REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN GENÓMICA INTEGRATIVA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD MAYOR
|
|
- Martín Contreras Muñoz
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO PROGRAMA DE DOCTORADO EN GENÓMICA INTEGRATIVA FACULTAD DE CIENCIAS UNIVERSIDAD MAYOR
2 TÍTULO I. DISPOCISIONES GENERALES. Artículo 1º. El presente reglamento establece las normas que rigen el funcionamiento del Programa de Doctorado en Genómica Integrativa de la Facultad de Ciencias de la Universidad Mayor (en adelante indistintamente Doctorado o Programa ). Un programa de doctorado tiene como objetivo formar especialistas calificados del más alto nivel para realizar tareas de investigación científica, desarrollo y docencia a nivel superior en sus correspondientes áreas. Este programa es conducente al más alto grado otorgado por la Universidad Mayor, comprende un proceso de investigación o creación, el cual culmina con la elaboración, defensa y aprobación de una tesis que amplía las fronteras del conocimiento en el área involucrada. Artículo 2º. El Doctorado estará sustentado por académicos con líneas de investigación activas y con productividad en relación a las mismas, con infraestructura y equipamiento adecuados y operativos durante el tiempo en que se desarrolle una investigación. TÍTULO II. DIRECCIÓN DEL DOCTORADO. Artículo 3º. La administración del Doctorado estará a cargo del Comité Académico del Doctorado (en adelante Comité ). El Comité estará integrado de la siguiente forma: a) Por el Decano (a) de la Facultad de Ciencias, quien será su presidente. b) Por el Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias, quien será su vicepresidente. c) Por el Director(a) del Doctorado, quien será su secretario. d) Por al menos dos profesores regulares del Doctorado. Estos integrantes serán designados por el Decano (a) de la Facultad de Ciencias, a propuesta del Director(a) del Doctorado. Los integrantes del Comité durarán en su cargo entretanto mantengan las calidades respectivas o, en su caso, la confianza del Decano (a) de la Facultad de Ciencias, cuando hayan sido designados por éste. El Comité deberá funcionar con al menos tres integrantes. Los acuerdos se adoptarán con el voto favorable de la mayoría de los miembros que participen en la reunión, requiriéndose en todo caso para la adopción de cualquier acuerdo el voto favorable del Decano (a) de la Facultad de Ciencias y/o del Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias. Artículo 4º. Corresponderá al Comité: a) Establecer las políticas del Doctorado en materias académicas y de gestión e impartir instrucciones al Director (a) del Programa;
3 b) Participar y convocar, cuando lo estime conveniente, a un claustro académico que incluye la participación de los profesores regulares del programa; c) Definir mecanismos formales y sistemáticos de revisión periódica, evaluación, actualización, y de validación interna y externa del Doctorado, especialmente del plan de estudios para asegurar el mejoramiento continuo de éste; d) Realizar seguimiento de las mejoras derivadas de los resultados de la revisión periódica del Programa; e) Evaluar periódicamente los niveles de deserción, eliminación y graduación de los estudiantes; f) Proponer a la Dirección General de Postgrado de la Universidad Mayor el número de vacantes del Programa; g) Convocar al proceso de admisión y seleccionar a los alumnos del Doctorado; h) Resolver sobre la convalidación de cursos de acuerdo a este Reglamento y el Reglamento General de Programas de Postítulo y Postgrado de la Universidad Mayor; i) Supervisar el avance de los alumnos del Doctorado; j) Designar a los miembros de las Comisiones de Evaluación del Examen de Calificación y Tesis Doctoral; k) Asignar las becas para el Doctorado; l) Diseñar un procedimiento de evaluación del desempeño docente de los profesores; m) Resolver los conflictos que se presenten y cuya resolución no haya sido entregada a otro órgano o autoridad de la Universidad. El Comité someterá a consideración del Vicerrector Académico y de Aseguramiento de la Calidad, la aplicaciones de las sanciones que establece el artículo 56 del Reglamento General de los Programas de Postítulo y Postgrado de la Universidad Mayor; n) Generar y proponer a la Dirección General de Postgrado nuevas normas que complementen, clarifiquen o modifiquen este Reglamento; o) Establecer políticas y mecanismos de seguimiento de los graduados del programa; y, p) Evaluar, de acuerdo a las necesidades del Programa, la conformación de un Consejo Asesor que como cuerpo colegiado de carácter consultivo tendrá como principal función asesorar a la Dirección del Programa. Éste debe estar integrado, al menos, por profesionales destacados del área disciplinaria del programa, graduados y empleadores.
