REGLAMENTO DEL COMITE ELECTORAL NACIONAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DEL COMITE ELECTORAL NACIONAL"

Transcripción

1 REGLAMENTO DEL COMITE ELECTORAL NACIONAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- DE SU OBJETIVO: El presente reglamento establece las normas que regirán el proceso electoral nacional, a través de los cuales se elegirán al Consejo Directivo Nacional y a los Consejos Directivos Regionales para el periodo , conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú, Ley del 28 de abril del 2007, Estatuto del Colegio de Enfermeros del Perú y el Código de ética y deontología. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas del presente Reglamento son de aplicación obligatoria como fuente de Derecho, en el proceso para la elección del Consejo Directivo Nacional y Consejo Directivo Regional en todo el país. Siendo la sede del Comité Electoral Nacional en Jirón Huáscar 1930, segundo piso - Jesús María Lima (Escuela de Liderazgo del Colegio de Enfermeros del Perú). Artículo 3.- El Comité Electoral Nacional constituye la máxima autoridad en el proceso electoral del Colegio de Enfermeros del Perú y las resoluciones que expida son definitivas e inimpugnables. Los Comités Electorales Regionales constituyen la autoridad electoral a nivel regional. En caso que el Comité Electoral Regional no resolviera algún problema grave este será elevado al Comité Electoral Nacional para su resolución. 1

2 Artículo 4º.- Los Comités Electorales Regionales asumirán la responsabilidad de coordinación del local para el desarrollo del acto electoral, teniendo en cuenta un lugar accesible, amplio, ventilado y seguro que garantice la circulación de los miembros de la orden sin aglomeraciones. Artículo 5º.- DE LA FECHA DE ELECCIÓN: La Elecciones Generales se realizarán indefectiblemente el 10 de diciembre del Artículo 6º.- DE LAS COORDINACIONES: El Comité Electoral Nacional realizará las coordinaciones necesarias con los organismos que brinden asesoría y capacitación para dicho proceso, como ONPE, TRANSPARENCIA, RENIEC, JNE y otros. Los Comités Electorales Regionales realizarán las coordinaciones con los organismos que garanticen el orden y apoyo al desenvolvimiento del acto electoral, tales como fuerzas armadas, municipalidades, prefectura y otros. Artículo 7º.- La publicación de la Convocatoria se realizará el 11 de setiembre del 2017 y la publicación del Cronograma y Reglamento Electoral se realizará el 12 de setiembre del Artículo 8º.- Los Comités Electorales Regionales se conformarán dentro de los diez días calendarios de solicitada su nominación. Artículo 9º.- El 27 de setiembre se realizará la publicación de Miembros Hábiles para el proceso electoral. 2

3 Artículo 10.- OMISO AL VOTO: Los electores que no acudan a votar el día 10 de diciembre del 2017, tendrán una multa de soles que corresponde al 3% de una UIT (4,050 soles) y los miembros de mesa que no cumplan con su deber pagaran la multa del 5% de una UIT: soles, que será cobrado por el Colegio de Enfermeros del Perú. Artículo11º.- ACCIDENTES EN EL DÍA DEL SUFRAGIO: En caso de robo o extravió de los documentos de identidad del elector, podrá apersonarse el día de la elección a su mesa de sufragio y solicitara su constancia de asistencia, pero no podrá ejercer su voto. Así mismo tendrá, hasta el 17 de diciembre para entregar la constancia policial del accidente ocurrido, de lo contrario será declarado omiso a la elección. Artículo 12º.- DISPENSADOS DE SUFRAGAR: Todos los profesionales que se han inscrito al Colegio de Enfermeros del Perú hasta treinta días antes del sufragio. (Estatuto del Colegio de Enfermeros del Perú; Título X: Capítulo II, artículo 50). Artículo 13º.- LA CONFORMACIÓN El Consejo Directivo Nacional estará integrado por: Un Decano (a) Nacional Un Vice Decano (a) Nacional Dos Secretarios (as) Un Tesorero (a) Cuatro Vocales El Consejo Directivo Regional estará conformado por: Un Decano (a) Regional Un Secretario (a) Una Tesorera (o) Dos Vocales 3

4 Artículo 14.- Los candidatos para Consejo Directivo Nacional y Consejo Directivo Regional deberán presentar el Proyecto del Plan de Trabajo a ejecutar en el ejercicio de la gestión que le compete, entregar en formato de resumen ejecutivo y desarrollado, en medio físico y magnético (Capítulo V; artículo 57 del Estatuto del Colegio de Enfermeros del Perú). CAPITULO II DE LOS REQUISITOS PARA SER CANDIDATOS: Artículo 15º.- LOS POSTULANTES: A Decano (a), Vicedecano (a) Nacional y Decano (a) Regional deberán reunir los siguientes requisitos: a) Ser peruano de nacimiento. b) Poseer Título Profesional de Enfermero con no menos de 15 años de experiencia en el ejercicio profesional (Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú Título XI; Capitulo II: artículo 70). c) Estar debidamente habilitado por el Consejo Regional al cual pertenece, hasta el mes anterior a la inscripción es decir hasta el 17 de setiembre del d) No tener sanción disciplinaria de amonestación, suspensión o expulsión por parte del Colegio de Enfermeros (Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú: Título XI, Capitulo II - artículo 70: e). e) No tener inhabilitación por resolución judicial (Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú: Título XI, Capitulo II - artículo 70:e y Código de ética y deontología - Compromiso de honor). f) No tener amonestación, suspensión o expulsión en ejercicio profesional en el ámbito público y/o privado y/o militar para ello deberá adjuntar constancia emitida por la institución donde labora actualmente, (Código de ética y deontología Capitulo IV Articulo 45). 4

