Número de cédula física o jurídica para realizar el ingreso de la publicación al sistema y generar su factura.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Número de cédula física o jurídica para realizar el ingreso de la publicación al sistema y generar su factura."

Transcripción

1 Firmado CARLOS digitalmente CARLOS ALBERTO por ALBERTO RODRIGU RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) EZ PEREZ Fecha: (FIRMA) :49:21-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 1 de junio del 2016 AÑO CXXXVIII Nº páginas En aras de brindar un mejor servicio la Imprenta Nacional implementó un nuevo sistema en la recepción de documentos y facturación Por lo anterior, se les solicitará en el momento de realizar su trámite la siguiente información: Número de cédula física o jurídica para realizar el ingreso de la publicación al sistema y generar su factura. Respaldo digital de su documento a publicar (archivos Word o PDF editable).

2 Pág 2 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 CONTENIDO Pág Nº PODER EJECUTIVO Decretos... 2 Acuerdos... 3 Edictos... 9 DOCUMENTOS VARIOS... 9 TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos Avisos CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS RÉGIMEN MUNICIPAL AVISOS NOTIFICACIONES FE DE ERRATAS PODER EJECUTIVO DECRETOS N H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006, y sus reformas; la Ley N 7023 de 13 de marzo de 1986; el Decreto Ejecutivo N H de 29 de junio del 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo N H de 13 de marzo del 2015 y sus reformas. Considerando: 1 Que la Ley N 7023, publicada en La Gaceta N 65 del 7 de abril de 1986, creó el Teatro Popular Mélico Salazar, como institución cultural especializada del Estado, adscrita al Ministerio de Cultura y Juventud, cuyo objetivo general es fomentar y desarrollar las artes del espectáculo y la popularización de la cultura. 2 Que mediante el oficio DM de 14 de marzo del 2016, la Ministra de Cultura y Juventud y la Directora Ejecutiva del Teatro Popular Mélico Salazar, solicitaron incrementar el gasto presupuestario máximo de dicha institución para el 2016, por un monto total de ,00 (ciento cuarenta y ocho millones de colones exactos), gestión que fue aprobada por la Junta Directiva del Teatro, según el Acuerdo N 22 tomado en la Sesión Ordinaria del 24 de febrero del Que el monto indicado en el considerando anterior, corresponde ser ampliado por la vía de Decreto Ejecutivo y será sufragado con recursos provenientes de superávit específico, que servirán para desarrollar los proyectos artísticos Encuentro Nacional de Teatro, Concurso Puesta en Escena y para la inversión en equipo técnico para la Sala de Teatro La Aduana y la restauración de la fachada e insonorización de la sala de ensayos de la Compañía Nacional de Teatro. 4 Que mediante el Decreto Ejecutivo N H, publicado en La Gaceta N 61 de 27 de marzo del 2015 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para el año 2016, estableciéndose en el artículo 5, que el gasto presupuestario de las entidades públicas y órganos desconcentrados para el año 2016, no podrá exceder el monto incorporado en el presupuesto ordinario 2015, deduciendo los gastos no recurrentes, siempre y cuando no correspondan a proyectos de inversión plurianuales, así como las transferencias que deban realizar por mandato de ley. En correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2016, resultante para el Teatro Popular Mélico Salazar, fue establecido en la suma de ,30 (dos mil ochocientos cincuenta y cuatro millones ciento ochenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres colones con treinta céntimos), el cual fue comunicado en el oficio STAP del 29 de abril del 2015; cifra que no contempla el gasto indicado previamente en este decreto. 5 Que mediante el Decreto Ejecutivo N H, publicado en La Gaceta N 130 de 6 de julio del 2005 y sus reformas, se emite el Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento. 6 Que en relación con el superávit específico, el numeral 9 del referido Decreto Ejecutivo N H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos. 7 Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Teatro Popular Mélico Salazar para el año 2016, incrementándolo en la suma de ,00 (ciento cuarenta y ocho millones de colones exactos). Por tanto, Decretan: Ampliación del gasto presupuestario máximo 2016 para el Teatro Popular Mélico Salazar Artículo 1 Amplíese para el Teatro Popular Mélico Salazar, el gasto presupuestario máximo para el año 2016, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo N H, publicado en La Gaceta N 61 de 27 de marzo del 2015, en la suma de ,00 (ciento cuarenta y ocho millones de colones exactos), para ese período. Artículo 2 Es responsabilidad de la administración activa del Teatro Popular Mélico Salazar, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta N 198 de 16 de octubre del 2001 y sus reformas, así como en el Decreto Ejecutivo N H, publicado en La Gaceta N 130 de 6 de julio del 2005 y sus reformas. Artículo 3º Rige a partir de su publicación. Dado en la Presidencia de la República, a los veintinueve días del mes de abril del dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. El Ministro de Hacienda a. í., José Francisco Pacheco Jiménez. 1 vez. ( D IN ). Carlos Alberto Rodríguez Pérez DIRECTOR GENERAL IMPRENTA NACIONAL DIRECTOR EJECUTIVO JUNTA ADMINISTRATIVA Carmen Muñoz Quesada MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Said Orlando de la Cruz Boschini REPRESENTANTE MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD Mario Enrique Alfaro Rodríguez REPRESENTANTE EDITORIAL COSTA RICA

3 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 3 ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Nº 405-PE LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en los Artículos 47 y 48 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo N 030-MP, publicado en La Gaceta N 87 del 7 de mayo de ACUERDA: Artículo 1º Designar a los señores Edward Porras Gómez, cédula de identidad N , Alfredo Guzmán Monge, cédula de identidad N , Erick Anet Ruiz, cédula de identidad N , Carlos Mora Cascante, cédula de identidad N , Michael Brenes Bonilla, cédula de identidad N , Manuel Cantillo Barboza, cédula de identidad N , Franklin Vargas Fernández, cédula de identidad N y Gregorio Oporto Mejía, cédula de identidad N , funcionarios de la Unidad Especial de Intervención del Ministerio de la Presidencia, para que asistan como participantes a la competición del ejercicio Fuerzas Comando 2016, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, Perú, del 28 de abril al 13 de mayo del año en curso. Artículo 2º Los gastos por concepto de viaje, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos, ente que ha solicitado la participación de los funcionarios en dicho evento. Artículo 3º Durante su participación en la referida competición, todos funcionarios devengarán el 100% de su salario. Artículo 4º En un plazo no mayor a ocho días naturales contados a partir de su regreso, los funcionarios rendirán un informe ejecutivo a su superior jerárquico, describiendo las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general. Artículo 5º Rige desde el 27 de abril y hasta el 14 de mayo de Dado en la Presidencia de la República, el día 28 de marzo de Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N 420-PE LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en los artículos 47 y 48 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo N 030-MP, publicado en La Gaceta N 87 del 7 de mayo de ACUERDA: Artículo 1 Designar a los señores Gerardo Alpízar Gamboa, cédula de identidad N y Ronald Arias Huertas, cédula de identidad N , funcionarios de la Unidad Especial de Intervención del Ministerio de la Presidencia, para que asistan a la competición del ejercicio Fuerzas Comando 2016, Programa Visitantes Distinguidos, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, Perú, del 08 al 13 de mayo del año en curso. Artículo 2 Los gastos por concepto de viaje, alojamiento y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos, ente que ha solicitado la participación de los funcionarios en dicho evento. Artículo 3 Durante su participación en la referida actividad, ambos funcionarios devengarán el 100% de su salario. Artículo 4 En un plazo no mayor a ocho días naturales contados a partir de su regreso, los funcionarios rendirán un informe ejecutivo a su superior jerárquico, describiendo las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general. Artículo 5 Rige desde el 07 y hasta el 14 de mayo de Dado en la Presidencia de la República, el día 31 de marzo del Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia. 1 vez. O. C. N 28174/ Solicitud N ( IN ). MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Nº 034-PE EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, la Ley N 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley N 6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República. ACUERDA: 1º Autorizar a la Sra. Ivannia Quesada Villalobos, cédula Nº , Viceministra de Agricultura y Ganadería, y a los Ingenieros: Guillermo Flores Marchena, cédula y Mauricio Chacón Navarro, cédula funcionarios de la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria-DNEA-, para que participen en la Misión de Cooperación NAMA Ganadería que se realizará en Paraguay del 28 de marzo al 30 de marzo de º Los gastos de transporte y estadía serán cubiertos desde el Proyecto Paisajes de Producción Verde, Commodities Sustentables. 3º Las personas funcionarias quedan obligadas, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país. 4º Rige a partir del 27 de marzo al 31 de marzo de 2016 para los señores Flores Marchena y Chacón Navarro; por otra parte la señora Ivannia Quesada Villalobos regresará el 29 de marzo de Dado en el Despacho Ministerial el ocho de marzo de dos mil dieciséis. Luis Felipe Arauz Cavallini, Ministro de Agricultura y Ganadería. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº ( IN ). MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO N 025-MEIC-2016 EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas, Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el Taller de Lanzamiento del proyecto regional Desarrollo de Parques Industriales Sostenibles en países de América Latina, que se llevará a cabo en Viena, Austria, del día 6 al día 8 de abril de II. Que la participación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, reviste especial interés en este evento, ya que el objetivo general del taller es analizar las estrategias nacionales y regionales para la planificación, el desarrollo sostenible y gestión de los parques industriales de la región, así como, para fomentar la cooperación local e intra-regional en este sentido. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º Autorizar a Luis Roberto Ramírez Vega, portador de la cédula de identidad número , funcionario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en el taller de Lanzamiento del proyecto regional: Desarrollo de Parques Industriales Sostenibles en países de América Latina, que se llevará a cabo en Viena, Austria, del día 6 al día 8 de abril de Artículo 2º Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación, serán financiados por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, ONUDI. El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

4 Pág 4 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Artículo 3º Rige a partir del día 4 de abril y hasta su regreso el día 9 de abril de 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los veintinueve nueve días del mes de marzo del dos mil dieciséis. Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N 027-MEIC-2016 EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en la Misión ELAN Network 2016 Misión Técnica Holanda, que se llevara a cabo en La Haya, Delft, Utrech, Hoofdrop y Amsterdam, Holanda, del día 11 al día 15 de abril de II. Que la participación del Ministerio de Economía, Industria y Comercio reviste especial interés ya que tiene como objetivo generar oportunidades de negocios basadas en tecnología entre PYMES europeas y latinoamericanas y está formada por actores de investigación e innovación europeos y latinoamericanos líderes en su sector con capacidad para impulsar procesos de transformación y crecimiento económico en el ámbito tecnológico. Por tanto; ACUERDA: Artículo 1 Autorizar a la señora Geannina Diñarte Romero, portadora de la cédula de identidad número , Viceministra de Economía, Industria y Comercio para que participe en la Misión ELAN Network 2016 Misión Técnica Holanda, que se llevará a cabo en La Haya, Delft, Utrech, Hoofdrop y Amsterdam, Holanda, del día 11 al día 15 de abril de Artículo 2 Los gastos por concepto de transporte aéreo, transporte local, viáticos y hospedaje, serán cubiertos por la Red Europea y Latinoamericana de negocios con base tecnológica (ELAN Network). El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Artículo 3 Rige a partir del día 09 de abril y hasta su regreso el día 16 de abril de 2016, devengando la funcionaría el 100% de su salario. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, al ser los 31 días del mes de marzo del dos mil dieciséis. Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N 024-MEIC-2016 EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N del 2 de mayo de 1978, la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley N del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas, Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el Programa Profesional: Enhancing Industrial Policies - Diagnosis, Strategies and Instruments for Inclusive and Sustainable Industrial Development (Mejora de las políticas industriales - diagnóstico. Instrumentos y Estrategias para el desarrollo incluyente y sostenible Industrial), que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, Corea del Sur, del día 04 al día 22 de abril de II. Que la participación de la Dirección de Investigaciones Económicas y de Mercados del MEIC en esta actividad, tiene como finalidad contar con la mayor información disponible para tener herramientas e instrumentos, ya que una de las acciones para el 2016 que están dentro del PEI es la formulación de la Política Industrial y a su vez esta actividad tiene ligamen con el Plan Nacional de Desarrollo. III. Que dichas actividades tienen como objetivo conocer algunos de los conceptos clave y herramientas para un diagnóstico integral, analizar las diferentes estrategias aplicables en la formulación de políticas industriales eficaces y conocer casos de aspectos prácticos en otros países. Por lo tanto, lo anterior contribuye como insumo para fortalecer el conocimiento y análisis de las alternativas y mejorar la toma de decisiones de las políticas públicas para un país económicamente más equitativo. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1 Autorizar a Oscar Quesada Mora, portador de la cédula de identidad número , funcionario de la Dirección de Investigaciones Económicas y de Mercados, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en el evento: Enhancing Industrial Policies - Diagnosis, Strategies and Instruments for Inclusive and Sustainable Industrial Development, que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, Corea del Sur, del día 04 al día 22 de abril de Artículo 2 Los gastos por concepto de transporte al exterior; hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) y la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (KOICA). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Artículo 3 Rige a partir del día 2 de abril de 2016 y hasta su regreso el día 24 de abril del mismo año; devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, a los veintinueve días del mes de marzo de dos mil dieciséis. Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N 034-MEIC-2016 EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley Nº 9341 del 01 de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979 y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, y sus reformas. Considerando: I. Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), participar en el Seminario de Política Regulatoria y el Tercer Diálogo de Expertos en Políticas Públicas Política Regulatoria en América Latina, cuyo objetivo es intercambiar experiencias y lecciones aprendidas en materia de mejoramiento de la calidad de la regulación, así como avanzar en la consolidación de la Red Latinoamericana de Mejora Regulatoria. II. Que dicha actividad se llevará a cabo en la Ciudad de Santiago, Chile, los días 26 y 27 de abril de III. Que la participación del Viceministro en esta actividad tiene como finalidad el analizar la temática del fortalecimiento de la capacidad regulatoria en ALC, la mejora regulatoria a nivel sub-nacional y la experiencia internacional en simplificación administrativa. También el impulso en la consolidación de la red de representantes de gobierno de la región en la temática de Política Regulatoria.

5 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 5 IV. Que mediante Resolución del 12 de abril de 2016 del Despacho Ministerial, se autorizó el gasto en las partidas presupuestarias de viáticos al exterior del señor Carlos Mora Gómez. Por tanto, ACUERDA: Artículo 1º Autorizar al señor Carlos Mora Gómez, portador de la cédula de identidad número , viceministro del MEIC para que participe en el Seminario de Política Regulatoria y el Tercer Diálogo de Expertos en Políticas Públicas Política Regulatoria en América Latina que se llevará a cabo en la Ciudad de Santiago, Chile, los días 26 al 27 de abril de Artículo 2º Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación, serán financiados por el programa Actividades Centrales, subpartida Transporte al Exterior y subpartida Viáticos al Exterior del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de cuatrocientos setenta y cuatro dólares ($474,00). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Artículo 3º Rige a partir del día 25 de abril y hasta su regreso el día 28 de abril de 2016, devengando el funcionario el 100% de su salario durante su ausencia. Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José a los diecinueve días del mes de abril del dos mil dieciséis. Welmer Ramos González, Ministro de Economía, Industria y Comercio. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº ( IN ). MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR N EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo 4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos; Considerando: I. Que el Gobierno ha venido trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el Decreto Nº COMEX-MP del 09 de setiembre de 2013, se declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE. A partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción que contribuyó con el fin de ampliar sus vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación formal para iniciar un proceso de adhesión en abril de II. Este plan incluye la participación en comités, grupos de trabajo y redes de la organización. El Comité de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales es uno de los compromisos asumidos dentro de este plan y es uno de los Comités que evaluarán al país durante el proceso de adhesión, por lo que la participación de Costa Rica resulta de suma importancia para todo el proceso. La próxima reunión de este Comité se celebrará del 14 al 15 de enero de 2016, en la sede de la OCDE en París, Francia. En dichas reuniones se abordarán temas relacionados con: i) la digitalización y el futuro del trabajo, ii) emprendedores, iii) habilidades e instituciones de capacitación, iv) sistemas de seguridad social, v) calidad del empleo y movilidad laboral, y vi) elasticidad e inclusión del mercado laboral. La participación en dichas reuniones es un medio para consolidar el proceso formal de adhesión del país a la OCDE y a su vez, permite conocer sobre los últimos avances en ternas de empleo, trabajo y asuntos sociales prioritarios para el país, los cuales permiten mejorar nuestras políticas públicas. III. Que es de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno la participación activa en tal evento de un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por los temas que se abordarán en las reuniones y como un medio para continuar con nuestro acercamiento a la OCDE, mejorar nuestras políticas públicas y cumplir con los compromisos que ha asumido el país en su plan de acción, en particular con la participación en estas reuniones de trabajo, y con miras a preparar el camino para iniciar un proceso formal de adhesión a la OCDE. ACUERDAN: Artículo I Designar al señor Alfredo Hasbum Camacho, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social, portador de la cédula de identidad número para que integre la delegación oficial compuesta por el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que asistirá a las reuniones del Comité de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales (Employment, Labor and Social Affairs Committee - ELSA) de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), que se realizará del 14 al 15 de enero en París, Francia. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) participar en la reunión del Comité de Empleo, Trabajo y Asuntos Sociales de nivel Ministerial; 2) participar en el Foro de Políticas de Empleo; 3) participar en las diferentes discusiones que tendrán lugar en las reuniones para aprender sobre las experiencias de los diferentes países en la definición e implementación de políticas públicas en temas de empleo, trabajo y asuntos sociales, así como compartir la experiencia relevante de Costa Rica en este tema; 4) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando la participación de Costa Rica en la OCDE, con miras al proceso de ingreso a la organización y; 5) contribuir en la discusión, análisis y reflexión de las temáticas del Comité, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan resultar valiosas en la formulación interna de políticas públicas. Artículo II. Los gastos del viaje oficial del señor Alfredo Hasbum Camacho, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, y del programa 796; el adelanto por ese concepto asciende a $987,00 (novecientos ochenta y siete dólares), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida del mismo programa. El viaje oficial integrando la delegación oficial a que se refiere este acuerdo finaliza el día 16 de enero de El señor Alfredo Hasbum regresará a Costa Rica hasta el 18 de enero, corriendo por su cuenta todos los gastos en que incurra en estas fechas. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e internet al Ministerio de Comercio Exterior. Además, para hacer escala en Miami, Estados Unidos de América, por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino, viaja a partir del 12 de enero de dos mil dieciséis. Artículo III. Rige a partir del 12 al 18 de enero del Dado en la Presidencia de la República. San José, a los seis días del mes de enero de dos mil dieciséis. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio

6 Pág 6 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y Considerando: I. Que Costa Rica ha centrado su política de comercio exterior en insertar al país en los mercados globales, aumentando sus relaciones comerciales y de inversión con sus socios. Siguiendo con esta línea, el país ha tenido como objetivo potenciar el intercambio con países de alto poder adquisitivo cuyas características económicas les convierte en mercados altamente atractivos para las exportaciones nacionales y de los cuales se busca atraer inversiones de alto valor agregado. Dentro de este esquema, las relaciones comerciales y de inversión con la República de Corea se perfilan como de altísimo potencial de crecimiento y desarrollo. II. Que dos años atrás, Costa Rica y otros países centroamericanos, tuvieron un acercamiento con la República de Corea en el que se planteó el interés de establecer un acuerdo comercial. A principios del año 2015, se reestablecieron las conversaciones al respecto y Corea expresó el deseo de profundizar las relaciones con los países centroamericanos por medio de un tratado de libre comercio. El 18 de junio de 2015 se realizó el lanzamiento oficial del proceso de negociación en Houston, Estados Unidos. III. Que en este marco, del 25 al 28 de enero de 2016 en ciudad de Guatemala, Guatemala se llevará a cabo la reunión de coordinación con Centroamérica para revisar y analizar la I Oferta Arancelaria de Bienes que se intercambió con Corea, y a fin de producir una versión revisada de la I Oferta Arancelaria Centroamericana de Bienes, en el marco del proceso de negociación de un tratado de libre comercio entre Centroamérica y la República de Corea. IV. Que la participación del señor Henry Benavides Barquero, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior. ACUERDA: Artículo Primero. Designar al señor Henry Benavides Barquero, portador de la cédula número , funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para participar en una reunión de coordinación con Centroamérica para revisar y analizar la I Oferta Arancelaria de Bienes que se intercambió con Corea del 25 al 28 de enero de 2016 en ciudad de Guatemala, Guatemala. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos Específicos: 1) revisar los productos pendientes de consenso a nivel centroamericano; 2) tratar de armonizar posiciones o promover acompañamiento en los productos en los que no se tiene posiciones comunes; 3) procurar una estructura de la I Oferta Arancelaria Centroamericana de Bienes, que sea más balanceada y congruente con el ritmo al que se aspira que avance el proceso y; 4) validar a nivel de coordinadores la versión revisada de la I Oferta Arancelaria Centroamericana de Bienes. Artículo Segundo. Los gastos del señor Henry Benavides Barquero, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber USD$528,00 (quinientos veintiocho dólares), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10501, y del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos relativos a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión. Artículo Tercero. Rige a partir del 25 al 28 de enero de San José, a los seis días del mes de enero del año dos mil dieciséis. Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y Considerando: I. Que la negociación de tratados y acuerdos comerciales con países de alto poder adquisitivo y potencial para realizar inversiones en sectores de alto valor agregado ha sido uno de los componentes principales de la estrategia de comercio exterior nacional, cuyo objetivo es insertar a la economía costarricense en los mercados globales, dinamizando los flujos comerciales y de inversión, con el fin de generar empleos de alta calidad y mayor crecimiento económico. En este contexto, la República de Corea posee características y condiciones estratégicas que encajan dentro de los intereses costarricenses para la negociación de un Tratado de Libre Comercio, mismo que se ha venido negociando desde el año 2015 junto con la región centroamericana. II. Que durante la II Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Corea, los jefes negociadores de las Partes acordaron que Centroamérica remitiría a la República de Corea una oferta inicial de acceso a mercados revisada, sin ítems pendientes, el día 29 de enero de III. Que en miras de cumplir con este compromiso, los países centroamericanos acordaron realizar una reunión de coordinación para el grupo de Acceso a Mercados, con el fin de negociar y armonizar la oferta que se presentará a Corea. Dicha reunión se programó para los días del 25 al 28 de enero de 2016 en Ciudad de Guatemala, Guatemala. La Ronda de Negociación se llevará acabo del 25 al 28 de enero de ACUERDA: Artículo 1º Designar al señor Francisco Monge Ariño, portador de la cédula número , Subdirector General de Comercio Exterior, para participar del 27 al 28 de enero de 2016 en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, en la reunión de coordinación a nivel centroamericano para el grupo de Acceso a Mercados en el marco del proceso de negociación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y la República de Corea. El objetivo de la reunión es participar en la reunión de coordinadores con los equipos técnicos de Acceso a Mercados para resolver los temas relacionados con la revisión de la I Oferta Arancelaria Centroamericana de Bienes que, por su naturaleza y complejidad, no pueden ser resueltos a nivel técnico. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 26 de enero de Artículo 2º Los gastos del señor Francisco Monge Ariño, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber USD$388,00 (trescientos ochenta y ocho dólares), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de COMEX de la subpartida 10501, y del programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica, será cubierto por la subpartida 10501; el seguro médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos relativos a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio

7 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 7 Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como el regreso a Costa Rica, por la subpartida del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en El Salvador, por conexión. Artículo 3º Rige del 26 al 28 de enero del San José, a los doce días del mes de enero del año dos mil dieciséis. Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y Considerando: I. Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es una herramienta que puede apoyar y guiar este proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El gobierno ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con el Decreto Nº COMEX-MP, del 09 de setiembre de 2013, se declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo incluye como meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE. A partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno de Costa Rica preparó un plan de acción que contribuyó a ampliar sus vínculos con la OCDE, resultando en la invitación formal para iniciar un proceso de adhesión en abril de II. Que en contexto, del 20 al 21 de enero de 2016 en París, Francia se llevará a cabo una reunión del Grupo de Trabajo sobre Comercio y Medioambiente de la OCDE, en la que se discutirán temas como la relación entre los acuerdos comerciales regionales y el Medio Ambiente, las Cadenas Globales de Valor para bienes y servicios ambientales, el comercio de servicios ambientales, y la interacción entre el comercio y el cambio climático. ACUERDA: Artículo 1º Designar al señor Luis Adolfo Fernández López, portador de la cédula número , Negociador Comercial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Ginebra-Suiza, para que viaje de Ginebra-Suiza a París, Francia para participar en la reunión del Grupo de Trabajo sobre Comercio y Medio Ambiente de la OCDE que se llevará a cabo del 20 al 21 de enero de 2016 en París, Francia. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) participar en la reunión del Grupo de Trabajo sobre Comercio y Medio Ambiente de la OCDE, en la que se discutirán temas como la relación entre los acuerdos comerciales regionales y el Medio Ambiente, las Cadenas Globales de Valor para Bienes y Servicios Ambientales, el Comercio de Servicios Ambientales, y la interacción entre el comercio y el cambio climático; 2) aprovechar el diálogo que tendrá lugar en las reuniones para compartir la experiencia de Costa Rica y aprender de las experiencias, políticas y prácticas de los otros países participantes y; 3) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar profundizando y mejorando su participación en la OCDE, con miras a una eventual membresía. Por efectos de itinerario y rutas de tren, viaja a partir del 19 de enero y para no perder un tren de conexión de París hacia Ginebra el día 21 de enero, por la posibilidad de que la reunión finalice en horas de la noche, tomará el tren de regreso en la mañana del 22 de enero de Artículo 2º Los gastos del señor Luis Adolfo Fernández López, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber: US$894,88 (ochocientos noventa y cuatro dólares con ochenta y ocho centavos) sujeto a liquidación, con recursos de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). De igual manera, la OMC cubre los gastos por concepto de transporte terrestre vía tren. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet. Artículo 3º Rige a partir del 19 al 22 de enero del San José, a los quince días del mes de enero del dos mil dieciséis. Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). Nº EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y Considerando: I. Que Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la OCDE es una herramienta para proporcionar apoyo y guía en este proceso, ya que está orientada a promover las mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009 en procura de llegar a convertirse en miembro y alcanzar, con ello, los objetivos trazados. Las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de este proceso de ingreso -incluyendo todas las actividades preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo del mismo- fueron declaradas de interés público mediante Decreto Nº COMEX- MP, del 09 de setiembre de Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo se incluyó el fortalecimiento de las políticas públicas, a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE, como una meta prioritaria de la gestión gubernamental. II. Que a partir de la Decisión Ministerial adoptada en mayo de 2013 y la invitación formal cursada por la organización en abril de 2015 para iniciar el proceso de adhesión, se vienen ejecutando una serie de tareas que conforman el plan de acción de Costa Rica en él. III. Que el 23 de enero tendrá lugar en Davos, Suiza, la Reunión Anual del Foro Económico Mundial, donde Jefes de Estado, autoridades de gobierno, líderes empresariales, organizaciones internacionales, academia y sociedad civil confluyen en este encuentro para establecer diálogos estratégicos que permitan llevar a cabo un mapeo de las principales transformaciones que deben llevarse a cabo a lo largo del año en las diferentes áreas. En el marco de dicha reunión el Gobierno Suizo organiza una reunión ministerial de la organización Mundial de Comercio y como es usual invitan a Costa Rica representada por el Ministro de Comercio Exterior. El objetivo de dicha reunión es darle seguimiento a los resultados de la reunión Ministerial celebrada en Nairobi, Kenya el pasado mes de diciembre. Asimismo, en el marco de dicha reunión se llevarán a cabo una serie de actividades con autoridades de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

8 Pág 8 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 IV. Que dado que Costa Rica mantiene un roll muy activo tanto en la Organización Mundial del Comercio Exterior, como en la OCDE ante la OMC se trabaja intensamente en distintas iniciativas, como el Acuerdo de Facilitación del Comercio, el Acuerdo sobre Servicios en Tecnologías de Información, el Acuerdo sobre Bienes Ambientales, así como en Comités y grupos de trabajo; con respecto a la OCDE, el Ministerio de Comercio Exterior es la Secretaría Técnica designada por el Presidente de la Republica para llevar a cabo los procesos de incorporación, es indispensable la participación del señor Ministro en estas actividades. El Señor Manuel Tovar, Jefe de la Delegación de Costa Rica ante la OCDE estará dando soporte técnico al Ministro en las reuniones del 21 de enero ACUERDA: Artículo 1º Designar al señor Manuel Tovar Rivera, portador de la cédula N , representante de la República de Costa Rica ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos con sede en París, Francia y jefe de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE, para que viaje de París, Francia a Davos, Suiza para participar del 20 al 22 de enero de 2016 en las coordinación de reuniones internas con el equipo de la Misión de Costa Rica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) para la preparación de la Reunión Anual del Foro Económico Mundial en la que participará el Ministro de Comercio Exterior, que se llevará a cabo el 23 de enero de Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) el 20 de enero, participará en reuniones internas de coordinación con el equipo de la Misión de Costa Rica ante la OMC para las reuniones del foro. Por la tarde, acompañará al equipo OMC para recibir y trasladar al Ministro de Comercio Exterior del aeropuerto de Zúrich al Hotel en Sargans. Durante este trayecto tendrá una coordinación con el Ministro para las reuniones que lo requieran; 2) el 21 de enero, acompañará al Ministro al desayuno con Ministros de América Latina y el Caribe (LAC) cuyo objetivo es discutir sobre el nuevo rol de la OCDE en América Latina y el enfoque del Latin American Programme y; 3) el 22 de enero, tendrá una reunión de coordinación con el Ministro para el seguimiento de las tareas en curso y por venir para el proceso de adhesión a la OCDE. Por efectos de itinerario y rutas terrestres vía tren, viaja a partir del 19 de enero de El 20 de enero se trasladará de Ginebra, a Zurich y luego a Davos por vía terrestre en el vehículo de la Misión de Costa Rica ante la OMC para recibir y trasladar al señor Ministro. A partir de las 13:00 horas del 22 de enero y hasta el 24 de enero de 2016 corresponde a viaje personal, de forma tal que todos los gastos en que incurra durante esas fechas serán asumidos por el señor Manuel Tovar Rivera. Únicamente se le reconocerán los gastos relativos al desayuno y otros del día 22 de enero, según el artículo 43 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Los días 23 y 24 de enero, corresponden a fin de semana. Artículo 2º Los gastos del viaje oficial del señor Manuel Tovar Rivera, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber: US$990,44 (novecientos noventa dólares con cuarenta y cuatro centavos) sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Oficina de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). El transporte terrestre de Ginebra hacia Davos el día 20 de enero y de Davos hacia Ginebra el 23 de enero, será cubierto con recursos de la OCDE. De igual manera, la OCDE cubre los gastos por concepto de transporte terrestre vía tren, de ida y regreso entre París, Francia y Ginebra, Suiza. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet. Participa en calidad de Asesor del Ministro de Comercio Exterior, a partir de las 18:30 horas del 20 de enero y hasta las 13:00 horas del 22 de enero Artículo 3º Rige del 19 al 24 de enero de San José, a los quince días del mes de enero del año dos mil dieciséis. Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº ( IN ). MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA N DAJ-A MINAE EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA En uso de las facultades que le confieren los artículos 11, 140 inciso 3) y 8) de la Constitución Política, y en relación con lo dispuesto en los artículos 11, 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N 6227 y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N 7554 del 4 de octubre de Considerando: 1 Que mediante la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N 7554, se crea la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), como una entidad de desconcentración máxima del Ministerio de Ambiente y Energía, con competencia exclusiva en la armonización de obras, actividades y proyectos con el ambiente, siendo el ente técnico encargado de analizar las evaluaciones de impacto ambiental y determinar o no la viabilidad de las obras, actividades o proyectos que se sometan a su aprobación. 2 Que la SETENA se compone de una Comisión Plenaria deliberante, integrada por varias instituciones públicas que desarrollan un papel importante en la gestión ambiental de este país, integrada de la siguiente forma: a) Un representante del Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, quien será el Secretario General. b) Un representante del Ministerio de Salud con especialidad en ingeniería sanitaria. c) Un representante del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, con especialidad en hidrología. d) Un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con especialidad en agronomía. e) Un representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con especialidad en ingeniería civil. f) Un representante del Instituto Costarricense de Electricidad, con especialidad en desarrollo energético. g) Un representante de las universidades estatales, con especialidad en biología. Se autoriza a las instituciones enumeradas en este artículo, para que puedan destacar permanentemente a su representante en la Secretaría Técnica Nacional Ambiental. Cuando lo requiera, esta Secretaría podrá solicitar ayuda técnica a otras instituciones del Estado. 3 Que actualmente el Ministerio de Salud comunicó el nombramiento de su representante señor Marvin Boza Quesada por medio del Oficio DM , dejando sin efectos jurídicos el nombramiento del señor Francisco Amén Funk por medio del oficio DM ; acreditándose ante el MINAE su respectiva representación ministerial ante la Comisión Plenaria de la SETENA, razón por la cual debe cumplirse con la formalidad de publicar dicha designación en el Diario Oficial La Gaceta, para garantizar la publicidad de dicho nombramiento, y a la vez brindar certeza jurídica a las persona designada a partir del 15 de febrero de 2016 en el órgano colegiado. Por tanto, ACUERDA: 1 Nombrar con la condición y vigencia con la que se indica la Ley Orgánica del Ambiente, siendo un plazo de seis años a partir del nombramiento como miembro representante de la respectiva institución o entidad ante la Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, a la siguiente persona: a) En representación del Ministerio de Salud, al señor Marvin Boza Quesada, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil con especialidad en Ingeniería Sanitario, portador de la cédula de identidad Nº , vecino de Coronado, por un plazo de seis años, con un rige a partir del 15 de febrero del 2016, quedando de forma inmediata su legitimación y representación en el órgano colegiado desde su nombramiento para sesionar, votar y cumplir con las funciones asignadas al cargo. Dado en San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil dieciséis. Édgar E. Gutiérrez Espeleta, Ministro de Ambiente y Energía. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº ( IN ).

