TOMO Nº 407 SAN SALVADOR, VIERNES 17 DE ABRIL DE 2015 NUMERO 68 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE EL San SALVADOR Salvador, EN LA 17 AMERICA de Abril de CENTRAL DIARIO OFI CIAL DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 407 SAN SALVADOR, VIERNES 17 DE ABRIL DE 2015 NUMERO 68 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGA EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuerdos Nos. 109, 170, 171 y Se conceden gastos por el desempeño de misión oficial.... Acuerdos Nos. 164, 173, 174 y Se encargan Despachos Ministeriales a funcionarios públicos.... MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Decreto No Se confiere la Orden Nacional José Matías Delgado, en el grado de Gran Cruz, Placa de Plata, al Distinguido Señor Roberto Valent, Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y Coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas en El Salvador.... MINISTERIO DE GOBERNACIÓN S U M A R I O Pág MINISTERIO DE ECOMÍA RAMO DE ECOMÍA Acuerdo No Se concede el goce de las exenciones del pago de los impuestos sobre la renta y municipal, a la sociedad CS Trading, Sociedad Anónima de Capital Variable.... Acuerdo No Se autoriza a la sociedad Zeta Gas de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que construya una estación de servicio de Gas Licuado de Petróleo para automotores que se denominará ZETA GAS AUTO APOPA, ubicada en el municipio de Apopa.... Acuerdo No Se modifica el Acuerdo Ejecutivo No. 209, de fecha diez de febrero de dos mil quince, a favor de la sociedad Actividades Petroleras de El Salvador, Sociedad Anónima de Capital Variable.... MINISTERIOS DE ECOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA Pág RAMO DE GOBERNACIÓN RAMOS DE ECOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA Estatutos de la Asociación Cultural para el Desarrollo y el Rescate de la Memoria Histórica y Acuerdo Ejecutivo No. 332, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica Acuerdo No Se pone a disposición de los industriales, un contingente de desabastecimiento para la fracción arancelaria maíz amarillo Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Pág. Pág. MINISTERIO DE EDUCACIÓN ALCALDÍAS MUNICIPALES RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos , y Reconocimiento de estudios académicos Decretos Nos. 4 y 16.- Ordenanzas del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón y Municipal de Ordenamiento Territorial de la ciudad de San Salvador MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No Se autoriza al señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, para que otorgue condecoración, a personal de la Fuerza Armada.... Acuerdo No Se deja sin efecto la Asimilación al Grado de Teniente Coronel, conferida al Doctor Harold Iván Córdova Carbajal, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 21, de fecha 15 de febrero de Acuerdos Nos. 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 50.-Transferencias dentro del Escalafón General de Oficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas.... ORGA JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 203-D, 637-D, 1570-D, 55-D y 177-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas.... Acuerdos Nos. 112-D y 119-D.- Autorizaciones para ejercer las funciones de notario Decretos Nos. 6 y 19.- Reformas a los Presupuestos Municipales de San Miguel y de la ciudad de San Salvador.... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia Aceptación de Herencia Título Supletorio... DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia... Título Supletorio... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia INSTITUCIONES AUTÓMAS Aceptación de Herencia CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA Herencia Yacente Decreto No. 6.- Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos Título Supletorio

3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Pág. 3 Pág. Título de Dominio Reposición de Certificados Marca de Fábrica Título Municipal Nombre Comercial Marca de Servicios Señal de Publicidad Comercial... Convocatorias Subasta Pública... Reposición de Certificados Administrador de Condominio Patente de Invención... Edicto de Emplazamiento Marca de Servicios Marca de Producto DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia Título de Propiedad Título Supletorio Marca de Fábrica Nombre Comercial Marca de Producto DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia Título de Propiedad Título de Dominio... Convocatorias Reposición de Certificados... Disminución de Capital... Balance de Liquidación... Aviso de Cobro Marca de Servicios... Marca de Producto SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Estatutos del Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores Municipales de Ciudad Arce y Resolución No. 9, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica Convocatorias DIRECCIÓN GENERAL DE CORREOS DE EL SALVADOR Subasta Pública Listados de piezas de correspondencia caídas en rezago

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ORGA EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Vista la autorización contenida en nota fechada el 24 del presente mes y año, por medio de la cual se le concede misión oficial al Licenciado Franklin Orlando Martínez Marroquín, Director Ejecutivo de la Vicepresidencia de la República, Licenciado Oscar Samuel Ortiz Ascencio, Vicepresidente de la República, señorita Leslie Alexandra Crespín Villatoro, Encargada de Agenda, Doctora Karen Antonia López Jiménez, Médico, para que viajen a la ciudad de Tela, Atlántida, República de Honduras, los días 25 y 26 de febrero del corriente año, a fin de asistir a Reunión de Trabajo para tratar el tema del Plan de la Alianza para la Prosperidad, ACUERDA: conceder al Licenciado Martínez Marroquín, viáticos por $300.00, gastos de viaje $ y gastos terminales $45.00; al Licenciado Ortiz Ascencio, viáticos por $460.00, gastos de viaje $ y gastos terminales $45.00; a la señorita Crespín Villatoro, viáticos por $300.00, gastos de viaje $ y gastos terminales $45.00 y a la Doctora López Jiménez, viáticos por $240.00, gastos de viaje $ y gastos terminales $45.00, de conformidad al Reglamento General de Viáticos, gastos que les serán cubiertos por la Presidencia de la República, Unidad Presupuestaria 01 Dirección y Administración Institucional; Línea de Trabajo 02 Administración General; Cifras Presupuestarias: , del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de febrero de dos mil quince. ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. ANA DAYSI VILLALOBOS MEMBREÑO, VICEMINISTRA DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL, ENCARGADA DEL DESPACHO. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Vista la autorización contenida en nota No. MO-10-SEC-2015-SIS-2, fechada el 24 del presente mes y año, por medio de la cual se le concede misión oficial a la Doctora Vanda G. Pignato, Secretaria de Inclusión Social y Licenciada Karen Meylin Álvarez de Benítez, Directora de Comunicaciones de la Secretaría de Inclusión Social, para que viajen a Santo Domingo, República Dominicana, del 25 al 27 de marzo del corriente año, a fin de asistir al Foro Internacional: "Mujer y Desarrollo", a realizarse los días 25 y 26 del mencionado mes, ACUERDA: conceder a la Doctora Pignato, viáticos por $ y gastos de viaje por $285.00, los cuales serán cargados a la Unidad Presupuestaria 04 Secretaría de Inclusión Social, Línea de Trabajo: 01 Dirección Superior y Apoyo Institucional, Cifras Presupuestarias: Fondo General; y a la Licenciada Álvarez de Benítez, se le concederán pasajes por un monto de $1,176.52, viáticos por $ y gastos de viaje por $225.00, los cuales serán cargados a la Unidad Presupuestaria 04-Secretaría de Inclusión Social, Línea de Trabajo: 01-Dirección Superior y Apoyo Institucional y 02-Implementación de Políticas de Inclusión Social, Cifras Presupuestarias: y Fondo General del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

5 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Vista la autorización contenida en nota No. MO-11-SEC-2015-SIS-3, fechada el 24 del presente mes y año, por medio de la cual se le concede misión oficial al Licenciado Juan Ramón Romero Zelaya, Asistente de Protocolo, para que viaje a Santo Domingo, República Dominicana, del 24 al 27 de marzo del corriente año, a fin de acompañar a la Doctora Vanda G. Pignato, Secretaria de Inclusión Social, al Foro Internacional: "Mujer y Desarrollo", a realizarse los días 25 y 26 del mencionado mes, ACUERDA: conceder al Licenciado Romero Zelaya, boleto aéreo por un monto de $1,045.07, viáticos por $480.00, gastos de viaje por $ y gastos terminales por $45.00 de conformidad con el Reglamento de Viáticos, gastos que serán cargados a la Unidad Presupuestaria 01-Dirección y Administración Institucional; Línea de Trabajo: 02-Administración General; Cifras Presupuestarias: y del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL. ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. Vista la autorización contenida en nota No. MO-16-SEC-2015-SIS-4, fechada el 25 de marzo del presente año, por medio de la cual se le concede misión oficial a la Licenciada Matilde Guadalupe Hernández de Espinoza, Subsecretaria de Inclusión Social, para que viaje a Bogotá, Colombia, del 3 al 9 de mayo del corriente año, a fin de asistir al Primer Encuentro de la Escuela Internacional de Reparaciones, a realizarse del 4 al 8 del mencionado mes, ACUERDA: conceder a la Licenciada Hernández de Espinoza, gastos de viaje por $450.00, de conformidad con el Reglamento de Viáticos, gastos que serán cargados a la Unidad Presupuestaria: 04-Secretaría de Inclusión Social; Línea de Trabajo: 01- Dirección Superior y Apoyo Institucional; Cifras Presupuestarias: Fondo General del Presupuesto General vigente. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día ocho del mes de abril de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. En uso de sus atribuciones, ACUERDA: Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores, con carácter ad-honórem, del 25 al 27 de marzo del presente año, al señor Viceministro de Relaciones Exteriores, Integración y Promoción Económica, Licenciado Carlos Alfredo Castaneda Magaña, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 25 de marzo, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional del señor Ministro, Ingeniero Hugo Roger Martínez Bonilla y tratándose del día 27 del mismo mes, el Encargo será efectivo hasta el arribo al país del mencionado titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo, licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL. ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. En uso de sus atribuciones, ACUERDA: Encargar el Despacho de Trabajo y Previsión Social, con carácter ad-honórem, durante el período comprendido del 13 al 17 de mayo del presente año, al señor Viceministro del Ramo, Licenciado Óscar Armando Morales, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 13 de mayo, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional de la señora Ministra, Licenciada Sandra Edibel Guevara Pérez y tratándose del día 17 del mismo mes, el Encargo será efectivo hasta el arribo al país de la mencionada titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

7 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. En uso de sus atribuciones, ACUERDA: Encargar el Despacho de Salud, con carácter ad-honórem, durante el período comprendido del 19 al 25 de abril del presente año, al señor Viceministro de Servicios de Salud, Doctor Julio Óscar Robles Ticas, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 19 de abril, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional de la señora Ministra, Doctora Elvia Violeta Menjívar Escalante y tratándose del día 25 del mismo mes y año, el Encargo será efectivo hasta el arribo al país de la mencionada titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL. ACUERDO No SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. En uso de sus atribuciones, ACUERDA: Encargar el Despacho de Trabajo y Previsión Social, con carácter ad-honórem, durante el período comprendido del 15 al 18 de abril del presente año, al señor Viceministro del Ramo, Licenciado Óscar Armando Morales, conforme al detalle siguiente: En el caso del día 15 de abril, dicho Encargo es efectivo a partir del momento de la salida del territorio nacional de la señora Ministra, Licenciada Sandra Edibel Guevara Pérez y tratándose del día 18 del mismo mes, el Encargo será efectivo hasta el arribo al país de la mencionada titular, a quien se le ha encomendado el desempeño de una misión oficial en el exterior, concediéndosele por tal motivo licencia con goce de sueldo durante el período antes mencionado. DADO EN CASA PRESIDENCIAL, en la ciudad de San Salvador, el día veinticinco del mes de marzo de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. RAMÓN ARÍSTIDES VALENCIA ARANA, MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL.

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DECRETO No. 49. El Presidente Constitucional de El Salvador y Jefe Supremo de la Orden Nacional "José Matías Delgado" CONSIDERANDO: I. Que en virtud del Decreto Legislativo No. 85, de fecha 14 de agosto de 1946, publicado en el Diario Oficial No. 190, Tomo No. 141, del 29 de ese mismo mes y año, la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador creó la Orden Nacional "José Matías Delgado"; II. III. IV. Que el objetivo de la mencionada Orden es el de estimular los merecimientos de los ciudadanos salvadoreños y extranjeros que se distinguen por eminentes servicios prestados a la República, por virtudes cívicas extraordinarias o de carácter humanitario, científico, literario o artístico que en el Grado que, a juicio del Consejo de la Orden, corresponda a cada caso; Que el Distinguido señor Roberto Valent, Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y Coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas en El Salvador, durante su gestión, se ha caracterizado por las muestras de su invaluable liderazgo, apertura y voluntad para acompañar los objetivos del Gobierno de El Salvador en el impulso a diversas iniciativas políticas y de desarrollo, destacándose entre ellas las más importantes, a saber: la coordinación del marco de asistencia de las Naciones Unidas en El Salvador (UNDAF), como un aporte al desarrollo nacional; el liderazgo y respaldo al trabajo desarrollado por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia; el impulso a la elaboración de las consultas nacionales para la construcción de la nueva Agenda Post 2015; el apoyo a la construcción del Plan Quinquenal de Desarrollo y el ser aliado en el proceso de implementación de la eficacia de la cooperación en El Salvador; y, Que el Consejo de la Orden ha recomendado por unanimidad se confiera al: Distinguido Señor Roberto Valent La Orden Nacional "José Matías Delgado" En el Grado Gran Cruz, Placa de Plata POR TANTO, en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo establecido en los artículos 2 y 3, del Decreto de creación de la Orden Nacional "José Matías Delgado", 4, 9 y 17 del Reglamento de la Orden Nacional "José Matías Delgado". DECRETA: Conferir la Orden Nacional "José Matías Delgado", en el grado de Gran Cruz, Placa de Plata, al Distinguido señor Roberto Valent, Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y Coordinador Residente del Sistema de Naciones Unidas en El Salvador y ordena se le guarden las consideraciones a que se hace acreedor, en razón de los méritos que lo distinguen. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, el día trece del mes de abril de dos mil quince. SALVADOR SÁNCHEZ CERÉN, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. HUGO ROGER MARTÍNEZ BONILLA, MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.

9 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de NÚMERO DIEZ.- En la ciudad de Meanguera, Departamento de Morazán, a las doce horas del día treinta del mes de agosto del año dos mil trece.- Ante mí EMILIO MENDOZA, Notario del domicilio de la ciudad de San Salvador comparecen los señores MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ, quien es de cuarenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio de Meanguera, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos cero seis ocho ocho dos ocho - cuatro, MARVIN AGAPITO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, quien es de sesenta y tres años de edad, Agricultor, del domicilio de Meanguera, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno siete uno cuatro tres ocho siete - siete FELICITA HERNÁNDEZ GARCÍA, de cincuenta años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Jocoaitique, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno uno tres dos tres cero nueve - siete, FIDELINA GARCÍA REYES, quien es de setenta y cuatro años de edad, Profesora, del domicilio de Meanguera, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno cinco cero nueve seis cinco ocho - siete, SANTOS YOLANDA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Meanguera, persona a quien en este acto conozco y por ello la identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero uno cuatro dos uno cero uno - tres, TITO LUCAS LOPEZ, quien es sesenta y siete años de edad, Jornalero, del domicilio de Meanguera, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos dos cuatro ocho tres cero cero cuatro; VICENTE HERNÁNDEZ, quien es de cincuenta y nueve años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Torola, persona a quien en este acto conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero nueve nueve cuatro cero dos dos - tres, É ARMANDO GARCÍA HERNÁNDEZ, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, Jornalero, del domicilio de la Ciudad de Torola, persona a quien en este acto conozco y por ello lo identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos cero cinco seis cero cuatro seis - cero, CEFERI HERNÁNDEZ SANTIA- GO, quien es de cuarenta y ocho años de edad, Jornalero, del domicilio de Torola, a quien en este acto conozco y por ello lo identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno cero nueve cinco cinco tres uno - dos, MARTA LIDIA HERNÁNDEZ, quien es de cincuenta y tres años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Meanguera, a quien en este acto conozco y por ello la identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno tres cinco cero cuatro uno cero - dos, y me DICEN: Que por medio de este instrumento convienen en constituir una Asociación, conforme al artículo doce de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, que se denominará ASOCIACIÓN CULTURAL PARA EL DESARRO- LLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA y se regirán MINISTERIO DE GOBERNACIÓN RAMO DE GOBERNACION por las estatutos siguientes: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CULTURAL PARA EL DESARROLLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA; CAPÍTULO I, NATURALEZA, DEMI- NACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo Uno. Créase en el Municipio de Meanguera, departamento de Morazán, la ASOCIACIÓN CULTURAL PARA EL DESARROLLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA, como una entidad apolítica no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará la Asociación. Artículo Dos. El domicilio de la Asociación será el Municipio de Meanguera, Departamento de Morazán, pudiendo establecer filiales dentro y fuera del territorio de la República de El Salvador. Artículo Tres. La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPÍTULO II. FINES. Artículo Cuatro. Los fines de la Asociación son: a) Retomar la unidad de familiares de ex combatientes y víctimas de la lucha revolucionaria a través de la organización, recuperación y promoción de la memoria histórica, para la creación de espacios que mantengan vivo el aporte histórico en el proceso de la construcción de la paz, b) Honrar la memoria de las víctimas del pasado conflicto armado originarias del cantón Progreso, municipio de Torola y sus alrededores. c) Rescatar nuestra identidad cultural para transmitirla a las nuevas generaciones, d) Impulsar y promover la unidad de las familias sobrevivientes procurando ejecutar proyectos y programas tendientes a mejorar su calidad de vida, e) Trabajar por el desarrollar integral y sostenible del municipio de Torola, departamento de Morazán, a través del fortalecimiento de la organización, f) Trabajar por conservar y preservar el entorno medio ambiental del cantón El Progreso jurisdicción de Torola y sus alrededores; g) Gestionar recursos para el cumplimiento de los objetivos anteriormente descritos. CAPÍTULO III. DEL PATRIMONIO. Artículo Cinco. El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros Activos y Fundadores. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPÍ- TULO IV. DEL GOBIER DE LA ASOCIACIÓN. Artículo Seis. El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General y b) la Junta Directiva. CAPÍTULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo Siete. La Asamblea General debidamente convocada es la autoridad máxima y estará integrada por la totalidad de los miembros activos y fundadores. Artículo Ocho. La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo en primera convocatoria, y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo Nueve. Toda miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otra miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto de su representado. Artículo Diez. Las atribuciones de la Asamblea General serán: a) Elegir, sustituir o destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva, b) Aprobar, reformar o derogar los presentes Estatutos y el Reglamento Interno de La Asociación; c) Aprobar o reprobar y/o modificar los planes, programas o Presupuestos Anuales de La Asociación, d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores que de sus actividades le rendirá la Junta Directiva, e) Fijar las cuotas o pagos mensuales y contribuciones eventuales de los miembros, f) Decidir sobre la Compra, Venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles pertenecientes a La Asociación, g) Otorgar la calidad de miembros honorarios, h) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación que no estén contemplados en los presentes estatutos. CAPÍTULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo Once. La Dirección y Administración de La Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, una Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero, y cuatro Vocales. Artículo Doce. Los pudiendo ser reelectos para un periodo consecutivo. La Junta Directiva vigente mantendrá sus facultades hasta que la nueva Junta Directiva sea inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro. Artículo Trece. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo Catorce. El Quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar, será seis de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la programas, proyectos y presupuesto de La Asociación e informar a la Asamblea General, e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva, f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General, h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. I) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículo Dieciséis. Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesionen ordinarias y extraordinarias de Asamblea General, b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación, c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva, d) Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tengan que realizar la Asociación, f) Presentar la Memoria de labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la Asamblea General o la Junta Directiva. Artículo Diecisiete. Son atribuciones del Vicepresidente: a) Colaborar directamente con el presidente de la Junta Directiva, b) Sustituir al presidenta de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento de parte de éste. Artículo Dieciocho. Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva, b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación, c) Extender todas las certificaciones y constancias que fueran solicitadas a la Asociación, d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones, e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación. Artículo Diecinueve. Son atribuciones del Prosecretario: a) Colaborar directamente con la Secretaria de la Junta Directiva, b) Sustituir al Secretario de la Asociación en caso de ausencia o impedimento. Artículo Veinte. Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione, b) Llevar o tener el control directo de los libros de la contabilidad de la Asociación, c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones miembros de la Junta Directiva serán electas por un período de tres años que tenga la Asociación que realizar. Artículo Veintiuno. Son atribuciones del Protesorero: a) Colaborar directamente con el Tesorero de la Junta Directiva, b) Sustituir a el Tesorero de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. Artículo Veintidós. Son atribuciones de los Directiva, y b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia e impedimento a excepción del Presidente, Secretario y Tesorero. CAPÍTULO VII. DE LOS MIEMBROS. Artículo Veintitrés. mayoría de sus asistentes. Artículo Quince. La Junta Directiva tendrá Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para originarias y descendientes del Cantón Progreso, jurisdicción de Torola, el logro de los fines de La Asociación, b) Velar por la Administración sin distinción de sexo, raza, credo, religión e ideología política, que lo eficiente del patrimonio de La Asociación, c) Elaborar la Memoria Anual soliciten por escrito a la Junta Directiva. Artículo Veinticuatro. La de las labores de La Asociación, d) Promover la elaboración de planes, Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores, b) Miembros activos, c) Miembros Honorarios. Serán Miembros Fundadores: Todas aquellas personas que suscriban la escritura pública de constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Todas las personas que ingresen con posterioridad a la constitución de la asociación. Serán Miembros Honorarios: todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. Artículo Veinticinco. Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General, b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los estatutos de la Asociación, y c) Los demás que señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo Veintiséis. Son deberes de las y los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General, b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de La Asociación, c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General, d) Cumplir y hacer cumplir con los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuer-

11 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de dos y Resoluciones de la Asamblea General, e) Los demás que señalan los Estatutos y Reglamento Interno de La Asociación. Artículo Veintisiete.- La Calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por incumplimiento a los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de La Asamblea y de Junta Directiva; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de La Asamblea General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva; CAPÍTULO VIII. MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. Artículo Veintiocho. Por incumplimiento de la normativa institucional habrá tres tipos de sanciones: Amonestación, Suspensión y Expulsión, según la gravedad del incumplimiento de los deberes previstos en los presentes estatutos y el Reglamento de La Asociación. Artículo Veintinueve.- Será Amonestación cuando a) los miembros fundadores y activos no asistan a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, de manera reincidente no mayor a tres sesiones, habiendo sido convocados de forma legal y no manifiesten causa justificada de su inasistencia; b) Mala conducta que empañe la buena imagen de La Asociación, c) Mostrar indisciplina dentro de las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva; Artículo Treinta. Será Suspensión: a) Cuando la inasistencia de un miembro sea reincidente en más de tres Asambleas Generales consecutivas sin causa justificada y hubiere sido convocado legalmente; b) El do conformada de la siguiente manera: PRESIDENTE: MIGUEL incumplimiento reiterado por tres veces de su función si se tratare de un miembro de la Junta Directiva; c) Realizar actividades de cualquier naturaleza sin el consentimiento de la Junta Directiva que perjudiquen a la Asociación; y d) Realizar acciones o comentarios difamatorios en RERA: SANTOS YOLANDA GARCÍA DE HERNÁNDEZ, PROTE- contra de la Asociación. Artículo Treinta y uno. Será Expulsión en los casos siguientes: a) aprovecharse de su carácter de miembro de la Asociación o de la Junta Directiva, y haga uso indebido de los recursos asignados bajo su responsabilidad, b) Realice malversación de fondos expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales en el manejo del patrimonio de La Asociación aprovechándose de su del presente instrumento habiéndoles advertido lo dispuesto en el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines cargo de Directivo y, c) Promover actividades políticas o antidemocráticas que perjudiquen la naturaleza y los objetivos de La Asociación. Artículo Treinta y dos. Dichas sanciones serán impuestas por la Junta Direc- solo acto, sin interrupción, manifiestan su conformidad, ratifican de Lucro, y leído que se los hube íntegramente todo lo escrito, en un su tiva después de un análisis objetivo de la falta cometida, concediendo en todo caso el derecho a defensa del infractor, quien podrá apelar a dicho fallo ante la Asamblea General de La Asociación. CAPÍTULO IX. DE LA DISOLUCIÓN. Artículo Treinta y tres. La Asociación, no podrá disolverse sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus Miembros. Artículo Treinta y cuatro. En caso de acordarse la disolución de La Asociación, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución, practicada la disolución de La Asociación, los bienes de su propiedad serán donados a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. CAPÍTULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo Treinta y cinco. Para reformar los presentes Estatutos total o parcialmente será necesario el voto favorable de no menos de sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General Extraordinaria convocada para tal fin. CAPÍTULO XI. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo Treinta y seis. La Junta directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación en los primeros treinta días del mes de enero de cada año, la nómina de miembros y dentro de los quince días después de electa la nueva junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho Registro, todos los documentos que la LEY DE ASO- CIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir así como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad. Artículo Treinta y siete.- Todo lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo Treinta y ocho. La ASOCIACIÓN CULTURAL PARA EL DESARRO- LLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatutos, Reglamento Interno y demás disposiciones legales aplicables. Artículo Treinta y nueve. Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. En este acto los comparecientes expresan que eligen a la junta directiva de conformidad al artículo diez de sus estatutos quedan- ÁNGEL HERNÁNDEZ; VICEPRESIDENTE: MARVIN AGAPITO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, SECRETARIA: FELICITA HERNÁNDEZ GARCÍA, PROSECRETARIA: FIDELINA GARCÍA REYES, TESO- SORERO: TITO LUCAS LÓPEZ, VOCALES: VICENTE HERNÁN- DEZ, É ARMANDO GARCÍA HERNÁNDEZ, CEFERI HERNÁNDEZ SANTIAGO y MARTA LIDIA HERNÁNDEZ. Así se contenido y firman conmigo todos los comparecientes. DOY FE.- EMILIO MENDOZA, TARIO. PASO ANTE MI, del folio veinte al folio veinticuatro, ambos vuelto del Libro DIECISIETE de mi Protocolo que vence el día veinte de febrero de dos mil catorce, y para ser entregado a la ASOCIACIÓN CULTU- RAL PARA EL DESARROLLO Y RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA, expido, sello y firmo el presente testimonio en la ciudad de San Salvador, a los treinta días del mes de agosto de dos mil trece. EMILIO MENDOZA, TARIO.

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ESTATUTOS DE LA ASOCIACION CULTURAL PARA EL DESARROLLO Y RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA CAPITULO I NATURALEZA, DEMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo uno.- Créase en el Municipio de Meanguera, Departamento de Morazán, la ASOCIACION CULTURAL PARA EL DESARROLLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTÓRICA, como una entidad apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará " la Asociación". Artículo dos.- El domicilio de la Asociación será el Municipio de Meanguera, Departamento de Morazán, pudiendo establecer filiales dentro y fuera del territorio de la República de El Salvador. Artículo tres.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. FINES Artículo cuatro.- Los fines de la Asociación son: a) Retomar la unidad de familiares de ex combatientes y víctimas de la lucha revolucionaria a través de la organización, recuperación y promoción de la memoria histórica, para la creación de espacios que mantengan vivo el aporte histórico en el proceso de la construcción de la paz. b) Honrar la memoria de las víctimas del pasado conflicto armado originarias del cantón Progreso, municipio de Torola y sus alrededores. c) Rescatar nuestra identidad cultural para transmitirla a las nuevas generaciones, d) Impulsar y promover la unidad de las familias sobrevivientes procurando ejecutar proyectos y programas tendientes a mejorar su calidad de vida, e) Trabajar por el desarrollo integral y sostenible del municipio de Torola, departamento de Morazán, a través del fortalecimiento de la organización, f) Trabajar por conservar y preservar el entorno medio ambiental del cantón El Progreso jurisdicción de Torola y sus alrededores; g) Gestionar recursos para el cumplimiento de los objetivos anteriormente descritos. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras respectivamente. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIER DE LA ASOCIACION Artículo seis.- El gobierno de la Asociación será ejercido por: a) La Asamblea General, y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL Artículo siete.- La Asamblea General debidamente convocada es la autoridad máxima y estará integrada por la totalidad de los miembros activos y fundadores. Artículo ocho.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo en primera convocatoria, y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiere una mayoría diferente. Artículo nueve.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otra miembro. El límite de las representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. por: CAPITULO III. DEL PATRIMONIO Artículo cinco. El patrimonio de la Asociación estará constituido a) Las cuotas de los miembros Activos y Fundadores. Artículo Diez.- Las atribuciones de la Asamblea General serán: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva, b) Aprobar, reformar o derogar los presentes Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación, c) Aprobar o reprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestos anuales de La Asociación,

13 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores que de sus actividades le rendirá la Junta Directiva, e) Fijar las cuotas o pagos mensuales y contribuciones eventuales de los miembros, f) Decidir sobre la Compra, Venta o enajenación de bienes muebles e inmuebles pertenecientes a La Asociación, g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. g) Otorgar la calidad de miembros honorarios; h) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA Artículo once.- La Dirección y Administración de la Asociación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, un Protesorero y cuatro Vocales. Artículo Doce- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por un período de tres años pudiendo ser reelectos para un periodo consecutivo. La Junta Directiva vigente mantendrá sus facultades hasta que la nueva Junta Directiva sea inscrita en el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro. Artículo trece.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Artículo catorce.- El Quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar, será de seis de sus Miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de sus asistentes. Artículo Quince.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación, b) Velar por la administración eficiente del patrimonio de la Asociación, c) Elaborar la Memoria Anual de las labores de la Asociación, d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General, Artículo Dieciséis.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General, b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación, c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva, d) Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que realizar la Asociación f) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la Asamblea General o la Junta Directiva. Artículo diecisiete.- Son atribuciones del Vicepresidente: a) Colaborar directamente con el Presidente de la Junta Directiva. b) Sustituir al presidenta de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento de parte de éste. Artículo dieciocho.- Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva, b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Asociación, c) Extender todas las certificaciones y constancias que fueran solicitadas a la Asociación, d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el Órgano de comunicación de la Asociación. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva, f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación, Artículo diecinueve.- Son atribuciones de la Pro Secretario: a) Colaborar directamente con la Secretaria de la Junta Directiva b) Sustituir al Secretario de la Asociación en caso de ausencia o impedimento.

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Artículo Veinte.- Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione, b) Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad de la Asociación, c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que tenga la Asociación que realizar. b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los estatutos de la Asociación; y c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Artículo veintiséis.- Son deberes de las y los Miembros Fundadores y Activos: Artículo veintiuno.- Son atribuciones del Pro Tesorero: a) Colaborar directamente con el Tesorero de la Junta Directiva, b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación. b) Sustituir a el Tesorero de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. Artículo Veintidós.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva, y b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia e impedimento a excepción del Presidente, Secretario y Tesorero. Artículo veintisiete.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por incumplimiento a los presentes Estatutos, Reglamento b) Miembros Activos, c) Miembros Honorarios. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS Serán Miembros Fundadores: Todas aquellas personas que suscriban la escritura pública de constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Todas las personas que ingresen con posterioridad a la constitución de la asociación. Serán Miembros Honorarios: Todas las personas que por su labor y méritos a favor de la Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; e) Los demás que señalan los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Interno, Acuerdos y Resoluciones de La Asamblea y de Junta Directiva; b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de La Asamblea General merezcan tal sanción; y Artículo veintitrés.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, originarias y descendientes del Cantón Progreso, jurisdicción de Torola, sin distinción de sexo, raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Artículo veinticuatro.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros: c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN. a) Miembros Fundadores, Artículo veintiocho.- Por incumplimiento de la normativa institucional habrá tres tipos de sanciones: Amonestación, Suspensión y Expulsión, según la gravedad del incumplimiento de los deberes previstos en los presentes estatutos y el Reglamento de La Asociación. Artículo veintinueve.- Sera Amonestación cuando: a) Los miembros fundadores y activos no asistan a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General, de manera reincidente no mayor a tres sesiones, habiendo sido convocados de forma legal y no manifiesten causa justificada de su inasistencia; Artículo veinticinco.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General, b) Mala conducta que empañe la buena imagen de la Asociación, c) Mostrar indisciplina dentro de las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.

15 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Artículo Treinta.- Será Suspensión: CAPITULO XI a) Cuando la inasistencia de un miembro sea reincidente en DISPOSICIONES GENERALES. más de tres Asambleas Generales consecutivas sin causa justificada y hubiere sido convocado legalmente; Artículo treinta y seis.- La Junta Directiva tiene la obligación de b) El incumplimiento reiterado por tres veces de su función si inscribir en el Registro de Asociación y Fundaciones Sin Fines de Lucro, se tratare de un miembro de la junta directiva; del Ministerio de Gobernación en los primeros treinta días del mes de c) Realizar actividades de cualquier naturaleza sin el consentimiento de la Junta Directiva que perjudiquen a la Asociación y, enero de cada año, la nómina de miembros y dentro de los quince días después de electa la nueva junta directiva y en todo caso inscribir en dicho Registro, todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIO- NES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir así d) Realizar acciones o comentarios difamatorios en contra de como enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la la Asociación. entidad. Artículo treinta y uno.- Será Expulsión en los casos siguientes: a) Aprovecharse de su carácter de miembro de la Asociación o de la Junta Directiva y haga uso indebido de los recursos asignados bajo su responsabilidad, Artículo treinta y siete.- Todo lo relativo al orden interno de la asociación no comprendido en estos estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. b) Realice malversación de fondos en el manejo del patrimonio de La Asociación aprovechándose de su cargo de Directivo y Artículo treinta y ocho.- La ASOCIACION CULTURAL PARA c) Promover actividades políticas o antidemocráticas que perjudiquen la naturaleza y los objetivos de La Asociación. EL DESARROLLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTORICA, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes estatutos, Reglamentos Internos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo treinta y dos.- Dichas sanciones serán impuestas por la Junta Directiva después de un análisis objetivo de la falta cometida, concediendo en todo caso el derecho a defensa del infractor, quien podrá apelar a dicho fallo ante la Asamblea General de La Asociación. Artículo treinta y nueve.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. CAPITULO IX DE LA DISOLUCIÓN. ACUERDO No Artículo treinta y tres.- La Asociación, no podrá disolverse si no por disposición de la Ley o por resolución tomada en ASAMBLEA General San Salvador, 18 de noviembre de Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus Miembros. Artículo treinta y cuatro.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución, practicada la disolución de La Asociación, los bienes de su propiedad serán donados a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO X REFORMA DE ESTATUTOS. Artículo treinta y cinco.- Para reformar los presentes Estatutos total o parcialmente será necesario el voto favorable de no menos de sesenta por ciento de los miembros en la Asamblea General Extraordinaria convocada para tal fin. Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION CULTU- RAL PARA EL DESARROLLO Y EL RESCATE DE LA MEMORIA HISTORICA, compuestos de TREINTA Y NUEVE Artículos, constituida en la Ciudad de Meanguera, Departamento de Morazán, a las doce horas del día 30 de agosto de 2013, por Escritura Pública, otorgada ante los oficios del Notario EMILIO MENDOZA, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURÍDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE. LA VICE MINISTRA DE GOBERNACION, ENCARGADA DEL DESPACHO, MARIA OFELIA NAVARRETE. (Registro No. F050335/ 337)

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MINISTERIO DE ECOMÍA RAMO DE ECOMIA

17 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407

19 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407

21 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de (Registro No. F050309)

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACUERDO No San Salvador, 24 de marzo de EL ÓRGA EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECOMÍA: Vistas las diligencias promovidas por la Licenciada MAGALI GUADALUPE BENAVIDEZ DE CUBAS, quien actúa en su calidad de Apoderada General Administrativa, Mercantil y Judicial de la sociedad ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ZETA GAS DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., a fin de obtener autorización para construir una estación de servicio de Gas Licuado de Petróleo (GLP) para automotores que se denominará "ZETA GAS AUTO APOPA", en la que proyectan instalar un tanque superficial horizontal ("salchicha"), con capacidad de un mil galones americanos para almacenar y comercializar GLP, en un inmueble situado en el Kilómetro once y medio de la Carretera Troncal del Norte, en la vía que de San Salvador conduce a Apopa, próximo al paso a desnivel, en el municipio de Apopa, departamento de San Salvador; y CONSIDERANDO: I. Que está comprobada en autos la existencia legal de la sociedad peticionaria, la Personería Jurídica con la que actúa su Apoderada General Administrativa, Mercantil y Judicial y la disponibilidad del inmueble en el que se pretende realizar la construcción de la citada estación de servicio, tal como lo establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo y su Reglamento. II. III. Que en acta No. 1066_MV, realizada el día dieciséis de marzo del presente año, consta que se practicó Inspección Previa de Construcción, comprobándose que la dirección del inmueble es la que se consignó en la solicitud, que las colindancias del mismo coinciden con las presentadas en los planos y que aún no se ha iniciado con la construcción de la estación de servicio, siendo por lo tanto apto para el desarrollo del referido proyecto. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas ha verificado el cumplimiento legal y técnico que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo, su Reglamento y el Reglamento Especial Para Uso del Gas Licuado de Petróleo en Automotores; siendo procedente acceder a lo solicitado. POR TANTO, de conformidad a lo antes expuesto, y a lo dispuesto en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo; 67 y 69 de su Reglamento y 3 y siguientes del Reglamento Especial Para Uso del Gas Licuado de Petróleo en Automotores, este Ministerio, ACUERDA: 1 ) AUTORIZAR a la sociedad ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ZETA GAS DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., para que construya la estación de servicio de GLP para automotores que se denominará "ZETA GAS AUTO APOPA", en la que instalarán un tanque superficial horizontal ("salchicha"), con capacidad de mil galones americanos para almacenar y comercializar GLP, en un inmueble situado en el kilómetro once y medio de la Carretera Troncal del Norte, en la vía que de San Salvador conduce a Apopa, próximo al paso a desnivel, en el municipio de Apopa, departamento de San Salvador. 2 ) La titular de la presente autorización queda obligada a: a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo, su Reglamento y el Reglamento Especial Para Uso del Gas Licuado de Petróleo en Automotores. b) Para la construcción deberá cumplir con los requisitos que indica la Ley del Medio Ambiente, así como las demás leyes aplicables. c) Aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. d) Iniciar la construcción de la estación de servicio de GLP para automotores que se denominará "ZETA GAS AUTO APOPA", dos días después de publicado el presente acuerdo y finalizar quince días después de iniciada la construcción. e) Comunicar por escrito a la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las pruebas de hermeticidad al tanque y sus tuberías, a efecto de que sus delegados testifiquen la calidad de los mismos, de conformidad al artículo 10 letra B del Reglamento para la Aplicación de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos del Petróleo. 3 ) Una vez construida la estación de servicio, la titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento. 4 ) El presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial a costa del interesado y entrará en vigencia el día de su publicación. COMU- NÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO. (Registro No. C011061)

23 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACUERDO No San Salvador, 24 de marzo de EL ÓRGA EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECOMÍA: Vistas las diligencias promovidas por el señor Miguel Esteban Nasser Bahaia, mayor de edad, Estudiante, de este domicilio, actuando en su calidad de Representante Legal de la sociedad "ACTIVIDADES PETROLERAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "ACTIPETROL, S.A. DE C.V.", referidas a que se autorice a su representada la modificación del Acuerdo No. 209, emitido por este Ministerio con fecha diez de febrero del año en curso y publicado en el Diario Oficial No. 35, Tomo No. 406, correspondiente al día veinte del mismo mes y año, en el sentido de: a) Transferir a su favor la autorización para el proyecto de construcción de la estación de servicio denominada "DLC APACHULCO"; b) Cambiar la denominación dicha estación a "TEXACO INTEGRACIÓN"; y c) Modificar la capacidad de los tanques autorizados e instalar un tanque adicional, quedando de la siguiente manera: un tanque con capacidad de siete mil galones americanos, para almacenar y comercializar Gasolina Regular, un tanque con capacidad de cinco mil galones americanos para almacenar y comercializar Gasolina Superior, un tanque con capacidad de cinco mil galones, para almacenar y comercializar Aceite Combustible Diesel y un tanque adicional con capacidad de tres mil galones, que estará sifoneado y se utilizará para almacenar y comercializar de Aceite Combustible Diesel, en un inmueble ubicado en la Carretera que de Quezaltepeque conduce a San Salvador, parcela número tres, Finca Apachulco, municipio de Apopa, departamento de San Salvador. Y, CONSIDERANDO: I. Que mediante Acuerdo No. 209 emitido por este Ministerio el día diez de febrero del presente año, publicado en el Diario Oficial No. 35, Tomo No. 406, correspondiente al día veinte del mismo mes y año, se autorizó a la sociedad "DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", la construcción de la estación de servicio denominada "DLC APACHULCO", en un inmueble ubicado en la Carretera que de Quezaltepeque conduce a San Salvador, parcela número tres, Finca Apachulco, municipio de Apopa, departamento de San Salvador, la cual contará con un tanque con capacidad de siete mil galones americanos para almacenar y comercializar Aceite Combustible Diesel, un tanque con capacidad de cinco mil galones americanos para almacenar y comercializar Gasolina Regular y un tanque con capacidad de tres mil galones americanos para almacenar y comercializar Gasolina Superior. II. Que consta en autos el Testimonio de la Escritura Pública de Cesión de Contrato de DLC, Arrendamiento, otorgada por la sociedad DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE a favor de la sociedad ACTIVIDADES PETROLERAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE incorporando en la cesión todos los derechos para la construcción de la estación de servicio DLC APACHULCO. III. Que la Dirección Reguladora de Hidrocarburos y Minas ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, por lo que se considera procedente acceder a lo solicitado. POR TANTO, de conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento, ACUERDA: 1 ) MODIFÍQUESE el ordinal primero del Acuerdo No. 209, emitido en el Ramo de Economía el día diez de febrero del presente año, en el sentido de autorizar a la sociedad "ACTIVIDADES PETROLERAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", que puede abreviarse "ACTIPETROL, S.A. DE C.V.", la construcción de la estación de servicio denominada "TEXACO INTEGRACIÓN", en la que se instalarán cuatro tanques subterráneos que se describen así: un tanque con capacidad de siete mil galones americanos para almacenar y comercializar de Gasolina Regular; un tanque con capacidad de cinco mil galones americanos para almacenar y comercializar Gasolina Superior, un tanque con capacidad de cinco mil galones para almacenar y comercializar Aceite Combustible Diesel y un tanque con capacidad de tres mil galones americanos, que estará sifoneado y se utilizará para el almacenamiento y comercialización de aceite combustible diesel, en un inmueble ubicado en la Carretera que de Quezaltepeque conduce a San Salvador, parcela número tres, Finca Apachulco, municipio de Apopa, departamento de San Salvador. 2 ) En lo demás queda vigente el Acuerdo antes citado, al cual deberá darse un estricto cumplimiento. 3 ) La titular de la autorización deberá aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación en el Diario Oficial, dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su notificación. 4 ) El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO. (Registro No. C011051)

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MINISTERIOS DE ECOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA RAMOS DE ECOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA ACUERDO No. 519 LOS MINISTROS DE ECOMÍA, DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y DE HACIENDA, CONSIDERANDO: CATORCE DE ABRIL DE DOS MIL QUINCE. I. Que es deber del Estado facilitar las condiciones para el normal desarrollo de las actividades productivas del país; II. III. IV. Que por medio de la Resolución (COMIECO-XXVII) publicada en el Diario Oficial No. 111, Tomo No. 359 de fecha 18 de junio de 2003, se autorizaron los aranceles a aplicar por El Salvador dentro del contingente de maíz amarillo, estableciéndose un arancel preferencial dentro de cuota de cero por ciento (0%) y un arancel para las importaciones fuera de cuota del quince por ciento (15%); Que los productores e industriales de la cadena productiva del sorgo han suscrito un convenio para la siembra y comercialización de dicho producto, mediante el cual se asegura el adecuado suministro para los industriales, así como la compra de la producción nacional bajo condiciones de equidad; Que el maíz amarillo es un importante sustituto del sorgo que es utilizado para la elaboración de alimentos concentrados para animales, así como también es empleado en la fabricación de productos alimenticios destinados al consumo humano; por lo que es conveniente establecer mecanismos que otorguen certidumbre a los productores de sorgo, así como el adecuado suministro de maíz amarillo para los industriales, a efecto de mantener el equilibrio en la cadena productiva; V. Que el mecanismo de contingentes de desabastecimiento constituye una herramienta legal apropiada para mantener la estabilidad en la cadena productiva, mediante el establecimiento de un trato preferencial para las importaciones de maíz amarillo que se realicen dentro de una cuota determinada y a su vez, mediante la fijación de un arancel para las importaciones que se efectúen fuera de contingente; VI. VII. POR TANTO: Que se hace necesaria la apertura de un contingente de desabastecimiento de maíz amarillo adicional al contingente arancelario establecido en el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos para el referido producto, con el objeto de satisfacer la demanda nacional de maíz amarillo destinado tanto para consumo animal como humano; Que luego de realizar el análisis respectivo, la Comisión Técnica Contingentes ha recomendado a los Despachos Ministeriales la apertura del contingente para el período que inicia a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo y hasta el 31 de enero de 2016, por un total de 146,000 toneladas métricas de maíz amarillo para consumo animal y 62,000 toneladas métricas para consumo humano; En uso de sus facultades legales, ACUERDAN: 1. Poner a disposición de los industriales, un contingente de desabastecimiento para la fracción arancelaria "- - maíz amarillo", por un volumen de hasta 146,000 toneladas métricas, que corresponde al déficit de la presente cosecha nacional del uso combinado de sorgo y maíz amarillo para consumo animal, como necesidades totales del país, de acuerdo con los compromisos de compra de la producción nacional de sorgo adquiridos por los industriales dentro del marco del Convenio para la Siembra y Comercialización de dicho producto. 2. Poner a disposición un contingente de desabastecimiento de maíz amarillo para consumo humano, por un volumen de hasta 62,000 toneladas métricas.

25 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de El contingente se pondrá a disposición de forma inmediata y la modalidad de distribución será determinada por la Comisión Técnica de Contingentes. 4. De conformidad con la Resolución (COMIECO-XXVII) publicada en el Diario Oficial No. 111, Tomo No. 359 de fecha 18 de junio de 2003, las importaciones de maíz amarillo que se realicen al amparo del Contingente, estarán libres de los derechos arancelarios a la importación y las importaciones fuera de cuota, estarán sujetas al pago de un arancel del quince por ciento. Para tal efecto, el beneficiario deberá presentar ante la autoridad aduanera correspondiente, la licencia extendida por el Ministerio de Economía. 5. Fíjase el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia del presente Acuerdo y el 31 de enero de 2016, para efectuar las importaciones de maíz amarillo amparadas a este contingente. 6. La Comisión Técnica de Contingentes está facultada además, para recomendar la modificación del contingente de desabastecimiento en casos debidamente justificados, así como para modificar el período durante el cual se permitirá su importación. 7. Con base en el Art. 3 del Reglamento para la Apertura y Administración de Contingentes, reformado por medio del Decreto Ejecutivo No. 23 de fecha 21 de abril de 2005, publicado en el Diario Oficial No. 83, Tomo No. 367, de fecha 04 de mayo de 2005, las importaciones de maíz amarillo para consumo animal que se realicen al amparo de este contingente no estarán sujetas al mecanismo de Bolsa, mientras que las importaciones de maíz amarillo para consumo humano quedarán sometidas al referido mecanismo. 8. Hágase saber el presente Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana. 9. Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO No THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO DE ECOMÍA. MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION ORESTES FREDESMAN ORTEZ ANDRADE, MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA. JUAN RAMÓN CARLOS ENRIQUE CÁCERES CHÁVEZ, MINISTRO DE HACIENDA. San Salvador, 30 de abril de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONÓREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado TINNY FRINEE ALFARO PERDOMO, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADA EN PSICOLOGÍA, obtenido en la UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓMA DE HONDURAS, en la REPÚBLICA DE HONDURAS, el día 07 de noviembre de 2001, lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país el día veintidós de junio de mil novecientos sesenta y dos, ratificado por la Asamblea Legislativa el día veinticinco de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, publicado en el Diario Oficial N 96, Tomo N 203, de fecha 28 de mayo de 1964 y vigente a la fecha, procede dicho Reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada, se ha emitido el Dictamen favorable por la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 28 de abril de 2014, se ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por Reconocimiento del título académico mencionado en el romano uno. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1 ) Reconocer la validez académica de los estudios de LICENCIADA EN PSICOLOGÍA, realizados por TINNY FRINEE ALFARO PERDOMO, en la República de Honduras; 2 ) Tener por incorporada a TINNY FRINEE ALFARO PERDOMO, como LICENCIADA EN PSICOLOGÍA, en nuestro país; 3 ) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente. 4 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. FRANZI HASBÚN BARAKE, MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HOREM. (Registro No. F050230)

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACUERDO No San Salvador, 24 de septiembre de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN- DO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó, VALERIA VICTORIA ESTEBAN MEDINA, de nacionalidad venezolana, solicitando INCORPORACIÓN de su Título de Educación Media en Humanidades, extendido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y obtenido en la Unidad Educativa Colegio La Concepción, Baruta, República Bolivariana de Venezuela en el año 2013; II) Que según Resolución de fecha 22 de septiembre de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, se ha comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Título de Educación Media en Humanidades extendido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y obtenido por VALERIA VICTORIA ESTEBAN MEDINA, en la Unidad Educativa Colegio La Concepción, Baruta, República Bolivariana de Venezuela. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Título de Educación Media en Humanidades extendido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación y obtenido por VALERIA VICTORIA ESTEBAN MEDINA, en la Unidad Educativa Colegio La Concepción, Baruta, República Bolivariana de Venezuela, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. ACUERDO No CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. F050222) San Salvador, 26 de febrero de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN- DO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó, FLORENTÍN MÁRQUEZ, C/P FLORENTÍN MÁRQUEZ LOBOS, FLORENTINE MÁRQUEZ LOBOS, FLORENTÍN M. LOBOS y FLORENTINE M. LOBOS, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Arizona High School Equivalency Diploma, extendido por Arizona Department of Education, Phoenix, Arizona, Estados Unidos de América en el año 1995; II) Que según Resolución de fecha 16 de enero de 2015 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, se ha comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de su Arizona High School Equivalency Diploma extendido por Arizona Department of Education, Phoenix, Arizona, Estados Unidos de América a favor de FLORENTÍN MÁRQUEZ, C/P FLORENTÍN MÁRQUEZ LOBOS, FLORENTINE MÁRQUEZ LOBOS, FLORENTÍN M. LOBOS y FLORENTINE M. LOBOS. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del Arizona High School Equivalency Diploma extendido por Arizona Department of Education, Phoenix, Arizona, Estados Unidos de América a favor de FLORENTÍN MÁRQUEZ, C/P FLORENTÍN MÁRQUEZ LOBOS, FLOREN- TINE MÁRQUEZ LOBOS, FLORENTÍN M. LOBOS y FLORENTINE M. LOBOS, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. F050203)

27 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL ACUERDO No. 039 SAN SALVADOR, 07 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las disposiciones especiales 1ª.- a), 2ª.-, 3ª.-, 4ª.- c), 5ª.- c), 2., y 21ª.- c) del Acuerdo Ministerial No. 0116, de fecha 12 de septiembre de 2011, ACUERDA: AUTORIZAR al señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, para que OTORGUE la condecoración MEDALLA "PROTECTOR COELI" en Grado de Oficial y en Grado de Caballero, al personal que ha contribuido sustancialmente al fortalecimiento de la Fuerza Armada por brindar un aporte valioso en la creación, equipamiento y profesionalización de MINUSMA I, de conformidad a la nómina siguiente: 1.- Gral. de División David Munguía Payés 2.- Gral. de Aviación Jaime Leonardo Parada González 3.- Gral. de División Rafael Melara Rivera 4.- Contralmirante Juan Antonio Calderón González 5.- Cap. e Ing. Julio César Alfaro Escobar 6.- Sgto. Luis Alonso Zaldaña Pérez 7.- Sgto. Luis Alonso López Sánchez 8.- Sgto. TA Leopoldo Enrique Cerón Zaldívar 9.- Ssgto. Roberto Carlos Mendoza 10.- Cabo Álvaro Amílcar Núñez Gil 11.- Sgto. Adm. 3ª CI. Adalberto Abelino Perla 12.- Sgto. Adm. 1ª CI. Oscar Antonio Ayala 13.- Ssgto. Adm. 3ª Cl. Hugo Fernando Deodanes Benito 14.- Ssgto. Adm. 4ª CI. Andrés Elías Chicas Quintanilla 15.- Tec. Adm. Esp. 2ª CI. Remberto Antonio Córdova 16.- Cabo Adm. 2ª CI. Pedro Francisco Flores Merche 17.- Cabo Adm. 2ª CI. José Aníbal Franco Gámez 18.- Sold. Adm. 1ª CI. Franci Antonio García García 19.- Aux. Jefe Dpto. 2ª CI. Oscar Bill García Juárez 20.- Tec. Naval José Obelio García Ramírez 21.- Ssgto. Adm. 4ª CI. Elmer Giovanni García Salazar 22.- Cabo Adm. 2ª CI. Nelson Alberto Gómez Cárcamo 23.- Ssgto. Adm. 4ª CI. Luis Alberto Hernández López 24.- Cabo Adm. 2ª CI. José Francisco Hernández Pérez 25.- Cabo Tec. Naval Saúl Abel Hernández Sosa 26.- Cabo Adm. 2ª CI. José Humberto Jovel Torres 27.- Adm. Esp. 4ª CI. Luis Armando Lievano Palacios 28.- Adm. Esp. 5ª CI. Iván Armando López Escobar 29.- Sold. Adm. 1ª CI. Edwin Jaime Lopez Godoy 30.- Adm. Esp. 5ª CI. Julio César López Vargas 31.- Cabo Adm. 2ª CI. Gerardo de Jesús López Vásquez 32.- Ssgto. Adm. 1ª CI. Adán Lozano 33.- Adm. Esp. 5ª CI. Luis Alonso Lucero Portillo

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Cabo Adm. 4ª CI. Marco Antonio Magaña 35.- Cabo Adm. 2ª CI. José Víctor Manuel Martínez Sánchez 36.- Ssgto. Alonso Maye Nolasco 37.- Sold. Francisco de Jesús Méndez Murcia 38.- Cabo Adm. 2ª CI. Martin Méndez Ramos 39.- Ssgto. Adm. 3ª CI. Héctor Eduardo Méndez Hernández 40.- Cabo Adm. 1ª CI. Henry Antonio Mendoza Alberto 41.- Soldado Carlos Mendoza Cruz 42.- Cabo Adm. 2ª CI. Miguel Ángel López Vásquez 43.- Cabo Adm. 2ª CI. Rory Antonio Mira Benítez 44.- Sgto. Adm. 1ª CI. Gladys Jeannette Orellana Cáceres 45.- Ssgto. Adm. 2ª CI. Daniel Gilberto Pérez Méndez 46.- Cabo Adm. 2ª CI. Hugo Remberto Portillo Flores 47.- Cabo Adm. 4ª CI. Daniel Recinos Centeno 48.- Cabo Adm. 2ª CI. Erik Alejandro Rodríguez Solano 49.- Cabo Adm. 2ª CI. Gerber Enrique Rojas Henríquez 50.- Ssgto. Adm. 3ª Cl. Santos Romero Guzmán 51.- Sold. Adm. 3ª CI. Santos Romero Ramírez 52.- Tec. Naval Julio César Romero Valladares 53.- Cabo Adm. 4ª CI. Carlos Francisco Salguero 54.- Cabo Adm. 2ª CI. Mauricio Antonio Salinas Landaverde 55.- Cabo Adm. 1ª CI. Santiago Santamaría 56.- Adm. Esp. 3ª CI. Santiago de Jesús Sibrián Guardado 57.- Tec. Adm. Esp. 4ª CI. Luis Antonio Sigüenza Melara 58.- Ssgto. Adm. 5ª CI. Eber Tino Pérez 59.- Sold. Adm. 3ª CI. Oscar Armando Vargas Sorto 60.- Sgto. Adm. 4ª CI. Pedro Antonio Vázquez Chicas 61.- Cabo Adm. 2ª CI. Guillermo Samuel Zacapa Hernández 62.- Sold. Adm. 3ra. CI. Luis Antonio Zúniga Hernández COMUNÍQUESE. DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. ACUERDO No. 042 SAN SALVADOR, 07 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, ACUERDA: DEJAR SIN EFECTO al 31 de marzo de 2015, la ASIMILACIÓN al GRADO de TENIENTE CORONEL, conferida al Doctor HAROLD IVÁN CÓRDOVA CARBAJAL, mediante Acuerdo No. 021 de fecha 15 de febrero de 2006, emitido por este Ministerio. COMUNÍQUESE. DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

29 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACUERDO No. 043 SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 1 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 28FEB015 al señor MYR. CAB. JOSÉ ADOLFO GALDÁMEZ GUERRERO, dentro del Escalafón General de Oficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍQUESE. ACUERDO No. 044 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 28FEB015 al señor CAP. AVC JAIME ENRIQUE ZELAYA MEMBREÑO, dentro del Escalafón General de Oficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍ- QUESE. ACUERDO No. 045 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 28FEB015 al señor CAP. PA JOSÉ ALFREDO JIMÉNEZ CASTANEDA, dentro del Escalafón General de Oficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍ- QUESE. ACUERDO No. 046 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 01MAR014 al señor SGTO. MYR. MARVIN FAUSTI VALLE VALLE, dentro del Escalafón General de Suboficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMU- NÍQUESE. DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACUERDO No. 047 SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 2 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 01MAR015 al señor SGTO. TA NÉSTOR OSVALDO GUERRERO GALEA, dentro del Escalafón General de Suboficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍQUESE. ACUERDO No. 048 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 3 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 01MAR015 al señor SGTO. CRISTI ANTONIO HERNÁNDEZ PALACIOS, dentro del Escalafón General de Suboficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍQUESE. ACUERDO No. 049 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 3 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 28FEB015 al señor SGTO. 1 NELSON ENRIQUE ARDÓN MELGAR, dentro del Escalafón General de Suboficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍ- QUESE. ACUERDO No. 050 DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL. SAN SALVADOR, 14 de abril de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 ordinal 1 de la Ley de la Carrera Militar, ACUERDA: TRANSFERIR con efecto al 28FEB015 al señor MYR. INF. RENÉ DANIEL LI, dentro del Escalafón General de Oficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍQUESE. DAVID MUNGUÍA PAYÉS, GENERAL DE DIVISIÓN, MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

31 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ORGA JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUS TI CIA 31 ACUERDO No. 203-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintidós de febrero de dos mil trece.- El Tribunal con fecha quince de noviembre de dos mil doce, ACORDÓ: Autorizar a la licenciada ADRIANA STEFANI CRUZ CHICAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. S. PADILLA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. M. FORTIN H.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050200) ACUERDO No. 637-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta y uno de mayo de dos mil trece.- El Tribunal con fecha uno de marzo de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada CLAUDIA NATHALI PALACIOS MONJARAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. S. PADILLA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050348) ACUERDO No D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha veintisiete de octubre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ARIANA BEATRIZ ALVARADO MEJIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050179) ACUERDO No. 55-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada REYNA CONSUELO LOVOS BONILLA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050199)

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACUERDO No. 177-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de febrero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha treinta y uno de octubre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ROXANA ELIZABETH ELIAS SORIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. - COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- Pronunciado por los Magistrados y Magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F051378) ACUERDO No. 112-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de TARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: ANA BEATRIZ TRUJILLO BELTRAN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050292) ACUERDO No. 119-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de TARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MIRNA GUADALUPE MAJA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. B. JAIME.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050310)

33 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de INSTITUCIONES AUTOMAS CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA 33 DECRETO No. 06 EL PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: I. Que mediante Decreto N 103, de fecha 28 de junio del 2006, publicado en el Diario Oficial N 156, Tomo N 372, de fecha 24 de agosto de 2006, la Corte de Cuentas de la República emitió el Reglamento de Normas Técnicas de Control Interno Específicas, de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. II. Que según el Artículo 60, del referido Reglamento, todo proyecto de modificación o actualización a las Normas Técnicas de Control Interno Específicas, de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, deberá ser remitido a la Corte de Cuentas de la República para su revisión, aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial. III. Que el 11 de septiembre de 2009, la Corte de Cuentas de la República, emitió los lineamientos para la actualización de las Normas Técnicas de Control Interno Específicas, en las entidades públicas. POR TANTO: En uso de las facultades conferidas por el artículo 195, numeral 6, de la Constitución de la República de El Salvador y artículo 5, numeral 2, literal a, de la Ley de la Corte de Cuentas de la República. DECRETA EL SIGUIENTE REGLAMENTO que contiene las: RMAS TÉCNICAS DE CONTROL INTER ESPECÍFICAS DE LA PROCURADURÍA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMAS (PDDH) CAPÍTULO PRELIMINAR ÁMBITO DE APLICACIÓN Art. 1.- Las Normas Técnicas de Control Interno Específicas (NTCIE), constituirán el marco básico, que establecerá el nivel superior de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, aplicable con carácter obligatorio para todos los funcionarios y empleados de la Institución. DEFINICIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTER Art. 2.- El Sistema de Control Interno, es el conjunto de procesos continuos e interrelacionados, realizados por el Procurador, funcionarios y personal en general, diseñados para proporcionar seguridad razonable en la consecución de los objetivos institucionales. OBJETIVOS DEL CONTROL INTER Art. 3.- El Sistema de Control Interno, tiene como finalidad, coadyuvar con la Institución en cumplimiento a los siguientes objetivos: a) Lograr eficiencia, efectividad y eficacia de las operaciones; b) Obtener confiabilidad y oportunidad de la información; y c) Cumplir con leyes, reglamentos, disposiciones administrativas y otras regulaciones aplicables. COMPONENTES DEL SISTEMA DE CONTROL INTER Art. 4.- Los componentes del Sistema de Control Interno son: Ambiente de Control, Valoración de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Monitoreo. RESPONSABLE DEL SISTEMA DE CONTROL INTER Art. 5.- La responsabilidad del diseño, implantación, evaluación y perfeccionamiento del Sistema de Control Interno, le corresponderá al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, niveles gerenciales y demás jefaturas en el Área de su competencia Institucional. Compete a los demás empleados, realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo cumplimiento.

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SEGURIDAD RAZONABLE Art. 6.- El Sistema de Control Interno, proporcionará una seguridad razonable para el cumplimiento de los objetivos institucionales, teniendo en cuenta, el costo beneficio de las actividades de control implementado. AMBIENTE DE CONTROL CAPÍTULO I RMAS RELATIVAS AL AMBIENTE DE CONTROL Art. 7.- Será el conjunto de factores del ambiente organizacional que el Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer y mantener, para permitir el desarrollo de una actitud positiva que ayude a la implementación del control interno adecuado. INTEGRIDAD Y VALORES ÉTICOS Art. 8.- El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán mantener y demostrar integridad y valores, en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones; así como también, de contribuir con su liderazgo y acciones a promoverlos en la organización, para su cumplimiento por parte de los demás servidores. COMPROMISO CON LA COMPETENCIA Art. 9.- El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán realizar las acciones necesarias que conduzcan a que el personal posea el nivel de aptitud e idoneidad, que les permita llevar a cabo las funciones que estén desempeñando para realizar sus deberes y cumplir con prácticas adecuadas y controles internos. ESTILO DE GESTIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán desarrollar y mantener un estilo de gestión que les permita administrar un nivel de riesgo, orientado a la medición del desempeño; que promueva una actitud positiva hacia mejores procesos de control. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, definirán y evaluarán la estructura organizativa bajo su responsabilidad, para el logro de los objetivos institucionales. UNIDADES ESPECIALIZADAS Art El Procurador, deberá establecer dentro de la estructura orgánica de la Institución, aquellas unidades que por mandato de ley deberán constituirse, tales como: La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, Unidad Financiera Institucional, Unidad de Auditoría Interna y Unidad de Acceso a la Información Pública, entre otras. DEFINICIÓN DE ÁREAS DE AUTORIDAD, RESPONSABILIDAD Y RELACIONES DE JERARQUÍA Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, definirán claramente las competencias y responsabilidades de cada Unidad Administrativa y de cada empleado; así como los niveles de autoridad de las líneas de mando y la comunicación, plasmados en el Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. GERENCIA POR EXCEPCIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán ejercer su control basado en el principio de administración por excepción, solicitando a sus subalternos que informen con prioridad el avance de una acción, si existe una desviación importante respecto a lo planificado, con el objeto de corregir en el momento oportuno. GERENCIA POR OBJETIVOS Y RESULTADOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, realizarán su gestión basada en el Plan Anual Operativo, derivado del Plan Estratégico Institucional, en concordancia y coherencia a los objetivos y resultados determinados en sus planes de acción y acordes con los recursos asignados a la Institución. UNIDAD DE MANDO Art El Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, establece las líneas de autoridad y responsabilidad de cada unidad organizativa, respondiendo en sus funciones a los que lo integren ante una sola autoridad.

35 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DELEGACIÓN DE AUTORIDAD Art El Procurador, delegará por escrito la autoridad necesaria a todos los niveles jerárquicos establecidos, asignándoles competencia para tomar decisiones en los procesos de operación y que puedan cumplir con las funciones encomendadas. SEPARACIÓN DE FUNCIONES INCOMPATIBLES Art Las funciones de cada empleado en todos los niveles organizativos, deberán separarse de tal manera que exista independencia entre funciones que por su naturaleza sean incompatibles, tales como: Autorizar, ejecutar, registrar, custodiar y controlar las operaciones. CANALES DE COMUNICACIÓN Art Todas las jefaturas, establecerán y mantendrán líneas recíprocas de comunicación a todos los niveles de la Institución, de tal manera que el personal asuma las responsabilidades de sus funciones. Será necesario que cada uno entienda el papel que tiene dentro del Sistema de Control Interno y la relación de sus actividades individuales, con el trabajo de los demás y objetivos institucionales. POLÍTICAS Y PRÁCTICAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL CAPITAL HUMA Art Será competencia del Procurador, por medio del Departamento de Recursos Humanos, establecer apropiadas políticas y prácticas de personal que se refieran a: Contratación, inducción, entrenamiento, evaluación, promoción y acciones disciplinarias, desarrollado en el Reglamento Interno de Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. AUDITORÍA INTERNA Art El Procurador, deberá asegurar el establecimiento y funcionamiento de la Unidad de Auditoría Interna, la cual estará bajo la dependencia directa del Titular, con plena independencia funcional y sin ejercer funciones en los procesos de administración, control previo, aprobación, contabilización o adopción de decisiones dentro de la entidad. La Unidad de Auditoría Interna, formulará y ejecutará el Plan Anual de Trabajo en función del Sistema de Control Interno de la Institución; el cual remitirá a la Corte de Cuentas de la República, en el plazo establecido legalmente; así como copia de los informes de las auditorías que realice. LEGALIZACIÓN DE DELEGACIÓN DE FIRMA Art El Procurador, deberá autorizar mediante Acuerdo Institucional, las delegaciones de firmas que el Titular autorice para los diferentes procesos de resoluciones u otras operaciones de la Institución, a fin de asegurar su validez. CAPÍTULO II RMAS RELATIVAS A LA VALORACIÓN DE RIESGOS VALORACIÓN DE RIESGOS Art Deberán identificarse y analizarse los riesgos de origen interno y externo, que puedan obstaculizar la construcción de los objetivos de la Institución. DEFINICIÓN DE OBJETIVOS INSTITUCIONALES, POLÍTICAS, ESTRATEGIAS, PROYECTOS Y/O ACCIONES Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, con la colaboración metodológica del Departamento de Planificación y Gestión de Proyectos, deberán definir y actualizar periódicamente, a través de un proceso de planificación y evaluación participativa, los objetivos institucionales, políticas, estrategias, acciones y proyectos. Lo anterior, deberá estar contenido en el Plan Estratégico Institucional y Plan Anual Operativo, los cuales deberán ser divulgados en cada unidad organizativa por sus respectivos jefes, con el propósito de buscar el compromiso de todo el personal en el cumplimiento de los objetivos y metas. SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE PLAN ANUAL OPERATIVO Art Los niveles gerenciales y jefaturas, serán los máximos responsables de dar seguimiento permanente a la ejecución de los planes anuales operativos, de su respectiva unidad organizativa, verificando la debida realización de las actividades previstas y consecución de metas; así como proponiendo cambios necesarios a adoptar, para garantizar la realización de la misión y visión institucional.

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 El Departamento de Planificación y Gestión de Proyectos, definirá el proceso metodológico para el monitoreo, reprogramación, sustitución o eliminación de actividades en los planes anuales operativos, debiendo las unidades organizativas ejecutar oportunamente estos procesos. El Departamento de Planificación y Gestión de Proyectos, evaluará semestralmente los objetivos y metas previstas en el Plan Anual Operativo, el cual emitirá los respectivos informes al Titular de la Institución. La Unidad de Auditoría Interna, verificará el cumplimiento de la obligación del Departamento de Planificación y Gestión de Proyectos, de informar al Titular sobre el avance en los distintos planes anuales operativos. VERIFICACIÓN DE OBJETIVOS INSTITUCIONALES Art El Titular, a través de la Unidad de Auditoría Interna, deberá comprobar que cada área auditada, esté efectuando seguimiento al cumplimiento de objetivos y metas establecidos en el Plan Anual Operativo. ORGANIZACIÓN Art La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, por medio de los niveles gerenciales y jefaturas, deberá ejercer coordinación de las actividades que realicen cada uno de los funcionarios que integren la Institución, con el propósito de obtener el máximo aprovechamiento de todos los recursos materiales, técnicos y humanos, para la consecución de los objetivos institucionales. PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Art La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, por medio de los niveles gerenciales y jefaturas, deberán vigilar que se apliquen los principios de organización, designando tareas específicas a cada subalterno, de acuerdo a los objetivos y metas determinados, en cada unidad organizativa, delegando la autoridad y responsabilidad a quien le corresponda en la cadena de mando, de acuerdo a lo definido en el Manual de Organización y Funciones, de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, en coordinación con el Departamento de Planificación Institucional y Gestión de Proyectos, identificarán los factores de riesgos relevantes, tanto internos como externos, los cuales deberán estar asociados al logro de los objetivos institucionales. ANÁLISIS DE RIESGOS IDENTIFICADOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán analizar los riesgos identificados, su impacto, probabilidad de ocurrencia y determinar su importancia, a fin de establecer las acciones que los minimicen. GESTIÓN DE RIESGOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, una vez analizado el riesgo identificado, deberán establecer las acciones a tomar para minimizar su nivel. CAPÍTULO III RMAS RELATIVAS A LAS ACTIVIDADES DE CONTROL Art Comprenderán las normas, políticas y procedimientos de control que establece la Institución, para el logro de los objetivos y minimizar el nivel de riesgo. DOCUMENTACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y DIVULGACIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán documentar, mantener actualizados y divulgar internamente, las políticas y procedimientos de control, que garanticen razonablemente el cumplimiento del Sistema de Control Interno implementado por la Institución y serán revisados anualmente los manuales que se mencionan en las presentes Normas Técnicas de Control Interno Específicas. Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán cumplir y hacer cumplir las políticas y procedimientos relativos al Sistema de Control Interno, que permita lograr efectivamente los objetivos y metas institucionales, con eficacia y eficiencia. ACTIVIDADES DE CONTROL Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer de manera integrada, las actividades de control interno a cada proceso institucional aplicado.

37 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CONTRATACIÓN DE PERSONAL Art La máxima autoridad y jefaturas, en coordinación con el Departamento de Recursos Humanos, deberán reclutar, seleccionar y contratar al personal que sea necesario para el cumplimiento de objetivos y metas institucionales, mediante el establecimiento de justificaciones y políticas claras, que permitan realizar convocatorias, entrevistas, pruebas de idoneidad, verificación de datos y referencias, exámenes médicos y otros; a efecto de determinar su capacidad técnica y profesional, experiencia, honestidad y que no exista impedimento legal o ético para el desempeño del cargo, de acuerdo al Instructivo de Reclutamiento, Selección y Contratación del Personal de nuevo ingreso, a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. FORMAS DE CONTRATACIÓN Art La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, utilizará los sistemas de Ley de Salarios y Contratos por Servicios Personales. INDUCCIÓN DEL PERSONAL Art Todo el personal que ingrese a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, deberá recibir orientación e inducción suficiente que le facilite integrarse a la Institución, a la Unidad Organizativa y con el personal que se relacionará. La inducción se hará, de acuerdo a las políticas establecidas por el Departamento de Recursos Humanos. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL Art La Procuraduría, elaborará y ejecutará el Plan de Capacitación y Entrenamiento, que les permita a los funcionarios y empleados mejorar sus capacidades y aptitudes en el ámbito de su competencia. Esto, previo a elaboración de diagnóstico para determinar las necesidades de capacitación, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interno de Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos; efectuando el seguimiento el Departamento de Recursos Humanos. EVALUACIONES AL PERSONAL Art El desempeño de los funcionarios y empleados, de la Procuraduría, será evaluado anualmente, con excepción del Procurador, de acuerdo al Reglamento Interno de Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos; su rendimiento, deberá estar acorde a los parámetros de eficiencia establecidos, en relación a cada unidad organizativa y de la Institución; el Jefe de cada Unidad o Departamento, será responsable de la evaluación del personal a su cargo y los resultados se archivarán en el expediente respectivo. PROMOCIÓN AL PERSONAL Art La promoción del personal, se hará de acuerdo a: Méritos, cualidades personales, experiencia, grado académico, conducta decorosa, haber demostrado efectividad y eficiencia en el cargo anterior y una calificación satisfactoria en las evaluaciones de desempeño, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno de Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. ACCIONES DISCIPLINARIAS Art Todo funcionario o empleado, que obstaculice el desarrollo de las actividades institucionales o que cometa actos de indisciplina, será sometido a las disposiciones contenidas en la: Ley del Servicio Civil, Disposiciones Generales de Presupuesto, Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y su Reglamento y otras regulaciones emitidas al respecto, aplicables a la materia. CONTROL DE ASISTENCIA Art Todo el personal, a excepción del Titular y otros que él exonere, deberán marcar o registrar su entrada y salida de su lugar de trabajo. El control respectivo, se hará a través de relojes de marcación biométrica de huella, que permitan el control eficiente de asistencia, puntualidad, permanencia en el lugar y salida del personal, en cumplimiento a lo establecido en el Instructivo de Asistencia, Puntualidad y Permanencia de los Empleados de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y otras regulaciones emitidas al respecto. En defecto de relojes de marcación biométrica de huella, el control de asistencia se desarrollará mediante los mecanismos que la Institución establezca. El control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal en su lugar de trabajo, será responsabilidad del Jefe inmediato. Todo personal que realice turnos, el Jefe que corresponda deberá presentar al Departamento de Recursos Humanos, las programaciones mensuales de turno. Asimismo, deberá presentar por escrito las modificaciones a dichas programaciones, según el Reglamento para la Realización de Turnos, Jornadas Especiales o Extraordinarias y Tiempo Compensatorio del Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. De igual manera, la asistencia personal se administrará en las delegaciones departamentales, a través de los relojes biométricos de huella, donde se tenga este mecanismo o por medio de control manual y mensualmente enviarán modificaciones de las programaciones al Departamento de Recursos Humanos.

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 TRÁMITE DE LICENCIAS Y PERMISOS Art Las licencias, permisos, misiones oficiales y faltas de marcación o registro justificados del personal, deberán tramitarlos cada empleado oportunamente, de conformidad a los tiempos establecidos en el Instructivo de Asuetos, Vacaciones y Licencias del Personal de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. REMUNERACIONES Art Las remuneraciones a empleados de la Institución, se realizarán conforme a los procedimientos establecidos para el Pago de Remuneraciones de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL Art El Departamento de Recursos Humanos, con el apoyo de las unidades organizativas de la Institución, deberá establecer las políticas y procedimientos para cumplir las disposiciones legales vigentes, en materia de seguridad social y normas de seguridad en el trabajo; para ello, se conformará el Comité de Salud Ocupacional respectivo. EXPEDIENTES E INVENTARIOS DEL PERSONAL Art El Departamento de Recursos Humanos, mantendrá actualizados los expedientes e inventarios de todo el personal de la Institución, de manera que sirvan para la adopción de decisiones en la administración de los recursos humanos. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos que definan claramente la autoridad y responsabilidad de los funcionarios encargados de autorizar y aprobar las operaciones de la Institución, por medio de Acuerdo Institucional, lo establecido en leyes y reglamentos aplicables a la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. Art El Procurador, por medio de Acuerdo Institucional, nombrará las comisiones temporales o permanentes, definiendo las funciones para cada caso, de acuerdo al artículo 71, del Reglamento de La Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE ACTIVOS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas correspondientes, deberán establecer las políticas y procedimientos para proteger y conservar los bienes, principalmente los más vulnerables. Esto tendrá regulación en el Manual de Procedimiento de Control de Activo Fijo. Art El Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo, regulará lo relativo a la recepción de bienes de activo fijo y constatación física de bienes, al menos una vez al año, registro de inventario de activo fijo, cálculos y registros de depreciación y codificación de bienes. Art El Manual del Almacén de Suministros, regulará las programaciones de necesidades de abastecimiento de inventarios. MANTENIMIENTO Y REPARACIONES Art El Departamento Administrativo, por medio de la Sección de Activo Fijo, deberá programar y ejecutar anualmente el Plan de Mantenimiento de los Activos Fijos más vulnerables y emplear todos los medios que permitan prolongar hasta el máximo posible su vida útil, tomando en cuenta el costo-beneficio de las reparaciones. En caso de pérdida o daños totales de activos fijos más vulnerables, la Institución mantendrá vigente una póliza de seguro que garantice que están protegidos; la obsolescencia, será regulada en los términos que establece el Procedimiento para el Desalojo y Descargo Contable de Bienes de las Distintas Unidades Organizativas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. La responsabilidad sobre protección y resguardo de los activos fijos asignados a cada unidad o empleado, estará regulado en el Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo de la Procuraduría. DESCARGO DE BIENES Art La Procuraduría, por medio de la Comisión de Descargo de Bienes, deberán atender las disposiciones legales y reglamentarias para la baja o descargo de bienes o materiales de consumo y activo fijo, según lo establecido en el Procedimiento para el Desalojo y Descargo Contable de Bienes de las Distintas Unidades Organizativas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, contenido en el Manual de Procedimientos de Descargo y Disposición Final de los Bienes Muebles.

39 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DONACIONES Art El Manual de Descargo y Disposición Final de los Bienes Muebles, regulará lo relativo a las donaciones u otras transacciones de bienes que se realicen; así como lo concerniente a los bienes que se reciban, para que se den de alta o baja en los inventarios de activos de la Institución; además, para que se hagan los respectivos registros contables, de conformidad con lo que regula la Normativa del Sistema de Administración Financiera del Estado. SISTEMA DE REGISTRO DE BIENES Art Se mantendrá un sistema para el registro de las existencias de Almacén y activos fijos, que facilite la codificación e identificación de su naturaleza, ubicación, estado de los bienes, fecha, costo de adquisición, responsable de los mismos y depreciación o revalúo cuando aplique; con el propósito de contar con información que facilite la toma de decisiones para su reposición, utilización, reparación, mantenimiento o descargo. CODIFICACIÓN Art La Institución, establecerá un sistema de codificación que permita el control de activos fijos, de conformidad al Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo. Todo activo fijo llevará impreso un código, en un lugar visible que permita su fácil identificación. CONTROL DE BIENES Art El Departamento Administrativo, a través de la Sección de Activo Fijo, será la encargada de la recepción, almacenamiento, registro, control e inventario, niveles de seguridad y determinación de existencias, lo que se regirá por lo establecido en el Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo. Los registros de activos fijos, deberán contener las características principales del bien que se trate, su naturaleza, ubicación y nombre de la persona a quien se le haya asignado, fecha, costo de adquisición y depreciación, de acuerdo a lo regulado en el Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo. Art El Manual de Procedimientos del Almacén de Suministros, regulará lo relativo al control de ingreso de bienes al Almacén, consumo e inventario de existencia de bienes al cierre del mes. Así mismo, regulará lo relativo al tiempo de envío del reporte de consumo mensual de existencias al Departamento de Contabilidad para su registro. USO DE VEHÍCULOS Art Los vehículos institucionales, salvo los de uso discrecional, serán utilizados para el servicio exclusivo de las actividades de la Institución, los cuales serán guardados al final de cada jornada en los lugares establecidos; portarán en lugar visible, el distintivo Institucional. La persona que maneje vehículos institucionales, será responsable por la impericia, abuso o negligencia al conducir; así como de las infracciones de Tránsito que le sean impuestas. Lo anterior, estará regulado en el Instructivo para el Control y Uso de Vehículos, propiedad de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y de conformidad con las Leyes aplicables a la materia. ADMINISTRACIÓN DE VEHÍCULOS INSTITUCIONALES Art La asignación, uso, cuidado y conservación de todos los vehículos institucionales, se regulará de conformidad a lo establecido en el Instructivo para el Control y Uso de Vehículos, propiedad de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. La asignación, consumo y liquidación del combustible para todos los vehículos institucionales, se regulará de conformidad a lo establecido en el Instructivo para la Previsión, Custodia, Asignación, Entrega y Liquidación de Combustible utilizado por la Procuraduría. Así mismo, regulará lo relativo al tiempo de envío del reporte de consumo mensual de existencias al Departamento de Contabilidad para su registro. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE DISEÑO Y USO DE DOCUMENTOS DE REGISTROS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos sobre el diseño y uso de documentos de registros, que coadyuven en la anotación adecuada de las transacciones y hechos significativos que se realicen en la Institución. La documentación, será resguardada por los períodos que las correspondientes leyes establezcan al respecto.