4 Artículo 5º. El Doctorado estará academicamente a cargo de un Director (a) designado por el Decano (a) de la Facultad de Ciencias, quien durará en sus funciones mientras mantenga la confianza de éste. El Director (a) del Programa tendrá funciones relacionadas con las actividades académicas, asegurando un óptimo desempeño en la docencia, su desarrollo e implementación. El Director (a) del Programa dependerá del Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias y a través de este se vinculará con la Dirección General de Postgrado de la Universidad Mayor. Artículo 6º. Corresponderá al Director (a) del Doctorado: a) Dirigir la ejecución y desarrollo del Programa, y velar por el cumplimiento del currículo vigente; b) Velar por el cabal cumplimiento de las orientaciones, políticas y normativas definidas por la Vicerrectoría Académica y de Aseguramiento de la Calidad; c) Proponer al Director (a) de Postgrado de la Facultad la nómina de profesores del Programa que realizarán las funciones de docencia, investigación, tutorías y guías de tesis, de conformidad a la normativa aplicable; d) Coordinar el proceso de evaluación de los profesores del Programa. e) Evaluar el desempeño de los profesores del Programa; f) Proponer al Director (a) de Postgrado de la Facultad la programación académica anual del Programa; g) Proponer al Comité la nómina de los postulantes preseleccionados del Programa, en conjunto con el Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias. h) Velar por el cumplimiento de los resultados esperados del proceso de enseñanzaaprendizaje de los estudiantes del programa; i) Organizar y dirigir los servicios de tutorías y orientación para los estudiantes del Programa; j) Asegurar eficaces canales de comunicación permanentes con los estudiantes del Programa; k) Proponer al Comité, a nivel del Programa, una política de vinculación externa a nivel nacional e internacional. Las políticas y mecanismos deben estar orientados a fomentar la incorporación de sus estudiantes y académicos en actividades de carácter internacional.
5 Artículo 7º. El Doctorado estará administrativamente a cargo del Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias un Director (a) designado por el Decano (a) de la Facultad de Ciencias. Artículo 8º. Corresponderá al Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias: a) Proponer a la Dirección General de Postgrado de la Universidad, previa aprobación del Comité, la planificación presupuestaria anual del programa. Así como ejecutar el presupuesto aprobado para su implementación; b) Proponer al Comité la nómina de los postulantes preseleccionados del Programa, en conjunto con el Director (a) del Doctorado. c) Mantener actualizada la información académica y administrativa del Programa y de los estudiantes, tanto actual como histórica, y responder los requerimientos de información que realicen otras unidades asociadas al desarrollo del programa. TÍTULO III. PROFESORES DEL PROGRAMA Artículo 9º. Para ser profesor regular del Programa de Doctorado será requisito estar en posesión del grado de Doctor, ser profesor de jornada de la Universidad y ser un investigador activo en el área, lo que se demostrará a través de publicaciones y participación activa en proyectos de investigación. Los profesores del Programa deberán destinar una dedicación proporcional a las actividades de docencia, dirección de tesis y administración del Programa. Excepcionalmente, y previa autorización de la Vicerrectoría Académica y de Aseguramiento de la Calidad, el Comité podrá incorporar a profesores sin el grado de Doctor pero que cumplan con los requisitos de productividad e independencia en investigación equivalentes al grado. El Comité podrá invitar a profesores de otras Unidades Académicas o de otras instituciones a colaborar con el Programa. TÍTULO IV. ADMISIÓN y SELECCIÓN DE LOS ESTUDIANTES. Artículo 10º. El Doctorado abre su periodo de postulación una vez al año, en las fechas que defina el Comité. Artículo 11º. Los requisitos de admisión al Programa serán difundidos en la forma y oportunidad que determine el Director (a) de Postgrado de la Facultad de Ciencias, con consulta al Director (a)
6 del Doctorado. En todo caso, la difusión al menos deberá considerar la página web institucional de la Universidad Mayor. Artículo 12º. Para ser admitido como alumno regular del Programa, el postulante deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar a la Dirección de Postgrado de la Facultad de Ciencias una solicitud en un formato estándar. b) Acreditar la posesión del grado de licenciado en el área de las Ciencias o un título profesional en la misma área cuyo nivel y contenido de estudios sean equivalentes a los necesarios para obtener el grado de licenciado. c) Tener menos de 40 años al momento de postular al Programa. d) Adjuntar su Curriculum Vitae (incluir publicaciones) y una carta de interés. e) Adjuntar dos cartas de recomendación en el formato definido por el Comité. f) Aprobar Examen de Admisión, el cual consta de: g) Entrevista personal con los miembros del Comité o profesores que el Comité determine. h) Presentación y discusión de una publicación científica frente a los miembros del Comité. Artículo 13º. La Vicerrectoría Académica y de Aseguramiento de la Calidad determinará que títulos profesionales cumplen con los requisitos indicados en la letra a) del artículo anterior. Artículo 