ORDEN DE REESTRUCTURACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA: EJEUCIÓN 2019 Y 2020
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- Xavier Cano Carrasco
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1 Dirección General de Agricultura y Ganadería ORDEN DE REESTRUCTURACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA: EJEUCIÓN 2019 Y 2020 Febrero de 2018
2 CALENDARIO Publicación de la orden: febrero Plazo de solicitudes: 1 mes. Resoluciones aprobatorias: julioagosto Ejecución: A partir del 15 de octubre de No se anticipan acciones. Solicitud de certificación y pago: hasta el 15 de junio de 2018 o 2020, según resolución aprobatoria. 2
3 Nuevo marco normativo: OBJETO (artículo 1) Normativa Real Decreto 5/2018, de 12 de diciembre. Ejecución Ejercicios presupuestarios 2019 a Presupuesto CCAA Pendiente de determinar, en función de las solicitudes. 3
4 DEFINICIONES (artículo 3) Se hace hincapié en las diferencias de los tres tipos de jóvenes (los requisitos se deben cumplir a fecha de finalización del plazo de solicitudes): Joven agricultor/a dedicado a la agricultura Es ATP, explotación prioritaria o agricultor profesional. Debe tener renta agraria y cupones que lo justifiquen o certificado de EP en vigor. Joven agricultora/or de nueva incorporación Se ha dado de alta por primera vez en la actividad agraria entre el 15/08/2017 y la fecha de finalización del plazo de solicitudes. Se compromete a ser ATP, explotación prioritaria o agricultor profesional. Le pedimos cupones dependiendo de la fecha de alta y vida laboral. No le pedimos renta agraria porque no la va a tener. Joven agricultor/a con ayuda a la incorporación 4 Resolución de concesión de ayuda a la incorporación. Solo validamos resoluciones con plazo de ejecución, no son válidas resoluciones, por ejemplo, del año 2013 porque ya deberían estar incorporados y pertenecerían al primer grupo. No le pedimos cupones, ni vida laboral, ni renta.
5 Requisitos PERSONAS BENEFICIARIAS (artículo 4) Constar como persona beneficiaria en una única solicitud. Operación de transformación: Las parcelas deben estar en el Registro Vitícola en la explotación de la persona solicitante, a fin de plazo de solicitudes. Operación de reestructuración: Las parcelas a arrancar, los derechos y/o las autorizaciones aportadas deben estar inscritas en Registro Vitícola en su explotación, a fin de plazo de solicitudes. IMPORTANTE: Las parcelas de arranque deben tener al menos una declaración de cosecha a nombre de la persona solicitante. Si se hace un cambio ahora no se obtendrá superficie de arranque en esta campaña. No contravenir la normativa de viñedo. No estar incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones. No haber renunciado a las ayudas de la convocatoria 2017 con posterioridad al 15 de febrero de No haber renunciado o no haber ejecutado en plazo (sin haber hecho el cambio de año de pago) una operación de la convocatoria actual 5
6 OPERACIONES SUBVENCIONABLES (artículo 5) 6 Operación de reestructuración Arranque y recogida cepas Preparación del suelo: labor profunda, labor superficial, pase de rodillo y/o enmienda orgánicomineral. Desinfección. Sólo si el arranque de la parcela final a desinfectar se realiza en el seno del proyecto de reestructuración. Despedregado. Planta y plantación. Variedades subvencionables en cultivo puro. Protección individual de plantas. Espaldera. Operación de transformación Cambio de vaso a espaldera. La variedad/es de la parcela debe/n ser subvencionables. No se puede solicitar reconversión varietal. No se puede solicitar nivelación en la operación de reestructuración
7 VARIEDADES SUBVENCIONABLES (artículo 5) TODAS LAS VARIEDADES AUTORIZADAS EXCEPTO LA AIRÉN 7