9 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 9 EDICTOS MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA COMUNICA: En conformidad con las disposiciones establecidas en el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, se confiere audiencia a las instituciones públicas y a los ciudadanos sobre los proyectos de Decretos Ejecutivos: a) Reglamento al inciso b) del artículo 5º de la Ley Nº b) Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal. c) Reglamento que regula la entrega y cuantificación de materiales e insumos por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes a las municipalidades para obras de construcción o conservación de la Red Vial Cantonal. d) Oficialización de la Norma Técnica para el Desarrollo y la Conservación de la Red Vial Cantonal. Los cuales estarán disponibles en el sitio electrónico del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) y del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) El plazo de la audiencia es de 10 días hábiles a partir de esta publicación y las observaciones y comentarios se recibirán en los siguientes correos electrónicos: casoto@ifam.go.cr, mauricio.gonzalez@mopt.go.cr y stept@ mideplan.go.cr o en las oficinas Centrales de MOPT, Asesoría Jurídica, en avenida 20 y 22, calles 9 y 11, costado oeste de Plaza González Víquez y en MIDEPLAN, Edifico Adriático segundo piso, Secretaría Técnica-Ejecutiva del Proceso de Transferencias, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, sobre el Bulevar Dent. Olga Marta Sánchez Oviedo, Ministra de Planificación Nacional, y Política Económica. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº ( IN ). DOCUMENTOS VARIOS OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil, al ser las 19:30 horas del 13 de abril de dos mil dieciséis. Se conoce solicitud del señor Rafael Sánchez Arroyo para que se le autorice a su representada, American Airlines Inc., la suspensión temporal de la ruta: Philadelphia-San José- Philadelphia Resultando: 1º La compañía American Airlines Inc., cuenta con un Certificado de Explotación para brindar servicios de vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, el cual le autoriza para que opere en las siguientes rutas: 1. Miami - San José y viceversa 2. Dallas Fort Worth - (puntos intermedios GUA y/o PTY) - San José -Puntos más allá y viceversa 3. Dallas Fort Worth - Liberia y viceversa 4. Miami - Liberia y viceversa 5. New York - San José y viceversa 2º La compañía American Airlines Inc., a través del señor Rafael Sánchez Arroyo, Apoderado Generalísimo, solicitó al Consejo Técnico de Aviación Civil, la aprobación para realizar una ampliación al Certificado de Explotación COA-E-031, mediante las rutas: Charlotte San José - Charlotte (CLT-SJO-CLT) Charlotte - Liberia - Charlotte (CLT-LIR-CLT) Philadelphia - San José - Philadelphia (PHL-SJO-PHL) Phoenix - San José - Phoenix (PHX-SJO-PHX) 3º Mediante escrito recibido el 30 de marzo de 2016, en el Consejo Técnico de Aviación Civil, el señor Rafael Sánchez Arroyo, Director General para Costa Rica y Panamá de la compañía American Airlines Inc., solicitó suspender la ruta Philadelphia - San José - Philadelphia del 02 de abril al 17 de diciembre del presente año. El 5 de abril 2016, a solicitud de la Unidad de Transporte Aéreo, la compañía mediante correo electrónico, aclara que dicha suspensión obedece a motivos de demanda y de temporada. 4º Mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 05 de abril de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa indicó: Autorizar a la compañía AMERICAN AIRLINES INC., la suspensión temporal de los servicios de pasajeros, carga y correo, en la ruta: Philadelphia - San José - Philadelphia, efectivo a partir de la aprobación del CTAC y hasta el 17 de diciembre de Solicitar a la compañía AMERICAN AIRLINES, INC., que de previo a reiniciar los servicios, debe presentar ante el CTAC con al menos 30 días de antelación el itinerario y tarifas 5º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: el objeto sobre el cual se centra la presente resolución versa sobre la solicitud realizada por la compañía American Airlines, para que se les autorice la suspensión temporal de la ruta: Philadelphia - San José - Philadelphia a partir del 02 de abril y hasta el 17 de diciembre Es importante mencionar, que hasta el mes de marzo tuvieron operaciones autorizadas los días sábados. Indica la compañía que el destino Philadelphia, será servido a través de los centros de conexión en las ciudades de Miami y Dallas. Fundamento legal: El fundamento legal para la suspensión de vuelos, se basa en lo establecido en los artículos 157,173 y 175, de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 157: El Consejo Técnico de Aviación Civil, a solicitud de parte interesada o por propia iniciativa, puede alterar, enmendar, modificar, suspender o cancelar con la aprobación del Poder Ejecutivo si se trata de servicios internacionales, cualquier certificado de explotación en todo o en parte, tomando en cuenta la necesidad o conveniencia de los interesados, debidamente comprobada. Asimismo podrá modificar y cancelar el certificado por razones de interés público o por el incumplimiento del concesionario de los términos de la ley, de la concesión o de los reglamentos respectivos. (...) Artículo Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Artículo Todo servicio aéreo regular de transporte público, local o internacional, deberá prestarse con sujeción a itinerarios frecuencias de vuelo, horarios y tarifas autorizadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Autorizar a la compañía American Airlines Inc., cédula de persona jurídica N , representada por el señor Rafael Sánchez Arroyo la suspensión temporal de los servicios de pasajeros, carga y correo, en la ruta: Philadelphia

10 Pág 10 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del San José - Philadelphia, efectivo a partir de la aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil y hasta el 17 de diciembre de Solicitar a la compañía, que de previo a reiniciar los servicios, debe presentar ante el Consejo Técnico de Aviación, con al menos 30 días de antelación el itinerario y tarifas. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo sétimo de la sesión ordinaria N , celebrada el día 13 de abril de Notifíquese y publíquese. Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº ( IN ). Nº Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 20:00 horas del 12 del mes de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud del señor Claudio José Donato Monge, Apoderado Generalísimo de la empresa Frontier Airlines, Inc., para que se les autorice la suspensión en forma definitiva la totalidad de las rutas que operan, incluyendo tanto las rutas hacia Liberia como a San José Resultando: Primero. Mediante Resolución Nº del 16 de enero del 2008, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la compañía Frontier Airlines, Inc., un Certificado de Explotación, para operar la ruta Denver - San José y viceversa. Segundo. Posteriormente mediante Resolución N del 09 de mayo de 2011, el Consejo Técnico de Aviación Civil, resolvió otorgar, ampliación al Certificado de Explotación para brindar servicios en la ruta: Denver - Liberia y viceversa, con una vigencia de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Transporte Aéreo, suscrito entre los Gobiernos de Costa Rica y Estados Unidos de América, Ley N 7857 del 22 de diciembre de Tercero. Mediante Resolución N , se les otorgó ampliación del Certificado de Explotación, para brindar servicios de vuelos regulares internacionales de pasajeros, carga y correo en las siguientes rutas: Saint Louis, Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa y Chicago, Illinois, Estados Unidos - Liberia, Guanacaste, Costa Rica y viceversa. Cuarto. Mediante Resolución del 23 de junio de 2015, suspendidas a solicitud de la compañía, a partir del 27 de junio y hasta el 27 de diciembre 2015, la totalidad de las rutas autorizadas en el Certificado de Explotación. Quinto. Mediante escrito recibido en la secretaría del Consejo Técnico de Aviación Civil el 19 de enero de 2016, el señor Claudio José Donato Monge, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa FRONTIER AIRLINES INC., solicitó se le autorice la suspensión en forma definitiva la totalidad de las rutas que operan, incluyendo tanto las rutas hacia Liberia como a San José. Sexto. Mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 27 de enero del 2016, la Unida de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó. Con base en lo anterior, en apego a los lineamientos establecidos en la legislación vigente y tomando en consideración que FRONTIER AIRLINES INC., ha solicitado de manera expresa y definitiva la suspensión de la totalidad de las rutas, SE RECOMIENDA: Cancelar a partir de la aprobación del CTAC y de forma definitiva del Certificado de Explotación de la compañía FRONTIER AIRLINES, INC., en vista de la suspensión definitiva de todas las rutas autorizadas en su Certificado de Explotación. Sétimo. Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto. Como se indicó anteriormente, la compañía Frontier Airlines, a través de su representante el señor Claudio José Donato Monte, solicitó suspender de forma definitiva todas las rutas autorizadas en el certificado de explotación de su representada. Indica el señor Donato Monge que Frontier no tiene programado reiniciar operaciones este año, debido a que está en un proceso de reestructuración corporativa y operativa de sus Hubs, al migrar hacia el modelo de aerolínea de ultra bajo costo (ULCC) originada en la adquisición de la empresa Indigo Partners LLC de Frontier Airlines, en la que está revisando todas las rutas operadas por dicha aerolínea, por cuanto ese mismo grupo empresarial cuenta con otras aerolíneas que ya viajan al país como Spirit Airlines y Volaris. De conformidad con el oficio de Transporte Aéreo DGAC- UDTA-INF , actualmente la ruta Chicago-Liberia y viceversa y Chicago-San José y viceversa, están siendo operadas regularmente por la compañía United Airlines y la ruta: Denver- Liberia y viceversa y Denver-San José y viceversa, están siendo operadas por esta misma aerolínea en modalidad no regular. Por lo tanto la cancelación de dichas rutas por parte de la empresa Frontier Airlines, no deja a los usuarios costarricenses sin alternativas para viajar a dichos destinos. En este sentido el fundamento legal para la suspensión de vuelos, se basa en lo establecido en los artículos 157, 173 y 175, de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 157. El Consejo Técnico de Aviación Civil, a solicitud de parte interesada o por propia iniciativa, puede alterar, enmendar, modificar, suspender o cancelar con la aprobación del Poder Ejecutivo si se trata de servicios internacionales, cualquier certificado de explotación en todo o en parte, tomando en cuenta la necesidad o conveniencia de los interesados, debidamente comprobada. Asimismo podrá modificar y cancelar el certificado por razones de interés público o por el incumplimiento del concesionario de los términos de la ley, de la concesión o de los reglamentos respectivos. ( ) Artículo 173. Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Artículo 175. Todo servicio aéreo regular de transporte público, local o internacional, deberá prestarse con sujeción a itinerarios _frecuencias de vuelo, horarios y tarifas autorizadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, por tanto EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: CANCELAR a partir de su aprobación, el Certificado de Explotación de la empresa FRONTIER AIRLINES INC., otorgado mediante Resolución del 16 de enero del 2008, en vista de la solicitud realizada de manera expresa por la propia compañía para suspender definitivamente la totalidad de las rutas autorizadas en dicho certificado. Notifíquese y publíquese. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigésimo de la sesión ordinaria N , celebrada el día 12 de abril de Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 20:10 horas del 12 del mes de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud de la señora Alina Nassar Jorge, apoderada generalísima para que se le autorice a su representada, Delta Airlines Inc., la suspensión temporal de la ruta: JFK-SJO-JFK, a partir del 01 y hasta el 30 de abril de Resultando: 1 La compañía Delta Airlines Inc, cuenta con un certificado de explotación vigente hasta el 15 de julio del 2023, otorgado mediante resolución N del 30 de abril de 2008, publicado en La Gaceta N 136 del 15 de julio de 2008 y otorgado por el

11 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 11 Consejo Técnico conforme al Acuerdo suscrito entre los Gobiernos de Costa Rica y los Estados Unidos de América, el cual le permite operar en las siguientes rutas: Atlanta, Georgia, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Los Ángeles, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Atlanta, Georgia, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa. Los Ángeles, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa 2 Mediante Resolución N del 29 de febrero de 2016, el Consejo Técnico de Aviación Civil, autorizó a la compañía Delta Airlines a suspender la ruta JFK-SJO-JFK, a partir de! 01 y hasta el 31 de marzo de La señora Alina Nassar Jorge, en su condición de apoderada generalísima de la compañía Delta Airlines Inc., presentó el 04 de marzo de 2016 al Consejo Técnico de Aviación Civil, escrito mediante el cual solicita la autorización para suspender temporalmente la ruta New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica a partir del 01 y hasta el 30 de abril de Que mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 14 de marzo de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: ( ) 1. Autorizar a la compañía DELTA AIRLINES INC la suspensión temporal de la ruta: New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica y vv. a partir del 01 y hasta el 30 de abril de Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto. El objeto sobre el cual se centra la presente resolución versa sobre la solicitud realizada por la compañía Delta Airlines, para que se les autorice la suspensión temporal de la ruta: JFK-SJO-JFK, a partir 01 y hasta el 31 de marzo de La compañía señala que los motivos por los cuales se solicita la suspensión, es debido a razones comerciales, particularmente por el tráfico de temporada. El fundamento legal para la suspensión de vuelos se basa en lo que establece el Artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo 173. Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto: EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Autorizar a la compañía Delta Airlines Inc, cédula jurídica , representada por la señora Alina Nassar Jorge, la suspensión temporal de la ruta: New York, Estados Untdos-San José, Costa Rica y vv., a partir del 01 y hasta el 30 de abril de Notifíquese y publíquese. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigésimo primero de la sesión ordinaria N , celebrada el 12 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). Nº Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 20:20 horas del 12 del mes de abril del Se conoce solicitud del señor Tomas Federico Nassar Pérez, Apoderado Generalísimo de la empresa Air Canadá, cédula de persona jurídica N , para que se le autorice a su representada a suspender temporalmente los vuelos de la ruta: Montreal-Liberia-Montreal, a partir del 05 de abril y hasta el 01 de agosto del año en curso. 1º La compañía Air Canadá, cédula de persona jurídica N , posee un Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo internacional, regular y no regular de pasajeros, carga y correo, vigente hasta el 22 de julio del Así mismo, el Consejo Técnico de Aviación Civil otorgó una ampliación al certificado para operar vuelos regulares desde Toronto y Montreal hacía el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós, ubicado en la ciudad de Liberia, Guanacaste. Dicha ampliación posee una vigencia igual a la del Certificado de Explotación. 2º Mediante escrito recibido el 10 de marzo del 2016, el señor Tomas Federico Nassar Pérez, Apoderado Generalísimo de la empresa Air Canadá, solicitó al Consejo Técnico de Aviación Civil, autorización para suspender temporalmente los vuelos los vuelos de la ruta: Montreal-Liberia-Montreal, a partir del 05 de abril y hasta el 01 de agosto del alío en curso. 3º Que mediante oficio DGAC-UDTA-1NF , recibido en la Asesoría Legal el 18 de marzo de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: Con base en lo anteriormente expuesto y según lo establece el artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil. Se recomienda: Autorizar a la compañía Air Canadá, la suspensión temporal de los vuelos en la ruta Montreal-Liberia-Montreal, a partir del 5 de abril y hasta el 1 de agosto del º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto. El fundamento legal para la suspensión de vuelos, se basa en lo establecido en los artículos 173 y 175, de la Ley General de Aviación Civil. Artículo Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Artículo Todo servicio aéreo regular de transporte público, local o internacional, deberá prestarse con sujeción a itinerarios _frecuencias de vuelo, horarios y tarifas autorizadas por el Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: Autorizar a la empresa Air Canadá, cédula de persona jurídica N , representada por el señor Tomás Federico Nassar Pérez, la suspensión temporal de los vuelos en la ruta Montreal- Liberia-Montreal, a partir del 5 de abril y hasta el 1 de agosto de Recordarle a la compañía Air Canadá, que de previo a reiniciar las operaciones debe presentar el itinerario de operación ante el CTAC, con la debida antelación a la entrada en vigencia. Notifíquese y publíquese. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigésimo segundo de la sesión ordinaria N , celebrada el día 12 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ).

12 Pág 12 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 20:30 horas del 12 del mes de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud de declaración de abandono de la aeronave matrículas N-31VL que se encuentra ocupando espacio en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma; con fundamento en lo siguiente: Resultando: 1 Mediante oficio DGAC-AITB-OF de fecha 10 de marzo del 2014, la Licda. Rocío Iturrino Monge en su momento Administradora del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma informa en lo que nos interesa que la aeronave N-31VL ingresó a dicha terminal aérea el día 04 de diciembre del Que la Dirección General de Aviación Civil, mandó a publicar por tres días seguidos, en el Diario Oficial en Las Gacetas Nos. 221, 222 y 223 de fecha 17, 18 y 19 de noviembre de 2014 un aviso comunicando a los interesados que iniciaba el proceso para declarar en abandono la aeronave N-31VL, en el cual se indicó: La Dirección General de Aviación Civil, avisa a los propietarios de la aeronave matrícula N31VL, que la misma se encuentra ocupando espacio en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma. Por lo tanto, se previene a los interesados, así como a las personas que aparecen como propietarios regístrales de la aeronave N31VL que en el término perentorio de 30 días hábiles deben proceder a retirarla del aeropuerto, cumpliendo con las obligaciones de pago por estacionamiento, caso contrario se procederá a declararla en abandono y se pondrán a dicha aeronave a disposición de la Dirección General de Aviación Civil para lo que corresponda, de conformidad con la Ley General de Aviación Civil N 5150 de 14 de mayo de 1973, artículo 247, incisos b) y c. 3 Que vencido el plazo de 30 días, contados a partir del último aviso establecido en el artículo 247 de la Ley General de Aviación Civil los propietarios de la aeronave no la reclamaron. 4 Que la citada aeronave tiene más de 3 años de ocupar un espacio en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma por lo que a la fecha adeudan al Consejo Técnico de Aviación Civil la suma correspondiente al uso del espacio de parqueo. 5 Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: El objeto en el cual se centra la presente resolución, versa sobre la declaración de abandono de la aeronave matrícula N-31VL, estacionada en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, la cual se encuentra ocupando espacio que se podría destinar a un mejor uso y rentabilidad. En el tema de declaratoria de abandono de aeronaves la Ley General de Aviación Civil establece en su artículo 247 que se considerará abandonada una aeronave: a) Cuando así lo manifieste por escrito el propietario u operador ante la Dirección General de Aviación Civil. b) Cuando por un término de noventa días permanezca en un aeropuerto, sin efectuar operaciones y no se halle bajo cuidado, directa o indirectamente, de su propietario u operador. c) Cuando carezca de matrícula y se ignore el lugar de procedencia y el nombre del propietario. La Dirección General de Aviación Civil, en el caso del inciso a) hará la declaración de abandono sin exigir ningún otro requisito. En los casos de los incisos b) y c) mandará publicar un aviso por tres días seguidos en el Diario Oficial y después de treinta días contados a partir del último aviso, sin que nadie las hubiere reclamado, hará la declaración de abandono y pondrá la aeronave a disposición de la autoridad competente para que proceda a subastarla a beneficio del fisco. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto: EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: 1 Declarar en abandono la aeronave matrícula N31VL, estacionada en el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma, la cual se encuentra ocupando espacio que se podría destinar a un mejor uso y rentabilidad. 2 Comunicar a la Administración del Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños Palma que podrán movilizar la aeronave a partir de este momento a un sector en el cual no se deba de facturar y se mantenga protegida de las inclemencias del clima y no se deteriore, esto mientras se efectúa la subasta correspondiente. 3 Instruir a la Unidad de Aeronavegabilidad para que proceda a realizar el avaluó de la aeronave matrícula N31VL. 4 Instruir a la Proveeduría Institucional una vez realizado el avalúo, a tramitar la subasta de la aeronave matrícula N31VL a beneficio del fisco, la cual por ser matrícula extranjera no es posible realizar un movimiento registral en Costa Rica razón por la cual la aeronave una vez realizada la subasta, debe ser clasificada como chatarra o sus piezas ser utilizadas como repuestos de conformidad a lo permitido por las regulaciones internacionales vigentes. Publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigésimo tercero de la sesión ordinaria N , celebrada el 12 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). Nº Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 20:40 horas del 12 del mes de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud de la compañía Tica Air International S. A. (AIR Costa Rica), cédula de persona jurídica N , representada por el señor Carlos Víquez Jara, para que se les autorice una prórroga de inicio de operaciones aprobadas en el Certificado de Explotación, otorgado mediante resolución Nº del 03 de setiembre de 2015 Resultandos: 1º Mediante Resolución Nº del 03 de setiembre de 2015, el Consejo Técnico de Aviación Civil, le otorgó a la compañía Tica Air International S. A., certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales, operando comercialmente bajo el nombre de Air Costa Rica 2º Mediante escrito de fecha 20 de enero de 2016, el señor Carlos Víquez Jara, solicitó al Consejo Técnico de Aviación Civil, se le otorgue a su representada una prórroga de 6 meses a efectos que iniciar los trámites necesarios de gestión de los correspondientes permisos ante las Autoridades de los países en que pretenden operar. 3º Mediante oficio DGAC-UDTA-OF de fecha 28 de enero de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa indicó: Finalmente, es criterio de esta Unidad de Transporte Aéreo, que para dar respuesta a lo solicitado por la compañía Tica Air internacional, S. A. (Air Costa Rica), se le debe solicitar copia de los documentos que den fe de que la compañía ya inició los trámites ante otras Autoridades o en su defecto indicar en que Unidades lo presentaron. 4º Que mediante oficio DGAC-AIR-OF de fecha 27 de enero del 2016, las Unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas, en lo que interesa indicaron: Las unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas no tienen objeción técnica lo solicitado por el Lic. Carlos Víquez Jara en concederle el tiempo solicitado siempre que se satisfaga lo siguiente: a) Mantener a su personal con los entrenamientos requeridos al día. b) Facilitar la realización de una conformidad de la aeronave Boeing antes de inicio de operaciones en vista que han pasado más de 6 meses desde la última inspección realizada a este avión por parte de la DGAC y ha sido operado por otra empresa, tomando en consideración que se

13 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 13 encuentra en las instalaciones de COOPESA, Costa Rica. c) Demostrar que la aeronave propuesta ha sido removida de las especificaciones de operación Air Panamá como flota primaria. 5º Que a raíz de la prevención realizada mediante oficio DGAC-UALG-OF de fecha 29 de enero de 2016, el señor Carlos Víquez, mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2016, en lo que interesa señaló: 1) El personal de la empresa se encuentra con los entrenamientos al día. 2) En este momento la aeronave Boieng se encuentra en COOPESA, realizando las reparaciones así como la pintura correspondiente, por lo que en el momento que lo consideren necesario, coordinaremos una visita a efecto de realizar la conformidad indicada. 3) En este momento, la aeronave no ha sido removida de las especificaciones de operación de Air Panamá, ya que ta misma aún no se encuentra operando con mi representada, más dicho proceso estará llevándose a cabo una vez la misma se encuentra en condición operable y debidamente pintada e identificada como AIR COSTA RICA. 4) Para la respectiva presentación de la documentación ante la FAA en Dallas, Texas, así como ante el DOT en Washington, para la operación al Aeropuerto de Miami, toda la documentación debe presentarse en idioma inglés, por lo que estamos en proceso de traducción de los mismos. Igualmente estamos en proceso de legalizar toda la documentación que remitiremos a nuestros abogados en Guatemala, Nicaragua y Panamá, a efecto de remitirla próximamente en forma correcta. Esos cuatro destinos serán con los que iniciaremos operaciones y una vez en operación, proseguiremos con los siguientes destinos. 6º Que mediante oficio DGAC-UDTA-OF de fecha 08 de marzo de 2016, el señor Mario Arguello, Jefe de Transporte Aéreo en lo que interesa indicó: No obstante a lo indicado por el señor Carlos Víquez Jara en su escrito, en este no se detallan fecha, lo cual es transcendental para que esta Autoridad valore prorrogar el inicio de las operaciones, con base en las justificaciones enumeradas por el representante de la compañía. Por lo tanto, e independientemente de los aspectos técnicos y legales, es criterio de esta Unidad de Transporte Aéreo, que de previo a resolver aceptando las justificaciones aportadas por la compañía relacionadas con el retraso para iniciar los servicios de transporte aéreo, esta debe ampliar indicando las fechas para el inicio en cada una de las rutas o al menos en una de las autorizadas en el Certificado de Explotación. 7º Que mediante escrito de fecha 16 de marzo de 2016, la señora Gabriela Araya Morera, Apoderada Especial de Tica Air, en lo que interesa indicó: En este momento mi representada se encuentra realizando los trámites de Solicitud de Certificado de Explotación en la República de Guatemala, destino que se encuentra dentro de nuestra solicitud y autorizado en Costa Rica. En ese sentido, estimamos que estaremos iniciando con dicha ruta en los próximos 4 meses. En todo caso cualquier cambio, les estaremos manteniendo informados. 8º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: 1º Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: El objeto de la presente resolución versa sobre la solicitud presentada por el señor Carlos Víquez Jara, para que se les autorice a su representada, la compañía TICA AIR, una prórroga de inicio de operaciones aprobadas en el Certificado de Explotación, otorgado mediante resolución Nº del 03 de setiembre de 2015 Ahora bien, la compañía justifica su solicitud indicando que sin los documentos (Certificado de Explotación y COA) no podían iniciar los trámites necesarios de gestión de los correspondientes permisos ante las Autoridades de los países en que pretenden operar, por lo que para continuar con la tramitación de dichos permisos requieren de una prórroga de 6 meses, a efecto de la presentación de las respectivas solicitudes de Certificado de Explotación. En este sentido oficio DGAC-UDTA-OF de fecha 28 de enero de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo que para dar respuesta a lo solicitado por la compañía Tica Air Internacional, S. A. (Air Costa Rica), se le debía de solicitar copia de los documentos que den fe de que la compañía ya inició los trámites ante otras Autoridades o en su defecto indicar en que Unidades lo presentaron. A dicho requerimiento el señor Víquez Jara, indicó que la respectiva presentación de la documentación ante la FAA en Dallas, Texas, así como ante el DOT en Washington, para la operación al Aeropuerto de Miami, toda la documentación debe presentarse en idioma inglés, por lo que están en proceso de traducción de los mismos. Igualmente indicó que se encuentran en proceso de legalizar toda la documentación que remitirán a sus abogados en Guatemala, Nicaragua y Panamá, a efecto de remitirla próximamente en forma correcta y que esos cuatro destinos serán con lo que iniciarán operaciones. Asimismo en escrito de fecha 16 de marzo de 2016, indicaron que estarían iniciando con la ruta de Guatemala, en los próximos 4 meses. Por su parte las Unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas mediante oficio DGAC-AIR-OF indicaron no tener objeción técnica lo solicitado por el Lic. Carlos Víquez Jara en concederle el tiempo solicitado siempre que se satisfaga lo siguiente: a) Mantener a su personal con los entrenamientos requeridos al día. b) Facilitar la realización de una conformidad de la aeronave Boeing antes de inicio de operaciones en vista que han pasado más de 6 meses desde la última inspección realizada a este avión por parte de la DGAC y ha sido operado por otra empresa, tomando en consideración que se encuentra en las instalaciones de COOPESA, Costa Rica. c) Demostrar que la aeronave propuesta ha sido removida de las especificaciones de operación Air Panamá como flota primaria. Al respecto el representante de Tica Air, contestó: 1) El personal de la empresa se encuentra con los entrenamientos al día. 2) En este momento la aeronave Boieng se encuentra en COOPESA, realizando las reparaciones así como la pintura correspondiente, por lo que en el momento que lo consideren necesario, coordinaremos una visita a efecto de realizar la conformidad indicada. 3) En este momento, la aeronave no ha sido removida de las especificaciones de operación de Air Panamá, ya que la misma aún no se encuentra operando con mi representada, más dicho proceso estará llevándose a cabo una vez la misma se encuentra en condición operable y debidamente pintada e identificada como AIR COSTA RICA. 4) Para la respectiva presentación de la documentación ante la FAA en Dallas, Texas, así como ante el DOT en Washington, para la operación al Aeropuerto de Miami, toda la documentación debe presentarse en idioma inglés, por lo que estamos en proceso de traducción de los mismos. Igualmente estamos en proceso de legalizar toda la documentación que remitiremos a nuestros abogados en Guatemala, Nicaragua y Panamá, a efecto de remitirla próximamente en forma correcta. Esos cuatro destinos serán con los que iniciaremos operaciones y una vez en operación, proseguiremos con los siguientes destinos. Ahora bien, tal y como lo indicamos anteriormente el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante resolución Nº del 03 de setiembre de 2015, le otorgó a la compañía TICA AIR un certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales, operando comercialmente bajo el nombre de Air Costa Rica

