Elementos amortizables (arts. 12 LIS y 3 RIS) 1.Inmovilizado material
|
|
- Beatriz Sara Páez Naranjo
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 Elementos amortizables (arts. 12 LIS y 3 RIS) 1.Inmovilizado material Todos los elementos del inmovilizado material son amortizables, excepto los terrenos y solares, estén o no edificados; cuando se trate de edificaciones, la depreciación computable corresponde solamente al valor de la construcción, no al valor del suelo. Según el artículo 3 RIS se podrán determinar estos valores en función de los valores catastrales del suelo y de la construcción, referidos al año de adquisición. No obstante, el Reglamento permite que el contribuyente utilice otro criterio de distribución distinto cuando pruebe que este criterio alternativo se fundamenta en el valor normal de mercado del suelo y la construcción en el año de adquisición. Ejemplo: Un edificio adquirido por 10 millones de euros es amortizable linealmente según tablas al 2%. Si en el año de la adquisición los valores catastrales eran: Suelo... 3 m Construcción... 1 m Total... 4 m Resultado: La amortización deducible sería: Base de amortización: x 1/4 = Amortización máxima anual: 2% x = El PGC 2007 prevé en su NRV 3.ª que cuando al valor inicial de los terrenos se incorporen costes de rehabilitación por aplicación de la NRV 2ª.1, la porción del terreno que corresponde a dichos costes de rehabilitación se amortizará a lo largo del período en que se obtengan los beneficios o rendimientos económicos por haber incurrido en esos costes. Por su parte, el art. 3.2 RIS, después de señalar expresamente que no será amortizable la parte del precio de adquisición correspondiente al valor del suelo, admite la deducción fiscal de la amortización contable de los costes de rehabilitación que se hayan incorporado al valor del suelo. Por otra parte, el PGC 2007 recoge de forma expresa el criterio a aplicar respecto del registro contable de las obras realizadas en un inmueble que se utiliza en calidad de arrendatario. Conforme a lo indicado en la NRV 3.ª. h) PGC, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso, se contabilizarán como inversiones 1 / 5
2 materiales cuando cumplan la definición de activo y se amortizarán en función de su vida útil que será la duración del contrato de arrendamiento o cesión, incluido el período de renovación cuando existan evidencias que soporten que la misma se va a producir, cuando ésta sea inferior a la vida económica del activo. Algunos supuestos problemáticos son: Las cajas de plástico usadas en la distribución son activo fijo y, en consecuencia, son amortizables (TEAC ). La vida útil de las películas de arte y ensayo exhibidas en cine-clubes se estima que no supera el año, por lo que es correcta la amortización total de dichas películas el año en que se adquirieron (TEAC ). Las obras de arte (cuadros) no se pueden amortizar fiscalmente; no se deprecian por las causas que contempla la Ley ni tienen una vida útil determinada (TEAC ). Las obras realizadas sobre un local utilizado en arrendamiento financiero deben amortizarse a lo largo de la vida del mismo porque, en el caso analizado, es clara la intención de ejercitar la opción de compra (TEAC ). Obras realizadas en un local, propiedad de terceros, en el que se ejerce la actividad: habrá que diferenciar, en primer lugar, los importes destinados a la adquisición de bienes que no se incorporan definitivamente al inmueble arrendado (estanterías, mostradores, vitrinas, cajas registradoras, sistemas informáticos y otros elementos menores, etc.), que constituyen, en principio, elementos patrimoniales que se reflejarán contablemente, atendiendo a las normas generales existentes al respecto. En segundo lugar, las obras de renovación que consisten en instalaciones eléctricas de iluminación, suministro de agua, sistemas y conducciones de aire acondicionado, tratamientos de paredes, suelos e interiores mediante obras menores, etc., dado que se traducirán en modificaciones que se incorporarán a los mismos de forma definitiva, y pudiéndose presuponer que el activo se va a recuperar mediante su utilización en el plazo de vida útil que económicamente corresponda, tendrá la consideración de inmovilizado inmaterial amortizable durante el tiempo de duración del contrato de arrendamiento o durante la vida útil del bien si fuese inferior. En el caso de que se produzca una prórroga en el contrato de arrendamiento, o bien se produzca su renovación, se procederá a estimar la amortización durante el nuevo plazo resultante (DGT V de ). Amortización del jardín de una nave industrial: no tiene asignado coeficientes de amortización específico. No obstante, puede asimilarse a "parques" dentro de los elementos comunes, el cual tiene asignado un coeficiente lineal máximo del 10%, siendo de 20 años el período máximo de amortización (DGT V de ). Los árboles frutales y el riego por goteo, tienen la consideración de inmovilizado, pues se trata de elementos destinados a servir de forma duradera en la actividad 2 / 5
3 explotación turística llevada a cabo por la entidad consultante (DGT V de ). 2.Inmovilizado intangible Se incluyen en este concepto todos los elementos patrimoniales que describen las cuentas del Subgrupo 20 del PGC: Gastos de investigación y desarrollo, Concesiones administrativas, Propiedad industrial, Fondo de comercio, Derechos de traspaso, Aplicaciones informáticas. El PGC clasifica el inmovilizado intangible en función de que su vida útil sea definida o indefinida. La consecuencia fundamental que, en cuanto a la amortización, deriva de la calificación de un intangible como de vida útil definida o indefinida es que mientras que los primeros pueden amortizarse contablemente, los de vida útil indefinida no son susceptibles de amortización contable (NRV 5.ª PGC). Asimismo, y de forma expresa, se establece que tampoco se amortizará contablemente el fondo de comercio (NRV 6.