RED de LABORATORIOS de SANIDAD ANIMAL de CASTILLA Y LEÓN
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- Ana Rey González
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1 RED de LABORATORIOS de SANIDAD ANIMAL de CASTILLA Y LEÓN
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3 Edita: Junta de Castilla y León Consejería de Agricultura y Ganadería Dirección General de Producción Agropecuaria Textos: José Manuel Sánchez Díez Información estadística y de actuaciones: Laboratorio Regional de Sanidad Animal Fotografías: José Luis Mateos, Eduardo González Puras, Tragsa, Personal de la Red de Laboratorios de Sanidad Animal. Depósito Legal: LE Diseña e imprime: G. Celarayn, S.A.
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6 PRESENTACIÓN La Sanidad Animal tiene una dimensión que va más allá de su importancia en la producción ganadera, constituye un factor muy importante en los intercambios comerciales, siendo por tanto esencial en una Comunidad Autónoma como Castilla y León netamente exportadora de animales y productos ganaderos. Por otra parte, la Sanidad Animal es la que garantiza la Salud Pública, no sólo en lo que se refiere a la prevención de enfermedades transmisibles entre los animales y el hombre, sino en el objetivo fundamental de la producción primaria, que no es otro que el obtener alimentos sanos, seguros y de calidad para un consumidor con exigencias crecientes. De ahí la importancia que siempre ha tenido la vigilancia epidemiológica veterinaria en nuestra Comunidad Autónoma, que ha sido precursora en la implantación de herramientas que faciliten la toma de decisiones. La Ley de Sanidad Animal de 1994, el Sistema de Alerta Sanitaria Localizada y los Planes de Contingencia frente a las enfermedades de gran difusibilidad, no son sino ejemplos de actuaciones en las que nuestra Comunidad Autónoma ha sido pionera. La Red de Laboratorios es pieza básica en la Red de Alerta Sanitaria, y por tanto, del Sistema de Vigilancia Epidemiológica en Sanidad Animal. Con esta publicación pretendemos dar a conocer nuestra Red, totalmente renovada con instalaciones modernas, adecuadas a las exigencias del sector, y reflejar en breves pinceladas el trabajo diario de cada uno de los Laboratorios de Sanidad Animal de Castilla y León. Valladolid,marzo de 2007 José Valín Alonso Consejero de Agricultura y Ganadería 5
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8 ÍNDICE Presentación... 5 I La nueva Sanidad Animal...10 II Objetivos generales...11 III La Red de Vigilancia Epidemiológia de Castilla y León...15 IV La Red de Laboratorios de Sanidad Animal Breve consideración individual de los laboratorios integrados en la Red devigilancia Epidemiológica Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Ávila Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Burgos Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Palencia Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Salamanca Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Segovia Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Soria Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Valladolid Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Zamora Laboratorio Regional de Sanidad Animal de Castilla y León...55 A- Departamento de Serología...60 B- Departamento de Microbiología-Parasitología-Química...62 C- Departamento de Serología Especial y Nuevas Tecnologías
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10 LA RED DE LABORATORIOS DE SANIDAD ANIMAL DE CASTILLA Y LEÓN
11 I. LA NUEVA SANIDAD ANIMAL La Sanidad Animal tiene una dimensión que trasciende los criterios meramente económicos de protección de las producciones ganaderas como factor esencial, en cuanto que las medidas preventivas y correctoras de la Sanidad Animal evitan o limitan el desfavorable impacto económico que las enfermedades de los animales pudieran producir en los resultados del proceso productivo correspondiente a su explotación. Su vertiente más importante es la de ser garante de la salud pública, por una parte mediante el control y erradicación de las enfermedades comunes al hombre y los animales (zoonosis) y por otra parte procurando la producción de alimentos sanos y seguros. Esta concepción clásica de la Sanidad Animal se amplía en la actualidad, como consecuencia de los siguientes hechos y circunstancias acaecidos durante los últimos veinte años. - La incorporación de España como miembro de la Unión Europea. - El establecimiento en abril de 1994, a través del Tratado de Marrakech, de la Organización Mundial del Comercio que va a constituir el referente para los intercambios comerciales en un mercado abierto y liberalizado. - La integración de las medidas de carácter ambiental