14 Pág 14 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Al respecto el artículo 153 de la Ley General de Aviación Civil señala: Artículo 153. Las empresas deberán iniciar sus operaciones dentro de los noventa días siguientes al otorgamiento definitivo de su certificado. De no iniciarse los servicios dentro de ese plazo, el Consejo Técnico de Aviación Civil podrá revocar el certificado respectivo. (Nota: Original 148 corrida su numeración a la actual de conformidad con el artículo 1 de la Ley Nº 7251 del 13 de agosto de 1991) En este sentido la Ley General de la Administración Pública en su artículo 256 y 258 indica: Artículo ) Los plazos por días, para la Administración, incluyen los inhábiles. 2) Los que son para los particulares serán siempre de días hábiles. 3) Los plazos empezarán a partir del día siguiente a la última comunicación de los mismos o del acto impugnable, caso de recurso. 4) En el caso de publicaciones esa fecha inicial será la de la última publicación, excepto que el acto indique otra posterior. Artículo ) Los plazos de esta ley y de sus reglamentos son improrrogables, sin embargo, los que otorgue la autoridad directora de conformidad con la misma, podrán ser prorrogados por ella hasta en una mitad más si la parte interesada demuestra los motivos que lo aconsejen como conveniente o necesario, si no ha mediado culpa suya y si no hay lesión de intereses o derechos de la contraparte o de tercero. 2) La solicitud de prórroga deberá hacerse antes del vencimiento del plazo, con expresión de motivos y de prueba si fuere del caso. 3) En iguales condiciones cabrá hacer nuevos señalamientos o prórrogas. 4) Queda prohibido hacer de oficio nuevos señalamientos o prórrogas. De acuerdo a lo anterior, el plazo para que la empresa Tica Air International S. A. (AIR Costa Rica) iniciara sus operaciones corre a partir el 17 de marzo de 2016: no obstante dicha solicitud a pesar de haber sido presentada con la debida antelación, por la complejidad del trámite, el cual incluía la solicitud de criterio a los departamentos técnicos, así como las prevenciones al operador, se atrasó situación que no debe afectar al operador, una hay lesión de intereses o derechos de la contraparte o de terceros que afecten a otras compañías. En virtud de lo anterior, se autoriza otorgar un último plazo de cuatro meses, contados a partir del 17 de marzo de 2016, para que la empresa Tica Air International S. A., concluya los trámites necesarios de gestión de los correspondientes permisos ante las Autoridades de los países en que pretenden operar. Una vez vencido el plazo indicado, la empresa deberá iniciar operaciones, bajo el certificado de explotación de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales; caso contrario se procederá con el inicio de un procedimiento administrativo de cancelación de su certificado de explotación, de conformidad con lo señalado en el Artículo 13 y 15 de la Ley General de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley. Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Otorgar a la empresa Tica Air International S. A. (AIR Costa Rica), cédula de persona jurídica N , representada por el señor Carlos Víquez Jara, una prórroga de cuatro meses, contados a partir del 17 de marzo de 2016, para que concluyan los trámites necesarios de gestión de los correspondientes permisos ante las Autoridades de los países en que pretenden operar. En este sentido y de acuerdo al oficio DGAC-AIR- OF , emitido por las Unidades de Aeronavegabilidad y Operaciones Aeronáuticas, la empresa deberá: P Mantener a su personal con los entrenamientos requeridos al día. P Facilitar la realización de una conformidad de la aeronave Boeing antes de inicio de operaciones en vista que han pasado más de 6 meses desde la última inspección realizada a este avión por parte de la DGAC y ha sido operado por otra empresa, tomando en consideración que se encuentra en las instalaciones de COOPESA, Costa Rica. P Demostrar que la aeronave propuesta ha sido removida de las especificaciones de operación de Air Panamá como flota primara. Una vez vencido el plazo indicado, la empresa deberá iniciar operaciones, bajo el certificado de explotación de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales; caso contrario se procederá con el inicio de un procedimiento administrativo de cancelación de su certificado de explotación, de conformidad con lo señalado en el Artículo 13 y 15 de la Ley General de Aviación Civil. Notifíquese y publíquese. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo vigesimocuarto de la sesión ordinaria N , celebrada el día 12 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. A ser las 17:40 horas de 13 de abril de dos mil dieciséis. Se conoce solicitud del señor Tomás Nassar Pérez, Apoderado Generalísimo de la compañía Delta Airlines INC., para que se le autorice a su representada, Ja suspensión temporal de la ruta: Minneapolis, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa. Resultando: 1º La compañía Delta Airlines INC, cuenta con un certificado de explotación vigente hasta el 15 de julio del 2023, otorgado mediante resolución Nº del 30 de abril de 2008, publicado en La Gaceta Nº 136 del 15 de julio de 2008 y otorgado por el Consejo Técnico conforme al Acuerdo suscrito entre los Gobiernos de Costa Rica y los Estados Unidos de América, el cual le permite operar en las siguientes rutas: Atlanta, Georgia, Estados Unidos - San José, Costa Rica y viceversa Los Ángeles, Estados Unidos - San José, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos - San José, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Estados Unidos - San José, Costa Rica y viceversa Atlanta, Georgia, Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa. Los Ángeles, Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos - Liberia, Costa Rica y viceversa 2º Mediante nota de fecha 17 de febrero 2016, el señor Tomás Nassar Pérez, Apoderado Generalísimo de la compañía Delta Airlines Inc., presentó al Consejo Técnico de Aviación Civil, la solicitud para la suspensión temporal de la ruta: Minneapolis, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa. 3º Que mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 18 de marzo de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: Con base en lo anterior, se concluye que esta solicitud fue presentada en apego a lo que establece la Ley General de Aviación Civil en su artículo 173, por lo tanto SE RECOMIENDA: Autorizar a la compañía DELTA AIRLINES INC la suspensión temporal de la ruta: Minneapolis, Estados Unidos - Liberia y viceversa, a partir del 17 de abril y hasta el 31 de mayo, Recordar a la compañía DELTA AIRLINES INC, que de previo a reiniciar operaciones en la ruta Minneapolis, Estados

15 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 15 Unidos - Liberia y viceversa, debe presentar ante el CTAC, con al menos 30 días de antelación el itinerario de operación y las tarifas que se aplicarán. 4º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: el objeto sobre el cual se centra la presente resolución versa sobre la solicitud realizada por la compañía DELTA AIRLINES, para que se les autorice la suspensión temporal de la ruta: MSP-LIR-MSP a partir 17 de abril y hasta el 31 de mayo del El fundamento legal para la suspensión de vuelos se basa en lo que establece el Artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: 1º Autorizar a la compañía Delta Airlines INC, cédula jurídica Nº , representada por el señor Tomas Nassar Pérez, la suspensión temporal de la ruta: Minneapolis, Estados Unidos-Liberia y viceversa, a partir del 17 de abril y hasta el 31 de mayo, º Recordar a la compañía Delta Airlines INC., que de previo a reiniciar operaciones en la ruta indicada, deberá presentar ante el Consejo Técnico de Aviación Civil, con al menos 30 días de antelación el itinerario de operación y las tarifas que se aplicarán. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo quinto de la sesión ordinaria N , celebrada el día 13 de abril de Notifíquese y publíquese. Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº ( IN ). N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil, al ser las 19:10 horas del 13 de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud del señor Ernesto Gutiérrez Sandí, Apoderado de la empresa Líneas Aéreas Costarricenses S. A., (LACSA), para que se le autorice a su representada, cancelación de las operaciones AV173 y AV714 en la ruta San José, Costa Rica-San Pedro Sula. Resultandos: 1 El 20 de mayo de 2015, mediante Resolución NO , tomada en el artículo quinto de la sesión Ordinaria , el Consejo Técnico de Aviación Civil, acordó otorgarle la renovación al Certificado de Explotación de LACSA, para brindar los servicios de Transporte Aéreo Internacional regular y no regular de pasajeros, carga y correo en las rutas que se detallan: 1. San José-Salvador-San José. 2. San José-Lima-Santiago de Chile-Lima-San José. 3. San José-Salvador-Toronto-Salvador-San José. 4. San José-Guatemala-San José. 5. San José-Salvador-Cancún-Salvador-San José. 6. San José-Guatemala-Los Ángeles-Guatemala-San José. 7. San José-México-San José. 8. San José-Salvador-J.F. Kennedy-Salvador-San José. 9. San José-Bogotá-Río de Janeiro-Bogotá-San José. 10. San José-Bogotá-Santiago de Chile-Bogotá-San José. 11. San José-Panamá-San José. 12. San José-Tegucigalpa-San José. 13. San José-San Pedro Sula-San José. 14. San José-Managua-Salvador-Managua-San José. 2 El señor Ernesto Gutiérrez Sandí, Apoderado General de la compañía Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), solicitó, mediante escrito de fecha 02 de marzo de 2016, autorización al Consejo Técnico de Aviación Civil, para cancelar las operaciones AV713 y AV714 en la ruta San José, Costa Rica-San Pedro Sula, Honduras y viceversa, a partir de la aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil. 3 Mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 30 de marzo de 2016, la Unida de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: Con base en lo anterior se concluye que la solicitud fue presentada en tiempo y forma lo cual garantiza que la cancelación de las operaciones sea autorizada por el CETAC, por lo tanto tomando en consideración la solicitud expresa de Líneas Aéreas Costarricenses S. A., y a lo establecido en los artículos 173 y 175 de la Ley General de Aviación Civil y previa autorización por parte del CETAC, se recomienda: cancelar el certificado de explotación de LACSA de forma parcial, mediante la cancelación de la ruta: San José, Costa Rica-San Pedro Sula, Honduras y viceversa, operada mediante los vuelos AV713 y AV714, efectivo a partir de la aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil. 4 Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto. El objeto sobre el cual se centra la presente resolución, versa sobre la solicitud presentada por la compañía LACSA para la cancelación de la ruta San José, Costa Rica - San Pedro Sula, Honduras y vv, la cual es operada por los vuelos AV713 y AV714. Indica la compañía LACSA, que las razones por las cuales se hace la solicitud se debe a la disminución considerable del tráfico de pasajeros en la ruta, así como la preferencia de los pasajeros por viajar en los vuelos a Tegucigalpa, según lo indica la compañía. Se señala además que a los pasajeros los están protegiendo en las empresas del Grupo Avianca y a través de los diferentes códigos compartidos que tienen aprobados. Es importante recalcar que esta ruta ha estado suspendida temporalmente por más de seis meses. Se aclara además que las demás rutas autorizadas a LACSA serán operadas según se encuentren autorizadas. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto: EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Proceder con la cancelación parcial del Certificado de Explotación, de la compañía Líneas Aéreas Costarricenses S. A., (LACSA), cédula de persona jurídica , representada por el señor Ernesto Gutiérrez Sandí, únicamente en la ruta: San José, Costa Rica-San Pedro Sula, Honduras y viceversa, operada mediante los vuelos AV713 y AV714, efectivo a partir de la aprobación del Consejo Técnico de Aviación Civil. Notifíquese y publíquese. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo cuarto de la sesión ordinaria N , celebrada el 13 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. Al ser las 19:20 horas de 13 de abril del dos mil dieciséis. Se conoce solicitud de la señora Atina Nassar Jorge, Apoderada Generalísima para que se le autorice a su representada Delta Airlines Inc., la suspensión temporal de la ruta: JFK-SJO-JFK, a partir del 1 de mayo y al 30 de junio del 2016.

16 Pág 16 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Resultando: 1º La compañía Delta Airlines Inc., cuenta con un certificado de explotación vigente hasta el 15 de julio del 2023, otorgado mediante resolución Nº del 30 de abril del 2008, publicado en La Gaceta Nº 136 del 15 de julio del 2008 y otorgado por el Consejo Técnico conforme al Acuerdo suscrito entre los Gobiernos de Costa Rica y los Estados Unidos de América, el cual le permite operar en las siguientes rutas: Atlanta, Georgia, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Los Ángeles, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Estados Unidos-San José, Costa Rica y viceversa Atlanta, Georgia, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa. Los Ángeles, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa New York, Estados Unidos-Liberia, Costa Rica y viceversa 2º La señora Afina Nassar Jorge, en su condición de apoderada generalísima de la compañía Delta Airlines Inc., presentó el 29 de marzo del 2016, al Consejo Técnico de Aviación Civil, escrito mediante el cual solicita la autorización para suspender temporalmente las operaciones en la ruta New York, Estados Unidos-San José y viceversa, entre el 1 de mayo y el 30 de junio del º Que mediante oficio DGAC-UDTA-1NF de fecha 4 de abril del 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: ( ) Con base en lo anteriormente expuesto, y en apego a lo que la legislación establece, se recomienda: 1. Autorizar a la compañía Delta Airlines Inc., la suspensión temporal de la ruta: New York Estados Unidos-San José, Costa Rica y vv., a partir del 1 de mayo y el 30 de junio del Solicitar a la compañía Delta Airlines Inc., presentar con 30 días de antelación ante el CTAC, el itinerario para el reinicio de los vuelos. 4º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto. El objeto sobre el cual se centra la presente resolución versa sobre la solicitud realizada por la compañía Delta Airlines, para que se les autorice la suspensión temporal de la ruta: JFK-SJO-JFK, a partir 1 de mayo y hasta el 30 de junio del La compañía señala que los motivos por los cuales se solicita la suspensión, es debido a razones comerciales, particularmente por el tráfico de temporada. Ésta aplicaría entre el 1 de mayo y el 30 de junio del Es importante mencionar que de aprobar esta suspensión, la compañía no estaría operando la ruta New York, Estados Unidos- San José y viceversa desde el 13 de enero del El fundamento legal para la suspensión de vuelos se basa en lo que establece el Artículo 173 de la Ley General de Aviación Civil. Artículo Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: 1. Autorizar a la compañía Delta Airlines Inc., cédula jurídica , representada por la señora Alina Nassar Jorge, la suspensión temporal de la ruta: New York, Estados Unidos- San José, Costa Rica y vv., a partir del 1 de mayo y al 30 de junio del Solicitar a la compañía, presentar con 30 días de antelación ante el CTAC, el itinerario para el reinicio de los vuelos. Notifíquese y publíquese Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo quinto de la sesión ordinaria N , celebrada el día 13 de abril del Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). N Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. A ser las 19:20 horas de 13 de abril de dos mil dieciséis. Se conoce solicitud del señor Ernesto Gutiérrez Sandí, Apoderado de la empresa Líneas Aéreas Costarricenses, S. A., (LACSA), para que se le autorice a su representada, a suspender por un periodo de seis meses a partir del 22 de abril 2016, en el segmento Lima, Perú-Santiago, Chile de la ruta San José, Costa Rica-Lima, Perú-Santiago, Chile y viceversa. Resultandos: Primero. El 20 de mayo de 2015, mediante Resolución N , tomada en el artículo quinto de la sesión Ordinaria , el Consejo Técnico de Aviación Civil, acordó otorgarle la renovación al Certificado de Explotación de LACSA, para brindar los servicios de Transporte Aéreo Internacional regular y no regular de pasajeros, carga y correo en las rutas que se detallan: 1. San José - Salvador - San José. 2. San José - Lima - Santiago de Chile - Lima - San José. 3. San José - Salvador - Toronto - Salvador - San José. 4. San José - Guatemala - San José. 5. San José - Salvador - Cancún - Salvador - San José. 6. San José - Guatemala - Los Ángeles - Guatemala - San José. 7. San José - México - San José. 8. San José - Salvador - J.F. Kennedy - Salvador - San José. 9. San José - Bogotá - Río de Janeiro - Bogotá - San José. 10. San José - Bogotá - Santiago de Chile - Bogotá - San José. 11. San José - Panamá - San José. 12. San José - Tegucigalpa - San José. 13. San José - San Pedro Sula- San José. 14. San José-Managua - Salvador - Managua - San José Segundo. El señor Ernesto Gutiérrez Sandí, Apoderado General de la compañía Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), solicitó, mediante escrito de fecha 16 de marzo de 2016, autorización al CETAC para suspender por un periodo de seis meses a partir del 18 de abril 2016, en el segmento Lima, Perú-Santiago, Chile de la ruta San José, Costa Rica-Lima, Perú-Santiago, Chile y viceversa. El 4 de abril de 2016, la compañía presentó un escrito para que se tome como fecha inicial el 22 de abril Tercero. Mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 30 de marzo de 2016, la Unidad de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó: Con base en lo anterior se concluye que la solicitud fue presentada en tiempo y forma lo cual garantiza que la suspensión temporal de las operaciones sea autorizada por el CETAC de previo a su entrada en vigencia, por lo tanto tomando en consideración la solicitud expresa de LINEAS AEREAS COSTARRICENSES S. A., ya lo establecido en los artículos 173 y 175 de la Ley General de Aviación Civil y previa autorización por parte del CETAC, se recomienda: Autorizar a la compañía LACSA, suspender temporalmente el segmento de ruta Lima, Perú-Santiago, Chile de la ruta San José, Costa Rica-Lima, Perú-Santiago, Chile y vv., a partir del 22 de abril del 2016 y hasta por seis meses. Indicarle a la compañía que de previo al reinicio de las operaciones debe presentar la solicitud al

17 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 17 Consejo Técnico de Aviación Civil, con treinta días de antelación. Cuarto: Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando; I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: El objeto sobre el cual se centra la presente resolución, versa sobre la solicitud presentada por la compañía LACSA para suspender temporalmente la ruta San José, Costa Rica - Lima, Perú - Santiago de Chile - Luna, Perú - San José, Costa Rica por un período de seis meses a partir del 22 de abril del 2016 únicamente en el segmento de ruta Lima, Perú-Santiago, Chile y vv. La compañía señala como razones de la suspensión, la reorientación de rutas, con el fin de dar una mayor utilización a la flota y personal técnico. De igual forma, la compañía indica que con el fin de dar mayor utilización al equipo y a los tripulantes, se estará operando la ruta Lima, Perú -Río de Janeiro, Brasil a través de un wet léase de LRC para TPU, iniciando a partir del 22 de abril del Los pasajeros estarán protegidos con las empresas del Grupo Avianca y a través de los diferentes códigos compartidos que se encuentran aprobados. Fundamento Legal: El fundamento legal para la suspensión de rutas se basa en lo establecido en los artículos 173 y 175 de la Ley General de Aviación Civil, los cuales establecen lo siguiente: Artículo 173. Ninguna empresa de transporte aéreo puede cambiar o abandonar una ruta o parte de ella, sin autorización previa del Consejo Técnico de Aviación Civil. Artículo 175. Todo servicio aéreo regular de transporte público, local o internacional, deberá prestarse con sujeción a itinerarios, frecuencias de vuelo, horarios y tarifas autorizadas por el Consejo Técnico de aviación Civil. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley, por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE: Autorizar a la compañía Líneas Aéreas Costarricenses S. A., (LACSA), cédula de persona jurídica , representada por el señor Ernesto Gutiérrez Sandí, suspender temporalmente el segmento de ruta Lima, Perú-Santiago, Chile de la ruta San José, Costa Rica-Lima, Perú-Santiago, Chile y vv., a partir del 22 de abril del 2016 y hasta por seis meses. Indicarle a la compañía que de previo al reinicio de las operaciones debe presentar la solicitud al Consejo Técnico de Aviación Civil, con treinta días de antelación. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo décimo sexto de la sesión ordinaria N , celebrada el día 13 de abril de Notifíquese y publíquese. Eduardo Montero González, Vicepresidente. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, asiento 20, título N 39, emitido por el Liceo Bilingüe Ítalo Costarricense, en el año dos mil ocho, a nombre de Hernández Delgado Gabriela, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintitrés días del mes de febrero del dos mil dieciséis. Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 20, título 86, emitido por el Liceo Innovación Educativa Pocora en el año dos mil seis, a nombre de Ademar Roberto Azofeifa Murillo, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 91, título 327, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guácimo, en el año dos mil uno, a nombre de Andrés Azofeifa Murillo, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 47, título N 1505, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Elizabeth Baltodano Flores, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los seis días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 237, Título N 4774, emitido por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria, en el año dos mil tres, a nombre de Jahaira María Solano Quesada, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Gestión y Evaluación de la Calidad. ( IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 24, título N 199, emitido por el Liceo Miguel Araya Venegas, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Salazar Suárez Luis Roy, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 46, asiento 697, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Eric Gerardo Hio Vargas, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ).

18 Pág 18 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 103, asiento N 581, emitido por el Liceo de Miramar, en el año dos mil dos, a nombre de Paniagua Alfaro Juan Diego, cédula N Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil quince. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 50, título N 387, y del Título de Técnico Medio en Ejecutivo para Centros de Servicio, inscrito en el tomo 1, folio 37, título N 384, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Santa Ana, en el año dos mil catorce, a nombre de Lagos Cascante Roxana Lucía, cédula N Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veinticinco días del mes de febrero del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N 695, emitido por el Liceo San Antonio, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Montoya Rojas Jorge Alexander, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintidós días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 80, título N 1265, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año dos mil uno, a nombre de Dayana Rey Garro, cédula Nº Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 37, asiento 20, título N 971, emitido por el Liceo de San Isidro, en el año dos mil cuatro, a nombre de César David Durán Carvajal, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 22 de abril del MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 115, título Nº 1400, emitido por el Liceo San Gabriel de Aserrí, en el año dos mil once, a nombre de Solís Ramírez Kiara Leah, cédula Nº Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 134, emitido por el Colegio Latino de Costa Rica, en el año dos mil cuatro, a nombre de Arrieta Obando Mariela, cédula Nº Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veinticinco días del mes de noviembre del dos mil quince. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 12, título N 495, emitido por el Liceo San Pedro, en el año dos mil seis, a nombre de Edgar Fabián Valenciano Ovares, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los catorce días del mes de abril del dos mil dieciséis. Gestión y Evaluación de la Calidad. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título N 202, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Santa Elena, Monteverde, en el año dos mil cinco, a nombre de Garro Cruz Jessica, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los ocho días del mes de abril del dos mil dieciséis. Gestión y Evaluación de la Calidad. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 7, título N 25, emitido por el Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar, en el año dos mil doce, a nombre de Chaves Vega Crisly Johana, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los dos días del mes de febrero del dos mil quince. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. ( IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 28, asiento 2, título Nº 257, emitido por el Colegio San Benedicto, en el año dos mil diez, a nombre de Saborío Vega Merlle, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los ocho días del mes de abril del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 170, título N 2466, emitido por el Liceo de Moravia, en el año dos mil once, a nombre de Ganoza Arce Irving Gavin, cédula Nº Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil dieciséis. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ). Ante este departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 01, Folio 52, Título 282, Asiento 16, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Quepos en el año dos mil once, a nombre de Oscar Mario Morales Ramírez, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los veintisiete días del mes de abril del dos mil dieciséis. Gestión y Evaluación de la Calidad. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. ( IN ).

19 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 19 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Etablissements Fallot Sarl., con domicilio en 31 Rue Du Faubourg Bretonnière, F Beaune, Francia, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: conservas en vinagre. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de noviembre del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Luis Pal Hegedüs, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Absorbentes Maya Sociedad Anónima con domicilio en carretera a San José Pinula, lote 42, Aldea Santa Rita, San José Pinula, Guatemala, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Toallitas higiénicas húmedas para bebés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de febrero del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Salvatore Ferragamo S.P.A con domicilio en: Vía Dei Tornabuoni, 2, Firenze, Italia, solicita la inscripción de: SIGNORINA IN FIORE, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de perfumería, agua de perfume, colonia, agua de tocador, cremas y lociones para después del afeitado, lociones, cremas y espumas para el afeitado, champú, acondicionadores para el cabello, mascarillas faciales, cremas frías, cremas para las manos, la cara y el cuerpo, desodorantes para uso personal, antitranspirantes para uso personal, jabones para uso personal, jabones de tocador y de baño, gel de baño y ducha, espumas de baño y ducha, aceite para el cuerpo, lociones para el cuerpo, lociones para la piel, emolientes para la piel, humectantes para la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 12 de enero del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior-Fiducoldex S. A. con domicilio en calle 28 Nº 13A-24, piso 6, Bogotá, Colombia (CO), Colombia, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios, distribución de material publicitario, búsqueda de mercados, patrocinadores o negocios, publicación de periódicos y textos que no sean publicitarios, por cualquier medio; y 41: Organización, ya sea directamente o en asocio con terceros de actividades de entretenimiento, culturales, recreativos y deportivos; organización de exposiciones, congresos, seminarios, talleres para la promoción de la imagen del país enalteciendo aquellos sectores en los cuales la imagen del país tiene valores que deben ser enaltecidos corno son, su cultura, sus logros deportivos, el medio ambiente como un active exportable, que engloba tanto el elemento humano como el paisaje, entre otros; igualmente como destino turístico y de inversión extranjera y origen de productos y servicios exportables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de febrero de Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Productora la Florida S. A., cédula jurídica , con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Speak Up by Maxi Malta, como marca de fábrica y comercio en clase: 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas, (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 1 de febrero del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Kattya Elena Ramirez Sibaja, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Branding Costa Rica Sociedad Anónima, Cédula jurídica con domicilio en San José, ochoscientos metros oeste de la fábrica Jacks en Pavas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TAILGATE PARTY como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Los servicios cuyos principales propósitos son el recreo, diversión y entretenimiento de personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Alonso Lobo Campos, soltero, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Landnova Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en distrito 06 San Francisco de Dos Ríos; 500 metros norte del Banco Scotiabank, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LandNova Soluciones como marca de servicios en clase: 42. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Asesoría, diseño y desarrollo de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

20 Pág 20 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Irina Arguedas Calvo, soltera, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Soluciones Tecnológicas de Seguridad Limitada, cédula jurídica con domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, tercer piso, oficina N 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). María Patricia Murillo Ugalde, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en San Juan Norte de Poás, 200 metros este, de la iglesia católica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CUIDA TU VIDA como marca de fábrica en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir. Reservas: de los colores verde, naranja y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hyundai Motor Company con domicilio en 12, Heolleung-Ro, Seocho-GU, Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: GT90 como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: automóviles; carros para pasajeros; camiones; camionetas; partes y accesorios para automóviles; amortiguadores para automóviles; sistemas de freno para automóviles; motores para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres; locomotoras; carros deportivos; vagones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de enero de Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Unilever N. V. con domicilio en Weena 455, 3013 Al Rotterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: FOOTBALL FANATICS como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Jabones; artículos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos; colonias, agua de tocador, spray corporales perfumados; aceites, cremas y lociones para la piel; espuma para afeitar, gel para afeitar, lociones para antes y después del afeitado; talco de tocador; preparaciones para el baño y la ducha; lociones para el cabello; champú y acondicionador; productos para estilizar el cabello; dentífricos; enjuagues bucales no medicados; desodorantes para uso personal; antitranspirantes para uso personal; preparaciones de tocador no medicadas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 25 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). María Eugenia Acuña Delgado, soltera, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica con domicilio en de la Clínica Dr. Carlos Durán; 700 metros al este, Autopista Radial Zapote, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORISAN-N como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para el tratamiento de estados gripales de toda índole. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Kleemann Gmbh, con domicilio en Manfred-Wörner-Str.160, Göppingen, Alemania, solicita la inscripción de: KLEEMANN como marca de fábrica y comercio en clase(s): 7 y 37 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 7: Equipos mecánicos para trabajos de construcción, de movimiento de tierras, de trituración, de mezcla, de preparación, de minería y de agricultura; bombas, compresores, generadores y ventiladores; robots; equipos para mover y desplazar mercancías; aparatos elevadores; máquinas para tratamiento y producción de materiales; motores, equipos- motor y partes genéricas de máquinas; acoplamientos y componentes de transmisión (distintos de aquellos para vehículos terrestres); filtros (partes de máquinas o motores); cajas de filtro (partes de máquinas o motores); máquinas de descarga; máquinas e instalaciones de lavado; máquinas barredoras, de limpieza y de enjuague; maquinaria de construcción; mecánicas, neumáticos, aparatos hidráulicos y eléctricos de construcción (no accionados manualmente); máquinas de desmonte; máquinas de explotación minera; máquinas preparadoras; máquinas de reciclaje, en particular máquina para reciclar cubiertas de carretera; máquinas para demoliciones; máquinas para construir carreteras; máquinas para construir canalizaciones; máquinas de perforación de túneles; máquinas de movimiento de tierras; máquinas de derribo de carreteras; pavimentadoras asfálticas (máquinas); máquinas para acabado y tratamiento posterior de cubiertas de carreteras; máquinas para construcción de hormigón; cargadores (máquinas); máquinas alimentadoras; alimentadores para máquinas e instalaciones industriales; máquinas para separar; máquinas compactadoras; implementos para compactar; compactadoras; apisonadoras (máquinas); vibradores (máquinas); máquinas para trabajos de movimiento de tierras; máquinas para la construcción de vertederos; máquinas de atomización, inyección y pulverización; cortadoras [máquinas]; máquinas e instalaciones trituradoras, en particular trituradoras de zapata, trituradoras de cono y trituradoras de impacto; trituradoras para materiales sólidos; trituradoras [máquinas]; máquinas para tratamiento de piedras y minerales; maquinaria e instalaciones de cribado; coladores [eléctricos]; parrillas de rodillos (máquinas); máquinas e instalaciones mezcladoras, en particular máquinas e instalaciones para mezclar hormigón y asfalto; máquinas e instalaciones para deposiciones; máquinas e instalaciones para separar; máquinas e instalaciones para clasificar (que no sea dinero); agitadores; máquinas dispensadoras automáticas; máquinas para filtrar; máquinas para cargar; máquinas para transporte; máquinas para fracturar, separar, clasificar, lavar, secar, agitar, dosificar, filtrar, descargar y transportar asfalto, bitumen, concreto, piedra, materia prima, materiales valiosos o desechos; instalaciones de

