PREÁMBULO * IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. 1 y 2 * SOCIEDADES CIVILES * IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
|
|
- Juan Carlos Ávila de la Cruz
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1
2 PREÁMBULO * IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES * SOCIEDADES CIVILES * IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO * DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS * INTRASTAT * TABLAS AMORTIZACIÓN * IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS * IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO * IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES * IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS * IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES * ITP Y AJD ARRENDAMIENTO VIVIENDAS * TIPOS DE INTERES (Legal y Demora) * PLAZO DE INGRESO DE DEUDAS TRIBUTARIAS * INTERESES Y RECARGOS APLICABLES EN LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES * CALENDARIO PÁGINA 1 y , 5 y
3 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES TIPO DE GRAVAMEN Tipo de gravamen (%) Tipo de entidad Base Imponible ( ) Régimen General Toda 28% 25% Grandes Empresas Condiciones Reducida Dimensión Hasta ,00 25% A partir de % 25% Microempresas Toda 25% 25% Nueva Creación Toda 15% 15% Cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior no superior a 10 millones de euros. a) Cifra de negocios del ejercicio < a 5 millones. b) Plantilla media < a 25 trabajadores. c) Mantenimiento de plantilla media del ejercicio respecto a plantilla media del ejercicio 08. a) Sociedades creadas a partir del 01/01/13. b) Aplicable en el primer periodo impositivo con base imponible positiva y el siguiente. c) No aplicable a entidades de nueva creación que formen parte de un grupo de sociedades. d) No aplicable al cálculo de los pagos fraccionados en la modalidad estimación de bases. PAGOS FRACCIONADOS (Del 1 al de abril, octubre y diciembre) a) Sistema "Estandar": Se ingresará el 18% de la cuota íntegra imputable a ingresar en el último ejercicio, cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el día 1 de los meses de abril, octubre y diciembre. Art Ley I/S. b) Sistema "Opcional": (La opción deberá ejercerse durante el mes de FEBRERO del año natural en que deba surtir efecto, mediante la correspondiente declaración censal): se ingresarán las 5/7 partes, redondeadas por defecto, del tipo de gravamen aplicable sobre la BI determinada el día anterior al comienzo del plazo de ingreso del correspondiente pago fraccionado, pudiendo deducir las retenciones e ingresos a cuenta soportados y los pagos fraccionados anteriores, correspondientes al mismo ejercicio, así como las bonificaciones. Art Ley I/S Este sistema resulta OBLIGATORIO, para las empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de (el volumen se refiere a los 12 meses anteriores). Su presentación es obligatoria, aunque resulte cuota cero. Una vez ejercida la opción, ésta se mantendrá en vigor salvo renuncia expresa, respetando los plazos señalados anteriormente. Volumen de Operaciones Tipo Aplicable s/bi BI hasta Resto BI <= ,04 17% % > ,04.- Cifra de negocio s/lis ej. Anterior < 10 millones de 17% %.- >= 10 < millones de - 21%.- >= < 60 millones de - 24% (*).- > 60 millones de - 27% (*) (*) Cantidad mínima a ingresar: 12% del resultado contable positivo minorado por los pagos fraccionados realizados con anterioridad. COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS Plazo para compensar: A partir del 01/01/15 sin límite temporal. Limitación comprobaciones fiscales: Sólo 10 años. Durante el periodo iniciado en 15, continuarán siendo aplicables las limitaciones a la compensación de BIN para grandes empresas de acuerdo con: Importe Neto de cifra de negocios 12 meses anteriores % Limitación de la Compensación 0<= INCN < Sin Límite <= INCN < % de la BI previa a la aplicación de la reserva de capitalización <= INCN 25% de la BI previa a la aplicación de la reserva de capitalización.
4 RESERVA DE CAPITALIZACIÓN.- Aplicable a todas las empresas..- Incentivar la reinversión y capitalización de las empresas..- Ajuste permanente negativo..- Reducción en la Base Imponible del 10% del incremento de los FP..- Requisitos: 1. Mantener el incremento durante un plazo de 5 años. 2. Dotar una reserva indisponible por el importe de la reducción..- Límite cuantitativo: 10% de la BI previa a la reducción. REDUCCIONES EN LA BASE IMPONIBLE INCENTIVOS FISCALES A EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN (*) Pyme: Cifra de negocios en el periodo impositivo inmediato anterior no superior a 10 millones de euros..- Tipo de Gravamen: * 25% para la parte de Base Imponible comprendida entre 0 y ,00. * 28% para la Base Imponible restante..- Dotación globalizada por posibles insolvencias de deudores: límite 1% del saldo de los deudores existentes..- Los Deterioros (art. 13) sólo son deducibles a partir del 15, las provisiones por insolvencias deudores y las de existencias..- Opción de aplicar la reserva de nivelación y capitalización. (*) También serán aplicables en caso de pérdida de la condición de PYME, en los tres ejercicios inmediatos y sucesivos..- Tipos Impositivos: * Tipo General: 21% * Tipo Reducido: 10% * Superreducido: 4% NOVEDAD: SOCIEDADES CIVILES IVA: DEVOLUCIÓN MENSUAL Y OTROS INTRASTAT RESERVA DE NIVELACIÓN.- Aplicable a ERD..- Ajuste Temporal Negativo..- Reducción en la Base Imponible del 10%..- Reserva Indisponible por el importe de la reducción..- La minoración no puede superar el millón de euros..- Reversión a medida que la entidad vaya obteniendo BIN, con el límite temporal de 5 años..- Las cantidades destinadas a la dotación de esta reserva no se pueden aplicar simultáneamente al cumplimiento de la reserva de capitalización. Se incorporan al Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles que tienen objeto mercantil, y que tributaban hasta la aprobación de esta Ley como contribuyentes del IRPF a través del régimen de atribución de rentas. Esta medida implica que se incluya un régimen transitorio en el IRPF que regula la traslación de este tipo de entidades como contribuyentes del IS. Esta medida entrará en vigor el 1 de enero de Régimen de Devolución Mensual (REDEME): Solicitud de inscripción en el Registro Especial en el mes de Noviembre anterior al ejercicio en que surta efectos..- Régimen Opcional de Criterio de Caja: Solicitud en el mes de diciembre anterior..- Opción Porrata Especial: Solicitud en la última liquidación del año, con efectos para el propio ejercicio..- Régimen Opcional de Diferimiento del Pago Iva Importación: Solicitud en el mes de noviembre anterior (empresas con período mensual). DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS MODELO 347 OBLIGADOS A DECLARAR : Todas las personas físicas, jurídicas y C.B, que desarrollan actividades empresariales y profesionales, siempre que hayan realizado operaciones, que en su conjunto, respecto a otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 Euros, IVA incluido, durante el año natural a que se refiere la declaración; se incluyen entre otros las subvenciones de Administraciones Públicas, primas e indemnizaciones de seguros, arrendamientos y cuotas de leasing. La información sobre dichas operaciones se suministra desglosada trimestralmente..- Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información no sólo de las operaciones por las que emitan factura sino también de aquellas por las que reciban factura y estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas..- Con la ampliación de la información a suministrar en el modelo 180, la misma tendrá un contenido coincidente con la Declaración anual de operaciones con terceras personas por las operaciones de arrendamiento de inmuebles urbanos que sean locales de negocio y estén sujetos a retención, quedando excluidas del deber de declaración del arrendador en el modelo 347. La obligación de suministrar la información requerida por el sistema Intrastat, mediante la presentación de las correspondientes declaraciones mensuales, está a cargo de todo sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido, que expida mercancías desde el territorio estadístico español y al de otro Estado miembro de la Unión Europea (flujo expedición) o que introduzca mercancías en el territorio estadístico español desde el de otro Estado miembro (flujo introducción), siempre que el valor acumulado anual de dichas operaciones del año natural anterior o del corriente haya alcanzado el denominado umbral de exención. El obligado estadístico será: Quien haya formalizado el contrato que tiene por efecto la expedición o la introducción de las mercancías, excepción hecha del contrato de transporte o, en su defecto, Quien proceda o hace que se proceda a la expedición de las mercancías o se hace cargo de éstas a la introducción o, en su defecto, Quien esté en posesión de las mercancías objeto de la expedición o de la introducción. Por lo que respecta a la aplicación del umbral de exención, la Orden HAP/50/15, de 21 de enero (BOE de 27 de enero), por la que se regulan los umbrales relativos a las estadísticas de intercambio de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea, establece que, respecto de las operaciones realizadas desde el 1 de enero de 15, quedan sometidos a la obligación de presentar la declaración mensual Intrastat:.-En el flujo Introducción, los obligados estadísticos que en el año natural anterior realizaron introducciones intracomunitarias de mercancías por un importe facturado total, igual o superior a euros..- En el flujo Expedición, los obligados estadísticos que en el año natural anterior realizaron expediciones intracomunitarias de mercancías por un importe facturado total, igual o superior a euros.