en las programaciones sectoriales de los estados integrantes de la Unión Europea. - La aparición, a nivel universal, de enfermedades emergentes de amplia difusibilidad, favorecida por el tránsito generalizado de personas y mercancías. - La consideración prioritaria en las políticas agroalimentarias de la seguridad de los alimentos obtenidos en los procesos de producción, industrialización y comercialización agraria. Las circunstancias expuestas van a propiciar la ampliación de los objetivos tradicionalmente considerados en el ámbito de la Sanidad Animal, incluyendo otros que habían sido considerados hasta entonces en un nivel accesorio: la legitimación sanitaria de las producciones ganaderas para el acceso a los mercados; el establecimiento de sistemas dirigidos a garantizar al consumidor la inocuidad de los alimentos de origen 10
12 animal; y la inclusión de medidas medioambientales en los procesos de producción ganadera, así como de medidas de Sanidad Animal en el aprovechamiento de los recursos naturales por la ganadería. La complejidad con que aparece caracterizada la actividad de la Sanidad Animal y el interés público que se deriva de sus objetivos nos permite deducir fácilmente la necesidad de un alto grado de intervención administrativa en las actividades de los particulares relativas a la tenencia, cría y explotación de animales. En este sentido, en la actualidad coexisten en las actuaciones de la Consejería de Agricultura y Ganadería las tres formas clásicas de la actividad administrativa. En el marco de las funciones policiales el ordenamiento jurídico ha establecido un régimen sancionador de carácter administrativo, junto con un sistema de autorizaciones en relación con las actividades de los ciudadanos. Así mismo, ha dispuesto diversos sistemas de ayudas para incentivar las actividades del sector privado en orden al correcto estado sanitario de los animales y sus producciones. Igualmente, en el ámbito de la prestación de servicios, la Consejería de Agricultura y Ganadería lleva a cabo la ejecución de programas de erradicación de enfermedades animales, incluyendo las labores de diagnóstico clínico y la asistencia en situaciones de alerta sanitaria. Para la efectividad de las actuaciones, la Administración de la Comunidad de Castilla y León ha establecido un sistema de medidas del que forman parte las siguientes: II. OBJETIVOS GENERALES EN EL ÁMBITO DE LA SANIDAD Y MEDIDAS PARA SU CONSECUCIÓN REALIZADAS POR LA CON- SEJERÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ACTUACIÓN Control de la actividad ganadera. MEDIDA Registro de explotaciones. Identificación de los animales. Autorización de los movimientos animales. Autorización y control de núcleos zoológicos y núcleos de concentración de animales 11
13 ACTUACIÓN Erradicación de enfermedades de los animales. Programas ambientales. Alimentación animal. Medicamentos. Higiene y bienestar de los animales y protección de animales de compañía. Creación y organización de un sistema de alerta sanitaria. MEDIDA Ejecución de las campañas de saneamiento ganadero. Ejecución de programas sanitarios específicos derivados de situaciones de alerta sanitaria o de medidas obligatorias de carácter sectorial. Control de la gestión de residuos ganaderos en las explotaciones. Control de la gestión de cadáveres de animales muertos en las explotaciones, incluyendo la autorización de medios de recogida, centros intermediarios e industrias de transformación. Control de elaboración, comercialización y tenencia de piensos. Control de la comercialización y tenencia de medicamentos y productos zoosanitarios. Control de las condiciones de alojamiento y transporte de animales. Supervisión de los registros municipales de animales de compañía. Conexión de los medios instrumentales de carácter material y personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y su integración, juntamente con otras entidades públicas y privadas, en un único sistema operativo que posibilite la detección de problemas en el ámbito de la Sanidad Animal. 12
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15 La amplitud de las actuaciones y medidas expresadas a llevar a cabo por la Administración en el ejercicio de la actividad de Sanidad Animal han dado lugar a la promulgación de un ordenamiento jurídico específico en el que han quedado integradas disposiciones de distinto rango y diversa procedencia. En este orden, es preciso destacar la existencia de dos textos legislativos de carácter básico, reguladores de la actividad en el territorio castellano y leonés: La Ley 6/1994, de 19 de marzo, de Sanidad Animal de Castilla y León, primera Ley de carácter general del período constitucional en la materia en el ámbito del Estado Español. La otra Ley de carácter general es la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal de carácter básico promulgada por la Cortes Generales de la Nación en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado en materias de comercio exterior, planificación de la economía, sanidad exterior y legislación básica del medio ambiente. 14