14º. El proceso de selección será conducido por el Comité y considera los antecedentes mencionados para el proceso de admisión, otorgando relevancia a la entrevista personal y a los resultados del Examen de Admisión definido por el Comité Académico. TITULO IV. NIVELACIÓN Y CONVALIDACIÓN Artículo 15º. A los postulantes que presenten carencias de formación académica se les podrá exigir el cumplimiento de actividades de nivelación para ser aceptados. Artículo 16º. Las actividades o cursos de nivelación serán determinados por el Comité. Artículo 17º. Las actividades o cursos de nivelación deberán ser tomados por el estudiante en la primera ocasión en que sean ofrecidos. Artículo 18º. El Comité podrá convalidar cursos de postgrado de ésta u otra Universidad, solicitando el estudiante los antecedentes que estime conveniente para estos efectos.. Para convalidad una asignatura, deberá presentar homogeneidad de objetivos y contenidos
7 programáticos igual o superior a 80% y que la asignatura a convalidar se haya aprobado en un período no mayor a 6 años. TÍTULO VI. EVALUACIÓN ACADEMICA Y PROMOCIÓN Artículo 19º. La evaluación del rendimiento de los estudiantes en cada una de las actividades del Programa se expresará en la siguiente escala de calificaciones: - 7 Sobresaliente - 6 Muy bueno - 5 Bueno - 4 Suficiente - 3 Menos que suficiente - 2 Deficiente - 1 Malo Artículo 20º. La nota mínima de aprobación de las actividades del Programa serán las siguientes: - Cursos y Seminarios de Investigación: Cuatro (4,0) - Proyecto de Tesis (Examen de Calificación): cinco (5,0) - Tesis Doctoral: seis (6,0). En todo caso, la Defensa Privada de la Tesis no será calificada con la escala indicada en el artículo anterior, sino que será aprobada, aprobada con modificaciones o reprobada. Si el estudiante no obtiene la nota mínima de aprobación esta será registrada en condición reprobado por concepto (NA) o sin requisito (SR). Artículo 21º. Para mantener la condición de alumno regular del Programa, se deberá aprobar cada una de las actividades del mismo; mantener un promedio ponderado acumulado mínimo de cinco (5,0); y, aprobar, a más tardar durante el tercer semestre de permanencia en el programa, el Examen de Calificación. El Comité podrá prorrogar por motivos fundados, el plazo para aprobar Examen de Calificación. Artículo 22º. Una vez aprobado el Examen de Calificación, el candidato a doctor tendrá un plazo máximo de tres (3) años, contados desde que aprobó el examen respectivo, para obtener el grado de doctor. Transcurrido este plazo el estudiante perderá su calidad de candidato a doctor. El Comité podrá prorrogar, por motivos fundados, el plazo para la obtención del Doctorado. En la resolución respectiva, el Comité podrá establecer exigencias académicas adicionales que el candidato deberá satisfacer antes de graduarse. Artículo 23º. El Programa exige una permanencia mínima de seis semestres, durante los cuales el estudiante deberá estar registrado como estudiantes regular del Programa.
8 Artículo 24º. Para adquirir la condición de candidato a doctor, el estudiante deberá haber cumplido los siguientes requisitos: (a) Tener una permanencia mínima de dos semestres en el Programa. (b) Haber aprobado el Examen de Calificación. TÍTULO VII. PLAN DE ESTUDIOS. Artículo 25º. El Doctorado contempla cursos mínimos, cursos electivos, seminarios de investigación, Examen de Calificación y Tesis Doctoral. Tales actividades académicas consisten en: Cursos mínimos: éstos tienen como finalidad entregar conocimientos científicos avanzados en tópicos relacionados con el Programa; crear una visión crítica de las publicaciones recientes y relevantes en el área; entregar las herramientas que permitan que el estudiante desarrolle su investigación científica y analice los resultados obtenidos de manera correcta. Cursos electivos: éstos se basan en la discusión de distintos tópicos y publicaciones relacionadas con las líneas de investigación que se realizan en la Facultad. La oferta podrá variar cada año. Seminarios de investigación: estos seminarios involucran que el estudiante desarrolle un proyecto de corta duración (6 meses) en algún tema de su elección bajo la guía de algunos de los Profesores regulares del programa. Los estudiantes deben presentar un informe escrito al profesor guía para su evaluación final, en un formato que este determine. El Examen de Calificación y Tesis Doctoral se regulan en los Títulos VIII y IX de este Reglamento. Artículo 26º. El Comité determinará los cursos mínimos y electivos que deberán dictarse cada semestre, tomando en cuenta las necesidades formativas de los estudiantes, así como la oferta por parte de los profesores del Programa. TÍTULO VIII. EXAMEN DE CALIFICACIÓN Artículo 27º. El alumno rendirá un Examen de Calificación frente a una comisión designada por el Comité. Esta Comisión estará integrada por al menos 4 profesores regulares, incluyendo al Director de Tesis y al Director (a) del Programa, quien la presidirá. El Comité designara a un miembro externo a la Universidad experto en el área. Artículo 28º. El estudiante que sea reprobado en el Examen de Calificación, podrá rendirlo en una segunda oportunidad en el plazo que fijará la comisión respectiva. La reprobación del Examen de Calificación en segunda oportunidad o la no presentación a rendirlo, significará la eliminación del estudiante del programa.
