BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL. Número DSR906IR15049

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1 BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL Número DSR906IR15049 AL AMPARO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES A PRECIO FIJO CONSISTENTES EN: HERRAMIENTAS En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 3 y 4 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 51, 54 segundo párrafo y 57 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante Ley ); 50 Fracción II y 53 Fracción I de su Reglamento (en adelante Reglamento ) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y la parte V, sección b) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante DAC ) y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Petróleos Mexicanos por conducto del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicado en Av. Ruiz Cortines No Oriente, Segundo Piso, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , con teléfonos (81) y Ext y 20321, fax Ext y correo electrónico roberto.perezv@pemex.com y jaime.gregorio.hernandez@pemex.com (en adelante Convocante o Pemex) convoca a los interesados a participar en el procedimiento de contratación mediante Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Personas de Carácter Nacional número DSR906IR15049, Solicitud de Pedido Número , que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles bajo la modalidad de contrato a Precio Fijo consistentes en: Herramientas (en adelante Bienes ) para el Complejo Procesador de Gas Burgos, que se describen en el Documento 2. Página 1 de 117

2 Para los efectos de las presentes bases se entenderá por: PEMEX: Petróleos Mexicanos (la convocante). PGPB: Pemex Gas y Petroquímica Básica DOF: Diario Oficial de la Federación. LPM: Ley de Petróleos Mexicanos. RLPM: Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos. DAC: Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios LAASSP: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. SFP: Secretaría de la Función Pública. OIC: Órgano Interno de Control. DSRZN: Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. DOMICILIO DE LA CONVOCANTE: Av. Ruiz Cortines No Oriente, Segundo Piso, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , con teléfonos (81) y Ext y 20321, fax Ext AREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO: Gerencia del Complejo Procesador de Gas Burgos. AREA RESPONSABLE DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN: Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. AREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Departamento Civil del Complejo Procesador de Gas Burgos. Página 2 de 117

3 VISITA A LAS INSTALACIONES. No Aplica ACLARACIONES A LAS BASES. A. RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE ACLARACIÓN. C R O N O G R A M A DIA 10 MES SEPTIEMBRE AÑO 2015 HORA 9:00 HRS. LUGAR Domicilio de la Convocante. Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. B. ENTREGA DE RESPUESTAS A LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN. DIA 11 MES SEPTIEMBRE AÑO 2015 HORA 18:00 HRS. LUGAR Domicilio de la Convocante. Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. DIA 21 MES SEPTIEMBRE AÑO 2015 HORA 11:00 HRS. LUGAR Domicilio de la Convocante. Sala de Licitaciones del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. PLAZOS PARA SOLICITAR ACLARACIONES A LAS PROPOSICIONES Y/O PARA QUE LOS LICITANTES SUBSANEN OMISIONES QUE NO AFECTEN LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIÓNES (EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC.): El plazo para subsanar omisiones y efectuar aclaraciones será de 7 días naturales a partir de la fecha de apertura de proposiciones. FALLO. DIA 30 MES SEPTIEMBRE AÑO 2015 HORA 18:00 HRS. LUGAR Domicilio de la Convocante. Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. FECHA ESTIMADA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. DIA 15 MES OCTUBRE AÑO 2015 HORA 09:30 a 14:00 HRS. LUGAR Domicilio de la Convocante. Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. Página 3 de 117

4 RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES Número de Documento Nombre del documento 1 Bases 2 Especificaciones Técnicas y/o alcance. (Descripción detallada del requerimiento) 3 Carta poder simple, donde se autorice expresamente a entregar los documentos en el acto de presentación y apertura de propuestas técnicas (Opcional). 4 Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Obligatorio). 5 Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC (Obligatorio). 6 Propuesta Técnica (Obligatorio). 7 Propuesta Económica (Obligatorio). 8 9 Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación nacional, Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados, presentar Formato 1 del documento 8 (Obligatorio). Constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones (Opcional). 10 Modelo de Contrato y 12-A Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de la micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. (Opcional). Modelo de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) adjudicado(s) para: Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. (Documento 12) Garantizar los defectos y vicios ocultos de los Bienes, así como cualquier otra responsabilidad. (Documento 12-A) 13 Cadenas Productivas 14 Compromisos con la transparencia (Opcional). 15 Formato 4 del anexo SSPA del listado requerimientos que debe cumplir el licitante que resulte adjudicado. 16 Nota Informativa para incluir en las bases a la invitación del Gobierno Federal (Opcional). Página 4 de 117

5 RELACIÓN DE FORMATOS QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE RESULTEN ADJUDICADOS Número del Formato 2 3 Nombre del documento Formato para la Declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el proveedor de Bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 4.1 del Documento 8. Formato para la Declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el proveedor de Bienes para dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 4.2 del Documento 8. PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA INVITACIÓN RESTRINGIDA ESTE CONCURSO PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO. Página 5 de 117

6 D O C U M E N T O 1 BASES Í N D I C E 1. Consulta, Costo y Forma de Obtención de las Bases. 1.1 Mercado Electrónico. 2. Información General Sobre el Procedimiento 2.1 Condiciones para Participar. 2.2 Ingreso a las Instalaciones de Pemex Gás y Petroquímica Básica y Pemex. 2.3 Forma de Entrega de Propuestas. 2.4 Moneda de Cotización. 2.5 Idioma de la Invitación. 3. Eventos Previos a la Presentación de Propuestas. 3.1 Visita a las Instalaciones. 3.2 Recepción y Entrega de Solicitudes de Aclaración a las Bases de Invitación. 4. Instrucciones para la Presentación de Proposiciones y Desarrollo de los Actos del Procedimiento 4.1 Indicaciones Generales. 4.2 Requisitos para Intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas. 4.3 Presentación y Apertura de Proposiciones. 4.4 Fallo. 5. Requisitos que Deberán Cumplir los Licitantes, Criterios de Evaluación y Causas de Desechamiento Requisitos de Carácter Legal y Administrativo. 5.2 Requisitos de Carácter Técnico. 5.3 Requisitos de Carácter Económico. 5.4 Otras Causas de Desechamiento. 5.5 Método de Evaluación. Plazo para Aclaraciones a las Propuestas y para Subsanar Omisiones Procedimiento de Desempate de Ofertas Iguales en Precio. 8. Criterios de Adjudicación. 9. Casos en que se Declarará Desierto la Invitación. 10. Cancelación de la Invitación, Posiciones o Conceptos Incluidos en Éstas. 11. Inconformidades. 12. Compromisos con la Transparencia. 13. Firma del Contrato. Página 6 de 117

7 14. Aspectos Contractuales Básicos Plazo, lugar y condiciones de entrega de los bienes Inspección de los Bienes y servicios Devolución y Reposición de Bienes Garantías Para Garantizar el Debido Cumplimiento de las Obligaciones Derivadas del Contrato Fianza Para Garantizar los Defectos y Vicios Ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad Fianza Anticipo Condiciones y forma de pago Facturación Penalizaciones Rescisión y/o Suspensión del Contrato Prórrogas Información Reservada y Confidencial Seguros Propiedad Industrial y Derechos de Autor. Página 7 de 117

8 En este procedimiento de contratación se convoca a las personas físicas y morales de Nacionalidad Mexicana que deseen participar en la Invitación Restringida a por lo menos tres personas de carácter nacional: 1. CONSULTA, COSTO Y FORMA DE OBTENCIÓN DE LAS BASES. Estas Bases no tienen costo y estarán a disposición de los interesados a través de las páginas electrónicas siguientes y y hasta inclusive a las 18:00 horas del décimo día natural anterior al acto de presentación y apertura de proposiciones, previa confirmación por escrito a esta convocante de que tienen interés en participar en dicho procedimiento. 1.1 Mercado Electrónico. El Mercado Electrónico mejora las relaciones con sus proveedores y apoya la modernización de la función de suministro, estableciendo una estrategia para optimizar el proceso de adquisiciones. Adicionalmente, permite enlazar los sistemas de abastecimiento de Pemex Gas y Petroquímica Básica con el de sus licitantes y proveedores para compartir información y efectuar transacciones de manera electrónica, apoyados en la comunicación vía Internet, aprovechando así las ventajas de una estructura abierta, rápida y flexible. En el caso de los licitantes que no se encuentren habilitados en el Mercado Electrónico y tengan interés en darse de alta, deberán así notificarlo a la dirección de correo electrónico roberto.perezv@pemex.com, con el fin de realizar las acciones necesarias para su habilitación, o por escrito dirigido al Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines 3520 Ote. Segundo Piso, Col. Moderna CP , Monterrey, N.L. 2. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO. 2.1 Condiciones para Participar. Las personas físicas o morales para participar en este evento, no deberán encontrarse en alguno de los supuestos de la fracción V del Artículo 53 de la LPM, ni del artículo 12 de las DAC. 2.2 Ingreso a las Instalaciones de Pemex Gas y Petroquímica Básica y Pemex ACCESO AL DSRZN: Los licitantes invitados a participar en el presente procedimiento, para tener acceso a las instalaciones del Edificio Administrativo del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, así como para cualquier trámite relacionado con estas Bases, deberán presentar y dejar una identificación oficial (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional) y registrarse para entrar al edificio. ACCESO A LOS CENTROS DE TRABAJO OPERATIVOS: Los licitantes o sus representantes deberán de portar su equipo de protección personal, consistente en: Casco (no metálico), ropa 100% de algodón, que bien puede ser pantalón y camisa de manga larga u overol, complementado con zapatos industriales y lentes de seguridad transparente. No se permite el acceso con teléfonos celulares activados (desactivar), cámaras fotográficas o de video. Página 8 de 117

9 2.3 Forma de Entrega de las Propuestas. La propuesta estará integrada por la propuesta técnica - económica (incluyendo la Documentación Legal), según se describe más adelante, las cuales deberán estar contenidas en carpeta(s) o folder(s), respectivamente en el interior de 1 (un) sobre cerrado, identificándolo por el frente, como a continuación se indica: PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE) INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS DE CARÁCTER NACIONAL NÚMERO DSR906IR15049 Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita presentar las proposiciones foliadas en todas y cada una de las hojas que la integran; en papel membretado de la empresa y con una copia fotostática simple de la misma, debiendo establecer un índice del contenido de cada propuesta. El folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria y el incumplimiento a lo establecido en este párrafo no será motivo para desechar la propuesta. 2.4 Moneda de Cotización. La propuesta económica deberá elaborarse en: Pesos Mexicanos. 2.5 Idioma de la Invitación. Las propuestas deberán presentarse en idioma español. 3. EVENTOS PREVIOS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS. 3.1 Visita a las Instalaciones. No Aplica. 3.2 Recepción y Entrega de Solicitudes de Aclaración a las Bases de Invitación. De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de las DAC, los licitantes invitados que deseen efectuar preguntas, podrán entregar su solicitud de aclaración en la fecha y hora señalada en el Cronograma de estas Bases como se indica a continuación: a) Por escrito, en el domicilio de la Convocante en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. b) A través de correo electrónico al Área Convocante, en hoja membretada de la empresa y firmada por persona facultada. Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en estas Bases, las cuales en ningún caso deberán consistir en la Página 9 de 117

10 sustitución de los bienes convocados originalmente. Debiendo indicar el numeral al que hacen referencia sus solicitudes de aclaración. La entrega de respuestas a solicitudes de aclaración a las Bases se llevará a cabo en la fecha, horario y lugar establecido en el cronograma de las Bases de la presente Invitación. Cualquier modificación a las Bases, derivada de las solicitudes de aclaración de los licitantes y de sus correspondientes respuestas, formara parte de esta Invitación y deberá ser considerada por los Licitantes en la elaboración de su proposición. La convocante entregará una versión final de las Bases de la Invitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, una vez concluida esta ultima, para tal efecto, los licitantes deberán obtener dicha versión directamente del portal de Internet de PGPB y de PEMEX en las siguientes direcciones electrónicas: y Es responsabilidad del licitante obtener un ejemplar de la versión final de las bases de la Invitación. Las respuestas a las solicitudes de aclaración, para efectos de su notificación, también se pondrán a disposición de los licitantes fijándose copia del documento o el aviso del lugar donde será proporcionado, en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , Teléfonos (81) o Ext , por un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de respuestas indicada en el programa de eventos de esta Invitación, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas, asimismo se difundirán en las siguientes direcciones electrónicas: y 4. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DESARROLLO DE LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO. 4.1 Indicaciones Generales. El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en una etapa de acuerdo a lo siguiente: El acto de presentación y apertura de propuestas se llevará a cabo de conformidad con lo previsto por el artículo 28 de las DAC, en la fecha, horario y lugar establecido en el cronograma de las Bases de la presente Invitación. Una vez iniciado el acto no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos o de licitantes. Todos los licitantes deberán presentar sus propuestas técnica y económica en original preferentemente en papel membretado de la empresa, conforme a lo indicado en el punto 2.3 de estas bases y preferentemente con una copia fotostática simple de la propuesta técnica. Las proposiciones, así como los anexos que la sustenten, deberán entregarse sin tachaduras ni enmendaduras y deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja de cada documento que las contenga. Página 10 de 117

11 4.2 Requisitos para Intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas: Haber recibido de parte de la Convocante la invitación para participar en el presente procedimiento de contratación. Entregar su propuesta en sobre cerrado. El acto de presentación y apertura de propuestas será presidido por el servidor público designado por PEMEX, quien será la única persona facultada para tomar las decisiones durante la realización del acto. Con el objeto de mantener el orden y respeto a los asistentes en el acto de presentación y apertura de proposiciones, queda prohibido el uso de teléfonos celulares, radios, grabadoras, cámaras fotográficas y de video por parte de los licitantes en el interior de la sala. 4.3 Presentación y Apertura de Propuestas. Se podrá participar en forma presencial, por lo que los licitantes invitados podrán presentar personalmente sus ofertas, por servicio postal o mensajería y no podrán remitirlas en forma electrónica. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente. Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en cronograma de estas bases, no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta la fecha de formalización del contrato y quedarán prorrogadas por pronunciamiento de Autoridad Administrativa o Judicial. En este acto, se procederá a la recepción de las proposiciones. Concluido lo anterior, se efectuará la apertura de las propuestas y Documentación Legal. Apertura de propuestas y Documentación Legal.- Una vez recibidas las propuestas en sobre cerrado, se procederá a la apertura de los sobres que contengan las propuestas y Documentación Legal y se dará lectura a los importes totales propuestos en el Documento 7, se realizará su revisión cuantitativa sin entrar en el análisis detallado de la misma, el cual se efectuará durante el proceso de evaluación, quedando las propuestas bajo la custodia de PEMEX. No se podrá efectuar ninguna modificación, adición, eliminación o negociación a las condiciones de las Bases o de las proposiciones de los licitantes. El servidor público designado por PEMEX rubricará, como mínimo, las partes de especificaciones, tiempos, lugares de entrega e importes, que para estos efectos constarán documentalmente. Se levantará acta del evento que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las propuestas, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de su notificación, siendo de su exclusiva responsabilidad enterarse de su contenido y obtener dicha acta en la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , Teléfonos (81) o Ext , por un término de cinco días hábiles, contados Página 11 de 117