21 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 21 procesamiento para fracturar, triturar, tamizar, separar, clasificar, lavar, secar, mezclar, agitar, dosificar, limpiar, transportar y descargar asfalto, bitumen, materias primas o materiales valiosos; máquinas para la fabricación y tratamiento de polímeros, bitumen, hormigón y asfalto, instalaciones de desempolvado para limpiar; transportadores; instalaciones para transportadores; transportadores y cintas transportadoras; cadenas transportadoras; transportadores de cangilones; cargadores con tolva [máquinas]; cabrias; plataformas elevadoras; tornos de mano; transformadores de presión; multiplicadores de presión (máquinas); partes de máquinas, en concreto herramientas, portaherramientas, pernos de instalación, brocas, formones, soportes para formones, palas, martillos, herramientas de corte, herramientas de compresión, herramientas de fracturación, herramientas de trituración, cabezales de pulverización, aditamentos de pulverización, barras de pulverización, tambores, cintas de rodillos, cajas de tambores, separadores magnéticos, engranajes de desplazamiento, cadenas para chasis, plataformas giratorias, calentadoras de cubiertas de carretera, rodillos, cintas, correas, poleas, dispositivos de apriete, acoplamientos, engranajes, ejes, articulaciones, dispositivos de transmisión de fuerza, árboles, silenciadores, radiadores, rampas de carga, tambores de vibración y oscilación, boquillas, separadores, juntas, válvulas, válvulas de deslizar, reguladores, pantallas de protección solar, vibradores, ruedas, rodillos de rodadura, rodillos de impresión, tapas, cadenas, cadenas para transportadores rascadores, ruedas de cadena, cilindros, bielas, bielas de pistón, rodamientos, árboles de transmisión, cadenas de transmisión, aletas helicoidales, tornillos sinfín de distribución, distribuidores neumáticos, instalaciones de lubricación, alarmas, partes de carrocería, cabinas de conductor, puestos de mando, espejos, depósitos, parachoques, canalones, perfiles prensados, perfiles guía, tacos de corredera, trenes de ruedas, ruedas dentadas, volantes, soportes de cojinetes, polipastos, placas hidráulicas, placas vibratorias (placas de vibración), amortiguadores, cepillos, rascadores de materiales, chapas de alisado, barras para fracturar y triturar, placas para fracturar y triturar, zapatas para fracturar y triturar, conos para fracturar y triturar, embudos, rotores, tapas, coladores, rejillas, instalaciones de freno, frenos, guarniciones, pinzas portapastillas y zapatas para frenos; herramientas de mano que no sean accionadas manualmente; máquinas herramientas; herramientas que funcionan con electricidad; herramientas mecánicas; herramientas automáticas; herramientas impulsadas por fuerza hidráulica que no sean accionadas manualmente; herramientas neumáticas que no sean accionadas manualmente; dispositivos mecánicos para elevar y descender máquinas o sus partes; tubos que son piezas adaptadas de máquinas; mecánicas, hidráulicos y aparatos de control de sistemas neumáticos; camisas para partes de máquinas, en particular para rodillos y cintas de rodillos; toldos adaptados para máquinas; cubiertas adaptadas para máquinas; bujías de encendido; arrancadores para motores; prensas de montaje; martillos neumáticos; filtros para motores; soportes de cojinetes para máquinas; ruedas de máquinas; correas para motores; poleas para correas; cadenas y árboles de transmisión que no sean para vehículos terrestres; tubos de escape; silenciadores para tubos de escape; radiadores y tapones de radiador para motores; tolvas de descarga mecánica; embarcaderos metálicos (máquinas); partes y accesorios de los productos mencionados, comprendidos en esta clase y en clase 37: Servicios de construcción; gestión de la construcción [supervisión); información sobre construcción; servicios de edificación, construcción y demolición; minería; movimientos de tierra; construcción de carreteras; construcción de canalizaciones; construcción de vertederos; construcción e ingeniería civil; servicios de trituración de sólidos (comprendidos en esta clase); préstamo, alquiler y arrendamiento de maquinaria de construcción, maquinaria e instalaciones trituradoras, en particular trituradoras de zapata, trituradoras de cono y trituradoras de impacto, maquinaria e instalaciones de cribado, maquinaria e instalaciones de deposiciones, maquinaria e instalaciones de separación, maquinaria e instalaciones de sorteo, maquinaria e instalaciones de lavado y maquinaria e instalaciones de procesamiento, así como sus partes; trabajos de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento en relación con maquinaría e instalaciones trituradoras, en particular trituradoras de zapata, trituradoras de cono y trituradoras de impacto, maquinaria e instalaciones de cribado, maquinaria e instalaciones de deposiciones, maquinaria e instalaciones de separación, maquinaria e instalaciones de sorteo, maquinaria e instalaciones de lavado y maquinaria e instalaciones de procesamiento, así como sus partes; trabajos de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de hardware informático, productos de la construcción de maquinaria y electrotecnia, productos de la construcción e ingeniería civil, construcciones subterráneas y minería, instalaciones industriales, vehículos, aparatos y máquinas, así como sus partes; trabajos de instalación, limpieza, reparación y mantenimiento de obras de construcción, en particular edificios, canalizaciones y carreteras; tratamiento contra la herrumbre; aplicación de revestimientos de superficies, en particular revestimientos de protección; préstamo, alquiler y arrendamiento de objetos relacionados con la prestación de estos servicios, comprendidos en esta clase; información y asesoramiento relativos a todos los servicios anteriores comprendidos en esta clase. Prioridad: Se otorga prioridad N de fecha 07/08/2015 de Alemania. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de octubre del Solicitud No A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 11 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Mitsubishi Jidosha Kogyo Kabushiki Kaisha con domicilio en 33-8, Shiba 5-Chome, Minato- Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, Para proteger y distinguir lo siguiente: Automóviles y sus partes y accesorios; vehículos motorizados de dos ruedas, bicicletas y sus partes y accesorios; automóviles; carros para pasajeros (automóviles); carrocerías; capotas para vehículos; carrocerías para automóviles; chasis para automóviles; neumáticos para automóviles; parachoques para automóviles; camionetas (vehículos); encendedores de cigarrillos para automóviles; parasoles para automóviles; pastillas de freno para automóviles; capotas para automóviles; airbags [dispositivos de seguridad para automóviles]; cadenas para automóviles; fundas para volantes de automóviles; amortiguadores para automóviles; volantes para vehículos; viseras solares para automóviles; fundas para asientos de vehículos; vehículos de utilidad deportiva; carros eléctricos; asientos infantiles de seguridad para vehículos; asientos infantiles de seguridad para carros; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; carros híbridos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de enero del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 12 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de AT&T Intellectual Property II, L.P. con domicilio en 645 East Plumb Lane, Reno, Nevada 89502, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clases 9, 16, 35, 36, 37, 38, 41, 42, 43 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inalámbricos; productos de telecomunicaciones, a saber, enrutadores de puerta de enlace de la naturaleza de hardware de control de computadora para uso en sistemas de comunicaciones inalámbricas; software de computadora para uso en acceder a la red global de computadoras; accesorios para teléfonos, a saber, cordones y baterías para teléfonos; productos

22 Pág 22 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 electrónicos, a saber, receptores de fotografías digitales; equipo periférico para televisores, a saber, cajas receptoras y decodificadoras, controles remoto y manuales de instrucción vendidos como una unidad; centros de telecomunicaciones, interruptores, enrutadores de líneas de alambre, enrutadores inalámbricos y enrutadores integrados que incluyen un módem; líneas de módem para suscriptor digital también conocidas como módems DSL, módems de cable y módems de satélite con interfaz directo con la línea del suscriptor digital también conocido como DSL, servicios de datos de satélite o de datos de banda ancha de cable; adaptadores de tarjeta de interfaz de red también conocidos como adaptadores; cables de transmisión RJ 45; filtros de líneas telefónicas; acopladores de telecomunicaciones; enchufes modulares para telecomunicaciones; trans-receptores; transreceptores inalámbricos; teléfonos de línea de alambre para teleconferencia con cordón y sin cordón; máquinas contestadoras de teléfonos; teléfonos de internet; teléfonos inalámbricos; teléfonos de oído y antenas para teléfonos sin cordón e inalámbricos; tarjetas de crédito codificadas magnéticamente; tarjetas de valor almacenado codificadas magnéticamente; software de computadora usado para operar, gestionar y monitorear sistemas de seguridad y dispositivos de automatización de hogares; cámaras de seguridad; detectores de humo; detectores de monóxido de carbono; detectores de movimiento; unidades de control remoto, teclados y paneles de control para sistemas de seguridad y dispositivos de automatización de hogares; cerraduras electrónicas para puertas; abridores y cerradores electrónicos de puertas; sistemas de automatización de hogares que consisten de controles inalámbricos y con alambre, dispositivos controlados y software para luz, I-IVAC, seguridad, bienestar y otras aplicaciones para monitoreo y control del hogar; en clase 16: directorios telefónicos; artículos de papel y material impreso, a saber, tiquetes, afiches, folletos, panfletos y materiales promocionales para juegos de beisbol y otros tipos de entretenimiento en vivo; tarjetas prepago de telecomunicaciones para hacer llamadas que no están magnéticamente codificadas; en clase 35: servicios de tienda al detalle y servicios de tienda al detalle en línea que ofrece teléfonos, dispositivos inalámbricos sujetados manualmente para acceder a la red global de computadoras, dispositivos electrónicos digitales móviles sujetados manualmente y otros electrónicos para el consumidor, computadoras personales, computadoras tableta, estuches para teléfonos, dispositivos inalámbricos y sujetados manualmente, auriculares inalámbricos y con cordón, cargadores, baterías y sistemas de seguridad y automatización del hogar; facilitar directorios telefónicos en línea; servicios publicitarios, a saber, promocionar los bienes y servicios de terceros por medio de la preparación y puesta de anuncios en bases de datos con listas de directorios accedidos a través de una red de información global; facilitar información de tiendas minoristas, información de guías de compras y listados comerciales por medios electrónicos; operación de servicios de telecomunicaciones de centro de llamadas para terceros, a saber, optimización del flujo de las llamadas, optimización de números sin cargos, tutoría de centros de comando, servicios de gestión de fuerzas laborales de centros de llamadas, consolidación de centros de llamadas, medición de centros de llamadas y asesoría del procesamiento del lenguaje, y auditoría de centros de llamadas; en clase 36: servicios de tarjetas para realizar llamadas telefónicas; en clase 37: servicios de reparación para cableado, gatos y equipo telefónico de telecomunicaciones; instalación y mantenimiento de sistemas y equipos de telecomunicaciones para terceros; servicios de soporte para redes de telecomunicaciones, a saber, reparación y mantenimiento; mantenimiento de redes de telecomunicaciones; instalación de sistemas de seguridad y automatización del hogar; en clase 38: servicios de telecomunicaciones, a saber, facilitar servicios de comunicación telefónica y telefonía por internet, proveer un grupo de servicios telefónicos especializados con características de llamadas y planes de llamadas telefónicos individualizados; mensajería electrónica de voz, a saber, la grabación y subsecuente transmisión de mensajes de voz por teléfono; facilitar acceso de discado, alta velocidad y dedicado al internet, redes globales de computadora, otras redes de computadoras, servicios en línea y boletines de noticias para múltiples usuarios; transmisión electrónica de mensajes, datos, imágenes, video e información vía el internet; transmisión inalámbrica de voz, mensajes, datos e información; servicios de acceso a alta velocidad y servicios de acceso inalámbrico al internet, redes globales de computadoras, otras redes de computadoras, servicios en línea y boletines de noticias; servicios de transmisión de televisión; servicios de difusión de televisión por satélite; servicios de telecomunicaciones de la naturaleza de proveer servicios de redes de voz y datos, a saber, facilitar servicios de redes digitales y análogas para transmitir datos y voz; servicios de teleconferencia de audio, teleconferencia de video y teleconferencia de audio y video por web; comunicaciones telefónicas por celular y móvil; consultoría en telecomunicaciones; servicios de voz sobre protocolo de internet (VOIP); servicios de radio mensajería; difusión en directo de material de audio y video en el internet; servicios de telecomunicaciones por frame relay; servicios de telecomunicaciones de redes virtuales; transmisión de mensajes e imágenes con auxilio de una computadora; servicios de telecomunicaciones de línea privada de voz, texto, facsímil, video y datos; servicios de telecomunicaciones de servicios integrados de red digital (ISDN); servicios de telecomunicaciones 800; servicios de telecomunicaciones 900; servicios de transmisión mundial por identificador de voz, datos, video y multimedia; servicios de comunicaciones personales independientes de la localización que consisten de servicios de móvil, voz, datos y facsímil; facilitar servicios de respaldo de redes de telecomunicaciones para terceros para permitir la exhibición de contenido en redes mundiales globales de computadoras, otras redes de computadoras, servicios en línea y boletines de noticias; la transmisión sobre cable de servicios de entretenimiento y servicios de telefonía de voz, video, datos y facsímil; envío instantáneo desde la oficina, a saber, facilitar un sistema basado en la oficina de servicios de voz, datos y facsímile a una localidad remota; servicios de comunicaciones, a saber, planes de servicios inalámbricos móviles de llamadas telefónicas, datos y mensajes; servicios de fibra óptica y telecomunicaciones, a saber, acceso a alta velocidad al internet y la red global de computadoras, y transmisión inalámbrica electrónica, digital o IP de voz, mensajes, gráficos, imágenes, datos e información, así como difusión en directo de multimedia de alta definición, servicios de transmisión de televisión y video y transmisión de televisión IP y video IP; servicios de telecomunicaciones, a saber, servicios de telefonía, servicios de telefonía Internet o IP, servicios de mensajería unificada y mensajería unificada IP, acceso a alta velocidad al Internet y la red global de computadoras, y transmisión inalámbrica electrónica, digital o IP de voz, mensajes, gráficos, imágenes, datos e información; y servicios de transmisión de televisión y video y servicios de transmisión de televisión IP y video IP; en clase 41: servicios de entretenimiento de la naturaleza de juegos de beisbol, carreras de autos profesionales, torneos de golf y eventos relacionados con el golf; en clase 42: hospedaje de sitios web para terceros en un servidor de computadora para una red global de computadoras; desarrollo y mantenimiento de software de servidor de web para terceros; consultoría en los campos de computadoras, datos y redes; diseño y desarrollo de redes de telecomunicaciones; servicios de estrategia en redes de telecomunicaciones, a saber, asesoría en estrategia de tecnología de redes de información, desarrollo de estrategias de tecnología de información sobre redes, desarrollo de estrategias de redes de área amplia, desarrollo de aplicaciones de red, habilitación en web, continuidad de negocios y recuperación de desastres, y el desarrollo de portales de voz y multicanales; servicios de diseño de redes de telecomunicaciones y tecnología de redes, a saber, asesoría virtual de redes privadas, asesoría virtual sobre autenticación de fichas token de redes privadas; desarrollo de infraestructura pública clave, asesoría de redes de área local, diseño de redes de protocolo de internet, direccionamiento, enrutamiento y balance de cargas, el desarrollo y el diseño de protocolo de internet avanzado, voz sobre protocolo de internet (VOIP) y cantidad de redes en servicio, anillo token para diseño Ethernet, evaluación del estrés del sitio web, centro de transformación de datos, asesoría de servidores, el desarrollo y diseño de servicios de mensajería y redes inalámbricas de área local, diseño de centros de gestión de redes, monitoreo de desempeño en web y asesoría de preparación de teletrabajo; servicios de lanzamiento de redes de telecomunicaciones, a saber, gestión de proyectos, anillo token para Ethernet para migración Ethernet; implementación de red inalámbrica de área local, implementación de videoconferencia, y lanzamiento rápido de redes de telecomunicaciones, lanzamiento de enrutador de red de área amplia

23 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 23 e implementación de rede de área local; servicios de seguridad de tecnologías de información, a saber, análisis e implementación del diseño del firewall, asesoría de vulnerabilidad de seguridad de internet, asesoría de seguridad de redes de empresa, y asesoría de portabilidad del seguro de salud y de acatamiento sobre rendición de cuentas; integración de telefonía computarizada básica; y diseño de sistemas interactivos de respuesta de voz y buscadores de voz en web, perfil del comprador y sistemas de enrutamiento; en clase 43: servicios de estadios, a saber, facilitar instalaciones para deportes, entretenimiento, shows de intercambios, exhibiciones y convenciones y en clase 45: escaneo de detección de intrusos, identificación de módem sospechosos, asesoría sobre políticas de seguridad; servicios de monitoreo de sistemas de seguridad; monitoreo de la seguridad del hogar usando sensores inalámbricas y sensores con alambre para vidrios que han sido quebrados, detectores de movimiento, cámaras, alarmas, válvulas de cierre, y sensores de contacto para portones, puertas y ventanas; servicios de computadora, a saber, facilitar un sistema basado en web y un portal en línea para que los clientes puedan remotamente gestionar, administrar, modificar y controlar dispositivos de seguridad del hogar y automatización del hogar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 26 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N , en calidad de apoderada especial de Facebook, Inc., con domicilio en 1601 Willow Road, Menlo Park. CA 94025, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clase(s): 9; 35; 36; 38; 41; 42 y 45 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 9: hardware de computadora; software de computadora para redes sociales; herramientas de desarrollo de software de computadora; software de computadora para uso como interfaz de programación de aplicaciones (API); interfaz de programación de aplicaciones (API) para uso en la construcción de aplicaciones de software; interfaz de programación de aplicaciones (API) para software de computadora que facilita servicios en línea para redes sociales y para recuperar, cargar, descargar, acceder y gestionar datos; software de computadora para la creación, gestión e interacción con una comunidad en línea; software de computadora para organización de eventos; software de computadora para crear, editar, cargar, descargar, acceder, visualizar, publicar, exhibir, etiquetar, bloguear, correr en directo, enlazar, anotar, indicar sentimientos acerca de, comentar sobre, insertar, transmitir y compartir o de alguna otra manera facilitar medios electrónicos o información a través de redes informáticas y de comunicación; software de computadora para modificar y permitir la transmisión de imágenes, contenido audiovisual y de vídeo; software de computadora para la recopilación, gestión, edición, organización, modificación, transmisión, compartir y almacenar datos e información; software de computadora de comercio electrónico descargable que permite a los usuarios realizar transacciones de comercio electrónico a través de redes globales de informática y de comunicación; software para el envío de alertas, notificaciones y recordatorios de mensajes electrónicos; software para transmisión de órdenes; software para enviar y recibir mensajes electrónicos; software de motor de búsqueda de computadora; tarjetas de regalo codificadas magnéticamente; software de computadora para uso en creación, gestión, medición y difusión de publicidad para terceros; servidor de publicidad, en particular, un servidor de computadora para almacenar publicidad y entregar publicidad a sitios web; software de juegos de realidad virtual; hardware de computadora de juegos de realidad virtual; dispositivos periféricos de computadora; software de realidad virtual para uso en habilitación de computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos manuales, computadoras tableta, dispositivos móviles y teléfonos móviles para proporcionar experiencias de realidad virtual; software electrónico de juego para dispositivos inalámbricos; software electrónico de juego para dispositivos electrónicos manuales; programas de juegos de vídeo y de computadora; periféricos portátiles para computadoras, computadoras tableta, dispositivos móviles y teléfonos móviles; software de realidad virtual; software de videojuego; programas de juegos multimedia interactivos para computadora; programas descargables de juegos electrónicos; software de juegos de computadora; auriculares para uso con computadoras; equipos láser para fines no médicos; periféricos portátiles de computadora; periféricos; software de computadora para comunicación remota; software de realidad aumentada para uso en dispositivos móviles para integrar datos electrónicos con ambientes del mundo real con fines de entretenimiento, educación, juego, comunicación e interacción en redes sociales; software descargable de la naturaleza de una aplicación móvil para acceder y visualizar textos, imágenes y datos electrónicos relacionados con conferencias en el campo de desarrollo de software; software de computadora para permitir el desarrollo, evaluación, diagnóstico y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos portátiles electrónicos de comunicación, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras portátiles y computadoras tableta; software de computadora para la conversión del lenguaje natural en comandos ejecutables por máquinas; software de computadora, a saber, interfaz de interpretación para facilitar la interacción entre humanos y máquinas; aplicaciones informáticas en el campo de inteligencia artificial; herramientas de desarrollo de software de computadora para permitir que las aplicaciones de software móviles accedan a los servicios de usuario final, a saber, almacenamiento de datos, notificaciones instantáneas y gestión de usuarios; En clase 35: servicios de mercadeo, publicidad y promoción; prestación de servicios de investigación e información de mercado; promoción de productos y servicios para terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios comerciales y publicitarios, en particular, planificación y compra de medios de comunicación para terceros; servicios comerciales y publicitarios, en particular, servicios de publicidad para rastreo del desempeño de la publicidad, para gestión, distribución y servicio de publicidad, para análisis de datos publicitarios, para reportaje de datos publicitarios y para optimizar el desempeño de la publicidad; servicios de consultoría en el campo de publicidad, en particular, personalización de esfuerzos de mercadeo para terceros; servicios de información comercial, en particular, gestión de publicidad por medio del suministro de informes, metas publicitarias y gestión de la publicidad almacenada electrónicamente, para uso en una red informática global; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos para terceros vía redes informáticas y de comunicación; servicios de tiendas minoristas en línea que ofrecen una amplia variedad de bienes de consumo para terceros, tarjetas de regalo y entrega de medios digitales, auriculares de realidad virtual y contenidos y datos de realidad virtual; proporcionar mercados en línea para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar facilidades en línea para conectar vendedores con compradores; proporcionar facilidades en línea que ofrecen información para consumidores en el campo de regalos; promover los bienes y servicios de terceros mediante la prestación de facilidades en línea que ofrecen sugerencias de regalos; creación de redes de negocios; servicios de empleo y reclutamiento; servicios de publicidad y distribución de información, en particular, proporcionar un espacio de anuncios clasificados a través de la red informática global; proporcionar bases de datos de computadoras en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el campo de clasificados; proporcionar programas de concurso y adjudicación de incentivos diseñados para reconocer, premiar y alentar a individuos y grupos que se dedican a la superación personal, realización personal, caridad, filantropía, voluntariado, servicios públicos y comunitarios y actividades humanitarias y compartir los resultados del trabajo creativo; organización de exhibiciones y eventos en el campo de desarrollo de software y hardware para fines comerciales o publicitarios; servicios de asociación que promueven los intereses de profesionales y empresas en el campo de desarrollo de aplicaciones de software para móviles. En clase 36: servicios de

24 Pág 24 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 procesamiento de transacciones financieras, en particular, compensación y conciliación de transacciones financieras a través de redes informáticas y de comunicación; procesamiento y tramitación electrónica de datos de pago de facturas para usuarios de redes informáticas y de comunicación; servicios de transferencia de fondos electrónicos; servicios de pago de facturas; servicios de intercambio financiero, en particular, proporcionar una moneda virtual para uso por miembros de una comunidad en línea vía redes informáticas y de comunicación; servicios de tarjetas de regalo prepagadas, en particular, emisión de certificados de tarjetas de regalo que pueden ser canjeados por productos o servicios; servicios de beneficencia, en particular, promoción de la conciencia pública acerca de caridad, filantropía, voluntariado, servicio públicos y comunitarios y actividades humanitarias. En clase 38: servicios para compartir fotos y compartir videos, en particular, transmisión electrónica de archivos de fotos digitales, videos y contenido audiovisual entre usuarios de internet; telecomunicaciones; facilitar acceso a bases de datos informáticas, electrónicas y en línea; servicios de telecomunicaciones, en particular, transmisión electrónica de medios, datos, mensajes, gráficos, imágenes, audio, vídeo e información electrónicas; proporcionar foros en línea para comunicación sobre temas de interés general; proporcionar enlaces de comunicación en línea que transfieren a usuarios de dispositivos móviles e internet a otros lugares en línea locales y globales; facilitar el acceso a sitios web de terceros u otro contenido electrónico de terceros vía un puerto de acceso universal; proporcionar salas de chat en línea, servicios de correo electrónico y de mensajería instantánea y tableros de anuncios electrónicos; servicios de difusión de audio, texto y vídeo a través de redes informáticas u otras redes de comunicación, en particular, cargar, publicar, exhibir, modificar, etiquetar y transmitir electrónicamente datos, información, audio y video; servicios de voz sobre protocolo de Internet (VOIP); servicios de comunicación telefónica; facilitar acceso a bases de datos informáticas en los campo de redes sociales, introducción social y citas. En clase 41: servicios de entretenimiento; proporcionar bases de datos informáticas, electrónicas y en línea para uso educativo, recreativo y diversión en el campo del entretenimiento y en los campos de grupos de interés de colegiales, universitarios, sociales y comunitarios; servicios de uso compartido de fotos y vídeo; servicios de publicación electrónica para terceros; servicios de entretenimiento, en particular, facilitar servicios de juegos interactivos y multijugador y uni-jugador para juegos disputados a través de redes informáticas o de comunicación; proporcionar información sobre juegos de computadora y juegos de video en línea por medio de redes informáticas o de comunicación; organización y dirección de competiciones y facilitación de eventos para jugadores de videojuegos y juegos de computadora; proporcionar recursos en línea para desarrolladores de software; servicios de organización de concursos y entrega de premios diseñados para reconocer, incentivar y alentar a personas y grupos que se dedican a superación personal, realización personal, caridad, filantropía, voluntariado, servicios públicos y comunitarios y actividades humanitarias y compartir los resultados del trabajo creativo; servicios de organización y patrocinio de concursos y entrega de premios como incentivos para desarrolladores de software; publicación de materiales educativos, en particular, publicación de libros, revistas, boletines y publicaciones electrónicas; servicios educativos, en particular, organización y dirección de conferencias, cursos, seminarios y capacitación en línea en las campos de publicidad, mercadeo, redes sociales, el Internet y medios sociales, y distribución de material del curso en relación con los mismos; revistas en línea, en particular, blogs en web (blogs) con contenido definido por el usuario; servicios de entretenimiento, en particular, proporcionar juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido de realidad virtual; proporcionar un juego de computadora para uso en toda la red por usuarios de la red; proporcionar juegos de realidad aumentada en línea; servicios de entretenimiento, en particular, proporcionar juegos de video en línea; organización de exposiciones en el campo del entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo e industrias de entretenimiento de videojuegos con fines culturales o educacionales; organización y dirección de conferencias educativas; organización de exhibiciones y eventos en el campo de desarrollo de software con fines educativos; servicios educativos, a saber, organización y dirección de conferencias y seminarios en los campos de inteligencia artificial y el internet de las cosas. En clase 42: diseño y desarrollo de hardware y software de computadora; servicios informáticos, en particular, creación de comunidades virtuales para usuarios registrados para organizar grupos y eventos, participar en debates y participar en redes sociales, empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en particular, alojamiento de facilidades electrónicas para terceros para organizar y dirigir reuniones, eventos y discusiones interactivos vía redes de comunicación; servicios informáticos en la naturaleza de páginas web personalizadas que ofrecen información definida o especificada por el usuario, perfiles personales, audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; servicios informáticos, en particular, suministro de motores de búsqueda para obtener datos en una red informática global; proporcionar un sitio web que ofrece tecnología que permite a los usuarios en línea crear perfiles personales con información de redes sociales y empresariales y para transferir y compartir esa información entre múltiples facilidades en línea; proporcionar uso temporal de aplicaciones de software no descargable para redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de audio, vídeo, imágenes fotográficas, texto, gráficos y datos; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP), en particular, alojamiento de aplicaciones de software de computadora para terceros; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) que ofrece software para permitir o facilitar crear, editar, cargar, descargar, acceder, visualizar, publicar, exhibir, etiquetar, bloguear, correr en directo, enlazar, anotar, indicar sentimientos acerca de, comentar, insertar, transmitir y compartir o de alguna otra manera facilitar medios electrónicos o información a través de redes informáticas y de comunicación; proporcionar un servicio de red en línea que permite a los usuarios transferir datos de identidad personales y compartir datos de identidad personales con y entre múltiples facilidades en línea; proporcionar información de índices y bases de datos de información de búsqueda, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, medios electrónicos, imágenes fotográficas e información audiovisual, en redes informáticas y de comunicación; proporcionar software de comercio electrónico no descargable que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas vía la red informática global; servicios informáticos, en particular, proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a vía una red informática global; servicios de software como un servicio (SaaS) con software para envío de alertas de mensajes electrónicos, para transmisión de órdenes y para enviar y recibir mensajes electrónicos, y para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas vía una red informática global; proporcionar uso temporal de software en línea no descargable para su uso en la gestión, medición y servicio de publicidad para terceros; proveedor de servicios de aplicaciones con software de interfaz de programación de aplicaciones (API) para gestión, rastreo, reportaje y medición de planificación de medios, compra de medios y publicidad para terceros; proveedor de plataformas en línea para compras anuncios, en particular, proporcionar programas de software no descargable que permite a los compradores y vendedores de publicidad en línea comprar y vender inventario de publicidad; plataforma como servicio (PaaS) que ofrece plataformas de software informático para uso en la compra y difusión de publicidad; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para su uso en compra, venta, rastreo, valoración, optimización, orientación, análisis, entrega y notificación de publicidad y mercadeo en línea; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para uso en diseño y gestión de campañas de publicidad y mercadeo en línea; diseño y desarrollo de software de juegos de computadora y software de videojuegos para uso con computadoras, sistemas de programas de videojuegos y redes informáticas; desarrollo de hardware de computadora para juegos de computadora; servicios de desarrollo de videojuegos; proporcionar sitios en línea que dan a los usuarios la posibilidad de cargar, modificar y compartir contenidos y datos de realidad virtual; servicios de diseño, ingeniería, investigación, desarrollo y evaluación en el campo de desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionadas con el uso y la funcionalidad de