16 III. LA RED DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DE CASTILLA Y LEÓN El Reglamento General de Sanidad Animal, establece la Red de Vigilancia Epidemiológica de Castilla y León como un sistema en el que se integran el conjunto de actuaciones orientadas a la recogida y análisis de la información epidemiológica que posibilite la detección temprana de los problemas sanitarios de Sanidad Animal y la evaluación de riesgos, permitiendo la adopción de medidas de control y la toma de decisiones para su prevención y erradicación. Al sistema creado, bajo la dependencia del Servicio de Sanidad Animal, le han sido atribuidas las siguientes funciones: La recogida de información necesaria para la detección precoz de los problemas epidemiológicos sanitarios de las poblaciones y explotaciones de animales, relativos a las enfermedades infectocontagiosas y parasitarias en poblaciones animales y transmisibles al hombre; el empleo de sustancias prohibidas en los animales; y la repercusión de las explotaciones ganaderas sobre el medio ambiente. La realización de pruebas dirigidas a la identificación y evolución de los problemas epidemiológicos expresados en el anterior apartado. La elaboración de estadísticas en el ámbito de la Sanidad Animal. El análisis y la interpretación de la información en orden a la toma de decisiones en materia de Sanidad Animal. Aquellas funciones que le encomiende el Servicio de Sanidad Animal. En relación con la información, la Red de Vigilancia Epidemiológica incorpora operativamente a la Red de Laboratorios de Sanidad Animal, que será fuente principal de información microbiológica y serológica. En este orden, la Red desempeña una función esencial en cuanto que posibilita: a. Detectar la circulación en las poblaciones animales de los diferentes agentes etiológicos, sus características y patrones de presentación. b. Caracterizar focos epidémicos. c. Identificar nuevos agentes y patologías emergentes. d. Incorporar nuevos elementos de vigilancia, tales como resistencias bacterianas, nuevas técnicas laboratoriales, creación y mantenimiento de bancos de suero y protocolos de actuación de campo. 15
17 Si bien la Red de Vigilancia Epidemiológica constituye la fundamental unidad operativa de carácter preventivo en relación con la Sanidad Animal en Castilla y León, ha de contemplarse formando parte de otros sistemas operativos que pudieran quedar integrados en espacios geográficos más amplios que el territorio castellano y leonés. En este sentido, el Decreto 33/2002, de 28 de febrero, que regula el sistema de alerta sanitaria en materia de Sanidad Animal ha integrado en su estructura, entre los elementos internos pertenecientes a la Consejería de Agricultura y Ganadería, a la Red de Vigilancia Epidemiológica y a la Red de Laboratorios de Sanidad Animal. El Decreto expresa en su preámbulo que resulta necesario crear un sistema de alerta sanitaria en materia de Sanidad Animal que integre todos los elementos y agentes internos de la Administración y los externos del sector ganadero y de sus sectores relacionados La Red de Vigilancia Epidemiológica incorpora las bases de datos de las campañas de saneamiento ganadero y de movimientos de animales y la Red de Laboratorios de Sanidad Animal. 16
18 Por otra parte, el Reglamento General de Sanidad Animal ha dispuesto La Red de Vigilancia Epidemiológica de Castilla y León podrá conectarse con cualquier otro sistema que tengan establecido las Administraciones Públicas con la misma finalidad. Con el fin de establecer el cauce idóneo para canalizar las actuaciones de las distintas Administraciones competentes en materia de Sanidad Animal, la Administración General del Estado, aprobó el Real Decreto 1440/2001, de 21 de diciembre, que establece el Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria con la finalidad de disponer de los instrumentos idóneos para combatir las epizootias y las zoonosis, con eficacia y en el momento a su aparición, en el territorio nacional, creando el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria como Órgano Colegiado de Coordinación en el que se integran un representante de cada una de las Comunidades Autónomas y los Directores de los Laboratorios Nacionales de Referencia de las enfermedades de los animales. 17