12 a partir del día siguiente al de la celebración del acto de presentación y apertura de las propuestas, y en las siguientes direcciones electrónicas: y Durante el período comprendido entre el acto de presentación y apertura de proposiciones y la fecha establecida para el fallo de la Invitación, PGPB y PEMEX realizarán el análisis detallado de la(s) propuesta(s) técnicas, administrativas y económicas recibidas, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. PGPB y PEMEX podrán solicitar en términos del artículo 29 de las DAC, aclaraciones a las propuestas presentadas o solicitar que se subsanen deficiencias que no afecten la solvencia de las mismas, en el plazo establecido en el cronograma de estas bases. 4.4 Fallo. El fallo del procedimiento se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 58 fracción VI de la Ley y 33 de las DAC, y podrá anticiparse o diferirse y se difundirá en las siguientes direcciones electrónicas: y El fallo se emitirá en la fecha, hora y lugar que se indica en el Cronograma de estas Bases, así mismo se publicará para efectos de su notificación, fijándose copia de dicho documento o el aviso del lugar donde será proporcionado, en el vestíbulo de la Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , Teléfonos (81) o Ext , por un término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la emisión del fallo respectivo, conforme se haya indicado en las bases de invitación o, en caso de modificación, en el acta de la apertura de propuestas, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Cuando de manera posterior a su notificación se advierta en el fallo la existencia de un error que no afecte el resultado de la evaluación realizada y siempre que no se haya firmado el contrato, la convocante procederá a su corrección, mediante acta administrativa, la cual se notificará a los licitantes y a las áreas que hubieran participado en el procedimiento de contratación, así como al OIC. Para la facturación electrónica, el proveedor efectuará todos sus trámites de pago a través de la Bóveda Electrónica de PGPB mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos, por lo que los licitantes adjudicados deberán firmar el convenio correspondiente para el acceso a la Bóveda Electrónica. Por lo anterior, los licitantes adjudicados para contar con el acceso al sistema de Bóveda Electrónica, deberán contactar al personal de la Subgerencia de Contratación de Bienes y Servicios de la Gerencia de Contrataciones para Procesos de Gas y Petroquímica Básica para atender las autorizaciones de las facturas y llevar a efecto, la formalización del Convenio de Transmisión y Recepción de Información, a través de Medios Electrónicos, ubicada en Av. Marina Nacional No.329, Edificio B-1, 4 piso, Colonia Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11311, Ciudad de México, Distrito Federal, en días hábiles de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. Ing. José Juan Rios Morales Subgerencia de Catalogación (DCPA) Tel. Directo (55) Tel. Conmutador (55) Ext Correo: jose.juan.rios@pemex.com Página 12 de 117

13 5. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CAUSAS DE DESECHAMIENTO. 5.1 Requisitos de Carácter Legal y Administrativo: Los participantes deberán presentar la siguiente documentación simultáneamente con sus proposiciones, dentro o fuera del sobre, a elección del licitante: PUNTO EN ESTAS BASES REQUISITOS SOLICITADOS Escrito para acreditar la existencia legal y personalidad jurídica del licitante, en el que su firmante manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 4. Escrito, bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las DAC, conforme al Documento 5. Escrito de Manifestación bajo protesta de decir verdad de que los Bienes ofertados cumplen con el 65% de contenido nacional conforme al Formato 1 del Documento 8. Esta información podrá ser verificada directamente por esta Convocante o por medio de terceros. Cuando de la verificación que se realice se desprenda que la información no corresponde a lo manifestado, Pemex Gas y Petroquímica Básica o PEMEX lo hará del conocimiento del Órgano Interno de Control para los efectos que procedan. CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO CAUSAS DE DESECHAMIENTO Que se presente el escrito. NO presentar el escrito. Que el escrito se encuentre redactado en idioma español. Que el escrito incluya toda la información contenida en el Documento 4. Que se encuentre firmado por la persona facultada. NO presentar el escrito redactado en idioma español. NO incluir toda la información contenida en el Documento 4. NO se encuentre firmado por la persona facultada. Que se presente el escrito. NO presentar el escrito. Que el escrito se encuentre redactado en idioma español. Que el escrito incluya toda la información contenida en el Documento 5. Que el escrito este firmado por la persona facultada. Que se presente el escrito conforme al Formato 1 del Documento 8 y que se encuentre redactado en idioma español. Que se encuentre firmado por la persona facultada. NO presentar el escrito redactado en idioma español. NO incluir toda la información contenida en el Documento 5. NO se encuentre firmado por la persona facultada No presentar el escrito conforme al Formato 1 del Documento 8 ni redactado en idioma español. Que no se encuentre firmado por la persona facultada A los licitantes que se encuentren dentro de la integración de Pequeñas y Medianas Empresas se les solicita manifestar junto con su propuesta, la ubicación que corresponda al licitante en términos del Acuerdo por el que se establece la estratificación de las La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta. Página 13 de 117

14 PUNTO EN ESTAS BASES REQUISITOS SOLICITADOS micro, pequeñas y medianas empresas, bajo el cual se catalogarán dichas empresas, para efectos del artículo 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Junio de 2009, utilizando el Documento 11. CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO CAUSAS DE DESECHAMIENTO 5.2 Requisitos de Carácter Técnico. Dentro del sobre correspondiente debe incluirse debidamente identificada la propuesta técnica, además indicar número de posición(es) ofertada(s), y de preferencia con sus hojas foliadas consecutivamente. PUNTO EN ESTAS BASES REQUISITOS SOLICITADOS Entregar su propuesta en sobre cerrado, en original, legible, en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras, firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga, pudiendo utilizar el Documento 6, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone conforme a lo solicitado en el Documento 2, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones. Indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Entregar como parte de su propuesta original o copia legible de anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica en idioma español, que coincidan en su totalidad con la descripción, características y especificaciones técnicas establecidas en su propuesta. Página 14 de 117 CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO Que se presente el Documento. Que el Documento se encuentre redactado en idioma español. Que el Documento incluya toda la información contenida en el Documento 6. Que el Documento este firmado por la persona facultada conforme al Documento 4. Que se presenten los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica. Que los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura CAUSAS DE DESECHAMIENTO NO presentar el Documento. NO presentar el Documento redactado en idioma español. NO incluir toda la información contenida en el Documento 6. NO se encuentre firmado el Documento 6 por la persona facultada conforme al Documento 4. NO se aceptarán indicaciones tales como: marca o similar o equivalente, marca propia cotizo mi marca, cotizo de acuerdo a lo solicitado, incluido, sin costo y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 2 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien. NO presentar los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica. NO presentar los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o

15 PUNTO EN ESTAS BASES REQUISITOS SOLICITADOS CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO técnica se encuentre redactados en idioma español Que los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica estén relacionados con la información contenida en el Documento 6. CAUSAS DE DESECHAMIENTO literatura técnica redactados en el idioma español Que los anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica NO estén relacionados con la información contenida en el Documento Requisitos de Carácter Económico. Dentro del sobre correspondiente debe incluirse debidamente identificada, la propuesta económica, demás indicar el número de posición(es) ofertada(s), y de preferencia con sus hojas foliadas consecutivamente. PUNTO EN ESTAS BASES REQUISITOS SOLICITADOS Presentar la propuesta económica firmada autógrafamente por persona facultada para ello, en la última hoja del documento que la contenga, utilizando el Documento 7, Deberán cotizar en Pesos Mexicanos, precios fijos netos y hasta con dos decimales, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato. CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO Que se presente el Documento que contenga la propuesta económica. Que el Documento que contenga la propuesta económica se encuentre expresado en Pesos Mexicanos. Que el Documento esté firmado por la persona facultada conforme al Documento 4. Que el Documento que contenga la propuesta económica contenga los precios unitarios y el importe total de la misma. Que el Documento que contenga la propuesta económica contenga los precios unitarios sin incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA. Que el Documento que contenga la propuesta económica contenga precios fijos, netos y hasta con dos decimales. CAUSAS DE DESECHAMIENTO NO presentar el Documento que contenga la propuesta económica. NO presentar el Documento que contenga la propuesta económica en Pesos Mexicanos. NO se encuentre firmado el Documento 7 por la persona facultada conforme al Documento 4. Que el Documento que contenga la propuesta económica NO contenga los precios unitarios y el importe total de la misma Que el Documento que contenga la propuesta económica contenga los precios unitarios incluyendo el Impuesto al Valor Agregado IVA. Que el Documento que contenga la propuesta económica NO contenga precios fijos, netos y hasta con dos decimales. Se desechará la propuesta que establezca precios condicionados o variables. Página 15 de 117

16 5.4 Otras Causas de Desechamiento. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases de esta invitación, que afecte la solvencia de la propuesta. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas Bases. La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios de los Bienes, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Si los precios no resultan aceptables o convenientes de acuerdo a lo establecido en el punto Si el licitante presenta más de una proposición para este procedimiento de invitación restringida. No cotizar la totalidad de las posiciones de los grupos o no cumplir técnicamente en alguna posición del grupo, su propuesta será desechada del Grupo de Posiciones que afecte. 5.5 Método de Evaluación Aspectos de Carácter Legal y Administrativo: La Convocante evaluará los requisitos legales y administrativos utilizando el método y criterios de evaluación previstos en el numeral 5.1 de las bases de esta invitación. En todos los casos la convocante verificará que las propuestas cumplan con los requisitos solicitados en las presentes Bases de invitación Aspectos Técnicos: Conforme al artículo 29 de las DAC, se verificará que la documentación presentada en su propuesta, cumpla con los requisitos técnicos solicitados en el Documento 2 de las Bases de la invitación. La convocante evaluará las propuestas utilizando el método Binario y conforme a los criterios de evaluación previstos en las presentes bases y lo que en su caso se asiente en el escrito de respuestas correspondiente. En todos los casos la convocante verificará que las propuestas cumplan con los requisitos solicitados en las presentes bases de esta Invitación. Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la Invitación no serán motivo para desechar sus propuestas Aspectos económicos: Conforme lo dispuesto por el artículo 30 Fracción II de las DAC, la evaluación económica de las propuestas se hará por el precio más bajo por Grupo de Posiciones que son los siguientes: Grupo Posiciones 1 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 36, 37, 48, 51, 68, 69, 70, 80 y , 56 y , 2, 3, 4, 6, 19, 20, 21, 22, 23, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 71, 72, 77, 78, 79 y , 53, 54, 55, 73, 74, 76, 81, 83, 84, 85, 87 y 88 Página 16 de 117

17 Se evaluarán económicamente, solamente aquéllas propuestas que cumplan con los requisitos técnicos, legales y administrativos solicitados y se considerarán solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos de las Bases de Invitación y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PGPB y PEMEX, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Cuando se presente un error de cálculo, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre la cantidad escrita con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentar error en la cantidad o volumen solicitado, éste podrá corregirse. Se verificará que el importe de cada posición se haya realizado multiplicando la cantidad por el precio unitario, en caso de diferencia se realizará la rectificación correspondiente, el monto corregido, será el que se utilizará para fines de evaluación económica. Se verificará que la suma de los importes de cada partida se haya realizado correctamente, en caso de error en la sumatoria, se realizará la rectificación correspondiente, el monto corregido, será el que se utilizará para fines de evaluación económica. Se desecharán las proposiciones, si el precio resulta no aceptable, conforme a cualquiera de los mecanismos siguientes: Precio no aceptable. I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera: a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor; b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, y c) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores centrales y el resultado será la mediana; II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma invitación, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera: a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de licitación que se aceptaron técnicamente; b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior. A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el 10% y las que se encuentren arriba del resultado se considerarán precios no aceptables. Precio conveniente A. El cálculo del precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha por estar por debajo de los precios obtenidos en el estudio de mercado, aplicándose lo siguiente: Página 17 de 117

18 1. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en el procedimiento de contratación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña. 2. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos; 3. Al promedio señalado en el inciso anterior se le restará el 40%, y 4. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a lo antes señalado, serán considerados precios convenientes. 6. PLAZO PARA ACLARACIONES A LAS PROPUESTAS Y PARA SUBSANAR OMISIONES Conforme lo dispuesto por el Artículo 29, segundo párrafo de las DAC, las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la Invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas, podrán ser aclaradas o subsanadas. El plazo para que Pemex Gas y Petroquímica Básica y PEMEX realice las aclaraciones y para que en su caso se subsane la omisión que corresponda, será de 7 días naturales a partir de la fecha de apertura de proposiciones. La solicitud que realice Pemex Gas y Petroquímica Básica o PEMEX se formulará por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo se exigirá que las respuestas de los Licitantes también sean por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso Pemex Gas y Petroquímica Básica o PEMEX solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances. 7. PROCEDIMIENTO DE DESEMPATE DE OFERTAS IGUALES EN PRECIO. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas se adjudicará a favor de las pequeñas y medianas empresas, con el propósito de fomentar su desarrollo y participación. En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de PYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que oferte el mayor porcentaje de contenido nacional o resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso, lo anterior en presencia de los licitantes que asistieren previa invitación. Página 18 de 117

