MEDIDAS DE PROTECCION RECOMENDACIONES

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1 MEDIDAS DE PROTECCION RECOMENDACIONES ADOPCION. I II III IV El Comité toma nota de la gran cantidad de adopciones nacionales e internacionales de niños y niñas Al comité le satisface la adhesión del Estado Parte a la Convención de la Haya sobre la protección de la infancia y la El Comité celebra la enmienda propuesta a la Ley de Adopción en cumplimiento de la recomendación en Costa Rica. cooperación en materia de adopción dada en el informe dos anterior. Pone en relieve que el interés internacional de superior es el principio que guía la aplicación de la Convención, en lo que respecta a la legislación laboral Toma nota de las enmiendas realizadas por el Estado Parte acerca de la adopción, El Comité sigue preocupado porque esa propuesta sigue aún en la Asamblea Legislativa y no se ha y a la adopción, por lo que de acuerdo a las recomendaciones que el prohibido la práctica de adopción recomienda que con esta última se Comité le hiciera. privada o directa que puede deben tomar en cuenta las encubrir casos de trata. disposiciones del artículo 17 de dicha Convención. A pesar de lo anterior, la legislación en materia de adopción no parece cumplir plenamente los requisitos de la Convención de la Haya sobre protección de la infancia y cooperación en materia de adopción internacional, por lo que recomienda adoptar más medidas para reformar su legislación de acuerdo a la Convención de la Haya Recomienda adoptar las medidas efectivas para la probación de esas modificaciones que formuló el defensor del pueblo para poner fin a las adopciones privadas o directas, proporcionando los recursos necesarios para el cumplimiento eficaz de sus mandatos. El Comité solicita al Estado Parte que indique porque razón aún existe un sistema paralelo de adopción privada, que medidas están siendo tomadas al respecto y que planes se han tomado para aplicar los compromisos internacionales y reformas al Derecho de Familia El Comité solicita al Estado Parte que facilite datos para los años 2007, 2008, 2009 y 2010, según edad, sexo, origen étnico y religión sobre adopciones a nivel nacional e internacional.

2 DERECHOS CIVILES I II III IV Y LIBERTADES VIDA No existe No existe En cuanto al 3 informe al Comité le preocupa el acceso limitado de los No existe pronunciamiento pronunciamiento niños indígenas, migrantes y los de zonas rurales, a la educación y servicios de salud básicos, así como su bajo nivel de vida. pronunciamiento Debe el Estado Parte prestar la debida atención a las necesidades de los pueblos indígenas, hacer frente a la mortalidad infantil entre estas comunidades y procurar que aumente su nivel de educación y vida. INSCRIPCION, NOMBRE NACIONALIDAD Y I II III IV No existe pronunciamiento No existe pronunciamiento El comité ve con satisfacción que el Estado parte haya creado un sistema de Información Estadística de Derechos de la Niñez y Adolescencia. Sigue preocupado por la falta de datos desglosados sobre todos los ámbitos que abarca la convención. El Comité recomienda que se redoblen los esfuerzos para procesar y recuperar los datos disponibles en las diversas instituciones que se ocupan de los niños y niñas, debiendo integrar esos datos en un sistema de acopio. Solicita presentar documentos relativos a grupos vulnerables como pueblos indígenas, migrantes, refugiados y habitantes de zonas rurales por nacionalidad, género y edad. No existe pronunciamiento