5 NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN.- Se establece con carácter general libertad de amortización para bienes de escaso valor, de hasta 300,00 euros de valor unitario, con un máximo de ,00 euros anuales..- Para los elementos con coeficientes de amortización distinto al que venían aplicando, en el periodo impositivo a partir del 01/01/15 y siguientes aplicarán la amortización resultante de dividir el neto fiscal existente al inicio de ese periodo entre los años de vida útil que le reste al elemento según las nuevas tablas..- Cuando una entidad viniera aplicando un método diferente al lineal y por la nueva tabla corresponda un plazo distinto de amortización, podrá optar por aplicar el método lineal en el plazo que le quede de vida útil a partir del primer período que se inicie a partir del 01/01/15..- Estos cambios en los coeficientes de amortización se contabilizarán como un cambio de estimación contable (implica información en la memoria) y no generan diferencias en la base imponible..- A partir del 16, la Ley de auditoría de cuentas establece que el inmovilizado intangible de vida útil indefinida y el fondo de comercio se amortizarán contablemente en 10 años..- La amortización contable no deducida fiscalmente en 13 y 14 para las empresas con INCN superior a 10 millones de euros, se podrá optar por:.- Deducirla linealmente en un plazo de 10 años..- A partir del primer periodo impositivo iniciado en 15, durante la vida útil del elemento patrimonial. TABLA DE AMORTIZACIÓN 15 Tipo de Elemento Obra civil Obra civil general Pavimentos Infraestructuras y obras mineras Centrales Centrales hidráulicas Centrales nucleares Centrales de carbón Centrales renovables Otras centrales Edificios Edificios industriales Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras Almacenes y depósitos (gaseosos, líquidos y sólidos) Edificios comerciales, administrativos, de servicios y viviendas Instalaciones Subestaciones. Redes de transporte y distribución de energía Cables Resto instalaciones Maquinaria Equipos médicos y asimilados Elementos de transporte Locomotoras, vagones y equipos de tracción Buques, aeronaves Elementos de transporte interno Elementos de transporte externo Autocamiones Mobiliario y enseres Mobiliario Lencería Cristalería Útiles y herramientas Moldes, matrices y modelos Otros enseres Equipos electrónicos e informáticos. Sistemas y programas Equipos electrónicos Equipos para procesos de información Sistemas y programas informáticos. Producciones cinematográficas, fonográficas, videos y series audiovisuales Otros elementos Coeficiente lineal máximo Periodo años máximo 2% 100 6% 34 7% 30 2% 100 3% 60 4% 50 7% 30 5% 40 3% 68 4% 50 7% 30 2% 100 5% 40 7% 30 10% 12% 18 15% 14 8% 25 10% 10% 16% 14 % 10 10% 25% 8 50% 4 25% 8 33% 6 15% 14 % 10 25% 8 33% 6 33% 6 10%
6 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS ESCALAS IRPF GENERAL Y DE LA C.A.MADRID PARA 15 Base Liquidable: Desde euros Base Liquidable: Hasta euros Tipo Estatal Tipo Madrid Tipo Total 0, ,00 10,00 9,50 19, , , 12,50 11, 23, ,21.0,00 12,50 13,30 25,80.0, , 15,50 13,30 28, , ,00 15,50 17,90 33, , , 19,50 17,90 37, , ,00 19,50 21,00 40, ,01 En adelante 23,50 21,00 44,50 Cada propia Comunidad Autónoma tiene su propia escala, si se desea información de alguna, ponganse en contacto con nosotros y se la facilitaremos. ESCALA GENERAL A APLICAR A PARTIR DE 16 Base Liquidable: Hasta euros Cuota Integra: Euros Resto base Liquidable: Hasta Euros Tipo aplicable: Porcentaje 0,00 0, ,00 9, , , ,00 12,00.0, , ,00 15, , , ,00 18, , ,75 En adelante 22,50 ESCALAS IRPF DEL AHORRO Y DE C.A.MADRID PARA 15 Base Liquidable: Desde euros Base Liquidable: Hasta euros Tipo Estatal Hasta 6.000, ,00 10,00 De a ,00 11,00 De más de En adelante 12,00 Tipo Madrid Tipo Total 10,00,00 11,00 22,00 12,00 24,00 Cada propia Comunidad Autónoma tiene su propia escala, si se desea información de alguna, ponganse en contacto con nosotros y se la facilitaremos. ESCALA DEL AHORRO A PARTIR DE 16 Base Liquidable del ahorro-hasta euros Cuota Integra Estatal euros Resto base Liquidable del ahorro Tipo aplicable porcentaje 0,00 0, ,00 9, ,00 570, ,00 10, , ,00 En adelante 11,50 MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR 15 ( /anuales) Mínimo del contribuyente 5.550,00 Mínimo del contribuyente Incremento mayores de 65 años 1.150,00 Incremento mayores de 75 años 140,00 Por el primero 2.400,00 Por el segundo 2.700,00 Mínimo por descendientes Por el tercero 4.000,00 Por el cuarto y siguientes 4.500,00 Mínimo por ascendiente Incremento menor de 3 años 2.800,00 Mínimo por ascendiente mayor de 65 años o discapacitado 1.150,00 Incremento mayores de 75 años 1.400,00 Mínimo por discapacidad (general) 3.000,00 Mínimo por discapacidad del contribuyente Mínimo por discapacidad del ascendiente/descendiente Discapacidad mayor de 65% o superior 9.000,00 Incremento adicional gastos de asistencia (ayuda de terceros o movilidad reducida) 3.000,00 Mínimo por discapacidad (general) 3.000,00 Discapacidad mayor de 65% o superior 9.000,00 Incremento adicional gastos de asistencia (ayuda de terceros o movilidad reducida) 3.000,00
7 Tipos de Deducción DEDUCCIONES POR DONATIVOS Y APORTACIONES Base de deducción % de deducción 15 % de deducción 16 Deducción por donativos a entidades sin fines lucrativos 150,00 * Para donativos realizados a una misma entidad para importes iguales o superiores en los dos ejercicios anteriores Deducción por cuotas y aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales. Resto base de deducción 50% 75% 27% / 32,5% 30% / 35% Cuotas (Límite max. 600 /años) % TRIBUTACIÓN SOBRE LAS PLUSVALIAS (Para elementos adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994). Acciones con Otros (FI entre ellos) Período de permanencia hasta el 31/12/96 Bienes Inmuebles % La reforma fiscal suprime los coeficientes de cotización Oficial % % actualización y limita los coeficientes de abatimiento a ventas inferiores a euros. Entre 0 y 2 años 100,00 100,00 100,00 Entre 2 años y 1 día y 3 años 75,00 88,89 85,72 Entre 3 años y 1 día y 4 