Entrenamiento Anual de CLASS

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1 Abuso, Abandono y Explotación Entrenamiento Anual de CLASS Definiciones Abuso Se define como la causa intencional o negligente de lesiones, confinamiento irrazonable, intimidación, castigos crueles que causen dolor físico o emocional a un adulto mayor o persona discapacitada por parte de quien le brinda servicios de cuidado, un miembro de la familia, u otro individuo que tenga algún tipo de relación con la persona. El abuso sexual de un adulto mayor o persona discapacitada, incluyendo cualquier conducta sexual involuntaria o no consensual, incluyendo exposición indecente u ofensas violentas cometidas por el cuidador de la persona, un miembro de la familia u otro individuo que tenga algún tipo de relación con la persona, es considerado una ofensa criminal y es castigado por la ley según el código penal. o Abuso Físico el uso de fuerza física que pueda resultar en lesiones corporales, dolor físico o incapacidad. Los ejemplos incluyen los golpes (con o sin objetos), bofetadas, puñetazos, empujones, jaloneos, patadas, pellizcos, quemaduras, uso inadecuado de drogas y sujetares físicos, alimentación forzada y castigos físicos. Abuso Psicológico o Emocional causar angustia, dolor o aflicción a otra persona por medio de acciones verbales o no verbales. Los ejemplos incluyen: Agresiones verbales, insultos, amenazas, intimidación, humillación y acoso. o Abuso Sexual contacto sexual o fotografías de una persona sin su consentimiento. De igual manera, el contacto sexual con cualquier persona incapaz de otorgar su consentimiento. Son ejemplos de esto los tocamientos indeseados y todos los tipos de agresión o maltrato sexual, incluyendo violación, sodomía, desnudez forzada y tomar fotografías de carácter sexual. Abandono falta de provisión de los bienes y servicios, incluyendo servicios médicos, que sean necesarios para prevenir daño o dolor físico o emocional. o Falta de los Cuidados, Bienes y Servicios necesarios para mantener la salud o seguridad de un individuo. Son ejemplos de esto la falta de alimento, agua, ropa, medicina, techo, supervisión, seguridad personal, higiene y servicios médicos. o Puede tratarse de una conducta repetida o un incidente aislado el cual produce o podría producir daño físico o psicológico serio o riesgo de muerte. o Incapacidad de un individuo en ausencia de su cuidador que produzca o pueda producir daño físico o psicológico serio o riesgo de muerte. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 1

2 Explotación el acto o proceso ilegal o impropio de un cuidador, un familiar u otro individuo relacionado con el adulto mayor o persona discapacitada, que comprenda el uso o el intento de uso de los recursos del adulto mayor o persona discapacitada; esto incluye el número de seguro social de la persona u otra información de identificación, con fines de lucro, beneficio personal o ganancia sin el consentimiento informado del adulto mayor o persona discapacitada. o Explotación Financiera o Material es el uso ilegal o sin autorización, de los fondos, activos, propiedad, poder legal o tutela de una persona por parte de otro para obtener una ganancia para sí o para un tercero. Son ejemplos de esto el cobro de cheques sin autorización, falsificación de firmas, uso indebido o robo de dinero o posesiones y forzar o engañar a alguien para la firma de un documento. o Explotación Laboral o de Actividades consiste en causar o solicitar que un individuo realice una actividad o trabajo impropio, ilegal o en contra de la voluntad razonable de un individuo. Son ejemplos de esto las tareas forzadas o actividades que no sean parte del plan escrito de cuidados del individuo o que no hayan sido prescritas o autorizadas por el médico del individuo. Signos y Síntomas Abuso Físico o moretones, ojos morados, ronchas, cortes y marcas de ataduras; o huesos rotos y fracturas de cráneo; o heridas, cortes, punciones, heridas sin tratamiento en varias etapas de sanación; o esguinces, dislocaciones y lesiones o hemorragia internas; o anteojos rotos, rasgos de haber recibido castigo físico y signos de sujeción; o el reporte que haga un individuo de haber sido golpeado, abofeteado, pateado o maltratado; y o la negativa del cuidador para que el individuo reciba visitas a solas. Abuso Psicológico y Emocional o emocionalmente molesto o agitado; o extremada e inusualmente retraído, el individuo no se comunica o no responde; o comportamiento infantil inusual (chuparse el dedo, morder, mecerse); y o el reporte que haga un individuo de haber sido maltratado verbal o emocionalmente. Abuso Sexual o hematomas alrededor de los senos o área genital; o enfermedad venérea o infección genital inexplicable; o sangrado anal o vaginal inexplicable; o ropa interior rasgada, manchada o sangrienta; y o el reporte que haga un individuo de haber sido abusado sexualmente. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 2