25 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 25 los hipervínculos; consultoría técnica en el campo de desarrollo de software de aplicaciones móviles relacionadas con el uso y la funcionalidad de los hipervínculos; servicios de utilización temporal de software no descargable que permite el desarrollo, evaluación, diagnóstico y mantenimiento de aplicaciones de software móviles para dispositivos portátiles electrónicos de comunicación, a saber, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, computadoras portátiles y computadoras tableta; servicios educacionales, a saber, organización y dirección de conferencias y seminarios en el campo de inteligencia artificial y el internet de las cosas; y en clase 45: servicios de introducción social, interacción en redes y citas; facilitar acceso a bases de datos informáticas en el campo de redes sociales, introducción social y citas; prestación de servicios sociales y de información en el campo de desarrollo personal, en particular, mejora personal, realización personal, caridad, filantropía, voluntariado, servicios públicos y comunitarios y actividades humanitarias; prestación de servicios de autenticación de usuario en transacciones de comercio electrónico; proporcionar autenticación de usuario en transferencias de fondos electrónicos, tarjetas de crédito y débito y transacciones con cheques electrónicos vía una red informática global. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de enero de Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 12 de enero de Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Roberth Trejos Mesén, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Industrias Rokati Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Puriscal, Santiago, barrio Los Ángeles, 250 metros sureste de Credimuebles, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Gotas de brillo para el cabello, mascarillas reparadoras para el cabello, cremas para peinar, champú, acondicionador, tratamientos para cabello, jabones, ampollas reconstructoras de cabello, tratamientos de queratina. Reservas: De los colores; verde claro, blanco, azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 17 de diciembre del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Flor Naranjo Chaves, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de P Seis del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº con domicilio en Pozos de Santa Ana, trescientos metros este de materiales El Lagar, Costa Rica, solicita la inscripción de: STAR FASHION, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de prendas de vestir, accesorios, maletas, maletines, zapatos, productos cosméticos, bisutería. Ubicado en Santa Ana, Pozos, sobre la ruta 27, kilómetro 11. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de diciembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de enero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). José Ramón González Castro, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de P Seis del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Pozos de Santa Ana; 300 metros este, de Materiales El Lagar, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLAM, como marca de comercio en clase: 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sombrillas, paraguas, maletas, maletines, porta documentos, bolsos, billeteras, salveques, mochilas y carteras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 05 de enero del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). José Ramón González Castro, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de P Seis del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Pozos de Santa Ana, 300 metros este de Materiales El Lagar, Costa Rica, solicita la inscripción de: LAB como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos, maquillaje, productos de maquillaje. Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de octubre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de noviembre del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Flor Naranjo Chaves, casada, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Instituto Multispa Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Los Yoses, setenta y cinco metros sur, de La Bomba, Edificio San Ignacio, Costa Rica, solicita la inscripción de: EPOC, para proteger y distinguir como Nombre Comercial lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios en materia esparcimiento, educación física, deportes, gimnasia, acondicionamiento físico, ejercicios metabólicos, terapia física, rutinas de ejercicios, artes marciales, enseñanza del deporte, yoga y otras rutinas deportivas, organización de clases, conferencias, eventos, torneos y competencias deportivas, ubicado en Guachipelín de Escazú, 100 metros este de la rotonda de Multiplaza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 02 de diciembre del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Federico Leiva Gallardo, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Barba Roja Gourmet S. R. L., cédula jurídica con domicilio en Curridabat, de Mc Donalds Plaza del Sol, 200 sur y 25 este, casa a mano derecha con rejas blancas, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Barba Roja como marca de fábrica y comercio en clase 30. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, mayonesa, aceites, aderezos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 20 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Federico Leiva Gallardo, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Gracia Cervecería Artesanal S. A., cédula jurídica Nº con domicilio en: Curridabat, San Francisco de Dos Ríos, doscientos metros norte del Motel La Fuente, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

26 Pág 26 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas, aguas minerales y gaseosas, otras bebidas no alcohólicas, bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 08 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Lubrizol Advanced Materials Inc., con domicilio en 9911 Brecksville Road, Cleveland, Ohio , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TECOBAX, como marca de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Polímeros para uso en la manufactura de materias plásticas y dispositivos médicos; poliuretanos; poliuretanos de grado médico para uso en la manufactura de películas y tubos médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de enero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Eli Lilly and Company con domicilio en Lilly Corporate Center, Indianapolis, Indiana 46285, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BASAGLAR como marca de fábrica y comercio en clase 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas, a saber, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la diabetes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 05 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de No Limit, LLC con domicilio en: One Morningside Drive North, Westport, CT 06880, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NEWMAN S OWN, como marca de fábrica y comercio en clases 29, 30, 31, 32 y 33 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: platos congelados que consisten principalmente de carne, pescado, ave o vegetales; frutas secas; alimentos para merendar que consisten principalmente de frutas secas e incluyendo, pero solo de forma secundaria, granos, nueces, semillas, confites y/o chocolate; aceite de oliva; en clase 30: platos congelados que consisten principalmente de pasta o arroz; vinagre; chocolate; pretzels; salsas; pizza; cereales de desayuno; té; confites; galletas; café; palomitas de maíz sin reventar; en clase 31: alimento para mascotas y golosinas comestibles para mascotas; en clase 32: bebidas, a saber, limonada, té frío y bebidas de frutas y en clase 33: vino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de noviembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 11 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tesla Motors, Inc., con domicilio en 3500 Deer Creek Road, Palo Alto, California 94304, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TESLA como marca de fábrica y servicios en clase(s): 9; 36; 37 y 42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Aparato de batería eléctrica que se conecta inalámbricamente con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada para uso en viviendas y edificios; aparato de batería eléctrica que se conecta inalámbricamente con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para almacenar y descargar electricidad acumulada suplida por o hacia una rejilla para energía eléctrica u otra fuente de generación de energía eléctrica para estabilizar y satisfacer demandas de electricidad y metas de uso; software de cómputo para monitoreo, optimización y regulación del almacenamiento, y la descarga de energía acumulada desde y hacia dichos aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; Clase 36: Servicios de leasing relacionados con aparatos de batería eléctrica con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para el almacenamiento, descarga, suministro, transmisión y estabilización de electricidad; servicios de financiamiento relacionados con aparatos de batería eléctrica con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para el almacenamiento, descarga, suministro, transmisión y estabilización de electricidad; Clase 37: Instalación, mantenimiento y reparación y mejoramiento de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente, y consultoría relacionada con los mismos, para el almacenamiento y la descarga de electricidad acumulada para estabilizar y satisfacer demandas de electricidad y metas de uso; Clase 42: Monitoreo de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente con firmware y software grabado para almacenar y suplir electricidad para asegurar el adecuado funcionamiento y programación para satisfacer demandas de electricidad y metas de uso; diseño de sistemas de batería eléctrica que consisten de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente y software de apoyo, todo para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada, con el fin de optimizar la eficiencia del diseño, programación, y configuración e dichos sistemas, y servicios de consultoría relacionados con los mismos; software como un servicio (SAAS) que contiene software para monitorear, optimizar y regular el almacenamiento y la descarga de energía acumulada desde y hacia aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; facilitar software en línea que no se puede descargar para monitorear optimizar y regular el almacenamiento y la descarga de energía acumulada desde y hacia aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; operación, mantenimiento, optimización, regulación y gestión de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente con software y firmware grabado para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada; instalación, mantenimiento y reparación y mejoramiento de software y firmware de cómputo que se puede actualizar remotamente grabados en aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente, y consultoría relacionada con los mismos, para el almacenamiento y la descarga de electricidad acumulada para estabilizar y satisfacer demandas de electricidad y metas de uso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de octubre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de febrero del Adriana Broutin Espinoza, Registradora. ( IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tesla Motors Inc., con domicilio en 3500 Deer Creek Road, Palo Alto, California 94304, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TESLA, como marca de fábrica y servicios en clases: 9; 36; 37 y 42 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Aparato de batería eléctrica que se conecta inalámbricamente con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada para uso en viviendas y edificios; aparato de batería eléctrica que se conecta inalámbricamente con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para almacenar y descargar electricidad acumulada suplida por o hacia una rejilla para energía eléctrica u otra fuente de generación de energía eléctrica para estabilizar y satisfacer demandas de

27 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 27 electricidad y metas de uso; software de cómputo para monitoreo, optimización y regulación del almacenamiento, y la descarga de energía acumulada desde y hacia dichos aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; clase 36: Servicios de leasing relacionados con aparatos de batería eléctrica con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para el almacenamiento, descarga, suministro, transmisión y estabilización de electricidad; servicios de financiamiento relacionados con aparatos de batería eléctrica con software y firmware grabado que se puede actualizar remotamente para el almacenamiento, descarga, suministro, transmisión y estabilización de electricidad; clase 37: Instalación, mantenimiento y reparación y mejoramiento de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente, y consultoría relacionada con los mismos, para el almacenamiento y la descarga de electricidad acumulada para estabilizar y satisfacer demandas de electricidad y metas de uso; clase 42: Monitoreo de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente con firmware y software grabado para almacenar y suplir electricidad para asegurar el adecuado funcionamiento y programación para satisfacer demandas de electricidad y metas de uso; diseño de sistemas de batería eléctrica que consisten de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente y software de apoyo, todo para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada, con el fin de optimizar la eficiencia del diseño, programación, y configuración e dichos sistemas, y servicios de consultoría relacionados con los mismos; software como un servicio (SAAS) que contiene software para monitorear, optimizar y regular el almacenamiento y la descarga de energía acumulada desde y hacia aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; facilitar software en línea que no se puede descargar para monitorear optimizar y regular el almacenamiento y la descarga de energía acumulada desde y hacia aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente; operación, mantenimiento, optimización, regulación y gestión de aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente con software y firmware grabado para almacenamiento y descarga de electricidad acumulada; instalación, mantenimiento y reparación y mejoramiento de software y firmware de cómputo que se puede actualizar remotamente grabados en aparatos de batería eléctrica que se conectan inalámbricamente, y consultoría relacionada con los mismos, para el almacenamiento y la descarga de electricidad acumulada para estabilizar y satisfacer demandas de electricidad y metas de uso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 01 de febrero del Adriana Broutin Espinoza, Registradora. ( IN ). Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima con domicilio en: kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: PONDERA como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: antidepresivo de uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 08 de abril del Wendy López Vindas, Registradora. ( IN ). Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Dopat S. A con domicilio en c/charles Robert Darwin 34-36, (Parque Tecnológico), Paterna, Valencia, España, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; búsqueda de mercados; búsqueda de patrocinadores; búsquedas de negocios; decoración de escaparates; demostración de productos; difusión de anuncios publicitarios; distribución de muestras; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; gestión comercial de licencias de productos y servicios para terceros; información y asesoramiento comerciales al consumidor; marketing; organización de desfiles de moda con fines promocionales; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor; promoción de ventas para terceros; publicidad a través de una red informática; sondeos de opinión; servicios de venta al por mayor y al por menor en comercios y a través de redes informáticas mundiales de todo tipo de calzados, sombrerería, pieles de animales, baúles y maletas, paraguas, mochilas, carteras, macutos, bolsos y bolsos de viaje, sombrillas y bastones, fustas y guarnicionería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 25 de enero del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Biogen Ma Inc, con domicilio en 250 Binney Street, Cambridge, Massachusetts 02142, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de desórdenes neurológicos. Reservas: De los colores: rojo, amarillo, verde azulado y azul oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Harry Zurcher Blen, cédula de identidad Nº , en calidad de Apoderado Especial de Skechers U.S.A., Inc. II, con domicilio en 228 Manhattan Beach BLVD., Manhattan Beach, California 90266, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SKECHERS, como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: relojería e instrumentos cronométricos, relojes de todo tipo, incluidos los relojes deportivos, relojes de pulsera, cronómetros, relojes de bolsillo, relojes que incorporan funciones de seguimiento y notificación del acondicionamiento físico, datos de entrenamiento, y de actividad, es decir, el tiempo, la distancia, el ritmo, la velocidad, la altura del salto, la velocidad del cuerpo, las calorías quemadas, y nivel de actividad acumulada, y los relojes que comunican los datos a los asistentes personales digitales, teléfonos inteligentes y computadores personales a través de sitios web de Internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica, correas de reloj y pulseras de reloj; metales preciosos y sus aleaciones y artículos de metales preciosos o de chapado no comprendidos en otras clases; joyas, piedras preciosas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 06 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Biomarin Pharmaceutical Inc., con domicilio en 105 Digital Drive, Novato, California 94949, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

28 Pág 28 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 NAGLAZYME como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas, a saber, fármacos para uso en el tratamiento de desórdenes de almacenamiento lisosomal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Édgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Droguería Europea Sociedad Anónima con domicilio en: Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas. Reservas: de los colores: rojo, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Édgar Zürcher Gurdián, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Capnova S.A.S. con domicilio en: carrera 43 A Nº 1 A sur - 29, OF. 302, Medellín, Antioquía, Colombia, solicita la inscripción de: ELLIPSE, como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vestidos, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Édgar Zürcher Gurdián, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de David s Bridal, Inc. con domicilio en: 1001 Washington Street, Conshohocken, PA 19428, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MELISSA SWEET, como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: trajes de novia, vestidos de dama de honor, vestidos de cóctel, vestidos de noche, trajes de noche, vestidos para ocasiones especiales, vestidos para la madre de la novia, vestidos para la niña de las flores, velos para vestidos, tocados para vestidos, cintas para la cabeza, y zapatos de novia y ocasiones formales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 04 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Harry Zürcher Blen, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de The Polo/Lauren Company, L.P., con domicilio en 650 Madison Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clase(s): 18; 25 y 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 18 Artículos de cuero, a saber, maletines, mochilas, bolsas de playa, portafolios, bastones, tarjeteros, carteras, estuches para llaves, cinta de cuero para hombros, sombrillas, billeteras, monederos, bolsas, mochilas escolares, maletines escolares, bolso tipo bandolera, bolsas de compras, maletas, bolsas de ropa, bolsos con asas, baúles de viaje, valijas, paraguas, billeteras. Clase 25 Prendas de vestir, calzado y sombreros para caballeros, mujeres y niños, y Clase 35 Servicios de ventas al detalle y en línea de prendas de vestir, calzado, sombreros y accesorios para caballeros, mujeres y niños, y artículos para el hogar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del Solicitud No A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 31 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Édgar Zürcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Pepsico Inc., con domicilio en: 700 Anderson Hill Road, Purchase, NY 10577, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DILO CON PEPSI, como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas; bebidas gaseosas. Prioridad: se otorga prioridad N de fecha 22/09/2015 de México. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de abril del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Édgar Zürcher Gurdián, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Sysco Corporation con domicilio en: 1390 Enclave Parkway, Houston, Texas, 77077, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; abastecimiento de bienes y servicios estratégicos; servicios de adquisición para terceros relacionados a bienes utilizados en la industria de servicios de alimentación. Reservas: de los colores: verde, blanco, azul y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de abril del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Fragomen Global Immigration Services LLC con domicilio en 90 matawan road, matawan, NJ 07747, U.S.A., Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FRAGOMEN CONNECT como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigaciones industriales, diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Proporcionar una aplicación de software en línea, no descargable, basada en internet para gestión de cumplimiento I-9 para empresas y particulares; proporcionar una aplicación de software en línea, no descargable basada en internet para solicitudes de visa, visa de negocios, visa para visitantes, cumplimiento de permiso de trabajo para individuos y compañías; proporcionar una aplicación de software en línea, no descargable, basada en internet para la verificación de empleo para empresas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

29 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 29 ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de diciembre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de enero del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Edgar Zürcher Gurdián, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Biomarin Pharmaceutical Inc. con domicilio en 105y Digital Drive, Novato, California 94949, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BIOMARIN como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de setiembre del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de octubre del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Finca Los Ángeles de Las Nubes del Silencio Norte S. A., con domicilio en calle 11, avenida 2 y 2 bis, N 255, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguros; operaciones financieras; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios. Reservas: De los colores: verde y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de marzo del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de marzo del Alex Villlegas Méndez, Registrador. (IN ). Harry Zürcher Blen, casado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de The Polo/Lauren Company L. P. con domicilio en: 650 Madison Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clases 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: artículos de cuero, a saber, maletines, mochilas, bolsas de playa, portafolios, bastones, tarjeteros, carteras, estuches para llaves, cinta de cuero para hombros, sombrillas, billeteras, monederos, bolsas, mochilas escolares, maletines escolares, bolso tipo bandolera, bolsas de compras, maletas, bolsas de ropa, bolsos con asas, baúles de viaje, valijas, paraguas, billeteras y en clase 25: prendas de vestir, calzado y sombreros para caballeros, mujeres y niños. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 30 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). María del Pilar López Quirós, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Apple INC. con domicilio en: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: computadoras; periféricos de computadora; hardware de computadora; computadoras de mano; computadoras tipo tableta; computadoras portátiles; dispositivos electrónicos digitales de mano móviles capaces de proporcionar acceso a Internet y para el envío, recepción y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico, y otros datos digitales; periféricos de computadores portátiles; hardware de computadora móvil (wearable, usable ); periféricos para dispositivos móviles; dispositivos electrónicos de mano móviles (wearable) digitales capaces de proporcionar acceso a Internet y para el envío, recepción y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico, y otros datos digitales; radios, transmisores de radio y receptores; reproductores multimedia, altavoces de audio, aparatos de telefonía, dispositivos de telecomunicaciones y computadores para su uso en vehículos de motor; aparato de grabación de voz y de reconocimiento de voz; auriculares, audífonos; altavoces de audio; micrófonos; componentes de audio y accesorios; aparato de grabación de sonido y de reproducción; reproductores y grabadores de audio y vídeo digitales; amplificadores de audio y receptores; aparato de comunicación en red; equipos e instrumentos de comunicaciones electrónicas; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos; teléfonos móviles; dispositivos de comunicación inalámbrica para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; cables de computadora, monitores y pantallas de visualización, teclados, ratones y alfombrillas de ratón, lápices ópticos, impresoras y unidades de disco y discos duros; aparato y medios de almacenamiento de datos; chips de computadora; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; dispositivos de sistema de posicionamiento global (GPS); instrumentos y aparatos de navegación; dispositivos de mano para jugar, organizar, descargar, transmitir, manipular y revisar audio y archivos de medios; dispositivos de mano para el control de altavoces, amplificadores, equipos de sonido y sistemas de entretenimiento; dispositivos de mano y portátiles para jugar, organizar, descargar, transmitir, manipular y revisar audio y archivos de medios; equipos de sonido, sistemas de cine en casa, y sistemas de entretenimiento en el hogar; sistemas de cine y entretenimiento en casa que constan de reproductores de audio y video, parlantes, amplificadores y controladores inalámbricos de mano; software de computador; software informático para la instalación, configuración, operación y control de los dispositivos móviles, dispositivos portátiles, teléfonos móviles, computadoras y periféricos, y reproductores de audio y vídeo; software de desarrollo de aplicaciones; software informático para su uso en jugar, organizar, descargar, transmitir, manipular y revisar archivos de audio y archivos de medios; software informático para su uso en la programación y el control de parlantes, amplificadores, software informático para su uso en el control de los reproductores de audio y vídeo; software informático para su uso en la entrega, distribución y transmisión de música digital y de audio relacionado con el entretenimiento, vídeo, texto y contenidos multimedia; programas informáticos para la creación de bases de datos de búsqueda de información y datos para las bases de datos de redes sociales peer-to-peer ; programas informáticos para permitir a los usuarios programar y distribuir audio, video, datos, texto y otro contenido multimedia, incluyendo música, conciertos, videos, radio, televisión, noticias, deportes, juegos, eventos culturales y relacionados con el entretenimiento y programas educativos a través de la comunicación en redes; software de computadora para la identificación, localización, agrupación, distribución y gestión de datos y vínculos entre servidores y usuarios conectados a redes electrónicas de comunicación; programas informáticos para el acceso, navegación y búsqueda de bases de datos en línea; grabaciones de audio y vídeo descargable de música, actuaciones musicales y videos musicales; libros, revistas, periódicos, boletines, periódicos, revistas y otras publicaciones descargables electrónicas; conectores, acopladores, chips, alambres, cables, cargadores,

30 Pág 30 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 puertos, estaciones de conexión, interfaces y adaptadores eléctricos y electrónicos para su uso con todos los productos antes mencionados; fundas, bolsas y estuches adaptados o con forma para contener computadoras, periféricos informáticos, hardware, computadores portátiles, tabletas, computadores portátiles, teléfonos móviles, teléfonos, dispositivos digitales de mano y portátiles y reproductores de audio y vídeo; mandos a distancia y de mano y dispositivos portátiles (wearable) para el control de reproductores de audio y video, parlantes, amplificadores, sistemas de cine en casa, y sistemas de entretenimiento; accesorios, piezas, dispositivos y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; agendas electrónicas; aparatos de control de franqueo; cajas registradoras; mecanismos para aparatos operados con monedas; aparatos para dictar; marcadores de dobladillo; máquinas de votación; etiquetas electrónicas de productos; máquinas de selección de premios; máquinas de fax; aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tablones de anuncios electrónicos; aparato de medición; obleas de silicio [dispositivos de silicio]; circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; filamentos de luces conductoras [fibras ópticas]; instalaciones eléctricas para el mando a distancia de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos de radiología para fines industriales; aparato y equipo de salvamento; alarmas de silbato; gafas de sol; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; cercas electrificadas; retardadores de automóviles controlados en forma remota portátiles; calcetines calentados eléctricamente y en clase 41: servicios educativos; arreglar, organizar, conducir, y presentar seminarios, talleres, cursos, seminarios en la web, conferencias, instrucción en línea y programas de educación a distancia; arreglar, organizar, llevar a cabo, y presentar conciertos, actuaciones en vivo, eventos especiales de entretenimiento, artes y eventos culturales, espectáculos teatrales, competiciones, concursos, ferias, festivales, exhibiciones, exposiciones y eventos deportivos; producción, distribución y presentación de programas de radio, programas de televisión, imágenes en movimiento, grabaciones sonoras; proporciona televisión continua, radio, audio, video, podcast, y programa de transmisión en curso; proporcionar eventos actuales de programación de entretenimiento, deportes, música, información, noticias, por medio de redes de telecomunicaciones, redes de computadoras, Internet, vía satélite, radio, redes de comunicaciones inalámbricas, televisión, televisión por cable; servicios de entretenimiento, a saber, proporcionar transmisión tipo streaming, suscripción, y la plataforma y los servicios de música descargable; provisión de entretenimiento en vivo y entretenimiento registrado, a saber, actuaciones musicales; proporcionar eventos actuales de programación no descargable de entretenimiento, deportes, música, información y noticias; proporcionar sitios web y aplicaciones informáticas que ofrecen programación de entretenimiento, deportes, música, información, noticias, eventos actuales, artes y cultura; proporcionar sitios web y aplicaciones informáticas que ofrecen información en materia de entretenimiento, música, deportes, noticias, artes y cultura; proveer juegos no descargadles de computadora, juegos electrónicos, juegos interactivos y videojuegos; el suministro de información, horarios, comentarios y recomendaciones personalizadas de programas educativos, entretenimiento, películas, teatro, artes y eventos culturales, conciertos, actuaciones en vivo, concursos, ferias, festivales, exhibiciones, exposiciones y eventos deportivos; reserva y venta de entradas para los programas de educación, entretenimiento, películas, teatro, artes y eventos culturales, conciertos, actuaciones en vivo, concursos, ferias, festivales, exhibiciones, exposiciones y eventos deportivos; publicación y presentación de comentarios, encuestas y votaciones, y proporcionar sitios web interactivos y aplicaciones informáticas para la publicación y el intercambio de opiniones, encuestas y votaciones relativas a los programas de educación, entretenimiento, películas, teatro, artes y eventos culturales, conciertos, actuaciones en vivo, concursos, ferias, festivales, exhibiciones, exposiciones y eventos deportivos; proporcionar tonos no descargabas, música pregrabada, video, y gráficos para su uso en dispositivos de comunicaciones móviles; proporcionar un sitio web para cargar, almacenar, compartir, ver y publicar imágenes, audio, vídeos, revistas en línea, blogs, podcasts y contenido multimedia; publicación de libros, revistas, periódicos, boletines, manuales, blogs, revistas y otras publicaciones; proporcionar Sitios web y aplicaciones informáticas que ofrecen libros, revistas, periódicos, boletines, manuales, blogs, revistas y otras publicaciones; transmisión de noticias; servicios de bibliotecas electrónicas y en línea; proporcionar software no descargable para su uso en relación con el acondicionamiento físico y ejercicio; proporcionar sitios web y aplicaciones informáticas que ofrecen información en el campo del acondicionamiento físico y ejercicio; servicios de imágenes digitales; creación de efectos visuales y gráficos para otros. Reservas: de los colores naranja, rosado, morado, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 18 de enero del María Leonor Hernández B, Registradora. ( IN ). Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Thakoon (HK) Limited con domicilio en 12/F, Novel Industrial Building, Lai Chi Kok Road, Cheung Sha Wan, Kowloon, Hong Kong, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y servicios en clases 3; 9; 14; 18; 24; 25 y 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 3: Jabones; perfumería; colonias, agua de tocador, perfumes, fragancias para uso personal; aceites esenciales; cosméticos; productos de maquillaje, a saber, labiales, brillos labiales, máscara para pestañas, delineadores de ojos, rubor, polvos faciales compactos, polvos faciales sueltos, bases de maquillaje; productos para el cuidado de las uñas, a saber, esmaltes de uñas y removedor de esmalte de uñas; artículos de tocador; productos no medicados para el cuidado de la piel, a saber, cremas cosméticas y lociones para el cuidado de la piel, cremas hidratantes, mascarillas faciales y cremas y lociones reafirmantes para la piel; preparaciones cosméticas para el baño y para la ducha, a saber, aceite para el baño, sales para el baño, perlas para el baño y cristales (sales) para el baño, talco, lociones para el cabello, champú; dentífricos; antiperspirantes, desodorantes para uso personal; artículos para afeitar, a saber, jabones para afeitar, gel para afeitar y crema para afeitar, lociones y gel para el afeitado y para después de afeitar; crema y betún para zapatos; tintes para el cabello; preparaciones de limpieza; cosméticos para animales, en clase 9: Aparatos e instrumentos fotográficos, cinematográficos y ópticos; artículos ópticos tales como anteojos, anteojos de protección, lentes para gafas, lentes de contacto, anteojos de sol; productos para anteojos de sol, a saber, correas para la cabeza, sujetadores para anteojos de sol, estuches para anteojos y estuches para anteojos de sol, cajas de presentación para anteojos, cadenas para anteojos y cordones para anteojos, partes para los productos antes mencionados; estuches para cámaras; estuches y portadores para computadoras portátiles y para teléfonos móviles; cubiertas para teléfonos móviles, cintas de audio vírgenes, casetes de audio vírgenes, cintas de video vírgenes, video cámaras; casetes de video vírgenes, discos compactos vírgenes, discos compactos que contienen música, discos láser vírgenes, discos de video y discos ópticos magnéticos los cuales contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; portadores magnéticos de datos vírgenes, discos de grabación vírgenes; discos pre grabados que contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; computadoras; equipo periférico para computadoras; programas de computadora grabados los cuales contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; alfombrillas de ratón; tarjetas codificadas magnéticamente las cuales contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; discos compactos (audio-video) que contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; discos compactos ópticos que contienen asuntos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; reproductores de discos compactos, publicaciones