años 50,00 77,78 71,44 Entre 4 años y 1 día y 5 años 25,00 66,67 57,16 Entre 5 años y 1 día y 6 años 0,00 55,56 42,88 Entre 6 años y 1 día y 7 años 0,00 44,45 28,60 Entre 7 años y 1 día y 8 años 0,00 33,34 14,32 Entre 8 años y 1 día y 9 años 0,00 22,23 0,00 Entre 9 años y 1 día y 10 años 0,00 11,12 0,00 Más de 10 años 0,00 0,00 0,00 Los coeficientes de actualización corrigen el beneficio por el efecto de la inflación en plusvalías exclusivamente inmobiliarias. Los coeficientes de abatimiento, por su parte, se aplican a cualquier ganancia patrimonial (venta de casas, de acciones o fondos de inversión) que se hubieran adquirido antes de Los coeficientes de abatimiento, que se introdujeron en 1992 y se eliminaron parcialmente en 06, permiten reducir la plusvalía generada entre la fecha de compra de la vivienda y el 19 de enero de 06. Y solo para bienes adquiridos antes de El porcentaje de reducción es del 11,12% para activos comprados entre 1993 y 1994, y aumenta progresivamente hasta alcanzar el 100% para bienes adquiridos antes del 1 de diciembre de Es decir, cuanto más antigua es la vivienda, mayor es la reducción. A partir del próximo año se establece que toda ganancia patrimonial venta de acciones, pisos o fondos de inversión estarán libres de tributación en el IRPF para los mayores de 65 años que reinviertan el dinero logrado en una renta vitalicia, con un máximo de Vehiculo propio: 0,19 /Km. Concepto España Extranjero + gastos de peaje y aparcamiento. Los justificados Otros medios: los justificados documentalmente. documentalmente. Están exentas las cantidades satisfechas por la empresa a las entidades encargadas de prestar el servicio para desplazamientos de sus empleados, por importe de 136,36 /mes y /año. (*) En cualquier caso se debe acreditar el día, lugar y motivo. DIETAS Y GASTOS DE DESPLAZAMIENTO EXENTOS Gastos de Desplazamiento Gastos de estancia Gastos de Manutención ( /día). Con pernocta NUEVAS CONDICIONES PARA ESTAR INSCRITO AL RÉGIMEN DE MÓDULOS En el 16 se endurecen las condiciones para poder tributar en el Régimen de Estimación Objetiva: El límite del volumen de ingresos será de ,00 euros anuales. En el caso de actividades agrícolas, ganaderas y forestales el límite se sitúa en los ,00 euros anuales. El límite de volumen de compras, sin tener en cuenta las inversiones, será de ,00 euros. Se excluirán las actividades con retenciones del 1%. Por ejemplo la fabricación y construcción como albañiles, fontaneros, carpinteros o transporte de mercancías por carretera. 53,34 91,35 Sin Pernocta 26,67 48,08 REDUCCION MÁXIMA POR APORTACION A PLANES DE PENSIONES Para todos los contribuyentes el límite de la reducción máxima será la menor de las siguientes cantidades:.- 30% de los rendimientos netos de trabajo y actividades económicas ,00 euros anuales.
8 Hasta ,00 euros Desde ,01 euros en adelante (retribuciones satisfecha por un mismo pagador) Con carácter general Actividades agrícolas y ganaderas en general Actividades de engorde porcino y avicultura Actividades forestales Rendimientos del art b): cesión de derecho de imagen Rendimientos del art b): resto de conceptos Premios de juegos, concursos, rifas sujetos a retención, distintos de los sujetos a GELA Aprovechamientos forestales en montes públicos Transmisión de derechos de suscripción PROCEDENCIA Determinadas actividades profesionales (recaudadores municipales, mediadores de seguros ) Profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos años siguientes) Derivados de participación en fondos propios de entidades Cesión de terceros de capitales propios (cuentas corrientes, depósitos financieros, etc ) Operaciones de capitalización, seguros de vida o invalidez e imposición de capitales Propiedad intelectual, industrial, prestación de asistencia técnica Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DE IRPF Consejeros y administradores (de entidades cuyo INCN último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos > euros) Consejeros y administradores (de entidades cuyo INCN último periodo impositivo finalizado con anterioridad al pago de rendimientos < euros) Cursos, conferencias, coloquios, seminarios o similares Elaboración de obras literarias, artísticas o científicas Atrasos imputables a ejercicios anteriores Régimen fiscal especial aplicable a trabajadores desplazados a territorio español: Transmisión de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (Fondos de Inversión) Rendimientos derivados de la cesión del derecho de explotación de derechos de imagen, siempre que no sean en el desarrollo de una actividad económica CLASE DE RENTA Trabajo Actividades profesionales Otras actividades económicas Ganancias Patrimoniales Otras Ganancias Patrimoniales Capital Mobiliario 16 35% 15% 15% 15% 24% 45% 15% 7% 7% 2% 1% 2% 24% 24% Arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles urbanos Capital Inmobiliario La Ley establece una serie de exenciones en relación al IRPF, como pueden ser indemnizaciones por despido menores de ,00 euros, prestaciones de la Seguridad Social por incapacidad, premios literarios, artísticos y científicos relevantes o premios inferiores a 2.500,00 euros por sorteo, entre otros. IMPUESTO PATRIMONIO TARIFA APLICABLE 15 (1) Base liquidable hasta ( ) Cuota íntegra ( ) Resto base liquidable hasta ( ) Tipo aplicable % 0,00 0, ,45 0, ,45 334, ,43 0, ,88 835, ,87 0, , , ,76 0, , , ,50 1, , , ,02 1, , , ,03 2, , ,29 en adelante 2,50 El impuesto sobre patrimonio, es un tributo cuyo rendimiento está cedido en su totalidad a las Comunidades Autonómas, que podrán asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, el tipo de gravamen y las deducciones y bonificaciones de la cuota. (1) Escala o tipo general aplicable en el caso de que la Comunidad Autonóma respectiva no hubiese aprobado otra especifica. IMPUESTO PATRIMONIO - TIPO GRAVAMEN C.A. MADRID Mínimo Personal Exento Mínimo Exento en Vivienda Habitual Bonificación al 100% Con carácter general ,00 euros Con carácter general ,00 euros Se establece una bonificación autonómica del 100% de dicha cuota sí ésta es positiva.
