La Uruca, San José, Costa Rica, martes 29 de setiembre del 2015

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1 CARLOS Firmado digitalmente por ALBERTO CARLOS RODRIGUE ALBERTO RODRIGUEZ Z PEREZ PEREZ (FIRMA) Fecha: (FIRMA) 15:34:34-06'00' La Uruca, San José, Costa Rica, martes 29 de setiembre del 2015 AÑO CXXXVII Nº páginas

2 Pág 2 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 CONTENIDO Pág PODER EJECUTIVO Nº Decretos... 2 Acuerdos... 3 Resoluciones DOCUMENTOS VARIOS TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos Avisos CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Avisos CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA REGLAMENTOS INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS RÉGIMEN MUNICIPAL AVISOS NOTIFICACIONES PODER EJECUTIVO DECRETOS Nº H Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), 27, inciso 1), y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; y la Ley Nº 9289, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015 de 1 de diciembre de 2014 y sus reformas. Considerando: 1º Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios físicos y electrónicos disponibles. 2º Que el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley Nº 8131, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto. 3º Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº H-MP- PLAN, publicado en La Gaceta Nº 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo. 4º Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo Nº H-MP- PLAN citado, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa. 5º Que se hace necesario emitir el presente Decreto a los efectos de atender las modificaciones presupuestarias de los órganos del Gobierno incluidos en este decreto, las cuales son requeridas para cumplir con los objetivos y metas establecidas en la Ley Nº 9289, publicada en el Alcance Digital Nº 80 a La Gaceta Nº 241 de 15 de diciembre de 2014 y sus reformas. 6º Que los órganos del Gobierno de la República incluidos en el presente decreto han solicitado su confección, cumpliendo en todos los extremos con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente. 7º Que a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para la entidad involucrada, habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto, Decretan: Artículo 1 Modifícase el artículo 2 de la Ley Nº 9289, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015, publicada en el Alcance Digital Nº 80 a La Gaceta Nº 241 de 15 de diciembre de 2014 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas de los órganos del Gobierno de la República aquí incluidos. Artículo 2º La modificación indicada en el artículo anterior es por un monto de tres mil doscientos cincuenta y tres millones noventa y un mil seiscientos ochenta y cinco colones sin céntimos ( ,00) y su desglose en los niveles de programa/ subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección: (Modificaciones Presupuestarias), y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional. La rebaja en este Decreto se muestra como sigue: DETALLE DE REBAJAS POR TÍTULO PRESUPUESTARIO -En colones- Título Presupuestario Monto TOTAL ,00 PODER EJECUTIVO ,00 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ,00 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA ,00 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA ,00 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ,00 MINISTERIO COMERCIO EXTERIOR ,00 El aumento en este Decreto se muestra como sigue: DETALLE DE AUMENTOS POR TÍTULO PRESUPUESTARIO -En colones- Título Presupuestario Monto TOTAL ,00 PODER EJECUTIVO ,00 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ,00 MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA ,00 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA ,00 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ,00 MINISTERIO COMERCIO EXTERIOR ,00 Carlos Alberto Rodríguez Pérez director general imprenta nacional director ejecutivo JUnta administrativa Carmen Muñoz Quesada Ministerio de gobernación y policía Dorelia Barahona Riera representante editorial costa rica Said Orlando de la Cruz Boschini representante Ministerio de cultura y JUVentUd

3 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 3 Artículo 3º Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. El Ministro de Hacienda a. í., José Francisco Pacheco Jiménez. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (D39221 IN ). ACUERDOS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA N 267-PE LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015, Ley Nº 9289, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N 030-MP del 5 de mayo del Artículo 1 Designar a la señorita Angie Cascante Jiménez, cédula número , funcionaria del Departamento Financiero, para que viaje a Guatemala con el fin de participar en el Curso Internacional Planificación, Gobierno y Desarrollo, a celebrarse en Antigua del 07 al 11 de setiembre de 2015, organizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). La salida de la señorita Cascante Jiménez será el 06 de setiembre del 2015 y el regreso está previsto para el 12 de setiembre del Artículo 2 Los gastos por concepto de alimentación hospedaje y transporte interno serán cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). Los gastos por concepto de impuesto de salida y transporte aéreo se le cancelarán del Título 202-Ministerio de la Presidencia, Programa 034-Administración Superior, Subpartida Transporte al Exterior y Subpartida Viáticos al Exterior. Artículo 3 La funcionaria cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. Artículo 4 La señorita Cascante Jiménez, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país en general. Artículo 5 Rige a partir del 6 de setiembre y hasta el 12 de setiembre del presente año. Dado en la Presidencia de la República. San José, el día cuatro de setiembre del año dos mil quince. Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 269-PE LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA Con fundamento en el artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015, Ley N 9289, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y el Acuerdo N 030-MP del 5 de mayo del Artículo 1 Designar a la señorita Verónica Fernández Álvarez, cédula número , Asistente, para que viaje a Estados Unidos de América, con el fin de acompañar en su Comitiva Oficial, en calidad de asesora y equipo de apoyo, al señor Presidente de la República, quien participará en el septuagésimo periodo ordinario de sesiones de las Naciones Unidas en Nueva York, del 24 de setiembre al 03 de octubre del año en curso. La salida de la señorita Fernández Álvarez será el 24 de setiembre del 2015 y el regreso está previsto para el 03 de octubre de Artículo 2 Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201 Presidencia de la República, Programa Administración Superior, Subpartida Transporte al Exterior y Viáticos al Exterior. Se cancela en la II Tarifa de la tabla según artículo 37 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. En caso de que el monto adelantado por concepto de hospedaje resultare insuficiente, se reconocerá el monto excedido pagado por la funcionaria contra la presentación de la respectiva factura, según el artículo 35 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Artículo 3. Del 24 de setiembre al 03 de octubre del 2015 se autoriza a la funcionaria Fernández Álvarez a utilizar el servicio de roaming para llamadas oficiales del teléfono celular institucional asignado a su persona. El pago se realizará al Instituto Costarricense de Electricidad en su facturación mensual. Artículo 4 La funcionaria cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. Artículo 5 Se otorga la suma adelantada de por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 6 La señorita Fernández Álvarez, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su regreso, deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y para el país en general. Artículo 7 Rige a partir del 24 de setiembre y hasta el 3 de octubre del presente año. Dado en la Presidencia de la República. San José, el día nueve de setiembre del año dos mil quince. Ana Gabriel Zúñiga Aponte, Viceministra de la Presidencia. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 270-PE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, previstas en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la Constitución Política, ACUERDAN: Artículo 1 Integrar la Comitiva Oficial que acompañará al Presidente de la República, señor Luis Guillermo Solís Rivera, en su viaje a Estados Unidos de América, para participar en el Septuagésimo periodo ordinario de sesiones de las Naciones Unidas en Nueva York, desde el día 24 de setiembre y hasta el día 3 de octubre del 2015, con las siguientes personas: Sr. Luis Guillermo Solís Rivera, Presidente de la República. Sra. Mercedes Peñas Domingo, Primera Dama de la República. Sr. Manuel González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Srita. Verónica Fernández Álvarez, Asistente. Srita. Stephanie Fernández Ilama, Jefa de Prensa. Sr. Roberto Carlos Sánchez Carmona, Camarógrafo. Sr. Fabián Hernández Mena, Fotógrafo. Artículo 2. Rige desde el día 24 de setiembre y hasta el día 3 de octubre del Dado en la Presidencia de la República. San José, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. El Ministro de la Presidencia, Sergio Iván Alfaro Salas. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 366-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Con fundamento en el artículo 139, inciso 2) de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2015, Ley N 9289 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

4 Pág 4 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 1 Viajar a Estados Unidos de América, con el fin de participar en la Visita Oficial en el septuagésimo periodo ordinario de sesiones de las Naciones Unidas en New York, a realizarse del 24 de setiembre al 03 de octubre del año en curso. La salida del señor Solís Rivera será el 24 de setiembre del 2015 y el regreso está previsto para el 03 de octubre de Artículo 2 Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa Administración Superior, Subpartida Transporte al Exterior y Viáticos al Exterior. Artículo 3 El funcionario cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. Artículo 4 Se otorga la suma adelantada de ,63 por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 5 Rige a partir de las 13:10 horas del 24 de setiembre del 2015 y hasta las 10:35 horas del 3 de octubre del Dado en la Presidencia de la República. San José, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N 367-P EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 26, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2015, Ley N 9289, el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República. Artículo 1 Designar a la señora Mercedes Peñas Domingo, cédula de residencia número , Primera Dama, para que viaje a Estados Unidos de América, con el fin de acompañar en su Comitiva Oficial al señor Presidente de la República, quien participará en septuagésimo periodo ordinario de sesiones de las Naciones Unidas en Nueva York, del 24 de setiembre al 03 de octubre del año en curso. La salida de la señora Peñas Domingo será el 24 de setiembre del 2015 y el regreso está previsto para el 03 de octubre de Artículo 2 Los gastos por concepto de viáticos, transporte, impuestos, servicio de taxis aeropuerto-hotel y viceversa en el país visitado, llamadas oficiales internacionales, faxes, fotocopias, impresiones, servicio de Internet y gastos conexos se le cancelarán del Título 201-Presidencia de la República, Programa Administración Superior, Subpartida Transporte al Exterior y Viáticos al Exterior. Artículo 3 La señora Peñas Domingo cede las millas otorgadas a la Presidencia de la República en cada uno de los viajes realizados al exterior. Artículo 4 Se otorga la suma adelantada de por concepto de viáticos sujetos a liquidación. Artículo 5 Rige a partir del 24 de setiembre y hasta el 3 de octubre del Dado en la Presidencia de la República. San José, a los nueve días del mes de setiembre del año dos mil quince. LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). CONSEJO DE GOBIERNO Nº 158 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número cincuenta y ocho, celebrada el siete de julio del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Tener por conocido el oficio AL- DSDI-OFI de fecha 2 de julio del 2015, suscrito por el señor Marco William Quesada Bermúdez, Director de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, en el que comunica la ratificación del nombramiento de la señora Sonia Muñoz Tuk, en el cargo de Miembro Propietario ante la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP); mismo que fue realizado por el Consejo de Gobierno, en su sesión ordinaria número Cincuenta y Dos, del 26 de mayo del 2015, artículo segundo. / Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº 159 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta y Nueve, celebrada el catorce de julio del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Nombrar al señor Rodolfo Solano Quirós, cédula de identidad número , en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica, ante la República de Corea, a partir del 01 de setiembre del / Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº 160 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta y Nueve, celebrada el catorce de julio del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Nombrar al señor Marco Vinicio Vargas Pereira, cédula de identidad número , Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante la Santa Sede y ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), Embajador Concurrente ante el Honorable Gobierno de la Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén de Rodas y de Malta, con residencia en Roma, Embajador Concurrente de Costa Rica ante el Principado de Mónaco y la República de Albania; en el cargo de Embajador Concurrente de Costa Rica, ante la República de Malta, a partir del 15 de julio del / Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº 162 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Sesenta, celebrada el veintiocho de julio del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Con fundamento en el inciso g) del artículo 8 de la Ley 7800, se nombra al señor Jorge Hodgson Quinn, cédula de identidad número , como miembro del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en calidad de representante de los Comités Cantonales de Deportes participantes en el Congreso Nacional del Deporte y la Recreación. La elección se hace de la terna enviada por el señor Fabián Rojas Fuertes, Presidente Ad Hoc de la Asamblea de los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, mediante oficio A-CCDR , de fecha 3 de julio del 2015, compuesta además, por la señora María Gabriela Sagot González, cédula de identidad número y Giovanny Jiménez Chaves, cédula de identidad número Este nombramiento rige a partir del 28 de julio del 2015 y por el resto del período legal correspondiente, hasta 31 de julio del Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ).

5 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 5 Nº 163 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Sesenta y Uno, celebrada el cuatro de agosto del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Nombrar al señor Marcelo Varela Erasheva, cédula de identidad número , como Embajador Alterno en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Oficina de la Organización de las Naciones Unidas en Ginebra, Confederación Suiza, a partir del 1º de setiembre del / Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº 165 LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo que consta en el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Sesenta y Dos, celebrada el once de agosto del dos mil quince, tomó el acuerdo que textualmente dice: / Cesar al señor Rodrigo Alberto Rivera Fournier, cédula de identidad número , del cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante la República de Panamá, a partir del 01 de octubre del / Acuerdo declarado firme por unanimidad. Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA N Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar al señor Henry Roberto Arias Guido, cédula de identidad N , Asesor del Despacho del Viceministerio Académico, para que participe en el Curso Implementación de una Educación hacia el Desarrollo Sostenible, que se realizará en Jerusalén-Israel, del 16 de enero al 13 de febrero de Artículo 2º Los gastos por concepto de alojamiento y manutención, serán cubiertos por la Agencia Israelí de Cooperación y Desarrollo (MASHAV). Los gastos correspondientes de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por el Programa Presupuestario , de la subpartida presupuestaria por un monto de dos mil setecientos dólares con cero centavos ($2.700,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículos 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 16 de enero al 13 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Henry Roberto Arias Guido en el Curso, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 16 de enero al 13 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de enero del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contra lo ría General de la República. Artículo 1º Designar al señor Mario Alberto Alfaro Rodríguez, cédula de identidad N , Director de la Dirección de Prensa y Relaciones Públicas del Despacho de la Ministra, para que participe en el Postgrado Internacional Género y Comunicación, que se realizará en La Habana-Cuba, del 02 al 12 de febrero de Artículo 2º Que el día 13 de febrero de 2015, el señor Alfaro Rodríguez se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 14 de febrero de Artículo 3º Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria del Programa Presupuestario , por un monto de seiscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($650,00), los gastos correspondientes a gastos menores y cenas serán cubiertos por la subpartida presupuestaria del mismo programa, para un monto de cuatrocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($450,00), asimismo serán cubiertos los gastos correspondientes al pago por el derecho al Postgrado (Artículo 52 del Reglamento de Viáticos de Viajes al Exterior para funcionarios públicos) por el programa presupuestario , tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, mediante la subpartida 10701, por un monto de quinientos veinticinco dólares con cero centavos de dólar ($525,00), para un monto total de mil seiscientos veinticinco cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.625,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º Se incluye los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento/que serán rembolsados mediante la subpartida presupuestaria 10503, así como los gastos de alimentación de los días del 01 al 13 de febrero de 2015 que no estén cubiertos por los organizadores del evento, serán reembolsos en la subpartida presupuestaria del Programa Presupuestario Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido Artículo 5º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 6º Que durante los días del 31 de enero al 14 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Mario Alberto Alfaro Rodríguez en el Postgrado, devengará el 100% de su salario. Artículo 7º El presente acuerdo rige a partir del 31 de enero al 14 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los catorce días del mes de enero del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014} y en el artículo NS 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

6 Pág 6 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 1º Autorizar al señor Rudy Masís Siles, cédula de identidad N , Asesor de Educación 2 de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la Reunión del Programa Internacional de Evaluación de Estudiantes (PISA) 2015, que se realizará en Lisboa-Portugal, del 24 al 30 de enero de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil cuatrocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1450,00), para un monto total de mil cuatrocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1450,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 24 al 30 de enero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Rudy Masis Siles en la Reunión, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 24 al 30 de enero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de enero del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contrataría General de la República. Artículo 1º Autorizar al señor Pablo José Mena Castillo, cédula de identidad N , Asesor de Educación 2 de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la Reunión del Programa Internacional de Evaluación de Estudiantes (PISA) 2015, que se realizará en Lisboa-Portugal, del 24 al 30 de enero de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de para un monto de mil cuatrocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1450,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario , de la subpartida presupuestaria por un monto de mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con setenta y seis centavos de dólar ($1475,76), para un monto total de dos mil novecientos veinticinco dólares con setenta y seis centavos de dólar ($2925,76). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 24 al 30 de enero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Pablo José Mena Castillo en la Reunión, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 24 al 30 de enero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar al señor Juan Carlos García Vargas, cédula de identidad N , Asesor de Educación 2 de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la Reunión del Programa Internacional de Evaluación de Estudiantes (PISA) 2015, que se realizará en Lisboa-Portugal, del 24 al 30 de enero de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de para un monto de mil cuatrocientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1450,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario , de la subpartida presupuestaria por un monto de mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con setenta y seis centavos de dólar ($1475,76), para un monto total de dos mil novecientos veinticinco dólares con setenta y seis centavos de dólar ($2925,76). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 24 al 30 de enero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Juan Carlos García Vargas en la Reunión, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 24 al 30 de enero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Xinia María Vázquez Madrigal, cédula de identidad N , Profesora de la Escuela Juan Vázquez de Coronado, para que participe en el Curso de Capacitación de la Metodología TiNi en el marco del proyecto ANIA y Tierra de Niños, que se realizará en Lima-Perú, del 02 al 07 de febrero de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Programa de Participación de la UNESCO. Artículo 3º Que durante los días del 02 al 07 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Xinia María Vázquez Madrigal en el Curso, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 02 al 07 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de enero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Jonathan Arce Rodríguez, cédula de identidad N , Docente de Estudios Sociales del Liceo Carlos Pascua Zúñiga, para que participe en el Seminario sobre el Holocausto Judío, que se realizará en Israel, del 26 de enero al 06 de febrero de 2015.

7 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 7 Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Escuela Internacional para el Estudio del Holocausto. Artículo 3º Que durante los días del 26 de enero al 06 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Jonathan Arce Rodríguez en el Seminario, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 26 de enero al 06 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N del 12 de setiembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar al señor Minor Cedeño Vindas, cédula de identidad N , Asesor Nacional del Departamento de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa, para que participe en la 10 th Meeting of the group of Nacional Experts on Vocational Education and Training, que se realizará en Paris-Francia, del 05 al 06 de febrero de Artículo 2º Que durante los días 07 al 09 de febrero de 2015, el señor Cedeño Vindas se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 10 de febrero de Artículo 3º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil cuatrocientos cuarenta dólares con cero centavos de dólar ($1.440,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario , de la subpartida presupuestaria por un monto de mil cien dólares con cero centavos de dólar ($1.100,00), para un monto total de dos mil quinientos cuarenta dólares con cero centavos de dólar ($2.540,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 5º Que durante los días del 03 al 10 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación del señor Minor Cedeño Vindas en la Reunión, devengará el 100% de su salario. Artículo 6º El presente acuerdo rige a partir del día 03 al 10 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora María de los Ángeles Alvarado Alvarado, cédula de identidad Nº , Jefa del Departamento Educación de Personas Jóvenes y Adultas de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe como conferencista en el Seminario Taller sobre el modelo institucional de la Educación de Jóvenes y Adultos de Costa Rica, que se realizará en República Dominicana, del 03 al 07 de febrero de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 03 al 07 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación de la señora María de los Ángeles Alvarado Alvarado en el Seminario, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 03 al 07 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dos días del mes de febrero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a la señora Evelyn Araya Fonseca, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Español de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en la Pasantía de Política de apoyo a los aprendizajes en los primeros grados del nivel básicos en lectura, escritura y matemática en el marco del Programa Iberoamericano de Movilidad Docente, que se realizará en República Dominicana, del 15 al 21 de febrero de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 15 al 21 de febrero de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Evelyn Araya Fonseca en la Pasantía, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 15 al 21 de febrero de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Andrea Méndez Calderón, cédula de identidad N , Profesional del Servicio Civil 2 de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, para que participe en el Programa de Lengua y Cultura Coreana, que se realizará en Corea del Sur, del 02 de marzo al 30 de mayo de Artículo 2º Que durante los días 31 de mayo al 05 de junio de 2015, la señora Méndez Calderón se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 05 de junio de Artículo 3º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Fundación Corea. Artículo 4º Que durante los días del 02 de marzo al 05 de junio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Andrea Méndez Calderón en el Programa, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del 02 de marzo al 05 de junio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los once días del mes de febrero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP

8 Pág 8 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 1º Designar a la señora Guiselle Cruz Maduro, cédula de identidad N , Asesora del Despacho de la Ministra, para que participe en el Congreso de Red de Aprendizaje Profesional para el Avance de la Reforma Educativa Inicial (ProLEER), que se realizará en Massachusetts-Estados Unidos de América, del 23 al 27 de marzo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Asociación Amigos del Aprendizaje (ADA). Artículo 3º Que durante los días del 23 al 27 de marzo de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Guiselle Cruz Maduro en el Congreso, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 23 al 27 de marzo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Alicia Eugenia Vargas Porras, cédula de Identidad N , Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en el Seminario sobre el Estado de las políticas docentes en Centroamérica y República Dominicana ; actividad que se realizará en la Ciudad Panamá- Panamá, el día 04 de marzo de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán sufragados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Artículo 3º Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario , mediante la subpartida presupuestaria Así como, los gastos por alimentación que no esté cubierta por los organizadores, serán reembolsados por la subpartida del mismo Programa. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º Que durante los días del 03 al 04 de marzo de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Alicia Eugenia Vargas Porras en el Seminario, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 03 al 04 de marzo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Patricia Eugenia Badilla Gómez, cédula de identidad N , Directora Ejecutiva del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, para que participe en el Congreso de Red de Aprendizaje Profesional para el Avance de la Reforma Educativa Inicial (ProLEER), que se realizará en Massachusetts-Estados Unidos de América, del 23 al 27 de marzo de Artículo 2º Que durante los días 28 de marzo al 04 de abril de 2015, la señora Badilla Gómez se acogerá al receso Institucional, con regreso al país el día 04 de abril de Artículo 3º Los gastos por concepto de desayunos y almuerzos de los días 23 al 27 de marzo, serán cubiertos por la Asociación Amigos del Aprendizaje (ADA). Los gastos correspondiente de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil dólares con cero centavos de dólar ($1.000,00) y los gastos correspondientes al alojamiento, gastos menores y cenas serán cubiertos por la subpartida presupuestaria del mismo programa, por un monto de mil cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1050,00), para un monto total de dos mil cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($2.050,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 5º Que durante los días del 23 de marzo al 04 de abril de 2014, en que se autoriza la participación de la señora Patricia Eugenia Badilla Gómez en el Congreso, devengará el 100% de su salario. Artículo 6º El presente acuerdo rige a partir del día 23 de marzo al 04 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de marzo del año dos quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo NS 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Alicia Eugenia Vargas Porras, cédula de identidad N , Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en la 39 a Sesión de la Junta de Gobierno de PISA ; actividad que se realizará en la Distrito Federal-México, el día 24 y 25 de marzo de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario mediante la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de seiscientos dólares con cero centavos de dólar ($600,00) y los gastos correspondientes a alojamiento y manutención durante los días del Foro serán cubiertos mediante la subpartida presupuestaria del mismo Programa Presupuestario , por un monto de seiscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($650,00). Todo para un monto total de mil doscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.250,00). Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º Se incluye los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán rembolsados mediante la subpartida presupuestaria del Programa Presupuestario Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

9 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 9 Artículo 5º Que durante los días del 23 al 25 de marzo de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Alicia Eugenia Vargas Porras en el Seminario, devengará el 100% de su salario. Artículo 6º El presente acuerdo rige a partir del día 23 al 25 de marzo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Lilliam Mora Aguilar, cédula de identidad N , Directora de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la XXXIV Reunión de Coordinadores Nacionales del LLECE, que se realizará en Buenos Aires-Argentina, del 12 al 16 de abril de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil dólares con cero centavos de dólar ($1.000,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario , de la subpartida presupuestaria por un monto de mil cien dólares con cero centavos de dólar ($1.100,00), para un monto total de dos mil cien dólares con cero centavos de dólar ($2.100,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 12 al 16 de abril de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Lilliam Mora Aguilar en la XXXIV Reunión de Coordinadores Nacionales del LLECE, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 12 al 16 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar al señor Sigifredo Pérez Fernández, cédula de identidad N , Director de la Dirección de Planificación Institucional, para que participe en la VI Reunión del Consejo Rector del Instituto de Evaluación y Seguimiento de las Metas Educativas (IESME), que se realizará en Panamá, del 28 de abril al 01 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 28 de abril al 01 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación del señor Sigifredo Pérez Fernández en la VI Reunión del Consejo Rector del Instituto de Evaluación y Seguimiento de las Metas Educativas (IESME), devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 28 de abril al 01 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a la señora Guiselle Cruz Maduro, cédula de identidad N , Asesora del Despacho de la Ministra, para que participe en el Building Future Learning Systems: from exceptional innovations to systemic, que se realizará en Durban-Sudafrica, del 16 al 24 de abril de Artículo 2º Que durante los días 25 al 29 de abril de 2014, la señora Cruz Maduro se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 29 de abril de Artículo 3º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la UNICEF. Artículo 4º Que durante los días del 16 al 29 de abril de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Guiselle Cruz Maduro en el Building Future Learning Systems: from exceptional innovations to systemic, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del 16 al 29 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a la señora Kattia Solórzano May, cédula de identidad Nº , Jefa del Departamento de Gestión y Producción de Recursos Tecnológicos, para que participe en el Taller del Clúster de Conocimiento de proyectos de Bienes Públicos Regionales, enfocado en Innovación Educativa sobre Planificación y sostenibilidad en el emprendimiento público, que se realizará en Medellín-Colombia, del 20 al 23 de abril de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Artículo 3º Que durante los días del 20 al 23 de abril de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Kattia Solórzano May en el Taller del Clúster de Conocimiento de proyectos de Bienes Públicos Regionales, enfocado en Innovación Educativa sobre Planificación y sostenibilidad en el emprendimiento público, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 20 al 23 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a í. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA ACUERDA Artículo 1º Designar al señor Rodrigo Torres Hernández, cédula de identidad N , Docente de la Dirección Regional de Educación de Sula, para que participe en la Pasantía de Experiencia en Educación Intercultural Bilingüe en el marco del Programa Iberoamericano de Movilidad Docente, que se realizará en Perú, del 17 al 21 de abril de 2015.