3 PRESERVACION DE IDENTIDAD Y RELACIONES FAMILIARES. I II III IV RECOMENDACIONES: El Comité recomienda se lleve a cabo un examen minucioso de la repercusión de las políticas de reajuste económico para determinar las formas de asegurar una protección adecuada a la infancia, en particular de los niños y niñas vulnerables y en situación de desventaja. Debe darse el apoyo necesario al fortalecimiento del ambiente familiar de esos niños y niñas Recomienda que se tomen medidas para la prevención de la delincuencia juvenil y que esas medidas se centren sobre todo a nivel de la comunidad y la familia con una capacitación adecuada para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los asistentes sociales y los que trabajan con niños y niñas vulnerables y jóvenes en situación de riesgo. El Comité ve con satisfacción que en la legislación del Estado Parte se han introducido disposiciones que garantizan los derechos de participación de los niños y niñas, que sigue preocupado de que en la práctica esos derechos no se respeten de manera suficiente en los diversos niveles de al sociedad costarricense. Recomienda realizar más esfuerzos para lograr el respeto de estos derechos, en especial de participación dentro de la familia, en la escuela, otras instituciones en la sociedad en general. Fortalecer programas de sensibilización del público en general, así como los de educación para cambiar la percepción del niño y la niña como objeto y no como sujeto de derecho No existe pronunciamiento El Estado Parte debe indicar si la política nacional de la niñez y adolescencia (PNNA) abordando todos los aspectos de la Convención desde un enfoque de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos.

4 NO SEPARACION FORZOSA DE LOS HIJOS I II III IV El Comité pone en relieve que el interés superior del niño y la niña debe ser el principio que guíe la aplicación de la Convención, sobre todo respecto a la legislación laboral y la adopción, en la cual se debe tomar en cuenta la opinión del niño y la niña y adolescentes. Al Comité le satisface que en el legislación del Estado Parte se introduzcan disposiciones que garantizan los derechos de participación de los niños y las niñas. Sigue preocupándole que en la práctica estos derechos no se respeten suficientemente en todos los niveles de la sociedad. El Comité es consiente del conjunto de servicios de tutela que el Pani ofrece a los niños y niñas privados del entorno familiar, pero le preocupa la duración en la colocación provisional por más de 3 años, antes de que el Juez se pronuncie sobre la colocación definitiva de los niños y las niñas. No existe pronunciamiento Recomienda realizar más esfuerzos para lograr el respeto de estos derechos, en especial los de participación en familia, escuela, otras instituciones y sociedad en general. Fortalecer programas de sensibilización del público en general para cambiar la percepción tradicional del niño y la niña como objeto y no como sujeto de derecho. Le satisface los diversos esfuerzos del Estado Parte para aplicar y promover los derechos del niño y la niña a expresar sus opiniones y participar en procesos de adopción y otras actividades relacionadas con su condición. Le preocupa que los problemas culturales constituyan un factor que obstaculiza el ejercicio de estos derechos en el marco de la familia. Recomienda que la colocación provisional dure el menos tiempo posible y que los jueces se pronuncien sobre la cuestión en la fase inicial de la separación del niño o la niña y adolescentes de sus padres. Que se adopten nuevas medidas para

5 promover el derecho del niño, la niña y los adolecentes a expresar libremente sus opiniones, en el marco de la familia y en la sociedad en general, opinión que debe tener en todas las actuaciones que tenga que ver con niños, niñas y adolescentes. Que los medios de comunicación tengan en cuenta la opinión del niño, la niña y los adolescentes y se tomen las medidas necesarias para promover el conocimiento de entre niños, niñas y adolescentes de sus derechos participativos en la familia, escuela instituciones y la sociedad en general.