9 IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES TARIFA APLICABLE 15 (1) Base liquidable hasta ( ) Cuota íntegra ( ) Resto base liquidable hasta ( ) Tipo aplicable % 0,00 0, ,46 7, ,46 611, ,45 8, , , ,45 9, , , ,45 10, , , ,45 11, , , ,45 11, , , ,45 12, , , ,45 13, , , ,45 14, , , ,45 15, , , ,15 16, , , ,16 18, , , ,30 21, , , ,41 25, , , ,54 29, , ,40 en adelante 34,00 Tarifas básicas sin tener en cuenta el grado de parentesco, ni el patrimonio preexistente del receptor. (1) Escala general aplicable en el caso de que la Comunidad Autónoma respectiva no hubiese aprobado otra específica. COEFICIENTES MULTIPLICADORES (2) Patrimonio preexistente ( ) Grupos artículo I y II III IV De 0 a ,11 1,0000 1,5882 2,0000 De más de ,11 a ,43 1,0500 1,6676 2,1000 De más de ,43 a ,98 1,1000 1,7471 2,00 De más de ,98 1,00 1,9059 2,4000 El impuesto sobre sucesiones y donaciones, es un tributo cuyo rendimiento está cedido en su totalidad a las Comunidades Autonómas, que podrán asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, el tipo de gravamen y las deducciones y bonificaciones de la cuota. (2) Aplicable siempre que la Comunidd Autónma respectiva no haya aprobado otros distintos. Bonificaciones del 99% en adquisiciones "inter vivos" Aplica a los grupos I y II de parentesco en la cuota tributaria derivada de adquisiciones "inter vivos". Requisitos: La donación debe formalizarse en documento público y cuando la donación sea en metálico deberá, justificarse el origen de los fondos donados. Servicios educativos públicos. Asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro para discapacitados. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS Se trata de un tributo municipal que grava de forma directa todas las actividades empresariales, profesionales y artísticas que desarrollan los autónomos, las Comunidades de Bienes, las Sociedades Civiles, las personas jurídicas (sociedades) y las herencias yacentes. El importe a pagar no depende del balance de la actividad, si no que se calcula en base al tipo de actividad desarrollada y a parámetros como el número de habitantes de la población o los trabajadores contratados. Están exentos: Las personas físicas. BONIFICACIONES - C.A. MADRID Bonificaciones del 99% en adquisiciones "mortis causa" Aplica a los grupos I y II en la cuota tributaria derivada de adquisiciones "mortis causa" y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de bienes y derechos que integren la porción hereditaria del beneficiario. Las personas jurídicas, sociedades civiles o comunidades de bienes con una facturación menor de 1 millón de euros. Los autónomos y sociedades durante los dos primeros años de actividad. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI) Es un impuesto municipal directo que se paga anualmente por la propiedad de bienes inmuebles rústicos o urbanos. El IBI se determina en base al valor catastral del inmueble, que suma el valor de la construcción y del suelo, y el tipo impositivo marcado por cada Ayuntamiento, dentro de unos márgenes fijados por la Ley.
10 ITP Y AJD ARRENDAMIENTOS VIVIENDAS El alquiler se considera una adquisición onerosa, Regulada enla ley sobre transmisiones y actos jurídicos documentados. (art. 7.1.B) del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. Este impuesto no se paga por trasmisión, sino por cualquier adquisición de un bien o derecho, como puede ser el uso de la vivienda por parte del arrendatario. El propietario o arrendador es responsable subsidiario del pago del tributo, si ha recibido el primer plazo de la renta sin exigir al arrendatario la justificación de que ha realizado el correspondiente pago. O sea, que el arrendador, aparte de cobrar la renta, debe verificar que el arrendatario pague el impuesto. La fijación de los tipos de gravamen es una de las competencias asumidas por las CCAA. En las que se haga uso de esta facultad, se aplican los tipos que fijen las mismas. En las que no se hayan fijado tipos propios, se aplican los regulados por la normativa estatal. Cómo y dónde se paga este impuesto? Al adquirir en los estancos el Modelo timbrado de contrato de arrendamiento. Cumplimentando el correspondiente impreso, Modelo 600, de la misma forma que la establecida para la compraventa de vivienda usada. El abono de este tributo se ha de hacer efectivo en los 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato de arrendamiento. En qué casos no se paga el ITP y ADJ en los arrendamientos? Este impuesto no se paga cuando el inquilino es una empresa o un profesional, es decir cuando se trata del alquiler de un local de negocios o de una vivienda usada como oficina o despacho. En el caso de que se trate de un alquiler con distinto uso de vivienda, se aplica el IVA, que es incompatible con el ITP, y que lo paga el propietario, pero lo repercute sobre el inquilino. TIPOS DE INTERÉS Legal 3% 3,50% 4% 4% 4% 4% 4% Demora 3,75% 4,375% 5% 5% 5% 5% 5% I.P.C. GENERAL Ejercicios Porcentaje 0,00% -1,00% 0,30% 2,90% 2,40% 3,00% 0,80% PERIODO VOLUNTARIO PLAZO DE INGRESO DE DEUDAS TRIBUTARIAS (LIQUIDADAS Y NOTIFICADAS POR LA ADMINISTRACIÓN) VIA DE APREMIO Notificadas entre Ingreso hasta Notificadas entre Ingreso hasta Días 1 y 15 de cada mes Día de mes siguiente Días 1 y 15 de cada mes Día de mes siguiente Día 16 y fin de mes Día 5 del segundo mes posterior Día 16 y fin de mes Día 5 del segundo mes posterior Presentación en periodo voluntario Presentación fuera de plazo INTERESES Y RECARGOS APLICABLES EN LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Dentro de los 3, 6 y 12 meses Recargo único del 5%, 10% ó 15%. Con ingreso Después de 12 meses Recargo del % e intereses de demora. Solicita aplazamiento Intereses de aplazamiento Dentro de los 3, 6 y 12 meses Recargo único del 5%, 10% ó 15% + intereses del aplazamiento. Sin ingreso Después de 12 meses Recargo único de % e intereses de demora + intereses del aplazamiento. No Solicita Aplazamiento Recargo de apremio (%) e interés de demora Dentro de los 3, 6 y Después de meses Recargo único del meses Recargo único del 5%, 10% ó 15% + % e intereses de demora + recargo recargo de apremio de apremio (%) e (%) e intereses de intereses de demora desde la demora desde la presentación. presentación. NOTA: El contenido de este impreso tiene carácter divulgativo con carácter general, no constituyendo ninguna opinión profesional, ASERTAX no se responsabiliza de su utilización e interpretación.
11 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE CALENDARIO FISCAL 16 (Último día del periodo voluntario) TIPO DE DECLARACIÓN / MODELO Impuesto sobre Sociedades PAGOS FRACCIONADOS Mod. 2 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Mod. 0 (DECLARACIÓN ANUAL) I.V.A. TRIMESTRAL Modelo /26 (5) Impuestos sobre el Valor Añadido I.V.A. MENSUAL - GE - REDEME (4) Modelo Modelo 340 I.V.A. RESUMEN ANUAL Mod. 390 (DECLARACIÓN ANUAL) 1/ Declaración anual de operaciones con Terceros Op. Intracomunitarias Mod. 349 (TRIMESTRAL / MENSUAL) (3) RESUMEN OPERACIONES Mod /22 21 (1) 29 (1) 22 (1) 21 Intrastat Introducción/Expedicción - MENSUAL Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Impuestos sobre Rendimientos de Capital Impuesto de Actividades Económicas I.R.P.F. RETENCIONES (4) Mod. 111 (TRIMESTRAL/MENSUAL) Mod Trabajadores No Residentes I.R.P.F. RESUMEN MENSUAL Mod. 190 (DECLARACIÓN ANUAL) PAGOS FRACCIONADOS Mod (TRIMESTRAL) I.R.P.F. - IP (2) 5 (3) I.R.C.M. RETENCIONES (5) Mod. 123 I.R.C.M. RESUMEN ANUAL Mod. 193 (DECLARACIÓN ANUAL) I.R.C.I./RET. ARRENDAM. INM. (4) Mod. 115 (TRIMESTRAL/MENSUAL) I.R.C.I. RESUMEN ANUAL Mod. 180 (DECLARACIÓN ANUAL) I.A.E. (CUOTA NACIONAL/PROVINCIAL) (6) (1) Obligación mensual si supera durante un trimestre natural el volumen de ,00 euros en entregas y prestaciones intracomunitarias. (2) Declaración del I.R.P.F. con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, siendo el plazo hasta el 25 de junio. (3) Para el segundo pago fraccionado de la renta, el plazo será el 5 de noviembre. (4) Declaración trimestral con carácter general, mensual si se trata de grandes empresas o inscritas en el REDEME. (5) Declaración del Impuesto sobre Sociedades en las Comunidades Autonómas en las que el día 25 de julio es festivo, el plazo de presentación finalizada el dia 26 de julio de 16, siempre y cuando el periodo del ejercicio sea el natural. (6) Declaración del Impuesto de Actividades Económicas relativo a las cuotas nacionales y provinciales el plazo comprenderá desde el 15 de septiembre hasta el de noviembre de 16. NOTA: El contenido de este impreso tiene carácter divulgativo con carácter general, no constituyendo ninguna opinión profesional, ASERTAX no se responsabiliza de su utilización e interpretación.