10 Pág 10 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 17 al 21 de abril de 2015, en que se autoriza la participación del señor Rodrigo Torres Hernández en la Pasantía de Experiencia en Educación Intercultural Bilingüe, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 17 al 21 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar al señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, cédula de identidad N , Viceministro de Planificación y Coordinación Regional, para que participe en la Misión de Costa Rica a Uruguay para conocer el programa Maestros Comunitarios ; que se realizará en Montevideo, Uruguay del 14 al 18 de abril del Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Artículo 3º Se incluyen los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario , mediante la subpartida presupuestaria Los gastos generados durante el tiempo que esté en tránsito en los Aeropuertos correspondientes; así como, los gastos por alimentación de los días 14 al 18 de abril que no estén cubiertos por los organizadores y el seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida del mismo Programa. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del día 13 al 19 de abril del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de abril del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a las señoras María Alexandra Ulate Espinoza, cédula de identidad N , Asesora del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional y Gloria Eugenia Calvo Barquero, cédula de identidad N , Subdirectora de la Dirección de Vida Estudiantil, para que participen en el Intercambio de Experiencias del Programa Maestros Comunitarios de Uruguay con el Programa Yo Me Apunto de Costa Rica, que se realizará en Montevideo- Uruguay del 14 al 18 de abril del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF). Artículo 3º Que durante los días del 13 al 19 de abril del 2015, en que se autoriza la participación de las señoras María Alexandra Ulate Espinoza y Gloria Eugenia Calvo Barquero en el Intercambio de Experiencias del Programa Maestros Comunitarios de Uruguay con el Programa Yo Me Apunto de Costa Rica, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 13 al 19 de abril del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los ocho días del mes de abril del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47), inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar al señor Luis Diego Ramírez Víquez, cédula de identidad N , Operador de Unidad Móvil del Departamento de Transporte, para traslade a personal MEP que van a dar el Seguimiento al Cumplimiento del Voto de la Sala Constitucional en el Colegio Alto Guaymí, con el cual deberá recorrer territorio de David, Panamá para llegar a su destino, lo anterior durante los días 06 al 10 de abril de Artículo 2º Se incluye los cánones para el pago de gastos de transporte y otros gastos necesarios incurridos durante su paso por la zona fronteriza, mismos que corresponde a requisitos migratorios esenciales para el tránsito con el fin de llegar a destino, según lo indicado en los artículos N 31 y N 33 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos. Dichos gastos serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º Que durante los días del 06 al 10 de abril de 2015, en que se asigna la gira al señor Luis Diego Ramírez Víquez dentro del territorio panameño, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del día 06 al 10 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Rigoberto Corrales Zúñiga, cédula de identidad N , Jefe del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada, para que participe en el Taller Cluster de Conocimiento, Innovación Educativa, Planificación y Sostenibilidad en el Emprendimiento Público, que se realizará en Medellín-Colombia, del 20 al 23 de abril de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Artículo 3º Que durante los días del 20 al 23 de abril de 2015, en que se autoriza la participación del señor Rigoberto Corrales Zúñiga en el Taller Cluster de Conocimiento, Innovación Educativa, Planificación y Sostenibilidad en el Emprendimiento Público, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 20 al 23 de abril de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de abril del dos mil quince. Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ).

11 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 11 Nº MEP Artículo 1º Designar a los señores Rigoberto Corrales Zúñiga, cédula de identidad N , Jefe del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada; Luis Ricardo Montoya Vargas, cédula de identidad N , Asesor Nacional de Educación Cívica del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada y Rosa Carranza Rojas, cédula de identidad N , Asesora del Despacho del Viceministerio Académico, para que participen en el III Taller de Discusión y Revisión del Diseño del Programa Regional de Formación Docente, Plan de Acción de Competencias Ciudadanas desde la Escuela en América Latina, que se realizará en Bogotá-Colombia, del 10 al 13 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Fundación Antonio Restrepo Barco (FRB). Artículo 3º Que durante los días del 10 al 13 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de los señores Rigoberto Corrales Zúñiga, Luis Ricardo Montoya Vargas y Rosa Carranza Rojas en el III Taller de Discusión y Revisión del Diseño del Programa Regional de Formación Docente, Plan de Acción de Competencias Ciudadanas desde la Escuela en América Latina, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 10 al 13 de mayo del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil quince. Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar al señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, cédula de identidad N , Viceministro de Planificación y Coordinación Regional, para que participe en la Reunión de Viceministros de Educación de Iberoamérica ; que se realizará en la Ciudad de Panamá, Panamá del 27 al 28 de abril de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación la Ciencia y la Cultura (OEI). Artículo 3º Se incluyen los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario , mediante la subpartida presupuestaria Los gastos generados por alimentación de los días 27 al 28 de abril que no estén cubiertos por los organizadores y el seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida del mismo Programa. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del día 27 al 28 de abril del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de abril del dos mil quince. Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo NA 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Alicia Eugenia Vargas Porras, cédula de identidad N , Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en el Taller de Discusión y Revisión del Diseño del Programa Regional de Formación Docente. Plan de Acción para el Desarrollo de Competencia Ciudadanas desde la Escuela en América Latina ; actividad que se realizará en Bogotá-Colombia, el día 11 y 12 de mayo de Artículo 2º Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán sufragados por la Fundación Antonio Restrepo Barco. Artículo 3º Se incluyen los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario , mediante la subpartida presupuestaria Así como, los gastos por alimentación que no estén cubiertos por los organizadores y el seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida del mismo Programa. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º Que durante los días del 10 al 13 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Alicia Eugenia Vargas Porras en el Taller de Discusión y Revisión del Diseño del Programa Regional de Formación Docente. Plan de Acción para El Desarrollo de Competencia Ciudadanas desde la Escuela en América Latina, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 10 al 13 de mayo del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los seis días del mes de mayo del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Olga María Leitón Céspedes, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Evaluación del Departamento de Evaluación de los Aprendizajes, para que participe en el Seminario: Devolver resultados, discutir innovaciones, producir mejoras, que se realizará en Lima-Perú, del 27 al 30 de mayo del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Centro de Estudios en Políticas Públicas (CEPP). Artículo 3º Que durante los días del 27 al 30 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Olga María Leitón Céspedes en el Seminario: Devolver resultados, discutir innovaciones, producir mejoras, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 27 al 30 de mayo del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los ocho días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP ACUERDA Artículo 1º Designar a las señoras Lizbeth Chaves Solís, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Capacitación y Desarrollo del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano y Roxy Calderón Mora, cédula de identidad N 0B , Asesora Nacional de Educación del

12 Pág 12 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solana, para que participen en el Programa Iberoamericano de Movilidad de Docentes, que se realizará en Brasil, del 10 al 16 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 10 al 16 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de las señoras Lizbeth Chaves Solís y Roxy Calderón Mora en el Programa Iberoamericano de Movilidad de Docentes, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 10 al 16 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los ocho días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a las señoras Maybel Quirós Acuña, Cédula de Identidad N , Asesora Nacional de Educación Especial del Departamento Educación Especial y Adriana Díaz Madriz, Asesora Nacional de Educación Preescolar, para que participen en la Reunión de Trabajo para la integración del informe de resultados de la implementación del Programa Regional de Educación Inclusiva, que se realizará en Ciudad de México-México, del 24 al 30 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Secretaría de Educación Pública de México (SEP). Artículo 3º Que durante los días del 24 al 30 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de las señoras Maybel Quirós Acuña y Adriana Díaz Madriz en la Reunión Subregional de Docentes para la Primera Infancia, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir del 24 al 30 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinte días del mes de mayo del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Andrés Felipe Fernández Aráuz, cédula de identidad N l , Analista Estadístico del Departamento de Análisis Estadístico, para que participe en la Conferencia Métodos Modernos de Modelación, que se realizará en Estados Unidos, del 17 al 22 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Universidad de Costa Rica (UCR). Artículo 3º Que durante los días del 17 al 22 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación del señor Andrés Felipe Fernández Aráuz en la Conferencia Métodos Modernos de Modelación, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 17 al 22 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los trece días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar la señora Karla Gabriela Salguero Moya, cédula de identidad N , Directora de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación, para que participe en el Dialogo: Dispositivos Móviles-Experiencias y Proyecciones, que se realizará en la Ciudad de México-México, del 06 al 09 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE). Artículo 3º Que durante los días del 06 al 09 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación del señor Karla Gabriela Salguero Moya en el Dialogo: Dispositivos Móviles-Experiencias y Proyecciones, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 06 al 09 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a las señoras Yesenia María Bermúdez Aguilar, cédula de identidad N , Profesora de Enseñanza de Francés en el Liceo de Atenas y el Liceo de San Rafael de Alajuela y Georgina María Sánchez Sánchez, cédula de identidad N , Profesora de Enseñanza de Francés en la Escuela Colonia Isidreña, para que participen en la Pasantía de Formación continua en la Enseñanza del Francés Lengua Extrajera de docentes de primaria y secundaria, que se realizará en Francia, del 04 al 31 de julio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Instituto Francés de América Central. Artículo 3º Que durante los días del 04 al 31 de julio de 2015, en que se autoriza la participación de las señoras Yesenia María Bermúdez Aguilar y Georgina María Sánchez Sánchez en la Pasantía de Formación continua en la Enseñanza del Francés Lengua Extrajera de docentes de primaria y secundaria, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 04 al 31 de julio del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Olga Fatjó Olasz, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Francés en el Departamento de Primero y Segundo Ciclos de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en la Pasantía Universidad de Verano BELC, 2015, que se realizará en Francia, del 04 al 31 de julio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Instituto Francés de América Central.

13 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 13 Artículo 3º Que durante los días del 04 al 31 de julio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Olga Fatjó Olasz en la Pasantía Universidad de Verano BELC, 2015, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 04 al 31 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a las señoras Jacqueline Solano Salas, cédula de identidad N , Profesional de Servicio Civil IB en la Dirección de Vida Estudiantil y Marina Alejandra Cruz Valenciano, cédula de identidad N , Profesional 2 de Servicio Civil en la Dirección de Vida Estudiantil, para que participen en la Red de Educación en Valores y Derechos Humanos, que se realizará en la Ciudad San Salvador-EI Salvador, del 16 al 25 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 16 al 25 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación de las señoras Jacqueline Solano Salas y Marina Alejandra Cruz Valenciano en la Red de Educación en Valores y Derechos Humanos, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 16 al 25 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los catorce días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº Artículo 1º Designar al señor Ricardo Alberto Riveros Rojas, cédula de identidad N , Ingeniero Industrial en la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en la Feria Intel Internacional de Ciencia e Ingeniería 2015, que se realizará en Estados Unidos, del 09 al 17 de mayo de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Ministerio de Ciencia y Tecnología e INTEL. Artículo 3º Que durante los días del 09 al 17 de mayo de 2015, en que se autoriza la participación del señor Ricardo Alberto Riveros Rojas en la Feria Intel Internacional de Ciencia e Ingeniería 2015, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 09 al 17 de mayo de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de mayo del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 12 de diciembre de 2014) y en el artículo N 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar a la señora Laura Campos Barquero, cédula de identidad N , Asesora Nacional de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el Seminario de Diseño y Desarrollo de Evaluación a Gran a Escala, que se realizará en Estados Unidos de América, del 14 al 20 de junio de Artículo 2º Los gastos por concepto de alimentación de los días 14 al 20 de junio, serán cubiertos por el ETS-Global Institute. Los gastos correspondiente de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil veinte dólares con cero centavos de dólar ($1.020,00) y los gastos correspondientes al alojamiento, serán cubiertos por la subpartida presupuestaria del mismo programa, por un monto de mil ciento cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.150,00), para un monto total de dos mil ciento setenta dólares con cero centavos de dólar ($2.170,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 4º Que durante los días del 14 al 20 de junio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Laura Campos Barquero en el Seminario de Diseño y Desarrollo de Evaluación a Gran a Escala, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del día 14 al 20 de junio del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de junio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Guisselle Alpízar Elizondo, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Educación Preescolar en el Departamento Educación Preescolar, para que participe en la Reunión Técnica Estrategia Regional Docentes de UNESCO-OREALC, Docentes de la Escuela de la Primera Infancia en América Central, que se realizará en Sao Paulo-Brasil, del 20 al 24 de junio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (OREALC/UNESCO Santiago). Artículo 3º Que durante los días del 20 al 24 de junio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Guisselle Alpízar Elizondo en la Reunión Técnica Estrategia Regional Docentes de UNESCO-OREALC, Docentes de la Escuela de la Primera Infancia en América Central, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 20 al 24 de junio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de junio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP

14 Pág 14 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 1º Designar a la señora Eugenia María Rodríguez González, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Francés del Departamento III Ciclo y Educación Diversificada, para que participe en el Seminario Regional sobre la Utilización de los métodos en Francés Lengua Extrajera, que se realizará en la Ciudad de Guatemala-Guatemala, del 12 al 17 de julio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Instituto Francés de América Central. Artículo 3º Que durante los días del 12 al 17 de julio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Eugenia María Rodríguez González en el Seminario Regional sobre la Utilización de los métodos en Francés Lengua Extrajera, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 12 al 17 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de junio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Rodrigo Alberto Vindas Valerio, cédula de identidad N , Profesional Civil 2 Especialidad Psicología del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el Encuentro Regional de Intercambio de Políticas y Experiencias en Educación Secundaria, que se realizará en la Ciudad de Guatemala- Guatemala, del 17 al 19 de junio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: UNICEF-Oficina Regional para América Latina y El Caribe. Artículo 3º Que durante los días del 17 al 19 de junio de 2015, en que se autoriza la participación del señor Rodrigo Alberto Vindas Valerio en el Encuentro Regional de Intercambio de Políticas y Experiencias en Educación Secundaria, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 17 al 19 de junio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los quince días del mes de junio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a los señores Iván Mena Hidalgo, cédula de identidad N , Director de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras y Olga María Leitón Céspedes, cédula de identidad N , Asesora Nacional de Evaluación del Departamento de Evaluación de los Aprendizajes de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participen en el Programa de Movilidad Docente: Innovación Escolar y Educación Media de la Organización de Estados Iberoamericanos, que se realizará en Asunción-Paraguay, del 05 al 10 de julio del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos. Artículo 3º Que durante los días del 05 al 10 de julio de 2015, en que se autoriza la participación de los señores Iván Mena Hidalgo y Olga María Leitón Céspedes en el Programa de Movilidad Docente: Innovación Escolar y Educación Media de la Organización de Estados Iberoamericanos, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 05 al 10 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los tres días del mes de julio del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Minor Cedeño Vindas, cédula de identidad N , Asesor del Departamento de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en el Taller Regional de Educación Emprendedora, que se realizará en El Salvador, del 13 al 18 de julio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Servicio Brasileño de Apoyo a las Micro y Pequeños Empresas (SEBRAE). Artículo 3.Que durante los días del 13 al 18 de julio de 2015, en que se autoriza la participación del señor Minor Cedeño Vindas en el Taller Regional de Educación Emprendedora, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 13 al 18 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de julio del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a los señores Esteban Francisco Sandí Monge, cédula de identidad N , Docente del Colegio Técnico Profesional de Liberia y Helbert Emilio Morales Monge, cédula de identidad N , Docente Técnico del Colegio Vocacional Monseñor Víctor Manuel Sanabria, para que participen en el Curso Internacional de Automatización Industrial con enfoque en Control Numérico en el marco del Programa Escuelas México, que se realizará en Aguascalientes-México, del 16 de agosto al 26 de setiembre de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID). Artículo 3º Que durante los días del 16 de agosto al 26 de setiembre de 2015, en que se autoriza la participación de los señores Esteban Francisco Sandí Monge y Helbert Emilio Morales Monge en el Curso Internacional de Automatización Industrial con enfoque en Control Numérico, devengarán el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 16 de agosto al 26 de setiembre de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de julio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar al señor Luis Ricardo Montoya Vargas, cédula de identidad N , Asesor Nacional de Educación Cívica del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en la

15 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 15 Segunda Reunión de la Red de Puntos Focales de Educación sobre el Holocausto y Genocidio, que se realizará en Santiago-Chile, del 28 al 30 de julio de Artículo 2º Que durante el día 31 de julio de 2015, el señor Montoya Vargas se acogerá al período de vacaciones, con regreso al país el día 02 de agosto de Artículo 3º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe OREALC/UNESCO Santiago. Artículo 4º Que durante los días del 28 de julio al 02 de agosto de 2015, en que se autoriza la participación del señor Luis Ricardo Montoya Vargas en la Segunda Reunión de la Red de Puntos Focales de Educación sobre el Holocausto y Genocidio, devengará el 100% de su salario. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del 28 de julio al 02 de agosto de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de julio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Rigoberto Corrales Zúñiga, cédula de identidad N , Jefe del Departamento de Tercer Ciclo y Educación Diversificada de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en la Conferencia Anual Regional de Bachillerato Internacional en las Américas, que se realizará en Illinois- Estados Unidos, del 23 al 26 de julio de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización del Bachillerato Internacional. Artículo 3º Que durante los días del 23 al 26 de julio de 2015, en que se autoriza la participación del señor Rigoberto Corrales Zúñiga en la Conferencia Anual Regional de Bachillerato Internacional en las Américas, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 23 al 26 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de julio del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2015 (Ley N 9289 del 01 de diciembre de 2014) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Autorizar a la señora Guiselle Cruz Maduro, cédula de identidad N , Asesora del Despacho de la Ministra, para que participe en la Jornada de reflexión sobre el proceso de construcción de la Agenda Educativa Interamericana, que se realizará en Massachusetts-Estados Unidos de América, del 22 al 25 de julio de Artículo 2º Los gastos por concepto de alojamiento y manutención, serán cubiertos por el Gobierno de la República de Panamá. El gasto correspondiente de transporte aéreo de ida y regreso, será cubierto por el Programa Presupuestario de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil trecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.350,00), para un monto total de mil trecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.350,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 3º Se incluye los cánones por concepto de traslados internos y los impuestos de salida del país sede del evento, que serán rembolsados mediante la subpartida presupuestaria 10503, así como los gastos de alimentación de los días del 22 al 25 de julio de 2015 que no estén cubiertos por los organizadores del evento, serán reembolsos en la subpartida presupuestaria del Programa Presupuestario Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido. Artículo 4º De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP referente al Millaje, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el Millaje producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo. Artículo 5º Que durante los días del 22 al 25 de julio de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Guiselle Cruz Maduro en la Jornada de reflexión sobre el proceso de construcción de la Agenda Educativa Interamericana, devengará el 100% de su salario. Artículo 6º El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 25 de julio de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los trece días del mes de julio del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar a la señora Kattya Grosser Guillén, cédula de identidad N , Directora de la Dirección de Vida Estudiantil, para que participe en el Intercambio de experiencias en educación, adolescencia y multiculturalismo, que se realizará en Santiago de Chile-Chile, del 03 al 13 de agosto de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Interesada. Artículo 3º Que durante los días del 03 al 13 de agosto de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Kattya Grosser Guillén en el Intercambio de experiencias en educación, adolescencia y multiculturalismo, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 03 al 13 de agosto de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). MEP Artículo 1º Designar a los señores José Rafael Alvarado Cortes, cédula de identidad N , Secretario General de la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO y Rocío Solís Gamboa, cédula de identidad N , Presidenta de la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO, para que participen en la 2da Conferencia sobre Ciudades del Aprendizaje, que se realizará en Ciudad México-México, del 27 de setiembre al 01 de octubre de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO. Artículo 3º Que durante los días del 27 de setiembre al 01 de octubre de 2015, en que se autoriza la participación de los señores José Rafael Alvarado Cortes y Rocío Solís Gamboa en la 2da Conferencia sobre Ciudades del Aprendizaje, devengarán el 100% de sus salarios.

16 Pág 16 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 27 de setiembre al 01 de octubre de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los treinta días del mes de julio del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar a la señora Rosa Adolio Cascante, cédula de identidad N , Directora de la Dirección Programas de Equidad, para que participe en el VII Seminario Latinoamericano y del Caribe de Alimentación Escolar: Alimentación escolar una herramienta de protección social para el desarrollo sostenible y la inclusión social, que se realizará en Lima-Perú, del 25 al 29 de agosto de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Gobierno de Perú. Artículo 3º Que durante los días del 25 al 29 de agosto de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Rosa Adolio Cascante en el VII Seminario Latinoamericano y del Caribe de Alimentación Escolar: Alimentación escolar una herramienta de protección social para el desarrollo sostenible y la inclusión social, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 25 al 29 de agosto de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de agosto del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar a la señora Ginnette Aragón Ramírez, cédula de identidad N , Profesional del Servicio Civil 2 de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, para que participe en el Seminario para servidores públicos de administración pública de Costa Rica, que se realizará en Beijing-República Popular de China, del 24 de agosto al 16 de setiembre de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Gobierno de la República Popular de China. Artículo 3º Que durante los días del 24 de agosto al 16 de setiembre de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Ginnette Aragón Ramírez en el Seminario para servidores públicos de administración pública de Costa Rica, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 24 de agosto al 16 de setiembre de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de agosto del año dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar a la señora Kattia Solórzano May, cédula de identidad N , Jefa del Departamento de Gestión y Producción de Recursos Tecnológicos de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación, para que participe en el Seminario: Materiales y calidad cuáles y cómo?, que se realizará en Santiago de Chile-Chile, del 26 al 29 de agosto de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Fundación Centro de Estudios en Políticas Públicas (Fundación CEPP). Artículo 3º Que durante los días del 26 al 29 de agosto de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Kattia Solórzano May en el Seminario: Materiales y calidad cuáles y cómo?, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 26 al 29 de agosto de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los once días del mes de agosto del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP Artículo 1º Designar al señor Jorge Arturo Villarreal Alvarado, cédula de identidad N , Profesor de Enseñanza Técnico Profesional del Colegio Técnico Profesional Bolívar y Colegio Técnico Profesional de Puntarenas, para que participe en el Curso Internacional de Automatización Industrial con enfoque en Control Numérico en el marco del Programa Escuelas México, que se realizará en Aguascalientes-México, del 16 de agosto al 26 de setiembre de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID). Artículo 3º Que durante los días del 16 de agosto al 26 de setiembre de 2015, en que se autoriza la participación del señor Jorge Arturo Villarreal Alvarado en el Curso Internacional de Automatización Industrial con enfoque en Control Numérico, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 16 de agosto al 26 de setiembre de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de agosto del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). N MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar la señora Sirleny María Chaves Vargas, cédula de identidad N , Asesora Nacional del Departamento de Gestión y Producción de Recursos de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación, para que participe en el Curso el guión. Un documento creativo en el marco del Proyecto Ventana Educativa del Programa Mesoamericano de Cooperación , que se realizará en México, del 06 al 12 de setiembre de Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXID). Artículo 3º Que durante los días del 06 al 12 de setiembre de 2015, en que se autoriza la participación de la señora Sirleny María Chaves Vargas en el Curso el guión. Un documento creativo, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 06 al 12 de setiembre de Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ).