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONTROL INTER PREVIO AL COMPROMISO Art La Unidad Financiera Institucional, deberá efectuar en su ámbito de competencia la evaluación previa al compromiso para efectuar un gasto, constituirá los procedimientos que permitan determinar las operaciones que cumplan los criterios de legalidad, veracidad y conformidad con el presupuesto y Plan de Compras vigente, determinando si están directamente relacionadas con los fines institucionales, previo a su autorización. Dicho control, será realizado por los servidores responsables del procesamiento de las operaciones. CONTROL INTER PREVIO AL DESEMBOLSO Art Todo trámite de desembolso de fondos, deberá estar completamente documentado y fundamentado en el correspondiente proceso de compra y autorización de pago, según sea el caso; así como estar debidamente respaldado en la disponibilidad de fondos. Todo de conformidad a las regulaciones, que al respecto establezca el Ministerio de Hacienda. CONTROL INTER POSTERIOR Art Comprenderá la evaluación de los procedimientos administrativos, financieros y operacionales ejecutados, actividad que será realizada por la Unidad de Auditoría Interna. Las evaluaciones que realice la Unidad de Auditoría Interna, deberán medir la efectividad de los controles internos institucionales, recomendar mejoras a la administración y verificar que éstas se concreten en forma oportuna. CONFIRMACIÓN DE SALDOS EN BANCOS Art La Unidad Financiera Institucional, deberá comprobar el movimiento y confirmará en forma independiente los saldos de las cuentas a cargo de la entidad, con el propósito de garantizar la confiabilidad de la información, en cada cierre contable mensual. AUTORIZACIONES Art El Procurador, acreditará por escrito ante los bancos depositarios, a sus servidores titulares y suplentes autorizados, para el movimiento de sus cuentas. Los refrendarios de cuentas bancarias, no deberán ejercer las funciones de autorización de gastos ni de Contador. Los servidores que ejerzan funciones de refrendario de cheques, deberán asegurarse que los documentos que soporten un pago, cumplan con los requisitos de legalidad, veracidad y pertinencia. Si se produjera la vacante de algún refrendario, se comunicará oportunamente al Banco. SISTEMA DE REGISTRO Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, formularán por escrito las políticas y procedimientos para el sistema de registros de la información, debiendo contener los aspectos siguientes: a) Definición clara sobre el proceso de autorización, registro y control oportuno de todas las operaciones; b) Mecanismos para garantizar que las operaciones que se ejecuten en la Procuraduría, cuenten con la documentación necesaria de soporte; y c) Disposiciones generales, para asegurar que la documentación de soporte de las operaciones sean archivadas siguiendo un orden lógico, de fácil acceso, utilización, cumpliendo, con las medidas de seguridad y de conformidad con los lineamientos que emita el Instituto de Acceso a la Información Pública sobre la materia. USO Y CONTROL DE FORMULARIOS PRENUMERADOS Art Las operaciones que se realicen mediante formularios, éstos deberán ser prenumerados, previendo el número de copias, el destino de cada una de ellas y las firmas de autorización necesarias. La custodia de formularios que se encuentren sin utilizar, será responsabilidad de la Jefatura a la que corresponda. ARCHIVO DE DOCUMENTACIÓN SUSTENTATORIA Art La Unidad Financiera Institucional, conservará en forma ordenada, todos los documentos, registros, comunicaciones y cualquier otro documento pertinente a la actividad financiera y que respalde las rendiciones de cuentas. La documentación, deberá permanecer archivada como mínimo por un período de cinco años y los registros contables durante diez, de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

41 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de PLAN DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS Art La Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, elaborará en coordinación con la Unidad Financiera Institucional de la Procuraduría, la programación anual de las compras, las adquisiciones y contrataciones de obras bienes y servicios y dará seguimiento a la ejecución de dicha programación. Lo anterior, de conformidad a lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), el Reglamento de esta la Ley y demás normativa que al respecto emita la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC). DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE CONCILIACIÓN PERIÓDICA DE REGISTROS Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos sobre la conciliación periódica de registros, para verificar su exactitud, determinar errores u omisiones y enmendarlos. Se efectuarán conciliaciones entre saldos contables y saldos de activo fijo; así como entre saldos contables y saldos de bienes de existencia, al cierre del ejercicio contable. ARQUEO DE FONDOS Art Los fondos y valores de la Institución, cualquiera que sea su origen, estarán sujetos a comprobaciones físicas, mediante arqueos periódicos sin previo aviso. Los arqueos, serán practicados por la Unidad de Auditoría Interna o por servidores independientes, de quienes posean la responsabilidad de custodia, manejo o registro de fondos. Se dejará constancia escrita y firmada, por las personas que participen en los arqueos. De acuerdo a los resultados obtenidos, se informará oportunamente al Jefe inmediato y a la máxima autoridad, a efecto de que se tomen las medidas preventivas o correctivas correspondientes. MANEJO DEL FONDO CIRCULANTE DE MONTO FIJO Art El Encargado del Fondo Circulante, será un servidor distinto a los responsables de otros fondos y de quienes efectúen labores contables o presupuestarias. El Responsable o Encargado del Fondo Circulante, será nombrado mediante Acuerdo Institucional y deberá ser seleccionado por su honradez, integridad y conocimiento de las normas aplicables a la administración financiera y control de los recursos del Estado; además, deberá rendir fianza en cumplimiento a la Ley. Dicho funcionario, regirá todas sus actividades conforme lo establecido en las Normas y Procedimientos del Fondo Circulante de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos y del Manual Técnico de Administración Financiera Integrado (SAFI) y demás normativa aplicable en la materia. RESPONSABLES Y MANEJO DE LOS FONDOS Art Los empleados que manejen, dispongan y custodien fondos, serán responsables de su uso adecuado. Las firmas en los cheques emitidos, podrán estamparse manualmente o de conformidad a lo que regule el Sistema Bancario. APERTURA Y MANEJO DE CUENTAS Art Toda cuenta bancaria, deberá estar a nombre de la Institución, conforme a las disposiciones legales correspondientes, identificando su naturaleza. Todos los movimientos de las cuentas bancarias, deberán registrarse cronológicamente el día de la transacción en el Libro de Bancos, identificando el número del cheque o referencia, una breve descripción del movimiento realizado, determinando en el mismo la disponibilidad. Los desembolsos, serán efectuados a través del Sistema de Cuenta Corriente del Gobierno de El Salvador, a excepción de los pagos por medio del Fondo Circulante.

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DESEMBOLSOS CON CHEQUES Art Cualquier cheque o retiro de fondos que se emita, deberá ser autorizado mediante firmas mancomunadas y de conformidad a las regulaciones establecidas por el Ministerio de Hacienda. Por ningún motivo se firmarán cheques en blanco, ni a nombre de persona o empresa diferente a las que hubieren suministrado, los bienes o servicios. Las fórmulas de cheques, cumplirán con los requisitos legales y de seguridad, establecidos por ley. CONCILIACIONES Art Con el propósito de verificar saldos o disponibilidades, se efectuarán conciliaciones mensuales de las cuentas bancarias relacionadas con la información contable. Estas, serán elaboradas y suscritas por un servidor independiente de la custodia y registro de fondos, haciéndolas del conocimiento del funcionario competente que para el caso se designe. Asimismo, deberán realizarse conciliaciones bancarias de registros financieros de proyectos, financiados o donados por organismos internacionales. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE ROTACIÓN DE PERSONAL Art El Departamento de Recursos Humanos, en coordinación con las unidades organizativas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, establecerá las políticas y procedimientos para la rotación sistemática del personal que realice tareas claves y/o funciones afines, con el propósito de obtener el máximo aprovechamiento de las experiencias y competencias del talento humano institucional, siempre y cuando la naturaleza de las funciones permita efectuarlas. Lo anterior, está descrito en el Reglamento Interno de Personal de la Procuraduría. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS SOBRE GARANTÍAS Y CAUCIONES Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos en materia de garantías, considerando la razonabilidad y suficiencia, para asegurar el adecuado cumplimiento de las funciones. El aseguramiento de bienes, será desarrollado en el Manual de Procedimientos de Control de Activo Fijo. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LOS CONTROLES GENERALES DE LOS SISTEMAS DE INFORMA- CIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos sobre los controles generales comunes a todos los sistemas de información. El Departamento de Informática, será el responsable de la aplicación de las operaciones del Centro de Datos, la adquisición y mantenimiento del software del sistema, la seguridad de acceso, planes de contingencia, desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones del sistema, regulado en el Manual de Procedimientos del Departamento de Informática. Se deberán establecer normas y procedimientos de planeación, administración y control sobre: Operaciones de centros de datos, adquisición, implantación y mantenimiento del software de sistemas, seguridad de acceso, por medio de cambios frecuentes de claves, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones, tanto existentes como las nuevas. MECANISMOS PARA LA AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE LA INFORMACIÓN INSTITUCIONAL Art La Procuraduría, establecerá formalmente y por escrito los procedimientos de autorización, registro y control oportuno de todas las operaciones, concibiéndose como la secuencia concatenada y lógica de los pasos que sigue una tarea o actividad; asimismo, se establecerá por escrito lo relativo a la administración de la documentación generada, como consecuencia de esas operaciones. La documentación generada en los procesos relativos a las actividades financieras, administrativas u operativas, será información indispensable para que cada trabajador cuente con el apoyo y evidencias necesarias, para dar cuenta del cumplimiento de las responsabilidades inherentes a su cargo. Será necesario que los procesos para la administración de la información institucional, brinden los resultados esperados, debiendo reunir los requisitos siguientes: a) Reducir la posibilidad de fraude y error; los procedimientos de administración de sistemas de información, deberán estar coordinados de manera que el trabajo de un empleado sea automáticamente revisado por otro que le corresponda, independiente de sus propias obligaciones determinadas en forma escrita; b) Para las operaciones que no sean mecánicas, los procedimientos escritos no deberán ser excesivamente detallados;

43 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de c) Será indispensable implementar registros y formularios adecuados por escrito, que sean lo suficientemente simples y claros, para que quienes los utilicen se les facilite registrar los datos pronta y correctamente; d) La información, deberá ser diseñada considerando su máxima utilidad para tales fines, como el registro, control e impresión ordenada por un número mínimo y necesario; e) Plasmar claramente los niveles de autoridad para el acceso a la información. Art El acceso a la información y archivos, se regulará según lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública y Guía del Archivo Institucional de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. DEFINICIÓN DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS DE LOS CONTROLES DE APLICACIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán establecer, aplicar y darle seguimiento a las políticas y procedimientos sobre los controles de aplicación específicos. CAPÍTULO IV RMAS RELATIVAS A LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Art Comprenderá la forma en que fluye internamente la información que se genera dentro o fuera de la entidad, su calidad, cantidad, confiabilidad y oportunidad para la apropiada toma de decisiones del personal que la requiere. ADECUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Art Los sistemas de información que se diseñen e implementen dentro de la Institución, deberán ser acordes a los planes estratégicos y a los objetivos institucionales, debiendo ser éstos ajustables a las características y necesidades de la Institución. PROCESO DE IDENTIFICACIÓN, REGISTRO Y RECUPERACIÓN DE LA INFORMACIÓN Art La Institución, diseñará los procesos que le permitan identificar, registrar y recuperar la información de eventos internos y externos que se requieran, en la respectiva área de gestión. CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán asegurar que la información que se procese al interior de la Institución sea confiable, oportuna, suficiente y pertinente. OPORTUNIDAD DE LOS REGISTROS Art Las operaciones, deberán registrarse dentro del período en que ocurran, a efecto que la información sea oportuna y útil para la toma de decisiones. EFECTIVA COMUNICACIÓN DE LA INFORMACIÓN Art La información procesada, tendrá que ser comunicada al usuario interno y externo que la necesite, en la forma y plazo requerido, sin perder el principio de confidencialidad. Art Ningún funcionario de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, podrá emitir comunicados de carácter oficial, a no ser que haya sido facultado para divulgarlo por el Titular, ésto permitirá guardar la confidencialidad de la información. ARCHIVO INSTITUCIONAL Art La Procuraduría, deberá contar con un Archivo Institucional para preservar la información, en virtud de su utilidad y de requerimientos jurídicos y técnicos. Todos los funcionarios y empleados, estarán obligados a archivar y mantener los documentos propios de su área, por un período no menor de cinco años, a excepción de ciertos tipos de documentos que no podrán ser desechados, en razón de requisitos legales y técnicos, del tiempo o cuando la Ley aplicable a la materia lo determine expresamente.

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MONITOREO CAPÍTULO V RMAS RELATIVAS AL MONITOREO Art Serán las actividades reguladoras de la administración, para el fortalecimiento del control interno, que garanticen la efectividad a través de la Unidad de Auditoría Interna y entes contralores externos; con el propósito de que las recomendaciones que surjan, se puedan implementar. MONITOREO SOBRE LA MARCHA Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán vigilar que los empleados, realicen las actividades de control durante la ejecución de las operaciones, de manera integrada. MONITOREO MEDIANTE AUTOEVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTER Art El Procurador, niveles gerenciales y jefaturas, deberán determinar la efectividad del Sistema de Control Interno Institucional, haciendo uso de herramientas administrativas y de control, aplicables en la gestión, al menos una vez al año. EVALUACIONES SEPARADAS Art Además de las evaluaciones de la efectividad del control interno institucional, también será evaluado periódicamente a través de la Unidad de Auditoría Interna, Corte de Cuentas de la República y demás instituciones de control y fiscalización o cuando proceda por firmas privadas de Auditoría. COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL MONITOREO Art Los niveles gerenciales y jefaturas, deberán comunicar los resultados de las actividades de monitoreo de Sistema del Control Interno, a la autoridad superior correspondiente. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIA Art La revisión y actualización de las presentes Normas, será realizada por la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, considerando los resultados de las evaluaciones sobre la marcha, autoevaluaciones y evaluaciones practicadas al Sistema de Control Interno; esta labor estará a cargo de una Comisión nombrada por el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, en su condición de máxima autoridad. Todo proyecto de modificación o actualización a las Normas Técnicas de Control Interno Específicas de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, deberá ser remitido a la Corte de Cuentas de la República, para su revisión, aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial. Art La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, será responsable de divulgar las Normas Técnicas de Control Interno Específicas a sus funcionarios y empleados; así como de la aplicación de las mismas. Art Derógase el Decreto N 103, de fecha 28 de junio del año dos mil seis, publicado en el Diario Oficial N 156, Tomo N 372, de fecha 24 de agosto de Art El presente Decreto, entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. San Salvador, cinco de marzo de dos mil quince. LIC. JOVEL HUMBERTO VALIENTE, PRESIDENTE DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA. (Registro No. F050253)

45 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ALCALDÍAS MUNICIPALES DECRETO NÚMERO CUATRO: El Concejo Municipal de San Salvador, CONSIDERANDO: I- Que la Constitución de la República en el artículo 203 le otorga autonomía a los municipios; el artículo 204, numeral cuarto establece como parte de esta autonomía la facultad de decretar ordenanzas; y el artículo 206 regula que los planes de desarrollo local deberán ser aprobados por el Concejo Municipal e indica que las instituciones del Estado deberán colaborar con los municipios en el desarrollo de los mismos. II- Que de conformidad con el aartículo 4 del Código Municipal, es competencias de los municipios, la elaboración, aprobación y ejecución de planes de desarrollo local. III- Que por Decreto Municipal N 37 de fecha 12 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Oficial N 23, Tomo 358, de fecha 5 de febrero 2003, se emitió la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador. El objeto de la misma es definir y regular los procesos de iniciativa, creación, aprobación, implementación y reformas a los instrumentos jurídicos y técnicos de intervención urbana llamados Planes de Ordenamiento Territorial Municipal (POTM). IV- Que el Municipio de San Salvador, está dividido en seis Distritos; en el Distrito tres se encuentra la zona denominada Escalón, para la cual es objeto de la presente Ordenanza. V- Que es primordial para la Municipalidad en virtud del desarrollo y la presión urbana que está siendo objeto la Zona Escalón, la elaboración del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón, sus respectivos Planos y el instrumento jurídico necesario para la aplicación de dicho Plan Parcial. VI- Que se ha cumplido con el proceso de divulgación del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón, a través de la Unidad de Acceso a la Información Pública y Transparencia Municipal; y cumplido con los procedimientos, metodología y consulta ciudadana sobre planes de ordenamiento territorial municipal, establecidos en el Art. 40 de la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador.

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Por tanto en uso de sus facultades constitucionales y legales, decreta la siguiente: ORDENANZA DEL PLAN PARCIAL DE ORDENAMIENTO URBA PARA LA ZONA ESCALÓN. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. Objeto. La presente ordenanza tiene como objeto establecer el Plan Parcial para la denominada Zona Escalón, el cual incluye la zonificación de los usos del suelo y régimen de aprovechamiento del mismo; y contiene las propuestas urbanísticas que deben ser realizadas en dicha zona. Art.2. Ámbito de aplicación. Para los fines de la presente Ordenanza la Zona Escalón, estará delimitada por la siguiente descripción: AL RTE por la Prolongación de la Alameda Juan Pablo II, tramo comprendido entre la Avenida Masferrer Norte y 75a Av. Norte, exceptuando las parcelas al frente de dicha Alameda; al PONIENTE, por las parcelas al frente de la Avenida Masferrer Norte- Sur, tramo comprendido desde Quebrada La Mascota hasta Comunidad El Prado; al SUR por la Quebrada La Mascota, tramo entre la Avenida Masferrer y 75aAv. Norte; y al ORIENTE, por las parcelas al frente de la 75a Avenida Norte, tramo comprendido desde Quebrada La Mascota hasta Prolongación de la Alameda Juan Pablo II, sin tocar parcelas al frente de dicha Alameda. El plano n 1 Delimitación del área de Aplicación del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón, representa geográficamente el área que estará sujeta a la normativa urbanística. Art 3. Sujetos pasivos para la aplicación de la presente Ordenanza. La presente Ordenanza se aplicará a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que realicen trámites para el cambio de uso del suelo, ejecución y control de todo tipo de proyecto de obras de modificación de inmuebles. Art.4. Definiciones Banco de Proyectos: Es el documento que contiene la identificación de ideas de proyectos, que en el horizonte del Plan acercaran el cumplimiento de la Imagen Objetivo aunado a la observancia de la normativa del Plan. Diagnóstico: Es el análisis actual del territorio, en el cual se conoce la organización espacial, estructura urbana y sus componentes a fin de obtener los elementos que sirvan para definir las orientaciones del Plan. Memoria descriptiva es el instrumento básico en el que se relaciona la propuesta del Plan, su justificación, y la exposición de sus objetivos y determinaciones de ordenación. La memoria descriptiva carece de contenido vinculante, sirviendo para el entendimiento del marco en que se adoptan las determinaciones normativas de planeamiento.

47 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Prospectiva: Es una herramienta que ayuda a la decisión en la planificación del territorio, con el fin de proveer la competitividad y el desarrollo integral de sus habitantes. Régimen Normativo: es el conjunto de normas urbanísticas de un territorio Art.5. De los trámites. Las resoluciones a los trámites y/o permisos otorgados en la Zona Escalón por las autoridades competentes se realizarán de acuerdo a los siguientes instrumentos de regulación: Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios aledaños. Reglamento a la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios aledaños. Ordenanza para Iniciativa, creación. Aprobación e] Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador. Ordenanza del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón. CAPÍTULO II ZONIFICACIÓN DE USOS DEL SUELO Y REGIMEN DE APROVECHAMIENTO Art. 6.Usos de suelo Permitidos, Alternativos y Prohibidos. En cada una de las zonas de usos del suelo dentro de la delimitación del presente plan, se especificarán los usos de suelo Permitido, Alternativo y Prohibido. Usos de suelo permitidos: Son aquellos que podrán ubicarse dentro de las zonas indicadas, sin más limitaciones que las establecidas por el Plano de Zonificación de Usos de Suelo. Usos de suelo alternativos: Son los Usos que pueden ser compatibles con el uso predominante en la zona, con el fin proveer opciones de usos del suelo. Usos de suelo prohibidos: Son aquellos usos que por ninguna circunstancia pueden obtener permiso para ubicarse en una zona determinada por su incompatibilidad con los usos permitidos en ella. Todos aquellos usos Permitidos o Alternativos, que por condiciones particulares de los inmuebles o del proyecto que se quiera desarrollar genere la necesidad de algún tipo de obra o normas especiales de equipamiento urbano o arquitectónico, para lo cual se generará por parte de OPAMSS La Calificación de Lugar de Uso Condicionado. Art.7.Delimitación de Zonas de Usos de Suelo. Para efectos de aplicación de la presente Ordenanza, La Zona Escalón estará dividida en las siguientes zonas: CODIGO ZONA DELIMITACIÓN ZCUM1 Corredor de Usos Mixtos 1 Pertenecen a esta zona las parcelas al frente de: 75a Avenida Norte y Sur (Tramo desde

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ZCUM2 ZCTE Corredor de Usos Mixtos 2 Corredor Turístico de Entretenimiento. Quebrada La Mascota hasta Prolongación Alameda Juan Pablo II, exceptuando parcelas al frente de dicha Alameda). Avenida Masferrer Norte y Sur (Tramo desde Quebrada La Mascota hasta Prolongación Alameda Juan Pablo II, exceptuando parcelas al frente de dicha Alameda). Paseo General Escalón (Tramo desde 75a Av. Norte hasta Av. Masferrer). Pertenecen a esta zona las parcelas al frente de: 79a Avenida Norte (tramo desde Paseo General Escalón hasta Calle Del Mirador, exceptuando parcelas al frente de dichas calles). 87a Avenida Norte (tramo desde Paseo General Escalón hasta Calle Del Mirador, exceptuando parcelas al frente de dichas calles). 89a Avenida Norte (tramo desde Paseo General Escalón hasta Calle Del Mirador, exceptuando parcelas al frente de dichas calles). 9a Calle Poniente (tramo desde 75a Av. Norte hasta 83a Av. Norte; y desde diagonal Calle del Mirador hasta 87a Av. Norte). Compuesta por dos tramos: El primero por La Calle Del Mirador, entre la Avenida Masferrer Norte y 75aAvenida Norte.(Exceptuando parcelas al frente de ambas vías). Y el segundo desde la 11a Calle Poniente a la altura del Pasaje Sagrado Corazón hasta Plaza Israel.

49 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ZUM ZHAB Usos Mixtos Zona habitacional. La conforman cinco porciones: la primera al Norte de la zona de estudio, delimitada de la siguiente manera: Al Norte por la Quebrada Las Lajas; Al Oriente por la 77a Av. Norte; Al Sur por la Calle Del Mirador, exceptuando las parcelas al frente de dicha Calle; Al Poniente por la Av. Masferrer; La segunda porción se delimita al Norte por la 9a Calle Poniente; Al Oriente por la 75a Av. Norte; Al sur por el Paseo General Escalón; Al Poniente por la 79a Av. Norte; exceptuando las parcelas al frente de dicha de esas vías; La tercera porción se delimita al Norte por la 7a Calle Poniente; Al Oriente por la 81a Av. Norte; Al Sur por la 5a Calle Poniente; al Poniente por la 83a Av. Norte; La Cuarta porción limita al Norponiente por la Av. José Matías Delgado; Al Sur por la 1a Calle Poniente; al Oriente por la 87ª Av. Norte (Exceptuando las parcelas al frente del Paseo General Escalón y 87 av. Norte). La quinta porción limita al Norte por El Paseo General Escalón, Al Oriente por la 79a Av. Sur (exceptuando las parcelas al frente de ambas vías); Al Sur por la Quebrada La Mascota; Al Poniente colindando con la Comunidad Cristo Redentor sector La Paz. La conforman dos porciones, la primera por la Colonia Campestre al surponiente de la zona de estudio, limitando con la Quebrada La Mascota, la segunda porción al norte delimitándose de la siguiente manera: Al Norte por la Prolongación de la Alameda Juan Pablo II, tramo comprendido entre la 75a Av. Norte hasta la Av. Masferrer Norte, exceptuando las parcelas al frente de la Alameda Juan Pablo II; Al Oriente por la 75a Av. Norte, tramo desde la Quebrada Las Lajas hasta La Prolongación de la Alameda Juan Pablo II, exceptuando las parcelas al frente de la Alameda; Al sur por la Quebrada La Lajas, tramo desde la 75a Av. Norte hasta la Av. Masferrer; Al Poniente por la Av. Masferrer Norte, tramo desde la Quebrada

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ZR ZEA ZP Zona Residencial. Espacios Abiertos. Zonas de Protección. Las Lajas hasta la Prolongación de la Alameda Juan Pablo II; está conformada por las siguientes colonias: Residencial Capistrano, Condominio Residencial Villas del Prado, Pasaje Contreras, Pasaje Romero, Residencial Mónaco, Condominio Residencial Mónaco 2, Residencial El Sausalito, Res. Alturas de La Escalón, Res. Villa de Campo, Res. San Bernardo, Res. Quintas de La Escalón, Res. Los Eucaliptos II, Res. Brumas de la Escalón, Condominio Villa Maquilishuat. La conforman dos porciones, la primera ubicada al Norponiente de la Zona de Estudio, delimitada de la siguiente manera: Al Norte por la Calle Del Mirador; tramo comprendido entre la Av. Masferrer y la 89 Av. Norte, excluyendo las parcelas al frente de ambas vías; Al Oriente por la 89 Av. Norte, tramo comprendido entre la Calle Del Mirador y El Paseo General Escalón, excluyendo las parcelas al frente de ambas vías; Al Sur por El Paseo General Escalón, tramo comprendido entre la 89a Av. Norte y la Av. Masferrer, excluyendo las parcelas al frente de ambas vías; al Poniente por la Av. Masferrer, tramo comprendido entre el Paseo General Escalón y la Calle Del Mirador, excluyendo las parcelas al frente de ambas vías. La segunda por los condominios Res. Escalón 87, Pasaje San Rafael, Res. Fountain blue Plaza, Reparto la Hacienda, Cond. La Hacienda, Cond. Residencial El Almenar, Cond. Capelli y Cond. Res. Alquerías. La conforman todas las Plazas, Zonas verdes habitacionales, Parques, redondeles y triángulos. Dentro de la categoría de zonas de protección son las que se Ubican a lo largo de la quebrada Las Lajas y La Mascota.

51 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de La conforman las siguientes comunidades en vías de desarrollo: Francisco Nuñez Arrúe, 12 de Octubre, San ZVS Vivienda Social. Diego, Valle de Oro I y II, Rosa Linda I y II, El Tanque, La Pedrera I y II, Corazón de María I y II, Cristo Redentor Paz. Dentro de esta zona se ubica el predio Zona de Istmania, delimitado al norte por la 7a Calle ZRE Reglamentación Poniente, al Oriente por la 73a Av. Norte, Al Especial. Sur por el Pasaje Istmania, al Poniente por la 75a Av. Norte. El Plano N 2 Zonificación de Usos de suelo del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón, contiene la zonificación de usos de suelo vinculante para la Zona Escalón; dicho plano de zonificación estará bajo resguardo de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de San Salvador, y es parte integrante de esta ordenanza. Art. 8.-Zona: Usos Mixtos 1(ZUM1). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos/ Condominio vertical, Vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería y zapatería. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos.

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBCATEGORÍA: Mercados ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Mini súper. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Supermercados. SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Local Comercial (solamente compatible con usos alternativos para esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Lavandería, sastrería, ciber café, Sala de belleza, Peluquería, Fotocopiadora, óptica. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos

53 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Taller de mecánica, Obra de banco, Electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Comedores, Restaurantes, cafetines y venta de comida típica. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales, agencia de viajes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Complejos de oficinas de servicios profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call Center, Oficinas administrativas. SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostal, bed and breakfast. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Hotel, Autohotel, apart hotel, automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/ Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bares, discotecas, night club, cervecerías, Casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos, Salas de té, clubes sociales y fiestas. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Iglesias Católicas, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría.

55 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Consultorio o clínicas, laboratórios y ópticas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Unidad de Salud, Hospitales, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Centros de Reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, Orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Gimnasios, Estadios. CATEGORÍA: Institucional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOsS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: ONG, Embajadas y Representaciones Oficiales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, Puesto de policía, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: Cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Biblioteca, Casa de la Cultura, Centro Cultural, Centro de exposición, Galerías de arte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Teatros, Auditorio, Museo, Centro de convención. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros de cuido y enseñanza infantil, kínder, Escuelas, Colegios, Institutos tecnológicos, Universidades, Escuelas de Educación Especial, academias, Centros de Idiomas, Escuelas de Arte. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Internacionales e interdepartamentales.

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Viveros ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro. CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones/Subestaciones Eléctricas, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua. Art. 9.-Zona: Corredor Mixto 1 (ZCM1). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Apartamento, condominio vertical, Edificio de apartamentos de uso mixto (Edificio de apartamentos de uso mixto, solamente compatible con Usos Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Vivienda unifamiliar, condominio horizontal. CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Panadería, librería, farmacia, floristería, joyerías.

57 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Tiendas al por menor, fruterías, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, venta de ropa y accesorios, Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: Mercados ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla Usos Prohibidos SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Local Comercial (solamente compatible con usos permitidos y alternativos para esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla Usos Prohibidos SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Venta de equipos Eléctricos, Sanitarios, Repuestos automotrices, equipo médico, ferreterías, venta de vehículos, venta de muebles. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de construcción, venta de maquinaria, venta de armas. materiales de

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Lavandería, sastrería, Ciber café, Sala de belleza, Peluquería, Fotocopiadora, óptica, cerrajería, carwash. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: carpintería, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: electrónica de computadoras. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Obra de banco, Electricidad, tapicería, reparación de calzado, Taller de mecánica automotriz. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Restaurantes, cafés. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Comedores, venta de comida típica. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, Cooperativas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales, agencia de viajes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas.

59 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Oficinas administrativas, Empresas multinacionales, Call Center, edifícios corporativos, Televisora, Radio, Complejos de oficinas de servicios profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Hotel. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostal, bed and breakfast, apart hotel. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Autohotel, automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/ Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Social, Sala de Té y Fiestas, centro de entretenimiento familiar, Cervecería, Bares, casinos, night club, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos.

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Iglesias Católicas, Lugares de Culto. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: Edificios y Centro de Salud. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Clínicas veterinarias, laboratorios, Hospitales, consultorios. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS:, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Centros de reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, Orfanato, Asilo, Unidad de Salud. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Gimnasio para ejercicio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Estadios. CATEGORÍA: Institucional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Representaciones internacionales, embajadas, Puesto de policía, oficinas de gobierno municipal. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, oficinas de gobierno nacional. CATEGORÍA: Cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Cultural, centro de convención, centros de exposición, galería de arte, Bibliotecas, Centros de documentación, teatros, auditorios, museos, casa de la cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría.

61 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Universidades, Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías. Centros de capacitación, de idiomas. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Terminales Internacionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Interdepartamentales. CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro, Fincas/Beneficio, Ingenios, Viveros. CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones/Subestaciones Eléctricas, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua. Art. 10.-Zona: Corredor Mixto 2 (ZCM2). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional.

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Apartamento, condominio vertical, condominio horizontal, Edificio de apartamentos de uso mixto (Edificio de apartamentos de uso mixto, solamente compatible con Usos Permitidos y Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Vivienda unifamiliar. CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Panadería, librería, farmacia, floristería. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Tiendas al por menor, fruterías, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios, Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: Mercados ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Supermercados. SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Local Comercial (solamente compatible con usos permitidos y alternativos para esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Centro Comercial.

63 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Venta de equipos eléctricos, sanitarios, repuestos automotrices, equipo médico, venta de muebles. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de materiales de construcción, venta de maquinaria, venta de armas, ferreterías, venta de vehículos. SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Lavandería, sastrería, Ciber café, Sala de belleza, Peluquería, Fotocopiadora, óptica, cerrajería, carwash. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: carpintería, distribuidora de gas. UBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Electrónica de computadoras ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Obra de banco, Electricidad, tapicería, reparación de calzado, Taller de mecánica automotriz. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Restaurantes, cafés. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Comedores, venta de comida típica. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, Cooperativas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales, agencia de viajes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Oficinas administrativas, Empresas multinacionales, Call Center, edificios corporativos, Televisora, Radio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Hotel. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostal, bed and breakfast. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Autohotel, apart hotel, automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/ Metálica/Maquinaria y Equipo

65 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Social, Sala de Té y Fiestas, centro de entretenimiento familiar, Cervecería, Bares, casinos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: night club, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Iglesias. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Edificios y Centro de Salud. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Clínicas veterinarias, laboratorios, consultorios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Unidad de Salud, Hospitales, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Clínicas, Laboratorios, Centros de Reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, Orfanato, asilo. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Gimnasio para ejercicio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Estadios. CATEGORÍA: Institucional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Representaciones internacionales, embajadas, Puesto de policía, oficinas de gobierno municipal. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, oficinas de gobierno nacional. CATEGORÍA: Cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Cultural, centro de convención, galería de arte, Bibliotecas y Centros de documentación, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, casa de la cultura.

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías. Centros de capacitación, de idiomas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Universidades. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Estacionamientos públicos /privados de vehículos livianos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Interdepartamentales e Internacionales, punto de buses. CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Viveros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro, Fincas/Beneficio, Ingenios. CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua.

67 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Art. 11.-Zona: Corredor Turístico de Entretenimiento (ZCTE). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Condominio vertical, Edificio de apartamentos de uso mixto (Edificio de apartamentos de uso mixto solamente compatible con Usos Permitidos y Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Vivienda unifamiliar, Condominio Horizontal. CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios, Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: Mercados ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Local Comercial (solamente compatible con usos permitidos y alternativos para esta zona).

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de armas, Repuestos automotrices, Venta de equipos Eléctricos, Sanitarios, equipo médico, venta de muebles. SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Lavandería, sastrería, Ciber café, Sala de belleza, Peluquería, Fotocopiadora, óptica, bazar, boutique, zapatería, salas de ventas de teléfonos, joyería, farmacia, floristería, ventas de artesanías, librería. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: carpintería, distribuidora de gas, cerrajería, carwash. SUBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Taller de mecánica automotriz, Obra de banco, Electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Restaurantes, sorbeterías, panadería, pastelería, cafés. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Comedores, venta de comida típica, cafetería. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia.

69 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Cooperativas, Aseguradora de vehículos, bancos, cajas de ahorro y crédito, autobancos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Edificios de oficinas, oficinas de servicios profesionales individuales, complejos de oficinas para profesionales, agencia de viajes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: oficinas de servicios profesionales, empresas corporativas con uso intensivo para estacionamiento, call center, oficinas administrativas, radios, televisoras. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Hotel. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostal, bed and breakfast, apart hotel. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Autohotel, automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría.

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/ Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Cervecería, Bares, discotecas, casinos, juegos de mesa, billares, juegos electrónicos, boleramas, bingo. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Social, Sala de Té y Fiestas, centro de entretenimiento familiar. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: night club, barra show. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Iglesias, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Edificios y Centro de Salud, Clínicas veterinarias, laboratorios, Unidad de Salud, Hospitales, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Centros de Reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, Orfanato, asilo. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Gimnasio para ejercicio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Estadios. CATEGORÍA: Institucional.

71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Representaciones internacionales, embajadas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, oficinas de gobierno nacional. CATEGORÍA: Cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Centro Cultural, centro de convención, centros de exposición, galería de arte, Bibliotecas y Centros de documentación, teatros, auditorios, museos, casa de la cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Universidades, Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías. Centros de capacitación, de idiomas. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Estacionamientos públicos/privados de vehículos livianos. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Terminales Internacionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Interdepartamentales. CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro, Fincas/Beneficio, Ingenios, Viveros. CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría.

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos Alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones/Subestaciones Eléctricas, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua. Art. 12.-Zona: Habitacional (ZHAB). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos/ Condominio vertical, Vivienda en condominio horizontal, Edificio de uso mixto (Edificio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Tiendas al por menor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios, Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: Mercados

73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Supermercados, Mini súper. SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Lavandería, sastrería, Sala de belleza, Peluquería. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, óptica, ciber café, Fotocopiadora. SUBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Taller de mecánica, Obra de banco, Electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Restaurantes, cafetines, venta de comida típica, Comedores. SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, autobancos, Aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Diseño publicitario, Diseño gráfico, Televisora, Radio, Escuela de Perro, Oficinas de abogados, ingenieros, arquitectos, contabilidad, agencia de viajes. SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Complejos de oficinas de servicios, Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call Center, Oficinas administrativas, complejos de oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos

75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostal, bed and breakfast. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Hotel, Autohotel, apart hotel, automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica, Metálica, Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas de té, clubes sociales y fiestas, Bares, discotecas, night club, cervecerías, Casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Iglesias, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría.

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Unidad de Salud, Consultório o clínicas, ópticas,hospitales, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Laboratorios, Centros de Reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, Orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Gimnasios, Estadios. CATEGORÍA: Institucional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: ONG, Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, Puesto de policía, oficinas de gobierno, Embajadas y Representaciones Oficiales. CATEGORÍA: Cultura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centro Cultural, Teatros, Auditorio, Museo, Centro de exposición, Galerías de arte, Centro de convención, Biblioteca, Casa de la Cultura. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría.

77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Internacionales e interdepartamentales, Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro, Fincas/Beneficio, Ingenios, Viveros. CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua. Art. 13.-Zona: Residencial (ZR). CATEGORÍA: Habitacional. SUBCATEGORÍA: Habitacional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos/Condominio vertical, Vivienda en condominio horizontal, Edificio de uso mixto (Edificio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos de esta zona). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CATEGORÍA: Comercio y Servicios. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por menor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios, Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: Comercio de bienes al por mayor. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: Mercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Mercados. SUBCATEGORÍA: Supermercados. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Supermercados, Mini súper. SUBCATEGORÍA: Local Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: Centro Comercial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: Venta de artículos comerciales e industriales.

79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: Comercio de Barrio. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, óptica, lavandería, sastrería, ciber café, Sala de belleza, Peluquería, Fotocopiadora. SUBCATEGORÍA: Servicio de reparación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Taller de mecánica, Obra de banco, Electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: Servicio de comida. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS:Restaurantes, cafetines, venta de comida típica, Comedores. SUBCATEGORÍA: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Gasolinera con o sin Tiendas de Conveniencia. SUBCATEGORÍA: Servicios Financieros. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, autobancos, Aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: Oficinas o Despachos de Profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Despachos individuales de profesionales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS:Diseño publicitario, Diseño gráfico, Televisora, Radio. SUBCATEGORÍA: Edificios de oficinas. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Complejos de oficinas de servicios, Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call Center, Oficinas administrativas, complejos de oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: Servicios Funerarios. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: Servicio de alojamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Hostales, Apart Hotel, bed and breakfast. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Hospedaje, Motel, Hotel, Autohotel,, Automotel. CATEGORÍA: Almacenamiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: Industrial. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría.

81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/ Metálica/Maquinaria y Equipo CATEGORÍA: Recreación y Entretenimiento. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Salas de té, clubes sociales y fiestas, Bares, discotecas, night club, cervecerías, Casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: Religión. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Iglesias Católicas, Otras Iglesias, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: Salud y Asistencia Social. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Clínicas o consultorios individuales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Unidad de Salud, Hospitales, Alcohólicos Anónimos, Centro de Formación Juvenil y familiar, Sala Cuna, Laboratorios, Centros de Reunión, Gremiales, Orfanato, asilo, ópticas, completo de clinicas de todas las especialidades. CATEGORÍA: Deporte ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centros Deportivos, Polideportivos, Gimnasios, Estadios. CATEGORÍA: Institucional. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: Embajadas y Representaciones Oficiales. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, Puesto de policía, ONG, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: Cultura.

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Centro Cultural, Teatros, Auditorio, Museo, Centro de exposición, Galerías de arte, Centro de convención, Biblioteca, Casa de la Cultura. CATEGORÍA: Educación. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: Transporte. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Terminales Internacionales e interdepartamentales, Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. CATEGORÍA: Agropecuario. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Granjas, Rastro, Fincas/Beneficio, Ingenios, Viveros CATEGORÍA: Espacios Abiertos. SUBCATEGORÍA: Parques ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Parque metropolitano, urbano, plaza. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. SUBCATEGORÍA: Áreas verdes. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Ornamental, Recreativa, de protección. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría.

83 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: Infraestructura. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: No contempla usos permitidos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Estaciones de transferencia de basura, relleno sanitario, cementerio, Estaciones/Subestaciones Eléctricas, Estaciones de Bombeo, Tanques/Depósitos de Agua. Art. 14.Zona: Espacios Abiertos (ZEA). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Espacios Públicos (canchas, zonas verdes, parques, plazas, siempre y cuando se garanticen las obras de protección necesarias). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los usos que no se encuentren contemplados para esta zona. Art. 15.Zona: Protección (ZP). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Espacios Públicos (canchas, zonas verdes, parques, siempre y cuando se garanticen las obras de protección necesarias). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: No contempla usos alternativos para esta categoría. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los usos que no se encuentren contemplados para esta zona. Art. 16.Zona: Reglamentación Especial (ZRE). El uso de suelo que se desee proyectar en esta zona, será evaluado por la Municipalidad con apoyo de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador OPAMSS; de acuerdo a la contribución del proyecto a la estrategia municipal de recuperación de espacio público; y tramitada su Calificación de Lugar de manera expedita, teniendo como antecedente el respectivo Acuerdo Municipal. Art. 17.Zona: Vivienda Social (ZVS). ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PERMITIDOS: Vivienda Unifamiliar. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO ALTERNATIVOS: tienda, frutería, panadería, tortillería, Servicios de Comida (Excepto restaurantes), sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, sastrería, ciber café. ACTIVIDADES/ USOS DE SUELO PROHIBIDOS: Todos los usos que no se encuentren contemplados para esta zona.

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Art. 18.Actividades Prohibidas en general para todo el ámbito geográfico de aplicación del Plan Parcial. Este régimen complementa los criterios de ordenamiento y control de los usos del suelo establecidos en la Zonificación de Usos del Suelo, al considerar actividades prohibidas en la zona de planificación. En general, se establecen como actividades prohibidas para toda la zona sujeta al Plan Parcial, las siguientes: Actividades generadoras de malos olores; Actividades que generen uso del espacio público de forma permanente sin la autorización de la municipalidad y bajo las condiciones que esta establezca; Actividades en inmuebles que no cuenten con estacionamientos al interior del inmueble según lo regulado en el Reglamento a la Ley del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios Aledaños; Actividades en inmuebles relacionadas a la venta o reparación de armas y municiones; Actividades temporales no autorizadas por la Municipalidad. Art. 19.Usos del Suelo No Conformes (USNC). Cualquier uso de uso de suelo existente a la fecha de entrada en vigencia de los Planes de Ordenamiento Territorial Municipales, catalogados como prohibidos en la Matriz de Usos de Suelo, mantendrá su derecho de permanencia, y deberá ser considerado como Uso de Suelo No Conforme. La Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador, está obligada a emitir la Calificación de Lugar, bajo el concepto de Uso de Suelo No Conforme, condicionándolo a las siguientes disposiciones: a. Mientras no se produzca el cese de las actividades que le dieron origen, el uso de suelo mantendrá su vigencia, con la obligación para su titular de eliminar o corregir toda causa de molestia debidamente comprobada por los organismos oficiales competentes, de acuerdo a la legislación vigente en la materia. Con excepción a lo regulado en el art. 63 de la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios aledaños. b. No podrán ampliarse o realizar nuevas construcciones en aquellos inmuebles catalogados como Uso Suelo No Conforme, a menos que se modifique el uso del suelo conforme a los usos permitidos o alternativos de la Matriz de Usos de Suelo de cada Plan de Ordenamiento Territorial Municipal. Para los usos de suelo No Conformes a la entrada en vigencia del presente Plan, la Municipalidad emitirá las Licencias, Matrículas o Permisos respectivos en sentido favorable. La OPAMSS otorgará la Calificación de Lugar bajo el concepto de Usos de Suelo No Conforme en los casos que requiera como requisito. Art. 20.Inmueble en varias zonas de uso del suelo. Los inmuebles en la Zona Escalón que de conformidad al Plano N 2: Zonificación de Usos del Suelo se encuentren ubicados entre varias zonas de uso del suelo debido a reuniones de inmuebles, entre otros;

85 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de predominará la zona del área de la parcela más grande del Plan Parcial, antes de la reunión de inmueble para otorgar los permisos respectivos. En el caso en que la reunión de inmueble afecte el corredor mixto 1 y/o 2 y una zona residencial o habitacional, predominará la zona del área de la parcela más grande antes de la reunión de inmuebles para otorgar los permisos, siempre y cuando se respeten los accesos vehiculares y peatonales; y los estacionamientos para atención al público o de carga y descarga se ubiquen al interior del lote y en el costado que no afecte la tranquilidad de las zonas habitacionales o residenciales. En el caso de que la reunión de inmuebles, afecte dos Planes de Ordenamiento, predominará la zona del área de la parcela más grande del Plan Parcial, antes de la reunión de inmuebles para otorgar los permisos respectivos. CAPÍTULO IV REGIMEN DE APROVECHAMIENTO DEL SUELO. Art. 21.Aprovechamiento del suelo. Se denomina aprovechamiento del suelo a la combinación de dos indicadores urbanísticos aplicables a cada parcela dentro de la zona comprendida dentro del Plan Parcial de Ordenamiento Urbano Escalón: a) El Índice de Edificabilidad; y b) El Porcentaje de Ocupación Para efectos de calcular el Índice de Edificabilidad y el Porcentaje de Ocupación, se relacionará la extensión del inmueble o reunión de inmuebles, y la ubicación de dicho inmueble en la zona de uso de suelo respectiva; obteniendo lo siguiente: A través del Índice de Edificabilidad y la aplicación de la tabla nº 1, se obtiene el área de construcción expresada en metros cuadrados que podrá autorizarse por la Oficina correspondiente, dependiendo según sea el uso permitido o alternativo solicitado. A través del Porcentaje de Ocupación y la aplicación de la tabla nº 1, se obtiene el área del inmueble autorizada como huella de construcción, o área permitida para ser impermeabilizada en el proyecto constructivo. El excedente al área de la huella de construcción podrá ser utilizada en el proyecto, como áreas destinadas a estacionamiento, ubicación de obras subterráneas de captación y retardo de aguas lluvias, instalaciones complementarias, pérgolas y jardines. Tabla N 1: Índice de Edificabilidad y Porcentaje de Ocupación para la Zona Escalón. USOS PERMITIDOS ZONA <1,000 m 2 1,000 < 2500 m < 5000 m < > 7500 m m2 % Ocupación para todos los Uso de suelo Usos Mixtos Corredor Mixto Corredor Mixto

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 USOS PERMITIDOS ZONA <1,000 m 2 1,000 < 2500 m < 5000 m < > 7500 m m2 % Ocupación para todos los Uso de suelo Corredor Turístico de Entretenimiento Habitacional Residencial Vivienda Social 0.75 N/A N/A N/A N/A 100 Reglamentación Especial USOS ALTERNATIVOS ZONA <1,000 m 1,000 < m < 5000 m 2 % Ocupación 5000 < > 7500 m2 para todos los Uso 7500 m2 de suelo Usos Mixtos Corredor Mixto Corredor Mixto Corredor Turístico de Entretenimiento Habitacional Residencial Vivienda Social 0.75 N/A N/A N/A N/A 100 Reglamentación Especial Se incluirá en el cómputo de la edificabilidad (Metros cuadrados de construcción), solamente el área útil en cada una de las plantas de la edificación, quedan excluidas las superficies construidas siguientes: 1. Las plantas de sótano o semisótano destinadas a estacionamientos, o instalaciones al servicio del edificio tales como cuartos de calefacción, acondicionamiento de aire, maquinarias de ascensores, cuarto de basuras, contadores y otros similares. 2. Los huecos de ascensores y escaleras, Las plantas bajas porticadas de uso público sin cerramientos laterales, Los patios de parcela y los interiores no cubiertos, Los balcones o terrazas abiertas en su parte superior, Las pérgolas cubiertas en su parte superior no computarán como superficie construida siempre que estén abiertos en todos sus lados y no superen el 10% de la superficie construida cerrada de la vivienda o construcción. Lo antes regulado no exime de cumplir con otras disposiciones establecidas en el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios Aledaños, particularmente lo concerniente a instalaciones hidráulicas y estacionamientos. Podrán desarrollarse proyectos en edificaciones que posean valor patrimonial, siempre que se adecuen a los lineamientos establecidos por la entidad encargada de velar por la conservación, fomento y difusión de la cultura, para desarrollar su proyecto.

87 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Art. 22.Estacionamientos. Para todos los proyectos de construcción y remodelación dentro de la Zona Escalón, el requerimiento mínimo de estacionamientos se calculará de acuerdo a los parámetros de conformidad a lo regulado en el Reglamento de la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños. Considerando en forma complementaria las siguientes regulaciones. 1. Cuando únicamente exista un acceso vehicular por proyecto, este deberá tener al menos seis metros de ancho para permitir la entrada y salida simultánea de vehículos. 2. Solo serán contabilizadas las plazas en estacionamientos internos, en ningún caso, podrán ser contabilizados los estacionamientos perpendiculares a las vías o paralelos a estas. 3. Es prohibido estacionar transporte liviano o pesado sobre las vías, acera o arríate dentro de la Zona Escalón. Art. 23.Zonificación de Aceras como uso exclusivo para la circulación peatonal. Con la entrada en vigencia de la presente ordenanza, la zonificación de las aceras como una banda ininterrumpida de circulación peatonal, en la que no se permitirá ningún tipo de invasión ni obstaculización de la misma con ningún tipo de objetos o barreras físicas como bardas, barandas, cadenas, bolardos, publicidad, escalones salientes y vehículos. Art. 24.-Zonificación de Arriates. Los arriates conservarán el uso exclusivo de barrera de seguridad entre la circulación peatonal y la vehicular mediante la provisión de una banda de tierra paralela entre la acera y la calle para la plantación de vegetación. No se permitirá ningún tipo de invasión ni obstaculización con ningún tipo de objetos o barreras físicas que obstaculicen el paso completamente, como bardas, barandas, cadenas y vehículos, a excepción de publicidad debidamente regulada y autorizada por la Municipalidad. Queda terminantemente prohibido cercar los arriates con alambre de púas o cualquier otro tipo de material que ponga en riesgo la seguridad de las personas. Además, no se permite hacerles ninguna modificación, demolición o reducción de área del trazado en planta que cambie parcial o totalmente el concepto urbano de diseño y las características estructurales de los arriates, como tampoco cubrirlos con ningún otro tipo de material impermeable. Solamente se permitirá la colocación de cestas o recipientes para la basura con capacidad para servir a un inmueble individual. En lo relacionado a la siembra de especies arbóreas en espacio público, especialmente en los arriates, se dará cumplimiento a lo estipulado en el anexo 3.

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Art. 25.Condiciones de Estética Urbana. Los edificios y construcciones habrán de adaptarse en lo básico al ambiente estético de la zona, sector, calle o plaza, para que no desentonen del conjunto o medio en que estuvieren situados, ni limiten excesivamente el campo visual para contemplar las bellezas naturales, ni rompan la armonía del paisaje. 1. Se construirán como fachadas todos los paramentos de un edificio visibles desde la vía pública. En particular, cuando se trate de edificios contiguos con diferentes alturas será obligatorio tratar como fachada La pared que por tal causa queda vista, el cual deberá retirarse de la línea medianera para poder establecer en él aberturas si ello fuera necesario para conseguir una composición adecuada. 2. Para los edificios de estacionamiento que se deseen construir, será obligatorio tratar como fachada el paramento que por tal causa queda visto, a fin de obtener la armonía del conjunto. Art. 26.Instalaciones Hidráulicas. Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar una construcción en la zona del Plan Parcial, deberá procurar que las obras ejerzan en dicho proyecto tenga un impacto cero sobre el sistema de drenaje pluvial existente en la zona, prohibiéndose lo siguiente: La descarga directa de las aguas negras, grises y lluvias a las quebradas Las Lajas y La Mascota, la extracción de material pétreo de los ríos y quebradas, la tala en la zona de protección o ribera de los ríos y quebradas. Cualquier intervención de las quebradas, deberá cumplir con lo establecido en la Ordenanza para la Protección y Conservación de Ríos y Quebradas del Municipio de San Salvador, los requerimientos establecidos en el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y obtener el Permiso Ambiental por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN). CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES Art. 27. Supletoriedad. En todo lo no regulado en la presente ordenanza, decidirá el Concejo Municipal a través de un Acuerdo basado en opiniones de carácter técnico por la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador y la municipalidad a través de la Subgerencia de Urbanismo; y en lo establecido en las Ordenanzas y el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y sus Municipios Aledaños. Art. 28. Vigencia. La Presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Anexo 1: PLA 01: Delimitación del área de Aplicación del Plan Parcial de Ordenamiento para la Zona Escalón, representa geográficamente el área que estará sujeta a la normativa urbanística.

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Anexo 2. PLA 02: Zonificación de los Usos de Suelo Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Escalón.

91 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Anexo 3. RMATIVA DE ARBORIZACIÓN Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar un proyecto en la zona Escalón deberá arborizar el espacio público vecino al inmueble objeto de intervención para lo cual deberá optar por utilizar especies arbóreas recomendadas en el siguiente listado: Las áreas disponibles con potencial para el establecimiento de especies vegetales, con fines de arborización u ornamentación, en las áreas urbanas se pueden clasificar de la forma siguiente: Simbología de áreas de especies vegetales. Simbología Áreas de áreas Arriates centrales, con un ancho de tierra de más o menos 0.30 metros. 1 Arriates laterales, con ancho de más o menos 1.00 metro. 2 Arriates laterales y centrales, con ancho de más o menos 1.50 a metros. Triángulos y plazas pequeñas (áreas reducidas). 4 Parques y zonas verdes de colonias y comunidades. 5 Áreas abiertas. 6 Especies Forestales. N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área 1 Acacia Amarilla Cassiasiameae Ceasalpiniaceae Almendro de playa Terminaliacatappa Combretaceae Almendro de Río Andirainermis Fabaceae Araucaria Araucaria exelcelsa Araucariaceae 6 5 Bálsamo Myroxylonsalvadorensis Fabaceae Calistemo Calistemonlanceolatum Myrtaceae Canela Cinnamomunzeylanicem Lauraceae Caoba Swieteniahumilis Miliaceae Cerezo de Belice Eugenia atropunctata Myrtaceae Ciprés Cupressuslucitónica Cupressaceae Copalchillo Coutaurealatiflora Rubiaceae Cortez Blanco Tabebuiacrysanta Bignoniaceae Eucalipto Eucalyptussp Myrtaceae Jacaranda Jacaranda mynisifolia Bignoniaceae Júpiter de Java Langestroemia indica Lytraceae Laurel de la India Ficus microcarpa Moraceae Magnolia Himalaya Michelia champaca Magnoliaceae Maquilishuat Tabebuia rosea Bignoniaceae San Andrés Tecomastans Bignoniaceae Teberinto Moringa oleifera Moringaceae Pino Pinusoocarpa Pinaceae Polialtia Polyalthiacongifolia Annonaceae Volador Terminalia oblonga Combretaceae 5-6

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Especies Frutales N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área 1 Aguacate Persea americana Lauraceae Anona Anona diversifolia Anonaceae Árbol de Pan Artocarpusaltilis Moraceae Arrayán Psidiumfriendricjststslianum Myrtaceae Cafeto Copheaarabiga Rubiaceae Caimito Chrysophylumcainito Sapotaceae Cacao Theobroma cacao Esterculiaceae Carambola Averrhoa carambola Oxalidaceae Guayabo Psidiumguajaba Myrtaceae Icaco Crysobalanusicaco Crisobalanaceae Lambú N/I N/I Limón Mauricio Citrus limonum Rutaceae Mamoncillo Meliococusbujigata Sapindaceae Mango Mangifera indica Anacardiaceae Marañón de Pepa Anacardiumaccidentalis Anacardiaceae Marañón Japonés Syzygiummalacensis Myrtaceae Nance Byrsonimacrassifolia Malpiguiaceae Naranjo Citrus cinensis Rutaceae Nispero Mespilus germánica Sapotaceae Noni Morindacitrifolia Rubiaceae Pacaya Chamaedoreaelegans Arecaceae Papayo Carica papaya Caricaceae Paterno Inga paterno Fabaceae Tamarindo Tamarindus indica Ceasalpiniaceae Tamarindo Japonés Zapote Pouteriasapota Sapotaceae Zapotillo Amarillo Mnilkarazapota Sapotaceae 5-6 Especies Ornamentales N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área 1 Azalea o Rododendro Rhododendronsimsii Ericaceae Azulina o Pájaro Azul Anagallisarvensis Myrsinaceae Bucaro (lirio) Cafeto de la India Camarón Amarillo Justicia brandegeeana Acanthaceae Cambray Ervatania coronaria Asteraceae Cheflera Chefflera Arborícola variegada Araliaceae Chula Cathantusroseus Apocynaceae Cielo Azul Commelinacoelestis Commelinaceae Clavel Dianthuscaryophillus Caryophillaceae Coleus Coleusblumei Labiadas Corona de Cristo Euphorbiamilli Euphorbiaceae Croto Codiaeumvariegatum Euphorbiaceae Croto Cola de Gallo Crotumsp Euphorbiaceae Dólar o Lotería (hoja Dieffenbachiabowmanii Araceae 4-5

93 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área de la suerte) 16 Flor de las Once Portulaca grandiflora Portulaceae Galán de Noche Cestrunenocturnum Compositae Ginger Alpiniapurpureta Zingiberaceae Gota de Sangre Adonis aestivalis Ranunculaceae Gracena Roja Cordyline rubra Asparagaceae Hoja de Aluminio Pileacadierei Urticaceae Hortencia Hydrangeamacrophilla Hidrangeaceae Ixora Ixorasp Rubiaceae Jasmin Jasminuumofficinale Oleaceae Jesucito Plectranthus oloroso Lamiaceae Lengua de suegra o Curarina (espada del Sansevieratrifasciata Agavaceae 4-5 diablo) 27 Listón Nevado (mala madre) Clorophytumcomosum Liliaceae Maní Forrajero Arachispintoi Fabaceae Mirra Commiphoramyrrha Burseraceae Palma Lluvia (para canasta) Palmera Abanico Washingtonia robusta Palmae Palmera Cica Cycas revoluta Aracaceae Palmera cola de pez Caryotaurens Palmae Palmera cola de zorro Wodyetia bifurcada Aracaceae Palmera Fenix Phoenix canariensis Aracaceae Palmera Miami Veitchiamerrillii Aracaceae Palmera Oriental Chrysalidocarpuslutesces Aracaceae Palmera Real Roystonia regia Aracaceae Palmera Samy Palmera Washington Washingtoniacilipara Aracaceae Pensamiento Chino Viola tricolor Violaceae Perico Mirabilis jalapa Pie de Niño Pedilanthustithymaloides Euphorbiaceae Quinceañera Apteriaaphylla Burmanniaceae Rosa Rosa spp Rosaceae Sabila Aloe vera Liliaceae 5 47 San José Ruscusaculeatus Asparagaceae Santa Marta Cupheahyssopifolia Lythraceae Saprissa Tradescantia spathaceae Commelinaceae Senderiana Dracaenasanderiana Liliaceae Sereno Silverqueen Ilexaquifolium Aquifoliaceae 4 53 Tuya Thujaoccidentalis Cupressaceae Velo de Novia Gypsophilapaniculata Caryophyllaceae Veranera Bouganvillieaspectabilis Nyctaginaceae Verbena Verbena officinale Verbenaceae Yerato Concha Zafiro Browalliaspeciosa Solanaceae 2-4-5

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 (Registro No. F050181)

95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DECRETO NÚMERO DIECISÉIS: El Concejo Municipal de San Salvador, CONSIDERANDO: I- Que la Constitución de la República en el artículo 203 le otorga autonomía a los municipios. II- Que el numeral cuarto del artículo 204, de la Constitución de la República, establece como parte de la autonomía municipal la facultad de decretar ordenanzas. III- Que el artículo 206, de la Constitución de la República, regula que los planes de desarrollo local deberán ser aprobados por el Concejo Municipal, y las instituciones del Estado deberán colaborar con los municipios en el desarrollo de los mismos. IV- Que de conformidad con el Artículo 4 del Código Municipal, es competencia de los municipios, la elaboración, aprobación y ejecución de planes de desarrollo local. V- Que por Decreto Municipal No 37 de fecha 12 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Oficial No. 23, Tomo 358, de fecha 5 de febrero 2003, se emitió la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador. El objeto de la misma es definir y regular los procesos de iniciativa, creación, aprobación, implementación y reformas a los instrumentos jurídicos y técnicos de intervención urbana llamados Planes de Ordenamiento Territorial Municipal (POTM). VI- VII- Que mediante Decreto Municipal número 67, de fecha 9 de diciembre de 2014, se autorizaron reformas a la Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador, la cual fue publicada en el Diario Oficial N 238, tomo 405, de fecha 19 de diciembre de Que el artículo 34 de las reformas a la Ordenanza antes citada, establece que los planes de Ordenamiento en sus diferentes tipologías o jerarquización; posterior a la aprobación por el Concejo Municipal, se emitirá la ordenanza respectiva, la cual entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. VIII- Que mediante Acuerdo Municipal N 4.3 tomado en la Sesión Extraordinaria del día 12 de noviembre de 2013, se autorizó a la

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 IX- Gerencia de Desarrollo Urbano por medio de la Subgerencia de Urbanismo para que elabore el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de San Salvador, aprobando el inicio de las consultas ciudadanas del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de San Salvador mediante Acuerdo Municipal N 4.7 tomado en la Sesión Extraordinaria del día 28 de octubre de Que mediante Acuerdo Municipal N 5.3 tomado en la Sesión Ordinaria del día 18 de febrero de 2015, se aprobó el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de San Salvador. Por tanto en uso de sus facultades constitucionales y legales, decreta la siguiente: ORDENANZA DEL PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ART.1. OBJETO. La presente ordenanza tiene como objeto establecer el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de San Salvador, el cual incluye la zonificación de los usos del suelo y régimen de aprovechamiento del mismo; y contiene las propuestas urbanísticas que deben ser realizadas en dicha zona. ART.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Para los fines de la presente Ordenanza el Plan Municipal, estará delimitado por la siguiente descripción: al RTE limita con los municipios de Nejapa, Mejicanos, Cuscatancingo y Ciudad Delgado; al PONIENTE, con los municipios de Santa Tecla y Antiguo Cuscatlán; al SUR con los municipios de Panchimalco y San Marcos; al ORIENTE, con los municipios de Ciudad Delgado, Soyapango y San Marcos. El Anexo n 1: Plano n 1 de delimitación estará disponible en la Subgerencia de Urbanismo y por los medios electrónicos correspondientes, y es parte integrante de esta ordenanza. ART.3. SUJETOS PASIVOS PARA LA APLICACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA. La presente Ordenanza se aplicará a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que realicen trámites para el cambio de uso del suelo, ejecución y control de todo tipo de proyecto de obras de construcción y modificación de inmuebles. ART.4. DEFINICIONES. Banco de Proyectos: Es el documento que contiene la identificación de ideas de proyectos, que en el horizonte del Plan acercarán el cumplimiento de la Imagen Objetivo aunado a la observancia de la normativa del Plan. Diagnóstico: Es el análisis actual del territorio, en el cual se conoce la organización espacial, estructura urbana y sus componentes a fin de obtener los elementos que sirvan para definir las orientaciones del Plan.

97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Memoria descriptiva: es el instrumento básico en el que se relaciona la propuesta del Plan, su justificación, y la exposición de sus objetivos y determinaciones de ordenación. La memoria descriptiva carece de contenido vinculante, sirviendo para el entendimiento del marco en que se adoptan las determinaciones normativas de planeamiento. Obras de modificación de inmueble: Es la acción de reparar, remodelar, restaurar, demoler y/o ampliar los inmuebles. Prospectiva: Es una herramienta que ayuda a la decisión en la planificación del territorio, con el fin de proveer la competitividad y el desarrollo integral de sus habitantes. Régimen Normativo: es el conjunto de normas urbanísticas de un territorio. ART.5. DE LOS TRÁMITES. Las resoluciones a los trámites y/o permisos otorgados en el Municipio por las autoridades competentes se realizarán de acuerdo a los siguientes instrumentos de regulación: Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios aledaños. Reglamento a la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios aledaños. Ordenanza para Iniciativa, Creación, Aprobación e Implementación de los Planes de Ordenamiento Territorial en el Municipio de San Salvador. Ordenanza del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de la Ciudad de San Salvador. CAPÍTULO II LÍMITE URBA ART.6. ZONAS LÍMITE URBA. Para efectos de aplicación de la presente Ordenanza, el Límite Urbano del Municipio de San Salvador estará dividido en las siguientes zonas: Zona 1: Cantón El Carmen Cantón San Isidro- Cantón San Antonio Abad. Esta zona se ubica al Norponiente del Municipio de San Salvador, colindando con los Municipios de Antiguo Cuscatlán, Santa Tecla y Mejicanos. Zona 2: Cantón Planes de Renderos- Cantón Lomas de Candelaria. Localizada al sur del Municipio, colindando con San Marcos y Panchimalco. Zona 3: Cantón El Tejar. Localizada al Oriente del Municipio, colindando con Soyapango. El Anexo No 2, Plano n 2 Límite Urbano del Municipio de San Salvador; contiene la delimitación del Área Urbana con la zona de Máxima Protección para el Municipio, y es parte integrante de esta ordenanza. ART.7.COORDENADAS PARA LAS ZONAS DEL LÍMITE URBA. Para efectos de identificación de la frontera entre las diferentes zonas urbanas, mencionadas en el Artículo 6 con la zona de Máxima Protección,

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 se describen los siguientes puntos en el sistema de coordenadas (X, Y) UTM de la manera siguiente: Zona 1: Cantón El Carmen Cantón San Isidro- Cantón San Antonio Abad. PUNTO COORD COORD COORD COORD PUNTO PUNTO COORD COORD PUNTO COORD COORD "X" "Y" "X" "Y" "X" "Y" "X" "Y"

99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de PUNTO COORD COORD COORD COORD COORD COORD PUNTO PUNTO "X" "Y" "X" "Y" "X" "Y" Zona 2: Cantón Planes de Renderos - Cantón Lomas de Candelaria. PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y"

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y"

101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y"

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 PUNTO COORD COORD COORD PUNTO COORD "Y" PUNTO COORD COORD COORD PUNTO "X" "Y" "X" "X" "Y" "X" COORD "Y"

103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO Zona 3: Cantón El Tejar. COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y" PUNTO COORD "X" COORD "Y"

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CAPÍTULO III ZONIFICACIÓN DE USOS DEL SUELO Y APROVECHAMIENTO ART.8. USOS DE SUELO PERMITIDOS, ALTERNATIVOS Y PROHIBIDOS. En cada una de las zonas de usos del suelo dentro de la delimitación del presente plan, se especificarán los usos de suelo Permitido, Alternativo y Prohibido. Usos de suelo permitidos: Son aquellos que podrán ubicarse dentro de las zonas indicadas, sin más limitaciones que las establecidas por el Plano de Zonificación de Usos de Suelo. Usos de suelo alternativos: Son los Usos que pueden ser compatibles con el uso predominante en la zona, con el fin proveer opciones de usos del suelo. Usos de suelo prohibidos: Son aquellos usos que por ninguna circunstancia pueden obtener permiso para ubicarse en una zona determinada por su incompatibilidad con los usos permitidos en ella. Para todos aquellos usos Permitidos o Alternativos, que por condiciones particulares de los inmuebles o del proyecto que se quiera desarrollar requiera de algún tipo de obra o normas especiales de equipamiento urbano o arquitectónico, se generará por parte de OPAMSS la Calificación de Lugar de Uso Condicionado. ART.9. DELIMITACIÓN DE ZONAS DE USOS DE SUELO. Para efectos de aplicación de la presente Ordenanza, el Plan Municipal estará dividido en las siguientes zonas: CODIGO ZONA COLOR RGB CODIGO ZONA COLOR RGB ZHAB1 Habitacional 1 255,255,0 ZCART Corredor Artesanal 51,59,71 ZHAB2 Habitacional 2 238,241,160 ZRT Ruta turística 223,115,255 ZR Residencial. 255,184,0 ZM Médica 0,255,204 ZMIX1 Usos Mixtos 1 255,223,127 ZEA Entretenimiento para adultos 132,0,168 ZMIX2 Usos Mixtos 2 222,158,102 ZIND Industrial 191,191,191 ZCUM1 Corredor de Usos Mixtos 1 255,110,0 ZRE Reglamentación Especial 43,54,22 ZCUM2Corredor de Usos Mixtos 2 255,127,127 ZVS Vivienda Social 195,166,113 CSP Servicios Profesionales 255,110,0 ZESA Espacios Abiertos 102,153,0 CYS Comercio y Servicios 255,0,0 ZEI Equipamiento/ Institucional 0,38,115 ZTE Turística de Entretenimiento. 165,0,82 ZNP Área Natural Protegida 51,48,23 ZTC Turística Cultural 84,72,200 ZMP Zonas de Máxima Protección. 51,102,0

105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de El Anexo No 3, Plano n 3: Zonificación de Usos de suelo del Plan Municipal de Ordenamiento Territorial, contiene la zonificación de usos de suelo vinculante para el Municipio; dicho plano de zonificación estará bajo resguardo de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de San Salvador, y es parte integrante de esta ordenanza. ART. 10.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: HABITACIONAL 1 (ZHAB1). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos / Condominio vertical, vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Tiendas al por menor. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, sala de venta de teléfonos móviles, joyerías, venta de ropa y accesorios, depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría.

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, minisúper. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, sala de belleza, peluquería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, agencia de viajes, óptica, ciber café, Fotocopiadora. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes, cafetines, salas de té, venta de comida típica, comedores.

107 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, autobancos, aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Diseño publicitario, diseño gráfico, televisora, radio, Oficinas de abogados, ingenieros, arquitectos, contabilidad. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS esta subcategoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call center, oficinas administrativas. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría.

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té, clubes sociales y fiestas, bares, discotecas, night club, cervecerías, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, clínicas, laboratorios, centros de reunión para personas con adicción, gremiales, orfanato, asilo, consultorio, ópticas. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, gimnasios.

109 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, ONG, embajadas y representaciones oficiales, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, teatros, auditorio, museo, centro de exposición, galerías de arte, centro de convención, biblioteca, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, centros de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales, estacionamientos públicos o privados de vehículos livianos. ART. 11.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: HABITACIONAL 2 (ZHAB2). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar, vivienda en condominio horizontal. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Condominio vertical (Máximo 3 niveles). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: condominio de uso mixto. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Tiendas al por menor. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías, farmacia, zapatería, librería, fruterías, panadería, floristería. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, Minisúper. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría.

111 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, agencia de viajes, óptica, ciber café, fotocopiadora, peluquería, lavandería, sastrería, sala de belleza. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes, cafetines, salas de té, venta de comida típica, comedores. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, autobancos, aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES. esta subcategoría.

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales, agencias de viajes. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call Center, oficinas administrativas. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, hostal, bed and breakfast. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría.

113 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té, clubes sociales y fiestas, bares, discotecas, night club, cervecerías, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Unidad de Salud, hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, Sala Cuna, Clínicas, Laboratorios, centros de reunión para personas con adicción, gremiales, orfanato, asilo, consultorio, ópticas. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, Gimnasios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, Reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, ONG, embajadas y representaciones oficiales, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, teatros, auditorio, museo, centro de exposición, galerías de arte, centro de convención, biblioteca, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales, estacionamientos públicos y privados de vehículos livianos. ART. 12.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: RESIDENCIAL (ZR). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos / Condominio vertical, vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías, farmacia Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, floristería, zapatería. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría.

115 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, Minisúper. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, agencia de viajes, óptica. lavandería, sastrería, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora,

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes, cafetines, salas de té, venta de comida típica, comedores. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, autobancos, Aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Despachos individuales de profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Diseño publicitario, diseño gráfico, televisora, radio. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call center, oficinas administrativas, complejos de oficinas para profesionales.

117 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, hostales. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té, clubes sociales y fiestas, bares, discotecas, night club, cervecerías, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. para esta categoría.

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Clínicas o consultorios individuales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, clínicas, laboratorios, centros de reunión, gremiales, orfanato, asilo, consultorio, ópticas, complejo de clínicas de todas las especialidades. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, Gimnasios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Embajadas y Representaciones Oficiales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, ONG, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Cultural, teatros, auditorio, museo, centro de exposición, galerías de arte, centro de convención, biblioteca, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría.

119 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales, estacionamientos públicos y privados de vehículos livianos. ART. 13.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: MIXTOS 1 (ZMIX1). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos / Condominio vertical, vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Depósitos de bebidas y de gas, piñaterías. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Expendio. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Minisúper. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro Comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Local Comercial (Locales comerciales, solamente compatible con usos Permitidos y Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de artículos eléctricos, muebles, venta de artículos sanitarios, equipo médico. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de armas, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Comedores, cafetines, venta de comida típica. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Restaurantes. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA

121 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, aseguradoras, cooperativas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Autobancos. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Despachos individuales y oficinas para profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Complejos de oficinas de servicios profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, Call Center, oficinas administrativas. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, apart hotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta subcategoría. para esta categoría.

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bares, discotecas, night club, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos, Salas de té y fiestas. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de Retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Consultorios o clínicas, ópticas, laboratorios, centros de reuniones para personas con adicción, Gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, veterinarias. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, orfanato, asilo. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Gimnasios, canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría.

123 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Alternativos: ONG, Embajadas y Representaciones Oficiales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Biblioteca, casa de la cultura, centro de exposición, galerías de arte. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, teatros, auditorio, museo, centro de convención. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Guarderías. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Universidades, Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, de idiomas. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Estacionamientos públicos y privados de vehículos livianos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 14.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: MIXTOS 2 (ZMIX2). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda Unifamiliar, Apartamentos / Condominio vertical, vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías.

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Minisúper. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Local comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, muebles, venta de artículos eléctricos, venta de artículos sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de armas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE BARRIO

125 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Comedores, cafetines, venta de comida típica. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Restaurantes. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Autobanco, Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, Aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Despachos individuales y oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas Administrativas, complejos de oficinas de servicios. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, apart hotel, hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Bares, discotecas, night club, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té y fiestas. CATEGORÍA: RELIGIÓN

127 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, orfanato, asilo, consultorios, ópticas, clínicas, laboratorios, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud, asistencia social, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, centros deportivos, polideportivos, gimnasios, canchas deportivas. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno, ONG, embajadas y representaciones oficiales. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, teatros, auditorio, museo, centro de exposición, galerías de arte, centro de convención, biblioteca, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. para esta categoría.

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, centros de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales Interdepartamentales, terminales urbanas, terminales Internacionales. ART. 15.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: CORREDOR DE USOS MIXTOS 1 (ZCUM1). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Condominio vertical. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Condominio horizontal, Edificio de apartamentos de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda unifamiliar. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, depósitos de bebidas y de gas, piñaterías. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Expendios. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Mercado minorista. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercado de mayoreo. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Supermercados.

129 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Centro Comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Local comercial (Locales comerciales, solamente compatible con usos permitidos y alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Venta de equipos eléctricos, sanitarios, repuestos automotrices, equipo médico, ferreterías, venta de vehículos, venta de muebles. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de materiales de construcción, venta de maquinaria, venta de armas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Restaurantes, salas de té, cafés.

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores, venta de comida típica. ACTIVIDADES/USOS DE SUELO PROHIBIDOS: No contempla usos prohibidos SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, cooperativas. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Autobancos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Oficinas administrativas, Empresas multinacionales, call center, edificios corporativos, televisora, radio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Salas Funerarias y de cremación. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Hotel. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría.

131 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, importadora. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Chatarrera, recicladora, central de abastos. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Centro social, sala de té y fiestas, centro de entretenimiento familiar. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Cervecería, bares, casinos, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Night club, barra show. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Iglesias, lugares de culto. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Edificios y Centro de Salud. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Clínicas veterinarias, laboratorios, hospitales, centro de integración juvenil y familiar, sala cuna, orfanato, asilo y casas de hogar para niños, jóvenes, adultos y adultos mayores. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos, gimnasio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría.

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Representaciones internacionales, embajadas, puesto de policía, oficinas de gobierno municipal, oficinas de gobierno nacional, tribunal, juzgados, estaciones de bombero. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Reclusorios, instalaciones del ejército. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro Cultural, centro de convención, galería de arte, bibliotecas y centros de documentación, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, casa de la cultura. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías. Centros de capacitación, de idiomas, Universidades. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: TRANSPORTE Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Terminales internacionales, terminales urbanas, terminales interdepartamentales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. ART. 16.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: CORREDOR DE USOS MIXTOS 2 (ZCUM2). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Vivienda unifamiliar, condominio horizontal, Apartamento, condominio vertical, Edificio de apartamentos de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría.

133 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Supermercados. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Centro Comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Local comercial (Locales comerciales, solamente compatible con usos Permitidos y Alternativos.) Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de vehículos, venta de equipos eléctricos, sanitarios, repuestos automotrices, equipo médico, ferreterías, venta de muebles.

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de materiales de construcción, venta de maquinaria, venta de armas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE BARRIO esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Salas de té, cafés. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores, venta de comida típica, restaurantes. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, cooperativas. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Autobancos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Oficinas o Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría.

135 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Oficinas administrativas, empresas multinacionales, call center, edificios corporativos, televisora, radio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Salas Funerarias y de cremación. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Hotel. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro social, sala de té y fiestas, centro de entretenimiento familiar. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Night club, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos, Cervecería, Bares, casinos. CATEGORÍA: RELIGIÓN

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Iglesias, lugares de culto. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Edificios y Centro de Salud. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Clínicas veterinarias, laboratorios, unidades de salud. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos, gimnasio para ejercicio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Representaciones internacionales, embajadas, oficinas de gobierno municipal. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Reclusorios, Instalaciones del ejército. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro cultural, bibliotecas y centros de documentación, casa de la cultura. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Teatros, auditorios, museos, centros de exposición, galería de arte, centro de convención. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Guarderías Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Universidades, Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, de idiomas. CATEGORÍA: TRANSPORTE Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales.

137 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ART. 17.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: TURÍSTICA DE ENTRETENIMIENTO (ZTE). CATEGORÍA: HABITACIONAL SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Vivienda en condominio horizontal, condominio vertical, Condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos permitidos y alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda unifamiliar. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Supermercados. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Centro Comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría.

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Local comercial (Locales comerciales, solamente compatible con usos Permitidos y Alternativos.) Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE BARRIO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, bazar, boutique, zapatería, sala de venta de teléfono, joyería, farmacia, floristería, venta de artesanías, sastrería, fotocopiadora, óptica, lavandería, librería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Restaurantes, sorbetería, venta de comida típica, panadería, pastelería, cafés. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Cafetería Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA esta subcategoría.

139 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de carros, bancos, cajas de ahorro y crédito, cooperativas, autobancos. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Edificios de oficinas, oficinas servicios profesionales, empresas corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas administrativas, radios, televisoras. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Hotel. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Cervecería, bares, discotecas, casinos, boleramas, juegos de mesa, billares, juegos electrónicos. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro social, sala de té y fiestas, centro de entretenimiento familiar. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Barra show, night club. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Consultorio, clínicas, ópticas, laboratorios, unidad de salud, hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: gimnasio para ejercicio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría. para esta categoría.

