Código de Ética Profesional

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1 Presentation Details: Slides: 14 Duration: 00:08:15 Filename: C:\Users\lizmelendez\Desktop\ETIC 1010\Unidad 6\El_Código_de_Ética_y_partes_relacionadas_rev_ ppt Presenter Details: Profesional ETIC 1010 Ética y profesionalismo

2 Slide 1 Profesional Duration: 00:00:01 Profesional ETIC 1010 Ética y profesionalismo Slide 2 Duration: 00:01:05 Según el Colegio de Psicólogos de Chile:? El Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos del Colegio de Psicólogo/as, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. Su objetivo general es regular el quehacer profesional con acento en la propuesta de criterios de acción y conducta. De acuerdo al Diccionario.DE (en línea):? Un código de ética, por lo tanto, fija normas que regulan los comportamientos de las personas dentro de una empresa u organización. Aunque la ética no es coactiva (no impone castigos legales), el código de ética supone una normativa interna de cumplimiento obligatorio. Según el Colegio de Psicólogos de Chile: El Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los estatutos del Colegio de Psicólogos, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. Su objetivo general es regular el quehacer profesional con acento en la propuesta de criterios de acción y conducta. De acuerdo al Diccionario.DE (en línea): Un código de ética, por lo tanto, fija normas que regulan los comportamientos de las personas dentro de una empresa u organización. Aunque la ética no es coactiva (no impone castigos legales), el código de ética supone una normativa interna de cumplimiento obligatorio.

3 Slide 3 Duration: 00:00:27? Por otro lado, Centeno (2011) argumenta que en el caso de la profesión de Trabajo Social en Puerto Rico el es el documento rector que establece las guías para las mejores prácticas y regula el comportamiento profesional esperado por toda persona que ejerza la profesión en el país. Por otro lado, Centeno (2011) argumenta que en el caso de la profesión de Trabajo Social en Puerto Rico el es el documento rector que establece las guías para las mejores prácticas y regula el comportamiento profesional esperado por toda persona que ejerza la profesión en el país. Slide 4 Partes del Duration: 00:00:18 Preámbulo Reglamento laboral Sanciones Educación continua Colegiación Partes del Las siguientes son las secciones que componen el código de ética: Preámbulo Reglamento laboral Sanciones Educación continua Colegiación Slide 5 Explicación de las partes que componen el Duration: 00:01:22 Explicación de las partes que componen el Preámbulo: En esta parte que se presenta en forma de introducción del documento se justifica el porqué del código y cuáles son sus objetivos y las causas para la creación y necesidad del mismo. Reglamento: Es para establecer normas, procesos, procedimientos y directrices para que las empresas u organizaciones lleven a cabo sus trabajos y servicios de manera exitosa. Sanciones: Son las disposiciones contenidas en los códigos de ética y que se interpretan como violaciones a los artículos e incisos que reglamentan la práctica de una profesión determinada y trae consecuencias de imponer responsabilidades y castigos por tales violaciones. Educación Continua: Son los estudios y talleres que un profesional tiene que continuar tomando para mantenerse ejerciendo una profesión responsablemente de manera efectiva y eficaz para el bienestar de la sociedad. Explicación de las partes que componen el : Preámbulo: En esta parte que se presenta en forma de introducción el documento. Se justifica el porqué del código y cuáles son sus objetivos y las causas para la creación y necesidad del mismo. Reglamento: Es para establecer normas, procesos, procedimientos y directrices para que las empresas u organizaciones lleven a cabo sus trabajos y servicios de manera exitosa.

4 Slide 6 Explicación de las partes que componen el Duration: 00:01:14 Explicación de las partes que componen el Colegiación: Según La Sociedad Uruguaya de Cardiología (2004) la colegiación profesional, bajo distintas denominaciones, es la creación por ley de una persona jurídica, pública, no estatal, que tiene por objeto regular la matrícula de la profesión de que se trate, supervisar el cumplimiento de las normas éticas de la misma, efectuar el desarrollo de la calidad profesional a través de diversas medidas entre ellas la educación y desarrollo continuos, aprobar y aplicar el Código de Ética, determinando las sanciones en los casos de faltas y promoviendo normas que mejoren la condición de profesionalidad de los colegiados. Por su condición de institución creada por ley, tiene carácter obligatorio para la totalidad de los miembros, sean estos egresados de universidades nacionales o hayan revalidado sus títulos en ellas. Sanciones: Son las disposiciones contenidas en los códigos de ética y que se interpretan como violaciones a los artículos e incisos que reglamentan la práctica de una profesión determinada. Trae consecuencias al imponer responsabilidades y castigos por tales violaciones. Educación Continua: Son los estudios y talleres que un profesional tiene que continuar tomando para mantenerse ejerciendo una profesión responsablemente de manera efectiva y eficaz para el bienestar de la sociedad. Colegiación: Según La Sociedad Uruguaya de Cardiología (2004) la colegiación profesional, bajo distintas denominaciones, es la creación por ley de una persona jurídica, pública, no estatal, que tiene por objeto regular la matrícula de la profesión de que se trate. Se encarga de supervisar el cumplimiento de las normas éticas de la misma y efectuar el desarrollo de la calidad profesional a través de diversas medidas. Entre ellas están la educación y desarrollo continuos, aprobar y aplicar el, determinando las sanciones en los casos de faltas y promoviendo normas que mejoren la condición de profesionalidad de los colegiados. Por su condición de institución creada por ley, tiene carácter obligatorio para la totalidad de los miembros, sean estos egresados de universidades nacionales o hayan revalidado sus títulos en ellas.

