PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE BILBAO INFORMACIÓN BÁSICA

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1 PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE BILBAO INFORMACIÓN BÁSICA ENERO 200

2 SUMARIO. PROCESO ELECTORAL 2. NORMATIVA 3. CENSO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE BILBAO 4. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS 5. PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS 6. VOTACIÓN POR SUFRAGIO DEL ELECTORADO 7. VOTO POR CORREO 8. MESA ELECTORAL 9. ESCRUTINIO 0. TOMA DE POSESIÓN Y DURACIÓN DEL MANDATO. ELECCIÓN DE LAS Y LOS CANDIDATOS PROPUESTOS POR LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES 2. ACCIONES Y RECURSOS ANEXOS CALENDARIO ELECTORAL ESTRUCTURA POR SECCIONES, GRUPOS Y CATEGORÍAS DEL CENSO DE LA CORPORACIÓN, Y NÚMERO DE AVALES. SOLICITUD VOTO POR CORREO 2

3 Las Cámaras de Comercio son corporaciones de derecho público y gestión privada de estructura y funcionamiento democráticos que tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del Comercio, la Industria y la Navegación y la prestación de servicios a las empresas. Los Órganos de Gobierno de las Cámaras son: el Pleno, el Comité Ejecutivo y el Presidente. El Pleno es el órgano supremo de gobierno y representación de la Cámara y está compuesto por 68 Vocales, 60 elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto entre las y los electores de la Cámara, y los 8 restantes, elegidos por los 60 Vocales mencionados entre personas de reconocido prestigio en la vida económica a propuesta de las organizaciones empresariales más representativas del territorio. El Presidente es elegido por el Pleno entre sus Vocales. El Comité Ejecutivo, constituido por 0 Vocales y elegido por el Pleno, es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara. La duración del mandato de las y los Vocales del Pleno es de cuatro años..- PROCESO ELECTORAL Cada cuatro años se procede a la renovación de los miembros de los Plenos de las Cámaras, y se inicia el proceso electoral por Orden del Ministerio de Turismo y Comercio,. El día 25 de julio de 2009 se publicó la Orden ITC/209/2009 de 22 de julio declarando abierto el proceso electoral desde el de octubre de 2009 hasta el 5 de julio de 200. El día 8 de enero de 200 se ha dictado resolución de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se convocan elecciones para la renovación de los Órganos de Gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación del País Vasco 2.- NORMATIVA La normativa reguladora del proceso electoral para la renovación del Pleno de la Cámara de Comercio de Bilbao (CCINB) se encuentra recogida en la Ley 3/993 Básica de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación (BOE 23 de marzo de 993), en el Real Decreto 33/2007 de 3 de agosto por el que se modifica el capitulo III del Reglamento General de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación, que regula el sistema electoral (BOE 29 de septiembre), en el 3

4 Reglamento de Régimen Interior de esta Corporación, y en la Resolución de 8 de enero de la Viceconsejera de Comercio y Turismo del Gobierno Vasco (BOPV de 25 de enero). 3.- CENSO ELECTORAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE BILBAO Forman parte del censo electoral de la Cámara las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan actividades comerciales, industriales, navieras o de servicios, y cuenten con establecimientos, delegaciones o agencias en el territorio de Bizkaia. Las y los electores del censo electoral están clasificados en cuatro secciones correspondientes al Comercio, los Servicios, la Industria y la Navegación. Cada sección está dividida por grupos conforme a su actividad económica y por categorías, en atención a la importancia económica de los diferentes colectivos. La estructura del censo electoral de la Cámara de Comercio de Bilbao es la que figura en el Anexo nº 2. ELECTORADO Son electoras todas las personas físicas o jurídicas inscritas en el último censo aprobado por la Corporación. Las personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades correspondientes a diversos grupos del censo tendrán derecho electoral activo y pasivo en cada uno de ellos. Los extranjeros electores deberán encontrarse en situación de residencia de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 4/2000, de de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su normativa de desarrollo. 4.- PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS QUIÉN PUEDE PRESENTARSE Pueden ser candidatas al Pleno de las Cámaras, las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, la de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o la de un Estado a cuyos nacionales se extienda, en virtud del correspondiente Acuerdo o Tratado Internacional, el régimen jurídico previsto para los ciudadanos anteriormente citados. b) Formar parte del censo de la Cámara. 4