3 Abandono o deshidratación, desnutrición, llagas desatendidas y mala higiene personal; o problemas de salud sin atención o tratamiento; o condiciones de vida riesgosas o inseguras (cableado defectuoso, falta de calefacción o agua potable); o condiciones de vida poco sanitarias / suciedad (suciedad, pulgas, piojos en la persona, manchas en la cama, olor a excremento / orina, ropa inadecuada); y o el reporte que haga un individuo de haber sido maltratado. Explotación Material o Financiera o cambios repentinos en la cuenta bancaria o hábitos bancarios, incluyendo retiros inexplicables de cantidades importantes de dinero por la persona que acompaña al individuo; o agregar nombres en la tarjeta bancaria del individuo; o retiro no autorizado de fondos con tarjeta ATM; o cambios repentinos en el testamento u otros documentos financieros; o desaparición inexplicable de fondos o posesiones valiosas; o descuido en el pago o falta de pago de cuentas, aún y con la disponibilidad de recursos financieros adecuados; o descubrimiento de firmas falsificadas en documentos; o aparición repentina de parientes con los que había poco contacto, reclamando derechos sobre los asuntos y posesiones del individuo; o transferencia repentina e inexplicable de bienes a un miembro de la familia u otro individuo fuera de la familia; o provisión de servicios innecesarios; y o el reporte que haga un individuo de ser explotado. Explotación Laboral o de Actividad o el reporte de un individuo de haber sido forzado a participar en actividades que no son parte del plan de cuidados; o el reporte que haga un individuo de haber trabajado (trabajo no voluntario) sin recibir pago; y o el reporte que haga un individuo de haber sido forzado a realizar tareas o trabajo que no es parte de su plan de cuidado. Qué Hacer Siempre que haya causa para creer que un individuo ha sufrido abuso, explotación o abandono, inmediatamente reporte la información a su supervisor de DSSW y al Departamento de la Familia y Servicios de Protección de Texas (DFPS). Hay dos formas de reportar: Departamento de la Familia y Servicios de Protección al Llame a la Línea de Abuso, gratis, 24 horas al día, 7 días de la semana, en todo el país; o TxAbuseHotline.org Reporte al sitio web de DFPS y reciba respuesta en 24 horas. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 3