5 g) No estar consignado en el registro de historiales crediticios (INFOCORP), como deudor, (Código de ética y deontología; Capitulo VII: artículo 71). h) No estar consignado en el REDAM: Registro Deudores Alimentarios Nacionales (Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú: Título XI, Capitulo II - artículo 70: e). i) No haber incurrido en abandono ni renuncia a cargo directivo del Colegio de Enfermeros (Código de ética y deontología Capitulo VIII: artículo 79). j) No desempeñar cargo de dirigente político y/o ser político de elección popular (Código de ética y deontología Capitulo VII: artículo 69). k) No haber sido vacado en el ejercicio de cargo directivo en el Colegio Enfermeros, dentro de los dos años anteriores a la convocatoria a elecciones (Código de ética y deontología Capitulo VII: artículo 71 y 75). l) No ocupar cargos directivos en el Consejo Directivo Nacional y/o Consejos Directivos Regionales ni en agrupaciones (sindicatos, asociaciones, sociedades científicas y otras relacionadas con la profesión), en el momento de la inscripción de la Lista de Postulantes a Candidatos. m) Para el cargo del Consejo Directivo Nacional, deberá presentar compromiso de permanencia para residir en el lugar donde ha sido elegido mientras dure su mandato (según formato otorgado por el Comité Electoral Nacional). n) Para los Consejos Directivos Regionales, deberá presentar compromiso de permanencia para residir en la ciudad donde funcione la sede del órgano en el que se ejercerá el cargo. 5

6 Artículo16.- DE LOS DE MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL Y REGIONAL: a) Ser peruano de nacimiento. b) Poseer Título Profesional de Enfermero con no menos de 10 años de experiencia, en el ejercicio profesional (Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú Título XI; Capitulo II: artículo 70. c) Cumplir los mismos ítems c hasta n establecidos para los postulantes a decanos. Artículo 17.- DEL PERSONERO GENERAL DE LA LISTA: El personero podrá representar una sola lista de candidatos y deberá contar con: a) Título Profesional de Enfermero con no menos de 5 años de experiencia en el ejercicio profesional. b) Estar debidamente habilitado por el Consejo Regional al cual pertenece, hasta el mes anterior a la inscripción es decir hasta el 17 de setiembre del c) No tener sanción disciplinaria de amonestación, suspensión o expulsión por parte del Colegio de Enfermeros (Código de ética y deontología - Compromiso de honor). d) No tener inhabilitación por resolución judicial (Código de ética y deontología - Compromiso de honor). e) No estar consignado en el registro de historiales crediticios (INFOCORP), como deudor (Código de ética y deontología; Capitulo VII: artículo 71) f) No estar consignado en el REDAM: Registro de Deudores Alimentarios Nacionales (Código de ética y deontología; Capitulo VII: artículo 71). 6

7 g) No desempeñar cargo de dirigente político y/o ser político de elección popular (Código de ética y deontología Capitulo VII: artículo 69). h) Para lograr una comunicación oportuna y eficaz, el personero general deberá entregar un correo electrónico y número de teléfono habilitados. Artículo 18.- Los personeros generales que representen a las listas inscritas deberán contar con una credencial otorgada por el Comité Electoral Nacional o Regional. Artículo 19.- En el caso de los personeros de las mesas, se verificará su habilitación solo por vía virtual, este será el requisito único para poder ejercer su función en el proceso electoral. Esta información será entregada al personero general que se encargara de sus identificaciones. Artículo 20.-DE LA INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES: Los postulantes a los cargos directivos para el Consejo Directivo Nacional, solicitan su inscripción por escrito, en una lista única, ante el presidente del Comité Electoral esto se realizará del 12 al 17 de Octubre del 2017 hasta las 18 horas, respaldada por la firma de no menos del 10% (4,240) de los colegiados hábiles adherentes, no debiendo superar el 50% de los pertenecientes al Consejo Regional III. En el caso de los Consejos Regionales deberá contar con el 10% de sus electores hábiles de su Región y será hasta el 17 de octubre del 2017 hasta las 18 horas. Artículo 21.- Cada colegiado solo podrá respaldar una lista nacional o regional, caso contrario su adherencia será nula. 7

