REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Y AYUDAS ECONOMICAS
|
|
- Pablo Venegas Carmona
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 172 REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Y AYUDAS ECONOMICAS
2 173 Código del Documento DI_RG_009_05_v01_2015-Reglamento General de Becas y Ayudas Economicas Resolución EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR CONSIDERANDO: el articulo 356 de la Constitución de la República del Ecuador establece que "... El cobro de aranceles en la educación superior particular contará con mecanismos tales como becas, créditos, cuotas de ingreso u otros que permitan la integración y equidad social en sus múltiples dimensiones. el articulo 357 de la Constitución de la República del Ecuador nos dice: "El Estado garantizará el financiamiento de las instituciones públicas de educación superior. Las universidades y escuelas politécnicas públicas podrán crear fuentes complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica, invertir en la investigación y en el otorgamiento de becas y créditos, que no implicarán costo o gravamen alguno para quienes estudian en el tercer nivel." el articulo 5, literal i) de la Ley Orgánica de Educación Superior menciona: "Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas. Créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior." el articulo 28 de la LOES en lo referido a la norma establece: "Las instituciones de educación superior públicas podrán crear fuentes complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica, invertir en la investigación, en el otorgamiento de becas y ayudas económicas, en formar doctorados, en programas de posgrado, o inversión en infraestructura, en los términos establecidos en esta Ley... " el articulo 30 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que: "Asignaciones y rentas del Estado para universidades y escuelas politécnicas particulares.- Las universidades y escuelas politécnicas particulares que a la entrada de vigencia de la Constitución de la República del Ecuador reciban asignaciones y rentas del Estado, podrán continuar percibiéndolas en el futuro. Están obligadas a destinar dichos recursos al otorgamiento de becas de escolaridad e investigación a estudiantes matriculados en programas académicos de cualquier nivel, que por su origen socio económico, etnia, género, discapacidad o lugar de residencia, entre otros, tengan dificultad para acceder. Mantenerse y terminar exitosamente su formación, desde el inicio de la carrera: así como también, becas de docencia e investigación para la obtención del título de cuarto nivel." el articulo 36 de la Ley Orgánica de Educación Superior en lo referido a la norma establece que: "Las instituciones de educación superior de carácter público y particular asignarán obligatoriamente en sus presupuestos. Por lo menos, el seis por ciento (6%) a publicaciones indexadas. becas de posgrado para sus profesores o profesoras e investigaciones en el marco del régimen de desarrollo nacional. La Secretaría Nacional de Educación Superior. Ciencia. Tecnología e Innovación velará por la aplicación de esta disposición." el artículo 77 de la Ley Orgánica de Educación Superior dispone que: "Las instituciones de educación superior establecerán programas de becas completas o su equivalente en ayudas económicas que apoyen en su escolaridad a por lo menos el 1 O% del número de estudiantes regulares. 1
3 174 Serán beneficiarios quienes no cuenten con recursos econom1cos suficientes, los estudiantes regulares con alto promedio y distinción académica, los deportistas de alto rendimiento que representen al pals en eventos internacionales, a condición de que acrediten niveles de rendimiento académico regulados por cada institución y los discapacitados." el artículo 156 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que: "Capacitación y perfeccionamiento permanente de los profesores o profesoras e investigadores o investigadoras.- En el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior se garantizará para las universidades públicas su capacitación y perfeccionamiento permanentes. En los presupuestos de las instituciones del sistema de educación superior constarán de manera obligatoria partidas especiales destinadas a financiar planes de becas o ayudas económicas para especialización o capacitación y año sabático." el Estatuto Orgánico de la UTPL, en su artículo 25, inciso b) establece que: "Conocer y aprobar las diferentes propuestas de reglamentos de la Universidad y sus reformas, e interpretarlos en forma auténtica.". el artículo 30, inciso f) numeral 2) y 3) del Estatuto Orgánico de la UTPL dispone que: "... 