19 8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará al licitante cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta invitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo por Grupo de Posiciones que son los siguientes: Grupo Posiciones 1 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 36, 37, 48, 51, 68, 69, 70, 80 y , 56 y , 2, 3, 4, 6, 19, 20, 21, 22, 23, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 52, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 71, 72, 77, 78, 79 y , 53, 54, 55, 73, 74, 76, 81, 83, 84, 85, 87 y 88 La adjudicación del Contrato será por: por Grupo de Posiciones. El licitante que resulte ganador deberá presentar la manifestación conforme a los (Formatos 2 ó 3 según corresponda), para cumplir con señalado en los puntos 4.1 y 4.2 del Documento CASOS EN QUE SE DECLARARÁ DESIERTA LA INVITACIÓN. La Convocante podrá declarar desierta la Invitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de las DAC, cuando: I. No se presenten propuestas. II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados. III. Las propuestas económicas no resulten aceptables. IV. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las bases de invitación. 10. CANCELACIÓN DE LA INVITACIÓN, POSICIONES O CONCEPTOS INCLUIDOS EN ÉSTAS. La Convocante podrá cancelar la invitación, posiciones o conceptos incluidos en éstas, conforme a lo establecido en el artículo 37 de las DAC. 11. INCONFORMIDADES. De conformidad con lo señalado en el artículo 67 del RLPM, las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en Petróleos Mexicanos, ubicado en el piso 19 de la Torre Ejecutiva del Centro Administrativo de Petróleos Mexicanos, con domicilio en Av. Marina Nacional número 329, Col. Petróleos Mexicanos, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal en México, Distrito Federal, y se substanciarán conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en materia de inconformidades. Página 19 de 117

20 12. COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA. En el marco del Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado Compromisos con la Transparencia conforme al Documento 14. El servidor público de PEMEX responsable de presidir el acto de presentación y apertura de propuestas, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 16 se acompaña la Nota Informativa para incluir en las Bases de Invitación del Gobierno Federal, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica: FIRMA DEL CONTRATO. La firma del Contrato se realizará en la fecha, lugar y hora prevista en el cronograma de estas Bases o la notificada en el fallo. Previo a la firma del contrato, el licitante a quien se le adjudique el mismo deberá presentar para su cotejo, original o copia certificada de los siguientes documentos: I. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o II. Tratándose de persona física, copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. De acuerdo a lo que establece el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Regla de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, los proveedores nacionales que resulten adjudicados con un pedido o contrato y los que estos últimos subcontraten cuyo monto exceda de $ 300, (Trescientos mil pesos 00/100 M.N) sin incluir IVA, deberán contar con la opinión positiva vigente expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, al momento de suscribirse los mismos. En caso de propuestas conjuntas deberán presentar la opinión positiva vigente para cada una de las obligadas en dicha propuesta. En caso que el licitante resulte adjudicado con un pedido o contrato, cuente con créditos fiscales firmes y hubiera celebrado convenio con las autoridades fiscales para pagarlos con los recursos que se obtengan con motivo de la celebración del contrato o pedido, derivado de la licitación que nos ocupa, estará plenamente de acuerdo en que Petróleos mexicanos le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos Página 20 de 117

21 fijados en el contrato mismo, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el citado contrato. En caso de que el licitante adjudicado no este dado de alta para el acceso a la Bóveda Electrónica, deberá tramitar el convenio para su alta y acceso. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme a la fracción 1 del artículo 59 de la LPM y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente, de acuerdo con artículo 52 de las DAC. 14. ASPECTOS CONTRACTUALES BÁSICOS. Como Documento 10 se incluye el modelo de contrato Plazo, lugar y condiciones de entrega de los bienes. a) Plazo de entrega. El plazo para la entrega de los bienes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la firma del contrato. b) Lugar de entrega. El proveedor deberá entregar los bienes en destino final en: Almacén del Complejo Procesador de Gas Burgos ubicado en Carretera Federal Reynosa-Monterrey Km , C.P , Reynosa, Tamps., la recepción de los bienes se realizará en días hábiles de lunes a viernes y en horario de 08:00 a 18:00 Hrs. Responsable de la recepción de los bienes: Ing. Javier Montoya Ledezma, Tel. (899) Ext , y 52299, correo electrónico: javier.montoya@pemex.com La responsabilidad de la transportación de los Bienes amparados en el Contrato, así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PGPB, será a cargo del Proveedor. Los bienes objeto del Contrato deberán entregarse por Grupo de Posiciones. El Licitante que resulte adjudicado es totalmente responsable ante PGPB y PEMEX de todos los suministros, por lo que la falta de cumplimiento de obligaciones entre el Proveedor y los fabricantes no repercutirá en los términos contratados y programados con PGPB y PEMEX. c) Condiciones de entrega. La condición de entrega de los bienes es: Destino Final de acuerdo a los INCOTERMS Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Asimismo, se les notifica que la entrega de los bienes, se deberá efectuar con nota de remisión. Por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en los Centros de Trabajo. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de Pemex Gas y Petroquímica Básica, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de posición, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Página 21 de 117

22 Cualquier gasto en que incurra PGPB o PEMEX, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El Licitante que resulte adjudicado se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tienen conferidas la Secretaria de Economía y/o de la Función Pública, se realice la Verificación de los bienes adquiridos bajo el o los contratos que resulten como resultado del presente procedimiento Inspección de los Bienes. Para efectos informativos y estadísticos, en la inspección de los bienes deberá entregar de manera obligatoria para cada una de las posiciones suministradas, el Formato 2 ó 3, conforme a lo indicado en los apartados 4.1 y 4.2 del Documento 8, mismos que formarán parte de la documentación que se entrega y una copia del escrito al momento de presentar o enviar las facturas al pago correspondiente. La inspección que realice PGPB a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. El nivel de inspección que se aplicará será de inspección de bienes, Nivel III, conforme a lo establecido en el procedimiento de inspección PA vigente, lo cual no liberará al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones. El nivel de inspección seleccionado, se describe a continuación: Nivel III Destino Final Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes: 1) Especificaciones contractuales. 2) La revisión del cumplimiento de las Normas, Códigos, Procedimientos o Especificaciones de los Bienes terminados. 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. 4) Las pruebas finales. 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. 7) La documentación que establece el contrato. Dicha inspección será realizada: Por el personal técnico que designe la Gerencia del Complejo Procesador de Gas Burgos, quien tendrá la facultad de aprobar o rechazar cualquiera de ellos por falta de calidad y demás condiciones establecidas. Procedimiento de inspección y aceptación de los Bienes PGPB, directamente o a través de terceros, podrá realizar visitas de inspección y pruebas requeridas para avalar que el bien solicitado cumpla con las normas y especificaciones pactadas en el contrato, Página 22 de 117

23 obligándose el proveedor a proporcionar toda la información y facilidades para tal efecto. (ver modelo de contrato) Devolución y Reposición de Bienes. En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías Pemex Gas y Petroquímica Básica podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo de diez (10) días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto (ver modelo de contrato) Garantías PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. El Licitante que resulte adjudicado, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, garantía que se constituirá por el 10% del monto TOTAL del contrato adjudicado, a favor de Pemex Gas y Petroquímica Básica, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PGPB o PEMEX podrá determinar la rescisión administrativa del contrato Fianza. (Documento 12) PARA GARANTIZAR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES, ASI COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. El Licitante que resulte adjudicado, a fin de garantizar los Defectos y Vicios Ocultos de los bienes, así como cualquier otra responsabilidad, deberá presentar a PEMEX, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, garantía que se constituirá por el 10% del monto TOTAL del contrato adjudicado, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes a favor de Pemex Gas y Petroquímica Básica, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega de la presente garantía, PGPB o PEMEX podrá determinar la rescisión administrativa del contrato Fianza. (Documento 12-A) CASOS EN QUE SE APLICARÁ LA GARANTÍA: La Garantía se podrá hacer efectiva por Pemex Gas y Petroquímica Básica, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos: a) Cuando el Proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b) Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Proveedor. c) Cuando por las características de los bienes y/o servicios entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por PGPB, por estar incompletos, en cuyo caso, la aplicación será por el total de la garantía. d) Cuando hubiese transcurrido el plazo, que en su caso, se haya concedido al Proveedor para reparar, reponer o corregir los defectos, vicios ocultos y la calidad de los bienes, así como cualquier otra Página 23 de 117

24 responsabilidad cuando aplique, y no se hayan reparado, repuesto o corregido los defectos, vicios ocultos de los bienes y la mala calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad. Las garantías se deberán entregar en el domicilio de la convocante, Ventanilla de Atención a Proveedores del Departamento de Servicios Regionales Zona Norte, ubicada en Av. Ruiz Cortines No Oriente, Planta Baja, Col. Moderna, Monterrey, N.L. C.P , Teléfonos (81) o Ext en días hábiles en horario de 9:00 a 14:00 hrs., en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 12 y Documento 12-A, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega de las presentes garantías, PGPB o PEMEX podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo Anticipo. Para la adquisición de los Bienes objeto de esta Invitación PGPB no otorgará anticipo Condiciones y forma de pago. PGPB pagará al Proveedor el monto de los Bienes y Servicios entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación de la factura Electrónica, indicando en dicha factura el folio del registro del COPADE o su equivalente que previamente le fue notificado en la addenda. La recepción y aceptación de la factura será en días hábiles (Ver Modelo de Contrato). Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: - federal/cadenas-productivas.html. (Documento 13) Facturación. El Proveedor deberá presentar sus facturas electrónicas a través de la Bóveda Electrónica acompañadas de la constancia que acredite la entrega de los bienes para el inicio de trámite de pago. (Ver modelo de contrato) Penalizaciones. En caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, Pemex Gas y Petroquímica Básica le aplicará la siguiente penalización: I. Atraso en la Entrega de los Bienes Las penas convencionales a las que el proveedor se hará acreedor por incumplimiento en la fecha de entrega de los Bienes se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos, o en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas en función del Página 24 de 117

25 valor de los bienes entregados con atraso, a razón de 0.2% (cero punto dos por ciento) por cada día calendario de atraso y hasta por el 10% del importe del contrato (Ver Modelo de Contrato). II. Incumplimiento de las Obligaciones Relativas al Grado de Contenido Nacional De conformidad con lo establecido en el artículo 23 párrafo segundo de las DAC referente al Contenido Nacional, si como resultado de la verificación del contenido nacional de los bienes entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho contenido nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Documento 8, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada a razón del 0.5% (cero punto cinco por ciento) sobre los bienes objeto de incumplimiento y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al contrato formalizado hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación. III. Deducciones por incumplimiento a las obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. En caso de incumplimiento del proveedor o contratista a cualquiera de las obligaciones pactadas en el Formato 4 del Anexo SSPA (Documento 15), Pemex Gas y Petroquímica Básica aplicara las deducciones estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del Anexo SSPA. El porcentaje de la deducción que se aplicara a la estimación y/o factura correspondiente, es en función de la severidad (fijadas en el Formato 6) del incumplimiento observado en el periodo estimado por parte de los terceros, en relación a los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo SSPA. Ver Anexo SSPA a través de la siguiente liga (Usar el buscador Google): El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del monto del contrato. El PROVEEDOR acepta, que Pemex Gas y Petroquímica Básica o PEMEX aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: - Las facturas que se generen con motivo del contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción. Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR Rescisión y/o Suspensión del Contrato. Rescisión. Con fundamento en el artículo 64 primer párrafo del Reglamento de la LPM y artículos 70, 71 y 73 de las DAC, PGPB podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el Contrato, por lo que no requerirá de declaración judicial o arbitral alguna para surtir plenamente sus efectos una vez que ésta haya sido determinada y notificada al Proveedor. (Ver Modelo de Contrato). Página 25 de 117

26 Suspensión. Con fundamento en el artículo 64 primer párrafo del Reglamento de la LPM y 74 de las DAC, PGPB podrá suspender parcial o totalmente un contrato porque las necesidades del Proyecto Sustantivo o del propio contrato así lo requieran. El contrato establecerá los términos en los que se procederá como consecuencia de la suspensión y, en su caso, los pagos correspondientes (Ver Modelo de Contrato) Prórrogas. Las condiciones que podrán prorrogar el plazo y/o fecha de entrega de los bienes y servicios y que no dan lugar a la aplicación de penas convencionales se relacionan en el Modelo de Contrato Información Reservada y Confidencial. Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a Pemex Gas y Petroquímica Básica se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se solicita entregar escrito libre en papel membretado de la empresa Seguros. El proveedor será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario Propiedad Industrial y Derechos de Autor. El Licitante acepta que, en relación con el objeto de esta Invitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor. ING. ROBERTO PÉREZ VALTIER JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS ZONA NORTE JGHA Monterrey, N.L., a 7 Septiembre del 2015 Página 26 de 117

27 D O C U M E N T O 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y/O ALCANCE MARTILLO DE BOLA 10 PZA MARTILLO DE BOLA ACABADO EN ACERO NEGRO CON MANGO DE MADERA, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-H-86E, CON PESO DE 12 OZ., 13" LONGITUD MARTILLO DE BOLA 10 PZA MARTILLO DE BOLA DE ACERO FORJADO DE MANGO DE MADERA DE ENCINO 16 0Z 13 3/4" LONG TOTAL MARTILLO DE BOLA 24 PZA MARTILLO DE BOLA ACABADO EN ACERO NEGRO CON MANGO DE MADERA, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-H-86E, CON PESO DE 24 OZ., 15 3/4" LONGITUD TIJERA MULTIUSOS 24 PZA TIJERA MULTIUSOS DE ACERO INOXIDABLE, CORTA PAPEL, VINYL, HOJAS DE METAL Y ALUMINIO, DE ACUERDO CON LAS NORMAS ASME/ANSI B Y LA FEDERAL GGG-S-291, CON MANGO DE PLASTICO, CAPACIDAD DE CORTE DE 1 3/4", LONGITUD DE 10 1/ PINZA PRESION 24 PZA PINZAS DE PRESION QUIJADA RECTA, ACERO ALEACION CROMADA, CON MECANISMO PARA AJUSTAR LA APERTURA, CIERRE Y DESBLOQUEO DE LA QUIJADA, DE ACUERDO CON LA NORMAS ASME B FEDERAL GGG-W- 649, 7" DE LONGITUD, 1/2" ANCHO DE QUIJADA, 1 1/8" AJUSTE DE QUIJADA ARCO PARA SEGUETAS 34 PZA ARCO PARA SEGUETA, DE ALTA TENSION, USO PROFESIONAL, POSICION DE SEGUETA A 90 Y 45, CUMPLA CON NORMA: FED. STD. GGG-W-641, ANSI SPEC. B107.10M PARA SEGUETAS BIMETALICAS DE 12 PULGADAS Página 27 de 117