12 ASER-TAX CONSULTORES, S.L. C/ Orense, 16-1º E 280 MADRID Tel.: / 45 Fax: consultoria@asertax.es IBERAUDIT KRESTON MADRID, S.L. C/ Orense, 16-1º D 280 MADRID Tel.: Fax: madrid@iberaudit.es
vademécum fiscal 2016
vademécum fiscal 2016 www.auren.com Base hasta ( ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF tarifa aplicable 2016 BASE LIQUIDABLE GENERAL Cuota íntegra ( ) Resto base Tipo aplicable (%) Estatal
Más detallesvademécum fiscal 2017
vademécum fiscal 2017 www.auren.com Base hasta ( ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF tarifa aplicable 2017 BASE LIQUIDABLE GENERAL Cuota íntegra ( ) Resto base Tipo aplicable (%) Estatal
Más detallesAuditores, Asesores y Consultores
V A D E M É C U M F I S C A L 2 0 1 4 www.auren.es Auditores, Asesores y Consultores IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Base 17.707,20 33.007,20 53.407,20 120.000,20 175.000,20 300.000,20
Más detallesvademécum Fiscal
vademécum 2018 Fiscal www.auren.com Base hasta ( ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF tarifa aplicable 2018 BASE LIQUIDABLE GENERAL Cuota íntegra ( ) Resto base Tipo aplicable (%) Estatal
Más detallesvademécum fiscal 2016
vademécum fiscal 2016 www.cameraitalianabarcelona.com www.auren.com Base hasta ( ) IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS IRPF tarifa aplicable 2016 BASE LIQUIDABLE GENERAL Cuota íntegra ( ) Resto
Más detallesII.- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS... 69
XII.- ÍNDICE. I.- LEY GENERAL TRIBUTARIA Y ESTRUCTURA DEL SISTEMA FISCAL ESPAÑOL.... 7 1.- INTRODUCCIÓN.... 7 2.- CONCEPTO, FINES Y CLASES DE TRIBUTOS.... 8 3.- POTESTAD TRIBUTARIA.... 10 4.- PRINCIPIOS
Más detallesNUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN PARA LAS SOCIEDADES EN EL 2015
CIRCULAR INFORMATIVA Nº 11 /2014 Valencia, 30 de octubre de 2.014 NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN PARA LAS SOCIEDADES EN EL 2015 De acuerdo con la próxima reforma fiscal del Impuesto sobre Sociedad para
Más detallesEn general, disminuye los TIPO DE RETENCIÓN a aplicar, entre los ejercicios 2015 y 2016.
CIRCULAR 1/2015: LEY 26/2014 de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto
Más detallesNewsLetter Asesoría Financiera, S.A.
NewsLetter Asesoría Financiera, S.A. NEWSLETTER Nº 11/2015 (10 de febrero 2015). ACTUALIDAD FISCAL Ramón Silvestre Ruiz. Socio. Responsable Área de Fiscalidad Cambios en la deducción fiscal de las amortizaciones
Más detalles1
Fiscalidad y Tributación El objetivo de este curso es analizar la empresa, su definición, estructuras y organigramas, el proceso de compraventa así como los impresos y documentos relacionados. También
Más detallesNUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN (De acuerdo con la nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades)
NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN (De acuerdo con la nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades) Con la aprobación de la nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades Ley 27/2014 dentro del marco de la Reforma
Más detallesNuevas tablas de amortización 1
Diciembre 2014 Nuevas tablas de amortización 1 Jordi Baqués, Comisión de Contabilidad y Fiscalidad de ACCID La nueva ley del Impuesto sobre Sociedades ha introducido una nueva tabla de amortización para
Más detallesíndice MÓDULO 1: Fiscalidad y Tributación 1ª Parte Fiscalidad y Tributación TEMA 1. Introducción al IRPF TEMA 2. Tipos de Rendimientos
MÓDULO 1: Fiscalidad y Tributación 1ª Parte TEMA 1. al IRPF Características del IRPF Contribuyentes Obligados Tributarios Rentas Exentas al Impuesto de IRPF Otras Rentas Exentas al Impuesto de IRPF Rentas
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010
Gabinete de Estudios del Registro General de Asesores Fiscales (REGAF) Nota 19/09 NOVEDADES TRIBUTARIAS INTRODUCIDAS POR EL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2010 15 DE OCTUBRE 2009
Más detallesíndice MÓDULO 1: Fiscalidad y Tributación 1ª Parte TEMA 1. Introducción al IRPF TEMA 2. Tipos de Rendimientos TEMA 3. Bases
MÓDULO 1: Fiscalidad y Tributación 1ª Parte TEMA 1. al IRPF Características del IRPF Contribuyentes Obligados Tributarios Rentas Exentas I Rentas Exentas II Unidad Familiar Tributación Individual y Conjunta
Más detallesCurso: Fiscalidad y Tributación
Curso: Fiscalidad y Tributación Código: 541 Familia Profesional: Administración y Gestión. Acreditación: Formación reconocida a través de vías no formales Modalidad: Distancia Duración: 75 horas Objetivos:
Más detallesCircular informativa 2014/14 Reforma Fiscal IRPF Ley 26/2014
Circular informativa 2014/14 Reforma Fiscal IRPF Ley 26/2014 La presente circular es para informar de algunas de las novedades de la reforma fiscal del IRPF incluidas en la Ley 26/2014, que ha sido publicada
Más detallesMEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA EN EL IRPF
EDIFICIO SANT ANTONI Vía Sindicato 67, 3º1ª 07002 Palma de Mallorca T. 971 214 616 F. 971 425 490 www.fis3.es MEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA EN EL IRPF 1. MODIFICACIÓN DE LOS
Más detallesRETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF
RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF Clase de renta Trabajo Actividades profesionales Otras actividades económicas Procedencia Relaciones laborales y estatutarias en general Tipo aplicable 2015 (Hasta
Más detallesCURSOS DE VERANO 2014
CURSOS DE VERANO 2014 NORMAS FISCALES, LABORALES Y JURÍDICAS PARA EMPRENDEDORES JOSÉ LÓPEZ ZAMUDIO 18 de septiembre de 2014 33 ENTORNO TRIBUTARIO BÁSICO DE LA ACTIVIDAD Impuestos estatales renta directa:
Más detallesEn el ámbito tributario la Ley de Presupuestos incorpora diversas medidas.