2.) Financiamiento de planes de becas o ayudas económicas para especialización o capacitación, formación, perfeccionamiento y año sabático del personal académico. Para este efecto, se destinará al menos el 1% del presupuesto anual en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de Educación Superior; Publicaciones indexadas y becas de postgrado para profesores o profesoras e investigaciones en el marco del régimen del desarrollo nacional. Para este efecto se asignará al menos el 6% del presupuesto en concordancia con la Ley; y Otorgamiento de becas y ayudas económicas para estudiantes regulares de conformidad con Jos porcentajes establecidos en la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento." el artículo 48 del Estatuto Orgánico de la UTPL dispone que: "Las y los Vicerrectores Académico, de Modalidad Abierta y a Distancia, y de Investigación serán responsables en conjunto de las unidades académicas y de investigación, y coordinarán la asignación de recursos para publicaciones, becas para el personal académico e investigaciones de conformidad con la Ley." el artículo 64, inciso b) y párrafo tercero del Estatuto Orgánico de la UTPL establece que: "...Facilitar o apoyar a los estudiantes en la obtención de créditos, estimulas, ayudas económicas y becas en los términos y condiciones señalados en las leyes ecuatorianas... Esta unidad contará principalmente con servicios médicos cofinanciados, de orientación vocacional y becas estudiantiles... " en la disposición transitoria cuarta del Estatuto Orgánico de la UTPL dispone que: "El actual Consejo Superior seguirá en funciones hasta su integración definitiva al amparo de este Estatuto, debiendo aprobar, durante ese periodo de prórroga, el Reglamento de Designación y Elecciones de Representantes del Cogobierno al Consejo Superior." El Consejo Superior en base a las disposiciones estatutarias establecidas en el Estatuto Orgánico de la UTPL, resuelve aprobar el siguiente: REGLAMENTO GENERAL DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS 2
4 175 ilur.~.l CAPITULO 1 NORMAS GENERALES Art. 1.- Objeto.- El presente Reglamento regula los procedimientos para la oferta, selección, postulación, otorgamiento, renovación y culminación de las becas dentro de la UTPL. Art. 2.- Fines.- La Universidad Técnica Particular de Laja ha considerado pertinente asignar las becas a los estudiantes y al personal académico y administrativo de la UTPL, con los siguientes fines y propósitos: Colaborar con las aspiraciones de la juventud ecuatoriana a profesional izarse. Acoger a bachilleres destacados en las diversas titulaciones, para que ingresen a estudiar en la UTPL. Incentivar el estudio y corresponsabilidad institucional. Apoyar a estudiantes que demuestren situación económica insuficiente y/o por su ubicación geográfica tienen dificultad para acceder, mantenerse o financiar sus estudios, así como a los que pertenecen a grupos étnicos y estudiantes con discapacidad. Estimular los logros académicos, culturales, representación estudiantil y deportivos de los estudiantes, personal académico y administrativo. Apoyar al mejoramiento académico a través de la formación continua del personal docente, administrativo y de servicios de nuestra Universidad; como también contribuir con la educación de sus familiares de primer grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Reconocer y favorecer el desarrollo de los estudiantes que deciden involucrarse en proyectos de investigación, gestión y vinculación con la colectividad. Cumplir con lo dispuesto en el Art. 5, 28, 30, 36, 77, 156 de la Ley Orgánica de Educación Superior en materia de crédito educativo y becas. Art. 3.- La Universidad Técnica Particular de Laja otorgará becas y ayudas económicas a todos los alumnos regulares de las titulaciones de pregrado modalidad presencial y abierta y a distancia, de manera total o parcial y alumnos regulares de postgrado. Art. 4. La administración y gestión de las becas estará a cargo de la Dirección General de Misiones Universitarias a través de la Dirección de Estudiantes - Área de Becas, que estructurará y diseñará los mecanismos para asegurar la eficiencia y agilidad de estos procesos. Art. 5.- Los estudiantes beneficiarios de las becas y ayudas económicas deberán: Cumplir las disposiciones de la Ley Organica de Educación Superior y sus reglamentos; el Estatuto Orgánico de la UTPL, así como el reglamento, normativa interna y disposiciones emitidas por las autoridades universitarias competentes. Cumplir fielmente con la visión, misión, principios, valores, fines y objetivos institucionales de la Universidad. Ser estudiante regular. (se refiere al estudiante que no ha dejado sus actividades académicas). No haber reprobado ningún componente académico en el semestre anterior al que realiza la postulación. No registrar obligaciones financieras en la UTPL. En el caso de la Beca de Excelencia - Méritos Académicos debe tener un promedio de calificaciones superior a 37 puntos en el promedio estudiantil de la titulación a la que pertenece. 3
