CONVOCATORIA INTERNA No BASES DE CONVOCATORIA INTERNA
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- Margarita Blázquez Hidalgo
- hace 6 años
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1 1 CONVOCATORIA INTERNA No PARA PROCESO DE OPOSICIÓN PARA OCUPAR LOS PUESTOS VACANTES DE DIRECTORES I Y II a) Director General; b) Director Legislativo; c) Director Administrativo; d) Director de Recursos Humanos; e) Director de Auditoría Interna; f) Director de Comunicación Social y Relaciones Públicas; g) Director de Estudios e Investigación Legislativa; h) Director de Informática y Comunicaciones; i) Director de Asuntos Jurídicos. BASES DE CONVOCATORIA INTERNA 1. Solicitar en el de la Dirección de Recursos Humanos la ficha de participación para la convocatoria o descargar del Portal del Congreso de la República (link proceso de convocatoria) o 2. Completar en su totalidad la ficha de participación y adjuntarse como primer folio a la documentación indispensable para participar en la convocatoria. 3. La papelería debe presentarse en folder manila tamaño oficio,con gancho, en el orden requerido en los numerales de la ficha de participación, únicamente la fotografía debe estar engrapada en la parte interna del folder. 4. El expediente deberá estar foliado en cada una de las páginas. 5. El tiempo de recepción de expedientes será de 5 días hábiles, del 2 al 8 de mayo del presente año, en horario de 8:30 a 16:30 horas. 6. El lugar de recepción será el edificio La Casona, ubicado en la 9ª. avenida zona 1. LOS EXPEDIENTES INCOMPLETOS NO SE TOMARÁN EN CUENTA. NO SE ACEPTARÁN EXPEDIENTES FUERA DE LAS FECHAS Y HORARIOS ESTABLECIDOS. LA PRESENTACIÓN DEL EXPEDIENTE NO REPRESENTA OBLIGATORIEDAD PARA REALIZAR EL PROCESO NI PARA LA CONTRATACIÓN.
2 2 PUESTOS VACANTES DIRECTOR GENERAL El Director General es el enlace entre la Junta Directiva y los directores de recursos humanos, administrativo, financiero, de protocolo, comunicación social y las demás unidades administrativas. Tendrá, además de las delegadas por el Presidente del Congreso de la República, las siguientes funciones: La representación legal para suscribir contratos administrativos y de personal; Coordinar, supervisar e informar cuando se le requiera o como mínimo mensualmente, sobre las funciones generales de las direcciones, en materia financiera, administrativa, de recursos humanos, de protocolo, comunicación social y de las demás unidades administrativas; Revisar y elevar para su aprobación, de conformidad con la ley, y bajo su responsabilidad, los procesos de contratación, compras de bienes y servicios y otros aspectos generales, debiendo informar con detalle de todas sus actuaciones a la Junta Directiva del Congreso de la República; Atender todos los requerimientos de la Contraloría General de Cuentas; Suscribir mancomunadamente con el Director Financiero, los cheques y transferencias del Organismo Legislativo; Velar porque a las comisiones, a los bloques legislativos y a los diputados, les sean prestados pronta y eficazmente los servicios que requieran para el buen cumplimiento de sus funciones; Todas las funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva. a) Profesional universitario, graduado de carrera afín al puesto. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 156 Bis y Manual de Puestos página 17.
3 3 DIRECTOR LEGISLATIVO Trabajo ejecutivo que consiste en planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de la Dirección donde se ubica el puesto. El Director Legislativo tiene a su cargo y responsabilidad las funciones siguientes: Recibir las iniciativas de ley, y trasladarlas a la Presidencia del Congreso en orden cronológico de recepción, para su ordenada presentación al Pleno. Tramitar los expedientes relativos a la función legislativa del Congreso de la República. Cuidar de la conservación, recopilación, registro y archivo de las actas, de las grabaciones por medio de sistemas electrónicos de audio y audiovisuales, de los diarios de las sesiones del Congreso de la República, iniciativas de ley, decretos, acuerdos, puntos resolutivos y cualesquiera resoluciones aprobados por el pleno del Congreso. Asimismo, de la redacción, conservación, registro, archivo y custodia de las actas de Junta Directiva y de Comisión Permanente, Acuerdos de Presidencia y de la instancia de Jefes de Bloque. Supervisar, controlar y coordinar al personal técnico legislativo, de taquigrafía parlamentaria, y demás servicios al pleno. Recibir memoriales, expedientes o peticiones, propuestas de mociones, y proposiciones que presenten los Diputados en el Pleno del Congreso, las cuales deberá registrar y cursar al Secretario del Congreso en funciones; asistir a la Junta Directiva y a los Diputados en la presentación de asuntos ante el Pleno, y en la preparación de los decretos, acuerdos, puntos resolutivos y resoluciones. Ejercer cualquier otra función que le sea asignada por el Presidente del Congreso o la Junta Directiva. a) Se requiere la calidad de Abogado y Notario. c) Experiencia técnica parlamentaria. d) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 159 y Manual de Puestos página 17.