4 Cada reporte de sospecha de abuso, abandono y explotación será investigado individualmente por la agencia estatal apropiada. La ley de Texas dice que cualquiera que piense que un menor, una persona de 65 años o mayor, o una persona con discapacidad sufre abuso, abandono o explotación, debe reportarlo a DFPS. Una persona que, de buena fe, reporta abuso está exenta de responsabilidad civil o criminal. DFPS mantiene de forma confidencial el nombre de la persona que haga el reporte. Cualquier persona que no reporte sospechas de abuso podría considerarse responsable de un delito menor o grave. Los tiempos para investigar los reportes se basan en la seriedad de las alegaciones. Reportar sospechas de abuso ayuda a que las familias reciban ayuda. Problemas de escucha o habla Las personas con sordera, dificultad para escuchar, o con incapacidad del habla pueden reportar usando un aparato de comunicación para personas sordomudas (TTY) y accediendo a Relay Texas llamando al 711 o al La Línea de abuso es , o puede hacer un reporte en Derechos y Responsabilidades Individuales Como consumidores de los servicios de CLASS, los individuos tienen derecho a: 1. Tener los mismos derechos que todos los ciudadanos, a menos que algunos de esos derechos han sido retirados por un juez. Estos derechos incluyen el derecho al voto, a practicar su religión, a mantener sus posesiones, a comprar cosas y a casarse. 2. Estar a salvo de daños, a que no se aprovechen de usted y a que no se ignoren sus necesidades. 3. A elegir dónde vivir; sin embargo, el programa CLASS puede tener reglas acerca de los lugares donde puede vivir y seguir recibiendo servicios. 4. De asistir a las escuelas públicas hasta la edad de 22 años. 5. Para asuntos que requieren consentimiento, el individuo deberá ser capaz de comprender lo que está acordando. Si hay un tutor, este podrá tomar decisiones por él. 6. A tener una audiencia en la corte ante un juez antes de nombrar al tutor. Solamente un juez puede nombrarle un tutor. El tutor puede ser uno de los padres u otro adulto. 7. Si el individuo solicita un empleo y tiene las habilidades para desempeñarlo, no se le puede negar el trabajo con motivo de su discapacidad. Si tiene un trabajo, debe ser remunerado según lo establezcan las leyes. 8. A sus propio plan servicios individualizados. Puede ayudar a decidir qué plan tendrá y a hablar con el personal acerca de cómo el plan está funcionando. Si no está de acuerdo con el plan, si se muda o si se detienen los servicios, puede solicitar una junta para revisar su caso. Si tiene un tutor, esta sería una decisión con la que podría ayudarle. El personal debe revisar el plan con ellos por lo menos una vez al año. Puede solicitar un reporte por escrito acerca de su progreso. 9. A ser informado acerca del medicamento que toma. La medicina no debe usarse como castigo. 10. El proveedor debe proteger la información del individuo. Esto quiere decir que el proveedor no puede hablar acerca del individuo en CLASS con otros o permitir que otros vean los expedientes a menos que él o su tutor así lo autoricen por escrito, a menos que Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 4

5 la ley indique que esto está bien. La ley permite que el proveedor hable acerca del individuo y mostrar su expediente a otras personas involucradas en sus cuidados. 11. A comunicarle a alguien si no está satisfecho con sus servicios o si piensa que alguien no lo trata correctamente, llamando a Derechos del Consumidor al Si necesita ayuda para comunicarse, tiene el derecho a pedir ayuda. 12. El personal debe explicar sus derechos al individuo de una forma que los pueda entender. Los padres, tutor, familiares u otras personas que le ayuden también pueden recibir información acerca de sus derechos, si no los entienden, pueden hacer preguntas en cualquier momento. 13. A decidir la terminación de los servicios en cualquier momento o cambiar de opinión acerca de los servicios que recibe. 14. Si tiene que pagar por ciertos servicios, el individuo puede preguntar y debe ser informado antes de recibir los servicios acerca de cuánto tendrá que pagar. 15. Si piensa que ha sufrido abuso, debe comunicárselo a alguien de su confianza, por ejemplo a un miembro del personal, uno de sus padres, su tutor o algún familiar. Reporte el posible abuso al Departamento de la Familia y Servicios de Protección de Texas al A preguntar y ser informado si el personal que le atiende tiene los conocimientos y habilidades para el puesto. Debe conocer los nombres del personal con el que trabaja. 17. Puede elegir al proveedor o agencia proveedora para sus servicios, si cumplen con los requisitos de DADS para el programa. 18. Si necesita los servicios de un intérprete, el proveedor o agencia proveedora debe facilitarle uno a usted o a su representante cuando así lo solicite. 19. Si no está de acuerdo con la decisión del equipo de plan de servicios de negarle una solicitud de servicios, puede apelar esta decisión. Un participante cuya solicitud de admisión en el Programa CLASS es negada o no es atendida en un tiempo razonable, o cuyos servicios de CLASS han sido negados, suspendidos, reducidos o terminados por DADS; tiene derecho a una audiencia justa de acuerdo con el Código Administrativo de Texas, Título 1, Capítulo 357, Subcapítulo A (relativo a las Reglas Uniformes de Audiencia Justa) Con los derechos, también vienen ciertas responsabilidades que el individuo debe cumplir. Todos los consumidores del programa CLASS tendrán la responsabilidad de: Seguir las reglas y regulaciones del programa. Informar al personal de sus necesidades. Manifestar sus metas y propósitos al equipo, durante la junta de planeación. Hacer su mejor esfuerzo para observar el plan de servicio elaborado por el equipo de planeación de servicio. En adición a sus derechos y responsabilidades, el participante de CLASS debe cumplir con los siguientes requisitos obligatorios de participación. El participante de CLASS debe: 1. Completar y enviar una solicitud de elegibilidad financiera de Medicaid dentro del término requerido. 2. Participar en el equipo de planeación de servicio para desarrollar un Plan Individual de Cuidado (IPC) y renovar y revisar el IPC y el IPP según se requiera. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 5