141 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno nacional y municipal. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro cultural, centro de convención, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, galería de arte, casa de la cultura. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bibliotecas y Centros de documentación, CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Terminales internacionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas. ART. 18.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: TURÍSTICO CULTURAL (ZTC). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: condominio vertical. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Vivienda unifamiliar, condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Permitidos y Alternativos para esta zona). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías, comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR.

142 142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Local Comercial (solamente Compatible con usos Permitidos y Alternativos para esta zona). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro Comercial. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. esta subcategoría.

143 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, fotocopiadora, óptica, sala de belleza, peluquería. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Restaurantes, cafés. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cafetines, salas de té, comedores. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de carros, bancos, cajas de ahorro y crédito, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Oficinas o despacho de profesionales, agencias de viajes. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Diseño publicitario, diseño gráfico, televisora, radio. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría

144 144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas administrativas, radio, televisora. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Hotel Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hostales, autohotel, apart hotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora con almacenamiento de productos, tiangue, recicladora. CATEGORÍA: INDUSTRIAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té, clubes sociales y fiestas, bares, discotecas, night club, cervecerías, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN. esta categoría

145 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Consultorio o clínicas, ópticas, laboratorios, hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Gimnasio para ejercicio. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Embajadas y Representaciones Oficiales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, Reclusorios, Instalaciones del ejército, Tribunal, Juzgados, Puesto de policía, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Bibliotecas y Centros de documentación, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, galería de arte, centro cultural, centro de convención. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: EDUCACIÓN Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Escuelas de arte. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas, colegios, institutos tecnológicos, universidades, escuelas de educación especial, escuelas de manejo, academias, centros de capacitación, centros de idiomas.

146 146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CATEGORÍA: TRANSPORTE Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 19.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: CORREDOR ARTESANAL (ZCA). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar Apartamentos / Condominio vertical, Vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Zapatería, colchonería. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, venta de ropa y accesorios, joyerías, sala de venta de teléfonos móviles, piñaterías, confitería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Mini súper.

147 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de muebles. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de armas, venta de artículos eléctricos, chatarreras, recicladoras. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Sastrería. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, Carpintería, carwash, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, pintura y enderezado, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores, restaurantes, cafetines, venta de comida típica, cafés. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA.

148 148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas Corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas administrativas. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, apart hotel, hostal, bed and breakfast. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO. esta categoría

149 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de alimentos, industria maquilas, industria madera/papel, industria química, industria mineral no metálica/industria metálica/ maquinaria y equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té, clubes sociales y fiestas, bares, discotecas, night club, cervecerías, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Consultorios o clínicas, ópticas. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, clínicas, laboratorios, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Canchas deportivas, centros deportivos, polideportivos, estadios, gimnasios. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL.

150 150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: ONG, Embajadas y Representaciones Oficiales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno. CATEGORÍA: CULTURA. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: biblioteca, casa de la cultura, museo, galerías de arte, teatro. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, auditorio, centro de convención. CATEGORÍA: EDUCACIÓN. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 20.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: RUTA TURÍSTICA (ZRT). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda unifamiliar, Condominio de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Permitidos y Alternativos), Condominio horizontal. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Condominio vertical (Máximo 3 niveles). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría

151 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Depósitos de bebidas y de gas, expendios, piñaterías, Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de

152 152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de muebles, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: venta de artesanías. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: floristería, Agencia de viajes. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas, sala de belleza, peluquería, zapatería, sala de venta de teléfono, joyería, farmacia, ciber café, bazar, boutique, sastrería, fotocopiadora, óptica, lavandería, librería. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Restaurantes, sorbetería, venta de comida típica, cafetería, panadería, pastelería, cafés. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de carros, bancos, cajas de ahorro y crédito, cooperativas, autobancos. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Oficinas o despachos de profesionales.

153 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Edificios de oficinas, oficinas servicios profesionales, empresas corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas administrativas, radios, televisoras. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast, hotel. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, motel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, recicladora, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Actividades/Usos de Suelo Permitidos: No contempla usos permitidos para esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro Social, Sala de Té y Fiestas, Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Barra show, night club, cervecería, bares, discotecas, casinos, boleramas, juegos de mesa, billares, juegos electrónicos, centro de entretenimiento familiar. CATEGORÍA: RELIGIÓN.

154 154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, lugares de culto, seminarios, conventos, centros de retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Consultorio o clínicas, ópticas, Laboratorios. Hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gimnasio CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno nacional y municipal. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Centro cultural, centro de convención, bibliotecas y centros de documentación, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, galería de arte, casa de la cultura. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría

155 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, Centros de capacitación, centros de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 21.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: MÉDICA (ZM). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Apartamento, condominio vertical, condominio horizontal, Edificio de apartamentos de uso mixto (Condominio de Uso Mixto, solamente compatible con Usos Permitidos y Alternativos). Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda unifamiliar. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, farmacia, floristería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Expendios, zapatería, depósitos de bebidas y de gas, piñaterías, librería. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados. SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría

156 156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de equipos Eléctricos, Sanitarios, Repuestos automotrices, Ferreterías, venta de vehículos, venta de muebles, Venta de materiales de construcción, venta de maquinaria, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. ACTIVIDActividades/Usos de Suelo Permitidos: No contempla usos permitidos para esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, Ciber café, Fotocopiadora, óptica. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Sala de belleza, Peluquería, cerrajería, carwash, carpintería, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica automotriz, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Cafés. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores, cafeterías. ACTActividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA.

157 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Banco, autobanco. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Cooperativas, aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Oficinas administrativas, empresas multinacionales, call center, edificios corporativos, televisora, radio. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS. esta subcategoría. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Salas funerarias y de cremación. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Hotel. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hostal, bed and breakfast Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, Motel, Autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO. esta categoría. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, bodega chatarrera, recicladora, centro de acopio, central de abastos, importadora con almacenamiento de productos. CATEGORÍA: INDUSTRIAL.

158 158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Night club, barra show, cervecería, bares, casinos, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. CATEGORÍA: RELIGIÓN. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Edificios y centro de salud, hospitales. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Laboratorios, consultorios individuales. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Clínicas veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gimnasio. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, representaciones internacionales, embajadas, puesto de policía, oficinas de gobierno municipal, oficinas de gobierno nacional, tribunal, juzgados CATEGORÍA: CULTURA.

159 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Museos, centros de exposición, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías, centros de capacitación, centros de idiomas, Universidades. CATEGORÍA: TRANSPORTE. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Estacionamientos públicos, privados de vehículos livianos. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 22.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: ENTRETENIMIENTO PARA ADULTO (ZEA). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda unifamiliar, vivienda en condominio vertical, vivienda en condominio horizontal, condominio de uso mixto. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Expendios. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Tiendas al por menor, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, depósitos de bebidas y de gas, piñaterías. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR. esta subcategoría

160 160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados, Mini súper. SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de artículos eléctricos, muebles, venta de artículos eléctricos, sanitarios, equipo médico, repuestos automotrices, ferretería, materiales de construcción, venta de vehículos, venta de maquinaria, venta de armas. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. esta subcategoría

161 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carpintería, carwash, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Taller de mecánica, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedor, cafetería. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes. SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Autobanco, aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, aseguradoras, cooperativas. SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Despachos individuales y oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS. esta subcategoría

162 162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Empresas corporativas con uso intensivo de estacionamiento, call center, oficinas administrativas, complejos de oficinas de servicios. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Hospedaje, motel, hotel, autohotel, Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hostal, bed and breakfast, apart hotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega chatarrera, importadora, tiangue. CATEGORÍA: INDUSTRIAL. esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO. esta categoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Bares, discotecas, night club, casinos, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas de té y fiestas. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría para esta categoría.

163 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias, Lugares de Culto, Seminarios, Conventos, Centros de Retiro. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, orfanato, asilo, consultorios o clínicas, ópticas, clínicas, laboratorios, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud, asistencia social, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estadios, centros deportivos, polideportivos, gimnasios, canchas deportivas. CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, tribunal, juzgados, puesto de policía, oficinas de gobierno, ONG, embajadas y representaciones oficiales. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, teatros, auditorio, museo, centro de convención, biblioteca, casa de la cultura, centro de exposición, galerías de arte. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, centros de capacitación, centros de idiomas, universidades, guarderías. CATEGORÍA: TRANSPORTE

164 164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales interdepartamentales, terminales urbanas, terminales internacionales. ART. 23.-USOS DE SUELO PARA LA ZONA: INDUSTRIAL (ZIND). CATEGORÍA: HABITACIONAL. SUBCATEGORÍA: HABITACIONAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Vivienda unifamiliar, apartamento, condominio vertical, condominio horizontal, condominio de uso mixto. CATEGORÍA: COMERCIO Y SERVICIOS. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MER esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería, librería, farmacia, floristería, zapatería, depósitos de bebidas y de gas, piñaterías, expendios. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BIENES AL POR MAYOR. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Venta de productos al por mayor, venta de cereales, granos básicos, distribuidoras al detalle y al por mayor, empresas importadoras con almacenamiento de productos. SUBCATEGORÍA: MERCADOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Mercados SUBCATEGORÍA: SUPERMERCADOS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Supermercados.

165 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SUBCATEGORÍA: LOCAL COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Local Comercial. SUBCATEGORÍA: CENTRO COMERCIAL. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro Comercial. SUBCATEGORÍA: VENTA DE ARTÍCULOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Venta de equipos eléctricos, sanitarios, repuestos automotrices, equipo médico, ferreterías, venta de vehículos, venta de muebles. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Venta de materiales de construcción, venta de maquinaria, venta de armas, Recicladoras Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: COMERCIO DE BARRIO. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Lavandería, sastrería, agencia de viajes, ciber café, sala de belleza, peluquería, fotocopiadora, óptica, cerrajería, carwash, carpintería, distribuidora de gas. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE REPARACIÓN. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Taller de mecánica automotriz, obra de banco, electricidad, electrónica de computadoras, tapicería, reparación de calzado. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE COMIDA. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comedores, venta de comida típica. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Restaurantes, salas de té SUBCATEGORÍA: GASOLINERA CON O SIN TIENDAS DE CONVENIENCIA.

166 166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Gasolinera con/ sin tienda de conveniencia. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta subcategoría. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FINANCIEROS. esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Aseguradora de vehículos, cajas de ahorro y crédito, bancos, Cooperativas SUBCATEGORÍA: OFICINAS O DESPACHOS DE PROFESIONALES esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Despachos individuales y complejos de oficinas para profesionales. SUBCATEGORÍA: EDIFICIOS DE OFICINAS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Oficinas administrativas, empresas multinacionales, call center, edificios corporativos, televisora, radio. SUBCATEGORÍA: SERVICIOS FUNERARIOS esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Salas Funerarias y de cremación. SUBCATEGORÍA: SERVICIO DE ALOJAMIENTO esta subcategoría Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Hospedaje, hotel, hostal, bed and breakfast, motel, autohotel. CATEGORÍA: ALMACENAMIENTO esta categoría

167 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Bodegas y depósitos de bienes y productos, centro de acopio, central de abastos, bodega, importadora, bodega de reciclaje o bodega de chatarra y recicladora. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: INDUSTRIAL Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Industria de Alimentos, Industria Textil/Cuero, Industria Maquila, Industria de Madera/Papel, Industria Química, Industria Mineral no Metálica/Industria, Metálica/Maquinaria y Equipo. para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta categoría. CATEGORÍA: RECREACIÓN Y ENTRETENIMIENTO esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Night club, barra show, cervecería, bares, casinos, discotecas, boleramas, billares, juegos electrónicos, juegos de mesa, bingos, centro social, sala de té y fiestas, centro de entretenimiento familiar. CATEGORÍA: RELIGIÓN esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Iglesias. CATEGORÍA: SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Consultorio o clínicas, ópticas, laboratorios, hospitales, alcohólicos anónimos, centro de formación juvenil y familiar, sala cuna, centros de reuniones para personas con adicción, gremiales relacionadas a actividades de salud y asistencia social, orfanato, asilo, veterinarias. CATEGORÍA: DEPORTE esta categoría para esta categoría.

168 168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Gimnasio CATEGORÍA: INSTITUCIONAL esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Estaciones de bombero, reclusorios, instalaciones del ejército, representaciones internacionales, embajadas, puesto de policía, oficinas de gobierno municipal, oficinas de gobierno nacional, tribunal, juzgados. CATEGORÍA: CULTURA esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Centro cultural, centro de convención, galería de arte, bibliotecas y centros de documentación, teatros, auditorios, museos, centros de exposición, casa de la cultura. CATEGORÍA: EDUCACIÓN esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Escuelas/ colegios: primaria, secundaria y media, guarderías. Centros de capacitación, de idiomas, Universidades. CATEGORÍA: TRANSPORTE esta categoría para esta categoría. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Terminales Interdepartamentales, terminales urbanas, terminales Internacionales. ART. 24.-ZONA: VIVIENDA SOCIAL (ZVS). Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Vivienda Unifamiliar. Condominios de interés social. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Comercio de tiendas, fruterías, panadería (solo venta, sin área de producción), comedores. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Todos los usos que no se encuentren contemplados para esta zona. ART. 25.-ZONA: ESPACIOS ABIERTOS/ ZONAS DE PROTECCIÓN (ZESA). Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Espacios públicos (parques, plazas) Actividades/Usos de Suelo Alternativos: Canchas, siempre que se garanticen las obras de protección necesarias)

169 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Todos los usos que no se encuentren contemplados para esta zona. ART. 26.-ZONA: EQUIPAMIENTO / INSTITUCIONAL (ZEI). Actividades/Usos de Suelo Permitidos: Solo usos preexistentes de equipamiento institucional. para esta zona Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: No contempla usos prohibidos para esta zona ART 27.- ZONA: REGLAMENTACIÓN ESPECIAL (ZRE) El uso de suelo que se desee proyectar en esta zona, será evaluado por la Municipalidad con apoyo de la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador OPAMSS; de acuerdo a la contribución del proyecto a la estrategia municipal de recuperación de espacio público; y tramitada su Calificación de Lugar de manera expedita, teniendo como antecedente el respectivo Acuerdo Municipal. ART. 28.-ZONA: MÁXIMA PROTECCIÓN (ZMP). Actividades/Usos de Suelo Permitidos: En estas zonas las actividades permitidas son las siguientes: La realización de parques naturales de interés metropolitano y/o regional, y de los servicios mínimos correspondientes, previa elaboración de los planes especiales correspondientes. Actividades/Usos de Suelo Alternativos: La realización de construcciones aisladas, que albergarán a los propietarios que puedan demostrar que trabajan o dirigen la labranza de sus campos y/o de los campesinos empleados, previo resultado favorable del Estudio de Impacto Ambiental. Estas construcciones aisladas estarán sujetas a las siguientes condiciones: Uso de materiales de construcción compatibles con el paisaje (piedra, adobe, madera, tejas u otros semejantes a las características del sitio). Las cercas deberán ser de tipo "vivo", ocupando especies de árboles nativos y/o compatibles con las características del sitio. Los drenajes de aguas lluvias deberán de ser superficiales, con las obras de protección necesarias. En caso de particulares características del sistema hidrológico superficial y subterráneo, se tendrán que prever medidas de mitigación adecuadas, como pozo de infiltración, tanque de almacenamiento de aguas lluvias, etc. Las aguas negras deberán de ser drenadas a sistemas de tratamiento (de PVC o concreto armado con estrato impermeable), que garanticen la seguridad de impermeabilidad y que la calidad de los afluentes cumpla con la normativa vigente en esta materia. En el caso de adecuación de caminos vecinales existentes, se deberá buscar la rasante que mejor se adapte a la topografía del sitio, evitando obras en corte y en relleno que puedan generar impacto paisajístico. La terracería deberá de ser manual y deberá de respetar los árboles y las

170 170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 curvas de nivel existentes, éstos deberán de ser revestidos con material permeable. Actividades/Usos de Suelo Prohibidos: Urbanización y Lotificación habitacional, industriales y de servicios. Obras de explotación minera (pedreras y/o tierras) y de explotación de arena en los ríos, así como la realización de obras de regulación del caudal de los ríos mismos. Tala de la vegetación arbórea, arbustiva y de todos los cultivos considerados importantes para garantizar la infiltración, el equilibrio de evapotranspiración y los hábitats de la fauna. Las prácticas agrícolas que prevén la quema y todas las otras acciones que pueden afectar importantes comunidades de fauna, y que ponen en riesgo las otras vegetaciones alrededor. Modificaciones substanciales de la morfología de los sitios que pueden alterar las condiciones paisajísticas, ya sea en forma puntual o de conjunto, en sus ámbitos visuales. Además se prohíben modificaciones a la estructura del paisaje, incluidos: Construcción típica, caminos y trazo original. El desarrollo de rellenos sanitarios y cualquier otra actividad para todos los tipos de procesos y productos. Sistemas de drenaje de aguas negras con desalojo a Ríos y quebradas. Obras de terracería mecanizadas. Todas aquellas actividades consideradas en el resto de zonas de usos de suelo con características urbanas o urbanizables, y que no se encuentren contempladas para esta zona dentro de las actividades permitidas y alternativas. ART. 29.-USOS DEL SUELO CONFORMES (USNC). Cualquier uso de suelo existente a la fecha de entrada en vigencia del Plan Municipal, catalogados como prohibidos en la Matriz de Usos de Suelo, mantendrá su derecho de permanencia, y deberá ser considerado como Uso de Suelo No Conforme. La Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador, está obligada a emitir la Calificación de Lugar, bajo el concepto de Uso de Suelo No Conforme, condicionándolo a las siguientes disposiciones: a. Mientras no se produzca el cese de las actividades que le dieron origen, el uso de suelo mantendrá su vigencia, con la obligación para su titular de eliminar o corregir toda causa de molestia debidamente comprobada por los organismos oficiales competentes, de acuerdo a la legislación vigente en la materia. Con excepción a lo regulado en el art. 63 de la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios aledaños. b. No podrán ampliarse o realizar nuevas construcciones en aquellos inmuebles catalogados como Uso Suelo No Conforme, a menos que se modifique el uso del suelo conforme a los usos permitidos o alternativos

171 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de de la Matriz de Usos de Suelo de cada Plan de Ordenamiento Territorial Municipal. Para los usos de suelo No Conformes a la entrada en vigencia del presente Plan, la Municipalidad emitirá las Licencias, Matrículas o Permisos respectivos en sentido favorable, siempre y cuando no tenga denuncia ciudadana o un proceso legal iniciado. La OPAMSS otorgará la Calificación de Lugar bajo el concepto de Usos de Suelo No Conforme en los casos que sea requisito. ART.30. REUNIONES DE INMUEBLES EN VARIAS ZONAS DE USO DEL SUELO. Los inmuebles que se encuentren ubicados entre varias zonas de usos de suelo debido a reuniones de inmuebles, entre otros; se determinará su uso tomando en cuenta los siguientes casos: Cuando la reunión de inmuebles afecte las zonas definidas como corredores, zona médica, y/o institucional, Ruta Turística, predominará la parcela con mayor área antes de la reunión de inmuebles para otorgar permisos. Cuando la reunión de inmuebles afecte una zona residencial, habitacional 1 o 2, mixta 1 estas predominarán sobre el resto de zonas de uso de suelo para otorgar los permisos; exceptuando el caso de la Zona de Máxima Protección. Cuando la reunión de inmuebles afecte una zona habitacional 1 o 2, residencial y mixta 1, predominará la zona habitacional 1 o 2 para otorgar los permisos, en caso de reunión de inmuebles que afecte una zona residencial y mixta 1, predominará la zona residencial. Cuando la reunión de inmuebles afecte una zona habitacional 1 y 2, predominará la zona habitacional 2 para otorgar los permisos. Cuando la reunión de inmuebles sea entre una parcela afectada por un plan parcial o microplan y otra parcela de la planificación general, prevalecerá siempre la zonificación de los planes parciales o microplanes. Cuando la reunión de inmueble se realice entre una zona de Vivienda Social con el resto de zonas de usos de suelo, predominará cualquiera de las zonas que reúnan inmueble con la zona de Vivienda Social para otorgar permisos. En ningún caso las zonas mixto 2 o entretenimiento para adultos predominarán en una reunión de inmuebles que afecte cualquiera de las zonas de usos de suelo de la planificación general. En el caso de reunión de inmuebles entre la Zona de Máxima Protección con el resto de Zonas de usos de suelo, predominará la zona de Máxima Protección para otorgar permisos. Cuando la reunión de inmuebles afecte dos Planes Parciales o Microplanes, predominará el área de la parcela más grande antes de la reunión de inmuebles para otorgar permisos.

172 172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CAPÍTULO IV REGIMEN DE APROVECHAMIENTO DEL SUELO. ART.31. APROVECHAMIENTO DEL SUELO. Se denomina aprovechamiento del suelo a la combinación de dosindicadores urbanísticos aplicables a cada parcela dentro del territorio municipal sujeto a planificación: a) El Índice de Edificabilidad; y b) El Porcentaje de Ocupación Para efectos de calcular el Índice de Edificabilidad y el Porcentaje de Ocupación, se relacionará la extensión del inmueble o reunión de inmuebles, y la ubicación de dicho inmueble en la zona de uso de suelo respectiva; obteniendo lo siguiente: A través del Índice de Edificabilidad y la aplicación de la tabla nº 1, se obtiene el área de construcción expresada en metros cuadrados que podrá autorizarse por la Oficina correspondiente, dependiendo sea el uso permitido o alternativo solicitado. A través del Porcentaje de Ocupación y la aplicación de la tabla nº 1, se obtiene el área del inmueble autorizada como huella de construcción, o área permitida para ser impermeabilizada en el proyecto constructivo. El excedente al área de la huella de construcción podrá ser utilizada en el proyecto, como áreas destinadas a estacionamiento, ubicación de obras subterráneas de captación y retardo de aguas lluvias, instalaciones complementarias, pérgolas y jardines. Tabla N 1: Índice de Edificabilidad y Porcentaje de Ocupación. USOSPERMITIDOS 1, %Ocupación ZONA <1,00 < < < >7500 paratodoslos 0m m 2 Uso m 2 m 2 m 2 desuelo ZonaMixta ZonaMixta CorredorMixto CorredorMixto Habitacional Habitacional2* Residencial CorredorTurísticodeEntretenimiento CorredorTurísticoCultural ViviendaSocial RutaTurísticaCalleelBoquerónyCallea Huizucar RutaTurísticaCalleelPlanesdeRenderos Institucional Industrial CorredorArtesanal ZonaMedica *Lotemínimo:250m2

173 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ZONA USOSALTERNATIVOS <1,000 m 2 1,000 < 2500 m < 5000 m < 7500 m 2 >7500 m 2 %Ocupación paratodos losusode suelo ZonaMixta ZonaMixta CorredorMixto CorredorMixto Habitacional Habitacional2* Residencial CorredorTurísticodeEntretenimiento CorredorTurísticoCultural ViviendaSocial RutaTurísticaCalleelBoquerónyCallea Huizucar RutaTurísticaCallelosPlanesdeRenderos Institucional Industrial CorredorArtesanal ZonaMedica *Lotemínimo:250m2 Se incluirá en el cómputo de la edificabilidad (Metros cuadrados de construcción), solamente el área útil en cada una de las plantas de la edificación, quedan excluidas las superficies construidas siguientes: 1. Las plantas de sótano o semisótano destinadas a estacionamientos, o instalaciones al servicio del edificio tales como cuartos de calefacción, acondicionamiento de aire, maquinarias de ascensores, cuarto de basura, contadores y otros similares. 2. Los huecos de ascensores y escaleras. 3. Las plantas bajas porticadas de uso público, sin cerramientos laterales. 4. Los patios de parcela y los interiores no cubiertos. 5. Los balcones o terrazas abiertas en su parte superior. 6. Las pérgolas cubiertas en su parte superior no computarán como superficie construida siempre que estén abiertos en todos sus lados y no superen el 10% de la superficie construida cerrada de la vivienda o construcción. Lo antes regulado no exime de cumplir con otras disposiciones establecidas en el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y Municipios Aledaños, particularmente lo concerniente a instalaciones hidráulicas y estacionamientos. Podrán desarrollarse proyectos en edificaciones que posean valor patrimonial, siempre que se adecuen a los lineamientos establecidos por la entidad encargada de velar por la conservación, fomento y difusión de la cultura, para desarrollar su proyecto.

174 174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ART. 32.-ESTACIONAMIENTOS. Para todos los proyectos de construcción y remodelación en el municipio de San Salvador, el requerimiento mínimo de estacionamientos se calculará de acuerdo a los parámetros de conformidad a lo regulado en el Reglamento de la Ley de Ordenamiento y Desarrollo Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y de los Municipios Aledaños. Considerando en forma complementaria las siguientes regulaciones. 1. Cuando únicamente exista un acceso vehicular por proyecto, este deberá tener al menos seis metros de ancho para permitir la entrada y salida simultánea de vehículos. 2. Solo serán contabilizadas las plazas en estacionamientos internos, en ningún caso, podrán ser contabilizados los estacionamientos perpendiculares a las vías o paralelos a estas. 3. Es prohibido estacionar transporte liviano o pesado sobre las vías, acera o arriates. ART.33. ZONIFICACIÓN DE ACERAS COMO USO EXCLUSIVO PARA LA CIRCULACIÓN PEATONAL. Con la entrada en vigencia de la presente ordenanza, la zonificación de las aceras como una banda ininterrumpida de circulación peatonal, en la que no se permitirá ningún tipo de invasión ni obstaculización de la misma con ningún tipo de objetos o barreras físicas como bardas, barandas, cadenas, bolardos, publicidad, escalones salientes y vehículos. ART.34. ZONIFICACIÓN DE ARRIATES. Los arriates conservarán el uso exclusivo de barrera de seguridad entre la circulación peatonal y la vehicular mediante la provisión de una banda de tierra paralela entre la acera y la calle para la plantación de vegetación. No se permitirá ningún tipo de invasión ni obstaculización con ningún tipo de objetos o barreras físicas que obstaculicen el paso completamente, como bardas, barandas, cadenas y vehículos, a excepción de publicidad debidamente regulada y autorizada por la Municipalidad. Queda terminantemente prohibido cercar los arriates con alambre de púas o cualquier otro tipo de material que ponga en riesgo la seguridad de las personas. Además, no se permite hacerles ninguna modificación, demolición o reducción de área del trazado en planta que cambie parcial o totalmente el concepto urbano de diseño y las características estructurales de los arriates, como tampoco cubrirlos con ningún otro tipo de material impermeable. Solamente se permitirá la colocación de cestas o recipientes para la basura con capacidad para servir a un inmueble individual. En lo relacionado a la siembra de especies arbóreas en espacio público, especialmente en los arriates, se dará cumplimiento a lo estipulado en el anexo 4 Normativa de arborización.

175 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ART.35. CONDICIONES DE ESTÉTICA URBANA. Los edificios y construcciones habrán de adaptarse en lo básico al ambiente estético de la zona, sector, calle o plaza, para que no desentonen del conjunto o medio en que estuvieren situados, ni limiten excesivamente el campo visual para contemplar las bellezas naturales, ni rompan la armonía del paisaje. 1. Se construirán como fachadas todas las paredes de un edificio visibles desde la vía pública. En particular, cuando se trate de edificios contiguos con diferentes alturas será obligatorio tratar como fachada la pared que por tal causa queda vista, el cual deberá retirarse de la línea medianera para poder establecer en él aberturas si ello fuera necesario para conseguir una composición adecuada. 2. Para los edificios de estacionamiento que se deseen construir, será obligatorio tratar como fachada la pared que por tal causa queda vista, a fin de obtener la armonía del conjunto. ART.36. INSTALACIONES HIDRÁULICAS. Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar una construcción en el municipio de San Salvador, deberá procurar que las obras ejecutar en dicho proyecto tenga un impacto cero sobre el sistema de drenaje pluvial existente en la zona. Se prohíbe la descarga directa de las aguas negras, grises y lluvias a los ríos o quebradas. Se prohíbe la extracción de material pétreo de los ríos y quebradas. Se prohíbe la tala en la zona de protección o ribera de los ríos y quebradas. Cualquier intervención de las quebradas, deberá cumplir con lo establecido en la Ordenanza para la Protección y Conservación de Ríos y Quebradas del Municipio de San Salvador, los requerimientos establecidos en el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, y obtener el Permiso Ambiental por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN). CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES ART.37. DERECHOS ADQUIRIDOS. Aquellas solicitudes o diligencias que estuvieren en trámite al momento de entrar en vigencia la presente Ordenanza, se continuarán y concluirán de conformidad a la normativa con la cual se iniciaron. ART.38. PLANES DE ORDENAMIENTO Para todas aquellas zonas que cuentan con Plan Parcial o Microplan, el otorgamiento de los permisos será bajo los criterios establecidos en las Ordenanzas de cada Plan Parcial o Microplan. El Plan Parcial El Espino y su Reglamento, prevalece en su normativa y reglamentación sobre el Plan Municipal en lo que corresponde a las normas de urbanización y para efectos de la integración al modelo

176 176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 territorial urbanístico del Municipio, se entenderá la siguiente zonificación de usos de suelo. EQUIVALENCIA EN LA ZONIFICACIÓN DE USOS DE SUELO ENTRE EL PLAN MUNICIPAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR Y EL REGLAMENTO DEL PLAN PARCIAL DE LA ZONA PRIVADA DE EL ESPI. REGLAMENTO DEL PLAN PARCIAL DE LA ZONA PRIVADA DE EL ESPI ZONIFICACIÓN PLAN ZONA TIPO MUNICIPAL (Uso Prioritario) (Escala de Servicios) Zona Habitacional Residencial D50 Habitacional 1 Centro Urbano Usos de Suelo Mixto 1 Zona de Comercio y Servicios Corredor Urbano/ Servicios Corredor de Usos Mixto 1 Área Verde Recreativa Zona Verde Espacios Abiertos Área Verde Ecológica ART.39. SUPLETORIEDAD. En todo lo no regulado en la presente ordenanza, decidirá el Concejo Municipal a través de un Acuerdo basado en opiniones de carácter técnico por la Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador y la municipalidad a través de la Subgerencia de Urbanismo; y en lo establecido en las Ordenanzas y el Reglamento a la Ley de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Área Metropolitana de San Salvador y sus Municipios Aledaños. Que por principio de temporalidad la presente Ordenanza suplirá las regulaciones establecidas en Metroplan 2000, para el Municipio de San Salvador. ART.40. DEROGACIONES. Derógase la Ordenanza de Zonas de Protección y Conservación de los Recursos Naturales del Departamento de San Salvador, aprobada mediante Decreto Municipal nº 14 en sesión de Concejo Municipal de fecha 22 de Abril de 1998; y publicada en el Diario Oficial nº 124, tomo 340 del 6 de Julio de 1998; el Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Miramonte aprobado mediante Acuerdo Municipal Nº 8.3, tomado en la sesión extraordinaria celebrada el doce de diciembre de dos mil dos ; Plan Parcial de Ordenamiento Urbano para la Zona Centroamérica y sus alrededores, aprobado mediante Acuerdo Municipal Nº 5, tomado en la sesión extraordinaria celebrada el nueve de diciembre de dos mil cuatro; Microplan de Revitalizaciónde la Avenida Independencia y sus Alrededores, aprobado mediante Acuerdo Municipal Nº 6 tomado en la sesión extraordinaria celebrada el nueve de diciembre de dos mil tres; ytodas aquellas Ordenanzas, acuerdos o reglamentos así como todas aquellas disposiciones cuyos preceptos estuvieren en contra de la aplicación de esta Ordenanza. ART.41. VIGENCIA. La Presente Ordenanza entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

177 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Anexo 1: Plano n 1 Delimitación del área de aplicación. SANTA TECLA ANTIGUOCUSCATLAN MEJICAS CIUDADDELGADO PANCHIMALCO

178 178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Anexo 2: Plano n 2: Límite Urbano.

179 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Anexo 3: Plano n 3: Zonificación de Usos de Suelo.

180 180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Anexo 4. RMATIVA DE ARBORIZACIÓN Toda persona natural o jurídica que pretenda realizar un proyecto en el municipio de San Salvador deberá arborizar el espacio público vecino al inmueble objeto de intervención para lo cual utilizará las especies arbóreas recomendadas en el siguiente listado: Las áreas disponibles con potencial para el establecimiento de especies vegetales, con fines de arborización u ornamentación, en las áreas urbanas se pueden clasificar de la forma siguiente: Simbología de áreas de especies vegetales. Simbología Áreas de áreas Arriates centrales, con un ancho de tierra de más o menos 0.50 metros. 1 Arriates laterales, con ancho de más o menos 1.00 metro. 2 Arriates laterales y centrales, con ancho de más o menos 1.50 a 4.00 metros. 3 Triángulos y plazas pequeñas (áreas reducidas). 4 Parques y zonas verdes de colonias y comunidades. 5 Áreas abiertas. 6 Especies Forestales. N Nombrecomún Nombrecientífico Familia Simbologíadeárea 1 AcaciaAmarilla Cassiasiameae Ceasalpiniaceae Almendrodeplaya Terminaliacatappa Combretaceae AlmendrodeRío Andirainermis Fabaceae 56 4 Araucaria Araucariaexelcelsa Araucariaceae 6 5 Bálsamo Myroxylonsalvadorensis Fabaceae 56 6 Calistemo Calistemonlanceolatum Myrtaceae Canela Cinnamomunzeylanicem Lauraceae 56 8 Caoba Swieteniahumilis Miliaceae 56 9 CerezodeBelice Eugeniaatropunctata Myrtaceae Ciprés Cupressuslucitónica Cupressaceae Copalchillo Coutaurealatiflora Rubiaceae CortezBlanco Tabebuiacrysanta Bignoniaceae Eucalipto Eucalyptussp Myrtaceae Jacaranda Jacarandamynisifolia Bignoniaceae JúpiterdeJava Langestroemiaindica Lytraceae LaureldelaIndia Ficusmicrocarpa Moraceae MagnoliaHimalaya Micheliachampaca Magnoliaceae Maquilishuat Tabebuiarosea Bignoniaceae SanAndrés Tecomastans Bignoniaceae Teberinto Moringaoleifera Moringaceae Pino Pinusoocarpa Pinaceae Polialtia Polyalthiacongifolia Annonaceae Volador Terminaliaoblonga Combretaceae 56

181 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Especies Frutales N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área 1 Aguacate Persea americana Lauraceae Anona Anona diversifolia Anonaceae Árbol de Pan Artocarpusaltilis Moraceae Arrayán Psidiumfriendricjststslianum Myrtaceae Cafeto Copheaarabiga Rubiaceae Caimito Chrysophylumcainito Sapotaceae Cacao Theobroma cacao Esterculiaceae Carambola Averrhoa carambola Oxalidaceae Guayabo Psidiumguajaba Myrtaceae Icaco Crysobalanusicaco Crisobalanaceae Lambú N/I N/I Limón Mauricio Citrus limonum Rutaceae Mamoncillo Meliococusbujigata Sapindaceae Mango Mangifera indica Anacardiaceae Marañón de Pepa Anacardiumaccidentalis Anacardiaceae Marañón Japonés Syzygiummalacensis Myrtaceae Nance Byrsonimacrassifolia Malpiguiaceae Naranjo Citrus cinensis Rutaceae Nispero Mespilus germánica Sapotaceae Noni Morindacitrifolia Rubiaceae Pacaya Chamaedoreaelegans Arecaceae Papayo Carica papaya Caricaceae Paterno Inga paterno Fabaceae Tamarindo Tamarindus indica Ceasalpiniaceae Tamarindo Japonés Zapote Pouteriasapota Sapotaceae Zapotillo Amarillo Mnilkarazapota Sapotaceae 5-6 Especies Ornamentales. N Nombre común Nombre científico Familia Simbología de área 1 Azalea o Rododendro Rhododendronsimsii Ericaceae Azulina o Pájaro Azul Anagallisarvensis Myrsinaceae Bucaro (lirio) Cafeto de la India Camarón Amarillo Justicia brandegeeana Acanthaceae Cambray Ervatania coronaria Asteraceae Cheflera Chefflera Arborícola variegada Araliaceae Chula Cathantusroseus Apocynaceae Cielo Azul Commelinacoelestis Commelinaceae Clavel Dianthuscaryophillus Caryophillaceae Coleus Coleusblumei Labiadas Corona de Cristo Euphorbiamilli Euphorbiaceae Croto Codiaeumvariegatum Euphorbiaceae Croto Cola de Gallo Crotumsp Euphorbiaceae Dólar o Lotería (hoja de la suerte) Dieffenbachiabowmanii Araceae 4-5

182 182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Flor de las Once Portulaca grandiflora Portulaceae Galán de Noche Cestrunenocturnum Compositae Ginger Alpiniapurpureta Zingiberaceae Gota de Sangre Adonis aestivalis Ranunculaceae Gracena Roja Cordyline rubra Asparagaceae Hoja de Aluminio Pileacadierei Urticaceae Hortencia Hydrangeamacrophilla Hidrangeaceae Ixora Ixorasp Rubiaceae Jasmin Jasminuumofficinale Oleaceae Jesucito Plectranthus oloroso Lamiaceae Lengua de suegra o Curarina Sansevieratrifasciata Agavaceae 4-5 (espada del diablo) 27 Listón Nevado (mala madre) Clorophytumcomosum Liliaceae Maní Forrajero Arachispintoi Fabaceae Mirra Commiphoramyrrha Burseraceae Palma Lluvia (para canasta) Palmera Abanico Washingtonia robusta Palmae Palmera Cica Cycas revoluta Aracaceae Palmera cola de pez Caryotaurens Palmae Palmera cola de zorro Wodyetia bifurcada Aracaceae Palmera Fenix Phoenix canariensis Aracaceae Palmera Miami Veitchiamerrillii Aracaceae Palmera Oriental Chrysalidocarpuslutesces Aracaceae Palmera Real Roystonia regia Aracaceae Palmera Samy Palmera Washington Washingtoniacilipara Aracaceae Pensamiento Chino Viola tricolor Violaceae Perico Mirabilis jalapa Pie de Niño Pedilanthustithymaloides Euphorbiaceae Quinceañera Apteriaaphylla Burmanniaceae Rosa Rosa spp Rosaceae Sabila Aloe vera Liliaceae 5 47 San José Ruscusaculeatus Asparagaceae Santa Marta Cupheahyssopifolia Lythraceae Saprissa Tradescantia spathaceae Commelinaceae Senderiana Dracaenasanderiana Liliaceae Sereno Silverqueen Ilexaquifolium Aquifoliaceae 4 53 Tuya Thujaoccidentalis Cupressaceae Velo de Novia Gypsophilapaniculata Caryophyllaceae Veranera Bouganvillieaspectabilis Nyctaginaceae Verbena Verbena officinale Verbenaceae Yerato Concha Zafiro Browalliaspeciosa Solanaceae 2-4-5

183 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de (Registro No. F050176)

184 184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DECRETO No. 06 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, CONSIDERANDO: I. Que por Decreto Municipal número veintitrés, aprobado por el Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria, celebrada por dicho ente colegiado a las diecisiete horas del día dieciocho de diciembre del año dos mil catorce, el referido Concejo decretó el PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL PERIODO QUE INICIA EL U DE ENERO Y CONCLUYE EL TREINTA Y U DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE CON SUS DISPOSICIONES GENERALES. II. Que el Art. 25 del PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL PERIODO QUE INICIA EL U DE ENERO Y CONCLUYE EL TREINTA Y U DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE CON SUS DISPOSICIONES GENERALES, contempla la "renuncia" como una figura que los funcionarios o empleados municipales pueden utilizar para cesar en sus funciones, consignando dicha disposición, ante quien debe presentarse la renuncia; los requisitos que ésta debe cumplir; la prestación de la que gozará aquel funcionario o empleado que haga uso de ella y los requisitos que debe reunir para ser acreedor a dicha prestación; los funcionarios o empleados que no gozarán de dicha prestación; los parámetros para calcular el monto de la prestación y la sanción a que queda sometido el funcionario o empleado que haya gozado de la prestación económica. III. Que en cuanto a: los funcionarios o empleados que no gozarán de dicha prestación y los requisitos que se deben reunir para ser acreedor a la misma, después de un profundo análisis y sendas discusiones en el seno de este Concejo, se ha concluido que el excluir a los pensionados o jubilados del beneficio de gozar a una prestación económica por retiro voluntario; así como el exigir a los funcionarios o empleados cierto período de tiempo para ese mismo fin, es violatorio al derecho de igualdad contemplado en el Art. 3 Cn. IV. Que el disponer que "El funcionario o empleado que goce del beneficio de la bonificación por retiro voluntario, no podrá ser contratado nuevamente por la misma administración municipal que se la concedió; excepto que reintegre totalmente a la Tesorería Municipal el valor de la bonificación recibida" constituye una verdadera sanción al funcionario o empleado la cual deviene en una violación al derecho al trabajo consagrado en la Constitución de la República. V. Que las circunstancias apuntadas en los dos romanos precedentes hace necesario reformar el PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL PERIODO QUE INICIA EL U DE ENERO Y CONCLUYE EL TREINTA Y U DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE CON SUS DISPOSICIONES GENERALES, particularmente en su Art. 25 a fin de omitir de él aquellas circunstancias que concretan transgresiones a derechos constitucionales y además para incorporar en dicha disposición circunstancias relevantes en beneficio de los funcionarios o empleados. POR TANTO, en uso de las facultades que le confiere el Art. 204 numeral 5 de la Constitución de la República y Art. 30 numeral 4 del Código Municipal. DECRETA La siguiente: REFORMA AL PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL PERIODO QUE INICIA EL U DE ENERO Y CONCLUYE EL TREINTA Y U DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE CON SUS DISPOSICIONES GENERALES, así: Art. 1.- Refórmase el Art. 25 del PRESUPUESTO MUNICIPAL PARA EL PERIODO QUE INICIA EL U DE ENERO Y CONCLU- YE EL TREINTA Y U DE DICIEMBRE DE DOS MIL QUINCE CON SUS DISPOSICIONES GENERALES, cuya nueva redacción será la siguiente:

185 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Art La toma de posesión o cesantía de los cargos por los funcionarios y empleados de esta Municipalidad, se regirá de la siguiente manera: a) Se entenderá que un funcionario o empleado de esta Municipalidad ha tomado posesión de su cargo, a partir de su primer día de trabajo y cesará en el mismo desde la fecha de su renuncia, despido o supresión de plaza en legal forma. b) Ningún funcionario o empleado de esta Municipalidad tomará posesión de su cargo sin antes haber sido nombrado o contratado por la autoridad competente, entendiéndose por autoridad competente al Concejo Municipal o al Alcalde en su caso. Cualquier otra contratación carecerá de valor legal y la Municipalidad no tendrá ninguna responsabilidad con el contratado. c) Cuando un funcionario o empleado municipal desempeñe labores de carácter permanente y decida renunciar a su cargo o empleo, lo hará del conocimiento de la autoridad que lo contrató mediante de escrito que canalizará por medio del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, en el que, a su vez, solicitará una compensación o prestación económica por retiro voluntario. La autoridad competente resolverá lo solicitado autorizando el pago de la compensación o prestación económica peticionada, ordenando a su vez al Jefe del Departamento de Recursos Humanos, realice los trámites necesarios para hacer efectivo el pago de dicha compensación o prestación económica. Los funcionarios o empleados municipales gozarán una sola vez de la prestación por renuncia. En consecuencia, si ingresaren a laborar a otra municipalidad distinta a aquella en que interpusieron su renuncia, o en la misma, no gozarán de la compensación o prestación económica a que se refieren los literales precedentes, sino hasta transcurridos cinco años, desde la interposición de su renuncia. Tampoco gozarán de una nueva prestación por renuncia, aquellos funcionarios o empleados que hayan modificado su modalidad de vinculación con la municipalidad, como haber renunciado a plaza establecida en ley de salarios, y pasar a modalidad de contratos, o viceversa. El monto de la compensación o prestación económica por renuncia voluntaria, será equivalente al cincuenta por ciento del salario mensual vigente devengado por el funcionario o empleado a la fecha de su retiro, multiplicado por el número de años de servicio y proporcional por fracciones de año. En todo caso, para calcular el monto de la prestación la cantidad de años nunca deberá exceder de diez. No obstante lo anterior, si el monto de la compensación o prestación económica por renuncia voluntaria resultare superior si se calculare sobre la base de los parámetros establecidos en la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, se estará a lo dispuesto en dicha fuente de derecho. Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su aprobación por el Concejo Municipal. Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de San Miguel, a los diez días del mes de abril de dos mil quince. JOSE ANTONIO DURAN, ALCALDE MUNICIPAL EN FUNCIONES. Lic. ANGEL ROLANDO GOMEZ CORDOVA, SINDICO MUNICIPAL. Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETI, SECRETARIO MUNICIPAL. (Registro No. F050679)

186 186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 (Registro No. F050206)

187 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN 187 DECLARATORIA DE HERENCIA MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y cincuenta minutos de este día, se ha declarado heredera definitiva con beneficio de inventario en la herencia intestada, de los bienes que a su defunción dejó el causante: JUAN JOSE FLORES o JUAN JOSE FLORES ANTONIO, ocurrida el día veinticuatro de agosto del año dos mil once, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio, el Municipio de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán; de parte de la señora: ANA FILOMENA MENDOZA DE FLORES, conocida por ANA FILOMENA MENDOZA SANCHEZ o ANA FILOMENA SANCHEZ GONZALEZ, mayor de edad, Odontóloga, del domicilio de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número: cero cero tres seis tres uno cinco siete-cinco; y Número de Identificación Tributaria: cero siete uno cero -cero ocho cero dos seis dos-uno cero uno-nueve; quien actúa por sí, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y en representación de los menores EVELYN ESTER, y JUAN JOSE, ambos de apellidos FLORES MENDOZA, en su calidad de hijos del causante referido. Habiéndose conferido a los aceptantes la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y diez minutos del día ocho de abril del año dos mil quince.- LIC. MA- NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO. Of. 1 v. No. 318 LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Soyapango. AVISA: Que por resolución de las nueve horas del diez de diciembre de dos mil catorce, se ha declarado herederos abintestato con beneficio de inventario de la herencia que a su defunción acaecida el día ocho de septiembre de dos mil once, originaria de San Salvador, Departamento de San Salvador, con último domicilio en Soyapango, hija de Salvadora Zelada, de nacionalidad salvadoreña, dejó la causante Berta Ivonne Zelada, quien fue de cuarenta y ocho años de edad, soltera, Secretaria; a la señorita Karina Ivonne Chávez Zelada, de diecinueve años de edad, Estudiante, soltera, del domicilio de Soyapango DUI NIT y al señor Carlos Orlando Chávez Zelada, de veinticinco años de edad, Estudiante, del domicilio de Soyapango, soltero, DUI NIT , ambos en calidad de hijos de la causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que en calidad de madre correspondían a la señora Salvadora Zelada. Se confiere a los herederos la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las nueve horas veinte minutos del diez de diciembre de dos mil catorce.- LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIA NAVARRETE, SECRETARIA. Of. 1 v. No. 319 LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA. AVISA: Que por resolución de las ocho horas con treinta y nueve minutos del día veinticinco de febrero de dos mil quince, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor ARLDO AGUS- TIN LANDAVERDE LANDAVERDE, quien falleció el día diecisiete de agosto de dos mil trece, en la Ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, siendo también su último domicilio, a la edad de treinta y siete años, quien fue comerciante, soltero, originario de La Palma, Departamento de Chalatenango, de Nacionalidad Salvadoreña, con Número de Identificación Tributaria , hijo de los señores AGUS- TIN LANDAVERDE PINEDA y ROSA MELIDA LANDAVERDE DE LANDAVERDE, aceptación que hacen los señores AGUSTIN LANDAVERDE PINEDA y ROSA MELIDA LANDAVERDE DE LANDAVERDE, en su calidad de padres del referido causante. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, las ocho horas con cuarenta y dos minutos del día veinticinco de febrero de dos mil quince.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA. ACEPTACIÓN DE HERENCIA Of. 1 v. No. 320 LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día cuatro de marzo de dos mil quince; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las ocho horas del día cinco de diciembre de dos mil once, en CLIMESA, Santa Ana, siendo su último domicilio el de la ciudad de Ahuachapán; dejó el señor LUCAS ABRAHAM PEÑA MERI conocido por LUCAS ABRAHAM PEÑA, de parte de la señora FRAN- CISCA MARÍA AMPARO PEÑA conocida por FRANCISCA MARÍA AMPARO PEÑA VALLE, FRANCISCA MARÍA AMPARO PEÑA DE PICHINTE y por MARÍA FRANCISCA PEÑA, en su calidad de

188 188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 madre del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponderían a CLARO FEDERICO MERI conocido por FEDERICO MERI, en concepto de padre del causante. Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas un minuto del día cuatro de marzo de dos mil quince.- LIC. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las catorce horas diez minutos de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara la causante SALVADORA DE JESUS BARRERA conocida por MARIA SALVADORA BARRERA RIVERA, quien falleció a las seis horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro de julio del año dos mil doce, en el Hospital Nacional San Bartolo de Ilopango, siendo su último domicilio la ciudad de San José Guayabal; de parte de los señores: RO- BERTO ANTONIO BARRERA RUA y ROXANA GUADALUPE BARRERA GRANADOS, estos actuando en su concepto de hijos de dicha causante. Se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce horas quince minutos del día cuatro de marzo del dos mil quince.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. TITULO SUPLETORIO Of. 3 v. alt. No ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, en el carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en el Ramo de Educación, promoviendo diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústico, donde funciona el CENTRO ESCOLAR "CANTÓN PETAPAS" I) situado en el Cantón Petapas, jurisdicción de El Carrizal, Departamento de Chalatenango; dado en donación por los señores ALEJANDRO GAVARRETE LARA, JUAN ALBERTO ANAYA VARGAS, y ROSA LOPEZ AYALA, hoy de GAVARRETE, a favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educación, el cual no está inscrito, ni es inscribible por carecer de antecedentes inscritos; pero les pertenece según Escritura Pública, número DIEZ asentada en el Libro SESENTA del Protocolo del Notario Ulises Salvador Alas, a las quince horas del día diecinueve de Diciembre de mil novecientos noventa y uno, con una descripción Técnica del inmueble. Se inicia la porción en el mojón denominado Mo-1, con coordenadas geodésicas x: , Y: LADO SUR: consta de cuatro tramos rectos: partiendo de MO-1 a M-2, con RUMBO N 87D13' 17"E con una distancia de veintidós punto cuarenta y nueve metros; de M-2 a M-3 con RUMBO N 88d17'29"E con una distancia de diecisiete punto noventa y nueve metros; de M-3 a M-4 con RUMBO S 72d28'44"E, con una distancia de veintidós punto noventa y ocho metros; de M-4 a M-5 con RUMBO S 79d7'1 "E, con una distancia de veintitrés punto cuarenta y seis metros; colindando estos tramos con dos propiedades de José Daniel Lara Robles, Calle Principal de por medio. LADO ESTE: consta de un tramo recto: partiendo de M-5 A M-6, con rumbo N 6d22'53"E, con una distancia de dieciséis punto cuarenta metros; colindando este tramo con propiedad de Alejandro Gavarrete Lara. LADO RTE: consta de dos tramos rectos: partiendo de M-6 a M-7, con RUMBO N 75d43'32" W, con una distancia de sesenta y tres punto treinta y nueve metros de M-7 A M-8, con RUMBO N 80d23'16W, con una distancia de doce punto cero seis metros colindando estos tramos con Cancha propiedad de la Alcaldía Municipal. LADO OESTE: consta de cuatro tramos rectos: partiendo de M-8 a M-9, con RUMBO S 57d29'5" W, con una distancia de seis punto sesenta y dos metros: M-9 A M-10, con RUMBO S28d2'40" W, con una distancia de cinco punto setenta y ocho metros de M-10 a M-11 con RUMBO S 23d7' 44" W, con una distancia de nueve punto cincuenta y uno metros; de M-11 a M-1 con RUMBO S 15d14'12" W, con una distancia de siete punto cero siete metros colindando con propiedad de Víctor Manuel Casco (pasaje vecinal de por medio propiedad de Alcaldía Municipal). La extensión superficial del terreno descrito es de MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la Educación, mediante DONACION que hicieran los señores ALEJAN- DRO GAVARRETE LARA, mayor de edad, agricultor en pequeño; JUAN ALBERTO ANAYA VARGAS, mayor de edad, agricultor en pequeño; y ROSA LOPEZ AYALA, hoy de GAVARRETE, mayor de edad, de oficios domésticos; todos del domicilio de El Carrizal, Departamento de Chalatenango; cuya posesión ha sido de manera pacífica e ininterrumpida por más de treinta años consecutivos, y no está dicho inmueble en proindivisión, ni gravado con carga de ninguna clase, el cual se estima su valor en DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES CON SESENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE RTE AMÉRICA, ($ 2,285.71), Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de Marzo del año dos mil quince.- LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, BR., JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOSÉ E ZUNIGA FUENTES, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No

189 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA TÍTULO SUPLETORIO JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas del día veinticuatro de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante SALVADOR MAZARIEGO conocido por SALVADOR MAZARIEGOS y por SALVADOR CERRITOS, quien fue de noventa años de edad, agricultor, fallecido el día dieciséis de abril de dos mil diez, siendo Metapán su último domicilio; de parte de los señores TITO SALOMÓN MAZARIEGO REYES y JOSUÉ OTONIEL MAZARIEGO PÉREZ, en calidad de HIJOS del referido causante, habiéndose conferido a éstos la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a ocho horas con treinta minutos del día doce de marzo de dos mil quince. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA. DECLARATORIA DE HERENCIA Of. 3 v. alt. No HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor EUGENIO MIRA MARTÍNEZ, de ochenta y dos años de edad, agricultor, del domicilio de Santa Rosa Guachipilín, por medio de su Procurador Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMÍREZ AMAYA, solicitando se le extienda título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón San José Capulín, de la comprensión de Santa Rosa Guachipilín; de una extensión superficial de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO CERO SETECIENTOS VENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL RTE, con el señor BENJAMÍN BARRIENTOS; AL ORIENTE, con los señores BENJAMÍN BARRIENTOS e ICENTE DE JESÚS LEMUS; AL SUR, con los señores ANSELMO BARRIENTOS FLORES y RAMÓN GARCÍA, calle de por medio que conduce a Santa Rosa Guachipilín; AL PONIENTE con los señores SANTOS AGUILAR AQUI, RA LUZ AGUILAR DE LEMUS e ICENTE DE JESÚS LEMUS. El referido inmueble no es predio dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con treinta minutos del día doce de marzo del dos mil quince. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. SECCION CARTELES PAGADOS ROLANDO ALEXANDER CLAROS HENRIQUEZ, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Setenta y Cinco Avenida Norte y Final DE PRIMERA PUBLICACIÓN Of. 3 v. alt. No octubre del dos mil trece, dejara el señor FELIX PEREZ RIVAS, en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Paseo Miralvalle, Reparto Santa Leonor, número diez-g, de la Ciudad San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil quince. y Departamento de San Salvador. ROLANDO ALEXANDER CLAROS HENRIQUEZ, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveído TARIO. a las quince horas del día diecisiete de marzo presente año, se ha declarado a la señora ROSA ARGUETA SERRA DE PEREZ, heredera definitiva con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción 1 v. No. C en la ciudad de San Salvador, como su último domicilio, el día ocho de

190 190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 LICENCIADA DIANA LEOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. AVISA: Que por resolución de las nueve horas ocho minutos de este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO, con beneficio de inventado de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA GUILLERMINA HENRIQUEZ VIUDA DE MORE- ; quien fue de setenta y cinco años de edad, fallecida el día once de enero de dos mil seis, siendo el Municipio de Chapeltique el lugar de su último domicilio; al señor JOSE ORIS LOPEZ MEMBREÑO; en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a las señoras MIRTALA DE JESUS HENRIQUEZ MORE, DELMY GUADALUPE MORE DE LINARES y ZENIA JUDITH MORE DE ROMERO como hijas de la causante. Confiriéndole en estas diligencias al aceptante la administración y representación DEFINITIVA, de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. OSCAR Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las nueve horas nueve NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. minutos del día siete de abril de dos mil quince.- LIC. DIANA LEO- RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO. R ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA 1 v. No. C AYALA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. C ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, Notario, de este domicilio, con oficina situada en Condominio Tequendama, Edificio OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA. HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora JUANA ARGUETA DE HERNANDEZ, conocida por JUANA ARGUETA ARGUETA, y por JUANA ARGUETA, quien fue de cincuenta y seis años de edad, casada, de oficios domésticos, originaria San Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel, y residente en El Triunfo, Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, hija de Cándida Argueta y de Virgilio Argueta, ya fallecidos; quien falleció a las diecinueve horas y veinte minutos del día once de noviembre del año dos mil catorce, en Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio en la Ciudad de El Triunfo, Departamento de Usulután, de parte del señor JUAN OVIDIO HERNANDEZ PERDOMO, de sesenta y cuatro años de edad, profesor, del domicilio de El Triunfo, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número: Cero cero doscientos setenta y cuatro mil tres guión ocho; y Número de Identificación Tributaria: Un mil ciento diez-cero cincuenta mil ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-cinco, en concepto de cónyuge sobreviviente, y como CESIONARIO, de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores LEIDY YOANA HERNANDEZ ARGUETA, JUAN OVIDIO HERNANDEZ ARGUETA, y KARLA VERONICA HERNANDEZ ARGUETA, en concepto de HIJOS del causante.- Art. 988 Inc. 1., del Código Civil. Confiérasele al aceptante declarado en el carácter aludido, la Administración y Representación Definitiva de la sucesión. Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la Certificación solicitada. LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS NUEVE HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL DIA 4, Apartamento 3, tercer nivel, ubicado sobre la 21 Avenida Norte y Autopista Norte de esta Ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas y treinta minutos del día veintiuno de marzo del corriente año, se ha declarado como HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFI- CIO DE INVENTARIO a la señora ROSA ALVA CACERES, conocida por ROSA ALBA CACERES, ROSA ALVA CACERES RECIS, ROSA ALBA CACERES RECIS, y por ROSA ALVA CACERES VIUDA DE BLANCO, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y a la vez como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a sus hijos: VICTORIA ISABEL CACERES, conocida por VICTORIA ISABEL BLANCO CACERES hoy VICTORIA ISABEL BLANCO DE HUEZO, ANA LUZ BLANCO CACERES, ALBERTO ANTONIO BLANCO CACERES, y SANDRA PATRICIA BLANCO CACERES,

191 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de en la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio esta Ciudad, a las diez horas y treinta minutos del día cinco de octubre de dos mil tres, dejara el señor ALBERTO BLANCO HERRERA; habiéndosele conferido a la aceptante, la administración y representación definitiva de la referida sucesión; lo que se AVISA AL PUBLICO para los efectos de Ley. Librado en la oficina del Notario Licenciado ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, en la Ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil quince, para ser publicado UNA SOLA VEZ en el DIARIO OFICIAL. LIC. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, TARIO. 1 v. No. C DEFINITIVA de la sucesión. Lo que avisa al público para los demás efectos de Ley. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los nueve días del mes de abril de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las doce horas treinta y cinco minutos del día once de marzo de dos mil quince, se HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción defirió el 1 v. No. C causante señor MANUEL DE JESUS LOPEZ conocido registralmente por MANUEL DE JESUS LOPEZ ESCOBAR, quien falleció en esta Ciudad, Departamento de San Salvador, el día nueve de noviembre de dos mil trece, siendo éste su último domicilio, a la señora MERCEDES LOPEZ MENDOZA, portadora de su Documento Único de Identidad número y Número de Identificación Tributaria JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, Notario, de este 0060, en su calidad de hija sobreviviente del causante. Y se le confirió a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con quince minutos de este día, se han declarado heredero abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día seis de diciembre de dos mil trece, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo el mismo lugar, su último domicilio; dejó la señora AMINTA MORALES DE CALLES, quien fue de ochenta y un años de edad, casada, de oficios domésticos, hija de Herminia Morales, originaria de Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas; al señor MIGUEL ANGEL CALLES MO- RALES, en calidad de hijo de la causante, representado por el Licenciado CARLOS ALBERTO MIRA CRUZ, como Apoderado Especial Judicial. Habiéndosele conferido al heredero la administración y representación POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO. domicilio, con despacho notarial ubicado en la Colonia Ciudad Real, Polígono C- uno, número veintidós, Calle Elizabeth, de la Ciudad de San Miguel, AL PUBLICO. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas cuatro minutos del día diecisiete de marzo de dos mil quince.- LICDA. GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZ DE LO CIVIL (2) DE SOYAPANGO.- LICDA. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETARIA. 1 v. No. C HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día diez de marzo de dos mil quince, se ha declarado a las señoras GLORIA ERLINDA SEGOVIA VIUDA DE REINA y DORA ISABEL SEGOVIA DE RODRIGUEZ, en sus calidades de hijas de la causante, Herederas Definitivas con Beneficio de Inventario de los bienes que a su definición a las dieciocho horas con treinta minutos del día primero de noviembre del año dos mil catorce, en el Barrio Santa

192 192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Ana, de la Ciudad de Chapeltique, Departamento de San Miguel, a consecuencia de BRONCONEUMONIA sin asistencia médica, siendo su último domicilio el lugar ya expresado, dejara la señora María Albertina Galeas viuda de Segovia, habiéndosele concedido a las mencionadas herederas la representación y administración definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Miguel, el día trece de abril de dos mil quince. LIC. JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, TARIO. 1 v. No. C y con Número de Identificación Tributaria ; ANA LORENA SÁNCHEZ, mayor de edad, Empleada, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número , y con Número de JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, Notario, de este Identificación Tributaria ; y, RENÉ OSWALDO domicilio, con despacho notarial ubicado en la Colonia Ciudad Real, Polígono C-uno, número veintidós, Calle Elizabeth, de la Ciudad de San Médico de Oriente, de esta Ciudad de San Miguel, a consecuencia de Infarto de Miocardio, con atención médica, y sin haber formalizado testamento alguno, siendo su último domicilio la Colonia Panamericana, de la Ciudad de San Miguel, dejara el señor ANASTACIO VILLATORO HERNANDEZ, habiéndosele conferido a la mencionada heredera la representación y administración definitiva de la referida sucesión. MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas con treinta minutos del día once de marzo de dos mil quince, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BE- NEFICIO DE INVENTARIO, de la herencia testamentaria que dejó a su defunción la señora BERTHA GLADYS SÁNCHEZ, conocida por BERTHA GLADIS SÁNCHEZ, quien fue de sesenta y tres años de edad, de nacionalidad salvadoreña, soltera, del domicilio de San Salvador, hija de Juana Sánchez y de Antonio Castillo, a su defunción ocurrida a las once horas y veinte minutos del día tres de mayo de dos mil catorce, en el Hospital Divina Providencia de la Ciudad de San Salvador, siendo San Salvador el lugar de su último domicilio; a los señores JOSÉ ROBERTO CASTRO SÁNCHEZ, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número , PACHECO SÁNCHEZ, mayor de edad, Mecánico Industrial, del domicilio de San Juan Opico, con Documento Único de Identidad número Miguel, AL PUBLICO , y Número de Identificación Tributaria , en sus calidades de herederos testamentarios de la causante. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día once de abril de dos mil quince, se ha declarado Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San a la señora TERESA DE JESUS TURCIOS DE VILLATORO en su Salvador, a las ocho horas con cuarenta minutos del día once de marzo de calidad de cónyuge sobreviviente, Heredera Definitiva con Beneficio de dos mil quince.- LICDA. MARIA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida a las once horas con "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- treinta minutos del día dos de noviembre de dos mil dos, en el Centro LIC. MANUEL GABRIEL CALLEJAS CORDERO, SECRETARIO DE ACTUACIONES INTO. 1 v. No. C Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Miguel, el día trece de abril de dos mil quince. LIC. JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, LISANDRO ERNESTO REYES GARCÍA, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con oficina ubicada en Avenida Roosevelt Norte, Plaza Sagitario, Local número diecinueve, de la ciudad de San Miguel, al público, para los efecto de Ley. TARIO. 1 v. No. C HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, de las quince horas treinta minutos de este mismo día, se ha declarado heredero definitivo con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su

193 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de defunción dejó la causante MARIA DAISY FLORES conocida por MARIA DEISI FLORES TURCIOS y por MARIA DAISY FLORES DE QUINTANILLA, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico y Oncológico, del ISSS, en el Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y veinte minutos del día dos de mayo de dos mil catorce, siendo esta ciudad de San Miguel, su último domicilio, al señor FABRICIO RENÉ QUINTANILLA FLORES, en su calidad de hijo de la causante y además como cesionario del derecho hereditario que le correspondía al señor JOSÉ ARCIDES QUINTANILLA conocido por JOSÉ ALCIDES QUINTANILLA SIGUENZA en calidad de cónyuge sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación definitivas de la sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad de San Miguel, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil quince. LIC. LISANDRO ERNESTO REYES GARCIA, TARIO. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída 1 v. No. F a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día diez de abril de dos mil quince, se ha declarado heredera definitiva Ab-intestato, con beneficio de inventario del señor JOSE RAFAEL ABREGO OLMEDO, quien falleció a las tres horas y treinta minutos del día catorce de marzo LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA de dos mil dos, en el Hospital General de Soyapango, Departamento de DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INS- San Salvador, a consecuencia de Síndrome Hepato Renal, con asistencia TANCIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN médica de la Doctora Priscila Madrid Romero, Doctora en Medicina, a MIGUEL. la señora REINA ELIZABETH ABREGO DE FLORES, y se le confirió HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado pronunciada a las quince horas y cincuenta y cinco minutos del día doce de marzo del presente año, se ha declarado heredera definitiva y con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN MAXIMO DIAZ ARGUETA, quien fue de setenta y siete años de edad, Agricultor en Pequeño, casado, originario y del domicilio de San Antonio, Departamento de San Miguel, quien falleció a las diez horas y treinta minutos del día once de junio del año dos mil catorce, en el Caserío La Fragua, Cantón San Diego, del Municipio de San Antonio, Departamento de San Miguel, siendo ese su último domicilio, de parte de la señora MARÍA ÁNGELA PORTILLO DE DÍAZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Habiéndole Conferido a la Heredera declarada en el carácter indicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU- DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las catorce horas del día dieciocho de marzo del año dos mil quince.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SE- CRETARIO. 1 v. No. F MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON, Notaria, del domicilio de San Salvador, con oficina Jurídica ubicada en Centro Profesional Roosevelt, Cuarenta y Cinco Avenida Norte y Prolongación Calle Arce, Local número veintisiete, segundo nivel, San Salvador, con Teléfono dos uno cero uno seis tres cuatro siete; al público para los efectos de Ley. a la hereden declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en la oficina de la suscrita Notaria, Marcela Jeannette Ortiz Salmerón, San Salvador, a las ocho horas con diez minutos del día trece de abril de dos mil quince. MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON, TARIA. 1 v. No. F050178

194 194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICAS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución de las doce horas del día nueve de febrero del año en curso, se DECLARAN DEFINITIVAMENTE HEREDEROS con beneficio de inventario, de la herencia intestada, de los bienes que a su defunción dejó el causante NELSON FERNANDO TOLEDO, conocido por NELSON FERNANDO TOLEDO ALVAREZ y NELSON FERNANDO TOLEDO RIVERA, quien falleció a las ocho horas del día catorce de julio de dos mil uno, en Avenida Santa Victoria, frente a casa número treinta y dos, Colonia Buenos Aires, San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, a los señores ALBA ESTELA ZELAYA CHEVEZ, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cero cinco siete ocho ocho ocho uno-cinco, y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero treinta mil trescientos sesenta y dos-cero cero cuatro-cinco, NELSON FERNANDO TOLEDO ZELAYA, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cinco uno nueve cinco dos siete nueve-siete, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-uno seis cero seis nueve cinco-uno uno cero-dos, ALBA ALICIA TOLEDO DE CASTILLO, conocida por ALBA ALICIA TOLEDO ZELAYA, mayor de edad, Abogada, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos cero uno tres siete uno tres-seis, y Número de Identificación Tributaria Número cero seis uno cuatro-uno nueve cero nueve ocho cuatro-uno uno uno-tres, LUCIA GEORGINA TOLEDO ZELAYA, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro tres cero siete tres ocho nueve-ocho, y Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-dos uno cero seis nueve cero-uno cero cuatro-cero y MARIA JOSE TOLEDO ZELAYA, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro ocho dos ocho tres seis dos-seis, y Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-tres cero cero cinco nueve tres-uno cero siete-siete, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente, y los demás como hijos todos del Causante. Confiéreseles a los herederos declarados en el carácter antes indicado la administración y representación definitivas de la sucesión. Publíquese el aviso de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las catorce horas del día nueve de febrero de dos mil quince.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F FLORES, Herederas Definitivas con beneficio de inventario, de la Sucesión Intestada de sus bienes que a su defunción en Lotificación La Paz, San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, su último domicilio, el día veintiséis de noviembre de dos mil cinco, dejó el señor JOSE AN- TONIO FLORES, en sus conceptos de cónyuge e hija sobrevivientes del causante. Habiéndole concedido la representación y administración definitiva de la referida sucesión intestada. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día catorce de abril de dos mil quince. OSCAR ENRIQUE GUARDADO CALDERON, TARIO. 1 v. No. F LIC. ANGEL ALBI ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y veinte minutos del día ocho de diciembre de dos mil catorce, constando en el Diario Oficial agregado a folios 30, publicación página 95. Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto respectivo, sin que persona alguna a la fecha se haya presentado haciendo oposición a las pretensiones de la solicitante, se le declara heredera expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada, que al fallecer a la una hora con cuarenta minutos del día veinticinco de julio del año dos mil once, en el Caserío San José, del Cantón Santa Clara, de la Jurisdicción de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Elmer Julián Reinosa Mendoza, de parte del señor Víctor Alfredo Reinoza, conocido por Víctor Alfredo Reinosa, en concepto de padre sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1 C.C. Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho, la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. OSCAR ENRIQUE GUARDADO CALDERON, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Urbanización Madreselva, Pasaje Ocho Poniente Número Diez, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día nueve de abril de dos mil quince, se ha declarado a las señoras MARÍA DOLORES LUNA VIUDA DE FLORES, INES VERONICA LUNA DE PEÑA, conocida por INES VERONICA LUNA Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase la certificación correspondiente. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBI ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA. 1 v. No. F050190

195 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de LICENCIADA DIRA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas con cinco minutos del día veinticuatro de marzo del corriente año, se declararon herederos definitivos y con beneficio de inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó el causante señor ELIAS ULLOA, conocido por ELIAS ULLOA MARIN, fallecido a las seis horas del día dieciséis de febrero de dos mil catorce, en casa de habitación 3 a Av. Norte Barrio Dolores de esta Ciudad, siendo esta Ciudad de Chinameca su último domicilio; de parte de los señores: DAVID REINALDO ULLOA GOMEZ, de sesenta y un años de edad, empleado, con Documento Único de Identidad cero cinco cero nueve cinco siete dos cinco - siete; y Número de Identificación Tributaria uno dos cero cinco - cero ocho uno dos cinco dos - uno cero uno - cinco; GUADALUPE ANTONIO ULLOA GOMEZ, de cincuenta y nueve años de edad, Carpintero, con Documento Único de Identidad número cero cero cero tres tres cuatro tres cero - dos; y Número de Identificación Tributaria: uno dos cero cinco - uno dos uno dos cinco cuatro - cero cero uno - cero; ELIAS ULLOA GOMEZ, de cincuenta y siete años de de cuarenta y ocho años de edad, Profesora, con Documento Único de Identidad número: cero uno seis dos siete ocho tres ocho - seis; y Número de Identificación Tributaria Uno dos cero cinco - uno cinco cero ocho seis cinco - uno cero uno - cuatro; JUSTINIA OBDULIO ULLOA febrero del año dos mil trece. GOMEZ, de cuarenta y seis años de edad, Profesor, con Documento Único de Identidad número: cero uno cinco tres nueve cinco uno seis - nueve; y Número de Identificación Tributaria: Uno dos cero cinco - uno cinco cero ocho seis siete - cero cero uno - cuatro; MARIA DE LOS ANGE- LES ULLOA GOMEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, Profesora de Educación Básica, con Documento Único de Identidad número: cero dos cinco siete ocho ocho tres tres - cero; y Número de Identificación Tributaria: uno dos cero cinco - tres cero uno uno seis nueve - uno cero uno - cinco; ALEXANDER ULLOA GOMEZ, de cuarenta y un años de edad, Carpintero, con Documento Único de Identidad número: cero cuatro uno tres dos ocho tres siete - ocho; y Número de Identificación Tributaria: uno dos cero cinco - dos cuatro cero dos siete dos - uno cero cuatro - cuatro; y OSCAR ALEXIS ULLOA GOMEZ, de treinta y nueve años de edad, Técnico en Ingeniería, con Documento Único de Identidad Número: cero cero cero dos tres ocho tres cero - dos; y Número de Identificación Tributaria uno dos cero cinco - cero dos uno dos siete cuatro- uno cero uno - uno, todos del domicilio de Chinameca, Departamento de San Miguel, y en su concepto de hijos del causante. Confiéreseles a los herederos declarados la administración y representación definitiva de la sucesión de que se trata. legales. Publíquese el edicto de Ley. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince horas con diez minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil quince.- LICDA. DIRA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA. 1 v. No. F edad, Motorista, con Documento Único de Identidad número Cero cinco tres tres uno cuatro cuatro cero - ocho; y con Número de Identificación JOSE ERNESTO ROMERO RAMOS, Notario, del domicilio de Tributaria Uno dos cero cinco - cero seis uno dos cinco seis - uno cero Cuscatancingo, con oficina ubicada en Centro Comercial COOPEFA, uno - dos; OLGA IDALIA ULLOA DE PEREZ, de cincuenta y cinco Col. Manuel José Arce, local A-9, San Salvador. años de edad, Técnico en Ingeniería Civil y Construcción, con Documento Único de Identidad cero dos cero seis uno cinco nueve dos - dos; y Número de Identificación Tributaria uno dos cero cinco - dos ocho cero HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída nueve cinco ocho - cero cero uno - tres; LUIS ALONSO ULLOA, de a las ocho horas del día diez de abril de dos mil quince, se ha declarado cincuenta años de edad, motorista, con Documento Único de Identidad heredero definitivo con beneficio de inventario, al señor JOSE ANTOnúmero: cero cinco tres tres uno ocho ocho cinco - cero; y Número de NIO QUINTANILLA CALERO, en su calidad de hijo sobreviviente y Identificación Tributaria uno dos cero cinco - uno siete cero cinco seis tres cesionario de la herencia intestada que a su defunción dejare la señora - uno cero dos - cinco; TANIA CONSUELO ULLOA DE SANDOVAL, MARIA LUISA CALERO DE QUINTANILLA, conocida por MARIA LUISA CALERO NASSER DE QUINTANILLA, quien falleciere en el Hospital de Emergencias y Diagnóstico, Colonia Médica, Jurisdicción de San Salvador, a las nueve horas con diez minutos del día doce de Habiéndosele conferido la administración y representación definitiva de la sucesión. Librada en la oficina del Notario JOSE ERNESTO ROMERO RAMOS, a los trece días del mes de abril de dos mil quince. JOSE ERNESTO ROMERO RAMOS, TARIO. 1 v. No. F050202

196 196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución de las catorce horas del día diez de abril del año dos mil quince, se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora AN- GELA DEL CARMEN INMACULADA MARTINEZ VILLALOBOS, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor PATROCINIO DE JESUS ORELLANA CARABANTES, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, soltero, agricultor, originario de Tecoluca, departamento de San Vicente, fallecido a las dieciséis horas treinta minutos del día veintidós de julio de dos mil trece, en el Cantón El Arco, del municipio de Tecoluca, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio, como cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión del causante le correspondía al señor WILBER ALEXANDER MARTINEZ ORELLANA, este último en calidad de hijo del causante. Y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas LICDA. YANIRA ESTHELA FLORES ACOSTA, quince minutos del día diez de abril del año dos mil quince.- DRA. TARIO. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 1 v. No. F v. No. F RAFAEL IGNACIO FUNES ENGELHARD, Notario, de este domicilio, YANIRA ESTHELA FLORES ACOSTA, Notaria, con Oficina en Final 7 a Avenida Norte, Urbanización Santa Adela, Edificio San José 2 a Planta, Local 202, Centro de Gobierno de esta Ciudad, al público. HACE SABER: Que por resolución emitida a las diez horas de este mismo día, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA TESTAMENTARIA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora BLANCA MIRIAN JIMENEZ TOBAR, de cincuenta y un años de edad, de oficios domésticos, originaria de Talnique, Departamento de La Libertad y de este mismo domicilio, con su Documento Único de Identidad número cero tres millones ochocientos sesenta mil ochocientos treinta y dos-nueve; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero quinientos diecinueve-cero sesenta mil quinientos sesenta y tres-ciento uno-dos, de la herencia testamentaria que a su defunción dejara el señor JOSEF VALLE GARCIA, quien fue conocido por JOSEF VALLES, JOSEF GARCIA y por JOSE VALLE GARCIA, de setenta y nueve años de edad, a la hora de su muerte, jornalero, casado, originario de Jayaque, y del domicilio de Comasagua, ambos Municipios del Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio Comasagua, Departamento de La Libertad, quien fue portador de su Documento Único de Identidad número cero cero cero cincuenta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco-cuatro; y Tarjeta de Identificación Tributaria Número cero quinientos siete-veinticinco doce treinta y cuatro-ciento uno-uno, fallecimiento ocurrido a las diecinueve horas y cincuenta y cinco minutos del día ocho de diciembre de dos mil catorce, en el Hospital San Rafael de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, habiendo formalizado testamento, en el carácter de hija de crianza del causante. Confiriéndosele a la heredera declarada la administración y representación definitiva de los bienes de dicha Sucesión con las facultades legales correspondientes. Publíquese el edicto de Ley. San Salvador, ocho de abril de dos mil quince. con oficina ubicada en Calle Los Duraznos, número once-a, Colonia San Francisco, San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas del día nueve de octubre de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, el día diez de julio de dos mil catorce, dejó la señora MERCEDES RAMOS VELÁSQUEZ, conocida por MERCEDES RIVAS VELÁSQUEZ, setenta y tres años de edad, Doctora en Química Biológica, de nacionalidad Salvadoreña, casada, originaria de Nejapa, Departamento de San Salvador, de parte de la señora MERCY AUXILIADORA FLORES DE CAMPOS, y del señor VICTOR MAURICIO REVELO MENDOZA, en concepto de herederos testamentarios de la causante.