17 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 17 Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar al señor Greivin Villareal Sánchez, cédula de identidad Nº , Asesora Nacional de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación, para que participe para que participe en el Curso arquitectura de software y servicios web ventana educativa, en el marco del Proyecto Ventana Educativa del Programa Mesoamericano de Cooperación , que se realizará en México, del 04 al 10 de octubre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXID). Artículo 3º Que durante los días del 04 al 10 de octubre del 2015, en que se autoriza la participación del señor Greivin Villareal Sánchez en el Curso arquitectura de software y servicios web ventana educativa, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 04 al 10 de octubre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Gilda María Aguilar Montoya, cédula de identidad Nº , Jefe del Departamento de Educación Especial de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en las Jornadas Iberoamericanas de cooperación educativa: metas 2021: la educación que queremos para loe bicentenarios, que se realizará en Brasilia-Brasil, del 21 al 25 de setiembre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI). Artículo 3º Que durante los días del 21 al 25 de setiembre del 2015, en que se autoriza la participación de la señora Gilda María Aguilar Montoya en las Jornadas Iberoamericanas de cooperación educativa: metas 2021: la educación que queremos para loe bicentenarios, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 21 al 25 de setiembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de agosto del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a la señora Geovanna Dávila Monge, cédula de identidad Nº , Profesional en Informática 2 del Departamento de Sistemas de Informática de la Dirección de Informática, para que participe en el Curso arquitectura de software y servicios web ventana educativa, en el marco del Proyecto Ventana Educativa del Programa Mesoamericano de Cooperación , que se realizará en México, del 04 al 10 de octubre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXID). Artículo 3º Que durante los días del 04 al 10 de octubre del 2015, en que se autoriza la participación de la señora Geovanna Dávila Monge en el Curso arquitectura de software y servicios web ventana educativa, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 04 al 10 de octubre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a la señora Karla Gabriela Salguero Moya, cédula de identidad Nº , Directora de la Dirección de Recursos Tecnológicos en Educación, para que participe en el Seminario internacional sobre educación y políticas TIC. Los sistemas educativos en contexto de inmersión tecnológica y a la Reunión del estudio de revisión comparativa de aprendizaje móvil de UNESCO, que se realizará en Buenos Aires-Argentina, del 18 al 22 de agosto del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la interesada. Artículo 3º Que durante los días del 18 al 22 de agosto del 2015, en que se autoriza la participación de la señora Karla Gabriela Salguero Moya en el Seminario Internacional sobre educación y políticas TIC. Los sistemas educativos en contexto de inmersión tecnológica y a la Reunión del estudio de revisión comparativa de aprendizaje móvil de UNESCO, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 18 al 22 de agosto del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los dieciocho días del mes de agosto del dos mil quince. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar al señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez, cédula de identidad Nº , Jefe del Departamento de Control de Interno y Gestión de Riesgos de la Dirección de la Planificación Institucional, para que participe en el Curso regional de alto nivel en gestión de desastres e inversión pública en los procesos de desarrollo en Centroamérica en el marco del Proyecto de promoción y armonización de la Política Centroamericana de Gestión del Riesgo de Desastres, que se realizará en la Ciudad de Antigua-Guatemala, del 07 al 12 de setiembre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central (CEPREDENAC). Artículo 3º Que durante los días del 07 al 12 de setiembre del 2015, en que se autoriza la participación del señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez en el Curso regional de alto nivel en gestión de desastres e inversión pública en los procesos de desarrollo en Centroamérica, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 07 al 12 de setiembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ).

18 Pág 18 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar al señor Luis Pablo Zúñiga Morales, cédula de identidad Nº , Asesor del Despacho de la Ministra de Educación, para que participe en los Talleres de orientación y desarrollo de capacidades sobre educación para la ciudadanía mundial, que se realizará en Santiago de Chile-Chile, del 31 de agosto al 04 de setiembre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (OREALC/UNESCO Santiago). Artículo 3º Que durante los días del 31 de agosto al 04 de setiembre del 2015, en que se autoriza la participación del señor Luis Pablo Zúñiga Morales en los Talleres de orientación y desarrollo de capacidades sobre educación para la ciudadanía mundial, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 31 de agosto al 04 de setiembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Artículo 1º Designar a los señores Iván Mena Hidalgo, cédula de identidad Nº , Director de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras; Gerardo Ávila Villalobos, cédula de identidad Nº , Jefe Técnico de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, y Ricardo Alberto Riveros Rojas, cédula de identidad Nº , Ingeniero Industrial de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participen en la asesoría y acompañamiento a la Secretaría de Educación de Honduras en el tema Educación basada en normas por competencias, que se realizará en Honduras, del 31 de agosto al 04 de setiembre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Secretaría de Educación de Honduras. Artículo 3º Que durante los días del 31 de agosto al 04 de setiembre del 2015, en que se autoriza la participación de los señores Iván Mena Hidalgo, Gerardo Ávila Villalobos y Ricardo Alberto Riveros Rojas en la asesoría y acompañamiento a la Secretaría de Educación de Honduras en el tema Educación basada en normas por competencias, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 31 de agosto al 04 de setiembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de agosto del dos mil quince. Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar al señor Juan Carlos Dodero Giusto, cédula de identidad Nº , Asesor Regional de Inglés en la Dirección Regional de Educación de Turrialba, para que participe en el Programa de Visitantes Internacionales en el tema: Lenguaje americano conectando profesores de inglés con la cultura y la historia estadounidense, que se realizará en Estados Unidos de América, del 09 de enero al 01 de febrero del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Embajada de Estados Unidos de América. Artículo 3º Que durante los días del 09 de enero al 01 de febrero del 2015, en que se autoriza la participación del señor Juan Carlos Dodero Giusto en el Programa, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 09 de enero al 01 de febrero del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil catorce. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Artículo 1º Designar a los señores Mario Shedden Harris, cédula de identidad Nº , Arquitecto de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo y Luis Alejandro Granados Figueroa, cédula de identidad Nº , Arquitecto de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que participen en el Taller de cierre del Proyecto: Aprendizaje en Escuelas del Siglo XXI, que se realizará en Estados Unidos de América, del 08 al 11 de diciembre del Artículo 2º Que durante los días 07 y 12 de diciembre del 2014, el señor Shedden Harris y el señor Granados Figueroa se acogerán a sus períodos de vacaciones, con regreso al país el día 12 de diciembre del Artículo 3º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Artículo 4º Que durante los días del 08 al 11 de diciembre del 2014, en que se autoriza la participación de los señores Mario Shedden Harris y Luis Alejandro Granados Figueroa en el Taller, devengarán el 100% de sus salarios. Artículo 5º El presente acuerdo rige a partir del 08 al 11 de diciembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil catorce. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº MEP Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2014 (Ley Nº 9193 del 29 de noviembre del 2013) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República. Artículo 1º Designar a la señora Ligia Virginia Oviedo Fernández, cédula de identidad Nº , Profesional de Servicio Civil 3 del Departamento Análisis Estadístico de la Dirección de Planificación Institucional, para que participe en la Presentación del Proyecto Regional de Indicadores de Desarrollo Infantil- PRIDI, que se realizará en Estados Unidos de América, del 10 al 11 de diciembre del Artículo 2º Que durante los días 12 al 14 de diciembre del 2014, la señora Oviedo Fernández se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 14 de diciembre del Artículo 3º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericana de Desarrollo (BID). Artículo 4º Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario mediante la subpartida presupuestaria Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

19 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 19 Artículo 5º Que durante los días del 10 al 11 de diciembre del 2014, en que se autoriza la participación de la señora Ligia Virginia Oviedo Fernández en la Presentación, devengará el 100% de su salario. Artículo 6º El presente acuerdo rige a partir del 10 al 11 de diciembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de diciembre del dos mil catorce. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). MEP Artículo 1º Designar al señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez, cédula de identidad N , Jefe del Departamento de Control Interno y Gestión de Riesgos, para que participe en el Taller de Cierre de la I Etapa del Proyecto Regional Aprendizaje en Escuelas del Siglo XXI, que se realizará en Estados Unidos, del 8 al 12 de diciembre del Artículo 2º Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Artículo 3º Que durante los días del 08 al 12 de diciembre de 2014, en que se autoriza la participación del señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez en el Taller, devengará el 100% de su salario. Artículo 4º El presente acuerdo rige a partir del 8 al 12 de diciembre del Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil catorce. Sonia Marta Mora Escalante. 1 vez. O.C. N Solicitud N (IN ). RESOLUCIONES MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES Nº Ministerio de Obras Públicas y Transportes. San José, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día siete del mes de setiembre del dos mil quince. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Intercambio de Paso Ancho. Resultando: 1º Mediante oficio N DAJ-ABI del 24 de agosto del 2015, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N 24 del 04 de febrero del 2015, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Nº , cuya naturaleza: terreno de café, situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José, con una medida de 4.981,37 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: al norte, con Lilliana Méndez M. y Carmen Fernández; al sur, con Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Otro; al este, con calle pública con 30,67 metros; al oeste, con suroeste calle pública con 30,67 metros; al suroeste, con calle pública CPN 30 metros y 67 centímetros. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 8,00 metros cuadrados, según plano catastrado N Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Intercambio de Paso Ancho. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado N , mediante el cuál establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 8,00 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número b) Naturaleza: terreno de café. c) Ubicación: Situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N d) Propiedad: TSS Desarrollos S. A., cédula jurídica N , representada por Liana Garnier Acuña, cédula N e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 8,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Intercambio de Paso Ancho, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVE: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº , situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José, de la provincia de San José, y propiedad de TSS Desarrollos S. A., cédula jurídica N , representada por Liana Garnier Acuña, cédula N , un área de terreno equivalente a 8,00 metros cuadrados, según plano catastrado N , necesaria para la construcción del proyecto denominado Intercambio de Paso Ancho. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 9286.

20 Pág 20 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones. Publíquese y notifíquese. Carlos Segnini Villalobos Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº Ministerio de Obras Públicas y Transportes. San José, a las once horas y diez minutos del día siete del mes de setiembre del dos mil quince. Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia. Resultando: 1º Mediante oficio N DABI del 20 de abril del 2015, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N 24 del 04 de febrero del 2015, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº , cuya naturaleza es: terreno de potrero, situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela, con una medida de ,70 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: al norte, con Carlos Luis Delgado, Jorge Pérez, Ricardo Agüero, Jenaro Jorge Rojas Bolaños, Oso Tico S. A., María Fernández; al sur, con Carlos Luis Delgado Miranda, Dinorah Lizano, Miguel Rivera, Gregoria Castro, Francisco Agüero; al este, con Carlos Luis Delgado, Miguel Rivera, Jessye María Rojas Álvarez, Virginia Valverde, C.R.M.C veintiséis de setiembre S. A., y al oeste, con Virguita Chacón, Ligia Herrera, Juan Vargas, Lidieth Cruz, Cecilio Castro, El Estado. 2º Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 8.426,00 metros cuadrados, según plano catastrado N Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia. 3º Constan en el expediente administrativo número a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos: a) Plano Catastrado N , mediante el cuál establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 8.426,00 metros cuadrados. b) Estudio sobre la inscripción del inmueble; c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar; 4º En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y, Considerando: De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de La Ley de Expropiaciones, Nº 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público. De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe: a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número b) Naturaleza: terreno de potrero. c) Ubicación: Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N d) Propiedad: Agropecuaria Forestal Conservacionista Mysore S. A., cédula jurídica N , representada por el señor Jenaro Jorge Rojas Bolaños, cédula N e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 8.426,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón- La Abundancia, según se ha establecido supra. Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia. Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, RESUELVE: 1º Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº , situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela y propiedad de Agropecuaria Forestal Conservacionista Mysore S. A., cédula jurídica N , representada por el señor Jenaro Jorge Rojas Bolaños, cédula N , un área de terreno equivalente a 8.426,00 metros cuadrados, según plano catastrado N , necesaria para la construcción del proyecto denominado Nueva Carretera a San Carlos, Sección Sifón-La Abundancia. 2º Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº º Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones. Publíquese y notifíquese. Carlos Segnini Villalobos Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). DOCUMENTOS VARIOS OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL Resolución DGAC-URH-R Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección General de Aviación Civil. San José a las ocho horas del trece de marzo del dos mil quince. Resultando: 1 Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, el cual reza: Para los efectos de este Estatuto se considerarán servidores del Poder Ejecutivo los trabajadores a su servicio remunerados por el erario público y nombrados por acuerdo formal publicados en el diario oficial. 2 Que en ejercicio de las atribuciones que les confieren el artículo 140, inciso 2 de la Constitución Política y el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil (Leyes números 1581 del 30 de mayo de 1954, 4565 de 4 de mayo de 1970 y 6155 del 28 de noviembre de 1977), el Presidente de la República y el Ministro de Obras Públicas y Transportes, deberán publicar el nombramiento en propiedad de los siguientes funcionarios.

21 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 21 Considerando: Único. Que de conformidad con las competencias de la Unidad de Recursos Humanos de la Dirección General de Aviación Civil, se verificó que los nombramientos en propiedad deberán publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, y de acuerdo con el artículo 157 de la Ley 6227 Ley General de la Administración Pública la Administración puede en cualquier tiempo rectificar los errores materiales, lo procedente es ajustar a derecho los trámites pertinentes pendientes a efectos de publicar en el Diario Oficial La Gaceta, los nombramientos que se realizaron en la Dirección General de Aviación Civil, desde el 01 de marzo del 2010 hasta el 31 de diciembre del Por lo tanto, LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACION CIVIL, RESUELVE: Artículo 1 Nombrar en propiedad en la Dirección General de Aviación a las siguientes personas: ALVAREZ JIMÉNEZ, SANDRA, cédula , Enfermera 1, rige el 01/03/2010; FALLAS ROJAS, VIVIAN cédula , Especialista ATMB Controlador Tránsito Aéreo, rige el 16/03/2010; CAMILO VEGA FERNÁNDEZ cédula , Especialista ATMB Controlador Tránsito Aéreo, rige 16/03/2010; HEINER ROJAS ZAMORA cédula Profesional Servicio Civil 2, Derecho rige 16/03/2010; CAROLINA MUÑOZ VEGA cédula , Profesional Servicio Civil 2, rige 16/03/2010; ÓSCAR CORDERO OBANDO cédula , Médico Asistente General, rige 05/04/2010; ANDREA SOTO SALAS, cédula , Profesional Servicio Civil 2 Administración, rige 16/05/2010; LUIS DIEGO ROJAS ESCALANTE, , Conductor Servicio Civil 1, rige el 01/06/2010; JOSÉ ALFREDO PÉREZ SALAS, cédula , Conductor Servicio Civil 1 rige 01/06/2010; JOSÉ HIDALGO MORA, cédula , Conductor Servicio Civil 1, rige 01/06/2010; ANA VIRGINIA RIVERA MONTERO, cédula ,Profesional Servicio Civil 1 Administración, rige 01/07/2010; SUSANA RODRÍGUEZ ULLOA cédula , Auxiliar de Licencias, rige el 16/08/2010; GERARDO CAMACHO VILLALOBOS, cédula , Inspector de Licencias, rige el 16/08/2010; JOSÉ ANTONIO MENA MOYA, cédula , Inspector de Operaciones, rige el 16/08/2010; RONY ROJAS PARAJELES, cédula , Inspector de Operaciones, rige el 16/08/2010; LUIS PABLO CRUZ GONDREZ, cédula , Inspector de Operaciones, rige el16/08/2010; ALLEN VÍQUEZ BOLAÑOS, cédula , Inspector de Operaciones, rige el 16/08/2010; ROBERTO QUIRÓS ARAYA, cédula , Inspector Estándar de Vuelo A, rige el 16/08/2010; RICARDO JOSÉ JIMÉNEZ PANIAGUA cédula , Inspector Estándar de Vuelo A., rige el 16/08/2010; NORMA MORALES AGUILAR cédula Supervisor Tripulante de Cabina, rige el 16/08/2010; WARNER REYES CARRILLO cédula , Supervisor Tripulante de Cabina, rige el 16/08/2010; GERARDO AGÜERO AGÜERO, cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP/A, rige el 16/08/2010; NORMA CHRISTY ROBINSON cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP/A, rige el 16/08/2010; GRACE GUTIÉRREZ SEQUEIRA cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP/A, rige el 16/08/2010; MARJORIE CARMONA SOTO cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP/A, rige el 01/09/2010; SIGIFREDO FERNÁNDEZ GAMBOA cédula , Inspector Aeródromo 2, rige el 16/08/2010; MAURICIO GARBANZO CALVO cédula , rige el 01/09/2010, Profesional Servicio Civil 2 Ingeniería Civil ; MICHAEL ARAYA SOLANO cédula , Especialista ATM A Controlador de Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; VÍCTOR MANUEL ARDÓN BLANCO cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; NELSON MANUEL AGÜERO CASTILLO cédula , Especialista ATM A Controlador de Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; SAUL LIMONTA PACETTI, cédula , Especialista ATM A Controlador de Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; YENDRI MOLINA CAMPOS cédula Especialista ATM A Controlador de Tránsito Aéreo, rige 01/09/2010; AMY ZÚÑIGA SALAS cédula , Especialista ATM Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; GILBERTO JOSE DELGADO SALAZAR cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; MINOR ANTONIO COREA GUEVARA cédula , Especialista ATM A Controlador de Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; SHIRLEY DE LOS ANGELES ARIAS MARÍN , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige 01/09/2010; LEONARDO ESTEBAN GONZÁLEZ HERRERA, cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; MARCO VINICIO HERRERA MURILLO, cédula , Especialista ATMA Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; PEDRO MOISES PARADA ARMAS, cédula Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; AMELIA PATRICIA SALAS OCAMPO, cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; LEONEL JAVIER MÉNDEZ SEGURA, cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; ANDREA OTAROLA VILLEGAS, cédula , Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; BETZABE SOTO VILLEGAS, cédula Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; ROY AGILETTI CALVO, Cédula Especialista ATM A Controlador Tránsito Aéreo, rige el 01/09/2010; CARLOS ENRIQUE ROJAS MOLINA cédula , Técnico Serv. Civil 3, rige el 16/05/2012; MARITZA PÉREZ ACUÑA cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP A., rige el 16/06/2012; ALAIN FCO. ROJAS PORRAS cédula , Inspector Estándar vuelo A, rige el 01/07/2012; CARLOS E. SEVILLA AGUILAR cédula , Inspector Operaciones, rige el 01/07/2012; ANABELLE ARIAS CHACÓN cédula Secretaria Ser. Civil 1, rige el 16/08/2012; GERARDO JIMÉNEZ MARÍN, cédula Especialista ATM D, rige el 16/08/2012; REUDDY A. RAMÍREZ JARA cédula Misceláneo Servicio Civil 1 rige el 16/01/2013; YAZMIN PINNOCK SEGURA cédula Téc. Servicio Civil 3, rige el 01/11/2012; REUDY RAMÍREZ JARA, cédula , Misceláneo Sev. Civil 1, rige el 16/01/2013; SARY ALPÍZAR PEÑA cédula , Profesional Servicio Civil 2 Auditoría, rige el 01/03/2013; ADRIANA LISETH CALDERÓN ARCE cédula , Secretaria Servicio Civil 1, rige el 03/06/2013; ADRIANA FLORES ROJAS cédula , Profesional Servicio Civil 1 B, Administración, rige 01/07/2013; SANDRA ARTAVIA ARTAVIA, cédula , Profesional Servicio Civil 1 A. Administración, rige el 01/07/2013; OLMÁN RAMIREZ FALLAS cédula , Profesional Serv. Civil 2 Ingeniería rige el 01/08/2013; HANNY LUCÍA GONZÁLEZ BENAVIDES cédula , Secretaria Ser. Civil 1, rige el 16/08/2013; CARLOS S. CERDAS LAZO cédula , Profesional Informática 1 C., rige el 01/09/2013; JEFRY GERARDO OROZCO GARCÍA cédula , Técnico Servicio Civil 3, rige el 01/09/2013; SILVIA EUGENIA SOLANO SOLÍS cédula , Profesional Servicio Civil 2 Administración, rige el 01/09/2013; ANDREY ALONSO BONILLA SÁNCHEZ cédula , Técnico Servicio Civil 3, rige el 01/09/2013; ANA YANCY PANIAGUA CASCANTE cédula , Profesional Servicio Civil 1 Ingeniería, rige el 16/09/2013; VÍCTOR MONGE CORRALES cédula , Profesional Servicio Civil 1 Ingeniería, rige el 16/10/2013; JOHANNA SOLÍS FONSECA cédula , Profesional Servicio Civil 2 Administración, rige el 16/09/2013; VIOLETA MARÍA BLANCO ECHANDI cédula , Profesional Servicio Civil 2 Administración, rige el 01/11/2013; MARCELA GUTIÉRREZ FLORES cédula , Profesional Servicio Civil 2 Ingeniería, rige el 01/12/2013; RONALD MANRIQUE HERNÁNDEZ GARITA cédula , Profesional Servicio Civil 2 Auditoria rige el 01/12/2013; ALEXANDER VEGA ARCE cédula , Profesional Servicio Civil 2 Derecho, rige el 02/12/2013; SILVIA ZÚÑIGA MENA cédula , Técnico Aeronáutico AIS MAP A, rige el 01/12/2013; EDGAR LUIS LÓPEZ HERNÁNDEZ cédula , Técnico Servicio Civil 3, rige el 16/01/2014; CARLOS ANTONIO GUERRERO TORRES cédula , Técnico Servicio Civil 1, rige el 03/02/2014; JUDITH BENAVIDES GONZÁLEZ cédula , Profesional Servicio Civil 1, rige el 17/03/2014; MARILAURA GONZÁLEZ TREJOS, cédula , Profesional Servicio Civil 2 Derecho, rige el 16/02/2014; DANIELA RODRÍGUEZ LEITÓN cedula , Técnico Servicio Civil 2, rige el 01/03/2014; MARÍA IVETH BOLAÑOS SOLÍS, cédula , Profesional Informática 1 C., rige el 16/03/2014; ANGÉLICA MARÍA PÉREZ HERRERA cédula , Secretaria Servicio Civil 1, rige el 01/04/2014; MARLENE ACUÑA MARTÍNEZ cédula , Secretaria Servicio Civil 1, rige el 01/04/2014; FERNANDA CASTRO GÓMEZ cédula , Profesional Servicio Civil 2 Auditoria, rige el 01/04/2014; PAULA M. ARIAS DÍAZ cédula , Profesional Servicio Civil 1 A Administración rige el 16/05/2014; RAFAEL ANDREY GUTIÉRREZ AVENDAÑO cédula , Profesional Servicio Civil 1 Administración, rige el 01/08/2014; ALONSO CARRIÓN RODRÍGUEZ cédula , Profesional Servicio Civil 1 A Administración, rige el 16/07/2014; MAURICIO BRENES RAMÍREZ cédula , Especialista ATM A Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; DIEGO ELÍAS BADILLA GONZÁLEZ cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; MARLON RODRÍGUEZ LEITÓN cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; JOSÉ IGNACIO JIMÉNEZ SONGG cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el