ª PGC). El intangible con vida útil definida se amortiza atendiendo a la duración de la misma y su deducción fiscal no está ya condicionada al cumplimiento de determinados requisitos. En concreto, la nueva LIS ha suprimido los requisitos que se exigían en la normativa anterior para la deducción fiscal de la amortización del intangible con vida útil definida (adquisición a título oneroso y a entidad que no formara parte del mismo grupo mercantil). No obstante, la no exigencia del cumplimiento de tales requisitos no será de aplicación a los intangibles adquiridos en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2015, a entidades que formen parte con la adquirente del mismo grupo de sociedades según los criterios establecidos en el art. 42 CCo, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas. Como consecuencia, cuando se trate de intangibles adquiridos a empresas de un mismo grupo mercantil en un período impositivo iniciado con anterioridad a 1 de enero de 2015, aun cuando se amorticen contablemente en períodos impositivos iniciados a partir de dicha fecha, la amortización registrada contablemente no será fiscalmente deducible. Por el contrario, tratándose de intangibles adquiridos en un período impositivo iniciado a partir de 1 de enero de 2015, aun cuando la adquisición no sea a título oneroso y se produzca a una entidad de un mismo grupo mercantil, la amortización registrada contablemente será fiscalmente deducible. Aun no amortizándose contablemente, tanto el fondo de comercio como los intangibles con vida útil indefinida, puedan seguir "amortizándose" fiscalmente, si bien dentro de un límite y previo cumplimiento de ciertos requisitos que son analizados. 3 / 5
4 No obstante, todo lo anteriormente expuesto se va a ver notablemente modificado en los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2016 como consecuencia de las modificaciones introducidas en el art CCo y en la LIS por la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas. Según la nueva redacción dada al art CCo, el inmovilizado intangible deja de clasificarse en función de si su vida útil es definida o indefinida, y se parte de la consideración principal de que todos los inmovilizados intangibles son activos de vida útil definida. La principal consecuencia de dicha modificación es que todo el inmovilizado intangible pasará a ser amortizable; en principio en función de su vida útil, y si ésta no pudiera estimarse de manera fiable, el intangible se amortizará en un plazo de 10 años. En el caso particular del fondo de comercio, el art CCo, según la redacción dada al mismo por la Ley 22/2015, prevé que su vida útil será de diez años, salvo prueba en contrario. Todo lo anterior precisará del correspondiente desarrollo reglamentario y la necesaria modificación de las NRV 5ª y 6ª del PGC y del PGC PYMES. Las modificaciones introducidas en la normativa mercantil han provocado las subsiguientes en la LIS en aquellos preceptos que regulan la amortización fiscal de los elementos del inmovilizado intangible. De esta forma, la DF 5ª Ley 22/2015, da nueva redacción al art y a la DT 35ª LIS y deroga el apartado 3 del art. 13 LIS, con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de Con la nueva redacción del art LIS, al amortizarse contablemente todos los elementos del inmovilizado intangible, la deducción fiscal de dicha amortización queda regulada en el citado precepto, ya sin diferenciación entre intangibles de vida útil definida o indefinida, puesto que como se ha indicado anteriormente, todos los elementos del inmovilizado intangible tienen vida útil definida, sin perjuicio de que en determinados supuestos la misma no pueda estimarse de manera fiable. Cuando la vida útil del elemento pueda establecerse claramente, tanto contable como fiscalmente, el elemento se amortizará atendiendo a su vida útil. Si por el contrario la vida útil no puede estimarse de manera fiable, contablemente el elemento se amortizará en un plazo de 10 años, salvo que otra disposición establezca un plazo diferente, mientras que fiscalmente el gasto será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte de su importe (5%). Idéntico límite (5% anual) se fija para la deducción fiscal de la amortización del fondo de comercio. Debe precisarse que al tener que registrarse contablemente el gasto en concepto de amortización de cualquier tipo de intangible, incluido el fondo de comercio, la deducción fiscal 4 / 5
5 de dicho gasto está supeditada al cumplimiento del principio de inscripción contable establecido en el art º LIS, de manera que para que el gasto sea fiscalmente deducible, tendrá que estar contabilizado, sin perjuicio de que en los supuestos antes señalados, el gasto pueda verse sometido a la aplicación de un límite máximo anual. La modificación introducida en el art CCo justifica igualmente la derogación del art LIS en el que se contempla la deducción fiscal de un gasto que, hasta dicha modificación, no se registraba contablemente, como es la amortización del intangible con vida útil indefinida, incluido el fondo de comercio. Finalmente la nueva redacción de la DT 35ª LIS mantiene la no aplicación del régimen fiscal de amortización de los elementos del inmovilizado intangible contemplado en el art LIS cuando se trate de intangibles adquiridos a empresas de un mismo grupo mercantil en un período impositivo iniciado con anterioridad a 1 de enero de 2015, aun cuando se amorticen contablemente en períodos impositivos iniciados a partir de dicha fecha. En tales supuestos, la amortización registrada contablemente no será fiscalmente deducible. 3.Inversiones inmobiliarias Dentro de las inversiones inmobiliarias, la norma contable incluye los terrenos o construcciones que la empresa destine a la obtención de ingresos por arrendamiento o posea con la finalidad de obtener plusvalías a través de su enajenación, fuera del curso ordinario de sus operaciones. Los criterios previstos en las NRV 2.ª y 3.ª para el inmovilizado material, se aplican a las inversiones inmobiliarias. 4.Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta La única precisión que cabe realizar respecto de este tipo de bienes por lo que a la amortización se refiere es que, tal y como de forma clara y expresa establece la NRV 7.ª PGC, mientras estén clasificados en esta categoría no se amortizan contablemente. Al no existir ninguna previsión especial en la LIS tampoco existirá ningún gasto fiscal por tal concepto. 5 / 5
AUTOR: TOMAS MATÍAS VERDÚ CONTRERAS.
EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD: NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN 3ª: INMOVILIZADO MATERIAL: NORMAS PARTICULARES: NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN 4ª: INVERSIONES INMOBILIARIAS: NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN
Más detallesRD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo. FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo.
CIRCULAR Nº -514 RD Ley 13/2010 fomento de la inversión y del empleo FOMENTO INVERSION Real Decreto-ley 13/2010, para fomentar la inversión y la creación de empleo. Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre,
Más detallesMODIFICACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACION PARA EL 2015.
MODIFICACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACION PARA EL 2015. El pasado 28 de Noviembre se publico la Ley 26/2014 de 27 de noviembre, por la cual entre otras a
Más detallesArtículo 11 Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos
Artículo 11 Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos 1. Los ingresos y gastos derivados de las transacciones o hechos económicos se imputarán al período impositivo en que se produzca
Más detallesINMOVILIZADO TÉCNICO. técnico. 1. Concepto y clases de inmovilizado. 2. Inmovilizaciones intangibles. 3. Inmovilizaciones materiales
INMOVILIZADO TÉCNICO 1. Concepto y clases de inmovilizado 2. Inmovilizaciones intangibles 3. Inmovilizaciones materiales 4. Inversiones inmobiliarias 5. Inmovilizaciones materiales en curso 6. Amortización
Más detallesRealice las operaciones contables correspondientes en las siguientes fechas:
INMOVILIZADO INTANGIBLE TÉCNICOS DE AUDITORÍA Y CONTABILIDAD 2.008 Supongamos que se abona por derecho de traspaso de un local comercial 10.000 euros, con un contrato de arrendamiento de 10 años, con pagos
Más detallesLIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS
LIBERTAD DE AMORTIZACIÓN DE INMOVILIZADO MATERIAL E INVERSIONES INMOBILIARIAS a actividades económicas, realizadas en los periodos impositivos iniciados dentro de los ejercicios 2009 y 2010 podían amortizarse
Más detallesLibertad de amortización en las empresas de reducida dimensión
Libertad de amortización en las empresas de reducida dimensión Se entiende que los elementos de inmovilizado intangible también pueden ser deducibles multiplicando el coeficiente correspondiente por 1,5.
Más detallesNUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN PARA LAS SOCIEDADES EN EL 2015
CIRCULAR INFORMATIVA Nº 11 /2014 Valencia, 30 de octubre de 2.014 NUEVAS TABLAS DE AMORTIZACIÓN PARA LAS SOCIEDADES EN EL 2015 De acuerdo con la próxima reforma fiscal del Impuesto sobre Sociedad para
Más detallesSOLUCIÓN. Por tanto: GASTO CONTABLE GASTO FISCAL AJUSTE
PRÁCTICA 2 Amortizaciones SOLUCIÓN En primer lugar, analizamos los distintos casos planteados: 1. En esta operación se produce una inversión en un inmovilizado material (elevador) que contablemente se
Más detallesFiscalidad de los Activos Intangibles. Francisco Cavero de Pedro
Fiscalidad de los Activos Intangibles Francisco Cavero de Pedro Zaragoza, 24 de noviembre de 2011 Fiscalidad de los activos intangibles Índice 1. Conceptos preliminares Activos intangibles 2. Tratamiento
Más detallesIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Miembro de IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con respecto a las correcciones de valor en el inmovilizado material se produce una considerable
Más detallesEstán obligados a realizar el pago fraccionado, siempre que resulte cantidad a ingresar, las siguientes entidades:
Resumen Pagos fraccionados en el Impuesto sobre Sociedades (art. 40 LIS) 1. Introducción. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, deben efectuar 3 pagos a cuenta de la liquidación correspondiente
Más detallesConsulta Vinculante V , de 01 de marzo de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas
Consulta Vinculante V0811-16, de 01 de marzo de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 909/2016 DESCRIPCIÓN IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Gastos deducibles-
Más detallesLas características de esta actualización se describen en líneas generales a continuación.