5 c) Ser elector del grupo o categoría correspondiente. d) Ser mayor de edad si se trata de una persona física. e) Estar al corriente en el pago del recurso cameral permanente o, en su caso, tener acreditada la presentación de un recurso contra la resolución correspondiente o tener concedida una moratoria o aplazamiento de pago. f) Llevar, como mínimo, dos años de ejercicio en la actividad empresarial en el territorio español, o en el ámbito de la Unión Europea cuando se trate de empresas procedentes de otros países miembros. Esta circunstancia se acreditará mediante el alta en el censo del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente o, en su caso, acreditación equivalente para el ejercicio de la actividad en el supuesto de otros países de la Unión Europea. g) No ser empleado de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquélla haya convocado, en el momento de presentarse la candidatura o de celebrarse elecciones. h) No encontrarse inhabilitado por incapacidad, ineligibilidad o incompatibilidad por la normativa vigente, ni hallarse incurso en un proceso concursal calificado de culpable, ni hallarse cumpliendo una pena privativa de libertad. En el caso de las personas jurídicas, la elegible y, en su caso miembro del Pleno es la propia persona jurídica, que estará representada en el Pleno por una persona física con poder suficiente, quien podrá ser sustituida en cualquier momento por aquélla. CÓMO SE PRESENTAN LAS CANDIDATURAS Las candidaturas deberán presentarse por escrito y en ellas se expresará: - Personas físicas: Nombre y apellidos DNI Domicilio Aceptación de la candidatura Firma 2 - Personas jurídicas: Denominación social NIF Domicilio Datos de la persona física que firma en su representación y el cargo en virtud del cual tiene facultades de representación ante terceros Aceptación de la candidatura Firma 5

6 La autenticidad de las firmas de la persona candidata se acreditará mediante fedatario/a público/a, reconocimiento bancario o certificación del Secretario General de la Cámara. El escrito deberá acompañarse de los documentos acreditativos de los requisitos exigidos para ser elegible. Si se trata de persona jurídica se tendrá que acreditar la representación mediante poder suficiente en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 6 del Reglamento General de Cámaras. Las candidaturas vendrán avaladas por la firma del 5% de las y los electores censados en su grupo o en su caso, de la categoría correspondiente. Si el número de electores del grupo o categoría fuese superior a doscientos, será suficiente con la firma de diez electores de su grupo o categoría. El escrito deberá presentarse en la Secretaría de la Cámara donde se extenderá diligencia haciendo constar la fecha y hora de presentación de la candidatura. El número de vocales, electores/as censados y número mínimo de avalistas de cada grupo y categoría es el que figura en el Anexo nº 2. Los avales que acompañan cada candidatura deberán reunir las siguientes características: Quienes avalen deben estar censados en el grupo o categoría del candidato o candidata. Para facilitar su conocimiento, durante el período de presentación de candidaturas se facilitará a las y los electores que lo soliciten, y que reúnan los requisitos para ser candidatos/as, una copia del censo de su correspondiente grupo o categoría. Los avales deben realizarse de forma indubitada, haciendo constar fehacientemente la personalidad de las y los avalistas, así como la del candidato/a avalado/a. La presentación de cada aval podrá hacerse efectiva a través de una declaración jurada, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 6 del Real Decreto 33/2007. La autenticidad de la firma de las y los avalistas se acreditará mediante fedatario/a público/a, reconocimiento bancario o certificación del Secretario General de la Cámara. El candidato/a puede avalarse a sí mismo/a. Cada elector/a podrá avalar con su firma cuantas candidaturas desee. Las dependencias de la Cámara no podrán ser utilizadas para la recogida de avales ni para cualquier otro tipo de actividad que presuponga directa o indirectamente una discriminación entre las candidaturas. 6