22 Pág 22 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del /07/2014; ROY GERARDO ROJAS ARGUEDAS cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; GIANCARLO MORELLI QUESADA cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; FELIPE ARATA RODRÍGUEZ cédula , Especialista ATMA Controlador Aéreo, rige el 01/07/2014; ANA ISABEL CHACÓN VARGAS cédula , Profesional Servicio Civil 2 Administración, rige el 16/08/2014. Artículo 2 Rige a partir de las fechas indicadas para cada uno de los (as) funcionarios (as). Gianella Baltodano Andujo, Subdirección. 1 vez. O. C. N Solicitud N (IN ). La Dirección General de Aviación Civil avisa, que el señor Eric Koberg Herrera, cédula de identidad número uno-quinientos veintisietequinientos cinco en calidad de apoderado generalísimo limitado a la suma de tres millones de dólares; de la compañía CSS-Securitas Internacional de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica Nº tresciento uno- ciento treinta y siete mil ciento sesenta y tres; presentó una solicitud de Certificado de Explotación para brindar servicios de asistencia técnica en tierra en la modalidad de servicios de seguridad en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría y Daniel Oduber Quirós en las siguientes modalidades: a) Seguridad de la aeronave. b) Seguridad del equipaje de mano y de bodega. c) Seguridad de la carga y correo. d) Seguridad de pasajeros. e) Seguridad de zonas restringidas. f) Seguridad de provisiones, suministros y piezas de repuestos de la línea aérea. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973 publicado en el Alcance Nº 171 a La Gaceta Nº 221 de 23 de noviembre de 1973; el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta 75 del 19 de abril del 2006, Decreto Ejecutivo número MOPT, denominado Regulaciones Aeronáuticas Costarricenses, Reglamento para la Regulación de Servicios Especializados de Aeródromo, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 34 del 18 de febrero del 2014 y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo octavo de la sesión ordinaria número celebrada el día 26 del mes de agosto del 2015, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento. Consejo Técnico. Enio Cubillo Araya, Director General. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL Nº Ministerio de Obras Públicas y transportes. Consejo técnico de Aviación Civil. San José, a las 18:30 horas del 26 del mes de agosto del Se conoce la solicitud de Certificado de Explotación de la empresa Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (VOLARIS), representada por el señor Rolando Laclé Castro para brindar servicios de vuelos regulares y no regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, para operar las rutas: Cancún, México-San José, Costa Rica y vv y Guadalajara, México-San José, Costa Rica y vv. Resultandos: 1º Mediante escrito de fecha 15 de abril del 2015, el señor Rolando Laclé Castro, apoderado generalísimo de la Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, (VOLARIS), presentó al Consejo Técnico de Aviación Civil, solicitud para el otorgamiento de un certificado de explotación, bajo la modalidad de vuelos internacionales regulares y no regulares de pasajeros, carga y correo. 2º Mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 2 de junio del 2015, en lo que interesa el departamento de Transporte Aéreo, recomendó: Con base en el análisis realizado, a lo establecido en la Ley Nº7553 publicada en el diario oficial La Gaceta el 27 de octubre de 1995 (Acuerdo Bilateral y Memorando de Entendimiento), y una vez que el solicitante cumpla con las formalidades exigidas, demuestre satisfactoriamente la capacidad técnica para la prestación del servicio y cumpla con los requerimientos legales establecidos, se recomienda: 1. Otorgar a la sociedad Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, (VOLARIS), un Certificado de Explotación para ofrecer servicios de vuelos internacionales regulares y no regulares de pasajeros, carga y correo, a partir del 10 de setiembre del 2015, bajo los siguientes términos: Tipo de Servicio: Servicios de vuelos regulares y no regulares internacionales de pasajeros, carga y correo. Ruta: La compañía señala como rutas a operar: Cancún, México-San José, Costa Rica y vv y Guadalajara, México-San José, Costa Rica y vv. Frecuencias: Las operaciones se realizarán los días jueves y domingo de cada semana, en cada ruta solicitada. Equipo: El equipo a utilizar es AIRBUS, A320. 3º Mediante oficio DGAC-AIR-OF , recibido en la Asesoría Legal el 15 de junio del 2015, lo señores Álvaro Morales y Miguel Cerdas, inspector y jefe de Aeronavegabilidad, respectivamente, en lo que interesa indicaron: Por este medio le indico que una vez analizada la documentación presentada por la empresa VOLARIS, para dar cumplimiento a requisitos establecidos en el RAC para el otorgamiento del certificado de explotación el COA Extranjero, al respecto le indico que esta empresa ha cumplido con todos los requisitos técnicos indicados en este reglamento. Por lo anterior esta Unidad no tiene objeción técnica para que se le otorgue el Permiso de Operador Aéreo Extranjero COA-E º El Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo duodécimo de la sesión Ordinaria celebrada el día 23 de junio del 2015, acordó elevar a audiencia pública la solicitud de Certificado de Explotación de la compañía Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (VOLARIS); asimismo le autorizó un primer permiso provisional para operar la Ruta Cancún, México-San José, Costa Rica y vv y Guadalajara, México-San José, Costa Rica y vv., por un plazo de tres meses, efectivos a partir del 10 de setiembre del º Que el aviso de audiencia pública salió publicado en La Gaceta Nº 134 del 13 de julio del 2015, celebrándose dicha audiencia el día 5 de agosto del 2015, a las 9:30 horas sin que se presentaran oposiciones. 6º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto: 1. El artículo 10 inciso I) de la Ley General de Aviación Civil prescribe que es una atribución del Consejo Técnico de Aviación Civil, el otorgamiento, prórroga, suspensión, caducidad, revocación, modificación o cancelación de certificados de explotación o permisos provisionales para servicios de transporte aéreo, de aviación agrícola, de talleres de mantenimiento de aeronaves, fábricas de piezas o partes de las mismas, de escuelas para la enseñanza aeronáutica, sus diferentes ramas y para cualquier actividad lucrativa que el Poder Ejecutivo juzgue necesario que debe contar con la posesión de un certificado de explotación. Así mismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma simultánea, la

23 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 23 Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio. 2. Que Realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de Aviación Civil, número 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado en el Alcance 171 de La Gaceta 221 del 23 de noviembre de 1973, con las disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de conformidad con los antecedentes anteriores; la empresa Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (VOLARIS), cumple todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que permite otorgarles el Certificado de Explotación para brindar los servicios de vuelos regulares y no regulares internacionales de pasajeros, carga y correo, para operar las rutas: Cancún, México-San José, Costa Rica y vv y Guadalajara, México- San José, Costa Rica y vv. 3. Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la gestión de la compañía, la cual se celebró el día 5 de agosto del 2015, a las 9:30 horas. 4. Que el Consejo Técnico en la sesión ordinaria , celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 9 de mayo de 2011, acordó otorgar por un plazo de cinco años los certificados de explotación y las posibles renovaciones que se lleguen a solicitar para la explotación de servicios aeronáuticos y conexos con la aviación civil. En este sentido y a pesar de que la relaciones aerocomerciales entre la República de Costa Rica y los Estados Unidos Mexicanos se rigen por lo establecido en el Convenio de Bilateral sobre Transporte Aéreo vigente entre el Gobierno de México y el Gobierno de Costa Rica, firmado el 25 de febrero de 1991 y lo acordado en el Memorando de Entendimiento firmado el 14 de enero, 2010, se considera que al ser una Aerolínea que está tramitando el Certificado por primera vez, lo más prudente es que la vigencia de dicho certificado sea por un plazo de 5 años contados a partir de su expedición. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley y una vez cumplidos por la compañía solicitante todos los requisitos técnicos y legales. Por tanto, EL CONSEJO TECNICO DE AVIACION CIVIL RESUELVE: Otorgar a la compañía Concesionaria Vuela Compañía de Aviación Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable (VOLARIS), un Certificado de Explotación para ofrecer servicios de vuelos internacionales regulares y no regulares de pasajeros, carga y correo, a partir del 10 de setiembre del 2015, bajo los siguientes términos: Tipo de Servicio: Servicios de vuelos regulares y no regulares internacionales de pasajeros, carga y correo. Ruta: La compañía señala como rutas a operar: Cancún, México- San José, Costa Rica y vv y Guadalajara, México San José, Costa Rica y vv. Frecuencias: Las operaciones se realizarán los días jueves y domingo de cada semana, en cada ruta solicitada. Equipo: El equipo a utilizar es AIRBUS, A320. Tarifas: la empresa podrá aplicar aquellas tarifas para las cuales el CETAC haya aprobado su registro. Itinerarios: operara con los itinerarios que se encuentren debidamente aprobados por el CETAC. Estadísticas: La empresa debe enviar las estadísticas de los pasajeros y la carga movilizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley General de Aviación Civil. Vigencia: Otorgar la renovación al certificado de explotación por el plazo de 5 años contados a partir de su expedición. Consideraciones Técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación, además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado Cumplimiento de Leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos. Otras Obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas. Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a dos meses de operaciones, en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 1994 y el Decreto Ejecutivo Nº MOPT Reglamento para el otorgamiento de Certificados de Explotación, publicado en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre del Si el Concesionario no genera facturación a favor del Consejo Técnico de Aviación Civil, se exceptúa de rendir la garantía de cumplimiento sobre los servicios que ofrece. Así mismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13,14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil. Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo undécimo de la sesión ordinaria Nº , celebrada el día 26 de agosto de Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación. Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico. Eduardo Montero González, Vicepresidente Consejo Técnico de Aviación Civil. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). Nº Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Consejo Técnico de Aviación Civil. San José, a las 18:45 horas del 26 del mes de agosto del dos mil quince. Se conoce la solicitud Certificado de Explotación, de la empresa Tica Air International, cédula de persona jurídica Nº , representada por el señor Carlos Víquez Jara, para brindar servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales. Resultandos: 1º Mediante escrito sin número del 21 de mayo del 2014, el señor Carlos Víquez Jara, actuando como Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la entidad denominada Tica Air International Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica , solicitó ante el Consejo Técnico de Aviación Civil el otorgamiento de un Certificado de Explotación para operar servicio s aéreos de transporte público de pasajeros, carga y correo y de carga exclusivamente, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales a nombre de Air Costa Rica. 2º Mediante oficio DGAC-GCT-OF de fecha 8 de junio del 2015, el señor Carlos Sevilla, Gerente de proyecto de Air Costa Rica, en lo que interesa indica: Por medio de la presente les informo que una vez concluida la evaluación de los diferentes ejercicios que comprende la fase cuatro del proceso de certificación técnica, que lleva esta dirección general de aviación civil, la misma resulto satisfactoria, por el tal motivo se le da el cierre de la misma. Se le informo al operador, que para darle continuidad al proceso de certificación en su fase, deberá presentar documentación que compruebe que la aeronave con la que se cumplió fase 4 ( serie 26851, matrícula HP-1796 PST) ha sido excluida definitivamente del certificado de explotación en que se encontraba y el contrato inscrito en el registro aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil 3º Que mediante oficio DGAC-UDTA-INF de fecha 10 de junio el Departamento de Transporte Aéreo en lo que interesa recomendó:

24 Pág 24 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Con base en el análisis realizado, considerando que la solicitud presentada por la compañía Tica Air Internacional S. A., (Air Costa Rica), satisface los lineamientos requeridos por esta Dirección de Transporte Aéreo para el otorgamiento de la concesión de interés de acuerdo con la Ley General de Aviación Civil y sus normas auxiliares e independientemente de los criterios técnicos y legales que también debe cumplir, se recomienda: 1. Otorgar a la compañía Tica Air Internacional S. A., Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales, operando comercialmente bajo el nombre de Air Costa Rica, bajo las siguientes especificaciones: Rutas: Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa. San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua-Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa. Frecuencia: Diaria. Derechos de tráfico: En la ruta Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa, ejercerá derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad. En la ruta San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua-Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa, ejercerá derechos de tráfico de tercera, cuarta y quinta libertad. 4º El Consejo Técnico mediante el artículo undécimo de la sesión ordinaria celebrada por el 23 de junio del 2015, se acordó: elevar a audiencia pública la solicitud de Certificado de Explotación de la compañía Tica Air International para brindar los servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales. 5º Que el aviso de audiencia pública salió publicado en La Gaceta Nº 134 del 13 de julio del La audiencia fue realizada el día 5 de agosto del 2015, sin que se presentaran oposiciones. 6º Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y procedimientos de ley. Considerando: I. Sobre los hechos: Que para efectos del dictado de esta resolución se tienen por ciertos los resultandos anteriores por constar así en el expediente administrativo que al efecto lleva la Asesoría Legal de la Dirección General de Aviación Civil. II. Sobre el fondo del asunto 1. El artículo 10 inciso I) de la Ley General de Aviación Civil prescribe que es una atribución del Consejo Técnico de Aviación Civil, el otorgamiento, prórroga, suspensión, caducidad, revocación, modificación o cancelación de certificados de explotación o permisos provisionales para servicios de transporte aéreo, de aviación agrícola, de talleres de mantenimiento de aeronaves, fábricas de piezas o partes de las mismas, de escuelas para la enseñanza aeronáutica, sus diferentes ramas y para cualquier actividad lucrativa que el Poder Ejecutivo juzgue necesario que debe contar con la posesión de un certificado de explotación. Así mismo, el artículo 143 de la Ley General de Aviación Civil señala que para explotar cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo cuando se trate de servicios aéreos internacionales y en forma simultánea, la Dirección General de Aviación Civil tramitará el otorgamiento de un certificado operativo o certificado de operador aéreo, mediante el cual se demostrará la idoneidad técnica para prestar el servicio. 2. Que Realizado el procedimiento de certificación legal que establece la Ley General de Aviación Civil, número 5150 de 14 de mayo de 1973 y sus reformas, el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T publicado en el Alcance 171 de La Gaceta 221 del 23 de noviembre de 1973, con las disposiciones contenidas en la reglamentación internacional de OACI y demás Convenios Internacionales de Aviación Civil aplicables; se determinó que de conformidad con los antecedentes anteriores; la empresa Tica Air International Sociedad Anónima (Air Costa Rica), cumple todos los requerimientos técnicos, legales y financieros que permite otorgarles el Certificado de Explotación para brindar los servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales en las rutas Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa y San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua- Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa. 3. Que no se presentaron oposiciones a la audiencia pública convocada dentro de la gestión de la compañía, la cual se celebró el día 05 de agosto del 2015, a las 10:00 horas. 4. Que de conformidad a la sesión ordinaria , celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 09 de mayo de 2011, mediante la cual se acordó otorgar por un plazo de cinco años los certificados de explotación y las posibles renovaciones que se lleguen a solicitar para la explotación de servicios aeronáuticos y conexos con la aviación civil, el presente Certificado de Explotación podrá otorgarse por una vigencia de cinco años contados a partir de su expedición. Con fundamento en los hechos descritos y citas de ley y una vez cumplidos por la compañía solicitante todos los requisitos técnicos y legales. Por tanto, EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL RESUELVE: Otorgar a la compañía Tica Air Internacional S. A., cédula de persona jurídica Nº , representada por el señor Carlos Víquez Jara, Certificado de Explotación para brindar servicios de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, bajo la modalidad de vuelos regulares y no regulares internacionales, operando comercialmente bajo el nombre de Air Costa Rica, bajo las siguientes especificaciones: Rutas: Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica- Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa. San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua-Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa. Frecuencia: Diaria. Derechos de tráfico: En la ruta Ciudad de Panamá, Panamá- San José, Costa Rica-Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa, ejercerá derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad. En la ruta San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua-Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa, ejercerá derechos de tráfico de tercera, cuarta y quinta libertad. Tarifas: la empresa podrá aplicar aquellas tarifas para las cuales el CETAC haya aprobado su registro. Itinerarios: Los itinerarios deben encontrarse debidamente aprobados por el CETAC según lo indica así los artículos 175 y 176 de la Ley General de Aviación Civil. Las operaciones deberán iniciarse en el plazo establecido en el artículo 153 de la LGAC. Equipo a utilizar: Las operaciones en la ruta Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-Miami, Florida, Estados Unidos de América y viceversa serán efectuadas con aeronaves tipo Boeing con capacidad para 147 pasajeros en configuración de pasajeros, por su parte, las operaciones en la ruta San José, Costa Rica-Managua, Nicaragua-Ciudad de Guatemala, Guatemala y viceversa, se efectuarán con equipo Fokker 100, con capacidad máxima para 122 pasajeros. Estadísticas: La empresa debe enviar las estadísticas de los pasajeros y la carga movilizada, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 de la Ley General de Aviación Civil. Vigencia: Otorgar el certificado de explotación por el plazo de 5 años contados a partir de su expedición. Consideraciones Técnicas: La empresa deberá contar con la organización adecuada, el método de control, la vigilancia de las operaciones, el programa de instrucción y de mantenimiento, acordes con la naturaleza y amplitud de las especificaciones de operación, además se deberá someter a un proceso permanente de vigilancia con la finalidad de demostrar que cumple los requisitos para efectuar en forma segura y adecuada las operaciones del servicio aprobado.

25 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 25 Cumplimiento de Leyes: La concesionaria se obliga expresamente al estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley General de Aviación Civil número 5150 de 14 de mayo de 1973, sus reformas y reglamentos. Otras Obligaciones: La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que adquiera con la Dirección General y el Consejo Técnico de Aviación Civil que se deriven de actividades aeronáuticas. Además deberá rendir una garantía de cumplimiento de las obligaciones pecuniarias contraídas con el Consejo Técnico de Aviación Civil, por servicios aeronáuticos o por el uso de instalaciones aeroportuarias, según el equivalente a dos meses de operaciones, en el término de 15 días hábiles siguientes al otorgamiento de este certificado de explotación y de acuerdo con el procedimiento recomendado por el Departamento Financiero de la Dirección General de Aviación Civil, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº MOPT, publicado en La Gaceta Nº 54 del 17 de marzo de 1994 y el Decreto Ejecutivo Nº MOPT Reglamento para el otorgamiento de Certificados de Explotación, publicado en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre de Si el Concesionario no genera facturación a favor del Consejo Técnico de Aviación Civil, se exceptúa de rendir la garantía de cumplimiento sobre los servicios que ofrece. Así mismo, deberá garantizar la seguridad, eficiencia y continuidad del servicio concesionado, so pena de cancelar las concesiones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13,14 y 15 de la Ley General de Aviación Civil. Para la expedición de la presente resolución se han seguido todas las disposiciones de ley. Aprobado por el Consejo Técnico de Aviación Civil, mediante artículo duodécimo de la sesión ordinaria Nº , celebrada el día 26 de agosto del Remítase al Poder Ejecutivo para su aprobación. Notifíquese, publíquese e inscríbase en el Registro Aeronáutico. Eduardo Montero González, Vicepresidente, Consejo Técnico de Aviación Civil. Carlos Segnini Villalobos, Ministro de Obras Públicas y Transportes. 1 vez. O. C. Nº Solicitud Nº (IN ). PRIMER PROGRAMA DE LA RED VIAL CANTONAL (PRVC-I MOPT/BID) PRÉSTAMO BID Nº 2098/OC-CR UNIDAD EJECUTORA Y DE COORDINACIÓN INVITACIÓN A PRESENTAR MUESTRAS DE INTERÉS Se invita a presentar hojas de vida, a las personas interesadas en participar en el concurso público, para el siguiente puesto: Técnico en gestión de facturas Las expresiones de interés y toda la información respectiva deben ser entregadas en idioma castellano. La información debe ser presentada y registrada en la dirección mencionada abajo, a más tardar hasta las 16:00 horas, del día 02 de octubre de 2015 (hora local Costa Rica), mediante correo ordinario, fax, courier o correo electrónico. Los (as) consultores (as) deben tener en cuenta que las formalidades aduaneras y las distancias de envío pueden prolongar el plazo de entrega. La información que llegue después de esa hora y fecha no será recibida. Remitir a: Unidad Ejecutora, Plantel Central del MOPT, costado sur del Liceo de Costa Rica, Plaza Cleto González Víquez, ciudad: San José, País: Costa Rica, teléfono: (506) o , facsímil: (506) , correos electrónicos: uec@ mopt.go.cr; saymeric@mopt.go.cr. Más información y requerimientos a presentar en la muestra de interés, en el sitio en el link Programa MOPT- BID o realizar cualquier consulta a los correos electrónicos: uec@ mopt.go.cr; saymeric@mopt.go.cr; o a los teléfonos: (506) / Los contratos se financian con recursos del Contrato de Préstamo 2098-OC/CR (Primer Programa de la Red Vial Cantonal PRVC-I), suscrito entre el Gobierno de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Unidad Ejecutora del Primer Programa de la Red Vial Cantonal. Ing. Lilliam Ramírez Arias, Gerente. 1 vez. O.C. Nº Solicitud Nº (IN ). EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, título N 4, emitido por el Liceo Rural Barra del Parismina, en el año dos mil siete, a nombre de Mendoza Cruz Valerie Fernanda, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil quince. Departamento de Evaluación Académica y Certificación. Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa. (IN ). PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 296, título Nº 1779, emitido por el Liceo Nocturno Alfredo González Flores, en el año dos mil diez, a nombre de Velásquez Joaquín Paula Marvel, cédula Nº Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los diez días del mes de setiembre del dos mil quince. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. (IN ). PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 74, Título 525, emitido por el Colegio Nocturno de Naranjo, en el año dos mil nueve, a nombre de Méndez Acuña Ermis de San Gerardo, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil quince. Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora. (IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 242, título N 1437, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Ulloa, en el año dos mil tres, a nombre de Mora Morales Lucrecia Mariana, cédula Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los diecisiete días del mes de junio del dos mil quince. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. (IN ). Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 35, título 198, emitido por el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Rojas Acosta Gustavo Adolfo, cédula: Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en San José, a los dieciséis días del mes de setiembre del dos mil quince. MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora. (IN ). TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Transportes y Servicios Múltiples de Taxistas R. L., siglas COOPEMARGARITA R. L, acordada en asamblea celebrada el 28 de agosto del En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo: 65 del estatuto. Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe. 1 vez. (IN ).

26 Pág 26 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 JUSTICIA Y PAZ JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Propiedad Industrial PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad N , en calidad de apoderado generalísimo de Productora La Florida S. A., cédula jurídica N con domicilio en Echeverría, distrito 2 de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOG BY MAXI MALTA, como marca de fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza, otras bebidas no alcohólicas a base de malta y otras preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 11 de junio del Alex Villegas Méndez, Registrador. Solicitud N (IN ). Daniel Elías Soley Terán, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Melina Dada Zavala, casada dos veces, cédula de identidad con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, alto del Centro Cultura Norteamericana, 300 metros norte, 100 este y 100 norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de mayo del Milena Marín Jiménez, Registradora. Solicitud N (IN ). Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de JO and Jax, LLC con domicilio en 139 Fulton Street Ste. 515 New York, NY 10038, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: JO+JAX como marca de fábrica en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, a saber, ropa para danza, pantalones de chándal, sudaderas, camisetas para danza, unitardos, corpiños para danza, shorts para bicicleta, playeras sin mangas, pantalones para danza, gorras, zapatos para danza, botas para danza, medias, mallas, leotardos, faldas, trajes para danza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de mayo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. Solicitud N (IN ). Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Unipharm (International) A.G. con domicilio en Obere Plesurstrasse Chur, Suiza, solicita la inscripción de: BLOKER como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Medicamento de consumo humano para control de peso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 06 de julio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. Solicitud N (IN ). Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Jo and Jax, LLC con domicilio en 139 Fulton Street Ste. 515 New York, NY 10038, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, a saber, ropa para danza, pantalones de chándal, sudaderas, camisetas para danza, unitardos, corpiños para danza, shorts para bicicleta, playeras sin mangas, pantalones para danza, gorras, zapatos para danza, botas para danza, medias, mallas, leotardos, faldas, trajes para danza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril de del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de mayo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. Sol (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica , con domicilio en Sabana Oeste, Mata Redonda, Edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, la Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: educación; capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a, programas televisivos de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de entrevistas, de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de información, de noticias, de presentación de artistas, de turismo y de variedades; servicios de producción de programas de televisión culturales, deportivos, educativos, infantiles y musicales; servicios de producción de programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de programas de televisión abierta o por suscripción; servicios de educación, información y esparcimiento vía internet. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de julio de Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. Solicitud N (IN ). Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Equipos y Controles S. A., con domicilio en Boulevard Morazán, contiguo a Banco Atlántida, Tegucigalpa, Honduras, solicita la inscripción de: como marca de fábrica en clase: 2 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas, colores, barnices, lacas y sus derivados. Reservas: De los colores: Negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de febrero de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de abril de Jamie Phillips Guardado, Registradora. Solicitud N (IN ). Mauricio Bonilla Robert, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Coninca Costa Rica S. A., cédula jurídica , con domicilio en Pavas, 125 metros al sur de la Iglesia María Reina, Bodegas Morepark, N 40, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de carbones para herramientas y automotrices, amarras plásticas de uso profesional, terminales y conectores eléctricos, capacitores de arranque y marcha, y equipos para soldadura; ubicado en San José, Pavas, 750 metros al oeste de la Embajada de EE.UU. Reservas: De los colores: Negro, amarillo, blanco y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de abril de Bernard Molina Alvarado, Registrador. Solicitud N (IN ).