8 ACT. NO SUBVENCIONABLES (I) (artículo 6) Renovación normal de los viñedos (misma variedad y sistema de conducción). Las superficies que se hayan beneficiado de la ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedo en las últimas diez campañas, salvo para el cambio de vaso a espaldera. Operación de reestructuración. Debe haber transcurrido 10 campañas desde la fecha de solicitud de certificación. Operación de transformación. No tiene que haber transcurrido 10 campañas. Costes de las acciones recogidas en el artículo 14 del RD (UE) 2016/1149: Gestión diaria de los viñedos; Protección contra los daños ocasionados por caza, aves o granizo; Construcción de cortavientos y muros de protección contra el viento; Vías de acceso y elevadores; Adquisición de vehículos agrícola. Las superficies plantadas con una autorización de nueva plantación (cupo). Ni siquiera la subida a espaldera de viñedos que tengan dos años. 8
9 ACT. NO SUBVENCIONABLES (II) (artículo 6) Las superficies plantadas con una autorización de plantación concedida en virtud del artículo 68 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, que ha sido originada por derechos adquiridos de otra explotación o concedidos a partir de una reserva o nuevos derechos de plantación. No pueden incluirse parcelas plantadas con una autorización (plantadas con posterioridad a 2016) cuyo origen de derechos sea una transferencia o un derecho de la Reserva Regional. El cambio de vaso a espaldera de viñedos plantados antes de 1996 ni posteriores a El cambio de vaso a espaldera de parcelas de viñedo en cultivo asociado. Las acciones realizadas con material de segunda mano. El impuesto sobre el valor añadido (IVA). 9
10 SOLICITUDES DE AYUDA (artículo 7) Ya no hay planes de reestructuración, sino solicitudes presentadas de forma individual o colectiva. PRESETACIÓN COLECTIVA PRESENTACIÓN INDIVID. Necesaria dirección técnica. Anexos III, IV y VI. Mínimo 10 integrantes. Necesaria dirección técnica. Anexos III, IV y VI. Un único integrante. No hay superficie mínima en ninguno de los casos, la marca la superficie mínima de la parcela a reestructurar. No hay acuerdo entre los solicitantes (antiguo Anexo V). Se genera un Anexo III que sirve como resumen de las solicitudes presentadas. 10
11 PLAZO DE EJECUCIÓN (artículo 8) Operaciones anuales 15 de junio de 2019 Operaciones bianuales 15 de junio de En una misma solicitud pueden coexistir operaciones anuales y bianuales.
12 REQUISITOS DE LAS SOLICITUDES (artículo 9) SUPERFICIE MÍNIMA DE LA PARCELA EN REESTRUCTURACIÓN 0,5 ha, salvo colindancia con otras parcelas de la misma explotación que sumen más de esa cantidad o las excepciones contempladas. AVISO: Cuando hay un camino entre ambas fincas no se considera colindante. SUPERFICIE MÍNIMA DE LA PARCELA EN TRANSFORMACIÓN La superficie mínima será la inicial. SUPERFICIE MÁXIMA DE RESOLUCIÓN La superficie máxima objeto de resolución aprobatoria será de 25 ha por solicitud. 12
13 DIRECCIÓN TÉCNICA (artículo 10) La persona que sea responsable de la dirección técnica de la solicitud: Desempeñará las funciones de representante legal de todas las personas integrantes. Responsable de la gestión frente a la Administración. Debe disponer de la titulación en Ingeniería Agronómica, Ingeniería Técnica Agrícola o estar en posesión del título de grado o postgrado equivalente. Gestión de un máximo de 600 parcelas finales. Seguro de responsabilidad civil. En caso de incumplimiento a la persona se le inhabilita para ejercer como titular de la dirección técnica. Se faculta a presentar las solicitudes del nuevo régimen, siempre que recabe la representación a través del Anexo XV. 13
14 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. COBERTURAS (artículo 10) para solicitudes individuales colectivas hasta 50 solicitudes individuales para colectivas entre 51 y 100 solicitudes individuales para colectivas que superen las 100 solicitudes individuales. En la presentación de la solicitud. Una vez aprobadas las solicitudes Al menos, un 10% de la ayuda para el conjunto de las solicitudes bajo una misma dirección técnica. La póliza se deberá renovar anualmente por un importe que cubra, al menos, las parcelas aprobadas pendientes de certificación y/o pago a 1 de enero del año en cuestión. 14
