BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL

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1 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA BOLETIN OFICIAL MUNICIPAL AÑO XXVIII - Nº 57/18 16 DE MARZO DE 2018 Intendente Municipal: Sr. Walter VUOTO Secretario de Coordinación de Gestión: Sr. Oscar Horacio SOUTO Secretario de Gobierno: Sr. Omar Enrique BECERRA Secretario de Economía y Finanzas: Sr. Lucas GALLO Secretario de Planificación e Inversión Pública: Dra. Gabriela MUÑIZ SICCARDI Secretaria de Hábitat y Ordenamiento Territorial: Sra. María Teresa FERNÁNDEZ Secretaria de la Mujer: Sra. Laura Beatriz AVILA Secretaria de Políticas Sociales, Sanitarias y Derechos Humanos: Sra. Malena Yuqueri TESZKIEWICZ Secretario de Turismo: Sr. Juan Valerio CHERAÑUK Secretaria Legal y Técnica: Dra. María Victoria VUOTO Secretario de Cultura y Educación: Sr. David Alejandro FERREYRA Escribana General Municipal: Dra. Patricia Ivon BORLA Secretario de Medio Ambiente: Sr. Damián Alejandro DE MARCO CONCEJO DELIBERANTE Presidente: Sr. Juan Carlos PINO Vicepresidente Primero: Sr. Tomás BERTOTTO Vicepresidente Segundo: Sr. Silvio BOCCHICCHIO Concejal: Sr. Gastón AYALA Concejal: Prof. Juan Manuel ROMANO Concejal: Sr. Hugo ROMERO Concejal: Sr. Ricardo GARRAMUÑO Secretario: Dr. Eduardo Alejandro BEROLA JUZGADO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE FALTAS Juez interino: Dr. Hugo Daniel MORATO USHUAIA Presidente: Abog. Silvina Lorena OYARZÚN SANTANA Vocal: Ing. Martín Ariel MOREYRA

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3 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 1 t Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA Municipalidad de Ushuaia COMUNICADO LA LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA S.P. e I.P. N 04/201 8, PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: BACHEO Y REPAVIMENTACIÓN AVENIDA MAGALLANES. PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 00/1 00 ($ ,00). GARANTÍA DE OFERTA: PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHOCON12/100($ ,12). SISTEMA DE CONTRATACIÓN: UNIDAD DE MEDIDA. PLAZO DE EJECUCIÓN: SESENTA (60) DIAS CORRIDOS. FECHA DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 03/04/201 8, HORA: 14:00. VALOR DEL PLIEGO: PESOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 81/100 ($12.586,81). ANTICIPO FINANCIERO: DIEZ POR CIENTO (10%) DE LA OFERTA. FORMA DE PAGO: EL MONTO RESTANTE SERÁ ABONADO HASTA DIECIOCHO (18) CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS. DICHAS CUOTAS SERÁN PAGADERAS DENTRO LOS PRIMEROS QUINCE DÍAS DE CADA MES. LOS OFERENTES DEBERÁN INCLUIR, ADEMÁS DE LA OFERTA POR LA OBRA, SU PROPUESTA ECONÓMICA Y LA TASA DE INTERÉS PRETENDIDA POR EL FINANCIAMIENTO ENUMERADO CON ANTERIORIDAD. SE DEBERÁ INCLUIR UN FLUJO DE FONDOS MENSUAL, SUBDIVIDO EN: 1) AMORTIZACIÓN DE CAPITAL. 2) INTERESES O CUALQUIER OTRO COSTO ASOCIADO AL FINANCIAMIENTO. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO - USHUAIA. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO. LUGAR DE APERTURA: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO - USHUAIA. CONSULTA DE PLIEGOS: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO-USHUAIA,ENELHORARIODEO8:30A14:OOHS. EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SITA EN LACALLEBOLIVARN 425 CP(1066). VENTA DE PLIEGOS EN SOPORTE MAGNETICO CD-ROM: EN LA DIR RENTAS MUNICIPAL SITA EN ARTURO CORONADO N 486 PLANTA B EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AH LA CALLE BOLIVAR N 425 CP (1066). Las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur. Son y Serán Argentinas

4 LA Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 2 t Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur REPUBLICA ARGENTINA Municipalidad de Ushuaia COMUNICADO LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA S.P. e I.P. N 05/2018, PAPA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: BACHEO Y REPAVIMENTACIÓN AV. LEANDRO N. ALEM ENTRE RIO NEGRO Y AV. HIPOLITO YRIGOYEN. PRESUPUESTO OFICIAL; PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON 00/1 00 ($ ,00). GARANTÍA DE OFERTA: PESOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 50/1 00 ($ ,50). SISTEMA DE CONTRATACIÓN: UNIDAD DE MEDIDA. PLAZO DE EJECUCIÓN: SESENTA (60) OlAS CORRIDOS. FECHA DE APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 04/04/2018, HORA: 14:00. VALOR DEL PLIEGO: PESOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 45/1 00 ($ 8.843,45). ANTICIPO FINANCIERO: DIEZ POR CIENTO (10%) DE LA OFERTA. FORMA DE PAGO: EL MONTO RESTANTE SERÁ ABONADO EN DOCE (12) CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS. DICHAS CUOTAS SERÁN PAGADERAS DENTRO LOS PRIMEROS QUINCE DÍAS DE CADA MES. LOS OFERENTES DEBERÁN INCLUIR, ADEMÁS DE LA OFERTA POR LA OBRA, SU PROPUESTA ECONÓMICA Y LA TASA DE INTERÉS PRETENDIDA POR EL FINANCIAMIENTO ENUMERADO CON ANTERIORIDAD. SE DEBERÁ INCLUIR UN FLUJO DE FONDOS MENSUAL, SUBDIVIDO EN: 1) AMORTIZACIÓN DE CAPITAL. 2) INTERESES O CUALQUIER OTRO COSTO ASOCIADO AL FINANCIAMIENTO. PRESENTACIÓN DE OFERTAS: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO - USHUAIA. PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO. LUGAR DE APERTURA: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SITA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO - USHUAIA. CONSULTA DE PLIEGOS: EN LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓN PÚBLICA SÍFA EN CALLE ARTURO CORONADO N PISO USHUAIA,ENELHORARIODEO8:30A14:OOHS. EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SITA LACALLEBOLIVARN 425 CP(1066). VENTA DE PLIEGOS EN SOPORTE MAGNETICO CD-ROM: EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS MUNICIPAL SITA EN ARTURO CORONADO N 486 PLANTA BAJA, DE USHUAIA. EN LA DELEGACIÓN MUNICIPAL EN LA CIUDAD AUTON A DE BUENOS AIRES SITA EN LACALLEBOLIVARN 425 CP(1066). EN 1_as Islas Malvinas, Georgias y Sándwich

5 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 3 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur USHUAIA, 01 MAR VISTO: El expediente SM N 0063/2017, del registro de esta Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que el mismo tramita la renovación de la contratación de servicios y el pago de la Factura Tipo C N , por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), a favor de la Srita. María Soledad ANTILEF MANQUEPAN, D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el 01 al 28 de Febrero del corriente. Que mediante Resolución Presidencia SGM N 004/2018, se autorizó y aprobó la contratación citada, bajo la modalidad de Locación de Servicios, cuyo contrato se encuentra perfeccionado y registrado bajo el N 18/2017 S.G.M. Que la presente erogación se encuadra en la Ordenanza Municipal N 3693, en el Artículo 1100, inciso d), punto 1), promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N 4602, promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014, Resolución Presidencia S.G.M. 01/2013 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, conforme lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 3 8/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RE SUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), a favor de la Srita. Maria Soledad ANTILEF MANQUEPAN, D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el 01 al 28 de Febrero del corriente, según Factura Tipo C N Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con cargo al titular presupuestario: Sindicatura General Municipal, Partida 13. ARTÍCULO 3.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N 030 í2ots.- Sa9ana Ushuaia MunIdpat Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán

6 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 4 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Ushuaia, 0 1 HRR VISTO el Expediente S.M. N 0056/2017 de la Sindicatura General Municipal, la Resolución Presidencia SGM N 025/2018, y; CONSIDERANDO; Que mediante el mismo se tramita la adquisición de insumos varios de computación, para ser utilizados en las oficinas de esta Sindicatura General Municipal. Que mediante la resolución del visto se ha autorizado la contratación de la adquisición, adjudicando, a través de la Orden de Compra N 001/2018 a la firma Master s Informática S.R.L., por la suma total de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTAY TRES CON 00/100 ($4.273,00). Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la factura B N por un monto de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA TRES CON 00/1 00 ($ 4.273,00), a favor de Master s Informática S.R.L., en concepto de adquisición de insumos varios de computación. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia N 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 038/2017. Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTAYTRES CON 00/lOO ($ 4.?73,00), a favor de Master s Informática S.R.L., por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar y aprobar el pago de la factura B N por un monto de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 ($ 4.273,00), a favor de Master s Informática S.R.L., mediante cheque bancario. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 3.- DAR por cumplida la Orden de CompraN 0001/2018. ARTICULO 4.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 495,00) a la de la SGM y en la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS partida 12 SETENTA Y OCElO CON 00/100 ($ 3.778,00) a la partida 51 del ejercicio presupuestario vigente. ARTICULO 5.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. o 3-1 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM.N /2018 íp, Las Islas Mvinas, Geocgias y Sandwich de] Sur son y serán Argentinas.