8 Artículo 22.- Los registros de Adherentes visados y foliados serán elaborados, impresos y distribuidos por el Comité Electoral Nacional, por lo que los postulantes deberán obtener el mencionado formato de registro de adherentes en las instalaciones donde vienen funcionando el Comité Electoral Nacional y los Comités Electorales Regionales. Artículo 23.- La inscripción de las listas podrá realizarse únicamente a través de los personeros generales acreditados, dicha inscripción se realizará con la presentación de padrones de adherentes no menor de 10% de miembros hábiles; los padrones deberán ser presentados con letras legibles, en dos (02) juegos, un original y una copia. No deberán tener borrones ni enmendaduras. Artículo 24.- La asignación de números para los candidatos será según orden de inscripción, debiendo designar números pares para listas nacionales y números impares para listas regionales. En caso que la lista NO cumpla con los requisitos de inscripción el número asignado no se modifica. Artículo 25.- El Comité Electoral comunicara por escrito y de inmediato las observaciones e inhabilitaciones al personero general representante de la lista de candidatos, a fin de adoptar medidas correctivas. Teniendo como plazo para una nueva presentación antes del cierre de la etapa de inscripción. Artículo 26.- DE PUBLICACIÓN DE LISTAS APTAS: El Comité Electoral Nacional y los Comités Electorales Regionales realizarán la publicación de las listas Provisionales de inscritos el 18 de octubre del 2017 a las 18 horas. 8

9 El plazo para la tacha a las listas o candidatos será de cinco (05) días calendarios, iniciando del 19 de octubre a las 10:00 horas, hasta el 23:00 de octubre a las 18 horas. El plazo para la notificación de las tachas impuestas a las listas o candidatos será de tres (03) días calendarios (24 al 26 de octubre del 2017). La notificación será realizada al domicilio declarado por la lista. Las listas tendrán un plazo de cuatro (04) días calendarios para resolver las tachas que se hayan presentado en su contra. El plazo será del 27 al 30 de octubre hasta las 18:00 horas. La absolución de las tachas únicamente podrá ser presentada por el Personero General de la lista o por algún miembro de la lista. Artículo 27.- El Comité Electoral Nacional y los Comités Electorales Regionales realizarán la revisión de las impugnaciones del 31 de octubre al 03 de noviembre del Artículo 28.- El Comité Electoral Nacional y los Comités Electorales Regionales, publicarán las listas APTAS que participarán en el proceso electoral el día 04 de noviembre del 2017 a las 18 horas. Artículo 29.- DE LAS PROHIBICIONES DURANTE EL ACTO ELECTORAL: Los candidatos, personeros y electores no podrán hacer proselitismo, repartir propaganda y/o portar elementos (souvenir y otros) que podrían inducir al voto dentro del local de votación. Fuera del local de votación la prohibición se aplicara a 100 metros a la redonda. Para cumplir con este fin, se firmara un acta de compromiso con los personeros representantes de la listas de candidatos. 9

10 Artículo 30.- Los miembros de la orden que desempeñen de personeros de mesa en el proceso electoral estarán acreditados (as) por el personero general. Artículo 31.- Los personeros que generen desorden en las mesas de sufragio serán retirados con el apoyo de la autoridad policial. Así mismo se hará cumplir los ítems contenidos en Capítulo V; artículo 89 del Reglamento del Colegio de Enfermeros del Perú. CAPITULO III DE LAS MESAS DE SUFRAGIO Artículo 32.- Cada mesa de sufragio contará con tres miembros titulares y tres miembros suplentes, que en ausencia de los titulares podrán reemplazarlos. Artículo 33.- Los miembros de cada mesa de sufragio serán sorteados el día 06 de noviembre en un acto público y en presencia del notario entre los colegiados hábiles que figuren en los padrones de la mesa respectiva. La publicación será el 07 de noviembre del Artículo 34.- El cargo de los miembros de mesa de sufragio es irrenunciable, salvo los casos de grave impedimento físico o necesidad de ausentarse del país. Las excusas serán formuladas por escrito con la documentación pertinente hasta 24 horas antes de las elecciones. Artículo 35.- En la mesa de sufragio, no podrán votar más de cien (100) colegiados, excepto en la mesa de transeúntes. La numeración de las mesas es correspondiente a los padrones respectivos. 10

11 Artículo 36.- No podrán ser miembros de mesa de sufragio los candidatos, personeros, miembros de comité electoral y miembros del Consejo Directivo Nacional y Consejos Directivos Regionales salientes. Artículo 37.- Los miembros de mesa se apersonarán al Comité Electoral respectivo para recibir las instrucciones e indicaciones de los procedimientos a seguir en el acto eleccionario, así mismo deberán asistir de manera obligatoria a la capacitación organizada por la ONPE y el Comité Electoral, el 05 de diciembre en la mañana y el 06 de diciembre en la tarde. ARTÍCULO 38.- MESA DE TRANSEÚNTES: Podrán votar en la mesa de transeúntes todos los colegiados (as) habilitados (as) hasta 10 de Noviembre del 2017, que no adeuden ninguna cuota al Colegio de Enfermeros del Perú. Todo colegiado puede acceder a través de la página web del Colegio de Enfermeros del Perú para revisar su condición de habilitado a través de este link: Los transeúntes podrán registrarse a través del correo comiteelectoral@cep.org.pe o el teléfono , hasta 30 días antes de las elecciones. Artículo 39.- Los colegiados transeúntes son aquellos electores que están registrados en una determinada región pero laboran en otras regiones. También se consideraran transeúntes los colegiados que se encuentren fuera de su lugar de votación por enfermedad, accidentes, asuntos personales o estudios debidamente acreditados y otros. Artículo 40.- Los miembros de mesa se movilizaran al área habilitada en el primer piso, para los colegiados que tengan algún impedimento de llegar a su mesa principal. 11