4 4 DIRECTOR ADMINISTRATIVO El Director Administrativo tendrá a cargo la gestión y ejecución de los asuntos administrativos del Congreso de la República, y coordinará la atención a las comisiones de trabajo, bloques legislativos y el personal que deba apoyarlos para asegurar la eficiencia de los servicios. Sus funciones serán coordinadas con la Dirección General del Organismo Legislativo. Tener a su cargo la gestión y ejecución de los asuntos administrativos del Congreso de la República. Coordinar la atención a las Comisiones de Trabajo, Bloques Legislativos y el personal que deba apoyarlos para asegurar la eficiencia de los servicios. Proponer las políticas, estrategias, manuales y reglamentos necesarios en la Dirección a su cargo. a) Profesional universitario, graduado de carrera afín al puesto. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 157 y Manual de Puestos página 11. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS El Director de Recursos Humanos tiene bajo su responsabilidad todo lo relativo a la administración del personal del Congreso de la República, la selección y evaluación de candidatos para ocupar puestos y cargos, excluyendo los referidos en los artículos 153 y 154 Bis de esta ley, y la organización, preparación y capacitación del personal. La, es el medio inmediato de comunicación de los trabajadores con la Dirección General del Congreso. Es responsable de que las contrataciones bajo cualquier renglón presupuestario en el Congreso de la República se realicen conforme a ley, quedando sujeto a las sanciones administrativas y penales que correspondan por incumplimiento de sus obligaciones. En todo caso queda a salvo su responsabilidad,
5 5 al informar por escrito al Director General y al Presidente del Congreso, o al presentar la denuncia que correspondiere. Proponer las políticas, estrategias, manuales y reglamentos que sean de su competencia. a) Profesional universitario, graduado de carrera afín al puesto. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 158 y Manual de Puestos página 11. DIRECTOR DE AUDITORIA INTERNA El Director de Auditoría Interna es el responsable de velar permanentemente porque la contabilidad de los ingresos y egresos del Congreso de la República, se lleven de conformidad con las normas internacionales de contabilidad, las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto y con estricto apego a las normas que emita la Contraloría General de Cuentas. Dará cuenta de su gestión a la Junta Directiva, podrá ser llamado al Pleno del Congreso, instancia de Jefes de Bloque o ante el Bloque Legislativo que lo solicite, para rendir informe o dar las explicaciones que le sean requeridas. Es responsable de informar y dar cuenta de cualquier irregularidad que encontrase en el desempeño de su cargo y remitir copia de su informe a cada Jefe de Bloque Legislativo y a la delegación de la Contraloría General de Cuentas. Verificará permanentemente porque todas las cuentas bancarias aperturadas a nombre del Congreso de la República, sean del conocimiento y aprobación de Junta Directiva. a) Contador Público y Auditor. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 162 y Manual de Puestos página 17.