28 LLAVE MIXTA 36 PZA LLAVE MIXTA, DE ACERO ALEACION CROMADA, UN EXTREMO DE OJO DE ESTRIAS, CON BOCA DE 12 PUNTAS Y EN EL OTRO EXTREMO ESPAÑOLA, CON BOCA EN ANGULO DE 15 GRADOS, DE 13 A 14 13/64" LONGITUD, USO INDUSTRIAL, EN BASE A NORMA FEDERAL GGG-W 636 ASMEI B , ABERTURA NORMAL EN AMBAS BOCAS, DE 1 1/16" DE DIAMETRO LLAVE AJUSTABLE PERICO 24 PZA LLAVE AJUSTABLE PERICA, FORJADA EN ACERO CROMO VANADIO, CON DOBLE TRATAMIENTO TERMICO, CON CARAS PULIDAS, NORMA DEFERAL GGG-W-631, ASME B107.8M, DE 12 PULGADAS DE LONGITUD, APERTURA DE QUIJADA DE 1 1/2 PULGADAS LLAVE AJUSTABLE STILLSON 12 PZA LLAVE AJUSTABLE STILLSON DE HIERRO MALEABLE, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-651, DE 12 PULGADAS DE LONGITUD, APERTURA DE QUIJADA DE 1/2 PULGADAS A 1 1/4 PULGADAS LLAVE OJO COLA PUNZON 12 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO AL CARBON, NEGRO, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 15" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG- W-636, DE 1 1/16" DE DIAMETRO LLAVE AJUSTABLE STILLSON 18 PZA LLAVE AJUSTABLE STILLSON DE HIERRO MALEABLE, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-651, DE 14 PULGADAS DE LONGITUD, APERTURA DE QUIJADA DE 1/2 PULGADAS A 1 1/2 PULGADAS LLAVE OJO COLA PUNZON 18 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO TRATADO TERMICAMENTE, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 15" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 1/8" DE DIAMETRO LLAVE OJO COLA PUNZON 12 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO AL CARBON NEGRO, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 17" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 1/4" DE DIAMETRO Página 28 de 117

29 LLAVE AJUSTABLE STILLSON 18 PZA LLAVE AJUSTABLE STILLSON RECTA DE HIERRO MALEABLE, CUERPO DE FUNDICION, MORDAZA INTERCAMBIABLE TRATADA PARA 55 HRC, CUMPLE CON NORMA FEDERAL GGG-W-651E, DE 18 PULGADAS DE LONGITUD, MANDIBULA MOVIL DE ACERO FORJADO, APERTURA MAXIMA DE MANDIBULA 76 MM LLAVE AJUSTABLE STILLSON 18 PZA LLAVE AJUSTABLE STILLSON RECTA DE HIERRO MALEABLE, CUERPO DE FUNDICION, MORDAZA INTERCAMBIABLE TRATADA PARA 55 HRC, CUMPLE CON NORMA FEDERAL GGG-W-651E, DE 24 PULGADAS DE LONGITUD, MANDIBULA MOVIL DE ACERO FORJADO, APERTURA MAXIMA DE MANDIBULA 102 MM JUEGO DE DESTORNILLADORES 10 JGO JUEGO DE DESTORNILLADORES, FABRICADAS EN ACERO ALEADO AL CROMO MOLIBDENO, ESTUCHE DE VINIL, COMBINADOS, PUNTA CABINET DE: 1/8" X 2 1/2", 1/8" X 4", 1/8" X 8", 3/16" X 4", 3/16" X 8". PUNTA PLANA DE : 1/4" X 1 1/2", 1/4" X 4", 5/16" X 6", 3/8" X 8", 3/8" X 12", 1/4" X 6". PUNTA PHILLIPS DE: 1/4" X 1 1/2", 1/8" X 2 1/2", 3/16" X 3", 3/16" X 8", 1/4" X 4 1/4", 1/4" X 8", 5/16" X 6", 3/8" X 8". DE ACUERDO CON LAS NORMAS ASME / ANSI B Y FEDERAL GGG- S-121, DE 19 PIEZAS JUEGO PUNZONES PUNTOS CINCELES BOTADORES 12 JGO JUEGO DE PUNTOS, PUNZONES, CINCELES Y BOTADORES, ACERO FORJADO TRATADO, PUNTO PARA MARCAR: 3/8", 1/2", 5/16", PUNTO BOTADOR RECTO: 1/4" X 3/32", 5/16" X 1/8", 5/16" X 5/32", 3/8" X 3/16", 7/16" X 7/32", 1/2" X 1/4", BOTADOR CORTO: 1/4", 5/16", 3/8", 7/16", 1/2", CINCEL CORTA FRIO: 3/16", 1/4", 5/16", 7/16", 1/2", 5/8", 3/4" X 8", 7/8" X 8", 1" X 8", BOTADOR LARGO : 5/16", 3/8", 1/2", CON ESTUCHE METALICO, DE ACUERDO CON LAS NORMAS ANSI 209.1, 209.2, COMPUESTO DE 26 PIEZAS JUEGO AUTOCLE 10 JGO JUEGO AUTOCLE, MATRACA REVERSIBLE, CUADRO DE 1/2", EXTENSIONES DE 5 Y 10", MANGO ARTICULADO DE LONGITUD DE 17 7/8", NUDO UNIVERSAL DE 2 5/8", BERBIQUI DE 18", BARRA CORREDIZA 12 15/16", EN CAJA METALICA, COMPUESTO DE 42 PIEZAS. Página 29 de 117

30 MARRO 8 PZA MARRO ANTICHISPA, DOBLE CARA HEXAGONAL, DE COBRE-BERILIO, NORMA FEDERAL GGG-H-33A, CON MANGO DE MADERA ESTRIADO DE 35" DE LONGITUD, DE 15 LIBRAS LIMA REDONDA 10 PZA LIMA REDONDA BASTARDA DE S/E LIGERAMENTE AHUSADAS, DE 10" DE LONGITUD LIMA PLANA 10 PZA LIMA PLANA BASTARDA DE CORTE DOBLE EN LOS LADOS Y CORTE SENCILLO EN LOS CANTOS, 10" DE LONGITUD NIVEL DE ALBAÑIL 10 PZA NIVEL DE ALBAÑIL, DE ALUMINIO, DE 3 GOTAS, NORMA FEDERAL GCG-L-2111D, DE 24" DE LONGITUD ESCUADRA DE COMBINACION 10 PZA ESCUADRA DE COMBINACION DE ACERO NODULAR, BLOCK CENTRADOR DE 90 GRADOS Y TRANSPORTADOR CON NIVEL PARA ANGULOS HASTA DE 180 GRADOS, ANGULO DE 45 GRADOS, REGLA EN ACERO INOXIDABLE GRABADA AL ACIDO POR AMBOS LADOS CON SISTEMA METRICO DECIMAL E INGLES. DE 12" DE LONGITUD LLAVE OJO COLA PUNZON 18 PZA LLAVE OJO COLA PUNZON DE ACERO AL CARBON NEGRO DE 1 7/16", LLAVE CORONA MANGO DE COLA LLAVE OJO COLA PUNZON 18 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO AL CARBONO NEGRO, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 21" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 5/8" DE DIAMETRO. Página 30 de 117

31 LLAVE OJO PARA GOLPE 12 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 13 7/16" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2" DE DIAMETRO LLAVE OJO COLA PUNZON 18 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO AL CARBONO NEGRO, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 23" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 13/16" DE DIAMETRO LLAVE OJO COLA PUNZON 10 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS COLA PUNZON, ACERO AL CARBONO NEGRO, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 24 1/2" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2" DE DIAMETRO LLAVE OJO PARA GOLPE 10 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 13 1/2" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2 3/16" DE DIAMETRO LLAVE OJO PARA GOLPE 12 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 14" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2 3/8" DE DIAMETRO LLAVE OJO PARA GOLPE 4 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 15 1/4" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2 9/16" DE DIAMETRO. Página 31 de 117

32 ESMERILADORA ANGULAR PORTATIL 10 PZA ESMERILADORA ANGULAR, ELECTRICA PORTATIL INDUSTRIAL COMPLETA, CON MANERAL DE TRES POSICIONES Y GUARDA PROTECTORA DE DISCO, NOM-003-SCFI-VIGENTE, NOM-024-SCFI-VIGENTE, ROSCA ESTANDAR DE 5/8" 11 HILOS, VELOCIDAD RPM. 6.0 AMPERS, PARA DISCO DE 4 1/2" DE DIAMETRO LLAVE OJO PARA GOLPE 10 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 16 1/2" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 2 15/16" DE DIAMETRO JUEGO HERRAMIENTAS 18 JGO JUEGO DE HERRAMIENTAS AISLADA ELECTRICISTA 1000V, CAJA POLICARBONATO ALTA RESISTENCIA 22 4/5"X10 3/5"X11 2/5", (5)PINZAS PUNTA LARGA, CURVA, PLANA, CORTE DIAGONAL, PELACABLES DE 6.3", (3)PINZAS PUNTA LARGA, ALTO APALANCAMIENTO, CORTACABLES DE 8", (1)PINZA LINIERO 9", (1)LLAVE AJUSTABLE PERICA 8", (11)DESTORNILLADORES PLANO MILIMETRICOS DE 2 A 10, (4)DESTORNILLADO RES PHILIPS #0 A #3, (2)IMPULSORES DE TERMINAL #1 Y #2, (9)LLAVES TORX T6 A T30, (2)IMPULSORES DE CUADRO #1 Y #2, (7)DADOS DE 1/2 A 7/8, (7)DADOS MILIMETRICOS DE 13 A 22, (5)LLAVES VASO DE 7/32 A 7/16, (7)LLAVES VASO MILIMETRICAS DE 5 A 13, (6)LLAVES T 5/32 A 3/8, (4)LLAVES T HEXAGONAL MILIMETRICAS 4 A 8, (2)LLAVES ALLEN 10MM Y 1/2", (1)CHUCHILLO PELACABLES 50MM, (1)REGLA GRADUADA EN PLG/MM DE 2 MTS, (1) MATRACA 3/8", (1)EXT. 4.9", (8) LLAVES ESPAÑOLAS 5/16" A 3/4", (1)FLEXOMETRO 5M X 19 MM ANCHO, (1) DETECTOR VOLTAJE TIPO LAPIZ 6", (1) CINTURON PORTAHERRAMIENTAS ELEC. TELA BALISTICA, (1)JUEGO GUANTES AISLANTES (CUERO Y ALGODON), (1) BOLSA PARA ALMACENAJE, CON 94 PZAS NIVEL DE ALBAÑIL 10 PZA NIVEL DE ALBAÑIL, DE ALUMINIO, DE 3 GOTAS, NORMA FEDERAL GCG-L-2111D, DE 18" DE LONGITUD LLAVE OJO PARA GOLPE 18 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 12 1/4" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 5/8" DE DIAMETRO. Página 32 de 117

33 LLAVE OJO PARA GOLPE 18 PZA LLAVE DE OJO DE ESTRIAS PARA GOLPE, ACERO ALEACION, ACABADO GRIS O NEGRO, MANGO ACODADO A 45 GRADOS, UNA BOCA DE 12 PUNTAS, DE 13 7/16" LONGITUD, EN BASE A LA NORMA FEDERAL GGG-W-636, DE 1 13/16" DE DIAMETRO CEPILLO RECTANGULAR CURVO 50 PZA CEPILLO RECTANGULAR CURVO DE ACERO CARBON CEPILLO DE ALAMBRE DE ACERO CON MANGO Y RASQUETA, DE 35 CM X 2.54 CM DE ANCHO 3X17 HILERAS DE ALAMBRE FORMON 5 PZA FORMON PARA MADERA, FABRICADA ACERO AL CROMO VANADIO, MANGO DE PLASTICO, DE 1/2" DE ANCHO CORTE, 9 1/2" DE LONGITUD FORMON 5 PZA FORMON PARA MADERA, FABRICADA ACERO FORJADO Y TEMPLADO, MANGO DE PLASTICO, DE 9 1/2" DE LONGITUD, DE 1" DE ANCHO CORTE LIMA CUADRADA 20 PZA LIMA CUADRADA, FABRICADA ACERO AL ALTO CARBON, PUNTA AHUSADA CORTE DOBLE, BASTARDA, MEDIDA DEL CUERPO 1 CM x 1 CM, 15 CM DE LONGITUD MARTILLO DE UÑA 15 PZA MARTILLO DE UÑA DE CARPINTERO KG RASTRILLO JARDINERO 50 PZA RASTRILLO RECTO, TIPO JARDINERO, FABRICADO EN ACERO AL CARBON, MANGO DE MADERA, 22 DIENTES, 22" TAMAÑO DE HOJA, 48" LONGITUD DE MANGO. Página 33 de 117

34 LLANA ALBANIL 5 PZA LLANA DE ALBANIL FLOTA, MANGO DE MADERA, CON DIMENSIONES DE ANCHO 4", DE LARGO 9 1/2", DE FONDO 3/4" CINCEL CORTA FRIO 10 PZA CINCEL CORTA FRIO, DE ACERO CARBON, CORTE RECTO, HEXAGONALES, OCTAGONALES O REDONDOS, DE 1" DE CORTE X 1" DIAMETRO X 8" DE LONGITUD AZADON PARA JARDIN 50 PZA AZADON PARA JARDIN, MANGO DE MADERA TIPO RECTO, CABEZA DE ACERO FORJADO, 6" TAMAÑO DE HOJA, 60" DE LONGITUD DE MANGO PALA ESPADON 50 PZA PALA ESPADON CON MANGO DE MADERA, FABRICADA EN ACERO AL ALTO CARBONO, PUÑO EN Y CON ASAS METALICAS, MANGO CON ANILLO METALICO, ESPECIFICACION SAE-1035, CON DUREZA ENTRE 43 Y 47 RC, NORMA FEDERAL GGG-S-326D, DIMENSIONES DE HOJA ENTRE 5 1/4 ANCHO DE HOJA X 14 LARGO DE LA HOJA, LONGITUD DE MANGO PINZA DE PRESION 15 PZA PINZAS DE PRESION QUIJADA RECTA, ACERO ALEACION CROMADA, CON MECANISMO PARA AJUSTAR LA APERTURA, CIERRE Y DESBLOQUEO DE LA QUIJADA, DE ACUERDO CON LA NORMAS ASME B FEDERAL GGG-W- 649, PINZA DE PRESION AJUSTE DE QUIJADA 1 7/8" DE 3/8" DE ESPESOR, DE 10" LONGITUD PICO DOS PUNTAS 16 PZA PICO DOS PUNTA,TIPO FERROCARRILERO, FABRICADO ACERO FORJADO, MANGO DE MADERA, DUREZA 47 RC, 22" LONGITUD DE CABEZA, 5 LBS PESO CABEZA, 36" LONGITUD DE MANGO ARCO AJUSTABLE SEGUETAS 20 PZA ARCO METALICO AJUSTABLE P/SEGUETAS DE 8", 10 Y 12 Página 34 de 117