12 Artículo 41.- Las mesas electorales para fines de votación funcionarán desde las 08:00 hasta las 16:00 horas ininterrumpidas en el local previsto. Artículo 42.- MODELO DE CEDULA DE SUFRAGIO: El modelo de cédula de sufragio distinguirá el espacio para que el elector elija sus candidatos para el Consejo Directivo Nacional, según formato único establecido por el Comité Electoral Nacional. En el caso de los candidatos para los Consejos Directivos Regionales, el Comité Electoral Regional elaborará su formato de cédulas, sobre la base del diseño aprobado por el Comité Electoral Nacional (capítulo IV del Comité Electoral Regional Art.76). Artículo 43.- Las cédulas llevarán impresos en forma ordenada la relación de listas que postulan, teniendo en cuenta que la asignación de números será de acuerdo al orden de llegada para la inscripción de los candidatos. Para el Consejo Directivo Nacional se asignaran números pares y para el Consejo Directivo Regional, estarán identificadas con números impares. Artículo 44.- Las cédulas de sufragio para los cargos del Consejo Directivo Nacional y Consejos Directivos Regionales, serán diseñadas por el Comité Electoral Nacional para luego ser enviadas a los Comités Electorales Regionales correspondientes por vía magnética para su confección. Artículo 45.- DE LA INSTALACIÓN: La instalación, sufragio, escrutinio y resultados del mismo constarán en un solo documento, que se denominará Acta Electoral donde se registraran las ocurrencias y observaciones que formulen cualquier miembro de mesa o personeros presentes. 12

13 Artículo 46.- El Acta electoral se elaborará por triplicado en el formulario correspondiente. Estará firmada por el Presidente, los demás miembros de mesa y los personeros presentes, si así lo desean. Artículo 47.- Instalada la mesa de sufragio el Presidente abrirá los paquetes, realizará el conteo de las cedulas y dispondrá los documentos útiles y elementos electorales necesarios para iniciar el acto electoral. Igualmente, procederá a suscribir con los miembros de mesa la respectiva Acta de Instalación, firmándola junto con los personeros presentes que lo deseen, colocar en un lugar visible y de fácil acceso una copia del padrón de electores que correspondan a dicha mesa. Los carteles de candidatos serán colocados dentro de la cabina de votación. Artículo 48.- El presidente de mesa, dará inicio al sufragio identificándose previamente ante los secretarios de la mesa, conforme al artículo anterior. Asimismo los secretarios y personeros procederán al acto de sufragar siguiendo el procedimiento realizado por el Presidente. Artículo 49.- DE LA VOTACIÓN: Todo elector para poder realizar el acto de sufragio se identificará ante la autoridad respectiva con su carnet de identidad del Colegio de Enfermeros del Perú y/o DNI. Artículo 50.- LA DURACIÓN DEL ACTO ELECTORAL: La votación se iniciará a las 08:00 horas y terminará a las 16:00 horas del mismo día, cualquiera fuera el número de electores que hubiesen sufragado. Solo en el caso de que hubiesen sufragado la totalidad de electores que figuran en los padrones de mesa, el Presidente podrá declarar terminada las votaciones antes de la hora señalada, dejándose constancia de este hecho en el Acta de Sufragio. 13

14 Artículo 51.- Terminando el acto de sufragio, el Presidente colocará en el padrón, en el espacio correspondiente a la firma de electores, que no hubiesen votado, la frase NO VOTÓ. Extendiéndose luego el Acta de Sufragio donde se hará constar el número de electores, los hechos ocurridos durante la votación y las observaciones formuladas por los miembros de la mesa y personeros. Artículo 52.- Sobre los hechos y circunstancias que ocurran durante la votación y que no consten en el Acta de Sufragio, no podrán ser cuestionados después. Esta Acta de Sufragio será firmada por el Presidente de mesa y los demás miembros de ella. Artículo 53.- DEL CONTEO DE CEDULAS: Abierta el ánfora, el Presidente verificará: Que el número de cédulas depositadas esté de acuerdo al número de electores, suscrita en el acta respectiva. Que cada cédula exhiba las firmas del presidente. Aquellos que no contengan la firma del presidente, serán eliminados sin abrir dicha cedula. En el caso que faltara cedulas, se anotara en el Acta. Las cedulas usadas, como las no usadas deben ser destruidas una vez terminado el escrutinio. Los miembros de mesa deben entregar el padrón electoral y las actas debidamente firmadas y lacradas, así mismo los útiles de oficina sobrantes. Artículo 54.- Cuando el número de cédulas correctamente firmadas exceda el número de votantes que figura en el padrón, el Presidente eliminará al azar un número de cédulas al excedente, haciendo constar este hecho en el acta respectiva. 14