5 Glu.I.~.L 176 Art. 6.- Los beneficios de los que trata el presente Reglamento, se otorgarán becas con base a lo estabelcido en el presupuesto anual de la UTPL, debidamente asignado y aprobados por el Consejo Superior y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Superior. Art.7.- La Dirección de Estudiantes, a través del Área de Becas, elaborará semestralmente los cronogramas para la recepción, estudio, pre-aprobación y aprobación definitiva, por parte del Comité de Becas, de las solicitudes de beca. Así mismo, establecerá los medios y lugares de comunicación o publicación de las convocatorias de beca y de resultados de las mismas. Art.S.- Los plazos para la presentación de las solicitudes de becas serán de cumplimiento obligatorio, no se tramitará ninguna solicitud extemporánea. Ninguna de las becas será de renovación automática, debiendo renovar su postulación cada periódo académico. Art.9.- Las becas concedidas, serán exclusivamente para el periódo académico solicitado, y tendrá como objetivo el apoyo al estudiante en su vida académica, por esto los valores que se generen de las becas otorgadas solamente podrán ser usados para la matriculación del estudiante y no son transferibles para otros fines o personas, ni reembolsables al estudiante. En el caso de los estudiantes del último periódo académico, estos podrán hacer uso del porcentaje de beca en aspectos académicos (academias, seminarios, congresos y derechos) únicamente hasta el siguiente periódo académico en el que se le otorgó la beca. Art.10.- Las becas y ayudas económicas que otorga la UTPL, serán distribuidas de acuerdo a la siguiente categoría: Apoyo Económico a) Apoyo Solidario b) Acceso a las TICs e) Familiar d) Desempleo e) Apoyo Complementario f) Nivel de Ingreso g) Convenios h) Plan de Contingencia i) Apoyo Religiosos a) Religiosos b) Diócesis de Laja Minorías y grupos historicamente excluidos a) Indígenas b) Centro de Rehabilitación Discapacidad Excelencia a) Deportiva b) Representación Estudiantil e) País d) Méritos Académicos e) Movilidad Estudiantil f) Premio Humanístico g) Cultural h) Abanderados i) Responsabilidad Universitaria j) Desarrollo Sustentable Investigación y Doctorales Funcionarios UTPL Becas Generales 4
6 11 U.I.E!.L a) Becas UTPL b) Situación Geográficas 177 El Rector de acuerdo a las necesidades institucionales podrá incrementar o disminuir los tipos de becas, o podrá considerar el otorgamiento de becas bajo circunstancias especiales, dispuestas por la Ley o de emergencia social, tales como los estudiantes que son descendientes directos de un Héroe o Heroína Nacional proclamado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social como también a estudiantes que hayan rendido el ENES, y han obtenido un cupo de estudios en nuestra institución. El Comité de Becas brindará el apoyo necesario. Todos los postulantes deberán cumplir con las regulaciones de admisión de la UTPL, luego de lo cual podrán postular a una beca antes del inicio de sus actividades académicas de cada periodo académico. Cada beca se sujeta a su propia reglamentación con respecto de aplicación, asignación y exigencias de desempeño académico para conservar la beca; las mismas que constarán en el Instructivo de Becas y demás normativa pertinente. Art.11.- El Comité de Becas es el único organismo facultado para la aprobación y asignación de becas en la UTPL. El porcentaje asignado por el Comité de Becas será inapelable. Art.12.- Los estudiantes que soliciten una beca deberán mantener un buen rendimiento académico, conforme a los parámetros establecidos por el Comité de Ética, por lo que, al reprobar un componente de la malla curricular, perderán su derecho a la asignación de la beca, pudiendo recuperarla una vez mejorado el rendimiento académico en el siguiente periódo. Cualquier excepción a esta norma será establecida por el Comité de Becas. Art.13.- El estudiante deberá obligatoriamente notificar cualquier cambio en sus datos personales de forma inmediata y por escrito al Área de Becas y cumplir con las obligaciones que establecidas por el Comité de Becas. CAPÍTULO 11 DE LAS BECAS Art Para efectos del presente reglamento se entenderá por beca a la exoneración total o parcial del pago de su matrícula y aranceles (derecho), que como aporte económico otorga la UTPL a los estudiantes de acuerdo a los parámetros establecidos. Art 15. El Consejo Superior dará la atribución al Comité de Becas para que pueda revisar, evaluar, aprobar y asignar las solicitudes de becas presentadas por los estudiantes en las fechas preestablecidas por el comité de becas. El Comité de Becas tendrá que presentar al Consejo Superior informes económicos sobre las becas otorgadas. Art El Comité de Becas estará conformado por las siguientes personas: Director General de Misiones Universitarias (Preside el Comité y tiene voto dirimente) Director de Estudiantes y Coordinador del Área de Becas. Para la aprobación de las becas de la Modalidad Abierta y a Distancia se invitará a la reunión de aprobación al Vicerrector de la Modalidad Abierta y a Distancia o su delegado y para los casos de aprobación de la Modalidad presencial se convocará al Vicerrector Académico o su delegado de la Modalidad Presencial. 5