NOTA INFORMATIVA 2/2013: modificaciones tributarias introducidas por la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas
Más detallesDecreto Legislativo N Ley de Arrendamiento Financiero, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 043-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Tratándose de centros comerciales adquiridos a través de operaciones de arrendamiento financiero, respecto de los cuales se opta por la tasa de depreciación máxima
Más detallesEstimado Cliente/Clienta:
Estimado Cliente/Clienta: A continuación les informamos de algunas de las novedades de la nueva Ley que regula el IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (Ley 27/2014) que entra en vigor el 1 de enero de 2015. 1. BASE
Más detalles5.ª PARTE IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
5.ª PARTE IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 1. NORMATIVA BÁSICA Y DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Álava: Norma Foral 24/1996, de 5 de julio, del Impuesto sobre Sociedades y Decreto Foral 60/2002, del Consejo de Diputados
Más detallesDELTA MASTER FORMACIÓN UNIVERSITARIA C/ Gral. Ampudia, 16 Teléf.: MADRID
EXAMEN BLOQUE II: ACTIVOS CORRIENTES Y EXISTENCIAS 1.- La empresa PETROSHEF, S.A. comienza a construir el 30 de marzo de 20X6 una planta petrolífera marina en el Golfo de México. La construcción durará
Más detallesCOMENTARIOS A LAS PRINCIPALES NOVEDADES DEL IS Y NPGC
COMENTARIOS A LAS PRINCIPALES NOVEDADES DEL IS Y NPGC I. COMENTARIOS Y DIFERENCIAS CON AÑOS ANTERIORES SOBRE LA LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO De las novedades más significativas que se han producido en la regulación
Más detallesA) Medidas de carácter temporal aplicables a los ejercicios iniciados en 2012 y 2013.
LAS MEDIDAS FISCALES CONTRA EL DEFICIT. Real Decreto-Ley 12/2012 de 30 marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público (en adelante
Más detallesASPECTOS CONTABLES Y FISCALES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EJERCICIO 2011
ASPECTOS CONTABLES Y FISCALES DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EJERCICIO 2011 PROGRAMA 1. Aspectos generales del impuesto - Ámbito espacial del aplicación del impuesto - Hecho imponible - Sujeto pasivo. Residencia
Más detallesLa Imposición sobre Sociedades II (IS) Prof. Álvaro Salas Suárez
La Imposición sobre Sociedades II (IS) Prof. Álvaro Salas Suárez Análisis de la Base Imponible: RESULTADO CONTABLE: Saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias de la empresa + Distintos Ajustes fiscales
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario NORMATIVA APLICABLE Art. 5.4.b) y 6.b) Ley 20/1991 Art. 6.1 Ley 20/1991 Art. 6.2.7º Ley 20/1991 Art. 18.1.a)
Más detallesAsimismo, la disposición adicional vigésima segunda del TRLIS establece que:
Interpretación del artículo 19.13 del TRLIS. Exigencia frente a la Administración de determinados activos por impuesto diferido. Fecha: 8 de agosto de 2014 Arts. 19-13 y DA22ª T.R.L.I.S. (RDLeg 4/2004)
Más detallesSISTEMAS DE AMORTIZACIÓN
SISTEMAS DE AMORTIZACIÓN El Plan General Contable establece en la norma de valoración número 2 sobre el inmovilizado material los siguientes criterios que habrá que tener en cuenta a la hora de la valoración
Más detallesCONTABILIDAD PÚBLICA. Tema 6. Contabilidad del inmovilizado no financiero
Tema 6. Contabilidad del inmovilizado no financiero Tema 6. Contabilidad d del linmovilizado ili no financiero i 1. Concepto y clasificación del inmovilizado 2. El inmovilizado material 3. El inmovilizado
Más detallesConsulta Vinculante V , de 1 de enero de 2007, de la Dirección General de Tributos (Ministerio de Economía y Hacienda)
Consulta Vinculante V0092-07, de 1 de enero de 2007, de la (Ministerio de Economía y Hacienda) IVA aplicable en la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción Índice Consulta Vinculante V0092-07,
Más detallesLas amortizaciones en la Ley del impuesto sobre sociedades
Grado en: Derecho Facultad de Derecho Universidad de La Laguna Curso 4º Convocatoria: Julio Las amortizaciones en la Ley del impuesto sobre sociedades Redemptions for Corporate tax Realizado por la alumna
Más detallesIMPUESTOS SOBRE HIDROCARBUROS Y SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
IMPUESTOS SOBRE HIDROCARBUROS Y SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Consulta sobre la tributación de una planta de biogás. NUM-CONSULTA V2868-14 ORGANO SG DE IMPUESTOS ESPECIALES Y DE
Más detallesPágina 1 de 2 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V0853-13) NUM-CONSULTA V0853-13 ORGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 19/03/2013 NORMATIVA RDLey 12/2012 art. 1.Primero.Cuatro
Más detallesINFORME SOBRE LA CONSULTA DE UNA SOCIEDAD PROPIETARIA DE UNA INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA RESPECTO A LA PROPIA INSTALACIÓN Y LA APLICACIÓN DE UN