197 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Habiéndose conferido la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en San Salvador, el día catorce de octubre de dos mil catorce. Lic. RAFAEL IGNACIO FUNES ENGELHARD, TARIO. 1 v. No. F RAFAEL IGNACIO FUNES ENGELHARD, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Calle Los Duraznos, número once-a, Colonia San Francisco, San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día diecisiete de noviembre de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario en forma definitiva, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día veintiocho de julio de dos mil catorce, dejó la señora GLORIA EUGENIA PEREZ DIEZ ECHAZARRETA, de cincuenta y nueve años de edad, empleada, divorciada, del domicilio de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, de parte de la señora MARIA JOSE VILLACORTA DE BATRES, y del señor JAVIER EDUARDO VILLACORTA PEREZ DIEZ, en concepto de hijos sobrevivientes de la causante. Habiéndose conferido la administración y representación definitiva de la sucesión intestada. Librado en San Salvador, el día diecisiete de noviembre de dos mil catorce. Lic. RAFAEL IGNACIO FUNES ENGELHARD, TARIO. LICA GUEVARA AMAYA, quien fuera de sesenta y dos años, soltera, costurera, salvadoreña, del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel; por parte de los señores JORGE ALBERTO GUEVARA y OSCAR ARMANDO CASTELLÓN GUEVARA, en concepto de hijos de la causante. Habiéndoseles conferido la Administración y Representación DEFINITIVA de la Sucesión. Librado en la Ciudad de San Miguel, a los trece días del mes de abril de dos mil quince. Lic. CARLOS ROBERTO GALEAS CHÁVEZ, TARIO. 1 v. No. F GERALD WILLIAM GONZALEZ FERMAN, Notario, del domicilio de esta ciudad, con Despacho Notarial situado en Quinta Avenida Norte, numero Dieciséis - B, Barrio Santa Lucía, de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día diecisiete de marzo de dos mil quince, se ha declarado a la señora MARIA DEL CARMEN CORDOVA PINEDA hoy MARIA DEL CARMEN CORDOVA DE CRUZ, heredera definitiva con beneficio de inventario, en la sucesión intestada de los bienes que a su defunción dejara el causante señor SALVADOR PINEDA, quien fuera de ochenta y un años de edad, Jornalero, originario de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, siendo su último domicilio el de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, y que falleciera a las veintitrés horas cincuenta minutos del día doce de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio Guadalupe, jurisdicción de San Luis La Herradura, Departamento de La Paz, en calidad de hija sobreviviente. 1 v. No. F Habiéndole conferido la Administración y Representación definitiva de la referida sucesión. CARLOS ROBERTO GALEAS CHÁVEZ, Notario, del domicilio de San Miguel, con oficina en Urbanización Metrópolis Kury, Pasaje Uno Oriente, Polígono E, número cuatro D. San Miguel, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. Librado en la ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil quince. GERALD WILLIAM GONZALEZ FERMAN, HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito Notario, a las ocho horas del día once de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente, con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora ROSA ANGÉ- TARIO. 1 v. No. F050288

198 198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día veintisiete de marzo del corriente año, se ha declarado heredera abintestato con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor WILLIAM ALFREDO ARIAS o WILLIAM ALFREDO ARIAS LEIVA, quien fue de veintitrés años de edad, empleado, soltero, Salvadoreño, con Tarjeta de Identificación Tributaria número un mil once-trescientos once mil doscientos setenta y siete-ciento dos-tres, fallecido el día dos de Septiembre del año dos mil, en el Cantón San José Llano Grande, desvío Las Flores, jurisdicción de Tecoluca, Departamento de San Vicente, siendo el Municipio de Tecoluca de este Departamento el lugar de su último domicilio, a la señora YOSELIN BEATRIZ ARIAS AVILÉS, mayor de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Tecoluca, de este Departamento, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones treinta y seis mil cuatrocientos nueve-cero y Tarjeta de Identificación Tributaria número cero ochocientos veintiuno-ciento diez mil ochocientos noventa y cuatro-ciento uno-cuatro, en concepto de hija del causante y se le ha conferido a la heredera declarada la administración y representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. 1 v. No. F ANA ISABEL URÍAS HUEZO, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina situada en Calle Colima, número ochocientos veintiocho de la Colonia Miramonte, de la ciudad de San Salvador. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario de las doce horas quince minutos del día catorce de abril de dos mil quince, en las Diligencias de Aceptación de Herencia respectivas, se han Declarado Herederos ab-intestato con beneficio de inventario, del señor CARLOS ARMANDO RODRIGUEZ ROSA, quien a la fecha de su defunción era de cincuenta y tres años de edad, Empleado y tuvo su último domicilio en San Sebastián, Departamento de San Vicente, falleciendo el día dieciséis de octubre de dos mil once, en San Sebastián, Departamento de San Vicente, sin haber formulado testamento; a los señores SANTIAGO ALFREDO RODRÍGUEZ ROSA, de sesenta años de edad, obrero, del domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente; JOSE GILBERTO RODRÍGUEZ ROSA, de cincuenta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador; JOAQUÍN ARSENIO RODRÍGUEZ ROSA, de cincuenta y tres años de edad, albañil, del domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente; JUANA FRANCISCA RODRÍGUEZ ROSA, conocida por JOHANNA RODRÍGUEZ, de cincuenta y un años de edad, Profesora en Educación Física y del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador y AGUEDA CRISTINA RODRÍGUEZ ROSA, de cuarenta y seis años de edad, comerciante en pequeño y del domicilio de San Sebastián, Departamento de San Vicente, en su calidad de hermanos, herederos ab-intestato; habiéndoseles conferido a los herederos declarados la administración y representación legal de la sucesión en forma definitiva. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales. Librado en la Ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil quince. LICDA. ANA ISABEL URIAS HUEZO, TARIO. 1 v. No. F CARLOS ALBERTO GALAN, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica ubicada en Residencial Altos de Miralvalle Poniente, Senda 2, No. 29-B, de la ciudad de San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, de las ocho horas del día veintisiete de marzo de este año, se ha declarado Heredero Intestado Definitivo con Beneficio de Inventario a MELBIN HILARIO MARROQUIN GOMEZ, en su calidad de Hijo de la Causante YOLANDA IDALIA GOMEZ, fallecida el día diecinueve de septiembre de dos mil catorce, en Cantón Barra de Santiago, Municipio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio; habiéndoseles, conferido definitivamente al heredero declarado la administración y representación de la sucesión de YOLANDA IDALIA GOMEZ. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. Librado en la oficina del Notario Carlos Alberto Galán, San Salvador, a los treinta días del mes de marzo de dos mil quince. CARLOS ALBERTO GALAN, TARIO. 1 v. No. F050311

199 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ- GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO, Notario, de este domicilio, con oficina jurídica en Centro Comercial Escalón II, Local 2-1, entre la Setenta y Cinco Avenida Norte y Alameda Juan Pablo Segundo, Colonia Escalón, de esta ciudad, al público. AVISA: Que por decreto de las ocho horas y cuarenta minutos del día veinte de marzo del presente año, se ha declarado heredera y con beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada por la causante señora MARIA ANGELA GARCIA MARADIAGA conocida por ANGELA GARCÍA, por MARÍA GARCÍA, y por MARIA ANGELA GARCIA, fallecida en Cantón Sacazil, de esta ciudad, el día catorce de marzo del pasado año, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio, a la señora MARIA CRISTINA GARCIA VIUDA DE RAMIREZ, conocida por MARIA CRISTINA GARCIA, en calidad de hija de la causante; y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y la representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas del día veinte de marzo de dos mil quince.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA. 1 v. No. F HUGO ERNESTO GARCIA PASHACA, Notario, de este domicilio, con oficina profesional situada en Edificio Pro de Pro, Local Tres - "B", Tercer Nivel, contiguo al Centro Integrado de Justicia Penal "Dr. Isidro Menéndez", sobre Boulevard Tutunichapa, Centro de Gobierno, San FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO, Salvador. TARIO. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día trece de abril de dos mil quince, se ha declarado a la 1 v. No. F señora SANTOS ESPERANZA MORALES LOPEZ, en su concepto de hija sobreviviente y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios cedidos a su favor, por los señores José María Morales López y Luz Morales López, en su concepto de hijos sobrevivientes de la de cujus, Heredera Definitiva con Beneficio de Inventario de la Herencia Intestada, de los bienes que a su defunción dejó en la ciudad de Colón, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio, el día veintisiete de mayo del año dos mil tres, la señora SANTOS ESPERANZA MORALES LOPEZ, habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. San Salvador, a los trece días del mes de abril de dos mil quince. LIC. HUGO ERNESTO GARCIA PASHACA, TARIO. HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del día tres de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la Herencia Testamentaria, que a su defunción dejó el señor MARIO ALBERTO LARA RODRIGUEZ, quien falleció el día veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón La Cabaña, jurisdicción de El Paisnal, Departamento de San Salvador, siendo El Paisnal, Departamento de San Salvador, lugar de su último domicilio, de parte del señor: RONALD ANTONIO LARA PALACIOS, de cuarenta y dos años de edad, Mecánico, del domicilio de la ciudad de Olney, Estado de Maryland, Estados Unidos de Norte América, en su calidad de hijo del referido causante. Confiéresele al aceptante la Administración y Representación Legal de la sucesión en forma DEFINITIVA, con todas las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Publíquense los edictos de ley y extiéndase al Aceptante la certificación solicitada. catorce. San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU- PLENTE DE ESTE DISTRITO. AVISA: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del día veintitrés de marzo del presente año. Ha sido declarada heredera Abintestato y con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor Ismael Esteban López, fallecido el día veinte de agosto del dos mil catorce, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, a la señora Rosa Avalos de López, como cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos que en la sucesión les correspondían a las señoras Rosa López de Dueñas, Ana Celia López de Martínez, Gloribeth López Avalos y Daysi Carolina López de Hernández, como hijas del causante. 1 v. No. F Se ha conferido a la heredera declarada la administración, y presentación definitiva de la sucesión.

200 200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día ocho de abril del año dos mil quince.- LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SRIO. JUANA ANGELICA CHOPIN PORTILLO, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Residencial San Ramón de los Altos Block "K", número uno, Pasaje Lucía Poniente, San Ramón, Mejicanos, Departamento de San Salvador. 1 v. No. F LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. AVISA: Que por resolución de las once horas y cincuenta y cinco minutos del día seis de marzo del presente año, se ha declarado HERE- DERA DEFINITIVA con beneficio de inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARIA TERESA HERRERA, quien fue de sesenta años de edad, soltera, originaria de San Juan Tepezontes, La Paz, fallecida el día nueve de julio de mil novecientos noventa y Librado en la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, nueve, siendo Cuscatancingo el lugar de su último domicilio; a la señora el día diez de abril del año dos mil catorce. MARIA OFELIA HERRERA DE AMAYA, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de Santa Ana, con número de Documento Único cero uno cero seis seis nueve cero ocho- cuatro y número de identificación LIC. JUANA ANGELICA CHOPIN PORTILLO, tributaria cero ocho uno dos- uno ocho cero cuatro cuatro ocho- uno cero TARIO. uno- cero, en calidad de hermana de la causante; representada por la Licenciada IRLANDA ISABEL PEREZ OLIVA. Asimismo, se le tuvo por repudiada la herencia por parte de la señora María Celia Herrera 1 v. No. F viuda de Quijano en su calidad de hermana de la señora María Teresa Herrera. Confiriéndosele a la Heredera declarada la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de Ley. JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1) a las doce horas y diez minutos del día seis de marzo del año dos mil quince.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO. 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diecisiete horas del día nueve de abril del año dos mil catorce, se han declarado a los señores, SILVERIO ANTONIO FLORES y BESSY ELIZABETH FLORES, Herederos Definitivos con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en la ciudad de Los Ángeles Estados Unidos de América, el día treinta de noviembre del año dos mil ocho, siendo la ciudad de Atiquizaya, Departamento de Ahuachapán su último domicilio, de los bienes que dejó la causante señora ELOISA ANTONIA FLORES, en su calidad de madre de sus hijos sobrevivientes; en consecuencia se les confiere la Administración y Representación Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD. HACE SABER: Que por resolución proveída por éste a las once horas del día ocho de abril de dos mil quince; fue DECLARADA HERE- DERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el causante RAMON CONSTANZA conocido por RAMON CONSTANZA MEJÍA, quien falleció el día cuatro de agosto de dos mil once, a los cincuenta y seis años de edad, casado, siendo hijo de MARIA ELENA CONSTANZA DE MEJIA y ANTONIO MEJÍA, jornalero, originario de San Isidro, Cabañas, siendo su último domicilio el de La Libertad, de parte de la

201 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de señora ESPERANZA IRAHETA VIUDA DE CONSTANZA conocida por ESPERANZA IRAHETA, con Número de Identificación Tributaria [NIT] CERO NUEVE CERO CINCO- DOS U U DOS SEIS CUATRO- U CERO U- CERO; ésta en su calidad de cónyuge sobreviviente del referido causante; confiriéndose a la heredera declarada la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión. Librado en la oficina de la Notario IBETH ANTONIA RODRIGUEZ REYES. En la ciudad de La Unión, a las nueve horas del día trece de abril del año dos mil quince. LIC. IBETH ANTONIA RODRIGUEZ REYES, TARIO. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los ocho días del mes de abril de dos mil quince.- LICDA. DIGNA GLADIS MEDRA DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOEL ALBERTO NAVARRO RAMOS, SECRETARIO. 1 v. No. F ACEPTACION DE HERENCIA IBETH ANTONIA RODRIGUEZ REYES, Notario, del domicilio de Conchagua, Departamento de La Unión, con Oficina en Tercera Calle Poniente, media cuadra al Poniente de la Gobernación Política Departamental, Barrio El Centro, La Unión, Departamento de La Unión. por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor HUMBERTO TORRES MAYORGA conocido por HUMBERTO TORRES, HUMBERTO MAYORGA, y por ROBERTO MAYORGA, quien fue de ochenta HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveía a las ocho horas del día trece de abril del año dos mil quince, se y cinco años de edad, agricultor en pequeño, soltero, originario y del ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la domicilio de Guazapa, Departamento de San Salvador, fallecido el día herencia intestada que a su defunción dejó la señora CALIXTA FLORES catorce de enero de dos mil quince, en el Hospital Nacional Rosales conocida por CALIXTA FLORES VIUDA DE REYES, quien fue de setenta y nueve años de edad, sexo femenino, de oficios del hogar, de nacionalidad Salvadoreña, originaria de San Alejo, y del domicilio de Barrio Honduras, de la Ciudad y Departamento de La Unión, Cédula de Identidad personal de la fallecida número cero siete - cero uno - cero cero siete mil setecientos veintinueve, estado civil viuda, hija de DIONICIA FLORES, falleció a las veintitrés horas cuarenta y cinco minutos del día seis de octubre del año dos mil tres, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz, de la ciudad de San Miguel, a consecuencia de INSUFICIENCIA CARDIACA, con asistencia médica, atendida por el Doctor Pedro Fuentes Brán, no deja bienes, no estaba jubilada, no estaba pensionada, quien falleció sin haber formalizado testamento alguno, de parte de la señora MARIBEL TRINIDAD REYES DE GONZALEZ. En concepto de hija de la causante; habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. 1 v. No. C CARLOS ANTONIO ALVARENGA RIVERA, Notario, de este domicilio, con oficina en Sexta Calle Poniente, Local cinco- A, contiguo al Banco de Fomento Agropecuario, de esta ciudad. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día ocho de abril de dos mil quince, se ha tenido de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Guazapa, Departamento de San Salvador, hijo de los señores Leonarda Torres y de Joaquín Mayorga; ambos fallecidos; de parte del señor WILFREDO ANTONIO MAYORGA MIRANDA, en calidad de Heredero Testamentario; habiéndosele conferido la administración y representación INTERINA de la sucesión antes relacionada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. En Aguilares, Departamento de San Salvador, a los nueve días del mes de abril de dos mil quince. CARLOS ANTONIO ALVARENGA RIVERA, En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. TARIO. 1 v. No. C011062

202 202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 AGUSTIN GONZALEZ FLORES, Notario, de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Colonia Médica, Avenida Doctor Dimas Funes Hartman, Casa Número Dos, San Salvador, al público, HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas del día catorce del mes de abril del año dos mil quince, se ha RESUELTO: CONFIÉRESE A LA ACEPTANTE LUZ DEL CARMEN TOBAR DE RAMOS, en su calidad de hija sobreviviente, LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA REFERIDA SUCESIÓN que a su defunción dejara su padre señor RAFAEL RIVAS RAMOS, en el Cantón Barahona, jurisdicción de San Pedro Masahuat, departamento de La Paz, como su último domicilio, el día diecinueve de mayo del año dos mil ocho. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a los catorce días del mes abril del año dos mil quince. LIC. AGUSTIN GONZÁLEZ FLORES, TARIO. 1 v. No. C MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica en Avenida Central, Local número once, Mejicanos, HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con treinta minutos del día once de abril de dos mil quince, por la suscrita notario, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por la señora CATALINA PINEDA, conocida por CATALINA MARTA PINEDA, MARTA PINE- DA y por MARTA PINEDA DE ULLOA, quien falleció en Residencial Baltimore, final Pasaje Bautista, casa número veinticuatro, de la ciudad do Mejicanos, Departamento de San Salvador, a las tres horas y cero minutos, del día treinta de diciembre de dos mil catorce, siendo Mejicanos su último domicilio, de parte del señor VICTOR MANUEL ULLOA PINEDA, en concepto de hijo de la referida causante, Habiéndosele conferido al aceptante la Administración y Representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en la ciudad de Mejicanos, a los trece días del mes de abril de dos mil quince. LIC. MIRNA DELMY ESTRADA DE CEA, TARIO. 1 v. No. F Víctor Manuel Ramos Pacheco, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Colonia Vista Hermosa Avenida Los Cafetos número quinientos veintiocho, Al público, HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a las catorce horas del día veintitrés de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el señor MANUEL DE JESUS MELENDEZ, ocurrida a las seis horas y cero minutos del día quince de febrero del año dos mil cuatro en cantón La Labranza, comunidad Los Mangones, Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, siendo su último domicilio, Antiguo Cuscatlán departamento de La Libertad, a la edad de cincuenta y tres años, siendo hijo de Marcelina Meléndez y Eduardo Durán, ya fallecidos, de parte de la señora MARÍA LUZ HERNANDEZ DE CABRERA, de treinta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Antiguo Cuscatlán departamento de La Libertad, habiéndose conferido La Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la citada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto. Librado en la oficina del notario VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO, en San Salvador, a las catorce horas del día veinticuatro de marzo del año dos mil quince. VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO, TARIO. 1 v. No. F JUAN ALBERTO BARAHONA ALFARO, Notario, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con oficina ubicada en local N 02, planta baja, Condominios Lucila, Colonia Médica, de la ciudad de San Salvador, al público, HACE SABER: Que en las diligencias de aceptación de Herencia promovidas ante mis oficios notariales por el señor ROBERTO FUEN- TES BARRERA, de setenta y cuatro años de edad, mecánico, del domicilio de la ciudad de El Congo, departamento de Santa Ana, portador del documento Único de Identidad número cero un millón trescientos ochenta y tres mil sesenta y uno- ocho, y con número de identificación tributaria cero doscientos dos- ciento sesenta mil setecientos cuarenta- cero cero uno- cero; y la señora ROSA FUENTES BARRERA, de ochenta años de edad, de Oficios domésticos, del domicilio de la ciudad de El Congo, departamento de Santa Ana, portadora de su documento Único de Identidad número cero un millón quinientos cuarenta y nueve mil novecientos cuarenta y cinco- cero, y con número de identificación tributaria cero doscientos dos- trescientos mil ochocientos treinta y cuatro- ciento uno- siete; hago constar que en resolución proveída a las diecisiete horas del día diecinueve de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Barrio El Tránsito de la ciudad de El Congo, departamento de Santa Ana, el día nueve de marzo del año mil novecientos noventa, dejó la señora: MARGARITA BARRERA VIUDA DE FUENTES, quien fue de ochenta y cinco años de edad, de oficios domésticos, viuda, Salvadoreña, originaria de la ciudad de Coatepeque, departamento de Santa Ana, habiendo sido la ciudad de El Congo, departamento de Santa Ana, su último domicilio, de parte de los señores ROBERTO FUENTES BARRERA y ROSA FUENTES BARRERA, en su concepto de hijos del causante, nombrándoseles herederos universales e interinamente administradores y representantes legales de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho, a la referida herencia, para que se presenten a esta oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

203 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Librado en la oficina del notario JUAN ALBERTO BARAHONA ALFARO. En la ciudad de San Salvador, a las siete horas con treinta minutos del día veinte de marzo de dos mil quince. JUAN ALBERTO BARAHONA ALFARO, TARIO. 1 v. No. F Licenciado ERNESTI ANTONIO DELEON ABREGO, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina ubicada en Calle Ireneo Chacón, casa número Veinticuatro, Barrio El Centro, Tejutepeque, Cabañas, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta oficina a las nueve horas del día cinco de marzo del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada del señor JOSE FRANCISCO ESPIZA, fallecido a las dieciocho horas con diecinueve minutos del día diecisiete de diciembre del año dos mil catorce, en el caserío Azacualpita, cantón El Zapote, jurisdicción de Tejutepeque, Cabañas, su último domicilio, de parte del señor SALOME ESPIZA en calidad de Hermano, se le ha conferido a dicho aceptante la administración y representación interina de la sucesión que ejerce con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia se cita a todos los que se creen con derecho a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días siguientes al de la última publicación del presente edicto. Librado en la ciudad de Tejutepeque, a los trece días del mes de abril del año dos mil quince. Enmendados: Centro-horas. Valen. LIC. ERNESTI ANTONIO DELEON ABREGO, TARIO. 1 v. No. F EMERSON ALEXANDRO FERNANDEZ MEJIA, Notario, de este domicilio, con oficina en Final Séptima Avenida Norte, Edificio Dos-C, local número ocho, Centro de Gobierno San Salvador, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día diez de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y can beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejara la señora OTILIA ESCOBAR, o OTILIA ESCOBAR CARBALLO o MARIA OTILIA ESCOBAR o MARIA OFELIA ESCOBAR, quien fue de noventa y nueve años de edad, Soltera, Ama de Casa, originaria de Santo Tomás, departamento de San Salvador, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, teniendo como último domicilio en Colonia Santa Ana, Pasaje Tres, Casa número Tres, de la Jurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador, quien falleció por causas naturales y sin asistencia médica, a las cero horas con diez minutos del día dos de diciembre del año dos mil catorce, en el referido último domicilio; de parte de los señores JOSÉ CARLOS ESCOBAR conocido por CARLOS RODRIGUEZ ESCO- BAR o JOSE CARLOS ESCOBAR RODRIGUEZ, de setenta y seis años de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador, y BERTA HILDA RODRIGUEZ ESCOBAR o BERTA HILDA RODRIGUEZ, de setenta y dos años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador; en sus conceptos de hijos de la causante, y como Herederos Universales Testamentarios; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este edicto. San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil quince. LIC. EMERSON ALEXANDRO HERNANDEZ MEJIA, TARIO. 1 v. No. F MARTHA MARGARITA MONTEZ DE MARTINEZ, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en Octava Avenida Norte, Pasaje ocho Poniente, Colonia Los Cipreses, Santa Tecla. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria provista a las dieciséis horas del diez de abril de dos mil quince, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA- RIO, la HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción dejara el señor JOSE HUMBERTO PORTILLO, quien falleció en el Hospital Nacional San Rafael, de la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad a las quince horas y diez minutos del día diez de diciembre de dos mil catorce. Diligencias que se tramitan a favor del señor OSCAR HUMBERTO PORTILLO MAYEN, en concepto de Heredero Testamentario e hijo sobreviviente del causante, habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión testamentaria con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. San Salvador, once de abril de dos mil quince. LICDA. MARTHA MARGARITA MONTEZ DE MARTINEZ, TARIA. 1 v. No. F OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, Notario, de este domicilio, con oficina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cincouno, de esta ciudad, HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas diez minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de MALO ERNESTO LOPEZ VEGA, fallecido en San Salvador, el veintinueve de septiembre de dos mil catorce, siendo Ciudad Arce, el lugar de su último domicilio, de parte de GIBSA MARIA PICADO DE LOPEZ, cónyuge de tal causante, aceptante a quien se le ha conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

204 204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 de la Herencia Yacente.-SE CITA a todos los que se crean con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifiquen tal circunstancia. Santa Tecla, veintiocho de enero del año dos mil quince. OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, TARIO. 1 v. No. F LADY DIANA AREVALO FLORES, Notario, de este domicilio, con oficina establecida en Calle Concepción número un mil doscientos nueve, San Salvador, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las nueve horas con dieciséis minutos del día seis de marzo del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su Defunción dejara el señor FELIX MIZRAIN ORREGO TORRUELLA, hecho ocurrido en Sexta y Décima Calle Poniente y pasaje Moreno, de esta ciudad, el día quince de octubre del año dos mil catorce, originario de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, y siendo de San Salvador, como lugar de su último domicilio, de parte de la señora DORA ISOLINA TORRES DE ORREGO, y según Número de Identificación Tributaria como DORA ISOLINA TORRES MOREIRA; en el concepto de esposa sobreviviente del Causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la citada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina de la Notario LADY DIANA AREVALO FLORES, a las diez horas con treinta y siete minutos del día nueve de marzo del año dos mil quince. LADY DIANA AREVALO FLORES, TARIO. 1 v. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tribunal a las diez horas veinte minutos de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el causante TOMAS DAVID LOPEZ LOPEZ, quien falleció el día once de octubre del año mil novecientos ochenta y uno, en el lugar llamado El Playón, en el sitio denominado El Manguito, jurisdicción de San Juan Opico, Departamento de La Libertad; siendo su último domicilio la ciudad de Suchitoto; de parte del Señor: ORLANDO ANTONIO LOPEZ ACOSTA, actuando éste en su concepto de hijo del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a la Señora Merlyn Grisel López de Ibáñez, ésta en su calidad de hija también del referido causante. Se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez horas veinticinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil quince.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, Al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora JUANA MARÍA HUEZO GÓMEZ conocida por JUANA MARÍA HUEZO, al fallecer el día trece de abril del año dos mil cinco, en Barrio El Calvario de la ciudad de Santa Elena, departamento de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio; de parte de la señora MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ, en calidad de Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor José Antonio Huezo Monjaras conocido por José Antonio Huezo, éste en calidad de hijo de la causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F Lic. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día dieciséis de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante BALBINA LOPEZ, conocida por BALBINA LOPEZ GARCIA, quien falleció el día diez de diciembre del año dos mil cuatro, en el Cantón Santa Teresa de la jurisdicción de Santiago Nonualco, siendo éste su último domicilio, por parte de RUBENIA LOPEZ o RUBENIA LOPEZ DE DURAN, en concepto de hija de la referida causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de febrero de dos mil quince. LIC. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERI. 3 v. alt. No. F

205 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de LICDA. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos del día diecisiete de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE GERMAN VALLADARES FLAMENCO, quien falleció el día veintisiete de febrero del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio Santiago Nonualco; por parte del menor ESAU ANTONIO VALLADARES GUARDADO, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y representante de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecisiete de febrero del año dos mil quince.- LICDA. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERI. minutos del día catorce de enero del año dos mil quince. 3 v. alt. No. F Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a los catorce días del mes de enero del año dos mil quince.- LICDA. LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMÚDEZ LOS EFECTOS DE LEY. DE HENRÍQUEZ, SECRETARIA. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de febrero de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante FRANCISCO ADELIO MORALES VALLADARES, que falleció el día diecisiete de noviembre del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio; por parte de DAVID ANTONIO MORALES MENDOZA, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HERENCIA YACENTE LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a solicitud del Licenciado OSCAR ARTEMIO MINERO, con Tarjeta de Identificación de Abogado número 1444, y Número de Identificación Tributaria número: , en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora RUTH ISABEL MARROQUÍN ZELAYA, con Documento Único de Identidad número: , y Número de Identificación Tributaria: , se ha declarado Yacente la Herencia que dejó al fallecer la Causante AMELIA DEL CARMEN MORATAYA, quien falleció a las diez horas con treinta minutos del día dieciséis de julio de mil novecientos setenta y dos, en el Barrio El Centro de la ciudad de Berlín, departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de Infarto del Miocardio, con asistencia médica; habiendo nombrado como Curador de la Herencia al Licenciado RUTILIO ALFONSO CORTEZ GRANDE, a quien se le hará saber su nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales; por resolución de las quince horas y treinta 3 v. alt. No. C TÍTULO SUPLETORIO EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio de Cojutepeque y de San Vicente, con Oficina Jurídica situada en Calle José Francisco López Número tres, de esta ciudad, al público. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de febrero del año dos mil quince.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERI. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a su Oficina Jurídica se ha presentado don ROBERTO LOPEZ HERNANDEZ, de sesenta y cuatro años de edad, Pensionado o Jubilado, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, SOLICITANDO TITULO SUPLETORIO, de un inmueble rústico, situado en Barrio El Centro, Final Calle La Esperanza, Colonia Trece de Mayo, sin número, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superficial de OCHOCIENTOS SETENTA PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, que linda: AL RTE, con terreno de Dominga García Hernández; AL ORIENTE, con terreno de Trinidad Cruz; AL SUR, con terrenos de Tito Cruz Hernández y Victoria Cruz; y AL PONIENTE, con terreno

206 206 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 de Alejandro García Cruz. Todos los colindantes son del domicilio de Barrio El Centro, jurisdicción de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán. No es sirviente, ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, lo adquirió por compra a don José Benedicto García Valle, el día veintiuno de junio de dos mil diez; y desde que lo adquirió, lo ha poseído de forma quieta, pacifica e ininterrumpida y lo valúa en la suma de CINCO MIL DÓLARES AMERICAS. Cojutepeque, catorce de abril de dos mil quince. Licda. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, TARIO. 1 v. No. C RUBEN ANTONIO AVILES RAMIREZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Profesional ubicado en Avenida Olímpica, Condominio Villa Olímpica, Edificio "A", Apartamento CINCO, Segunda Planta, en Expido el presente edicto en la Ciudad de San Salvador, a los esta Ciudad, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. dieciocho días del mes de febrero del año dos mil quince. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora Lic. RUBEN ANTONIO AVILES RAMIREZ, MARIA LUCILA MIRANDA DE FLORES, quien es de cincuenta y TARIO. cinco años de edad, Comerciante, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: Cero cero 1 v. No. C cien mil novecientos sesenta y cinco-nueve, Número de Identificación Tributaria: Cero seiscientos cinco-ciento sesenta y un mil doscientos cincuenta y nueve-cero cero dos-uno, solicitando la tramitación ante mis oficios, de TITULO SUPLETORIO, sobre el siguiente inmueble: IRIS ARELYS MEJIA FLORES, Notario, del domicilio de San Salvador, Un terreno de naturaleza rural, situado en Cantón El Carmen, municipio con Oficina Jurídica en la Primera Calle Poniente y Avenida Cinco de de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, el cual es de la Noviembre Número Uno, Barrio El Calvario, de la ciudad de Suchitoto, extensión superficial según compraventa de CIENTO VENTA MEdepartamento de Cuscatlán. TROS CUADRADOS, pero en realidad su extensión es mayor, siendo de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, y posee las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Treinta y un metros noventa centímetros con terreno de Domingo León Pérez, ahora de Carlos Daniel Reyes; AL RTE: Seis metros noventa y cinco centímetros con terreno de Beatriz Mejía Argueta, ahora de Marta Eudacia Mejía de Alfaro, calle de por medio; AL PONIENTE: Con terreno de Nicolás León Pérez, ahora de Natividad Mozo, en treinta y un metros noventa centímetros; y AL SUR: Cinco metros ochenta centímetros, con la señora Jesús Escobar Viuda de González, ahora de Francisca Escobar Viuda de González, en el terreno descrito hay construida una casa de tejas y paredes de adobe. Que este fundo rural actualmente carece de cultivos permanentes. No es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a otra persona con quien hubiere proindivisión; lo valúa en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que dicho inmueble lo adquirió la declarante por medio de venta verbal que le hizo a la Iglesia Evangélica de El Salvador, Asociación Religiosa de San Salvador, Sin Fines de Lucro, representada legalmente por aquel entonces por el presidente de la misma el señor Francisco Antonio Reyes Sigarán, según Testimonio de Escritura Pública otorgada en la Ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a las diez horas y quince minutos del día cinco de abril de dos mil quince, ante los oficios de la Notario Rita Del Carmen Orantes Montano, quien había poseído dicho inmueble por un período de un año, quien a su vez había adquirido dicho inmueble por medio de compraventa que le hiciera a las señoras ALICIA HUEZO y MARIA GUADALUPE HUEZO PEREZ, según Testimonio de Escritura Pública de Compraventa otorgada en la ciudad de San Salvador, a las diecinueve horas del día veinte de enero del dos mil cuatro, ante los Oficios Notariales de la Licenciada MARIA GUADALUPE MEJIA CHAVEZ, quienes manifestaron en la misma compraventa ser dueñas y poseedoras de forma quieta, pacífica e ininterrumpida por más de veinticinco años. HACE SABER: Que a mi oficina se ha presentado el señor JA- SINTO LUIS ALFREDO POCASANGRE CORNEJO, de cincuenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de Tejutepeque, departamento de Cabañas, a quien en este acto conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero cuatro cuatro cero nueve uno cuatro siete - cinco; y Número de Identificación Tributaria cero nueve cero siete - uno uno cero nueve cinco seis - cero cero uno - ocho; y ME DICE: Que viene a iniciar diligencias de TITULO SUPLE- TORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Huilihuiste, de la jurisdicción de Cinquera, Departamento de Cabañas, del cual no existe título inscrito por carecer el inmueble de antecedente

207 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de registral, con una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y U PUNTO VENTA Y DOS METROS CUADRADOS. El vértice Nor poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: RTE trescientos tres mil quinientos setenta punto setenta y seis, ESTE quinientos cinco mil setenta y cinco punto cero veintisiete. LINDERO RTE: partiendo del vértice Nor Poniente está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: Tramo Uno, Norte con una distancia de cuatro punto noventa y ocho metros; colindando con terrenos propiedad de Fermín de Jesús Hidalgo Gómez, Gonzalo Antonio Cortez Iraheta, Vicente Hidalgo, Plácido Hidalgo Pocasangre, con calle principal de Cantón Huilihuiste y portón de tela metálica de por medio; LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor Oriente está formado por veintinueve tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Sur con una distancia de veintisiete punto ochenta y nueve metros; Tramo Dos, Sur con una distancia de veinte punto ochenta y cinco metros; Tramo Tres, Sur con una distancia de cuarenta y siete punto once metros; Tramo Cuatro, Sur con una distancia de veinticinco punto setenta y cuatro metros; Tramo Cinco, Sur con una distancia de nueve punto cero cuatro metros; Tramo Seis, Sur con una distancia de seis punto cero cinco metros; Tramo Siete, Sur con una distancia de cuatro punto cuarenta y ocho metros; Tramo Ocho, Sur con una distancia de cinco punto diecinueve metros; Tramo Nueve, Sur con una distancia de ocho punto noventa y cuatro metros; Tramo Diez, Sur con una distancia de tres punto cero tres metros; Tramo Once, Norte con una distancia de tres punto cuarenta y cinco metros; Tramo Doce, Sur con una distancia de veinticinco punto diecisiete metros; Tramo Trece, Sur con una distancia de treinta y cinco punto cero uno metros; Tramo Catorce, Sur con una distancia de treinta y cinco punto noventa y nueve metros; Tramo Quince, Sur con una distancia de cuarenta y cinco punto sesenta y un metros; Tramo Dieciséis, Sur con una distancia de ciento diecisiete punto treinta y cinco metros; Tramo Diecisiete, Sur treinta con una distancia de cuarenta y nueve punto diez metros; Tramo Dieciocho, Sur con una distancia de cincuenta y ocho punto cincuenta y cinco metros; Tramo Diecinueve, Sur con una distancia de cincuenta y ocho punto cero dos metros; Tramo Veinte, Sur con una distancia de doscientos dieciocho punto noventa y nueve metros; Tramo Veintiuno, Sur con una distancia de veintiocho punto treinta y cuatro metros; Tramo veintidós; Sur con una distancia de treinta y ocho punto quince metros; Tramo Veintitrés, Sur con una distancia de ocho punto ochenta y ocho metros; Tramo Veinticuatro, Sur con una distancia de trece punto quince metros; Tramo Veinticinco, Sur con una distancia de trece punto catorce metros; Tramo Veintiséis, Sur con una distancia de siete punto treinta metros; Tramo Veintisiete, Sur con una distancia de siete punto sesenta y seis metros; Tramo Veintiocho, Sur con una distancia de ocho punto ochenta y nueve metros; Tramo Veintinueve, Sur con una distancia de ocho punto veintinueve metros; el terreno colinda en este lindero con Centro Escolar del Cantón Huilihuiste y terrenos de Vicente Hidalgo, Juana Benita Guerrero Rivas, Marvin Eliborio Espinoza Valle, Eva Silvia Hidalgo, María Clody Hidalgo, Arnoldo Inés Hidalgo, Santos Ester Hidalgo, Juana Benita Guerrero, Juan Vicente Hidalgo, con malla ciclón de por medio con el primer colindante y con cerco de alambre de púas y/o piñales de por medio con los demás colindantes; LINDERO SUR: partiendo del vértice Sur Poniente está formado por ocho tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, con una distancia de dieciséis punto cincuenta y seis metros; Tramo Dos, Sur con una distancia de cuarenta y uno punto sesenta y seis metros; Tramo Tres, Norte con una distancia de treinta y cinco punto treinta y ocho metros; Tramo Cuatro, Norte con una distancia de cincuenta punto cincuenta y tres metros, Tramo Cinco, Norte con una distancia de cincuenta y cuatro punto treinta y ocho metros; Tramo Seis, Norte con una distancia de treinta y dos punto cero cuatro metros; Tramo Siete, Norte con una distancia de nueve punto cincuenta metros; tramo Ocho, Norte con una distancia de trece punto cero seis metros; en este lindero el terreno colinda con terreno propiedad de José David Menjívar Peña, con cerco de alambre de púas de por medio y en parte con Quebrada La Tigra y Río Quezalapa de por medio; LINDERO PONIENTE: partiendo del Vértice Sur poniente está formado por treinta y dos tramos de los cuales del tramo uno al nueve colindan con terreno de sucesión de don Alejandro Antonio Escobar, con alambre de púas de por medio, del tramo nueve al tramo dieciocho, colindan con terreno propiedad del señor Marvin Espinoza, con cerco de alambre de púas de por medio; y del tramo diecinueve al treinta y dos, colinda con terreno propiedad del señor Salomón Villatoro, con cerco de alambre de púas de por medio; los tramos tienen los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte con una distancia de veintidós punto cuarenta y ocho metros; Tramo Dos, Norte con una distancia de cincuenta y uno punto sesenta siete metros; Tramo Tres, Norte con una distancia de cuarenta y tres punto cuarenta y seis metros; Tramo Cuatro, Norte con una distancia de siete punto veintiocho metros; Tramo Cinco, Norte con una distancia de setenta y nueve punto dieciséis metros; Tramo Seis, Norte con una distancia de treinta y ocho punto sesenta y tres metros; Tramo Siete, Norte con una distancia de sesenta y uno punto doce metros; Tramo Ocho, Sur con una distancia de ciento setenta punto cero cinco metros; Tramo Nueve, Sur con una distancia de veintitrés punto noventa y nueve metros; Tramo Diez, Norte con una distancia de quince punto diez metros; Tramo Once, Norte con una distancia de noventa y siete punto treinta y ocho metros; Tramo Doce, Norte con una distancia de catorce punto setenta y un metros; Tramo Trece, Norte con una distancia de treinta y tres punto cero dos metros; Tramo Catorce, Norte con una distancia de

208 208 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 cincuenta y uno punto cincuenta y nueve metros; Tramo Quince, Norte con una distancia de diecinueve punto cincuenta y dos metros; Tramo Dieciséis, Sur con una distancia de ocho punto cero cero metros; Tramo Diecisiete, Norte con una distancia de ciento nueve punto veintidós metros; Tramo Dieciocho, Norte con una distancia de noventa y tres punto cero uno metros; Tramo Diecinueve, Norte con una distancia de setenta y nueve punto ochenta y cuatro metros, Tramo Veinte, Norte con una distancia de veintinueve punto cincuenta y tres metros; Tramo Veintiuno, Norte con una distancia de veintiuno punto cincuenta y cinco metros; Tramo Veintidós, Norte con una distancia de cuarenta y nueve punto setenta y nueve metros; Tramo Veintitrés, Norte doce con una distancia de diez punto cincuenta y nueve metros; Tramo Veinticuatro, Norte con una distancia de veintiuno punto doce metros; Tramo Veinticinco, Norte con una distancia de diez punto sesenta y tres metros; Tramo Veintiséis, Norte con una distancia de tres punto cero un metros; Tramo Veintisiete, Norte con una distancia de siete punto doce metros; Tramo Veintiocho, Norte con una distancia de veinte punto cincuenta y un metros; Tramo Veintinueve, Norte con una distancia de treinta y nueve punto cuarenta y seis metros; Tramo Treinta, Norte con una distancia de treinta y seis punto sesenta y cinco metros; Tramo Treinta y Uno, Norte con una distancia de diecisiete punto cincuenta y siete metros; Tramo Treinta y Dos, Norte con una distancia de veintidós punto cero un metros; es así como se llega al vértice Nor poniente que es el punto donde se inició esta descripción. La propiedad antes descrita tiene una extensión superficial de CIENTO OCHENTA Y UN MIL HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado SEISCIENTOS CUARENTA Y U PUNTO VENTA Y DOS JUAN CARLOS PAZ HERNANDEZ, como Apoderado General Judicial METROS CUADRADOS. Los colindantes son del domicilio de Cantón de la señora ANTONIA SANCHEZ SANCHEZ, a solicitar a favor de Huilihiste del Municipio de Cinquera, departamento de Cabañas. El ésta TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión situado en el Caserío Los Majanos, Cantón El Volcán, jurisdicción de con nadie y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición el día dos de diciembre de mil nove- Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, de la capacidad cientos noventa y cuatro, por compra que le hizo al señor Reyes Escobar superficial de OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CON Valle, en ese entonces de sesenta y ocho años de edad, agricultor en SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas pequeño, del domicilio de San Juan Opico, departamento de La Libertad, y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide treinta y cinco metros y este lo poseía desde el día veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro; por compra que le hizo a la señora Paulina María Elvira Escobar, en ese entonces de setenta y dos años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Cinquera, departamento de Cabañas, quien lo poseyó por más de diez años consecutivos, por compra que le hizo al señor Santos Urquilla Hernández, en ese entonces de cincuenta y siete años de edad, jornalero, del domicilio de Tejutepeque, departamento de Cabañas, y este lo poseía desde el día dieciocho de marzo de mil novecientos setenta y nueve, por compra que le hizo a la señora María Jesús Bonilla de Villatoro, en ese entonces de cuarenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Cinquera, departamento de Cabañas. Los terrenos antes relacionados forman un solo cuerpo y los ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por más de diez años, posesión unida a la de los poseedores anteriores, pero carecen de títulos de dominio inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, por lo cual comparece ante mis oficios notariales para que de conformidad con lo establecido en el artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma le señalen, se extienda a favor de JASINTO LUIS ALFREDO POCASANGRE CORNEJO, el Título que solicita previo las pruebas documental y testimonial que el interesado presentara en las presentes diligencias. Valúa dicho terreno en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento del público, de conformidad al artículo 701 Código Civil y 16 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. Librado en la ciudad de Suchitoto, departamento de Cuscatlán, a los veintisiete días del mes de marzo de dos mil quince. IRIS ARELYS MEJIA FLORES, TARIO. 1 v. No. F LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. linda con terreno propiedad de la señora Evangelina Majano, cerco de la colindante de por medio; AL RTE, mide veintiocho metros, linda con terreno propiedad del señor Antonio Sorto, calle pública que de Delicias de Concepción conduce al Caserío Los Majanos; AL PONIENTE, mide veintiséis metros con terreno del señor José Domingo Majano, mojones de piedra de por medio; y, al SUR, mide veintiséis metros, linda con terreno propiedad del señor Benjamín Majano, brotones de izote de por medio. El inmueble antes mencionado los valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por compraventa de posesión material por Escritura Pública que le hizo el señor José Domingo Majano. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y veinticinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

209 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de TITULO DE DOMINIO LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CUISNAHUAT. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL HACE SABER: Que el señor FAUSTI HERNANDEZ o FAUSTI HERNANDEZ PEREZ, de ochenta y dos años de edad, HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada KARcomerciante, del domicilio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, LA SUNEYBY SORTO FUENTES, en su calidad de Apoderada de la portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno nueve señora BLANCA LUZ CABRERA DE MORE, de sesenta y ocho siete tres siete nueve cero guión siete, y con Número de Identificación años de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero dos millones nueve mil ciento veintiocho guión Tributaria cero tres cero cuatro guión dos seis cero nueve tres dos guión tres, solicitando a favor de su representada Título de Dominio de un cero cero uno guión ocho, manifiesta que es actual poseedor de un inmueble de naturaleza urbana, identificado según denominación catastral inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Tres de Mayo, zona baja, jurisdicción, Distrito y Departamento de como parcela número quinientos cuarenta y cuatro; y en mapa o sector San Miguel, de la extensión superficial de: OCHOCIENTOS TREINTA catastral cero tres cero cuatro U cero dos, situado en Barrio El Calvario Y SEIS PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de final calle Los Renegados, número S/N, Municipio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, de una extensión superficial de CUARENTA Y las medidas y linderos siguientes: AL RTE: consta de dos tramos, el primero mide una distancia de dieciséis metros sesenta y tres centímetros CINCO PUNTO SEIS MIL CIENTO VENTA Y OCHO METROS y el segundo mide una distancia de veinte metros veintiséis centímetros, CUADRADOS ( mts²) de las medidas y linderos siguientes: AL Calle Tres de Mayo de por medio, colinda con inmueble propiedad del RTE: linda con las parcelas cuarenta y cuatro y cincuenta y tres de los señor Pedro Antonio Cruz Castillo; AL ORIENTE: mide diecinueve señores Mauricio Hernández Martínez y Faustino Hernández Pérez, AL metros treinta y nueve centímetros, colinda con inmueble propiedad de ORIENTE: linda con parcela cincuenta y tres, de los señores Faustino la señora Francisca Navarrete, pared de ladrillo propiedad de la solicitante; AL SUR: mide treinta y seis metros cuarenta y ocho centímetros, Hernández Pérez y Teodora Ferrer de Hernández, AL SUR: linda con las parcelas trescientos sesenta y ocho y cuatrocientos treinta y seis, colinda con inmuebles propiedad de los señores Francisca Navarrete y de los señores Salvador Antonio Ramos Castaneda y Lino Constante Nelson Wilfredo Hernández Zamora, pared de ladrillo propiedad de la Hernández y AL PONIENTE: linda con la parcela quinientos cuarenta solicitante; y AL PONIENTE: mide veintiséis metros ochenta y siete y cinco, del señor Santana Hernández Constante; y que en virtud de centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Danuria Umaña Rivas, Pasaje Luna de por medio.- El inmueble antes descrito existen carecer de Título de Propiedad Inscrito a su favor en el Registro respectivo, es la Circunstancia que le obliga a solicitar, que se le extienda construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios, no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga TITULO DE DOMINIO, de conformidad al artículo uno y siguientes de o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en la Ley de Títulos de Predios Urbanos Vigente; así mismo, el inmueble proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL DO- descrito no pertenece al estado ni a la municipalidad, no es dominante, LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, ni está en mediante Escritura Pública de compra venta de la posesión material que proindivisión con otra persona, lo hubo por posesión Material, misma le otorgó a su favor el señor OSCAR ARMANDO HERNANDEZ, quien es mayor de edad, Jornalero, de este domicilio, en esta ciudad a las once horas del día dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y siete, ante los oficios del notario Napoleón Lovo Solórzano.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesor data más de dieciocho años y sigue siendo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio. Lo que se avisa al público, para los efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETI, SECRETARIO MUNICIPAL. que ha ejercido, por más de diez años consecutivos, de forma quieta pacífica e ininterrumpida, realizando en el inmueble antes descrito, mejoras y actos de legítimo propietario, reconociéndole este derecho los colindantes y vecinos y que según su saber y entender lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, así también que los colindantes son de este domicilio. Lo que se hace saber al público en general, para los efectos de ley. Alcaldía Municipal de Cuisnahuat, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince.- ROSA ISABAS GALEA DE SIBRIAN, ALCALDESA MUNICIPAL.- LIC. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

210 210 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARCA DE FABRICA No. de Expediente: No. de Presentación: DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALBERTO Consistente en: la palabra gasauto. HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENERAL La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ- mil cinco. NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, REGISTRADOR. Ante mí: Consistente en: la palabra gasauto. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. SECRETARIO. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. 3 v. alt. No. F San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, Ante mí: REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F MBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ORLANDO MARTÍNEZ PEÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del MBRE COMERCIAL. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS AL- BERTO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIE- Consistente en: las palabras power fresh green bar y diseño, donde las palabras Power, fresh, green y bar se traducen al castellano como

211 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Poder, fresco, verde y barra, que servirá para: IDENTIFICAR ESTA- BLECIMIENTOS UBICADOS DENTRO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR DEDICADOS A LA VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil quince. KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALBER- TO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GE- NERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del MBRE COMERCIAL. Consistente en: la palabra gasauto, que servirá para: IDENTI- FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A PRESTAR SERVICIOS DE NEGOCIOS, ESPECIALMENTE LA IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE GAS LICUADO DE PETROLEO. PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MAQUI- NARIA QUE FUNCIONA CON ESTOS PRODUCTOS UBICADO EN CALLE LA PALMAS NUMERO 26, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, Ante mí: REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, SECRETARIO. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACIÓN PIRAMIDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL. Consistente en: las palabras PRIME CHOICE y diseño, que se traducen al castellano como ELECCIÓN DE PRIMERA CALIDAD, que servirá para: SERVIRÁ PARA ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURAN- TE. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. 3 v. alt. No. C

212 212 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONVOCATORIAS CONVOCATORIA CONVOCATORIA El Representante Legal de la Sociedad Parque Jardín Las Flores, S. A. de C. V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 21 de Mayo del presente año en las oficinas Administrativas situadas; en 7ª. Calle Poniente entre 2ª. y 4ª. Avenida sur #9, de esta ciudad a partir de las quince horas en adelante, bajo la siguiente agenda. 1- Comprobación del quórum. 2- Lectura del Acta Anterior. 3- Memoria de labores y aprobación de Estados Financieros al 31 de Diciembre de Balance General al 31 de Diciembre de Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de Estado de Flujo de Efectivo al 31 de Diciembre de Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre de de Informe del Auditor Externo, ejercicio económico Informe del Auditor Externo, ejercicio económico Aplicación de los resultados del ejercicio económico 2014 y 5- Aplicación de los resultados del ejercicio económico 2014 y acumulados. 6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios ejercicio económico Nombramiento del Auditor Fiscal para el ejercicio económico Cualesquiera otros puntos que de acuerdo a Escritura Social y al Código de Comercio, puedan ser tratados en esta junta. En caso de no reunirse suficiente quórum en la primera convocatoria, se convoca para el siguiente día, a las dieciséis en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria, la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social, o sea, 1,251 acciones. Quórum para la segunda convocatoria, cualquier número de acciones que esté presente. Santa Ana, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. El Representante Legal de la Sociedad Grupo de Bienes y Servicios, S. A. de C. V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 21 de Mayo del presente año, en las oficinas Administrativas; situadas en 7ª. Calle Poniente entre 2ª. y 4ª. Avenida sur #9, de esta ciudad a partir de las dieciséis horas en adelante, bajo la siguiente agenda. 1- Comprobación del quórum. 2- Lectura del Acta Anterior. 3- Memoria de labores y aprobación de Estados Financieros al 31 de Diciembre de Balance General al 31 de Diciembre de Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de Estado de Flujo de Efectivo al 31 de Diciembre de acumulados. 6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios ejercicio económico Cualesquiera otros puntos que de acuerdo a Escritura Social y al Código de Comercio, puedan ser tratados en esta junta. En caso de no reunirse suficiente quórum en la primera convocatoria, se convoca para el siguiente día, a las diecisiete horas en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria, la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social, o sea, 2,145 acciones. Quórum para la segunda convocatoria, cualquier número de acciones que esté presente. Santa Ana, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. MAURICIO JOSÉ LUNA, REPRESENTANTE LEGAL. MAURICIO JOSÉ LUNA, REPRESENTANTE LEGAL. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

213 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CONVOCATORIA CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad "RAUN, S.A. DE C.V., SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia, RAUN, S.A. DE C.V., de este domicilio, convoca en PRIMERA CONVOCATORIA, a los señores accionistas a celebrar SESIÓN DE JUNTA GENERAL ORDINARIA, en la oficinas de la sociedad ubicada en QUINTA FIGUEROA, final col. América de esta ciudad a partir de las 16:00 horas del día 20 de mayo del año dos mil quince. En caso de no poder celebrar la sesión en primera convocatoria, por este mismo medio se le hace SEGUNDA CONVOCATORIA, para celebrar dicha junta con los mismos fines, a la misma hora y en el mismo lugar, el día 21 de mayo del año dos mil quince. La agenda es la siguiente: 1) Establecimiento del Quórum; 2) Lectura y aprobación del acta anterior; 3) Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva, el Esta JUNTA GENERAL ORDINARIA, quedará constituida en PRIMERA CONVOCATORIA con la presencia y representación de la mitad más una de las acciones con derecho a voto y sus resoluciones se tomará por mayoría de votos de las acciones presentes y representadas. En la SEGUNDA CONVOCATORIA, la sesión se celebrará con cualquier número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. San Salvador, 10 de Abril de La Junta Directiva de la Sociedad de JARDINES, INMUEBLES, S.A. DE C.V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 11 de Mayo de 2015, en primera convocatoria, en sus oficinas ubicadas en la 15 Calle Poniente No. 4470, en la Colonia Escalón de esta ciudad a partir de las 10:00 horas en adelante. AGENDA Puntos de Agenda de JUNTA GENERAL ORDINARIA 1. Comprobación de Quórum. 2. Lectura y aprobación del Acta Anterior. 3. Lectura y aprobación de la Memoria de labores de la Junta Directiva, correspondiente al ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 4. Lectura y aprobación del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias y el informe del Auditor, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas Lectura del Informe del Auditor Externo. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, Titular y Suplente y fijación de sus emolumentos. 4) Elección de los miembros de la Junta Directiva y del Auditor. 7. Aplicación de los Resultados del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 5) Fijar los emolumentos correspondientes a los administradores y al Auditor. 8. Distribución de Utilidades. 9. Cualquier otro punto que pueda ser tratado en esta Junta y 6) Puntos varios. que sea sometido al conocimiento de la misma de acuerdo a la Escritura Social y al Código de comercio. En caso de no reunir Quórum en la primera convocatoria se convoca para el siguiente día a la misma hora y en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria: la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social o sea 544,373 acciones (QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES). Quórum para la segunda convocatoria: cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas. JARDINES INMUEBLES, S.A. DE C.V. San Salvador, 13 de abril de LIC. MARIO ERNESTO FRANCISCO TORRES ROMERO, SECRETARIO. ALFONSO TOMÁS CARBONELL CARBIA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

214 214 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 El infrascrito Administrador Unico de la SOCIEDAD DESA- RROLLADORA MADRESELVA, S. A. DE C. V., convoca a todos sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas el día 27 de Mayo del año 2015 en las oficinas ubicadas en 89 Avenida Norte No. 350, Colonia Escalón, departamento de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos en primera convocatoria; en caso que no existiera quórum se convoca por segunda vez para celebrarla en el mismo lugar a las nueve horas con treinta minutos del día 28 de Mayo del presente año, con el objeto de conocer y discutir los siguientes puntos de Agenda: ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: I. Establecimiento y comprobación del quórum. II. III. IV. Lectura y Aprobación del Acta anterior. Lectura y Aprobación de Memoria de Labores que presenta el Administrador Unico para el Ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año Lectura y Aprobación de Estados Financieros para el Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del año V. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del año VI. Nombramiento del Auditor Externo para el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año 2015 y Fijación de sus Emolumentos. VII. VIII. IX. Nombramiento del Auditor Externo Suplente para el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año Nombramiento de Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos para el Ejercicio Aplicación de Resultados. Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para conocer asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que conforman el Capital de la Sociedad y para que las resoluciones sean válidas se requiere el voto favorable de la mitad más una de las acciones presentes o representadas y en segunda convocatoria, se considerará válidamente constituida, cualesquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán con la mitad más una de las acciones presentes o representadas. Se recuerda a los Accionistas que podrán delegar su representación en otros accionistas o a favor de extraños a la sociedad. La representación podrá otorgarse por medio de carta, cable o telegrama o por cualquier otro medio razonable de comunicación escrita. CONVOCATORIA El Director Presidente de la Junta Directiva de la VELAZUL, SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus Accionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las ocho horas del día nueve de mayo del año dos mil quince, en el Salón Cuscatlán, ubicado en el Club Campestre, Calle Maximiliano Jerez; Colonia Escalón, San Salvador; El Salvador. La Agenda de la Junta General será la siguiente: PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: PUNTO U: PUNTO DOS: Lectura del Acta Anterior. Memoria de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados, el Estado de cambios en el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo, para el ejercicio fiscal del Año 2014, a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. PUNTO TRES: Nombramiento y remoción de administradores. PUNTO CUATRO: Nombramiento de Auditor Externo y Auditor PUNTO CINCO: PUNTO SEIS: Fiscal para el período de 2015 y fijación de sus emolumentos. Aplicación de resultados. Varios. PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: PUNTO SIETE: Aumento de Capital. La Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes por lo menos la mitad más uno de las acciones que tengan derecho a voto y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de votos de los representantes concurrentes. Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos del día once de mayo de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. Antiguo Cuscatlán, a los 13 días del mes de Abril del año dos mil quince. DESARROLLADORA MADRESELVA, S. A. DE C. V. MIGUEL MATHIAS REGALADO TTEBOHN, ADMINISTRADOR UNICO. 3 v. alt. No. C Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes. La Junta General Extraordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes por lo menos las tres cuartas partes de las acciones que tengan derecho a voto y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por igual proporción de votos de los representantes concurrentes.

215 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Extraordinaria en segunda convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos del día once de mayo de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido por lo menos la mitad más uno del número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con las tres cuartas partes de los votos presentes. San Salvador, catorce de abril del año DAVID KYUNG HA, DIRECTOR PRESIDENTE. VELAZUL, SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS NUMERO CUARENTA Y SEIS El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de "MEN- 3 v. alt. No. F TORES DE LA NIÑEZ TECLEÑA S. A. DE C. V.", para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en sesión de Junta Directiva número de la Sociedad, celebrada en esta ciudad el día dieciséis de marzo del presente año, se acordó unánimemente convocar a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA. La sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las dieciocho horas del día trece de mayo del presente año, en las instalaciones de la Sociedad, ubicadas en Primera Calle Poniente número dos guión dos, Santa Tecla. Si no hubiere quórum en esa fecha, se señala la misma hora del día catorce de mayo del presente año, en el mismo lugar señalado, a efecto de celebrar la sesión en segunda convocatoria. La agenda de la sesión será la siguiente: 3. Conocimiento del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, del ejercicio que terminó el día treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 4. Aprobación o improbación de los reportes señalados. 5. Conocimiento del Informe del Auditor Externo de la Sociedad. 6. Aplicación de resultados. 7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. 8. Elección de Junta Directiva para el período julio 2015 a julio El quórum necesario para establecer la Junta Ordinaria, en primera convocatoria, es de la mitad más una de las acciones del capital social (270,001 acciones) presentes o representadas y se tomará acuerdo con la mitad más uno de los votos concurrentes. Para establecer la Junta Ordinaria en segunda convocatoria, se hará con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se tomará acuerdo con la mitad más uno de los votos concurrentes. Santa Tecla, 14 de abril de JOSE EDUARDO VALLE GONZALEZ, SECRETARIO. CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad Centro de Maquinaria y Repuestos, S. A. de C. V., que puede abreviarse Cemar, S. A. de C. V., de este domicilio, convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, el día catorce de mayo del año dos mil quince, a partir de las diez horas en las instalaciones de la Empresa situadas en el Boulevard José Arturo Castellanos, número un mil ciento treinta y dos en esta ciudad, para conocer los puntos que se detallan en la siguiente Agenda: 1.- Comprobación del Quórum. 2.- Lectura y aprobación de la Agenda a desarrollar. 3.- Lectura del acta anterior. 4.- Lectura de la memoria de labores del año dos mil catorce, por el señor Presidente de la Junta Directiva. AGENDA DE ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: 1. Verificación del quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 5.- Conocimiento y discusión de los Estados Financieros: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios al Patrimonio y Flujo de Efectivo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce.

216 216 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Conocimiento del Informe del Auditor Externo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 7.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos, para el período comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. 6.- Conocimiento del Informe del Auditor Externo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 7.- Conocimiento del Informe del Auditor Fiscal del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 8.- Varios. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en primera fecha de la Convocatoria, deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si no hubiere Quórum en la fecha y hora expresada se convoca por segunda vez a las diez horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil quince, en el mismo lugar destinado para la primera Convocatoria. Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la Convocatoria por falta de Quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. dos mil quince, en el mismo lugar destinado para la primera Convocatoria. San Salvador, catorce de abril del dos mil quince. JOHN BUCHNER GIBSON, Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la Convocatoria por falta de Quórum necesario para hacerlo en la primera, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de CENTRO DE MAQUINARIA Y REPUESTOS, S. A. DE C. V. acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. CONVOCATORIA 3 v. alt. No. F El Administrador Unico de la Sociedad Compañía Importadora de Maquinaria, S. A. de C. V., que puede abreviarse Cidema, S. A. de C. V., de este domicilio, convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, el día once de mayo del año dos mil quince, a 3 v. alt. No. F partir de las diez horas en las instalaciones de la Empresa, situadas en la Veintinueve Calle Poniente, Número diez treinta y siete, Colonia Layco, en esta ciudad, para conocer los puntos que se detallan en la siguiente 8.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos para el periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. 9.- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos para el periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince Aplicación de Utilidades del ejercicio dos mil catorce Varios. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en primera fecha de la Convocatoria deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si no hubiere Quórum en la fecha y hora expresada se convoca por segunda vez a las diez horas del día doce de mayo del año San Salvador, catorce de abril de dos mil quince. JOHN BUCHNER GIBSON, ADMINISTRADOR UNICO, COMPAÑIA IMPORTADORA DE MAQUINARIA, S. A. DE C. V. Agenda: 1.- Comprobación del Quórum. CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 2.- Lectura y aprobación de la Agenda a desarrollar. 3.- Lectura del Acta anterior. SIDERURGICA SALVADOREÑA TINETTI, S. A. DE C. V., en cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, 4.- Lectura de la Memoria de Labores del año dos mil catorce por el señor Administrador Unico. CONVOCA a los Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en la casa situada en Antigua Calle a 5.- Conocimiento y discusión de los Estados Financieros: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios al Patrimonio y Flujo de Efectivo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. San Antonio Abad, número 254-4, San Salvador, a las dieciséis horas del día sábado nueve de mayo de dos mil quince, en primera convocatoria y a las dieciséis horas del día lunes once de mayo de dos mil quince, en segunda convocatoria.

217 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Para que la junta pueda sesionar en la primera convocatoria deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el capital social y tomar resolución por simple mayoría. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Para que la Junta General ORDINARIA pueda sesionar en la primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el capital social y tomar resolución por simple mayoría. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Agenda: 1- Establecimiento del Quórum. 2- Nombramiento del presidente y secretario de la Junta. 3- Aprobación de Agenda. 4- Lectura del Acta anterior. 5- Aprobación memoria de labores año Presentación de Estados Financieros de Informe del auditor externo año Nombramiento del auditor externo y suplente para año Aplicación de Resultados año Elección de administración de la sociedad. 2- Nombramiento del presidente y secretario de la Junta. 11- Puntos varios. San Salvador, 14 de abril de SIDERURGICA SALVADOREÑA TINETTI, S. A. DE C. V. 6- Presentación de Estados Financieros de Informe del auditor externo año TEODORO TINETTI MONTESIS, 8- Nombramiento del auditor externo y suplente para año SECRETARIO. 9- Aplicación de Resultados año v. alt. No. F Para que la Junta General EXTRAORDINARIA pueda sesionar en la primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos el 75% de las acciones que forman el capital social y tomar resolución también con el 75%. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente la mitad más uno de las acciones que componen el capital social. El número de votos necesarios para formar resolución será el 75% de las acciones presentes. Agenda PUNTOS ORDINARIOS: 1- Establecimiento del Quórum. 3- Aprobación de Agenda. 4- Lectura del Acta anterior. 5- Aprobación memoria de labores año Elección de administración de la sociedad. 11- Puntos varios. PUNTOS EXTRAORDINARIOS: 1- Modificación pacto social. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA 2- Disolución y liquidación de la sociedad. Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DISTRITI, S. A. DE C. V., en cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, CONVOCA a los Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en la casa situada en Antigua Calle a San Antonio Abad, número 254-4, San Salvador, a las dieciocho horas del día sábado nueve de mayo de dos mil quince, en primera convocatoria y a las veinte horas del día lunes once de mayo de dos mil quince, en segunda convocatoria. San Salvador, 14 de abril de TEODORO TINETTI MONTESIS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

218 218 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SUBASTA PÚBLICA LICENCIADO JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS DEL JUZGADO DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado de fecha 15 de julio de Cojutepeque, 09 de abril de HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas del día uno de marzo del año dos mil trece, en el juicio ejecutivo mercantil promovido por el Licenciado CESAR POMPILIO RAMOS LOPEZ, actuando en su carácter de apoderado general judicial del BANCO PROMERI- CA, SOCIEDAD ANIMA, contra el señor RAFAEL ANTONIO LANDAVERDE LOPEZ, reclamando capital adeudado e intereses; se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de los bienes embargados, en fecha que oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que se describe a continuación: Porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Zamorán, Jurisdicción de la ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de forma rectangular, identificado como LOTE NUMERO QUINCE, DEL POLIGO "D" DE LA LOTIFICACION CANALES, que mide y linda: AL RTE: Línea curva de cuarenta metros, linda con propiedad del señor Julio Fuentes, ahora propiedad del Instituto Salvadoreño de Turismo; AL ORIENTE: Línea recta de treinta y dos metros cincuenta centímetros linda con resto de terreno de Emilia Canales Pinaud; AL SUR: Línea recta de cuarenta metros, linda con resto de terreno de Emilia Canales Pinaud, Calle Barcelona de por medio de diez metros de ancho de por medio y AL PONIENTE: Línea recta de veinticinco metros veinticinco centímetros, linda con terreno propiedad de Jaime Canales Pinaud. Tiene una extensión superficial de UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Inscrito bajo el número de MATRICULA OCHO CERO CERO SEIS NUEVE DOS SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO en el ASIENTO U del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel, a favor del señor RAFAEL ANTONIO LANDAVERDE LOPEZ. Librado en el Juzgado de lo laboral de Santa Tecla, Juez Dos, a las ocho horas y veintitrés minutos del día veintiséis de enero del dos mil quince.- Lic. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- Lic. HAZEL LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS 3 v. alt. No. F Ing. MILTON RAFAEL MARROQUIN RIVERA, GERENTE DE AGENCIA COJUTEPEQUE. AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, 3 v. alt. No. C AVISA: Que en su Agencia Cojutepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito Número , constituido el 25 de junio de 2011, para el plazo de 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado de fecha 25 de junio de Cojutepeque, 09 de abril de Ing. MILTON RAFAEL MARROQUIN RIVERA, GERENTE DE AGENCIA COJUTEPEQUE. EL BANCO AGRICOLA, S. A., 3 v. alt. No. C AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, AVISA: Que en su Agencia Cojutepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito Número , constituido el 15 de julio de 2013, para el plazo de 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRICOLA, S. A. CARMEN FERNANDEZ, GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

219 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que AVISA: Que en su Agencia Metrocentro Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

220 220 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA DEL "CONDOMINIO CLINICAS MEDICAS" BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Ruta Militar, de la ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Metrocentro San Miguel, de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. CERTIFICA: Que en el Libro de Sesiones de Asamblea de Propietarios del CONDOMINIO "CLÍNICAS MEDICAS", a folios 158 y siguientes se encuentra asentada la Sesión Ordinaria número Veintiuno, en Tercera Convocatoria, celebrada en el local Auditórium-Administración, situado en la Veinticinco Avenida Norte, número seiscientos cuarenta en San Salvador, a partir de las dieciocho horas del día veinticinco de marzo de dos mil quince, en la que consta el PUNTO NÚMERO ONCE, que literalmente dice: PUNTO NÚMERO ONCE: Nombramiento del Administrador Propietario para el período Sometido a consideración el acuerdo fue elegir por un año como Administrador Propietario y consecuentemente el cargo de Representante Legal a la Dra. INÉS LÓPEZ DREYFUS. Dicho acuerdo fue tomado por unanimidad de los Propietarios presentes o representados, la Dra. Inés López Dreyfus, expresó su aceptación al cargo. Nombramiento del Administrador Suplente. Sometido a consideración el acuerdo fue elegir por un año como Administrador Suplente al Dr. JULIO CÉSAR ECHEGOYÉN HERRERA. Dicho acuerdo fue tomado por todos los presentes y representados y una abstención. El Dr. Julio César Echegoyén Herrera, expresó su aceptación al cargo. Y en cumplimiento a lo ordenado por el Art. 31, de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos, se libra la presente para ser remitida al Diario Oficial y sea publicada hasta por tercera vez en el mismo. En San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil quince. DRA. INÉS LÓPEZ DREYFUS, ADMINISTRADORA CONDOMINIO CLÍNICAS MÉDICAS. 3 v. alt. No. C En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F La infrascrita secretaria de la ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETA- RIOS DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL D' LA MASCOTA. CERTIFICA: Que en el libro de actas de la Asamblea General del Condominio Residencial D' La Mascota, se encuentra la que literalmente dice: "En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas treinta minutos del día trece de enero de dos mil quince, de acuerdo a la convocatoria realizada por el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de este de-

221 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de partamento, según resolución de fecha once de diciembre de dos mil catorce, con referencia número MRDV-3CM3, procedemos previa convocatoria a instalar en este acto la Asamblea General de Propietarios de conformidad al Reglamento de Administración, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San Salvador, a la matrícula número SEIS CERO CUATRO DOS CUATRO CINCO DOS TRES y a la Agenda siguiente: PUNTO U. Verificación de quórum, PUNTO DOS. Elección de Junta Directiva para el período de dos años, cumpliéndose el quórum establecido en la primera convocatoria y declarándose electos por mayoría absoluta de votos: Presidente: señor BENJAMÍN VIDES DENEKE, de setenta y ocho años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero cero cero tres uno uno nueve tres-cero; Secretaria: señora GLORIA MARINA LÓPEZ PINTO DE SALAZAR, de setenta y un años de edad, Ama de Casa, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cero uno seis cinco siete cuatro siete-ocho; y Vocales: ROBERTO REINALDO SOL DE POOL, de sesenta y tres años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos millones treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta y dos-nueve; PATRICIA MARGARITA HASBUN DE SIMAN, de cuarenta y nueve años de edad, Técnico en computación, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con documento Único de Identidad número cero cero seis siete cinco cinco tres nueve-cuatro, y OSCAR HENRÍQUEZ PORTILLO, de setenta y cuatro años de edad, Ejecutivo de Empresas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad cero dos cero uno cuatro cinco nueve cero-uno, y no habiendo más que hacer constar damos por terminada la presente y fue leída en voz alta, clara y pausada por la Secretaria de la Asamblea General de Propietarios, la ratificamos y firmamos". Es conforme con su original con el cual se confrontó y para hacer presentada al Ministerio de Gobernación, extiendo, firmo y sello la presente certificación, a los catorce días del mes de enero de dos mil quince. GLORIA MARINA LÓPEZ PINTO DE SALAZAR, SECRETARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETARIOS. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO TORRE MAQUILISHUAT. San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil quince. Lo que hace saber para los usos legales convenientes. Atentamente, JORGE ANTONIO GUERRA, ADMINISTRADOR PROPIETARIO. PATENTE DE INVENCIÓN No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA VA, mayor de edad, ABOGADO Y TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, actuando como APODERADO de PHARMACYCLICS, INC., del domicilio de 995 EAST ARQUES AVENUE, SUNNYVALE, CA 94085, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ES- TADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro de la PATENTE DE INVENCIÓN en fase nacional de una solicitud internacional PCT/ US2013/ denominada FORMAS CRISTALINAS DE UN IN- HIBIDOR DE TIROSINA QUINASA DE BRUTON, por el término de VEINTE AÑOS, con Clasificación Internacional A61K 47/30, A61K 47/38, A61K 9/48, A61P 29/00, A61P 35/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 61/655,381, de fecha cuatro de junio del año dos mil doce. Se refiere a: SE DESCRIBE AQUÍ AL INHIBIDOR DE TI- ROSINA QUINASA (BTK) DE BRUTON 1-((R)-3-(4-AMI-3 -(4-FEXIFENIL)-1H-PIRAZOLO [3,4-D] PIRIMIDIN-1-IL) PIPERIDIN-1-IL) PROP-2-EN-1-ONA, INCLUYENDO LAS FORMAS CRISTALINAS, SOLVATOS Y SUS SALES ACEPTABLES EN EL CAMPO FARMACÉUTICO. SE DESCRIBE TAMBIÉN COMPOSI- CIONES FARMACÉUTICAS QUE INCLUYEN AL INHIBIDOR BTK, ASÍ COMO MÉTODOS PARA USAR A DICHO INHIBIDOR SOLO O EN COMBINACIÓN CON OTROS AGENTES TERAPÉUTICOS, PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES O CONDICIONES AUTOINMUNES, ENFERMEDADES O CONDICIONES HETE- ROINMUNES, CÁNCER, INCLUYENDO LINFOMA, ASÍ COMO ENFERMEDADES O CONDICIONES INFLAMATORIAS. La solicitud fue presentada internacionalmente el día tres de junio del año dos mil trece. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN- TO DE PATENTES. San Salvador, a los trece días del mes de marzo del año dos mil quince. HACE SABER: Que en sesión de Asamblea General ordinaria de Propietarios del Condominio Torre Maquilishuat, celebrada el 25 de marzo de 2015, fue nombrado Administrador Propietario del Condominio, el señor JORGE ANTONIO GUERRA y Administrador Suplente el Dr. ROBERTO BENJAMIN POSADA SANDOVAL. LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA, REGISTRADOR. 1 v. No. F050286

222 222 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 EDICTO DE EMPLAZAMIENTO DOCTORA DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DOS SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE MEJICAS, KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR, HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número de referencia MRPE-5CM3, y referencia interna: 118-EM-14-6, promovido por la Licenciada ELSY ELIZABETH GÁLVEZ SÁNCHEZ, en su calidad de Apoderada General y Especial del BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S.A., pudiendo ser ubicada en Urbanización Miramonte Dos, Avenida Bernal, casa número tres-a, de esta ciudad, o mediante telefax número veintidós sesenta cero nueve setenta y cuatro; en contra de la Sociedad ALIMENTOS ESPECIALIZADOS Y CONGELADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ALIMENTOS ESPECIALIZADOS Y CONGELADOS, S.A. DE C.V. y ALIESCO, S. A. DE C. V., representada legalmente por el señor JUAN CARLOS ESCOBAR FIGUEROA. Que no fue posible emplazar a dicha sociedad, la cual es de este domicilio y con Tarjeta de identificación Tributaria número cero seiscientos catorce cero sesenta mil doscientos dos ciento dos - tres, por no contar con una dirección en el territorio nacional donde poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de ello, conforme a lo establecido en los artículos 181 y 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, se le emplazará por este medio, concediéndosele un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se presente a este Juzgado a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere se procederá a nombrarle un CURADOR AD LITEM, para que la represente en este proceso, artículo 186 Código Procesal Civil y Mercantil. Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda suscrita por el Licenciado Elsy Elizabeth Gálvez Sánchez; 2) Testimonio de Escritura Pública de Mutuo Prendario, otorgado por el señor JUAN CARLOS ESCOBAR FIGUEROA, en su calidad de Administrador Único propietario de la sociedad ALIMENTOS ESPECIALIZADOS Y CONGELADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia ALIMENTOS ESPECIALIZADOS Y CONGELADOS, S. A. DE C.V. y ALIESCO, S.A. DE C. V., a favor del BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO DE AMÉRICA CENTRAL, S. A., el día catorce de mayo de dos mil ocho, por la cantidad de CIENTO VEINTICINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; Certificado original de Estado de Cuenta, emitida por el Contador de la Sociedad demandante, Testimonio de Escritura Pública de Constitución de la sociedad demandada y Credencial de Elección de Administrador Único de la sociedad demandada y Fotocopia certificada notarialmente del Poder General Judicial a favor de la Licenciada Gálvez Sánchez. Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley correspondientes. LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MER- CANTIL: SAN SALVADOR, a las diez horas y diecisiete minutos del día quince de enero de dos mil quince.- LICDA. KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA. 1 v. No. C HACE SABER: A la señora TERESA DE JESÚS BAIRES DE MELARA, mayor de edad, Empleada, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos dos ocho siete dos cero dos- cinco, y Número de Identificación Tributaria cero un mil seis- doscientos cincuenta y un mil setenta y uno-ciento uno- cero, que ha sido demandada en el Proceso Ejecutivo Mercantil, bajo la REF: 94-EM-2013/6, promovido inicialmente por la Licenciada MARIA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE, y continuado por el Licenciado ROLANDO NAPOLEÓN HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cero trescientos treinta y seis mil quinientos noventa y tres-ocho, Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-doscientos once mil doscientos setenta y ocho-ciento uno-cuatro, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del BANCO AGRÍCOLA COMERCIA SOCIEDAD ANÓNIMA, que se abrevia BANCO AGRÍCOLA, S. A. y cuyos nombres comerciales son BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRÍCOLA COMERCIAL, BANCO AGRÍCOLA o solamente EL AGRÍCOLA, Institución Bancaria, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- trescientos diez mil ciento cincuenta y cinco-cero cero uno-seis, y en vista de no ser posible la localización y desconocer el paradero de la demandada, señora TERESA DE JESÚS BAIRES DE MELARA, el Apoderado de la parte actora ha solicitado que se le emplace por medio de Edicto, de conformidad al Art. 186 CPCM; en razón de ello conforme a lo establecido en los Arts. 182 y 186 CPCM, se le notifica el Decreto de Embargo y Demanda que lo motiva por este medio, concediéndosele un plazo de DIEZ DÍAS, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se presente a este Juzgado a contestar la demanda y a ejercer sus derechos, de conformidad con el Art. 462CPCM. Adviértase a la demandada, que al contestar la demanda debe darle cumplimiento a lo que señala el Art. 67 CPCM; es decir, que deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento debe recaer en un Abogado de la República, mandato que debe contener facultades contenidas en el Art. 69 Inc.1 CPCM.; Si no lo hiciere el proceso continuará sin su presencia, y se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem, para que lo represente en el presente proceso. Los Documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Original de Demanda presentada por la Licenciada MARÍA EUGENIA VÁSQUEZ VALIENTE, 2) Original de Poder General Judicial con Cláusula Especial a favor de la Licenciada Vásquez Valiente, 3) Original de Testimonio de Escritura Pública de Primera Hipoteca Abierta, 4) Original de Testimonio de la Escritura Matriz de Ampliación de Hipoteca Abierta y préstamo mercantil, 5) Mutuo Simple, y 6) Original de auto de Admisión de la demanda. Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley correspondientes. Librado el presente edicto de emplazamiento en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, Suplente, a las nueve horas con treinta minutos del día veinte de marzo de dos mil quince.- DRA. DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DOS, SUPLENTE, DE LO CIVIL DE MEJICAS.- LIC. VICTORI ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO. 1 v. No. F050210

223 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial, MARCA DE SERVICIOS HACE SABER: Que en el proceso común de Prescripción Extintiva de Acción Ejecutiva, marcado con la Referencia 9-PC-2014, promovido en este tribunal por el Licenciado MARVIN ANTONIO GARCÍA ME- LÉNDEZ, quien es mayor de edad, Abogado, del domicilio de la Ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Carné de Abogado Número veinticinco mil noventa y ocho; Documento Único de Identidad Número cero dos tres ocho uno ocho tres cinco-nueve; y Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-uno seis cero seis siete tres-uno cero seis-cuatro, actuando como Apoderado General Judicial de la señora ANA CRISTINA MELÉNDEZ MARTÍNEZ, conocida por ANA CRISTINA MELÉNDEZ DE RODRÍGUEZ, de sesenta y seis años de edad, Estudiante, del domicilio de San Marcos, del departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad Número cero tres cuatro cero uno seis dos cuatro-cinco; y con Número de Identificación Tributaria cero seis cero ocho-cero dos cero dos cuatro ocho-cero cero uno-cero; en contra de la señora ADILIA ADORO SERRA, conocida por LIDIA SERRA, mayor de edad, con último domicilio conocido de Mejicanos; por este medio se TIFICA, CITA Y EMPLAZA, a la demandada antes mencionada señora ADILIA ADORO SERRA, conocida por LIDIA SERRA, en virtud de no haber sido encontrada en el lugar señalado por la actora para su realización, no obstante haberse realizado las diligencias pertinentes para dar con su paradero, por ignorarlo la parte actora, se procede a darle cumplimiento a lo que ordena el Art. 186 CPCM, de la demanda interpuesta en su contra en la que se pretende la Prescripción Extintiva de Acción Ejecutiva de un Mutuo, inscrito bajo la inscripción Número 63 del Libro 2990, de Hipotecas del Departamento de San Salvador, inscrito como Primera Hipoteca, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Primera Sección del Centro.- Asimismo, conforme lo establece el Art. 182 No. 4, del Código Procesal Civil y Mercantil; SE LE HACE SABER QUE: 1) Art. 283 CPCM."""""""Admitida la demanda, se hará la comunicación de ella a la persona o personas contra quienes se entable, y se les emplazará para que la contesten dentro de los veinte días siguientes"""""" por lo que tiene VEINTE DIAS HABILES, contados a partir del siguiente al del presente acto de comunicación procesal para contestar la demanda incoada en su contra, en cualquiera de las formas que regula el Art. 284 CPCM, o podrá formular reconvención conforme el Art. 285 CPCM. 2) Que deberá comparecer con Apoderado General Judicial o Procurador de la República, conforme al Art. 68 Código Procesal Civil y Mercantil, 3) Que en caso de no comparecer, en el plazo y formas previstas por la ley, producirá su declaración de rebeldía y no impedirá la continuación del proceso, sin que deba entenderse su ausencia como allanamiento o reconocimiento de hechos. Art. 287 CPCM.- 4) Se previene a la parte demandada que dentro del mismo plazo de VEINTE DIAS, proporcione dirección para oír notificaciones dentro de la circunscripción territorial de esta sede judicial, por lo que se le advierte que en caso de no evacuarla se le notificará de conformidad al Art. 171 CPCM.- 5) Se advierte que transcurrido que sea el plazo del emplazamiento por edicto, se le nombrará un Curador para que le represente en el proceso. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las doce horas con veinte minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil quince.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLEN- TE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEXANDRA MARIA TORRES CAÑAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras LITTLE HOMEWORK y diseño, que se traduce al castellano como PEQUEÑA TAREA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN, ENTRE- TENIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F v. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JACQUE- LINE EMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de

224 224 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Akita, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, AGENCIAS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN EN EL RAMO DE VEHÍCULOS DE MOTOR, PARTES, REPUESTOS Y ACCESO- RIOS RELACIONADOS; ASISTENCIA COMERCIAL, SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA EN EL RAMO DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y ACCESORIOS RELACIONADOS. Clase: 35. Consistente en: la palabra CHARTIS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS Y FINANCIEROS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: CLASE: 18, 25. No. de Presentación: CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado YENNI LISSETH ECHEVERRIA, en su calidad de APODERADO de Anhui Jianghuai Automobile Group Co., Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, MARCA DE PRODUCTO SECRETARIA. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CHI CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MAXXIZA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICI- DAD, SERVICIOS DE MERCADEO Y PROMOCIÓN EN EL RAMO DE VENTAS DE VEHÍCULOS DE MOTOR, A SABER, CAMIONES, AUTOS DEPORTIVOS, AUTOBUSES, VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; Consistente en: la expresión GUXX Z y diseño, que servirá para: AMPARAR: SOMBRILLA, PARAGUAS, RMAL, MINI, BAS- TON Y PLAYA, DE UNA TELA Y DOBLE TELA. Clase: 18. Para: AMPARAR: GORRAS, BOINAS DE TELA, PLÁSTICA, LONA Y MALLA, HOMBRE, MUJER Y NIÑO. Clase: 25.