19 IV. LA RED DE LABORATORIOS DE SANIDAD ANIMAL La Ley 6/1994 de Sanidad Animal de Castilla y León ordenó la integración de los laboratorios pecuarios provinciales de la Comunidad Autónoma en una Red de Laboratorios de Sanidad Animal, bajo la coordinación del Laboratorio Pecuario Regional. A estos efectos se ordenó dotar a la Red de los correspondientes medios materiales y humanos para servir de ayuda y apoyo técnico a las explotaciones ganaderas. El Reglamento General de Sanidad Animal, aprobado por Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, y dictado para el desarrollo y ejecución de la Ley 6/1994, de 19 de marzo, al crear la Red de Laboratorios estableció las funciones a realizar, tanto por el Laboratorio Regional de Sanidad Animal, como por los distintos Laboratorios Provinciales de Sanidad Animal, que con dichas denominaciones se integraron en la Red creada. Al examinar las disposiciones expresadas ponemos de manifiesto la naturaleza de los laboratorios integrados. Así, el Título V de la Ley 6/1994, de 19 de marzo, ha caracterizado a estas unidades por sus funciones de apoyo técnico a las explotaciones ganaderas. Por su parte, el Reglamento General de Sanidad Animal ha denominado al Título VII De la Red de Laboratorios Oficiales, Investigación y Red de Vigilancia Epidemiológica. Así pues, destacamos ambas características: apoyo técnico y carácter oficial en el ejercicio de las funciones de los laboratorios de Sanidad Animal y en la realización de las actuaciones que de dichas funciones se derivan. Por otra parte, junto a las características funcionales expresadas, han de destacarse dos premisas en la realización de las actuaciones de los laboratorios de la Red: el rigor científico y la agilidad en los análisis realizados, si tenemos en cuenta que, tanto la certeza en los diagnósticos como la prontitud en su disposición, son factores esenciales en el control de las epizootías. Funciones: 1. El Reglamento General de Sanidad Animal atribuye al Laboratorio Regional de Sanidad Animal las siguientes funciones: a. Coordinación técnica de los laboratorios provinciales de sanidad animal y apoyo operativo de los mismos. b. Centro Regional de Referencia en las Acciones Sanitarias Generales y Especiales y en la Red de Vigilancia Epidemiológica. c. Puesta a punto y divulgación de métodos y técnicas de diagnóstico, así como la realización de los ensayos que le sean encomendados por el Servicio de Sanidad Animal. 18
20 d. Realización de las actividades de experimentación que en materia de Sanidad Animal le sean encomendadas por el Servicio de Sanidad Animal. e. Las correspondientes a los Laboratorios Provinciales de Sanidad Animal en la provincia de León. 2. Por su parte, los Laboratorios Provinciales de Sanidad Animal han asumido las funciones que se expresan a continuación, en el ámbito de sus respectivas provincias: a. Realización de las técnicas de diagnóstico que les sean encomendadas en las Acciones Sanitarias Generales y Especiales y en las relacionadas con los Programas Sanitarios Comunes de las ADS. b. Colaboración con el Laboratorio Regional de Sanidad Animal en la puesta a punto de nuevo métodos y técnicas diagnósticas. c. Realización de las pruebas laboratoriales de diagnóstico habituales de enfermedades infecto-contagiosas y parasitarias. d. Aquellas otras que se ordenen por el Servicio de Sanidad Animal y la Sección Provincial. Las competencias expresadas unidas a los nuevos retos de la Sanidad Animal, han llevado en los últimos años a un notable aumento y diversificación de las técnicas analíticas aplicadas y, en consecuencia, 19
21 a la necesidad de disponer de un personal cualificado y una modernización de las instalaciones laboratoriales necesarias para satisfacer las necesidades de una Región eminentemente ganadera. En este sentido, el Reglamento General de Sanidad Animal establece que la Red de Laboratorios de Sanidad Animal dispondrá de las instalaciones, equipamientos, material y medios humanos necesarios para garantizar su adecuado funcionamiento y servir de ayuda y apoyo técnico a las explotaciones ganaderas. En las páginas posteriores de esta publicación mostraremos las características individuales de cada uno de los laboratorios integrados en la Red, haciendo abstracción de su estructura física y funcional, así como la situación evolutiva en relación con las determinaciones analíticas anualmente realizadas correspondientes a los distintos programas sanitarios durante los años transcurridos desde el inicio del siglo XXI. 3. Para complementar la panorámica funcional de los Laboratorios de Sanidad Animal en un sistema de integración, tanto competencial como territorial, es preciso manifestar que la Ley 8/2003 de Sanidad Animal establece que la Administración General del Estado designará los