15 Artículo 55.- Las cédulas serán abiertas por el Presidente siguiendo el procedimiento que a continuación se detalla: El presidente abrirá una por una las cédulas y leerá en voz alta los votos emitidos, empezando por el Consejo Directivo Nacional seguido del Consejo Directivo Regional, los demás miembros de la mesa y los personeros presentes, pueden controlar lo leído, además de la anotación en los documentos pertinentes. Toda situación que se suscite en el escrutinio será resuelta por votación de los miembros de mesa y en presencia de los personeros presentes. Artículo 56.- Finalizado el recuento se suscribirá por triplicado el acta de escrutinio, la que contendrá: Hora de inicio y término del Acto Electoral. Números de votos válidos emitidos a favor de cada lista de los candidatos al Consejo Nacional y al Consejo Regional respectivo, votos nulos y en blanco. Reclamos formulados por los personeros y soluciones dadas. Esta acta será firmada por los miembros de la mesa y los personeros presentes que lo deseen. Solo será obligatoria la firma del personero, en caso deje sentada una observación o impugnación. Artículo 57.- El acta de Instalación, Sufragio, Escrutinio y el padrón electoral, será de responsabilidad de los presidentes de mesa, ellos entregaran al Comité Electoral Nacional o Regional. Artículo 58.- El Comité Electoral Regional informara los resultados del proceso electoral, garantizando que los resultados lleguen el mismo día de las elecciones primero a través del scanner y segundo en sobres debidamente lacrados al Comité Electoral Nacional. 15

16 Artículo 59.- Los Comités Electorales, al término del acto electoral publicarán la Nómina de los colegiados que no han cumplido con su obligación de sufragar. CAPITULO IV DEL CÓMPUTO NACIONAL, REGIONAL Y PROCLAMACIÓN Artículo 60.- El computo Regional y la revisión de lo actuado durante el sufragio para la elección de los Consejos Directivos Regionales será ejecutado por el Comité Electoral Regional respectivo, en base a las actas electorales de las mesas correspondientes. Artículo 61.- Los votos en blanco y los votos nulos, servirán solamente para hacer el cómputo total de votantes más no serán considerados a favor de las listas. El Comité Electoral declara su nulidad del proceso electoral cuando los votos nulos o en blanco sumados o por separado superen los dos tercio (2/3) del número de votos emitidos. Artículo 62.- El Presidente del Comité Electoral Nacional y/o Regional, proclamará a los candidatos de la lista que resulte ganadora por haber obtenido mayoría simple de votos emitidos: a) En caso de lista única el 50% más uno (1) de los votos emitidos b) En caso de dos listas o más se decidirá por mayoría simple de los votos válidos. c) Si dos listas obtienen el mismo número de votos se declarará segunda vuelta. Artículo 63.- La publicación de las listas ganadoras se llevará a cabo dentro de los siete (7) días calendarios posteriores al término del acto electoral. 16

17 Artículo 64.- Si se presentara un empate entre dos listas candidatas, el Comité Electoral Nacional procederá a convocar a segunda vuelta electoral, en un plazo no mayor de 15 días calendarios. Artículo 65.- El Comité Electoral Nacional, revisará las actas remitidas por los Comités Electorales Regionales realizando el cómputo a nivel Nacional. Artículo 66.- El Presidente del Comité Electoral Nacional el día 17 de diciembre, proclamará a los ganadores electos, otorgándoseles su credencial y publicando los resultados del proceso. Artículo 67.- El Comité Electoral Nacional, como máxima autoridad en temas electorales tiene la facultad de normar y regular todo aquello no previsto en el presente Reglamento Electoral. 17

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL NACIONAL COLEGIO DE ENFERMERAS(OS) DEL PERU CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento se pone a disposición de los miembros de la orden y contiene

Más detalles

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA Institución Educativa  CAPITULO I GENERALIDAD PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad

Más detalles

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES FEDERACIÓN MÉDICA PERUANA REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art. 1º La Junta Directiva Nacional Ampliada, ha convocado a Elecciones para renovar la Junta Directiva Nacional y la Juntas Directivas

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL (VENP)

REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL (VENP) Aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP) el 09 de enero de 2018. REGLAMENTO DE ELECCIONES: PROCESO ELECTORAL 2018 VOTO ELECTRONICO NO

Más detalles

El Acto Electoral. Abog. Katiuska Valencia Segovia

El Acto Electoral. Abog. Katiuska Valencia Segovia El Acto Electoral Abog. Katiuska Valencia Segovia Conjunto de actividades que se realizan en las mesas de sufragio el día de las elecciones. Finalidad: Permitir asegurar el ejercicio del derecho de sufragio

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para

Más detalles

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DE LA ORGANIZACIÓN SINDICAL PERIODO 2016-2019 CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1: El presente Reglamento norma el proceso de elecciones para renovar la Junta Directiva 2016-2019