7 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 5 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur USHUAIA, 01 MAR. 2D18 VISTO: El expediente SM N 0072/2017, del registro de esta Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que el mismo tramita la renovación de la contratación de servicios y el pago de la Factura Tipo C N , por la suma total de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ,00), a favor de la Srita. Lorena Soledad GARTNER, D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el 01 hasta el 28 de Febrero del corriente. Que mediante Resolución Presidencia SGM N 003/2018, se autorizó y aprobó la contratación citada, bajo la modalidad de Locación de Servicios, cuyo contrato se encuentra perfeccionado y registrado bajo el N 16/2017 S.G.M. Que la presente erogación se encuadra en la Ordenanza Municipal N 3693, en el Artículo 1100, inciso d), punto 1), promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N 4602, promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014, Resolución Presidencia S.G.M. 01/2013 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, conforme lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 38/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTÍCULO 1.- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma total de PESOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ ,00), a favor de la grita. Lorena Soledad GARTNER, D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el 01 hasta el 28 de Febrero del corriente, según Factura Tipo C N Ello por lo expuesto en el exordio. ARTÍCULO 2.- Imputar la suma indicada en el Artículo 1 con cargo al titular presupuestario: Sindicatura General Municipal, Partida 13. ARTÍCULO 3.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N 832 nsis San2fl rol ushu&a 1_as Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

8 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 6 t Ieha C. H GuEIRO Provincia de Tierra del Fuego Secretan Privada Antártida e Islas del Atlántico Sur c Pie ario USHUAIA 01 MAR 2018 VISTO la Resolución Presidencia SGM N 020/2018 y el expediente N 0070/20 17 del registro de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de lámparas fluorescentes de ahorro de energía a enchufe, para ser utilizados en las oficinas de esta Sindicatura General Municipal, de acuerdo a lo solicitado por la Secretaria del Cuerpo Plenario de Miembros a fojas Que se han solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro, 1 del expediente del Visto. considerándose la oferta más conveniente la de la Firma Electroluz SRL, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00), ello de acuerdo a la necesidad planteada por el organismo. Que la presente erogación se encuentra enmarcada en el Artículo 110, inciso d), Apartado 1 Municipal N 239/2010 Anexo de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Resolución Presidencia S.GM. N 001/ del Decreto Municipal N 1255/2013, y Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 0038/2017. Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar el gasto y aprobar la contratación directa con la firma Electroluz SRL, por la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00) por la adquisición de lámparas fluorescentes de ahorro de energía a enchufe, en virtud de lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2.- Autorizar a la Secretaria Privada del Cuerpo Plenario de Miembros a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Imputar la suma indicada en el artículo 1 afectando a la partida 12 de la SGM. ARTICULO 4.- Registrar. Publicar en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Comunicar. Cumplido, archivar RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N. / Santana MLfl1CIP& Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

9 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 7 t Provincia do Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur USHUAIA, 01 MAR VISTO el Expediente S.M. N 0006/2018 de la Sindicatura General Municipal; y, CONSIDERANDO: Jhua Que a través de la Resolución de Presidencia S.QM N 108/2017 se aprobó la contratación de locación de servicios de la firma CLEANLIF LIMPIEZA CORPORATIVA S.A., por el término de DOCE (12) meses contados a partir del día 01 de OCTUBRE de 2017 y por la suma de Pesos CIENTO TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 (S ,00) pagaderos en DOCE (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos ONCE MIL CON 00/100 ( $ ,00). Que mediante el expediente del visto se tramita la aprobación del gasto correspondiente a los servicios prestados desde el 01 al 28 de Febrero de 2018, según FC E N a favor de CLEANLIF LIMPIEZA CORPORATIVA S.A. por un monto de Pesos ONCE MIL CON 00/100 ($ ,00), según lo estipulado en el contrato de locación vigente. Que a fojas 29 vuelta obra certificación de prestación de servicios, de conformidad con lo estipulado en el Contrato registrado bajo N 13/2017. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inc. d) Apartado 10 de la OM 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010 y en el Jurisdiccional aprobado por Resolución Plenaria SGM N 01/2013 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal conforme lo establecido en el articulo 204 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la OM N 3455 y la Resolución Plenaria SGM N O 038/ POR ELLO: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1 0 APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de Pesos ONCE MIL CON 00/100 ($ ,00), correspondiente a los servicios prestados por la firma CLEANLIF LIMPIEZA CORPORA11VA S.A. desde el 01 al 28 de Febrero del corriente, según Factura Tipo E N Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- IMPUTAR la suma indicada en el artículo 1 con cargo a la partida presupuestaria 13, responsable presupuestario SGM. ARTICULO 3.- COMUNICAR, dar al Boletín oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido. Archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA SGM N 03 /2O18 arztr. Santana er,a Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán

10 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 8 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur USHUAIA, 01 MAR VISTO el Expediente S.M. N 0009/2018 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramitan los pagos de la póliza de seguro de vida colectivo obligatorio; por medio de la renovación de la suscripción de la Póliza N cuya vigencia opera desde el 01/11/2017 al 31/10/2018, emitida por la firma METLIFE SEGUROS S.A., en concepto de cobertura de Seguro de Vida Obligatorio destinado al personal de esta Sindicatura, cuya prima quedó estipulada desde el período fiscal 04/17 en PESOS NUEVE CON NUEVE CENTAVOS ($ 9,09) mensual por cada vida asegurada y cuyo derecho de emisión anual hasta 25 asegurados es de pesos doce ($12). Que mediante Resolución Presidencia SGM N 017/2018, glosada a fojas 6 del expediente del Visto, se procedió a imputar a la partida correspondiente, la suma que demande el servicio de seguro del vida obligatorio para todo el ejercicio Que se cuenta con partida presupuestaria para afrontar el gasto, correspondiendo aprobar el mismo. Que la erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), apartado 1) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia N 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la OM N 3455 y la Resolución Plenaria SGM N 038/ POR ELLO: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS SESENTA Y TRES CON 63/100 ($ 63,63), correspondientes a la prima mensdal del período comprendido entre el 01/02/2018 y el 28/02/2018, de conformidad a lo estipulado en la póliza N emitida por la firma METLIFE SEGUROS S.A., en concepto de Seguro de Vida Obligatorio destinado al personal de esta Sindicatura. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar y aprobar el pago mediante VEP, a través de banca empresas, correspondiente a la liquidación realizada mediante F93 1 para el período fiscal 02/2018 en concepto de Seguro de Vida Obligatorio destinado al personal de esta Sindicatura, correspondiente al período 01/02/2018 al 28/02/2018. ARTICULO 3.- Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13. ARTICULO 4.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Ofi Municipal. Cumplido, archivar. 935 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.QM.N /2018 Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. Santana Ushuaia

11 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 9 ø t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur del 02 MAR, 2018 Ushuaia, VISTO el Expediente S.M. N 0070/2017 de la Sindicatura General Municipal, la Resolución Presidencia SGM N 020/20 18, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de lámparas fluorescentes de ahorro de energía a enchufe, para ser utilizadas en las oficinas de esta Sindicatura General Municipal. Que mediante la resolución del visto se ha autorizado la contratación de la adquisición, adjudicando, a través de la Orden de Compra N 002/2018 a la firma Electroluz S.R.L., por la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00). Que asimismo, mediante el expediente del visto se tramita el pago de la factura B N por un monto de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00), a favor de Electroluz S.R.L., en concepto de adquisición de lámparas fluorescentes de ahorro de energía a enchufe. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución PresidenciaN 1/2013 y Anexo 1 del decreto MunicipalN 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 038/2017. Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00), a favor dç Electroluz S.R.L., por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar y aprobar el pago de la factura t1b N por un monto de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00), a favor de Electroluz S.R.L., mediante cheque bancario. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 3.- DAR por cumplida la Orden de Compra N 0002/2018. ARTICULO 4.- linputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente, en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($ 2.900,00) a la partida 12 del ejercicio presupuestario vigente. ARTICULO 5.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M.N 036 /2O1 n S8r(afla L (Yi3 j Las Islas Malvinas, Georgis y Sandwich del Sur son y serán Argentin4s. sinditura Senerd MunIdPaI ushu&a