Los Presupuestos Generales del Estado para este año 2016, fueron publicados el pasado 30 de octubre de 2015, a través de la norma Ley 48/2015, de 29 de octubre En el ámbito tributario la Ley de Presupuestos
Más detallesPágina 1 de 5 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 Boletín Fiscal, Editorial CISS Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 ( BOCG 1 de octubre
Más detallesDerecho Financiero y Tributario II
Derecho Financiero y Tributario II Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo 515015 Licenciatura 66023072 Grado Curso 2008-2009 Curso 2015-2016 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesNovedades fiscales para el año 2013
Nota informativa nº 30 17 de Enero del 2013 Novedades fiscales para el año 2013 El pasado día 28 de Diciembre, fueron publicados en el B.O.E la Ley 16/2012 por la que se adoptan diversas medidas tributarias
Más detallesNOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2015
NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2015 RESERVA DE CAPITALIZACION: Las entidades que tributen al tipo general tendrán derecho a una REDUCCION del 10% en la Base Imponible, cuando incrementen
Más detallesRetenciones a aplicar durante el año 2017.
Miembro de Nº 37 / Diciembre 2016 Retenciones a aplicar durante el año 2017. Pasamos a informales de los porcentajes de retención aplicables en el año 2017, siendo de significar que no han sufrido modificación
Más detallesImpuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Impuesto de sociedades + Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas Duración: 58 horas. Modalidad: online El impuesto sobre sociedades es el tributo que va a gravar los resultados obtenidos por sociedades
Más detallesMODIFICACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACION PARA EL 2015.
MODIFICACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACION PARA EL 2015. El pasado 28 de Noviembre se publico la Ley 26/2014 de 27 de noviembre, por la cual entre otras a
Más detallesPrograma Oficial de Asignatura. Ficha Técnica. Presentación. Competencias y/o resultados del aprendizaje. Contenidos Didácticos
Ficha Técnica Titulación: Grado en Derecho Plan BOE: BOE número 108 de 6 de mayo de 2015 Asignatura: Módulo: Derecho Financiero y Tributario Curso: 4º Créditos ECTS: 6 Tipo de asignatura: Obligatoria Tipo
Más detallescompensar o deducir en la BI Partidas a deducir Sanción del 40 % Sanción Mínima: 90 % Sanción Máxima: 200 %
CUADRO RESUMEN NOVEDADES MÁS SIGNIFICATIVAS LEY FORAL 16/2017 LEY FORAL GENERAL TRIBUTARIA Infracciones No comunicación del domicilio fiscal o de su modificación Art. 72-h/ Simples: nuevos supuestos Incremento
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes:
PRINCIPALES NOVEDADES DE LA REFORMA FISCAL 2015 Las principales modificaciones de la Ley 35/2006 del IRPF, de forma esquemática, son las siguientes: - Se modifica la tributación de las indemnizaciones
Más detallesGUÍA FISCAL. Normativa aplicable a la C.A. de MADRID
GUÍA FISCAL Normativa aplicable a la C.A. de MADRID ÍNDICE Impuesto sobre Sociedades 4 Sociedades Civiles 7 Amortizaciones 7 Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas 9 Impuesto sobre el Patrimonio
Más detallesCuestiones prácticas vinculadas al cierre del IS
Estudis d Economia i Estudis d Economia i Empresa Empresa Fiscal UOC Cuestiones prácticas vinculadas al cierre del IS Francisco Chamorro Economista. Asociado senior de Garrigues, Abogados y Asesores tributarios
Más detallesIVA E IMPUESTOS DE SOCIEDADES
IVA E IMPUESTOS DE SOCIEDADES Objetivos Obtener una visión global del impuesto que permita al alumno aplicar sus conocimientos a diferentes sectores de actividad. Adquisición de los conceptos básicos del
Más detallesRESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF
RESUMEN REFORMA FISCAL: IRPF 1. Exenciones: Indemnizaciones por despido: La exención se aplica como con la norma vigente, pero se limita el importe exento a 180.000 euros (efectos jurídicos desde el 1
Más detallesIVA e Impuesto de Sociedades
IVA e Impuesto de Sociedades Información del curso Título: Código: GW152 Horas: 56 IVA e Impuesto de Sociedades Objetivos Obtener una visión global del impuesto que permita al alumno aplicar sus conocimientos
Más detallesGUÍA FISCAL. Normativa aplicable a la C.A. de ANDALUCIA
GUÍA FISCAL Normativa aplicable a la C.A. de ANDALUCIA ÍNDICE Impuesto sobre Sociedades 4 Sociedades Civiles 7 Amortizaciones 7 Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas 9 Impuesto sobre el Patrimonio
Más detallesACTUALIDAD FISCAL AVISO IMPORTANTE
ACTUALIDAD FISCAL ADDENDA CIRCULAR FISCAL Nº 07-08/2015, JULIO-AGOSTO AVISO IMPORTANTE Estas notas son meramente orientativas. Le aconsejamos que, antes de tomar cualquier medida basada en su contenido,
Más detallesRENTA Y PATRIMONIO 2013 NOVEDADES Y CUESTIONES A TENER EN CUENTA
RENTA Y PATRIMONIO 2013 NOVEDADES Y CUESTIONES A TENER EN CUENTA IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS s de gravamen de la escala general de Impuesto - Tramo estatal Gravamen complementario a
Más detallesEl rendimiento neto de la actividad económica se determina de la manera siguiente:
15 Institución La Salle Impuesto sobre la Renta de las 15 Personas Físicas II parte mbmunoz 10 ESTIMACIÓN OBJETIVA El método de estimación objetiva lo pueden utilizar la empresas que realicen alguna de
Más detallesNOTA INFORMATIVA ENERO 2015
Con motivo de la reciente publicación en el BOE el pasado 28 de noviembre de 2014 de la Ley 27/2014, por la que se aprueba el nuevo texto normativo del Impuesto sobre Sociedades, a continuación exponemos
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS 2017 Enero 2017
NOVEDADES TRIBUTARIAS 2017 Enero 2017 Elena Morales Sánchez Abogado Javier Grávalos Olivella Abogado El pasado 3 de diciembre de 2016 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 3/2016,
Más detallesDECLARACIÓN DE LA RENTA 2013 NOVEDADES Y PRINCIPALES CUESTIONES
DECLARACIÓN DE LA RENTA 2013 NOVEDADES Y PRINCIPALES CUESTIONES NOVEDADES 2013 1. Tributación de las indemnizaciones por despido 2. Valoración de la cesión del uso de vivienda 3. Obligación de imputar
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR
CUADRO DE RETENCIONES 2016 IRPF IS IRNR Actualizado conforme a: 1) Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF
Más detallesTEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO. Fiscalidad Internacional
TEMA VI ESTRUCTURA DE LOS IMPUESTOS DIRECTOS E INDIRECTOS EN EL MUNDO 1 INDICE VI.1. Estructura de los impuestos indirectos. IVA VI.2. Estructura de los impuestos directos. IS VI.3. Estructura de los impuestos
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Miembro de IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con respecto a las correcciones de valor en el inmovilizado material se produce una considerable
Más detallesIMPUESTOS 3 MÓDULOS. 55 Horas
IMPUESTOS 3 MÓDULOS. 55 Horas IMPUESTO DE SOCIEDADES REF: HORAS: K094 15 horas OBJETIVOS Actualizar los conocimientos del alumno presentando las últimas reformas y novedades aplicadas al Impuesto de Sociedades.