6 3. Revisar, acordar, firmar y fechar el IPC e IPP. 4. Cooperar con la Agencia de Administración de Caso y con la Agencia de Servicios Directos en la entrega de servicios del Programa CLASS enumerados en el IPC. 5. Colaborar con la AAC y la ASD para programar juntas. 6. Acudir a las juntas programadas con el administrador de caso o proveedor de servicios. 7. Estar disponible para recibir los servicios del Programa CLASS. 8. Notificar con anticipación a la AAC y a la ASD si el individuo o su Representante Legal Autorizado (RLA) no podrá asistir a la junta programada o si no podrá recibir los servicios en su propio domicilio o el de su familia. 9. Admitir a los representantes de la AAC y la ASD en su casa para las juntas programadas o para recibir los servicios. 10. Cooperar con los proveedores de servicios de la ASD para asegurar el progreso de los objetivos y metas descritas en el IPP para cada Programa de Servicio CLASS indicado en el IPC. 11. Si HHSC lo encuentra financieramente elegible para los servicios del Programa CLASS con base en el límite especial institucional de ingresos, debe hacer el co-pago necesario de manera oportuna. 12. Notificar a la AAC y la ASD si el individuo recibe notificación de HHSC acerca de algún cambio en el estatus de la elegibilidad financiera del individuo para Medicaid. 13. No participar en actividades criminales en presencia del administrador de caso o del proveedor de servicios. 14. No permitir que persona alguna presente en su domicilio participe en actividades criminales en presencia del administrador de caso o del proveedor de servicios. 15. No acosar al administrador de caso y/o proveedor de servicios de tal manera que interfiera con su capacidad para brindar los servicios de CLASS, o actuar de manera que amenace el bienestar o la seguridad del administrador de caso y/o proveedor de servicio. 16. No permitir que en su domicilio, persona alguna acose al administrador de caso y/o proveedor de servicios de tal manera que interfiera con su capacidad para brindar los servicios de CLASS, o actuar de manera que amenace el bienestar o la seguridad del administrador de caso y/o proveedor de servicio. 17. Abstenerse de cualquier conducta o de permitir a alguien presente en su domicilio, cualquier conducta que ponga en riesgo el bienestar o la seguridad del administrador de caso o del proveedor de servicios. 18. No debe iniciar o participar en prácticas fraudulentas. 19. Evitar cualquier conducta que ponga en riesgo su bienestar o seguridad. 20. No permitir a ninguna persona en su domicilio desplegar cualquier conducta que ponga en riesgo el bienestar o seguridad del individuo. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 6

