CAMBIO DE REGIMEN DE CESANTÍAS RECONOCIMIENTO Y PAGO CESANTÍAS RETROACTIVAS DEFINITIVAS O PARCIALES
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- José Ángel Ortiz Pérez
- hace 6 años
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1 CAMBIO DE REGIMEN DE CESANTÍAS RECONOCIMIENTO Y PAGO CESANTÍAS RETROACTIVAS DEFINITIVAS O PARCIALES Apreciado docente y directivo docente: La Federación Colombiana de Educadores FECODE, mediante la Circular No. 034 del 11 de septiembre del 2012, nos ha designado la responsabilidad de adelantar a nombre de los afilados(as) la reclamación del reconocimiento y pago de la liquidación con retroactividad de las cesantías de los(as) docentes vinculados con entidades territoriales antes del 31 de diciembre de Esta representación se lleva a cabo con el fin de: i) cambiar el régimen de liquidación de las cesantías de anualizado a retroactivo; ii) reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, y/o iii) reconocimiento y pago de la sanción por mora en el pago de las cesantías reconocidas por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). Si usted ya nos otorgó poder para adelantar la reclamación de este derecho no llene este formato. Si está interesado(a) en adelantar alguna de estas reclamaciones, diligencie los siguientes documentos: La forma F-C1 (Contrato de servicios profesionales), que debe firmarlo ante dos testigos. No requiere presentación personal. La forma F-P2, F-P2A y F-P2B poderes dirigido al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, F-P3 poder al Juez Laboral del Circuito (tutela), F-P4 poder al Juez Administrativo del Circuito (proceso ejecutivo), F-P5 y F-P6 poder al Juez Administrativo y F-P7 Poder a la Alcaldía, poder F-P8 poder a la Procuraduría. Debe hacerles presentación personal ante notario o ante juez y su secretario. La Forma F-P9 (Cuadro de datos) debe diligenciarlo en su totalidad a máquina o letra imprenta legible. Debe anexar los siguientes documentos: 1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía. 2. Copia de la resolución por la cual se le reconoció cesantías (si es el caso) 3. Certificado de tiempo de servicios. Debe contener expresamente el tipo de vinculación del educador para determinar el régimen prestacional (nacional, nacionalizado o territorial) 4. Certificado de salario del último año de servicio. 5. Certificado de la entidad que cancelaba las cesantías antes de la creación del FNPSM sobre anticipos pagados, en el que conste los anticipos cancelados o en su defecto certificado de no pago. 6. Si se trata de cesantías definitivas, debe aportar copia autentica de la resolución por la cual le fue aceptada la renuncia, donde se indique la fecha de efectos fiscales. 7. Si se trata de cesantías parciales, debe aportar los siguientes documentos, según sea el caso:
2 Copia del contrato de promesa de compra-venta. (Debidamente firmado por los que intervienen y donde se compromete el valor del anticipo solicitado al Fondo del Magisterio. Debe contener identificación plena del inmueble a reparar, valor, plazo, forma de pago). Certificado original de libertad y tradición del inmueble a comprar (Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado de no poseer vivienda o en su defecto manifestación expresa ante notario (Declaración extrajuicio). Copia auténtica del contrato de obra o construcción. (Debidamente firmado por los que intervienen y donde se compromete el valor del anticipo solicitado al Fondo del Magisterio. Debe contener identificación plena del inmueble a reparar, valor, plazo, forma de pago). Fotocopia del Registro civil de matrimonio (O declaración extrajuicio del compañero(a) permanente, en donde se demuestre la convivencia en unión libre de manera permanente, constante y notoria por un tiempo mínimo de dos (2) años, si el inmueble no es de propiedad del educador). Fotocopia de la matrícula del Ingeniero Civil, Arquitecto o Maestro de Obra (O certificación de la Alcaldía sobre la idoneidad del contratista). Certificado Original de libertad y tradición del inmueble donde se registra la hipoteca. (En cabeza del educador, cónyuge o compañero(a) permanente donde se registre la hipoteca, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado Original de libertad y tradición del inmueble. (Donde aparezca el educador como propietario o su cónyuge o compañera(o). Con fecha de expedición no superior a tres (3) meses). Certificado de la entidad oficial, financiera o persona natural sobre el monto y vigencia de la obligación. Registro Civil de Nacimiento: cuando solicita para estudio del hijo Declaración de terceros sobre convivencia o manifestación expresa de convivencia: cuando solicita para estudio de compañero (a) permanente. Fotocopia del recibo de pago u orden de matrícula de la institución educativa que incluye número de NIT, programa académico, periodo académico grado, valor de matrícula, entidad bancaria, número y tipo de cuenta. NOTA: Si usted solicitó al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas, no es necesario que remita los anteriores documentos, basta que remita la solicitud donde aparezca la fecha en la que fue radicada, salvo el certificado de tiempo de servicio en el que figure el tipo de vinculación (nacional, nacionalizado o territorial). Entregue la documentación en la sede del sindicato o en la Calle 19 No Of. 1403, tel de Bogotá. JORGE HUMBERTO VALERO R.
