Exposición de Motivos
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- Jaime Paz Maidana
- hace 6 años
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1 QUE REFORMA EL ARTÍCULO 41 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS ADRIANA DEL PILAR ORTIZ LANZ, MIGUEL ÁNGEL SULUB CAAMAL Y MARÍA DEL ROCÍO REBOLLO MENDOZA, ASÍ COMO POR LOS SENADORES RAÚL AARÓN POZOS LANZ Y ÓSCAR ROMÁN ROSAS GONZÁLEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI Los suscritos, diputados Adriana del Pilar Ortiz Lanz y Miguel Ángel Sulub Caamal y los senadores Raúl Aarón Pozos Lanz y Óscar Román Rosas González, todos de Campeche e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o. y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 8, numeral 1, fracción I, del Reglamento del Senado de la República; y 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 41, fracción II, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de financiamiento de los partidos políticos nacionales, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos El fortalecimiento de la democracia en nuestro país ha sido un proceso complejo, ha tomado tiempo y en esa medida el marco jurídico en materia electoral, y en específico lo relacionado al financiamiento de los partidos políticos, ha sufrido diversas transformaciones que han acompañado y sumado a la madurez democrática del sistema mexicano, el cual continúa en constante debate y discusión. Dentro de los grandes cambios se incluye la creación de mecanismos autónomos como el hoy denominado Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuyos principios predominantes han sido la certeza jurídica, la objetividad, la legalidad y la imparcialidad. Uno de los cambios más significativos durante este proceso ha sido la forma en la que los partidos políticos obtienen recursos, así como la fiscalización y la transparencia en el ejercicio de éstos. Es pertinente recordar que anteriormente estos provenían únicamente de recursos privados, sin embargo, a partir de la reforma electoral de 1994, con la finalidad de generar contiendas más equitativas, por primera vez en la historia del país se consideró viable la entrega de recursos públicos a los partidos políticos, privilegiándolos por encima de los recursos privados. Cabe mencionar que en la mayoría de los países democráticos alrededor del mundo el estado provee los recursos ya sea por vía directa o mediante subsidios. La ley establecía los montos a entregar a los partidos políticos, mismos que se calcularían con base en el número de partidos con registro. Adicionalmente se establecía que en años electorales se otorgaría el doble de recursos y la posibilidad de obtener hasta un peso más de recursos públicos que de recursos privados. Cabe mencionar que la regulación en materia de fiscalización tanto del gasto de los recursos otorgados por estado como de los recursos privados era escasa. La reforma electoral de 2007 planteó un nuevo tipo de financiamiento público a los partidos políticos, que se caracterizó con una significativa reducción de los recursos asignados y de gasto en campañas electorales con periodos más cortos.
2 En cuanto al acceso de los partidos a los medios se estableció un nuevo modelo de comunicación política, que permitiría a los partidos políticos con representación en el Congreso acceder de manera gratuita a los tiempos oficiales asignados al Estado en Radio y Televisión, con lo cual se esperaba bajaran los recursos de los partidos hasta el 70 por ciento de sus prerrogativas. La fórmula desde ese entonces ha sido la misma, el resultado de multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 65 por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal (a partir de la reformas Unidad de Medida de Actualización y Ciudad de México, respectivamente). Sin embargo, se ha demostrado con el paso del tiempo que esta fórmula ha generado un importante incremento de los recursos asignados a los partidos políticos. Como ejemplo del incremento que ha tenido el financiamiento de los partidos políticos se presentan los siguientes cuadros relativos a cifras del financiamiento público de 1997 a 2017 de los partidos políticos nacionales, elaborados por el Instituto Nacional Electoral, consultables en su página de Internet 1.
3 Como se puede observar, en el proceso electoral de 2015, el Instituto Nacional Electoral (INE) tiene registrado que los partidos políticos recibieron por concepto de presupuesto ordinario, en número redondos, 5 mil 200 millones de pesos, más 1 millón setecientos de pesos por distrito electoral. Si consideramos que existen 300 distritos a nivel nacional, los partidos políticos recibieron cuando menos 5 mil 700 millones de pesos para la elección de diputados; y que, cuando se coincide con la elección de presidente de la República, tienen derecho a un 20 por ciento más, cifras que se pueden apreciar con claridad en los cuadros siguientes:
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5 En ese sentido y como se aprecia en la siguiente gráfica el incremento al financiamiento de los Partidos Políticos se ha duplicado a lo largo de 20 años, y aunque si bien es cierto que el incremento en parte está relacionado al propio paso del tiempo, al cambio en el valor del dinero así como al incremento en el padrón electoral, también se debe reconocer que esto ha impactado directamente la economía del Estado mexicano y por ende en la de sus ciudadanos quienes, a través de sus impuestos, fondean no solo a los partidos sino también a todo el sistema electoral. Así las cosas, para el presente año, los nueve partidos políticos nacionales en su conjunto, recibirán 4 mil 59 millones de pesos. Esto equivale al costo de 12 mil automóviles compactos o a pagar casi 700 mil salarios mínimos de trabajadores durante un mes o a todo el presupuesto federal asignado para combatir adicciones. Conscientes de que la ciudadanía exige respuestas que impliquen que la clase política se apriete el cinturón es que la iniciativa que presentamos, busca una disminución en los montos que se dan a los partidos políticos para que de esta manera los recursos puedan emplearse en beneficios directos para la ciudadanía como son el mejoramiento de la infraestructura, programas sociales para los menos favorecidos y programas encaminados a la educación y la salud, por mencionar algunos. En adición a lo anterior, es pertinente destacar que, en la reciente reunión de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago) realizada el 9 de enero del año en curso, el Gobernador de Campeche, Lic. Alejandro Moreno Cárdenas, consciente de la necesidad de promover reducciones importantes al gasto general de los tres Poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) así como en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), y en lo particular de los partidos políticos y los organismos autónomos, se pronunció a favor de promover diversas iniciativas, entre las que destaca la que hoy estamos presentando relativa a reducir el 50 por ciento al financiamiento de los partidos políticos, por convicción y compromiso con la sociedad. Por lo expuesto y dadas las circunstancias actuales que vive el país en materia económica y en razón de que resulta necesario afrontar de la mejor manera esta situación, es que consideramos pertinente y necesario llevar a cabo una reducción a los financiamientos otorgados a los partidos políticos, a fin de que sean canalizados para atender las necesidades más apremiantes de los mexicanos, lo que se
6 convierte en una medida necesaria para apoyar al país en esta época de nuevos retos y desafíos que se vive en la actualidad. Así, considerando que todos debemos contribuir a la estabilidad económica de nuestro país, la reforma que sometemos a la consideración de esta soberanía consiste en modificar a la baja el porcentaje de financiamiento público que se otorga a los partidos políticos, de 65 por ciento actual, al treinta y dos por ciento, como se aprecia en el cuadro comparativo siguiente: Por lo expuesto y fundado sometemos a la consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 41 fracción segunda inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo Único. Se reforma el artículo 41, fracción II, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Único: Artículo I.... II.... a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el treinta y dos por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el
7 porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata intermedia anterior. Transitorios Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. La reducción surtirá efectos de inmediato durante el ejercicio fiscal correspondiente al de la entrada en vigor del presente decreto. Legisladores: diputados Adriana del Pilar Ortiz Lanz, Miguel Ángel Sulub Caamal, María del Rocío Rebollo Mendoza; senadores Raúl Aarón Pozos Lanz, Óscar Román Rosas González, (rúbricas).
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