9 Artículo 29º. El Examen de Calificación consiste en la presentación oral del Proyecto de Tesis Doctoral del estudiante, en el cual se calificará la originalidad, viabilidad de la propuesta, concordancia entre los objetivos y esquema experimental, manejo del tema, calidad de la presentación oral y del escrito. La presentación escrita deberá ser entregada por el estudiante antes de la fecha del Examen de Calificación (al menos 30 días). El escrito del Proyecto de Tesis debe cumplir con el siguiente formato estándar: Letra calabri, cuerpo 11 o equivalente en interlineado 1,5 o doble. 1. Introducción (máximo 4 planas) 2. Hipótesis, objetivo específico, objetivos generales (máximo 1 plana) 3. Materiales y Métodos (máximo 3 planas) 4. Resultados preliminares (si los hubiese, máximo 3 planas) 5. Plan de Trabajo (formato carta Gantt) Artículo 30º. La aprobación del Examen de Calificación es requisito indispensable para iniciar la Tesis Doctoral. TÍTULO IX. TESIS DOCTORAL Artículo 31º. El proyecto de Tesis debe ser aprobado por la Comisión de Tesis. Artículo 32º. La Tesis Doctoral deberá consistir en una investigación científica original e independiente que constituya, a juicio de la Comisión de Tesis, una contribución significativa al disciplina en que ésta se desarrolla. Artículo 33º. El Director de Tesis será designado por el Comité del Programa en consulta con el estudiante. El Director de Tesis supervisará al estudiante a partir del momento en que aprueba su Examen de Calificación. La labor del Director de Tesis es supervisar y dirigir el completo desarrollo de la investigación involucrada en el Proyecto de Tesis. El Director de Tesis es el máximo responsable de la conducción del conjunto de las tareas de investigación del estudiante, responsabilizándose de la coherencia e idoneidad de las actividades de formación, del impacto y novedad en su campo, de la temática de la Tesis Doctoral y de la guía en la planificación. Artículo 34º. En casos debidamente justificados, el Proyecto de Tesis podrá desarrollarse fuera de la Facultad de Ciencias. En tal caso, el Director (a) del Programa deberá designar como Profesor
10 Patrocinante a uno de los profesores del Programa y como Director de Tesis a aquel académico externo a la Facultad en cuyo laboratorio se desarrollará el trabajo de investigación. Artículo 35º. Los candidatos deberán presentar a la Comisión de Tesis un Informe de Avance de la Tesis, a lo menos, una vez al año según la modalidad que decida el mismo Comité. Artículo 36º. El estudiante realizará una Defensa Privada de la Tesis ante los miembros de la Comisión de Tesis. Esta actividad tiene por objetivo determinar si el Candidato a Doctor ha cumplido con los objetivos del Doctorado, a través de la evaluación que la comisión hace de la exposición y defensa de la Tesis por parte del Candidato. Como resultado de esta defensa, la Tesis puede ser aprobada sin modificaciones, con modificaciones, o reprobada. En caso de ser reprobada la Defensa Privada de la Tesis, la Comisión de Tesis respectiva, determine autorizar al estudiante a rendir en una segunda oportunidad la Defensa Privada de la Tesis. La reprobación en segunda oportunidad de la Defensa Privada de la Tesis, significará la eliminación del Programa. En el caso de solicitarse correcciones al texto, la Comisión de Tesis decidirá si es necesario involucrar nuevamente a todos los miembros de ella, o dejar la supervisión al Director de la Tesis. Artículo 37º Previo a la Defensa Privada de la Tesis el Candidato a Doctor deberá entregar un escrito a cada miembro de la Comisión respectiva. El formato de la Tesis deberá seguir lo establecido en la Guía para la Confección del Manuscrito de Tesis Doctoral. Si es que el estudiante tuviera más de una publicación aprobada al momento de preparar el escrito podrá optar a adjuntar dichas publicaciones, siguiendo siempre un orden coherente del escrito. Corresponderá a la Comisión respectiva evaluar el formato a seguir si es que el estudiante cumple con lo anteriormente señalado. Si el estudiante cumple con lo anteriormente señalado y decide adjuntar las publicaciones y estas están en inglés, todo el escrito deberá ser presentado en el mismo idioma. Artículo 38º. En caso de ser aprobada la Defensa Privada de Tesis, la Comisión de Tesis fijará una fecha para que el estudiante realice su Defensa Pública de Tesis. En esta instancia expondrá y defenderá su investigación frente a una audiencia abierta al público en general. TÍTULO X. GRADO OTORGADO Artículo 39º. Una vez cumplidos todos los requisitos señalados en este Reglamento y en el Reglamento General de Programas de Postítulo y Postgrado de la Universidad, el Directorio de la Universidad otorgará al alumno el Grado de Doctor en Genómica Integrativa. Artículo 40º. Para la obtención del Grado de Doctor el candidato al momento de presentar su defensa pública el candidato a Doctor en Genómica Integrativa deberá contar con al menos una publicación aceptada como primer autor en alguna revista científica del área.
11 TÍTULO XI. DISPOSICIONES ESPECIALES Artículo 40º. Los aspectos que no estén explícitamente cubiertos por este Reglamento, el Doctorado se regirá por las normas establecidas en el Reglamento General de Programas de Postítulo y Postgrado de la Universidad.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE Escuela de Ingeniería
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSTGRADO EN INGENIERIA Septiembre, 2007 TITULO I DEFINICIÓN Art. 1: El Programa de Postgrado en Ingeniería depende de la Escuela de Ingeniería y es conducente a los grados académicos
Más detallesDOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS
: DOCTORADO EN ARQUITECTURA Y ESTUDIO URBANOS PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE DOCTORADO TITULO I: DEFINICION ART. 1 Del Programa La Facultad de Arquitectura, Diseño
Más detallesREGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos
REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS URBANOS
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA ACTUARIAL TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática
REGLAMENTO INTERNO DEL PROGRAMA: Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática 2012 1 Art. 1 Art. 2 Art. 3 INTRODUCCIÓN El programa de Magíster en Ciencias de la Ingeniería Informática de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN GEOGRAFÍA Y GEOMÁTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesTEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO
TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POST-GRADO TITULO I DE LA DIRECCION DE INVESTIGACION Y POST-GRADO Art. Nº1 A la Dirección de Investigación y Post-Grado de la Vicerrectoría Académica
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE TÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y AUTORIDADES DEL PROGRAMA Artículo 1. El presente Reglamento se aplicará a todas las
Más detallesCREA GRADO ACADEMICO DE MAGISTER EN ESTUDIOS COGNITIVOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS
138 CREA GRADO ACADEMICO DE MAGISTER EN ESTUDIOS COGNITIVOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0012695 de 5 de agosto de 2002 1.-
Más detalles2.- Apruébase el siguiente Reglamento y Plan de Estudios: A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES
MODIFICA GRADO DE MAGISTER EN FILOSOFIA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0032257 de 10 de noviembre de 2009 1.- Apruébase la modificación al Grado de Magíster
Más detallesMaestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración Negocios con Orientación en Dirección en Recursos Humanos ANEXO 1 Resolución Decanal Nº 237/11 REGLAMENTO DE
Más detallesREGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA
Res. Nº 17 de C.D.C. de 9/XII/2008 Distr. Nº 670/08 D.O. 19/II/2009 REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO DE LA ESCUELA DE NUTRICIÓN Y DIETÉTICA I METAS Y FINES Art. 1o.- La Escuela de Nutrición y
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES.