6 LILBERTAD PENSAMIENTO, CONCIENCIA RELIGION. DE Y I II III IV Nuevamente el Comité pone en relieve el interés superior del niño y la niña como principio para guiar la Convención, en cuanto al respeto a la opinión del niño, la niña y los y las adolescentes. EL Comité nuevamente hace referencia a la introducción de disposiciones en la legislación que garantizan los derechos de participación de los niños, niñas y adolescentes (ver no separación forzosa de los hijos anterior). Le satisface los diversos esfuerzos del Estado Parte para aplicar y promover los derechos del niño la niña y los adolescentes a expresar sus opiniones y participar en procesos de adopción y otras actividades relacionadas con su condición. Le preocupa que los problemas culturales constituyan un factor que obstaculiza el ejercicio de estos derechos en el marco de la familia. Le preocupa la contradicción de que según información del Ministerio de Educación los estudiantes tienen derecho a asociación, a participar en partidos políticos estudiantiles, y el artículo 18 del Código de la Niñez y la Adolescencia que establece que los menores de 18 años tienen derecho de asociación excepto cuando se trata de actividades políticas o lucrativas. (Esta contradicción aún existe). Que aunque es consiente de que el Estado Parte reconoce la libertad religiosa, le preocupa el hecho de que las clases de religión católica formen parte del plan de estudios, lo cual resulta discriminatorio para los niños no católicos. Recomienda que se adopten nuevas medidas para promover el derecho del niño, niña y adolescentes, a expresar libremente sus opiniones, en el marco de la familia y en la sociedad en general, opinión que debe tener en todas las actuaciones que tenga que ver con esta parte de la población. Que los medios de comunicación tengan en cuenta la opinión del niño, niñas y adolescentes y se tomen las medidas necesarias para promover el conocimiento de estos y sus derechos participativos en la familia, escuela instituciones y la sociedad en general. Que el Estado Parte diseñe un plan de estudios que garantice que el niño, niña y adolescentes pueda ejercer plenamente su libertad religiosa en el sistema educativo sin discriminación. No existe pronunciamiento

7 INTIMIDAD I II III Recomienda que se examine la legislación vigente para que las actuaciones procesales relativas al abuso de personas menores de edad se tengan en cuenta las necesidades de estos, respeten su privacidad e impidan que la persona menor de edad vuelva a ser víctima, en particular al admitir como prueba la grabación en video de la declaración del niño, niña y adolescente víctima. IV LIBERTAD INTEGRIDAD E I II III Al Comité le satisface las medidas adoptadas para encontrar alternativas de encarcelamiento de niños, niñas y adolescentes. Le preocupa el número insuficiente de jueces especializados en derechos del niño, las denuncias de malos tratos a niños, niñas y adolescentes privados de libertad y lamenta la falta de datos sobre la formación e inspección adecuadas de la policía y el personal penitenciario, como ya se había recomendado. Recomienda: 1-) La buena formación del personal de la Administración de Justicia. 2-) Medidas para ofrecer a los menores de 18 años otras alternativas y que solo sean privados de libertad en último recurso. 3-) Que los menores presos estén aparte de los mayores y que tengan sentencia firme. 4-) Medidas para prevenir los malos tratos, examen periódico de la privación de libertad y reforzar medidas alternativas al encarcelamiento, creación de capacidad y recursos financieros. IV Mismo pronunciamiento del III Informe anterior. Deberá proporcionar información de los años 2007, 2008 y 2009 de las personas menores de edad víctimas de violencia, abuso sexual, víctimas con sentencia y victimarios condenados. Denuncias recibidas por muerte de niños, niñas o adolescentes en tortura, tratos o penas crueles e inhumanas y el número de niñas embarazadas o madres dentro y fuera de la escuela.