3 F-C1 CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Entre los suscritos a saber JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor de edad, residente Bogotá D. C., identificado como aparece al pie de mi firma, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL APODERADO, por una parte, y por otra, mayor, residente en la ciudad de, identificado(a) como aparece al pie de su firma, quien en adelante se denominará EL PODERDANTE, por el presente manifestamos que hemos celebrado CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL APODERADO se compromete a adelantar todas las gestiones legales necesarias ante las autoridades competentes tendientes a obtener para EL PODERDANTE el reconocimiento de cambio de régimen de cesantías de anualizado a retroactivo, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales; reconocimiento y pago de la sanción por mora en el pago de dicha prestación, de conformidad con lo ordenado por el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes. SEGUNDA: EL PODERDANTE se obliga a suministrar oportunamente todos los datos y documentos que sean necesarios a fin de obtener la efectividad del derecho pretendido. PARAGRAFO: EL PODERDANTE se hace único responsable de la veracidad de la información y documentos aportados. TERCERA: EL PODERDANTE se compromete a cancelar en calidad de Honorarios Profesionales a EL APODERADO por los servicios de que trata la cláusula primera: un TREINTA POR CIENTO (30%) de las sumas que le correspondan o puedan corresponder AL PODERDANTE en el evento de que el resultado fuere favorable, al inicio, en el desarrollo o al finalizar la gestión profesional. PARAGRAFO. Los costos que generen las normas tributarias serán asumidos por EL PODERDANTE. CUARTA: En caso de que sea necesario acudir a demanda ante la jurisdicción contenciosa administrativa, la suma que imponga el respectivo Juez y/o Tribunal al momento de admisión de la demanda por concepto de gastos procesales, será consignada por el PODERDANTE en la cuenta bancaria que fije la autoridad judicial para tal efecto. El PODERDANTE se obliga a remitir al APODERADO el original del comprobante de consignación dentro del plazo previsto en el artículo 65 de la Ley 1395 de PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento que el PODERDANTE no pague o pague inoportunamente los gastos procesales, el APODERADO queda exonerado de cualquier responsabilidad derivada de este hecho, en especial, en lo referente al archivo del expediente y el desistimiento de la demanda. PARÁGRAFO SEGUNDO: Los gastos procesales no constituyen los honorarios de que trata la Cláusula Tercera del presente contrato. QUINTA: EL PODERDANTE autoriza desde ahora a EL APODERADO a deducir directamente y con prelación a cualquier otro compromiso, el valor total de los honorarios de que trata la cláusula tercera de este contrato, cualquiera que sea la forma de reclamo y pago en vía gubernativa o judicial, utilizada directa o indirectamente, desde la fecha de celebración del contrato y hasta cuando sea incluido en nómina de forma regular. PARAGRAFO: El desarrollo de esta cláusula EL APODERADO podrá pedir la deducción privilegiada de los Honorarios Profesionales, sobre cualquier compromiso a la entidad territorial, al Ministerio de Educación, al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, Fiduprevisora S.A., FOPEP o ante la oficina que llegare a realizar el pago. SEXTA: El presente contrato solo podrá rescindirse por mutuo acuerdo entre las partes y por parte de EL PODERDANTE en caso de negligencia comprobada de EL APODERADO. La revocatoria del poder sin causa justificada dará lugar a EL APODERADO a cobrar los honorarios pactados. SÉPTIMA: En caso de desistimiento de la demanda por parte del PODERDANTE dará lugar para que el abogado cobre la totalidad de los honorarios pactados. OCTAVA: Las partes convienen y aceptan que para efectos legales el presente contrato presta mérito ejecutivo y el domicilio será cualquier lugar del país por el valor equivalente a los honorarios pactados. Se firma en la ciudad de a los días del mes de de 200 y ante testigos. EL PODERDANTE EL APODERADO JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ Dirección: Teléfono: TESTIGOS: CC de CC de Dirección: Dirección: Teléfono: Teléfono:
4 F-P2 Señores FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación todas las gestiones legales tendientes a obtener el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación; todo lo anterior con indexación, intereses comerciales y moratorios y las costas del si es el caso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. JORGE H. VALERO RODRIGUEZ
5 F-P2A Señores FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO SECRETARIA DE EDUCACIÓN Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación todas las gestiones legales tendientes a obtener el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación; todo lo anterior con indexación, intereses comerciales y moratorios y las costas sí es el caso.. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. JORGE H. VALERO RODRIGUEZ
6 F-P2B Señores FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación todas las gestiones legales tendientes a obtener el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación; todo lo anterior con indexación, intereses comerciales y moratorios y las costas sí es el caso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, renunciar, reasumir, y en general, todas las gestiones que sean necesarias para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que obra sin poder suficiente. JORGE H. VALERO RODRIGUEZ