7 CUÁNDO SE PRESENTAN Desde el día 26 de enero hasta el 5 de febrero, en la Secretaría General de la Cámara de Comercio de Bilbao, de 9:00 a 3:30 horas y de 5:30 a 8:00 horas. 5.- PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS La Junta Electoral, en el plazo de cinco días después de finalizar el plazo de presentación de candidaturas, las examinará para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos, y procederá a la proclamación y publicidad de las y los candidatos. Cuando el número de personas candidatas que hayan sido proclamadas por un grupo o categoría resulte igual al de los miembros a elegir, su proclamación equivaldrá a la elección y ésta, por tanto, no habrá de efectuarse. Si el número de candidaturas fuese inferior al de los miembros a elegir, la Junta Electoral dará por elegidas a las proclamadas y en el plazo de ocho días elegirá, mediante sorteo entre las empresas del grupo o categoría correspondiente, los que hayan de ocupar las vacantes, siempre que cumplan los requisitos para ser elegibles. 6.- VOTACIÓN POR SUFRAGIO DEL ELECTORADO Cuándo y dónde: Las votaciones se efectuarán el día 2 de marzo en la sede de la Cámara de Comercio de Bilbao, Gran Vía nº 3 - Bilbao, entre las 9:00 y las 2:00 horas. Quién: Las y los electores inscritos en el censo en cada grupo o categoría. En el momento de ejercer su derecho al voto, el elector/a presentará los documentos que acrediten su personalidad y, en su caso, la representación con que ejerce este derecho. Cómo: La votación será secreta, mediante papeleta doblada e introducida en un sobre. Las papeletas de votación serán confeccionadas por la Cámara, estando a disposición de las y los electores desde la proclamación de los candidatos/as y en el momento de la votación. Documentación: Las y los electores personas físicas deberán acreditar su personalidad mediante la exhibición del original de alguno de los siguientes documentos; DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente. Las y los representantes de las personas jurídicas electoras, deberán acreditar su personalidad mediante exhibición de su DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente y la representación por la que actúan mediante exhibición del original o copia autorizada de poder suficiente, de carácter general o específico para la votación. El representante deberá 7

8 ostentar a tal efecto una relación laboral con la empresa de carácter indefinido o desempeñar funciones de representación ordinaria de la misma. Las y los representantes de las comunidades de bienes electoras, deberán acreditar su personalidad y representación mediante la exhibición de su DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente y del original del contrato de la comunidad de bienes. 7.- VOTO POR CORREO Las y los electores que prevean que en la fecha de la votación no podrán ejercer su derecho personándose el Colegio Electoral, podrán emitir su voto por correo, previa solicitud personal a la Cámara. La solicitud, en modelo normalizado autorizado por la Administración tutelante y facilitado por la Cámara, deberá hacerse por escrito entre el día 26 de enero y el 5 de febrero y se presentará personalmente en la Secretaría de la Cámara o remitiéndola por correo certificado urgente. Si la solicitud se presenta personalmente en la Cámara, el/la interesado/a exhibirá original de alguno de los siguientes documentos; DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente, adjuntando a la solicitud fotocopia del mismo. Si la solicitud la realiza una persona jurídica, el representante, además de acreditar su personalidad con exhibición de alguno de los documentos anteriores, deberá acreditar su representación mediante exhibición del documento original de poder suficiente. Asimismo acompañará fotocopia de dicho documento a la solicitud. En el caso de remitirse la solicitud por correo certificado y urgente, se exigirá la debida compulsa de la documentación que se utilice para acreditar la identidad y la representación mediante la que actúa del solicitante. La compulsa podrá realizarse por persona fedataria pública, reconocimiento bancario o certificado del Secretario General. El modelo de impreso normalizado para la solicitud de voto por correo es el que figura en el anexo nº 3. Si no constara en la solicitud el Grupo y Categoría en la que se desee votar, se entenderá solicitado el ejercicio del voto por correo para todos los grupos o categorías en que figure inscrito el/la elector. La Secretaría de la Cámara comprobará la inscripción en el Censo, librará certificación acreditativa de este extremo y, previa anotación en el Censo para que no le sea admitido el voto personal, remitirá al peticionario/a por correo certificado y urgente la documentación oportuna entre el de febrero y el 7 de febrero de 200. La documentación será dirigida a nombre del peticionario a la dirección indicada a tal efecto, o en su defecto, a la que figure en el censo. Si no hubiera que celebrar elección en el grupo correspondiente, se informará a la persona solicitante de esta circunstancia. 8