27 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 27 Henry Rodríguez Moreno, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Unimark S. A., con domicilio en Barrio Tournón, San Francisco de Goicoechea, Oficentro Torres del Campo, Torre 1, Piso 2, Oficinas Nassar Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios legales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de julio del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. Solicitud Nº (IN ). Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Sutra S.R.L con domicilio en Carlos Pellegrini 1355, piso 12 A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30 Productos de pastelería; panadería y confitería; entre ellos alfajores, galletas, galletitas, obleas; productos elaborados a base de leche, pan, chocolate, arroz, dulce de leche, frutas, café, miel y cereales; dulce de leche; bebidas a base de café, cacao o chocolate. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de junio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). María Del Milagro Chavez Desanti, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Ebel International Limited con domicilio en Argyle House 41 a, Cedar Avenue, Hamilton, HM12, Bermudas, solicita la inscripción de: STUDIO LOOK CY ZONE como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos cosméticos y de belleza, a saber: maquillaje, perfumería, productos de cuidado e higiene personal, y preparaciones cosméticas para tratamiento facial, corporal y capilar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 18 de junio del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Grünenthal GMBH con domicilio en Zieglerstraße 6, Aachen, Alemania, solicita la inscripción de: KETOTRAMAL como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso humano, a saber analgésicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de junio del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de junio del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ). María Del Milagro Chaves Desanti, divorciada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Macrolab Asociados S. A.S. con domicilio en carrera 48 NO 48 Sur-75 Envigado (Antioquia), Colombia, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Utensilios y recipientes para la casa o la cocina; peines y esponjas; cepillos (excepto brochas o pinceles para pintar); materiales para la fabricación de cepillos, ceda dental, cepillos dentales; artículos de limpieza; estropajos de acero; vidrio en bruto o semielaborado (con excepción del vidrio usado en la construcción); cristalería, porcelana y loza, no comprendías en otras clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). María Del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Ebel International Limited con domicilio en Argyle House 41 a, Cedar Avenue, Hamilton, HM12, Bermudas, solicita la inscripción de: ESIKA INTREPID como marca de fábrica y comercio en clase 3 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Agua de colonia, perfumes, desodorantes de uso personal, talcos de uso personal y lociones perfumadas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de mayo del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Ebel International Limited con domicilio en Argyle House 41 a, Cedar Avenue, Hamilton, HM12, Bermudas, solicita la inscripción de: COLORFIX como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos cosméticos de belleza, tales como maquillaje, perfumería, productos de cuidado e higiene personal, y preparaciones cosméticas para tratamiento facial, corporal y capilar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). María Del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de León Import S. A. con domicilio en calle 6 y avenida 2da, France Field, Zona Libre de Colón, Panamá, solicita la inscripción de: TOMITA como marca de fábrica y comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Partes para automotores, tales como: turbo cargadores para máquinas, alternador, motor arranque, frenos de disco para máquinas, inyectores para motores, carburador, cable de bujía, bomba hidráulica, bomba de aceite para uso de motores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de mayo del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Rodio Swissboring Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Escazú, Guachipelín, Oficentro Multipark, Edificio Térraba, Térraba, tercer piso, oficina 47, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a prestar los servicios de construcción: servicios relacionados con la construcción de edificios, carreteras, puentes, presas o líneas de transmisión: servicios especializados en obras geotécnicas, especialmente en construcción de pilotes, micropilotes, muros colados, muros anclados, sondeos y estudios geotécnicos, obras marinas. Ubicado en San José, Escazú, Guachipelín, Oficentro Multipark, edificio Térraba, tercer piso, oficina 43. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de

28 Pág 28 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 7 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, Barbados, solicita la inscripción de: TIRALAX como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de: VALOXE como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de: XASE como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Stewart Costa Rica ABC S. A., cédula jurídica con domicilio en barrio Tournón, edificio Continental, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Todo tipo de servicios relacionados con publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina, explotación de datos estadísticos. Reservas: De los colores: azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Stewart Costa Rica ABC S. A., cédula jurídica con domicilio en barrio Tournón, edificio Continental, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios inmobiliarios, servicios de corredores de valores y de bienes, servicios de administración de inmuebles, de alquiler, de estimación de bienes inmuebles o de socios capitalistas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 3 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Comercializadora Bogotana S. A.S. con domicilio en CRA. 77 H, N 59 A 48 Sur, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos veterinarios a saber: jabones, acondicionadores, talcos y preparaciones para baño seco. Reservas: De los colores: negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 20 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Comercializadora Bogotana S. A.S. con domicilio en CRA. 77 H, N 59 A 48 Sur, Bogotá, Colombia, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Shampoo, perfumes y colonias. Reservas: De los colores negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de julio del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Claudio Murillo Ramíres, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Freshy Deli Frescura S. A., cédula jurídica con domicilio en Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio 6, piso 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restauración (alimentación). Reservas: De los colores: Anaranjado y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 22 de abril del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ).

29 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 29 Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Freshy Deli Frescura S. A., cédula jurídica con domicilio en Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio 6, piso 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la elaboración de comidas preparadas. Ubicado en San José, Colima de Tibás, Parque Industrial Condal, Bodega Nº 38. Reservas: De los colores anaranjado y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 5 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Inversiones AM PM Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en costado sur del edificio de la Corte en San José, frente al Banco Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SOLUCIONES FRESH como señal de propaganda, para promocionar un programa promocional del establecimiento comercial dedicado a una tienda de conveniencia, situado en San José, Curridabat, Guayabos, 150 metros este de la Embajada de Italia, y la misma será usada con el Nombre Comercial Fresh Market Diseño, Registro Nº Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 23 de abril del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Cipla Limited con domicilio en Cipla House, Península Business Park, Ganpatrao Kadam Marg. Lower Parel, Mumbal , Maharashtra, India, solicita la inscripción de: SYNCHRO-BREATHE, como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos médicos para el tratamiento de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de abril del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Cipla Limited con domicilio en Cipla House, Península Business Park, Ganpatrao Kadam Marg. Lower Parel, Mumbal , Maharashtra, India, solicita la inscripción de: SYNCHRO-BREATHE como marca de comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos médicos para el tratamiento de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de abril del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Western Ip Management S. A. con domicilio en Ciudad de Panamá, Calle Samuel Lewis y Manuel María Icaza, local S, dos, edificio Gomosa, Panamá, solicita la inscripción de: CREDILAT como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios financieros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de abril del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Inversiones AM PM, Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en costado sur del edificio de la Corte en San José, frente al Banco Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GANÁ TIEMPO como señal de propaganda en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar a una tienda de conveniencia, en relación al nombre comercial AM PM, según el registro número Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de abril del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Honeywell International Inc. con domicilio en 101 Columbia Road, Morristown, NJ 07962, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DYNAMO como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Software para el análisis y manejo de alarmas y su uso en instalaciones de fabricación industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de marzo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de abril del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Honeywell International Inc. con domicilio en 101 Columbia Road, Morristown, NJ 07962, USA, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PROFIT como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aplicaciones de software para aumentar la eficiencia en y de los procesos industriales en el campo de la fabricación industrial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de abril del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Rodio Swissboring Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Escazú, Guachipelín, Oficentro Multipark, edificio Térraba, Térraba, tercer piso, oficina 47, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de construcción; servicios relacionados con la construcción de edificios, carreteras, puentes, presas o líneas de transmisión; servicios especializados en obras geotécnicas, especialmente en construcción de pilotes, micropilotes, muros colados, muros anclados, sondeos y estudios geotécnicos, obras marinas. Reservas: De los colores: Negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de abril del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ).

30 Pág 30 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Denise Garnier Acuña, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de GMG Servicios Costa Rica Sociedad Anónima, Cédula jurídica con domicilio en 200 metros al sur de la antigua Aduana Las Cañas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONGE A PRECIOS DE GOLFITO como señal de propaganda, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar campañas publicitarias para atraer la atención del público consumidor por la comercialización de los siguientes artículos; videograbadoras, radios, televisores y equipos de sonido, aparatos de alumbrado, de producción, de calefacción, de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación; un local destinado a la comercialización de electrodomésticos, muebles, artículos de hogar, regalos, artículos de supermercado, artículos deportivos, bicicletas, artículos de oficina, libros, llantas, ^accesorios para carros, artículos de montaña, artículos de línea blanca, artículos escolares, ropa, lubricantes, artículos de cocina y artículos de decoración relacionados con las marcas Importadora Monge, clase 09,registro Nº , Importadora Monge diseño, clase 11, registro Nº y el nombre comercial registro Nº Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1 de junio del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de: ARANXI como marca de comercio en el clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, Barbados, solicita la inscripción de: GOIXE como marca de comercio en el clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Markatrade Inc. con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, Barbados, solicita la inscripción de: LARAXTIL como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 21 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc., con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de LOXAVE, como marca de comercio en clases: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Markatrade Inc., con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de LOXAX, como marca de comercio en clases: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales, desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Markatrade Inc., con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, solicita la inscripción de ORAXU, como marca de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Markatrade Inc., con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados., barbados, solicita la inscripción de STOXEC, como marca de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias

31 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 31 dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Markatrade Inc., con domicilio en Whitepark House, White Park Road, Bridgetown, Barbados, barbados, solicita la inscripción de TELIRAX, como marca de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos nutricionales para seres humanos y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas; herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 22 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Ofibodegas Empresariales Santa Rosa S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Santo Domingo, Santa Rosa, 1 kilómetro oeste del Inbio Parque, Oficinas Ofibodegas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: VÍA LA VALENCIA como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a un centro comercial. Ubicado en Heredia, Santo Domingo, Santa Rosa, 1 kilómetro oeste del Inbio Parque. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de setiembre del Carlos Rosales Picado, Registrador. Solicitud Nº (IN ). Rachid Fauzi Maalouf Kafie, soltero, pasaporte C764620, en calidad de apoderado generalísimo de La Antorcha Sumea Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en las instalaciones del Centro Comercial City Mall, frente al Hospital de Alajuela, primer nivel, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a un supermercado, ubicado en el Centro Comercial City Mall, Alajuela, primer nivel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de agosto del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de agosto del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de gestor oficioso de Oculus VR LLC, con domicilio en 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: OCULUS como marca de fábrica y servicios, en clases: 9; 25; 28; 35; 38; 41; 42 y 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 9: Software de juegos de realidad virtual; hardware para juegos de computadora de realidad virtual; dispositivos periféricos para computadoras; software de realidad virtual para usa en computadoras habilitadas, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos que se sujetan con las manos, computadoras tabletas, dispositivos móviles, y teléfonos móviles para facilitar experiencias de realidad virtual; software de juegos electrónicos para dispositivos inalámbricos; software de juegos electrónicos para dispositivos electrónicos que se sujetan con las manos; software de juegos de computadoras para computadoras personales y consolas de juegos de video para la casa; programas de computadora para juegos de video y de computadora; programas de juegos de video y de computadora; dispositivos periféricos que se pueden llevar puestos para computadoras, computadoras tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles, a saber, dispositivos configurables que se montan sobre la cabeza; software de realidad virtual; software de videojuegos; programas de juego interactivos multimedia de computadora; programas de juego electrónicos que se pueden descargar; software de juegos de computadora; sets para la cabeza que se usan con computadoras. Clase 25: Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños, a saber, camisas, camisetas, chaquetas, tops, sudaderas, artículos de sombrerería, sombreros y gorras. Clase 28: Sets para la cabeza y cascos de realidad virtual adaptados para uso al jugar videojuegos; sets para la cabeza de realidad virtual para jugar videojuegos para conexión a computadoras, consolas de videojuego, consolas de videojuego que se sujetan con las manos, computadoras tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para habilitar experiencias de realidad virtual; consolas de videojuego; unidades de control remoto interactivos para videojuegos; dispositivos periféricos que se pueden llevar puestos para jugar videojuegos especialmente adaptados para computadoras, consolas de videojuego, consolas de videojuego que se sujetan con las manos, computadoras tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles; controladores de juegos para juegos de computadoras; consolas de videojuegos. Clase 35: Servicios de marketing, publicidad y promoción; facilitar información de investigación de mercado; promover los bienes y servicios de terceros vía redes de computadora y comunicación; facilitar el intercambio y venta de servicios y productos de terceros vía redes de computadoras y comunicación; servicios de tienda al detalle en línea con sets para la cabeza de realidad virtual, y contenidos y datos de realidad virtual; facilitar mercados en línea para vendedores de productos y/o servicios; proveer facilidades en línea para conectar vendedores con compradores; redes comerciales. Clase 38: Facilitar acceso a bases de datos de computadora, electrónicas y en línea; servicios de telecomunicaciones, a saber, transmisión electrónica de contenidos y datos de realidad virtual; facilitar foros en línea para comunicación sobre temas de interés general; facilitar boletines informativos electrónicos para la transmisión de mensajes entre usuarios en el campo de interés general; servicios de voz sobre IP; servicios de comunicaciones telefónicas. Clase 41: Servicios de entretenimiento, a saber, facilitar juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido de realidad virtual; organizar exhibiciones en los campos de entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónicos para el consumidor e industrias de entretenimiento de videojuegos para fines culturales y educacionales; producción de software de juegos de video y de computadora; facilitar un juego de computadora para uso a lo largo de la red por usuarios de la red; facilitar juegos en línea de realidad aumentada; servicios de entretenimiento, a saber, facilitar juegos de video en línea. Clase 42: Diseño y desarrollo de hardware y software de juegos de computadora y hardware y software de realidad virtual; servicios de programación de computadoras para crear videos y juegos de realidad aumentada; diseño y desarrollo de software de juegos de computadora y software de videojuegos para uso con computadoras, sistemas de programas de videojuego y redes de computadoras; desarrollo de hardware de computadora para juegos de computadora; servicios de desarrollo de videojuegos; servicios de computadora, a saber, crear comunidades virtuales para usuarios registrados para organizar grupos y eventos, participar en discusiones, obtener retroalimentación de sus compañeros, e involucrarse en redes sociales, de negocios y comunitarias; servicios de computadora, a saber, dar acceso a terceros a facilidades electrónicas para organizar y conducir reuniones, eventos y discusiones interactivas vía redes de comunicaciones; servicios de aplicación de proveedor de servicios (ASP), a saber, patrocinar

32 Pág 32 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 aplicaciones de software de computadora para terceros; aplicación de proveedor de servicios (ASP) con software que habilita o facilita cargar, descargar, correr, postear, exhibir, bloguear, enlazar, modificar, compartir o de otra manera proveer media o información electrónica sobre redes de comunicación; proveer servicios de red en línea que habilita a los usuarios para transfer datos personales de identidad y compartir datos de identidad personal con y entre múltiples sitios en línea; facilitar sitios en línea con tecnología que habilita a los usuarios en línea a crear perfiles personales conteniendo información social y comercial para darse a conocer y para transferir y compartir dicha información entre múltiples sitios en línea; proveer información de índices y bases de datos de información en los que se pueden realizar búsquedas, incluyendo texto, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, por medio de redes de computadora y de comunicación; proveer uso temporal de aplicaciones de software que no se pueden descargar para redes sociales, crear una comunidad virtual y transmisión de contenido y datos de realidad virtual; servicios de computadora de la naturaleza de facilitar paginas en línea hechas a la medida con información definida o especificada por el usuario, perfiles personales, y contenidos y datos de realidad virtual; servicios de computadora, a saber, proveer un motor de búsqueda para obtener datos en una red global de computadoras y de comunicación; facilitar software de comercio electrónico que no se puede descargar que permite a los usuarios llevar acabo transacciones de comercio electrónico vía una red global de computadoras y de comunicación; proveer sitios en línea que dan a los usuarios la habilidad para cargar, modificar y compartir contenidos y datos de realidad virtual. Clase 45: Servicios a base de Internet de introducción social, dar a conocerse en redes y de citas; proveer bases de datos de computadora en línea en los campos de dar a conocerse en redes sociales, introducción social y citas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 13 de julio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC con domicilio en 9330 Zionsville Road, Indianapolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TORDONXT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pesticidas, productos para eliminar animales dañinos, fungicidas, herbicidas e insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 9 de julio del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Ardent Holdings Limited con domicilio en Maersk House, Braham Street, London E1 8EP, Reino Unido, solicita la inscripción de: ARDENT como marca de servicios en clase: 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Rescate de botes; rescates bajo el agua; rescate de embarcaciones; rescate de barcos; remoción de restos de desastres navales; servicios de transferencia de carga de una embarcación a otra; remoción bajo el agua de gas de barcos; gestión de proyectos en los campos de rescate marino y remoción de restos de desastres navales; operaciones marítimas de respuesta a emergencias, a saber, proveer de ingenieros marinos, arquitectos navales, y otros especialistas marinos para salvar embarcaciones hundidas y proveer consultoría en relación con los mismos; rescate de barcos en peligro; servicios de rescate de barcos; buceo y rescate bajo el agua. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de julio del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Ardent Holdings Limited con domicilio en Maersk House, Braham Street, London E1 8EP, Reino Unido, solicita la inscripción de: ARDENT como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Operaciones marítimas de respuesta a emergencias, a saber, proveer de ingenieros marinos, arquitectos navales, y otros especialistas marinos para reparar embarcaciones dañadas y proveer consultoría en relación con los mismos; operaciones marítimas de respuesta a emergencias, a saber, bomberos marinos, servicios de buceo, respuesta a recuperación luego de un derrame de petróleo y remoción de los desechos petroleros (derrames) de embarcaciones, recuperación de metales preciosos y no preciosos debajo del agua; gestión de proyectos en los campos de reparación de embarcaciones; remover de servicio plataformas petroleras; enjaular, entubar e instalar tuberías de perforación para pozos petroleros; abandono de pozos; servicios de perfbraciones excavadoras de pozos petroleros y de gas; construcción, instalación, reparación y alquiler de unidades de producción de petróleo y gas; colocación de cables bajo el mar; limpieza de derrames de petróleo, gas y químicos en agua por medio de cuerpos booms que confinan el derrame y / o mangueras de vacío para aspirar el material derramado; limpieza de embarcaciones; limpieza de cascos de barcos; limpieza de hélices de barcos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 8 de julio del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC con domicilio en 9330 Zionsville Road, Indianapolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INATREQ como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pesticidas, productos para eliminar animales dafiinos, fungicidas, herbicidas e insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de junio del Ildreth Araya Mesen, Registradora. Solicitud N (IN ). Luis Carlos Gómez Robleto, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de American Automobile Association Inc., con domicilio en 1000 Drive Heathrow, Florida 32746, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de AAA AMERICAN AUTOMOBILE ASSOCIATION, como señal de propaganda para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar servicio de turismo receptivo. Relacionada con la marca AAA, expediente número Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2003, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de febrero del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Comercial Importadora S. A. De C.V., con domicilio en Guillermo González Camarena Nº 400, Col. Centro Ciudad Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, México, D.F. C.P , México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aceites y grasas industriales, lubricantes, productos para absorber, regar y concentrar el polvo, combustibles (incluyendo gasolinas para motores) y materias para alumbrar, velas y mechas para alumbrar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,

33 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 33 dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de abril del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de agosto del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Bequisa Indústria Química Do Brasil Ltda., con domicilio en Avenida Antonio Bernardo; 3950, Parque Industrial Imigrantes, Conjunto Residencial Humaitá, São Vicente, São Paulo, , Brasil, solicita la inscripción de FUMIGAS 57 FT, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 4 de junio del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Stratus Video Llc. Limited Liability Company, con domicilio en 600 Cleveland St Suite 1000 Clearwater, Florida 33755, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de intérprete. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Ferrer Internacional S. A., con domicilio en Gran Vía Carlos III, 94, 08028, Barcelona, España, solicita la inscripción de: OZIONAX como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Antibióticos bactericidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de junio del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. Solicitud N (IN ). Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Terminales Santamaría S. A., cédula jurídica con domicilio en Pavas, contiguo a Acueductos y Alcantarillados, frente a la estación de bomberos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases: 35 y 39 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 35: Servicios de importación y exportación de compras realizadas por medio de la internet; servicios de agencia de importación y exportación de cargas. Clase 39: Servicios de distribución (reparto) de productos, servicios de transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; servicios de distribución de paquetes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de agosto del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Ace Limited con domicilio en Bärengasse 32, 8001 Zurich, Suiza, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Bridgestone Licensing Services, INC. con domicilio en 535 Marriott Drive, Nashville, Tennessee 37214, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FIRESTONE como marca de fábrica y comercio en clases: 7; 17; 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 7 Máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean accionados manualmente; incubadoras de huevos; distribuidores automáticos; máquinas y aparatos de construcción; máquinas y aparatos de carga y descarga; orugas de caucho para uso con tractores de oruga en maquinaria agrícola; orugas de caucho para uso con tractores de oruga en maquinaria para minería; orugas de caucho para uso con tractores de oruga en construcción, maquinaria para manejar carga; cojinetes de caucho para ser adheridos a placas de zapata metálicas de tractores de oruga; orugas de caucho para uso con tractores de oruga en removedores de nieve; partes y accesorios para todos los productos antes dichos; fajas para transportadores; fajas de transmisión, que no sean para vehículos terrestres; transportadores de faja; frenos para máquinas; acoples hidráulicos de liberación rápida para mangueras de alta presión usadas en máquinas; tubería plástica (partes a la medida de máquinas); conectores hidráulicos (tuberías) como parte de máquinas; maquinaria para reparación de llantas; cámaras de presión como parte de maquinaria para reparación de llantas; amortiguadores de llantas como parte de maquinaria para reparación de llantas; aplanadores y cosedoras de banda de rodadura como parte de maquinaria para reparación de llantas; cortadores de banda de rodadura y aplicadores de agente aglutinante usados en el revestimiento de llantas como parte de maquinaria para reparar llantas; amortiguadores neumáticos (resortes de aire, para elementos de máquinas que no sean para vehículos terrestres); resortes de caucho para sistemas de suspensión no vehiculares., clase 17 Caucho, gutapercha, goma, amianto, mica; productos de materias plásticas semielaborados; materiales para calafatear, estopar y aislar; tubos flexibles no metálicos; mangueras hidráulicas, no metálicas, para uso en máquinas; mangueras no metálicas para transferir energía hidráulica en máquinas; mangueras no metálicas para uso en sistemas hidráulicos en máquinas., clase 18 Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería; bolsas para compras; bolsas para deportes; mochilas; bolsas para viajar; bolsas de mano; bolsas para compras con ruedas; bolsas de red o malla para compras; carteras; bolsas escolares; bolsas (sobres, bolsitas) de cuero para empacar; paraguas; sombrillas; estuches para tarjetas; llaveros; prendas de cuero; estuches de vanidad no hechos a la medida. y clase 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería; chaquetas contraviento; puños; zapatos de golf picos de golf trajes de ciclista de jerséis para carreras; pantalones de ciclista para carreras; overoles de ciclista; pantalones casuales de golf gorras de golf camisas de golf pantalones de golf; enaguas de golf chaquetas; pantalones para trotar; pantalones de buzo; pantalones casuales; abrigos; capas de lluvia; suéteres; camisas deportivas; camisolas; camisas usadas como ropa interior; pantalones usados como ropa interior; chalecos; camisas de cuello abierto; camisas con cuello; protectores de cuello; medias; bufandas; guantes; guantes para andar en bicicleta; pañuelos; ropa interior termal; protectores para cuellos de prendas de vestir; orejeras; sombreros; gorras (ropa); viseras; zapatos deportivos; zapatos para caminar; zapatos; guantes