35 JUEGO LLAVES ALLEN 3 JGO JUEGO LLAVES ALLEN HEXAGONAL MILIMETRICA TIPO "L", MATERIAL EN ACERO ALEADO TRATADO TERMICAMENTE, ACABADO OXIDO NEGRO, ESTUCHE METALICO. MEDIDAS EN 0.07MM, 0.09MM, 1.3MM, 1.5MM, 2MM, 2.5MM, 3MM, 4MM, 5MM, 6MM, 8MM, 10MM, 12MM, 14MM, 17MM. COMPUESTO DE 15 PIEZAS CARRETILLA PARA CONSTRUCCION 20 PZA CARRETILLA PARA CONSTRUCCION SENCILLA, CONCHA MANUFACTURADA EN ACERO CALIBRE 20, SOPORTE DELANTERO DE ACERO CALIBRE 14, BASTIDOR TUBULAR DE ACERO DE 1", RUEDA NEUMATICA DE 4 CAPAS, ESPECIFICACION FEDERAL KKK-W-291E, CAPACIDAD DE PIES CUBICOS TORNILLO BANCO TIPO HORQUILLA 2 PZA TORNILLO DE BANCO, CUERPO FABRICADO EN ACERO, TIPO HORQUILLA CON MORDAZAS DENTADAS PARA SUJETAR LA TUBERIA, No.5, USO RUDO, QUIJADA DE 3 1/4" DE PROFUNDIDAD DE GARGANTA, ABERTURA DE 5" ESCALERA EXTENSION RECTA 5 PZA ESCALERA EXTENCION RECTA, FABRICADA EN FIBRA DE VIDRIO TIPO 1A, PELDAÑOS TIPO D DE ALUMINIO CON PROTECTORES DE POLIETILENO, TACONES AUTO ALINEABLES DE ALUMINIO, TRAMPA DE ALUMINIO ACTIVADA POR RESORTE QUE LA MANTIENE SIEMPRE EN POSICION, POLEA DE PLASTICO CON PROTECTORES DE ALUMINIO, FABRICADA CONFORME A REQUERIMIENTOS DE OSHA Y ESTANDARES ANSI , PESO 16.1 KG, MAXIMA CAPACIDAD EXTENDIDA 3.96 M, TRASLAPE 0.91 METROS, CAPACIDAD DE CARGA 300 LIBRAS/136 KG TALADRO ELECTRICO 5 PZA TALADRO PORTATIL ELECTRICO DE EMPUÑADURA PARA CORRIENTE DE 120 VOLTS, CAPIDAD DE MANDRIL 1/2", INTERRUPTOR DE VELOCIDAD VARIABLE REVERSIBLE TIPO GATILLO, VELOCIDAD SIN CARGA 850 RPM; 7.8 AMPERES, DOBLE TREN DE ENGRANAJE, ALAMBRE DE ALIMENTACION DE 8 PIES, COJINETES DE TALADRO DE BALERO Y RODILLO; INCLUYE LLAVE DE MANDRIL Y MANIJA LATERAL; LONGITUD DE TALADRO 11", PESO 4.2 LIBRAS Página 35 de 117

36 CAJA DE HERRAMIENTAS 18 PZA JUEGO DE HERRAMIENTA CON 2 GABINETES: 157 DADOS, 3 PUNTOS, 5 MATRACAS REVERSIBLES CABEZA PERA Y REDONDA ARTICULADA REVERSIBLE, 13 EXTENSIONES, 4 NUDOS UNIVERSALES, 3 MANGOS ARTICULADOS, 13 PUNZONES BOTADOR, 9 CINCELES, 113 LLAVES, 40 DESTORNILLADORES, 32 PINZAS, 1 CUCHILLO, 2 PRENSAS FORJADAS GARGANTA PROFUNDA, 10 EXTRACTORES, 8 BARRAS ALINEACION Y CORREDIZA, 3 MARTILLOS BOLA CABEZA PULIDA, 1 MAZO CABEZA HULE, 1 MARRO BRONCE MANGO FIBRA VIDRIO, 1 ARCO SEGUETA AJUSTABLE, 3 JUEGOS DE 13 LLAVES HEXAGONALES, 7 LLAVES TORX, 1 PORTAHERRAMIENTA DE LONA 26 BOLSAS, 1 FLEXOMETRO 10X30MM, 1 CAJA METALICA, 1 TIJERA, 2 BERBIQUIS, 4 ADAPTADORES HEMBRA/MACHO, INCLUYE 437 PZAS SEGUETA MANO METALES 300 PZA SEGUETA PARA ARCO DE MANO, EN ACERO DE ALTA VELOCIDAD, CON UNA DUREZA DE LA HOJA DE 58 A 64 ROCKWELL C Y UNA DUREZA DE LA PARTE ADYACENTE A LOS OJILLOS DE SUJECION DE 20 A 45 ROCKWELL C, FABRICADA BAJO NORMA MEXICANA NMX-O-083-VIGENTE, ESPESOR 0.6 MM, DE 1/2" DE ANCHO X 12" DE LARGO, DE 18 DIENTES POR PULGADA ESCUADRA PRECISION 20 PZA ESCUADRA DE PRECISION PARA CANTERO, FABRICADO EN ACERO INOXIDABLE, GRADUADO PROFUNDO DE PRESICION EN SISTEMA METRICO INGLES, ESPECIFICACION FEDERAL GGG- S-656C, DE 8" X 12" CINCEL CORTA FRIO 20 PZA CINCEL CORTA FRIO, DE ACERO AL CARBON, CON DOBLE TRATAMIENTO TERMICO, DUREZA DE 57 RC EN EL CORTE Y 50 RC EN LA CABEZA, CORTE RECTO, HEXAGONAL, ESPECIFICACION GGG-C-313C Y ANSI-B M, DE 5/8" DE CORTE X 1/2" DIAMETRO X 6 1/2" DE LONGITUD CINTA METRICA 10 PZA CINTA METRICA (FLEXOMETRO), DE ACERO AL CARBON, CAJA DE PLASTICO, CLIP Y SEGURO DE BOLSILLO, GRADUADA EN SISTEMA METRICO E INGLES, ESPECIFICACION NOM-046-SCFI-VIGENTE, DE 1/2" DE ANCHO X 5 METROS DE LONGITUD. Página 36 de 117

37 MACHETE 100 PZA MACHETE RECTO, DE ACERO ALTAMENTE RESISTENTE, ACABADO ESMERIDADO CON BARNIZ PARA PROTECCION, CON FILO, REMACHES DE LATON QUE MANTIENEN FIJA LA CACHA AL MACHETE, DE 26" LONGITUD LIMA MEDIA CANA 24 PZA LIMA MEDIA CANA DE S/E LADO PLANO BASTARDA DE 10" DE LONGITUD MARTILLO DE BOLA 24 PZA MARTILLO DE BOLA, ACERO AL ALTO CARBONO, MANGO DE NOGAL, 8 ONZAS, 12" DE LONGITUD LIMA PLANA 15 PZA LIMA PLANA BASTARDA, LIGERAMENTE AHUSADA, CORTE DOBLE EN LOS LADOS Y CORTE SENCILLO EN LOS CANTOS, ESPECIFICACION FEDERAL GGG-F-325, DE 12" DE LONGITUD POR 1 5/32" ANCHO POR 9/32" ESPESOR CINCEL CORTA FRIO 20 PZA CINCEL CORTA FRIO, DE ACERO AL CARBON, CON DOBLE TRATAMIENTO TERMICO, DUREZA DE 57 RC EN EL CORTE Y 50 RC EN LA CABEZA, CORTE RECTO, HEXAGONAL, ESPECIFICACION GGG-C-313C Y ANSI-B M, DE 1" DE CORTE X 7/8" DIAMETRO X 8" DE LONGITUD LIMA PLANA 10 PZA LIMA PLANA MUSA, LIGERAMENTE AHUSADA, CORTE DOBLE EN LOS LADOS Y CORTE SENCILLO EN LOS CANTOS, ESPECIFICACION FEDERAL GGG-F-325, DE 12" DE LONGITUD POR 1 5/32" ANCHO POR 9/32" ESPESOR ESCUADRA PRECISION 20 PZA ESCUADRA DE PRECISION PARA CANTERO, FABRICADO EN ACERO AL CARBON, ACABADO NEGRO, GRADUADO PROFUNDO DE PRESICION EN SISTEMA METRICO INGLES, ESPECIFICACION FEDERAL GGG- S-656C, DE 16" X 24". Página 37 de 117

38 LLAVE AJUSTABLE PERICO 24 PZA LLAVE AJUSTABLE PERICA, FORJADA EN ACERO CROMO VANADIO, CON DOBLE TRATAMIENTO TERMICO, CON CARAS PULIDAS, NORMA DEFERAL GGG-W-631, ASME B107.8M, DE 6 PULGADAS DE LONGITUD, APERTURA DE QUIJADA DE 15/16 PULGADAS PINZA DE PRESION 34 PZA PINZAS DE PRESION, DE QUIJADA CURVA CON CORTADOR DE ALAMBRE, ACERO ALEACION CROMADA, MORDAZA SENCILLA, NORMAS ASME B107 24, GGG-W-00649, DE 10" DE LONGITUD, ANCHO 5/8", AJUSTE DE QUIJADA 1 9/16" LLAVE AJUSTABLE PERICO 18 PZA LLAVE AJUSTABLE PERICA, FORJADA EN ACERO CROMO VANADIO, CON DOBLE TRATAMIENTO TERMICO, CON CARAS PULIDAS, NORMA DEFERAL GGG-W-631, ASME B107.8M, DE 10 PULGADAS DE LONGITUD, APERTURA DE QUIJADA DE 1 5/16 PULGADAS CINTA FLEXOMETRO 15 PZA CINTA METRICA METALICA, DE ACERO/NIQUEL, GRADUADA EN SISTEMA METRICO EN INGLES, CAJA DE ACERO CON FORRO DE IMITACION PIEL, ESPECIFICACION NOM-046- SCFI-VIGENTE, DE 3/8" DE ANCHO X 30 METROS DE LONGITUD CAVADOR AGUJEROS PARA POSTES 20 PZA CAVADOR DE AGUJEROS PARA POSTES, HOJAS DE ACERO AL CARBON TEMPLADO QUE CUMPLA CON LA ESPECIFICACION FEDERAL GGG-D-326-C, MANGO DE MADERA DURA DE HICKORY TRATADA Y LAQUEADA QUE CUMPLA CON LA NORMA NN-H-93A, MANGO DE 48" LONG. APROX. HOJAS SUJETAS AL MANGO DE MEDIDAS APROXIMADAS DE 6 1/2" DE ANCHO X 9" DE LARGO ESMERILADORA ANGULAR PORTATIL 5 PZA ESMERILADORA ANGULAR, PRESENTACION DOBLE AISLAMIENTO, CUERDA DE EJE TIPO DIN, MEDIDA DE DISCO DE 9" (230 MM), POTENCIA DE ENTREGA 2000 W, VELOCIDAD SIN CARGA 6600 RPM. Página 38 de 117

39 ESCALERA RECTA 8 PZA ESCALERA RECTA, FABRICADA EN FIBRA DE VIDRIO, DE 8 PELDAÑOS TIPO "D" DE ALUMINIO, TACONES AUTO ALINEABLES DE ALUMINIO (UNION DIRECTA AL RIEL), PARA TRABAJO INDUSTRIAL EXTRAPESADO TIPO 1A, DEBE CUMPLIR CON NORMA ANSI A14.5, ALTURA APROXIMADA 2.44 METROS, CAPACIDAD DE CARGA 300 LIBRAS/136 KG JUEGO HERRAMIENTAS (MANTTO) 18 JGO JUEGO INDUSTRIAL PARA MANTENIMIENTO GENERAL 210 PIEZAS QUE INCLUYE GABINETE MOVIL PARA ORGANIZACION Y ALMACENAMIENTO, 4 CAJAS METALICAS DE DIVERSAS MEDIDAS, 92 DADOS Y ACCESORIOS DE MANO, 41 LLAVES MECANICAS, I HERRAMIENTA DE TORQUE, 19 HERRAMIENTAS PARA TPORNILLO, 24 PINZAS, ALICATES DE CORTE Y TIJERAS, 14 HERRAMIENTAS DE GOLPE, 8 EXTRACTORES Y PRENSAS, 4 HERRAMIENTAS PARA TUBO, 2 HERRAMIENTAS VARIAS ESCALERA RECTA 8 PZA ESCALERA RECTA, FABRICADA EN FIBRA DE VIDRIO, DE 10 PELDAÑOS TIPO "D" DE ALUMINIO CON PROTECTORES DE POLIETILENO, TACONES AUTO ALINEABLES DE ALUMINIO (UNION DIRECTA AL RIEL), PARA TRABAJO INDUSTRIAL EXTRAPESADO TIPO 1A, DEBE CUMPLIR CON NORMA ANSI A14.5, ALTURA APROXIIMADA 3.05 METROS, CAPACIDAD DE CARGA 300 LIBRAS/136 KILOGRAMOS PALA CUADRADA MANGO MADERA 100 PZA PALA CUADRADA CON MANGO MADERA, FABRICADA EN ACERO AL CARBONO, PUÑO EN "Y DE POLIPROPILENO DE ALTO IMPACTO, MANGO CON ANILLO METALICO REFORZADO. ESPECIFICACION SAE 1070 CON TRATAMIENTO TERMICO CON DUREZA ENTRE 45 Y 47 RC. NORMA FEDERAL GGG-S-326D, DIMENSIONES DE HOJA ENTRE 9 1/2" ANCHO DE LA HOJA X 11 1/2" LARGO DE LA HOJA, LONGITUD DE MANGO 29 1/2" TIJERA HOJALATERO 6 PZA TIJERA PARA HOJALATERO, PARA CORTE CIRCULAR, ESPECIFICACION ANSI: B M, LONGITUD DE CORTE 2 3/4", POR 12 3/4" LONGITUD TOTAL TIJERA HOJALATERO 5 PZA TIJERA HOJALATERO DE S/E 14" LONGITUD Página 39 de 117