Laboratorios Estatales de Referencia que, entre otras funciones tienen: a. Coordinar las actuaciones necesarias con los laboratorios de todas las Admones. Públicas o privadas homologados. b. Transferir a los Laboratorios Oficiales de las Comunidades Autónomas la información y las nuevas técnicas que se desarrollen por los Laboratorios de Referencia de la Unión Europea y de la Oficina Internacional de Epizootias. c. Homologar los métodos de diagnóstico de los Laboratorios Oficiales de las Comunidades Autónomas en relación a los Programas Nacionales de prevención, control, lucha y erradicación de las enfermedades animales. d. Organizar pruebas comparativas y ensayos colaborativos con los laboratorios oficiales de las Comunidades Autónomas. e. Confirmar el diagnóstico del Laboratorio de la Comunidad Autónoma en casos de sospecha de enfermedad o de diagnóstico positivo, cuando se trate de enfermedades de declaración obligatoria. 20
22 BREVE CONSIDERACIÓN INDIVIDUAL DE LOS LABORATORIOS INTEGRADOS EN LA RED DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Previamente a exponer las peculiaridades de los laboratorios integrados en la Red de Vigilancia Epidemiológica es conveniente precisar una serie de características comunes a todos ellos, relativas a la disposición de medios materiales y personales para la realización de la actividad de diagnóstico de enfermedades de los animales: 1. En todos los casos, a partir de la publicación del Reglamento General de Sanidad Animal, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha llevado a cabo la edificación de un laboratorio en cada una de las provincias de la Comunidad con objeto de albergar la actividad de diagnóstico, adaptando la planificación de las instalaciones a las exigencias de las nuevas tecnologías en la realización de dicha actividad. Por otra parte, la Consejería ha planificado la ubicación de las nuevas edificaciones en función de las disponibilidades patrimoniales de la Comunidad de Castilla y León, o bien en el exterior de los núcleos urbanos (generalmente en polígonos industriales que incluyan o permitan entre sus usos urbanísticos la localización de la actividad de análisis de material biológico), o bien en fincas rústicas o explotaciones agrícolas adscritas a la Consejería de Agricultura y Ganadería. 2. La vinculación funcional del laboratorio en cuanto a los programas sanitarios a desarrollar, obedece generalmente a la estructura ganadera de la provincia en la que se ubica. 3. El dimensionamiento, en relación con los medios personales (Relaciones de Puestos de Trabajo de personal funcionario y laboral), así como la disposición de áreas operativas, se encuentra en relación directa a los censos ganaderos, tipología y número de explotaciones y diversidad de especies. 4. La ejecución de servicios comunes al conjunto de Laboratorios de la Red, como pueden ser la gestión común de los residuos sanitarios derivados del material biológico procesado y del instrumental y utensilios utilizados. 21
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24 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE ÁVILA 23
25 Dirección Postal. -Ctra. de Burgohondo, s/n ÁVILA Tfno Estructura física (edificaciones). -Año de finalización: Superficie construida: 642 m 2 -Superficie útil: 517 m 2 Estructura funcional. -Área de Serología -Área de Bacterología -Área de Parasitología/Entomología - Área administrativa (Dirección, Secretaría, Sala de reuniones, Recepción de muestras). -Sala de necropsias - Servicios comunes: vestíbulo, recepción, aseos, almacén, sala de calderas, vestuarios, cámaras frigoríficas, patio central. Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Programa de detección y control de lengua azul. Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campaña de Saneamiento Ganadero Bovino sueros Ovino sueros Lengua Azul determinaciones
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28 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE BURGOS 27
29 Dirección Postal. -C/La Lora, BURGOS Tfno Estructura física (edificaciones). -Año de finalización: Superficie construida: 604,50 m 2 -Superficie útil: 534,62 m 2 Estructura funcional. -Área de Serología -Área de Bacterología -Área de Parasitología/Entomología -Laboratorio de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles -Área administrativa -Servicios generales Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Programa de Control Encefalopatías Espongiformes. Programa de Seguimiento Sanitario Porcino. Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campañas de Saneamiento Ganadero Bovinos Sueros Ovinos Sueros Porcino EET Bovinos Ovinos Caprinos Total