8 JUSTICIA ESPECIALIZADA Y REINTEGRACION SOCIAL I II III IV Pronta presentación del informe inicial y su amplitud con aspectos de autocrítica y con es esferas prioritarias de acción. Lamenta la falta de información relativa a medidas de protección especial, más que todo al sistema de Administración de Justicia. Recomienda que las medidas que en este respecto se tomen se centren a nivel de la comunidad y la familia. La necesidad de capacitación para los encargados de hacer cumplir la ley, los asistentes sociales y otros profesionales que trabajan con niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo. Con relación a la Administración de Justicia, le satisface las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones (CRC/C/!5/Add. 11, Párr. 15). Le preocupa el hecho de que la nueva ley de justicia penal de menores no se aplique plenamente por la escasez de jueces especializados y porque únicamente haya un centro especializado de menores de edad; falta de formación de la policía; el gran número de menores de edad en prisión preventiva y las sanciones son desproporcionalmente severas en relación con el carácter de los delitos. Recomienda se tomen medidas para superar estos obstáculos a la hora de aplicar el sistema de justicia, siguiendo los lineamientos de las normas internacionales, reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores de edad (Reglas de Beijing) y otras normas y regulaciones de las Naciones Unidas. Le satisface la adopción de medidas para encontrar alternativas al encarcelamiento de niños, niñas y adolescentes, pero igual que en el informe anterior sigue preocupado por el número insuficiente de jueces especializados en los derechos del niño y la niña y adolescentes, denuncias de malos tratos a esta parte de la poblacion privados de libertad y lamenta la falta de datos sobre la formación y inspección adecuadas de la policía y el personal penitenciario, tal y como lo recomendó el Comité en anteriores observaciones finales. Recomienda que el Estado Parte: a) Vele por la formación sistemática de todo el personal adscrito a la administración de justicia de menores de edad; b) Continúe adoptando todas las medidas necesarias para ofrecer a los menores de 18 años soluciones alternativas a la detención y, cuando sea necesario, solo sean privados de liberta como último recurso y durante el período más breve que proceda. c) Cuide de que los detenidos menores de 18 años estén siempre separados de No hay pronunciamiento

9 los adultos y que los que se encuentran en prisión provisional estén separados de los que han sido condenados a una pena de prisión firme. d) Adopte medidas urgentes para prevenir de forma eficaz los malos tratos a los menores de 18 años detenidos en comisarías y otros centros de detención. e) Vele por el examen periódico de la privación de libertad, a este tipo de poblacion. f) Refuerce el sistema de medidas alternativas al encarcelamiento mediante creación de capacidad y recursos financieros. g) recabe la asistencia técnica del UNICEF y el ACNUR, entre otras entidades.

10 DERECHOS POLITICOS I II III IV Le satisface los diversos esfuerzos del Estado Parte para aplicar y promover los derechos del niño, niña y adolescentes a expresar sus opiniones y participar en procesos de adopción y otras actividades relacionadas con su condición. Le preocupa que los problemas culturales constituyan un factor que obstaculiza el ejercicio de estos derechos en el marco de la familia. El Comité ve con satisfacción que en la legislación del Estado Parte se han introducido disposiciones que garantizan los derechos de participación de los niños, niñas y adolescentes, que sigue preocupado de que en la práctica de esos derechos no se respeten de manera suficiente en los diversos niveles de al sociedad costarricense. Recomienda realizar más esfuerzos para lograr el respeto de estos derechos, en especial de participación dentro de la familia, en la escuela, otras instituciones en la sociedad en general. Fortalecer programas de sensibilización del público en general, así como los de educación para cambiar la percepción del niño, niña y adolescentes como objeto y no como sujeto de derecho. Recomienda que el Estado Parte adopte nuevas medidas con objetivos bien definidos para promover el derecho del niño, la niña y los adolescentes a expresar libremente sus opiniones en el marco de la familia, en instituciones como hogares de acogida otras para este tipo de población. Que se tenga en cuenta la opinión de las personas menores de edad en todas las actuaciones en que se encuentren involucrados, que los medios de comunicación tengan en cuenta las opiniones del niño, niña y adolescentes que se adopten medidas para para promover el conocimiento entre las personas menores de edad de sus derechos participativos en la familia, la escuela y otras instituciones y la sociedad en general, mediante programas educativos sobre la aplicación de estos principios y aumente las oportunidades de participación por parte de los niños.