12 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 10 t Provincia de Tiefra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur UEt Vacad USHUAIA, 0 5 MAR VISTO: El expediente SM N 0064/2017, del registro de esta Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que el mismo tramita la renovación de la contratación de servicios y el pago de la Factura Tipo C N , por la suma total de PESOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ ,00), a favor de la Sra. Gabriela Raquel RAMOS, D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el Que mediante Resolución Presidencia SGM N 002/2018, 01 al 28 de Febrero del corriente. se autorizó y aprobó la contratación citada, bajo la modalidad de Locación de Servicios, cuyo contrato se encuentra perfeccionado 1100, y registrado bajo el N 17/2017 S.G.M. Que la presente erogación se encuadra en la Ordenanza Municipal N 3693, en el Articulo inciso d), punto 1), promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, modificada por Ordenanza Municipal N 4602, promulgada por Decreto Municipal N 1032/2014, Resolución Presidencia S.G.M. 01/2013 Que la suscripta se y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo, conforme lo establecido en el Artículo 27 de la OM N / Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA y Resolución Plenaria SGM N ARTÍCULO. 1 APROBAR el gasto y DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CON 00/100 RASMOS, RESUELVE: ORDENAR el pago por la suma total de PESOS ($ ,00), favor de la Sra. Gabriela Raquel D.N.I. N , en concepto de honorarios por servicios prestados desde el de Febrero del corriente, segiín Factura Tipo C N Ello por lo expuesto en el exordio. 01 al 28 ARTÍCULO 2.- Imputar la suma indicada en el Artículo presupuestario: Sindicatura General Municipal, Partida con cargo al titular ARTÍCULO 3.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia para su publicación. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.G.M. N00 7 Santana ira Genarai MuflIdpal Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

13 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 11 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur critr2i FAjr.!j)ZlI ItJshua.a USHUAIA, 0 5 MAR. ZD1B VISTO el Expediente S.M. N 0010/2018 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago del servicio de Alquiler de Fotocopiadora durante el periodo 2018, para las oficinas donde funciona la Sindicatura General Municipal. Que mediante Resolución de Presidencia S.G.M. N 047/2017 se autorizó la contratación del Servicio por el término de DOS (2) años, emitiéndose la Orden de Compra N 02/2017 a favor de la firma NEWXER SA por la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/1 00 ($47.376,00). Que corresponde tramitar el pago de la factura B N por un monto total de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.830,00) a favor de de la firma NEWXER S.A., en concepto de servicio de alquiler mensual de fotocopiadora con WIFI, con un excedente de TREINTA (30) copias, prestado durante el mes de Febrero de Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), apartado 1) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia N 1/2013 y AnoKo 1 del decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo conforme lo establecido en el artículo 27 de la O.M. N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 03 8/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.830,00), en concepto de pago servicio de alquiler de fotocopiadora, correspondiente al mes de Febrero de Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar y aprobar el pago de la factura B N por un monto total de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 1.830,00) a favor de la firma NEWXER S.A. mediante cheque bancario, por el concepto descripto en el Artículo 1. ARTICULO 3.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente a la partida 13 del ejercicio presupuestario vigente. ARTICULO 4.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. 038 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM. N /2018 Santana rtura G&noal Munldpal Ushjaa Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

14 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 12 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur USHUAIA, II 8 MAR VISTO la Resolución Presidencia SGM N 027/2018 y el expediente N 0058/2017 del registro de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita la adquisición de útiles y materiales de oficina, para ser utilizados en las oficinas de esta Sindicatura General Municipal, de acuerdo a lo solicitado por la Secretaria del Cuerpo Plenario de Miembros a fojas 1 del expediente del Visto. Que se han solicitado presupuestos a diferentes firmas del rubro, considerándose la oferta más conveniente la de la Firma Librería Karukinka de Mauricio Cappello, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 62/100 (S 4.349,62), ello de acuerdo a la necesidad planteada por el organismo. Que la presente erogación se encuentra enmarcada en el Artículo 110, inciso d), Apartado 1 de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010 Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013, y Resolución Presidencia S.GM. N 001/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 0038/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Autorizar el gasto y aprobar la contratación directa con la firma LIBRERÍA KARUKINKA de MAURICIO CAPPELLO, por la sumas total de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 62/100 ($ 4.349,62) por la adquisición de útiles y materiales de oficina, en virtud de lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2.- Autorizar a la Secretaria Privada del Cuerpo Plenario de Miembros a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 3.- Ajustar la imputación Presupuestaria resuelta en el artículo 1 de la Resolución Presidencia SGM N 027/20 18, en la suma PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 62/100 ($ 4.349,62) a la partida 12 de la SGM. ARTICULO 4.- Registrar. Publicar en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Comunicar. Cumplido, archivar. 039 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM. N. / Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. in Santana Gnorai Municipal U sh u a a

15 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 13 t Provincia de Tierra del Fuego e. ) Antártida e Islas del Atlántico Sur rtnr Pu/da AINDICATURA GENERAL MUNICIPAL d&cuerpop. MLnhras DE LA CIUDAD DE USHUAIA Ushuaia, 3 MAR, 2018 VISTO el Expediente S.M. N 0001/2018 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que a mediante el mismo se tramita el pago del alquiler de las Oficinas de la Sindicatura para el período de Enero a Diciembre del año Que a fs. 4/5 obra copia de Resolución de Presidencia S.G.M N 114/2017 por la cual se adjudicó la Licitación Pública N 01/2017 a la firma IMI Constructora SRL, por la suma de PESOS DOS MILLONES VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS DEICISEIS CON 00/100 (S ,00) por el alquiler de TRES (3) Oficinas y TRES (3) Cocheras ubicadas en Gobernador Paz N 220 por el término de treinta y seis (36) meses. Que resulta procedente tramitar el pago correspondiente al alquiler del mes de Marzo de 2018, según Factura B N a favor de la firma IMI Constructora S.R.L. por un monto total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ ,00) conforme lo establecido en la clausula tercera del Contrato de Locación registro SGMN 12/2017. Que asimismo corresponde tramitar el pago referido al concepto de Gastos Administrativos por el período TRES (03) de 2018 a favor de la firma AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON 00/lOO ($ 231,00) en cumplimiento de la Cláusula sexta del contrato mencionado, según Factura B N Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inc. d) apartado 4) de la Ordenanza Municipal N 3.693, promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia SGM N 01/2013 y Anexo I del Decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo conforme lo establecido en el artículo 204 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 27 de la O.M. N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 038/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ ,00), correspondiente al alquiler del mes de Marzo de 2018, según Factura B N a favor de IMI /11.2. Las Islas Malvinas! Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

16 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 14 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur GENERAL MUNICIPAL /11.2. unicj pa u aa Constructora S.R.L. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2 :- APROBAR el gasto y ORDENAR el pago por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON 00/100 ($ 231,00), en concepto de Gastos Administrativos por el período TRES (03) de 2018, estipulados en el contrato de locación de las Oficinas de SGM, según Factura B N , a favor de AONIKENK Propiedades de Jorge H. Morón, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 3.- IMPUTAR las sumas indicadas en los artículos 1 y 2 con cargo a la partida presupuestaria 13 del responsable presupuestario SGM. ARTICULO 4.- COMUNICAR, dar al Boletín oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. - RESOLUCION PRESIDENCIA SGM N /2018 UshuaIa Munldpal Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

17 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 15 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur SINDICATURA GENERAL MUNICIPAI 1 3 MAR VISTO el expediente S.M. N 0002/2018 de la Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Dirección Provincial de Energía por el servicio de energía eléctrica de las oficinas donde funciona la Sindicatura General Municipal. Que se ha recibido la tipo B N emitida por la Dirección Provincial de Energía correspondiente al servicio en cuestión del período de facturación 02/2018 por un importe total de PESOS UN MIL SETECIENTOS DOS CON 40/100 ($ vencimiento opera el 20/0:3/ ,40), cuyo Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 110, inciso d), apartado 2) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia N 1/2013 y Anexo 1 del decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo conforme lo establecido en el artículo 27 de la O.M. N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 038/ Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS UN MIL SETECIENTOS DOS CON 40/100 ($ 1.702,40), correspondiente a la factura mensual de la Dirección Provincial de Energía por el período 02/2018. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar el pago de la Factura B N a la Dirección Provincial de Energía por la suma total de PESOS UN MIL SETECIENTOS DOS CON 40/100 ($ 1.702,40), cuyo vencimiento opera el 20/03/2018 por el servicio de energía eléctrica del período 02/2018, mediante débito bancario a través de Home Banking. ARTICULO 3.- Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13. ARTICULO 4.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar. 041 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA S.GM.N / USHUAIA, Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