INFORME SOBRE LA CONSULTA DE UNA SOCIEDAD PROPIETARIA DE UNA INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA RESPECTO A LA PROPIA INSTALACIÓN Y LA APLICACIÓN DE UN COEFICIENTE DE PÉRDIDAS EN SU FACTURACIÓN 24 de mayo de 2012
Más detallesAplicación de la Ley de Actualización de Balances (Ley 16/2012, 27de diciembre)
Aplicación de la Ley de Actualización de Balances (Ley 16/2012, 27de diciembre) Grupo Jenasa colabora en estos talleres organizados por AEPA (Asociación de Empresarios y Profesionales de Alcorcón) y el
Más detallesConsulta Vinculante V , de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas
Consulta Vinculante V3499-15, de 13 de noviembre de 2015 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 3876/2015 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Exenciones. Está exenta
Más detallesMEDIDAS FISCALES incluidas en el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para
MEDIDAS FISCALES incluidas en el Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo 3 Diciembre
Más detallesFiscalidad. Autores: Luis Alfonso Rojí Chandro José A. Rodríguez Ondarza Universidad Complutense de Madrid
Fiscalidad Autores: Luis Alfonso Rojí Chandro José A. Rodríguez Ondarza Universidad Complutense de Madrid Guía práctica para la libertad de amortización en régimen transitorio 2012/2013 El Real Decreto-Ley
Más detallesTEMA 7: CONTABILIDAD
TEMA 7: CONTABILIDAD REGISTRO CONTABLE DEL INMOVILIZADO. LA AMORTIZACIÓN 1. El Inmovilizado El inmovilizado comprende los bienes destinados a servir de forma duradera en las actividades de la empresa,
Más detallesCUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014
CUADRO DE DEDUCCIONES POR INVERSIONES VIGENTE EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2014 Aunque en ejercicios pasados se han ido produciendo la reducción paulatina de muchas de las deducciones reguladas en el
Más detallesLa Resolución del TEAC de fecha 08/05/2014 en la resolución final establece como criterio que:
CUESTIONES RELATIVAS A LA DEDUCCIÓN EN VIVIENDA Y LAS RESOLUCIONES DEL TEAC DE 08/05/2014 (DESMEMBRACIÓN DEL PLENO DOMINIO POR FALLECIMIENTO) Y, DE 10/09/2015 (DISOLUCIÓN DEL PROINDIVISO) (Mayo de 2016)
Más detallesImpuesto sobre Bienes Inmuebles
1. Normativa El Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI), clasifica los bienes inmuebles en urbanos, rústicos
Más detallesBOICAC Nº 20 BOE
ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95
Más detallesFiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V2212/2014 SUMARIO:
BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051792 DGT: 08-08-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V2212/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: IS. Base imponible. Gastos deducibles. Provisiones. Insolvencias.
Más detallesPropuesta de Reforma Contable: Modificación PGC, PGC Pymes y NOFCAC
Septiembre 2016 Boletín de Noticias Auditoría Propuesta de Reforma Contable: Modificación PGC, PGC Pymes y El mes de diciembre del año pasado, el ICAC publicó el Proyecto de Real Decreto por el que se
Más detallesIRPF FISCALIDAD DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL
IRPF FISCALIDAD DE LOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL IMPORTANTE! La deducción se elimina para la adquisición, rehabilitación o mejora de la habitual realizada a partir
Más detallesImpuesto sobre Sociedades: Cierre del ejercicio 2013
EF-11-14 Impuesto sobre Sociedades: Cierre del ejercicio 2013 Como consecuencia de las numerosas modificaciones tributarias que afectan al cierre del Ejercicio 2013 y al cálculo del Impuesto sobre Sociedades
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO. NIF CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO Avda. José Manuel Guimerá, nº 10 Edf. Servicios Múltiples II Planta 5ª 38003 Santa Cruz de Tenerife Tfno: (922) 47 66 38 / FAX (922) 47 60 00 NIF CONCEPTO IMPOSITIVO
Más detallesINCENTIVOS A LA INVERSIÓN Art. 25 Ley 19/1994 Por Juan Carlos Fuentes Moreno
Publicado en: Colegio de Economistas de Tenerife Tipo Publicación: Página Web del Colegio Número: Fecha: Noviembre 2000 Introducción INCENTIVOS A LA INVERSIÓN Art. 25 Ley 19/1994 Por Juan Carlos Fuentes
Más detallesAplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF
Aplicación de los signos, índices o módulos en el IRPF El rendimiento neto resultará de la suma de todos los rendimientos que correspondan a cada una de las actividades. En primer lugar desarrollaremos
Más detallesContabilidad: Europa vuelve a cambiar las reglas del juego
Contabilidad: Europa vuelve a cambiar las reglas del juego Coordinador: Leandro Cañibano Calvo Presidente de AECA 2 Contabilidad: Europa vuelve a cambiar las reglas del juego Juan Manuel Perez Iglesias
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE:
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGA DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS CUESTIÓN PLANTEADA: NORMATIVA
Más detallesENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS.
ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS. P&A CONSULTORES DEPARTAMENTO TRIBUTARIO COLECCIÓN JURÍDICO-TRIBUTARIO DOCUMENTOS. Documento 4/2003 (15 de febrero de 2003) 1. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS
Más detalles46.- El tratamiento contable de las permutas en el nuevo Plan General de Contabilidad
46.- El tratamiento contable de las permutas en el nuevo Plan General de Contabilidad Autoras: Elena de las Heras Cristobal, Beatriz García Osma, Ana Gisbert Clemente y Begoña Navallas Labat. CASO 1: La
Más detallesLos aspectos fundamentales de la Resolución son: Activos y pasivos por impuesto corriente
El pasado 16 de febrero se publicó en el BOE la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y
Más detallesAutor: José Luis Alfonso López (Profesor titular de la Universidad Autónoma de Madrid)
Newsletter Actualidad Contable. Novedades y práctica sobre el Nuevo PGC 2008 y las NIIF 181 36.- Activos financieros Autor: José Luis Alfonso López (Profesor titular de la Universidad Autónoma de Madrid)
Más detallesCurso de Fundamentos Contables para la Dirección
Análisis económico-financiero y problemática contable de CEFYR España, S.A. En el año 2011, la empresa CEFYR España, S.A., una empresa consolidada en el sector de los transportes a nivel nacional, se encuentra
Más detallesCONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INTERVENCIÓN GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES Informe de auditoría de las cuentas anuales Ejercicio 2015 Intervención
Más detallesProblemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES
Problemática fiscal de las sociedades civiles y las comunidades de bienes PROBLEMÁTICA FISCAL DE LAS SOCIEDADES CIVILES Y LAS COMUNIDADES DE BIENES 1 1 Índice 1. Nuevos sujetos pasivos del IS. 2. Alternativas
Más detallesSe le pregunta al ICAC sobre el tratamiento contable de la prima cobrada por la arrendadora y de los intereses que genera su inversión en el depósito.
Caso práctico sobre el tratamiento contable de una prima percibida por una sociedad arrendadora en concepto de opción de compra. Dr. Gregorio Labatut Serer. Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía.
Más detallesCONSULTAS PROYECTO CSP 10 / Revisión de precios: vigencia normativa.
CONSULTAS PROYECTO CSP 10 / 2015 Revisión de precios: vigencia normativa. CUESTIÓN PLANTEADA: Nos gustaría saber si en el artículo 89 del TRLCSP está consolidada la modificación que establece que "la revisión
Más detallesLA CUENTA GENERAL DEL ESTADO
LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO 1 INDICE 16.1 ESTRUCTURA 16.2 PRODECIDIMIETNO DE ELABORACIÓN 16.3 TRAMITACIÓN 2 16.1 ESTRUCTURA La Cuenta General del Estado se encuentra regulada fundamentalmente en: la Ley
Más detallesSeminari NOVETATS COMPTABLES 2016
Seminari NOVETATS COMPTABLES 2016 Barcelona, 16 de febrer de 2016 Ponent: Sr. Manel Salas i Ríos Professor Mercantil. Llicenciat en Ciències Econòmiques i Empresarials. Censor Jurat de Comptes. Responsable
Más detallesSOCIEDADES (Ley 27/2014)
CONSULTAS programa INFORMA de la Agencia Tributaria. BASE IMPONIBLE. AMORTIZACIONES. SOCIEDADES (Ley 27/2014) Nº138883-Inmovilizado intangible a partir de 1-1-16 Pregunta: Cómo se amortiza el inmovilizado
Más detallesCircular Fiscal. Actualización de Balances. Febrero Donostia San Sebastián Vitoria Gazteiz Pamplona
Actualización de Balances Febrero 2013 Estimados Sres.: Mediante la presente queremos informarles de los aspectos más relevantes de la actualización de balances aprobada en el Territorio Histórico de Gipuzkoa
Más detallesNovedades en el impuesto sobre Sociedades (III) María Pilar Alguacil Marí Catedrática de Derecho Financiero y tributario. Universidad de Valencia
Novedades en el impuesto sobre Sociedades (III) María Pilar Alguacil Marí Catedrática de Derecho Financiero y tributario. Universidad de Valencia Sumario Entidades parcialmente exentas Mecenazgo Creación
Más detallesANEXO II ENTIDADES DE CRÉDITO I. DATOS IDENTIFICATIVOS II. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LA INFORMACIÓN PERIÓDICA PREVIAMENTE PUBLICADA
ANEXO II ENTIDADES DE CRÉDITO 2º INFORME FINANCIERO SEMESTRAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 FECHA DE CIERRE DEL PERIÓDO I. DATOS IDENTIFICATIVOS Denominación Social: Domicilio Social: AVENIDA DIAGONAL, 621
Más detallesDOCUMENTO TÉCNICO REAL DECRETO 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican: PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD
Consejo General 22 de Diciembre de 2016 DOCUMENTO TÉCNICO REAL DECRETO 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican: PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD (aprobado por el Real Decreto 1514/2007) PLAN GENERAL
Más detallesGTA VILLAMAGNA ALERTA CONTABLE MAYO 2016