225 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil quince. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. LA INFRASCRITA REGISTRADORA DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. SECRETARIA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de QUALA, INC., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MEGA MONSTER Consistente en: las palabras MEGA MONSTER, que al idioma castellano se traducen como gran monstruo, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil catorce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LACTEOS CENTROAMERICAS, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras Centrolac Yohgur y diseño, que servirá para: AMPARAR: YOGURT. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADORA. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO

226 226 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 de LACTEOS CENTROAMERICAS, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Lela La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, Consistente en: la palabra Lela, que servirá para: AMPARAR: LECHE LÍQUIDA Y EN POLVO. PRODUCTOS LÁCTEOS Y DE- RIVADOS. LECHE DE SOYA, LECHE DE ARROZ, SUERO DE LECHE, YOGURES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de octubre del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. ULISES FUENTES MONTA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. Consistente en: las palabras DOG STAR y diseño, se traduce al EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JACQUE- LINE EMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de ACORDA THERAPEUTICS, INC., de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS RENE CHAVEZ AYALA, de nacionalidad SALVADOREÑA y JOSE castellano como PERRO ESTRELLA COMPAÑIA DE ROPA, que servirá para: AMPARAR: ROPA. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil catorce. FAMPYRA Consistente en: la palabra FAMPYRA, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS UTI- LIZADAS EN EL TRATAMIENTO DE LESIONES EN LA MÉDULA ESPINAL, ESCLEROSIS MÚLTIPLE Y OTROS TRASTORS O CONDICIONES NEUROLÓGICAS. Clase: 05. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

227 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA Lic. ANGEL ALBI ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. Lic. ANGEL ALBI ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y veinte minutos del día cinco de marzo de dos mil quince, con el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, horas y quince minutos del día seis de marzo de dos mil quince, con el y con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios de Justicia, agregado a folios 27. Se le declara heredero expresamente y uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las y con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema tres horas del día cinco de diciembre del año dos mil doce, en el Hospital de Justicia, agregado a folios 26. Se le declaró heredero expresamente Nuestra Señora de La Paz, de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer Unión, dejó la causante Clara Enma Fuentes Robles, conocida por Clara a las trece horas y cincuenta minutos del día diecinueve de septiembre Emma Fuentes, y por Clara Enma Fuentes, de parte del señor Domingo del año dos mil trece, en el Hospital San Francisco, siendo la ciudad Escobar Guevara, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios de Lislique, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último que en la referida sucesión les correspondían a los señores Santos Ovidio domicilio dejó el causante José María Méndez Villatoro o José María Fuentes Escobar, Amílcar Concepción Fuentes Escobar, Blanca Deysi Méndez, de parte del señor José Vicente Joya Méndez, en concepto de Fuentes Escobar, conocida por Blanca Deisy Fuentes Escobar, y René hijo sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo Antonio Fuentes Escobar, quienes son hijos sobrevivientes de la referida 988 numeral 1 del Código Civil. Y en concepto de cesionario de los causante, de conformidad con el Artículo 1699 del Código Civil. derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada señores Vicente del Carmen Joya de Fuentes y Fernando Méndez Cruz o Fernando Méndez, la primera en su concepto de hija sobreviviente y sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia el segundo en concepto de padre sobreviviente del referido causante, de yacente. conformidad con el artículo 1699 del Código Civil. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBI Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPsucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia CION MARTINEZ, SECRETARIA. yacente. 3 v. alt. No. C Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBI ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, Cartulario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Oficina Notarial ubicada en Urbanización Santa Adela, Pasaje tres, casa número catorce, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador; al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución proveída por el escribano firmante, a las diecisiete horas quince minutos del veinticuatro de marzo

228 228 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 del año que transcurre, se ha tenido por aceptada expresamente y con KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE beneficio de inventario, la Herencia Intestada relicta a su defunción por LO CIVIL Y MERCANTIL (3) DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. el causante señor NEFTALI AMERICO ALFARO FIGUEROA, quien fue de cuarenta y tres años de edad, soltero, de Nacionalidad Salvadoreña, Panificador de oficio, originario de San Salvador, Departamento de San HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución Salvador, quien falleció en el Hospital Nacional Molina Martínez de la de este Juzgado de las once horas y veinte minutos del día veintisiete de Ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, a las dos horas febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con y cero minutos del día veintiocho de diciembre del año dos mil catorce, beneficio de inventario de parte de la señora MARÍA ILDA MARCIA siendo su último domicilio la Ciudad de San Martín, Departamento de HERNÁNDEZ, conocida por MARÍA HILDA MARCIA HERNÁN- San Salvador; de parte de la señora ROSA ALICIA FIGUEROA VIU- DEZ y por MARÍA ILDA MARCIA, mayor de edad, pensionada o DA DE ALFARO, quien es de sesenta y siete años de edad, de oficios jubilada, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, domésticos, Viuda, de Nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ Soyapango, Departamento de San Salvador, quien posee el Documento Único de Identidad número: cero dos dos seis tres cero cuatro ocho - uno; EDGARDO CARBAJAL, conocido por JOSÉ EDGARDO MARCIA con Número de Identificación de Tributaria: cero seiscientos catorce - HERNÁNDEZ CARBAJAL y por JOSÉ EDGARDO CARBAJAL doscientos setenta y un mil ciento cuarenta y siete - ciento uno - cinco; MARCIA, quien a la fecha de su defunción era de treinta y siete años y de la señorita GABRIELA MARIA ALFARO OSORIO, quien es de de edad, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario del municipio veinte años de edad, estudiante, soltera, de Nacionalidad Salvadoreña, de San Salvador, Departamento de San Salvador, quien falleció en la del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, titular ciudad de El Monte, Los Ángeles, California, de los Estados Unidos de del Documento Único de Identidad número: cero cinco cero cuatro nueve América, el día veintidós de enero de dos mil tres; aceptación que hace la ocho seis dos - siete, con Número de Identificación Tributaria: cero señora MARÍA ILDA MARCIA HERNÁNDEZ, conocida por MARÍA seiscientos ocho - doscientos veinte mil novecientos noventa y cuatro- HILDA MARCIA HERNÁNDEZ y por MARÍA ILDA MARCIA, en ciento nueve - nueve; la primera en su calidad de madre del causante y su calidad de madre del mencionado causante, Arts. 988 ordinal 1 y la segunda en concepto de hija del de cujus del Código Civil. Confiriéndose a las aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los de la herencia yacente. curadores de la Herencia Yacente, Art. 480 Código Civil. Por lo que por este medio se hace del conocimiento al público, para que los que se crean con igual o mejor derecho a la iterada Herencia se presenten a mi oficina notarial a probar dicha circunstancia, dentro de los quince días contados, desde el siguiente al de la tercera publicación del edicto hecho en el Diario Oficial. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a ejercerlo en el término de QUINCE DÍAS, contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en San Salvador, departamento de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil quince. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, CARTULARIO. LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas del día veinticuatro de marzo de dos mil quince.- LICDA. KARLA MARÍA REGINA MUR- CIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3).- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

229 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Notario, con oficina Jurídica en Octava Avenida Norte, número ocho, colonia Granillo de esta ciudad. HACE SABER: Que en diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, que ante mis oficios de Notario promueve ANA MARGARITA ARANIVA DE GAITAN, que por resolución de las catorce horas del seis de Abril del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor LAZARO FLORES COLATO, conocido por LAZARO FLORES y por LAZARO FLORES PORTILLO, de ochenta y dos años de edad, Carpintero, casado con GREGORIA DE JESUS ARANIVA, sobreviviente, siendo su último domicilio UNIONDALE NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y en este país su último domicilio la Ciudad de Chinameca de este Departamento, falleciendo a las dieciocho horas y veinte minutos del siete de Febrero del dos mil diez, a consecuencia de accidente de Tránsito, quien falleciera en forma intestada, de parte de la señora ANA MARGARITA ARANIVA DE GAITAN, en su calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponden a GREGORIA DE JESUS ARANIVA, en concepto de esposa, ROSA 3 v. alt. No. F JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTERI DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las catorce horas siete minutos del día veintiocho de enero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor LUIS ALONSO PEREZ CARTAGENA, NIT cero cinco uno dos-uno seis cero siete cinco dos-cero cero dos-tres, quien fue de cincuenta años de edad, Contador, Casado, del domicilio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, fallecido el día veintidós de agosto de dos mil dos; de parte de las señoras MIRNA ELIZABETH GIL viuda DE PEREZ, NIT cero cinco uno dos-uno siete cero nueve siete cero-uno cero uno-cero; ANA GABRIELA PEREZ GIL, NIT cero cinco uno dos-dos tres uno uno ocho nueve-uno cero uno-cero, y ALEJANDRA MARIA PEREZ GIL, NIT cero seis cero dos-cero siete cero tres nueve dos- uno cero uno-uno; la primera en concepto de Cónyuge, y las dos restantes en concepto de hijas, todas sobrevivientes del causante, primera categoría, Art. 988 C.C. a quienes se les ha conferido la administración y representación INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para que todo el que tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado, a hacer valer el mismo durante el término de quince días después de la presente publicación y demás efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas doce minutos del día veintiocho de enero de dos mil quince.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRE- TARIO. GRACIELA LERNER conocida por ROSA GRACIELA ARANIVA FLORES y ESTELA ANDERSON conocida POR PETRONILA ESTELA 3 v. alt. No. F ARANIVA FLORES, en concepto de hijas sobrevivientes, del referido causante, a quien se le ha conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo San Miguel, a los siete días del mes de Abril del año dos mil Civil Suplente de este Municipio Judicial. quince. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, LIC. ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, a las diez horas con veinte minutos del día dos de Marzo del año dos TARIO. mil quince.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veinticuatro de Octubre del año dos mil trece, siendo su último domicilio la Ciudad de Santo Tomás, dejó la causante LUCRECIA RAMIREZ ESPIZA conocida por LUCRECIA RAMIREZ y por LUZ RAMIREZ ESPIZA, de parte de los señores ANA ELSA RAMIREZ, AIDA NUBIA RAMIREZ, RMA CECILIA REYES RAMIREZ conocida por RMA CECILIA REYES, DELMY YOLANDA REYES DE MORE y CELEDONIO DÍAZ, todas en su calidad de hijas y el último como cónyuge sobreviviente de la referida causante. Confiérase a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos que sean quince días contados, desde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos.

230 230 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Publíquese en el Diario Oficial el edicto que ordena la ley. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de DIA VEINTISEIS DE ENERO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. OSCAR ley. NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las doce horas con veinte minutos del día RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO. seis de marzo del año dos mil quince.- LICDA. AMADA LIBERTAD 3 v. alt. No. F INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI- 3 v. alt. No. F MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con quince minutos del día nueve de Marzo del dos mil quince, se ha tenido por OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA. defunción dejó la causante MARIA ELENA ACOSTA DE LOPEZ, quien falleció a las veinte horas con treinta minutos del día cuatro de HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las noviembre de dos mil seis, en el Barrio Santa Ana del Municipio de catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con San Francisco Lempa; siendo ese Municipio su último domicilio; de beneficio de inventario de la herencia INTESTADA que a su defunción parte de ALEJANDRO ANTONIO LOPEZ ACOSTA, en calidad de dejó el señor NELSON BENJAMIN LIZAMA MONTA, quien fue hijo sobreviviente y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que de veintiséis años de edad, casado, Motorista, originario y residente en le correspondían a MARLON OSMIN DIAZ ACOSTA, FLOR DE Jucuapa, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo MARIA LOPEZ ACOSTA y NARDO ANTONIO LOPEZ, los primeros de Rosa Emilia Montano, y de Dolores Román Lizama, sobrevivientes; como hijos sobrevivientes y el último como cónyuge sobreviviente de quien falleció a las veinte horas y veinte minutos del día veintisiete de la causante. mayo del año dos mil catorce, en el caserío Santa Catarina, Cantón El Nancito, jurisdicción de Lolotique, Departamento de San Miguel, siendo su último domicilio Jucuapa, Departamento de Usulután, de parte de la de la Herencia Yacente. señora CECIA RAQUEL GARCIA DE LIZAMA, de veinticinco años de edad, costurera, del domicilio de ciudad Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número CERO CUATRO U SIETE NUEVE U DOS OCHO - OCHO; y con Número de Identificación Tributaria: U DOS U SIETE-DOS CERO CERO SIETE OCHO NUEVE-U CERO NUEVE - DOS, en concepto de CONYUGE y en REPRESENTACION, de los derechos hereditarios que le corresponden a las menores VILMA JUDITH y PRISCILA RAQUEL ambas LIZAMA GARCIA, en concepto de HIJAS del causante.- Art. 988 Inc. 1., del Código Civil.- Confiérase a la heredera declarada en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjese y publíquese los edictos de ley y oportunamente TITULO DE PROPIEDAD extiéndase la certificación solicitada. Se confiere al heredero declarado la administración y representación interina de la herencia, con las facultades y restricciones de los Curadores Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con cuarenta minutos del día nueve de Marzo del dos mil quince.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley. WILLIAM SIGFREDO GUERRA MORE, Alcalde Municipal del Municipio de San Luis del Carmen, Departamento de Chalatenango. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELVA DEL CARMEN BARRERA viuda DE FIGUEROA, solicitando Título de

231 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Propiedad y Dominio a su favor un inmueble el cual está situado en ocho uno dos dos cinco-siete; con Número de Identificación Tributaria Barrio El Calvario, quinta calle poniente, de este Municipio, con una cero setecientos siete-ciento noventa mil cuatrocientos ochenta-ciento Extensión superficial de Ciento Diecisiete punto Treinta y Seis Metros uno-uno; solicitando Título de Propiedad, de un Solar Urbano, situado en el Barrio Concepción de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuadrados y tiene los Linderos Siguientes: Lindero Poniente, Partiendo Cuscatlán, de la extensión superficial de CIENTO VENTA Y CINCO del Vértice sur poniente está formado por un tramo recto con rumbo PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las Norte seis grados nueve minutos, veinticuatro segundos este y una medidas y linderos siguientes: LINDERO RTE, partiendo del vértice distancia de quince punto cincuenta y ocho metros; Lindando por este Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y rumbo con Francisco Raúl Barrera Fuentes. Lindero Norte, Partiendo distancias: Tramo uno, Sureste sesenta y nueve grados dieciocho minutos del vértice Norponiente, formado por un tramo recto, con rumbo sur cuarenta y ocho segundos, con una distancia de nueve punto ochenta y setenta y cuatro grados cuarenta y tres minutos cero segundos este y dos metros; Tramo dos, sureste setenta y seis grados veintidós minutos una distancia de ocho punto cero metros, lindando por este rumbo con cincuenta y cuatro segundos, con una distancia de once punto treinta Herminia del Carmen Alas Rodríguez. Lindero Oriente, Partiendo del y un metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Navas y José Matías Navas. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente, está formado por un tramo recto con rumbo sur seis vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste veintiún grados catorce minutos grados cincuenta y nueve minutos treinta y ocho segundos oeste y una distancia de catorce punto cincuenta y dos metros; lindando por este cero cuatro segundos, con una distancia de diez punto treinta y cuatro rumbo con María Emma Salina de Mejía y José Antonio Mejía. Lindero metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Sur, Partiendo del vértice Suroriente está formado por un tramo recto con Navas y José Matías Navas. LINDERO SUR, partiendo del vértice rumbo Norte, ochenta y dos grados dieciocho minutos, diez segundos Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y oeste y una distancia de siete punto sesenta y nueve metros; lindando por distancias: Tramo uno, Noroeste sesenta y nueve grados cincuenta y un este rumbo con Diócesis de Chalatenango quinta calle poniente de por minutos veintisiete segundos, con una distancia de diez punto sesenta y dos metros; Tramo dos, Noroeste sesenta y siete grados cuarenta y medio, llegando al vértice donde se inició la presente descripción.- II) Que ocho minutos cuarenta y tres segundos, con una distancia de diez punto el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión veintiocho metros, colindando con terrenos de Alejandra Hernández de y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; desde Alfaro. Y LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente su adquisición hace más de quince años he poseído el referido terreno está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por compra verbal que le uno, Noroeste veinte grados veintiún minutos treinta y dos segundos, hice a mi padre FRANCISCO BARRERA, el inmueble descrito no tiene carga, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie. El que es valorado en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS con una servidumbre de por medio de uno punto cincuenta metros de UNIDOS DE AMERICA. ancho, constituida de Oriente a Poniente, para dar salida al señor RENE ESTANLEY BELTRAN ANTONIO, conocido por RENE STANLEY Alcaldía Municipal: San Luis del Carmen 18 de febrero de BELTRAN ANTONIO, de las generales antes mencionadas; Así se WILLIAM SIGFREDO GUERRA MORE, ALCALDE MUNICI- llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. PAL.- MARIA MARGOTH JACOBO DE CARDOZA, SECRETARIA Existe una pequeña construcción de sistema mixto. El inmueble Urbano MUNICIPAL. antes descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado MANUEL DE JESUS SERVELLON RIVERA, en Calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor RENE ESTANLEY BELTRAN ANTONIO, conocido por RENE STANLEY BELTRAN ANTONIO, de treinta y cuatro años de edad, Motorista, del domicilio de San Bartolomé Perulapía, persona que no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ocho con una distancia de ocho punto sesenta y ocho metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Navas y José Matías Navas, no está en proindivisión con nadie, es dominante, y no es sirviente. Dicho inmueble lo obtuvo por Compraventa que hizo a los señores JOSÉ MATIAS NAVAS, y GRISELDA GUADALUPE ANTONIO DE NAVAS, mediante documento privado el cual no fue inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, por carecer de antecedente inscrito, por lo que dicho inmueble lo valúa en la cantidad de MIL DOLARES. Todos los colindantes son de este domicilio, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal: San Bartolomé Perulapía, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil catorce.- LIC. CRISTIAN MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

232 232 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 TITULO SUPLETORIO ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ESTHER MARIA LOPEZ MOLINA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor GELVIN NAUN CASTRO, de treinta y nueve años de edad, Empleado, del domicilio de Cantón Santa Cruz, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, y del de Virginia, Estados Unidos de América, solicitando se le extienda a su representado TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, de la Capacidad superficial de TRESCIENTOS VENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, situado en el Cantón Santa Cruz, Municipio de San Alejo, Departamento de La Unión, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Línea regular de un tramo recto, así desde el mojón uno con distancia de veinticuatro punto cuarenta y cinco metros y con rumbo Sur cero grados mojón dos colindando en este tramo con calle de acceso de por medio con Hilda Coreas Torres y cerco de púas; AL SUR: Línea regular de un tramo recto, así desde el mojón dos con distancia de veintidós punto cero cinco metros, y con rumbo Norte setenta y seis grados dos punto cero cero minutos cincuenta y un segundo oeste, se llega hasta el mojón tres colindando en este tramo con calle principal a San Alejo de por medio con Osmín Eugenio Martínez y cerco de púas; AL PONIENTE: Línea regular de un tramo recto, así, desde el mojón tres con distancia de diez punto diez metros y con rumbo Norte siete grados treinta y dos punto cero cero minutos cincuenta y seis segundos Oeste, se llega hasta el mojón cuatro, colindando en este tramo con entrada de por medio con Severo Parada y cerco de púas; AL RTE: Línea regular de dos tramos rectos, así desde el mojón cuatro con distancia de quince punto cero dos metros con rumbo norte sesenta y cuatro grados cuarenta y seis punto cero cero minutos cincuenta y un segundos Este, se llega hasta el mojón cinco, desde el mojón cinco con distancia de nueve punto sesenta y cuatro metros, con rumbo Norte setenta y tres grados treinta y seis punto cero cero minutos cuarenta y siete segundos, este se llega hasta el mojón uno desde donde se describe el inmueble colindando en estos tramos con Delsa Iris González y cerco de púas; valuándolo en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa verbal que le hizo a su madre señora Margarita Castro, desde el diez de enero del año mil novecientos noventa y nueve. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada General Judicial de la señora SECUNDINA RIVERA, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Morenos, Cantón Corralito, Jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán; de la capacidad superficial de SEIS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: dieciséis punto cero cero minutos cinco segundos oeste se llega hasta el AL RTE; Consta de cinco tramos rectos con las siguientes distancias; Cero ocho punto treinta y dos metros, cero nueve punto veintiuno metros, treinta y tres punto trece metros, cero nueve punto sesenta y seis metros, cero cinco punto noventa y cinco metros, colindando con Ceferina Alvarenga, quebrada de por medio y con Nicolás Hernández, cerco de alambre espigado de por medio. AL ORIENTE Consta de quince tramos rectos con las distancias consecutivas siguientes; Catorce punto treinta y ocho metros, cero ocho punto veintisiete metros, cero cinco punto sesenta y cuatro metros, cero ocho punto cuarenta y siete metros, cero seis punto veintitrés metros, cero siete punto trece metros, cero dos punto cero seis metros, cero nueve punto veintiséis metros, diez punto treinta y tres metros, cero cuatro punto cero cinco metros, cero ocho punto treinta metros, diez punto noventa y cinco metros, cero seis punto ochenta y nueve metros, cero cinco punto cuarenta y siete metros, cero cinco punto cero cinco metros, colindando en este sector con Hilaria Rivera, cerco de alambre espigado de por medio AL SUR; Consta de dos tramos rectos con las siguientes distancias consecutivas: Veinticinco punto sesenta y dos metros, veintiocho punto veintisiete metros, colindando en todo este sector con Hilaria Rivera, cerco de alambre espigado de por medio. AL PONIENTE Consta de seis tramos rectos con las distancias consecutivas siguientes: Diecinueve punto veintidós metros, distancia de cero tres punto cincuenta y dos metros, quince punto diecinueve metros, diecinueve punto cero cuatro metros, veinticinco punto doce metros, veinticinco punto ochenta y seis metros; colindando en todo este sector con terreno de Juan Alvarenga, cerco de alambre espigado de por medio, dicho terreno lo adquirió por medio de Compraventa de Posesión Material que le hizo a la señora MARIA CASIMIRA RIVERA VIUDA DE HERNANDEZ; se estima en el precio de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

233 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los veintidós días del mes de febrero del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2 o. DE 1 a. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLE- SIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día veinte de febrero mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2 o. DE 1 a. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. MARCA DE FABRICA HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada General Judicial de la señora CORINA CANALES DE AMAYA, a No. de Expediente: solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Felipe, Municipio de Corinto, No. de Presentación: Departamento de Morazán, con una capacidad superficial de CUATRO- CLASE: 07. CIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, con rumbos, linderos y colindancias siguientes: Lindero Norte, partiendo del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Noreste setenta y siete grados diecisiete minutos cero seis segundos con una distancia de cinco punto setenta y siete metros, Tramo dos, Sureste treinta y nueve grados cuarenta y siete minutos cuarenta y seis segundos con una distancia de quince punto cuarenta metro, colindando con terreno de Nicolás Canales, con cerco de púas de por medio; Lindero Oriente, partiendo del vértice Nor Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, suroeste cero seis grados cincuenta y siete minutos cincuenta y un segundos con una distancia de dieciocho punto setenta y cuatro metros, colindando con terrenos de Ángel Canales, con cerco de púas de por medio; Lindero Sur, partiendo del vértice sur oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste ochenta y dos grados cuarenta y seis minutos treinta y cuatro segundos con una distancia de siete punto diecinueve metros; tramo dos, Noroeste sesenta y cinco grados cuarenta y tres minutos diez segundos con una distancia de dieciséis punto veintisiete metros, colindando con terreno de Ángel Canales, con muro de Block y malla; Lindero Poniente, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancia: Tramo uno, Noreste veintidós grados cero cuatro minutos trece segundos con una distancia de veintitrés punto veintisiete metros, colindando con otro terreno de Cipriana Hernández, con muro de Block y malla y calle que conduce a Sociedad de por medio; así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. El inmueble anteriormente relacionado lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por medio de compraventa de la posesión material por escritura pública que le efectuó la señora CIPRIANA HERNANDEZ RIVERA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de VOLVO TRADEMARK HOLDING AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la palabra VOLVO y diseño, que servirá para: AMPARAR: MOTORES (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRES- TRES), INCLUIDOS LOS MOTORES MARIS, MOTORES DE AERONAVES, MOTORES PARA USO INDUSTRIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL, MOTORES ESTACIONARIOS DE COMBUSTIÓN, TURBINAS, MOTORES ELECTRICOS; GENERADORES Y ALTER- NADORES ELÉCTRICO; GENERADORES DE ALTA FRECUEN- CIA; LIMPIADORES DE AIRE (FILTROS DE AIRE) PARA LOS MOTORES Y LOS DISPOSITIVOS ANTICONTAMINANTES PARA MOTORES Y MAQUINAS; CARBURADORES, CONVERTIDORES PARA COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, INYECTORES, BOMBAS DE INYECCIÓN, BOMBAS DE COMBUSTIBLE, REGULADORES DE

234 234 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 VELOCIDAD (GOBERNADORES), BOQUILLAS DE INYECCIÓN Y SUJETADORES DE BOQUILLAS, VALVULAS DE MAQUINAS, VAPORIZADORES, ARRANCADORES, SISTEMAS DE ENCENDI- DO (IGNICIÓN), BOBINAS DE ENCENDIDO (IGNICIÓN), BUJÍAS DE INCANDESCENCIA, BUJÍAS, CONECTORES DE BUJÍAS, SONDAS LAMBDA MAGNETOS, SILENCIADORES/MOFLES Y SUPRESORES DE CHISPA PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN; FILTROS DE COMBUSTIBLE, FILTROS DE ACEITE, FILTROS DE AIRE; RODAMIENTOS, COJINETES, EJES, SELLOS DE EJES, ENGRANAJES, RUEDAS MOTRICES, ENGRANAJES DE CAMBIOS DE VELOCIDAD, POLEAS, CADENAS DE TRANSMISIÓN Y LAS CORREAS, RESORTES, FILTROS, BOMBAS, REGULADORES, VÁLVULAS DE ALIVIO, CONTROLES, VENTILADORES Y CO- RREAS DE VENTILADOR, TODOS PARA RADIADORES DE RE- FRIGERACIÓN DE MOTORES, VENTILADORES ENFRIADORES, RADIADORES DE REFRIGERACIÓN, MOTORES DE ARRANQUE, APARATOS DE ALIMENTACIÓN DE COMBUSTIBLE, APARA- TOS DE REFRIGERACIÓN DEL ACEITE, FRES, TAPONES PARA RADIADORES DE REFRIGERACIÓN, ACELERADORES, BOMBAS HIDRAULICAS, CILINDROS HIDRÁULICOS, RESER- DE VOLTEO, EXCAVADORAS, ASÍ COMO LAS PARTES DE LOS VORIOS HIDRAULICOS, FILTROS HIDRAULICOS, MOTORES HIDRÁULICOS, TUBOS HIDRAULICOS, VÁLVULAS HIDRAU- LICAS, UNIDADES IMPULSORAS PARA TRANSMISIONES ELEVACIÓN, GRÚAS, MALACATES (CABRESTANTES), CUBOS, HIDRAULICAS, TODO ELLO PARA MAQUINAS Y MOTORES; IMPLEMENTOS DE TIPO GRAPA Y TENEDOR PARA MAQUINAS; ACOPLAMIENTOS DE MAQUINAS Y COMPONENTES DE TRANSMISIONES (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES), PRIMIDO, CILINDROS DE AIRE COMPRIMIDO Y MOTORES DE AIRE COMPRIMIDO, BOMBAS DE ACHIQUE; MAQUINAS PARA TRABAJAR CON METALES Y PLÁSTICOS; MAQUINAS PARA LA INDUSTRIA QUIMICA, PARA LA AGRICULTURA, MINERÍA, MAQUINARIA TEXTIL, MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA DE BEBIDAS; INCUBADORAS DE HUEVOS; IMPLEMENTOS AGRÍCOLAS ( MANUALES); MAQUINAS DE CONSTRUC- CIÓN; DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL PARA LA PRODUCCIÓN DE TECLOGIA Y LOS SERVOCONDUCTORES, CONTROLADORES PROGRAMABLES; MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ; MAQUINAS HERRAMIENTAS Y ASI MISMO HERRAMIENTAS; HERRAMIENTAS ELECTRICAS Y SUS ACCESORIOS DE ACOPLE; ABRIDORES DE LATAS ELÉCTRI- COS; GATOS HIDRAULICOS DE ELEVACIÓN, ALINEADORES DE CARROCERÍAS Y MARCOS; MAQUINAS DE EMBALAJE Y ETIQUETADO, TRANSPORTADORES, CINTAS TRANSPORTADO- RAS; MAQUINAS DE CARGA Y MANEJO PARA EL PRENSADO DE LAS PLANTAS Y LAS FUNDICIONES Y MAQUINAS PARA EL MECANIZADO DE PIEZAS EN BRUTO; CARGADORES, CUERPOS MISMOS, INCLUIDOS LOS COMPONENTES Y ACCESORIOS PARA ESTOS PRODUCTOS; APARATOS HIDRAULICOS DE MÁQUINAS PARA TRABAJAR LA MADERA INCLUYENDO DESRAMADO, ACUCHILLAR, Y EQUIPO DE DESCORTEZADO; INCLUIDAS LAS TRANSMISIONES DE POTENCIA, CAJAS DE MAQUINAS DENTADAS Y PARA CORTAR LOS BORDES; AS- ENGRANAJES/TRANSMISIONES, ENGRANES DE REVERSA, PIRADORAS DE COCHES; INSTALACIONES DE LAVADO DE ENGRANES REDUCTORES, CONTROLADORES DE LAS CAJAS AUTOS. Clase: 07. DE CAMBIOS, SISTEMAS DE CONTROL DE TRACCIÓN, SISTE- La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos MAS DE CONTROL DINAMICAS DE VEHÍCULOS, CONEXIOmil catorce. NES DE EJES, ACOPLAMIENTOS Y EMBRAGUES, TUBOS DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de ESCAPE, ACOPLAMIENTOS Y CORREAS DE TRANSMISIÓN; Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, UNIDADES DE ARRANQUE DE TRANSMISIÓN DE ENERGIA veinticinco de febrero del año dos mil quince. PARA MOTORES DE VEHÍCULOS DE MOTOR, PARA SU USO COMO MOTORES PRINCIPALES; UNIDADES DE CONDUCCIÓN INTERIORES/EXTERIORES Y UNIDADES DE CONDUCCIÓN DE MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, BARCOS DE VELA PARA LOS MOTORES DE INTRABORDA; REGISTRADOR. BOMBAS Y MOTORES HIDRAULICOS Y SUS COMPONENTES, BOMBAS QUIRURGICAS O BOMBAS DE AIRE COMO ACCESO- RIOS DE VEHÍCULOS; COJINETES Y RODAMIENTOS; VÁLVU- SAYONARA AYALA DE GUERRERO, LAS NEUMÁTICAS, SISTEMAS DE DIRECCIÓN HIDRÁULICA, SECRETARIA. VÁLVULAS DE CONTROL, VÁLVULAS DE FRENADO; TURBO CARGADORES DE LOS GASES DE ESCAPE; COMPRESORES, FRES DE AIRE COMPRIMIDO, DEPÓSITOS DE AIRE COM- 3 v. alt. No. C

235 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. EL INFRASCRITO REGISTRADOR II. Lectura del Acta Anterior. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGAR ANTONIO HERRERA QUEHL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del MBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras TuOficina -Soporte.com y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARÁ A PRESTAR SERVICIOS DE ASESORÍA EMPRESARIAL, VENTA DE EQUIPO, SERVICIOS Y LICENCIAS DE INFORMÁTICA. La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. siete de enero del año dos mil quince. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las dieciséis horas y treinta minutos del día miércoles veintisiete de mayo del 2015 en el mismo lugar, pudiendo celebrarse ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. REGISTRADOR. San Salvador, a los siete días del mes de abril del RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, CONVOCATORIAS SECRETARIA. IV. III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 o. de Enero al 31 de Diciembre del Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Aplicación de Resultados. VIII. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, DIRECTOR SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C CONVOCATORIA CONVOCATORIA ESTIMADO ACCIONISTA: La Junta Directiva de PARCELACIONES DESARROLLO, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en el Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Estimado Accionista: La Junta Directiva de ZONA FRANCA EL PEDREGAL, S.A. convoca a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel

236 236 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciocho horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum II. Lectura del Acta Anterior III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre de IV. VI. VII. VIII. IX. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. Aplicación de Resultados Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. X. Cualquier asunto que propongan los accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las dieciocho horas del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. CONVOCATORIA Estimado Accionista: La Junta Directiva de INVERSIONES SEDESA, S.A. DE C.V., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador a las diecisiete horas y treinta minutos del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Salvador, a los siete días del mes de abril del II. III. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del Elección de Junta Directiva IV. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. Elección de Junta Directiva Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Hono- IX. rarios. VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. Aplicación de Resultados Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán X. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las diecisiete horas y treinta minutos del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, San Salvador, a los siete días del mes de abril del DIRECTOR SECRETARIO. RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

237 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CONVOCATORIA CONVOCATORIA ESTIMADO ACCIONISTA: Estimado Accionista: La Junta Directiva de CORPORACIÓN DESARROLLO, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las diecisiete horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. II. III. IV. VI. VII. VIII. IX. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Honorarios Aplicación de Resultados. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda del 2015 en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. La Junta Directiva de FINAPESA, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. II. III. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del IV. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. VIII. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Aplicación de Resultados Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. discutirse de conformidad a la Ley. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las Diecisiete horas del día Miércoles Veintisiete de Mayo segunda vez a las dieciséis horas del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Salvador, a los siete días del mes de abril del San Salvador, a los siete días del mes de abril del RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

238 238 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS San Salvador, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. BARAHONA VARGAS ASOCIADOS, El suscrito Auditor Externo de la Sociedad MICRONEGOCIOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, inscrita al número CUATRO del Libro DOS MIL VENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, dándole estricto cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, CONVOCA a sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrarse en las instalaciones de Hotel Sheraton Presidente, Salón Embajador 2, ubicado en Final Avenida La Revolución, Colonia San Benito, San Salvador, El Salvador, a las ONCE horas del día jueves SIETE de mayo del año dos mil quince, en primera convocatoria el quórum para conocer de los puntos de carácter ordinario será de la mitad más una de las acciones y el quórum para formar resolución será la mayoría de los votos presentes. De no haber quórum a la fecha y hora señalada se convoca para el día viernes OCHO, del mismo mes y año, a la misma hora, y en la siguiente dirección: Tercera Calle Poniente Número VECIENTOS CUARENTA Y CINCO, San Salvador. En segunda convocatoria, el quórum para conocer de los asuntos de carácter Ordinario será el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. La Agenda a desarrollar será la siguiente: 1. VERIFICACION DEL QUORUM DE ASISTENCIA. 2. MBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DE DEBATES Y entre el uno de enero y el treinta y uno de diciembre del año SECRETARIO/A. dos mil catorce, para aprobarlos o improbarlos. 3. APROBACIÓN DE LA AGENDA. 4. Informe del Auditor Externo de la Sociedad sobre los Estados 4. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR. 5. PRESENTACION, APROBACION O IMPROBACION DE LA MEMORIA DE LABORES DE JUNTA DIRECTIVA, AÑO PRESENTACION, APROBACION O IMPROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ECOMICO REYNALDO BARAHONA, AUDITOR EXTER. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA La Junta Directiva de Centro Pediátrico de El Salvador, S.A. de C.V., por este medio convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Ordinaria a celebrarse en sus instalaciones ubicadas en Colonia Médica, Final Diagonal Dr. Luis Edmundo Vásquez, No. 222, San Salvador, a partir de las dieciocho horas del día veintiuno de mayo del año dos mil quince. La agenda para la Junta General Ordinaria de Accionistas, es la siguiente: 1. Establecimiento y Comprobación del Quórum 2. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y resoluciones al respecto. 3. Presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico de la Sociedad, correspondientes al período comprendido Financieros correspondientes a tal periodo, para acordar las medidas que se juzguen oportunas. 5. Aplicación de Utilidades. 6. Nombramiento del Auditor Externo Titular y Suplente y fijación de sus honorarios. 7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. 7. PRESENTACION DEL DICTAMEN E INFORME DEL AUDITOR EXTER DEL EJERCICIO DEL Elección de los miembros de la Junta Directiva y fijación de sus dietas. 8. APLICACIÓN DE RESULTADOS. 9. MBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTER Y FIS- CAL AÑO 2015 CON SU RESPECTIVA FIJACION DE EMOLUMENTOS. Para que haya quórum legal en la fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas, la mitad más una de las acciones o sean cuarenta y tres mil setecientas noventa y dos (43,792) acciones.

239 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Para la resolución de la Agenda Ordinaria se necesitará la simple mayoría de los votos presentes. De no haber quórum en la fecha anteriormente señalada, se convoca a los accionistas a tratar sobre los mismos puntos contenidos en la Agenda mencionada, a las dieciocho horas del día veintidós del mismo mes y año en el mismo lugar. En esta segunda fecha de convocatoria, la Junta General Ordinaria se instalará cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y el número de votos necesarios para tomar resoluciones, será por mayoría simple. A partir de la publicación de la Convocatoria, los libros y documentos sobre los fines de la Junta estarán a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la sociedad. San Salvador, 10 de abril de POR LA JUNTA DIRECTIVA DR. RODOLFO ARMANDO CALDERON, DIRECTOR-PRESIDENTE. DR. LUIS ALONSO HERRERA FLORES, DIRECTOR-SECRETARIO. CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El infrascrito Administrador de la sociedad PROMOTORA DE BIENES RAÍCES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar PROBIEN, S.A. DE C.V., de conformidad a la cláusula veinte de la modificación al pacto social, y al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio. no hubiere quórum en esa fecha, se señala la misma hora, del día ocho de mayo del presente año, en el mismo lugar señalado, a efecto de celebrar la sesión en segunda convocatoria, para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria de accionistas, por falta de quórum legal de la primera, se realizará con la asistencia de cualquier número de accionistas presentes o representadas y las resoluciones se tomarán por mayoría. La agenda de la sesión será la siguiente: 1. Verificación del quórum; 2. Revisión y Conocimiento de Informes Financieros, Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, de los ejercicios del año dos mil al año dos mil catorce; 3. Aprobación o improbación del punto anterior; 4. Elección de Administrador Único Propietario y Suplente de la sociedad; 5. Nombramiento de Auditor interno y externo; 6. Discusión sobre la posible venta de uno de los inmuebles propiedad de la sociedad; 7. Puntos varios. Los señores accionistas pueden solicitar la documentación e información relativa a los puntos considerados en la agenda de la presente convocatoria en forma escrita, en las instalaciones de la Sociedad ubicadas en Avenida La Capilla, número trescientos cincuenta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, Departamento de San Salvador. 3 v. alt. No. C San Salvador, catorce días del mes de abril del año dos mil quince. JAIME DANIEL RIGADA RODRIGUEZ, ADMINISTRADOR. 3 v. alt. No. C CONVOCA: A los señores accionistas a celebrar sesión JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las diez horas del día siete de mayo del presente año, en Avenida La Capilla, número trescientos cincuenta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, departamento de San Salvador; y si Se convoca a la Asamblea General Ordinaria de la Sociedad Americana de El Salvador a celebrar el próximo día 8 de junio de 2015 en Basilea, Zona Rosa en San Salvador a las 6:30 pm, y la segunda convocatoria el día 9 de junio de 2015 a las 6:30 pm en el mismo lugar con el siguiente Orden del día:

240 240 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Presentación de balance general a Diciembre de 2014 y explicación de contabilidad 2. Elecciones de la Junta Directiva 3. Ruegos y Preguntas. equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS y cuya descripción se inicia partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Juan Martín y el Pasaje número siete poniente de la Urbanización Valle del Sol y midiendo una distancia de ciento veintiséis punto cincuenta metros, sobre el eje del Pasaje, con San Salvador, 13 de mazro ROSS WAYNE JOHNSON, PRESIDENTE. JULIA LESETTA CSERNANSKY, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F SUBASTA PUBLICA AL SUR. Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Sur ochenta LICENCIADO JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ QUINTO grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, DE LO LABORAL, DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE linda con el lote destinado a la zona verde de esta urbanización. AL PONIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Norte nueve DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, SAN SALVADOR. grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote HACE SABER: Que en el juicio Ejecutivo Civil promovido en este Tribunal por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, actuando en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra el señor JOSÉ DE LA CRUZ GARCIA, conocido por JOSÉ DE LA CRUZ PAZ GARCÍA y por JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA PAZ; se venderá en pública subasta en este Juzgado en fecha que posteriormente se proporcionará, el inmueble embargado siguiente: "Un Lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el NÚMERO VEINTITRÉS, BLOCK "D", de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL, situada en Cantón San Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, con un área construida sistema mixto, de VEINTISÉIS METROS CUA- DRADOS; tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE: NÚMERO VEINTITRÉS, BLOCK "D". Es urbano, está ubicado en la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una deflexión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros; se llega al esquinero R OESTE del lote que se describe, el cual mide y linda: AL RTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número setenta y nueve de este mismo Block, pasaje número siete Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con lote número veintidós de este mimo Block; número veinticuatro de este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de Constructora Tenze S. A. de C. V., el inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA conocido por JOSÉ DE LA CRUZ PAZ GARCÍA y por JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA PAZ, bajo el Sistema de Folio Real con Matrícula número CERO U-U DOS TRES NUEVE SIETE SEIS-CERO CERO CERO inscripción TRES; del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Librado en el Juzgado Quinto de lo Laboral: San Salvador, a las quince horas con cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil quince.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- LICDA. SONIA CAROLINA ALVARENGA AGUILUZ, SECRETARIA INTERINA. Ceibas, Jurisdicción de Apopa, en este Departamento, cuya cabida es 3 v. alt. No. F de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,

241 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, por medio de cuatro metros de ancho. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de C. G. Ingenieros y Arquitectos, S. A. de C. V." HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil y continuado en este Juzgado, por el abogado JOSE GERVACIO GONZALEZ LOPEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MARIO MARROQUIN BERRIOS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número DOSCIENTOS VEINTIU, del polígono SEIS, del Block I, del Proyecto Habitacional VALLE DEL SOL SAN LEONARDO, situado en el cantón San Nicolás, jurisdicción de la ciudad de Apopa, con un área construida de sistema mixto de DIECIOCHO METROS CUADRADOS y un valor de construcción de DIECIOCHO MIL VECIENTOS TREINTA Y UN COLONES CINCUENTA Y UN CENTAVOS, el cual tiene la descripción especial siguiente: LOTE NUMERO DOSCIENTOS VEINTIU DEL POLIGO NUMERO SEIS, BLOCK I: Es urbano, está situado en la Urbanización Valle del Sol San Leonardo, Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, en este Departamento, cuya cabida es de cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados, equivalentes a LA INFRASCRITA JUEZA 1 PRIMERO DE MER CUANTIA, setenta y cinco punto doce varas cuadradas y su descripción se inicia LICENCIADA MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, partiendo de la intersección de la Avenida San Leonardo y el pasaje de este Distrito Judicial, al público en general, "G" poniente abiertos en la Urbanización Valle del Sol San Leonardo, medimos sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste y una distancia de veintiuno cero cero grados treinta y cuatro punto siete minutos este y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número dos, esquinero Nor-este, linda con lote doscientos veintidós del mismo polígono; AL RTE; Partiendo del mojón número dos, línea recta con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres, esquinero Nor- Oeste, linda con lote número ciento ochenta y seis del mismo polígono; AL OESTE; Partiendo del mojón número tres, línea recta con rumbo Sur cero cero grados treinta cuatro punto siete minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega al mojón número cuatro, esquinero Sur -Oeste, linda con lote número doscientos veinte del mismo polígono; AL SUR; Partiendo del mojón número cuatro, línea recta con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, esquinero Sur-Este, desde donde se inicia la presente descripción, linda con lote número doscientos veintiséis, polígono siete, block I, pasaje "G" poniente de El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del señor MARIO MARROQUIN BERRIOS, a la matrícula número SEIS CERO U SEIS NUEVE NUEVE NUEVE SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este departamento. Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y dos minutos del día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRE- TARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido inicialmente por el Licenciado RAMON JOSE ANDES MENDEZ punto cincuenta metros, haciendo una deflexión derecha de noventa QUINTEROS, actualmente de cincuenta y dos años de edad, Abogado grados con rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro punto siete y Notario, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria minutos Este medimos una distancia de dos metros y se llega al mojón cero seiscientos catorce-doscientos cuarenta mil ochocientos sesenta y número uno, esquinero Sur- Este del terreno que se describe así: AL dos-cero cero dos-cero, en su carácter de Apoderado General Judicial ESTE: Partiendo del mojón número uno, línea recta con rumbo Norte del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de este domicilio con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis; contra el demandado ausente señor OSCAR ERNESTO SANCHEZ, conocido por OSCAR ERNESTO REYES SANCHEZ, actualmente de cincuenta y cinco años de edad, Ayudante de mecánica, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria un mil ciento veintitrés-doscientos mil ciento cincuenta y nueve-cero cero uno-uno, quien es representado por medio de la Curadora Especial Licenciada AIDA MAGDALENA ESCAMILLA VALLE, en aquel entonces de cuarenta y siete años de edad, Abogado de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero un millón seiscientos veintiséis mil quinientos cincuenta y seis-uno, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE TRIBU- NAL Y EN FECHA QUE SERA SEÑALADA POSTERIORMENTE, el inmueble de naturaleza urbana identificado como APARTAMENTO NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS, DEL EDIFICIO NU- MERO CUARENTA Y U, PLANTA ALTA, DEL CONDOMINIO

242 242 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ATONATL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, DE ESTE DEPAR- TAMENTO. El Apartamento tiene la localización, medidas y linderos siguientes: APARTAMENTO NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS, PLANTA ALTA: Partiendo de la intersección de los Ejes de la Calle Los Cedros y de la Calle de accesos al Reparto Atonatl, abiertos en Colonia Amatepec, se miden sobre el eje de este último treinta y siete punto veinticinco metros, con rumbo Norte, dos grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, de este punto con deflexión derecha de cuarenta y nueve grados, treinta minutos se miden sesenta punto setenta y cinco metros de este punto con deflexión derecha de diecisiete grados treinta minutos, se miden diecinueve punto cincuenta metros, de este punto con deflexión izquierda, de noventa grados, se miden tres metros, localizándose allí el esquinero Suroeste del apartamento número doscientos treinta y nueve, cuya elevación sobre el nivel del mar es de quinientos noventa y dos punto noventa y cinco metros, de este punto se mide una distancia de seis punto cincuenta metros, con rumbo Norte. ORIENTE, línea recta, de seis punto sesenta y cinco metros, rumbo Sur siete grados, cuarenta y cuatro minutos Este, linda con apartamento número doscientos cuarenta y cuatro, pared común propiedad del Condominio de por medio; SUR, línea recta de seis punto cincuenta, rumbo Sur, ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste, linda con espacio aéreo sobre zona verde propiedad del Condominio, por la parte inferior linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno de la planta baja, obra gruesa o losa de por medio, propiedad común del Condominio y por la parte superior con llegando al esquinero Sur Oeste de esta segunda porción que mide y linda: PONIENTE, línea recta de cuatro punto noventa y cinco metros patio del apartamento número doscientos treinta y nueve, pared común propiedad del condominio de por medio; RTE, línea recta de tres punto veinticinco metros, con rumbo Norte ochenta y dos grados dieciséis minutos Este, linda con patio del apartamento número doscientos treinta y cinco; ORIENTE, tres tramos rectos el primero de cuatro punto cuarenta metros, con rumbo Sur siete grados cuarenta y cuatro minutos Este; el segundo de cero punto sesenta y cinco metros, rumbo Sur ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste; el tercero de cero punto cincuenta y cinco metros rumbo Sur siete grados cuarenta y cuatro minutos Este, linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno, pared común propiedad del condominio de por medio. SUR, línea recta de dos punto sesenta metros rumbo Sur ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste, linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno, pared común propiedad del condominio de por medio; el área de esta porción es de QUINCE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a VEINTIDOS PUNTO CINCUENTA Y UNA VARAS CUADRADAS y el área total del apartamento es de CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito así como sus mejoras presentes y futuras pertenecen al demandado ausente OSCAR ERNESTO SANCHEZ, conocido por OSCAR ERNESTO REYES SANCHEZ, inscrito a su favor en el Sistema de Folio Real automatizado bajo el asiento de inscripción número U (1) de la matrícula número SEIS CERO CERO TRES SIETE NUEVE DOS SEIS-A CERO DOS CUATRO DOS (M A0242), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento. Se Admitirán posturas legales. LIBRADO EN EL JUZGADO 1 PRIMERO DE MER CUAN- TÍA: San Salvador, a las diez horas del día once de noviembre de dos mil catorce.- Licda. MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, JUEZA 1 PRIMERO DE MER CUANTIA.- Lic. JULIO ALBERTO CALDERON ALFARO, SECRETARIO. espacio aéreo del condominio, techo de lámina de asbesto de por medio. La altura es de dos punto cuarenta metros. El área de esta propiedad es de 3 v. alt. No. F cuarenta y cuatro punto cero dos metros cuadrados, equivalentes a sesenta y dos punto noventa y ocho varas cuadradas, totalmente construido, la capacidad es de ciento cinco punto sesenta y cinco metros cúbicos, la LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, descripción de la segunda porción parte del esquinero Sur Oeste, del JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, apartamento número doscientos cuarenta y uno localizado anteriormente de este esquinero se mide una distancia de seis punto sesenta y cinco AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, como metros, con rumbo Norte siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del señor MARIO OSCAR SANTAMARIA ESCOBAR; se venderá en rumbo Norte, siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, linda con pública subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en un lote de terreno urbano que según antecedente se describe así: Lote Urbano y construcciones de sistema mixto, que contiene, marcado con el número CUARENTA Y OCHO, DEL POLIGO SETENTA Y TRES, DE LA URBANIZACION MONTES DE SAN BARTOLO V, situado en jurisdicción de Soyapango, de este Departamento; de una extensión superficial de VENTA Y CINCO PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL RTE, ocho punto cero dos metros; AL ORIENTE, de dos tramos: el primero de nueve punto ochenta y cuatro metros y el segundo de dos punto dieciséis metros; AL SUR, siete punto ochenta y cinco metros; AL PONIENTE, doce metros. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor MARIO OSCAR SANTAMARIA ESCOBAR,

243 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de según Matrícula número SEIS CERO CERO NUEVE SIETE CERO CERO TRES- CERO CERO CERO CERO CERO ( ), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador e hipotecado a favor del Fondo Social para la Vivienda. Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las once horas con dos minutos del día quince de noviembre de dos mil once.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DEL- GADO.- Licdo. HILDEFONSO BONILLA RIVERA, SECRETARIO INTERI. 3 v. alt. No. F LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) PLURIPERSONAL DE LO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-ciento ochenta PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, ambos como Apoderados mil seiscientos cuarenta y seis-cero cero cuatro-uno, como Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero bien Inmueble embargado, consistente en inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, identificado con el número VEINTIU DEL POLIGO CUATRO, DE LA URBANIZACION LAS MAR- GARITAS V ETAPA, jurisdicción de Soyapango, del Departamento de San Salvador, identificado registralmente como URBANIZACION LAS MARGARITAS V, (II, POLIG. 3, 4 Y 7), LOTE VEINTIU PJE./POL. 4, URB. LAS MARGARITAS V, correspondiente a la ubicación geográfica de Soyapango, San Salvador, con una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS cuyas medidas perimetrales son: AL RTE Y AL SUR: Cinco metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE: diez metros. Inscrito a favor del demandado señor OSCAR GUILLERMO AYALA SOSA, en la matrícula número SEIS CERO DOS CERO CINCO SEIS OCHO CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO ( ) del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador e Hipotecado a favor de la parte ejecutante. Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO (1) PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las doce horas con treinta minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ U.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL- VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY; HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido inicialmente en el Juzgado Tercero de lo Civil de San Salvador y continuado en este Juzgado, por el Abogado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ, ahora por la Abogada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la señora ISA ABIGAIL FLORES MARTINEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta setenta mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis, en contra en este Juzgado, el inmueble que se describe a continuación: "Un lote de del demandado señor OSCAR GUILLERMO AYALA SOSA, mayor terreno urbano marcado con el NUMERO VEINTIOCHO del POLIGO de edad, Estudiante, de este domicilio, con Número de Identificación D, Pasaje TRES RTE, de la Urbanización "RESIDENCIAL ALTA- Tributaria mil doscientos dos-doscientos veinte mil quinientos setenta y VISTA", ubicado en jurisdicción de Ilopango, de este Departamento; de uno-ciento uno-cuatro; se venderá en pública subasta en este Tribunal el una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas perimetrales siguientes: AL RTE, diez metros; AL ORIENTE, cinco metros; AL SUR, diez metros; Y AL PONIENTE, cinco metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de la señora ISA ABIGAIL FLORES MARTINEZ, bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS SEIS OCHO CERO SIETE SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de octubre del año dos mil catorce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

244 244 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO LABORAL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Licenciado SALVADOR HERIBERTO RAMIREZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora SAGRARIO ARMID GONZALEZ DE CENTE, conocida por SAGRARIO ARMID BERNAL GONZALEZ DE CENTE, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se indicará el inmueble embargado siguiente: Un lote urbano marcado en el plano respectivo con el número CINCO DEL POLIGO VENTA Y TRES, de una extensión superficial de sesenta metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la URBANI- ZACION MONTES DE SAN BARTOLO V, II ETAPA-B, situado en el lugar llamado Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento; cuyas medidas perimetrales son: AL RTE: doce punto cero cero metros. AL ORIENTE: cinco punto cero cero metros. AL SUR: doce punto cero cero metros. AL PONIENTE: cinco punto cero cero metros. Con un área construida de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS. El terreno antes descrito está inscrito a favor de la demandada señora SAGRARIO ARMID GONZALEZ DE CEN- TE, conocida por SAGRARIO ARMID BERNAL GONZALEZ DE CENTE, inscrito en la Matrícula M CERO U CERO TRES U OCHO TRES SEIS Asiento CERO CERO CERO TRES, del Registro Social de Inmuebles. Departamento de San Salvador. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE MEJICAS, LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San Salvador, a las doce horas del día catorce de mayo del año dos mil cuatro.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ INTE- RI DEL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, actuando en su calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor RAFAEL ANTONIO LEMUS HURTADO, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará, "un Inmueble urbano que según antecedentes se describe así: Lote de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado con el número CINCUENTA Y U, DEL POLÍGO CUARENTA Y SEIS, DE LA URBANIZACION CUMBRES DE SAN BARTOLO, situado en Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de cincuenta metros cuadrados, cuyas medidas perimetrales son: AL RTE Y AL SUR, cinco metros, AL ORIENTE Y AL PONIENTE, diez metros. El inmueble anteriormente descrito es de propiedad del señor RAFAEL ANTONIO LEMUS HURTADO, según Matrícula número SEIS CERO CERO DOS CINCO NUEVE CUATRO TRES- CERO CERO CERO CERO CERO ( ), Asiento U del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador." Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de identidad personal, NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día quince de diciembre de dos mil catorce.- Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTO.- Lic. JUAN CARLOS NAJARRO PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución Autónoma de Crédito, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-cero siete cero cinco siete cinco-cero cero dos-seis, a través de su Apoderado Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria uno tres cero tres-uno cinco uno dos siete siete-uno cero uno-nueve en contra del demandado señor HERNAN HUMBERTO CAMPOS MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, con Número de Identificación Tributaria cero seis catorce-treinta cero nueve setenta y dos-ciento seis-nueve, reclamándole cantidad de dinero y sus accesorios, se ha ordenado la venta en pública subasta, en este Tribunal, de un inmueble de naturaleza urbana identificado como número treinta y seis del polígono cinco, Block "H", pasaje cuatro de la Urbanización Residencial La Santísima Trinidad, Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, (según inscripción registral ubicado en Residencial Santísima Trinidad I Etapa, lote 36 block H-P5, correspondiente a la ubicación geográfica de Ayutuxtepeque, San Salvador), el cual tiene las medidas siguientes: AL RTE: de cinco punto cero cero metros, AL ORIENTE: diez punto cero cero metros, AL SUR: Cinco punto cero cero metros y AL PONIENTE: diez punto cero cero metros, con una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del Demandado señor HERNAN HUMBERTO CAM- POS MARTINEZ, a la matrícula M CERO U DOS DOS TRES

245 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SIETE U DOS, asiento SEIS, hoy inscrito en el sistema de folio real automatizado a la matrícula SEIS CERO DOS SIETE CUATRO CUATRO CUATRO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1), a las doce horas con diez minutos del día veinte de noviembre del año dos mil catorce.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO. Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos legales. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas y dieciocho minutos del día veinticuatro de julio de dos mil catorce. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ U DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE DELGADO, LICENCIADA MARIBEL DEL RO- SARIO MORALES FLORES, al público en general, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil Referencia 38- EC-10-3 promovido en este Tribunal por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, quien actúa en su carácter de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del demandado señor EDWIN GILBERTO CASTILLO FLORES, por medio de su Curador Ad Lítem Licenciado RAMON ALFREDO TORRES TURCIOS, se venderán en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: "un lote urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el número VEINTITRES, DEL POLIGO "A", de una extensión superficial de sesenta punto cero cero metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la urbanización "BRISAS DEL SUR", ubicado según antecedente en el lugar llamado Joyas del Moró, Cantón Zacamil y Joya del Jícaro y de conformidad a la nomenclatura actual y plano respectivo se conoce como Block "A" de la Urbanización para vivienda "BRISAS DEL SUR", jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, con un área construida de veinte punto cero cero metros cuadrados, un valor de construcción de veintidós mil noventa y nueve colones con veintinueve centavos y cuyas medidas perimetrales son: AL RTE: cinco punto cero cero metros, AL SUR: doce punto cero cero metros; AL ORIENTE: doce punto cero cero metros y AL PONIENTE: doce punto cero cero metros. Inscrito a favor de la demandada arriba mencionada, en el sistema de folio real computarizado bajo la matrícula número SEIS CERO CUATRO DOS SIETE OCHO CINCO NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas". El inmueble antes descrito es propiedad del señor EDWIN GILBERTO CASTILLO FLORES. 3 v. alt. No. F LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ U, DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIU- DAD DELGADO, AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ y continuado por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, con Número de Identificación Tributaria , como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identificación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO-CERO CERO DOS-SEIS, en contra de la señora BLANCA EROIDA JIMENEZ MONRROY conocida por BLANCA EROIDA MONRROY JIMENEZ, con Número de Identificación Tributaria , representada a través de su Curador Ad-Lítem Licenciada SOFIA FATIMA DEL ROSARIO SANTOS FUENTES, con Número de Identificación Tributaria , se venderá en pública subasta en este Tribunal, el Bien Inmueble embargado a la demandada antes mencionada, consistente en: Un lote de Terreno Urbano, identificado en el Plano respectivo como lote número DOS, sector SESENTA Y SEIS dicho lote forma parte de la urbanización denominada URBANIZACION RESIDENCIAL VILLA HERMOSA, en los cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel, situada en Jurisdicción de Cuscatancingo, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS y cuyas medidas perimetrales son: AL RTE: cinco punto cero cero metros cuadrados, AL ORIENTE diez punto cincuenta metros cuadrados, AL SUR: cinco punto cero cero metros cuadrados y al PONIENTE: diez punto cincuenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito es propiedad de la señora BLANCA EROIDA JIMENEZ MONRROY, conocida por BLANCA EROIDA MONRROY JIMENEZ, bajo la Matrícula: del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo éstas legales. Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes. LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CI- VIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ U, a las doce horas y veinte minutos del día dos de febrero de dos mil quince.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA U DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO. Se admitirán posturas legales. 3 v. alt. No. F

246 246 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS AVISO AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. LA CAJA DE CRÉDITO DE SAN ALEJO, SOCIEDAD COOPE- RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. AVISA: Que en su Agencia Central, ubicada en Segunda Avenida Norte y Tercera Calle Poniente, barrio El Calvario, de la ciudad de San Alejo, departamento de La Unión, se ha presentado la propietaria del Certificado de Depósito a Plazo Fijo número 00216, de la cuenta No emitido el día 21 de diciembre de 2013, para el plazo de 180 días prorrogables solicitando reposición por destrucción/extravío. En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del público en general para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. En caso de que después de la tercera y última publicación de este aviso, la Caja no recibe oposición alguna al respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Alejo, diez de abril del dos mil quince. JOSÉ DEL ROSARIO BAUTISTA HERNÁNDEZ, REPRESENTANTE LEGAL. BANCO PROCREDIT, S.A. AVISO 3 v. alt. No. C AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia San Miguel, parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de Depósito a Plazo Fijo No de la cuenta No extendido por nuestra institución el 18 de abril de 2006, a nombre de Héctor Ventura Cardoza, por un monto de diez mil 00/100 dólares, (US$10,000.00) a 360 días plazo, a una tasa de interés del 3.25%. Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código de comercio vigente. En caso de que en treinta días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (49464) emitido en Suc. Centro, el 14 de enero de 1997, por valor original de 6, ($777.14), a un plazo de 90 días, el cual devenga el % de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. San Miguel, el 25 de noviembre de 2014, por valor original de $34,500.00, a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.750% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F San Salvador, 10 de abril del dos mil quince. YESSENIA HERNÁNDEZ, JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO. 3 v. alt. No. C AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. Ahuachapán, el 29 de diciembre de 2012, por valor

247 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de original de $7,390.53, a un plazo de 1 año, el cual devenga el 3.000% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. original de $6,690.00, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.125% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (10503) emitido en Suc. San Miguel, el 4 de enero de 2008, por valor original de $3,000.00, a un plazo de 365 días, el cual devenga el 3.100% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de mes abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. San Vicente, el 26 de octubre de 2009, por valor original de $11,000.00, a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.050% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F AVISO AVISO BANCO PROMERICA, S. A. EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (376756) emitido en Suc. Metrocentro Sonsonate, el 2 de septiembre de 2003, por valor COMUNICA: Que en su agencia ubicada en Calle El Mirador y ochenta y nueve avenida Norte, Edificio Word Trade Center, Torre Uno, nivel Uno, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado el señor Luis Guillermo Bustamante Auspurg, conocido por Luis Guillermo Bustamante y por Guillermo Bustamante, de sesenta y seis años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de

248 248 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero uno nueve ocho dos cuatro siete seis-dos, con Número de Identificación Tributaria cero quinientos once-ciento ochenta mil quinientos cuarenta y ocho-cero cero uno-siete, quien actúa en nombre y representación en su calidad Apoderado General Administrativo del señor JOSÉ GUILLERMO NARCISO BUSTAMENTE O'BYRNE conocido por GUILLERMO BUSTAMANTE O'BYRNE y por GUILLERMO BUSTAMANTE, con Documento Único de Identidad número cero dos dos cero cuatro siete ocho tres-dos, con Número de Identificación Tributaria cero quinientos once-doscientos noventa y un mil veintitrés-cero cero uno-seis, de cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: Escritura Pública de Poder General Administrativo, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del día diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y uno, ante los oficios del Notario Margarito González Guerrero, instrumento del cual consta que el señor JOSÉ GUILLERMO NARCISO BUSTAMENTE O'BYRNE conocido por GUILLERMO BUSTAMANTE O'BYRNE y por GUILLERMO BUSTAMANTE, confirió Poder General Administrativo a favor del señor Luis Guillermo Bustamante Auspurg conocido por Luis Guillermo Bustamante y por Guillermo Bustamante, quien se encuentra facultado para otorgar actos como el presente, solicitando la reposición del Certificado de Depósito a plazo número dos cero cero uno-cero cero cero cero cero cero nueve siete siete ocho por el valor de DOSCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a plazo CIENTO OCHENTA DÍAS plazo en virtud del extravío del mismo. Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. En consecuencia de lo anterior; se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso. San Salvador, siete de abril de dos mil quince. GLORIA EUGENIA HERNÁNDEZ DE O'BYRNE, JEFE DE VENTAS. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de LICDA. RA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia METROCENTRO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 14 de septiembre de 2010, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de LICDA. RA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL METROCENTRO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 08 de abril de 2014, a 720 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de AVISA: Que en su agencia APOPA, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 17 de marzo de 1990, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. LICDA. RA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F

249 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de AVISO TÍTULO MUNICIPAL SCOTIABANK EL SALVADOR, S A. AVISA: Que en su agencia PLAZA MERLIOT, se ha presentado el propietario del Certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 03 de abril de 2014, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de COMEDICA DE R.L. Licda. RA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certificado de Deposito a Plazo Fijo No , por la cantidad de US$ a un plazo de 180 DIAS en Agencia SAN MIGUEL, ubicada en CENTRO COMERCIAL PLAZA CHAPARRASTIQUE, AV. ROOSEVELT SUR, solicitando reposición de dicho Certificado. Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, l0 de abril Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del Municipio y Departamento de Chalatenango. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora DORA ANTONIA ORTEZ VASQUEZ, de generales conocidas en las presentes Diligencias, quien solicita Título Municipal a su favor, de un inmueble situado en el Barrio El Calvario, Segunda Avenida Sur, S/N, de la Extensión Superficial de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS cuya descripción es la siguiente: AL ORIENTE: mide quince punto ochenta y tres metros, y colinda con propiedad de Vilma Gladis Menjívar, pared de adobe de por medio, propiedad del inmueble que se describe; AL RTE: mide cinco punto quince metros, colinda con propiedad de Deisy Neli Menjívar, pared de por medio propio del inmueble que se describe; AL PONIENTE: dividido en tres tiros el primero, de doce punto treinta y un metros, el segundo, de uno punto veintisiete metros; y el tercero, de dos punto noventa y ocho metros, colinda con propiedad de Ricardo Hernández, calle pública de por medio; AL SUR: mide tres punto sesenta y tres metros, colinda con la señora María Romelia Guardado, pared de ladrillo de por medio propia del colindante. Este inmueble no tiene cargas, o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Dicho inmueble lo hubo por compra que hiciere a la señora María Romelia Guardado, según Escritura Pública, otorgada en la ciudad de Chalatenango, a las diez horas del día veintinueve de octubre de mil novecientos setenta y siete, ante los oficios notariales del Licenciado José Nicolás Menjívar, el cual no fue inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de este Departamento por no ser inscribible su antecedente, lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE RTE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley. COMEDICA DE R.L. JOSE MANUEL SERRA, JEFE DE AGENCIA, AGENCIA SAN MIGUEL. Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil quince.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F v. alt. No. C

250 250 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 38. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TE- LEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras CANAL Orbe 21 y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; TRANSMISION DE PROGRAMAS DE RADIO O TELEVISION; SERVICIOS DE DIFUSION DE PROGRAMAS DE TELEVISION Y RADIOFONICOS; EMISION DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION; SERVICIOS DE DIFUSION Y TRANSMISION DE INFORMACION A TRAVES DE REDES O INTERNET; TELECO- MUNICACIONES DE INFORMACION (INCLUYENDO PAGINAS WEB); AGENCIAS DE INFORMACION (TICIAS), TRANSMI- SION DE TICIAS Y ACONTECIMIENTO DIARIOS. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Equifax, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DECISION360 Consistente en: la palabra DECISION360, que servirá para: AM- PARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIO- NES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS; SERVICIOS DE EVALUACIÓN Y ANÁLISIS DE CRÉDITOS; SERVICIOS DE ALERTA DE CRÉDITOS, INCLUYENDO LOS SERVICIOS DE ALERTA DE FRAUDE, ESPECÍFICAMENTE EL SEGUIMIENTO DE LOS INFORMES DE CRÉDITO DE CONSUMO Y SUMINISTRO DE ALERTA EN CUANTO A CUALQUIER MODIFICACIÓN DE LOS MISMOS; SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE CRÉDITOS, ESPECÍFICAMENTE, EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN FI- NANCIERA Y DE CRÉDITO RELACIONADA A LOS CONSUMI- DORES O LOS SOLICITANTES DE CRÉDITOS COMERCIALES, PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOBRE EMPLEO; SERVICIOS SOBRE RIESGOS FINANCIEROS PARA OTROS, ESPECÍFICAMENTE, EL ANÁLISIS DE RIESGOS FI- NANCIEROS Y SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DE RIESGOS FINANCIEROS ESTRATÉGICOS; SERVICIOS DE CONSULTORÍA FINANCIERA EN LOS CAMPOS DE ORIGEN DE CUENTAS Y GESTIÓN DE CARTERAS; SUMINISTRO DE ESTIMACIONES E ÍNDICES PARA DETERMINAR LA SOLVENCIA MEDIANTE LA CLASIFICACIÓN DE LOS INDIVIDUOS DE ACUERDO A LA RIQUEZA, OPULENCIA, CAPACIDAD FINANCIERA Y DE GESTIÓN DE RIESGOS; SUMINISTRO DE BASE DE DATOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y CRÉDITOS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. RUTH EMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIA. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

251 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, COMFORT PALS HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGAR ANTONIO HERRERA QUEHL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión F-SECURE y diseño; que se traduce al castellano como F-SEGURO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, MARCA DE PRODUCTO REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C Consistente en: las palabras COMFORT PALS, traducido al castellano como COMODIDAD AMIGOS, que servirá para: AMPARAR: VENDAS ADHESIVAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil catorce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR- DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de 3M DORIBAX Consistente en: la palabra DORIBAX, que servirá para: AMPA- RAR: FARMACEUTICOS PARA HUMAS, PRINCIPALMENTE ANTI-INFECTIVOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil ocho.

252 252 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil quince. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ConAgra Foods México, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL CAMPANARIO Consistente en: las palabras EL CAMPANARIO, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); INCLUYENDO KETCHUP, SALSAS Y SALSAS PARA PASTAS; ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GI JAVIER FUENTES FUENTES, en su calidad de APODERADO de Erich Krause Finland OY, de nacionalidad FINLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Erich Krause Consistente en: las palabras Erich Krause, que servirá para: AM- PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTA MATERIAS COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM- PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR- TISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR ( COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN- TA. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce. KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01, 05. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

253 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EVAGIO LISTERINE CUIDADO TOTAL Consistente en: la palabra EVAGIO, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS QUIMICOS USADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR LOS ANIMALES DAÑIS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, SECRETARIA. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, 3 v. alt. No. C REGISTRADOR. No. de Expediente: SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C Consistente en: las palabras LISTERINE CUIDADO TOTAL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICADOS PARA ENJUAGUE Y LIMPIEZA BUCAL; REFRESCANTES BUCALES. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil quince. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Newman, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR- DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO Consistente en: las palabras NeW MaN, traducidas al castellano como NUEVO HOMBRE, que servirá para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25.