40 JUEGO LLAVE MIXTA 5 JGO JUEGO LLAVE MIXTAS COMBINADAS "ESTANDAR", FABRICADA EN ACERA ALEADO MOLIBDENO Y VANADIO, DE 12 PUNTAS DE 5/16", 3/8", 7/16", 1/2", 9/16", 5/8", 11/16",3/4", 13/16", 7/8", 15/16", 1", 1 1/16", 1 1/8", 1 1/4", CON ESTUCHE DE VINIL DE ACUERDO CON LAS NORMAS ASME ANSI B107.6, SAE AS954 Y FEDERAL GGG-W-636, COMPUESTO DE 15 PIEZAS TALADRO (PORTATIL) NEUMATICO 2 PZA TALADRO NEUMATICO TIPO INDUSTRIAL, REVERSIBLE, PARA TRABAJO PESADO, CAPACIDAD DE MANDRIL 1/2", CONEXION DE ENTRADA 1/2" NPT, LONGITUD TOTAL 8.7", PESO 1.8 KG, 800 RPM JUEGO DE SACABOCADOS 6 JGO JUEGO DE SACABOCADOS, ACERO AL CARBON, DISEÑADO PARA CORTAR POLIURETANO, HULE, CARTON, CUERO, PIEL Y MATERIAL DE JUNTAS. CUENTA CON MANGO PARA SUJETAR LOS SACABOCADOS, ESTUCHE PLASTICO PARA RESGUARDO. EL JUEGO CUENTA CON SACABOCADOS CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS: 1/8", 3/16", 1/4", 5/16", 3/8",7/16", 1/2", 9/16", 5/8", 3/4", 1", 1/16", 1 1/8", 1 3/16". CON 16 PIEZAS TORNILLO BANCO BASE GIRATORIA DE PZA TORNILLO DE BANCO CON BASE GIRATORIA DE 360, CORREDERA RECTANGULAR CON MORDAZAS AUXILIARES PARA TUBO, ESPECIFICACION FEDERAL GGG-V-415A, 6" ANCH O DE MORDAZAS, 6" DE ABERTURA CAJA DE HERRAMIENTA METALICA 15 PZA CAJA DE HERRAMIENTA METALICA, LAMINA DE ACERO CALIBRE 18, CONSTRUCCION DE DOBLE PARED, COMPUESTA POR 3 GAVETAS Y 1 COMPARTIMIENTO, ASA LATERAL TUBULAR, CON 4 RUEDAS DE 5" DE DIAMETRO EXTERIOR Y 2" DE ANCHO, 2 GAVETAS DE 22 5/16" DE ANCHO, 16 5/16" DE PROFUNDIDAD Y 3 1/8" DE ALTURA, 1 GAVETA DE 22 5/16" DE ANCHO, 16 5/16" DE PROFUNDIDAD Y 6 5/16" DE ALTURA, 1 COMPARTIMIENTO DE 26 3/16" DE ANCHO, 17 11/16" DE PROFUNDIDAD Y 10 5/8" DE ALTURA, CAPACIDAD DE ALMACENAJE: 9518" CUBICAS, DIMENSIONES: 26 1/2" LARGO X 18" ANCHO X 29 3/16" ALTO. Página 40 de 117

41 TERRAJA MATRACA 6 PZA TARRAJA MATRACA PARA TUBO NPT, CON 1 MANERAL, 1 CABEZA, 6 DADOS PARA DIAMETROS DE TUBOS 1/2", 3/4", 1", 1 1/4", 1 1/2", 1 3/4" Y 2", PESO 10.5 KG, COMPUESTO DE 10 PIEZAS MARRO 5 PZA MARRO ANTICHISPA, DOBLE CARA HEXAGONAL, DE COBRE-BERILIO, NORMA FEDERAL GGG-H-33A, CON MANGO DE MADERA ESTRIADO DE 36" DE LONGITUD, DE 18 LIBRAS ESCALERA TIJERA 12 PZA ESCALERA DE TIJERA DOBLE, FABRICADA EN FIBRA DE VIDRIO, DE 10 ESCALONES DE ALUMINIO EN AMBOS LADOS DE 7.6 CM DE MATERIAL DE ALUMINIO EXTRIADO ENSAMBLADOS AL FRENTE CON DOBLE REMACHE,PIES DE SEGURIDAD ANTIDERRAPANTE, PARA SERVICIO INDUSTRIAL EXTRA PESADO TIPO 1A, DEBE CUMPLIR CON NORMA ANSI A 14.5, ALTURA APROXIMADA 1.83 METROS, CAPACIDAD DE CARGA 300 LIBRAS/136 KG ESCALERA TIJERA 6 PZA ESCALERA DE TIJERA DOBLE, FABRICADA EN FIBRA DE VIDRIO, DE 14 ESCALONES DE ALUMINIO EN AMBOS LADOS DE 7.6 CM DE MATERIAL DE ALUMINIO EXTRIADO ENSAMBLADOS AL FRENTE CON DOBLE REMACHE,PIES DE SEGURIDAD ANTIDERRAPANTE, PARA SERVICIO INDUSTRIAL EXTRA PESADO TIPO 1A, DEBE CUMPLIR CON NORMA ANSI A 14.5, ALTURA APROXIMADA 2.43 MTS, CAPACIDAD DE CARGA 300 LBS/136 KG. Página 41 de 117

42 D O C U M E N T O 3 CARTA PODER SIMPLE, DONDE SE AUTORICE EXPRESAMENTE A ENTREGAR LOS DOCUMENTOS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. Lugar y fecha INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 (Nombre del representante legal), con R.F.C., en representación de (nombre de la persona física o moral) sociedad legalmente constituida, con R.F.C., con domicilio en, tel., correo electrónico, fax, en la ciudad de. Autorizo y otorgo el poder al C., para que en nombre y representación de mi representada, entregue el(los) sobre(s) que contienen los documentos de la(s) proposición (propuestas) en el acto de presentación y apertura de propuestas técnicas, asimismo para que intervenga en el mismo. Otorga el poder Recibe el poder Nombre completo y firma del Representante legal / común que firma la proposición C. Nota 1: Llenar exclusivamente los espacios con los datos correspondientes en papel membretado de la empresa Nota 2: Este formato aplica únicamente si los documentos no son entregados por el representante legal / común del licitante. Nota 3: En caso de consorcios (propuestas conjuntas), este formato debe ser firmado por el representante común. Página 42 de 117

43 D O C U M E N T O 4 INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 Yo, (nombre ), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposición de la presente licitación (y en su caso firma del contrato), a nombre y representación de: (nombre de la persona física o moral). Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.- Calle y Número: Colonia: Código Postal: Teléfono(s) (opcional): Correo electrónico (opcional): No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax (opcional): Fecha: Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: No. de la escritura pública en la que constan Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s ) Descripción del objeto social (para personas físicas: actividad comercial o profesional): Nombre y domicilio del apoderado o representante: Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número: Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Publico que la protocolizó: Fecha: Lugar y fecha Protesto lo necesario. (Firma autógrafa original). Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral. Página 43 de 117

44 D O C U M E N T O 5 DECLARACIÓN ESCRITA Y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 53, FRACCIÓN V DE LA LPM Y 12 DE LAS DAC. Lugar y fecha PETROLEOS MEXICANOS Ing. Roberto Pérez Valtier Departamento de Servicios Regionales Zona Norte P r e s e n t e INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 OBJETO DE LA INVITACION:. Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre del representante legal), manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que (denominación o razón social de la empresa), a quien represento, no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen los artículos 53 fracción V, 59 de la LPM y 12 de las DAC. Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo necesario. (Nombre y firma del representante legal). Nota: En caso de consorcios (propuestas conjuntas), este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del grupo que conforman el consorcio y firmado por su propio representante legal. Página 44 de 117

45 D O C U M E N T O 6 PROPUESTA TÉCNICA INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 Con este documento presento mi oferta técnica en el procedimiento mencionado, para la adquisición de los bienes relativos a: (1), la cual se integra de la siguiente manera: Solicitud de Pedido Número (2). Descripción Completa de los bienes y servicios Número de Posición Cantidad Unidad de Medida (Incluir las normas [oficiales mexicanas, mexicanas internacionales, o en su caso, las de referencia] con las que cumplen los Bienes y servicios que propone) e Indicar los accesorios que complementan el suministro de los bienes Marca y Modelo (cuando aplique) (3) (4) (5) (6) (7) Plazo de entrega: Lugar de entrega: Condiciones de entrega: Garantía: (Anotar período de Garantía (s) de los bienes en los cuales por prácticas comerciales otorguen los fabricantes) Asimismo anexo al presente como parte de mi propuesta, la documentación requerida en los numerales: (8). NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE: (9). NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: (10). FIRMA: (11). INSTRUCTIVO DE LLENADO NUMERO INSTRUCCION (1) Incluir el objeto de la invitación NOTA: EN CASO DE NO INCLUIR ESTE PÁRRAFO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO (2) Anotar número de solicitud de pedido (3) Anotar el numero de posición (4) Anotar la cantidad de bienes y servicios (5) Anotar la unidad de medida (6) Anotar la descripción completa de los bienes y servicios. (7) Anotar la marca y modelo de los bienes propuestos (8) Anotar los numerales que correspondan a los documentos indicados en el numeral 5.1 de la invitación (9) Anotar el nombre de la empresa licitante (10) Anotar el nombre del representante legal de la empresa licitante (11) Firma del representante legal Página 45 de 117

46 D O C U M E N T O 7 PROPUESTA ECONÓMICA INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 Con este documento presento mi oferta económica en el procedimiento mencionado, para la adquisición de los bienes relativos a (1), la cual se integra de la siguiente manera: Solicitud de Pedido Número (2). Número de Posición Cantidad Unidad de Medida Descripción genérica de los bienes Precio Unitario sin I.V.A. ($) Importe total de la posición ($) Sin IVA (3) (4) (5) (6) (7) (8) Indicar el tamaño de la empresa y sector según corresponda: Micro ( ) Pequeña ( ) Mediana ( ) Gran Empresa ( ) Sector: Monto total de la propuesta sin I.V.A. $ (indicar moneda) Tipo de Empresa: NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE: (9). NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: (10). FIRMA: (11). INSTRUCTIVO DE LLENADO NUMERO INSTRUCCIÓN (1) Incluir el objeto de la invitación NOTA: EN CASO DE NO INCLUIR ESTE PÁRRAFO, NO SERÁ MOTIVO DE DESECHAMIENTO (2) Anotar número de solicitud de pedido (3) Anotar número de posición (4) Anotar la cantidad de bienes. (5) Anotar la unidad de medida (6) Anotar la descripción genérica de los bienes (7) Anotar el precio unitario (8) Anotar el importe total de la posición (9) Anotar el nombre de la empresa licitante (10) Anotar el nombre del representante legal de la empresa licitante (11) Firma del representante legal Página 46 de 117

47 D O C U M E N T O 8 CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS. 1. Definiciones Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor a "PGPB" Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como: Combustibles y energía Herramientas, troqueles y moldes Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes Catalizadores y solventes, y Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente Material Fungible: el material que se consume con el primer uso Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como: El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras Página 47 de 117

48 (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a "PGPB" Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a "PGPB" Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso. 2. Cálculo del Grado de Integración Nacional 2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula: GIN B = ( 1 - ( VI B / VT B )) * 100 Donde: GIN B es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado VT B es el valor total del bien suministrado VI B es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo insumos y corresponde a la suma de: Página 48 de 117

49 a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien suministrado a "PGPB". Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros: i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del insumo hasta el punto de importación. ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales. b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a "PGPB". Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos insumos a la planta del Fabricante del Bien Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a cero La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100% nacionales Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta para efectos del cálculo del Grado de Integración Nacional. 3. Acreditación de Bienes Nacionales 3.1. Los Bienes Nacionales ofertados deberán ser de Fabricación Nacional y contar con un Grado de Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de este anexo) de cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%) Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6 de este anexo. Página 49 de 117

50 3.3. Los licitantes deberán acreditar su oferta de Bienes Nacionales en todas las posiciones, incluyendo en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que: Los bienes que ofertan en las posiciones respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el apartado Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o utilizando el Formato 1 del presente anexo Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes Nacionales establecido en el apartado 3.2, son los siguientes: Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video. Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones). Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos trasreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite. Subsector: Equipos de grabación. Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica. GIN 30% 35% 30% Página 50 de 117

51 GIN Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video. Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de 30% barrido y de señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio. Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, 30% alarmas, sirenas, timbres. Subsector: Manufacturas eléctricas. Conductores eléctricos de aluminio. 20% Subsector: Placas radiográficas. 40% Tractores agrícolas. 30% Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores 20% mayores a pulgadas. Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 20% 24 pulgadas Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el Registro de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos y en el segundo caso (vehículos de autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes, en el Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos: El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo; Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o programa, y Que el licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente. Página 51 de 117

52 4. Declaración del Grado de Integración Nacional 4.1. El proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el Formato 2 incluido en este anexo En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en el Formato 3 incluido en este anexo Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados 4.1 y 4.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las posiciones suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia de los formatos al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 4.1 y 4.2 de este anexo, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección. 5. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional 5.1. "PGPB" verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la declaración a la que se refiere el apartado 4.1, sea igual o mayor al Grado de Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 0.5% del valor de los bienes, para cada una de las posiciones suministradas. Página 52 de 117

53 Formato 1 Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del Documento 8. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados (2) PRESENTE. de de (1) Me refiero al procedimiento de (3) número (4) en el que mi representada, la empresa (5) participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en la(s) posición(s) (6) de mi propuesta, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el 65%. De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente (8) NUMERO Instrucciones para llenado del Formato 1 DESCRIPCION 1 Señalar la fecha de suscripción del documento 2 Anotar el nombre de "PGPB". 3 Indicar el Procedimiento de Contratación 4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación 5 Citar el nombre o razón social del licitante 6 Indicar los números de posiciones con oferta de bienes nacionales 7 Se deberá indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del anexo referido 8 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante Página 53 de 117

54 Formato 2 Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 4.1 del Documento 8. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. (2) PRESENTE. de de (1) Me refiero al contrato No. (3) que fue adjudicado a mi representada, la empresa (4). Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.1 del anexo referido, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla: Posición Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN (5) (6) (7) (8) De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente (9) Instructivo para llenado del Formato 2 NUMERO DESCRIPCION 1 Señalar la fecha de suscripción del documento 2 Anotar el nombre de "PGPB". 3 Indicar el número de Contrato 4 Citar el nombre o razón social del proveedor 5 Señalar el número de posición que corresponda 6 Indicar la descripción del bien suministrado 7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien 8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 de este documento 9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor Página 54 de 117