7 tiiui.e!.l 178 Actuarán como invitados y con voz informativa el trabajador social o el orientador vocacional de Dirección de Estudiantes, y un Representante de la Procuraduría y Director de Recursos Humanos y Desarrollo Personal en casos de requerir información de estudiantes, y contará además con la presencia de la Secretaria de la Dirección de Estudiantes, con voz pero sin voto; cuando fuese necesario. Art El Comité de Becas se reunirá cada semestre y las veces que que considere necesarias para evaluar, autorizar y dar seguimiento a las solicitudes de becas presentadas por los postulantes y tomará sus decisiones por mayoria simple. Este Comité estará encargado de evaluar el cumplimiento de los requisitos de cada tipo de becas por parte de los estudiantes beneficiarios. Art.18.- El Comité de Becas estará facultado para suspender o reducir la beca en los siguientes casos: a) La comprobación de información falsa proporcionada por el estudiante sobre su situación académica o económica. b) Abandonar o interrumpir sus estudios. e) Renuncia expresa a la beca otorgada. d) Cuando el estudiante no renueve la solicitud en el periódo establecido. e) Haber sido objeto de una sanción por parte de la Universidad. f) La comprobación de una mejora económica del estudiante, padres o tutor; en los casos de las becas de apoyo solidario, apoyo complementario, nivel de ingresos y desempleo. g) Haber reprobado un componente académico el semestre anterior a la postulación. Art. 19. El Comité de Becas está facultado para negar la beca en los siguientes casos: a) Haber sido objeto de sanción académica y lo disciplinarias por parte de Universidad. b) Presentación de información falsa, debidamente comprobada. e) Por incumplimiento del presente reglamento, de las políticas establecidas en la universidad para el desarrollo de la beca, o de los compromisos adquiridos por el estudiante con motivo de la beca. La resolución que emitá del Comité de Becas se dará a conocer al becario a través del Área de Becas. Art El Comité de Becas en caso de llegar a detectar irregularidades, pondrá en conocimiento de las instancias correspondientes para el inicio de un proceso disciplinario. Art Las becas se asignan en porcentaje de acuerdo al tipo de beca, como también un monto fijo; el mismo que se refleja únicamente en la factura de cada semestre; luego de la aprobación del Comité de Becas. Art Los plazos de recuperación de la beca por parte del estudiante, se inicia al semestre posterior de la aprobación de los componentes académicos. El estudiante deberá registar su solicitud de postulación para los casos especialmente de becas país, abanderados y desarrollo sustentable por presentar una condición de aprobación desde el inicio de su titulación. DISPOSICIÓN GENERAL PRIMERA.- El porcentaje del presupuesto anual de la Universidad que se destine al otorgamiento de becas para estudiantes de los distintos niveles de estudio y modalidades, será fijado por el Vicerrectorado Administrativo de acuerdo a la normativa pertinente. 6
8 IIU.I.~.L 179 SEGUNDA.- El Comité de Becas entregará la información correspondiente a su gestión y al otorgamiento de becas al Rector y Vicerrectores. Es dado en Loja, a los 06 días del mes de marzo del Universidad Técnica Particular de Loja 7
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I De la creación y naturaleza Art. 1.- Se crea en la Universidad Técnica del Norte, la beca estudiantil que consiste
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i
REGLAMENTO GENERAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL i CAPÍTULO I GENERALIDADES Art. 1 El Departamento de Bienestar Estudiantil es la unidad administrativa responsable del manejo de créditos educativos y pagos
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas
El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013 TITULO I - DE LOS OBJETIVOS Artículo 1.- El presente reglamento establece
Más detallesOBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES
REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN ESTUDIANTIL
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y NIVELACIÓN FEBRERO - 2015 TÍTULO I. Principios, políticas TÍTULO II. Objetivos TÍTULO III. De la estructura organizacional TÍTULO IV. De la admisión y nivelación TÍTULO V. De la
Más detallesVISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y
QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de
Más detallesREPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR
REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR RoepubU ca d'!l Ecuador RPC-SO-08-No.139-2016 EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Considerando: el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador,
Más detallesREGLAMENTO DE INCLUSION DE LAS Y LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD O CAPACIDADES ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO
REGLAMENTO DE INCLUSION DE LAS Y LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD O CAPACIDADES ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD TECNICA ESTATAL DE QUEVEDO Aprobado en Primera instancia mediante resolución Trigésima Octava
Más detallesPROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS
COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA COMITÉ DE BECAS OFERTA DE BECAS MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA PERIODO ABRIL AGOSTO AÑO 2016
UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA COMITÉ DE BECAS OFERTA DE BECAS MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA PERIODO ABRIL AGOSTO AÑO 2016 La Universidad Técnica Particular de Loja otorgará becas y ayudas económicas
Más detallesConvocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA
Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional 2015-2 Como parte de la Responsabilidad Social Corporativa de Banco Santander, por medio del Plan de Apoyo a la Educación Superior, apoya la movilidad
Más detallesPROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO
PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO OBJETIVO DEL PROGRAMA: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del objetivo de hacer de Colombia un destino turístico de clase
Más detallesUNIVERSIDAD ESTATAL PENÍNSULA DE SANTA ELENA EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: el Art. 356 de la Constitución de la República del Ecuador, entre otros principios establece que será gratuita la educación superior pública de
Más detallesUniversidad Tecnológica Israel
Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.
Más detallesESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL
ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL ENERO 2006 POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL
Más detallesINSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR POLICIA NACIONAL-NORTE
INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR POLICIA NACIONAL-NORTE EL H. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR POLICÍA NACIONAL - NORTE CONSIDERANDO: Que, el Art. 26 de la Constitución de la República
Más detallesNormas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.
Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un
Más detallesGUÍA DE POSTULACIÓN PROGRAMA DE INTERCAMBIO ESTUDIANTES UAH INFORMACIÓN GENERAL
INFORMACIÓN GENERAL I. Objetivos del Programa de Intercambio El programa de intercambio permite que alumnos que hayan aprobado al menos el cuarto semestre de su carrera puedan estudiar en una universidad
Más detallesCONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012
CONSEJO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS DE DESCUENTO PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN PERMANENTE El Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica
Más detallesUniversidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,
Más detallesUNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR INFORME DE LAS PRÁCTICAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE ACCIÓN AFIRMATIVA.
UNIVERSIDAD AGRARIA DEL ECUADOR INFORME DE LAS PRÁCTICAS Y POLÍTICAS INSTITUCIONALES DE ACCIÓN AFIRMATIVA. 2014 1.- ANTECEDENTES. 1.1 MARCO LEGAL. La Declaración Universal de los derechos humanos en su
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 089 Noviembre 27 de 2002 Por la cual se reglamentan los factores y requisitos de ingreso, reingreso y ascenso en el escalafón
Más detallesVISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO:
BUENOS AIRES, VISTO la Actuación Nº, caratulada:, y, CONSIDERANDO: Que un grupo de docentes que se desempeñan en la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) bajo la categoría Ayudante Estudiantil, solicitan
Más detallesPROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES
PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2011 Por medio de este Programa, el Santander Río asigna a la Universidad de Buenos Aires la cantidad de 15 (quince)
Más detallesREGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS
REGLAMENTO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD IBEROAMERICANA DEL ECUADOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 3. numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece
Más detallesCOLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION DISPOSICIONES GENERALES El Programa Jóvenes Adelante cuenta con reglas de operación, para poder llevar a cabo
Más detallesA LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017