Más detallesImpuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades
Impuesto sobre la Renta IRPF + Impuesto de Sociedades Duración: 56 horas. Modalidad: online La parte teórica del curso tendrá como objetivo conocer los conceptos y características, tanto de la Ley como
Más detallesLa rebaja fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) anunciada por el Gobierno en los últimos días es ya una realidad.
Barcelona, 14 de julio de 2015 Alerta Informativa Departamento Fiscal REAL DECRETO LEY 9/2015, DE 10 DE JULIO, DE MEDIDAS URGENTES PARA REDUCIR LA CARGA TRIBUTARIA SOPORTADA POR LOS CONTRIBUYENTES DEL
Más detallesRESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 20/2011 EN MATERIA TRIBUTARIA
RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL REAL DECRETO-LEY 20/2011 EN MATERIA TRIBUTARIA A falta de la aprobación de la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2012, el pasado 30 de diciembre de
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES IRPF
CUADRO DE RETENCIONES IRPF Actualizado de acuerdo al Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF y otras medidas
Más detallesSumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11
ÍNDICe sistemático PÁGINA Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada... 9 Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11 1. Introducción... 11 2. El resultado contable o beneficio
Más detallesNovedades legislativas que afectan a la declaración de la Renta Agencia Estatal de Administración Tributaria. Exenciones
Consultoría de Empresas C/ Fuente del Real, 5, Bj Gijón Tlfno. 985 15 25 66 Fax 984 19 27 18 gestion@arguellesflorez.com www.arguellesflorez.com Novedades legislativas que afectan a la declaración de la
Más detallesIRPF 2015 Cuadro de retenciones
Rendimientos del trabajo Rendimientos del trabajo derivados de relación laboral o estatutaria, de pensiones y haberes pasivos Base imponible Hasta 12.450 12.450-20.200 25% 24,50% 24% 20.200-34.000 / 35.200
Más detallesMANUAL PRACTICO DEL IRPF
Bonificable 100% en las cuotas de la Seguridad Social Modalidad: Distancia Duración: 100 Horas. Manual + CD de datos Objetivos: Conocer la actual configuración legal del Impuesto sobre la Renta de las
Más detallesGUÍA FISCAL. Normativa aplicable a la C.A. de CATALUÑA
GUÍA FISCAL Normativa aplicable a la C.A. de CATALUÑA ÍNDICE Impuesto sobre Sociedades 4 Sociedades Civiles 7 Amortizaciones 7 Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas 9 Impuesto sobre el Patrimonio
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES IRPF IS IRNR 2016
CUADRO DE RETENCIONES IRPF IS IRNR 2016 Actualizado de acuerdo a: 1) Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF
Más detallesLOS 10 PUNTOS DE LA REFORMA FISCAL.
LOS 10 PUNTOS DE LA REFORMA FISCAL. 1 REBAJA EN LOS TRAMOS Y TIPOS DE LA ESCALA GENERAL E INCREMENTO DEL MÍNIMO FAMILIAR. De 7 tramos a 5. Donde el tipo mínimo pasa del 24.75% en 2014 a 20% en 2015 y a
Más detallesAdjuntamos cuadro de retenciones IRPF elaborado por la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF).
Goya, 77 Esc. Dcha. 2º 28001-Madrid Teléfono: 91 436 21 99 Fax.: 91 435 79 45 N.I.F.: B85696235 IRPF/RETENCIONES (2015/2016) Fecha: 16/12/2014 CUADRO DE RETENCIONES IRPF Adjuntamos cuadro de retenciones
Más detallesSUMARIO FISCAL OTROS INDICADORES FINANCIERO CONTABLE LABORAL - SEGURIDAD SOCIAL FISCAL
10 TEMA CUADROS PÁGINAS IRPF IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Dietas. Supuesto general 1 Dietas. Supuestos específicos 2 Notas básicas de las rentas en especie 3 Valoración de las rentas en especie del trabajo
Más detallesRAMOS GARCIA M JESUS NUM OURENSE PEREIRO DE AGUIAR (O) SOMOZA VAZQUEZ ANTONIO NUM 3
RAMOS GARCIA M JESUS M X NUM PEREIRO DE AGUIAR (O) 1 3 OURENSE SOMOZA VAZQUEZ ANTONIO NUM 3 PEREIRO DE AGUIAR (O) OURENSE H X 11 2 RAMOS GARCIA M JESUS SOMOZA RAMOS ALEJANDRO 3 Rendimientos del trabajo
Más detallesDERECHO TRIBUTARIO. Curso práctico
DERECHO TRIBUTARIO Ciclos: I. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. II. Impuesto sobre Sociedades. III. I.V.A. IV. Inspección, Infracciones y Sanciones. V. Otros impuestos. Tasas. Tributos Locales.
Más detallesPRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INTRODUCIDA POR LA LEY 26/2014, DE 27 DE
PRINCIPALES NOVEDADES TRIBUTARIAS DE LA LEY 35/2006, DE 28 DE NOVIEMBRE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INTRODUCIDA POR LA LEY 26/2014, DE 27 DE NOVIEMBRE Diciembre 2014 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS
Más detallesESTADISTICA DE LOS DECLARANTES EN EL IRPF, POR MUNICIPIOS DATOS 2013 AGENCIA TRIBUTARIA
ESTADISTICA DE LOS DECLARANTES EN EL IRPF, POR MUNICIPIOS DATOS 2013 AGENCIA TRIBUTARIA CEUTA MELILLA ESPAÑA NÚMERO DE HABITANTES 84.963 84.509 42.565.539 POSICIONAMIENTO DE LA RENTA BRUTA MEDIA A NIVEL
Más detallesFiscal Contable Financiera Mercantil Jurídica
Fiscal Contable Financiera Mercantil Jurídica Circular 4 2015 Índice: a) Calendario del contribuyente de Octubre y Noviembre b) Novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, por el que
Más detallesCUADRO DE RETENCIONES IRPF
CUADRO DE RETENCIONES IRPF Actualizado de acuerdo al Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF y otras medidas
Más detallesLos tres principales impuestos son:
Las distintas reformas fiscales han ido modificando cada vez más el sistema fiscal español, a la vez que han ido dificultando la labor de asesores y consultores fiscales. Más allá de todas las críticas
Más detallesNOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016
NOVEDADES TRIBUTARIAS 2016 Enero 2016 Elena Morales Sánchez Abogado Javier Grávalos Olivella Abogado El 30 de octubre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 48/2015, de 29 de octubre,
Más detallesINICIO DE LA ACTIVIDAD. 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA
INICIO DE LA ACTIVIDAD 1. Seleccionar la modalidad, bajo la cual desarrollaremos nuestra actividad: I) PERSONA FÍSICA II) PERSONA JURÍDICA PERSONAS FÍSICAS FORMA NÚMERO SOCIOS RESPONSABILIDAD CAPITAL EMPRESARIO
Más detallesSumario Presentación Capítulo 1. El Impuesto sobre Sociedades y la contabilidad... 9
ÍNDICe sistemático PÁGINA Sumario... 5 Presentación... 7 Capítulo 1. El Impuesto sobre Sociedades y la contabilidad... 9 1. Introducción... 9 2. El resultado contable o beneficio de la empresa... 10 3.