9 La documentación a enviar al solicitante por cada grupo o categoría al que pertenezca será: I. Sobre dirigido al secretario de la junta electoral indicando el presidente de la mesa electoral del colegio correspondiente a quien deba ser entregado. II. Papeleta o papeletas de votación por cada grupo en el que tenga derecho a voto. III. Sobre para introducir cada una de las papeletas, en cuyo anverso deberá constar el grupo y, en su caso, la categoría. IV. Certificación acreditativa de la inscripción en el censo. V. Candidatos proclamados en el grupo o categoría correspondiente. VI. Hoja de instrucciones. El elector pondrá la papeleta de voto correspondiente dentro del sobre en cuyo anverso figura el grupo y, en su caso, la categoría. Una vez cerrado introducirá este primer sobre, junto con la certificación de inscripción en el censo, en el segundo sobre y lo remitirá por correo certificado y urgente a la secretaría de la junta electoral respectiva, con la antelación suficiente para que se reciba antes de las 2:00 horas del día de marzo. No se admitirán los votos por correo recibidos tras el referido término. El elector que habiendo obtenido certificado y documentación de voto por correo desee votar personalmente, podrá hacerlo devolviendo a la mesa electoral dichos documentos. De no hacerlo así, no le será recibido el voto. 8.- MESA ELECTORAL La Mesa Electoral estará formada por un/una Presidente/a y dos Vocales designados por la Junta Electoral mediante sorteo entre una relación de dos electores/as por grupo a propuesta del Pleno de la Cámara. Todos los electores/as tienen derecho a fiscalizar el procedimiento electoral. Cada candidato/a podrá designar hasta dos interventores/as que fiscalicen la votación y el escrutinio. Las reclamaciones, en su caso, deberán formularse en el momento y por escrito ante la Mesa Electoral, y serán resueltas por la misma también en el momento, con apelación ante la Junta Electoral, y de cuya resolución podrán acudir las personas interesadas en alzada ante el Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, cuya resolución, a los efectos del recurso contenciosoadministrativo, dará fin a la vía administrativa. 9.- ESCRUTINIO Se realizará con carácter público y en presencia de los interventores/as a la hora del cierre del Colegio Electoral. 9

10 Se considerarán elegidas, por su orden, las candidaturas que hubiesen obtenido mayor número de votos. En caso de empate la empresa de mayor antigüedad en el censo de la Cámara, y si ésta fuera igual, quien satisfaga mayor cuota. 0.- TOMA DE POSESIÓN Y DURACIÓN DEL MANDATO Las y los miembros electos del Pleno tomarán posesión de sus cargos con carácter previo a la sesión de elección de los candidatos propuestos por las organización empresarial CEBEK, y la duración de su mandato será de cuatro años. Los cargos del Pleno, así como los del Comité Ejecutivo, no son retribuidos. La condición de Miembro de Pleno recae sobre las empresas, bien sean físicas o jurídicas. Las empresas constituidas por una persona natural tomarán posesión de sus cargos personalmente; y las personas jurídicas, por medio de un persona representante designada a tal efecto con poder suficiente..- ELECCIONES DE LAS Y LOS CANDIDATOS PROPUESTOS POR LAS ORGANIZACIONES EMPRESARIALES En el plazo de los tres días siguientes a la verificación del resultado final de las elecciones por sufragio de las y los electores, la Confederación Empresarial de Bizkaia (CEBEK) propondrá una lista de al menos once candidatos/as entre personas físicas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de la Cámara. La lista deberá recoger una representación paritaria de ambos sexos Los miembros elegidos por sufragio de las y los electores y que hayan tomado posesión de sus cargos votarán entre las y los candidatos propuestos por la citada organización empresarial el día 7 de marzo, en horario de 9:00 a 4:00 horas sin interrupción, eligiéndose a ocho de las once personas propuestas 2.- ACCIONES Y RECURSOS Contra las decisiones de la Mesa Electoral puede reclamarse en el acto y por escrito, y contra su resolución puede apelarse ante la Junta Electoral. Contra los acuerdos de la Junta Electoral puede recurrirse en alzada ante el Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, cuya resolución dará fin a la vía administrativa. Contra las resoluciones del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo puede presentarse recurso contencioso-administrativo. 0