15 PERSONAL TÉCNICO DE APOYO (artículo 10) Es continuista con respecto a lo establecido en la anterior convocatoria: Es necesario cuando una misma persona ostente la dirección técnica de más de 600 parcelas. No representa a las personas integrantes de las solicitudes. Sus funciones son solo técnicas. No tiene vinculación con las personas integrantes. No tienen por que aparecer en el seguro de responsabilidad civil. Debe poseer titulación en Ingeniería Agronómica, Ingeniería Técnica Agrícola o estar en posesión del título de grado o postgrado equivalente. 15
16 ALTA DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA (ARTÍCULO 11) PLAZO 10 días contados a partir del siguiente al de la publicación de la Orden. MODELO Anexo II de la presente Orden, por vía telemática, con firma electrónica. DOCUMENTAC. Fotocopia del DNI / NIE. Título en Ingeniería Técnico Agrícola, Ingeniería Agronómica o título de grado o postgrado equivalentes correspondientes a la persona que ostente la dirección técnica y, en su caso, al personal técnico de apoyo. DECLARACIÓN RESPONSABLES 16 Compromiso de contratación de los seguros. De recabar el otorgamiento de representación para la presentación de las solicitudes por vía telemática y para recibir comunicaciones y notificaciones a todos los efectos en nombre de las personas solicitantes a las cuales representa.
17 MODIFICACIÓN DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA (artículo 12) Conforme al anexo VII, por vía telemática, con firma electrónica, y mediante el formulario habilitado: cedimientos.action. La nueva persona deberá cumplir los requisitos que le son y asumir los compromisos adquiridos por los anteriores.
18 CRITERIO DE ADMINIBILIDAD (artículo 13) Parece un criterio nuevo, pero en realidad se comprueba lo de siempre: Que los viñedos se destinen a la producción de uva de vinificación. Que no se contravenga la normativa vigente en materia de plantaciones. El resto de requisitos establecidos en el artículo 4. 18
19 PRIORIZACIÓN APROBACIÓN (I) (artículo 14) Plan Colectivo: 50 puntos Individuales: 1 punto Pago por calidad Tipo de viticultor/a (máx 30 puntos) Seguro agrario en 2016 EAPIR/EAPS Pago anticipado DOP/IGP en puntos Explot. Titularidad compartida: 30 puntos Jóvenes: 25 puntos Explotaciones prioritarias: 15 puntos ATP: 7 puntos Agricultores/as profesionales: 4 puntos 7 puntos 7 puntos 5 puntos 2 puntos 19
20 PRIORIZACIÓN APROBACIÓN (II) (artículo 14) En caso de que haya que priorizar dentro de un mismo grupo de puntos: 1º) Por superficie solicitada, de menor a mayor. 2º) Por fecha de presentación de la solicitud. Se priorizarán por separado las operaciones anuales y bianuales. Una solicitud puede combinar operaciones anuales y bianuales y podrá estar priorizada para, por ejemplo, 2019 y no para 2020, con lo que se aprobarán las operaciones de 2019 y no las de
21 CLASIF. TIPO DE VITICULTOR PERSONAS JURÍDICAS (artículo 14) 21 Se considerará que una persona jurídica, independientemente de su forma jurídica, cumple con un tipo de viticultor/a cuando: El control efectivo sobre la persona jurídica sea ejercido por una persona física o personas físicas que cumplan con los requisitos exigidos. La persona física o personas físicas en cuestión deberá tener el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica: Más del 50% de participación en el capital social de la persona jurídica Más del 50% de los derechos de voto dentro de la misma. Se debe aportar la documentación acreditativa de cada uno de los integrantes de la persona jurídica que se indiquen que cumplen con el requisito para verificar el tipo de viticultor. Habilita para solicitar ayuda por contribución en especie.