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32 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE PALENCIA 31
33 Dirección Postal. -Finca Viñalta Ctra. Ampudia, s/n PALENCIA Tfno Estructura física (edificaciones). -Año de finalización: Superficie construida: 719,56 m 2 -Superficie útil: 640,35 m 2 Estructura funcional. -Área de Serología -Área de Parasitología -Área de Bacterología -Área administrativa -Servicios generales Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campaña de Saneamiento Ganadero Bovino sueros Ovino sueros
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36 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE SALAMANCA 35
37 Dirección Postal. -Escuela Capacitación Agraria Ctra. Carbajosa, s/n SALAMANCA Tfno Estructura física (edificaciones). -Año de finalización: Superficie construida: 1017,90 -Superficie útil: 907,97 Estructura funcional. -Área de Serología -Área de Microbiología -Área de Parasitología -Área de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles -Área Administrativa -Área Servicios generales -Sala de Necropsias Programas en los que participa. - Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campañas de Saneamiento Ganadero Bovinos Sueros Ovinos Sueros EET Bovinos Ovinos Caprino Total
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40 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE SEGOVIA 39
41 Dirección Postal.- Ctra. de Arévalo, SEGOVIA Tfno Estructura física (edificaciones).- - Año de finalización: Superficie construida: 500,25 m2 - Superficie útil: 449,46 m2 Estructura funcional.- - Área de Serología - Área de Parasitología/Entomología - Área de Bacteriología - Sala de necropsias - Área administrativa - Servicios generales Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Programas de Seguimiento Sanitario Porcino. Lengua Azul. Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campaña de Saneamiento Ganadero Bovino sueros Ovino sueros Porcino determinaciones Lengua Azul determinaciones
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44 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE SORIA 43
45 Dirección Postal.- Polígono Industrial Las Casas Calle A. Parcela SORIA Tfno Estructura física (edificaciones).- - Año de finalización: Superficie construida: 317,75 m2 - Superficie útil: 270,00 m2 Estructura funcional.- - Área de Serología - Área de Bacteriología - Área de Parasitología - Área administrativa - Servicios generales - Sala de necropsias Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Programa de Seguimiento Sanitario Porcino. Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campañas de Saneamiento Ganadero Bovinos Sueros Ovinos Sueros Porcino Determinaciones Piscicultura Determinaciones
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48 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE VALLADOLID. 47
49 Dirección Postal.- Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería C/ Santuario nº 14 VALLADOLID Tfno /23 Estructura física (edificaciones).- El Laboratorio Provincial de Sanidad Animal de Valladolid se ubica en las dependencias administrativas del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Valladolid. Se ha procedido a la redacción de un anteproyecto para la ejecución de las obras destinado a Laboratorio Provincial de Sanidad Animal en una ubicación independiente. Estructura funcional.- Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Situación evolutiva de análisis en los siete últimos años Campaña de Saneamiento Ganadero Bovino sueros Ovino sueros
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52 LABORATORIO PROVINCIAL DE SANIDAD ANIMAL DE ZAMORA 51
53 Dirección Postal.- Granja Florencia Ctra. Peleagonzalo-Villalazan Toro (ZAMORA) Tfno /59 Estructura física (edificaciones).- - Año de finalización: Superficie construida: 1.153,48 m2 - Superficie útil: 1.026,69 m2 Estructura funcional.- - Área de Serología - Área de Parasitología - Área de Bacteriología - Área de administración - Área de Servicios generales - Sala de necropsias Programas en los que participa.- Campañas de Saneamiento Ganadero (tuberculosis, brucelosis ovina y bovina, leucosis enzoótica y perineumonía contagiosa bovina). Programa de Seguimiento Sanitario Porcino. Situación evolutiva de análisis en los tres últimos años Campaña de Saneamiento Ganadero Bovino sueros Ovino sueros Porcino determinaciones
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56 LABORATORIO REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE CASTILLA Y LEÓN 55
57 Dirección Postal.- C/ Molino s/n LEÓN Tfno Estructura física (edificaciones).- - Año de finalización: Superficie construida: m2 - Superficie útil: m2 - Superficie exterior urbanizada: m2 Estructura funcional.- - Dirección/Coordinación de Red de Laboratorio de Sanidad Animal. - Departamento de Recepción de muestras. - Departamento de Serología General. - Departamento de Microbiología, Parasitología, Química. - Departamento de Serología Especial y Nuevas Tecnologías. 56