GTA VILLAMAGNA ALERTA CONTABLE MAYO 2016 GTA Villamagna - mayo de 2016 CONTENIDOS I. NORMATIVA NACIONAL... 3 Circular 4/2016, de 27 de abril, del Banco de España, por la que se modifican la Circular 4/2004,
Más detallesNovedades del impuesto sociedades para 2013
Novedades del impuesto sociedades para 2013 Buenos días, Barcelona a 11 de junio de 2013 i, S.L. Registro Mercantil de Barcelona. Tomo 43.672, folio 105, hoja B-435.077,ins.1a, C.I.F. B-65981458 Próximo
Más detallesa).-tratándose de la concesión de nuevas utilizaciones o aprovechamientos de la vía pública, en el momento de solicitar la correspondiente licencia.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
Más detallesMODIFICACION DE LA DEDUCCION POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL. 1. Nuevo régimen de deducción por inversión en vivienda habitual
MODIFICACION DE LA DEDUCCION POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL AVISO IMPORTANTE: Información sobre la modificación de la deducción por inversión en vivienda habitual en el IRPF a partir de 1 de enero
Más detallesTASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS
TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS Artículo 1. Fundamento y naturaleza. Al amparo de lo previsto en los artículos 20.4.h) y 57 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Más detallesGRUPO 7 VENTAS E INGRESOS 70. VENTAS DE MERCADERÍAS, DE PRODUCCIÓN PROPIA, DE SERVICIOS, ETC.
GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS Enajenación de bienes y prestación de servicios que son objeto del tráfico de la empresa; comprende también otros ingresos, variación de existencias y beneficios del ejercicio.
Más detallesNovedades en el Impuesto sobre Sociedades
Novedades en el Impuesto sobre Sociedades Finalidad de la reforma Aumentar la recaudación Límite de deducción de gastos financieros. Límite de deducción de amortizaciones Actualización de balances. Favorecer
Más detallesMorera Bargués Asesores, SL. Gran Vía Carlos III 94 3ª Torre Oeste Barcelona. Teléfono:
NUM-CONSULTA V1299-14 ÓRGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 14/05/2014 NORMATIVA TRLIS RD Leg 4/2004, arts: 10,12.3, 19 y Disposición Transitoria 41 DESCRIPCIÓN- HECHOS La entidad
Más detallesLEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO
LEGAL FLASH I ÁREA DE DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO 28 de diciembre de 2016 NUEVAS NORMAS CONTABLES QUE AFECTAN AL PRÓXIMO CIERRE (REAL DECRETO 602/2016) Desarrollo reglamentario de importantes novedades
Más detallesASPECTOS CONTABLES DE LAS PROMOTORAS INMOBILIARIAS. Adaptación del PGC a las empresas inmobiliarias. Prof. MARTÍ GARCIA PONS
ASPECTOS CONTABLES DE LAS PROMOTORAS INMOBILIARIAS Adaptación del PGC a las empresas inmobiliarias Prof. MARTÍ GARCIA PONS NORMATIVA Orden Ministerial 28-12-1994 (BOE 4-1-1995) (BOICAC nº 20) Orden Ministerial
Más detallesLa entidad consultante es una empresa mayorista de muebles de cocina, ferretería, baños, que realiza las siguientes operaciones:
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE: DOMICILIO: CONCEPTO IMPOSITIVO: Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias (A.I.E.M.). CUESTIÓN
Más detallesFiscal Impuestos BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE. Referencia: NFC DGT: N.º CONSULTA VINCULANTE: V1078/2014 SUMARIO:
BASE DE DATOS NORMACEF FISCAL Y CONTABLE Referencia: NFC051059 DGT: 14-04-2014 N.º CONSULTA VINCULANTE: V1078/2014 SUMARIO: PRECEPTOS: La entidad tiene por actividad principal la explotación avícola mediante
Más detallesConsulta Vinculante V , de 15 de febrero de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas
Consulta Vinculante V0603-16, de 15 de febrero de 2016 de la Subdireccion General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Juridicas LA LEY 631/2016 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Gastos deducibles. La
Más detallesII. Determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades. El artículo 10.3 del TRLIS regula la forma de determinación de la base
INFORME DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DE 12 DE MARZO DE 2009, SOBRE DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LAS RETRIBUCIONES A LOS ADMINISTRADORES DE SOCIEDADES MERCANTILES El Departamento
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE. CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art. 25 Ley 19/1994 Art. 20.Dos.5 Ley 20/1991 Art. 22.4 Ley 20/1991
Más detallesNUM-CONSULTA V
NUM-CONSULTA V2290-06 ORGANO SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas FECHA-SALIDA 16/11/2006 NORMATIVA Ley 37/1992, arts. 4, 5, 11, 78; RD Leg 1175/1990, reglas 2ª, 15ª; RIRPF RD 1175/2004,
Más detallesBarcelona, 8 de abril de 2013. Estimados clientes,
Barcelona, 8 de abril de 2013. Estimados clientes, Os transcribimos la consulta vinculante V0583-13 de fecha 25 de febrero de 2013, donde se vuelve a tratar el tema de la retribución de los administradores.