22 EJEMPLO 1: TIPO DE VITICULTOR PERSONA JURÍDICA SAT compuesta por un padre y dos hijos y el capital social y la toma de decisiones la tienen establecida a partes iguales para cada uno de ellos. Ambos hijos son menores de 40 años. Todos son ATP. Esta SAT podría obtener puntos por: - Joven agricultor incorporado a la agricultura: 2 socios*33%=66% del capital social y de la toma de decisiones. Como es superior al 50% se dan los puntos por joven agricultor a la persona jurídica. - ATP: 3*33%= 100% del capital social y de la toma de decisiones. Como es superior al 50% se dan los puntos por joven agricultor a la persona jurídica. 22
23 EJEMPLO 2: TIPO DE VITICULTOR PERSONA JURÍDICA SAT compuesta por 10 personas, tanto el capital social como la toma de decisiones están compartidas a partes iguales en cada uno de los socios. Dos socio son jóvenes agricultores incorporados a la agricultura como agricultores profesionales, 4 socios son ATP. El resto de socios no cumple con ninguno de los tipos de agricultor definidos en la orden Esta SAT podría obtener puntos por: - Joven agricultor incorporado a la agricultura: 2*10%=20% del capital social y de la toma de decisiones. Al ser inferior al 50% no se le concederán puntos de prioridad por este tipo. - ATP: 4*10%= 40% del capital social y de la toma de decisiones. Al ser inferior al 50% no se le concederán puntos de prioridad por este tipo. - Agricultor profesional: 6*10%=60% del capital social y de la toma de decisiones. Al ser superior al 50% se le concederán puntos de prioridad por este tipo. 23
24 DOCUMENTACIÓN POR SOLICITUD (artículo 15) Solicitud del viticultor/a: Anexo IV. Doc. Acreditativa tipo de viticultor/a Compromiso pago por calidad Copia de la póliza Certificado EAPIR/EAPS 24 Ficha de terceros Lo genera automáticamente RECAVIN. Solo si no autoriza a consultarlo. Solo en caso de haber solicitado puntos de prioridad por este concepto. Solo en caso de haber solicitado puntos de prioridad por este concepto y no autorice a la consulta de los datos. Solo en caso de haber solicitado puntos de prioridad por este concepto. Sólo sino presenta solicitud unificada 2017 o no autoriza a utilizar la cuenta indicada en dicha solicitud.
25 DOCUMENTACIÓN A NIVEL DE PARCELA (artículo 15) Parcela final Documento público acreditativo de la propiedad. Solo si la parcela no está inscrita RV o no coincide el propietaria/o actual que figura en el RV. Declaración responsable de la referencia SIGPAC de la parcela y su relación con la escritura presentada. Autorización de la persona propietaria para la ejecución de la operación. Croquis Cuando la plantación no ocupe la totalidad del recinto SIGPAC Se puede generar desde RECAVIN. 25
26 PLAZOS Y LUGARES DE PRESENTACIÓN (artículo 16) 1 mes desde el día siguiente al de publicación de la orden. LUGARES Exclusivamente telemático: RECAVIN. PLAZO 26
27 TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES (artículo 17 y 18) Asegura unos mínimos de presentación RECAVIN Direcciones Provinciales Estudian las solicitudes y envío de trámites de audiencia. 6 meses. El silencio es desestimatorio Plazo de resolución Seguro respons. civil Una vez hechas las resoluciones se comunica el importe a la dirección técnica 27 IMPORTANTE: Solo se emitirá resolución aprobatoria sobre aquellos proyectos y operaciones para los que existan fondos
28 SELECCIÓN DE SOLICITUDES PAGOS 2019 (artículo 18) Asignación de presupuesto en Conferencia Sectorial mayo-junio PRESUPUESTO PAGOS 2019 Presupuesto asignado en Conferencia Sectorial para ejercicio FEAGA 2019 Se detrae el montante para operaciones pendientes de ejercicios anteriores (2009, 2013, 2017) Presupuesto disponible para aprobar solicitudes a pagar en 2019 PAGOS QUE SE REALIZAN EN 2019 OPERACIONES ATRASADAS OPERACIONES ANUALES % ANTICIPOS 2019 PAGOS
29 SELECCIÓN DE SOLICITUDES PAGOS 2020 (artículo 18) Asignación de presupuesto en Conferencia Sectorial mayo-junio PRESUPUESTO PAGOS % del presupuesto asignado en Conferencia Sectorial para aprobar solicitudes a pagar en 2020 PAGOS QUE SE REALIZAN EN 2020 OPERACIONES BIANUALES % SALDOS ANTICIPOS %+20% ANTICIPOS 2020 PAGOS
