS TEXTILES: MAQUINARIA DE INDUSTRIA TEXTIL 63 de 79

64 16. ACEITE PARA TURBINAS: TURBINAS A GAS, VAPOR E HIDRAÚLICAS 17. ACEITE PARA MOLDES: LUBRICANTE PARA MOLDES 64 de 79

65 LUBRICANTE PARA MOLDES EN PROCESO DE SOPLADO 18. ACEITE PARA MAQUINAS HERRAMIENTAS: MAQUINAS HERRAMIENTAS 65 de 79

66 19. ACEITE PARA AMORTIGUADORES: AMORTIGUADORES 20. GRASAS: LUBRICACIÓN DE PARTES MOVILES 66 de 79

67 PROTECCIÓN DE PARTES LUBRICACIÓN PARA TODO TIPO DE COJINETES 67 de 79

68 LUBRICACIÓN PARA COJINETES PLANOS Y OTRAS SUPERFICIES 68 de 79

69 LUBRICACIÓN PARA MECANISMOS DE EQUIPOS AUTOMOTORES E INDUSTRIALES 69 de 79

70 LUBRICACION PARA COJINETES ANTIFRICCIÓN 21. PLASTIFICANTES: PLASTIFICANTES EXTENDEDOR 70 de 79

71 PLASTIFICANTES EXTENDEDOR PLASTIFICANTES EXTENDEDOR 71 de 79

72 22. ACEITE DIELÉCTRICO Cifras Típicas - DIELECTRICO 72 de 79

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