55 Formato 3 Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 4.2 del Documento 8. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. (2) PRESENTE. de de (1) Me refiero al contrato No. (3) que fue adjudicado a la empresa (4). Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.2 del anexo referido, el que suscribe (5) manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa (4) cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla: Posición Descripción del Bien GIN (6) (7) (8) De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente (9) Instructivo para el llenado del Formato 3 NUMERO DESCRIPCION 1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Anotar el nombre de "PGPB". 3 Indicar el número de Contrato 4 Citar el nombre o razón social del proveedor 5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien 6 Señalar el número de posición que corresponda 7 Indicar la descripción del bien suministrado 8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 de este documento. 9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien. Página 55 de 117

56 D O C U M E N T O 9 CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la Propuesta: DOCUMENTO No. CONCEPTO PUNTOS DEL DOCUMENTO 1 DE LAS BASES DONDE SE EXIGE DOCUMENTO QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFA- MENTE POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO ENTREGO SI NO Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. Escrito, bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las DAC. Propuesta Técnica (Descripción detallada del requerimiento, especificaciones técnicas y/o alcance. Anexos técnicos, folletos, fichas, catálogos, manuales y/o literatura técnica, que sustente la propuesta técnica Documento Documento Documento Propuesta económica Documento 7 8 Declaración del Grado de Integración Nacional de los Bienes, Formato 1 del documento Documento 8 (Formato 1) Manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de la micro, pequeñas y medianas empresas (opcional). Compromiso con la transparencia (opcional). Nota Informativa para incluir en las bases a la invitación del Gobierno Federal (opcional) Documento Documento Documento 16 Página 56 de 117

57 D O C U M E N T O 1 0 MODELO DE CONTRATO CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE CONTRATO ) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), REPRESENTADO POR, EN SU CARÁCTER DE, Y POR LA OTRA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PROVEEDOR, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADO POR, EN SU CARÁCTER DE, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: 1. [PEMEX / ORGANISMO SUBSIDIÁRIO] declara a través de su (representante/apoderado) que: A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS 1.1 Es una empresa productiva del Estado con régimen especial, de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, cuyo objeto consiste en llevar a cabo la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, venta y comercialización, y tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de dicho objeto, generando valor económico y rentabilidad, para lo cual cuenta con la capacidad para celebrar toda clase de actos jurídicos, entre otros, convenios, contratos, alianzas y asociaciones, con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, en términos de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de A) TRATÁNDOSE DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 1.1 Es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Transitorio Octavo, Apartado A, Fracción VIII de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto [EN ESTE ESPACIO, ESPECIFICAR EL OBJETO DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO CONFORME AL ARTÍCULO SEGUNDO DEL DECRETO QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER LA ESTRUCTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y EL CONTROL DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 21 DE MARZO DEL 2012, HASTA EN TANTO EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN EMITA EL ACUERDO RESPECTIVO DE CREACIÓN DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO OCTAVO, APARTADO A, FRACCIÓN VIII TRANSITORIO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 11 DE AGOSTO DE 2014], pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos conforme a lo establecido en el Artículo Quinto del mencionado Decreto. B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS: 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 46 fracción I, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de B) [CUANDO SE TRATE DE DIRECTORES CORPORATIVOS SEÑALAR: 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Apoderado de Petróleos Mexicanos, mediante el testimonio de la escritura pública No., de fecha, otorgada ante la fe del Notario Público de, Lic., mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMO SUBSIDIARIO: 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos de los Transitorios Cuarto y Octavo, apartado A fracción VIII, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en Página 57 de 117

58 Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014; Artículo Décimo Octavo fracciones I y XXII del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y Artículo 24 fracción V del Estatuto Orgánico de (Organismo Subsidiario) y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES CORPORATIVOS : 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de apoderado de (Subdirección Corporativa) en términos del Transitorio Cuarto de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014; Artículo 28 fracciones IV y V del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: 1.2 Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos de los Transitorios Cuarto y Octavo, apartado A, fracción VIII, de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y fracciones V y IX del Artículo 28 del Estatuto Orgánico de [CUANDO SE TRATE DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DEBERÁ SUSTITUIRSE EL ARTÍCULO 28 POR 27], Y CUANDO APLIQUE: y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES CORPORATIVOS : 1.2 Acredita su personalidad y facultades en términos del Transitorio Cuarto de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y de la fracción IV del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. CUANDO SE TRATE DE GERENTES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y SE ACTUALICE EL SUPUESTO PREVISTO EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 31 DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE CUALQUIERA DE LOS ORGANISMOS SUBSIDIARIOS: Acredita su personalidad y facultades en términos de los Transitorios Cuarto y Octavo, Apartado A fracción VIII de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014 y de las fracciones III y V del Artículo 31 del Estatuto Orgánico de, y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES: 1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas en la normatividad aplicable. 1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato. Página 58 de 117

59 1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2008, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2010; lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Transitorio Décimo de la Ley de Petróleos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Agosto de Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario). 1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien. 1.8 Durante la ejecución del objeto del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo. DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS. 2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que: 2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS. SE DEBERÁ SEÑALAR LOS DATOS DEL ACTA CONSTITUTIVA LA CUAL DEBERÁ ESTAR INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL CORRESPONDIENTE, ASÍ COMO TODAS LAS MODIFICACIONES QUE SE HAYAN REALIZADO EN RELACIÓN AL CAMBIO DE DENOMINACIÓN, MODIFICACIÓN DE OBJETO SOCIAL Y ÚLTIMA MODIFICACIÓN ACCIONARIA, LAS CUALES DEBERÁN CONTAR CON EL FOLIO MERCANTIL CORRESPONDIENTE POR CADA UNA DE LAS MODIFICACIONES, Y EN CASO DE EMPRESA DE RECIENTE CREACIÓN, EVIDENCIA DEL TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS., y (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No., de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Página 59 de 117

60 Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO: Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR). 2.5 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución del objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución del mismo. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (ii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iii) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato, y (iv) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Página 60 de 117

61 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa. 2.9 Ni él, ni sus empleados, subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral Los bienes materia del presente acuerdo de voluntades, serán entregados por personal especializado que se encuentra subordinado al PROVEEDOR o a sus subcontratistas Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de acuerdo en cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) Salvo declaración en contrario por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), ni él ni sus directores, funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos 10 (diez) años han: (a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o (b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s), en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como Página 61 de 117

62 líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato. 3. Declaración conjunta: Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula Compromiso contra la Corrupción. Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes: Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas. Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20. En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación. Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante. Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes: CLÁUSULAS CAPÍTULO 1 DEFINICIONES, OBJETO, PLAZO Y REMUNERACIÓN 1.- DEFINICIONES Para efectos de este contrato, las expresiones enunciadas a continuación tendrán el significado que aquí se les asigna: Área Administradora del Proyecto : (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato : (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) Área Jurídica : La unidad administrativa de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios que conforme a la normativa aplicable, es responsable de la función jurídica institucional y de brindar apoyo jurídico a Petróleos Página 62 de 117

63 Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en las etapas del procedimiento de contratación, revisión y sanción jurídica de los contratos y convenios, y durante la ejecución de los mismos. Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos o Leyes Federales Mexicanas : Significa todas las leyes, tratados (incluyendo, sin limitación, cualquier tratado para evitar la doble tributación), reglamentos, normas, decretos, reglas, circulares, decisiones, sentencias, interpretaciones y autorizaciones en vigor al momento de que se trate, emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental Mexicana, que sea competente en relación con el asunto en cuestión, o que sean emitidas por cualquier órgano o persona facultados legalmente. LA SIGUIENTE DEFINICIÓN SE INCLUIRÁN EN EL CASO DE QUE SE HAYAN PACTADO ANTICIPOS. Programa de Anticipo : Es aquel en el que se establezca la forma y los conceptos en que se aplicará el anticipo correspondiente, el cual deberá presentar el PROVEEDOR al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO. 2.- OBJETO DEL CONTRATO En virtud del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) conviene la adquisición de los bienes muebles (en adelante bienes ) consistentes en:, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos. EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN: Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el anexo que forma parte del mismo. 3.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El plazo de ejecución de este contrato es de (número) (letra) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de terminación). TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato y/o de acuerdo al programa que se incluye como anexo de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo correspondiente] TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE: El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones: El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción. Página 63 de 117

64 El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo. LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS: (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de órdenes de suministro (en este contrato ORDEN u ÓRDENES ), mismas que deberán contener la referencia a este contrato. La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato. Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). TRATÁNDOSE DE UN SÓLO PLAZO DE ENTREGA: El plazo de entrega de los bienes es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE ENTREGA: Los plazos de entrega de los bienes por (partida/posición) se establecen en el anexo de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el lugar o los lugares que se especifican en el anexo que forma parte integrante del presente contrato según aplique-), a la atención de, en días hábiles y en el siguiente horario:. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a cargo del PROVEEDOR. EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES Los bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales). CUANDO APLIQUE CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO. La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará obligado a:. Página 64 de 117

65 4.- REMUNERACIÓN EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC. 4.1 Monto El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $ ( 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS: El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato. CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será:. NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE: El presupuesto mínimo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a agotarlo. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el anexo de este contrato. La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.). 4.2 Facturación El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica. La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. El PROVEEDOR efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, ubicada en. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE LOS BIENES. Página 65 de 117

66 El PROVEEDOR deberá adjuntar a la(s) factura(s) que presente a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para su pago, un informe por escrito y bajo protesta de decir verdad, respecto del cumplimiento de sus obligaciones hacia sus subcontratistas por la adquisición de algún bien objeto del contrato. Esta obligación continuará durante toda la ejecución del contrato y concluirá con la manifestación que haga durante la celebración del finiquito del contrato, en términos de lo establecido en la cláusula de FINIQUITO del presente contrato. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 4.3 Condiciones y forma de pago (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio: VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior CUANDO APLIQUE En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla única), con antelación a la presentación de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más 4 (cuatro) puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Página 66 de 117

67 Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con (número ) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero, y presentar Nota de Crédito a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de descuento por pronto pago misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de 1 (un) mes, multiplicada por 1.5 (uno punto cinco), que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de Pronto Pago. PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS: Las obligaciones de pago denominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que el Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América. PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Los pagos se efectuarán en (moneda extranjera), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. (Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.14 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato. CUANDO APLIQUE: EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE PPI: Página 67 de 117

68 El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Pemex Procurement International, Inc. (PPI), antes Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de PPI, ubicadas en el Sam Houston Park Drive, Suite 100, Houston, Texas, U.S.A., CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS: Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el anexo de este contrato. En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). 4.5 Ajustes de precios EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO. La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente: El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula. En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado. Página 68 de 117

69 En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga. Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR: I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS; II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO. EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO. 4.6 Anticipo EN CASO QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE APARTADO: (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El anticipo será otorgado al PROVEEDOR en la fecha de firma del presente contrato, o a más tardar dentro de los días hábiles siguientes, previa entrega de la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica y de la garantía por el importe total del anticipo, en los términos de la cláusula denominada Garantías, así como de un programa en el que se establezca la forma y los conceptos en que se aplicará dicho anticipo, el cual deberá presentarlo al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y que formará parte integrante de este contrato como anexo. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, deberá requerir al PROVEEDOR la información conforme a la cual se acredite el cumplimiento del citado programa. El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura, garantía y Programa de Anticipo correspondiente, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes. El PROVEEDOR, deberá amortizar el anticipo otorgado en cada uno de los pagos que le haga (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), conforme al programa de ejecución convenido; dicha amortización deberá ser proporcional al porcentaje del anticipo otorgado, comprometiéndose a aplicarlo exclusivamente para los fines que le fue otorgado RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). CAPÍTULO 2 GARANTÍAS, RESPONSABILIDADES Y SEGUROS 5.- GARANTÍAS Página 69 de 117

70 PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el % (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el % (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el % (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de 1 (un) año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Página 70 de 117

71 F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito. 7. Cuantificación del importe reclamado. CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más 90 (noventa) días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el % (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el % (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el % (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros 10 (diez) días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de 1 (un) año, más 90 (noventa) días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más 90 (noventa) días naturales adicionales. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada. C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO: EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR. ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO. Página 71 de 117

72 GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO] El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en: CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación. Página 72 de 117

73 8. Copia del finiquito. 9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos. CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más 90 (noventa) días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a 6 (seis) meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. Página 73 de 117

74 En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 276 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación. 5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el % (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de 6 (seis) meses más 90 (noventa) días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR manifiesta expresamente: Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. Página 74 de 117

75 TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de ubicadas en en el horario de: en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. 6.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS. El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) repetirá en Página 75 de 117

76 contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor. El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental. Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones: a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada. b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones. c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables. d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal. e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente. f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR EN CONTRATOS ASOCIADOS A LA PERFORACIÓN DE POZOS: En los casos de incendio, explosión, reventón superficial o pérdida de control de cualquier pozo marino, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) coordinará las operaciones hasta que quede totalmente controlado el pozo, y el PROVEEDOR se obliga a auxiliar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en las operaciones de control, y proporcionará los equipos, materiales y servicios comprendidos en este contrato y que puedan ser requeridos para el control del pozo y, en su caso, para la perforación de un pozo o pozos de alivio. Los gastos y costos que se originen con motivo de lo anterior serán a cargo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR no será responsable de daño o pérdida a cualquier formación, estrato o reserva bajo la superficie terrestre, en el entendido de que con relación a sus responsabilidades y obligaciones contractuales, el PROVEEDOR se obliga a emplear las mejores prácticas internacionales disponibles, y las tecnologías más adecuadas, avanzadas y seguras. 7.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que Página 76 de 117

77 son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO: Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) ; o (ii). La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Suspensión. En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Terminación Anticipada. 8.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas. Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral. 9.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario. CAPÍTULO 3 MODIFICACIONES 10.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Página 77 de 117

78 EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES. Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. c. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato. II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de: a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada Suspensión, y b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. CAPÍTULO 4 DE LA CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL LA SIGUIENTE CLÁUSULA SE INCLUIRÁ CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO: 11.- CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL El PROVEEDOR podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica. El PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato, preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente en términos del artículo 54 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato. El PROVEEDOR se asegurará de no sufrir, directa o indirectamente, un cambio de control durante la vigencia del contrato, sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), queda entendido que aun cuando el cambio de control no pudiera ser evitado por el PROVEEDOR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá rescindir el contrato conforme a la cláusula denominada RESCISIÓN, si dicho cambio de control se da sin el consentimiento previo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Para efectos de lo anterior, control del Página 78 de 117