31 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 31 electrónicas descargables en la naturaleza de libros, revistas, boletines informativos, folletos y catálogos en los campos de la moda, el modelaje y estilo de vida; calculadoras de bolsillo; cartuchos de video juegos; auriculares; altavoces, en clase 14: Joyería, a saber, brazaletes, collares, broches, anillos, aretes, dijes, alfileres de corbata, adornos para sombreros, insignias de metales preciosos, hebillas de metales preciosos, adornos para cinturones hechos de metales preciosos, alfileres en la naturaleza de joyería, mancuernillas, llaveros; joyería y piedras preciosas; instrumentos horológicos y cronométricos, a saber, relojes, relojes de pulsera, correas para relojes de pulsera y estuches para relojes, relojes de uso personal, cronógrafos, cronómetros, despertadores; estuches para relojes; estuches para joyería, adornos para zapatos y para sombreros hechos de metales preciosos, en clase 18: Productos de cuero e imitaciones de cuero y no incluidos en otras clases; pieles de animales; una línea completa de bolsas, a saber, bolsas de todo propósito y bolsas deportivas (excluyendo aquellas incluidas dentro de clase 28); neceseres; mochilas escolares; bolsones; bolsas de viaje; mochilas; bolsas de mano; equipaje, baúles y maletas; monederos; maletines para documentos; maletas; sacos de lona; y bolsas para la compra de prendas de vestir; bolsas de playa; bolsas para la compra con ruedas, bolsas escolares; portatrajes; correas para equipaje; neceseres en la naturaleza de estuches; bolsos sin asas; bolsas para portar kits de viaje vendidas vacías; maletas de mano con ruedas incorporadas; carteras; billeteras; billeteras de bolsillo; monederos [portamonedas]; monederos para cambio, estuches para llaves, estuches de cuero para tarjetas de crédito; portadores combinados para portar dinero y tarjetas de crédito; tarjeteros, joyeros enrollables para viaje y para almacenamiento, sombrillas, paraguas y bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicionería, collares para animales; arneses para animales, en clase 24: Tejidos y productos textiles no incluidos en otras clases, a saber, ropa blanca que no sea ropa interior; ropa de cama; ropa de baño, excepto prendas de vestir; sabanas para la cama, fundas decorativas para almohadones de cama, fundas para almohadas, mantas de cama, edredones, edredón nórdico, colchas, cubrecamas, juegos de cama, fundas de edredón; edredones [cobertores de plumas], cenefas para camas, fundas de colchón; toallas, toallas de baño, toallas para la playa; mantas de viaje; toallitas de tocador de materias textiles para la cara; cortinas para la ducha; ropa de mesa que no sea de papel, manteles que no sean de papel, telas textiles de mesa, caminos de mesa hechos de tela, servilletas de materias textiles para la mesa, manteles individuales que no sean de papel; cortinas, colgaduras [cortinas gruesas]; fundas para muebles hechas de materias textiles que no sean ajustables; banderas de materias textiles; pañuelos de bolsillo de materias textiles; etiquetas de tela; toallas para el piso; abrazaderas para cortinas en la naturaleza de abrazaderas de materias textiles para cortinas; visillos; telas para tapicería; tapizados murales de materias textiles, en clase 25: Prendas de vestir para caballero, damas, niños e infantes, a saber, camisas, camisas de golf, playeras, camisas con cuello y botones, prendas de vestir superiores de punto, prendas de vestir superiores tejidas, sudaderas, camisetas de tirantes, camisetas sin mangas, leotardos, camisolas, ropa interior de una pieza, camisetas, combinaciones, prendas de corsetería, suéteres, chaquetas de punto, blusas, jerseys, blusas con cuello alto, blazers, abrigos deportivos, pantalones, pantalones de vestir, faldas pantalón, pantalones de mezclilla, overoles, monos, trajes de gimnasia, trajes de trotar, shorts, pantalones para sudar, trajes de calentamiento, pantalones de mezclilla, faldas, vestidos, vestidos de novia, vestidos de noche, trajes, overoles, jerseys [prendas de vestir], chalecos, chamarras, abrigos, impermeables, parkas, ponchos, trajes de baño [bañadores], bikinis, pantalones cortos para nadar, gabanes, prendas de vestir impermeables, chamarras resistentes al viento; prendas de vestir para bailar, a saber, leotardos y trajes de ballet, prendas de vestir para dormir, pijamas, albornoces, gorros de ducha, casullas, ropa interior, lencería, bóxers [calzoncillos], cinturones [prendas de vestir], corbatas, sombrerería, a saber, sombreros, sombreros de lana, gorras, viseras, bandas para la cabeza [prendas de vestir], orejeras [prendas de vestir]; bufandas, chales, puños [prendas de vestir], baberos de tela; calzado para hombres, mujeres y niños e infantes, zapatos, zapatos para gimnasia, calzado de deporte, calcetines, sandalias y zapatillas; medias, prendas de calcetería, botas, zapatos para la playa, sandalias, pantuflas, guantes [prendas de vestir], tirantes; ajuares de bebe [prendas de vestir]; fajas [bandas], y en clase 35: Asistencia al negocio mayorista y minorista relacionado a servicios de franquicia en relación con perfumes, cosméticos, preparaciones para el cuidado del cabello, preparaciones para el cuidado facial, preparaciones para el cuidado corporal, artículos de tocador, gafas, cubiertas y accesorios para computadoras personales, cubiertas y accesorios para teléfonos móviles, joyería, relojes, instrumentos horológicos y cronométricos, vestuario, calzado, sombrerería, guantes, bufandas, cinturones, productos hechos de cuero o imitación de cuero, maletas, carteras, bolsos, sombrillas, toallas, muebles, mobiliario, accesorios y artículos para el hogar, cristalería, mantelería, materias textiles, juguetes, discos, casetes, videos, discos compactos, discos compactos de video, libros, revistas, pinturas de arte, naipes, tarjetas de felicitación, calendarios, posters, impresos, pegatinas, papel de envoltura, materiales de empaque, papelería, confitería, galletas y pasteles; servicios de tiendas de venta al por menor en línea en relación con los productos antes mencionados; servicios administrativos y de gestión empresarial; organización y prestación de relaciones con los clientes y programas de fidelidad; publicidad; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; presentación de productos en medios de comunicación, para fines de venta al por menor; administración comercial de licencia de productos y servicios para otros; promoción de ventas para terceros; gestión de personal; servicios de reubicación para empresas; trabajos de oficina; servicios secretariales; contabilidad; alquiler de máquinas expendedoras; búsqueda de patrocinadores. Prioridad: Se otorga prioridad N de fecha 27/11/2015 de Hong Kong. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de febrero del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 31 de marzo del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Edgar Zurcher Guardián, divorciado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Rigola Ltd, con domicilio en Baselstrasse 31, 4242 Laufen, Suiza, solicita la inscripción de: RIGOLA como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Caramelos y dulces para uso médico y tés herbales medicados; caramelos medicados para el alivio del resfrío común, dolor de garganta y tos, caramelos y pastillas para la tos. En clase 30: Caramelos y dulces para uso no médico: tés hierbales para uso no médico; dulces conteniendo hierbas para propósitos no medicadas, a saber caramelos y pastillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 6 de abril del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. ( IN ). Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N , en calidad de apoderado especial de The Polo/Lauren Company L. P., con domicilio en 650 Madison Avenue, New York, New York 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de ventas al detalle y en línea de prendas de vestir, calzado, sombreros y accesorios para caballeros, mujeres y niños, y artículos para el hogar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo de Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de marzo de Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

32 Pág 32 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Miguel Ángel Segura Monge, en calidad de apoderado generalísimo de KLP Mascotas Sociedad Anónima, con domicilio en: La Unión, San Diego de Tres Ríos, 800 metros al suroeste de la plaza de deportes de San Diego calle Padilla, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mozart, como marca de comercio en clases 3, 18 y 31 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: cosméticos para animales, entiéndase esencialmente champús y jabones; en clase 18: ropa para animales y en clase 31: alimentos para animales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 06 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Miguel Ángel Segura Monge, en calidad de apoderado generalísimo de KLP Mascotas Sociedad Anónima con domicilio en La Unión, San Diego de Tres Ríos, 800 metros al suroeste de la plaza de deportes de San Diego Calle Padilla, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: EUREKA como marca de comercio en clases 3; 18 y 31 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: cosméticos, en clase 18: ropa para animales, y en clase 31: alimentos para animales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero del 2016, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 12 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Paola Andrea Tafur Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada generalísima de Tafur Cosméticos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en: Curridabat, Guayabos, del Fresh Market, 50 metros al este, casa a mano izquierda, Nº 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STUDIO TAFUR, como marca de comercio en clase 3, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de abril del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 20 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Zanottí S.P.A., Inc., con domicilio en Vía Martín Luther King, 30, Pegognaga, Italia, solicita la inscripción de: Z ZANOTTI como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos y dispositivos de aire acondicionado, desecación, secado, y de refrigeración, tales como, aires acondicionados, secadores, deshumedecedores, evaporadores, condensadores de vapor y refrigeradoras, para uso básicamente en ambientes que requieren de una atmósfera modificada, tales como, cuartos par el sazonado de queso y salami, cuartos de procesado de carne, depósitos de almacenamiento; aparatos de aire acondicionado y refrigeración para el transporte de bienes; y sus partes y accesorios incluidos en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Animale Group S. A., con domicilio en Edificio Torre Global Bank, calle 50, piso 36, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: ANIMALE INSTINCT, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: fragancias y perfumería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de abril del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Ferretti Panamá Holding, S. A., con domicilio en río Hato, Buenaventura, Laguna, Torre 400, Apto. 4002, provincia de Cocle, Panamá, solicita la inscripción de: ferretti como marca de fábrica y servicios, en clases 30 y 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 30: Café, té, pastelería y confitería, helados comestibles, hielo, y en clase 43: Servicios de restaurante-heladería; servicios de bar; cafésrestaurantes; cafeterías; restaurantes de servicios rápido y permanente (Snack-Bar). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Sarroff Industries IP PTY LTD AS Trustee For Sarroff Industries Trust con domicilio en 85 Lawrence Drive, Nerang, Queensland 4211, Australia, solicita la inscripción de: UNIT como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, sombrerería y calzado; ropa (ropa, calzado, sombrerería); ropa, calzado y sombrerería para motocross, estilo libre de motocross, bicicletas de montaña, BMX, surf y estilo casual; ropa, incluyendo camisas, camisetas, polos, interiores, blusas, tops, suéteres, sudaderas, rebecas [cardigans], chaquetas, jerseys [prendas de vestir], pulóveres, abrigos, monos, prendas de punto, parkas, prendas de una sola pieza, vestidos, faldas, pareos, pantalones, calzoncillos, pantalones vaqueros [jeans], overoles, pantalones cortos, mallas, pantalonetas, ropa de deporte, ropa de surf, ropa especial para el ejercicio del monopatmn, ropa de esquí, trajes de baño, ropa de ejercicio, chándales, tops de chándal, pantalones de chándal, ropa de playa, ropa de invierno, trajes incluyendo trajes para la nieve, ropa casual, ropa de calle, ropa interior, pantis, lancería, lencería femenina, ropa de dormir, pijamas, albornoces, delantales, ropa térmica, ropa a prueba de agua, impermeables, ropa resistente a condiciones climáticas extremas, cinturones, pulseras, brazaletes, cintas para la cabeza, bandanas [pañuelos para el cuello], calentadores de piernas, guantes, guantes deportivos, mitones, bufandas, chales, corbatas, calcetines, cintas decorativas; artículos de sombrerería incluyendo sombreros, gorras, gorras de punto, viseras, gorros de baño, boinas, viseras para el sol; Calzado incluyendo, zapatos [zapatillas], calzado de deporte, botas, sandalias, chanclas, patucos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de abril del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Wine Art S. A., cédula jurídica con domicilio en San Pedro de Montes

33 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 33 de Oca, Barrio Dent, de Taco Bell; 200 metros al oeste, 50 metros al sur, Centro Comercial Dent, local número 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Wine Art como marca de servicios en clase: 43. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 servicios de bar de vinos, servicios de bebidas y comidas preparadas, relacionadas con el vino y la cultura del vino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Wine Art Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, de Taco Bell, 200 metros al oeste, 50 metros al sur, Centro Comercial Dent, local N 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la importación, exportación, distribución, comercialización y venta al detalle de vinos de todo tipo y productos relacionados con éstos, así como a cursos y degustaciones relacionadas con el vino, la cultura del vino y productos relacionados, ubicado en San José, San Pedro de Montes de Oca, Barrio Dent, Centro Comercial Dent, local N 5. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de abril del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José. 21 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Pablo Manuel Morales Barboza, soltero, cédula de identidad con domicilio en Chilamate, Puerto Viejo de Sarapiquí, del plantel del M.O.P.T., 300 mts al norte, contiguo a la iglesia Fuente de Vida, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: salsas y condimentos 100% natural y picante. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de enero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de febrero de Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Federico Ureña Ferrero, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Sauflon Pharmaceuticals Limited con domicilio en York Street, Twickenham Middlesex, TVV1 3LP, Reino Unido, solicita la inscripción de: REFINE ONE STEP como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones oftalmológicas, soluciones humectantes y esterilizantes, todo para lentes de contacto; gotas para los ojos, lavado de ojos, preparaciones, sustancias y soluciones para el uso con lentes de contacto, preparaciones y sustancias de limpieza, almacenamiento, desinfección, neutralización y enjuagues para lentes de contacto; soluciones salinas para usar en lentes de contacto; preparaciones médicas para ser usadas por usuarios de lentes de contacto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Josef Dvoracek, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Blue of The Sea C.R. & J.D Limitada, con domicilio en Santa Cruz, Tamarindo, en Tamarindo Business Center, Oficina de P & D Abogados, número 3, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: CACAO LODGE, como marca de servicios en clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de hospedaje y alimentación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 04 de abril del ( IN ). Roberto Antonio García Díaz, casado una vez, cédula de residencia Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Dixie Textiles de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en Pavas, Urbanización Llanos del Sol, casa Nº 40, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DIXIEFILM como marca de comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel adhesivo para envolver y envasar alimentos tanto vegetales como carnes de animales, huevos y queso, para uso comercial, doméstico e industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de abril del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 18 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Lester José Sanchez Robleto, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Tecnologia Express S. A., cédula jurídica con domicilio en 175 al norte, de la Iglesia de San Sebastián, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tecno-Family Black Weekend como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de abastecimiento para terceros, (compra de productos y servicios para otras empresas), demostración de productos, distribución de muestras, presentación de productos en cualquier medio de comunicación, promoción de ventas para terceros, publicidad televisiva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). George Shum Romero, cédula de identidad y Albert Zumbado Wint, cédula de identidad en calidad de apoderados generalísimos de Finolasa, Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Ulloa; costado este, de la plaza de futbol de Lagunilla de Heredia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Dentolin Plus como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar ropa; reparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

34 Pág 34 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ María Gabriela Miranda Loría, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Generalísima de Los Tesoros del Café Sociedad Anónima, cédula jurídica , con domicilio en Barrio El Molino, Apartamentos El Molino, número 1 contiguo al parqueo Doña Leonor, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tesoros del Café como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café. Reservas: De los colores: café, dorado y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de abril del Wendy López Vinda, Registradora. ( IN ). María Gabriela Miranda Loría, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima de Los Tesoros del Café Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Barrio El Molino, Apartamentos El Molino, número 1 contiguo al Parque Doña Leonor, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tesoros del Café como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a beneficio de café, micro beneficio de café, cafetería, ubicado en Cartago Barrio El Molino, de la iglesia de los padres salesianos 200 metros norte y 50 metros sur. Reservas: de los colores: café, dorado y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de abril del Wendy López Vindas, Registradora. ( IN ). Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Jinjiang Fengyuan Umbrella CO., Ltd., con domicilio en Yaoqian Village, Anhai Town, Jinjiang, Fujian, China, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 18 Portabebés; eslingas para llevar o cargar niños paraguas; sombrillas; palos o varillas para paraguas; bastones. Reservas: De los colores: blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 27 de enero del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Laura Zumbado Loría, soltera, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Cosmoagro Sociedad Anónima con domicilio en Palmira Valle, Zona Franca del Pacífico, Carretera Yumbo, Aeropuerto kilómetro 6, bodega 15 y 16, Colombia, solicita la inscripción de: TRIADAMIN como marca de fábrica en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos, agroquímicos y biológicos, para uso agrícola y del hogar, para el sector industrial y agropecuario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de diciembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Laura Zumbado Loría, soltera, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Cosmoagro Sociedad Anónima, con domicilio en Palmira Valle, Zona Franca del Pacífico, Carretera Yumbo, aeropuerto kilómetro 6, bodega 15 y 16, Colombia, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase internacional 49 para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la fabricación y venta de productos agropecuarios y químicos destinados a la industria y sector agropecuario, ubicado en la República de Colombia, Palmira Valle, Zona Franca del Pacífico, Carretera Yumbo, aeropuerto kilómetro 6, bodega 15 y 16. Reservas: De los colores: celeste y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 07 de marzo del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Laura Zumbado Loría, soltera, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Cosmoagro Sociedad Anónima con domicilio en Palmira Valle, Zona Franca del Pacífico, carretera Yumbo, aeropuerto kilómetro 6, bodega 15 y 16, Colombia, solicita la inscripción de: RADIFLEX como marca de fábrica, en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos, agroquímicos y biológicos, para uso agrícola y del hogar, para el sector industrial y agropecuario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 08 de marzo del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. ( IN ). Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de, Timy Jesús Valverde Cruz, soltero, cédula de identidad con domicilio en San Pablo, de la entrada al Residencial Rincón Verde II, cien metros al sur y cien metros al oeste, edificio blanco de tres plantas. Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BLUE KAMIKAZE como marca de comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas alcohólicas excepto cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de octubre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de octubre del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Ricardo Martínez Corrales, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Soluciones Modernas Prefabricadas Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Zapote, Plaza del Castillo, Oficina 36, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMP Hacemos realidad su sueño de vivienda, como señal de propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar la elaboración de viviendas prefabricadas a precio competitivo de mercado, con relación a la marca SMP, expediente de registro Nº Se

35 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 35 cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Alejandro Pacheco Saborío, soltero, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Timy Jesús Valverde Cruz, soltero, cédula de identidad con domicilio en San Pablo, de la entrada al residencial Rincón Verde II, cien metros al sur y cien metros al oeste, edificio blanco de tres plantas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MIGUELITO como marca de comercio en clase: 33 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas excepto cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de octubre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de octubre de Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Tomas Quirós Jiménez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Mercantil Farmacéutica S. A., cédula jurídica con domicilio en Moravia, Barrio Los Colegios, costado norte del parqueo de Pizza Hut, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: mefasa farma como nombre comercial en clase 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización y venta de productos farmacéuticos. Ubicado en San José, Moravia, Barrio Los Colegios, costado norte del parqueo de Pizza Hut. Reservas: De los colores amarillo, azul y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Tomas Quirós Jiménez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Mercantil Farmacéutica S. A., cédula jurídica con domicilio en Moravia, Barrio Los Colegios, costado norte, del parqueo de Pizza Hut, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: mefasa farma como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios: productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos; material para apósitos; material para empastar los dientes y para improtas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: De los colores amarillo, azul y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Carlos Ureña Zúñiga, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Hetero Labs Limited, con domicilio en Hetero Corporate 7-2-A2, Industrial Estate, Sanath Nagar, Hyderabad , Telangana, India, solicita la inscripción de: HETERO LABS, como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la importación, distribución y venta de productos farmacéuticos; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico; aparatos e instrumentos vegetarianos, así como aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y ortopédicos; material de sutura. Ubicado en San José, Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 9 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Carlos Ureña Zúñiga, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hetero Labs Limited con domicilio en Hetero Corporate 7-2-A2, Industrial Estate, Sanath Nagar, Hyderabad , Telangana, India, solicita la inscripción de: HETERO como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la importación, distribución y venta de productos farmacéuticos; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico; aparatos e instrumentos vegetarianos, así como aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y ortopédicos; material de sutura. Ubicado en San José, Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de febrero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 09 de marzo de Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Carlos Ureña Zúñiga, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Hetero Labs Limited con domicilio en Hetero Corporate 7-2-A2, Industrial Estate, Sanath Nagar, Hyderabad , Telangana, India, solicita la inscripción de: HETERO DRUGS como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la importación, distribución y venta de productos farmacéuticos; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico; aparatos e instrumentos vegetarianos, así como aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y ortopédicos; material de sutura. Ubicado en San José, Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 9 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). José Pablo Solano Gómez, soltero, cédula de identidad N , con domicilio en Esparza, 75 este de Palí, Puntarenas, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Salsas, condimentos y especies. Reservas: De los colores: rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de enero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ).

36 Pág 36 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Shenzhen Romoss Technology CO. Ltd., con domicilio en 41F, Eyang Building, N 3 Qimin Road, Songpingshan, Northern Section, I-Li-Tech Industrial Park, Nanshan District, Shenzhen, Guangdong, China, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 9 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: aparato de sistema de posicionamiento global (GPS); cargadores para baterías eléctricas, circuitos integrados, condensadores, transformadores (electricidad), baterías eléctricas; fuentes de alimentación portátiles (baterías recargables); auriculares; auriculares; aparato de transmisión de sonido. Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de noviembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de noviembre del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Franmar S.R.L., con domicilio en Bahía Blanca 875, piso 2 Dpto. B. CP 5000, Ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, Argentina, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de noviembre del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Ryland Empreendimentos e Participações Ltda. con domicilio en: Rua Coronel Moreira Cesar, 229, Sala 1202, Niterói-Río de Janeiro, RJ , Brasil, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de iluminación para hogares, oficinas, edificios, locales comerciales, tiendas, la industria y el alumbrado público (aplicaciones automotrices excluidos); bombillos y luminarias eléctricas tradicionales y; Bombillas LED y luminarias LED. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de noviembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 09 de diciembre del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tracoe Medical GMBH con domicilio en Reichelsheimer STR. 1, Nieder-OLM., Alemania, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: instrumentos médico-técnicos y dispositivos para fines diagnósticos y terapéuticos; tubos médicos, tubos de traqueotomía, tubos anestésicos; cánulas internas para tubos; instrumentos y equipos para suministros médicos; instrumentos y equipos quirúrgicos; botones estoma médicos; respiradores artificiales; aparatos de respiración; aparatos médicos para la anestesia; marcapasos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 11 de diciembre del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Internap Corporation, con domicilio en One Ravinia Drive, Suite 1300, Atlanta, Georgia 30346, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INTERNAP, como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Almacenamiento electrónico de datos; respaldo de datos fuera del sitio; servicios informáticos, a saber, los servicios de proveedores de almacenamiento en la nube; Almacenamiento de datos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de diciembre del Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de diciembre del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Keraben Grupo S. A., con domicilio en carretera nacional 340, km 44,3 del tramo Valencia-Barcelona Nules Castellón, España, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Materiales de construcción no metálicos, especialmente pisos de parqué, tablas de parqué, azulejos cerámicos, baldosas cerámicas, baldosas de gres, baldosas de barro, baldosas de piedra, baldosas de terrazo, baldosas de mármol, baldosas de granito, frisos y molduras decorativas usadas en la construcción. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de diciembre del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark Corporation con domicilio en: edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: PREDNISOLIN, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones antialérgicos y antiflamatorios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de octubre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 26 de noviembre del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

37 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 37 María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Publicidad Virtual Tyconet S. A., cédula jurídica Nº con domicilio en: La Aurora, de la escuela 75 metros al oeste, casa G 6, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de compilación y sistematización de datos informáticos para la venta de prospectos calificados mediante estrategias de publicidad y mercadeo electrónico en Internet. Servicios publicitarios relacionados con bases de datos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de diciembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 15 de diciembre del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Compañía Española de Petróleos S.A.U. con domicilio en Torre Cepsa, Paseo de La Castellana, 259 A, Madrid, España, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase: 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo; combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado; velas y mechas de iluminación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 12 de enero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Shandong Linglong Tyre Co., Ltd., con domicilio en N 777 Jinlong Road, Zhaoyuan City, Shandong Province, P.R., China, solicita la Inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Llantas para automóviles, cubiertas para llantas neumáticas, llantas neumáticas, sólidas, para ruedas de vehículos, llantas para ruedas de vehículos, botines para el recauchutado de llantas, cámaras de aire para llantas neumáticas, llantas, sólidas, para ruedas de vehículos, llantas para ruedas de vehículos, neumáticos no tubulares para bicicletas, ciclos y llantas para aviones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de enero del Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 12 de enero del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Andland Overseas S. A., con domicilio en: edificio Global Bank, oficina 2302, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Lynexa, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales: emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 13 de enero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Comercial Rioverde S. A. con domicilio en: carretera de El Cortijo km 3, Logroño (La Rioja), España, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: diferentes clases de legumbres y vegetales en conserva, tales como pepinillos, aceitunas rellenas, cebollitas, banderillas variadas, todo tipo de encurtidos de ajos alcaparras, alcaparrones y guindillas en conserva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 18 de enero del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Andland Overseas S. A., con domicilio en Edificio Global Bank, oficina 2302, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: DIOPAL, como marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso de anestesia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de febrero del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). María De La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad N , en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark Corporation, con domicilio en Edificio Comosa, primer piso, avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: AryoSeven, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta Ley San José, 22 de febrero del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Andland Overseas S. A., con domicilio en edificio Global Bank,

38 Pág 38 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 oficina 2302, ciudad de Panamá, panamá, solicita la inscripción de: ABBOX, como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de enero del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Susan Bonilla Salazar, soltera, cédula de identidad con domicilio en Escazú Centro, del Mundo del Pan 325 Sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: cotton candy como nombre comercial en clase: 49 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a serigrafía en textiles y otros artículos para la venta, ubicado en Alajuelita, Concepción Abajo, de Pochos Bar, 100 metros al este. Reservas: De los colores: azul blanco y rosado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de abril del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Ricardo Vargas Aguilar, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Hindustan Pencils Private Limited, con domicilio en 510, Himalaya House, 79, Palton Road, Mumbai, India, solicita la inscripción de: SIVO, como marca de fábrica en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 02 de noviembre del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Sofía Rivera Gómez, casada una vez, cédula de identidad Nº con domicilio en: centro, de la farmacia Fischel, 200 metros al norte, 50 metros al este y 25 metros al norte, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de glicerina: argan, patchouli, lemongrass, lavanda, menta, arcilla bentonita, café, cítricos, rosa mosqueta, spirulina, pepita de frambuesa, rosa, árbol de te, sándalo, maderas. Jabones de aceite: mango, menta, karite, cacao, arcilla bentonita, kalendula, lemongrass, rosa, lavanda, sales, café, argán, patchouli, coco, yogurt, árbol de té, spirulina, arcillas, cítricos, maderas. Bálsamos labiales. Crema de baba de caracol. Bloqueador solar, neutro y mango factor 45 fps. Aceites corporales: lavanda, árbol de té, rosa mosqueta, toronja, maderas, eucalipto, sándalo, rosa, geranio, romero. Sales de baño (que no sean para uso médico). Exfoliantes corporales: base sales, base azúcar, base café. Exfoliantes faciales: base sales, base azúcar, base café, cremas faciales, tónicos faciales, desmaquillantes, lociones corporales, desodorantes, shampoo, shampoo sólido, jabón líquido, aceites para barba: lemongrass, patchouli, maderas, cítricos, menta, lavanda, sándalo. Cera para barba y bigote, cera para cabello, aceite para cabello: argán, resino, jojoba. Gel para cabello, gel corporal, mascarillas faciales: arcilla bentonita, arcilla caolín, arcilla roja, arcilla volcánica, avena, zanahoria. Pomada para el cabello. Colonia masculina: patchoulie, maderas, lavanda, cítricos. Loción para afeitado, ungüento: aloe, caléndula, karite (de uso cosmético); Cremas para el cabello. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 02 de marzo del Carlos Rosales Picado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Tecnoquímicas S. A. con domicilio en: calle 23 Nº 7-39 Cali, Colombia, solicita la inscripción de: KOLA GRANULADA TG, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: medicamentos indicados para las deficiencias de vitaminas y minerales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 03 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tecnoquímicas S. A., con domicilio en calle 23 número 7-39 de Cali, Colombia, solicita la inscripción de: MULTI20/20 como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos para la limpieza de lentes de contacto y gafas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Tecnoquímicas S. A., con domicilio en calle 23 número 7-39 de Cali, Colombia, solicita la inscripción de: RINAID, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: medicamentos de uso humano indicado en el tratamiento de la rinitis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Cemex Research Group AG., con domicilio en: Romerstrasse 13, 2555, Brugg Bei Biel, Suiza, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de construcción y servicios de reparación de inmuebles; servicios de asesoría relacionados con la construcción y con el uso de materiales para la construcción (asesoría o información en materia de construcción); pavimentación de carreteras, servicios de instalación de pisos y banquetas;

39 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 39 demolición y trabajos de albañilería, trabajos de yesería; remodelación de inmuebles. Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de diciembre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 16 de marzo del Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Cemex Research Group AG con domicilio en Romerstrasse 13, 2555, Brugg Bei Biel, Suiza, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: materiales de construcción no metálicos, tales como cemento, concreto, mortero, piedra, cal, grava, yeso, loseta, tabiques, ladrillo, tejas, mosaicos, tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún, construcciones transportables no metálicas, tales como módulos, paneles, columnas precoladas y monumentos no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de diciembre de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de marzo de Jaime Phillips Guardado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , República Mexicana, México, solicita la inscripción de: DUALITY como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A., de C.V, con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: BURN como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA ADVENTURE, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A de C.V. con domicilio en: calle 3 Norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA RECONSTRUCT, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 03 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en Calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: EVIDENCE como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Arabela S.A de C V con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque

40 Pág 40 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de servicios en clase: 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: transporte; embalaje y almacenamieno de mercancías; organización de viajes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 04 de marzo de Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 26 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 08 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en Calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD de Toluca, Estado de México. C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como Marca de fábrica y comercio en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 14 Materiales preciosos y aleaciones; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad ; en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar; caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: AIR D ABRIL, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 03 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C. P , México, solicita la inscripción de: ANDERSON, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A de C.V., con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: CONQUISTADOR como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 03 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en Calle 3 Norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: PERSUASION, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación

41 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 41 de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Arabela S. A., de C.V. con domicilio en Calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: DOLLY como marca de fábrica y comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , república mexicana, México, solicita la inscripción de: TENDER LOVE, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 03 de marzo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V con domicilio en Calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A.. de C.V, con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P, 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 8 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Herramientas e instrumentos de mano accionados manualmente; artículos de cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; máquinas de afeitar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 08 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C. V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: TOSCANO, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Mauricio Odio Truque, soltero, cédula de identidad Nº con domicilio en: residencial Málaga casa 11-E, Sabanilla, Montes de Oca, Costa Rica, solicita la inscripción de: KABEK como marca de fábrica y comercio en clases: 29, 30 y 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; en clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca; harinas y preparaciones a base de cereales y en clase 32: cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 27 de abril del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ORTOARABELA como marca de fábrica y comercio en clase: 10 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos y veterinarios; miembros, ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 04 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C. V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: TATOO BY ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de marzo del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

42 Pág 42 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cuero y cuero de imitación; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones, fustas y artículos de guarnicionería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 08 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Arabela S. A., de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102 parque industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA NATURALLY como marca de fábrica y comercio en clase: 3. internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 06 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: STAR GIRL, como marca de fábrica y comercio en clase 3. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 06 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C. V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ORIGINAL GIRLS, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 6 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A., de C.V., con domicilio en Calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: HEROIC como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 6 de abril de Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: LUNATIKA, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 06 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Raquel Susana Salazar Gómez, divorciada una vez, cédula de identidad con domicilio en Jacó, Garabito de Municipalidad; 100 oeste, a mano izquierda, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Artisan Green Room Jacó CR Food & Drink como marca de fábrica en clase: 32. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas artesanales, refrescos a base de plantas y frutas, siropes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 27 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Arabela S. A., de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: STUDIOBELLA como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 07 de abril de Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

43 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 43 Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase 17, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: caucho, gutapercha, goma, amianto y mica en bruto o semielaborados, así como sucedáneos de estos materiales; productos de materias plásticas semielaborados; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles no metálicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 07 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S.A de C.V. con domicilio en Calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de fábrica y comercio, en clase 20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Muebles, espejos, marcos; hueso, cuerno, marfil, ballena o nácar, en bruto o semielaborados; conchas; espuma de mar; ámbar amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 7 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de fábrica y comercio en clase: 28, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Juegos y juguetes; artículos de gimnasia y deporte; adornos para árboles de navidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C V., con domicilio en calle 3 Norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; ana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces; cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: HERO BY ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 3, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 06 de abril del Rolando Cardona Monge, Registrador. ( IN ). Andrés Corrales Guzmán, cédula de identidad Nº , con domicilio en: Mata Redonda, 100 metros sur de Ladrillera Anonos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: revista impresa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de febrero del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 05 de abril del Ildreth Araya Mesén, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Arabela S. A de C.V. con domicilio en Calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de fábrica y comercio, en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 11 Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 07 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Arabela S. A., de C.V. con domicilio en Calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: ARABELA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 07 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. ( IN ).