A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los
Más detallesINSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES
INSTRUCTIVO DE DESCUENTO PARA TASAS FIJADAS EN OBTENCIONES VEGETALES Registro Oficial Suplemento 234 Quito, lunes 28 de abril de 2014 No. 002-2014 CD-IEPI EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesREGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 008 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0940-2016-CU-, de fecha 24 de junio de 2016 CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de 7 CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS DEL CENTRO PROFESIONAL UEM PRELIMINAR En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en particular, en su artículo
Más detallesTÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH ÍNDICE
TÍTULO VII: DE LA INTERNACIONALIZACIÓN Y MOVILIDAD ACADÉMICA DE LA UNAH CAPÍTULO I: LA INTERNACIONALIZACIÓN Y LA MOVILIDAD ACADÉMICA (Artículo 87 Artículo 100) Artículo 87. La Movilidad académica es un
Más detallesTÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS
REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
Más detallesCONVOCATORIA ESTATAL
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE) CONVOCATORIA ESTATAL 2014-2015 En el marco de la
Más detallesPROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016
El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
FONDO DE EMPLEADOS DE EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN REGLAMENTO DE AUXILIOS EDUCATIVOS TÍTULO IV SUBSIDIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias y en especial
Más detallesBases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:
RESOLUCIÓN del Vicerrector de Profesorado y Departamentos de la Universidad Carlos III de Madrid, de 16 de mayo de 2013, por la que se convoca Concurso Público para la provisión de plazas de PROFESORES
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS ECONOMICAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa, el miércoles 25 de octubre de 2006. Lic.
Más detallesREGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS.
El REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONES, CONVENIOS Y BECAS, fue discutido y aprobado por el H. Consejo Universitario en sesiones del 10 de octubre de 1994 y del 15 de septiembre de 1997.
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ
ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesREGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III
REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES Artículo 1º TITULO I De las Normas Generales El presente Reglamento establece las
Más detallesReglamento Interno Facultad de Ciencias Agropecuarias y Desarrollo Rural U.N.P
REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS Y DESARROLLO RURAL *Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N 184/2016, de fecha 25/10/2016 DEFINICIÓN Y FINES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesREGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO
REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte
Más detalles1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA DIRECCIÓN DE ESTUDIANTES SERVICIO DE ASISTENCIA ECONÓMICA II SEMESTRE ABRIL - AGOSTO 2015 1. TIPO DE BECAS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD 1. BECAS AL
Más detallesPOR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES
RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la
Más detallesREGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO:
REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS PROFESIONALES EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de Educación
Más detallesCódigo. Revisado por: Comité Educación y Gerencia COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL. Tabla de contenido
1 de 10 COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL Tabla de contenido COMITÉ DE EDUCACIÓN Y BIENESTAR SOCIAL... 1 INTRODUCCION... 2 FUNDAMENTO LEGAL... 2 OBJETO... 2 AMBITO DE APLICACIÓN... 2 DEFINICIONES...
Más detallesPOLÍTICA PARA LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UTPL
Tipo de Norma: Nombre: Política POLÍTICA PARA LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE DESEMPEÑO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UTPL Código DI PT 007 03 vol 2014 Política para la evaluación integral de desempeño del personal
Más detallesNORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.
NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN. Propuesta Consejo de Gobierno 10/6/2010 Aprobado Consejo Social 21/6/2010 Modificado
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES
REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES REGLAMENTO INTERNO DE ASIGNACION DE BECAS ESCOLARES Considerando las disposiciones de la Ley 19.532 de 1997, DFL 2 de 1996, Articulo Nº 2 de Ministerio
Más detallesExpositor: CPA. ALEXANDER GEOVANNY HERRERA FREIRE ING.COM.