209 REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LOS GRADOS ACADEMICOS DE MAGISTER Y DOCTOR Artículo 1 Decreto Universitario N 0028011 de 5 de octubre de 2010 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES El presente
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El presente Reglamento establece las normas básicas generales de los
Más detallesAPRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFIA CON MENCIONES. REGLAMENTO TITULO I
83 APRUEBA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN FILOSOFIA CON MENCIONES. Decreto Universitario N 006175 de 31 de marzo de 2006 Apruébase el siguiente texto refundido
Más detallesEspecialización en Gestión de Recursos Humanos
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Recursos Humanos Especialización en Gestión de Recursos Humanos Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR DEPARTAMENTO DE GEOGRAFIA Y TURISMO REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO DEPARTAMENTO DE GEOGRAFÍA Y TURISMO 2015 El Programa de Posgrado del Departamento de Geografía y Turismo
Más detallesLa Evaluación Experimental de la Calidad de los Programas de Postgrado de Universidades Autónomas se regirá por las siguientes normas:
REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE EDUCACION GABINETE MINISTRO ESTABLECE NORMAS QUE FIJAN BASES, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION EXPERIMENTAL DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO DE
Más detallesCREA GRADO DE MAGISTER EN DIRECCION Y ADMINISTRACION DE PROYECTOS INMOBILIARIOS Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS
56 CREA GRADO DE MAGISTER EN DIRECCION Y ADMINISTRACION DE PROYECTOS INMOBILIARIOS Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario Nº0025372, de 30 de agosto de 2005 1) Apuébase la creación
Más detallesAPRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN GEOGRAFIA Y PLAN DE ESTUDIOS CON MENCIONES. FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES.
150/A APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN GEOGRAFIA Y PLAN DE ESTUDIOS CON MENCIONES. FACULTAD DE FILOSOFIA Y HUMANIDADES. Decreto Universitario N 0084 de 6 de enero de 1984 Apruébase
Más detallesModificaciones Reglamento y Plan de Estudios Magíster en Gestión y Planificación Ambiental
UNIVERSIDAD DE CHILE PROPUESTA DE REGLAMENTO MARZO 2011 Modificaciones Reglamento y Plan de Estudios Magíster en Gestión y Planificación Ambiental DECRETO EXENTO N 006690 10 junio 1998 Modificado por DECRETO
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información Especialización en Gestión de Sistemas de Información Reglamento de la Carrera Contenido:
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA División de Ciencias Biológicas y de la Salud Especialización en Biotecnología Diploma: Especialización en Biotecnología PLAN DE ESTUDIOS I. OBJETIVO
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE PROGRAMAS DE DOCTORADO TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO GENERAL DE PROGRAMAS DE DOCTORADO TITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. Ámbito de aplicación. El presente reglamento regula los procesos inherentes al desarrollo de los programas doctorales
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIONES
REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El presente reglamento norma los requisitos y procedimientos necesarios para la convalidación de asignaturas, en sus distintas
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION 2009 REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA
Res. Nº 29 de C.D.C. de 18/VIII/2009 Dist. 495/09 D.O. 25/IX/2009 REGLAMENTO GENERAL DE LAS ACTIVIDADES DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA I Ámbito de Aplicación Artículo
Más detallesTítulo I. Ámbito de aplicación y autoridades
UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA CONTROL PREVIO DE LEGAL APROSADO 2014 FIJA TEXTO REFUNDIDO DEL REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN DERECHO PENAL. VISTOS: Las facultades que me confieren los decretos con
Más detallesT I T U L O DISPOSICIONES GENERALES
R E G L A M E N T O PROGRAMA DOCTORADO EN CIENCIAS MENCION MATEMATICA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS DEPARTAMENTO DE MATEMATICA Y ESTADISTICA I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO
Más detallesREGLAMENTO MAGÍSTER EN GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS
REGLAMENTO MAGÍSTER EN GESTIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS U N I V E R S I D A D DE C H I L E Aprueba nuevo Reglamento y Plan de Estudios del Programa de Magíster en Gestión y Dirección de Empresas, de la
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la
Más detallesla Universidad. aprobación para la Doctorados. 3. Especialidades marco encargada de Postgrado
Reglamento General de Estudios de Postgrado TÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento contiene las normas generales bajo las cuales se desarrolla la actividad académica de postgrado en
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica
Más detallesDECRETO Nº 007140 DECRETO:
ASESORIA TECNICA DE LA PRORRECTORIA MBR/mrm. Crea Grado Académico de Magister En Ciencias, aprueba Reglamento Y plan de estudios correspondientes. / SANTIAGO, 25 de Septiembre de 1978 DECRETO Nº 007140
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION CAPITULO I GRADOS Y TITULOS Art. 1.- La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad
Más detallesUniversidad Nacional de Ingeniería
Universidad Nacional de Ingeniería Reglamento de Estudios de Postgrado y de Especialización (Aprobado: Consejo Universitario Sesión Ordinaria Nº 7 del 05-04-2006) BASE LEGAL Constituye base legal del Presente
Más detallesAdministración de Negocios con orientación en Dirección de Sistemas de
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Sistemas de Información Maestría en Administración de Negocios
Más detallesNORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 4 de noviembre de 2009, modificada en Junta de Escuela de
Más detallesREGLAMENTO DE CARRERA ANEXO I RESOLUCIÓN DECANAL Nº 257/11
Contenido: Capítulo I: Consideraciones generales. Capítulo II: Instancias de gestión y asesoramiento. Capítulo III: Requisitos de admisión, selección de aspirantes y otorgamiento de Becas. Capítulo IV:
Más detallesREGLAMENTO DE LA CARRERA DE PSICOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA Y DEL TÍTULO PROFESIONAL DE PSICÓLOGO
REGLAMENTO DE LA CARRERA DE PSICOLOGÍA PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA Y DEL TÍTULO PROFESIONAL DE PSICÓLOGO TÍTULO I OBTENCIÓN DEL GRADO DE LICENCIADO EN PSICOLOGÍA ART.
Más detallesREGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Aprobado por el Comité Curricular de la Facultad el 15 de marzo de 2011. Acta No. 2 de 2011 Artículo
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA
REGLAMENTO PROGRAMA MAGISTER EN FISICA Y ASTRONOMÍA Artículo 1. El reglamento del programa Magíster en Física y Astronomía se rige por las disposiciones vigentes del Reglamento General de Programas de
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Marketing Contenido: Posgrado de Especialización en Gestión de Marketing Reglamento de la Carrera Capítulo
Más detallesProtocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805
Protocolo de Movilidad Estudiantil Proyecto MECESUP USC 0805 1. Aspectos Generales El Programa de Movilidad Estudiantil (PME) es la actividad académica programada con el objetivo de contribuir a la formación
Más detallesUniversidad del Salvador
Anexo I Resolución Decanal Nº 105/10 Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA. CAPÍTULO I Disposiciones Generales
1 REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I Disposiciones Generales Artículo 1.- La Escuela de Medicina es una de las entidades a través de la cual el IUNIR, realiza su función docente, de investigación
Más detallesReglamentación sobre Homologación y Validación de Materias. Universidad de los Andes
Reglamentación sobre Homologación y Validación de Materias Universidad de los Andes Aprobado por el Comité Directivo, en su sesión N 84-14 del 12 de febrero de 2014. 1. Objetivo. Este reglamento tiene
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO El Consejo Universitario en sesión del 18 de mayo de 1967, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones
Más detallesUniversidad del Salvador
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Anexo I Resolución Decanal Nº 215/09 Maestría en Dirección de Finanzas Reglamento de la Carrera Contenido: Capítulo 1: Consideraciones
Más detallesACUERDO DE ACREDITACIÓN Nº 141 CARRERA DE DIRECCIÓN AUDIOVISUAL PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE SANTIAGO
ACUERDO DE ACREDITACIÓN Nº 141 CARRERA DE DIRECCIÓN AUDIOVISUAL PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE SANTIAGO DICIEMBRE 2012 ACUERDO DE ACREDITACIÓN Nº 141 Carrera de Dirección Audiovisual Pontificia
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE DOCTORADO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE DOCTORADO TITULO I DEL GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR Art. 1º : Doctor es el más alto grado académico que otorga la Pontificia Universidad Católica de Chile. El grado académico
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2 Consejo de Gobierno 1.2.5. Vicerrectorado de Estudios de Grado Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 24 de julio
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE DOCENCIA DE POSTGRADO (Decreto Nº 58/2010, de 20 de julio)
REGLAMENTO GENERAL DE DOCENCIA DE POSTGRADO (Decreto Nº 58/2010, de 20 de julio) ANTOFAGASTA, JULIO 2010 Art. 1 TÍTULO I DE LAS NORMAS GENERALES El presente Reglamento tiene por objeto normar la generación,
Más detallesREGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
ÍNDICE SISTEMÁTICO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I. DE LA COMISIÓN DE DOCTORADO Artículo 1. De la constitución de la Comisión de Doctorado Artículo 2. De la presidencia de la Comisión de Doctorado Artículo
Más detallesREGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED.