18 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 16 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur del do Miembros nerdi Munidpul USHUAIA, 1 5 MAL 2018 VISTO el expediente S.M. N 0003/2018 de la Sindicatura General Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante el mismo se tramita el pago de facturas a favor de la Empresa Telefónica de Argentina S.A. por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha de las oficinas donde funciona la Sindicatura General Municipal. Que se ha recibido la factura N l de Telefónica de Argentina S.A correspondiente al servicio en cuestión por un importe total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 88/1 00 (S 1.234,88), cuyo vencimiento opera el 27/03/2018. Que la presente erogación se encuadra en el Artículo 1100, inciso d), apartado 2) de la Ordenanza Municipal N 3693 promulgada por Decreto Municipal N 239/2010, Resolución Presidencia N 1/2013 y Anexo 1 del Decreto Municipal N 1255/2013. Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente instrumento legal, conforme a lo establecido en el Artículo 27 de la OM N 3455 y Resolución Plenaria SGM N 003 8/2017. Por ello: LA PRESIDENCIA DE LA RESUELVE: ARTICULO 1.- Aprobar el gasto por la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 88/100 (S 1.234,88), correspondiente a la factura mensual de la Empresa Telefónica de Argentina S.A. por el ervicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha. Ello por los motivos expuestos en el exordio. ARTICULO 2.- Autorizar el pago. de la Factura N a la firma Telefónica de Argentina por la suma total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 88/100 ($ 1.234,88), cuyo vencimiento opera el 27/03/2018 por el servicio de Telefonía e Internet de Banda Ancha mediante Banca Sector Público, home banking del Banco de Tierra del Fuego. ARTICULO 3.- Imputar la suma mencionada en los artículos precedentes a la partida 13. ARTICULO 4.- Registrar. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido, archivar, 2 RESOLUCIÓN PRESIDENCIA Santana Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas. :jía Cnral Municipal U al u a La

19 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 17 g09 area Pdv.,da Provincia de Tierra del Fuego d 1 P Antártica e Islas del Atlántico Sur rs Gr. rln,hrn! Ushuaia 01 MAR VISTO: el Expediente del registro de esta Sindicatura letra S.M. N 43/2017, caratulado CERTIFICACIÓN FONDO FEDERAL SOLIDARIO- AÑO 2.017; y, CONSIDERANDO: Que por el articulo 1 de la Resolución Plenaria SGM N 01/2018 emitida en el marco del expediente del visto se dispuso: Artículo 1.- Disponer la realización de la certificación contable acerca del destino de los recursos provenientes del Fondo Federal Solidario creado por el Decreto Nacional N 2 06/09, prevista en el Artículo 5 del Decreto Provincial N 636/09, modificado por su similar N 172/12, en relación al tercer trimestre del año 2.017, según lo solicitado por el Secretario de Cultura y Educación a cargo de la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia, a través de la Nota Letra S.E. y E N 611/201 7 con el alcance indicado en el artículo siguiente. Que la tarea de Certificación Contable establecida en el párrafo anterior fue encomendada a la Asesora Contable C.P. Bárbara 1. GASSMANN, conforme se desprende del Artículo 3 de la citada Resolución Plenaria, quien en mérito de ello emite la Certificación Contable N 01/2018 Letra: SGM-VC, de los recursos del Fondo Federal Solidario Decreto Nacional N 206/09, Decretos Provinciales N 636/2009 y N 171/2012 y Decreto Municipal N 812/09, en el que expone que su tarea consistió en cotejar los comprobantes respaldatorios correspondientes al tercer trimestre del 2017, que le hieran puestos a su disposición. Que a partir de la conformación de la Sindicatura General Municipal, corresponde su intervención en este tipo de funciones conforme surge de sus atribuciones. Que en el marco precedentemente expuesto procede en esta instancia comunicar a la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia la CERTIFICACIÓN CONTABLE N 01/2018 Letra: SGM-VC, de Recursos del Fondo Federal Solidario Decreto Nacional N 206/09, Decretos Provinciales N 636/2009 y N 171/2012 y Decreto Municipal N 812/09, efectuada por la Asesora Contable C.P. Bárbara 1. GASSMANN, en cumplimiento a la Resolución Plenaria SGMN 001/2018. Que en fecha 30/06/2017 la Sra. Síndico Contador CP María Teresa MONTILLA ha presentado su renuncia al cargo que ostentaba, habiendo sido aceptada mediante Decreto Municipal N 1079/2017. Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del presente acto administrativo, reuniendo el quórum mínimo establecido, en virtud de lo normado en los artículos 204 y 207 de la Carta Orgánica Municipal, artículo 23 de la Ordenanza Municipal 3455 y Artículo 5 del Decreto Provincial N 636/09, modificado por su similarn 171/12. A Las Islas Malvinas, Georgias y Sandch dei Sur son y serán Argentinas.

20 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 18 r. vdena C. EGUEIRO Secret a Privada Provincia de Tierra del Fuego el Cuerpo P enerio de Miembros - Antártica e Islas del Atlántico Sur -- General Municipal INDICATURA GENERAL MUNICIPAL /11.2. Por ello: LA RESUELVE ARTÍCULO 1.- COMUNICAR a la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia la CERTIFICACIÓN CONTABLE N 01/2018 Letra: SGM-VC, de Recursos del Fondo Federal Solidario Decreto Nacional N 206/09, Decretos Provinciales N 636/2009 y N 171/2012 y Decreto Municipal N 812/09, correspondiente al tercer trimestre de 2017, efectuada por la Asesora Contable C.P. Bárbara 1. GASSMANN, en cumplimiento a la Resolución Plenaria SGMN 001/2018. ARTÍCULO 2.- NOTIFICAR, con copia certificada de la presente, a la Secretaría de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia. ARTÍCULO 3.- REGISTRAR. Comunicar. Publicar en el Boletín Oficial Municipal. Cumplido. Archivar RESOLUCIÓN PLENARIA SGM N / Sindicatura Municipal Sntarta lunicipal Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

21 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página Provincia de Tierra del Fuego Antártida e islas del Atlántico Sur Ushuaia, 0 1 MAR VISTO la Resolución Plenaria SGM N 18/20 14; y; CONSIDERANDO Que mediante la Resolución Plenaria precitada fueron aprobadas las normas de auditoria aplicables al sector público municipal. Que el artículo 7 de la señalada Resolución, dispone que: La Sindicatura General Municipal, ejercerá su competencia sobre la base de la planificación de las actividades de control a fin de determinar los objetivos propuestos económica y eficaz... y alcanzarlos de manera eficiente, Que a los fines de dar cumplimiento con el procedimiento normado en el artículo 7 de la Resolución Plenaria SGM N 18/2014, el presente Plan de Acción, ha sido diseñado por el Sindico Técnico acéfalo. y la Sindico Legal, toda vez que el cargo de Sindico Contable se encuentra Que la situación relativa al recurso humano no ha sufrido modificaciones respecto lo señalado años anteriores, razón por la cual se ponderaron las misiones sobre este Organismo, y y funciones que recaen como resultado de ello, se ha fijado como criterio otorgarle tratamiento preferencial a las obligaciones que poseen fechas de vencimiento en primer termino. Que en el contexto ya señalado y mientras subsista la situación descripta, resulta dificultoso poder ejercer una actividad fiscalizadora de oficio. Que sin perjuicio de ello, por razones de buen orden y a los fines de optimizar tiempo y recursos, este Organismo procedió a elaborar el Plan de Acción correspondiente al año 2018, Que cabe indicar que el Plan de Acción, se encuentra limitado en el tiempo, en atención que el mandato de los Síndicos, finiquita el día 20 de septiembre del corriente año. Que asimismo el presente Plan, se encuentra sujeto a la condición de lograr durante el a ejercicio 2018, dotar de personal idóneo a la Sindicatura, llevar adelante el cumplimiento de los objetivos expuestos. y como consecuencia de ello poder Que resulta oportuno señalar que el proyecto de presupuesto presentado oportunamente por la Sindicatura, conforme rituales contenidos en las normas, prevé una aproximación de la cantidad de personal necesario, presupuesto mínimo. a los fines de llevar adelante el Plan aquí expuesto, como Que sin perjuicio de ello, cada Síndico irá ajustando durante el ejercicio, su cumplimiento en función al recurso humano con el que se cuente. Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del acto administrativo de /11.2. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

22 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 20 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur MUNICIPAUDAD DE USHUAiA 1/1.2. conformidad con los arts. 204 y 207 de la Carta Orgánica Municipal y artículo 25 de la Ordenanza Municipal N LA RESUELVE ARTICULO 1.- APROBAR el Plan de Acción y la Programación Temporal y Personal afectado para el presente año, propuesto por el Síndico Legal y Sindico Técnico en forma conjunta, que como Anexo 1 y II respectivamente forman parte del presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 2 - ESTABLECER que el cumplimiento del plan establecido en los términos propuestos estará supeditado a la dotación de personal. Ello en virtud de las consideraciones formuladas precedentemente. ARTICULO 3.- FACULTAR a los Síndicos a ajustar las pautas temporales expuestas en la presente Resolución y el Plan de Auditoría, establecido en el Anexo 1, a la dotación de personal con que cuente la Sindicatura, exponiendo las razones que justifiquen el ajuste indicado, comunicándolo al Cuerpo Plenario de Miembros. ARTICULO 4.- REGISTRAR. Comunicar. Dar copia al Boletín Oficial de Ushuaia. Cumplido, archivar.- RESOLUCIÓN PLENARIA SGM N 010 /2018. ra General Ushuaa Santana Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