44 Pág 44 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Silvia Elena Ureña Murillo, soltera, cédula de identidad con domicilio en Santa María de Dota, 300 m este, de la iglesia católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café, tostado, molido, en grano, café soluble, café en pergamino, café miel. Reservas: del color dorado. No hace reserva del término: CAFÉ. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 1 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Susana Quirós Hernández, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en 1 km al sur de hotel Las Espuelas, Cond. El Real Casa N 1 Liberia, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 28 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: juegos y juguetes, adornos para el árbol de navidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de febrero de Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de marzo de Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, cd. de Toluca, estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 08 de marzo del María Leonor Hernández B., Registrador. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P, 50200, México, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en calle 3 norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A., de C.V., con domicilio en calle 3 norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solícita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de gurnicioneria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 08 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S.A de C.V con domicilio en calle 3 norte N 102 parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, estado de México, C.P ; México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materiales plásticas para embalar; caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 08 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en Calle 3 Norte N 102, Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de:

45 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 45 como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares, dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Arabela S. A., de C.V. con domicilio en Calle 3 Norte N 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P , México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de marzo del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Luis Roberto Mata Naranjo, cédula de identidad Nº , en calidad de Apoderado General de Cooperativa de Caficultores de Dota R.L., cédula jurídica Nº , con domicilio en: Santa María de Dota, costado norte de la plaza de deportes, Costa Rica, solicita la inscripción de: Dota Café Privilegios Coopedota desde 1960, como nombre comercial en clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicio de cafetería en diferentes puntos geográficos de Costa Rica. Ubicado en Santa María de Dota, costado norte de la Plaza de Deportes. Reservas: Del color dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de abril del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 21 de abril del María Leonor Hernández B., Registradora. ( IN ). Alexandra Chaverri Alvarado, soltera, cédula de identidad con domicilio en Zapote, de la Casa Presidencial; 200 metros al oeste, 100 al sur y 50 al oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: oe como marca de fábrica y comercio en clases: 3; 14 y 21. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Jabones, productos de perfumería, aceites, esencias y cosméticos. Clase 14: Artículos de joyería y bisutería y en clase 21: Productos de vidrio en bruto y semi-elaborados, vitrofusión para decoración. Reservas: De los colores: Blanco, negro, rosado coral, verde menta y verde turquesa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 28 de abril del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). José Carlos Arce Carvalho, soltero, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Centro Campero Los Reyes, cédula jurídica con domicilio en La Guácima, en la Casa Club del Centro Campero Los Reyes en Ciudad Hacienda Los Reyes, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Los Reyes Country Club. como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de abril del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). José Carlos Arce Carvalho, soltero, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo de Los Reyes S. A., cédula jurídica , con domicilio en La Guácima de Alajuela, Ciudad Hacienda Los Reyes, en las oficinas administrativas de ciudad Hacienda Los Reyes, contiguo a acceso principal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Los Reyes Ciudad-Hacienda como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de abril del Milena Marín Jiménez, Registradora. ( IN ). Alexis Naranjo Gutiérrez, casado una vez, cédula de identidad con domicilio en Santa Cruz de León Cortés; 150 metros de la escuela, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ DON MARCIAL, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de marzo del Grettel Solís Fernández, Registradora. ( IN ). Francisco Javier Reyes Toledo, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Comercializadora de Productos Importados Arca S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en: barrio San José, Curridabat, 25 m. E de Tecni-Gypsum, edificio Duarco planta baja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Royal family, como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos derivados del papel, tales como papel higiénico, toallas de limpieza, toallas higiénicas, servilletas. Reservas: de los colores: rojo, azul, gris y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 11 de mayo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. ( IN ).

46 Pág 46 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Cambio de nombre N Que María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Winner Medical Co. Ltd, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Winner Industries (Shenzhen) Co Ltd. por el de Winner Medical Co. Ltd. Presenta el día 15 de enero del 2016, bajo expediente El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: Registro N WINNER en clase 10 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de enero del Rolando Cardona Monge, Registrador. 1 vez. ( IN ). Marcas de Ganado Solicitud Nº Luis Diego Arroyo Mora, cédula de identidad , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Alajuela, La Guácima 500 oeste del Súper La Canastita. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril del Según el expediente N San José, 14 de abril del Luz Vega, Registradora. 1 vez. ( IN ). Solicitud N José Francisco Ulate López, cédula de identidad , solicita la inscripción de: K L 6 como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, Guatuso, Maquencal de Guatuso, frente a la iglesia católica de Maquencal de Guatuso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 7 de marzo del Según la solicitud N San José, 31 de marzo del Lic. Luz Vega, Registradora. 1 vez. ( IN ). Solicitud N Donald Álvarez Ruiz, cédula de identidad , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, 27 de abril, Hatillo, del Salón Comunal 200 metros sureste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 31 de marzo del Según el expediente N San José, 15 de abril del Viviana Segura De la O, Registradora. 1 vez. ( IN ). Solicitud Nº Donald Álvarez Ruiz, cédula de identidad , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, 27 de Abril, Hatillo, del Salón Comunal 200 metros al sureste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 31 de marzo del Según el expediente N San José, 15 de abril del Viviana Segura De la O, Registradora. 1 vez. ( IN ). Solicitud Nº Jorge Lidier Rodríguez Sibaja, cédula de identidad , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Abangares, La Sierra, San Rafael, del Ebais de Caja Costarricense del Seguro Social, 25 metros este, finca a mano izquierda con un galerón al frente. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de marzo del Según el expediente Nº San José, 13 de abril del Viviana Segura De la O, Registradora. 1 vez. ( IN ). REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Asociaciones civiles Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: , denominación: Asociación Administradora del Acueducto Rural de Desamparaditos de Puriscal. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 12 minutos y 0 segundos, del 25 de abril del Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. ( IN ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: , denominación: Asociación de Médicos Anestesiólogos de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 36 minutos y 2 segundos, del 07 de abril del Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. ( IN ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Unión de Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales de Coto Brus, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Coto Brus, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: coadyuvar con sus asociados en la administración, operación y conservación de los acueductos, de acuerdo con las disposiciones y reglamentos que al respecto emita el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados. Cuyo representante, será el presidente: Francisco Claudio Rodríguez Castro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016, asiento: con adicional(es): Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 15 minutos y 23 segundos, del 25 de febrero del Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. ( IN ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula , denominación: Asociación Administradora del Acueducto Rural de Caracol, Golfito-La Fortuna, Corredores. Por cuanto, dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 55 minutos y 52 segundos, del 03 de marzo del Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. ( IN ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Jóvenes Madiba, con domicilio en la provincia de: Heredia-Belén, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Construir formas de participación ciudadana que incluyan la diversidad y la no discriminación. Cuyo representante, será el presidente: Jhon Jairo González Sánchez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado

47 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 47 para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2015 Asiento: Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 21 minutos y 19 segundos, del 15 de abril del Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. ( IN ). Patentes de Invención PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ La señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula , mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Intercept Pharmaceuticals, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS 11-HIDROXILO DE ÁCIDOS BILIARES Y CONJUGADOS DE AMINO ÁCIDOS DE LOS MISMOS COMO MODULADORES DEL RECEPTOR DE FARNESOID X. Un compuesto de la fórmula (I) o una sal, un solvato o un conjugado de aminoácidos farmacéuticamente aceptable del mismo, en donde R1 es un grupo hidroxilo y R2, R3, R4, R5 y R6 son como se describen en la presente. La presente invención se relaciona en general con agonistas selectivos de FXR y con métodos para su elaboración y uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07J 9/00; C07J 41/00; A61K 31/575; A61P 1/16; C07J 71/00; C07J 31/00; cuyos inventores son Pellicciari, Roberto. Prioridad: 14/05/2013 US 61/823,169; 14/05/2014 WO 2014EP Publicación Internacional: 20/11/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 11:26:45 del 07 de diciembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 26 de febrero del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. ( IN ). El señor Néstor Morera Víquez, cédula N , mayor, abogado, vecino de Heredia, en calidad de apoderado especial de Topokine Therapeutics Inc, de E.U.A., solicita la patente de invención denominada COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA EL SUMINISTRO TÓPICO DE PROSTAGLANDINAS A LA GRASA SUBCUTÁNEA. En la presente se describen composiciones que comprenden un compuesto de agonista de receptor de prostaglandina FP (PFPRA) y un éster de ácido graso (por ejemplo, miristato de isopropilo), que comprende opcionalmente una base 5 de ungüento tal como una base de hidrocarburo (por ejemplo, petrolato) y/o un alcohol orgánico (por ejemplo, propilen glicol), que, cuando se aplica por vía tópica sobre la piel, suministra localmente una cantidad terapéuticamente eficaz del compuesto PFPRA a la grasa subcutánea bajo la piel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; A61K 31/557; A61K 47/06; A61K 47/14; A61K 9/06; cuyos inventores son: Singer, Michael, S, Kalayoglu, Murat, V. Prioridad: 13/05/2013 US 61/822,139; 09/05/2014 WO 2014US Publicación Internacional: 13/11/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 14:30:00 del 10 de diciembre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 30 de marzo del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. ( IN ). El señor Néstor Morera Víquez, mayor, vecino de Heredia, cédula N , en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property (N 2) Limited, de Reino Unido, Anacor Pharmaceuticals Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE BENZOXABOROL TRICÍCLICOS Y USOS DE LOS MISMOS. Se proporcionan compuestos de la fórmula II: en donde X se selecciona a partir de cloro, flúor, bromo y yodo, R1 y R2 se seleccionan cada uno independientemente a partir de H, --CH3, --CH2CH3, -CH2CH2CH3, o --CH(CH3 )2; composiciones que los contienen, su uso en terapia, incluyendo su uso como agentes anti--micobacterianos, por ejemplo, en el tratamiento de una infección micobacteriana en un mamífero, y métodos para la preparación de estos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C01B 35/12; cuyos inventores son Alley, M.R.K., Hernández, Vincent S., Plattner, Jacob J., LI, Xianfeng; Barros-Aguirre, David, Giordano, Ilaria. Prioridad: 09/08/2013 US 61/864,496; 20/12/2013 US 61/918,976; 08/08/2014 WO2014US Publicación Internacional: 12/02/2015 WO2015/ La solicitud correspondiente lleva el N , y fue presentada a las 11:29:00 del 09 de febrero del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 10 de marzo del Walter Campos Fernández, Registrador. ( IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ El señor Marck Van Der Laat Robles, mayor, vecino de San José, cédula N , en calidad de apoderado especial de Bajaj Auto Limited, de India, solicita el Diseño Industrial denominado MOTOCICLETA. La novedad está en las características de la forma y la configuración de una Motocicleta, específicamente en las partes marcadas A (manija de sujeción), B (tanque de gasolina), C (tapa de la horquilla delantera), D (silenciador y tapa), E (extensión de retrovisor), F (llantas de aleación) y G (orientación de la barra de la manija) tal y como se adjunta en las imágenes. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 11/12; cuyo(s) inventor(es) es (son) Pai Sringeri Gopalkrishna, Asheesh Jain. Prioridad: 27/08/2015 IN La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 14:42:36 del 22 de febrero del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 7 de abril del Walter Campos Fernández, Registrador. ( IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, mayor, vecina de Curridabat, cédula , en calidad de apoderada especial de Cemex Research Group AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada MATERIAL DE CONSTRUCCIÓN MOLDEABLE CON FLUJO O ESCURRIMIENTO CONTROLABLE. Material de construcción moldeable con flujo o escurrimiento controlables, que incluye (a) un agente ligante que incluye cenizas volantes que incluyen desde 1.5 % hasta 35 % en peso de CaO y un valor de Pérdida por Ignición (LOI) de 0.5 % a 5.5 % en peso, representando de 10 % a 60 % del peso de agente ligante y escoria de alto horno granulada molida que incluye de 40 % a 70 % en peso de CaO y de 30 a 60 % en peso de SiO2, representando de 40 % a 90 % en peso de agente ligante. (b) un activador que incluye

48 Pág 48 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 reactivos alcalinos seleccionados de entre el grupo compuesto por vidrio soluble. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C04B 28/00; C04B 28/02; C04B 28/08; C04B 7/153; C04B 7/24; C04B 111/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Guerini, Alexander, Escott Pérez, Carlos. Prioridad: 04/10/2013 WO 2013EP Publicación Internacional: 09/04/2015 WO2015/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 11:54:44 del 08 de abril del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 12 de abril del Walter Campos Fernández, Registrador. ( IN ). La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula , mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Cemex Research Group AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PREPARADOS Y FORMACIÓN DE PREPARADOS USADOS EN TECNOLOGÍA DE CONCRETO. Un diseño de mezcla de concreto que tiene una clase de asentamiento de S1 a S5 o una clase de flujo de F1 a F6 y una retención de capacidad de trabajo entre 10 minutos y 120 minutos, que comprende de 150 a 600 kg de cemento por metro cúbico de concreto, agregados seleccionados del grupo que consiste de arena, agregados finos, agregados gruesos o combinaciones de esto que contiene entre 0.5% en peso y 75% en peso de filosilicatos, se caracteriza en que el diseño de mezcla de concreto incluye un sistema 1 de preparado que se basa en 100% de copolímero basado en policarboxilato-éter (PCE), el sistema 1 de preparado que comprende al menos un componente B1 que es un copolímero de PCE. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C04B 28/02; C04B 40/00; cuyo(s) inventor(es) es (son) Rinnhofer, Reinhard Wolfgang, Chiaverini, Jessica, Russo, Alessandro, Strahsberger, Michael, Zanders, Carsten, Chapelat, Julien. Prioridad: 02/08/2013 EP 2013/066296; 01/08/2014 WO 2014EP Publicación Internacional: 05/02/2015 WO2015/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 09:20:00 del 01 de febrero del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 31 de marzo del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. ( IN ). La señora(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, céd , mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada de Adama Makhteshim Ltd., de Israel, solicita la Patente de Invención denominada: AMBIENTE ARTIFICIAL PARA UNA CAPTACIÓN EFICIENTE DE FERTILIZANTES Y OTROS PRODUCTOS AGROQUÍMICOS EN SUELO. Una unidad para la liberación de productos agroquímicos en las raíces de una planta, que comprende una o más zonas de desarrollo radicular y una o más zonas agroquímicas que contienen al menos un producto agroquímico, en donde las zonas agroquímicas están formuladas para liberar el al menos un producto agroquímico en las zonas de desarrollo radicular de una forma de liberación controlada cuando las zonas de desarrollo radicular están hidratadas y en donde la proporción en peso entre las zonas de desarrollo radicular y las zonas agroquímicas en una unidad seca es de 0,05:1 a 0,32:1. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A01G 1/00; A01G 29/00; A01N 25/26; C05G 3/06; cuyos inventores son: Shani, Uri, Vitner, Asher, Ben-Moshe, Matti, Segal, Eran. Prioridad: 15/03/2013 US 61/793,697;14/03/2014 WO 2014IB Publicación Internacional: 18/09/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 8:32:00 del 14 de octubre del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.. San José, 1 de abril del Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador. ( IN ). REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS Gustavo Enrique Calderón Aguiar, mayor, soltero, estudiante de arquitectura, cédula de identidad , domiciliado en San José Zapote; cien metros sur, del Colegio El Rosario solicita la inscripción de su obra individual, artística y divulgada que se titula GUSSA. Se trata de diversos diseños o dibujos que comparten un patrón de una cara feliz y que se realizan sobre muros, contenedores, obras, etc. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº6683. Expediente Curridabat, 07 de abril del Lic. Andrés Hernández Osti, Registrador. 1 vez. ( IN ). DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: SHIH MIN LIN CHANG, con cédula de identidad número , carné número De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº NO. San José, 19 de abril del Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial. 1 vez. ( IN ). HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NANCY MUÑOZ QUESADA, con cédula de identidad número , carné número De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº NO. San José, 25 de abril del Un idad Legal Notarial. Licda. Marjorie Mejías Orozco, Abogada. 1 vez. ( IN ). HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANDREA MARÍA ARIAS SANCHO, cédula de identidad número , carné profesional De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes

49 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 49 a esta publicación. Expediente Nº NO. San Pedro, 29 de abril del Unidad Legal, Notarial. MSc. Jeffry Juárez Herrera, Abogado. 1 vez. ( IN ). AMBIENTE Y ENERGÍA SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN CONVOCATORIA PÚBLICA El suscrito Julio Jurado Fernández, Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación y representante de la Autoridad Administrativa CITES, convoca Asamblea para la designación de representantes de las ONGs y Sector Productivo, a los siguientes interesados: 1. ONGs viernes 1 de julio del 2016 a las 9.00 horas en el Parque Ecológico del SINAC (Antiguo INBioparque). 2. Sectores Productivos viernes 1 de julio del 2016 a las horas en el Parque Ecológico del SINAC (Antiguo INBioparque) Los alcances de la designación están establecidos en el Decreto Ejecutivo N MINAE Regulación de la Autoridad Administrativa y Autoridades Científicas de la Convención Internacional para el Comercio de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES) visible en el sitio Web Para participar en la asamblea, los interesados deberán acreditar los siguientes requisitos de manera previa: 1. Título habilitante para realizar investigación científica, igual o superior a licenciatura. 2. Certificación del colegio profesional respectivo de que se encuentra al día en las cuotas y activo. 3. Experiencia comprobada en el tema de su especialidad. 4. Publicaciones de carácter científico realizadas sobre el tema de su especialidad. La acreditación se realizará ante la Asesoría Jurídica de la Secretaría Ejecutiva del SINAC, localizada físicamente en Barrio Tournón, 300 metros al sur de la entrada principal de la ULACIT, oficinas del SINAC primer piso. El periodo de acreditaciones será a partir del día hábil posterior a la publicación en La Gaceta y cerrará a las quince horas del día 24 de junio de No serán de recibo acreditaciones incompletas. Las personas físicas acreditadas deberán exhibir su cédula de identidad o de residencia en su caso, en cualquier momento que le sea requerido durante la asamblea y sus actos preparatorios. Julio Jurado Fernández, Firma de responsable. 1 vez. O. C. N DFC Solicitud N ( IN ). DIRECCIÓN DE AGUA EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Exp. 6881A. Inversiones Avenida de las Américas S. A., solicita concesión de: 20 litros por segundo de la Quebrada Mineral, efectuando la captación en finca de su propiedad en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano doméstico y turísticopiscina, hotel y restaurante. Coordenadas / hoja Fortuna. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 07 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. 7466A. Manuel Retana Romero, solicita concesión de: 0,03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio (Alajuelita), Alajuelita, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas / hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 29 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. Daisy María Vargas Gamboa solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge Alexis Fallas Castro en Guaitil, Acosta, San José, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 01 de abril de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. Patricia, Rodríguez Gamboa, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Harosa de San Carlos S. A., en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuarioabrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas / hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 30 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 17055A. Sociedad de Usuarios de Agua San Juanillo, solicita concesión de: 0,14 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo; 0,45 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo; 0,31 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo; 0,13 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo; 0,14 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo; 0,11 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rosa y María Méndez Rojas en San José (Naranjo), Naranjo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Naranjo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 01 de abril de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 5759A. Adolfo Rivas Muñoz, solicita concesión de: 10 litros por segundo del río Colorado, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero, lechería y riego-pasto. Coordenadas / hoja Curubande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo

50 Pág 50 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 07 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. Nº 11281A. Rebeca Rodríguez Gamboa solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Harosa de San Carlos S. A. en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, para uso Agropecuario - Abrevadero y Consumo Humano - Doméstico. Coordenadas / hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 30 de marzo de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 16996A. Select Properties Costa Rica Inc. S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Corporación Select Properties C. R. Inc S. A., en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Coronado. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 19 de abril del Departamento de Información. Manuel García Interián, Coordinador. ( IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Exp. N 16991A. Iván Eduardo Chinchilla Vargas, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Alberto Fallas Blanco en Platanares, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja repunta. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 29 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp 3339A. Agritec S. A., solicita concesión de: 22 litros por segundo del río Vigia, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Roque (Grecia), Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-riego de café y caña. Coordenadas / hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 05 de abril del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. Francisco Hernández Díaz y otro, solicita concesión de: 0,35 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso Agropecuario Granja - abrevadero y Agropecuario - Riego. Coordenadas / hoja Curubande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 27 de enero de Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. ( IN ). Exp 16904A. José Cleto Ulate Murillo y otra, solicitan concesión de: 0,93 litros por segundo del Río San Jerónimo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero y riego. Coordenadas / hoja Cañas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 27 de enero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. José Ángel Montiel Montiel y otro, solicitan concesión de: 0,53 litros por segundo de la Quebrada Grande, efectuando la captación en finca de Fernando Vargas Porizuela en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero y riego. Coordenadas / hoja Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 06 de enero de Douglas Alvarado Rojas, Coordinador, Departamento de Información. ( IN ). Exp. N 16842A. Daisy González Robles, solicita concesión de: 0,53 litros por segundo de la Quebrada Grande, efectuando la captación en finca de Fernando Vargas Brizuela en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas / hoja Curubande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Departamento de Información. San José, 05 de enero del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. Yorleny Chavarría Noguera y otro, solicitan concesión de: 0,35 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Francisco Hernández Díaz en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero y riego. Coordenadas / hoja Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 06 de enero de Douglas Alvarado Rojas, Coordinador, Departamento de Información. ( IN ). Exp. N 16840A. Marlen Castillo Sánchez y otro, solicita concesión de: 0,53 litros por segundo de la Quebrada Grande, efectuando la captación en Finca Fernando Vargas Brizuela en Mayorga, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-riego y abrevadero. Coordenadas / hoja Curubande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 05 de enero delo Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 16836A. Carlos Lozano Lozano y Luz Herrera Quesada, solicitan concesión de: 1,32 litros por segundo de la Quebrada Bejuquito, efectuando la captación en finca de Luis Ordóñez Dávila en Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuarioriego. Coordenadas / Hoja Tempisque. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 15 de diciembre del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. José Álvarez Salazar, solicita concesión de: 0,43 litros por segundo del río Pijije, efectuando la captación en finca del mismo en Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario granja, abrevadero y riego. Coordenadas / hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 06 de enero de Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información. ( IN ). Exp. N 16846A. Miguel Ángel Salazar Núñez, solicita concesión de: 1,56 litros por segundo de la Quebrada La Gata, efectuando la captación en finca del mismo en San Juan,

51 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 51 Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario, abrevadero y riego. Coordenadas / Hoja Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 6 de enero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp P. Sonrow Enterprise S. A., solicita concesión de: 1,09 litros por segundo del Pozo Artesanal, efectuando la captación en finca de Sonrow Enterprise S. A. en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso Autoabastecimiento en Condominio. Coordenadas / hoja Cahuita. 1,09 litros por segundo del acuífero Pozo Arteasanal, efectuando la captación por medio del pozo en finca de Sonrow Enterprise S. A. en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso Autoabastecimiento en Condominio Coordenadas / hoja Cahuita. 1,09 litros por segundo del acuífero Pozo Artesanal, efectuando la captación por medio del pozo en finca de Sonrow Enterprise en Cahuita, Talamanca, Limón, para uso Autoabastecimiento en Condominio Coordenadas / hoja Cahuita. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 06 de abril de Departamento de Información Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 17061A. Marvin Trejos Chavarría, solicita concesión de: 1,5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Instituto Desarrollo Agrario, en San Juan de Mata, Turrubares, San José, para uso industrial. Coordenadas / Hoja Barranca. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 18 de abril de Departamento de Información. Manuel García Interián, Coordinador. ( IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Exp A. Suerkata SRL, solicita concesión de: 1,3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vara Blanca, Heredia, Heredia, para uso industria. Coordenadas / hoja Poás. 1,38 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vara Blanca, Heredia, Heredia, para uso industria. Coordenadas / hoja Poás. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 01 de abril de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 8030A. Inversiones Tres Mil Cuarenta y Siete S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio (Alajuelita), Alajuelita, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-frutal. Coordenadas / hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 11 de febrero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp P. Fundición Crisol S. A., solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-84 en finca de Anexión Bed And Breakfast S. A. en San Nicolás, Cartago, para uso consumo humano-doméstico e industria-metalúrgica. Coordenadas / hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 25 de febrero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 15372P. Phuket Island Lands Corpo. S. A., solicita concesión de: 0,1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo PC-41 en finca de su propiedad en Bejuco, Nandayure, Guanacaste, para uso consumo humano piscina y riego de zonas verdes. Coordenadas / hoja Puerto Coyote. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 11 de enero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp P. Extrusiones de Aluminio S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo NA-1000 en finca de su propiedad en San Roque, Grecia, Alajuela, para uso agropecuario-riego. Coordenadas / hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 27 de agosto del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 16610P SRL, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo GA-303 en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas / Hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Departamento de Información. San José, 30 de marzo del Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp 16665P. Flamingo Dive Adventures S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-526 en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas / hoja Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 08 de febrero de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 16804P. Papohaku Beach Ltda., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo QP-69 en finca de Selva Musical de Manuel Antonio S. A. en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 28 de abril del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp 16945P. Kelly Patrick Mcginnis, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Pozo RA-109, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas / hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 11 de febrero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ).

52 Pág 52 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Expediente Nº 13531P. Development Gold Coast S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BE-315 en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano - doméstico, industria y riego - ornamentales. Coordenadas / hoja Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 01 de marzo de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp A. Marilamar S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del Nacimiento Riba 1, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmichal, Acosta, San José, para uso consumo humano-doméstico, industria-envasado de agua y agropecuario-riego. Coordenadas / hoja ABRA. 2 litros por segundo del Nacimiento Riba 2, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmichal, Acosta, San José, para uso consumo humano-doméstico, industriaenvasado de agua y agropecuario-riego. Coordenadas / hoja Abangares. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 25 de febrero de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 16399P. Merlin de los Ángeles Solano Herrera, solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AR-32 en finca de en Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano doméstico y agropecuario - riego. Coordenadas / hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 15 de febrero de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. 5297A. Corporación Pipasa S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del Río Aranjuez, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario-abrevadero. Coordenadas / hoja Juntas. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 15 de febrero del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp 17024P. Arena Sureña de Costa Rica S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-103 en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico y piscina. Coordenadas / hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de marzo de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 11613P. Mundo Feliz S. A., solicita concesión de: 2,7 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BA-806 en finca de su propiedad en San Isidro, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuarioriego-pasto. Coordenadas / hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 18 de enero de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 17023P S.R.L., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo COR-42, efectuando la captación en finca de Noctis Umbra S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico y piscina. Coordenadas / hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de marzo del Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 14074P. Hospedaje San Martín de Osa S. A., solicita concesión de: 0,5 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DM-134 en finca de Hospedaje San Martín de Osa S. A., en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso doméstico, piscina y riego. Coordenadas / hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 07 de abril de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). Exp. N 17047P S.R.L., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo COR-42 en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / Hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 18 de abril del Departamento de Información. Manuel García Interián, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 17071P SRL, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas / hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 19 de abril de Departamento de Información. Manuel García Interián, Coordinador. ( IN ). Expediente Nº 11445A. Jorge Luis Retana Ureña, y otros solicitan concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jardín, Dota, San José, para uso agropecuarioabrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas / hoja Tapantí. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 25 de abril de Departamento de Información. Douglas Alvarado Rojas, Coordinador. ( IN ). TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES EDICTOS Registro Civil-Departamento Civil SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Hernally del Socorro Valdivia Blandón, se ha dictado la resolución N , que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del tres de marzo de dos mil dieciséis. Exp. N Resultando 1º... 2º... Considerando: I. Hechos Probados:... II. Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquense los

53 La Gaceta Nº 105 Miércoles 1 de junio del 2016 Pág 53 asientos de matrimonio de Pedro José Rodríguez González y Hernally Valdivia Blandón, en el sentido que el nombre de la cónyuge es Hernally del Socorro, de nacimiento de Andy Eli Rodríguez Valdivia y de Yeni Abigail Rodríguez Valdivia, en el sentido que el nombre de la madre es Hernally del Socorro. Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General. Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe Sección Acto Jurídicos. 1 vez. ( IN ). Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Cristina Núñez Dávila, se ha dictado la resolución N , que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas cuarenta y nueve minutos del once de marzo del dos mil dieciséis. Exp. N Resultando Considerando: I. Hechos probados:... II. Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Geilin Damaris Cruz Dávila, en el sentido que los apellidos de la madre son Núñez Dávila. Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil. Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe. 1 vez. ( IN ). AVISOS Registro Civil Departamento Civil SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES Avisos de solicitud de naturalización Darvin Ariel Cabrera Montenegro, mayor, soltero, operario de mantenimiento, nicaragüense, cédula de residencia número , vecino/a de El Carmen, La Unión, Cartago, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp San José, a las 9:58 horas del 15 de diciembre de Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í. 1 vez. ( IN ). Marisela Avendaño Urbina, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N , vecina de San Carlos, Aguas Zarcas, Alajuela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N San José, a las 10:11 horas, del 14 de abril del Vinicio Mora Mora, Jefe a. í. 1 vez. ( IN ). CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA UNIDAD ESPECIAL DE INTERVENCIÓN Modificación al Programa de Adquisiciones Proyectado para el año 2016 EL Plan de Compras se encuentra de libre acceso en COMPRA RED y SICOP. Unidad Especial de Intervención. Comisario Miguel Torres Sanabria, Jefe de Operaciones. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). CULTURA Y JUVENTUD CENTRO CULTURAL E HISTÓRICO JOSÉ FIGUERES FERRER MODIFICACIÓN AL PLAN ANUAL DE COMPRAS 2016 De conformidad con la modificación a la Ley de Contratación Administrativa, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 04 de julio del 2006, y con el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la Primera Modificación al Plan Anual de Compras para el año 2016 se encuentra a disposición en la página del Ministerio de Cultura y Juventud y en la página de Mer-Link Fernando González Vásquez, Director. 1 vez. O. C. N 002. Solicitud N ( IN ). CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL ÁREA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS-PEC SUBÁREA PROGRAMACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ADDÉNDUM PLAN ANUAL DE COMPRAS 2016 Lic. Jorge A. González Cuadra, Jefe. 1 vez. O. C. N Solicitud N ( IN ). LICITACIONES TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA Contratación de alquiler de edificio para albergar la rectoría regional Pacífico Central del CONAPDIS, en el cantón Central de la provincia de Puntarenas La Unidad de Proveeduría institucional del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad, invita a participar a potenciales oferentes del cantón central de la provincia de Puntarenas, en la Licitación Abreviada 2016LA Contratación de alquiler de edificio para albergar la rectoría Regional Pacífico Central del CONAPDIS, en la provincia de Puntarenas. Los interesados podrán adquirir el cartel de la licitación, en el sistema COMPRARED de forma digital, o bien puede ser solicitado al correo electrónico agutierrez@cnree.go.cr. Para mayor información puede llamar a la analista de compras Licda. Ana Silvia Gutiérrez Noguera al teléfono Las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado en la Unidad de Proveeduría Institucional, ubicada en La Valencia de Heredia, 200 metros norte de Jardines del Recuerdo carretera hacia Heredia, hasta las 10:00 horas del día 13 de junio de 2016, o bien presentar en forma digital mediante COMPRA RED V2. Heredia, 20 de mayo de Lic. Jorge Sánchez Morales, Proveedor Institucional. 1 vez. ( IN ).