ESTUDIA Y APRENDE COMO SI HUBIERAS DE VIVIR SIEMPRE; Y VIVE COMO SI HUBIERAS DE MORIR MAÑANA, Y CADA HORA DE TU VIDA PIDE A DIOS PARA QUE TODO TE SALGA BIEN ANONIMO Expositor: CPA. ALEXANDER GEOVANNY HERRERA
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO. Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS
REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS 1.-) Podrá ser candidato a obtener una de las becas de
Más detallesCÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL
CÓMO POSTULAR A LA BECA? PROCESO DE ADJUDICACIÓN DE LA BECA SEGUIMIENTO ACADÉMICO, FINANCIERO Y OCUPACIONAL EN QUÉ CONSISTE LA BECA DE CONVOCATORIA ABIERTA? La beca es un financiamiento no reembolsable
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN 2016. OPUESTA 2015 Página 1 TÍTULO I NORMAS GENERALES DE LA CONVALIDACIÓN Artículo 1 Se entenderá por convalidación de asignaturas el reconocimiento de la equivalencia existente
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS. Cochabamba - Bolivia
REGLAMENTO DE BECAS 2016 Cochabamba - Bolivia REGLAMENTO DE BECAS DEL CONCEPTO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Beca es una exención en el pago de ciertas obligaciones económicas que brinda el Instituto
Más detallesINSTRUCTIVO GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE PLANES DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS INSTITUTOS PEDAGÓGICOS ISPED DOCUMENTO GUÍA
INSTRUCTIVO GUÍA PARA LA PRESENTACIÓN DE PLANES DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS INSTITUTOS PEDAGÓGICOS ISPED Página 1 INTRODUCCIÓN De acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria vigésima
Más detallesESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS
Más detallesLINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA.
LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas
Más detallesPROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS
PROGRAMA DE BECAS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS/TERCIARIOS El Programa de Becas surge en consonancia con los objetivos de la Fundación y el Programa de Becas Estudiantiles para el ciclo EGB y Polimodal. Su
Más detallesDECRETO SUPREMO N MINCETUR
DECRETO SUPREMO N 019-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley N 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES
REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES REGLAMENTO DE BECAS Y CATEGORIZACIÓN DE PENSIONES CAPÍTULO I. CATEGORIZACIÓN Art. 1 Art. 2 Art. 3 La categorización es un proceso por el cual un alumno
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LAS AMÉRICAS (ITLA) Reglamento de Beca de Excelencia La Caleta, Boca Chica República Dominicana Agosto 2015 2 Contenido CAPÍTULO I... 3 Generalidades... 3 CAPÍTULO II... 4 Fines
Más detallesArtículo 8 Los estudiantes beneficiarios realizarán una labor de apoyo en las Facultades y en algunas dependencias de la universidad según
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECA Y MEDIA BECA, BOLSA DE TRABAJO, COMEDOR UNIVERSITARIO Y AYUDANTÍA DE CÁTEDRA QUE OFERTA LA OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesINDICE DIRECTIVA ACADÉMICA
INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA
Más detallesBECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN
BECAS IBEROAMÉRICA. SANTANDER INVESTIGACIÓN El Programa Becas Iberoamérica. Santander Investigación, para el curso 2016/2017, pretende reforzar la movilidad e intercambio de jóvenes profesores e investigadores,
Más detallesARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.
VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados
Más detallesUNIVERSIDAD TÉCNICA ESTATAL DE QUEVEDO Campus Manuel Haz Álvarez SECRETARIA GENERAL
Normativa (Instructivo) que regula las Pasantías de los Estudiantes en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo Aprobada en único debate en Sesión Ordinaria Continuada del Consejo Universitario, de fecha
Más detallesANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS
ANEXO 01 INSTRUCTIVO PARA EL MODELO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS I. GENERALIDADES Comprende la información general acerca del proceso de contratación administrativa
Más detallesCONSEJO ACADÉMICO ACUERDO No. 010 Noviembre 04 de 2009
1 El Consejo Superior de la Universidad del Quindío en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y especialmente las consagradas en la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 005 de 2005 y, CONSIDERANDO:
Más detallesREGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC FACULTAD DE ARTES -
REGLAMENTO DEBERES Y DERECHOS - OTEC - Contacto Coordinador: Sr. Manuel Espinoza Hall formacioncontinuartes@u.uchile.cl Web: www.uchile.cl/educacioncontinua Compañía 1264 Santiago Centro 1 REGLAMENTO DE
Más detallesREGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS 2014
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y HOMOLOGACIÓN DE ASIGNATURAS REGLAMENTO DE CONVALIDACIONES y HOMOLOGACION DE ASIGNATURAS CAPITULO I: DE LAS GENERALIDADES Art. 1. Este Reglamento norma el proceso de convalidación
Más detallesAlumnos chilenos de programas de Doctorados Alumnos chilenos y extranjeros de programas de Magíster Acreditados.