23 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 21 t VoIeH U Provincia de Tierra del Fuego s Oc Antártida e Islas del Atlántico Sur Ushua MUNICIPAUDAD DE USHUAIA ANEXO - RESOLUCIÓN PLENARIAN 01 Q 20iW PLAN ANUAL DE ACCIÓN 2018 DEALCANCE GENERALA TODOS LOS PROCESOS DE AUDITORÍA a- EVALUACIÓN DE LOS CIRCUITOS ADMINISTRATIVOS Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROLES INTERNOS DE LOS ENTES AUDITADOS. 1.- Objeto de Auditoría: Relevamiento de los Procesos administrativos y los controles internos del Poder Ejecutivo Municipal, del Concejo Deliberante y del Juzgado Administrativo de Faltas y Sociedades del Estado Municipal. Alcance: El alcance de los procedimientos de auditoría a aplicar, dependerá del relevamiento previo y permitirá la planificación específica que tendrá como propósito principal el de evaluar el control interno, y calificar los riesgos de la auditoria, seleccionando los procedimientos de auditoría a ser aplicados. La selección de los mismos debe permitir el cumplimiento del objeto incluyendo aspectos tales como: la debida protección de los activos y demás recursos, la existencia de controles en los circuitos administrativos que permitan detectar y disuadir la ocurrencia de cualquier tipo de acción irregular. Todo ello dentro del marco normativo del Organismo. Metas a alcanzar: Consistirá en la descripción de las actividades y procedimientos utilizados por el personal en las diversas unidades administrativas que conforman la entidad, haciendo referencia a los sistemas o registros contables relacionados con esas actividades y procedimientos. Se deberá: Formular un diagnóstico general. Evaluar e identificar los riesgos inmersos en los procesos. Emitir una opinión acerca de la eficacia del sistema de control interno imperante en el Organismo. b- DE CONTROL PREVENTIVO: Se atenderán los requerimientos de intervención solicitadas por el Poder Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia de acuerdo al artículo 204 inciso 13 de la Carta Orgánica Municipal. Us Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

24 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 22 t Provincia de llena del Fuego Antártida e Isias del Atlántico Sur C. c3ljeio SINDICATURA GENERAL MUNiCiPAL secre MUNiCIPAIJDAD DE USHUAIA Df LA CIUDAD DE USHUAIA v.::2,s A su vez se realizarán de oficio controles preventivos sobre los actos administrativos, seleccionados de un muestreo del orden del 15% del total, que por su riesgo, importancia relativa y significatividad ameriten su intervención, quedando excluidas aquellas cuyo monto sea inferior al definido para la realización del Juicio Administrativo de Responsabilidad. Se aplicará el procedimiento aprobado en la Resolución Plenaria N 43/2014 o la que en el futuro la modifique o reemplace. c- DE CONTROL CONCOMITANTE Y POSTERIOR PAUTAS BÁSICAS PARA EL DESARROLLO DEL CONTROL POSTERIOR DE EXPEDIENTES. 1.- La oportunidad en la que será realizado el control posterior de las actuaciones, consideradas en el presente plan, será efectuada en los términos que define la Dra. Miriam Ivanega El control posterior es aquel que se ejecuta luego que los actos se han ejecutado La muestra será realizada sobre la base de las consideraciones expuestas en cada uno de los puntos detallados en el apartado DE EROGACIONES. 3.- En el control posterior no regirá la vía recursiva normada por la Resolución Plenaria N 43/2014, por lo tanto los descargos, realizados a las observaciones o reparos formulados por el Auditor Fiscal, por los encargados de rendir cuentas, serán evaluadas por el mismo, en base a los nuevos elementos de juicio, elevando informe, debiendo indicar, como mínimo: Los incumplimientos normativos y los responsables de dichos incumplimientos. Los extremos considerados para sugerir la aplicación de multas. Dicho Informe será elevado al Vocal Contable, previa consideración del Contador Fiscal General, quien deberá emitir su opinión sobre el mismo, girando las actuaciones al Vocal Legal quien lo gira al cuerpo legal de la Sindicatura. El Vocal contador determina el monto de la multa y responsables poniendo a consideración de los demás vocales. Se emite la resolución plenaria correspondiente. La existencia de observaciones o reparos que hagan presumir la existencia de perjuicio fiscal: Se inicia Juicio Administrativo de Responsabilidad- Resolución Plenaria SGM N 43/2016- o Juicio de Cuentas- Resolución Plenaria SGM N 09/2016- en caso de corresponder conforme los artículos 32 y ss., 49 y 55 de la O.M. N DE ALCANCE PART1CULAR A CADA PROCESO DE AUDITORÍA Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

25 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 23 o1o e 9 Privada rbros Provincia de Tierra del Fuego sino, rin Antártida e islas del Atlántico Sur MUNICIPALIDAD DE USHUAiA DE EROGACIONES Y RECURSOS (INTEGRAL): 1.- Objeto de Auditoría: La Cuenta de Inversión del Sector Público Municipal. Alcance: Realización de pruebas válidas y suficientes que permitan emitir opinión sobre el conjunto de Estados Demostrativos, que componen la cuenta de inversión, indicados en el artículo 81 de la Ordenanza Municipal N 3693, siendo los mismos: Los estados de ejecución del Presupuesto de la Administración Municipal, a la fecha de cierre de ejercicio (De Ejecución del Gasto, de Ejecución de los Recursos, del Estado de la deuda pública, de la situación financiera y de los estados que muestren los movimientos y situación del Tesoro). Los Estados contables, notas y anexos, de acuerdo a las resoluciones técnicas vigentes. Comprendiendo además, información sobre el análisis cualitativo: grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en el Presupuesto y el comportamiento de la ejecución del Presupuesto en términos de economicidad, eficiencia y eficacia. Metas a alcanzar: Dictaminar sobre la razonabilidad de los registros y resultados expuestos en los Estados Demostrativos componentes de la Cuenta de Inversión. 2.- Objeto de Auditoría: La Rendición de cuentas, presentada por los Organismos sujetos a la jurisdicción de la SGM, en los términos de los artículos 32 y 33 de la Ordenanza Municipal N Alcance: Se realizará el examen en los términos normados por los artículos 36 y 37 de la Ordenanza Municipal N 3455, de Los componentes rendidos, sobre la base de pruebas selectivas y aleatorias, determinadas en función de la importancia, significatividad y riesgos involucrados, que surgen del relevamiento previo contenido en el punto a) del presente anexo. Meta a alcanzar: Dictaminar en los términos establecidos en el artículo 38 de la Ordenanza Municipal N Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

26 t 01.0 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 24 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del AtlántIco Sur DE EROGACIONES 1.- Objeto de Auditoría: Obras Públicas incluidos en el Presupuesto 2018 y remanentes del 2017, comprendiendo: Obras a iniciarse en el Ejercicio 2018: (se ajustará en función del Plan de Obras que surja de la aprobación del Presupuesto 2018) Arquitectura- Espacios Públicos Escuela Experimental Las Lengas Protección Peatonal en el Puente del Arroyo Grande (Héroes de Malvinas) Casa de la Mujer Mirador Camino Glaciar Martial Miradores y Pasarela en Reserva Natural Bahía Ush. Pavimentación 80 Alakalufes II Av. Hipólito Yrigoyen con H A Bacheo y Repavimentación Av. Alem Bacheo y Repavimentación calles varias Calle Darwin, Lapataia y Gdor. Godoy Repavimentación Calle Fuegia Basquet con H A Calle Congreso Nacional, Puerto Español y Pioneros Fueguinos Calle de la Estancia con H A Calle Magallanes y Gdor. Campos Calle 12 de Octubre Urbanización Barrancas del Pipo Macizo L9A Infraestructura Calle Las Lajas y Cauquenes Urbanización Gral. San Martín Calles, Electricidad, Agua y Cloacas Puente Arroyo Grande (sobre Av. Perito Moreno) Saneamiento Ambiental de la Bahía Ushuaia as Iss Malvinas, Geas y Sah dd Sursy ser Argentinas.