11 ANEXO Nº CALENDARIO ELECTORAL 200 Del 26 de enero al 5 Presentación de candidaturas de febrero Del 26 de enero al 5 Solicitud de voto por correo de febrero de febrero Fin del plazo para la proclamación de candidaturas por la Junta Electoral 7 de febrero Fin del plazo de remisión de la documentación de voto por correo al peticionario/a de marzo Fin plazo de recepción del voto por correo 2 de marzo Votación para la elección de las y los Vocales del Pleno 9 de marzo Fin plazo de presentación de candidaturas por las organizaciones empresariales. 2 de marzo Fin de plazo para la proclamación de las y los candidatos propuestos por las organizaciones empresariales 7 de marzo Elecciones de las y los candidatos propuestos por las organizaciones empresariales 25 de marzo Fin de plazo para presentación de candidatura a la Presidencia y cargos del Comité Ejecutivo 26 de marzo Sesión constitutiva del Pleno. Elección del Presidente y demás cargos del Comité Ejecutivo

12 ANEXO Nº 2 ESTRUCTURA POR SECCIONES, GRUPOS Y CATEGORÍAS DEL CENSO DE LA CORPORACIÓN Y NÚMERO DE AVALES SECCIÓN COMERCIO Y HOSTELERÍA GRUPO º Alimentación Categoría ª Vocales Nº Electores /as Nº Avales 6 0 2º Textil y confección º Calzado, piel y marroquinería º Química º Mobiliario en general, librerías, papelerías y ferreterías º Aparatos y utensilios para el hogar º Materiales para la construcción, maquinaria en general y material de transporte 8º Comercio integrado en grandes superficies 9º Joyerías, bisuterías, artículos de regalo, ópticas y otras actividades º Agentes comerciales y de negocios º Hoteles y pensiones º Cafeterías, restaurantes y bares Categoría ª TOTAL

13 SECCIÓN INDUSTRIA GRUPO Vocales Nº Electores /as Nº Avales º Energía Categoría ª º Alimentación Categoría ª º Madera º Papel y artes gráficas º Química básica y de producción intermedia º Química de consumo final º Fundición y obtención de acero Categoría ª º Tratamiento del hierro y del acero 5 8 9º Metales no férreos º Construcción de maquinaria no eléctrica y equipo mecánico Categoría ª º Maquinaria, aparatos y material eléctrico y electrónico Categoría ª

14 SECCIÓN INDUSTRIA GRUPO 2º Transformados y productos metálicos Vocales Nº Electores /as Nº Avales Categoría ª º Materiales para la construcción Categoría ª º Construcción ª Actividades auxiliares a la construcción ª Actividades diversas de industria TOTAL

15 SECCIÓN SERVICIOS GRUPO Vocales Nº Electores /as Nº Avales º Banca Categoría ª º Servicios financieros º Seguros º Transporte de mercancías Categoría ª º Transporte de pasajeros º Promoción y servicios inmobiliarios º Ingenierías, consultorías y asesorías Categoría ª º Desarrollos informáticos y telecomunicaciones º Actividades diversas de servicios TOTAL

16 SECCIÓN NAVEGACIÓN GRUPO º Empresas armadoras de buques mercantes Categoría ª Vocales Nº Electores /as 4 23 Nº Avales 2º Construcción naval y reparación de buques º Servicios auxiliares a la navegación TOTAL