254 254 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil catorce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01, 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, PIVENDO Consistente en: la palabra PIVENDO, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS USADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR LOS ANIMALES DAÑIS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Clase: 05. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI- LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, RINSO SENSACIONES Consistente en: las palabras RINSO SENSACIONES, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES; PREPARACIONES Y SUSTANCIAS, TODAS PARA SU USO EN LA LAVANDERÍA, INCLUYENDO ALMIDÓN DE LAVANDERÍA; PREPARACIONES PARA EL ACONDICIONADO DE TELAS, SUAVIZANTES DE TE- LAS; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR; PREPARACIONES PARA REMOVER MANCHAS; JABONES, INCLUYENDO JABONES PARA ABRILLANTAR LOS TEXTILES; PREPARACIONES PARA LAVAR A MA ROPA Y TEXTILES; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C

255 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03, 05. Cimbali S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de MERIAL, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FRONTLINE Consistente en: la palabra FRONTLINE, que al idioma castellano se traduce como FRENTE LINEA, que servirá para: AMPARAR: JABO- NES, CHAMPÚS, LOCIONES, PASTAS DENTALES, ARTÍCULOS DE TOCADOR Y COSMÉTICOS PARA ANIMALES; HISOPOS CON FINES COSMÉTICOS PARA ANIMALES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL PARA ANIMALES. Clase: 03. Para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA PROPÓSITOS VETERINARIOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAP- TADAS PARA USO VETERINARIO; EMPLASTOS Y MATERIALES PARA APÓSITOS PARA ANIMALES; DESINFECTANTES PARA USO VETERINARIO; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑIS, PARASITICIDAS, FUNGICIDAS; PRO- DUCTOS FARMACÉUTICOS, MEDICINAS Y VACUNAS PARA USO VETERINARIO; PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL PARA ANIMALES; HISOPOS PARA USO VETERINARIO; SUPLEMENTOS NUTRICIONALES ADAPTADOS PARA USO VETERINARIO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: la palabra FAEMA, que servirá para: AMPARAR: MOLIS ELÉCTRICOS DE CAFÉ; MOLINILLOS ELÉCTRICOS DE CAFÉ; MÁQUINAS ELÉCTRICAS PARA PICAR HIELO; APA- RATOS DE USOS MÚLTIPLES PARA RESTAURANTES TALES COMO PROCESADORES DE ALIMENTOS; MÁQUINAS LAVA- VAJILLAS, INCLUYENDO LAVAVAJILLAS PARA CANTINAS; MEZCLADORAS; PULVERIZADORES DE CAFÉ. Clase: 07. Para: AMPARAR: REFRIGERADORES, DESCALCIFICADORES DE AGUA; FILTROS DE CAFÉ PARA CAFETERAS ELÉCTRICAS; PERCOLADORES DE CAFÉ Y DE CAFÉ CON CREMA; CAFETE- RAS ELÉCTRICAS; MÁQUINAS PARA HACER CAFÉ EXPRESO, INCLUYENDO MÁQUINAS DE CAFÉ EXPRESSO PARA CANTI- NAS; MÁQUINAS PARA HACER CAPUCCI; PERCOLADORAS DE CAFÉ AUTOMÁTICAS Y SUS ACCESORIOS; MÁQUINAS PARA HACER CUBOS DE HIELO; FILTROS PARA PERCOLA- DORAS AUTOMÁTICAS DE CAFÉ; CALDERAS DE AGUA PARA PERCOLADORES AUTOMÁTICOS DE CAFÉ; SURTIDORES DE VAPOR PARA INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN POR VAPOR; SURTIDORES (CHORROS) DE VAPOR; ESPUMANTES DE LECHE Y ESPUMANTES PARA CAFETERAS ELÉCTRICAS. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07, 11. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Gruppo HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Boehringer

256 256 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Ingelheim International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MOBICOX Consistente en: la palabra MOBICOX, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATA- MIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DEL TRACTO ALIMENTARIO Y EL METABOLISMO, Y LA SANGRE Y ÓRGA- S FORMADORES DE LA SANGRE; PREPARACIONES FAR- MACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DEL SISTEMA CARDIOVASCULAR, SISTEMA MUSCULO-ESQUELÉTICO, SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, SISTEMA NERVIOSO PERIFÉRICO, SISTEMA GENITOURINARIO Y SISTEMA RESPIRATORIO; Y PREPARACIONES FARMACÉU- TICAS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DERMATOLÓGICOS, HORMONALES, INFEC- CIOSOS, VIRALES Y ONCOLÓGICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil catorce. KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 34. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Alois Pöschl GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, TABACO DE MASCAR, TABACO DE CORTE FI, Y RAPE (TA- BACO EN POLVO); PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO CI- GARILLOS, CIGARROS PUROS INCLUSIVE PURITOS; HIERBAS PARA FUMAR; ARTICULOS DE FUMADORES, INCLUYENDO: PIPAS DE FUMAR, FILTROS, LIMPIADORES, BASTIDORES, SOPORTES, BANDEJAS, TALLOS Y HERRAMIENTAS TODOS PARA PIPAS DE FUMAR, HUMIDORES, PAPEL DE CIGARRILLOS, APARATOS PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENTUBADO DE CIGARRILLOS, APARATOS DE RELLENADO DE TUBOS DE CIGARRILLOS, MECHAS PARA ENCENDEDORES DE CIGARRI- LLOS Y DE CIGARROS PUROS, PUNTAS CON FILTRO PARA CIGARRILLOS Y PARA CIGARROS PUROS, PEDERNALES Y PIEDRAS DE FUEGO; CAJAS, TARROS Y BOLSOS PARA CIGA- RROS PUROS, PARA CIGARRILLOS, PARA PIPAS, PARA RAPE, Y PARA TABACO; CENICEROS, CUCHILLAS PARA TABACO, CONTENEDORES DE GAS PARA ENCENDEDORES DE CIGARRI- LLOS Y DE CIGARROS PUROS, ENCENDEDORES DE BOLSILLO DE METALES PRECIOSOS, ESTUCHES PARA FUMADORES, PORTA CIGARROS PUROS, PORTA CIGARRILLOS, CORTADO- RES DE CIGARROS PUROS Y TIJERAS PARA CIGARROS PUROS, NINGU QUE SEA DE MATERIALES PRECIOSOS, PETACAS PARA TABACO; ARTICULOS DE CONSUMIDORES DE TABACO (EN POLVO), INCLUSIVE DISPENSADORES DE TABACO EN POLVO, ESPECIFICAMENTE CONTENEDORES DE TABACO EN POLVO CON MEDIOS PARA DISPENSAR UNA PIZCA DE TABACO; FOSFOROS. Clase: 34. La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. RUTH EMI PERAZA GALDAMEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12, 37. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR Consistente en: la palabra PUEBLO y diseño, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO Y MANUFACTURADO, INCLU- YENDO: TABACO PARA PIPAS, TABACO DE CIGARRILLOS, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SILVIA EUGENIA RODRIGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

257 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de de AIRBUS HELICOPTERS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, Consistente en: diseño de LOGO AH, que servirá para: AMPA- RAR: VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA; HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS Y PARTES ESTRUCTURALES, PIEZAS, COMPO- NENTES DINÁMICOS Y EQUIPOS PARA ELLOS, COMPREN- DIDOS EN LA CLASE 12; FUSELAJES (CARROCERÍAS) PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; BRA- ZOS DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ROTORES PRINCIPALES Y ROTORES DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ÁLABES DE ROTOR PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; HÉLICES PARA HELICÓPTEROS Y AERO- RONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PALANCAS UNIVERSALES DE RÓTULA, PALANCAS Y PEDALES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS [PARTES ESTRUC- TURALES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS]. Clase: 12. Para: AMPARAR: INSTALACIÓN, ME- JORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, PARTES ESTRUCTURALES, PIEZAS, COMPONENTE DINÁMICOS Y SUS EQUIPOS; INSTALACIÓN, MEJORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE COMPONENTES DE ACOPLAMIENTO Y TRANSMISIÓN PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, MOTORES PARA HELI- CÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, ROTORES PRINCIPALES Y ROTORES DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, ÁLABES DE ROTOR PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, EQUIPOS DE AVIÓNICA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO, REVISIÓN Y REPARACIÓN, INSTALACIÓN ASÍ COMO MO- NAVES DE ALAS GIRATORIAS; ALAS PARA HELICÓPTEROS DERNIZACIÓN TÉCNICA DE PARQUES DE HELICÓPTEROS Y Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; MECANISMOS DE AUTOGIROS PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE LAS ATERRIZAJE PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS DISPOSICIONES LEGISLATIVAS Y REGLAMENTOS NACIONA- GIRATORIAS; RUEDAS DE ATERRIZAJE PARA HELICÓPTEROS LES, EXTRANJEROS, CIVILES Y MILITARES; INSPECCIÓN DE Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; FRE PARA HELI- HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS ANTES CÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; AMORTI- DE SU MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN; PERSONALIZACIÓN GUADORES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS [SERVICIOS DE INSTALACIÓN] DE HELICÓPTEROS Y AERO- GIRATORIAS; PUERTAS PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES NAVES DE ALAS GIRATORIAS; PINTADO DE HELICÓPTEROS DE ALAS GIRATORIAS; VENTANAS PARA HELICÓPTEROS Y Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTALACIÓN, ME- AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PANELES DE VIDRIO JORA, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE APARATOS E PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTRUMENTOS NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, ASIENTOS PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE GIRATORIAS; CUBIERTAS DE ASIENTO PARA HELICÓPTEROS SEÑALIZACIÓN, CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; COJINES DE ASIENTO Y DE ENSEÑANZA, SISTEMAS ELÉCTRICOS, APARATOS DE PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; CINTURONES DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE HELICÓP- REGISTRO, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, TEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ARNESES DE IMÁGENES O DATOS, APARATOS PARA EL TRATAMIENTO DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE HELICÓPTEROS Y AERONA- LA INFORMACIÓN, ORDENADORES, HARDWARE INFORMÁ- VES DE ALAS GIRATORIAS; TAPICERÍA PARA HELICÓPTEROS TICO, MÁQUINAS Y APARATOS DE TELECOMUNICACIONES, Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PANELES INTERIORES TODO ELLOS SE UTILIZAN EN RELACIÓN CON HELICÓPTE- PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTALACIÓN, TIRAS DE PROTECCIÓN PARA FUSELAJES (CARROCERÍA) DE MEJORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, PUESTA A PUNTO HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; TIRAS DE SIMULADORES DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE DE PROTECCIÓN PARA ÁLABES DE HÉLICE DE HELICÓPTEROS ALAS GIRATORIAS; SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO, EN Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; DEPÓSITOS DE GAS Y CONCRETO ASESORAMIENTO TÉCNICO RELACIONADO CON TAPAS DEL DEPÓSITO DE GAS PARA HELICÓPTEROS Y AE- EL MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO

258 258 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ALQUILER DE MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS PARA EL MAN- TENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓP- TEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON EL MANTENIMIENTO, LA REPARACIÓN Y LA PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ACCESO A UN SITIO WEB CON INFORMACIÓN SOBRE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. SALOMON PORTILLO MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFI- CIOSO de KUVERA S.P.A, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: un diseño identificado como CARPISA LOGO, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS, EN BRUTO O SEMIELABORADOS, INCLUYENDO ORO EN BRUTO O BATIDO Y PLATA, EN BRUTO O BATIDA; ALEACIONES DE METALES PRECIOSOS; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; JOYEROS; AMULETOS; JOYERÍA, INCLUYENDO JOYAS DE PLATA, BRAZALETES, DIJES, COLGANTES, CADENAS, COLLARES, MARFIL (JOYERÍA), MEDALLONES (JOYERÍA), ADORS (JOYERÍA), PERLAS (JOYERÍA), ANILLOS (JOYERÍA), ARETES, PENDIENTES, Y PULSERAS TIPO ANIDE; BROCHES; CLIPS DE CORBATA; MEDALLAS; PINES DE ADOR; PIEDRAS SEMI- PRECIOSAS; PIEDRAS PRECIOSAS; ESTATUAS DE METALES PRECIOSOS; ADORS PARA SOMBREROS DE METALES PRE- CIOSOS; ADORS PARA CALZADO DE METALES PRECIOSOS; GEMELOS; PASADORES (PINES); PISA CORBATAS; LLAVEROS; RELOJES, INCLUYENDO RELOJES ELÉCTRICOS; RELOJES DE PULSERA INCLUSIVE RELOJES DE PULSERA ELÉCTRICOS, DESPERTADORES, Y RELOJ CON ALTAVOCES; BRAZALETES DE RELOJ; CORREAS PARA RELOJES, INCLUYENDO CORREAS PARA RELOJES DE PULSERA; DIALES (PANTALLAS); CADENAS PARA RELOJES; CRONÓGRAFOS (RELOJES); INSTRUMENTOS CROMÉTRICOS; ESTUCHES PARA RELOJERÍA; ESTUCHES PARA RELOJES (PRESENTACIÓN); CAJAS PARA RELOJES; CRONÓMETROS; BOLSAS PARA RELOJES (FUNDAS). Clase: 14. Para: AMPARAR: CUERO INCLUYENDO CUERO EN BRUTO O SEMIELABORADO, E IMITACIONES DE CUERO Y PRODUCTOS DE ESTOS MATERIALES, ESPECÍFICAMENTE, CARTÓN DE CUERO, GAMUZA QUE SEA PARA FINES DE LIMPIEZA; 3 v. alt. No. C CORDONES DE CUERO; CORREAS PARA PATINES; CORREAS DE CUERO; CORDONCILLOS DE CUERO; ORLAS DE CUERO PARA MUEBLES; BANDAS DE CUERO; CAJAS DE CUERO; No. de Expediente: BANDOLERAS DE CUERO; REVESTIMIENTOS DE CUERO No. de Presentación: PARA MUEBLES; ALMOHADILLAS RELLENAS HECHAS PARA GUARNICIONERÍA; BOLSOS, INCLUYENDO BOLSOS DE MA, CLASE: 14, 18, 25. BOLSOS DE COLGAR EN EL HOMBRO, Y BOLSOS DE VIAJE; MARCOS PARA BOLSOS DE MA; BOLSAS DE HERRAMIEN- EL INFRASCRITO REGISTRADOR TAS VENDIDAS VACÍAS; CARTERAS, INCLUYENDO CARTERAS DE MALLA; BILLETERAS, INCLUYENDO BILLETERAS DE HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID BOLSILLO; MALETAS, INCLUYENDO VALIJAS Y MALETAS DE MA; BOLSITAS (POUCHES); MOCHILAS, MORRALES TIPO MOCHILAS; BOLSAS PARA COMPRAS, INCLUYENDO BOLSAS DE COMPRAS CON RUEDAS; BOLSAS PARA JUEGO; BOLSAS ESCOLARES; CARTERONES DE COLEGIALES; BOLSAS DE CUERO PARA LLEVAR NIÑOS; SACOS DE ALPINISTAS; SACOS DE CAMPISTAS; BOLSAS PARA PLAYA; BOLSAS DE CUERO PARA EMBALAJE; ALFORJAS; PORTATRAJES PARA VIAJES; BOLSAS DE REDECILLA PARA COMPRAS; BOLSAS PARA DEPORTES; ESTUCHES DE CUERO DE IMITACIÓN; ESTUCHES PARA LIENZOS; PORTACHEQUES DE CUERO; POR- TAPASAPORTES; COLLARES PARA ANIMALES DOMÉSTICOS Y MASCOTAS, INCLUYENDO COLLARES DE PERRO; BOZALES;

259 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de COBERTORES PARA ANIMALES; ROPA PARA MASCOTAS; ATACHÉS; FUNDAS DE CUERO PARA TARJETAS DE CRÉDITO; TARJETEROS (PORTADOCUMENTOS); ESTUCHES DE CUERO; ESTUCHES PORTADOCUMENTOS; ESTUCHES PARA LLAVES; ESTUCHES PARA INSTRUMENTOS MUSICALES; ESTUCHES VACÍOS PARA COSMÉTICOS; ESTUCHES VACÍOS PARA AR- ROPA PARA EXTERIOR; FORROS (PARTES DE PRENDAS DE VESTIR); HORQUILLAS DE CAMISAS; GABARDINAS (PRENDAS DE VESTIR); PRENDAS MODELADORAS; JERSEYS (PRENDAS DE VESTIR), INCLUSIVE JERSEYS DEPORTIVOS; LIBREAS; MU- ÑEQUERAS (PRENDAS DE VESTIR); DELANTALES; PELLIZAS (PRENDAS DE VESTIR); BOLSILLOS PARA ROPA; HABITOS; TÍCULOS DE TOCADOR; BAÚLES, INCLUYENDO BAÚLES DE VIAJE; SETS DE VIAJE; NECESERES VENDIDOS VACÍOS; EMPUÑADURAS DE MALETAS; MALETINES; CUEROS; PIELES, INCLUYENDO PIELES DE GANADO, PIEL DE CABRITO, Y PIEL DE TOPO; CUBIERTAS DE PIELES; PELAJES; SOMBRILLAS DE PLAYA; BASTONES, INCLUYENDO BASTONES DE ALPINISTAS, BASTONES MONTAÑEROS PUNTIAGUDOS, Y BASTONES CON ASIENTOS; EMPUÑADURAS DE BASTONES PARA CAMINAR; MANIJAS DE BASTONES PARA CAMINAR; LÁTIGOS; ARNESES Y GUARNICIONERÍA. Clase: 18. Para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE VESTIR ESPECÍFICAMENTE ROPA CONFECCIONADA, INCLUYENDO CHAQUETAS, CAMISAS, PECHERAS; CAMISE- PARA LA LLUVIA; DISFRACES; SARIS; TRAJES PARA TEATRO; TAS, INCLUSIVE CAMISETAS (SINGLETS); SACOS, SUÉTERES, FALDAS, PULÓVERS; CALCETINES INCLUSIVE CALCETINES CORTOS; MEDIAS, MALLAS, GUANTES, BUFANDAS; ROPA PEREGRINAS; VELOS; MANTILLAS; FULARES; PAÑUELOS INTERIOR, INCLUSIVE, CALZONCILLOS, COMBINACIONES/ FUSTANES, ROPA INTERIOR (ANTISUDOR), LENCERÍA, INCLU- INCLUSIVE CORBATAS Y CORBATINES; PANTIMEDIAS; LIGAS; PAÑUELOS; BANDANAS; CAMISOLAS; PUÑOS; ESTOLAS DE PIEL; PRENDAS DE PUNTO (ROPA); ABRIGOS; PARKAS; CHA- LES; BLUSAS; TRAJES; UNIFORMES; CHALECOS, INCLUSIVE CHALECOS DE VESTIR Y CHALECOS PARA PESCA; ROPA DE CHANDAL; ROPA DE PLAYA, INCLUSIVE ROPA PARA NADAR, GABANES; TOGAS; CHAQUETAS ACOLCHADAS (PRENDAS DE VESTIR); PRENDAS DE VESTIR DE PAPEL; ENEGUAS; PRENDAS DE VESTIR DE CUERO; PRENDAS DE VESTIR DE IMITACIÓN DE CUERO; CHAQUETAS RESISTENTES AL VIENTO PARA LOS CHALECOS DE VIENTO/ CHAQUETAS DE VIENTO; PRENDAS DE VESTIR DE PLUMÓN; FAJEROS PARA MUJERES; ROPA DE NIÑOS; CANASTILLAS DE ROPA; BABEROS DE PAPEL; ROPA PARA AUTOMOVILISTAS; ROPA DEPORTIVA, INCLUSI- VE TRAJES DE NEOPRE PARA ESQUÍ ACUÁTICO, ROPA DE CICLISMO, ROPA PARA JUDO, Y ROPA PARA LUCHA LIBRE; ROPA IMPERMEABLE; IMPERMEABLES; PONCHOS; CAPAS ROPA PARA EL BAILE; POLAINAS; CORREAS PARA POLAINAS; CAPUCHAS; CALCETERÍA; LEGGINS; BOAS (COLLARES); CUADRADOS; MITONES; CHALES; TIRANTES, INCLUSIVE TIRANTES PARA CALCETINES, TIRANTES PARA MEDIAS Y SIVE BRAGAS, CORPIÑOS (LENCERÍA), CORSETES, BODIES TIRANTES PARA PANTALONES; CEÑIDORES; TRABILLAS; (LENCERÍA), Y SOSTENES; ROPA DE DORMIR, INCLUSIVE RIÑONERAS (PRENDAS DE VESTIR); CINTURONES, INCLUSIVE PIJAMAS; FAJINES; ALBORCES; MANGUITOS (COBERTORES CINTURONES DE CUERO (PRENDAS DE VESTIR); VESTIDOS TUBULARES PARA LAS MAS); OREJERAS; CORBATERÍA, DE VIA. CALZADO, INCLUYENDO: ZAPATOS, INCLUSIVE ZAPATOS DEPORTIVOS, ZAPATILLAS DEPORTIVAS, ZAPATOS DE PLAYA, ZAPATOS PARA FUTBOL, ZAPATOS DE GIMNASIA, ZAPATOS PARA SALTAR, ZAPATOS PARA CORRER (CON CLA- VOS DE METAL), Y ZAPATOS PARA ESCALAR MONTAÑAS; SANDALIAS INCLUSIVE SANDALIAS DE BAÑO; PANTUFLAS INCLUSIVE PANTUFLAS DE BAÑO; BOTAS, INCLUSIVE BOTAS TRAJES DE BAÑO, BRAGAS DE BAÑO, CALZONES DE BAÑO; MITONES; GABACHAS; SOBRETODOS; PROTECTORES PARA PRENDAS DE VESTIR; PROTECTORES PARA LOS HOMBROS; CUELLOS (PRENDAS DE VESTIR), INCLUSIVE (ROPA) CUELLOS POSTIZOS; PROTECTORES PARA CUELLOS; PANTALONES, INCLUSIVE JEANS, PANTALONES BOMBACHOS, Y PANTALÓN PARA BEBÉS; SALTOS DE CAMA (PRENDAS DE VESTIR); JUM- PERS; TOPS INSTANTÁNEOS; PIELES; ROPA DE COMBINACIÓN; PARA DEPORTES, BOTAS PARA ESQUÍ, BOTAS PARA FUTBOL, BOTINES, BOTAS DE ENCAJE, BOTAS PARA AGUA, Y BOTAS PARA LA LLUVIA; SUELAS PARA CALZADO; PLANTILLAS (SUELAS). ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA, INCLUYENDO: SOMBREROS, GORRAS (SOMBRERERÍA), VISERAS INCLUSIVE VISERAS PARA GORRAS, MARCOS DE SOMBREROS, BOINAS, BANDAS PARA LA CABEZA, GORROS INCLUSIVE GORROS DE DUCHA Y GORROS DE BAÑO. Clase: 25.

260 260 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. C SILVIA LORENA VEGA CHICAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. C CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SONIA ELIZABETH BATRES DE BATRES, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARITZA ELIZABETH VENTURA DE AQUI, en su calidad de APODERADO de DENSO CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando Consistente en: la expresión SoniaM y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE BELLEZA. Clase: 03. el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil quince. Consistente en: un diseño identificado como TT, que servirá para: AMPARAR: BUJÍAS, INCLUYENDO BUJÍAS PARA MOTORES INCLUSIVE BUJÍAS PARA MOTORES DE VEHÍCULOS DE DOS Y CUATRO RUEDAS, BUJÍAS PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA PARA MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y PARA OTROS TIPOS DE MAQUINARIA INDUSTRIAL, Y BUJÍAS PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

261 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DE TERCERA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE- PEOUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas con cinco minutos del día quince de julio de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora JUANA ANTONIA URRUTIA VIUDA DE GÓMEZ, fallecida el día uno de julio de dos mil cuatro, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte de la señora Teresa Dolores Serrano viuda de Gómez, Juana Iris Gómez Serrano, y el menor Eduardo José Gómez Monge, la primera como cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señores Ramón Dagoberto Gómez Serrano y José Emilio Gómez Serrano; la segunda y tercero como hijo del causante José Dagoberto Gómez Urrutia; en derechos de transmisión de la sucesión que a su defunción dejó la causante; días, todo de conformidad a los Arts. 473, 480 y siguientes C. C.- Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Juez Tres, el menor es representado por su madre Mayra Lisett Monge. Y se les ha a las ocho horas y treinta minutos del día siete de Enero de dos mil quince.- LIC. ROBETRO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, conferido la administración y representación interina de la sucesión; con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ 3. LICDA. Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3. que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil catorce. LICDA. MAR- GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ANA LETICIA ARIAS ZETI, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ TRES, DE ESTE DIS- TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por resolución de las ocho horas cincuenta minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil catorce, se le ha conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la HE- RENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante ALFONSO ERNESTO CARBONELL OROZCO, quien falleció en el Hospital de Diagnóstico, a las nueve horas veinticuatro minutos del quince de enero de dos mil catorce, siendo éste su último domicilio; a los señores LIANA CONSUELO ARGUETA DE CARBONELL, en su calidad de esposa del causante; ALFONSO TOMAS CARBONELL CARBIA, conocido por ALFONSO JOSÉ CARBONELL y por AL- FONSO TOMAS CARBONELL, en su calidad de padre del causante y los niños REGINA LUCIA CARBONELL ARGUETA y ALFONSO TOMAS CARBONELL ARGUETA, en su calidad de hijos sobrevivientes del referido causante.-habiéndosele conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Publíquese el edicto de Ley. Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legitimando su derecho en el término de quince 3 v. alt. No. C ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor NIXON ODIR MAJA UMAÑA, quien falleció el día veinticinco de Noviembre de dos mil once, en Urbanización Bella Vista, Polígono diez, número dieciséis, de esta ciudad, siendo este lugar, su último domicilio, de parte de la señora Marina Dolores Bran de Majano, hoy Marina Dolores Bran viuda de Majano, y los niños Erasmo René Majano Bran, y Nixon Odir Majano Bran, la primera en calidad de cónyuge, y los niños en calidad de hijos del causante, los niños Representados Legalmente por su madre, y ésta por medio de su Apoderada Licenciada Xenia Dannelia Valle Gutiérrez.

262 262 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Y se les ha conferido a dichos aceptantes en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los cinco días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE- PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas del día diecinueve de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a calidad de hijos del causante, y se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil quince.- LICDA. MAR- GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETI, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora María del Rosario Torres Osegueda de Robles, conocida por María del Rosario Torres, quien falleció el día veintitrés de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio El Calvario, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, siendo ese lugar, su último domicilio, de parte del señor JUSTO RAUL ROBLES TORRES, en calidad de hijo de la causante. Y se le ha conferido a dicho aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado. del mes de enero de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. su defunción dejó el señor CARLOS LÓPEZ QUINTANILLA CO- CIDO POR CARLOS LÓPEZ Y POR CARLOS HERRERA habiendo 3 v. alt. No. F fallecido el día siete de agosto de dos mil diez, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte del señor José Aníbal López Granados, en calidad de hijo y cesionario de los derechos que correspondía a María Blanca Rosa Granados de López, Nelson Beraly López Granados, Melvin ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL Armando López Granados, Hilda Leticia López Granados y José Sander López Granados, la primera en calidad de cónyuge y los demás DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. en HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora María Estefania Reyes viuda de Hernández, quien falleció el día veintiocho de agosto de dos mil catorce, en el Barrio Gaspar, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora María Luisa Hernández Viuda de Hernández, conocida por María Luisa Hernández de Hernández, en calidad de hija de la causante. Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

263 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días bienes que a su defunción dejara la señora DORA ALICIA HERNÁNDEZ del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO DE MEJÍA, quien falleció a las catorce horas y cincuenta minutos, del ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO día treinta y uno de octubre del año dos mil catorce, y este día se tuvo por PEREZ, SECRETARIO. aceptada la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE INTERI con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, al señor LUIS 3 v. alt. No. F ERNESTO MEDINA HERNÁNDEZ, en calidad de hijo sobreviviente y como cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión de la referida causante les correspondían a los señores Ana Margarita Medina de García y Silverio Mejía Maldonado, en calidad de hija y cónyuge EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, Al público sobrevivientes respectivamente de la causante en comento. Lo que se para los efectos de ley, hace del conocimiento público para que puedan presentarse a este tribunal HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta las personas que se crean con derecho a la herencia que a su defunción minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con dejara la referida causante, dentro de los quince días posteriores a la beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por tercera publicación de este edicto. el causante señor JOSÉ ROBERTO SANTAMARÍA al fallecer el día Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad diez de diciembre del año dos mil trece, en Quebrada El Río, Cantón de Santa Ana, a los diecinueve días del mes de marzo de dos mil quince.- San José, jurisdicción de Jiquilisco, departamento de Usulután, siendo la LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO ciudad de Usulután, el lugar que tuvo como último domicilio; de parte de DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA la señora ANA ISABEL SANTAMARÍA conocida por ANA ISABEL SANTA MARÍA HERNÁNDEZ, en calidad de hermana del causante y ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían al TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA. señor Juan Santamaría Abrego, éste en calidad de hermano del mismo causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos 3 v. alt. No. F respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSÉ ANTONIO TÍTULO DE PROPIEDAD GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ, SECRETARIA. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado CARLOS 3 v. alt. No. F SANCHEZ REYES y EDIT LEOR PACHECO, el primero de setenta y tres años de edad, Jornalero, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número: LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO 1 DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL AL PÚBLICO EN GENERAL, HACE SABER QUE: Se han promovido por la licenciada cero tres cinco cero uno cinco ocho tres guión seis; y con Número de Identificación Tributaria: un mil cuatrocientos catorce guión ciento sesenta mil quinientos cuarenta y seis guión ciento dos guión uno y la segunda de cuarenta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con Documento MÓNICA BETZABÉ MORALES ALVARENGA, Diligencias de Único de Identidad Número: cero tres cinco cero uno seis uno cinco guión Aceptación de Herencia Intestadas con Beneficio de Inventario sobre los nueve; y con Número de Identificación Tributaria: un mil cuatrocientos

264 264 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 catorce guión ciento diez mil doscientos sesenta y cinco guión ciento uno guión cero. Vienen a solicitar TÍTULO DE PROPIEDAD Y DO- MINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situados en el Barrio La Cruz, jurisdicción de San Alejo, distrito y Departamento de La Unión; de la capacidad superficial de MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide diecinueve punto setenta metros, colinda con Miguel Ángel Porfirio Pacheco; AL SUR: mide setenta punto treinta y seis metros, colinda con Mauro Yanes Acosta, calle de por medio; AL PONIENTE: mide veintitrés punto treinta y seis metros, colinda con Zoila Reyes; y AL RTE: mide sesenta y cinco punto noventa y cuatro metros, colinda con Candelario Reyes; el cual se obtuvo por medio de compraventa Verbal, que le hicieron a la señora Juana Reyes, en el año de mil novecientos sesenta, en el inmueble existe construida una casa de sistema mixto, el inmueble no es dominante, ni sirvientes, no tiene cargas, ni derechos reales, ni están en proindivisión con nadie. Posesión Material de más de veinticinco años sumada al anterior propietario; la cual ha sido de manera quieta, pacífica, pública y sin interrupción. Lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE Pacheco de Flores, en el año dos mil dos. El inmueble no es dominante, LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($3,000). Los colindantes son de este domicilio por lo que se avisa al público, para los efectos de guión doscientos noventa mil ochocientos sesenta y dos guión ciento uno guión cero y la segunda de veintiséis años de edad, Estudiante, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número: cero tres nueve seis uno siete siete dos guión nueve; y con Número de Identificación Tributaria: un mil cuatrocientos catorce guión cero cincuenta mil setecientos ochenta y ocho guión ciento uno guión seis. Vienen a solicitar TÍTULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un inmueble de naturaleza urbana, situados en el Barrio La Cruz, jurisdicción de San Alejo, distrito y Departamento de La Unión; de la capacidad superficial de QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide veinticinco metros, colinda con Alicia Esperanza Guerrero Reyes; AL SUR: mide veinticuatro metros, colinda con Elsy Romano Fuentes; AL PONIENTE: mide veinticinco metros, colinda con Isidora del Carmen Bustillo; y AL RTE: mide veintidós metros, colinda con Pedro Ángel Flores actualmente con Mirian Consuelo Flores Pacheco y Erika Yamileth Flores, calle, de por medio; el cual se obtuvo por medio de compraventa Verbal que le hicieron a la señora María Elisa ni sirvientes, no tiene cargas, ni derechos reales, ni están en proindivisión con nadie, Posesión Material de más de veinticinco años sumada al an- ley correspondiente. terior propietario; la cual ha sido de manera quieta, pacífica, pública y sin interrupción. Lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE Alcaldía Municipal de San Alejo, a lo veintiséis días del mes de LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($3, 000). Los colindantes septiembre del año dos mil catorce.- IMMAR DANIEL BARRERA son de este domicilio por lo que se avisa al público, para los efectos de CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. SAMUEL BLANCO ROley correspondiente. MERO, SECRETARIO MUNICIPAL. Alcaldía Municipal de San Alejo, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil catorce.- IMMAR DANIEL BARRERA CHAVEZ, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. SAMUEL BLANCO 3 v. alt. No. F ROMERO, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD. HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado MIRIAN CONSUELO FLORES PACHECO y ERIKA YAMILETH FLORES, la primera de cincuenta y dos años de edad, Profesora, del domicilio de San Alejo, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad Número: cero dos uno tres ocho uno tres cuatro guión ocho; y con Número de Identificación Tributaria: un mil cuatrocientos catorce EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN PABLO TACACHICO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se han presentado los interesados señores MARÍA MAGDALENA RIVAS VIUDA DE MARTÍNEZ, de setenta y tres años de edad, Oficios domésticos, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, por-

265 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de tadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres cinco dos seis cero dos ocho - siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero cuatrocientos siete doscientos cincuenta mil setecientos cuarenta y uno ciento dos - cuatro; E MAURICIO MARTÍNEZ RIVAS, de treinta y siete años de edad, Empleado, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, portador de su Pasaporte Salvadoreño Número: P SLV R E CERO CINCO CERO OCHO SIETE SEIS SIETE, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos diecisiete ciento veinte mil doscientos setenta y ocho ciento uno cero; OSCAR ENRIQUE MARTÍNEZ RIVAS, de treinta y cuatro años de edad, Empleado, del domicilio de Washington, Distrito de Columbia, portador de su Documento Único de Identidad Número: cero cinco dos nueve tres cero cuatro dos -uno, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos diecisiete ciento un mil ochenta ciento uno siete; MARÍA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ RIVAS, de cuarenta y cinco años de edad, Estudiante, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres cinco dos seis cero cero dos -cinco, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero tercero: distancia de nueve punto treinta y siete metros, colindando en quinientos diecisiete cero ochenta y un mil doscientos sesenta y nueve ciento uno seis; LUCIA DEL CARMEN MARTÍNEZ RIVAS, de cuarenta años de edad, Empleada, del domicilio de San Pablo Tacachico, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni departamento de La Libertad, portadora de su Pasaporte Salvadoreño Número: P SLV A SIETE CERO U CINCO U CUATRO CIN- CO CUATRO, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos diecisiete doscientos cuarenta mil doscientos setenta y domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, ya cinco ciento uno cuatro; MARTA EMI MARTÍNEZ RIVAS, de fallecido, quien es esposo y padre respectivamente, mediante Diligencias cuarenta y tres años de edad, Oficios Domésticos, del domicilio de San de Aceptación de Herencia, y han poseído el inmueble en forma quieta, Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, portadora de su Docu- pacífica y no interrumpida desde que lo heredaron, posesión que unida mento Único de Identidad Número: cero tres nueve uno cero ocho nueve dos - cuatro, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos diecisiete trescientos diez mil ciento setenta y dos ciento dos siete; DEISI MORENA MARTÍNEZ DE MORAN, de cincuenta años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero tres cinco tres siete tres dos seis - ocho, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero ciento siete ciento veinte mil ciento sesenta y cinco ciento uno seis; ISAIAS ALONSO MARTÍNEZ RIVAS, de cuarenta y siete años de edad, Agricultor, del domicilio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad Número: cero dos cinco seis cinco cinco tres uno - siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria Número: cero quinientos diecisiete cero sesenta mil setecientos sesenta y siete ciento uno cero, solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD a sus favores, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro, Primera Calle Poniente, sin número, municipio de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, el cual según Certificación de la Denominación Catastral Oficina de Mantenimiento Catastral de La Libertad, es de una extensión superficial de CIENTO TREINTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con las medidas y colindancias siguientes: LADO RTE: En un solo tramo recto, distancia de cinco punto ochenta y ocho metros, colindando con inmueble propiedad de la señora Blanca Berta Reyes con Primera Calle Poniente de por medio; LADO ORIENTE: En un solo tramo recto, distancia de veinticuatro punto cuarenta y ocho metros, colindando con Oscar Alberto Reyes Romero y Lilian Villanueva de Reyes; LADO SUR: En un solo tramo recto, distancia de cinco punto cincuenta y tres metros, colindando con propiedad de los señores Baltazar Antonio Orellana Monge y Rafael Franklin Orellana Monge; y LADO PONIENTE: En tres tramos rectos, el primero: distancia de diez punto cero cinco metros, el segundo: distancia de cuatro punto sesenta y tres metros, y el estos tramos con propiedad del señor Hugo Rivas Villanueva. Todos los colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante, está en proindivisión con otras personas y lo adquirieron por parte de José Lucas Evangelista Martínez Alas conocido por José Lucas Martínez o José Lucas Evangelista, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, del a la de su anterior propietario es superior a treinta y cinco años. Dicho inmueble carece de antecedente registral inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del departamento de La Libertad, tal y como consta en la referida Certificación Catastral. Los solicitantes valoran el inmueble en la cantidad de MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, a los SIETE días del mes de ABRIL del año dos mil quince.- ARÍSTIDES ALVARADO MEJÍA, ALCALDE MUNICIPAL. MANFREDI GUARDADO RIVERA, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F

266 266 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 TITULO DE DOMINIO CONVOCATORIAS EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: HACE SABER: Que a esta oficina se presentó el Licenciado MIGUEL ANGEL AMAYA, en su calidad de Apoderado del señor JOSE ALCIDES AMAYA AMAYA, de cuarenta y tres años de edad, Motorista, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero cero novecientos setenta y cuatro mil ciento sesenta y uno guión uno, solicitando a favor de su representado Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Cárdenas, final Avenida La Roca, zona alta, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la extensión superficial de: CIEN PUNTO CERO CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL RTE: mide quince metros, colinda con inmueble propiedad de la señora Ana María Isabel Umanzor Cruz, cerco de piedra propiedad del solicitante; AL ORIENTE: mide siete metros treinta centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora María Priscila Amaya de Portillo, cerco de alambre de púas propiedad de la colindante; AL SUR: mide quince metros diez centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Ilvea Amaya Amaya, cerco de alambre de púas propiedad del solicitante; y AL PONIENTE: mide seis metros, colinda con inmueble propiedad del señor Elmer de Jesús Saenz, cerco de alambre de púas propiedad del solicitante.- El inmueble antes descrito existen construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios, VI- Aplicación de Utilidades. no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni VII- Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. está en proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante Escritura Pública de compra venta de la posesión material que le otorgó a su favor el señor VICENTE AMAYA, quien es mayor de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, en esta ciudad a las nueve horas del día veintiséis de enero del año dos mil quince, ante los oficios del notario Miguel Ángel Amaya.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesor data más de cuarenta años y sigue siendo en forma quieta, pacífica, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público para los efectos de ley. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS DE LA SOCIEDAD SIEMBRA, SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SIEMBRA, S.A. DE C. V. a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más una de todas las acciones, a las diez horas, del día Miércoles 13 de mayo de dos mil quince, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las diez horas, del día Jueves 14 de mayo de dos mil quince, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av. Norte y la. Calle Poniente N 3024, San Salvador. AGENDA: I- Lectura y aprobación del acta anterior. II- Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General III- IV- Ordinaria. Informe de Administración. Conocimiento de los Estados Financieros. V- Nombramiento del auditor externo y fiscal y fijación de sus emolumentos. San Salvador, 06 de abril de 2015 BARAHONA VARGAS ASOCIADOS, REYNALDO BARAHONA. AUDITORES EXTERS. 3 v. alt. No. C ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los diez días del mes de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETI, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS DE LA SOCIEDAD JUBELER, SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad JUBELER, S.A. DE C.V. a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad

267 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de más una de todas las acciones a las doce horas, del día Miércoles seis de Mayo de dos mil quince, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las doce horas, del día Jueves siete de Mayo de dos mil quince, en las oficinas de Conauto, ubicadas en Centro Comercial La Joya, carretera al Puerto de la Libertad. AGENDA I- Lectura y aprobación del acta anterior. II- Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General Ordinaria. III- Informe de Administración. AGENDA I- Lectura y aprobación del acta anterior. II- III- IV- Nombramiento de presidente y secretario de la Junta General Ordinaria. Conocimiento de los Estados Financieros. V- Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos. VI- Aplicación de Utilidades. VII- Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. San Salvador, 06 de abril de CAPITAL VARIABLE Por este medio se convoca a los accionistas de la sociedad SECDI, S.A. DE C.V. a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la primera convocatoria se llevará a cabo con el quórum de la mitad más una de todas las acciones, a las diez horas del día miércoles veinte de mayo de dos mil quince, de no tener el quórum necesario se convoca por segunda vez a las diez horas, del día Jueves veintiuno de mayo de dos mil quince, en las oficinas de dicha sociedad ubicadas en 57 Av. Norte y la. Calle Poniente N 3024, San Salvador. IV- Conocimiento de los Estados Financieros. VI- V- Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos. Aplicación de Utilidades. Informe de Administración. VII- Otros puntos que de acuerdo con la ley puedan ser tratados. San Salvador, 06 de abril de BARAHONA VARGAS ASOCIADOS, REYNALDO BARAHONA, AUDITORES EXTERS. 3 v. alt. No. C BARAHONA VARGAS ASOCIADOS, REYNALDO BARAHONA. AUDITORES EXTERS. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS DE CLINICA SAN FRANCISCO, S.A. de C.V. 3 v. alt. No. C La Junta Directiva de la Sociedad Clínica San Francisco, S. A. de C. V., convoca a los señores accionistas a celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las diecinueve horas del día ocho de mayo de dos mil quince, en el Auditórium "Dr. René Rodríguez Amaya", CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE del Hospital San Francisco, situado en Avenida Roosevelt Norte # 408 en el Departamento y Ciudad de San Miguel, la cual se desarrollará de ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD SERVICIOS COMERCIALES acuerdo a la siguiente agenda: DIVERSOS, SOCIEDAD ANIMA DE 1. Establecimiento y comprobación del Quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 3. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 para su aprobación. 4. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del ejercicio dos mil catorce. 5. Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fijación de sus Emolumentos.

268 268 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Emolumentos. 7. Otros puntos de interés a los accionistas. El Quórum necesario para iniciar la Asamblea será con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Social, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. En caso de no haber Quórum en la fecha y hora indicada, por este medio, quedan convocados los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el mismo día, mes y año; en el mismo lugar, a las diecisiete horas con treinta minutos, debiendo celebrarse la sesión con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Miguel, a los seis días del mes de abril del año dos mil quince. DR. JOSE EFRAIN RUIZ CASTILLO, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C DR. ROMAN ALFARO GUTIERREZ, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC- CIONISTAS DE INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S. 3 v. alt. No. C A. de C. V. La Junta Directiva de la Sociedad Inversiones Médicas San Francisco, Sociedad Anónima de Capital Variable, convoca a los señores accionistas a celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las dieciocho horas del día quince de mayo de dos mil quince, en el Auditórium "Dr. René Rodríguez Amaya", del Hospital San Francisco, situado en Avenida Roosevelt Norte # 408 en el Departamento y Ciudad de San Miguel, la cual se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda: 1. Establecimiento y comprobación del Quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 3. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio económico dos mil catorce. 4. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 para su aprobación. 6. Aplicación de Resultados del Ejercicio Elección de Junta Directiva 8. Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fijación de sus Emolumentos. 9. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Emolumentos. 10. Otros puntos de interés a los accionistas. El Quórum necesario para iniciar la asamblea será con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Social, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. En caso de no haber Quórum en la fecha y hora indicada, por este medio, quedan convocados los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el mismo día, mes y año, y en el mismo lugar, a las dieciocho horas con treinta minutos, debiendo celebrarse la sesión con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Miguel, a los seis días del mes de abril del año dos mil quince. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE SERVICIOS MEDICOS SAN FRANCISCO, S. A. de C.V. La Junta Directiva de la Sociedad Servicios Médicos San Francisco, Sociedad Anónima de Capital Variable, convoca a los señores accionistas a celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse a las diecinueve horas del día quince de mayo de dos mil quince, en el Auditórium "Dr. René Rodríguez Amaya", del Hospital San Francisco, situado en Avenida Roosevelt Norte # 408 en el Departamento y Ciudad de San Miguel, la cual se desarrollará de acuerdo a la siguiente agenda: 5. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del ejercicio dos mil catorce. 1. Establecimiento y comprobación del Quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior.

269 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio económico dos mil catorce. 4. Lectura de los Estados Financieros del ejercicio económico del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014 para su aprobación. 5. Aprobación del dictamen de auditores financieros y fiscales Nombramiento de auditores financieros y fiscales 2015 y fijación de sus emolumentos. 5. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del ejercicio dos mil catorce. 6. Aplicación de Resultados del Ejercicio Nombramiento del Auditor Externo Financiero y Fijación de sus Emolumentos. 8. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Emolumentos. 9. Otros puntos de interés a los accionistas. El Quórum necesario para iniciar la Asamblea será con la asistencia y representación de la mitad más una de las acciones que conforman el Capital Social, y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. En caso de no haber Quórum en la fecha y hora indicada, por este medio, quedan convocados los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria el mismo día, mes y año; en el mismo lugar, a las 3 v. alt. No. C diecisiete horas con treinta minutos, debiendo celebrarse la sesión con cualquier número de acciones presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Miguel, a los seis días del mes de abril del año dos mil quince. CONVOCATORIA DR. JOSE EFRAIN RUIZ CASTILLO, La Junta Directiva de CENTRO DE IMAGENES DE ORIENTE, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. SOCIEDAD ANIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL, que se celebrará a las dieciocho 3 v. alt. No. C horas del día cuatro de mayo del dos mil quince, en la Sala de Juntas del Hospital de Especialidades Nuestra Señora de la Paz, de la ciudad LA ASOCIACIÓN AZUCARERA DE EL SALVADOR A sus Ingenios miembros, por este medio convoca a ASAMBLEA GE- NERAL ORDINARIA, la cual se llevará a cabo el día 20 de mayo de 2015, a las catorce horas con treinta minutos, en oficinas de Asociación Azucarera de El Salvador ubicadas en 103 Avenida Norte y Calle Arturo Ambrogi, No.145, Col. Escalón, San Salvador. La agenda a tratar es la siguiente: 1. Establecimiento de quórum. 7. Elección de Junta Directiva para el período Varios. Para que la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA pueda celebrarse en primera convocatoria a la hora señalada, se requiere la asistencia de por lo menos el cincuenta y uno por ciento de los miembros de la Asociación. Esperando contar con su puntual asistencia, aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de nuestra consideración y estima. San Salvador, 7 de abril de MARIO ERNESTO SALAVERRIA, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. de San Miguel, departamento de San Miguel, en la que se desarrollará la siguiente AGENDA: AGENDA: Asuntos de carácter ordinario 1. Verificación de quórum y firma de lista de asistencia. 2. Lectura de acta anterior. 3. La Memoria de la Junta Directiva, el balance general, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio; correspondientes al ejercicio dos mil catorce. 2. Aprobación de la agenda de la Asamblea. 3. Lectura y aprobación del acta de Asamblea anterior. 4. Presentación de memoria de labores Informe del auditor externo. 5. Aprobar o improbar la memoria de Junta Directiva, el balance general, el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio y tomar las medidas que juzgue oportunas.

270 270 DIARIO OFICIAL Tomo Nº Nombramiento del Auditor Externo, Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. 7. Aplicación de resultados. SOCIEDAD PRODUCTORA AGROPECUARIA S. A. DE C. V. AVISO DE CONVOCATORIA San Salvador, 06 de abril de 2015 Asuntos de carácter extraordinario QUORUM 1. Aumento del Capital Social Variable. 2. Nombramiento ejecutor especial de acuerdos Asuntos de carácter ordinario Para que la junta se considere legalmente reunida en la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si la junta general se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Se convoca para celebrar la sesión en segunda fecha conforme a la agenda anterior para las diecinueve horas del día cinco de mayo de dos mil quince en el mismo lugar. Asuntos de carácter extraordinario El quórum para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la sociedad, y para formar resolución se necesitará igual proporción. El quórum para celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social. El número de votos necesario para formar resolución en estos casos serán las tres cuartas partes de las acciones presentes. San Miguel, 7 de abril de La Junta Directiva de Sociedad Productora Agropecuaria, S. A. de.c. V. convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS a celebrarse el día martes 5 de mayo del año dos mil quince, a las 4:00 pm en la oficinas de DAISA, S. A. ubicadas en 73 Avenida Norte y Séptima Calle Poniente, Casa Número 3804, Colonia Escalón, San Salvador. AGENDA DE ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO. I. Establecimiento de Quórum. II. III. IV. Lectura y aprobación del Acta de sesión anterior de la Junta General. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva. Presentación y aprobación del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios de Patrimonio correspondiente al ejercicio V. Lectura del Dictamen del Auditor Externo. VI. La Aplicación de Resultados del ejercicio VII. VIII. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios. Varios. Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente instalada, será necesario que estén presentes o representadas, por lo menos la mitad más una de todas las acciones en que está dividido el Capital Social de la Sociedad y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. Si no se lograse el Quórum de asistencia requerido para celebrar la junta en la fecha señalada, nuevamente se convoca para el día miércoles 6 de mayo a las 4:00 pm en el mismo lugar; en este caso la junta que tratará asuntos de carácter ordinario se llevará a cabo con el número de acciones presentes o representadas y las resoluciones se tomarán con el voto de la mayoría de las acciones presentes y representadas. Deseamos recordarle que respecto a las representaciones en las juntas generales de accionistas, el Artículo 131. Del Código de Comercio, establece lo siguiente: "No podrán ser representantes los administradores, ni el auditor de la sociedad. No podrá representar una solo persona más de la cuarta parte del capital social, salvo sus propias acciones y las de aquellas personas de quien sea representante legal". Enmendado: 5, mayo, 6, mayo, Vale. DR. RONAL ALBERTO CASTELLAS. SECRETARIO. 3 v. alt. No. C GERARDO BORJA FERGUSON, REPRESENTANTE LEGAL. 3 v. alt. No. F

271 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS San Salvador, a treinta días del mes de marzo del año dos mil quince. El infrascrito Apoderado General Administrativo de la Sociedad DUKE ENERGY INTERNATIONAL EL SALVADOR, S. EN C. DE C.V., MIGUEL ANGEL BARAHONA CRUZ, REPRESENTANTE LEGAL DE CACTIUSA DE R.L. AVISA: Que el señor NICOLAS ANTONIO PEÑA MARTINEZ, accionista de la sociedad Duke Energy International El Salvador, S. en 3 v. alt. No. F C. de C.V., por motivos de extravío, solicita la reposición del certificado de acciones siguiente: Certificado de acciones No.4690, emitido a favor del señor NICOLAS ANTONIO PEÑA MARTINEZ, que ampara 105 acciones nominativas comunes de serie única, con fecha 7 de junio de DISMINUCIÓN DE CAPITAL En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público ACUERDO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL MÍNIMO en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna DESTILERÍA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V. oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. En sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad "DESTILERÍA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V.", Antiguo Cuscatlán, a los seis días del mes de abril del dos mil del domicilio de Apopa, Departamento de San Salvador, en adelante la quince. "Sociedad", celebrada con las formalidades legales a las dieciséis horas con treinta minutos del día trece de marzo de dos mil quince, en el punto RAFAEL ARISTIDES MERI, I. de carácter Extraordinario, por unanimidad de votos de accionistas de la Sociedad se ACORDÓ: Disminuir el capital social mínimo de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO. la Sociedad que actualmente es de CUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS DÓLARES en adelante moneda de los Estados Unidos de América, para 3 v. alt. No. F que la Sociedad tenga como nuevo capital social mínimo la cantidad de DOSCIENTOS MIL DÓLARES, mediante la asignación de la cantidad AVISO LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE TRABAJADORES DE I.U.S.A., Y OTRAS EMPRESAS DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia CACTIUSA DE R.L., del domicilio de esta Ciudad. HACE SABER: Que a esta Asociación Cooperativa, se ha presentado el señor Julio César Flores Medrano, solicitando la reposición de Certificado de Depósito a plazo fijo número de la cuenta número , que devenga el cinco por ciento de interés anual para el plazo de cinco meses emitido por esta Asociación Cooperativa a su nombre el día 06 de marzo del año Si dentro de 30 días contados a partir de la última fecha de publicación de este aviso no se presente oposición alguna de éste, la Cooperativa procederá a reponer el mencionado certificado a plazo. de TRES MILLONES VECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS DÓLARES del capital mínimo actual de la Sociedad hacia el capital variable. Con lo anterior, el capital social total se mantendrá en la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE DÓLARES correspondiendo la cantidad DOSCIENTOS MIL DÓLA- RES al capital social mínimo y la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE DOLARES al capital social variable. En la Ciudad de Santa Tecla, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil quince. OSCAR ARMANDO MARTINEZ MORALES, EJECUTOR ESPECIAL. Lo cual se avisa al público para los efectos de Ley. 3 v. alt. No. F

272 272 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 BALANCE DE LIQUIDACIÓN 3 v. alt. No. F AVISO DE COBRO Lo anterior se hace del conocimiento del público para que toda persona que se crea con mejor o igual derecho, se presente hacer uso de él a más tardar dentro de los quince días siguientes de la última publicación EL INFRASCRITO COORDINADOR DE DESARROLLO HUMA del presente aviso. DE LA DIRECCION DEPARTAMENTAL DE EDUCACION, DEL Chalatenango, 18 de marzo de DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, DEL MINISTERIO DE EDUCACION, A QUIEN LE INTERESE PARA LOS EFECTOS DE LIC. ERNESTO ABREGO ORELLANA, LEY. COORDINADOR DE DESARROLLO HUMA CHALATENANGO. HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la Señora ROSA MAGDALENA GUTIERREZ DE MORALES, mayor de edad, con domicilio en Caserío El Coyolito, Km. 50 1/2, Carretera Troncal del Norte, Municipio de Tejutla, Departamento de Chalatenango, SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad de Seiscientos veintitrés 87/100 Dólares ($ ) a fallecimiento de su esposo, señor Angel María Morales Vásquez, NIP , ocurrió el día 15 de Febrero de dos mil quince, dejó pendiente de cobro en concepto de sueldo, quien se desempeñaba con el cargo de Profesor Docente Nivel 2 Categoría 5., en el Centro Escolar "Caserío Los Chaguites, C./ Los Planes", Jurisdicción de La Palma, Departamento de Chalatenango Código de Infraestructura 66044, según Partida N 22 Sub-número v. 1 v. c/3 d. No. F LA INFRASCRITA JEFE DE DESARROLLO HUMA DE LA DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE SAN SALVADOR De conformidad con el Artículo 142 de las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente. SE HACE SABER: Que a la Unidad de Desarrollo Humano de esta Departamental se ha presentado la Señora TERESA DE JESUS

273 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CALDERÓN RIVAS, mayor de edad, con domicilio en Lotificación Las Rosas Calle principal Pol. A N 8, municipio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, SOLICITANDO se le permita firmar los documentos respectivos y cobrar la cantidad de VECIENTOS VEINTISIETE 34/100 DOLARES ($ ), que al fallecimiento de su PADRE: El Señor SANTOS RIVAS GUEVARA, ocurrido el día 08 DE MARZO DE 2015, dejó pendiente de cobro, el salario correspondiente del 01 al 31 marzo de 2015, quien desempeñaba el Cargo de DOCEN- TE PN2 C2,. registrado con NIP : según los siguientes datos: Partida 22 Subnúmero Acuerdo de Refrenda No de fecha 6 de enero de 2015, correspondiente al período del 1. de enero al 31 de diciembre de Lo anterior se hace del conocimiento del público, para que toda persona que se crea con mejor o igual derecho se presente a hacer uso de él, a más tardar dentro de los quince días subsiguientes de la última publicación del presente aviso. Ministerio de Educación, San Salvador, a los siete días del mes de abril de dos mil quince. LIC. AMÉRICA MARISOL PEÑATE GUARDADO, COORDINADORA DE DESARROLLO HUMA. DEPARTAMENTAL DE EDUCACIÓN DE SAN SALVADOR. MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 43. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. 1 v. c/3 d. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado HAROLD CESAR LANTAN BARRIENTOS, en su calidad de APODERADO de "PAE GRUPO EMPRESARIAL", SOCIEDAD DE RESPONSA- BILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de junio del año dos mil catorce. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 39. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARIO EDUARDO MAGAÑA DIAZ DEL PINAL, de nacionalidad SALVA- DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión MULTI EXPRESS y diseño, que servirá para: AMPARAR SERVICIOS DE MENSAJERÍA [CORREO O MERCANCÍAS]; SERVICIOS DE ENVÍO DE PAQUETES; SER- VICIOS DE TRANSPORTE; SERVICIOS DE CARGA. Clase: 39. La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de febrero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, Consistente en: la frase gastronómica contempo y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACION (ALI- MENTACION). Clase: 43. SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

274 274 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: DO de LABORATORIOS VIZCAI, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA- DO de LABORATORIOS VIZCAI, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO; DOGAMIN Consistente en: la palabra DOGAMIN, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA USO HUMA. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F Consistente en: la palabra Motrax y diseño, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA USO HUMA. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA- DO de LABORATORIOS VIZCAI, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR DISSUALON Consistente en: la palabra DISSUALON, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA USO HUMA. Clase: 05. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA- La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil quince.

275 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil quince. nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA- DO de LABORATORIOS VIZCAI, SOCIEDAD ANIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, PEPSILOX Consistente en: la palabra PEPSILOX, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMA. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de marzo del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F Consistente en: la palabra OSSIFOR y diseño, que servirá para: AMPARAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMA- CEUTICAS PARA USO HUMA. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado NYDIA MARCELA REYES REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la expresión Ryss y diseño, que servirá para: AM- PARAR: BLUSAS, VESTIDOS, PANTALONES, FALDAS, MEDIAS, ZAPATOS, CALCETINES, SUETER, BUFANDAS. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil quince. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADORA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERA- DO de LABORATORIOS VIZCAI, SOCIEDAD ANIMA, de RUTH EMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

276 276 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SECCIÓN DO CU MEN TOS OFICIALES MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL ESTATUTOS DEL SINDICATO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE CIUDAD ARCE. --SITCA-- CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DEMINACIÓN, CLASE, DOMICILIO, LEMA Y BANDERA Art. 1.- Queda constituido de conformidad al acto de asamblea de constitución celebrada a las quince horas del día catorce de enero de dos mil quince, por trabajadores que prestan sus servicios para y a la orden de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, de clase Servidores Públicos, denominado SINDICATO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE CIUDAD ARCE, cuyas siglas son: -SITCA- y en lo sucesivo podrá denominarse como el Sindicato. Art. 2.- El Sindicato tendrá como domicilio el Municipio de Ciudad Arce, departamento de La Libertad. Pero por cualquier circunstancia especial podrá ser trasladado a cualquier otro departamento de la República. Art. 3.- El emblema del sindicato será: un círculo color rojo, el centro del círculo contendrá: un camión recolector, una escoba, y una figura de secretaria; en la parte superior del círculo, se leerá el nombre del sindicato, las siglas del sindicato se leerán en la parte inferior del círculo, de la parte media del círculo hacia abajo contendrá lo que es el piñón del desarrollo, y el lema del sindicato rezará: "TRABAJO, DIGNIDAD Y LUCHA PERMANENTE". CAPÍTULO II OBJETIVOS Y FINES DEL SINDICATO Art. 4.- El objetivo del Sindicato es la fomentación y defensa de los intereses económicos, sociales, culturales y profesionales de sus miembros afiliados, por tanto sus fines son: a) Incorporar en su seno a todos los empleados que laboren para la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, y que deseen afiliarse al mismo, siempre que no sean empleados con funciones de poder decisorio, cargos directivos o cuyas obligaciones son de naturaleza altamente confidencial, ni estar excluido de la carrera administrativa; b) Fomentar los sentimientos de solidaridad y ayuda entre sus miembros; c) Fomentar la cultura, moral, ética y técnica de sus miembros estableciendo o subvencionando escuelas y bibliotecas; d) Celebrar contratos colectivos de trabajo, de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Servicio Civil; e) Velar por el estricto cumplimiento del Contrato Colectivo de Trabajo, del reglamento interno del Sindicato, así como denunciar ante quien corresponda, las irregularidades que ocurran en su aplicación; f) Procurar la recreación de sus miembros fomentando la práctica de los deportes, las artes y la cultura; g) Afiliarse a Federaciones de trabajadores que estén reconocidos por la Ley; h) Representar a sus miembros a requerimientos escritos de éstos en el ejercicio que emanen de las leyes laborales y el Contrato Colectivo de Trabajo; i) Implementar buenas prácticas con el fin de brindar una buena atención al público, participando activamente en la concientización y capacitación del personal; j) Colaborar en la resolución de conflictos suscitados en la administración pública aportando ideas que encaminen a una solución satisfactoria para las partes; k) Adquirir los bienes necesarios para el desarrollo de sus actividades; y, l) Establecer relaciones con organismos nacionales e internacionales, que sustenten principios ideológicos afines y suspenderlos cuando no convenga a los intereses del sindicato. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO Art. 5.- Todos los miembros del sindicato son iguales en el goce de sus derechos y en el cumplimiento de las obligaciones. En consecuencia a nadie podrá reconocérsele o atribuírsele ningún privilegio en el gobierno, administración y funcionamiento del sindicato. Art. 6.- El sindicato se integrará con todos los empleados y trabajadores de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, que voluntariamente ingresen al mismo. Art. 7.- Para ser miembro del Sindicado se requiere: a) Ser empleado de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce; b) No pertenecer a otro sindicato; c) Ser mayor de dieciocho años de edad; d) Pagar el valor de la cuota de admisión; e) Presentar a la Junta Directiva respectiva del Sindicato, solicitud de ingreso firmada cuando se trate de nuevos miembros prometiendo en ella cumplir estos Estatutos y reglamento interno del Sindicato, las estipulaciones del contrato colectivo y demás acuerdos y resoluciones de la Asamblea; y, f) Observar buena conducta en público y privado.

277 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de Art. 8.- Son deberes y obligaciones de los miembros del Sindicato: a) Prestar su concurso personal, material, económico y moral, para la consecución de los fines del Sindicato; b) Pagar las cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias establecidas en los presentes estatutos; c) Asistir puntualmente a todas las sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea, Junta Directiva y de las Comisiones; d) Respetar en todo momento a los miembros de la Junta Directiva y de las comisiones del Sindicato, en el desempeño de sus actividades; e) Acatar y cumplir fielmente las resoluciones tomadas por Asamblea y la de los Organismos Directivos que tengan fuerza legal; f) Respetar a los miembros en general manteniendo relaciones laborales armoniosas; g) Excusarse y hacerse representar por escrito cuando estén impedidos para asistir a dichas sesiones; y, h) Los demás que establecen los presentes estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. Art. 9.- Son derechos de los miembros del Sindicato: a) Poseer un carné que los identifique como miembros del sindicato, el cual será extendido por la Secretaría General y la Secretaría de Organización y Estadística de la Junta Directiva; b) Participar con voz y voto en los debates de la Asamblea y presentar proposiciones e iniciativas; c) Elegir y ser electo para los cargos de dirección y en las comisiones o delegaciones, excepto cuando no se encuentran solventes en el pago de sus cuotas sindicales sin causa justificada; d) Pedir la intervención del sindicato para el estudio y resoluciones de los problemas individuales y colectivos de sus miembros; e) Pedir a la Junta Directiva información sobre cualquier aspecto que interese a la organización; y, f) En general a todas las ventajas y prestaciones económicas sociales que se establezcan en los presentes estatutos, Reglamento Interno del Sindicato y acuerdos de Asamblea. CAPÍTULO IV DE LA ESTRUCTURA DEL SINDICATO Y GOBIER DEL SINDICATO Art El gobierno del Sindicato estará a cargo de los órganos siguientes: a) Asamblea; y, b) Junta Directiva. CAPÍTULO V DE LA ASAMBLEA Art La Asamblea estará integrada por la totalidad de los miembros del sindicato y será la máxima autoridad de la organización sindical. Art Para que pueda celebrar válidamente sus sesiones, es necesario que concurran a ella la mitad más uno del total de los miembros afiliados al Sindicato que se encuentren activos y solventes. La Asamblea se reunirá ordinariamente dentro de los quince días anteriores al día catorce de Enero de cada año y extraordinariamente cuando sea convocada por la Junta Directiva o cuando lo soliciten por escrito el veinticinco por ciento de los miembros activos y solventes del Sindicato, quienes tendrán competencia para resolver todos aquellos asuntos concernientes al mismo. Las convocatorias a Asamblea ordinaria y extraordinarias, se harán por cualquier medio de publicidad escrita, con quince días si fuere ordinaria y de dos días por lo menos si fuera extraordinaria. Si no hubiere quórum, en la primera convocatoria se podrá convocar en el acto para otra Asamblea, la cual será considerada como de segunda convocatoria, pudiendo celebrarse inmediatamente después de aquella para la cual no hubo quórum, esta segunda Asamblea se celebrará con el número de afiliados presentes y las resoluciones y acuerdos que en ella se tomen serán de acatamiento forzoso para todos los miembros. Lo anterior deberá hacerse constar en el acta respectiva. Art.13.- En caso de que la Junta Directiva se negare a convocar para una Asamblea, la convocatoria deberán realizarla diez o más miembros del Sindicato quienes la firmarán explicando en la misma por qué se procede de esa forma. Reunida la Asamblea tomarán los acuerdos pertinentes eligiendo una Comisión conformada por un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario para que presidan la sesión y los acuerdos que en esta Asamblea se tomen, serán válidos y de acatamiento forzoso para todos los miembros. Las funciones de la Comisión, caducarán al finalizar la sesión. Art Las atribuciones de la Asamblea son: a) Elegir en Asamblea Ordinaria, a los miembros de la Junta Directiva, quienes durarán en sus funciones un periodo de un año pudiendo ser reelectos en forma total o parcial en los mismos o diferentes cargos; b) Aprobar la reforma de los presentes estatutos; c) Destituir de sus cargos a los miembros de la Junta Directiva, cuando legal o estatutariamente haya motivo para ello, previo dictamen de la comisión de honor y justicia; d) Acordar la suspensión o expulsión de uno o más miembros del sindicato de conformidad a lo prescrito en los estatutos; e) Proceder a llenar toda vacante que se presentare en la Junta Directiva, sea ésta por: renuncia, destitución, expulsión u otra causa;

278 278 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 f) Elegir a los miembros de las Comisiones de Honor y Justicia, de Hacienda, y las demás comisiones que fueran necesarias para el mejor funcionamiento del sindicato; g) Acordar la suspensión de los derechos sindicales en los casos contemplados en los presentes estatutos; h) Aprobar la memoria anual que de sus actividades rendirá la Junta Directiva y las Comisiones de Honor y Justicia y Comisión de Hacienda; i) Aprobar el informe anual de ingreso y egresos de todo el sindicato y velar por mantener la estabilidad económica del mismo; j) Fijar el monto de las cuotas de admisión, así como las ordinarias y extraordinarias y la cantidad máxima que en concepto pueda cobrarse de las mismas; k) Acordar la afiliación o retiro cuando así le convenga a los intereses del Sindicato, a una Federación y elegir anualmente a tres representantes ante la federación a la cual esté afiliado; l) Aprobar en definitiva todos los actos que haya celebrado la Junta Directiva para beneficio del sindicato; m) Aprobar los gastos del sindicato que excedan de mil dólares; n) Acordar con dos tercios de votos de los miembros por lo menos, la disolución del sindicato, de acuerdo con la Ley de Servicio Civil y los estatutos; y, o) Todas las demás que le asigna la ley, estos Estatutos y Reglamento interno del Sindicato. Art En las Asambleas ya sean éstas, Ordinarias o Extraordinarias, deberá seguirse el procedimiento siguiente: 1. El Secretario General una vez comprobado el quórum, declarara abierta la sesión. 2. Seguidamente el Secretario General dará lectura a la agenda la cual contendrá: a) Comprobación de quórum; b) Lectura, discusión y aprobación del acta de la sesión anterior; y, c) Asuntos generales y acuerdos, dando preferencia a los más importantes. 3. Puesto a discusión un punto, la persona que presida la Asamblea concederá el uso de la palabra tomando en cuenta el orden de la solicitud hasta tres oradores en pro y tres en contra. Agotada la lista de oradores consultará si el asunto se considera suficientemente discutido y en caso de ser negativo se procederá en la misma forma hasta agotar el debate. 4. Solamente se concederá el uso de la palabra interrumpiendo la lista de oradores para verdaderas mociones de orden. 5. La persona que presida la sesión retirará el uso de la palabra: a) Cuando el orador se exprese de forma insolente en contra de alguno de los miembros de la Organización; y, b) Cuando el orador se encuentre en estado inconveniente. En los demás casos deberá sujetarse a las reglas del procedimiento establecido en los presentes Estatutos. CAPÍTULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y administración del Sindicato y se compondrá de once miembros quienes serán electos para los cargos siguientes: a) Secretaría General; b) Secretaría de Organización y Estadística; c) Secretaría Primera de Conflictos; d) Secretaría Segunda de Conflictos; e) Secretaría Tercera de Conflictos; f) Secretaría de Finanzas; g) Secretaría de Actas, Acuerdos y Asuntos Femeninos; h) Secretaria de Prensa y Propaganda; i) Secretaría de Educación y Cultura; j) Secretaría de Asistencia y Previsión Social; y, k) Secretaría de Relaciones Nacionales e Internacionales. La representación judicial y extrajudicial del sindicato serán ejercidos por la Secretaría General, Secretaría de Organización y Estadística y Secretaría Primero de Conflictos; quienes ejercerán tal facultad en forma conjunta o separadamente, pudiendo éstos otorgar poderes para tal representación. Art En caso de ausencia o de impedimento de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, por más de quince días, asumirá el cargo respectivo el Secretario que sigue en el orden que aparece nominado en el artículo anterior. Si se tratare del último de los Secretarios nominados, asumirá el cargo el Secretario General. Para que operen dichas sustituciones será necesario que en acta de sesión de Junta Directiva se haga constar el hecho de la ausencia o impedimento y se establezca la fecha de iniciación de funciones del sustituto, siempre que la ausencia o impedimento sean justificados. Si falleciere cualquier miembro de la Junta Directiva o la ausencia o impedimento durase más de sesenta días, la Junta Directiva deberá poner tal circunstancia en conocimiento de la Asamblea a fin de que ésta elija al sustituto para ocupar la vacante, en forma definitiva, por el tiempo que faltare el secretario sustituido, para cumplir el mandato por

279 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de el cual fue electo. La sustitución definitiva no operará cuando la ausencia d) Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos; se deba a estudios que se encuentra realizando el respectivo secretario, e) Convocar a Asambleas Ordinaria o Extraordinarias en la forma la Junta Directiva estará obligada a informar a la próxima Asamblea la y en los casos establecidos en los presentes estatutos; concesión de este permiso. f) Presentar el presupuesto anual al iniciarse su gestión ante la Asamblea, para su aprobación; Art. 18.-La Junta Directiva entrará en el ejercicio de sus funciones y tomará posesión de su cargo el día catorce de Enero de cada año. La Junta Directiva saliente estará en la obligación de entregar a la entrante por inventario todos los haberes y asuntos que hayan estado a su cargo, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de la toma de posesión. De esta entrega se levantará acta detallada y firmada por los miembros g) h) Presentar un balance anual a la Asamblea por medio de la Secretaria de Finanzas o cuando la Comisión de Hacienda lo solicite; Negociar los Contratos Colectivos de Trabajo de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Servicio Civil; de ambas Juntas Directivas. Los miembros salientes que no cumplan i) Atender y resolver los problemas y solicitudes de sus miembros con la obligación de entregar por inventario quedarán inhabilitados de y velar porque los derechos de los trabajadores individuales ocupar cargos durante dos períodos consecutivos contados a partir de o colectivos sean respetados; la fecha de su incumplimiento conforme al procedimiento establecido en los presentes estatutos. j) Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más Instituciones Bancarias de la República, sin perjuicio del mantenimiento de un fondo circulante de trescientos dólares Art Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere: en la Secretaría de Finanzas, para atender los gastos administrativos a) Ser salvadoreño por nacimiento; y urgentes; b) Ser mayor de dieciocho años de edad; k) Llevar un libro para el registro de los miembros del Sindicato, c) Ser miembro activo y solvente del sindicato; así como también los libros de actas de Junta Directiva y de Asamblea y los de Finanzas que sean necesarios, dichos d) Ser de honradez y capacidad notoria; libros deberán ser autorizados por la Sección respectiva del e) No formar parte de otro órgano de gobierno o dirección del sindicato; Para que pueda celebrarse una sesión de Junta Directiva será necesario que concurran o estén representados, la mayoría de sus miembros. Los directivos están en la obligación de asistir a todas las sesiones, bajo pena de hacerse acreedores a las sanciones correspondientes contempladas en los presentes Estatutos, por el incumplimiento de su deber sin causa justificada. Ministerio de Trabajo y Previsión Social; l) Remitir a la Sección respectiva del Ministerio de Trabajo y f) Ser empleado de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce; y, Previsión Social, las actas de elección de la Junta Directiva, g) No ser empleado con funciones de poder decisorio, cargos directivos o cuyas obligaciones sean de naturaleza altamente confidencial. así como las renuncias, amonestaciones de sus miembros, cambios de miembros de la Junta Directiva del Sindicato, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de haber efectuado el acto; m) Comunicar una vez por año al Ministerio de Trabajo y Art La Junta Directiva se reunirá ordinariamente cada mes Previsión Social la nómina actualizada de los miembros del y extraordinariamente cuantas veces fuere necesario, por convocatoria sindicato; del Secretario General, por iniciativa propia o a petición de cinco directivos. n) Comunicar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, los casos de expulsión y de suspensión de los miembros del Sindicato con expresión de motivo, en un plazo no mayor de diez días contados a partir de aquel en que la sanción haya sido acordada; o) Vigilar las votaciones de la Asamblea especialmente en lo relativo al voto individual y secreto; p) Rendir cuentas del patrimonio del Sindicato a los afiliados, por lo menos una vez al año; Art Son atribuciones de la Junta Directiva las siguientes: a) Resolver todos aquellos asuntos que sean de su competencia; b) Nombrar a las Comisiones necesarias para el mejor desempeño de sus funciones; c) Revisar las operaciones contables de la Secretaria de Finanzas y presentar el informe financiero de la misma ante la Asamblea; q) Autorizar por mayoría de votos los gastos mayores de trescientos dólares; r) Velar por el cumplimiento de estos Estatutos, Reglamento Interno del Sindicato y demás acuerdos y resoluciones que emanen de los órganos de gobierno del Sindicato; s) Resolver todos aquellos asuntos administrativos relacionados con el Sindicato, que no estuvieren especialmente encomendados a otro Órgano del mismo; y, t) Las demás que determinen sus Estatutos.

280 280 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CAPÍTULO VII DE LAS ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA Art Son atribuciones de la Secretaría General: d) Mantener activa la labor de organización con el objeto de que al Sindicato pertenezcan la totalidad de los trabajadores de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce; e) Representar judicial y extrajudicialmente al sindicato, conjunta o separadamente del Secretario General y con el Secretario Primero de Conflictos de la Junta Directiva; a) Convocar y presidir la sesión de la Junta Directiva y de Asamblea; f) Mantener la constante disciplina de los miembros del sindicato; y, b) Coordinar las actividades de los demás miembros de la Junta Directiva; g) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. c) Elaborar la agenda para las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea; Art Son atribuciones de la Secretaría Primera, Segunda y d) Rendir un informe de las actividades de la Junta Directiva Tercera de Conflictos: en las Asambleas Ordinarias y en las extraordinarias cuando fuere requerido por veinticinco miembros del sindicato activos y solventes; a) Atender los conflictos individuales y colectivos de los miembros del Sindicato; b) Representar a los miembros del Sindicato al ser requerido e) Juramentar a los miembros de nuevo ingreso al Sindicato y a las Comisiones del Sindicato; por éstos, ante la Municipalidad en sus diversos niveles jerárquicos; f) Firmar todos los documentos importantes, tales como recibos, bonos, credenciales, carné, etc., asimismo, deberá autorizar con su firma la documentación expedida por el resto de c) Velar porque se cumplan los Contratos Colectivos de Trabajo y comunicar a la mayor brevedad posible a la Junta Directiva cualquier violación e incumplimiento a las mismas; secretarías; d) Procurar para los trabajadores las mejores condiciones de g) Resolver problemas de carácter inmediato y urgente que se trabajo; presente en el aspecto administrativo e informarlo a la Junta e) Velar porque se respeten los derechos de los trabajadores Directiva; municipales y mantener informada a la Junta Directiva y a h) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos, Reglamento Interno y los acuerdos y resoluciones de Asamblea y la Junta Directiva; i) Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato, conjunta o separadamente del Secretario de Organización y Estadística y con el Secretario Primero de Conflictos; y, de Organización y Estadística de la Junta Directiva; esta atribución únicamente se refiere al Secretario Primero de Conflictos; y, j) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. g) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento interno del sindicato. Art Son atribuciones de Secretaría de Organización y Estadística: a) Presidir la Asamblea del Sindicato en caso de ausencia del secretario general, adquiriendo sus atribuciones, obligaciones, deberes y facultades, así también sustituirlo durante su ausencia, en caso de que ésta sea temporal hasta su regreso, o hasta que se realice un nuevo nombramiento en caso de ser definitiva; b) Llevar ordenadamente el libro de inscripción de los miembros del Sindicato, debidamente autorizado por la sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; c) Llevar el archivo del sindicato y un expediente personal de cada uno de sus miembros para que éste sirva a la Asamblea como insumo en la toma de decisiones respecto a los afiliados; la Asamblea de la situación de los mismos; f) Representar judicial y extrajudicialmente el sindicato conjunta o separadamente con el Secretario General y con el Secretario Art Son atribuciones y deberes de la Secretaría de Finanzas: a) Elaborar el presupuesto anual del sindicato y someterlo a consideración de la Junta Directiva; b) Custodiar los bienes del Sindicato; c) Firmar todos los documentos que tengan relación con su secretaría y rendir informes periódicos a la Junta Directiva y a la Comisión de Hacienda cuando ésta así lo requieran; d) Recolectar las cuotas sindicales ordinarias y extraordinarias contempladas en estos Estatutos y extender los correspondientes recibos; e) Registrar su firma en las instituciones financieras donde hayan depósitos y firmar cheques conjuntamente con el secretario general;

281 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de f) Planear con la Secretaría de Cultura y Educación la mejor forma de recrear a los miembros afiliados; Art Son atribuciones y deberes de la Secretaría de Cultura y Educación: g) Llevar en forma debida los libros de Finanzas que sean necesarios, los cuales deben ser autorizados por el departamento respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; h) Presentar al concluir sus funciones, el estado de cuentas acompañados de los documentos y comprobantes de caja correspondientes; i) Entregar por inventario fondos y demás haberes a su cargo pertenecientes al Sindicato, por sustitución temporal o definitiva. De esto deberá levantarse el acta correspondiente; y, j) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. Art Son atribuciones de la Secretaría de Actas, Acuerdos y Asuntos Femeninos: a) Asistir con puntualidad a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea e informarles a los mismos, de ser requeridos para ello, los acuerdos tomados anteriormente; b) Llevar asentadas de manera cronológica las actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea, así como llevar los libros que sean necesarios, debidamente autorizados por la sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; c) Certificar las actas o puntos de actas de las sesiones de Asamblea y de la Junta Directiva, así como también los acuerdos tomados por las mismas; Art Son atribuciones y deberes de la Secretaría de Prensa y b) Redactar y contestar la correspondencia oficial del sindicato, Propaganda: debiendo firmar la misma con el visto bueno de la Junta a) Crear, dirigir y divulgar el periódico del sindicato; b) Dar a conocer por cualquier medio de difusión escrita, electrónico a los afiliados los principios y objetivos del sindicato, su programa de lucha, así como la labor que realiza; c) Llevar un archivo de todos los materiales que divulga el Sindicato; d) Promocionar los acontecimientos trascendentes del sindicato y denunciar aquellos aspectos que lastimen los intereses del Sindicato y de los trabajadores; y, e) Las demás atribuciones y deberes que le impongan estos Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. a) Organizar la Biblioteca del Sindicato a nivel nacional; b) Velar porque la cultura general de los afiliados, alcance un nivel aceptable procurando que éstos tengan un comportamiento decoroso; c) Organizar cursos de capacitación sindical, de relaciones humanas, de relaciones públicas y todos los demás de interés a los afiliados del Sindicato; y, d) Las demás atribuciones y deberes que impongan estos Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. Art Son atribuciones de la Secretaría de Asistencia y Previsión Social: a) Estar pendiente del estado de salud de los miembros del Sindicato y gestionar la ayuda que necesitan; b) Visitar las dependencias asistenciales, sean éstas particulares o del Instituto Salvadoreño del Seguro Social con el objeto de interesarse de la atención a que son acreedores los trabajadores afiliados al Sindicato; c) Estudiar con debido esmero los materiales e indicaciones que sobre seguridad social divulgan las correspondientes instituciones; d) Luchar porque en la municipalidad, se establezcan botiquines eficientes para los casos de emergencia y clínicas debidamente equipadas; y, d) Informar sobre las actas o puntos de las mismas a quienes lo e) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento Interno del Sindicato. soliciten, previa autorización de la Junta Directiva; e) Expedir en Conjunto o separadamente con el Secretario General las certificaciones de Actas y Acuerdos; f) Redactar los acuerdos de la Junta Directiva y Asamblea; y Art Son atribuciones y deberes de la Secretaría de Relaciones posteriormente asentarlos en el libro correspondiente; y, Nacionales e Internacionales: g) Realizar o participar en aquellas actividades tendientes a a) Estrechar vínculos de amistad con otras organizaciones sindicales nacionales e internacionales que sean compatibles con mejorar las condiciones laborales, económicas y sociales de la mujer. los intereses de la clase trabajadora, enviándoles publicaciones e informativos del Sindicato; Directiva; c) Atender en compañía del Secretario General todas las delegaciones extranjeras y nacionales que visiten el Sindicato; d) Informar a la Asamblea de la correspondencia recibida y enviada por su secretaria; y, e) Las demás atribuciones y deberes que le impongan los presentes Estatutos y Reglamento Interno del sindicato. Art Los miembros de la Junta Directiva responderán solidariamente de la custodia, manejo e inversión de los fondos y cualquier propiedad del sindicato, que estuvieran a su cargo.