27 - ada Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 25 t 010 Provincia de Tierra del Fuego es C RO Antártida e Islas del Atlántico Sur del Cuerpo e de Miembros Sindicalu al Municipal Infraestructura Centro Fadul Mantenimiento Vial S.S.S.P. Instalación Nuevos Semáforos Dirección, Inspección y Ejecución de Obra Obras iniciadas ene! año 2017 Que se continúen en el presupuesto 2018: 1.- Selección sobre la base que surja de un relevamiento previo. Alcance: Examen de la adecuación legal, financiera y técnica de los procesos de contratación y el ajuste de!a realización de!as obras, prestación de servicios y/o adquisición de bienes, su liquidación y pago, de acuerdo con su naturaleza. El alcance se acotará, en función del grado de incidencia económica que surja del relevamiento previo. Se deberá aplicar el procedimiento aprobado en la Resolución Plenaria SGM N 18/2014 o la que en e! futuro la modifique o reemplace. Metas a alcanzar: Controlar y dictaminar sobre los aspectos legales, financieros y técnicos de los contratos y su ejecución. 2.- Objeto de Auditoría: Prestación de Servicios Públicos brindados por la Municipalidad de Ushuaia y/o concesionarios, comprendiendo: 1.- Control Externo de la Sociedad del Estado Municipal U.I.S.E. (Transporte Público de Pasajeros); Alcance: En atención al convenio suscripto por la Vocalía Legal en ejercicio de la presidencia del Organismo y el Señor BARE Carlos Gustavo, en carácter de Presidente de la Sociedad de Estado, se procederá hacer relevo de procedimientos, reglamento interno, cuestiones relativas al registro del personal a su cargo y organización contable jurídica de la persona física. 3.- Objeto de Auditoría: Compras y contrataciones de la Municipalidad de Ushuaia y del Concejo Deliberante. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

28 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 26 t 040 Provincia de llena del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur ur:ge i DE EROGACIONES 1.- Objeto de Auditoría: Obras Públicas incluidas en el Presupuesto 2018 y remanentes del 2017, comprendiendo: Obras a iniciarse en el Ejercicio 2018: (se ajustará en función del Plan de Obras Que surja de la aprobación del Presupuesto 2018) Arquitectura- Espacios Públicos Escuela Experimental Las Lengas Protección Peatonal en el Puente del Arroyo Grande (Héroes de Malvinas) Casa de la Mujer Mirador Camino Glaciar Martial Miradores y Pasarela en Reserva Natural Bahía Ush. B Alakalufes II Pavimentación Repavimentacién Av. Hipólito Yrigoyen con H A Bacheo y Repavimentación Av. Alem Bacheo y Repavimentación calles varias Calle Darwin, Lapataia y Gdor. Godoy Calle Fuegia Basquet con H A Calle Congreso Nacional, Puerto Español y Pioneros Fueguinos Calle de la Estancia con H A Calle Magallanes y Gdor. Campos Calle 12 de Octubre Infraestructura Urbanización Barrancas del Pipo Macizo L9A Calle Las Lajas y Cauquenes. Urbanización Gral. San Martín Calles, Electricidad, Agua y Cloacas Puente Arroyo Grande (sobre Av. Perito Moreno) Saneamiento Ambiental de la Bahía Ushuaia Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich dei Sur sony serán Argentinas.

29 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur %Ie C. EGUERO urcnahndecmb Sin Infraestructura Centro Fadul Mantenimiento Vial S.S.S.P. Instalación Nuevos Semáforos Dirección, Inspección y Ejecución de Obra Obras iniciadas en el año 2017 que se continúen en el presupuesto 2018: 1.- Selección sobre la base que surja de un relevamiento previo. Alcance: Examen de la adecuación legal, financiera y técnica de los procesos de contratación y el ajuste de la realización de las obras, prestación de servicios yio adquisición de bienes, su liquidación y pago, de acuerdo con su naturaleza. El alcance se acotará, en función del grado de incidencia económica que surja del relevamiento previo. Se deberá aplicar el procedimiento aprobado en la Resolución Plenaria SGM N 18/2014 ola que en el futuro la modifique o reemplace. Metas a alcanzar: Controlar y dictaminar sobre los aspectos legales, financieros y técnicos de los contratos y su ejecución. 2.- Objeto de Auditoría: Prestación de Servicios Públicos brindados por la Municipalidad de Ushuaia y/o concesionarios, comprendiendo: 1.- Control Externo de la Sociedad del Estado Municipal U.I.S.E. (Transporte Público de Pasajeros); Alcance: En atención al convenio suscripto por la Vocalía Legal en ejercicio de la presidencia del Organismo y el Señor LIARE Carlos Gustavo, en carácter de Presidente de la Sociedad de Estado, se procederá hacer relevo de procedimientos, reglamento interno, cuestiones relativas al registro del personal a su cargo y organización contable jurídica de la persona física. 3.- Objeto de Auditoría: Compras y contrataciones de la Municipalidad de Ushuaia y del Concejo Deliberante. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

30 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur < GUEIRO retar Privada Alcance: Examen, sobre la base de una muestra de las operaciones devengadas durante el ejercicio 2017 y 2018, de los aspectos de legalidad a determinar en un relevamiento previo. Metas a alcanzar: Controlar los aspectos legales, técnicos y financieros de las compras y contrataciones de la Municipalidad de Ushuaia y del Concejo Deliberante. 4.- Objeto de Auditoría: Segunda parte de Auditoría de Recursos Humanos del personal de Municipalidad de Ushuaia. Alcance: El Examen se realizará atendiendo aquellas cuestiones que en la primera parte de la Auditoria llevada adelante durante el ejercicio 2017, posean la suficiente entidad, por su magnitud o por su impacto, como para ser contenidas en una nueva Auditoria. Meta a alcanzar: Auditar el cumplimiento de los aspectos legales que hayan sido tenidos en consideración como resultado de la primera etapa de la Auditoria. DE INGRESOS: 1.- El equipo de auditoria a cargo de la delegación de la Municipalidad de Ushuaia, elevará dentro de los 3 meses de comunicado el resultado proveniente de la evaluación del control interno del ente, al Contador Fiscal General para su evaluación y propuesta al vocal Contador, un plan específico respecto del objeto, alcance, pauta temporal y procedimientos de auditoría a aplicar para el desarrollo de una auditoría de ingresos en el ente. Dicha propuesta será evaluada para su incorporación en el Plan en función de los recursos humanos y económicos disponibles. d.- OTRAS INTERVENCIONES DE LA SINDICATURA 1.- CONTINUIDAD DE LAS CAUSAS EN QUE A SINDICATURA SE CONST1TUYO COMO ACTOR CIVIL: Se realizará el seguimiento de las Causas Judiciales en las cuales la Sindicatura General Municipal se haya constituido en carácter de Actor Civil. 2.- INVESTIGACIONES ESPECIALES, AUDITORIAS ESPECIALES Y JUICIO DE RESIDENCIA: Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

31 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 29 t : : ;3, oho ProvIncIa de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Se realizará la asignación mediante el dictado de la pertinente Resolución y sobre la base de los procedimientos dispuestos en la Resoluciones Plenarias N 18/ 2014 y N 25/20 14 y las que se dicten en el futuro. 3.- AUDITORÍA DE RENTAS JURIDICO- CONTABLE Controlar el cumplimiento de las normas procedimentales y procesales vigentes (Normas de Certificación de Calidad- Art. 165 C.O.M.). Controlar el procedimiento de cobro de multas impuestas, servicios y otros. 4.- CONCEJO DELiBERANTE DE L4 CIUDAD DE USHUAIA: En el marco del convenio de Colaboración suscripto entre el Presidente del Concejo Deliberante de la ciudad, Dn. Juan Carlos Pino y la Vocalía Legal del Organismo, en ejercicio de la presidencia de la Sindicatura General Municipal, se realizaran tareas conjuntas de capacitación, asesoramiento y auditorias de oficio, ponderando las necesidades del Organismo, como así también las debilidades del sistema. MQreyra Municipal Santana catira GeriEsrai uniá2l Ushu2a Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