17 Modelo normalizado de solicitud de voto por correo para Personas Físicas AL SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE BILBAO D./Dª.., con DNI nº, cuya fotocopia acompaño, y con domicilio a efectos de notificaciones en, que aparece inscrito/a en el Censo Electoral de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao en la sección/es.., grupo/s y categoría/s... EXPONE: Que desea ejercitar su derecho a emitir el voto por correo de conformidad con la convocatoria de elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao. SOLICITA: Que le sea expedida certificación de inscripción en el Censo Electoral de esa Cámara de Comercio en la sección, grupo y en su caso, categoría en la que figura inscrito/a y se le remita toda la documentación precisa para el ejercicio del voto por correo..., a.. de... de 200 Fdo.: OBSERVACIONES PARA LA SOLICITUD DEL VOTO POR CORREO. La solicitud del voto por correo puede ser realizada personalmente o remitiéndola por correo certificado y urgente. 2. Si la solicitud se presenta personalmente en la Cámara, el/la interesado/a exhibirá original de alguno de los siguientes documentos; DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente, adjuntando a la solicitud fotocopia del mismo. Si la solicitud se remite por correo certificado y urgente, el/la interesado/a adjuntará fotocopia compulsada del DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente. 3. La compulsa podrá realizarse por persona fedataria pública, reconocimiento bancario o certificado del Secretario General de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao. 7

18 Pertsona Fisikoek posta bidezko botoa eskatzeko. eredu normalizatua BILBOKO MERKATARITZA, INDUSTRIA ETA ITSAKETA GANBERAKO IDAZKARI NAGUSIARENTZAT.. jaun/andreak, NAN zenbakia duenak (fotokopia aurkezten du), jakinarazpenetarako helbidea duenak eta Bilboko Merkataritza Ganberako Hauteskunde Erroldako atalean/etan eta.. taldean/etan nahiz kategorian/etan agertzen denak, HONAKO HAUXE ADIERAZTEN DU: Posta bidez bozkatzeko duen eskubidea erabili nahi du, Bilboko Merkataritza, Industria eta Itsasketa Ganberako gobernu-organoak berritzeko hauteskunde-deialdiaren arabera. HONAKO HAUXE ESKATZEN DU: Inskribatuta dagoen atal, talde eta kategorian, merkataritza-ganbera horretako Hauteskunde Erroldan izena emateagatiko ziurtagiria egitea eta posta bidez bozkatzeko beharrezkoak diren agiri guztiak bidaltzea...(e)n, 200eko..aren...(e)(a)n Iz.: POSTA BIDEZKO BOTOA ESKATZEKO OHARRAK. Postaz bozkatzeko eskabidea zuzenean edo premiazko posta ziurtatuaren bidez bidalita egin ahal izango da. 2. Eskabidea ganberan bertan zuzenean aurkeztuz gero, interesdunak NAN, pasaporte, gidabaimen edo bizilekutxartelaren originala erakutsiko du, eta, horrez gain, fotokopia ere erantsiko du eskabidean. Eskabidea premiazko posta ziurtatuaren bidez bidaliz gero, interesdunak NAN, pasaporte, gidabaimen edo bizilekutxartelaren fotokopia konpultsatua erantsiko du. 3. Fede- e publikoaren, banku-onespenaren edo Bilboko Merkataritza, Industria eta Itsasketa Ganberako idazkari nagusiaren ziurtagiriaren bidez egin ahal izango da konpultsa. 8