11 EXPRESION I II III IV El Comité recalca el interés superior del Niño, Niña y Adolescentes en la aplicación de la Convención, sobre todo respecto a la opinión de las personas menores de edad. Al Comité le satisface la introducción de disposiciones que garantizan los derechos de participación de los niños, niñas y adolescentes las cuales n o se cumplen. Al Comité le satisface los esfuerzos del Estado Parte para aplicar y promover los derechos del niño, niñas y adolescentes a expresar sus opiniones y tomar decisiones en otras actividades. Recomienda más esfuerzos para lograr estos derechos de participación y sensibilizar al público para cambiar la percepción de la niñez y la adolescencia como objeto y no como sujeto de derecho. Toma nota de la preocupación del Estado Parte de que los problemas culturales son un factor que obstaculiza el ejercicio de estos derechos en el marco familiar. Le preocupa la contradicción del artículo del Código de la Niñez y la Adolescencia entre el Informe y dicho artículo. Le preocupa toda cobertura sensacionalista de los medios de comunicación. Recomienda dar coherencia a la legislación referente a la participación de menores de 18 años en actividades políticas, impedir la difusión de información nociva.

12 DERECHOS SOCIALES, SUPERVIVENCIA Y DESARROLLO IGUALDAD DE RESPONSABILIDAD DE AMBOS PADRES I Que el estado Parte intensifique campañas de información y protección a nivel de la comunicad y la familia. Ampliar campañas educativas evitar la discriminación por sexo y en el papel de los padres, prevención de la violencia, abuso en la familia, matrimonio temprano y embarazos prematuros. II III Reitera la prohibición de los castigos corporales, ampliar campañas no violencia en la crianza de los niños, niñas y adolescentes sensibilizar a los padres. Maestros y otras personas de los modos no violentos de disciplina. IV CAPACITACION PADRES PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES I Que el estado Parte intensifique campañas de información y protección a nivel de la comunicad y la familia. Ampliar campañas educativas, evitar la discriminación por sexo, y el papel de los padres, madres o encargados prevención de la violencia, abuso en la familia, matrimonio temprano y embarazos prematuros. II III Reitera la prohibición de los castigos corporales, ampliar campañas no violencia en la crianza de los niños, niñas y adolescentes sensibilizar a los padres, maestros y otras personas de los modos no violentos de disciplina. IV

13 GUARDERIAS PARA NNA CUYOS PADRES TRABAJAN I II III IV Celebra los esfuerzos por cumplir los objetivos de la Cumbre Mundial, le preocupa las desigualdades regionales en el acceso a servicios sanitarios, la inmunización y mortalidad infantil. Aprecia los esfuerzos del Estado Parte por atender recomendaciones anteriores, en cuanto a salud básica, bienestar, y la explotación sexual, lamenta que las recomendaciones anteriores en cuanto abuso, descuido de menores, el trabajo infantil, la explotación sexual y los niños, niñas y adolescentes de la calle, no hayan sido aprendidas. Le preocupa la alta taza de embarazos adolescentes por la falta de educación sexual y abuso de sustancias entre adolescentes. Recomienda elaborar políticas de salud, fortalecer la educación en salud reproductiva para prevenir y reducir los embarazos adolescentes. Le satisface el combate a la mortalidad infantil, aumento de vacunación, la atención sanitaria básica, pero le preocupa la desigualdad regional en el acceso a los servicios de salud. Recomienda garantizar el acceso este tipo de la población a una atención básica. Se refuercen programas educativos en materia de salud reproductiva en las escuelas, secundarias como Amor Joven par aprevenir los embarazos de adolescentes..

14 SEGURIDAD SOCIAL. ACCESO A LA EDUCACION I II III IV Celebra que la asignación presupuestaria para la educación del Estado Parte sea una de las mayores de los países y se adopten medidas para la educación primaria para niños, niñas y adolescentes rurales y marginales. Le preocupa el aumento de las tasas de abandono de estudios de primaria y secundaria, por la limitada utilidad práctica de los programas escolares y por factores económicos y sociales, temprana entrada al mercado del trabajo, discrepancias en el acceso de la educación entre zonas rurales y urbanas. Recomienda fortalecer el ámbito de la educación, mediante el fortalecimiento de sus políticas y su sistema educativo para reducir esas diferencias regionales. Programas continuos de formación para el personal docente sobre los derechos del niño, niña y adolescentes. Se solicita al Estado parte indicar las medidas concretas tomadas para evitar la deserción escolar. Que va a hacer para que el sistema de educación primaria sea compatible con el de secundaria, para que la transición no sea obstáculo para los adolescentes. Si ha habido una evaluación del programa avancemos.