Más detallesAtrasos de rendimientos del trabajo que corresponda imputar a ejercicios anteriores. 15%
Retenciones 2014 Tipo de renta Rendimientos del trabajo: Casos particulares: La retención a practicar sobre los rendimientos del trabajo será el resultado de aplicar a la cuantía total de las retribuciones
Más detallesREFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
REFORMA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Con fecha 5 de diciembre de 2013 (B.O.B. 13/12/13) se publicó la Norma Foral 13/2013 en relación a la nueva normativa del Impuesto de la
Más detallesMedidas Tributarias contenidas en el Real Decreto legislativo 12/2012
Se reduce el actual límite general desde el 35 por 100 al 25 por 100 y está incluida la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios. Se reduce del 60 por 100 al 50 por 100 para el caso en que
Más detallesLa Reforma Fiscal. José Antonio Gil del Campo Socio de GARRIGUES
La Reforma Fiscal. José Antonio Gil del Campo Socio de GARRIGUES El ámbito de la Reforma Fiscal 2006/2007 Reforma tendente a la equidad Reforma tendente a la generalidad y aplicación del sistema fiscal
Más detallesLEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN FISCAL DE LAS COOPERATIVAS (BOE DE 20 DE DICIEMBRE)
Cuadro comparativo de la REFORMA FISCAL. Modificaciones realizadas por la nueva Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE 28-11-2014) LEY 20/1990, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE RÉGIMEN
Más detallesPrincipales novedades del nuevo Impuesto sobre Sociedades
Miembro de Nº 47 / Diciembre de 2014 Principales novedades del nuevo Impuesto sobre Sociedades El pasado día 28 de noviembre se publicó en el BOE la Ley 27/2014, del nuevo Impuesto sobre Sociedades (IS).
Más detallesACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (AJD)
ÍNDICE DE VOCES A ACREEDORES - Comprobación fin de ejercicio... ACTIVIDAD ECONÓMICA: Concepto..... 5 1.3 291 224 ACTIVOS FINANCIEROS..... 1 105 ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (AJD).... 1.2 415 ACTUALIZACIÓN
Más detallesComo de costumbre, quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.
C I R C U L A R 0 9 / 2 0 1 7 PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA 2017 Oviedo, 20 de febrero de 2017 Muy señores nuestros: A lo largo del mes de febrero, los sujetos pasivos del IS obligados
Más detallesASPECTOS A TENER EN CUENTA POR CONTRIBUYENTES DEL IRPF ANTES DEL CIERRE DEL EJERCICIO 2015
ASPECTOS A TENER EN CUENTA POR CONTRIBUYENTES DEL IRPF ANTES DEL CIERRE DEL EJERCICIO 2015 A un mes escaso del final del año 2015 es el momento de hacer una previsión del impuesto al que deberemos hacer
Más detalles4 de octubre de 2016 ACTUALIDAD NORMATIVA
4 de octubre de 2016 ACTUALIDAD NORMATIVA 1. Impuesto sobre Sociedades: aprobación subida de pagos fraccionados para grandes empresas... 2 RECORDATORIO DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES DE LAS FUNDACIONES
Más detallesIVA e Impuesto de Sociedades
IVA e Impuesto de Sociedades Objetivos Obtener una visión global del impuesto que permita al alumno aplicar sus conocimientos a diferentes sectores de actividad. Adquisición de los conceptos básicos del
Más detallesDECLARACIÓN DE LA RENTA Y PATRIMONIO 2015
DECLARACIÓN DE LA RENTA Y PATRIMONIO 2015 1. Fechas y plazo de presentación. 2. Documentación necesaria. 3. Obligados a presentar la declaración de renta 4. Obligados a presentar la declaración de patrimonio
Más detallesREFORMA FISCAL 2014 en Bizkaia
REFORMA FISCAL 2014 en Bizkaia 22 de octubre de 2013 OBJETIVOS DOTAR A BIZKAIA DE UN SISTEMA FISCAL MÁS JUSTO, PROGRESIVO, EFICIENTE Y ACORDE A LOS NUEVOS TIEMPOS. CONTRIBUIR A LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA
Más detallesDoing Business in Spain. Toulouse, 23 Octubre 2015
Doing Business in Spain Toulouse, 23 Octubre 2015 1 FORMAS JURÍDICAS ALTERNATIVAS PARA ESTABLECER UN NEGOCIO EN ESPAÑA (I) Concepto Sociedad Anónima Sociedad Limitada Branch Office Reppresentative Office
Más detallesNOVEDADES FISCALES GIPUZKOA
Las principales novedades tributarias introducidas por las Normas Forales 5/2011 y 6/2011, ambas de 26 de diciembre son: Con efectos únicamente para 2011 y 2012 Se restablece el Impuesto sobre Patrimonio
Más detallesI. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Travesera de Gracia 7379, 3º Comunicación 1/2008 Enero 2008 Área Fiscal Muy Sres. nuestros: Como es habitual al inicio de cada año se producen modificaciones en la normativa legal, principalmente la tributaria,
Más detallesLE RECORDAMOS LOS NUEVOS TIPOS DE RETENCIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016
LE RECORDAMOS LOS NUEVOS TIPOS DE RETENCIÓN A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2016 A partir del 1 de enero de 2016, se establece en el 19% el porcentaje de sobre los rendimientos del capital mobiliario (intereses,
Más detallesUNIDAD 8: QUÉ IMPUESTOS TENGO QUE PAGAR?
UNIDAD 8: QUÉ IMPUESTOS TENGO QUE PAGAR? 1. Diferentes impuestos para diversos tipos de empresa. 2. Obligaciones fiscales y calendario fiscal. 3.El Impuesto de la renta de las personas físicas: IRPF. 4.El
Más detallesdespatx assessors i advocats
despatx assessors i advocats Passeig M. Verdaguer núm. 40. Edifici Verdaguer. Planta 1a. 08700 IGUALADA (Barcelona) T. 93 805 39 39 - Fax 93 805 39 16 Circular informativa (22/12/2014) DEPARTAMENTO FISCAL
Más detallesNueva Ley sobre el Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/104)
Nueva Ley sobre el Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/104) A continuación les informamos de algunas de las novedades de esta nueva normativa que entró en vigor el 1 de enero de 2015 y es de aplicación a
Más detallesDerecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa
Derecho Financiero y Tributario II.1: Imposición directa 66023089 Programa de DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO II Facultad de Derecho Plan nuevo Curso 2008-2009 Curso 2018-2019 515045 UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Santa Cruz de La Palma, enero 2015
Reforma Fiscal 2015 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Santa Cruz de La Palma, enero 2015 OBJETIVOS REFORMA EN EL IRPF Reducción impositiva Trabajadores Autónomos Familias numerosas
Más detallesEntre los objetivos fundamentales pretendemos conseguir los siguientes objetivos:
Curso ICA de: FISCALIDAD Y TRIBUTACION OBJETIVOS: Entre los objetivos fundamentales pretendemos conseguir los siguientes objetivos: 1. Actualización del alumno en cuanto a Tributación y Fiscalidad se refiere
Más detallesImpuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2015
1 Área Fiscal Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2015 DOCUMENTO DE TRABAJO Nº 516/2016 Estimado cliente, Con fecha 06 de abril de 2016 ha comenzado la campaña del Impuesto sobre la Renta de
Más detallesIVA e Impuesto de Sociedades
IVA e Impuesto de Sociedades Información del curso Título: IVA e Impuesto de Sociedades Código: GO026 Horas: 56 Objetivos Obtener una visión global del impuesto que permita al alumno aplicar sus conocimientos
Más detalles