19 Modelo normalizado 2 de solicitud de voto por correo para personas jurídicas AL SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE BILBAO D./Dª.., con DNI número, cuya fotocopia acompaño, en nombre y representación de.., con NIF número, y domicilio social a efectos de notificaciones en..en la que ocupa el cargo de, representación que acredita mediante poder suficiente que acompaña, y aparece inscrita en el Censo Electoral de la Cámara de Comercio de Bilbao en la sección/es, grupo/s y categoría/s... EXPONE: Que desea ejercitar su derecho a emitir el voto por correo de conformidad con la convocatoria de elecciones para la renovación de los órganos de gobierno de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao. SOLICITA: Que le sea expedida certificación de inscripción en el Censo Electoral de esa Cámara de Comercio en la sección, grupo y en su caso, categoría en la que figura inscrito/a y se le remita toda la documentación precisa para el ejercicio del voto por correo..., a.. de... de 200 Fdo.: OBSERVACIONES PARA LA SOLICITUD DEL VOTO POR CORREO. La solicitud del voto por correo puede ser realizada personalmente o remitiéndola por correo certificado y urgente. 2. Si la solicitud se presenta personalmente en la Cámara, el interesado exhibirá original de alguno de los siguientes documentos; DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente, adjuntando a la solicitud fotocopia del mismo. Si la solicitud la realiza una persona jurídica, el representante, además de acreditar su personalidad con exhibición de alguno de los documentos anteriores, deberá acreditar su representación mediante exhibición del documento original de poder suficiente. Asimismo acompañará fotocopia de dicho documento a la solicitud. 3. Si la solicitud se remite por correo certificado y urgente, el/la interesado/a adjuntará fotocopia compulsada del DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residente, y, en su caso, del poder suficiente que acredite la representación por la que actúa. 4. La compulsa podrá realizarse por persona fedataria pública, reconocimiento bancario o certificado del Secretario General de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao. 9

20 Pertsona juridikoek posta bidezko botoa eskatzeko 2. eredu normalizatua BILBOKO MERKATARITZA, INDUSTRIA ETA ITSAKETA GANBERAKO IDAZKARI NAGUSIARENTZAT.. jaun/andreak, NAN zenbakia duenak (fotokopia aurkezten du), IFZ zenbakia duenaren izenean eta ordezkari moduan, jakinarazpenetarako helbidea duenak, bertan kargua duenak (bere ordezkaritza behar besteko ahalordeaz egiaztatu eta erantsi egiten du eta Bilboko Merkataritza, Industria eta Itsasketa Ganberako Hauteskunde Erroldako atalean/etan eta.. taldean/etan nahiz kategorian/etan agertzen denak, HONAKO HAUXE ADIERAZTEN DU: Posta bidez bozkatzeko duen eskubidea erabili nahi du, Bilboko Merkataritza, Industria eta Itsaketa Ganberako gobernu-organoak berritzeko hauteskunde-deialdiaren arabera. HONAKO HAUXE ESKATZEN DU: Inskribatuta dagoen atal, talde eta kategorian, merkataritza-ganbera horretako Hauteskunde Erroldan izena emateagatiko ziurtagiria egitea eta posta bidez bozkatzeko beharrezkoak diren agiri guztiak bidaltzea...(e)n, 200eko..aren...(e)(a)n Iz.: POSTA BIDEZKO BOTOA ESKATZEKO OHARRAK. Postaz bozkatzeko eskabidea zuzenean edo premiazko posta ziurtatuaren bidez bidalita egin ahal izango da. 2. Eskabidea ganberan bertan zuzenean aurkeztuz gero, interesdunak NAN, pasaporte, gidabaimen edo bizilekutxartelaren originala erakutsiko du, eta, horrez gain, fotokopia ere erantsiko du eskabidean. Eskabidea pertsona juridikoak egiten badu, ordezkariak aurreko agirietako bat aurkeztu beharko du bere nortasuna egiaztatzeko, eta, horrez gain, behar besteko ahalordearen agiri originala ere erakutsi beharko du bere ordezkaritza egiaztatzeko. Era berean, agiri horren fotokopia ere erantsiko du eskabidean. 3. Eskabidea premiazko posta ziurtatuaren bidez bidaliz gero, interesdunak NAN, pasaporte, gidabaimen edo bizilekutxartelaren fotokopia konpultsatua erantsiko du, eta, hala badagokio, bere ordezkaritza egiaztatzen duen behar besteko ahalordea ere bai. 4. Fede- e publikoaren, banku-onespenaren edo Bilboko Merkataritza Ganberako idazkari nagusiaren ziurtagiriaren bidez egin ahal izango da konpultsa. 20

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