282 282 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CAPÍTULO VIII DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Art Créase la Comisión de Hacienda, la cual estará formada por tres miembros: un presidente, un vicepresidente y un secretario; debiendo ser de honorabilidad y competencia reconocida; electos por la Asamblea en la misma sesión en que se elige la Junta Directiva. De esta comisión no podrán formar parte quienes desempeñen otros cargos de Gobierno o Dirección dentro del Sindicato. Art En el desarrollo de sus funciones la Comisión de Hacienda se regirá a las siguientes reglas: a) Podrá inspeccionar, siempre que lo crea conveniente, el movimiento financiero del Sindicato, ya sea directamente o por medio de un auditor que a solicitud de ella, nombre la Asamblea; b) Deberá permitir o solicitar la presencia en el acto de la inspección en la persona que tenga a su cargo las cuentas respectivas, quien estará obligada a suministrar los datos que fueren necesarios; c) Cuando comprobare hechos que constituyen malversaciones de fondos Sindicales, lo pondrá en conocimiento de la Comisión de Honor y Justicia, acompañado de un informe circunstanciado para los efectos consiguientes; d) Podrá actuar a petición de la Junta Directiva, o cuando recibiere el informe correspondiente; y, e) En todo caso podrá asesorarse de una persona versada en materia contable para el mejor desempeño de sus funciones. CAPÍTULO IX DE LA COMISIÓN DE HOR Y JUSTICIA Art Créase la Comisión de Honor y Justicia la cual estará conformada por tres miembros: un presidente, un vicepresidente y un secretario, electos por la Asamblea en la misma sesión en que se elige la Junta Directiva. Para ser electo miembro de esta comisión se requiere ser mayor de dieciocho años de edad, de competencia y honorabilidad reconocida y no pertenecer a otro órgano de Gobierno o Dirección dentro del sindicato. Art Para la aplicación de las medidas disciplinarias a que se refiere el capítulo XI, de los presentes Estatutos, conocerá la Comisión de Honor y Justicia, ya sea de oficio o por denuncia hecha por alguno de los miembros del Sindicato. Esta comisión recogerá la información necesaria al afecto, utilizando los medios probatorios posibles, observando todos los derechos y garantías del debido proceso. La comisión hará saber la denuncia al acusado, quien tendrá derecho a defenderse personalmente o por medio de un defensor. Transcurridos tres días sin que el acusado haya hecho uso de su derecho, la Comisión de Honor y Justicia le nombrará un defensor de oficio. En todo caso, los defensores deberán ser miembros del Sindicato. De toda sanción que se pretenda imponer, se deberá crear un expediente. Art Concluida la investigación a que se refiere el artículo anterior, la Comisión de Honor y Justicia fallará definitivamente cuando trate de imponer la pena de suspensión, admitiéndose en este caso, apelación ante la Asamblea, pero si se tratare de imponer las sanciones de destituciones y expulsión de los miembros de la Junta Directiva, la Comisión de Honor y Justicia pondrá el caso a conocimiento de la Asamblea, recomendándole la resolución que conforme a la ley y a los presentes estatutos convenga para que ésta decida en definitiva, imponiendo la sanción o absolviendo al acusado. De esta resolución sólo se admitirá revisión en la próxima Asamblea. CAPÍTULO X DE LAS VOTACIONES Y ELECCIONES Art En la elección de miembros que integran a la Junta Directiva, Comisiones de Hacienda y de Honor y Justicia, Aprobación de Presupuesto, Cuentas y Memorias del Sindicato el voto será secreto y en los demás casos será público, según lo establecido por la Ley de Servicio Civil y los presentes estatutos. En todo caso, las proposiciones para elección de los miembros a que se refiere el inciso anterior, serán hechas por la Asamblea respectiva, de forma y número que ella misma acuerde. Art Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma que la Junta Directiva determine y su recuento será por los miembros de la misma. Si se tratare de una votación secreta se procederá en la forma siguiente: 1. El voto será emitido por escrito, en papeletas que a cada uno de los votantes proporcionará la Junta Directiva. 2. Después de hechas las proposiciones pertinentes, se llenarán las respectivas papeletas; verificando lo anterior, serán recogidas por la Junta Directiva o por la comisión de escrutinio. 3. El escrutinio se verificará inmediatamente por la comisión nombrada para tal efecto, dándose a conocer a la asamblea el resultado de la votación. Art La Asamblea respectiva, previo establecimiento de oficio o por denuncia de terceros de las anomalías e irregularidades, comprobadas de la forma que determina la ley, que hayan ocurrido en el proceso electoral, declarará nulas las elecciones en forma total o parcial e impondrán a los infractores las sanciones correspondientes, debiendo realizarse nuevas elecciones en la misma Asamblea o en la siguiente. CAPÍTULO XI DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Art Se establecen para efectos de control y disciplina sindical las sanciones a que se harán acreedores los miembros del sindicato, tales sanciones son las siguientes: a) Amonestación y multas; b) Suspensión de los derechos Sindicales, esta suspensión no podrá ser menor de treinta días ni mayor de noventa;

283 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de c) Destitución del cargo en los Órganos de Gobierno o Dirección del Sindicato; y, d) Expulsión del Sindicato. e) Agresión física o moral en contra de los miembros del sindicato; y, f) Por reincidencia de cualquiera de los casos de amonestación. Art. 41. Los miembros serán amonestados: a) Por inasistencia a las Asambleas ordinarias y extraordinarias sin causa justificada. La primera amonestación será privada en sesión de Junta Directiva, y en los demás casos será pública, realizándose en sesión de Asamblea; cuando las inasistencias sean sin causa justificada le será impuesta una multa de un dólar con catorce centavos de dólar, o su equivalente en moneda de curso legal, por cada falta y cincuenta y siete centavos de dólar, o su equivalente en moneda de curso legal, por llegar a la sesión quince minutos después de la hora señalada por la Junta Directiva; b) Por desempeñar negligentemente las comisiones que se le hubiere encomendado; y, c) Por llegar a las sesiones en estado inconveniente o alterar el orden dentro de ellas. Art Los afiliados serán suspendidos en sus derechos sindicales hasta por noventa días según la gravedad de la falta en los siguientes casos: a) Mora en el pago de las cuotas sindicales sin motivo justificado; b) Actos difamatorios en contra del Sindicato o de los miembros del mismo; c) Negación sin causa justa a desempeñar las comisiones encomendadas; y, d) Abstenciones de votar en asuntos de importancia sindical, sin causa justificada. Art Son causas para destituir a quienes desempeñan cargos en la Junta Directiva y en las comisiones las siguientes: a) Falta de eficiencia o dedicación en la gestión administrativa; b) Usurpación de funciones; c) Cometer o propiciar fraude electoral; d) Aprovechamiento de la posición directriz para conseguir ventajas personales; y, e) Manejo fraudulento de los fondos o propiedades del Sindicato. Art Son casos de expulsión los siguientes: a) Falta de probidad, lealtad o dedicación sindical; b) Negativa injustificada a cumplir las disposiciones y acuerdos importantes tomados por los órganos de gobierno del Sindicato; c) Labor disociadora sindical, entendida como toda actividad tendiente a desestabilizar la unidad de la organización; d) Por traición, es decir, hacer maniobras que pongan en peligro la seguridad y buena marcha de la organización; CAPÍTULO XII RÉGIMEN ECONÓMICO DEL SINDICATO Art Forman el Patrimonio del Sindicato: a) Las cuotas sindicales; b) Los bienes muebles e inmuebles que adquiere el sindicato para su funcionamiento; c) Las herencias, legados y donaciones que le hicieren y que no comprometan al sindicato; y, d) Los demás bienes, derechos y créditos que existen o que se constituyen en su favor. Art La cuota ordinaria será de tres dólares mensuales y la cuota Extraordinaria será en la cuantía que la Asamblea determine. La cuota ordinaria se cobrará cada mes ya sea por descuento del salario, el cual hará efectivo la municipalidad, o por entrega al Secretario de Finanzas quien extenderá el recibo correspondiente. Art Los fondos se aplicarán en los gastos del Sindicato en la forma siguiente: veinte por ciento para administración, un setenta por ciento para gastos de Secretarías y el diez por ciento restante se destinará al fondo de reserva, hasta alcanzar la cantidad de trescientos dólares. Art Para el retiro parcial o total de los fondos se requiere el respectivo cheque con las firmas del Secretario General y el Secretario de Finanzas quienes para el efecto los harán conocer previamente en la Institución respectiva. Se establecen como suplente de los miembros de la Junta Directiva mencionados en el inciso anterior al Secretario de Organización y Estadística y el Secretario Primero de Conflictos, quienes estarán en la obligación de registrar sus firmas, debiéndose únicamente enviar a la entidad Bancaria correspondiente, el informe de la ausencia del titular para los efectos consiguientes. CAPÍTULO XIII DE LA ACEFALIA Y DISOLUCIÓN DEL SINDICATO Art En caso de que el Sindicato quedare acéfalo, podrán convocar a la Asamblea diez o más miembros activos y solventes, quienes firmarán la convocatoria y harán constar en ella, que en esta reunión se tratarán únicamente lo relativo a la acefalia. Reunida la Asamblea se nombrará una comisión integrada por tres miembros, quienes presidirán la sesión y los acuerdos tomados en ella serán válidos, en dicha sesión se elegirá a la nueva Junta Directiva. Una

284 284 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 vez electa la Junta Directiva, deberá convocar a otra Asamblea, en la cual se podrán tomar los acuerdos necesarios para la buena marcha del Sindicato. Mas si el Sindicato se encontrare afiliado a una Federación de Sindicatos, la Junta Directiva Federal de ésta, podrá convocar a los miembros del Sindicato a sesión de Asamblea Extraordinaria y harán constar en ella que en esta reunión se tratará únicamente lo relativo a la acefalia. Una vez constituida la Asamblea Extraordinaria se seguirá el procedimiento establecido en el inciso segundo de este artículo. Res. 9/2015 San Salvador, a las catorce horas con veinticinco minutos del día veinticinco de marzo del año dos mil quince. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. Art La disolución voluntaria del Sindicato solamente podrá acordarse por el voto de dos terceras partes de afiliados en Asamblea convocada al efecto. Art. 51.-Decretada la Disolución, conforme al artículo anterior, la Asamblea nombrará un delegado para que procedan a liquidar los fondos y valores del Sindicato. Art. 52.-Practicada la liquidación, los fondos del Sindicato pasarán a formar parte del patrimonio de la Federación al que estuviere afiliado al momento de la disolución, o en su defecto a la persona jurídica que designe la Asamblea. En el caso que la disolución del Sindicato sea forzosa, se aplicará lo dispuesto a este mismo artículo. Pero la Asamblea lo entregará a una fundación que desarrolle obra social a favor de los trabajadores de escasos recursos. CAPÍTULO XIV DISPOSICIONES GENERALES Art Los representantes electos por el sindicato tendrán plenas potestades para representar a los trabajadores de la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, pudiendo además plantear por escrito problemas laborales que no necesiten intervención de la Junta Directiva. Art A más tardar cinco meses después de entrar en vigencia los presentes Estatutos, la Junta Directiva deberá elaborar el proyecto de Reglamento Interno del Sindicato para someterlo a aprobación de la Asamblea. Art Las obligaciones contraídas por los miembros de la Junta Directiva, obligan al Sindicato siempre que ellos actúen dentro de sus facultades legales. Art El Sindicato respaldará con su apoyo moral a todo trabajador y trabajadora afiliado. Este apoyo estará sujeto a lo dispuesto por el Reglamento Interno del Sindicato. Art El Sindicato no persigue más fines que aquellos dirigidos exclusivamente a la defensa de los intereses económicos, sociales, culturales y profesionales de los trabajadores afiliados al mismo, por tanto, no pueden intervenir en asuntos políticos, partidistas y religiosos. Lo anterior no implica el menoscabo de los derechos que correspondan a cada miembro del Sindicato como ciudadano. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, y podrán ser reformados por acuerdo tomado en Asamblea Extraordinaria convocada para tal efecto, mediante el acuerdo del voto de la mitad más uno de los miembros afiliados al sindicato. Por recibida la documentación presentada a este Ministerio a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día cinco de marzo del corriente año, por el señor José German Linares, en su calidad de Presidente de la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación denominado SINDICATO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MUNICI- PALES DE CIUDAD ARCE, cuyas siglas son SITCA, relativa a que se apruebe el texto de sus Estatutos y se le conceda el otorgamiento de Personalidad Jurídica del referido Sindicato en formación, este Ministerio CONSIDERA: I) Que de conformidad al acta notarial otorgada a las quince horas del día catorce de enero del año dos mil quince, la cual corre agregada de folios tres a folios seis, se CONSTITUYÓ el Sindicato antes mencionado, como un Sindicato de Servidores Públicos, con la presencia de TREINTA Y SEIS personas fundadoras; II) III) Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 83 Inc. 1 de la Ley de Servicio Civil, los servidores públicos fundadores del sindicato, hicieron acompañar a la documentación a su solicitud presentada la prueba de la calidad de asalariados en la que se detallan los nombres, cargos y el sistema de nombramiento de cada uno de los miembros fundadores que prestan sus servicios para la Alcaldía Municipal de Ciudad Arce, firmado por el Doctor José Alfredo Contreras Escalón, en su calidad de Alcalde Municipal de Ciudad Arce, extendido el día treinta de enero del presente año, con la cual se comprueba la calidad de asalariadas de las personas así como los cargos que ocupan dentro de dicha Institución Pública. Que en el acta notarial relacionada en el romano anterior, consta que en esa reunión fue aprobado el texto de los Estatutos, los cuales no adolecen de errores de fondo y forma, ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las buenas costumbres del país. Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad al Art. 83 inciso 3 de la Ley de Servido Civil, este Despacho RESUELVE: A) APROBAR el texto de los CINCUENTA Y OCHO artículos que conforman los Estatutos del Sindicato en formación denominado SINDI- CATO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE CIUDAD ARCE, cuyas siglas son SITCA, concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD JURÍDICA solicitada; B) PUBLÍQUENSE en el Diario Oficial dichos Estatutos, así como la presente resolución; y C) INSCRÍBASE dicho Sindicato en el registro correspondiente. COMUNÍQUESE. S. E. GUEVARA. MINISTRA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.

285 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de DIRECCIÓN GENERAL DE CORREOS DE EL SALVADOR SanSalvador,14deAbril2015 Gerardo Antonio Pineda, Encargado de la Dirección General de Correos de El Salvador, de este domicilio,conoficinaubicadaendécimaquintacalleponienteydiagonaluniversitarianorte,centro degobiernodeestaciudad. HACE SABER: A todos los Salvadoreños, que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 226 numeral 3 de la LegislaciónPostalInternadeElSalvador,elcuálestipula 3.Cuandoseencontrarenvaloresenlaspiezas (hoyenvíos)decorrespondencia,sepublicaranenelperiódicooficial(hoydiariooficialprimerapublicación), losnombresdelosremitentes,lomismoqueeldelosdestinatarios,paraqueprocurensudevolución;..porlo queladireccióngeneraldecorreospublicalasiguientelista: No. No. Despacho Procedencia REMITENTE DESTINATARIO Fecha Envío Motivo Rezago 1 9 VENTANILLA ORDINARIO 02/10/2011 DESCOCIDO SERVICIOS LEGALES Y ADMINISTRACION DE CARTERAS, SA DE CV TIENE ROLANDO JONATAN MORAN PEREZ CASERIO LAS TORTOLITAS, CALLE PRINCIPAL, LOTIFICACION JAZMINES, POLG. 21, LOTE N 14, SIETE PRINCIPES/ COATEPEQUE,SANTA ANA 2 9 VENTANILLA ORDINARIO 12/10/2011 SE MUDO SERVICIOS LEGALES Y ADMINISTRACION DE CARTERAS, SA DE CV TIENE HECTOR IVAN RODRIGUEZ B SAN LORENZO, 12 CALLE OTE, ENTRE 3 Y5 AVE. NTE, APTOS LIBERTAD # 3, SANTA ANA 3 9 VENTANILLA ORDINARIO 30/11/2011 DIRECCION INSUFICIENTE ACADEMIA DE NATACION KIDS ANA ISABEL MARTINEZ-MONT

286 286 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 KM CARRETERA A EL SALVADOR, SAN ANTONIO # 156 KM CARRETERA A EL SALVADOR,COND. HEROES DE ARRAZOLA II, CASA VENTANILLA ORDINARIO 30/12/2011 DIRECCION INSUFICIENTE AGENCIAS WAY, SA DE CV/ DEPARTAMENTO JURIDICO TIENE FLOR DE MARIA MARTINEZ HERNANDEZ CALLE EL JABALI,CASA N 8, STA TERESA, PTO DE UBICACION ESCUELA DE MANEJO JESUS 5 9 VENTANILLA ORDINARIO 04/07/2012 SE MUDO FUNDACION SEMILLA DE AMOR MONS. CLEMENTE BARRERA RIVAS D. TIENE CHALCHUAPA, SANTA ANA, TEL VENTANILLA ORDINARIO 04/07/2012 SE MUDO FUNDACION SEMILLA DE AMOR TIENE PBRO. MARIO OSMIN FLORES PARROQUIA SAN JOSE OBRERO, CANTON LOS LAGARTOS, SAN JULIAN, SONSONATE 7 7 SONSONATE EE SV 13/11/2012 GREGORIO OBDULIO RODRIGUEZ COL. LOS ANGELES,CALLE PPAL, # 97, SAN ANTONIO DEL MONTE, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. ELIAS ENRIQUE ASENCIO TH AVE NEW CARROLLTON, MD, USA SAN MIGUEL ORDINARIO 02/01/2013 MIGUEL JIMENEZ AVE. UNIVERSITARIA 8100,APTO 203, SAN MIGUEL LUISA JIMENEZ FL 33351, USA 9 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 12/01/2013 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE LORENA GUADALUPE GALVEZ JOSE ROLANDO GALVEZ CALLE PRINCIPAL,SAN JOSE, CASA 41, EL ZAMORAN, SAN MIGUEL, REEN TX APT. 203, USA

287 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de VENTANILLA RR SV 24/01/2013 FRACISCO ROBERTO CARPIO GORDON EDUARDO CARPIO GONZALEZ AYUTUXTEPEQUE,COL. BRISAS DEL EDEN, # 25, SAN SALVADOR, EL SALVADOR LISTA DE CORREOS MARACAY, ESTADO DE ARAGUA, VENEZUELA 11 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 15/02/2013 NICOLLE VILLATORO COL. MARIA JULIA, PJE # 30, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. DUI MELVIN CRUZ JOE CORLEY DETENTION FACILITY, 500 HILLIG RD, CONROE, TX 77301, USA 12 9 VENTANILLA ORDINARIO 20/03/2013 NANCY ALEXANDRA GARCIA PAULA MARTINEZ B SAN JACINTO, COL. MANZA CALLE VILAVA Y CALLE ALBERTO SANCHEZ, PJE 1, CASA 1553 MAPLE GARLANDTEXAS USA SAN MIGUEL EE SV 23/03/2013 ARLEX ANTONIO VENTURA RES. PORTALES DE BARCELONA,C. PPAL, CASA # 5, SAN MIGUEL, EL SALVADOR.C.A. JUAN VENTURA 85 E 5 TH APT 2 C, HUNGTINGTON STATION, NEW YORK, USA, SAN MIGUEL RR SV 02/04/2013 HECTOR NAPOLEON MENDOZA LAS DELICIAS,CTON LAS PILAS, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. JOSE RAFAEL MENDOZA 5635 JAMESTOWN RD, HYATTVILLE,MD, , USA 15 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 06/04/2013 AMC DE RL DE CV HUGO ALEXANDER MIRANDA DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE 12 CALLE PTE Y AVE. MONSEÑOR ROMERO,SAN MIGUEL B LAS FLORES, 2 AVE. SUR, ½ CUADRA ANTES DE ESCUELA FATIMA,LA UNION 16 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 23/04/2013 DESCOCIDO MILAGRO ELIZABETH PEREZ V. MARLENE ESPERANZA PEREZ

288 288 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 COL. BELLOS HORIZONTES, PJE I,CASA 2, ULUAZAPA, SAN MIGUEL, COL. MAJUCLA,PJE 5,POL. 9, CASA # 22, MARIONA CUSCATANCINGO,S.S SAN MIGUEL ORDINARIO 24/04/2013 DIRECCION INSUFICIENTE FIDEL ENELRON VILLEGA GEOVANNY O. VILLEGA EL VOLCAN, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. DUI MCDOWELL LN, BALTIMORE MD 21227, USA 18 1 SAN MIGUEL EE SV 26/04/2013 JUDITH YESENIA VILLACORTA CDAD PACIFICO, 1 ETAPA,PJE 3, # 29, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A GALILEO VILLACORTA VILLACORTA 36-3 FORT EVANS RD. NE APT 1, LEESBURG VIRGINIA, USA, MEJICAS ORDINARIO 03/05/2013 CRISTI VASQUEZ COL. STA LUCIA, FINAL PJE 2, CASA # 2, ILOPANGO SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. IRMA ESTELA VASQUEZ C. PATRICIO BOLIVAR BEDON,APTO 1, BAYONNE, NEW JERSEY 07002, USA 20 1 APOPA ORDINARIO 07/05/2013 DESCOCIDO JOHANA MARCELA LOPEZ COL. MONSERRAT, PJE NAVARRA, N 13, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ALEXANDER CASTRO 501-E LURAY ST, C.P , PHILADELPHIA - PA, USA 21 1 APOPA ORDINARIO 09/05/2013 HENRI ANTONIO RIVAS URB. CIMAS DE SAN BARTOLO, POLIG. 38, CASA N 33, TONACATEPEQUE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR DANIEL ALBERTO RIVAS,A SOUTH TEXAS DETENTION COMPLEX, 566 VERTERN DR. PEARSALL TX SAN MIGUEL ORDINARIO 15/05/2013 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE MARIA LIDIA MARTINEZ GRISELDA ARGENTINA RIVERA RES. LA PRADERA I, SDA LOS ALAMOS, # 18, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. P.O. BOX 1333, RIVER VIEW, FL, 33569S, USA 23 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 20/05/2013 DIRECCION INSUFICIENTE

289 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MARIA DELMIRA SANTAMARIA DE AMAYA NANCI ILIA AREVALO TORRES SAN MIGUEL, EL SALVADOR, CENTRO AMERICA APT. # 32 ANNA DALE, VA 22003, USA 24 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 21/05/2013 RECHAZADO YENIFER FLORES COL. BRISAS DEL RIO, # 2, FINAL 18 CALLE OTE,CASA # 12, DUI RICARDO ADALBERTO DIAZ CENTRO PENAL DE CIUDAD BARRIOS, CELDA 3, SECTOR 1, SAN MIIGUEL 25 9 VENTANILLA ORDINARIO 30/05/2013 SE MUDO ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN COBRANZAS SA DE CV TIENE JOSE LUIS ALFARO CAS. LAS QUEBRADAS, TAALNIQUE, LA LIBERTAD 26 1 CHALCHUAPA EE SV 31/05/2014 JOSE ERNESTO MOLINA HENRIQUEZ 1 AVE. SUR Y 1 CALLE OTE, CASA # 11, B APANECA, CHALCHUAPA, STA ANA, EL SALVADOR,C.A., DUI ROXANA MARISOL RAMIREZ RECIS RRSKENSGATON 1B LGH GAVLE,SWEDEN 27 1 QUEZALTEPEQUE RR SV 10/06/2013 DESCOCIDO 28 3 RUTH EMI FIGUEROA MEMBREÑO LOT. EL PITARRIO,BLOCK B, LOTE 21, NEJAPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. FRANCISCO JAVIER FIGUEROA 350 BLACKWOOD CLEMENTON RD, APT CLEMENTON, NJ , ESTADOS UNIDOS NUEVA SAN SALVADOR RR SV 10/06/2013 ZONA FRANCA SANTA TECLA, BRASAL SA DE CV KM. 12 ½, CARRETERA AL PTO LA LIBERTAD, LOCAL 1-C2, EL SALVADOR, (503) PLASTICOS MULTICOLOR, SA CENTRO INDUSTRIAL EL CRISOL # 8, AVE. DOMINGO DIAZ, EL CRISOL, CDAD DE PANAMA, REPUBLICA DE PANAMA, (507) , ATT. ANTONIO CHAN AU- YEUNG 29 1 APOPA RR SV 13/06/2013 DENNIS OMAR PALACIOS KEVIN EDWARD RUBIO COL. SN LEONARDO,PJE L PTE,CASA # 412, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR 118 WEST HAUNER LN. HOUSTON TX 77037, USA

290 290 DIARIO OFICIAL Tomo Nº NUEVA SAN SALVADOR RR SV 14/06/2013 EL NAVAS- NUEVA CREACION/ACSI LATIAMERICA JUAN CAMILO ROMERO JARDINES DE CUSCATLAN, POL. D-32, CALLE L-4, CIUDAD MERLIOT, LA LIBERTAD, EL SALVADOR CALLE 76 A, BARRIO LA SOLEDAD RTE, BOGOTA, COLOMBIA 31 9 VENTANILLA ORDINARIO 15/06/2013 VERONICA MARISOL ALVARADO SAN LUIS MARIONA, COL. LA REINA,COMUNIDAD SINAI,BK F, # 4, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SONIA MONTA 1117 WEST SRON ST PLASIELD, NJ USA 32 9 VENTANILLA ORDINARIO 18/06/ FORO CIUDADA ANTICORRUPCION CALLE SISIMILES N 548, SAN SALVADOR COMMANDER OF THE COOPERATIVE SECURITY LOCATION/ CMDR. IVAN CARLSON EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS, BOULEVARD STA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 20/06/2013 KOVA KOREA LETRAS CHINAS JOSE ABRAHAM ROBLES CRUZ 2 AVE. SUR, SAN MIGUEL, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. CEL SANTA ANA ORDINARIO 25/06/2013 MARTA LUZ ORTIZ DE ROSALES COL. SAN JOSE, CARRETERA A METAPAN, LOTIFICACION U,CASA 2, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI WILFREDO ROSALES ORTIZ 727 BURNSIDE AVENUE, APT. D, HARTFORD CT , USA 35 9 VENTANILLA ORDINARIO 28/06/2013 CC LOGISTICA BOULEVARD CONSTITUCION Y PJE PARACUTIN N 1, RESD. MONTEBELLO, MEJICAS FIDENCIO ADILIO GUZMAN ACEVEDO ALCALDE DE SAN LORENZO, DE SAN LORENZO, CALLE NAPOLEON RODRIGUEZ, B SAN ANTONIO, N 9, AHUACHAPAN DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE 36 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 01/07/2013 VILMA ELIZABETH BURUCA MARTINEZ WILBER A. OSORIO HERNANDEZ

291 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de COL. 15 DE SEPTIEMBRE,AVE. CHARLAIX Y 4 CALLE OTE, EL SALVADOR, C.A 812 ¼ W 65 ST, LOS ANGELES, CA, 90044, USA 37 1 APOPA RR SV 05/07/2013 MARIA CANDIDA ALFARO R. 41 C. PTE, PJE 6 # 605, B BELEN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A KARLA JUVENTINA ALVARADO ALFARO JUAREZ # 230 PONIENTE, AHUACATLAN, NAYARIT,CODIGO POSTAL 63900, MEXICO 38 9 VENTANILLA RR SV 05/07/ DEYSI RAQUEL PEÑA DE CASTRO RES. SANTISIMA TRINIDAD,BLOCK H, PJE 14, CASA # 49, AYUTUXTEPEQUE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR DENYS ALEXANDER CASTRO CASTRO (AO ) DETENTION FACILITY 3400 EM 350 SOUTH LIVINGSTON TEXAS, USA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 09/07/2013 CLAUDIA RAMOS RESIDENCIAL FINCA DE ASTURIAS, 13 CALLE OTE,SDA ZARAGOZA OTE, POLG. E, # 49, STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR DAN MIGALBIN KOYL AVE SASKATOON, SK S7L 5X8 CANADA 40 9 VENTANILLA ORDINARIO 16/07/2013 DESCOCIDO DORIS ELIZABETH ZARCO MERCADO CENTRAL FRTE. AL EX BANCO SCOTIABANK SAN SALVADOR HECTOR ALEJANDRO QUIJA ANDRES CENTRO DE CUMPLIMIENTO DE PENAS CIUDAD BARRIOS, SECTOR 4, SAN MIGUEL 41 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 16/07/2013 EDUARDO ANTONIO ESCOBAR AVE. WIL SALGADO,BLOCK 8, PJE 7, CASA 1, EL SALVADOR, OSCAR RENE ESCOBAR AREVALO 2322 N. MACARTHUR BLVD. IRVING TX, USA 42 7 MEJICAS ORDINARIO 22/07/2013 ZONA DE ALTO RIESGO GLORIA GILMA SANCHEZ SILVIA ARACELY GARCIA COL. VILLA HERMOSA, PJE 38, POL. 71 # 6, CUSCATANCINGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR. VIA BERNARDI VERRO, CAP 20141, MILA, ITALIA 43 2 NUEVA SAN SALVADOR ORDINARIO 23/07/2013

292 292 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 JORGE H. LOPEZ LOPEZ IRMA AGUILAR COL. LAS COLINAS, PJE SAN JUAN, 8-D, SANTA TECLA, EL SALVADOR,C.A TH ST. FLUSHING,NEW YORK, , ESTADOS UNIDOS 44 3 SANTA ANA ORDINARIO 24/07/2013 WALTER ALVAREZ COL. RIO ZARCO,ACCESO 12,CASA 10, SANTA ANA, EL SALVADOR,CA HECTOR MARTINEZ 1575 MARTIN LUTHER KING JR BL CHAPEL HILL, NC 27514, USA 45 1 SAN MIGUEL EE SV 24/07/2013 MARIA ERMINDA ROMERO CANTON EL TECOMATAL,CASERIO CANTORA, SAN MIGUEL, EL SALVADOR FLORENCIA ROMERO 316 RITH ST. APT. 1, UNION CITY, NEW JERSEY, USA, AHUACHAPAN RR /07/2013 DESCOCIDO MERCEDES ALICIA SALAZAR ROSALES CASERIO EL MAMEYAL,CTON CINCUYO, TACUBA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. HENRY SALAZAR ROSALES 2505 BROADWAY ST. APT 45, HOUSTON,TX, , USA 47 9 VENTANILLA RR SV 30/07/2013 ALVARO DE LA GARDIA EDIFICIO MCL ENTRE 79 Y 75 AVE. SUR, # 430, COL. ESCALON, SAN SALVADOR, EL SALVADOR. TEL SANDRA GODOY/ MARITZA GODOY 3 CALLE 12-57, ZONA 2 DE MIXCO, LA ESCUADRILLA, GUATEMALA 48 9 VENTANILLA ORDINARIO 30/07/2013 DAVID ULISES VILLALOBOS G. 13 C. OTE # 146, LOCAL # 3, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA LUISA I. CHAVEZ 44 BARTTLETT ST. SPRINGFIELD MASSACHUSSETTS,COD USA 49 9 VENTANILLA ORDINARIO 07/08/2013 NATALIA SEGOVIA MERCEDES ELIAS 527 CALLE ARTURO AMBROGI,COL. ESCALON,S.S., EL SALVADOR,C.A PERSCHING CRESCENT JAMAICA,NEW YORK SAN MARCOS RR SV 08/08/2013

293 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de VERONICA MENDOZA ELSA CARDONA BARRIO SAN JOSE,CALLE LA BOMBA # 177, SAN MARCOS,SAN SALVADOR, EL SALVADOR TURMERIC WAY MORE VALEY,CALIFORNIA,CA, USA 51 9 VENTANILLA ORDINARIO 09/08/2013 DESCOCIDO LIC. SONIA MARGARITA DOMINGUEZ C. AL VOLCAN, SAN RAMON, AYUTUXTEPEQUE, POR GASOLINERA SHELL, SAN SALVADOR MARIA BARIAS PERINATOLOGO ISSS ILOPANGO 52 9 VENTANILLA ORDINARIO 12/08/2013 DENIS EDUARDO MIGUEL COL. ALCAINE # 2, CALLE BELLA VISTA, SAN MARCOS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. YOLANDA ELIZABETH BAIRES MIGUEL 6TH ST. MINEAPOLIS MN, 55412, ESTADOS UNIDOS 53 1 SAN MIGUEL EE SV 17/08/2013 ROSA ORBELINA GUEVARA COL. COL. NUEVA METROPOLIS, POL. F, # 4, SAN MIGUEL, EL SALVADOR ISINIA GUEVARA 924 HILLTOP DR. APT. 124, IRVING TEXAS, , USA 54 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 22/08/2013 QUALITAS,COMPAÑIA DE SEGURO S.A. N/T XIOMARA YANETH ROSA ALFARO CALLE A SAN ANTONIO ABAD,CASA N 3, SAN SALVADOR, EL SALVADOR 55 9 VENTANILLA ORDINARIO 24/08/2013 YOLANDA FUENTES VISTA AL LAGO, ILOPANGO, SAN SALVADOR SRA, CHELA HUEZO DE ANGULO EL YTRANSITO, DPTO DE SAN MIGUEL DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE 56 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 27/08/2013 SE MUDO EMAUS # 4 SAGRARIO INES GONZALEZ DE GALEAS

294 294 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI RES. SN FRANCISCO,CALLE PPAL # 71,SAN MIGUEL 57 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 27/08/2013 SE MUDO EMAUS # 4 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI ANA ISABEL REYES COL. STA EMILIA, PJE 6, BLOCK A, # 7, SAN MIGUEL 58 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 27/08/2013 SE MUDO EMAUS # 4 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI MILAGRO EVELIN CANALES FINAL CALLE CENTENARIO # 7, B EL CALVARIO,ULUAZAPA, SAN MIGUEL 59 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 28/08/2013 SE MUDO EMAUS # 5 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI YESSENIA MARGARITA PEREZ GONZALEZ CALLE A LA PACIFICA,FTE A LA ESCUELA, CTON EL JALACATAL 60 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 28/08/2013 SE MUDO 61 4 JESUS DE NAZARET/ EMAUS # 5 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI MORENA PINEDA COL. STA EMILIA, PJE 1, CASA 25, SAN MIGUEL NUEVA SAN SALVADOR RR SV 02/09/2013 SAMUEL E. ANGULO LANDAVERDE RES. ALTOS DE SANTA MONICA, SENDA 5, POL. B, # 102, STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR.C.A. EILLEN EUNICE DE ANGULO SHAIKHA HESSA GIRLS SCHOOL BUILDING 1525, ROAD 4226 WEST RIFFA 942, BAHRAIN 62 1 QUEZALTEPEQUE RR SV 10/09/2013 CARLOS GEOVANNY SANTAMARIA VALLE SAMUEL MELARA CANTON TACACHICO,HDA LAS MARIAS, QUEZALTEPEQUE,LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A GILBERT, TAKOMA PARK, # 1 MD 20912, USA 63 6 EXPEDICION INTERNACIONAL CJ US 11/09/2013 RECHAZADO

295 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de JAVIER GARCIA HD SUPPLY FACILKITIES MAINTENANCE SCRIPPS SUMMIT CT, SAN DIEGO CA , US EDUARDO BURGOS GRUPO TLA EL SALVADOR, COMPLEJO INDUSTRIAL LAS MARLAS, EDIFICIO A1, PLAN DE LA LAGUNA, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, EL SALVADOR.CA 64 2 SAN JUAN OPICO ORDINARIO 17/09/2013 MARY CRUZ ROJAS VARELA SAN PABLO TACACHICO,SN ISIDRO LEMPA,LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. DUI REYNA HERRERA P.O. BOX , CHICAGO, IL, , USA 65 1 SAN MIGUEL EE SV 18/09/2013 JUAN JOSE CAÑAS TORRES B SAN NICOLAS,AVE. JOSE SIMEON CAÑAS, # 706, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,CA. ANGELO VARGAS REYES 2236 LINCOLN AVE, APT G, ALAMEDA CALIFORNIA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 24/09/ SANDRA PATRICIA AYALA RUA COL. BUENA VISTA, CLLA 4 LOTE 244, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR, C.A. SERBELIO LOPEZ PRESTON VIEW BLVD APTO. 2106, DALLAS TX , USA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 24/09/2013 ANA HAYDEE DE ESCOBAR AVE. EL ESPI,PJE 2 PTE, # 4, URB. MADRE SELVA, STA ELENA. ANTIGUO CUSCATLAN, L.L. EL SALVADOR ANA MARIA CASTRO FIRST AVENUE, APT. N 4-D, NEW YORK, 10029, USA 68 1 SAN MIGUEL ORDINARIO 25/09/2013 SE MUDO EMAUS # 3 PROLONGACION 4 CALLE OTE,URB. JUCUAPA I, CASA # 2, SAN MIGUEL, DUI GUADALUPE DE ROJAS COLONIA CARRILLO O.C. # 9, AVENIDA SAN MIGUEL 69 1 ATEOS RR SV 25/09/2013 SANDRA ELIZABETH GUARDADO MARIA GRISELDA FRANCO CANTON BUENA VISTA,SACACOYO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A COCHRAN ST. LLX SINVNLLEY, CA 93065,USA

296 296 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SUC.METROCENTRO RR SV 27/09/2013 RUBEN GUADALUPE LUNA ROJAS RES. SAN LUIS, CASA 2313, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, TEL SALVADOR GARCIA 4255 WEST VIKING LAS VEGAS NEVADA, CODIGO POSTAL 89103, TEL. 001(702) VENTANILLA ORDINARIO 27/09/2013 SE MUDO DICOM/EQUIFAX TIENE OSCAR EFRAIN PAULI VANEGAS POL. 4, # 20, LOMAS DEL RIO, SAN SALVADOR, CIUDAD DELGADO, 16 NUEVA SAN SALVADOR ORDINARIO 30/09/2013 ROSA GOMEZ RES. CAMPOS VERDES, CASA # 1, CALLE ANTIGUA # 1, POLIG. 1, LOURDES COLON, EVELIN GARCIA PACIFIC AVE BAWILK SIC-9 APTO C, 17706, CALIFORNIA, USA VENTANILLA EE SV 04/10/2013 YESENIA PATRICIA HENRIQUEZ ALFARO URB. BOSQUES DE PRUSIA, PJE EL CEDRO, BLOCK 7, CASA 16, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA MARLENE LEMUS LOPEZ 807 H EDWARDS FERRY RD NE APTO. 1, LEESBURG VA , USA DIRECCION INSUFICIENTE 74 1 EL CONGO ORDINARIO 07/10/2013 DESCOCIDO JUAN ANTONIO VALENCIA MEJIA CSERIO LA GALLINA, CANTON CONACASTE, COATEPEQUE, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. LUIS ANGEL VALENCIA 131 A KAPLE RD CLOWSON MICHIGAN ,USA 75 1 APOPA ORDINARIO 10/10/2013 MARIA MARCOS JUAREZ MIGUEL ANGEL ESCOBAR DIRECCION INSUFICIENTE SAN SALVADOR, EL SALVADOR RENSMAW S.T.B.C.V.5K4 B6 VANCOUVER CANADA VENTANILLA ORDINARIO 14/10/2013 DIRECCION INSUFICIENTE DIEGO ALESSANDRO HERNANDEZ REYES MR. AI OTI

297 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de VEI 13 C PASAJE LAS ARADA FAKADA, KANASHIKI OKAYAMAN JAPON, CODIGO POSTAL VENTANILLA ORDINARIO 14/10/ ANDRES FERNANDO ESCALON CALLE AL CENTRO N 721 SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CENTRO AMERICA PATRICIA ROMERO CALLE 61 C BELLA VISTA, EDIF. ALVEN APARTAMENTO 6, EL SALVADOR EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 14/10/2013 RECHAZADO AMAZON.COM- CAMPBELLSVILLE FC C/O DEUTSCHE POST AG. SCHLITZER STR NIEDARAULA, GERMANI FERNANDA MANSUR TANSINI BOULEVARD SERGIO VIERA DE MEL, COL. SN BENITO, 1101 SAN SALVADOR, EL SALVADOR 79 9 VENTANILLA ORDINARIO 14/10/2013 SOFIA GABRIELA OSTORGA OLIVARES URB. VALLE DE SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. CARMEN AZUCENA OLIVAR AVELAR PJE 9, GRUPO 1, PRADOS DE VENECIA 4, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR DIRECCION INSUFICIENTE 80 1 APOPA ORDINARIO 15/10/2013 DESCOCIDO GERMAN RODRIGUEZ CALLE ANTIGUA STO TOMAS, KM 92, N 20, COL. STA EMILIA,STO TOMAS, DEPTO SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. JOEL DAVID RODRIGUEZ CALLE ENCHACTED CR-W, SUGAR LAND TEX AHUACHAPAN RR SV 15/10/2013 DANIEL ANTONIO MAGAÑA LEON COL. LOS CERESOS,CALLE A POLO PIQUE,POLG. A, LOTE # 5,AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A., DUI MARBELI ARELY CARTAGENA GOMEZ 49 CHURCH ST. INWOOD NY, , USA 82 2 SAN JUAN OPICO ORDINARIO 16/10/2013 MAYRA GUADALUPE ORELLANA ZAIDA YANETH MARROQUIN 3 AVE RTE,B NUEVO,SAN PABLO TACACHICO,LA LIBERTAD ST. 1C JACKSON HGTS NY USA 83 2 SUC.ALTAVISTA ORDINARIO 16/10/2013 DESCOCIDO

298 298 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARIA ELIZABETH OLIVA ZOMOSA MARIA DEL SOCORRO RAMIREZ RESIDENCIAL ALTAVISTA, POLG. 12, PJE 37, # 250, ILOPANGO, SAN SALVADOR,C.A. PO BOX 51141, OXNARD CA 93031, USA 84 2 SAN JUAN OPICO ORDINARIO 21/10/2013 IRIS YESENIA ACOSTA ALFARO CALLE 5 DE VIEMBRE, ATIOCOYO, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A., DUI : MARIO ERNESTO CALLES MORALES 1350 WITTE RD. APT. 610, HOUSTON TX , USA 85 1 SONSONATE EE SV 22/10/2013 DESCOCIDO GUADALUPE DEL CARMEN LOBOS URB. TALAPO PTE..CALLE PPAL, " B" # 29, SONSONATE, EL SALVADOR. JESICA ARIAS BAUTISTA 6525 S. YESNERS RD. # 2110, HOUSTONTXS, USA, SONSONATE RR SV 22/10/2013 SANDOR ANTONIO MELENDEZ CANALES CARRETERA A ACAJUTLA HM. 62 ½, EL JOBO,SONSONATE, EL SALVADOR. JUAN JOSE MELENDEZ MOZ 8000 BELLAIRE BLVD APT 1051, HOUSTON TX USA SAN VICENTE ORDINARIO 23/10/2013 BELKY AZUCENA ARIAS S. SAN LUIS, PJE 2, N 5, SAN SALVADOR LUIS ALFREDO CORTEZ REYES CENTRO PENAL DE MAXIMA SEGURIDAD, ZACATECOLUCA, LA PAZ, SECTOR 4-A, CELDA AHUACHAPAN ORDINARIO 24/10/2013 GLORIA ELIZABETH RAMIREZ COL. STA MARIA, CALLE PRINCIPAL # 2-2, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. MARCO TULIO PEREZ PEREZ APARTADO POSTAL # , SAN JOSE COSTA RICA, C.A. DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE 89 9 VENTANILLA ORDINARIO 25/10/2013 DIRECCION INSUFICIENTE MAMA CLARITA MARCO ARIAS CRESPIN SAN SALVADOR., EL SALVADOR, C.A. CULVER CITY, CALIFORNIA, USA

299 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 28/10/2013 SKINNY CORP, LLC GERSON DE LEON SCHILTZER STR NIEDERAULA, GERMANY CDAD VERSAILLES, VILLA MONACO, POLG 6, CASA 21, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR 91 1 SONSONATE EE SV 29/10/2013 ROSA DEL CARMEN SANCHEZ SANTA EMILIA,CAS. STA EMILIA,SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. FILOMENA ERCILIA SANCHEZ 6550 HILLCROFT, HOUSTON TX. APT. # 270, USA, SUC.METROCENTRO ORDINARIO 04/11/2013 COOPERATIVA DIMAS RODRIGUEZ DE RL URB. NUEVA METROPOLIS,CALLE COMANDANTE DIMAS RODRIGUES,CAS #15, MEJICAS,SAN SALVADOR, TEL LUIS ALFREDO MAGAÑA VILLANUEVA COMUNIDAD EL CAÑAVERAL 1,CALLE N 5, SAN JUAN OPICO SUC.METROCENTRO RR SV 04/11/2013 JUAN ANTONIO CACERES BARRIO BERLIN,USULUTAN, EL SALVADOR SRA. BRENDA DE SOLORZA COLONIA SN JOSE,CALLE LA PEDRERA, BLOCK 2, CASA # 2, APOPA, SAN SALVADOR SAN VICENTE ORDINARIO 04/11/2013 CLELIA ESMERALDA ESTRADA COL. SNTA LUCIA, PJE ESPAÑA # 42, ILOPANGO, SAN SALVADOR DOUGLAS ANTONIO HERNANDEZ CENTRO PENAL DE MAXIMA SEGURIDAD, ZACATECOLUCA, SECTOR 2-A-C-10, LA PAZ SAN VICENTE ORDINARIO 04/11/2013 CLELIA ESMERALDA ESTRADA DOUGLAS ANTONIO HERNANDEZ DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE COL. SANTA LUCIA, PJE ESPAÑA, N 42, ILOPANGO, SAN SALVADOR CENTRO PENAL DE MAXIMA SEGURIDAD, ZACATECOLUCA, SECTOR 2-C-10-A, LA PAZ 96 2 SUC.ALTAVISTA ORDINARIO 05/11/2013 SE MUDO SOLUCIONES ELECTRICAS RUIZ MAIDA INGENIEROS Y ARQUITECTOS

300 300 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 PJE 1, N 12, RES. CIMAS DE SAN BARTOLO, ILOPANGO, SAN SALVADOR COL. FLOR BLANCA, 47 AVE. NTE, N 226, SAN SALVADOR, EL SALVADOR 97 9 VENTANILLA ORDINARIO 06/11/2013 DESCOCIDO ING. CARLOS ERNESTO ULLOA SR. HUGO BARRERA FUNDACION PARA LA EDUCACION SALUD Y EVANGELIZACION(FIUPESE), AVENIDA EL COCAL, SAN JACINTO, CONTIGUO A COL. EL ESPIRITU SANTO INDUSTRIAS ALIMENTICIAS DIANA, COL. GUADALUPE, SOYAPANGO, S.S SENSUNTEPEQUE RR SV 08/11/2013 RMA CAROLINA FIGUEROA SOLIS COL. LAS BRISAS,CALLE EL PEDREGAL,CAS # 9, B LOS REMEDIOS,SENSUNTEPEQUE CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. MARVIN OVIDIO SOLIS AMAYA 5200 S BROADWAY APT # 309, LOS ANGELES CALIFORNIA, 90037, USA VENTANILLA ORDINARIO 08/11/2013 DESCOCIDO OMAR GONZALEZ GONZALEZ POLIGO 11, LOTE 7, SANTA MARIA 2, SAN LUIS MARIONA JOSE MARIO IRAHETA LOTIFICACION EL SITIO, POLG. 68, PUERTO EL TRIUNFO, USULUTAN SANTA ANA ORDINARIO 09/11/2013 JUANA POLANCO DE MURCIA CTON PIÑALON, CAS. EL OTRO LLA, SANTA ANA, EL SALVADOR, DUI JOSE ALFREDO MURCIA 609 S. CEDAR AVE.BLOOMINGTON CA 92316,USA SANTO TOMAS ORDINARIO 12/11/ ELIZABETH AMAYA APTDO COL. LOMA LINDA, SANTIAGO TEXACUANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR CALLE 1318 WELLINGTON, OTTAWA, ON, CANADA MV3 NUEVA SAN SALVADOR RR SV 12/11/2013 GRUPO PLAN B, SA DE CV URBANIZACION CUMBRES DE MADRE SELVA II, AVE. EL ESPI #34, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A TINTA SANGRE PUBLICIDAD DE LA EMBAJADA DE MEXICO 250 MTS. ABAJO, PLANES DE ALTAMIRA # 72, MANAGUA, NICARAGUA, CONTACTO: MARIO ESPIZA SAN VICENTE RR SV 13/11/2013

301 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de NICOLAS WILFREDO ANDRADE REBECA SARAI VILLANUEVA B SAN JUAN DE DIOS,COL. AGUA CALIENTE, CASA # 11, SAN VICENTE, EL SALVADOR, CA ANTOINE DR 111 HOUSTON, TEXAS ENCOMIENDAS CP SV 14/11/2013 SE MUDO FANNY ESMERALDA CASTRO URB. NUEVO LOURDES, SENDA 46 BIS, CASA # 11, BLOCK 58 C, LORUDES COLON, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARTA LILIAN GONZALEZ 8567 BALBOA BLY UNIDAD 44, RTHRIGE CA , USA SUC.GALERIAS RR SV 14/11/2013 SE MUDO HTM EL SALVADOR CALLE SAN ANTONIO ABAD, CONDOMINIO LISBOA # 567, TEL QIANG ZHAO B#911ZHENHUA ROAD NUMBER 45 AUTOMOTIVE BUILDING FU TIAN DISTRIC, SHEN ZHEN, GUAN DONG, CHINA EXPEDICION INTERNACIONAL CJ US 14/11/2013 PIER MALL P.O. BOX 547 SYOSSET NY MAURICIO VALIENTE 21 AVE. NTE, POLIGO J, #4,STA TERESA, CIUDAD MERLIOT, STA TECLA, LA LIBERTAD, , EL SALVADOR NUEVA SAN SALVADOR EN SV 14/11/2013 ESPERANZA ECHEVERRIA MULTISERV,. EXPRESS STA TECLA, PINITA GUEVARA AVE. LAS GARDENIAS,CASA # 6,COL. LAS MERCEDES, SAN SALVADOR, MEJICAS RR SV 15/11/2013 MIGUEL ENRIQUE ORTIZ GOMEZ RES. SAN ALBERTO,PJE ARENAL,CASA # 5, MEJICAS,SAN SALVADOR JUAN UWALDO COLORADO FORD PLACE, LUISVILLE, KY 40241, EEUU AHUACHAPAN RR SV 15/11/2013 ELMER NEHEMIAS REYES VELASQUEZ RINA GONZALEZ COL. VENECIA,CASERIO LA MASCOTA,AHUACHAPAN, LOTE # 2 CHIBA-SHI, MIDORI-KU, AYUNIMO ,PLEASAMTHEIGHTS, , JAPAN

302 302 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SONSONATE EE SV 15/11/2013 DIRECCION INSUFICIENTE KARLA JUDITH AGUILAR LIC. VICENTE MARTINEZ POL. "B", CASA 2, CARRETERA A NAHUIZALCO,SONSONATE, EL SALVADOR CALLE SERRA, N 11, MADRID,ESPAÑA SUC.ESPAÑA ORDINARIO 18/11/2013 LIDIA RAQUEL ELIAS LANDAVERDE COL. VILLA LOURDES, POLG. " Q ", PJE 7, CASA N 11, LOURDES COLON, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARIA LUZ RIVAS HERNANDEZ POLK ST SILMAR, LOS ANGELES CALIFORNIA, 90042, USA DIRECCION INSUFICIENTE ENCOMIENDAS CP SV 19/11/2013 RECHAZADO LUIS ERNESTO FLORES CRUZ COL. EL MILAGRO DE LA PAZ, CALLE AVALOS, # 39, TEL , SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. MARIA DE LA PAZ ZELAYA 2102 MORGAN ST IRVING TEXAS USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 19/11/2013 SONIA DEL CARMEN URQUILLA CTON SAN ANTONIO, CASERIO LA BOLSA, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. HUMBERTO ANTONIO ESCALANTE 1374 TRINIDAD AVE. MARCOS ISLAND FL , USA SANTA ANA RR SV 22/11/ KARLA MARIA CHAVEZ ROMERO FINAL B SAN ANTONIO, CARRETERA A SONSONATE, CASA # 19,SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. WILFREDO ANTONIO CAMPOS THE WILLOWS 3565 LORNA RD. HOOVER ALABAMA, APTO NUEVA SAN SALVADOR ORDINARIO 25/11/2013 MIRIAN ANGELICA DE CASTELLON DINA CLAROS RES, SAN RAFAEL, SEND 2 NTE, # 18-B, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. GOODNA 4300, BRISFANE, QLD, AUSTRALIA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 27/11/2013 DIRECCION INSUFICIENTE LETICIA VEGA JAN PERRY ENTWISTLE

303 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de RES. JARDINES DE LA CIMA, PEJ LAS MARGARITAS # 10, SAN SALVADOR, ELSALVADOR,C.A WEARVERLY WAY, PIHSBURG CA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 28/11/2013 RECHAZADO GRACIELA VDA DE CARCAMO COL. ZACAMIL, MEJICAS, EL SALVADOR,C.A. ANA CONSUELO MIRANDA E HIJO FLAMINGO WAY, JORDAN, UTAH 84084, USA APOPA ORDINARIO 28/11/2013 DESCOCIDO REINA ELIZABETH PEREZ HERNANDEZ LOTIFICACION LOS ANGELES,LOTE 9, CANTON CABAÑITA,CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SANTOS DE JESUS RICOS 4101 S POLK DALLAS TX, CODIGO75224, USA EXPEDICION INTERNACIONAL CC TW 28/11/2013 CINAMARK-COREPACIFIC,LTD/ JACK CHENG BIF N 138,SEC.4, BADE RD, SUNGSHAN CHIN,TAIPEI,TAIWAN,105 RDC CINEMARK CENTRAL AMERICA CENTRO COMERCIAL PLAZA MERLIOT,CALLE CHILTIUPAN Y 17 AVE. RTE,MERLIOT LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A SAN JUAN OPICO ORDINARIO 30/11/2013 ANA DELMY MELELNDEZ B LA CRUZ, COL. SANTA BARBARA, CALLE P, SN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR, CA CARLOS GODOFREDO FLORES LINARES 1400 W. WARNER AV. APTO. 22, SANTA ANA, 92704, USA SANTA ANA ORDINARIO 02/12/2013 SE MUDO WILLIAM N. SANTOS 20 CALLE PONIENTE # 67,COL. IVU, SANTA ANA, EL SALVADOR. DUI : MACHAEL THOMAS WEST WIMBLEDON LONDON, SW209EP, UNITED KINGDOM EXPEDICION INTERNACIONAL SK FR 03/12/2013 NICOLE AR... NICOLAS THIBAUCI RODRIGUEZ LE CHINER V CATINE SV FRANCIA RESIDENCIAL PALO ALTO, PJE. DANESA CASA 12 ZARAGOZA LA LIBERTAD EL SALVADOR EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 04/12/2013

304 304 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 TECHORBITS INC. SCHILTZER STR NIEDERAULA, GERMANY EDUARDO ARTURO CONSTANZA CARRETERA QUEZALTE RES. VERSAILLES, VILLA BURDEOS KM. 35 ½, FRENTE A Z GAS, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR SANTO TOMAS ORDINARIO 05/12/2013 SUSANA Y RMA M. COL. SAN JUAN, CALLE PRINCIPAL, 24-G, STO TOMAS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR PORT PAYE FRANKFORT ALEMANIA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 09/12/2013 MARIA ESTEBANA ORELLANA RESIDENCIAL POMPEYA, B SANTA ANITA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR CECILIA HERNANDEZ WET WAY-LN,WOOD BRIDGE,VE 22193, ESTADOS UNIDOS DIRECCION INSUFICIENTE VENTANILLA ORDINARIO 11/12/2013 DESCOCIDO ZOILA DE LA CALLE HERNANDEZ SAN SALVADOR, AVE. SIERRA NEVADA, COL. MIRAMONTE, CASA 43, SAN SALVADOR ABEL ARLDO BONILLA CDAD DELGADO, B SAN SEBASTIAN, CALLE TEXICAL, COL. STA MARTA, PJE 2, CASA 10, SAN SALVADOR SOYAPANGO ORDINARIO 12/12/2013 DELMI MARISOL HERNANDEZ CALLE LAS TORRES DEL SUR,POLG. # 51, CASA # 251, ALTAVISTA,SAN MARTIN, EL SALVADOR ROBERTO HERNANDEZ 1259 ½ W. 54 TH, SDT. LOS ANGELES, CA, USA VENTANILLA ORDNARIO 16/12/2013 GISELA FLORES VANESSA CHACON M. BLVD TUTUNICHAPA, PJE LIEVA, SAN SALVADOR SAN ANTONIO ABAD, CALLE AL VOLCAN,PJE ESPAÑA # 13, CASA 5, SAN SALVADOR DIRECCION INSUFICIENTE VENTANILLA ORDINARIO 16/12/2013 ILIANA AGUILA MRS. CATHERINE CONTERAS REPTO Y PJE ITURBIDE, N 7, MEJICAS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR 1601 BARNET CIRCLE PLEASANT HILL 94523, CALIFORNIA, USA

305 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SAN JUAN OPICO ORDINARIO 16/12/2013 MARIA VENANCIA AYALA EC HERNANDEZ AYALA CTON ATIOCOYO, SAN PABLO TACACHICO, DEPTO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A, DUI: W MOUNTAIN ST. # 103, MOUNTAIN GA, , USA SUC.GALERIAS RR SV 17/12/2013 P. DE LETONA PATRICIA LETONA BOULEVARD EL HIPODROMO # 777, RESTAURANTE EL PARADISE, COL. SN BENITO, ZONA ROSA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A PL MASPETH QUEENS, NY 11378, USA SAN VICENTE RR SV 17/12/2013 DESCOCIDO MARTA LILIAN AGUILAR MELENDEZ 6 AVE. NTE, B SAN FRANCISCO, SAN VICENTE, EL SALVADOR, C.A. ALEX AGUILAR MELENDEZ 1221 MCFORLAND LN, HAYWARD, CALIFORNIA, SANTA ANA RR SV 17/12/2013 DESCOCIDO JOSE LUIS ARAUJO CTON PRIMAVERA, COL. LA PROVIDENCIA, POL.42, LOTE 2, PRIMAVERA, SANTA ANA, EL SALVADOR, C.A. MARIO ERNESTO ARAUJO 98 BURR AVE. HEMPTEAD NY , USA EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 18/12/2013 PURITANS PRIDE 4320 VETERANS MEMORI HOLBROOK NY JEANETTE BONILLA COL. QUEZALTEPEC, PJE 1, CASA, LA LIBERTAD, STA TECLA, EL SALVADOR SAN JUAN OPICO ORDINARIO 18/12/2013 BLANCA EMY CHICAS GUTIERREZ FRANCISCO ANTONIO BARRIENTOS ORELLANA LOT. SAN ANTONIO, CALLE ANTIGUA A LOS PALMITOS, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, DUI , TEL TURNER AVENNUE, APTO 131, ROAKE, TX , USA SUC.METROCENTRO RR SV 19/12/2013

306 306 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 FAMILIA GUARDADO Y LOLY DE SIBRIAN LAURITA Y ROCIO CABRERA RES. ALTAVISTA AVE. PPAL, # 30, TONACATEPEQUE, S.S., EL SALVADOR,C.A. 105 MCLEAN ST. HAMLET NMC 18345, USA SAN MARCOS RR SV 20/12/2013 JOSE ROBERTO HERNANDEZ PANAMEÑO BARRIO CANDELARIA, EDIFICIO CANDELARIA, # 121,SAN SALVADOR, EL SALVADOR ELSA ELIZABETH CHACON NAVARRO 4009 UTAH AVE BRENTWOOD, MD USA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 26/12/2013 JORGE VASQUEZ ARCOS DE LA CIMA HUGO DANIEL CORTEZ RPTO. VALLE NUEVO I, BLOCK "Y", PJE 5, CASA # 8, ILOPANGO SUC.GALERIAS RR SV 26/12/2013 ISABEL LOPEZ COL. LA SABANA # 17, SAN SALVADOR, EL SALVADOR KOHL-LEON-HOOVARD 1421 EL MER ST. SUMM NJ , USA VENTANILLA ORDINARIO 27/12/2013 MARTA DE MARMOL SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. GUILLERMO MARMOL MIRANDA Y SRA 2119DETMORS BLU ASTORIA, LGC 11105, NUEVA YORK SUC.ESPAÑA ORDINARIO 27/12/2013 C.G. ELIA RAMIREZ FINAL CALLE GERARDO BARRIOS, URB. Y PJE LOS ANGELES, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. OLGA DOMINGUEZ 29 BREL AVENUE FELD OR FOOR BER NY NEW JERSEY ENFELD 07621, USA DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE NUEVA SAN SALVADOR EN SV 03/01/2014 GPS PLUS JOSUE DAVID PADILLA CARLOS

307 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de AVE. SUR, COL. UTILA # 1-11, STA TECLA, LA LIBERTAD RES. VERANDA SENDA EL PI, POL. 12, # 15 STA TECLA, LA LIBERTAD SAN MARTIN RR SV 04/01/2014 MANUEL DE J. CRUZ RAMOS LOT. MONTEFRESCO, POLG. J, N 6, SAN PEDRO PERULAPAN, CUSCATLAN, EL SALVADOR, CA. NAHUN GAMALIEL CRUZ RAMIREZ TH ST RICHMOND CALIFORNIA, (415) SUC.METROCENTRO RR SV 06/01/2014 RONALD FRANKLIN CASTILLO RES. JARDINES DE LA SANTISIMA TRINIDAD, PJE # 1, POLG. 2, BK J, APTO # 30-B, NIVEL 2, AYUTUXTEPEQUE. MARIA ISABEL GARCIA DE LARA LISTA DE CORREOS DE LA LIBERTAD, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, TEL VENTANILLA ORDINARIO 07/01/2014 JOSUE LINARES COL. MEDICA, CALLE PPAL N 10, CALLE PPAL PJE 2, RADIO MAYA VISION CALLE SAN ANTONIO ABADPOR ROTONDA VIEYTEZ, 2 CUADRAS ARRIBA, SAN SALVADOR IZALCO EE SV 08/01/2014 MARTA ALICIA GUZMAN DE U. COL. LA UNION, PJE 2, N 12, IZALCO, SONSONATE, EL SALVADOR, CA ADAM ENRIQUE DE LEON 1625 CEDAR AVENIDA N 10, LONG BEACH, CA, USA, SENSUNTEPEQUE EE SV 09/01/ JACINTO GONZALEZ ALVARADO OFICINA DE CORREOS SENSUNTEPEQUE, JOSE SANTOS COREAS 4404 CANAL ST,SPTO 326 LAKE CHARLES LA 70605, USA EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 10/01/2014 DIRECCION INSUFICIENTE SHOE METRO-DDU ROGER ALBERTO SANTOS SCHILTZER STR NIEDERAULA, GERMANY B EL CALVARIO, NUEVA ESPARTA, LA UNION, EL SALVADOR

308 308 DIARIO OFICIAL Tomo Nº VENTANILLA ORDINARIO 10/01/2014 DIRECCION INSUFICIENTE LETICIA SAVALERIA MEDI PEDS/ AMERICAN CORPORATION,MARKETING RES. EL CARMEN,CASA # 3, SN SALVADOR, EL SALVADOR, CENTRAL AMERICA, S.S. P.O. BOX 1419 HANDERSON, NC 27536, USA SENSUNTEPEQUE RR SV 14/01/2014 YANIRA LARREYNAGA CANTON EL BAÑADERO, CASERIO SAN FIDEL,GUACOTECTI,CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. TEL DUI, JOSE ORELLANA 2034 W 10TH ST SANTA ANA,CA, 92703, USA VENTANILLA EE SV 14/01/2014 ZOILA YURI DE RALDAN AVE. ELISEO MIJANGO,CASA N 10, NEJAPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ANA HERNANDEZ 3912 E BROAD ROCK, RICHMOND VIRGINIA, USA SOYAPANGO RR SV 16/01/2014 SILVIA ELIZABETH DIAZ RPTO. LOS SANTOS 2, PJE 14, CASA N 34-O, SOYAPANGO,S.S., EL SALVADOR,C.A IGNACIO UREÑA PEREZ 761 WARRINGTON AV. REDWOOD CITY, USA, CALIFORNIA, AHUACHAPAN RR SV 16/01/2014 DOUGLAS ERNESTO MARTINEZ AREVALO COL. SAN JOSE # 5-8 LAS CHINAMAS, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A, TEL , DUI : ALEX MARTINEZ BUENA ST. GARDEN GROVE, CA, USA SANTA ANA ORDINARIO 16/01/2014 DESCOCIDO SALVADOR LOPEZ CAMPOS MARIA LOPEZ CAMPOS LOT. TIRRAS BARATAS# 2, LOTE # 96, BLOCK " J ", SANTA ANA, EL SALVADOR. DUI AVE. AP. 201HYATTSVILLE, MD, 20783, USA SANTA ANA ORDINARIO 16/01/2014

309 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ARMANDO ROMERO NANCY PATRICIA ROMERO DE L. C/ NAGUTEPEQUE, COL. SAN JOSE, POL. 2, CASA 10, SANTA ANA, DUI : , SOUTHLAND AVE. ALEXANDRIA, VIRGINIA, SOYAPANGO RR SV 18/01/2014 ANA PATRICIA PAYES FINAL 6TA AV. NTE COL. CASTILLO #44 B SOYAPANGO SAN SALVADOR EL SALVADOR C.A LEOR M. QUINTANILLA SONSONATE EE SV 20/01/ ERNESTO ALEXANDER DIAS COL. SANTA ELENA PJE. 2 CASA # 2 SAN ANTONIO DEL MONTE SONSONATE EL SALVA DOR C.A. LORENA DEL CARMEN VASQUEZ DE DIAZ 621 SUR BURLINGTON AV. APT. 104 LOS ANGELES CA NUEVA SAN SALVADOR EE SV 21/01/2014 URANIA MARTINEZ COL. SN RAFAEL I, CALLE PPAL # 14,STA TECLA, LL, EL SALVADOR,C.A JOSE RBERTO LOPEZ MARTINEZ 3356 WMAUNA LOALN PHEONIX AZ DEL SUR DEPACOIMA, CA, USA, ILOBASCO EE SV 21/01/ MARIA MARLENE GUERRA SIBRIAN COL. EL RECUERDO,CALLE PPAL, ILOBASCO,CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. DUI: JOSE GENARO MERCADO ORELLANA TH AVE. SACRAMENTO, CALIFORNIA,CA USA SANTA ROSA DE LIMA RR SV 21/01/2014 DESCOCIDO EVELIN MARISOL ROMERO REYES B LAS DELICIAS, STA ROSA DE LIMA, LA UNION, EL SALVADOR,C.A. DUI SERGIO E. MEDINA 3704 HUNTLEIGH DR. RALEIGH, RTH CAROLINA, VENTANILLA ORIDNARIO 22/01/2014 ZONA DE ALTO RIESGO MARIA CANDELARIA MARTINEZ VILLALOBOS RHINA GONZALEZ

310 310 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 COMUNIDAD CRISTO REDENTOR, SECTOR A Y B, BLOCK F, CASA 19, COL. ESCALON, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A CASITAS AVE. L.A. CA APOPA RR SV 23/01/2014 IMELDA ELIZABETH FLORES LEMUS REPARTO APOPA, PJE # 5, CASA # 11, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. JOSE ROBERTO FLORES MALDONADO 16 CONTRY RD # 2, EUCTT MA 02149, USA SUC.METROCENTRO RR SV 24/01/2014 MIRIAN DE ACOSTA COL. ESCALANTE, BLOCK E # 36, ILOPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ANDREA ESTER HERNANDEZ DEL CID 1701 ROCK APRINGS DR., APTO 2070, LAS VEGAS, NY, 89128, USA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 25/01/2014 ALEXANDRA VILLALTA RES. MONTEBELLO. CALLE LOS ESCORIALES, # 12-B, MEJICAS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. EMERSON RICARDO SERMEÑO P.O.BOX , SAN DIEGO, CALIFORNIA, 92143, ESTADOS UNIDOS ACAJUTLA EE SV 29/01/2014 JULIO CESAR ZAMORA CASTRO CARRETRA A ACAJUTLA, KM. 76, CA. A SAN JULIAN,CASERIO LA NUEVA,SONSONATE, EL SALVADOR,CA JESSICA MARICELA ZAMORA BRU 1203 GREEN BRANCH LN RALEIGA,NC, USA, ANAMOROS EE SV 29/01/2014 INGRIS MERARY REYES DE SORTO CTON TERRERITOS, CRIO LOS GUTIERREZ, ANAMOROS, LA UNION, EL SALVADOR, C.A. MARIA SORTO C/O ERICK GUTIERREZ SANAPIPER DR. HOUSTON TEXAS, ILOBASCO RR SV 29/01/2014 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE MIRNA GUILLEN DE GARCIA SAMUEL ESCOBAR IRAHETA C/ EL MESTIZO,CAS. EL ZAPOTAL, ILOBASCO, CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. DUI , TELÑ KEMWOOD DR, HOUSTON TX , TEL (832) , USA TEXISTEPEQUE EE SV 30/01/2014 SE MUDO

311 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de IRIS IVANIA CORADO IZABEL BEATRIZ CORADO CLL. CHILCUYO CASERIO LA Y GRIEGA STA. ANA EL SALVADOR C.A 1800 N. INGLEWOOD ST. APTO. 14 SILVAN SPRING ARCANSAS USA CARA SUCIA EE SV 30/01/2014 DORA ALICIA SAGASTUME QUINTANILLA EL NARANJO PEDRO DE ALVARADO, PUENTE ARCE,AHUACHAPAN, EL SALVADOR,CA. DPI # MARINA SAGATUME QUINTANILLA 1547 TAMARAC ST. DENVER,CO 80220, USA CIUDAD BARRIOS EE SV 31/01/2014 MARIA SANTIAGO ARGUETA PINEDA SAN DIEGO, CASERIO EL SICAHUITE,SAN ANTONIO EL MOSCO, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, DUI ALEXANDER PAZ ARGUETA 103 LOUBEN VALLEY CT. CARY, NC USA SUC.ALTAVISTA EE SV 31/01/2014 DESCOCIDO KARLA ISABEL RAMIREZ URB. LAS MARGARITAS NTE, PJE 22 PTE, # 46 J, SOYAPANGO, EL SALVADOR,C.A KRISTINA EINGER 2801 JANE ST APARTAMENTO 208, TORONTO ON M3N2H8, ONTARIO CANADA SUC.ESPAÑA ORDINARIO 02/02/2014 BLADIMIR ANTONIO ROSALES COL. EL TRANSITO # 2, PJE LOS ANDES, CASA # 20, KM. 9, SAN JACINTO, SAN SALVADOR,EL SALVADOR,C.A. JAVIER AGUILAR COL. EL CARMEN 3, KM 12 AUTOPISTA A COMALAPA,CALLE PPAL. CASA # 5, SAN MARCOS, SAN SALVADOR CARA SUCIA EE SV 03/02/2014 TONY BLADIMIR CALLES LOPEZ LOT. SAN RAFAEL BK #135 LA HACHADURA AHUACHAPAN EL SALVADOR C.A NUBIA MARICELA MENDEZ GUARDADO BROOKGLADE SIRCLE APT # 907 HOUSTON, TX USA SANTA ANA ORDINARIO 04/02/2014 DIRECCION INSUFICIENTE ZOILA MARITZA CLAVEL DE AGUIRRE NELSON ERNESTO GARCIA EL RESBALADERO, CASERIO EL SITIO, EL ROSARIO, STA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI CASA 412, WASHINGTON ST. SHREVEPOZ, LA, , USA

312 312 DIARIO OFICIAL Tomo Nº ZACATECOLUCA ORDINARIO 05/02/2014 DIRECCION INSUFICIENTE YENY CAÑENGUEZ SAUL CLIMACO TIENE EL SALVADOR, DPTO DE LA PAZ, ZACATECOLUCA, SUC.METROCENTRO ORDINARIO 05/02/2014 RECHAZADO HECTOR MARTINEZ LOTIFICACION CUSCATLAN, B LAS VICTORIAS, # 2-C, CIUDAD DELGADO SR. PRDO GONZALEZ CASTILLO PNC,SUBDIRECCIÓN ANTI PANDILLAS, CENTRO DE SAN SALVADOR SANTA ANA ORDINARIO 05/02/2014 ROSA ESTHER GUEVARA LASCO COL. LAS VICTORIAS, CASA # 53, SANTA ANA, EL SALVADOR, CA, DUI : EMILIA DEL CARMEN LASCO MARTINEZ 1306 BAYPORT PL BSMT, NY 11691, USA SUC.GALERIAS RR SV 05/02/2014 ANDRES RMAN CASTRO 75 AVE. # 25 PJE TIO CONRA, RES. LOMAS DE LA ESCALON, SAN SALVADOR YESID LEON CARRERA 3 #B BARRIO,LA JOYA, BUCARAMANGA SANTANDER, COLOMBIA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 06/02/ YENI CAROLINA GUARDADO GALLEGOS CANTON SAN FELIPE, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, C.A., DUI LORENZO HERNANDEZ P.O. BOX 7441 NEWARK, NJ, 07107, USA EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 10/02/2014 THE NEW LIFE MISSION P.O. BOX 18, YANG CHEON POST OFFICE, YANG CHEON GU, SEOUL KOREA, LUIS ARLDO ROJAS LOPEZ B SAN JACINTO, CALLE BRASIL, COND. EL MILAGRO, PLANTA BAJA, BLOCK "A", CASA N 9,, SAN SALVADOR, EL SALVADOR NUEVA SAN SALVADOR ORDINARIO 11/02/2014 ANA JULIA DE NAVARRO ROXANA SALVADOR

313 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CALLE CONCHAGUA PTE N 18, COL. STA ELENA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR.C.A 400 NW 107 AVE. APTO. 10-C, MIAMI, FLORIDA, SENSUNTEPEQUE EE SV 13/02/ SANDRA EMELINA FLORES DE GUZMAN RES. LAS DELICIAS,CL. FRANCISCO LOPEZ, PJE 2, POL. A, # 21, SENSUNTEPEQUE,CABAÑAS, EL SALVADOR WENDY GUZMAN 8252 WHITHAKER ST, # 15, BUENA PARK CA, 90621, USA NUEVA SAN SALVADOR EN SV 14/02/2014 JEYSER LISSETH LANDAVERDE PJE 4 PTE, POLG E-3, # 9, COL. JARDINES DEL VOLCAN,CIUDAD MERLIOT, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,CA. SERGIO ANTONIO ZELAYA SOTO CALLE ESCORIAL # 18-B, RES. ESCALON, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. EXPEDICION INTERNACIONAL CL DE 17/02/2014 BODYBUILDING.COM-FL C/O DEUTSCHE POST AG. SCHLITZER STR NIEDARAULA, GERMANI MAURICIO MENDEZ CASTRO RES. EL PARAISO, FINAL 4 AVE. SUR,CASA N 3, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR SAN MARTIN RR SV 17/02/ ELENA ROSALES COL. STA TERESA, PJE 11-C, # 18, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, TEL CAROLINA VALLE 3851 WYNN RD R 2083 LAS VEGAS, NEVADA, 89103, USA EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 19/02/2014 THE NEW LIFE MISSION P.O. BOX 18, YANG CHEON POST OFFICE, YANG CHEON GU, SEOUL KOREA JOEL HERNANDEZ PADILLA 5 AVENIDA RTE, # 20-B, ZACATECOLUCA, DEPTO DE LA PAZ, EL SALVADOR 08101, TEL. (503) Y VENTANILLA ORDINARIO 20/02/2014 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE MARIA ESTEFANY AGUILAR SR. BRYAN JOEL PINEDAS AV. SAN JACINTO # 5, B SAN JACINTO, SAN SALVADOR COL. LAS CONCHAS, PJE 25, DEPTO SAN SALVADOR SENSUNTEPEQUE EE SV 20/02/2014

314 314 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DORA BETY CALLES GUEVARA YURI YAMILETH VILLANUEVA CALLES TEMPISQUE, GUACOTECTI,CABAÑAS, DUI , EL SALVADOR,C.A. PINEY BRANCH RD,APTO. 201SILVER SPRING,MD, USA SOYAPANGO EN SV 20/02/2014 JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS CALLE OLOMEGA,BLOCK E, # 35, CIUDAD CREDIS, SOYAPANGO, SAN SALVADOR SRA. ELSY CAROLINA CARRANZA DE MARTINEZ URB. ALTOS DE GUADALUPE, CALLE PRINCIPAL # 67, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, EL SALVADOR USULUTAN RR SV 21/02/2014 ISRAEL JOSUE TREJO SOSA CANTON OJO DE AGUA, USULUTAN, EL SALVADOR, CA, DUI : ROXANA ARELY HERNANDEZ MARTINEZ ZACKARY CIR APT. 164 RIVERVIEW FL 33578, USA TEL SUC.METROCENTRO ORDINARIO 21/02/2014 SE MUDO SALVADOR FLORES DON NARCISO CASTILLO/ CANAL 33 CALLE EL PROGRESO, PJE 1, COL. LIBERTAD, S.S. COL. ESCALON, PJE ISTMANIA, # 262, SAN SALVADOR SONSONATE EE SV 24/02/2014 JESSICA CAROLINA DE LOPEZ HERMINIA RAAQUEL MARTINEZ COL. SAN JOSE, BK P, LOTE # 1, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. DUI TH SP LANHAM, MD, USA, SAN MARTIN RR SV 25/02/2014 JOSEFINA MARTINEZ MEJIA COL. SAN LUIS, PJE 2, CASA # 46, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, TEL JOSE HECTOR MARTINEZ PORTILLO 3529 LEESBURG-CT, APT # 2, ALEXANDRIA- VA, 22302, , USA VENTANILLA EN SV 26/02/2014 YENCY IDALIA SANTOS LUNA URB. VALLE VERDE II, PJE 1, POL A, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. DANIEL ANTONIO RAMIREZ CENTRO PENAL DE MAXIMA SEGURIDAD DE ZACATECOLUCA, LA PAZ, EL SALVADOR

315 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de VENTANILLA ORDINARIO 01/03/2014 DILMA ELIZABETH MEDRA RAMOS SAN SALVADOR, CIUDAD DELGADO, KM. 9, CTON SAN LAUREA,CASERIO LOS MARTINEZ, SAN SALVADOR KARLA LILIBETH LOPEZ QUINTANILLA SAN SALVADOR,CALLE A MARIONA, ENTRADA A EL LAUREL, PJE ESPAÑA, COL. SANTA JOSEFITA, CASA # 5, SAN SALVADOR VENTANILLA ORDINARIO 02/03/2014 ASEJA ASOCIACION SALVADOREÑA DE EX BECARIOS DE JAPON DRA. RINA EVELYN FIGUEROA PERDOMO DE BONILLA 9 CALLE PTE, CASA 1441, COLONIA ESCALON, ENTRE 79 Y 81 AVE. RTE, SAN SALVADOR SAN JUAN OPICO ORDINARIO 03/03/2014 CAROLINA YANETH MENDOZA CASERIO LAS PAVAS, SN ISIDRO, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARIA CRUZ TEJADA 1809 W 24TH ST. LOS ANGELES CA 90018, USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 03/03/2014 DANILO EDGARDO GUERA MEJIA CTON SAN PEDRO MARTIR, CASERIA LOMA ALTA, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,CA, DUI TEL RONALD MEJIA W. WASHINGTON ST. HAGERSTOWN MD, CODIGO POSTAL , TEL SAN JUAN OPICO EE SV 03/03/2014 DOMINGA FLOR DE M. CABRERA CASERIO DOS MONTES, SAN PABLO TACACHICO, LL, EL SALVADOR,C.A. MARIA MAGDALENA CABRERA PORTILLO 3887 S. MOBART BLVD. LOS ANGELES, CA, USA CARA SUCIA EE SV 04/03/2014 DORA EVELIA RAMIREZ Y RAMIREZ MAYR RAMIREZ DIRECCION INSUFICIENTE GARITA CHAPINA PEDRO ALVARADO, DEPOSITADO EN CARA SUCIA AHUCHAPAN, EL SALVADOR,C.A SPAHELIN, SPRET DETROIT, MI, USA, SAN VICENTE ORDINARIO 05/03/2014 ZONA DE ALTO RIESGO TANIA GUADALUPE FLORES NAJARRO JESUS ADALBERTO CORBERA ORANTES

316 316 DIARIO OFICIAL Tomo Nº AVE. NTE, B EL SANTUARIO, SAN VICENTE, EL SALVADOR, C.A. CANTON ANTON FLORES, CARRETERA A VERAPAZ USULUTAN EE SV 05/03/2014 MARITZA ELIZABETH CEDILLOS DE BONILLA COL.EL MILAGRO PJE. #2 CTON. LA POZA, OZATLAN, USULUTAN JOSE ANTONIO CEDILLOS UMAÑA 910 REDWOOD ST. APTO 111, HOUSTON, TX. COD. PTAL USA SAN VICENTE ORDINARIO 05/03/2014 JIMENA ALEJANDRA VILLALTA R. CANTON FLORES # 14, SAN VICENTE JULIA GABRIELA CORTEZ CANTON FLORES, COLONIA SAN CARLOS, SAN VICENTE SUC.METROCENTRO ORDINARIO 06/03/2014 ADEXSAJOM CALLE MOTOCROSS, N 38, SAN SALVADOR MARTIN BARRAZA MELENDEZ URB. LA CIMA 1, CALLE PRINCIPAL, N 17, SAN SALVADOR SUC.METROCENTRO ORDINARIO 06/03/2014 ADEXSAJOM CALLE MOTOCROSS, N 38, SAN SALVADOR ENRIQUE AGUILAR 3 CALLE ORIENTE, N 604, COL. LA RABIDA, SAN SALVADOR SUC.MODELO RR SV 07/03/2014 JOSE LEOPOLDO BERMUDEZ COM. DIVINA PROVIDENCIA, PJE PPAL, # 15, SAN SALVADOR, EL SALVADOR MAYRATHURMAN 3B ST SHELLBY OH USA ZONA DE ALTO RIESGO DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE VENTANILLA ORDINARIO 07/03/2014 SE MUDO AEC SA DE CV PATRICIA LISSETTE MENDEZ ROCHA AVENIDA MATIAS DELGADO, N 335, COL. ESCALON, SAN SALVADOR, TEL CALLE LOS PIS, POLG. 1 Y 2, LOTE 6, LOTIFICACION SAN CAYETA, APOPA SENSUNTEPEQUE RR SV 10/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

317 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MORENA GUADALUPE CALLEJAS YOSSELIN GRISLDA AREVALO 1 CLLE ORIENTE BARRIO LOS REMEDIOS, SENSUNTEPEQUE,CABAÑAS, , TEL P.O. BOX 863, GAITHERSBURG, MD, 20884, USA SUC.ALTAVISTA ORDINARIO 10/03/2014 LETICIA RIVERA RESIDENCIAL ALTAVISTA,CP 1101, SAN SALVADOR, EL SALVADOR MARAI ETELVINA DE REYES VILLA MARIONA # 1, SENDA 4, CASA 406, CUSCATANCINGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SAN MARTIN EE SV 10/03/2014 RICARDO ALFREDO VIGIL RIVERA MAYRA ALEJANDRA VIGIL COL. SAN JOSE CALLE PPAL. KM. 20 1/2, CALLE A SUCHITOTO CASA #8, SAN MARTIN SAN SALVADOR EL SALVADOR C.A TH ST. UNION CITY CA USA VENTANILLA EE SV 10/03/2014 MAURICIO SANTIAGO ROMERO RES. LAS TERRASAS POL. "C" #8C AYUTUXTEPEQUE S.S. EL SALVADOR C.A.- E J. PICHARDO ACOSTA 395 MTBRIDEA AVE PATERSON NEW JERSEY U.S.A VENTANILLA ORDINARIO 11/03/2014 AEC SA DE CV AVE. JOSE MATIAS DELGADO, N 335, COL. ESCALON, TEL NEYRA WELMAN MAZARIEGO CANJURA SENDA EMPERADOR RTE, POL. I-1, PARCELACION ALTOS DE LA JOYA, APOPA VENTANILLA ORDINARIO 11/03/2014 AEC SA DE CV AVE. JOSE MATIAS DELGADO, N 335, COL. ESCALON, TEL SARA ISABEL BONILLA GARCIA LOT. MILAGROSA, CTGO QUEBRADA CUSCATANCINGO, SAN SALVADOR VENTANILLA EE SV 11/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE ZONA DE ALTO RIESGO DIRECCION INSUFICIENTE DAVID LEONE MONICA CONTRERAS REPARTO SANTA LUCIA, PJE B, ZONA 4, # 75, MEJICAS, SAN SALVADOR 2328 E 40 N, ST. GEORGE, UT, USA, 84790

318 318 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SUC.METROCENTRO ORDINARIO 11/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE ADEXSAJOM MARIO GONZALEZ RECIS CALLE MOTOCROSS, N 38, SAN SALVADOR COL. JARDINES DE LA ESCALON, 75 AV. RTE, N 1, SAN SALVADOR TEXISTEPEQUE ORDINARIO 11/03/2014 DESCOCIDO YOLANDA VICTORINA CASTRO UMAÑA CANTON BELEN GUIHAT, EL DESAGUE, METAPAN, EL SALVADOR,C.A. DUI BOANERJES CASTRO UMAÑA 67 FOX IRCE AUGUSTA, GA, , USA CHALATENANGO ORDINARIO 11/03/2014 RECHAZADO UNICEF DE EL SALVADOR ANTIGUO CUSCATLAN JOSE NELSON QUEZADA ECHEVERRIA SAN JOSE LAS FLORES, ALCALDIA MUNICIPAL VENTANILLA EN SV 12/03/2014 COPROFE 5 CALLE PTE, Y 7 AVE. NTE, PLAZA SAN ANGEL, 25 NIVEL, LOCAL 209, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR. MARIA VICTORIA CRUZ CASTRO DE REYES COL. SAN LUIS 1, FINAL CALLE EL GRINGO, CASA 101, CCUSCATANCINGO, SN SALVADOR SUC.METROCENTRO RR SV 12/03/2014 ELMER UMAÑA AVE. LAS DELICIAS, CASA # 35-A, COL. SANTA BARBARA,SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR ANA CORTEZ 236 S. CORONADO ST. # 408, LOT, LOS ANGELES,CALIFORNIA, , USA AHUACHAPAN RR SV 12/03/2014 LUZ AMERICA RUIZ DE GARCIA ELBA EMI RUIZ COL. IVU 2, PASAJE 9, # 11, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A 107 ENCHARTED HILLS RD APT. 302OWINGS MILLS, MD , USA EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 13/03/2014 SE MUDO AHLUM MOON MARTA MADRID

319 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de HEOGIDONG 65, SHINHYUNDAE, APT 6 DONG 1203 HO, DONGDAE MUNGU,SEAUL KOREA REPARTO LOS ROSALES, PJE 1, N 15-A, SAN SALVADOR, C.A, TEL , EL SALVADOR LOURDES COLON ORDINARIO 17/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE OSCAR REYES ELBA ALEJANDRA REYES LOURDES COLON,CAMPOS VERDES II, LA LIBERTAD, EL SALVADOR 110 SE KENT, KANGLEY RD APT CIOS KENT WA, SAN MARTIN RR SV 18/03/ MARIA DOLORES SANCHEZ CRUZ LEYLA YANETH RIVERA S. COL. SN JOSE, CALLE A PERULAPIA, KM 20½, CASA # 28, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A., TEL WEST 19 ST, APTO 3, BROOKLYN, NY, 11224, USA, TEL (646) SAN FRANCISCO GOTERA ORDINARO 20/03/2014 YESSICA ARELY MESTANZA PEREZ COL. LAS FLORES, POLG. F, # 2, SAN FRANCISCO GOTERA, MORAZAN, EL SALVADOR. ELIZABETH PEREZ 311 NATCHEZ ET APT 122 NASHVILLE TN , USA SAN BARTOLO RR SV 20/03/2014 EDUARDO ARIEL BONILLA HERNANDEZ RES. ALTA VISTA, POL. I, PJE 26, # 60, TONACATEPEQUE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A., ELSY HADASSAL BONILLA HERNANDEZ ST CORONA QUEENS, NEW YORK, , USA SOYAPANGO RR SV 24/03/ SARA GABRIELA GONZALEZ MEJIA FUNDACION CEDDET/URB. CIERRA MORENA I, PESAJE 10 PTE, CASA 686, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR M.A. DAVID E. LOPEZ 15 CALLE ZONA 6, COLONIA CIPRESALES, GUATEMALA, GUATEMALA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 24/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE MARIA DEL ROSARIO VALENCIA COL. GUADALUPE # 1, PJE 1, CASA # 27, SANTA TECLA, LA LIBERTAD JOSE ANTONIO AGUILAR PENITENCIERIA DE MAXIMA SEGURIRDAD, SECTOR 3, CELDA 23, ZACATECOLUCA, DEPTO LA PAZ SANTA ANA RR SV 24/03/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

320 320 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 RUFINA LEMUS VALLE GONZALO CASTILLO CTON PRIMAVERA, CAS. GUIROLA, STA ANA. STA ANA, EL SALVADOR,C.A. 85 W. 28 TH ST. HIALEAH FL , USA SAN MARTIN RR SV 24/03/2014 CRISTINA DE JESUS BARAHONA COL. SANTA TERESA, PJE 11-A, CASA 13, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. WILBER ANTONIO MARAVILLA 7849 STORK RD ALEXANDRIA, VIRGINIA, USA, (571) EL COYOLITO ORDINARIO 25/03/2014 FRANK PORTILLO COL. LA RABIDA, 37 AVE. NTE # 335, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A., DUI SANDRA ORELLANA 1209 TOWNSEND ST. SANTA ANA CA, 92707, USA SENSUNTEPEQUE RR SV 25/03/2014 MARIA MARINA NUÑEZ CUELLAR OFICINA DE CORREOS SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR, C.A. TEL WILMER CRUZ 4506 TENNESSEE AVE APT. # 7, NAHVILLE, TN, 37209, USA SOYAPANGO RR SV 25/03/2014 GEMINA RUTH SNCHEZ COL. PREDOS DE VENECIA III, PJE 37, GRUPO 78, # 31, SOYAPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A ALBA YESENIA SANCHEZ 72 ROOSVELT VALLEY STREAM, NY, 11581, USA SANTA ANA ORDINARIO 26/03/2014 EDITH LINARES SANTA ANA, EL SALVADOR, CA, BENJAMIN JONES 30 SANFORD AVE. SOUTH, APT 1815, HAMILTON, ONTARIO, CANADA DIRECCION INSUFICIENTE VENTANILLA EN SV 27/03/2014 ANA ALFARO COL. VISTA AL BOULEVARD, PJE 2, BLOCK H, CASA 28, SOYAPANGO, TEL NANCI ARELI ROMERO ALFARO COL. CADIZ, VIÑA DETRAS DEL MOTEL TEXAS, CARRETERA A LAS CHINAMAS, AHUACHAPAN, TEL

321 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de VENTANILLA EE SV 28/03/2014 ERNESTO VELASQUEZ GABRIELA TEAS FINAL 25 AVE. SUR, # 1346, S.S., EL SALVADOR, C.A TH ST, APTO 1, NJ, USA, UNION CITY, EXPEDICION INTERNACIONAL CD JP 28/03/2014 JAPAN GRAPHIC DESIGNERS ASSOCIATION INC.(JAGDA) MIDTOWN TOWER 5F, AKASAKA MINATO JAPON, , JEANNETTE EUGENIA LARTATEGUI/ DIRECTOR UNIVERSIDAD DON BOSCO SCHOOL OF GRAPHIC AND INDUSTRIAL DESING, CALLE A PLAN DEL PI KM 1 ½, CUIDADELA DN BOSCO, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR TE, (503) EXPEDICION INTERNACIONAL CD JP 28/03/2014 JAPAN GRAPHIC DESIGNERS ASSOCIATION INC (JAGDA) MIDTOWN TOWERS 5F, AKASAKA MINATO-KU, TOKYO T MS. MARISELA AVALOS/DESIGN CAREER DIRECTOR ESCUELA DE COMUNICACION MONICA HERRERA, FACULTAD DE COMUNICACION SOCIAL; AVE. MANUEL GALLARDO # 3-3, STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR VENTANILLA EE SV 29/03/ MARIA DILMA BARRAZA URB. NUEVOS HORIZONTES CALLE "L"POL. 25, PJE. 16 CASA 6 ILOPANGO S.S. EL SALVADOR C.A DENNIS ALFREDO PASCACIO BARRAZA 2736 MURTHA D2 SAN JOSE C.A USA SAN FRANCISCO GOTERA ORDINARIO 31/03/2014 DESCOCIDO JOSE BLADIMIR BENITEZ CAS. LLA VERDE, EL PERNAL, CHILANGA, DEPTO DE MORAZAN, EL SALVADOR,C.A. ANIBAL MEJIA SANCHEZ 150 PONDEROSA RD SOUTH SAN FRANCISCO, CA , USA APOPA ORDINARIO 02/04/2014 JUAN ANTONIO MANCIA SANTO E GUTIERREZ DIRECCION INSUFICIENTE COL. STA LUCIA, PJE N, CASA 17, ILOPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. 81 WEST E # GE ST N2E, ST BOSTON MA 02128, USA EXPEDICION INTERNACIONAL CA AT 03/04/2014

322 322 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DERLER PIA LANDSCHA 99, 8160 WEIZ AUSTRIA, TEL CARLOS ALFREDO MENJIVAR MORALES RESTAURANTE LAS PALMERAS, FINAL PLAYA EL PALMARCITO, CARRETERA LITORAL KM. 50, TAMANIQUE, LA LIBERTAD NUEVA SAN SALVADOR RR SV 03/04/2014 KEVIN JACOB NASSER CAMPOS CALLE JINEBRA, CASA # 38, POL. 19, RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA,STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. (503) CLAUDIA LEMUS 2421 CARNEGIE LANE, REDONDO BEACHC, CA, USA TEXISTEPEQUE ORDINARIO 05/04/2014 IRMA EMY AGUILAR COL. PAULA ISABEL # 2, CHILCUYO, CASERIO LA Y GRIEGA, TEXISTEPEQUE, SANTA ANA, EL SALVADOR, C.A DUI : ROSA DIAZ 273 GWINNETT STATION CIR TUCKER GA USA ATIQUIZAYA EE SV 05/04/2014 DESCOCIDO CARLOS HUMBERTO GONZALEZ EL PORTILLO,C. PPAL SAN LORENZO,AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. DUI IRMA GUADALUPE LINAREZ ZEPEDA 44 CLINTON ST. SLEEPY HOLLOW, NY, 10597, USA LOURDES COLON RR SV 07/04/2014 DESCOCIDO ESMERALDA ZEPEDA HENRIQUEZ RES. CAMPOS VERDES II, SENDA 15 OTE, POLG. 76, # 29, LOURDES COLON, LA LIBERTAD, EL SALVADOR CARLA JASMIN RODRIGUEZ HENRIQUEZ 8 CALLE OTE, B SANTA BARABARA,COL. EL 14, CASA # 14, SNSUNTEPEQUE,CABAÑAS SANTA ROSA DE LIMA ORDINARIO 10/04/2014 GRISELDA JACKELIN RIVERA LISTA DE CORREOS, SANTA ROSA DE LIMA, LA UNION, EL SALVADOR,C.A., DUI VICTOR MARTINEZ DOMINGUEZ A WEST CSTREEP, SAN DIEGO, CA, NUEVA SAN SALVADOR RR SV 10/04/2014 DIRECCION INSUFICIENTE BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A. PRAMIDE CITI, KM. 10 ½, CARRETERA A SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARIA AUXILIADORA GONZALEZ VASQUEZ BOULEVARD EL ESPI, PJE 7, URB. MADRE SELVA, ANTIGUO CUSCATLAN, L.L.