Vicerrectorado de Investigación Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 (Derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de Junio de 2013 el artículo 4.5) REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS
Más detallesNORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DE LA CALIDAD DE LOS PROGRAMAS DE POSTGRADO El presente documento se basa en la Guía de Normas y Procedimientos de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA)
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA GEORGINA CALDERÓN
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE GRADUACIÓN GRADO DE LICENCIADO EN CONTABILIDAD Y AUDITORIA
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE GRADUACIÓN GRADO DE LICENCIADO EN CONTABILIDAD Y AUDITORIA TITULO I: DE LAS INFORMACIONES PRELIMINARES El presente reglamento tiene por finalidad definir la forma y detallar
Más detallesUNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO
UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN DIRECCIÓN DE POSTGRADO REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO (DECRETOS U. DE C. 2011-103 y 2013-024) REGLAMENTO DE PROGRAMAS DE DIPLOMADO (DECRETOS U. DE C. 2011-103 y 2013-024)
Más detallesDoctorado en Ciencias con orientación en Ciencias de la Computación
Lineamientos complementarios de los programas de posgrado aprobados por el Consejo de Programas Docentes el 19 de agosto del 2015 en cumplimiento del artículo 3 del Reglamento General de Estudios de Posgrados
Más detallesREGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA
REGLAMENTO DE TITULACIÓN CARRERA DE ENFERMERÍA Actualizado 2015 Página 1 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD SEK 1. El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Enfermería
Más detallesDirectrices para Trabajo de Grado de Pregrado Aprobación: 26 de Noviembre de 2009
Directrices para Trabajo de Grado de Pregrado Aprobación: 26 de Noviembre de 2009 1. Introducción 1.1 El Trabajo de Grado es una actividad curricular que se exige a todos los estudiantes de la Facultad
Más detallesREGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL
REGLAMENTO MAESTRIA EN PROPIEDAD INTELECTUAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Del Reglamento Este Reglamento establece las normas relativas a la organización académica de la Maestría en Propiedad
Más detallesPrograma de Doctorado en Derecho
Escuela Libre de Derecho Universidad Programa de Doctorado en Derecho UNIVERSIDAD ESCUELA LIBRE DE DERECHO Programa de Doctorado en Derecho ARTICULO 1 : El posgrado de Doctorado en Derecho de la Universidad
Más detallesReglamento Interno. Programa de Magíster
Reglamento Interno Programa de Magíster Versión Acreditación Departamento de Ingeniería Eléctrica (Reglamento vigente desde junio de 2011) Santiago, Junio de 2011 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. DESCRIPCIÓN
Más detallesatribuciones de la Junta Académica: REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO
REGLAMENTO DE TRABAJOS DE GRADO DE LA FACULTAD DE DISEÑO CAPITULO I DE LOS FINES: Art. 1. La Junta Académica para la realización de los trabajos de grado, tendrá las siguientes finalidades: a) Sugerir
Más detallesReglamento General Nº 47 REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO. Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010 INTRODUCCIÓN
Reglamento General Nº 47 REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO Aprobado por Consejo Académico de fecha 15 de Noviembre de 2010 INTRODUCCIÓN Art. 1 Art. 2 Art. 3 Art. 4 La presente reglamentación
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DOCTORADO EN HUMANIDADES
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DOCTORADO EN HUMANIDADES La Carrera de Doctorado en Humanidades se desarrolla en el ámbito de la Facultad de Filosofía y Letras y depende, a través de su Departamento
Más detallesUniversidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia
Universidad Arturo Michelena Facultad de Ciencias de la Salud Escuela de Fisioterapia PROPUESTA DE NORMATIVA PARA PRÁCTICAS CLÍNICAS EN LA CARRERA DE FISIOTERAPIA Aprobado en Consejo Universitario N CUO-2011-56/31.1.11
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud Doctorado en Ciencias en Salud Colectiva Grado: Doctor o Doctora en Ciencias en Salud Colectiva PLAN DE
Más detallesBuenos Aires, 06 de septiembre de 2012. Carrera Nº 3.886/09
1 RESOLUCIÓN N : 842/12 ASUNTO: Hacer lugar al recurso de reconsideración de la Resolución N 658 - CONEAU 11 y Acreditar con compromiso de mejoramiento la carrera de Maestría en Relaciones Comerciales
Más detallesREGLAMENTO ACADÉMICO DEL COLEGIO DE ARQUITECTURA Y DISEÑO INTERIOR CADI
REGLAMENTOACADÉMICODEL COLEGIODEARQUITECTURAYDISEÑOINTERIOR CADI El presente reglamento establece las normas específicas que rigen a los estudios que conducen a la obtención del grado académico de Licenciado
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION
REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACION CAPITULO I Disposiciones Generales Art. 1.- La Facultad de Ciencias de la Administración confiere los grados ytítulos de tercer
Más detallesDATOS DE ADMISIÓN AL PROGRAMA DE DOCTORADO
PROGRAMA Biología Molecular, Biomedicina e Investigación Clínica PLAZAS DE NUEVO INGRESO PRIMER CURSO: 70 SEGUNDO CURSO: 150 TERCER CURSO: 150 email: doctoradobmb@us.es CENTRO ADMINISTRATIVO RESPONSABLE
Más detallesNormativa para Trabajos Fin de Grado. Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica. Universidad de Sevilla
Normativa para Trabajos Fin de Grado Escuela Te cnica Superior de Ingenierı a Informa tica Universidad de Sevilla Contenido 1. Propósito... 3 2. Naturaleza... 3 3. Comisión de Centro... 3 4. Coordinador...