5 Slide 7 Funciones del Duration: 00:00:24 Funciones del Cabrera Molina (2010) puntualiza queel Profesional tiene como función sensibilizar al criminalista para que el ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad, legitimidad y moralidad, en beneficio de la sociedad. Cabrera Molina (2010) puntualiza que el Código de Ética Profesional tiene como función sensibilizar al criminalista para que el ejercicio profesional se desenvuelva en un ámbito de honestidad, legitimidad y moralidad, en beneficio de la sociedad. Slide 8 estudio de los Duration: 00:00:46 Slide 9 estudio de los Duration: 00:00:43 Hostigamiento Laboral: El hostigamiento o acoso laboral (también conocido como mobbing) es un comportamiento (proceso) negativo entre superiores e inferiores jerárquicos de una organización laboral, a causa del cual el/la afectado/a es sometido a acoso y ataques sistemáticos durante mucho tiempo y de manera continuada de modo directo o indirecto por parte de una o más personas (Fondevila, 2008). Mobbing: Según Hirigoyen (2001, citado en Arciniega, 2009), por acoso moral o mobbing hay que entender cualquier manifestación de una conducta abusiva y, especialmente, los comportamientos, palabras, actitudes, gestos y escritos que puedan atentar por su repetición o sistematización contra la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de un individuo, poniendo en peligro su empleo, o degradando el ambiente de trabajo. Hostigamiento Laboral: El hostigamiento o acoso laboral (también conocido como mobbing) es un comportamiento (proceso) negativo entre superiores e inferiores jerárquicos de una organización laboral, a causa del cual el/la afectado/a es sometido a acoso y ataques sistemáticos durante mucho tiempo y de manera continuada, de modo directo o indirecto, por parte de una o más personas (Fondevila, 2008). Mobbing: Según Hirigoyen (2001, citado en Arciniega, 2009), por acoso moral o mobbing hay que entender cualquier manifestación de una conducta abusiva y, especialmente, los comportamientos, palabras, actitudes, gestos y escritos que puedan atentar por su repetición o sistematización contra la personalidad, la dignidad o la integridad física o psíquica de un individuo, poniendo en peligro su empleo, o degradando el ambiente de trabajo.

6 Slide 10 estudio de los Duration: 00:00:26 Leyes laborales Según Avílés-Calderon [en línea] es el conjunto de leyes que establecen los derechos y condiciones de trabajo de los empleados en el taller de trabajo y que regulan las relaciones entre trabajadores y patronos cuando los trabajadores interesan negociar con sus patronos, salarios y otras condiciones de trabajo. Leyes laborales Son el conjunto de leyes que establecen los derechos y condiciones de trabajo de los empleados en el taller de trabajo y que regulan las relaciones entre trabajadores y patronos cuando los trabajadores interesan negociar con sus patronos, salarios y otras condiciones de trabajo. Slide 11 estudio de los Duration: 00:00:52 Hostigamiento Sexual De acuerdo a la Ley Núm. 17 del 22 de abril de 1988 de Puerto Rico, constituye hostigamiento sexual en el empleo, cualquier conducta sexual indeseada que ocurre en la relación de empleo y afecta las oportunidades de empleo, el empleo mismo, sus términos y condiciones o el ambiente de trabajo de la persona. Este se manifiesta de diversas formas desde insinuaciones de tipo sexual directa o indirectas que pueden llegar desde los actos más sutiles y disimulados de contacto físico hasta la agresión sexual simple o agravada. Hostigamiento Sexual De acuerdo a la Ley Núm. 17 del 22 de abril de 1988 de Puerto Rico, constituye hostigamiento sexual en el empleo, cualquier conducta sexual indeseada que ocurre en la relación de empleo y afecta las oportunidades de empleo, el empleo mismo, sus términos y condiciones o el ambiente de trabajo de la persona. Este se manifiesta de diversas formas desde insinuaciones de tipo sexual directa o indirectas que pueden llegar desde los actos más sutiles y disimulados de contacto físico hasta la agresión sexual simple o agravada.

7 Slide 12 Conclusión Duration: 00:00:31 Conclusión Un aspecto fundamental para todo profesional o trabajador/a, debe ser revisar y actualizar sus conocimientos sobre los contenidos del código de ética que aplique a su profesión. Puesto que regulan la ejecución y el comportamiento en el ambiente de trabajo, debemos seguirlos para lograr el bienestar colectivo y de la empresa de la que seamos parte. Un aspecto fundamental para todo profesional o trabajador/a, debe ser revisar y actualizar sus conocimientos sobre los contenidos del código de ética que aplique a su profesión. Puesto que regulan la ejecución y el comportamiento en el ambiente de trabajo, debemos seguirlos para lograr el bienestar colectivo y de la empresa de la que seamos parte. Slide 13 Duration: 00:00:00 Arciniega, R. (2009). El Acoso Moral (Mobbing) en las Organizaciones Laborales. Psicología Iberoamericana, 17, Recuperado de: Cabrera Molina, J. (2010). El del Criminalista. Deontología Pericial. Recuperado de: código de ética. Definición.DE. Recuperado de: Colegio de Profesionales del Trabajo Social de Puerto Rico. (2011). profesional. Recuperado de: Colegio de Psicólogos de Chile A.G. (s.f.). profesional. Recuperado de: Slide 14 Duration: 00:00:05 Fondevila, G. (2008). El discrinamiento laboral como forma de discriminación: un estudio cualitativo de percepción. Revista Mexicana de Sociología, 70, Recuperado de: LexJuris.(1988). Ley Núm. 17 del 22 de abril de Recuperado de: Sociedad Uruguaya de Cardiología. (2004). Colegiación profesional. Recuperado de:

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