79 PROVEEDOR significa el poder para dirigir o cambiar, directa o indirectamente, la gestión o políticas de administración del PROVEEDOR, bien sea mediante la tenencia de acciones o de otros valores con derecho de voto o a través de cualquier otro medio. Para el caso de cesiones o transferencias de acciones, partes sociales o intereses entre empresas del mismo Grupo Corporativo del PROVEEDOR, así como de operaciones por ventas en mercado de valores, el PROVEEDOR deberá informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales contados a partir de que ocurra dicho evento, la forma y términos de tales cesiones CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO El PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica. Para el caso de la cesión total de los derechos de cobro, se deberá celebrar un contrato de cesión de derechos, entre el cedente (PROVEEDOR) y el cesionario, como un requisito de procedencia de la cesión de los derechos de cobro, con una cláusula suspensiva en la que se señale que no obstante que la cesión es por el 100% (cien por ciento) de los derechos de cobro, ésta solo se podrá hacer efectiva por las facturas derivadas de los bienes entregados y aceptados, es decir, que los derechos de cobro nacerán hasta que se hayan entregado y aceptado los bienes en los términos del anexo. El PROVEEDOR sólo podrá ceder parcialmente sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo. Para la cesión parcial de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. CAPÍTULO 5 PENALIZACIONES 12.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES: I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES; III. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO; IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL; V. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN. EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO. Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará penalizaciones por causas imputables al PROVEEDOR en los siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES. Página 79 de 117

80 I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por cada día/hora calendario de atraso y hasta. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE: Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de % por cada día/hora de atraso y hasta % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico). II. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A LA CLÁUSULA DE GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada Grado de Integración Nacional, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional real de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo (HACER REFERENCIA AL ANEXO CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación. LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo SSPA del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo SSPA, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo SSPA siguientes: GUÍA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de (indicar el límite de las penas). NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: - Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Página 80 de 117

81 Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. CAPÍTULO 6 OBLIGACIÓN SOLIDARIA, GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, CLÁUSULA FISCAL Y OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL De acuerdo a lo establecido en el anexo (HACER REFERENCIA AL ANEXO CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del anexo (HACER REFERENCIA AL ANEXO CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) verificará documentalmente durante la vigencia del contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional real del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penalizaciones del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades. EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. Página 81 de 117

82 CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR: Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES: Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. CAPÍTULO 7 BUENA FE Y EQUIDAD, Y COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN BUENA FE Y EQUIDAD Página 82 de 117

83 En el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; demás disposiciones legales mexicanas aplicables, así como en base a los principios de buena fe y equidad. Buena fe y equidad en este contexto incluye, sin limitar, el deber de cooperar, no disimular intencionalmente el error una vez conocido y cumplir el contrato en beneficio mutuo, aceptando que cada uno tiene el derecho de alcanzar sus objetivos y requiere de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR: a) Compartir información relevante con la otra parte, sujeta solamente a las obligaciones de confidencialidad; b) Cooperar y consultarse en la forma que sea necesario para alcanzar la entrega de la totalidad de los bienes; c) Advertir de potenciales consecuencias, incluidas las de costos de acciones propuestas; d) Evitar interferencias innecesarias en la actividad de la otra parte; y e) Responder los cuestionamientos de la otra parte de una manera oportuna, lo cual, si es posible, no impedirá la entrega de los bienes. Cada vez que se requiera de consulta entre (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en términos del contrato, significa que habrá un intercambio directo de opiniones antes de tomar las decisiones finales sobre la materia COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades. El PROVEEDOR deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se comprometen a cumplir con las disposiciones que en materia de anticorrupción aplique. En caso de que el PROVEEDOR o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo considerará como un incumplimiento sustancial al contrato y se procederá conforme a lo establecido en la cláusula denominada Rescisión del contrato. CAPÍTULO 8 RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y FINIQUITO 19.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Página 83 de 117

84 Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del contrato y la (partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados, por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo). El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO. Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación. Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas. El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato. Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y Página 84 de 117

85 reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA ACORDADO LA SUBCONTRATACIÓN DE ALGUNOS BIENES. Para la celebración del finiquito, el PROVEEDOR deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste expresamente que no tiene adeudo alguno con sus subcontratistas por la adquisición de alguno de los bienes objeto del presente contrato autorizados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Lo anterior, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la formalización del finiquito en los términos establecidos en esta cláusula, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, según se trate. El plazo mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula, podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes, hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. CAPÍTULO 9 DEVOLUCIÓN, REPOSICIÓN E INSPECCIÓN DE LOS BIENES 21.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada Garantías (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Página 85 de 117

86 La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS: El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el anexo ].Dicha inspección se llevará a cabo en:. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. CAPÍTULO 10 COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES, REPRESENTANTES DE LAS PARTES, IDIOMA Y TOTALIDAD DEL CONTRATO COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO): Las comunicaciones relacionadas con este contrato, deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato). Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones legales, técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR, conforme a lo establecido en la cláusula de REPRESENTANTES DE LAS PARTES del presente contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato REPRESENTANTES DE LAS PARTES (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine), dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). CUANDO APLIQUE Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. Página 86 de 117

87 En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del contrato. CAPÍTULO 11 SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN 27.- SUSPENSIÓN (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato. Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN. Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. EN CASOS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago de los gastos se limitará a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO. Página 87 de 117

88 Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada Terminación Anticipada TERMINACIÓN ANTICIPADA Atendiendo a las necesidades del proyecto, las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato. EN ESTE CASO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO, DEBERÁ ESTABLECER DE MANERA PRECISA LAS CAUSALES QUE DEN ORIGEN A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados y aceptados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los gastos generados por la Terminación Anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato. CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA.FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS. En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma, en los términos de la cláusula denominada " FINIQUITO". (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda RESCISIÓN DEL CONTRATO 29.1 Rescisión administrativa (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el presente contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos, o sin motivo justificado no acate la órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga, o pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; CUANDO PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES SE LE HAYA REQUERIDO AL PROVEEDOR OBTENER PERMISO O AUTORIZACIÓN GUBERNAMENTAL: Página 88 de 117

89 e) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; f) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma, así como las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, que impliquen un cambio de control, en este último supuesto, siempre que no se ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato; CUANDO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE HUBIERA ESTABLECIDO COMO REQUISITO TENER UNA DETERMINADA NACIONALIDAD. g) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; h) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada Grado de Integración Nacional ; i) Se ubique en los supuestos de la cláusula Compromiso contra la Corrupción ; j) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; k) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula Modificaciones al Contrato ; l) Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el anexo SSPA de este contrato, que se consideren en el mismo como causal de rescisión. ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, en caso de que el incumplimiento sea subsanable, (a excepción de los supuestos señalados en los incisos d), e) y f) antes señalados), sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en un plazo de ( ) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ( ) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Página 89 de 117

90 (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualice alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. CAPÍTULO 12 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 30.- MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS En caso de que durante la ejecución del objeto del presente contrato, surjan controversias de carácter técnico o administrativo, el PROVEEDOR podrá interponer reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, contrastará la versión final de las bases de licitación o los términos de referencia, el contrato y sus anexos, contra el o los documentos que hayan sido presentados por el PROVEEDOR para soportar su reclamo. El procedimiento para resolver el reclamo, se llevará a cabo de la siguiente manera: Página 90 de 117

91 El PROVEEDOR deberá presentar su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, indicando los temas en controversia, en un plazo de (número y letra) días naturales, contados a partir de que surja la controversia. La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de un reclamo de carácter técnico o administrativo sujeto a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación con la que se pretenda demostrar el reclamo; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la controversia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, verificará que el reclamo haya sido presentado en tiempo y forma; en caso contrario lo desechará. Si el reclamo no es desechado, el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en controversia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, para iniciar las aclaraciones. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, tendrá un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, no es aceptada por el PROVEEDOR, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos. En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR. Página 91 de 117

92 En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la aplicación de las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor, así como a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro aun tratándose de jurisdicción federal, o por cualquier causa. CAPÍTULO 13 CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL 33.- CONFIDENCIALIDAD LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL: El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, Página 92 de 117

93 así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados. EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ SER EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. Si con motivo de la ejecución este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o intelectual relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en beneficio mutuo de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y el PROVEEDOR en relación con el asunto. No obstante lo anterior, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva el derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de marca comercial o la apropiación indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro derecho exclusivo. Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación. Bajo los términos de la Licencia descritos en el anexo, el PROVEEDOR otorga a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) los derechos que se establecen en dicha Licencia. Página 93 de 117

94 En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR SUBCONTRATACIÓN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO: El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente: EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR: En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el anexo.nota: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR. En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega. No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. Página 94 de 117

95 El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR) CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en la declaración /el anexo del presente contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes FUENTES DE FINANCIAMIENTO ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*. * EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula. La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) ( Módulo(s) de Financiamiento ) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que le fue entregado previo a la firma de Página 95 de 117

96 este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: ( Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable ( Módulo de Financiamiento ): a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o b) emitirá el Comprobante de Seguimiento de Documentación, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en:. El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE. Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato. El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula RETENCIONES Página 96 de 117

97 ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato. CAPÍTULO 14 OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL 42.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo SSPA de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. CAPÍTULO 15.- ANEXOS 43.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo.- Especificaciones y Condiciones de los Bienes. Anexo.- Texto de la(s) garantía(s). Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. (CUANDO APLIQUE) Anexo.- Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. (CUANDO APLIQUE) Anexo Propuesta Técnica Económica. Anexo.- Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de, el día de de. POR PGPB POR EL PROVEEDOR (Nombre del Servidor Público de PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) APODERADO (Nombre del Representante del PROVEEDOR) APODERADO Página 97 de 117

98 D O C U M E N T O 1 1 FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL INVITACIÓN RESTRINGIDA No. DSR906IR15049 (2). PETROLEOS MEXICANOS Ing. Roberto Pérez Valtier Departamento de Servicios Regionales Zona Norte. P R E S E N T E de de (1) Me refiero al procedimiento (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa, (5) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los Lineamientos para fomentar la participación de la micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, declaro bajo protesta de decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6), cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10) atendiendo a lo siguiente: Tamaño (10) Sector (6) Rango de número de trabajadores (7) + (8) Estratificación Rango de monto de ventas anuales (mdp) (9) Tope máximo combinado* Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6 Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 Industria y Servicio Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $ Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $ Mediana Servicio Desde 51 hasta 100 Hasta $ Industria Desde 51 hasta 250 Hasta $250 Desde $ *Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) (7) (8) El numero de trabajadores será el qie resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8) (10) El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente formula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Maximo Combinado de su categoría. Asimismo, manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: (11) ; del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): (12. (13) ATENTAMENTE INSTRUCTIVO NUMERO DESCRIPCION 1 Señalar la fecha de suscripción del documento 2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante 3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa 4 Indicar el numero respectivo del procedimiento 5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa 6 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicio) 7 Anotar el numero de trabajadores de planta inscritos en el IMSS 8 En su caso, anotar el numero de personas subcontratadas 9 Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp); conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última dec anual de impuestos federales 10 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación 11 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante 12 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, Indicar el Registro Fe Contribuyentes del (los) fabricante (s) de los bienes que integran la oferta. 13 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante Página 98 de 117

99 D O C U M E N T O 1 2 TEXTO 1. ADQUISICIONES Y SERVICIOS PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.. DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZA. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) CON DOMICILIO EN PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) CON DOMICILIO EN. EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO DE FECHA Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. Página 99 de 117

100 LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION. E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA Página 100 de 117

101 CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO. Página 101 de 117

102 D O C U M E N T O A TEXTO 2. ADQUISICIONES Y SERVICIOS PARA RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. DOMICILIO DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZA. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) CON DOMICILIO EN Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) CON DOMICILIO EN. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO. EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. Página 102 de 117

103 EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 289 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 283 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA Página 103 de 117

104 OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO. Página 104 de 117

105 D O C U M E N T O 1 3 CADENAS PRODUCTIVAS En este apartado se presenta la información de cadenas productivas proporcionada por Nacional Financiera, la cual se compone de: Documento denominado CADENAS PRODUCTIVAS. Carta dirigida a los proveedores de Petróleos Mexicanos. Documento denominado Programa de Cadenas Productivas del Gobierno Federal. Documento denominado Lista de documentos para la Integración del Expediente de Aplicación al Programa de Cadenas Productivas. Formato en el que NAFIN solicita la Información Requerida para Afiliación a la Cadena Productiva. CADENAS PRODUCTIVAS Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas ni tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza de una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en Internet. A través de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos. Cadenas Productivas ofrece: Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center y NAFINSA ( Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita Recibir información Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal Características descuento ó factoraje electrónico: Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento) Descuento aplicable a tasas preferenciales Página 105 de 117

106 Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales Cantar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo el intermediario financiero de su preferencia DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono ó al NAFINSA ( ) de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección: Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur #1971 Col. Guadalupe Inn 01020, México, D.F. Página 106 de 117

107 México D.F. a de de 2015 Proveedores de Petróleos Mexicanos P r e s e n t e Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha permitido ofrecer servicios empaquetados, como lo es el Programa de Cadenas Productivas. Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia a los pagos, así como apoyar a que los proveedores consigan los siguientes beneficios: Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia). Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas. Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo. Tasa de interés competitiva. Sin garantías. Mejor administración de sus flujos de efectivo. Creación de historial crediticio. Capacitación y Asistencia Técnica sin costo. Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso de la operación. La documentación necesaria para el alta en el programa es: Convenio Pyme (Emite Nafin) Convenio IF (Emite Nafin) Copia de la identificación Oficial del Representante Legal Copia del RFC Copia del Alta de Hacienda R-1 ó R 2 con la dirección fiscal actual Copia del Comprobante de Domicilio (con no más de 3 meses de vigencia) Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositarán los recursos con no más de 3 meses de vigencia) Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) Incluir todas las reformas a la sociedad Copia simple del Acta de poderes de dominio Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s) Con el sello de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados. En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina (rolivares@nafin.gob.mx) al teléfono ATENTAMENTE Página 107 de 117

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