323 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SAN MARTIN ORDINARIO 11/04/2014 DIRECCION INSUFICIENTE CECILIA DEL CARMEN MORALES BARRERA ENGELBERT MAGDIEL RODAS PROYECTO SANTA TERESA,PJE 8 B, CASA # 55,,SAN MARTIN, SAN SALVADOR RIO GRANDE DETENTION CENTER, TOOL SAN RIO BLVD LAREDO TX 78046, USA GRAL SAN RAFAEL CEDROS ORDINARIO 11/04/2014 FABIAN ALVARADO ALVARADO CALLE PRINCIPAL LA AUTOPISTA, PJE A, LOT. LA AUTOPISTA, 200MTS AL SUR DE LA ALLE PANAMERICANA, SAN RAFAEL CEDROS, CUSCATLAN, EL SALVADOR,C.A. OSCAR ALVARADO 124 T 12, THSTSE, APART. EVERETT, WA, 98208, USA SAN MARTIN RR SV 11/04/2014 LEUSCADIA VILLALTA CRUZ URB. PROVIDENCIA 2, PJE 1, # 15, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A., ANA VILMA CABRERA DE ZAMORA 960 BRAXTON ST. UNIONDALE, NY, 1110, USA SUC.METROCENTRO EE SV 14/04/ ROSA HEMI RUBIO UMANZOR COMUNIDAD NAVAL, CALLE ANTIGUA A AGUA CALIENTE, FTE A EX CRUZ ROJA # 4-C,SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. BETY JEANETH UMANZOR RUBIO 3233 SUMTER DR. APTO, 206, DALLAS TX, USA, NUEVA SAN SALVADOR RR SV 15/04/2014 BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A. PIRAMIDE CITI, KM 10 ½, CARRETERA A SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. OLGA ALVAREZ BALLARDO PASAJE 4 ORIENTE, POLIGO C-4,,N 17, JARDINES DEL VOLCAN, SANTA TECLA, LA LIBERTAD NUEVA SAN SALVADOR RR SV 15/04/2014 BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A. PRAMIDE CITI, KM. 10 ½, CARRETERA A SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. ANA MIRIAN MOISES DE DIAZ CALLE JUCUARAN, CASA N 12-H, BOSQUES DE SANTA ELENA. ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, EL SALVADOR DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 15/04/2014 BEST PARTS FABRICIO HERNANDEZ

324 324 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DAEKYUNG JUNGSU DUESIN DONG,DAEGU, CALLE PONIENTE, PJE EL PI,CASA 2, MEJICAS, SAN SALVADOR 2205, EL SALVADOR SUC.MEJICAS ORDINARIO 17/04/2014 ZONA DE ALTO RIESGO BLANCA ESTELA FLORES URB. MAJUCLA, PJE 8, POLG. 16, # 19 CUSCATANCINGO, EL SALVADOR DELMY DE LA CRUZ FLORES 8423 PICO RIVERA, WASHINGTON, CALIFORNA 90660, USA SOYAPANGO ORDINARIO 20/04/2014 CARLOS CEVALLOS SORIA CENTRO URBA SAN BARTOLO,1 ETAPA, PJE EL ZONTE # 10, ILOPANGO, EL SALVADOR MIGUEL A. CEVALLOS 235 BELL VUE AVE. # 6 AREA 213 LOS ANGELES 90026, USA SAN JUAN OPICO EE SV 22/04/2014 MARIA MAURA GUILLEN RIVERA LOT. NVO SAN PABLÑO # 10, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARIO WILFREDO GUILLEN CASTRO 40 CHUNT AVE. APTO N 30, ST RATFORD NJ NUEVA JERSEY USA, S/N CIUDAD DELGADO ORDINARIO 22/04/2014 BERTA ALICIA CASTILLO MINA AVE. PALECA, PJE. SANTA LUCIA, # 17, COMUNIDAD FERROCARRIL, CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR ROBERTO ENRIQUE GONZALEZ MARTINEZ 500 HILBIG RD. CONROE TEXAS, 77301, USA SAN MARTIN RR SV 22/04/ ANA MARIA CASTRO COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS, CALLE PRINCIPAL, POLG. 20, CASA 39, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR BRENDA NATALY VALENCIA ALVARADO 1441 W 37 PLACE LOS ANGELKES CA, 90018, USA DIRECCION INSUFICIENTE SAN FRANCISCO GOTERA ORDINARIO 24/04/2014 DESCOCIDO REINA ELIZABETH HERNANDEZ DE CLAROS JOSE ARLDO CLAROS ROMERO SAN LUIS MEANGUERA, DEPTO DE MORAZAN, EL SALVADOR,C.A GRAND CONCOURSE APTO 1B BRONX NY , USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 24/04/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

325 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de JOSE ORLANDO ORANTES RONAL OSMIN ORANTES CASERIO LAS PAVAS, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. PRICE WILLIAN A, DC 9320 LLEE AVENUE MANASA SSASUA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 24/04/2014 MARIA GABRIELA RIOS PORTILLO PUERTA GRAN CANARIA, PORTAL CANARIAS, CALLE BALEA, CASA A-19, ANTIGUO CUSCATLAN, EL SALVADOR MACELA ESCOBAR 18 AVENIDA, QA 602, ZONA 15, VISTA HERMOSA, GUATEMALA, GUATEMALA SAN MIGUEL ORDINARIO 25/04/2014 DESCOCIDO ANABEL GRANADOS DE GOMEZ AMPARO GUADALUPE GOMEZ GRANADOS CTON EL TECOMATAL, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, C.A., DUI TH AVE. HYATTS VILLE, MD, , TEL , USA SAN MIGUEL RR SV 25/04/2014 RICARDO DIAZ RUTA MILITARLA TRINIDAD DESVIO LA BOMBA, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. DUI ARMIDA BERCIAN VIA MANZONI # , CELLA-DATI, CREMONA, ITALIA SANTA ANA ORDINARIO 25/04/2014 ZOILA ANTONIA SOLORZA CALLE SAN LUIS, LA PLANTA, # 25, NATIVIDAD, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. SANDRA MARITZA SOLORZA COTILLON DR. APTO B-4, HOUSTON TX, 77060, USA SAN MARTIN RR SV 28/04/2014 REYNA CONCEPCION MEJIA COL. STA TERESA,PJE 9-B, CSA # 43, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SALVADOR ANTONIO PORTILLO RODRIGUEZ 3650 STONE CANYON AVE. SHERMAN OAKS CA, USA DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE 267 S/N TONACATEPEQUE RR SV 29/04/2014 DIRECCION INSUFICIENTE CANDIDA RAMIREZ JESSICA GUADALUPE RAMIREZ DISTRITO ITALIA 2, PTE 2, # 1, TONACATEPEQUE, EL SALVADOR, CA WOODHOOLW DR, MEMPHIS TN 38118, USA

326 326 DIARIO OFICIAL Tomo Nº AGUILARES RR SV 30/04/2014 KRISSIA JUDITH CRISTO PORTILLO ADRIAN GARRIDO ISLAS CANTON LA CABAÑA, CAS. HUITIUPA, CASA 14, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. DUI , TEL SUMMIT HALL RD GAITHERSBURG, MD, 20877, USA SAN MIGUEL ORDINARIO 01/05/ MARIA DEL TRANSITO ROSALES COL. CARRILLO 1, CAALLE PPAL, # 3-A, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, C.A. DUI MARIA CRISTELA DE ESCALANTE 26 SPRING ST. GAILHERBURG MD, , USA EXPEDICION INTERNACIONAL CJ US 02/05/2014 SUZANNE M SMEARSOLL/ PLASTIC PROCESS EQUIPMENT INC CORPORATE PARK DR MACEDONIA OH USA ARTURO A TONA / TERMOENCOGIBLES SA DE CV CALLE 1 3 POL D LOTES 1 & 2 ZONA INDUSTRIAL CIUDAD MERLIOT, LA LIBERTAD, EL SALVADOR EXPEDICION INTERNACIONAL CP KR 02/05/2014 THE NEW LIFE MISSION LUIS ARLDO ROJAS LOPEZ B SAN JACINTO, CALLE BRASIL, COND. EL MILAGRO, PLANTA BAJA, BLOCK "A", CASA N 9,, SAN SALVADOR, EL SALVADOR DIRECCION INSUFICIENTE APOPA RR SV 02/05/2014 RECHAZADO DOLY MARIA GARCIA SALINAS URB. LA ERMITA I, CALLE SAN DIEGO,,C ASA 40, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ROBERTO ENRIQUE VAZQUEZ 3311TRAYON STREET, RANCHO COCAMONGA, CALIFORNIA, 91730, USA SOYAPANGO ORDINARIO 05/05/2014 DESCOCIDO NAPOLEON SOLIS ROMERO ENA RUTH SOLIS CRUZ CALLE LAS FLORES, PJE LOS GERANIOS RTE, CASA N 25, POL. 17, JARDINES DE SAN BARTOLO, ILOPANGO 426 THE FALLF PARK WAY DULUTH GA 30096, USA VENTANILLA EE SV 05/05/2014 MARTA ELIZABETH PAZ CERRITOS JUAN CARLOS ALVARADO MEJIA

327 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de URB. MONTES DE SN BARTOLO 5, COM. MADRID, LOTE 3, JE 58 OTE, SOYAPANGO,S.S. VIA FRANCESCO KORISTKA # 11, CAP , MILA, ITALIA SENSUNTEPEQUE RR SV 06/05/2014 MARIA ERLINDA ZAVALA DE AMAYA DINA ZAVALA COL. NAZARE, 12 AVE. SUR, # 16, SENSUNTEPEQUE,CABAÑAS, EL SALVADOR, CA, DUI: TH ST WENAT CHEE WA, 98801, USA APOPA ORDINARIO 07/05/2014 DESCOCIDO MARIA LUISA GONZALEZ B. PERIODICO MAS MADRE TIERRA, APOPA, SAN SALVADOR 11 CALLE ORIENTE Y 2 AVE. RTE # SANTA ANA ORDINARIO 08/05/2014 JACQUELINE LISSETTE ALVARENGA DE PAIZ SANTA ANA, CANTON PRIMAVERA, CASERIO PRIMAVERONA, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI : MIKE IVAN PAIZ TORRES 224 MC CREARY HTS PT 3 DICKSON T.N , USA DIRECCION INSUFICIENTE SUC.MEJICAS ORDINARIO 08/05/2014 DESCOCIDO JOS A. CHAVEZ AV. ALBERT EINSTEIN N 1050, ANTIGUO CUSCATLAN DÑA. ANA MARIA DE FUNES CALLE LOS CLAVELES, N 17, ENTRE AVE. ALBERT EISTEIN Y AVE. RIO AMAZONAS. ANTIGUO CUSCATLAN SUC.MEJICAS ORDINARIO 09/05/2014 ACASER TIENE MARIANA PALENCIA DE ARIAS PASAJE 2, CASA # 98, URBANIZACION DOLORES, MEJICAS, SAN SALVADOR SAN JUAN OPICO ORDINARIO 09/05/2014 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE EDITH MARITZA VALLE YALANDA SANDOVAL B LA CRUZ, COL. STA BARBARA, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. DUI P.O. BOX 357 DEPUE, CHICAGO IL. USA, SAN MARTIN RR SV 12/05/2014

328 328 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 JOSE RONAL LOPEZ GUTIERREZ COMUNIDAD VALLE LAS DELICIAS, POLIGO 27, PASAJE 10, CASA 17, SAN MARTIN, EL SALVADOR,C.A. TEL , DUI SANTOS ISABEL MALDINERO DE JUAREZ 565 W SIDE AVE # 1, JERSEY CITY, NEW JERSEY, , USA EL CONGO EE SV 14/05/2014 DORA ALICIA RODRIGUEZ B SAN ANTONIO,CALLE PPAL, AVE. 14 DE DICIEMBRE, # 29, EL CONGO, SANTA ANA, EL SALVADOR, DUI RINA BEATRIZ RODRIGUEZ 1401 HILL DR CHARLOTTE,CAROLINA DEL RTE, 28210, USA SONSONATE EE SV 16/05/2014 JULIA CRISTINA PATIÑO 2 CALLE OTE, # 2-12 C, COL. SANTA MARTA, SONSONATE, EL SALVADOR, C.A, DUI RUTH ISABEL PATIÑO DE MEJIA 1323 WITTE RD. HOUSTON TX, USA VENTANILLA EE SV 17/05/2014 MARGARITA A. MENDOZA DE CASTRO RES. BOSQUES DE LA PAZ,CALLE 7 PTE, N 26, ILOPANGO SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. BRIAN ALEXANDER MELCHOR MENDOZA ITALIA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 19/05/2014 RECHAZADO 286 LEOR MEDRA URB. PRIMAVERA, PJE CALIXTO, N 10-B, AYUTUXTEPEQUE, SAN SALVADOR JUAN CARLOS CAMPOS CUBAS COL. SANTA BARBARA, AVE. DELICIAS # 7, SOYAPANGO, SAN SALVADOR 170 GRAL USULUTAN EE SV 19/05/2014 CARMEN DE JESUS MERI DE ANGEL COL. STA CLARA, 1 AVE. NTE, # 10, USULUTAN, EL SALVADOR, DUI OSCAR RAMIREZ 153SOMERS ST BROOKLYN, NY, USA, SANTA ANA ORDINARIO 22/05/2014 ZONA DE ALTO RIESGO CARLOTA ANTONIA BARRERA MARGARITA POLANCO COL. ARCO IRIS CESO # 62, MONTE LARGO, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A., DUI : A. E AVENIDA PALNDALE CA 93550

329 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de AGUILARES EE SV 22/05/2014 ANGEL JOSUE RIVAS BRENDA YANETH RIVAS COL. 3 CAMPANAS, CALLE C, # 437, AGUILARES, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,CA CHESTER ABE ATC, BAKERSFIELD CA , USA SANTA ANA ORDINARIO 22/05/2014 CARLOTA ANTONIA BARRERA MARGARITA POLANCO COL. ARCO IRIS CESO # 62, MONTE LARGO, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A., DUI : A. E AVENIDA PALNDALE CA SANTA ANA ORDINARIO 22/05/2014 CARLOTA ANTONIA BARRERA MARGARITA POLANCO COL. ARCO IRIS CESO # 62, MONTE LARGO, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A., DUI : A. E AVENIDA PALNDALE CA ILOBASCO EE SV 23/05/2014 CARLOS ROBERTO PEÑA PORTALES RECOMENDADO A CORREO DE ILBASCO, CABAÑAS, EL SALVADOR, CA ARMANDO PORTILLO ZELAYA KARNES COUMPY CIVIL DETENTION CENTER, 409 FM 1144 KARNES CITY TEXAS A#A PINE , 78118, USA SONSONATE EE SV 23/05/2014 VICTOR MANUE VASQUEZ VASQUEZ EL ZARZILLO, CASERIO LOS VASQUEZ, STO DOMINGO DE GUZMAN, SONSONATE, EL SALVADOR,CA. JOSE ADILIO VASQUEZ ESCALANTE 2500 W MOUNT HOUTON RD TRIR 132, HOUSTON TX, USA CARA SUCIA EE SV 23/05/2014 BRENDI VALLES CASTILLO ALBER ALEXANDER HERRARTE ZONA DE ALTO RIESGO ZONA DE ALTO RIESGO COL. VIOLANTES, LA CEIBA, SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A TH AVE, TEMPLE HILLS, MD 20748, USA SOYAPANGO RR SV 23/05/2014 JOSE DANIEL GRANADOS WENDY MARROQUIN GRANADOS

330 330 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 URB. EL LIMON V, CASA 3, SOYAPANGO, EL SALVADOR GILMORE ST. APTO. A, VAN NUYS, CA, USA EL TRANSITO ORDINARIO 26/05/2014 DIRECCION INSUFICIENTE BUFETE JURIDICO DURAN PALMA Y ASOCIADOS CONDOMINIO A&M, 63 AVENIDA RTE, COL. ESCALON, S.S. DUI MARTA ALICIA SANDOVAL DE SANDOVAL CTON EL PALON, CASERIO LAS ANAS, LOLOTIQUE, SAN MIGUEL SENSUNTEPEQUE RR SV 26/05/2014 GRACIELA DEL CARMEN QUINTEROS 4 AVE. SUR # 23, COL. PALERMO, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A., TEL GRACIELA RODRIGUEZ 9616 HOLLOCK ST, HOUSTON TX 77075, USA SENSUNTEPEQUE EE SV 28/05/2014 MARIA RAQUEL PALACIOS CONTON RIO RANDE, CASERIO PALACIOS, SENSUNTEQUE,CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. ARENY ALFONSO PALACIOS 1720 CLEN KEITH BLVD APTO C PARKVILLE MD, 21234, USA AGUILARES EE SV 30/05/2014 PAZ GALDAMEZ BUENA VISTA, AGUILARES, EL SALVADOR, CA JOSE ALEXANDER ORELLANA 239 SAN FERNANDO RD,LOS ANGELES, CA, , USA SANTA ANA ORDINARIO 02/06/2014 ORLANDO ALVARADO COL. ALTOS DEL PALMAR, PJE BELICE, # 63, SANTA ANA JUAN ALFONSO ALEGRIA SANTA ANA RTE, N 63 CALLE G SAN MIGUEL EE SV 03/06/2014 DIRECCION INSUFICIENTE ALMA IRIS GONZALEZ ROSA MARISO AGUILERA COL. AGROPECUARIA, ULTIMO PJE, HATO NUEVO, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, C.A VIRGINIA AVE. APTO. 3, LOS ANGELES, CALIFORNIA, USA, APOPA ORDINARIO 04/06/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

331 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de ROSA MARGOTH BERNAL JOSE ANTILLON CANTON CABAÑITAS, JURISDICCION DE CDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ROXBORO TL NW WASHINGTON DC, 20011, USA, TEL. ( 202) USULUTAN RR SV 04/06/ MARTA HERMINIA COREAS DE ZELAYA COL. JARDINES DE LA LAGUNA, POLIGO B, CASA S/N, STA MARIA, USULUTAN, EL SALVADOR, DUI , CA MARTA ALICIA COREAS 1712 GORDON WALTERS DR, CHARLOTTE NC 28213, USA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 04/06/2014 ROSA ADILIA CONTRERAS COL. LAS DELICIAS, STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. ROSA MARIA SALGUERO CALLE VERTIZ # 747 INTERIOR 7, COLONIA NARVARTE DELEGACION BENITO JUAREZ, DF MEXICO USULUTAN RR SV 04/06/2014 DAYSI ALICIA LOPEZ AMAYA CANTON PALO GALAN, USULUTAN, EL SALVADOR,CA, DUI ROSIBEL AMAYA RTHEN BLVD APTO 4, FLUSHING, NEW YORK 11354, USA APOPA ORDINARIO 04/06/2014 JOSE NICOLAS BILLA PORTILLO CARRETERA TRONCAL DEL RTE, KM 15, COL. LAS CAÑAS, CTON SAN NICOLAS, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. MARIA SARA SALAZAR 3766 ROLISON RD UNIT REWOOD CITY SAN FRANCISCO, CALIFORNIA, 94063, USA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 06/06/2014 SERVINTREGRA, S.A. DESPACHO LEGAL N/T CARMEN FIGUEROA COL. JARDINES DE SAN BARTOLO, POLG. 13 SUR, PJE LO GIRASOLES, N 13, SAN SALVADOR SUC.METROCENTRO ORDINARIO 06/06/2014 ZONA DE ALTO RIESGO DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE ZONA DE ALTO RIESGO DIRECCION INSUFICIENTE SERVINTREGRA, S.A. DESPACHO LEGAL ANA VICTORIA ESCALANTE DE MARTINEZ N/T 17 AVE. NTE, COL. 14 DE DICIEMBRE, SONSONATE, SONSONATE

332 332 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SAN VICENTE EE SV 06/06/2014 DESCOCIDO SILVIA DEL CARMEN MONTES DE SANCHEZ CARLOS ODAIR SANCHEZ TORRES CTN SAN NICOLAS LEMPA, TECOLUCA, SAN VICENTE, EL SALVADOR,C.A NW 36 TH TERF ORT LAUDERDALE, FLORIDA, USA 309 S/N CIUDAD DELGADO ORDINARIO 06/06/2014 GUADALUPE DE PANIAGUA AVE. JUAN BERTIS, COL. ACULHUATAN, PJE 3, CASA 3, CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ENRIQUE MENJIVAR 303 VERN AV. BROOKLYN, NEW YORK 11206, USA EL TRANSITO EE SV 09/06/2014 ANA PAULA VILLALOBOS CTON PIEDRA AZUL, CASERIO LA PIEDRONA, SAN RAFAEL OTE, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, C.A. MELVIN OSVALDO HERRERA 3722 SONGBIRD CIR. BALTIMORE MARYLAND, USA, SAN MIGUEL EE SV 09/06/2014 MARTA CLEOTILDE BOLAÑOS COL. MONTE HARED C AL PORTAL, EL SITIO, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A., ANTONIO GONZALEZ 129 NEPTUNE AVE. BROOKLYN, NEW YORK, USA, VENTANILLA EE SV 11/06/2014 JOSE DEL CARMEN ROMERO REYES COL. CREDISA, PJE GOASCORAN, CASA # 188, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ULISES ROMERO 2703 BUXTON DR. GRAND PRAIRE TEXAS, USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 11/06/2014 REBECA MARISOL MENJIVAR MELGAR MARIA ELIZABETH DEL CARMEN MELGAR DIRECCION INSUFICIENTE COL. SAN JUAN BAUTISTA, CASA # 7, CANTON CHANTUSNENE, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR, DUI : SHERMAN WAY APT. 217, WINNETKA CA VENTANILLA EE SV 12/06/2014 JOSE ELMER VILLALTA ARGUETA WALTER ALEXIS RODRIGUEZ RAMOS

333 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de COL. ATLACATL, PJE BRASILIA, # 12-B, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A TH ST RICHMOND CALIFORNIA , USA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 13/06/2014 JESSICA MARISELA CALDERON EL SALVADOR, CA, URB. NUEVOS HORIZONTES II, # 1, SAN MARTIN, TEL YESENIA ESMERALDA PLEITEZ 3600 ALBEE LANE, # 103, ALEXANDRIA VIRGINIA, EEUU, 22309, TEL APOPA ORDINARIO 16/06/2014 MARTA FLORES CARRETERA TRONCAL DEL RTE, COND. CAYALA, PJE TPU, EDIF. F, CASA 211, CUIDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. INGRID FLORES WEST TEXAS DETENTION FACILITY, P.O. BOX 430, SIERRA BLANCA, TEXAS 79851, USA CARA SUCIA EE SV 16/06/2014 IRENE GARCIA DE VASQUEZ GUA FRIA, PUENTE ARCE, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. DUI : WERNER OSMARO VASQUEZ 7004 BROADWAY WEST NEW YORK APTO # 1, PIZZERIA LUCAS TONY NJ USA SANTA ANA ORDINARIO 18/06/2014 ANA GLORIA MOJICA C/ NATIVIDAD, CASERIO EL CARMEN, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A MARIA EDGARDO GONZALEZ MOJICA 167 GLEN COVE AVE, GLEN COVE NY , USA SANTA ANA EE SV 18/06/2014 EMY FIGUEROA ALTOS DE SANTA LUCIA II, POL. 26, PJE 14, # 14, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI JOSE M. NAJERA 7811 ARROLLO DR. ROSEMEAD, CA, USA, ZONA DE ALTO RIESGO DIRECCION INSUFICIENTE SANTA ANA RR SV 19/06/2014 DESCOCIDO BERTA PALMA WILLIAN ALFREDO PALMA 25 CALLE PONIENTE,Y 8 AVE. SUR, # 1,, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A W 71 ST CLEVELAND OH , USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 19/06/2014

334 334 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONSUELO HENRIQUEZ MARIA HENRIQUEZ COL. NVO SAN PABLO, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. DUI : DUPONT AVE. RICHMOND VA , USA CARA SUCIA EE SV 20/06/2014 OLIVIA LOPEZ DE RODRIGUEZ CAS. QUEBRACHO, CARA SUCIA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. MARTA RODRIGUEZ 401 E GIBBSBOOO RD APT 207 LIADENWOLD, N.J.,USA, SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T OLIVERIO ANTONIO MIRANDA COL. BUENA VISTA, CALLE AL COCO # 19, SANTA ANA, CHALCHUAPA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T HECTOR NAPOLEON CRESPIN B EL CALVARIO, 1 AVE. SUR, CASA 3-7, SAN ANTONIO DEL MONTE, SONSONATE SUC.METROCENTRO ORDINARO 20/06/2014 DESCOCIDO SOLUCIONES EFICACES N/T JUAN ANTONIO MORALES HURTADO COL. LOMA LINDA, CALLE EL ARADO, POLG. K, CASA # 21, CHALCHUAPA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T HUGO CESAR UMAÑA GERMAN COL. EL BAMBU, CALLE AL COCO # 2, CHALCHUAPA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 DESCOCIDO SOLUCIONES EFICACES ROLANDO ANTONIO MARTINEZ DURAN

335 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de N/T B NUEVO, 27 CALLE PTE, # 22, SANTA ANA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T CECILIA ELIZABETH ALARCON DE LOPEZ B SAN SABASTIAN, AVE. 2 DE ABRIL SUR, # 4, SANTA ANA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 DESCOCIDO SOLUCIONES EFICACES N/T OSCAR RAUL EDGARDO RODRIGUEZ FINAL 5 AVE. RTE, CALLEJON LA RONDA, CASA 2, SANTA ANA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SOLUCIONES EFICACES N/T MARTA JULIA TRUJILLO LOARCA FINAL 5 AVE. RTE, BARRIO SANTA BARBARA, SANTA ANA, SANTA ANA. DIRECCION INSUFICIENTE SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T LOAQUIN ALBERTO PEREZ RAMIREZ COL. LAMATEPEC, PJE E, ZONA D, N 19, SANTA ANA, SANTA ANA SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES N/T RENE ANTONIO NUÑEZ B MEJICAS, 9 CALLE OTE., CSA # 2-7, SONSONATE SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES CARLOS RENE RUIZ N/T COL. GUADALUPANA, PJE LOS ANGELES, # 18, CHALCHUAPA, SANTA ANA

336 336 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SONSONATE RR SV 20/06/2014 RAFAEL ISAIAS CALDERON MIGUEL ANGEL AVIÑA BRAVO/ CESAR LOPEZ DE LARA LISTA DE CORREOS, SONSONATE, EL SALVADOR 104 NTE TAMPICO TAMPS, MEXICO SUC.METROCENTRO ORDINARIO 20/06/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES S/D CECILIA ELIZABETH ALARCON DE LOPEZ B SAN SEBASTIAN, AVE. 2 DE ABRIL SUR, # 4, SANTA ANA SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 CARMEN CANTON COL. SN FRANCISCO # 510, SAN SALVADOR, FAMILIA ABARCA GARCIA COLONIA FLOR BLANCA, CALLE ARCE, N 1419, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. DIRECCION INSUFICIENTE SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 DESCOCIDO CARMEN CANTON COL. SN FRANCISCO # 510, SAN SALVADOR, ANA GLADIS ABREGO GONZALEZ URB. LIRIOS DEL NTE, W BL N 17,PJE 17, N 29,CUSCATLAN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 CARMEN CANTON COL. SN FRANCISCO # 510, SAN SALVADOR, FAMILIA ABREGO HASBUN RESIDENCIAL BUENA VISTA II, SENDA 9, N 10, STA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 CARMEN CANTON CLINICA DE DERMATOLOGIA Y LIPOSUCCIÓN DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE COL. SN FRANCISCO # 510, SAN SALVADOR, COLONIA MEDICA, PJE 115, N 4, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

337 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CARMEN CANTON DRA. MARGARITA SARAVIA COL. SN FRANCISCO # 510, SAN SALVADOR, PJE GENERAL ESCALON, Y 85 AVE. RTE N 4360, COL. ESCALON, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A SANTA ANA ORDINARIO 21/06/2014 DESCOCIDO CARMEN CANTON COL. SAN FRANCISCO, AVE, LAS AMAPOLAS # 510, SAN SALVADOR, MARIA DE LOS ANGELES ABARCA COL. BOLWAR, CL PPAL POL.I, N! 22, CDAD DELGADO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A VENTANILLA EE SV 23/06/2014 MARIA GUADALUPE SANCHEZ DE VALENCIA COL. PRADOS DE VENECIA, 1 ETAPA, PJE 2, GRUPO 2, CASA 12, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. ELBA PATRICIA VALENCIA SANCHEZ 764 ANNA AVE. WESTBURY, NY, USA, APOPA RR SV 24/06/2014 RICARDO ALBERTO ELIAS CARRETERA TROCAL DEL RTE KM 11, COL. SAN ANTONIO, CASA 10, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. MARIANA ELIAS 2700 N. BIRCH ST. APT. B, PHARR TX , USA VENTANILLA EE SV 24/06/2014 SANDRA MORE HERNANDEZ COL. MARALY, CASA N 8, PJE J, SAN MARTIN, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. MARIA LUISA BARAHONA ROYAL COACH CONROE TEXAS, , USA SUC.METROCENTRO EN SV 25/06/2014 ERICK HERNANDEZ RESIDENCIAL VISTA DE SAN MARCOS, SAN SALVADOR ANTONIO ACEVEDO LISTA DE CORREOS DE EL SALVADOR, PUERTO DE LA LIBERTAD SANTA ANA RR SV 26/06/2014 ROSA AMELIA MORE SANDY DE LOS ANGELES MARTINEZ COL. ARGENTINA, 1 CALLE LA PAMPA, PJE CATAMARGA, # 11, STA ANA EL SALVADOR,C.A W 102 ND ST. LOS NAGELES CALIFORNIA , USA

338 338 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SUC.METROCENTRO ORDINARIO 27/06/2014 FAJARDO NL POA ELIZABETH ROBERT 125 PJE GUADALUPE, COL. DINA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C. A. MGR HOOTERS, DUBLIN BLVD DUBLIN, CALIFORNIA, USA, USULUTAN RR SV 30/06/2014 ANGELICA MARIA CORTEZ CANTON LA CHILA, CONCEPCION BATRES, USULUTAN, EL SALVADOR,C.A. DUI , TEL MARIO ERNESTO GOMEZ 3504 W 3 RD ST. APTO # 219, LOS ANGELES, CALIFORNIA, , USA SUC.GIGANTE ORDINARIO 01/07/2014 MIGUEL REVELO COL. VILLAS DE SN FRANCISCO,CALLE LAS AMAPOLAS, PJE 2, # 36, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ADA LUZ MARTINEZ WOODSIDE, AVE. # 2 QUEENS, NY 11373, UNITED STATES SANTA ANA EE SV 01/07/2014 NELSON AMILCAR FLORES C/ LOS APOYOS, C/ EL BARROSO, STA ANA, STA ANA, EL SALVADOR, C.A. DUI : ANA CECILIA CAMPOS 9004 HIGHLAND DR. ADELPHI, MD, USA, AHUACHAPAN EE SV 01/07/2014 DORA ALICIA GARCIA DE ALFARO EL SINCUYO, CASERIO EL NARANJITO,AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A DORA ERUBI ALFARO DE MENDOZA 5535 GREEN MOUNTAIN CIR UNIT 5 COLUMBIA MD, USA VENTANILLA EE SV 01/07/2014 RAFAEL JOSUE RAMIREZ JOSEFINA DE RAMIREZ DIRECCION INSUFICIENTE POL. 5, CASA 47, RPTO SAN BARTOLO, ILOPANGO, SAN SALVADOR,C.A SPRING ROAD NW, WASHINGTON,DC, 20010, USA ACAJUTLA EE SV 01/07/2014 DESCOCIDO ELBAJOSEFINA FRANCO DE M. ISMAEL DE JESUS GUARDADO

339 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SAN JULIAN, CAS, LA NUEVA, ACAJUTLA, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. DUI : N1 ST CONROE TX, USA, SOYAPANGO RR SV 01/07/2014 SERGIO EDWIN ALVARENGA GUZMAN COL. BOSQUEZ DEL RIO, PJE 3, GRUPO 20, CASA # 21, SOYAPANGO, EL SALVADOR, C.A , TEL : ROSA ISABETH ALVARENGA GUZMAN CALLE 162 RTEN BOULEVARD, APART. 4030, CODIGO POSTAL 11358, SIUSHINENY NY USA SAN MIGUEL ORDINARIO 02/07/2014 MIRIAN DEL CARMEN PONCE BARAHONA COL. CARRILLO I ETAPA,EL SALVADOR,C.A. JOSE ARLDO PONCE CORREGE LN HOUSTON TX 77037, USA SANTA ANA RR SV 02/07/2014 GREGORIO ALFONSO VALENCIA CTON LOS APOYOS, CASERIO LAS MARIAS, SANTA ANA, EL SALVADOR, C.A. DUI: ALBA RODRIGUEZ 3930 URSULA AVE APTO 20 LOS ANGELES CA USA SANTA ANA ORDINARIO 03/07/2014 KARLA YAMILETH MARTINEZ LANDAVERDE IRVIN ALEXIS SANCHEZ MOLINA CANTON LAS ARADAS, C. EL BEJUCO, SANTA ANA, DUI: PENAL DE APANTEOS, SANTA ANA. DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE AHUACHAPAN RR SV 03/07/2014 DESCOCIDO ANA CECILIA TRUJILLO ALMAZAN COL. ALTOS DEL ESPI, CASA # 8, POLG. A, AHUCHAPÁN, ANA ESTELA ALMAZAN NUNFIO 305 W 625 A APARTAMENTO 4, LOS ANGELES CALIFORNIA 90003, USA EL TRANSITO ORDINARIO 04/07/2014 JOSE ANTONIO GUTIERREZ RONALD BENEDICTO GUTIERREZ CALLE NUEVA, EL TRANSITO, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. DUI N DENVER AVE, TULSA OKLAHOMA 74103, USA VENTANILLA EE SV 07/07/2014

340 340 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ROSA AMELIA GIRON NURI CAROLINA PEREZ GALLARDO COL. CHINTUC 1, PJE CONACASTE, CASA N 3, APOPA, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A RESEDA BLVD APT 11 RESEDA CALIFORNIA USA SAN JUAN OPICO EE SV 07/07/2014 REBECA MARISOL MENJIVAR M. COL. SN JUAN BAUTISTA, # 75, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. MARIA ELIZABETH DEL C. MELGAR SHERMAN WAYAPTO. 217 WINNETRA CA USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 08/07/ MARIA GALDAMES 9 AVENIDA RTE, BARRIO NUEVO, SAN PABLO TACACHICO, DEPTO LA LIBERTAD, EL SALVADOR, C.A. REYNA GALDAMEZ 4158 W. BROADWAY # 5 HAWTHORNE CA USA NUEVA SAN SALVADOR ORDINARIO 08/07/2014 MARCO ANTONIO GIRON JUAREZ COM. EL PROGRESO, FINAL 6 AVE. NTE # 71, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. IRMA HEMY GIRON ST SAN FRANCISCO CA 94110, USA SAN MARTIN RR SV 08/07/ OLGA LIDIA RAMOS COL. STA MARIA, C. PPAL, " 14-R, SAN MARTIN, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. TEL MARLON RAMOS 161/19 59 AVE. FRESH MEADOR FLUSHING NY 11365, USA DIRECCION INSUFICIENTE NUEVA SAN SALVADOR RR SV 08/07/2014 RECHAZADO CARLOS MARIO FLAMENCO Z. 5 CALLE PTE, N 3-4, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. CEBREI CEPOVA RGTBOSE 8E-123 IIEH3A , RUSIA EXPEDICION INTERNACIONAL ORDINARIO 08/07/2014 ROSA MARIBEL BONILLA CRUZ JOSE DOROTEO FRANCO MENDEZ COL. BUENA VISTA, C. TRONCAL DEL NTE, KM 7 ½, # 11. CDAD DELGADO,S.S., EL SALVADOR, CEL TH AVE N. VECCEMER AL , USA, PHONE:

341 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SENSUNTEPEQUE EE SV 09/07/2014 MAYRA CATALINA BENITEZ DE RIVAS VICTORIA PIRELA CTON SAN GREGORIO, CASERIO LA QUESERA, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. DUI : S 31 ST. OMSHA, NE, USA, SAN MIGUEL EE SV 09/07/2014 SANDRA ELIZABETH TREJO VILLALTA CTON JALACATAL, PJE LAS ROSAS, COL. JERUSALEN, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. JOSE GABRIEL TREJO VILLALTA 120 PADDINGTON WAY NE LEESBURG VIRGINIA, USA , USA MEJICAS ORDINARIO 10/07/2014 DESCOCIDO CLAUDIA YANIRA ARMERO C. URB. SAN PABLO,ACCESO C, PJE #2, CASA 21, POLG. B, MEJICAS, EL SALVADOR ENA ZIRA CASTELLAS RIVAS 721 EAST 228 TH STREET, APT. 4C BRONX, NEW YORK, USA SANTA ANA EE SV 11/07/2014 AMALIA VERONICA GUARDADO BAÑOS CANTON SAN JACINTO, CASERIO LA LOMA, SANTA ANA, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DENNIS JOHALMO GUARDADO 5424 S FIGUEROA ST. LOS NAGELES, CA, USA AHUACHAPAN ORDINARIO 14/07/2014 DESCOCIDO ESTELA BEATRIZ MENDOZA ALMAZAN 5 CALLE ORIENTE, BARRIO STA. CRUZ, ESQUINA ALFREDO ESPI, CASA # 3-1, AHUCHAPAN, TEL , DUI : INVERMULSA, SA DE CV AVE. ESPAÑA, 11 CALLE PTE, LOCAL 113- A, SAN SALVADOR, SAN MIGUEL EE SV 15/07/2014 DOUGLAS ANIBAL GARCIA ROMERO COL. MONTECARMELO SUR, POLG. 3, CASA # 9, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. MAYLINE DIALA GARCIA FERNANDEZ LISTA DE CORREOS GUADALUPE GOICOCHEA, CORREO CENTRAL COSTA RICA,C.A VENTANILLA ORDINARIO 16/07/2014 LESLI SORAYA PEÑA ADRIAN RENE MARTINEZ

342 342 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 COL. BOSQUES DEL RIO,PJE 15-B, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A BRAND BLVD, MISSION HILLS, CALIFORNIA , ESTADOS UNIDOS CARA SUCIA EE SV 16/07/2014 JUANA MEJIA CCASTILLO JAIME OVALDO MEJIA GARITA PALMERA, CARA SUCIA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A., CAMANCHE LN INDIANAPOLIS, IN, USA, AGUILARES EE SV 17/07/2014 KARLA ELIZABETH RIVERA MERLOS AVE. FRANCISCO SALINAS,PJE SAN RAFAEL, HACIENDA LA TOMA, # 20, AGUILARES, SAN SALVADOR, EL SALVADOR JOSE NETHALI LANDAVERDE BLVD LOT 44, KISSIMMEE FL USA SOYAPANGO RR SV 17/07/2014 ROSA DEL CARMEN VALDEZ DE SALGUERO RPTO MANA EBEN-EZER, SECTOR 3, CALLE PPAL, # 66, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. ADA MARISOL ORTIZ 44 VAN BUREN ST MASTIC NY , USA SANTA ANA ORDINARIO 18/07/2014 JOAQUINA ERLINDA SOLIS RODRIGUEZ CANTON EL RESBALADERO,CASERIO SAN FRANCISCO, STA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI : MIRNA ESPERANZA LOPEZ ALVARENGA 125 CHESTERFIELD ST. APTO 9, JEFFERSON LA USA SOYAPANGO EE SV 18/07/2014 JOSE WILIAN VANEGAS MARROQUIN CANTON LA FUENTE, TONACATEPEQUE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. SARA REY SANCHEZ YMCA MADRID, ALBA DE TORMES, 10 B. MADRID ESPAÑA, USULUTAN RR SV 21/07/2014 MIGUEL ANGEL GOMEZ AYALA ELSY HEMI SOLORZA CTON LA CEIBA, EREGUAYQUIN, USULUTAN, EL SALVADOR,C.A. DUI : SW 63 RD WAY RTH LAUDERDALE FLORIDA, , USA USULUTAN RR SV 21/07/2014 DIRECCION INSUFICIENTE

343 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de MARIA DE LOS ANGELES JOYA BONILLA JUANA ANTONIA PINDA CANTON BUENA VISTA, USULUTAN, EL SALVADOR,C.A FRANKLIN ST. APTO. # 2, WINCHESTER VA, 22601, USA (540) APOPA ORDINARIO 22/07/2014 CARLA YESENIA MEJIA SSAN EMIGDIO, CALLE PPAL, PJE 1, CASA 16, APOPA SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. SANTOS ALBERTO AREVALO 3715 W15THC APARTAMENTO 410, LOS ANGELES, CALIFORNIA, 90004, USA CIUDAD BARRIOS EE SV 23/07/2014 HECTOR GOMEZ LA CEIBA,CAROLINA, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. GONZALO SANCHEZ VASQUEZ TH ST NE WASHINGTON DC USA SUC.METROCENTRO EE SV 24/07/2014 VITALINA ISABEL PORTILLO LANDAVERDE JOSE BALMORE PORTILLO LANDAVERDE LISTA DE CORREOS, SUCURSAL METROCENTRO, CORREOS EL 777 DELAWERE PARK BLVD, SALVADOR WILMINGTON, DE 19804,USA VENTANILLA ORDINARIO 25/07/2014 ERNESTO LANGLEIS 3 C. # 1030, SAN SALVADOR, DUI TOMASA DE MOLINA PJE G, # 28 B, COL. SAN JOSE # 2 (REPARTO), SOYAPANGO, SAN SALVADOR SAN JUAN OPICO ORDINARIO 29/07/2014 SALVADOR GUILLEN G. COL. LAS VICTORIAS, POLG. W, # 1, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR, C.A. LEONEL GUILLEN MELGAR WAY BLES VILLES, IN 46060, USA DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE USULUTAN EN SV 29/07/2014 DIRECCION INSUFICIENTE MARIA EUGENIA CORVERA DE MATA BRYAN SANTIAGO ROMERO MEJIA

344 344 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CTON HACIENDA LA CARRERA, USULUTAN, DUI PASAJE 1, BLOCK E, CASA 370, REPARTO LAS CAÑAS, ILOPANGO, EL SALVADOR EL CONGO EN SV 30/07/2014 DESCOCIDO JUAN ANTONIO VILLANUEVA SERRA CANTON SAN JACINTO, COATEPEQUE, SANTA ANA, E SALVADOR, C.A. ( DUI LUCIO PERALES) REYNA DE LOS ANGELES ESCOBAR CTON SAN JACINTO, COATEPEQUE, SANTA ANA, EL SALVADOR, CA SONSONATE EE SV 30/07/2014 GLORIA ISABEL ORTEGA ORELLANA JOSE ORLANDO ORTEGA ORELLLANA LAS PIEDRAS, SANTA ISABEL ISHUATAN, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A., DUI : GAMMON RICHMOND TX USA SENSUNTEPEQUE EE SV 30/07/2014 MARIA AUXILIADORA RAMOS C/ EL VOLCAN CASERIO FATIMA, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR,DUI AURA RUTH RAMOS ROGEL CALLE QUINIA 1227 COLONIA RICARDO FLORES ARAGON, REISA TAMAULIPA, MEXICO SENSUNTEPEQUE RR SV 30/07/2014 JULIAN VILLANUEVA PALACIOS RIO GRANDE, C/ PALACIOS, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR, DUI : , TEL GLORIA LOURDES VILLANUEVA 3168 BANNINIG AVE APT. C LYNWOOD, CA 90262, USA SONSONATE EE SV 01/08/2014 RAUL SOLORZA CANTON EL COROZAL, SANTA ISABEL ISHUATAN, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. LAURA GUTIERREZ 1193 W. 39 TH 102, LOS ANGELES,C.A. USA, MEJICAS ORDINARIO 01/08/2014 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE ASOCIACION CENTROAMERICANA SOR ENCARNACION ROSAL(ACASER) MARIANA PALENCIA DE ARIAS EL SALVADOR, C.A. PJE 2, CAS # 8, URB. DOLORES, MEJICAS, SAN SALVADOR NUEVA SAN SALVADOR EN SV 01/08/2014

345 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de JOSE S. ORTIZ DR. JAIME VAQUIZ POL. 1, # 11, FINCA DE ASTURIAS, SATA TECLA POL. C, # 2, RESIDENCIAL EL MOLI, STA ANA EXPEDICION INTERNACIONAL CJ US 04/08/2014 S. BRAKEFIELD EDGARDO T CAMPOS BOX 164 LEBAN OH CALLE LA GRANJITA, FTE AL PASAJE, CALLE SAN ANTONIO ABAD, SAN SALVADOR SANTA ANA ORDINARIO 05/08/2014 NELSON BENJAMIN HERNANDEZ MOLINA COLONIA SAN JOSE SANTA ANA SUSAN MELGAR TH STREET EL MHURST NUEVA YORK USA VENTANILLA EE SV 07/08/2014 YERALDA AGALY VELIZ VIRULA URB. VENEZUELA, PJE MARACAIBO, # 9 B, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. GLORIA NATIVIDAD MAGAÑA 212 THURSTON DR NW GAINESVILLE GA,USA, DIRECCION INSUFICIENTE SAN MARCOS ORDINARIO 08/08/2014 DESCOCIDO BARB PIPER SAN MARCOS AGTE. DIRIS OSWALDO MELARA GRANADOS FINAL 3 CALLE PONIENTE Y FINAL 3 AVE. SUR, CASA 3, FINCA EL SAPOTON, TONACATEPEQUE, EL SALVADOR,C.A SENSUNTEPEQUE RR SV 08/08/2014 NELSON NAPOLEON ALFARO OFICINA DE CORREOS DE SENSUNTEPEQUE,CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A, MARLYN ALFARO VASQUEZ 171 SW 10 TH STSIOUX FALL SD 5704 USA SAN MARCOS ORDINARIO 08/08/2014 DIRECCION INSUFICIENTE CARMEN DEL CID BARAHONA JORGE ALBERTO MEJIA

346 346 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 COL. LOS ANGELES, PJE EL ESPI, CASA # 26, SANTO TOMAS COL. SAN LUIS, PJE PRINCIPAL, CASA # 5, SAN MARCOS SANTA ANA RR SV 09/08/2014 IVAN VASQUEZ MORAN CANTON PRIMAVERITA # 2, LOTIFICACION LAS VICTORIAS 2, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI : ORLANDO VLADIMIR VASQUEZ MORAN 812 W. 6 TH ST. LOS ANGELES, CALIFORNIA, , ESTADOS UNIDOS IZALCO EE SV 11/08/2014 BLANCA DENIS SALAZAR B. CANTON CANGREJERA, IZALCO, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. MARINA LOPEZ FLORES 3417 BOWNE STREET, BASEMENT FLUSHING, NY, USA, SOYAPANGO RR SV 14/08/2014 MARINA NAVIDAD MEJIA URB. LAS MARGARITAS V, POLG. 4, PJE 33 A, CASA # 101, SOYAPANGO, EL SALVADOR,C.A. MARIA MAGDALENA DE AYALA FLEMING DR. APTO 507 A HOUSTON, TX, USA SOYAPANGO ORDINARIO 14/08/2014 ARREGLOS EXPRESS TIENE CINDY YAMILETH SERRA HENRIQUEZ B EL CALVARIO, CASA 28, CONTIGUO A CLINICA DENTAL, LA PAZ, OLOCUILTA, SAN MIGUEL RR SV 15/08/2014 ANA TEODORA PEREZ Y PEREZ COL. BELEN, 13 CALLE OTE, # 6, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A , DUI REINA ISABEL PEREZ 0318 KINSDALE CROSSING LN HOUSTON, TX. USA AHUACHAPAN EE SV 15/08/2014 DIRECCION INSUFICIENTE DIRECCION INSUFICIENTE AZUCENA MARISOL GARCIA ANA RAMIREZ RIVAS COL. GRECIA, CASA 2, TACUBA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A TAYLOR PO BOX 1063, TX USA 76574

347 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de SAN JUAN OPICO EE SV 18/08/2014 YANCI MELISSA MENENDEZ AYALA SIR RODRIGUEZ GUERRERO CANTON ATIOCOYO, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. B ALFONSO LOPEZ, CALLE 45 # -15, BARRANQUILLA, COLOMBIA, S.A VENTANILLA EE SV 18/08/2014 KEILA MADELIN HERRERA FINAL PROLONGACION JUNA PABLO SEGUNDO, RES. BRUMAS DE LA ESCALON, # 17, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A. SOFIA MARTINEZ 835 S FREDERICK # 102 ARLINGTON VA USA SENSUNTEPEQUE RR SV 18/08/2014 JOSE FELIPE AMAYA C/ EL TEMPISQUE, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR.C.A. CEL , DUI : ANGELA ELIZABETH AMAYA 1470 THOMAS AVE SAN FRANCISCO,CA94124 USA MEJICAS ORDINARIO 20/08/2014 MAURA CATALINA AMAYA MEJIA COL. LOMA LINDA II, PJE ULTIMA CASA A MA IZQUIERDA, SAN SALVADOR, JUANA ELIZABETH DIAZ CASA URBINA CALLE NACAAZCOOL, SAN MIGUEL SAN JUAN OPICO ORDINARIO 21/08/ ESTEFANY YAMILET ALAS ORELLANA SAN PABLO TACACHICO, BARRIO NUEVO, CASA # 24, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. DUI : RONY EDGARDO ALAS ORELLANA 1707 EASTCREST CHARLOTTE NC 28205, USA NUEVA SAN SALVADOR RR SV 21/08/2014 ALEJANDRO ANTONIO DIAZ BARTOLA REYES DIRECCION INSUFICIENTE COL. QUEZALTEPEQUE, PJE 1, CASA # 99, SANTA TECLA, NUEVA SAN SALVADOR, LA LIBERTAD, EL SAVADOR,C.A SAINT MARKS AVE. APT. 14, BROOKLYN NY USA EL TRANSITO ORDINARIO 22/08/2014 FLORENCIO BILLATORO AGUILAR ANA ISABEL CISNEROS

348 348 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 B CONCEPCION, CASA # 10, SAN JORGE, SAN MIGUEL, EL SALVADOR,C.A. DUI : N BERKSHIRE RD # 6 CHARLOTTE SVILLE VA USA SAN MIGUEL EN SV 25/08/2014 JOSE R. GARCIA ESTELA GUEVARA COL. KURY, CALLE PRINCIPAL, # 5 BIS, SAN MIGUEL, RESIDENCIAL CONTEXA PASAJE 9, BLOCK "K", # 9, SANTA ANA MEJICAS ORDINARIO 25/08/2014 KATY ISMELDA ROMERA RESIDENCIAL VILLA HERMOSA, PJE 26, POLIGO 47, # 2, CUSCATANCINGO, FRANKLIN LAURENCE AYALA RODRIGUEZ CENTRO PENITENCIARIO DE MAXIMA SEGURIDAD DE ZACATECOLUCA, LA PAZ VENTANILLA EE SV 26/08/ LESLY YESENIA CARCAMO VASQUEZ COL. MARGARITA RTE, PJE 27, PLG M, TERCERA ETAPA, SOYAPANGO SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA ELSA FLORES 119 WEST STH STORM LAKE I.A., USA SAN FRANCISCO GOTERA ORDINARIO 28/08/2014 JOSE HERNANDEZ RAMOS LISTA DE CORREOS DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPTO DE MORAZAN, DUI : , EL SALVADOR,C.A. FELIPE HERNANDEZ RAMOS 54 MARIE PARK DR 804 COLLINSVILLE VA , USA SOYAPANGO RR SV 30/08/2014 JESSICA JAZMIN BENAVIDES URB. SIERRA MORENA II, PJE 64, POLG. 60, CASA 22, SOYAPANGO, EL SALVADOR,C.A. JOSE RENE BENAVIDES 301 DE LA FIELD PLACE NW # 208 WASHINGTON, 20011, USA EL CONGO ORDINARIO 01/09/2014 DIRECCION INSUFICIENTE VILMA LUZ MENDOZA JUAN MANUEL EVORA COL. EL PARAISO, PJE A 1, LOTE 1, COATEPEQUE,SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A E VALL RD APTO 227, ANAHEIM, CA , USA SENSUNTEPEQUE EE SV 02/09/2014

349 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CANDIDO URBINA MURILLO DENIS URBINA ALVARENGA OFICINA DE CORREOS DE SENSUNTEPEQUE,CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A 545 FLORIDA AVE APTO N 203 HERNDON VIRGINIA VA USA VENTANILLA EE SV 02/09/2014 CRISTIAN ADONAY MELENDEZ COL. ZACAMIL, MEJICAS, APTO 42, EDIF. 443, TEL , EL SALVADOR HELLEN YAMILETH ESTRADA MARAVILLA COL. JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ,CALLE AHORRO, CODIGO POSTAL # 40, DELEGACION BENITO JUAREZ, MEXICO,DF SUC.METROCENTRO EN SV 03/09/2014 MANUEL ALEXANDER LOPEZ B SAN SEBASTIAN, CALLE AL PI, PJE MONTERREY, # 5, CDAD DELGADO, EL SALVADOR, C.A. OSCAR AGUIRRE LISTA DE CORREOS SUCURSAL SONSONATE, SONSONATE, EL SALVADOR SOYAPANGO EE SV 03/09/2014 YURI ELIZABETH MARTINEZ HERNANDEZ URB. EL LIMON IV ETAPA, PJE 25 SUR, POL. 40, CASA 12, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. JORGE VASQUEZ 229 MURRAY ST APT. 1-A, ELIZABETH NJ. USA, AHUACHAPAN EE SV 03/09/2014 SANTOS ESMERALDA ANCHETA DE MENDEZ COL. CARRILLO 2, CALLE PRINCIPAL, FTE A ESCUELA ARTURO ROMERO, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A., DUI : OLGA LORENA MENENDEZ HALLIE ST. PORTER TX, USA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 04/09/2014 MARIA VILMA DE LEON R. BLANC ALILIAN DE LEON R. CAERIO EL NANDAL SAN NICOLAS LOS ENCUENTROS, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADORÑ, C.A. DUI : EDDY STREET SAN FRANCISCO CALIFORNIA, 94115, USA ORDINARIO 04/09/2014 DESCOCIDO SAN FRANCISCO GOTERA NILA FUENTES FUENTES ROBERTO ESCOBAR SANCHEZ BARRIO EL CENTRO, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPTO DE MORAZAN, EL SALVADOR,C.A. STEWART DETENTION CENTER, A , PO BOX 248, LUMPKIN GA , USA

350 350 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SANTA ANA EE SV 08/09/2014 ROSALBA YANIRA ARRIOLA ALBERTO RUIZ JARDINES DEL TECANA, POL. 6, CASA 20, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A., DUI IH 10W STE.600 SAN ANTONIO TEXAS, US SAN JUAN OPICO ORDINARIO 08/09/2014 ZULMA MARISELA MOLINA LOPEZ B LA CRUZ, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR, C.A. DUI : LUIS GUZMAN 14900N PENSYLVANIA AVE APT 1616 AKLAHOMA CITY OKI USA SAN JUAN OPICO EE SV 08/09/2014 BLANCA JENIFER RAMIREZ MORALES JULIO ALBERTO MORALES LOT. EL ROBLE, # 20 C, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. 125 DYNA # 105 HOUSTON TX USA, SAN BARTOLO RR SV 09/09/2014 EVELYN YUDITH ESCOBAR QUIJADO RES.ALTAVISTA, POL. 4, PJE 24, CASA 222-4, TONACATEPEQUE, SAN SALVADOR, EL SALVADOR, CA. TEL ANA CECILIA MUÑOZ REYES REDBANK ST. SUN VALLEY CA, USA CARA SUCIA EE SV 10/09/2014 MARIA JIMENEZ ALVAREZ JOS ALEJANDRO JIMENEZ G. SAN BENITO, CASERIO SAN BENITO, CARA SUCIA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A. 8 GREENSHIRE LN, OWINS MILLS, MD, USA, VENTANILLA EN SV 10/09/2014 BRENDA LIZETH GARCIA WALTER ALFONSO ARAGON ARGUETA COL. LIRIOS DEL NTE, CUSCATANCINGO CANTON LA HACHADURA, CASERIO EL GUAYABO, SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN SANTA ANA RR SV 11/09/2014

351 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de LILIAN ESMERALDA CASTRO NURY ELIZABETH PEREZ CASTRO CANTON NACINTEPEQUE, CASERIO LA CUCHILLA, EL SALVADOR,C.A. 541 BURNSIDE AVE EAST CT 06108, USA VENTANILLA EE SV 11/09/2014 JOCELYN TATIANA PEREZ PORTILLO URB. CIMAS DE SAN BARTALO 2, PJE Y GRUPO 14, # 24, ILOPANGO, EL SALVADOR,C.A. DORIS ELIZABETH PEREZ HERNANDEZ 7426COLSHIERE DR APT 2 MCLEAN VA VIRGINIA USA SUC.ESPAÑA ORDINARIO 11/09/2014 ANA ELISA CHACON COL. ATLACATL, PJE SOYATE, # 20, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. ELBA DE RAMIREZ 557 W 187 TH ST. APT 33, NEW YORK, N.Y , USA ORDINARIO 12/09/2014 SE MUDO SOLUCIONES EFICACES S/D ROSA MELANI PRESIDENTE COL. GUADALUPANA, PJE LOS ANGELES, # 19, CHALCHUAPA, SANTA ANA SAN JUAN OPICO ORDINARIO 16/09/2014 EMMA LILIAN ALAS CASSERIO SITIO DE ROMA, CTON EL ANGEL, TALCUALUYA, SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. ABRHAN MORE ALAS FEDERAL CORRECTIONAL INSTITUTION RAR BROOK, PO BOX 900 RAY BROOK NY 12977, USA SAN JUAN OPICO EE SV 16/09/2014 MARIA ELOISA RECIS DE CALLES CANTON ATIOCOYO,SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. HUMBERTO CALLES RECIS 4335 NW 18 TH ST. APTO 105, MIAMI, FL, USA CHALATENANGO RR SV 16/09/2014 DESCOCIDO BLANCA DELMY RODRIGUEZ ZAMORA JUAN CARLOS DELGADO MOLINA B EL CALVARIO, PJE CAJA DE AGUA, CHALATENANGO, EL SALVADOR,C.A., DUI : , TEL USA,

352 352 DIARIO OFICIAL Tomo Nº SAN RAFAEL OBRAJUELO ORDINARIO 17/09/2014 MARIA ANGELICA ABARCA CTN EL GOLFO, SAN JUAN NUALCO, LA PAZ, EL SALVADOR,C.A. HEMI GUADALUPE RODRIGUEZ 2 CALLE OTE, # 6, B SAN ANTONIO, CONCEPCION BATREZ, USULUTAN, EL SALVADOR SENSUNTEPEQUE RR SV 17/09/2014 LORENA ELIZABETH AGUILAR LOPEZ B EL CALVARIO, 6 CALLE PTE, SALIDA A GUACOTECTI, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOPR, C.A. DUI : FRANCISCO BAIRES 918 ROSEWOOD AV. INGLEWOOD C.A , USA VENTANILLA EN SV 17/09/2014 COPROFE 5 CALLE PTE Y 7 AVE. NTE, PLAZA SAN ANGEL, 2 NIVEL, LOCAL 209, SAN SALVADOR, EL SALVADOR LEOR ELIZABETH ORTIZ ORELLANA CALLE ANTIGUA A TONACATEPEQUE, N 4,ILOPANGO SAN SALVADOR, EL SALVADOR SOYAPANGO RR SV 23/09/2014 ALBA ISABEL MEJIA BARRERA COL. VILLA DE JESUS, PJE 11, CASA # 33, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. TEL JOSELIN DE JESUS REYES M VIRGINIA AVE. LYNWOOD CA, USA AGUILARES ORDINARIO 29/09/2014 MARIA ESTELA DE JESUS ALAS 6 CALLE PTE, B EL CENTRO, AGUILARES, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. JESLYN MARISOL LANDAVERDE FLORES TH ST OGDEN UT , USA SENSUNTEPEQUE RR SV 29/09/2014 MARIA ROSA CORTEZ DE RAMOS ANTONIO RAMOS MBRE DE DIOSCASERIO LOS PLANES, SENSUNTEPEQUE, CABAÑAS, EL SALVADOR,C.A. DUI : P.O. BOX 236, BREWSTER WA USA VENTANILLA EN SV 30/09/2014 COPROFE SONIA EDUVIGES ORELLANA LINARES

353 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de CALLE PTE Y 7 AVE. NTE, PLAZA SAN ANGEL, 2 NIVEL, LOCAL 209, SN SALVADOR, EL SALVADOR CONDOMINIO JARDINES DE ALTAMIRA, EDIFICIO 3, APTO 24, MEJICAS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SOYAPANGO CERTIFICADO 01/10/2014 DOUGLAS ALEXANDER ARTIGA REYNA PATRICIA MORAN MARTINEZ COL. SAN RAFAEL, CALLE EL REFUGIO SUR, BK C, CASA 19-A, SOYAPANGO, EL SALVADOR,C,A 5724 # 109 RTH, USA SOYAPANGO RR SV 01/10/2014 GERSON ALBERTO ZALDAÑA GALICIA RES. SAN ANTONIO, CALLE # 1, BLOCK "L", CASA 40, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. EDWIN ARMANDO ZALDAÑA GALICIA 1420 MEANDER DE AUSTIN TX , USA IZALCO EE SV 03/10/2014 ANA GRACIELA MARTINEZ DE PORTILLO HDA SAN ISIDRO, IZALCO, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A., DUI: BRANCO LOMBARDO PORTILLO MARTINEZ 7540 N BROAWAY APT. 100, DENVER, CO 80221, USA VENTANILLA EN SV 04/10/2014 ANTONIA DEL CARMEN MIRANDA ROSALES COL. SN ANTONJIO LAS VEGAS, PJE ROSALES, LOTE 7 E, CIUDAD DELGADO, SAN SALVADOR MAGDALENA SARAI BELTRAN RIVAS REPARTO LA CAMPANERA, PJE SUR, POLG 7, # 2, SOYAPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR SAN JUAN OPICO ORDINARIO 06/10/2014 HILDA CELIA RIVERA ESCALANTE CASERIO LAS PAVAS, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A., DUI : MANUEL ISAAC ESCALANTE RIVERA 280 PULASKI HWY BALTIMORE MD 21224, USA VENTANILLA ORDINARIO 08/10/2014 DIRECCION INSUFICIENTE BDM INVERSIONES SA DE CV MARINA GLADYS RAMIREZ TIENE LOTIFICACION LA ESPERANZA, PJE PRINCIPAL, BL A, QUEZALTEPEQUE, LA LIBERTAD TEXISTEPEQUE ORDINARIO 10/10/2014

354 354 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ANA MERCEDES PERAZA JAMES PERAZA B SAN ESTEBAN, 4 CALLE PTE, TEXISTEQUE, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A ABNER ST, APTO 4, LOS ANGELES, CA , USA SAN VICENTE EE SV 10/10/2014 HAYDEE DEL CARMEN MARROQUIN CASTRO COL. SAN CARLOS, CASERIO RANCHO GRANDE, TECOLUCA, SAN VICENTE, EL SALVADOR,C.A. OSCAR JUAN REYES 609 MONROE AVE. ELIZABETH, NEW JERSEY, USA SAN BARTOLO ORDINARIO 10/10/2014 MEYBELIA ISAMAR S. OSORIO EMELINA VICTORIA VASQUEZ E. PJE BELEN, FTE A CARRETERA DE ORO,CASA N 36, SAN FELIPE, SAN PJE D, # 22, NUEVA TRINIDAD, SAN FELIPE, SAN BARTOLO BARTOLO ILOPANGO, SAN ILOPANGO, SAN SALVADOR SALVADOR,C.A SANTA ANA ORDINARIO 14/10/2014 MARI DE LOS ANGELES CARCAMO CASTILLO EL CEREZO NACINTEPEQUE, CSERIO SAN LUIS, LA PLANTA, SANTA ANA, EL SALVADOR,C.A. DUI: MIGUEL MOLINA IGLESIAS 4014 LOLA DR AYDEN NC TH CAROLINA USA AHUACHAPAN EE SV 17/10/2014 ELMA YANETH POLANCO DE M. COMUNIDAD EL TESORO LLANE DE LA LAGUNA, AHUACHAPAN, EL SALVADOR, FATIMA DIAZ 5909 GLENMONT DR APT. 118, LAS AMERICAS, HOUSTON TX, USA, VENTANILLA EN SV 17/10/2014 COPROFE 5 CALLE PTE Y 7 AVE. NTE, PLAZA SAN ANGEL, 2 NIVEL, LOCAL 209, SN SALVADOR, EL SALVADOR ANA RUBIDIA ARGUETA DE ORELLANA RES. BOSQUES DE LA PAZ, CALLE 7 PTE, N 15, SANTA ANA ZONA DE ALTO RIESGO SANTA ROSA DE LIMA RR SV 18/10/2014 BRENDA MARIA ALVRENGA SERVELLON ROBERTO JOSE ALVARENGA SERVELLON B LAS DELICIAS, CALLE AL RIO, STA ROSA DE LIMA, LA UNION, EL SALVADOR,C.A. 4 EMERALD LN N AMITYVILLE, NEW YORK, USA

355 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Abril de USULUTAN EE SV 20/10/2014 MERCEDEZ RIVERA RODRIGUEZ ADELA DEL CARMEN RIVERA SEGOVIA CTON LAS TRANCAS, AZOTLAN, USULUTAN 1376 DUBERT LN SAN JOSE CALIFORNIA, USA CARA SUCIA EE SV 23/10/2014 JAIRO ALCIDES ROMERO G. LA HACHADURA, COL. MILAGRO, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A JUAN ANTO MONGE CRUZ 512 N ROSE ST. MON IN P.O BOX , USA VENTANILLA EE SV 01/11/2014 MARIA DE LOS ANGELES GARCIA DE ELIAS URB. Y CALLE LA GLORIA, POLG. F-2, PJE F-1, N 5, MEJICAS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. JUDY E. PREVATTE 2010 STORM DRIVE FALLS CHURCH, VA VENTANILLA EE SV 05/11/2014 ROBERTO MAURICIO CALLES GUEVARA COL. BOSQUES DE LA PAZ, CALLE 2 ORIENTE, CASA # 37, ILOPANGO, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. GODOFREDO CALLES MENJIVAR 4741 RTH COTE AVE. EAST CHICAGO, INDIANA 46327, USA IZALCO EE SV 05/11/2014 JOSE WILFREDO ABARCA DUI : , TRES CEIBAS, IZALCO, EL SALVADOR, C.A. JUAN FELIPE ABARCA 19 LAURA ST. RWALK, APTO 1, CONNECTICUT, USA VENTANILLA EE SV 08/11/2014 YOLANDA CRISTINA RIVERA ALFARO HECTOR ANTONIO RAMIREZ MENDEZ COL. GALVEZ, PJE 4, # 7, SAN MARCOS, SAN SALVADOR, EL SALVADOR,C.A. 331 WEST WILDWOOD DRIVE SAN ANTONIO TX 78212, USA SAN JUAN OPICO EE SV 18/11/2014 JOSE ORLANDO GUEVARA PINEDA JUAN FRANCISCO NIETO

356 356 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CASERIO EL ONCE, CTON CAMPANA, SAN PABLO TACACHICO, LA LIBERTAD, EL SALVADOR,C.A. 88 VENNETT AVE. N ROOSEVELT NY USA CARA SUCIA EE SV 20/11/2014 LibradoenlaDirecciónGeneraldeCorreosdeElSalvadordeldía09deabrildedosmilQuince. SANDRA ELIZABETH CASEREZ EMANUEL CASEREZ SALAZAR LISTA DE CORREOS PUENTE ARCE, AHUACHAPAN, EL SALVADOR,C.A AVE. JAMAICA, NY, USA SONSONATE EE SV 25/11/2014 ANA IRMA CACERES NUÑUZ PJE B, CASA 3-14, COL. BELEN, SONSONATE, EL SALVADOR,C.A. MORENA CLARA MARTINEZCECERES IRVINGTON, BLVD HOUSTON TX USA EnconsecuenciasecitaatodoslosquesecreanconDerechoalosobjetosantesreferidos,paraquese presentenalaoficinaantesmencionadaeneltérminodequincedías,contadosdesdeelsiguienteala publicacióndelapresente. Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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