30 EJEMPLO DE APLICACIÓN (III): VITICULTORES Imaginemos a dos viticultores, uno con 125 puntos de prioridad (viticultor 1) y otro con 79 puntos de prioridad (viticultor 2). Ambos viticultores han solicitado parcelas de ejecución anual y bianual con y sin anticipo. Una vez elaborada la lista de priorizaciones, tenemos que el presupuesto que determina el corte para el año 2019 está en 100 puntos de prioridad y para el año 2020 en 70 puntos de prioridad. Las resoluciones de los viticultores del ejemplo deberían ir en el siguiente sentido: Viticultor 1: Aprobadas todas sus operaciones, puesto que está por encima del corte en ambos casos. Viticultor 2: Aprobadas las operaciones a pagar en el año 2020 (anuales sin anticipo o con anticipo) pero denegadas las del año
31 SOLICITUDES LIGADAS A LOS PROYECTOS (artículo 18) LA RESOLUCIÓN APROBATORIA DEL PLAN NO EQUIVALE A LA AUTORIZACIÓN DE PLANTACIÓN Hay que presentar la solicitud de conversión y/o replantación Para el caso de las parcelas iniciales hay que presentar la solicitud de arranque 31
32 Compensación pérdida de ingresos Participación en los costes de la reestructuración y reconversión del viñedo. IMPORTE DE LAS AYUDAS (artículo 20) Importe del 25% del valor medio de la uva tres últimas campañas (432,22 ) 50% para todas las solicitudes, presentadas de forma colectiva o individual Reestructuración: 2 campañas (864,44 ) Transformación: 1 campaña (432,22 ) El % participación en los costes de reestructuración y reconversión se aplica sobre el gasto efectivamente realizado y acreditado mediante factura y justificante de pago para todas aquellas acciones que no hayan sido ejecutadas mediante contribuciones en especie. 32
33 CONTRIBUCIONES EN ESPECIE (artículo 20) Acciones subvencionables por contribuciones en especie Arranque, preparación del suelo, plantación, colocación de protección individual de plantas y espaldera de la operación de reestructuración. Para el cambio de vaso a espaldera de la operación de subida de vaso a espaldera. Solo para profesionales de la agricultura Deben estar dados de alta en la S. Social. No abierto para grupos otros. En esta convocatoria, las empresas que se clasifiquen como profesional de la agricultura pueden solicitar contribuciones en especie. Tope de ayuda La ayuda abonada a la operación que incluya contribuciones en especie no deberá superar el gasto subvencionable total, excluidas las contribuciones en especie, al final de la operación. No se puede superar el importe máximo del anexo I para este tipo de pagos ni el establecido para las acciones realizadas con contratación externa. Cálculo de la contribución en especie Número de horas de trabajo declaradas por acción X importe remuneración media 33
34 ANTICIPOS (artículo 21) Posibilidad de solicitar un anticipo máximo del 80% de la ayuda aprobada para cada una de las parcelas para las que se elija este sistema de pago. Una vez aprobada la ayuda. SOLICITUD ANTICIPO Presentación Anexo IX. Haber constituido una garantía del 120% del anticipo de la ayuda. No es necesario presentar prueba de inicio. Se puede pedir el anticipo en 2020, pero eso no implica que se tengan dos años para ejecutar, ya que limita la aplicación de la orden. Si la solicitud de anticipo se presenta fuera del ejercicio financiero indicado, se reducirá en un 20% la ayuda que le correspondería, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales 34
35 MODIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS (artículo 22) Antes de la presentación de la solicitud de pago final y de los controles sobre el terreno previos al pago. Debe solicitarse mediante el anexo VI-A. La modificación: 35 No debe comprometer los objetivos de las operaciones en su conjunto. Debe estar debidamente justificadas. Debe estar comunicada dentro de plazo. Deben estar autorizadas previamente a la solicitud de pago final. No se incrementará la subvención aprobada. No debe suponer cambios en la admisibilidad o en la ponderación del criterio de prioridad. Solo puede solicitarse cambio de año de pago en el caso de operaciones anuales, pero en el caso de que suponga un retraso en el año de pago (cambio 2019 por 2020) se reducirá en un 20% la ayuda que le corresponda, salvo causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales. Están permitidos los cambios de recintos finales siempre que se respeten el resto de condiciones establecidas para realizar la modificación.