7 Norma # RI-100 Asunto: Abuso, Negligencia y Explotación (ANE) Aplica a: X LHH X PAS Norma: Los empleados de la agencia deberán asegurarse siempre de que el ambiente promueva la salud, seguridad y bienestar de todos los clientes. Cada cliente tiene el derecho de vivir y recibir los servicios en un ambiente cómodo que promueva la independencia, comunicación abierta y que promueva un servicio rápido. Todos los empleados y contratistas independientes de la agencia deberán reportar al Administrador de la Agencia sospechas de abuso, negligencia y/o explotación de un cliente. Luego será reportada a la Agencia estatal correspondiente. Los clientes serán informados de esta norma, verbalmente y por escrito, durante el proceso de admisión y después de esto, anualmente. Todos los empleados reciben entrenamiento anual acerca de la necesidad de reportar y las características del abuso, abandono y explotación. Definiciones: Abuso: Se define como la causa intencional de lesiones, confinamiento irracional, intimidación, castigos crueles que causen dolor físico o angustia (daño emocional o dolor causado por la angustia, dolor o sufrimiento a través de actos o de manera verbal, tales como la intimidación, insultos, amenazas, humillación y acoso). Abandono: Falta de provisión de bienes o servicios, incluyendo servicios médicos, los cuales son necesarios para evitar daño físico o emocional, o bien, la falta de provisión de dichos bienes o servicios por parte del cuidador. Explotación: El acto o proceso ilegal o impropio por parte del asistente, miembro de la familia u otro individuo que tenga una relación con la persona y que utiliza los recursos de este para obtener un beneficio monetario o personal, provecho o ganancia sin el consentimiento informado de dicha persona. Conducta Denunciable: Incluye el abuso o abandono que causa o puede causar la muerte o daño a algún individuo que reciba los servicios de la Agencia, abuso sexual de algún individuo que reciba los servicios de la Agencia, explotación financiera de algún individuo que reciba los servicios de la agencia y abuso emocional, verbal o psicológico que cause daño a algún individuo que reciba los servicios de la Agencia. Procedimiento: 1. Los clientes serán informados de esta norma, verbalmente y por escrito, durante el proceso de admisión y después de esto, anualmente. Todos los empleados reciben entrenamiento anual acerca de la necesidad de reportar y las características del abuso, abandono y explotación. 2. El Director de Programa / Administrador es responsable directo de asegurarse que todas las normas concernientes al abuso, incidentes y acción disciplinaria correspondiente sean observadas. 3. Cualquier acto concreto, presunto o amenaza potencial de abuso, explotación o negligencia por parte de los empleados de la Agencia, incluyendo voluntarios y contratistas, deberá ser reportada inmediatamente (dentro de las 24 horas) al Departamento de la Familia y Servicios de Protección al y a DADS al Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 7

8 4. La agencia iniciará una investigación acerca de los actos confirmados y presuntos de AAE por parte de los empleados, incluyendo voluntarios y contratistas, inmediatamente al atestiguar el acto o al recibir la denuncia. 5. El Director de Programa y/o la persona que reporta el abuso deberán llenar un reporte de incidente o queja. 6. El reporte de incidente o queja deberá ser enviado vía fax a la oficina corporativa dentro del siguiente día hábil. El Supervisor del Director del Programa o la persona que reporta el abuso (según sea aplicable) deberá ser contactado, en persona o por teléfono, dentro del siguiente día hábil. 7. Cada reporte de sospecha de abuso, abandono y explotación por parte del empleado de la agencia será investigado individualmente por la agencia y por la agencia estatal correspondiente. 8. El supervisor del empleado / contratista tomará la determinación de reasignar al empleado/contratista o suspender su contacto directo con los clientes durante la investigación. 9. Si la investigación confirma el reclamo, el empleado / contratista será despedido. 10. Esta determinación será tomada con la participación de un miembro del personal Ejecutivo Corporativo. 11. En el caso de explotación a un cliente por parte de un empleado, la agencia podría, a su discreción, rembolsar la cantidad que el cliente alega haber perdido, solamente si el cliente presenta una denuncia ante la policía. 12. La agencia enviará un reporte escrito de la investigación a DADS antes del décimo día después de haber reportado el acto a DADS y el Departamento de la Familia y Servicios de Protección. 13. Todos los empleados y contratistas deberán reportar cualquier conducta poco ética de un profesional del cuidado de la salud, al consejo de licencias profesionales o a su supervisor. 14. Todos los reportes de sospecha de abuso, negligencia o explotación deberán ser documentados por la agencia y dichos documentos serán mantenidos confidencialmente por la agencia según lo requiera la ley estatal. 15. La documentación deberá reportar únicamente observaciones y declaraciones del personal involucrado. La persona que elabora el reporte, no deberá documentar opiniones o conclusiones. 16. Copias de los reportes presentados ante los cuerpos policíacos locales o estatales serán mantenidos y retenidos por la agencia. 17. Todas las personas tienen el derecho y la responsabilidad de reportar incidentes de sospecha de abuso, negligencia o explotación. 18. Los incidentes de violencia familiar deberán ser reportados a los cuerpos policíacos locales o a DFPS. 19. Los reportes de violencia familiar pueden ser anónimos y pueden reportarse al Departamento de la Familia y Servicios de Protección al o a otra agencia, según lo determine el Código de Recursos Humanos. Annual CLASS Training Material (2/20/13) Page 8

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