7 F-P3 Señor JUEZ PENAL DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a) como aparece al pie de mi firma, a usted me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCION DE TUTELA contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora MARÍA FERNANDA CAMPO, mayor, residente en Bogotá, y/o contra, representado legalmente por el, mayor, residente en, y/o contra el, representado por, mayor, residente en Barranquilla, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación, por violación al derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, sustituir, reasumir, renunciar y realizar todo lo que esté conforme en derecho, para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. JORGE HUMBERTO VALERO R.
8 F-P4 Señor JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora MARÍA FERNANDA CAMPO, mayor, residente en Bogotá, y/o contra, representado legalmente por el(la) Doctor(a), mayor, residente en, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe al momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad de los actos administrativas expresos o fictos por los cuales se resuelve la petición en vía gubernativa sobre el cambio de régimen de liquidación de las cesantías de anualizado a retroactivo; de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas; al igual que, el reconocimiento y pago de la indemnización por concepto de sanción por mora en el pago de tal prestación, en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes; tales como el distinguido con el número del, número del, número del. Mi apoderado a título de restablecimiento del derecho solicitará se ordene el cambio de régimen de liquidación de las cesantías de anualizado a retroactivo, así como el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas, al igual que, el reconocimiento y pago de la indemnización por concepto de sanción por mora en el pago de tal prestación, de conformidad con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes; todo lo anterior con el pago de indexación, intereses comerciales y moratorios y las respectivas costas del proceso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir, renunciar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena, y adelantar todo lo que esté conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ
9 F-P5 Señor JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora MARÍA FERNANDA CAMPO, mayor, residente en Bogotá, y/o contra, representado legalmente por el(la) Doctor(a), mayor, residente en, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad de los actos administrativos expresos o fictos, tales como el distinguido con el número del, número del, número del, y/o la nulidad de los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos contra los mismos, como es el distinguido con el número del, número del, número del, por los cuales se resuelven la petición en vía gubernativa el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación; todo lo anterior con indexación, intereses comerciales y moratorios y las costas si es el caso. Mi apoderado a título de restablecimiento del derecho solicitará se ordene el cambio de régimen de liquidación de las cesantías de anualizado a retroactivo, así como el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas, al igual que, el reconocimiento y pago de la indemnización por concepto de sanción por mora en el pago de tal prestación, de conformidad con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes; todo lo anterior con el pago de indexación, intereses comerciales y moratorios y las respectivas costas del proceso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir, renunciar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena, y adelantar todo lo que esté conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ
10 F-P6 Señor JUEZ ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE (REPARTO) Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta su culminación ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora MARÍA FERNANDA CAMPO, mayor, residente en Bogotá, y/o contra, representado legalmente por el(la) Doctor(a), mayor, residente en, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la demanda, a fin de obtener la nulidad de los actos administrativas fictos, derivados del silencio administrativo en razón de las peticiones presentadas el día, y, en las que solicité el el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes. Mi apoderado a título de restablecimiento del derecho solicitará se ordene el cambio de régimen de liquidación de las cesantías de anualizado a retroactivo, así como el reconocimiento y pago de las cesantías parciales o definitivas, al igual que, el reconocimiento y pago de la indemnización por concepto de sanción por mora en el pago de tal prestación, de conformidad con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes; todo lo anterior con el pago de indexación, intereses comerciales y moratorios y las respectivas costas del proceso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir, renunciar, solicitar la liquidación y ejecución de la condena, y adelantar todo lo que esté conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. Acepto, JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP del C.S. de la J.