34 Pág 34 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 para carreras en bicicleta; guantes para ciclismo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. Solicitud N (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Ajinomoto CO., INC, con domicilio en 15-1, Kyobashi 1-Chome, Chuo-Ku, Tokyo, Japón, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; sopas; bases para sopas; preparaciones para hacer sopas; mezclas instantáneas de sopa; caldo (bouillon); concentrado de caldo (bouillon); caldo; concentrado de caldo; carne seca; carne congelada; carne cocida; pescado seco; pescado congelado; pescado cocido; mariscos secos; mariscos congelados; mariscos cocidos; aves secas; carne enlatada; vegetales enlatados; pescado enlatado; yogurt; queso; mantequilla; margarina; ensaladas de vegetales, frutos secos procesados, tofu; productos alimenticios hechos de pescado; productos alimenticios hechos de aves; productos alimenticios hechos de carne; productos alimenticios hechos de mariscos; productos alimenticios hechos de crustáceos y moluscos; productos alimenticios hechos de vegetales; puré de tomate; tomates procesados y en conserva; puré de papa; mezcla de papas majadas; papas procesadas y en conserva. y 30: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; sal condimentada; mezclas de condimentos; extracto de levadura; preparaciones hechas de harina; salsa soya; condimentos; saborizantes, excepto aceites esenciales; resaltadores del sabor; pimienta; aderezos para ensaladas; salsa de mayonesa; mezcla de salsa demi-glace; mezcla de salsa bechamel; salsas para carnes; edulcorantes naturales; edulcorantes bajos en calorías que consisten principalmente de edulcorantes naturales; proteína vegetal hidrolizada para usar como condimento; proteína de suero hidrolizado para usar como condimento; fideos; fideos instantáneos; fideos con sopa; arroz frito; fideos fritos; cereales; pastas; papilla; risotto; mezcla de gratinado; comidas que consisten principalmente de arroz; comidas que consisten principalmente de pastas; comidas que consisten principalmente de fideos; alimentos congelados que consisten principalmente de arroz, fideos, dumplings y pasta; suavizantes para carne para uso doméstico; mezclas de pan condimentado para uso en carne, aves, mariscos y vegetales; mezclas de mezcla de condimentos para uso en carne, aves, mariscos y vegetales; mezclas para cubrir condimentadas para uso en carne, aves, mariscos y vegetales; mezcla de pan lista para usar para freír; condimentos que llevan glutamato mono sódico como su principal condimento; salsa de tomate. Reservas: De los colores: rojo, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 16 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Goba Internacional S. A. de C. V. con domicilio en Avenida Insurgentes Sur N 1647, piso 12, Colonia San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez, C.P , México, D.F., México, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clases: 8; 9; 16 y 20 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 8: Herramientas e instrumentos manuales, cuchillería, tenedores, cucharas, armas blancas, navajas, especialmente tijeras y cuchillos; maquinillas de afeitar y de corte de cabello, herramientas e instrumentos impulsados manualmente que conforman el utillaje de diversas profesiones tales como herramientas de corte, navajas, cuchillos, tijeras, cizallas; tijeras para jardinería, para hojalatería, para peluquería, para la estética personal, para las artes manuales, para las artesanías, para sastrería y modista, para uso doméstico, escolar, de oficina y de oficios manuales; herramientas sacabocados, troqueles (herramientas de mano), tijeras con patrones de corte decorativos y escuadras (herramientas de mano), estuches para la manicura y para la pedicura; alicates para la cutícula y para las uñas. Clase 9: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD, memorias USB, soportes digitales de almacenamiento de información y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; reglas de cálculo, reglas de calibrar, reglas (instrumentos de medición), reglas para medición de ángulos (transportadores de ángulos), ábacos, compases (instrumentos de medición), escalimetros (instrumentos de medición), lupas (ópticas), contadores manuales; pizarrones electrónicos. Clase 16: Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; cintas entintadas; clichés de imprenta; incluyendo engrapadoras, perforadoras, encuadernadoras de escritorio, engargoladoras de escritorio, desengrapadoras, afilalápices (sacapuntas para lápices), foliadoras, sellos de estampar, sellos fechadores, almohadillas para sellos, cojines, mojasellos, tintas para sellos; perforadoras de papel para cortes con figuras o diseños; grapas de uso escolar, doméstico, de oficina y para las artes manuales; impresiones, posters, litografías, ilustraciones coleccionables o didácticas, etiquetas adhesivas, estampillas, máquinas de oficina o escritorios para estampillar, tarjetas conmemorativas o de felicitación, impresos recortables e impresos en general, cuadros, portarretratos y álbumes de fotografías; instrumentos de escritura como lápices, lápices de colores, lápices de cera, minas de lápices, plumas, bolígrafos, plumines, marcadores y resaltadores; estuches de escritura (artículos de papelería), carteleras (tablones de anuncios) de papel o cartón; correctores (artículos de oficina), borradores para pizarras y goma de borrar; pizarrones, pizarrones magnéticos, pizarras para escribir; figuras de cartón o papel, calcomanías; papel y cartón; cartón corrugado de colores, con suajes o corte específico o predeterminado; álbumes fotográficos y esquineros o protectores de esquinas para documentos y fundas protectoras de documentos, clips de oficina, clips para sujetar papeles, sujetadores de documentos (artículos de papelería), fundas portadocumentos (artículos de papelería), carpetas para documentos, bandejas portadocumentos; diamantina para uso de papelería, adhesivos de silicón para papelería o uso doméstico; palitos de madera para la elaboración de manualidades; estuches para instrumentos de escritura; estuches de papelería (artículos de oficina); guillotinas. Clase 20: Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases; láminas y placas de materias plásticas, especialmente láminas y placas de espuma de etilvinilacetato (foamy) en diversos colores o combinación de colores y texturas; láminas y placas de materiales plásticos para decoraciones, manualidades, acojinamiento,

35 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 35 revestimiento, aislamiento, para elaborar maquetas y otros artículos de decoración. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 11 de junio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Leonora Carboni Álvarez, divorciada, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en San Francisco de Dos Ríos; contiguo a las bodegas de Cervecería Costa Rica FIFCO, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de PLÁCIDA, como marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para Uso médico en cualquier tipo de presentación, tabletas, cápsulas, líquida, gel y Spray. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Leonora Carboni Álvarez, divorciada, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima de Lisan Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, contiguo a las bodegas de Cervecería Costa Rica FIFCO, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de PLÁCIDA, como marca de fábrica en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 un producto compuesto a base de productos químicos para la industria farmacéutica y la ciencia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de agosto del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Laura Alexandra Aguilera Pereira, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en Calle Blancos, El Encanto del Súper Santa Julia; 25 mts sur, casa portón blanco mano izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios para el tratamiento de la obesidad y sobrepeso así como las patologías relacionadas a estas, por medio de la combinación terapéutica de la nutrición y la psicología. Reservas: de los colores: negro, verde y fusia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Estibens Andrés Fernández Quesada, soltero, cédula de identidad con domicilio en Santa Gertrudis, Grecia; 600 mts. al este, de la plaza de deportes calle San José., Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a restaurante de comida saludable y vegetariana, ubicado en 125 mtrs norte, de la Escuela Eulogia Ruiz, Grecia Centro, Alajuela. Reservas: de los colores café, verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de marzo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de marzo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Himalaya Global Holdings Ltd., con domicilio en 106 Elizabethan Square, P O Box 1162, Grand Cayman, KY1-1102, Islas Caimán, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Las hierbas medicinales, preparaciones farmacéuticos, preparaciones veterinarias, sustancias dietéticas, productos de suplementos nutricionales para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Himalaya Global Holdings Ltd., con domicilio en 106 Elizabethan Square, P O Box 1162, Grand Cayman, KY1-1102, Islas Caimán, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Miel, café y té. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 26 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Himalaya Global Holdings Ltd., con domicilio en 106 Elizabethan Square, P O Box 1162, Grand Cayman, KY1-1102, Islas Caimán, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos, incluidas preparaciones cosméticas para el adelgazamiento; lociones para uso cosmético; cremas para uso cosmético; aceites esenciales para uso cosmético, champús y lociones para el cabello, jabones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Intel Corporation; con domicilio en 2200, Mission College Boulevard, Santa Clara, California, , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de INTEL QUARK, como marca de fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: circuitos integrados; memorias dé circuitos integrados; chips de circuitos integrados; conjuntos de chips de ordenador; procesadores semiconductores; chips de procesadores de semiconductores; chips semiconductores; circuitos impresos; tarjetas de circuitos integrados; tarjetas de circuitos impresos; tarjetas de circuitos electrónicos; memorias de los semiconductores y las unidades de memoria de semiconductores; placas de circuitos de vídeo; tarjetas de circuitos de audio; tarjetas de circuitos de audio y vídeo; tableros videoprocessor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera

36 Pág 36 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 publicación de este edicto. Presentada el 10 de febrero del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 22 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebida de té frió blanco con arándanos en botella. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en del aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bebida de té frío con limón en botella. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en Alajuela, del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de CHIRICANA, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas [condimentos]; especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L., con domicilio en Alajuela, del aeropuerto, 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de CHIRICANA, como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de mayo del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 19 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Dyalá Jiménez Figueres, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en El Cedral; torre 4, nivel 1, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de arbitraje. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de febrero del 2015, según expediente Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 9 de junio del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de PPG Industries Ohio Inc., con domicilio en 3800 West 143RD Street, Cleveland, State Of Ohio 44111, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SHOPLINE como marca de fábrica en clase 2 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas, barnices, lacas, preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; colorantes; mordientes; resinas naturales en estado bruto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de junio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Banco Financiera Comercial Hondureña S. A. (Banco FICOHSA) con domicilio en Colonia Las Colinas, Boulevard Francia, en el edificio Plaza Victoria, piso quinto, Tegucigalpa, Honduras, solicita la inscripción de: FICOHSA ONLINE como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Seguros; operaciones monetarias; negocios inmobiliarios ofrecidos por medios virtuales o en línea. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 3 de junio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Indutop S. A., con domicilio en Joaquín Requena 1786, Montevideo, Uruguay, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 1 de junio del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Monogram Ink S. A., con domicilio en Escazú, Trejos Montealegre, del restaurante Tony Romas, 600 metros al oeste, Consortium Lacle & Gutiérrez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de artículos personalizados (bolsos, hieleras, paños, canastas de playa y picnic,

37 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 37 cobijas, peluches y similares), ubicado en Centro Comercial Plaza Los Laureles, Escazú, San José, Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 29 de mayo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de PPG Architectural Finishes Inc., con domicilio en One PPG Place, City of Pittsburgh, State of Pennsylvania 15272, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AURUM como marca de fábrica, en clase 2 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas, barnices, lacas, preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; colorantes; mordientes; resinas naturales en estado bruto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 15 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Marco Montero González, divorciado, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Grupo Cacaolat S.L., con domicilio en Avda. Francesc Macia, , Santa Coloma de Gramanet, (Barcelona), España, solicita la inscripción de: Cacaolat como marca de fábrica, en clase 29 y 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29 Leche y productos lácteos que contengan cacao; batidos de leche que contengan cacao. Clase 30 Cacao, bebidas a base de cacao, bebidas a base de chocolate; bebidas de chocolate que contienen leche; bebidas hechas con una base de chocolate; chocolate, chocolate en polvo; chocolate para beber; cacao en polvo; cacao para su uso en la confección de bebidas, productos a base de cacao, cremas a base de cacao en forma de cremas para untar; alimentos a base de cacao, bebidas en polvo que contienen cacao; preparados para hacer bebidas basadas en cacao; preparados en polvo que contienen cacao para la confección de bebidas; preparaciones para bebidas de chocolate; productos a base de chocolate; cacao con leche; confitería de chocolate; bombones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 5 de agosto del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de PPG Architectural Finishes Inc., con domicilio en One PPG Place, City of Pittsburgh, State Of Pennsylvania 15272, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: THE VOICE OF COLOR como marca de fábrica, en clase 2 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas, barnices, lacas, preservativos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; colorantes; mordientes; resinas naturales en estado bruto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de agosto del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Intel Corporation con domicilio en 2200 Mission College Boulevard, Santa Clara, California, , Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EXPERIENCE WHAT S INSIDE como marca de fábrica y servicios, en clase 9; 38; 41 y 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Computadoras; ordenadores de mano; minicomputadoras; hardware informático; circuitos integrados; conjuntos de chips de ordenador; procesadores semiconductores; chips semiconductores; microprocesadores; tarjetas de circuitos impresos; tarjetas de circuitos electrónicos; tarjetas madre de ordenador; microcontroladores; procesadores de datos; unidades centrales de procesamiento; memorias de los semiconductores; dispositivos de almacenamiento de memoria; unidades flash; procesadores programables de software; microprocesadores digitales y ópticos; periféricos de ordenador; tarjetas de circuitos de vídeo; tarjetas de circuitos de audio; tarjetas de circuitos de audio y video; aceleradores de gráficos de vídeo; procesamiento de gráficos y de video; tarjetas de procesador de video; aparatos de seguridad electrónicos y un equipo de vigilancia, es decir, hardware, chips de computadoras y microprocesadores optimizados para la vigilancia de la seguridad electrónica; programas de software algoritmo para la operación y control de los ordenadores; software del sistema operativo de la computadora; extensiones del sistema informático de la computadora, herramientas y utilidades en el campo de la aplicación de software para la conexión de computadoras, redes, aparatos de telecomunicaciones personal y aplicaciones de red informática mundial; hardware y software para mejorar y proporcionar en tiempo real la transferencia, transmisión, recepción, procesamiento y digitalización de información de audio y gráficos de vídeo; firmware del ordenador; software de utilidad y otros programas informáticos utilizados para mantener y operar los sistemas informáticos; instalaciones informáticas; asistentes digitales personales; organizadores personales electrónicos portátiles y de mano; sistemas de seguridad para hardware y software informático, a saber, los firewalls, red de hardware de servidor de acceso para la creación y mantenimiento de firewalls, red privada virtual (VPN) con software y hardware operativo servidor informático para la creación y mantenimiento de firewalls; software de seguridad para el acceso y el control y la seguridad de los sistemas informáticos y de comunicación; hardware y software para su uso en la protección de las redes informáticas de robo o daños de datos por los usuarios no autorizados; tarjetas aceleradoras de voz de ordenador; equipos de telecomunicaciones de la red y el tratamiento informático y los sistemas informáticos que operan; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones, a saber, los routers de ordenador, hubs, servidores y conmutadores; hardware y software para el desarrollo, mantenimiento y uso de las redes informáticas de área local y amplia; equipos de redes informáticas; set-top boxes; dispositivos electrónicos de control para la interfaz y el control de los ordenadores y las redes mundiales de informática y telecomunicaciones con televisión y cable transmisiones y equipo; aparatos de pruebas y circuitos de programación integrada; servidores de un ordenador; hardware y software para crear, facilitar y gestionar el acceso remoto y la comunicación con redes de área local (LAN), redes privadas virtuales (VPN), redes de área amplia (WAN) y redes informáticas mundiales; software y hardware para su uso en el suministro de acceso multiusuario a una red informática mundial de información para la búsqueda, recuperación, transferencia, manipulación y difusión de una amplia gama de información; herramientas de software del ordenador, es decir, software de utilidad para la facilitación de las aplicaciones de software de terceros; hardware y software para la comunicación de red inalámbrica; publicaciones electrónicas descargables en forma de boletines, libros, revistas, periódicos, folletos y documentos técnicos en el área de la electrónica, semiconductores, aparatos integrados y dispositivos, ordenadores, telecomunicaciones, entretenimiento, telefonía y telecomunicaciones por cable e inalámbricas; electrónica manuales de instrucción descargable desde una red informática mundial; sistema de posicionamiento global (GPS); equipos de navegación de vehículos; dispositivos de comunicación del vehículo; monitores e indicadores del vehículo electrónicos; computadoras de vehículos y dispositivos de computación; en el vehículo dispositivos y componentes de entretenimiento y de información y entretenimiento para ellos; Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de

38 Pág 38 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores. 38: Los servicios de telecomunicaciones y la comunicación; transferencia de datos por telecomunicaciones; el acceso inalámbrico a Internet y las redes de comunicación; transmisión de voz, datos, gráficos, sonidos, imágenes de video y contenido multimedia a través de redes de comunicaciones inalámbricas y de Internet; servicios voz sobre protocolo de Internet (VOIP); los servicios de radiodifusión y la provisión de acceso a las telecomunicaciones de voz, datos, gráficos, sonido, vídeo y contenido multimedia; teleconferencias; transmisión electrónica y transmisión de datos, audio, vídeo y contenido multimedia; servicios de difusión de Internet; transmisión electrónica y transmisión de datos, audio, vídeo y contenido de medios digitales para terceros a través de redes globales y locales de ordenadores; la radiodifusión inalámbrica; conexión por telecomunicaciones electrónicas a través de las redes ópticas; servicios de consultoría de telecomunicaciones; ofreciendo habitaciones en línea de chat y tablones de anuncios electrónicos para la transmisión de mensajes entre usuarios en el campo de interés general; mensajería electrónica; telecomunicaciones. 41: El entrenamiento de los servicios en las áreas de redes, diseño de sistemas de red, gestión de la red, mantenimiento de la red, herramientas de red, protocolos de red, gestión de redes, ingeniería de redes, ordenadores, software, microprocesadores y tecnología de la información; servicios de entretenimiento, a saber, la organización de exposiciones para los juegos de ordenador, con juegos informáticos en línea, y la organización deportiva de la comunidad y eventos culturales; suministro de publicaciones en línea en la naturaleza de revistas, boletines, revistas, libros y folletos en las áreas de la fotografía, las imágenes y los bienes y servicios relacionados; servicios de educación, es decir, la realización de seminarios, cursos y sesiones de tutoría en el campo de la imagen digital a través de redes informáticas mundiales; servicios de educación computarizada en línea, es decir, proporcionar clases, seminarios, tutorías, conferencias y talleres en el campo de las computadoras, hardware, microprocesadores, software y redes informáticas; servicios educativos, a saber, proporcionar tutorías interactivas y cursos en la naturaleza de cómo-a guías, consejos y técnicas, orientación y asesoramiento, todos relacionados con la adquisición, uso, cuidado, mantenimiento, soporte, mejora, actualización y configuración de equipo hardware, software, redes de computadoras, bienes y servicios de teleconferencia y de las comunicaciones; servicios educativos, a saber, la realización de clases, seminarios, conferencias y foros educativos en línea en el campo de la informática y el uso del software, la navegación a través de redes mundiales de informática, ciencias de la computación y tecnología, administración de equipos y materiales del curso distribución en relación con los mismos; elaboración y difusión de materiales educativos diseñados para aumentar la alfabetización tecnológica entre los estudiantes; servicios de educación y formación en el campo de las soluciones de negocio en línea; la educación; servicios de formación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales, y 42: servicios de gestión de red informática, a saber, el seguimiento de los sistemas de red para usos técnicos; alojamiento de contenidos digitales en Internet; servicios de monitoreo de redes informáticas, a saber, el suministro de información sobre el funcionamiento de las redes informáticas; diseño técnico de servicios de consultoría en el campo de la informática y la computación inalámbrica; servicios de utilización temporal de software no descargable para mejorar y proporcionar en tiempo real de transferencia, transmisión, recepción, procesamiento y digitalización de información de audio y gráficos de vídeo; servicios de utilización temporal de software no descargable para el procesamiento, almacenamiento, recuperación, transmisión, exhibición, entrada, salida, comprimir, descomprimir, modificación, transmisión e impresión de los datos; servicios de utilización temporal de software no descargable para garantizar la seguridad de las redes informáticas, para el control de acceso y seguridad, y para su uso en la protección de las redes informáticas del robo de datos o daños a personas no autorizadas; servicios de utilización temporal de software no descargable para la recepción, visualización y uso de video broadcast, audio y señales de datos digitales; servicios de utilización temporal de software no descargable para crear, facilitar, desarrollar, mantener y gestionar el acceso remoto y la comunicación con redes de área local (LAN), redes privadas virtuales (VPN), redes de área amplia (WAN) y redes informáticas mundiales; servicios de utilización temporal de software no descargable para su uso en el suministro de acceso multiusuario a una red mundial de información de la computadora para buscar, recuperar, transferir, manipular y difundir una amplia gama de información; servicios de utilización temporal de herramientas de software no descargable para la facilitación de las aplicaciones de software de terceros; servicios de utilización temporal de software no descargable para las comunicaciones de red inalámbrica; desarrollo, diseño, y servicios relacionados con software y hardware de consultoría; diseño y desarrollo de estándares para otros en el diseño e implementación de software, hardware y equipos de telecomunicaciones; proporcionando a los clientes y técnicos con información relativa a la gestión de proyectos informáticos; servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de mayo del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Jon Casey Kindred, casado 1 vez, cédula de residencia con domicilio en 100 norte Hermosa Valley School Cóbano, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir, artículos de sombrerería, calzado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 14 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Jon Casey Kindred, casado 1 vez, cédula de residencia con domicilio en 100 norte Hermosa Valley School Cóbano, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones. Reservas: no se hace reserva del término cr. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 1 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Jaqueline Cantillo Siles, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en Santa Ana, Río Oro calle La Chimba 1600 metros al sur contiguo a Condominio San Nicolás de Bari, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Trajes de baño, salidas de playa, blusas de playa, pantalones de playa, enaguas y short de playa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos

39 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 39 meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 10 de agosto del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Jorge Alberto Saborío Elizondo, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo de Importadora J A Samo Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Palmares, 150 metros al sur del Parque Central, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de comercio en clase, 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Productos cosméticos para uñas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 31 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). M a del Rosario Villegas Vílchez, casada una vez, cédula de identidad con domicilio en Liberia, B a Victoria 250 E de Ermita, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Bolsos, carteras, billeteras, cosmetiqueras, mochilas, cartucheras, elaboradas en tela. Reservas: No se hace reserva de los términos COSTA RICA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 1 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Inyectores de Plástico S. A., con domicilio en Avenida Petapa y 55 Calle, Zona 12, Ciudad de Guatemala, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 9 de abril del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Walter Sidney Crumbley JR, soltero, Pasaporte , en calidad de Apoderado Generalísimo de Hawler s Bar & Grill S. A., cédula jurídica con domicilio en Goicoechea, Barrio Tournón, costado sur del centro comercial El Pueblo, Oficentro Torres del Campo, Torre 2, cuarto piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a servicios de restaurante y bar, comidas y bebidas en general, ubicado en Alajuela, San Ramón, El Castillo, Peñas Blancas, contiguo al Hotel Majestic Lodge. Reservas: De los colores: negro, amarillo y verde. No se reserva el término THE ONLY PLACE IN THE JUNGLE. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 7 de setiembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Juan Bautista Rojas Conejo, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo de Biota Consultores en Desarrollo Sustentable S. A., cédula jurídica con domicilio en Palmares contiguo a La Cruz Roja bufete Campos y Sagot, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigaciones industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Reservas: De los colores: celeste, negro, verde tierno, amarillo tenue y amarillo fuerte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 18 de marzo del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Mauricio José Garro Guillén, soltero, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo de Agencia de Protección de Datos de los Habitantes, cédula jurídica , con domicilio en Zapote, Registro Nacional Módulo 8 Administrativo primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 35; 41 y 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 35: Compilación de información en las bases de datos (datos personales y sus bienes); clase 41: Capacitación sobre protección, defensa y respeto de los derechos de las personas a la autodeterminación informativa y derechos de la personalidad respecto al tratamiento automatizado o manual de datos personales o de bienes; y clase 45: servicios de información, asesoramiento y consultoría jurídica para la protección, defensa y respeto de los derechos de las personas a la autodeterminación informativa y derechos de la personalidad respecto al tratamiento automatizado o manual de datos personales o de bienes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de setiembre del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad , en calidad de apoderado especial de Honda Motor Co., Ltd. con domicilio en 1-1, Minami-Aoyama 2-Chome, Minato-Ku, Tokyo , Japón, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Motores (excepto motores para vehículos terrestres); generadores de electricidad, bombas de agua; máquinas y máquinas herramientas; acoplamientos y componentes de transmisión (excepto aquellos para vehículos terrestres); instrumentos agrícolas que no sean manuales; incubadoras para huevos; y partes y acoplamientos para los bienes anteriormente mencionados incluidos en esta clase. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del 2015, solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 4 de setiembre del Walter Campos Fernández, Registrador. Solicitud N (IN ). Daniel Castro Camacho, soltero, cédula de identidad con domicilio en San Jerónimo de Moravia, 300 metros al norte de la iglesia católica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de entretenimiento, amenización musical, conciertos, actividades musicales y culturales. Se

40 Pág 40 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 8 de mayo del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Ana Catalina Monge Rodríguez, casada dos veces, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Truper, S. A. de C.V. con en Calle D N 31-A, Colonia modelo, Naucalpan de Juárez. Estado de México, México, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina todos relacionados con ferreterías; incluyendo servicios de compra-venta a través de tiendas de productos de ferretería, plomería, máquinas herramientas y herramientas manuales; servicios de comercialización (intermediario comercial) de productos de ferretería, plomería, máquinas herramientas y herramientas manuales artículos eléctricos, materiales metálicos, artículos de ferretería, de jardinería, productos para medir, para pesar, de riego, vestuarios de protección, pegamentos, pinturas, lacas y barnices, artículos para pintores y lonas, todas de una ferretería. Reservas: De los colores: azul y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 21 de agosto del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). Ólger Axel Mejías Valenciano, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo de Inversiones Mejías Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Monserrat, del Polideportivo del sitio, 200 metros al sur y 150 metros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, mantenimiento de software, asesoría sobre uso de software, actualización o alquiler de software, servicios de seguridad informática, consultoría y servicios de software y hardware y licenciamientos de software. Reservas: De los colores: blanco profundo, azul, verde y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). Ólger Axel Mejías Valenciano, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Generalísimo de Inversiones Mejías Morera Sociedad Anónima, cédula jurídica con domicilio en Monserrat, del Polideportivo del sitio, 200 metros al sur y 150 metros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al Servicio de diseño y desarrollo de equipos informáticos y de sofware. Mantenimiento de software, asesoría sobre uso de software, actualización o alquiler de software, servicios de seguridad informática, consultoría y servicios de Software y Hardward y licenciamientos de Software. Ubicado en San José, Paseo Colón, de la esquina noroeste del Centro Colón, 100 metros al norte. Reservas: Del color: azul turquesa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 17 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de The Singer Company Limited S.A.R.L. con domicilio en 1, Rue Des Glacis, L-1628, Luxemburgo, solicita la inscripción de: LEGACY como marca de fábrica y comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas de coser. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 16 de marzo del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Alejandra Castro Bonilla, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de Doctor Feet Productos Ortopédicos Ltda., con domicilio en Rua Bandeira Paulista, 859, Itaim Bibi, Sao Paulo-SP, Brasil, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase 35 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 35 Comercio [a través de cualquier medio] de artefactos e instrumentos quirúrgicos. Comercio [a través de cualquier medio] de artefactos e instrumentos médicos. Comercio [a través de cualquier medio] de artículos del vestuario. Comercio [a través de cualquier medio] de artículos ortopédicos. Comercio [a través de cualquier medio] de artículos para gimnasia. Comercio [a través de cualquier medio] de artículos para la práctica de deportes. Comercio [a través de cualquier medio] de cosméticos. Comercio [a través de cualquier medio] de material para curativos. Comercio [a través de cualquier medio] de aceites esenciales. Comercio [a través de cualquier medio] de preparaciones higiénicas para uso medicinal. Asesoría, consultoría e información sobre franquicia, excepto licénciamiento de la propiedad intelectual [gestión comercial]. Asesoría, consultoría e información sobre gestión de negocios y comercialización de productos bajo contrato de franquicia. Asesoría, consultoría e información sobre la implantación y viabilidad de sistema de franquicia. Gestión de franquicia. Todo lo anterior en relación con servicios que se refieran al pie o a los pies, (ventas al por menor, al detalle, en locales comerciales físicos y mediante internet) y 44 servicios médicos; servicios de higiene y belleza para los seres humanos; asesoría en cuestiones de salud asesoría, consultoría e información sobre asistencia médica, prestada por médicos y otros especialistas del área médica. Asesoría, consultoría e información sobre estética personal [tratamiento de la piel y el cabello]. Asesoría, consultoría e información sobre masajes. Asesoría, consultoría e información médica. Asesoría, consultoría e información en el área médica. Asesoría, consultoría e información en el campo de la salud y de la medicina. Asesoría, consultoría e información sobre belleza. Asesoría, consultoría e información sobre cuidados médicos. Consultas médicas. Consultoría farmacéutica estética [tratamiento de la piel y el cabello], estética facial y corporal, fisioterapia; manicura y pedicura; masaje; servicios de clínica médica, servicios de salud spa [servicios médicos o estéticos]. Tratamiento médico. Todo lo anterior en relación con servicios que se refieren al pie o los pies. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de agosto del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Alejandra Castro Bonilla, casada una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderada Especial de United States Polo Association con domicilio en 1400 Centrepark BLVD, Suite 200, West Palm Beach, FL 33401, USA, solicita la inscripción de:

41 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 41 como marca de fábrica y comercio, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 18 Bolsos de uso múltiple, mochilas, bolsas de playa, portafolios tipo maletín, maletines, tarjeteros, bolsos de embrague, monederos, estuches para cosméticos vendidos vacíos, bolsas de lona, organizadores de aseo personal para viajes, bolsos para gimnasio, bolsos de mano, estuches para llaves, llaveros de cuero, bolsas de cuero, equipaje, etiquetas de equipaje, bolsos de mensajero, bolsos de viaje, bolsos, bolsas enrollables para joyería, bolsas de asas, estuches de viaje, paraguas, billeteras, balsas de muñecas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 13 de agosto del Milena Marín Jiménez, Registradora. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hero Motocorp Ltd. con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: THRILLER SPORTS como marca de servicios, en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 25 de marzo del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hero Motocorp Ltd., con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: SPLENDOR ISMART como marca de fábrica y servicios en clase 12 y 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 12 Vehículos, incluyendo sus partes, piezas y accesorios correspondientes a la clase 12. En clase 37 Reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hero Motocorp Ltd., con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: SPLENDOR como marca de fábrica y servicios, en clase 12 y 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 12 Vehículos, incluyendo sus partes, piezas y accesorios. En clase 37 Reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad , en calidad de Apoderado Especial de Hero Motocorp Ltd., con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: DAWN como marca de fábrica y servicios, en clase 12 y 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 12 Vehículos, incluyendo sus partes, piezas y accesorios correspondientes a la clase 12. En clase 37 Reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 30 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Hero Motocorp Ltd., con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: SPLENDOR PRO CLASSIC como marca de fábrica y servicios, en clase: 12 y 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 12: vehículos, incluyendo sus partes, piezas y accesorios. Clase 37: reparación, mantenimiento, instalación y revisión de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de marzo del Johnny Rodríguez Garita, Registrador. (IN ). Helena Chavarría Saxe, casada dos veces, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada generalísima de Premio Incentives S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Monterrey de Montes de Oca, de la Fundación Costa Rica-Canadá, 50 metros oeste y 25 metros sur, casa a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 35; 39 y 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: organización ejecución, explotación y supervisión de programas de incentivos. Clase 39: organización de viajes, excursiones, servicios de información sobre viajes y agencias de turismo, información sobre tarifas, horarios y medios de transporte; acompañamiento de viajeros, visitas turísticas. Clase 41: servicios de entretenimiento; destinados a divertir o entretener, diversión y entretenimiento de personas, organización de congresos, seminarios, conferencias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de setiembre del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Hero Motocorp Ltd., con domicilio en 34, Community Centre, Basant Lok, Vasant Vihar, New Delhi, India, solicita la inscripción de: THRILLER SPORTS como marca de comercio, en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos, incluyendo sus partes, piezas y accesorios correspondientes a la clase 12. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 25 de marzo del Walter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Alejandra Castro Bonilla, casada una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Eymard Argüello Mancilla, soltero, cédula de identidad IDMEX , con domicilio en Carretera Federal La Covadonga Nº 7, San Lorenzo Almecatla, Cuautlacingo, Puebla, México, solicita la inscripción de:

42 Pág 42 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 como marca de fábrica y servicios, en clase: 32 y 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 32: agua purificada envasada, agua de sabores envasada. Clase 40: fabricación y elaboración de plantas y equipos purificadores de agua. Reservas: no se hace reserva del vocablo.com. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de agosto del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ). Alejandra Castro Bonilla, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Almacenes Simán Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Paseo General Escalón, Nº 3700, Colonia Escalón, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de almacenes de venta por menor y mayor de productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, productos higiénicos, para el aseo personal y productos de belleza en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de agosto del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Alejandra Castro Bonilla, casada una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Young Living Essential Oils LC, con domicilio en 3125 W Executive Pkwy Lehi, UT, 84043, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: YOUNG LIVING como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aceites esenciales; aceites de aromaterapia; aceites de masaje; fragancias; preparaciones para el cuidado del cabello; champús y acondicionadores para el cabello; preparaciones para el cuidado del cabello; barras de jabón; jabones de mano; gel de ducha; desodorantes corporales; cosméticos; preparaciones no medicinales para el cuidado de la piel; cremas para la piel; cremas hidratantes para la piel; lociones para la piel; champú para mascotas; pasta de dientes y enjuagues bucales; limpiadores para todos los propósitos; pasta de dientes y enjuagues bucales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de mayo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Baxter International Inc., con domicilio en One Baxter Parkway, Deerfield, Illinois 60015, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BAXALTA como marca de fábrica y comercio, en clase: 5; 9; 10; 16; 38; 41 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: preparaciones y substancias farmacéuticas; fármacos. Clase 9: software de computadoras; publicaciones electrónicas descargables. Clase 10: dispositivos médicos; aparatos e instrumentos médicos. Clase 16: publicaciones educativas; publicaciones. Clase 38: servicios de facilitar el acceso a bases de datos que contienen información médica y contenidos educativos relacionados. Clase 41: servicios de educación y entretenimiento; información educativa; proveer publicaciones electrónicas, no descargables. Clase 44: servicios médicos y de cuidado de la salud; cuidado higiénico para seres humanos; recolección y/o purificación de sangre humana. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de marzo del Adriana Broutin Espinoza, Registradora. (IN ). Arturo Francisco Barrientos Sibaja, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Casa Viva Costa Rica Niñez y Adolescencia en Familia, cédula jurídica Nº , con domicilio en distrito San Pedro, cantón Montes de Oca, del Restaurante Macho Pichu 600 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: promover alternativas de cuido basado en familias para los niños, niñas y adolescentes más vulnerables de Costa Rica, incluyendo el reencuentro familiar, el acogimiento, la adopción y otras modalidades de ayuda; a través de un programa técnico profesional que ofrece soluciones basadas en familia, a niños, niñas y adolescentes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 12 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. (IN ). Esteban Montero Coto, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Monteco de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en calle nueve, avenidas dos y cuatro, del Banco Nacional de Costa Rica, doscientos metros al oeste y cincuenta metros al sur, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOVO PET como marca de comercio, en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: shampoo, acondicionador y perfumes para uso animal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Luis Enrique Fernández Paredes, casado una vez, cédula de residencia Nº , con domicilio en Sabana Norte, del ICE 50 m oeste, 400 m norte y 100 m oeste, casa portones gris, junto a la caseta del Guarda, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de setiembre del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Sergio Madrigal Reyes, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Machi Comercial Internacional Sociedad Anónima, con domicilio en Moravia, La Trinidad, Urbanización Andre Challe, Primera etapa, casa Nº 11 A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a vivero, restaurante-café y tienda. Ubicado en San José, Tibás, Anselmo Llorente del Auto Mercado 200 metros suroeste, mano izquierda. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer

43 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 43 ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 01 de setiembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Miguel Antonio Chaves Fernández, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Pico Blanco Delicatessen Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en cantón de Escazú, distrito de San Miguel, Bello Horizonte, de Giacomín, tres cuadras al este, una al sur, dos al este, Condominio El Macizo de Bello Horizonte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos alimenticios de origen vegetal preparados para el consumo humano, así como aditivos para realzar el sabor de los alimentos, todos estos productos de alta gama y calidad. Reservas: de los colores: amarillo, verde claro, verde oscuro y morado oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 31 de agosto del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Rogelio Martínez, casado, pasaporte Nº JQ , en calidad de apoderado generalísimo de Franglobe S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en San Rafael de Montes de Oca, 150 metros oeste de la Escuela, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios a domicilio de tutorías extracurriculares y servicios de enseñanza en cualquier área de especialización requerida. Reservas: de los colores: morado, verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de julio del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Francisco Muñoz Rojas, casado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Fundación Censis Panamá, con domicilio en calle Aquilino de La Guardia, Torre Banco General; Marsella piso nueve, Panamá, solicita la inscripción de: CENCIS como marca de servicios, en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; investigación comercial; servicios de intermediación comercial [conserjería]; información sobre negocios: consultoría en organización y dirección de negocios; asistencia en la dirección de negocios; agencias de importación-exportación; asesoramiento en dirección de empresas; demostración de productos: distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras]; marketing: organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; relaciones públicas; servicios de abastecimiento para terceros (compra de productos y servicios para otras empresas), venta, importación y exportación de productos farmacéuticos y productos para la salud, nacionales y extranjeros al por mayor y/o detalle). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de setiembre del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Francisco Muñoz Rojas, casado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Evacol S.A.S., con domicilio en carrera 40 Nº , Yumbo, Colombia, solicita la inscripción de: como marca de comercio, en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguientes: prendas de vestir, calzado, sombrerería, suelas y plantillas para el calzado, calzado en general y partes de calzado, zapatos de caballeros, señoras, niños, calzado para correr, antideslizantes para el calzado, refuerzos para calzado, zapatos para uso deportivo y casual, chanclas, sandalias, zuecos, y zapatos de playa; artículos de sombrerería, prendas de vestir confeccionadas, vestidos, calcetería. Reservas: no. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de setiembre del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 07 de setiembre del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Tobías Felipe Murillo Jiménez, soltero, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Gastrodeli Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en San Isidro de Coronado, del costado suroeste del Servicentro El Trapiche, 50 metros sur, casa de habitación con portón metálico de color negro, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la alimentación y afines, tales como servicios de restaurante, bar y complementarios, preparación de bebidas y alimentos para el consumo. Ubicado en San José, cantón de San José, terminal de autobuses de San José 7-10, en la entrada del centro de San José, diagonal al antiguo Cine Líbano; local comercial K-13. Reservas: no se hace reserva de la palabra Ceviche. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de agosto del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 26 de agosto del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Mark Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Gloria S. A., con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13, Perú, solicita la inscripción de: GLORIA INFANTIL como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos veterinarios; alimentos para bebés; complementos alimenticios para animales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 23 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Mark Beckford Douglas, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Gloria S. A., con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13, Perú, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: leche. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de abril del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 24 de julio del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ).

44 Pág 44 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Mark Beckford Douglas, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Gloria S. A., con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461, Lima 13, Perú, solicita la inscripción de: GLORIA INFANT como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos veterinarios; alimentos para bebés; complementos alimenticios para animales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 23 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Monserrath Ramírez Alban, soltera, cédula de identidad Nº , con domicilio en Escazú, Guachipelín, 150 metros oeste del Residencial Cerro Alto, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ponchos, bufandas, chales, pantalones y blusas. Reservas: de los colores: gris y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 17 de julio del Alex Villegas Méndez, Registrador. (IN ). Édgar Rohrmoser Zúñiga, casado, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Empresas Carozzi S. A., con domicilio en Longitudinal Sur 5201 Nos, San Bernardo, Chile, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; pimienta, vinagre, salsas; especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 16 de julio del Ildreth Araya Mesén, Registradora. (IN ). José Antonio Saborío Carrillo, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Buró Tributario Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº , con domicilio en cantón Central, distrito Catedral, avenida San Martín (O avenida 10), calle 27 A, casa esquinera color beige, en el primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios jurídicos de naturaleza tributaria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 24 de julio del Katherin Jiménez Tenorio, Registradora. (IN ). Claudia Minerva Domínguez Rojas, casada una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Polygard CR S.R.L., cédula jurídica Nº , con domicilio en Santo Domingo, Tures, del Bar Fellos 100 metros al norte, mano derecha, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: POLYGARD como marca de fábrica y servicios, en clases: 9; 35 y 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 9: toda clase de equipo de protección personal, entre ellos, lentes de seguridad, monoletes, caretas, caretas para soldador, tapones auditivos, orejeras, guante, mangas, respiradores, máscaras, filtros, máscaras purificados de aire. Clase 35: venta y comercialización de equipo de protección personal, entre ellos, lentes de seguridad, monoletes, caretas, caretas para soldador, tapones auditivos, orejeras, guante, mangas, respiradores, máscaras, filtros, máscaras purificados de aire. Clase 39: transporte, embalaje y almacenamiento de equipo de protección personal, entre ellos, lentes de seguridad, monoletes, caretas, caretas para soldador, tapones auditivos, orejeras, guante, mangas, respiradores, máscaras, filtros, máscaras purificados de aire. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 08 de setiembre del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Gilberto Jiménez Herrera, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Procesadora Tierra Fértil J.C. S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Alajuela, Alajuela, del Edificio de los Tribunales, 200 metros al oeste y 50 metros norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. Reservas: de los colores: amarillo, verde, anaranjado, rojo, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 05 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Heriberto Núñez Rivas, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Autos Rex Bambi S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Río Segundo, de la estación de peajes sobre la General Cañas, 50 metros norte, a mano derecha, en venta de autos Erick Núñez, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase(s): internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la importación, compra y venta de vehículos automotrices nuevos y usados de transporte de personas. Ubicado en Alajuela, Central, Río Segundo, contiguo al peaje de la Autopista General Cañas. Reservas: de los colores: azul, gris, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de agosto del Adriana Broutin Espinoza, Registradora. (IN ). Gilberto Jiménez Herrera, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Jinca Foods S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Central, Tacacorí, ciento veinticinco metros oeste de la Escuela Luis Sibaja García, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: galletas con semillas de chía. Reservas: de los colores: rojo, blanco, negro, morado, amarillo, celeste, verde, café y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de julio del Solicitud Nº A efectos de

45 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 45 publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 04 de agosto del María Leonor Hernández B., Registradora. (IN ). Gilberto Jiménez Herrera, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Procesadora Tierra Fértil J.C. S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Alajuela, Alajuela, del Edificio de los Tribunales, 200 metros al oeste y 50 metros norte, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de fábrica, en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; desinfectantes. Reservas: de los colores: amarillo, verde, anaranjado, rojo, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 29 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Gilberto Jiménez Herrera, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Procesadora Tierra Fértil J.C. S. A., cédula jurídica Nº , con domicilio en Alajuela, Alajuela, del Edificio de los Tribunales, 200 metros al oeste y 50 metros norte, Costa Rica, solicita la inscripción de: como nombre comercial, en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado al proceso de selección, empaque, elaboración, producción, venta al por mayor y detalle, todo de granos, semillas, harinas, frijoles y productos alimenticios para seres vivos. Ubicado en Alajuela, Central, Tacacorí, doscientos metros oeste de Escuela Luis Sibaja García. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 05 de junio del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Esteban Adrián Salazar Bolaños, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de Promarli E S B Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº con domicilio en La Uruca condominios El Condado del Palacio, apartamento Nº 603-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COMPAÑÍA DE CAFÉ DEL ESCALANTE como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café y sucedáneos del café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de agosto del Ivonne Mora Ortega, Registradora. (IN ). Cristian Calderón Cartín, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Inversiones GSPG Internacional S. A., cédula jurídica Nº con domicilio en La Unión, Tres Ríos, residencial Danza del Sol, casa 37L, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: PUCCI, como marca de comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: fotografías. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 4 de mayo del Bernard Molina Alvarado, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Nº Sociedad Anónima, cédula de identidad Nº con domicilio en Sabana Este, cien metros este y cien metros norte del Gimnasio Nacional en el Centro de Nutrición Larisa Páez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLATO PERFECTO CONVIDA, como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel, cartón, productos de imprenta, fotografías; artículos de papelería; material didáctico; material de encuadernación; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de agosto del Wálter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Nº Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº con domicilio en San José, Sabana Este, 100 metros este y 100 metros norte del Gimnasio Nacional en el Centro de Nutrición Larisa Páez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLATO PERFECTO CONVIDA, como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de nutrición, servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de agosto del Wálter Campos Fernández, Registrador. (IN ). Javier García Penón, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado generalísimo de 800 Bodegas. com Sociedad Civil con domicilio en avenida 10, calle 8, costado sur de Palí La Castellana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios en clases 35 y 36 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: administración y gestión de negocios comerciales relacionados con bodegas, y en clase 36: correduría y arrendamiento de bodegas comerciales. Reservas: de los colores: morado, naranja y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 26 de agosto del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Nº Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº con domicilio en San José, Sabana Este, 100 metros este y 100 metros norte del Gimnasio Nacional en el Centro de Nutrición Larisa Páez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLATO PERFECTO CONVIDA como marca de fábrica y comercio en clase 28 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: artículos deportivos, juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases; adornos para árboles de navidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la

46 Pág 46 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de agosto del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Nº Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº con domicilio en San José, Sabana Este, 100 metros este y 100 metros norte del Gimnasio Nacional en el Centro de Nutrición Larisa Páez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLATO PERFECTO CONVIDA como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad; servicios de venta al por menor; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 31 de agosto del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Canal Antigua S. A. con domicilio en avenida Reforma 13-70, zona 9, edificio Real Reforma nivel 12, oficina 12C, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: CANAL ANTIGUA, como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios que consisten en la difusión de programas de televisión o radio, servicios de telecomunicaciones; servicios de difusión de programas de televisión y radio, servicios que permiten a una persona conversar con otra, servicios que transmiten mensajes de una persona a otra y servicios que ponen a una persona en comunicación oral y visual con otra (televisión y radio). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 25 de agosto del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Uri Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Parfums Christian Dior S. A. con domicilio en 33, avenue Hoche, París, Francia, solicita la inscripción de: POISON GIRL; como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: perfumes; productos de perfumería; agua de tocador; agua de colonia; productos para maquillaje; productos cosméticos; productos cosméticos para el cuidado de la cara y el cuerpo para mujeres. Prioridad: se otorga prioridad N de fecha 30/01/2015 de Francia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 28 de agosto del Rolando Cardona Monge, Registrador. (IN ). Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de BLP Abogados International Sociedad Anónima, con domicilio en Palm Chambers, 197 Main Street, apartado 3174 Road Town Tortola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de despacho legal y servicios jurídicos relacionados directamente con temas ambientales; asesoría y consultoría legal en materia ambiental; servicios ambientales tales como consultoría técnica de ciencias medioambientales, detección remota aérea relacionada con exploraciones medioambientales, medición de condiciones ambientales dentro de edificios, evaluación de riesgos medio ambientales, medición de condiciones ambientales dentro de estructuras de ingeniería civil, recopilación de información relacionada con las condiciones medio ambientales, peritajes ambientales, supervisión remota aérea relacionada con exploraciones medio ambientales. Ubicado en Edificio BLP Abogados, Centro Empresarial Vía Lindora, cuarto piso, Radial Santa Ana-San Antonio de Belén, Km. 3. Reservas: de los colores: celeste, verde y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de agosto del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 2 de setiembre del Carlos Rosales Picado, Registrador. (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Atlas Solutions LLC., con domicilio en 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ATLAS como marca de fábrica y servicios en clases: 9; 35; 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Software de cómputo para uso en la gestión, medición y ofrecimiento de publicidad para terceros. 35: Servicios de publicidad; servicios de publicidad y comerciales, a saber, planificación de media y compra para terceros; servicios de publicidad y comerciales, a saber, servicios de publicidad para rastrear el desempeño publicitario, para gestión, distribución y ofrecimiento de publicidad, para análisis de datos publicitarios, para reportar datos publicitarios, y para optimizar el desempeño publicitario; servicios de consultoría en el campo de publicidad, a saber, personalizar esfuerzos de mercadeo para terceros; servicios de información comercial, a saber, gestión de publicidad que consiste en facilitar reportes, metas publicitarias, y gestión de publicidad electrónicamente almacenada, para uso en una red global de computadoras. 41: Entrenamiento en los campos de planificación estratégica de media relacionado con publicidad, mercadotécnia y negocios; diarios en línea, a saber, blogs con publicidad, mercadotécnia y negocios. 42: Facilitar uso temporal de software en línea que no se puede descargar para uso en la gestión, medición y ofrecimiento de publicidad para terceros; proveedor de servicios de aplicaciones que contienen un software para programación de aplicaciones interfaz (API) para gestión, rastreo, reporte y medición de planificación de media, compra de media y publicidad para terceros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de marzo del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 1 de junio del Carlos Rosales Picado, Registrador. Sol (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Syngenta Participations AG con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: ONVIVIS como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; preparaciones para el tratamiento de semillas; abonos para el suelo. Clase 5: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. Sol (IN ).