32 ANEXO II- RESOLUCIÓN PLENARIA N SINO. ) URA GENERAl. MUNICIPAL ulu/20±8 Provlnci o dorioria del Fuego AratArtIdo e Islan dol AOI6CI51CO Sur MUNICIPAUDAD DE USHUAIA PLAZO Dg I1C0uON me. II 1J u meso mes 7 meo 9 lles 9 - meldesleso , - - me. 4 IlCi 5 mee E ooe. 3 EQU [PO A SEMANA:. RIO - flocfooea0dflorla QOJEUVO AlCANcE TI103E000[TOIÁ CP orcelillar de pateble olilda, y mirlejeloes qije Di000linor cobre o nzoailbílidld de loe r*oifao y renlilados eçauestos en loo Oseados Deooegrsjioeo pemojun nos lir epinide cobas el dllijoaoo do Eaoodoo ) X coooooeines de lo Coega de [aoversidn Dcnoissosoivoç, 9Jl rompeleo lo de dvmui& SecIorpúbliro Mnnieipoo R moooinipol 3.50 CF 6 T. R 1 1 A O o 1 6 Se resurjo el eneros no.. es lirnofros eomoms po La Resdicidro dr atentas, pemolud, pee lo. loe rj ir&os 36 y 37 de le Codesoanaa Mj.ridpol 70.. Oepciroooe wjeors o :.peisd.nrioe dell SO?.. es 3455, de las rmoeonneeseo tdos. rolvrl, bise de esieioeodt0jolae 2017 : - loo Irnos,,,.. de los cundas 32y33 de la Ordcaun peuetn oe.ettovas y linoeoqn delmeadee or.. F&eOiOiOhJ flolvidel de lo L neound., rgsipcdmdod y nefas.. i [ oovolsrra4as a,-. A140m1lo32vn.0.M.3455 CF 3 T de lospeoreoos do I3ewocielc.eyltesdeosdeloscornosym*coei& ro:ocooei y el ojeqe de la Coo?aryd.etmrad ae sobre los especies ; -. DI.u6niro grane. rallojeldo e ideeaoiflcocido de!1n0 de as obras. no Soleado del p do de Ugíl. Fmancteot eeendmao.a qie sen. del relevwooeeo Tdcooic, - o F1ll915 IíflJStS mo os peacr,ji.o6oi acerco de. 4 si flvio. Ap.:casdo el ocejooeoeoeo o,-obado ero e. o Obe,. Pobliras 2. ji elleano, él de e.xoeo.... Iossolsrociopla,osnw 1& 10l CF Se reslard EaaeI do las Especoos Irgole. t. DieimosLw sobre el ralspolrders.o de lo. aspectos oç.nad,os. titeos y finenejeros ni el ateneo. Ir Pss.toeión de Seroicico lepieo. tterkos y Rsancleeos Diagodesco gosersl peneriorola oseractún del smeio. m liquidsdda 6- - a T 3 1. rsltfl SU) Y Td er A defr a fr I. -. Pobijeor Coalarol Externo de lo evalarn& e McaiLEcoeiUo de nesgas rentases eolo o p,ga; CaTmpLtC e loo Scvieoos pacosidos Soeledad del Orlado Muadnipol proceros. optutofo acere, de It escocia del OIUOOOO de UL&E. rrrare.tc Pibieo, Rcolecc Oc Resistes. - ) - [krpi roo. elrj Corfame olxibjeeaoos Att 4 - CM o 6 R 3 CP Dicsamü ec obre el nonlimioiie dr loe especies? r.smpros yçoslral.or,o o& le la apaleo y Snoscoeree. Dic9sóeliro poernl. esalaarjoe momo. sobre le bose de 000s osaron de loo 1 - StUra Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página T \le nieipahelesl de Uolaua,oy da e id0101cacjeoo de ringas mansos ea loo proteica. epcrociooeo deseogados dorosor rl sjrrririo de lapal y Peosodeo. 3010,_ 9. Ce ocejl- Drliber-,ooete e. O1oioíóaj trece, dr lo escaece del oieouo, da rooorel los aspectos de Irgalidod. leonera le. O O CF O O O O R lo i Icorosa Aodjlor - o el coowlioofe,se de 1os IlFecleo legales el e Ilooecapa r 1 I sai..0,1 loo proeeoee y proredimirsoloo o&00000eer000von Sobre le doromneaeido, obrante rn loo legajos, ea r raol a el oit el preooaol base e usa oesresa ruaoliloloeer de la Planto de Legal A desoir -I,.oi.aoI3,---,..,I:.,i 1 5 qor rayos nido nidos ni eoaisideroeielor personal de loe espadamos ludilodos. dow reeollodo de le palmero elapo de Aedil0010, A 3 2 CF Easaninarleregiotoci.isdolosacrwsoarsibelae000y Cono reralosea y el ealawleoielaoo de lo E eomiolr lo corrordaaeiu alare las eeeaodaciooea iogaeaadea ni la Tesoreola Gennol, las reglslrorieoes ::::.:lb0 NIaaIuciloabdaIl eferioadsg ero lo C:aooálriaOeJ100iyveriílçoroo 1400lioorl;reesodsriauoop:rioe-eooolrlboloros yaros Legal Pniosciam A definir O O 1 recalamos. Diigiolslieo general. e eoluoniobsl e jdemlfieeriúo de drogas lmrelsos no los procesos. addeoeomdeloe&1oodeloindecd R mfr- Ç O O CF LOO O O a a 9 a o o t A0ernSud6atsIes A daoees A&n drhsrarnu,utrsajes Aleoe, ode0jlasalencer ocdç*gz Lceal AdCfLS ; s AçkninnJp Per.rMI resudo / Heoss1H de b abojo pnoej so Pian 39:0 HcraelH lota] oso HoraasfH sabojos nr plazaiffcador E :280 ( 4rs Cenlodoeeo Pecosa] Necesaria- Térroiaos 4 Dir sibsr:&o Revisouss 5 Abagidos lilli.nhicqradod J REGU0 a%iatoti O rebafl...,s,rtssinbms PLAN ANUAL SGM PIenOrIO?I. ng. arte A el Moreyra IrICIPO Sindicatura n rol MUnicipal Ushu ja?cg. SIIv L. Oya n Santana resido o Wn 4icet- Generai Muriidpai rc UshIlalo

33 Sistema Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 31 en Provincia de Tierra del Fuego ei Pienario de Miembros Antártida e Islas del Atlántico Sur 1.eiura General Munidpsl ubnula Ushuaia, o 1 I4Mk VISTO, el Expediente SM N 0071/2017 caratulado: Concejal Ricardo GARRAMUÑO 8/ Solicitud de intervención Expíe. N 7271/2017 repavinientación 1400 mts. Avda. Perito Moreno ; y Obras complementarias CONSIDERANDO Que, a fs. 1, se presenta el Concejal Ricardo GARRAMIJÑO, requiriendo la intervención de la Sindicatura en el Expte. OP N 7271/2017, ante el dictado del Decreto Municipal N 1831/2017, por medio del cual se adjudica en forma directa a la empresa ZIMENTAR S.R.L. los trabajos de Obras complementarias repavimentación de 1400 mts. Av. Perito Moreno de Promoción de Inversiones por Iniciativa Privada Que, a fs. 12/vta., la Vocal Legal, Dra. Silvina L. OYARZUN SANTANA, en ejercicio de la Presidencia de la Sindicatura General Municipal, provee caratular la presentación; y, gira a Vocalía Técnica para conocimiento. Que, a fs. 13 dispone, conforme procedimiento de estilo el pase a la Secretaria, a efectos de proyectar dictamen jurídico relativo a la competencia, y los tópicos objetos de la denuncia. A, fs. 14/15, memora Dictamen Jurídico Secretaria N 05/18 en el que la Dra. Carolina Silvia SALGADO, Secretaria del organismo concluye que:... los hechos denunciados se encuentran dentro de la órbita de este Organismo... Que, conforme lo establece el artículo 204, inciso 13 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución de la Sindicatura: Realizar investigaciones especiales y auditorias contables, presupuestaria, financiera, económica, patrimonial, legal, operativa y de gestión.... Que, a fs. 16/vta, se dispone, conforme lo resuelto en Reunión del Cuerpo Plenario de Miembros de la Sindicatura General Municipal, del día 23 de febrero de 2018, iniciar una Investigación Especial y encomendar funciones AD HOC al abogado Julio Rodolfo GIL, DNI N , conforme sus incumbencias profesionales y sin perjuicio de las funciones que le son propias. Que, mediante Resolución Plenaria SGM N 25/2014 se aprobaron las normas de Procedimientos aplicables en el desarrollo de investigaciones especiales, aplicables al presente. Que reunido el quórum necesario, los suscriptos se encuentran facultados para la emisión del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en los artículos 204 y 207 de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Municipal N 3455 y su modificatoria. Por ello: Las lsiis Malvinas Georgias y Sandwich del Sur son j seran Argentinas

34 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 32 Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur de! de Miembros a - rsg1ricr]i Muiapit DE LACIUDAD DE USHUAIA 11/1.2.- LA RESUELVE ARTICULO l0. ORDENAR la realización de una Investigación Especial, con el previsto en la Resolución Plenaria S.G.M. N 25/2014; y, conferidas en el artículo 204, inciso 13 de la Carta Orgánica Municipal. alcance en atención a las atribuciones ARTICULO 2 - ENCOMENDAR la labor de auditoria Ad FIoc al abogado Julio Rodolfo GIL, DNI N , ene! marco de la Resolución Plenaria SGM N 25/2014. ARTICULO 3.- OTORGAR al auditor designado, un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente, para emitir un pre-informe en el marco de las presentes actuaciones, conforme lo previsto en el artículo 5, de la mentada resolución. ARTÍCULO 4.- Por Secretaría Privada del Cueipo Plenario de Miembros registrar, notificar, publicar. Cumplido, archivar RESOLUCIÓN PLENARIA S.G.M. N / Moreyra nera1 Municipal 11J212 San tar.a Munldpal Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