11 F-P7 Señor JEFE DE PERSONAL Yo,, mayor, residente en, identificado(a), como aparece al pie de mi firma con todo respeto manifiesto que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ, mayor, residente en Bogotá D.C., identificado con cédula de ciudadanía No de Ibagué, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional No otorgada por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación SOLICITE CERTIFICADO de salarios, de tiempo de servicio, de pago de anticipos de cesantías y demás documentos necesarios para obtener el cambio de régimen de liquidación de cesantías de anualizado a retroactivo, reconocimiento y pago de cesantías parciales o definitivas. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir, renunciar, y adelantar todo lo que esté conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. JORGE HUMBERTO VALERO RODRIGUEZ TP del C.S.J.
12 F-P8 Señor PROCURADOR PARA ASUNTOS JUDICIAL ANTE LOS JUZGADOS ADMINISTRATIVOS DEL CIRCUITO DE Yo,, mayor, residente en, identificado como aparece al pie de mi firma, a usted me permito manifestar que confiero poder especial, amplio y suficiente al doctor JORGE HUMBERTO VALERO RODRÍGUEZ, mayor, identificado como aparece al pie de su firma, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, para que en mi nombre y representación inicie y lleve hasta terminación conciliación extrajudicial contra la NACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO, representada legalmente por la ministra doctora MARÍA FERNANDA CAMPO, mayor, residente en Bogotá, y/o contra, representado legalmente por el(la) Doctor(a), mayor, residente en, quienes sean o hagan sus veces o por el apoderado especial que para este caso se designe en el momento de la notificación de la citación a audiencia, para conciliar las pretensiones relacionadas en el escrito de petición en interés particular y agotamiento de vía gubernativa que reposa en la entidad citada, relacionada con el el reconocimiento de cambio de régimen de liquidación de mis cesantías de anualizado a retroactivo, de conformidad con el Art. 13 y s.s. de la Ley 344 de 1996, así como el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas o parciales, igualmente el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que se causen en concordancia con el artículo 5º de la Ley 1071 de 2006 y demás normas concordantes, correspondiente a la mora en el pago de dicha prestación; todo lo anterior con indexación, intereses comerciales y moratorios y las respectivas costas del proceso. Mi apoderado queda facultado para recibir, transigir, conciliar, desistir, sustituir, reasumir, renunciar, y adelantar todo lo que esté conforme a derecho para la debida representación de mis intereses, sin que pueda decirse en momento alguno que actúa sin poder suficiente. JORGE HUMBERTO VALERO R.
13 F-D9 DATOS DEL RECLAMANTE (Diligenciar a máquina o letra imprenta legible) FECHA: APELLIDOS: NOMBRES: (Como aparece en la cédula) CC No. Expedida en DIRECCIÓN RESIDENCIA: TELEFONO(S): MUNICIPIO: CELULAR DIR. SITIO DE TRAB: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: TELEFONO(S): MUNICIPIO: ENTIDAD TERRITORIAL EN LA QUE LABORA: CESANTIAS DEFINITIVAS : CESATIAS PARCIALES : Marque com una X COMPRA VIVIENDA CONSTRUCCIÓN VIVIENDA REPARACIÓN VIVIENDA LIBERACION HIPOTECA ESTUDIO FIRMA: CC DE
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