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio

Más detalles

ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES

ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES ASOCIACION DE MEDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD REGLAMENTO DE ELECCIONES GENERALES 2006-2008 Art.1 El Comité Electoral Nacional de la Asociación Nacional de Médicos del Ministerio de Salud (ANMMS) se constituye

Más detalles

COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL

COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ REGLAMENTO ELECTORAL COLEGIO DE ESTADISTICOS DEL PERÚ http://www.coespe.org REGLAMENTO ELECTORAL PROCESO ELECTORAL 2013: RENOVACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL Y DE LOS CONSEJOS REGIONALES COESPE (2014-2015) Parque Hernán Velarde

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES TÍTULO I DEL PROCESO ELECTORAL CAPITULO I DE LAS Y LOS PARTICIPANTES EN LAS ELECCIONES Art. 1.- Para ser candidata o candidato al Directorio y al Tribunal de Honor del Colegio

Más detalles

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL

PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL PANDO ENTIDAD FINANCIERA DE VIVIENDA REGLAMENTO ELECTORAL Aprobado por Asamblea Ordinaria de Socios en fecha 02 de abril de 2016 Art 1.- El presente Reglamento Electoral norma los procedimientos para la

Más detalles

Elecciones Colegiales Convocatoria para los cargos de Vicedecano, Secretario y Tesorero

Elecciones Colegiales Convocatoria para los cargos de Vicedecano, Secretario y Tesorero Elecciones Colegiales Convocatoria para los cargos de Vicedecano, Secretario y Tesorero La Junta de Gobierno de este Colegio Oficial de Arquitectos en su sesión celebrada el pasado día 18 de febrero de

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SENATI JUNIO - 2012 COMITÉ ELECTORAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE

Más detalles

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE UCAYALI REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE UCAYALI REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO 2015-2016 Pucallpa, 25 de Julio 2014 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO PERIODO 2015-2016 BASE LEGAL Constituye Base Legal

Más detalles

HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS

HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS FACULTADES 2017 LINEAMIENTOS GENERALES: 1. La elección del

Más detalles

tro o i rti ip i o tro Social

tro o i rti ip i o tro Social oto o e i r p re te oto r p re te oto r p re te oto i ti o oto i ti o oto i ti o I ter t r i I ter t r i I ter t tro o i rti ip i o tro Social MI primer voto MI primer voto #Miprimervoto Queremos promover

Más detalles

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se

Más detalles

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)

CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PROFESORALES Y ESTUDIANTILES A LOS CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) Artículo

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a Director/a de la de la Universidad Politécnica de Cartagena Según acuerdo de la Junta Extraordinaria de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura

Más detalles

ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL

ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL TÍTULO I MIEMBROS Y FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA

CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A C O N V O C A T O R I A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LOS ALUMNOS POR LOS DEPARTAMENTOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS, RECURSOS DE LA TIERRA, Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Más detalles

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES 19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre

Más detalles

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES. REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución

Más detalles

GENERALIDADES TITULO I DE LA CONVOCATORIA Y DEL COMITÉ ELECTORAL CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA

GENERALIDADES TITULO I DE LA CONVOCATORIA Y DEL COMITÉ ELECTORAL CAPITULO I DE LA CONVOCATORIA COMITÉ ELECTORAL DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES CASTILLA-PIURA REGLAMENTO DE ELECCIONES PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE

Más detalles

COLEGIO SANTA MARÍA CÓDIGO ELECTORAL CONSEJO ESTUDIANTIL 2017 TÍTULO I. Derechos Políticos y del Sufragio

COLEGIO SANTA MARÍA CÓDIGO ELECTORAL CONSEJO ESTUDIANTIL 2017 TÍTULO I. Derechos Políticos y del Sufragio COLEGIO SANTA MARÍA CÓDIGO ELECTORAL CONSEJO ESTUDIANTIL 2017 TÍTULO I Derechos Políticos y del Sufragio Artículo 1: El voto será secreto y programático. La elección deberá llevarse a cabo en lugares idóneos

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Página 1 Modificado por Asamblea Anual Ordinaria del 21 de noviembre de 2013. ARTÍCULO 1: La Junta Electoral, conformada por

Más detalles

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA

NORMAS ELECTORALES COMITÉ DE EMPRESA ELECCIÓN DE LA MESA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Fecha indicada en el preaviso. ESTARÁ FORMADA POR: Presidente: el trabajador más antiguo. Vocal Secretario: el trabajador más joven. Vocal: el trabajador de

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

ROL DE LOS PERSONEROS

ROL DE LOS PERSONEROS ROL DE LOS PERSONEROS José Julio Montalvo Cifuentes Escuela Electoral y de Gobernabilidad Quiénes son personeros y personeras? El personero es el ciudadano inscrito ante el RENIEC que vela y representa

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo

Más detalles

Actualización de Padrón Electoral y comprobación de firmas de adherentes

Actualización de Padrón Electoral y comprobación de firmas de adherentes Actualización de Padrón Electoral y comprobación de firmas de adherentes Abog. Carlo Magno Salcedo Cuadros Subgerente de Actividades Electorales Registro Nacional de Identificación y Estado Civil Lima,

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones 2016-2020 Junta de Gobierno y Junta de Garantías Murcia, 1 de abril de 2016 La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Tiraje de 30000 ejemplares Coordinación del Proyecto: Dirección de Capacitación Electoral Diseño: Unidad de Comunicación Social

Más detalles

ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República.

ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República. Versión:1; Vigencia:10/2003 Código: P/AR-170 1. OBJETIVO ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA Establecer las condiciones y mecanismos necesarios para la elección de los vocales del Comité de Ética,

Más detalles

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC Elecciones para la renovación del sector de: 1) Los Profesores de los programas

Más detalles

TRIBUNAL DE ELECCIONES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO ELECCIONES CAPÍTULO I Del Tribunal Electoral (Versión NO VIGENTE)

TRIBUNAL DE ELECCIONES DEL COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO ELECCIONES CAPÍTULO I Del Tribunal Electoral (Versión NO VIGENTE) Reglamento de Elecciones Internas representantes sector Docente, Docente Administrativo y Administrativo del Colegio Universitario de Cartago COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO (CUC) Advertencia: El uso

Más detalles

Capítulo I: Del Tribunal Electoral y los Fiscales Electorales

Capítulo I: Del Tribunal Electoral y los Fiscales Electorales Disposiciones Generales Reglamento de Elecciones El presente Reglamento rige todo lo concerniente al proceso de elección de los directores y fiscales de ASECCSS y es emitido por la Junta Directiva, con

Más detalles

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada

Más detalles

I Disposiciones Generales

I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio

Más detalles

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017

REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017 REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE CARGOS RECTORES DE LA SEC AÑO 2017 Elaborado por el Dpto. Presidencia. Aprobado por el Comité Ejecutivo de la SEC (26 de mayo de 2017) El presente Reglamento ( Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos

Más detalles

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la

Más detalles

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA CONSULADO GENERAL DEL PERU ATLANTA ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA El Consulado General del Perú en Atlanta convoca a la Comunidad Peruana a la elección del Consejo de Consulta para

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES PROYECTO DE REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DEL HOSPITAL NACIONAL SERGIO E. BERNALES

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ Aprobado por Resolución Nº 9123 CN CMP 2011 de fecha 17 de junio del 2011 y sus modificatorias aprobadas mediante las Resoluciones Nºs 10413 y 10517

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1 ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES

CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad NORMAS ELECTORALES CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2018 Sociedad Española de Fertilidad En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Sociedad Española de Fertilidad, aprobados por la Asamblea General Extraordinaria

Más detalles

Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio de votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones.

Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio de votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones. PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCION DEL/A COORDINADOR/A DE IU DE ASTURIAS Y LOS/AS COORDINADORES/AS LOCALES POR EL PROCEDIMIENTO DE PRIMARIAS ENTRE LA MILITANCIA. Aprobado en el Consejo Político de 15 de julio

Más detalles

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 1 ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (AESSS) 2014 De conformidad con el artículo 14 de los Estatutos de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RÉGIMEN ELECTORAL -1 (Capítulo V, R.G.O.) Cuándo se convocan las elecciones en Cruz Roja? (Art. 39, RGO) Cada cuatro años el/la presidente/a de Cruz Roja Española,

Más detalles

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES -1- ANEXO REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL PRIMERA PARTE DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución

Más detalles

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA

UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA TACNA PERÚ 2015 1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento

CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento - Presentación de candidaturas: 4 de julio de 2014 (13:00h) a 8 de julio de 2014 (09:30h) en la Secretaría del Departamento de Tecnología Electrónica,

Más detalles

Dirección de Salud IV LE

Dirección de Salud IV LE REGLAMENTO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES TITULAR Y SUPLENTE DE LOS TRABAJADORES, ANTE LA COMISIÓN PERMANENTE DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS Dirección de Salud

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1

REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 REGLAMENTO PARA ELECCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE FACULTADES, PROGRAMAS Y DEPARTAMENTOS DE ECONOMÍA AFADECO ACUERDO Nº 1 Por medio de la cual se adopta el Reglamento para la Elección

Más detalles

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CORPAC S.A. 2007 TRABAJO 1 ART. 01 ART. 02 ART. 03 ART. 04

Más detalles

COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ

COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL COLEGIO MÉDICO DEL PERÚ Aprobado por Resolución Nº 9123 CN CMP 2011 de fecha 17 de junio del 2011 y sus modificatorias mediante Resoluciones Nº 10413

Más detalles

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL Nº 04/2016

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL Nº 04/2016 ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ÓRGANO JUDICIAL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL Nº 04/2016 El Consejo de la Magistratura, con la facultad conferida por el Art. 195 numeral 7 de

Más detalles

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley Dirección de Desarrollo Comunitario Programa Organizaciones Comunitarias Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley 19.418 Se marcará

Más detalles

Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes

Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes Miembros de Mesa - Preguntas Frecuentes 1. He sido elegido miembro de mesa. Dónde recojo mi credencial? Los miembros de mesa deben presentarse a recoger su credencial en el Consulado correspondiente al

Más detalles

FEPOCH Reglamento de Elecciones

FEPOCH Reglamento de Elecciones El Comité Ejecutivo de la Federación de Estudiantes Politécnicos de Chimborazo, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que las instituciones de Educación superior

Más detalles

Es responsabilidad exclusiva de cada Colegio Profesional, incluir en las listas que remiten a la ONPE a todos sus miembros activos.