47 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 47 Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Syngenta Participations AG con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: VALIVIS como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; preparaciones para el tratamiento de semillas; abonos para el suelo. Clase 5: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Syngenta Participations AG con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: APTIVIS como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; productos para el tratamiento de semillas; abonos para el suelo. Clase 5: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de julio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 30 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Syngenta Participations AG con domicilio en Schwarzwaldallee 215, 4058 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: VISIQ como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; preparaciones para el tratamiento de semillas; abonos para el suelo. Clase 5: Productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, insecticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del Solicitud Nº A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº San José, 27 de julio del Ivonne Mora Ortega, Registradora. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Jura Elektroapparate AG, con domicilio en Kaffeeweltstrasse 10, 4626 Niederbuchsiten, Suiza, solicita la inscripción de: IMPRESSA, como marca de fábrica y comercio en clase: 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas cafeteras eléctricas, máquinas de expreso y máquinas automáticas de café expreso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de febrero de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 20 de julio de Carlos Rosales Picado, Registrador. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Walden Farms Inc., con domicilio en 1209 St. Georges Avenue West, Linden, New Jersey 07036, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: WALDEN FARMS, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Condimentos, salsa tártara, salsa picante, preparados para untar para emparedados, aderezos para ensalada, marinados, aderezos para ensalada de col, mayonesa, sirope de chocolate, amplificadores de leche, siropes para dar sabor a frutas, siropes para cubrir de fruta, sirope de panqueques, sirope de maple, cátsup, salsas para cocteles, salsas para mariscos, salsas para barbacoa, salsas para pastas, salsas para cubrir postres, salsas para mojar para frutas, siropes para el café, resaltadores de café, postres, pudines, postres de gelatina (confitería). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 27 de julio de Ivonne Mora Ortega, Registradora. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad , en calidad de apoderada especial de Menarini International Operations Luxembourg S. A., con domicilio en 1, Avenue De La Gare, Luxembourg, L-1611, Luxemburgo, solicita la inscripción de: KALEIDON, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Suplemento alimenticio de cultivos lácticos (prebióticos) vivos para ayudar al equilibrio de la flora intestinal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo de Solicitud N A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley San José, 24 de julio de María Leonor Hernández B., Registradora. Solicitud N (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Disney Enterprises Inc. con domicilio en 500 South Buena Vista Street, Burbank, California 91521, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DISNEY MIX, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aplicaciones de software de cómputo para dispositivos móviles para permitir a los usuarios comprometerse en actividades de redes sociales, a saber, chatear, enviar y recibir mensajes, jugar juegos, y ver y postear fotos, videos, calcomanías, animaciones, grabaciones de sonido y memes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 5 de agosto del Ildreth Araya Mesén, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Disney Enterprises Inc. con domicilio en 500 South Buena Vista Street, Burbank, California 91521, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DISNEY MIX, como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones; facilitar foros en línea que permiten a los usuarios comprometerse en actividades de redes sociales, a saber, chatear, enviar y recibir mensajes, jugar juegos, y ver y postear fotos, videos, calcomanías, animaciones, grabaciones de sonido y memes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 5 de agosto del Ildreth Araya Mesén, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Disney Enterprises Inc. con domicilio en 500 South Buena Vista Street, Burbank, California 91521, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

48 Pág 48 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 DISNEY MIX, como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios en línea; servicios en línea de entretenimiento, a saber, facilitar ambientes virtuales en los cuales los usuarios pueden interactuar a través de chat, mensajería, jugar juegos, y ver y postear fotos, videos, calcomanías, animaciones, grabaciones de sonido y memes, para participar en redes sociales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 5 de agosto del Ildreth Araya Mesén, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Disney Enterprises Inc. con domicilio en 500 South Buena Vista Street, Burbank, California 91521, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DISNEY MIX, como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sitios web; crear y facilitar comunidades en línea y virtuales para permitir a los usuarios comprometerse en actividades de redes sociales, a saber, chatear, enviar y recibir mensajes, jugar juegos, y ver y postear fotos, videos, calcomanías, animaciones, grabaciones de sonido y memes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 5 de agosto del Ildreth Araya Mesén, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Renault S.A.S. con domicilio en Boulogne Billancourt, Francia, solicita la inscripción de: ALASKAN, como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, en particular automóviles, ciclos, bicicletas, patines motorizados, motocicletas, triciclos, repuestos y accesorios para todos los productos antes dichos (acoplamiento para vehículos, terrestres, alarmas acústicas de reversa, alerones, alforjas, amortiguadores, aneses de seguridad, asientos de vehículos, bancadas, bocinas, bolsas de aire, bombas de aire, cadenas de ciclo, cadenas para automóviles, cajas de cambio, cristales de vehículos, cuadros de bicicleta, cubos de ruedas de vehículos, engranajes de ciclo, engranajes de vehículos, estribos, frenos de bicicleta, frenos de vehículo, fundas para vehículos, guardabarros, limpiafaros, limpiaparabrisas, manillares, parabrisas, rayos de bicicleta, retrovisores, ventanillas, volante), excluyendo neumáticos y cámaras de aire para neumáticos, bandas de rodadura para recauchutar neumáticos, portaequipajes para vehículos, portaesquís para vehículos, cajas de techo (portaequipaje) para vehículos y bacas para techos de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 6 de agosto del Wálter Campos Fernández, Registrador. Solicitud Nº (IN ). Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences LLC con domicilio en 9330 Zionsville Road, Indianapolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DIVIXTON, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pesticidas y productos para eliminar animales dañinos, a saber, herbicidas, insecticidas y fungicidas para agricultura, horticultura, silvicultura, césped y ornamental, para uso comercial, industrial y doméstico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 24 de julio del Carlos Rosales Picado, Registrador. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de The Dow Chemical Company con domicilio en 2030 Dow Center, Midland, Michigan 48674, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DUSTSHIELD, como marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aditivos químicos para uso en la manufactura de morteros de cemento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 23 de julio del Alex Villegas Méndez, Registrador. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Holcim Ltd con domicilio en Zürcherstrasse 156, 8645 Jona, Suiza, solicita la inscripción de: LafargeHolcim, como marca de fábrica y servicios en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos para la industria y la ciencia, incluidos productos químicos para la industria del cemento y hormigón; resinas artificiales en estado bruto, materias plásticas en estado bruto; adhesivos (pegamentos) destinados a la industria. Prioridad: se otorga prioridad N 54154/2014 de fecha 06/04/2014 de Suiza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de octubre del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 4 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave., 5 calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: BRONCOPULMÍN, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios relacionados con bronquios y pulmones, específicamente un antiusivo, antigripal, descongestionante y antialérgico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 10 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. Solicitud Nº (IN ). Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº , en calidad de apoderada especial de Laboratorios Farsimán S. A. con domicilio en 6 ave., 5 calle S.O. Nº 32, Barrio El Centro, San Pedro Sula, Honduras, solicita la inscripción de: CARDIOVAL, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios relacionados con el corazón y la circulación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de junio del Solicitud N A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N San José, 10 de agosto del Grettel Solís Fernández, Registradora. Solicitud Nº (IN ).

49 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 49 Marcas de ganado Solicitud N Lilliana Mercedes Rojas Alfaro, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Ganadería Tres G de Uvita Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Bahía Ballena, Uvita, 400 metros este y 250 metros sur del Banco de Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 25 de agosto del 2015 Según el expediente N San José, 7 de setiembre del Viviana Segura de la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Yorgi Barrantes Navarro, cédula de identidad , solicita la inscripción de: I 8 B como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Pilas, Pueblo Nuevo, 400 metros al noroeste de la escuela del lugar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 1 de setiembre del Según el expediente N San José, 3 de setiembre del Viviana Segura de la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Solicitud N José Francisco del Carmen Acuña Delgado, cédula de identidad , solicita la inscripción de: R T 9 como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Pejibaye, en el caserío de El Águila, Alto Liberación, 3 kilómetros al noreste de la escuela pública del Águila. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 8 de setiembre del Según el expediente N San José, 14 de setiembre del Viviana Segura de la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Solicitud N Randall Evelio Loaiza Montoya, cédula de identidad , solicita la inscripción de: W Q 9 como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Matina, Bataán, San Miguel, propiedad conocida como Rancho San Francisco, se encuentra aproximadamente 2 kilómetros al sur de la escuela del poblado de San Miguel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto del Según el expediente N San José, 21 de agosto del Viviana Segura de la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Solicitud Nº Denis Alejandro Corrales Acuña, cédula de identidad , solicita la inscripción de: 3HC como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Cutris, San José, 300 metros oeste de la entrada principal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 02 de setiembre del Según el expediente N San José, 8 de setiembre del Viviana Segura De la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Jersan Cerdas Alfaro, cédula de identidad , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tilarán. Barrio Capri, 500 metros al este del teléfono público, finca Los Mangos. Presentada el 14 de agosto del Según expediente N Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. San José, 18 de agosto del Viviana Segura De La O, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Andrés Manuel Morales Chaves, cédula de identidad , solicita la inscripción de: 2-AM como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, La Aurora, 2 kilómetros al norte de la antigua bananera La Morenita, tercer portón de metal a mano derecha. Presentada el 24 de julio del Según expediente N Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. San José, 29 de julio del Luz Vega, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Gerardo Vargas Jiménez, cédula de identidad , solicita la inscripción de: J 2 J como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Bagaces, Salitral, 75 metros norte de la escuela, portón a mano izquierda. Presentada el 18 de junio del Según expediente N Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. San José, 19 de junio del Viviana Segura De La O, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Ana Luisa Elizondo Salas, cédula de identidad , en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Corporación Emalu del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Coto Brus, Limoncito, frente a la subasta de Santa Cecilia. Presentada el 20 de agosto del Según expediente N Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. San José, 25 de agosto del Viviana Segura De La O, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Juan Bautista Mayorga González, cédula de identidad , en calidad de apoderado generalísimo sin Límite de suma de Agropecuaria Suyapa Sociedad Anónima, cédula jurídica , solicita la inscripción de: como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nandayure, Bejuco, Colonia del Valle, 2 kilómetros norte de la plaza de deportes, carretera a Carmena, finca La Suyapa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 16 de setiembre del Según el expediente Nº San José, 21 de setiembre del Lic. Luz Vega, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Evelyn Virginia Escamilla Orozco, cédula de identidad , solicita la inscripción de: 4 4 N como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Yolillal, San Rafael, 400 metros al oeste de la iglesia católica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de setiembre del Según el expediente Nº San José, 16 de setiembre del Lic. Vivian Segura De la O, Registradora. 1 vez. (IN ). Nº Isidro Salazar González, cédula de identidad , solicita la inscripción de: 9 N S como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Costa Ana de Buena Vista, 2 kilómetros norte de la plaza de deportes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los

50 Pág 50 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del Según el expediente Nº San José, 10 de setiembre del Luz Vega, Registradora. 1 vez. (IN ). Patentes de invención PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ La señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, cédula , mayor de edad, vecina de San José, apoderada especial de Dow Agrosciences LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada CONTROL DE MALEZAS SINERGÍSTICO A PARTIR DE APLICACIONES DE AMINOCICLOPIRACLOR Y ÁCIDO 2,4 DICLOROFENOXIACÉTICO (2,4-D). Se revelan composiciones herbicidas que comprenden una cantidad efectiva y sinergísticamente herbicida de (a) aminociclopiraclor, o una sal o éster agrícolamente aceptable del mismo, y (b) 2,4-D, o una sal o éster agrícolamente aceptable del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/48; A01N 39/02; A01P 13/02; cuyos inventores son Ovalle, Daniel, Carranza Garzon, Nelson M, Paniagua, Leonardo, Rojas-Calvo, Carlos E, Masters, Robert A. Prioridad: 12/12/2012 US 61/736,207; 09/12/2013 WO 2013US Publicación Internacional: 19/06/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 10:12:54 del 16 de Junio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 1 de setiembre del Lic. Fabián Andrade Morales, Registrador. (IN ). La señor(a) (ita) Alejandra Castro Bonilla, cédula , mayor, abogada, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Quanticel Pharmaceuticals Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE HISTONA DESMETILASA. Se proporcionan compuestos derivados de piridina y piridazina sustituidas y composiciones farmacéuticas que comprenden dichos 15 compuestos. Los compuestos y composiciones objeto son útiles para la inhibición de histona desmetilasa. Además, los compuestos y composiciones objeto son útiles para el tratamiento de cáncer, tal como cáncer de próstata, cáncer de mama, cáncer de vejiga, cáncer de pulmón y/o melanoma y similares. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 213/74; cuyos inventores son Chen, Young, K, Kanouni, Toufike, Nie, Zhe, Stafford, Jeffrey, Alan, Veal, James Marvin, Wallace, Michael, Brennan. Prioridad: 14/03/2013 US 61/785, 380; 21/12/2012 US 61/745,246; 23/12/2013 WO 2013US Publicación Internacional: 26/06/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 09:34:12 del 10 de julio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 1 de setiembre del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. (IN ). El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula Nº , mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado de la compañía BFP Management, LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FERTILIZANTE Y MÉTODO PARA SUSPENDER FERTILIZANTE EN UNA SOLUCIÓN ACUOSA. Un sistema y método para proporcionar fertilizante para la producción de cultivos en una solución acuosa que comprende fertilizante comprendiendo partículas de tamaño nanométrico, que están libres de cualquier cadena lateral química y libres de cualquier micela para proteger la partícula de tamaño nanométrico de la reaglomeración. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C05B 11/02; cuyo inventor es Kaiser, James, Parker. Prioridad: 11/02/2013 US 13/764,654; 28/01/2013 US 61/757,675; 28/01/2014 WO 2014US Publicación Internacional: 31/07/2014 W02014/ La solicitud correspondiente lleva el Nº , y fue presentada a las 08:50:00 del 27 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 08 de septiembre del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. (IN ). El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula Nº , mayor, abogado, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada VEHÍCULO/CARRO DE JUGUETE. El presente diseño se refiere a un vehículo/ carro de juguete que tiene un cuerpo que comprende un compartimiento frontal que incluye un parachoques (bumper), luces frontales, tapa del motor (Bonnet) y dos guardabarrosfrontales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08; 21/01; cuyos inventores son Flavio Manzoni, Andrea Militello. Prioridad: 03/02/2015 EM ; 03/02/2015 EM La solicitud correspondiente lleva el Nº , y fue presentada a las 08:33:00 del 03 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 08 de Septiembre del Lic. Randall Abarca Aguilar, Registrador. (IN ). El señor Francisco Guzmán Ortiz, cédula de identidad Nº , mayor de edad, vecino de San José, apoderado especial de Ferrari S.P.A, de Italia, solicita el Diseño Industrial denominada VEHÍCULO/CARRO DE JUGUETE. El diseño ornamental para un vehículo / carro de juguete tal cual se muestra y describe. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/08; 21/01; cuyo inventor es James Shakespeare Allison. Prioridad: 29/01/2015 EM ; 29/01/2015 EM La solicitud correspondiente lleva el Nº , y fue presentada a las 08:17:25 del 29 de julio del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 14 de septiembre del Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora. (IN ). La señora María Lupita Quintero Nassar, mayor, abogada, cédula Nº , vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Mars Incorporated, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: FERMENTACIÓN ANAERÓBICA DE SEMILLAS DE FRUTAS. La presente invención proporciona métodos para el procesamiento de las semillas de frutas, tales como los granos de cacao. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23G 1/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Schnell II, Raymond, John, Seguine, Edward, Stephen, Días, Cristiano, Bizzotto, Carolina, Marelli, Jean-Philippe, Mills, David, Motamayor-Arias, Juan, Carlos. Prioridad: 15/02/2013 US 61/765,351; 14/03/2013 US 61/783,300; 13/02/2014 WO 2014US Publicación internacional: 21/08/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 13:23:24 del 25 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres

51 La Gaceta Nº 189 Martes 29 de setiembre del 2015 Pág 51 meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 28 de agosto del Licda. Melissa Solís Zamora, Registradora. (IN ). La señora María Lupita Quintero Nassar, cédula de identidad Nº , mayor de edad, vecina de San José, apoderado especial de Mars Incorporated, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODOS DE PROCESAMIENTO DE SEMILLAS FRUTALES NO FERMENTADAS TALES COMO GRANOS DE CACAO O GRANOS DE COPOAZÚ. La presente invención proporciona métodos para el tratamiento de semillas de frutas, como los granos de cacao o granos de Copoazú sin la necesidad de fermentación microbiana. Semillas de frutas se tratan mediante la adición de semillas no fermentadas a una solución de una concentración definida de etanol en un volumen suficiente para cubrir las semillas, y manteniendo la solución a una temperatura fija durante un cierto tiempo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23G 1/00; A23F 5/02; A23B 9/26; A23G 1/02; A23G 1/06; A23L 1/36; cuyo(s) inventor(es) es(son) Schnell, II, Raymond, John, Seguine, Edward, Stephen, Días, Cristiano, Bizzotto, Carolina, Marelli, Jean-Philippe, Mills, David, Motamayor-Arias, Juan, Carlos. Prioridad: 20/02/2013 US 61/767,157; 14/03/2013 US 61/782,997; 19/02/2014 WO 2014US Publicación internacional: 28/08/2014 WO2014/ La solicitud correspondiente lleva el número , y fue presentada a las 13:21:29 del 25 de agosto del Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 26 de agosto del Lic. Daniel Marenco Bolaños, Registrador. (IN ). DREGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS Asociaciones civiles AVISOS Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad Cámara de Comercio Diversa de Costa Rica, con domicilio en la provincia de Heredia-Heredia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y mejorar la comercialización de bienes y servicios para la comunidad LGTBI, cuyo representante, será el presidente, Julio César Calvo Murillo, con las facultades que establece el estatuto, Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: con adicionales: , Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 42 minutos y 45 segundos, del 9 de setiembre del Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. (IN ). Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Sembrando Esperanza para el Futuro Internacional, con domicilio en la provincia de San José- Alajuelita, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover proyectos de ley, decretos ejecutivos o acuerdos de distintos órganos administrativos que puedan resultar en beneficio de la asociación, cuyo representante, será el presidente, Albin Alonso; Picado Steller, con las facultades que establece el estatuto, por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2014, asiento: con adicionales: , , Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 12 minutos y 7 segundos, del 13 de julio del Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director. 1 vez. (IN ). DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO NOTARIOS PÚBLICOS SUSPENDIDOS: La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO, con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, hace saber que los Notarios Públicos que a continuación se indican, han sido SUSPENDIDOS en el ejercicio de la función notarial. La suspensión es por el plazo de UN MES por presentación tardía de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta: 1-) EDUARDO LÓPEZ SOLANO, cédula de identidad número: , carné 20602, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 15:34 horas del 25 de agosto del ) SONIA MARÍA ABRAHAMS NÚÑEZ, cédula de identidad número: , carné 16839, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 08:23 horas del 25 de agosto del ) LETVIA ÁVILA SÁNCHEZ, cédula de identidad número: , carné 5546, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 14:17 horas del 25 de agosto del ) ARIANA SARAVIA TORRES, cédula de identidad número: , carné 13879, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 10:20 horas del 25 de agosto del ) MAURO GERARDO SOJO ROMERO, cédula de identidad número: , carné 14955, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 09:18 horas del 01 de setiembre del ) RAQUEL NÚÑEZ GONZÁLEZ, cédula de identidad número: , carné 12054, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 09:36 horas del 03 de setiembre del ) EILYN CRIST ALPÍZAR HIDALGO, cédula de identidad número: , carné 10825, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 10:34 horas del 03 de setiembre del ) MARÍA LILLY ALVARADO ACOSTA, cédula de identidad número: , carné 9253, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 12:02 horas del 27 de agosto del ) OLGA TERESA ALVARADO RODRÍGUEZ, cédula de identidad número: , carné 17365, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 14:54 horas del 03 de setiembre del ) JORGE ALBERTO MOLINA CORRALES, cédula de identidad número: , carné 15060, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 11:21 horas del 02 de setiembre del ) EVELYN MIRANDA SOTO, cédula de identidad número: , carné 13415, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 10:34 horas del 02 de setiembre del La suspensión es por el plazo de UN MES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento: 12-) YENDRI PATRICIA ROJAS PÉREZ, cédula de identidad número: , carné 15955, expediente administrativo: NO, mediante Resolución N de las 08:28 horas del 03 de setiembre del La suspensión es por el plazo de SEIS MESES por no presentación de índices de instrumentos públicos, para los Notarios Públicos que se enumeran a continuación; RIGE ocho días naturales después de la publicación del presente aviso en el Diario Oficial La Gaceta y una vez cumplido dicho plazo la suspensión se mantendrá o permanecerá vigente durante todo el tiempo que subsista la causa o incumplimiento:

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto No. 36977 - H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

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DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA CONSIDERANDO:

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA CONSIDERANDO: DGPN-H-001-2017 DECRETO No. 40122-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución

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Decreto No H EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO A.I. DE HACIENDA

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Decreto No H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Decreto No. 38035 - H LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;

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La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 8 de enero del 2015

La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 8 de enero del 2015 JORGE LUIS VARGAS ESPINOZ A (FIRMA) Firmado digitalmente por JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Nombre de reconocimiento (DN): serialnumber=cpf-02-0 255-0227, sn=vargas ESPINOZA, givenname=jorge LUIS c=cr,

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ACUERDOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

ACUERDOS CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ALCANCE DIGITAL Nº 78 Año CXXXIV San José, Costa Rica, viernes 15 de junio del 2012 Nº 116 PODER EJECUTIVO ACUERDOS PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Nos. 554-P, 570-P, 572-P, 577-P, 579-P, 585-P, 586-P, 587-P

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DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA

DECRETO No H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA DECRETO No. 39369-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los

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