36 SUBROGACIONES (artículo 22) Sólo admisibles bajo causa de fuerza mayor: fallecimientos o invalidez que imposibilite ele ejercicio en la actividad agraria. Nuevo titular debe asumir los compromisos de la anterior persona titular. Personas jurídicas: Deben estar integradas, inicial y finalmente, con las mismas personas. Deben respetar los requisitos y prioridad de la solicitud inicial. Cuando se hubiese percibido la ayuda o parte de la misma de forma anticipada, la persona que se vaya a subrogar deberá suscribir un aval bancario que garantice el importe de las operaciones pendientes de ejecutar. 36
37 RENUNCIAS A OPERACIONES (artículo 22) Frase para las personas interesadas: Pide solo si vas a ejecutar Presentación Telemática Anexo VI-B. La renuncia o la no ejecución de las mismas, inhabilita para percibir ayudas con cargo al presupuesto del PASVE No hay plazo para renunciar sin penalización, cualquier renuncia penaliza. Excepción: Cuando se precise permiso de otra normativa sectorial y no se haya obtenido (ej: ZEPA) o causas de fuerza mayor. Las renuncias a acciones no suponen ninguna penalización 37
38 EJECUCIÓN DE ACCIONES I: (artículo 23) Arranque Debe realizarse en el seno de la reestructuración. La solicitud de arranque debe ser posterior a la solicitud de ayuda. Preparac. suelo Declaración previa de operaciones: Anexo VIII. Su ejecución debe ser anterior a la fecha de plantación. No se consideran preparación del suelo los pases de rulo que se hacen para sellar el suelo tras la desinfección. Despedreg Declaración previa de operaciones: Anexo VIII. Prueba fehaciente: piedras picadas y/o amontonadas. Se debe comunicar con una antelación mínima de 10 días naturales. En estas operaciones no es necesario indicar el día y la hora exacta, se ha flexibilizado a un rango de 2 días. 38
39 Desinfección EJECUCIÓN DE ACCIONES II: (artículo 23) Comunicación previa: Anexo VIII. Productos del Registro de Productos Fitosanitarios del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el apartado Productos Fitosanitarios. CIUDADO CON LAS DOSIS!!! Sólo es subvencionable si la parcela inicial y final es la misma y el arranque se hace en el seno de la reestructuración. No es necesario un análisis de suelo. Se debe comunicar con una antelación mínima de 10 días naturales. En la comunicación de esta operación hay que indicar día y hora exacta de la ejecución. 39
40 EJECUCIÓN PREVIA DE ACCIONES EN ESTA CONVOCATORIA NO SE PODRÁN REALIZAR ACCIONES DE PREPARACIÓN DEL SUELO NI DESINFECCIÓN PREVIAS A LA RESOLUCIÓN 40
41 Plantación EJECUCIÓN DE ACCIONES III: (artículo 23) Comunicación antes de la solicitud de certificación y pago: Anexo IX. Planta-injerto de categoría certificada o portainjerto certificado e injerto en campo, salvo autorización de la DG previa a la plantación. Sólo variedades subvencionables en parcelas con cultivo puro. La plantación se considerará viable si existen menos del 15% de marras Protectores Comunicación anterior a la solicitud de certificación y pago: Anexo IX. Longitud mínima 60 cm. Espaldera Mínimo dos alambres a distinta altura (sin incluir el portagoteros). Debe posibilitar la mecanización de la vendimia. 41