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! Firmado CARLOS digitalmente por ALBERTO CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) PEREZ Fecha: 2016.08.09 15:18:34-06'00' (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 8 de agosto del 2016 AÑO CXXXVIII

Más detalles

CERRADA A PARTIR DEL MEDIODÍA DEL DÍA JUEVES 10 DE MARZO

CERRADA A PARTIR DEL MEDIODÍA DEL DÍA JUEVES 10 DE MARZO CARLOS ALBERTO RODRIGUE Z PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.03.07 15:54:18-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 8 de marzo del 2016 AÑO

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 6 de julio del 2016

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 6 de julio del 2016 CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.07.05 15:29:35-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 6 de julio del 2016 AÑO

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 18 de agosto del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 18 de agosto del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 18 de agosto del 2017 AÑO CXXXIX Nº 156 96 páginas Si usted es usuario del sector público de nuestro servicio de publicaciones en los Diarios Oficiales y necesita

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 27 de julio del 2016

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 27 de julio del 2016 CARLOS ALBERTO RODRIGUE Z PEREZ (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 27 de julio del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 144 96 páginas Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha:

Más detalles

Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 16 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N N N NOTIFICACIONES

Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 16 de febrero del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS N N N NOTIFICACIONES Año CXXXIX San José, Costa Rica, jueves 16 de febrero del 2017 42 páginas ALCANCE N 35 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40142 N 40187 N 40197 NOTIFICACIONES PODER JUDICIAL Imprenta Nacional La Uruca, San José,

Más detalles

ACUERDO No CONSIDERANDO:

ACUERDO No CONSIDERANDO: ACUERDO No. 11578 Revaloración Salarial de los Puestos de Máximos Jerarcas de Ministerios y otros Puestos de Confianza de Ministerios Segundo Semestre de La Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Ordinaria

Más detalles

DESCÁRGUELOS GRATIS EN

DESCÁRGUELOS GRATIS EN RICARDO SOTO ARROYO (FIRMA) Firmado digitalmente por RICARDO SOTO ARROYO (FIRMA) Fecha: 2017.08.03 13:39:53-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 4 de agosto del 2017 AÑO CXXXIX Nº 147 44 páginas

Más detalles

ACTA ORDINARIA Nº

ACTA ORDINARIA Nº 0 0 0 ACTA ORDINARIA Nº -0 Sesión ordinaria número treinta y cinco de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, celebrada a las dieciséis horas con cero minutos el diecinueve de octubre de dos mil

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 13 de junio del Adquiera su Colección Digital! DESCÁRGUELOS GRATIS EN.

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 13 de junio del Adquiera su Colección Digital! DESCÁRGUELOS GRATIS EN. digitalmente por CARLOS ALBERTO Firmado CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) RODRIGUEZ Fecha: 2017.06.12 14:59:15 PEREZ (FIRMA) -06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 13 de junio del 2017 AÑO

Más detalles

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Ref.N 013-2015-MTSS DECRETO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3), 18), 20 y 146 y lo establecido

Más detalles

INCOFER COMPRA MADERA PARA CAMBIO DE VÍAS Y PUENTES

INCOFER COMPRA MADERA PARA CAMBIO DE VÍAS Y PUENTES La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 28 de noviembre del 2008 270,00 AÑO CXXX Nº 231-80 Páginas INCOFER COMPRA MADERA PARA CAMBIO DE VÍAS Y PUENTES Pág. 42 Mediante Licitación Pública Nº 2008-000007-01,

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 27 de enero del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 27 de enero del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 27 de enero del 2017 AÑO CXXXIX Nº 20 36 páginas Pág 2 La Gaceta Nº 20 Viernes 27 de enero del 2017 PODER EJECUTIVO CONTENIDO PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO

Más detalles

Gracias. 180 años al servicio de un país, de la mano de nuestros valores con paso firme hacia el futuro.

Gracias. 180 años al servicio de un país, de la mano de nuestros valores con paso firme hacia el futuro. CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.09.21 14:43:54-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 22 de setiembre del 2016

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO Nº MEP-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA A.I. DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO EJECUTIVO Nº MEP-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA A.I. DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DECRETO EJECUTIVO Nº 39851 -MEP-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LA MINISTRA A.I. DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En uso de las atribuciones que les confieren los incisos

Más detalles

Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 7 de julio del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ N 77-P N 78-H

Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 7 de julio del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS DIRECTRIZ N 77-P N 78-H Año CXXXIX San José, Costa Rica, viernes 7 de julio del 2017 54 páginas ALCANCE N 166 PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40447-MGP N 40448-MGP N 40450-MGP N 40454-MEIC-COMEX N 40460-MGP N 40461-MGP N 40467-COMEX

Más detalles

ACUERDO No La Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Ordinaria No , celebrada a las once horas del 09 de agosto del 2012.

ACUERDO No La Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Ordinaria No , celebrada a las once horas del 09 de agosto del 2012. ACUERDO No. 9970 Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De la Serie de Fiscalización Superior de las Entidades Públicas, Ministerios y Órganos Adscritos Segundo Semestre de 2012 La Autoridad

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 27 de julio del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 27 de julio del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 27 de julio del 2017 AÑO CXXXIX Nº 142 76 páginas Al público en general: Le informamos que el viernes 28 de julio nuestras oficinas en la Uruca y en el Registro Nacional

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 18 de mayo del AÑO CXXXIX Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 18 de mayo del AÑO CXXXIX Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 18 de mayo del 2017 AÑO CXXXIX Nº 93 68 páginas Si usted es usuario del sector público de nuestro servicio de publicaciones en los Diarios Oficiales y necesita tramitar

Más detalles

Se autoriza al Gobierno a suscribir el aumento general de sus recursos

Se autoriza al Gobierno a suscribir el aumento general de sus recursos COMISIÓN DE HACIENDA CARPETA Nº 1250 DE 2016 REPARTIDO Nº 513 AGOSTO DE 2016 FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) Se autoriza al Gobierno a suscribir el aumento general

Más detalles

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto No. 36977 - H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

Más detalles

NUESTROS JERARCAS JUNTA DIRECTIVA:

NUESTROS JERARCAS JUNTA DIRECTIVA: NUESTROS JERARCAS Con la promulgación de la Ley General de la Persona Joven, N 8261, se crea el Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven (Artículo 11), órgano con desconcentración máxima

Más detalles

Gracias. 180 años al servicio de un país, de la mano de nuestros valores con paso firme hacia el futuro.

Gracias. 180 años al servicio de un país, de la mano de nuestros valores con paso firme hacia el futuro. CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.09.22 14:33:59-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 23 de setiembre del 2016

Más detalles

PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI 2016)

PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI 2016) PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL (POI 2016) SETIEMBRE 2015, ELABORADO: MARIA OTAROLA PRESENTACIÓN El presente documento contiene el Plan Operativo Institucional para el período 2016, el cual comprende la articulación

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del 2016

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del 2016 Firmado digitalmente CARLOS por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ RODRIGUEZ (FIRMA) Fecha: 2016.09.28 PEREZ (FIRMA) 15:29:49-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 29 de setiembre del 2016

Más detalles

H Decreto Ejecutivo N º H LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

H Decreto Ejecutivo N º H LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto Ejecutivo N º 40280-H H-0020 LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la

Más detalles

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Sección A- Comisión Administradora del Tratado, Coordinadores del Tratado y Administración de los Procedimientos de Solución de Controversias Artículo 17.1 Comisión

Más detalles

Ministerio de Comercio Exterior Informe de Seguimiento Semestral Ejercicio Económico Dirección General de Presupuesto Nacional

Ministerio de Comercio Exterior Informe de Seguimiento Semestral Ejercicio Económico Dirección General de Presupuesto Nacional Ministerio de Comercio Exterior Informe de Seguimiento Semestral Ejercicio Económico 2014 Dirección General de Presupuesto Nacional 1. ANÁLISIS INSTITUCIONAL 1.1 Competencias El Ministerio de Comercio

Más detalles

ACUERDO MINISTERIAL No

ACUERDO MINISTERIAL No ACUERDO MINISTERIAL No. 483-2009 Guatemala, 26 de junio del 2009 EL MINISTRO DE ECONOMIA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE COOPERACIÓN EXTERNA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE COOPERACIÓN EXTERNA MINISTERIO DE SALUD DE EL SALVADOR MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA UNIDAD DE COOPERACIÓN EXTERNA San Salvador, junio de 2012. Ministerio de Salud Viceministerio de Políticas de Salud Dirección

Más detalles

ORGANIZACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DEPARTAMENTALES DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y COMUNITARIO (SED-FMC)

ORGANIZACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DEPARTAMENTALES DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y COMUNITARIO (SED-FMC) DECRETO SUPREMO Nº 25286 DE 30 DE ENERO DE 1999 ORGANIZACIÓN, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LOS SERVICIOS DEPARTAMENTALES DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL Y COMUNITARIO (SED-FMC) HUGO BÁNZER SUÁREZ PRESIDENTE

Más detalles

COSTA RICA DECRETA ADHESIÓN AL TRATADO DE BUDAPEST

COSTA RICA DECRETA ADHESIÓN AL TRATADO DE BUDAPEST La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 11 de junio del 2008 235,00 AÑO CXXX Nº 112-84 Páginas MATERIA DE PATENTES COSTA RICA DECRETA ADHESIÓN AL TRATADO DE BUDAPEST Pág. 2 DECRETO Nº 34552-RE. El Dr.

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 29 de setiembre del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 29 de setiembre del 2015 CARLOS Firmado digitalmente por ALBERTO CARLOS RODRIGUE ALBERTO RODRIGUEZ Z PEREZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2015.09.28 (FIRMA) 15:34:34-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 29 de setiembre del 2015

Más detalles

YA ESTÁ A LA VENTA! Adquiera ambos tomos por 6.000

YA ESTÁ A LA VENTA! Adquiera ambos tomos por 6.000 La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 17 de julio del 2017 AÑO CXXXIX Nº 135 60 páginas YA ESTÁ A LA VENTA! Adquiera ambos tomos por 6.000 Para mayor información comuníquese al 2296-9570, extensión 301

Más detalles

ACUERDO No Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2017

ACUERDO No Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2017 ACUERDO No.11699 Revaloración Salarial para las Clases de Puestos De la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2017 La Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Extraordinaria No. 03-2017,

Más detalles

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto No. 38035 - H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

Más detalles

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! CARLOS ALBERTO RODRIGU EZ PEREZ (FIRMA) Firmado digitalmente por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) Fecha: 2016.02.10 14:58:35-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 11 de febrero del 2016 AÑO

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCION No. 222-07 QUE EMITE EL ACTA DE ACEPTACIÓN FINAL DEL PROYECTO SALAS EXTENSION SANTIAGO RODRIGUEZ, RED DE AREA LOCAL INALAMBRICA Y AUTORIZA

Más detalles

DECLARACIÓN DE RÍO DE JANEIRO

DECLARACIÓN DE RÍO DE JANEIRO 16-18 de junio Río de Janeiro, Brasil DECLARACIÓN DE RÍO DE JANEIRO Nosotros, los representantes de los organismos nacionales de ciencia, tecnología e innovación de los países de América Latina y el Caribe,

Más detalles

San José, 31 de agosto de 2016 STAP

San José, 31 de agosto de 2016 STAP Página 1 de 5 Sylvie Durán Salvatierra Ministra Ministerio de Cultura y Juventud Licenciado William Kelly Picado Auditor Interno Ministerio de Cultura y Juventud Natalia Camacho Monge Consejo Nacional

Más detalles

Gaceta Nº 87 del 10 de mayo de Reforma Juntas Directivas de Autónomas Creando Presidencias Ejecutivas

Gaceta Nº 87 del 10 de mayo de Reforma Juntas Directivas de Autónomas Creando Presidencias Ejecutivas Gaceta Nº 87 del 10 de mayo de 1974. Reforma Juntas Directivas de Autónomas Creando Presidencias Ejecutivas N 5507 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA DECRETA: Artículo 1º.- A fin de

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO N MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

DECRETO EJECUTIVO N MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA DECRETO EJECUTIVO N 39437-MINAE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA Con fundamento en las potestades conferidas en los artículos 140, incisos 8) y 18), 141 y 146 de la Constitución

Más detalles

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105

Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 Alcance Digital Nº 29 a La Gaceta Nº 105 DIARIO OFICIAL AÑO CXXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 1º de junio del 2011 5 Páginas PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Nos. 31-MP,

Más detalles

PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PODER LEGISLATIVO PODER EJECUTIVO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ALCANCE DIGITAL Nº 67 Año CXXXV San José, Costa Rica, lunes 15 de abril del 2013 Nº 71 PODER LEGISLATIVO LEYES PODER EJECUTIVO DECRETOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ADJUDICACIONES 2013 Imprenta Nacional

Más detalles

DECRETO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DECRETO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ref. No. 014-MTSS-2014 DECRETO N 38874-MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Con fundamento en las atribuciones que les confieren el artículo 140, incisos 3), 18)

Más detalles

Decreto No H EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA

Decreto No H EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA Decreto No. 37507-H EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos

Más detalles

Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura

Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura Fomento de sinergias intersectoriales para reducir la vulnerabilidad de la agricultura ante el cambio climático: experiencias de México, Costa

Más detalles

PODER EJECUTIVO DECRETOS

PODER EJECUTIVO DECRETOS Año CXXXIX San José, Costa Rica, lunes 7 de agosto del 2017 7 páginas ALCANCE N 191 PODER EJECUTIVO DECRETOS Imprenta Nacional La Uruca, San José, C. R. PODER EJECUTIVO DECRETOS N 40540 - H El PRESIDENTE

Más detalles

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA DECRETO No. 39369-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 1490-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 40. Año CXXXVI San José, Costa Rica, viernes 8 de agosto del 2014 Nº 152 PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

ALCANCE DIGITAL Nº 40. Año CXXXVI San José, Costa Rica, viernes 8 de agosto del 2014 Nº 152 PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ALCANCE DIGITAL Nº 40 Año CXXXVI San José, Costa Rica, viernes 8 de agosto del 2014 Nº 152 PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECTRIZ N 012- MTSS-2014 DILIGENCIAS DE IMPLEMENTACION

Más detalles

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y

Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: fax: y Ministerio del Ambiente y Energía Secretaría Técnica Nacional Ambiental SETENA Tel: 2234-3420 fax: 2253-7159 y 2225-8862 www.setena.go.cr Resolución Nº 2290-2016-SETENA EL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

Más detalles

Capítulo XIX Administración del Tratado

Capítulo XIX Administración del Tratado Capítulo XIX Administración del Tratado Artículo 19.1: Comisión Administradora 1. Las Partes establecen la Comisión Administradora, integrada por los funcionarios de cada Parte a nivel ministerial a que

Más detalles

ACUERDO No CONSIDERANDO:

ACUERDO No CONSIDERANDO: ACUERDO No. 11577 Revaloración de la Escala de Sueldos de la Administración Pública e Índices Salariales para Entidades y Órganos cubiertos por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria Segundo Semestre

Más detalles

AVISO PARA EL PÚBLICO EN GENERAL

AVISO PARA EL PÚBLICO EN GENERAL Firmado CARLOS digitalmente CARLOS ALBERTO por ALBERTO RODRIGU RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) EZ PEREZ Fecha: (FIRMA) 2016.07.27 15:21:47-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 28 de julio del 2016 AÑO

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 20 de setiembre del AÑO CXXXIX Nº páginas. Estimado usuario:

La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 20 de setiembre del AÑO CXXXIX Nº páginas. Estimado usuario: La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 20 de setiembre del 2017 AÑO CXXXIX Nº 178 60 páginas Estimado usuario: Si necesita consultar alguna Gaceta o Boletín Judicial anterior al año 2005 comuníquese

Más detalles

ACUERDOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

ACUERDOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ALCANCE DIGITAL Nº 78 Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 15 de junio del 2012 Nº 116 PODER EJECUTIVO ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Nos. 554-P, 570-P, 572-P, 577-P, 579-P, 585-P, 586-P, 587-P

Más detalles

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA CONSIDERANDO:

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA CONSIDERANDO: DGPN-H-001-2017 DECRETO No. 40122-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución

Más detalles

Nº H. El Presidente de la República. y el Ministro de Hacienda.

Nº H. El Presidente de la República. y el Ministro de Hacienda. H- -2017 Nº ---------------------H El Presidente de la República y el Ministro de Hacienda. Con fundamento en los artículos 140 incisos 3), 18) y 146 de la Constitución Política, los artículos 27 y 28

Más detalles

EPS Insumos Básicos para la Construcción de Viviendas, C.A.

EPS Insumos Básicos para la Construcción de Viviendas, C.A. EPS Insumos Básicos para la Construcción de Viviendas, C.A. Marco Normativo Institucional Misión Garantizar los insumos básicos para la construcción de viviendas a bajos costos y de calidad, a los fines

Más detalles

N MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. Considerando:

N MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. Considerando: N 24685-MEIC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 18 del artículo 140 de la Constitución Política, 28.2.b

Más detalles

Taller de coordinación sobre agronegocios en Centroamérica

Taller de coordinación sobre agronegocios en Centroamérica Taller de coordinación sobre agronegocios en Centroamérica Versión Preliminar 9 y 10 de abril de 2013 San José, Costa Rica Antecedentes El Consejo Agropecuario Centroamericano (CAC) es el órgano del Sistema

Más detalles

Prioridades y Estrategias de la Cooperación Española en Centroamérica. Olga del Pino

Prioridades y Estrategias de la Cooperación Española en Centroamérica. Olga del Pino Seminario Internacional: La cooperación en los acuerdos de asociación entre América Latina y la Unión Europea: las experiencias de Chile y México y la perspectiva de Centroamérica Prioridades y Estrategias

Más detalles

DECRETO Nº31174-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

DECRETO Nº31174-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA DECRETO Nº31174-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; 27

Más detalles

N P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

N P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA N 4199--P EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En uso de las facultades que le confiere el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, El siguiente DECRETAN: Reglamento

Más detalles

DECRETO EJECUTIVO Nº C EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD

DECRETO EJECUTIVO Nº C EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD DECRETO EJECUTIVO Nº 38002-C EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE CULTURA Y JUVENTUD En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos

Más detalles

REGLAMENTO DE LA LEY No. 475 LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. DECRETO No , Aprobado el 16 de Febrero del 2004.

REGLAMENTO DE LA LEY No. 475 LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. DECRETO No , Aprobado el 16 de Febrero del 2004. REGLAMENTO DE LA LEY No. 475 LEY DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECRETO No. 8-2004, Aprobado el 16 de Febrero del 2004. Publicado en La Gaceta No. 32 del 16 de Febrero del 2004 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

PRESENTACIÓN POLÍTICAS PÚBLICAS CON ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS

PRESENTACIÓN POLÍTICAS PÚBLICAS CON ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS PRESENTACIÓN La Secretaría de Derechos Humanos es el órgano rector del Poder Ejecutivo, promoviendo el enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, cumpliendo las funciones de promoción, diseño,

Más detalles

AGENDA. Taller sobre Migración Laboral: Aportes desde los Ministerios de Trabajo de las Américas

AGENDA. Taller sobre Migración Laboral: Aportes desde los Ministerios de Trabajo de las Américas AGENDA Taller sobre Migración Laboral: Aportes desde los Ministerios de Trabajo de las Américas 13 y 14 de julio, 2017 San José, Costa Rica Lugar: Radisson Hotel - Calle Central y Tercera, Ave. 15, contiguo

Más detalles

DECRETO No. XX. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO:

DECRETO No. XX. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: DECRETO No. XX. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que de conformidad al artículo 117 de la Constitución de la República, es deber del Estado asegurar la protección de los bienes

Más detalles

LATAM ( ) Definición y estructura del Programa

LATAM ( ) Definición y estructura del Programa LATAM (2008-2019) Definición y estructura del Programa I. Objetivos de LATAM LATAM es un programa de doce años de duración que tiene como objetivos principales mejorar y fortalecer las capacidades de los

Más detalles

INSTITUTO IBEROAMERICANO PARA LAEDUCACION EN DERECHOS HUMANOS IDEDH-OEI INVITACION A PRESENTAR PROPUESTAS LIMITADA A LAS OFICINAS DE OEI (2014)

INSTITUTO IBEROAMERICANO PARA LAEDUCACION EN DERECHOS HUMANOS IDEDH-OEI INVITACION A PRESENTAR PROPUESTAS LIMITADA A LAS OFICINAS DE OEI (2014) INSTITUTO IBEROAMERICANO PARA LAEDUCACION EN DERECHOS HUMANOS IDEDH-OEI INVITACION A PRESENTAR PROPUESTAS LIMITADA A LAS OFICINAS DE OEI (2014) GUÍA PARA LOS SOLICITANTES DE AYUDAS OFICINAS DE LA OEI Línea

Más detalles

CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Y LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Y LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA CARTA DE ENTENDIMIENTO SUSCRITA ENTRE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT Y LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA Entre nosotros, SERGIO IVÁN ALFARO SALAS, mayor, casado, vecino

Más detalles

C J F FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA I. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA

C J F FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA I. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA A. INTEGRACIÓN DEL ÁREA La Secretaría Técnica del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia actualmente cuenta con una plantilla autorizada de 9 servidores

Más detalles

Plan de Mejora Regulatoria Ministerio de Cultura y Juventud

Plan de Mejora Regulatoria Ministerio de Cultura y Juventud Plan de Mejora Regulatoria Ministerio de Cultura y Juventud 2015-2016 INDICE Introducción 2 Marco legal 2 Objetivos 3 Alcance del plan 3 Trámites seleccionados 6 1 1. Introducción En cumplimiento a lo

Más detalles

PP DISPOSICIONES VARIAS 101-ASAMBLEA LEGISLATIVA

PP DISPOSICIONES VARIAS 101-ASAMBLEA LEGISLATIVA PP-101-021 101-ASAMBLEA LEGISLATIVA Los dineros que se le asignen a la Asamblea Legislativa en los Presupuestos de la República, la utilización del superávit o excedente, el giro por parte de la Tesorería

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del AÑO CXXXVIII Nº páginas

La Uruca, San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del AÑO CXXXVIII Nº páginas La Uruca, San José, Costa Rica, martes 23 de agosto del 2016 AÑO CXXXVIII Nº 161 24 páginas Ya puede hacerlo desde internet! Cotización automática y facilidades de pago en línea es uno de los beneficios

Más detalles

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DIRECCION GENERAL DE SERVICIO CIVIL AJ-154-2004 15 de marzo del 2004 Licenciado Guido Sáenz González MINISTRO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Estimado señor: Con la aprobación

Más detalles

ALCANCE DIGITAL Nº 103-A. San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ALCANCE DIGITAL Nº 103-A. San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 PODER EJECUTIVO ACUERDOS MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES ALCANCE DIGITAL Nº 103-A JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Año CXXXIII San José, Costa Rica, jueves 15 de diciembre del 2011 Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento

Más detalles

ACTA ORDINARIA Nº

ACTA ORDINARIA Nº 6 7 8 9 0 6 7 8 9 0 6 7 8 9 0 6 7 8 ACTA ORDINARIA Nº -06 Sesión ordinaria número treinta y tres de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, celebrada a las dieciséis horas con cero minutos del

Más detalles

VIII FORO LATINOAMERICANO DE BANCOS COMUNALES

VIII FORO LATINOAMERICANO DE BANCOS COMUNALES VIII FORO LATINOAMERICANO DE BANCOS COMUNALES Promoviendo finanzas inclusivas con educación financiera para los más pobres I. INTRODUCCIÓN 06, 07 y 08 de setiembre de 2017 Cusco, Perú El Foro Latinoamericano

Más detalles

Reunión Especializada para la Agricultura Familiar del MERCOSUR XXXI Reunión Ordinária del CAS

Reunión Especializada para la Agricultura Familiar del MERCOSUR XXXI Reunión Ordinária del CAS Reunión Especializada para la Agricultura Familiar del MERCOSUR XXXI Reunión Ordinária del CAS http://www.reafmercosul.org/ PAISES QUE INTEGRAN LA REAF Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 20 de diciembre del 2013

La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 20 de diciembre del 2013 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

Propuesta Reglamento. Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana (RESSCAD) 1

Propuesta Reglamento. Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana (RESSCAD) 1 Propuesta Reglamento Reunión del Sector Salud de Centroamérica y República Dominicana (RESSCAD) 1 El oro de nuestros países, es la salud de nuestros pueblos Visión: Misión: Integrados para la salud y el

Más detalles

Ya puede hacerlo desde internet!

Ya puede hacerlo desde internet! Firmado CARLOS por ALBERTO digitalmente CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ PEREZ (FIRMA) PEREZ Fecha: 2016.03.14 16:01:05-06'00' (FIRMA) La Uruca, San José, Costa Rica, martes 15 de marzo del 2016 AÑO

Más detalles

Nº 8210 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA:

Nº 8210 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: Nº 8210 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: APROBACIÓN DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA COMISIÓN INTERPARLAMENTARIA CENTROAMERICANA DE AMBIENTE Y DESARROLLO Artículo único.- Apruébase,

Más detalles

DESPACHO DEL MINISTRO INFORME DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO I SEMESTRE

DESPACHO DEL MINISTRO INFORME DE SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO I SEMESTRE 1. APARTADO INSTITUCIONAL 1.2. Gestión Financiera: Para el 2016 mediante Ley de Presupuesto #9341 se asignó al Ministerio de Agricultura y Ganadería el presupuesto ordinario por un monto de 43.263 millones

Más detalles

Nº MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno

Nº MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno Nº 28142-MOPT Servicio Cabotaje Río Tempisque entre Puerto Alegre y Puerto Moreno EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES En el ejercicio de las atribuciones conferidas

Más detalles

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO CERO DOCE- DOS MIL DIECISÉIS, DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE

ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO CERO DOCE- DOS MIL DIECISÉIS, DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA NÚMERO CERO DOCE- DOS MIL DIECISÉIS, DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS. Celebrada el día miércoles catorce de diciembre del dos mil dieciséis. En

Más detalles

COMUNICADO CONJUNTO VII REUNIÓN DEL FORO DE DIÁLOGO Y COOPERACIÓN COREA-CENTROAMÉRICA

COMUNICADO CONJUNTO VII REUNIÓN DEL FORO DE DIÁLOGO Y COOPERACIÓN COREA-CENTROAMÉRICA COMUNICADO CONJUNTO VII REUNIÓN DEL FORO DE DIÁLOGO Y COOPERACIÓN COREA-CENTROAMÉRICA 1. El VII Foro de Diálogo y Cooperación Corea-Centroamérica, se llevó a cabo en la Isla Jeju, Corea, el 24 de noviembre

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN CON POTESTAD LEGISLATIVA PLENA PRIMERA CREACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Más detalles

ACUERDO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO SUPERIOR DE CONTROL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA

ACUERDO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO SUPERIOR DE CONTROL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA ACUERDO DE CREACIÓN DEL ORGANISMO SUPERIOR DE CONTROL DEL SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA Los Ministros de Relaciones Exteriores de los Países del Sistema de la Integración Centroamericana. CONSIDERANDO:

Más detalles

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 9 de diciembre del 2013

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 9 de diciembre del 2013 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0 227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

ACUERDO No Revaloración Salarial para las Clases de Puestos de la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2012

ACUERDO No Revaloración Salarial para las Clases de Puestos de la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2012 ACUERDO No. 9593 Revaloración Salarial para las Clases de Puestos de la Serie Gerencial de las Entidades Públicas Primer Semestre de 2012 La Autoridad Presupuestaria, en la Sesión Extraordinaria No. 01-2012,

Más detalles

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS REGLAMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del páginas PODER EJECUTIVO DECRETOS REGLAMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS Año CXXXVIII San José, Costa Rica, jueves 30 de junio del 2016 71-páginas ALCANCE N 112 PODER EJECUTIVO DECRETOS REGLAMENTOS INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS AUTORIDAD REGULADORA

Más detalles

ACTA ORDINARIA Nº

ACTA ORDINARIA Nº ACTA ORDINARIA Nº 18-2016 De la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, sesión ordinaria número dieciocho celebrada a las dieciséis horas con cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis,

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2006

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2006 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PRESUPUESTO ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2006 NORMAS DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAS INFORME SOBRE LA REDACCIÓN

Más detalles

Resultados del Congreso Internacional de Parques Industriales Sostenibles

Resultados del Congreso Internacional de Parques Industriales Sostenibles Resultados del Congreso Internacional de Parques Industriales Sostenibles Transformando Barreras en Oportunidades Lima, 25 de mayo de 2017 1 P a g e Introducción La Universidad del Pacífico en coordinación

Más detalles

ARESEP ESTABLECE MODELO DE AJUSTE TARIFARIO PARA SERVICIO DE AUTOBÚS

ARESEP ESTABLECE MODELO DE AJUSTE TARIFARIO PARA SERVICIO DE AUTOBÚS JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS, c=cr,

Más detalles

CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL

CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL CONVENIO DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA POLICÍA NACIONAL CIVIL DE EL SALVADOR Y LA CORPORACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA. San Salvador, 17

Más detalles