Más detallesCURSOS DE VERANO 2014
CURSOS DE VERANO 2014 NORMAS FISCALES, LABORALES Y JURÍDICAS PARA EMPRENDEDORES JOSÉ LÓPEZ ZAMUDIO 18 de septiembre de 2014 33 ENTORNO TRIBUTARIO BÁSICO DE LA ACTIVIDAD Impuestos estatales renta directa:
Más detallesPERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE
PERSONA O ENTIDAD CONSULTANTE DOMICILIO CONCEPTO IMPOSITIVO Impuesto General Indirecto Canario CUESTIÓN PLANTEADA NORMATIVA APLICABLE Art.4.1 Ley 20/1991 Art. 5.1 y 5.2 Ley 20/1991 Art. 7.1 Ley 20/1991
Más detallesANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO
ANTENA 3 DE TELEVISIÓN, S.A. JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS 29 DE NOVIEMBRE DE 2006 ANEXO INFORMATIVO Anexo informativo al punto [4º] del orden del día relativo al tratamiento fiscal de la
Más detallesACTUALIZACIÓN DE BALANCES
CIRCULAR INFORMATIVA núm. 130204 ACTUALIZACIÓN DE BALANCES Sras. / Sres., La Ley que acompaña a los Presupuestos Generales del Estado para el 2013 (Ley 16/2012), entre otras muchas medidas de carácter
Más detallesArtículo 7. Dispensa de la obligación de consolidar.
Modificaciones de las NOFCAC propuestas por el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, el Plan General de
Más detallesAsesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales
Prueba de evaluación Asesor Fiscal. Ley General Tributaria, impuestos sobre sociedades e impuestos locales Datos del alumno: Firma del alumno: Fecha de envío: Recuerde: Cumplimente la prueba de evaluación
Más detallesDESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO
DESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO Bienes muebles amortizables fuera de uso. Tratamiento impositivo: cuando alguno de los bienes amortizables, salvo los inmuebles, quedara fuera de uso (desuso), el contribuyente
Más detallesIngresos computables - Gastos deducibles SOLUCIÓN
PRÁCTICA 1 Ingresos computables - Gastos deducibles SOLUCIÓN Para determinar la Base Imponible del IS que corresponde a Infogal.SA en el ejercicio N empezaremos por analizar el tratamiento fiscal de las
Más detallesSUMARIO. - Artículo único. Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades
Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de 2004 (Disposición Vigente) Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de 2004 Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio RCL 2004\1795 IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Aprueba
Más detallesIMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 2016 Cd Gestión Fiscal Manual del Impuesto sobre Sociedades 2 Contenido NATURALEZA... 4 AMBITO ESPACIAL... 4 HECHO IMPONIBLE... 4 CONTRIBUYENTES... 4 EXENCIONES... 5 ESQUEMA DE
Más detallesInvestigación Capital social
TÉCNICOS DE HACIENDA 2.008 REPARTO DE BENEFICIOS, AMPLIACIÓN DE CAPITAL SOCIAL, ACCIONES PROPIAS, ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA, REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL ENUNCIADO APARTADO 1 La sociedad
Más detallesSumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11
ÍNDICe sistemático PÁGINA Sumario... 5 Presentación... 7 Normativa utilizada... 9 Capítulo 1. El impuesto sobre sociedades y la contabilidad... 11 1. Introducción... 11 2. El resultado contable o beneficio
Más detallesNovedades Tributarias
NOVEDADES TRIBUTARIAS Presentamos, a continuación, algunos puntos en materia tributaria que consideramos de su interés La DIAN revoca un concepto, según el cual, todo aporte en especie a sociedades nacionales
Más detallesEL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES
EL RÉGIMEN FISCAL ESPECIAL PARA LAS PYMES DOMINGO CARBAJO VASCO INSPECTOR DE HACIENDA DEL ESTADO. ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ASESORES FINANCIEROS Y TRIBUTARIOS. Madrid, 2 de junio de 2011. 1 CARACTERÍSTICAS
Más detallesEl IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO
Memoria en interés de ADIN: El IVA EN LA REVENTA PROFESIONAL DE EMBARCACIONES DE RECREO GV Advocats i Economistes R. Cataluña 121, 4º2º 08008 - Barcelona 1 Informe sobre el régimen del IVA aplicable a
Más detallesMEDIDAS TRIBUTARIAS DIRIGIDAS A LA CONSOLIDACIÓN DE LAS
MEDIDAS TRIBUTARIAS DIRIGIDAS A LA CONSOLIDACIÓN DE LAS FINANZAS PÚBLICAS En el BOE del día 03-12-2016, se ha publicado el Real Decreto-ley 3/2016 por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario
Más detallesDuración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de
Técnico Superior en Dirección y Gestión Inmobiliaria Duración: 300 horas Metodología: Curso Práctico a Distancia Objetivos: Ofrecer nociones fundamentales de Derecho Inmobiliario con el fin de desarrollar
Más detalles