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:
LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de
Más detallesREGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAISO FACULTAD DE FILOSOFIA Y EDUCACION ESCUELA DE PSICOLOGIA REGLAMENTO DE EXAMEN DE GRADO TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES ART. 1: Para los efectos de aplicación
Más detallesNORMATIVA SOBRE EL TRABAJO DE FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA (Aprobada por Junta de Facultad el 6 de julio de 2012)
NORMATIVA SOBRE EL TRABAJO DE FIN DE GRADO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA (Aprobada por Junta de Facultad el 6 de julio de 2012) 1. Objeto 1.1 El objetivo de esta normativa es desarrollar
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSTGRADO Panamá, marzo de 2012 ÍNDICE DE CONTENIDO Página Capítulo I. Disposiciones Generales de los Estudios de Postgrado 2 Capítulo II. De los Programas de Especialización...
Más detallesPROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)
PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso
Más detallesReglamento sobre Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Farmacia Universidad de Granada
Reglamento sobre Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Farmacia Universidad de Granada El texto fue, inicialmente, aprobado por la Junta de Facultad, en sesión de 5-2-2013, a partir del texto aprobado
Más detallesUNIVERSIDAD DE CUENCA
UNIVERSIDAD DE CUENCA El H. Consejo Universitario de la Universidad de Cuenca, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 8, del Estatuto Universitario, expide el siguiente: REGLAMENTO DE POSTGRADOS
Más detallesRESOLUCIÓN DE ACREDITACION DE POSTGRADO N 371
RESOLUCIÓN DE ACREDITACION DE POSTGRADO N 371 Magíster en Finanzas Santiago, jornada diurna fulltime, modalidad presencial; Santiago, jornada evening part time(vespertina), modalidad presencial Santiago,
Más detallesREGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR
REGLAMENTO DE GRADUACION UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE EL SALVADOR SAN SALVADOR, ABRIL DE 2013 1 REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE EL SALVADOR. CAPITULO I OBJETO Art. 1.- El presente
Más detallesNORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de
Más detallesProceso para el Trabajo de Grado
Página 1 de 6 1. Objetivo y Alcance Describir los criterios requeridos para la graduación de estudiantes que han cumplido con los requisitos definidos por la Universidad de Pamplona. Inicia con la Aprobación
Más detallesReglamento de la Especialización en la Enseñanza del Español para Extranjeros Programa de Educación a Distancia
ANEXO Reglamento de la Especialización en la Enseñanza del Español para Extranjeros Programa de Educación a Distancia DISPOSICIÓN GENERAL: Artículo 1 - El presente reglamento se enmarca dentro de las disposiciones
Más detallesREGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO
REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO 1 REGLAMENTO PARA EL SISTEMA DE DOCENCIA NO ESCOLARIZADO CAPÍTULO I FUNDAMENTACIÓN Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 1.- El presente Ordenamiento tiene como fundamento
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LOS NEGOCIOS DE LA UNS ARTÍCULO 1: La Carrera de Posgrado de Especialización en Derecho de los Negocios estará organizada de
Más detallesReglamento Interno MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA, MENCIÓN ELÉCTRICA. Departamento de Ingeniería Eléctrica
Reglamento Interno MAGÍSTER EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA, MENCIÓN ELÉCTRICA Departamento de Ingeniería Eléctrica Santiago, Enero 2014 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA... 3 4.
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA Y DE PROCEDIMIENTO 38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA
38. NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LA (Normativa adaptada a las Normas de Organización y Funcionamiento UCAV: Acuerdo de JCyL 64/2009, de 11 de junio, BOCyL 17/06/2009) FECHAS
Más detallesSección 1. Naturaleza jurídica, objetivos y funciones. Artículo 1. Naturaleza jurídica.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA DE DOCTORADO STUDII SALAMANTINI (Aprobado en el Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2011 y modificado en la sesión del Consejo de Gobierno de 29 de enero
Más detallesEMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...
Más detallesREGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO
UNIVERSIDAD DEL CARIBE REGLAMENTO DEL TRABAJO DE GRADO VAC-DTG- REG-01-004 REVISION- 0 Articulo 1º. El Trabajo de Grado (DHS-440) forma parte del plan de estudios de cada programa académico y se adaptará
Más detallesTrabajo final para optar al título en posgrado
Proceso: Gestión del ciclo de vida académico Subproceso: Formación Salubrista Procedimiento: Trabajo final para optar al título en posgrado. Elaboró Validó Fecha de validación dd/mm/aa Natalia Morales
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA. RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA DIRECCIÓN NACIONAL DE EXTENSIÓN Y EDUCACIÓN CONTINUA RESOLUCIÓN No. 001 DE 2005 Por la cual se reglamentan los programas de diplomado en la Universidad Nacional de Colombia
Más detallesAPRUEBA REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE PREGRADO
197 APRUEBA REGLAMENTO GENERAL DE LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE PREGRADO Artículo 1. Decreto Universitario Exento N 0017946, de 7 de agosto de 2008 TITULO I Disposiciones Generales y Objetivos El presente
Más detallesOBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO, BASES CONCURSO Beca de Manutención para alumnos extranjeros de programas de doctorado CONVOCATORIA 2015 La Vicerrectoría de Investigación y Estudios Avanzados,
Más detalles