15 EDUCACION DE CALIDAD I II III IV Celebra que la asignación presupuestaria para la educación del Estado Parte sea una de las mayores de los países y se adopten medidas para la educación primaria para niños, niñas y adolescentes rurales y marginales. Le preocupa el aumento de las tasas de abandono de estudios de primaria y secundaria, por la limitada utilidad práctica de los programas escolares y por factores económicos y sociales, temprana entrada al mercado del trabajo, discrepancias en el acceso de la educación entre zonas rurales y urbanas. Recomienda fortalecer el ámbito de la educación, mediante el fortalecimiento de sus políticas y su sistema educativo para reducir esas diferencias regionales. Programas continuos de formación para el personal docente sobre los derechos del niño, niñas y adolescentes. En cuanto al 3 informe al Comité le preocupa el acceso limitado de los niños, niñas y adolescentes indígenas, migrantes y los de zonas rurales, a la educación y servicios de salud básicos, así como su bajo nivel de vida. Debe el Estado Parte prestar la debida atención a las necesidades de los pueblos indígenas, hacer frente a la mortalidad infantil entre estas comunidades y procurar que aumente su nivel de educación y vida. Que el Estado parte preste la debida atención a las necesidades de los pueblos indígenas con medidas para evitar la mortalidad infantil en esos pueblos y que aumente su nivel de vida. Informar sobre la extensión de los resultados de educación multicultural bilingüe en las zonas indígenas. Se solicita al Estado parte indicar las medidas concretas tomadas para evitar la deserción escolar. Que va a hacer para que el sistema de educación primaría sea compatible con el de secundaria, para que la transición no sea obstáculo para los adolescentes. Si ha habido una evaluación del programa avancemos. Facilitar información del número de niños, niñas y adolescentes con becas y que reconozca el derecho de las personas menores de edad migrantes a participar en los consejos de estudiantes.

16 DESCANSO, ESPARCIMIENTO, Y ARTE CULTURA I II III Anota los esfuerzos para mejorar las infraestructuras escolares, proporcionar acceso a los niños, niñas y adolescentes a la enseñanza, incluyendo los refugiados. IV Que el 90% de los niños, niñas reciben enseñanza prescolar. Celebra mecanismos que eximen a los niños y niñas del pago de gastos de escolarización adicional. Anota los nuevos proyectos que ofrecen oportunidades de enseñanza a los niños y niñas que abandonaron la escuela antes de finalizarla. Aumento de cursos e instituciones dedicas a la educación técnica y profesional. Lamenta que no hayan más niños y niñas de transición a un trabajo calificado, que pocos de ellos terminen la escuela secundaria, más en zonas rurales. Recomienda continúe adoptando medidas para aumentar la asistencia a la escuela primaria y secundaria reducir la deserción escolar y de repetidores en zonas rurales en especial y hacer frente a la falta de infraestructura escolar.

17 DERECHOS ECONOMICOS SEGURIDAD SOCIAL. NO EXPLOTACION ECONOMICA LABORAL I II III IV Celebra la firma del memorando entre el Estado Parte y la Organización Internacional del Trabajo, Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. Le preocupa que la explotación económica sigue siendo el principal problema que afecta a los niños, niñas y adolescentes y no se aplica debidamente la ley. Recomienda se siga trabajando con la OIT para eliminar el trabajo infantil. Tomar medidas para ratificar convenios para prohibición de peores formas de trabajo infantil y fortalecer las inspecciones de trabajo con sanciones en caso de violación.

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