42 SOLICITUD DE CERTIFICACIÓN Y PAGO (artículo 24) Fecha límite de presentación: 15 de junio de 2019 para operaciones anuales y 15 de junio de 2020 para operaciones bianuales. Anexos Xa y Xb. Documentación a presentar: Copia de las facturas y los justificantes de pago para ejecución externa. Siempre deben indicar las parcelas en las que se han realizado los trabajos. Debe facturarse en la misma unidad en la que se paga la subvención ( /ha o /unidad). La persona titular de la factura y de la cuenta de cargo debe ser la misma que la del proyecto de reestructuración. Acción de desinfección: debe aparecer el producto y la dosis empleados y presentarse la copia del contrato de prestación de servicios. Copia de las facturas y justificantes de pago para los materiales. La persona titular de la factura y de la cuenta de cargo debe ser la misma que la del proyecto de reestructuración. Factura de plantas: debe proceder de un vivero o comerciante autorizado y presentar las etiquetas de las plantas. El número de plantas debe ser suficiente. Parte de horas y declaración de maquinaria empleada en el caso de contribuciones en especie: incluido en el Anexo Xa y Xb. No serán válidos los justificantes de pago ni las facturas con fecha posterior a la solicitud de pago y certificación de la ayuda. Ni gastos pagados en efectivo. 42
43 MEDICIÓN (artículo 25) Método contemplado en el artículo 44 del Reglamento (CE) nº 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016: la superficie plantada de vides queda delimitada por el perímetro externo de las cepas, más un margen cuya anchura corresponda a la mitad de la distancia entre las hileras. (concepto SVF) Parcelas de arranque: mismo método pero aplicado en la parcela inicial. 43
44 PAGO PREVIA CERTIFICACIÓN (artículos 26) PAGO PREVIA CERTIFICACIÓN Solicitud de pago y certificación según el anexo Xa y Xb. Las operaciones deben estar completamente finalizadas y comunicadas. La ejecución debe ajustarse a la solicitud aprobada. El pago debe realizarse dentro de los doce meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud de certificación y pago de la ayuda. 44
45 NO EJECUCIÓN DE OPERACIONES (artículo 26) No se pagará la ayuda si No se ejecutan una o varias acciones y no se comunica la modificación y se resuelve previamente, aunque no se comprometa el objetivo de la operación. No se ejecutan una o varias acciones, aunque se comunique la modificación, si se compromete el objetivo de la operación. En este caso no se podrá autorizar la modificación. Sólo se cobrará la ayuda en el caso de que: NO SE EJECUTEN UNA O VARIAS ACCIONES SIN COMPROMETER EL OBJETIVO DE LA OPERACIÓN Y SE COMUNIQUE Y AUTORICE LA MODIFICACIÓN. En este caso se procederá a recalcular el valor de la ayuda de la operación quitando las acciones no ejecutadas.
46 PENALIZACIONES (artículo 26) Cuando la ejecución de la operación no comprenda la superficie total para la que se aprobó la ayuda, se tendrá en cuenta la diferencia entre la superficie aprobada o modificada y la superficie realmente ejecutada determinada por los controles sobre el terreno. Diferencia igual o inferior al 20% Cálculo de la ayuda con la superficie determinada en el control. Diferencia es mayor al 20%, pero igual o inferior al 50% Diferencia superior al 50% Cálculo de la ayuda con la superficie determinada en el control y reducida en el doble de la diferencia comprobada. No tendrá derecho a la ayuda en caso de que esta diferencia de superficies supere el 50%. 46
47 COMPROMISOS Y CONDICIONALIDAD (artículos 27 y 28) Mantenimiento de las superficies en cultivo y en condiciones auxiliables un periodo mínimo de 10 campañas. Mantenimiento de las condiciones que han dado lugar a la priorización hasta la finalización del expediente. Cumplimiento de la condicionalidad en toda su explotación. 47
48 Dirección General de Agricultura y Ganadería GRACIAS POR SU ATENCIÓN
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