58 Situación evolutiva de los análisis realizados en los siete últimos años MICROBIOLOGÍA Muestras Determinaciones PARASITOLOGÍA Muestras Determinaciones QUÍMICA Muestras Determinaciones EET Bovino Ovino Caprino Total SEROLOGÍA Bovino Ovino Caprino Porcino Otras spp domésticas Fauna silvestre Total Programas sanitarios más significativos. Además de la Coordinación Técnica de la Red de Laboratorios de Sanidad Animal, en la ejecución y aplicación de técnicas de diagnóstico, el Laboratorio Regional lleva a cabo la dirección y ejecución de los diversos programas sanitarios tanto de implantación nacional, como los diseñados por el servicio de Sanidad Animal de la Dirección General de Producción Agropecuaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma. Se reseñan los más importantes: Campañas de Saneamiento Ganadero. Control de Encefalopatías Espongiformes Transmisibles. Programa de Vigilancia Serológica y Entomológica de Lengua Azul. 57
59 Programa Sanitario Caprino. Programa Sanitario para el control de la Hipodermosis bovina. Programa de control/erradicación de Maedi-Visna. Plan Sanitario Porcino. Plan de Vigilancia Epidemiológica de Fauna Silvestre. Plan Sanitario Avícola. Programa de diagnóstico de enfermedades de los peces. Programa Sanitario Apícola. Programa de Salmonela en aves, porcino y piensos. Programa Sanitario Cunícola. 58
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61 A. DEPARTAMENTO DE SEROLOGÍA. Funciones: - Desarrollo de técnicas analíticas oficiales establecidas para el diagnóstico de campañas de control y erradicación de enfermedades de rumiantes (Campañas de Saneamiento Ganadero) - Seguimiento de Programas Sanitarios Especiales. - Programas de control y erradicación establecidos por el Servicio de Sanidad Animal (Actualmente Maedi Visna, Artritis Encefalitis Caprina, Control de Tularemia, Plan Sanitario Avícola, Programa de Influenza Aviar, Hipodermosis, Toxoplasmosis, etc.) - Análisis Serológicos para la detección de antígenos o anticuerpos de otras enfermedades (Paratuberculosis, Clamidiosis, Enfermedad de Border, IBR, Salmonelosis, Fiebre Q, etc.), aplicando métodos de diagnóstico que han ido modificándose, incorporando técnicas cada vez más sensibles. 60
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63 B. DEPARTAMENTO DE MICROBIOLOGÍA-PARASITOLOGÍA-QUÍMICA. Se compone de las tres áreas especializadas que otorgan la denominación al Departamento. Área de Microbiología.- Lleva a cabo las funciones de diagnóstico de enfermedades mediante cultivo, aislamiento e identificación de microorganismos patógenos. Actualmente desarrolla su actividad en una serie de programas sanitarios entre los que destacamos: Área de Microbiología. Control de mamitis. Control de brucelosis y tuberculosis, con seguimiento de las explotaciones con resultados positivos. Control de salmonela, tanto en piensos para realizar el programa oficial, como en heces, con objeto de posibilitar el comercio intracomunitario. Diagnósticos microbiológicos de enfermedades de animales silvestres. Diagnóstico etiológico de abortos. Seguimiento de perros mordedores para el diagnóstico de rabia. Seguimientos de focos (Tularemia). Programas específicos de ADS. Área de Parasitología.- Realiza fundamentalmente análisis coprológicos para determinar la carga parasitaria de rebaños integrados en ADS, así como la identificación de endoparásitos y ectoparásitos de animales domésticos y silvestres. Área de Química.- Realiza análisis y determinaciones de tóxicos en función a las necesidades de cada momento. 62
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65 C. DEPARTAMENTO DE SEROLOGÍA ESPECIAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS. Área de Serología Especial.- Se realiza la analítica serológica de los animales de la especie porcina establecida en los programas del MAPA, necesaria para el control de enfermedades, intercambios comerciales y obtención de calificaciones. Así mismo, se aplican métodos de diagnostico en otras especies animales (lengua azul, vigilancia sanitaria de la fauna silvestre...), así como el seguimiento sanitario de enfermedades incluidas en los programas sanitarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria. Área de Nuevas Tecnologías.- Incluye la puesta a punto de nuevas técnicas de diagnóstico de distintas enfermedades bajo la coordinación de los Laboratorio Centrales de Veterinaria de Algete y Santa Fe (Granada). 64
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