35 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 33 er;jt Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur Ushuaia, 09 MAR VISTO el expediente N 0048/2017, del registro de esta Sindicatura General Municipal; y CONSIDERANDO: Que la intervención de este organismo obedece a la denuncia interpuesta a fs. 2 a 13, por el Lic. Ricardo J. GARRAMUÑO, en carácter de Concejal de la Ciudad de Ushuaia. Que resulta pertinente transcribir el Artículo 204, Inciso 13 de la Carta Orgánica Municipal que establece es atribución de la Sindicatura Municipal: Realizar investigaciones especiales y auditorias contables, presupuestaria, financiera, económica, patrimonial, legal, operativa y de gestión, por iniciativa propia o a solicitud del Intendente, del Concejo Deliberante o del Defensor del Pueblo. Que de la lectura del mencionado precepto este Cuerpo Plenario entiende que la línea de acción a seguir es la de iniciar una investigación especial, a los efectos de verificar la posible existencia de perjuicio fiscal. Que la conclusión vertida en el Dictamen Jurídico Secretaría N 04/2018, obrante a fojas 18 y 19, comprueba que el sustrato se encuentra bajo la órbita de control de este Organismo, sugiriendo como procedimiento de fiscalización el regulado mediante la Resolución Plenaria SGM N 25/ , Procedimiento de Investigaciones Especiales. Que mediante la mencionada resolución (Resolución Plenaria N 25/2014), se establece que debe designarse un Auditor, a fin de proceder a la investigación de los hechos vislumbrados en estas actuaciones. Que a los fines de garantizar el regular funcionamiento de las actividades y prestaciones desempeñadas por este Organismo, deviene necesario proceder a encomendar funciones A]) HOC, detalladas en el Considerando anterior, al Doctor Rodolfo Gil, DM , en su carácter de Relator de Vocalías, conforme sus incumbencias profesionales y sin perjuicio de las funciones que le son propias. Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del presente, reuniendo el quórum necesario conforme artículos 204 y 207 de la Carta Orgánica Municipal y artículos 23, 25 y 30 de la Ordenanza Municipal N Por ello: LA RESUELVE: ARTICULO 1.- ORDENAR una investigación especial en el marco de la Resolución Plenaria SGM N 25/2014, que deberá ser llevada a cabo por un Auditor AD HOC. ARTICULO 2 - ENCOMENDAR la labor de Auditor AD HOC, al Relator de Vocalías, Dr. Julio Rodolfo GIL DNI , en el marco de la Resolución Plenaria SGM N 25/2014, Anexo 1, acápite 2).- ARTICULO 3.- OTORGAR un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente, para elevar un informe preliminar sobre las presentes////.2,/// Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

36 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 34 t Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur 1/1.2. actuaciones, proponiendo asimismo, presente investigación, conforme objeto la presente.- de la de la Resolución Plenaria SGM N 4.- Notificar a los 5.- ARTÍCULO ARTICULO el 25/ período establecido lo de tiempo que estima abarcará punto en el interesados con copia certificada Registrar. Comunicar. Dar copia RESOLUCIÓN PLENARIA S.GM. N al Cumplido, archivar.- / de Boletín Oficial 6 del Anexo de el Ushuaia. Morera MunicpaI Santana MunldPal Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

37 u u Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 35 Provinci Antártida e Islas del Atlántico MUNICIPAUDAD DE SINDICATURA GENERAL. MUNICIPAL Ushuaia, 13 MAR. ZDIS VISTO la Resolución Plenaria SGM N 003/2018, de fecha 08/02/2018; y CONSIDERANDO: Que en la Resolución Plenaria consignada en el Visto, se procedió en el Artículo tercero a recomendar a la Secretaria Legal y Técnica de la Municipalidad de Ushuaia, elabore procedimiento o mecanismos de Certificación de servicios que brinden certeza y seguridad de la real prestación de servicios prestados por el personal contratado. Que en esta instancia se advierte, a la luz de la presentación de fojas 76/81, que en la parte resolutiva del pronunciamiento invocado, se incurrió en yerro al designar el área encargada de elaborar el procedimiento. Que a fin de evitar inconvenientes, se dispone modificar el error aludido y agregar en el artículo 30: RECOMENDAR a la Secretaría de Coordinación y Gestión, que a través del área que corresponda, proceda a elaborar procedimiento o mecanismos de certificación de servicios que brinden certeza y seguridad de la real prestación de servicios prestados contratado. por el personal Que consecuentemente se procede a enmendar lo indicado precedentemente, a cuyo fin se dicta la presente aclaratoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del C.P.C.C.L.R y M. de la Provincia. Que los suscriptos se encuentran facultados para la emisión del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Municipal N 3455, y Reglamento Interno, aprobado por Resolución Plenaria S.G.M. N 009/2014 Por ello: LA DE USHUAIA RESUELVE ARTÍCULO 1.- Corregir el yerro advertido en Resolución Plenaria SGM N 003/2018, por el siguiente texto: ARTÍCULO 3 RECOMENDAR a la Secretaría de Coordinación y Gestión, que a través del área que corresponda, proceda a elaborar procedimiento o mecanismos de certificación de servicios que brinden certeza y seguridad de la real prestación de servicios prestados por el personal contratado. ARTICULO 2.- NOTIFICAR al Señor SOUTO OSCAR H. en carácter de Secretario de Coordinación y Gestión, con copia certificada de la presente y del Informe N 004/2017 Letra: Investigaciones Especiales, obrante a fojas 52/55.- ARTICULO 3.- NOTIFICAR al Secretario de Gobierno, Señor BECCERRA Omar, a la Secretaria Legal y Técnica Dra. VUOTO M. Victoria y al Señor SOSA Hernán, con copia autenticada del presente acto para conocimiento. Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

38 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 36 Provlncl idel Fuego AntártIda e Islas Cel Atlántico Sur /11.2. ARTICULO 4.- Registrar. Comunicar. Dar al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido. Archívese. 013 RESOLUCION PLENARIA S.GM /2018 ira General Municipal Ushuaia Las islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas.

39 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 37 t Provlnci idel Fuego Antártida e Islas cei Atlántico Sur 011 Ushuaia, 13 MAR VISTO el Expediente N 0044/2017 Asunto Concejal Ricardo GARRAMUÑO s/solicitud de intervención predio F -1-Sa ; y CONSIDERANDO: Que en fecha 08/09/2017 el señor Concejal Lic. GARRAMUÑO Ricardo J, interpone en los estrados de este Organismo, un escrito relativo a la falta y/o ausencia de ratificación del Convenio de uso, conservación y custodia llevado adelante entre la Municipalidad de Ushuaia representada por el Señor Intendente VUOTO Walter y por la otra parte la firma HORMIX S.A. representada por el Señor AGRA Walter, que data del 13 de julio de 2016, identificado con número de registro 10465/2016. Que de la lectura del libelo se desprende como tópico central a analizar, la falta de ratificación del convenio suscripto oportunamente, conforme lo señalado en el párrafo inmediato anterior. Que en fecha 25/09/2017 el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, en el artículo 1 dispone RatWcar en todos sus términos el Decreto N 1115/2017, mediante el cual se aprueba el Acta Acuerdo registrada bajo N 11609, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia y la firma Hormix LA. Que en el contexto detallado, la cuestión traída para intervención del Plenario de Miembros, deviene en abstracto por haber desaparecido el elemento concreto sobre el cual la Sindicatura General Municipal debiera pronunciarse, conforme el criterio adoptado en el Informe Jurídico N 07/2017, obrante a fojas 14. Que tal como señala el informe precitado con la aprobación del Acta Acuerdo que se refiere a idéntico predio y sujetos a los intervinientes en el Convenio de Uso, Conservación y Custodia, por parte del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, se ha perdido la causa de estudio que debiera llevar adelante este Organismo de Control, por lo que resulta improcedente ingresar al análisis del fondo de la cuestión, a fin de evitar dispendio de la actividad jurisdiccional administrativa. Que en consecuencia habiendo perdido virtualidad el objeto de análisis en las presentes actuaciones, corresponde declarar abstracta la intervención de este Organismo. Que los suscriptos se encuentran facultados para la emisión del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Municipal N 3455, y Reglamento Interno, aprobado por Resolución Plenaria S.G.M. N 009/2014 Por ello: Las Islas Malvinas, Seorgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas.

40 Ushuaia, 16 de marzo de 2018 Año XXVIII - N 57/2018 página 38 Provlnci ide! Fuego Antártida e islas del Atlántico Sur LA SINDICATURA GENERAL MUNIC IPAL DE USHUAIA RESUELVE ARTÍCULO 1.- DECLARAR ABSTRACTA, la intervención de esta Sindicatura General Municipal, por las consideraciones expuestas precedentemente. ARTICULO 2.- NOTIFICAR al Concejal Lic. GARRAMUÑO Ricardo 3, con copia certificada del presente acto. ARTICULO 3.- Registrar. Comunicar. Dar al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido. Archívese. 011 RESOLUCION PLENARIA S.G.M /2018 ain A el orey SifldicaturaGe( unicipal Santana Municipal Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur sony serán Argentinas. -2-

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