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesEstancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S
Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional CONVOCATORIA 2016 (1) Con base a los principios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado
Más detallesNORMATIVA UNIVERSITARIA
NORMATIVA UNIVERSITARIA para reclamos de estudiantes, funcionarios, docentes y Área responsable: Consejo Superior Versión: 1.0 para reclamos de estudiantes, funcionarios, docentes y Página 1 de 8 CONTENIDO
Más detallesLA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO
LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9º. del Acuerdo de creación de la Unidad de Capacitación y Actualización
Más detallesCONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016
CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,
Más detallesCRITERIOS DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS DE INGENIERÍA EN LA REGION
CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN DE CARRERAS DE INGENIERÍA EN LA REGION CONDICIONES INICIALES O REQUISITOS PREVIOS PARA LA PRESENTACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA SOLICITUD DE ACREDITACIÓN Este documento
Más detallesUNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional
Más detallesREGLAMENTO DE SALIDAS DE TRABAJO FUERA DE LA ESCUELA DE BIOLOGÍA
REGLAMENTO DE SALIDAS DE TRABAJO FUERA DE LA ESCUELA DE BIOLOGÍA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ART. 1. - El presente reglamento será de observancia general para la comunidad de la Escuela de Biología
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA: ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS Y PASANTÍAS
PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA: ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS Y PASANTÍAS TÍTULO I. ACADEMICOS DE LA FACULTAD Los académicos podrán solicitar apoyo económico para asistir a eventos
Más detallesREGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR
REGLAMENTO DE MATRICULA DE HONOR TITULO I DEFINICION Y OBJETIVOS Art. Nº1 Se denomina Matrículas de Honor aquellos premios académicos que constituyen exenciones del pago total o parcial del arancel de
Más detallesREACTIVOS SOBRE LEY GENERAL DE EDUCACION] Ley General de Educación PROFESOR(A):
Ley General de Educación PROFESOR(A): 1. De acuerdo con la Ley General de Educación, son atribuciones del Ejecutivo Federal. (Art. 12) 1. Elaborar y mantener actualizados los libros de texto gratuito.
Más detallesCONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
MANUAL PARA CALIFICAR LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN. Noviembre de 2011 1 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado
Más detallesUNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL REGLAMENTO DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL REGLAMENTO DEL FONDO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA LIMA, 2012 (Aprobado por RR N 619-2012-UPCH-CU) CONTENIDO
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer
Más detallesD 3. Reglamento de Sectoriales D3. REGLAMENTO DE REUNIONES SECTORIALES
D 3. Reglamento de Sectoriales D3. REGLAMENTO DE REUNIONES SECTORIALES 89 90 Artículo 1. MARCO NORMATIVO REGLAMENTO DE LAS REUNIONES SECTORIALES Las Reuniones Sectoriales son órganos Nacionales de Asesoramiento
Más detallesANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS DENOMINADA MOVIMIENTO AL SOCIALISMO
ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LOS DE LA ASOCIACIÓN DE CIUDADANOS ARTÍCULO 27 1. Los estatutos establecerán: a) La denominación del propio partido, el emblema y el color o colores
Más detallesREGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA
REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA 379 XI CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesP R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E
P R O G R A M A E S C A L A D O C E N T E P r o g r a m a E s c a l a D o c e n t e S e c r e t a r í a E j e c u t i v a A s o c i a c i ó n d e U n i v e r s i d a d e s G r u p o M o n t e v i d e o
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS Colegio Juan Pablo II 2016 Índice Introducción Capítulo I Tipos de Becas Capítulo II Montos de las becas Capítulo III Fechas límite para la recepción de solicitudes
Más detallesCREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I
138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del
Más detallesUniversidad Nacional de Lanús
Lanús, 21 de abril de 2014 VISTO, el Expediente Nº 1101/14 correspondiente a la 2º Reunión del Consejo Superior del año 2014, y; CONSIDERANDO: Que, resulta necesario contar con un Reglamento Marco de Becas
Más detallesSOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015
ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación
Más detallesFACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES FLACSO-SEDE ECUADOR BASES PARA LA SELECCIÓN - CONCURSO DE MERECIMIENTOS Y OPOSICIÓN PARA OCUPAR EL CARGO DE PROFESOR/A INVESTIGADOR/A TITULAR AGREGADO/A B
Más detallesIII PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS
EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales
Más detalles