Es responsabilidad exclusiva de cada Colegio Profesional, incluir en las listas que remiten a la ONPE a todos sus miembros activos. Preguntas Frecuentes Del Padrón Electoral Qué es el Padrón Electoral? Es la relación de los ciudadanos hábiles para votar, el cual se elabora en base a la lista de miembros activos que es remitida por

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL No. 3072 de 2016 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, para que elijan

Más detalles

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO 2016 En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno del 18 de diciembre de 2015 y de orden del señor presidente, se convocan Elecciones a Junta de Gobierno

Más detalles

PROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO :

PROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO : PROCESO ELECCIONARIO DE CONSEJEROS PARA CONFORMAR EL CONSEJO COMUNAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE COYHAIQUE PERIODO 2016-2020: El Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil de

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a los Representantes de Estudiantes a Consejo de Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación. Según acuerdo de Consejo del Departamento

Más detalles

Manual Electoral Elecciones Consejo de la Sociedad Civil, SUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Manual Electoral Elecciones Consejo de la Sociedad Civil, SUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Manual Electoral Elecciones Consejo de la Sociedad Civil, SUPERINTENDECIA DE SEGURIDAD SOCIAL. En la elección del Consejo podrán participar representantes de organizaciones sin fines de lucro, de carácter

Más detalles

Inscripción de partidos políticos

Inscripción de partidos políticos Inscripción de s políticos Inscripción/Registro s (N. provincias) máximo de Argentina I 1985 Personería jurídicopolítica Acta de fundación y constitución 150 días 4000 inscritos en el registro electoral

Más detalles

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009

RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los Representantes Estudiantiles ante los Consejos de Facultad EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

TERCERA.- La elección de los Profesores será en asamblea; está será soberana.

TERCERA.- La elección de los Profesores será en asamblea; está será soberana. Con fundamento en el artículo 23 de la Ley Orgánica de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, en los artículos 45 y 46 del Estatuto Universitario y en los Lineamientos para la integración

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A MENTALICEMOS NUESTRAS LISTAS PRESIDENTE : LISTA JUNTOS PODEMOS MAS Nº 1 DIPUTADOS: PACTO CONCERTACION Y JUNTOS

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES - APAFA

REGLAMENTO DE ELECCIONES - APAFA REGLAMENTO DE ELECCIONES - APAFA CAPITULOI GENERALIDADES Art. 01.- El presente Reglamento tiene por finalidad normar la organización y desarrollo del proceso electoral para la elección del Consejo Directivo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento establece las disposiciones para el funcionamiento

Más detalles

Inscripción de partidos políticos

Inscripción de partidos políticos Inscripción de s políticos Inscripción/Registro s (N. provincias) Argentina I 1985 Personería jurídicopolítica Acta de fundación y constitución 150 días 4000 inscritos en el registro electoral 1 millón

Más detalles

Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes

Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes Reglamento de elección del Representante de los Estudiantes Colegio de Estudios Superiores de Administración CESA Colegio de Estudios Superiores

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL APAFA IEPM/CMLP-2016 CAPÍTULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO ELECTORAL APAFA IEPM/CMLP-2016 CAPÍTULO I GENERALIDADES REGLAMENTO ELECTORAL APAFA IEPM/CMLP-2016 CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad precisar los criterios y procedimientos que permitan ejecutar el proceso electoral

Más detalles

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Candidatos a Delegados y Suplentes: Cada seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MEDICOS DE ESPAÑA Enero, 2007 REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1. Condiciones generales. 1.

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Fecha original: abril 2015 Fecha Reforma: noviembre2015

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 033 Diciembre 15 de 2012 Por el cual se reglamenta

Más detalles

Reglamento de elección de Representante de los Profesores

Reglamento de elección de Representante de los Profesores Reglamento de elección de Representante de los Profesores Reglamento de elección del Representante de los Profesores Colegio de Estudios Superiores de Administración CESA Colegio de Estudios Superiores

Más detalles

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 La Mesa del Claustro de la Universidad Politécnica de Cartagena, en ejercicio de las funciones

Más detalles

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL 2013 REPRESENTANTES DE PARTIDOS Los partidos políticos o las coaliciones, podrán acreditar en cada uno de los Distritos Electorales

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELECCIONES

REGLAMENTO PARA ELECCIONES REGLAMENTO PARA ELECCIONES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Reglamento tiene por objeto normar los procesos eleccionarios de todos los cargos de elección estipulados en

Más detalles