6 6 DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS Trabajo ejecutivo que consiste en planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de la Dirección a su cargo. Las funciones serán fijadas por Junta Directiva y serán coordinadas por la Dirección General del Organismo Legislativo. Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades administrativas de la Dirección a su cargo. Velar por el cumplimiento de las normas y leyes en materia de su competencia. Proponer a la Dirección General del Organismo Legislativo, las políticas, estrategias, manuales y reglamentos correspondientes a su dirección. Dirigir al recurso humano a su cargo, para optimizar la realización de sus funciones. Participar en la elaboración de propuestas que permitan mejorar los procedimientos administrativos. Coordinar las actividades de formulación y ejecución de programas de la Dirección a su cargo. Elaborar el Plan Operativo Anual de la Dirección a su cargo. Presentar informes semanales del desarrollo de la Dirección a su cargo, a Dirección General. Asistir a reuniones convocadas por Junta Directiva y Dirección General. Convocar al recurso humano bajo su dirección a reuniones periódicas, para analizar el desempeño de las funciones asignadas. Proponer las políticas, estrategias, manuales y reglamentos necesarios. Desarrollar otras funciones inherentes al cargo. a) Profesional universitario, graduado de carrera afín al puesto. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 162 Bis, 162 Ter y Manual de Puestos página 11.
7 7 DIRECTOR DE ESTUDIOS E INVESTIGACION LEGISLATIVA Trabajo ejecutivo que consiste en planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de la Dirección a su cargo. El Director de Estudios e Investigación Legislativa tiene a su cargo y responsabilidad las funciones siguientes: Proporcionar los servicios de su competencia a las comisiones sobre los asuntos propios e inherentes a las mismas y sobre los procedimientos parlamentarios a desarrollar por éstas en el ejercicio de sus funciones. Asesorar y adecuar a la lógica y técnica jurídica, en congruencia, coherencia y concordancia con la técnica legislativa, toda iniciativa de ley que se conozca y discuta en las comisiones de trabajo, orientándoles sobre normas legales vigentes que podrían ser afectadas, las que deban derogarse o reformarse, así como las posibles inconstitucionalidades, incongruencias o incompatibilidades que pudieran observarse, en relación directa con el ordenamiento jurídico nacional. Seleccionar asesores parlamentarios que cumplan con el perfil requerido, velando por mantener un recurso humano calificado. Designar a las comisiones de trabajo el personal especializado requerido y que cumplan con el perfil adecuado para desempeñarse en las mismas. Asistir a las sesiones de las comisiones, cuando sea convocado por cualquiera de éstas. Asistir a las sesiones plenarias para evacuar las consultas técnicas relacionadas con las iniciativas, que surjan durante los debates. Brindar asesoría técnico-parlamentaria objetiva y profesional a las comisiones de trabajo, diputados en forma individual o colectiva y a la Comisión de Estilo, con la finalidad de mejorar el quehacer legislativo y parlamentario del Congreso de la República. Supervisar, controlar, evaluar y coordinar al personal que tuviere asignado en carácter de personal permanente que se encuentra a su cargo. Estar en permanente contacto con la Dirección Legislativa para informarse sobre las iniciativas a efecto que sobre tales instrumentos realice las sugerencias y observaciones que correspondan. Propiciar la gestión y el acopio de conocimiento técnico, científico y jurídico que sirva como herramienta para su función esencial en la prestación de servicios especializados en materia legislativa permanente. Proponer y gestionar soluciones técnicas para la investigación e innovación legislativa, haciendo uso de recursos tales como tecnologías de la información, alianzas con centros académicos o especializados, cuerpos técnicos de otros parlamentos, cooperación, organismos nacionales e internacionales, para el efecto debe presentar a Junta Directiva un programa anual de actividades de actualización y formación parlamentaria. Gestionar la capacitación constante del personal bajo su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos. Ejercer cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva.
8 8 a) Ser Profesional Universitario. c) Experiencia técnica parlamentaria. d) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 159 Bis y Manual de Puestos página 17. DIRECTOR DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES Trabajo ejecutivo que consiste en planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de la Dirección a su cargo. El Director de Informática y Comunicaciones tiene a su cargo y responsabilidad las funciones siguientes: Atender las necesidades y el buen funcionamiento de los sistemas del hemiciclo parlamentario y las bases de datos de servicios al mismo. Presentar a la Junta Directiva dentro de la segunda quincena del mes de enero, un plan de tecnología para el Organismo Legislativo. Custodia de los servidores y de la información del Congreso de la República. Crear las bases de datos y protocolo de resguardo de los sistemas de video y vigilancia. Orientar a los diputados, funcionarios y personal de apoyo sobre el uso de los equipos de cómputo. Coordinar las presentaciones y digitalización de documentos oficiales. Administrar usuarios de sistemas locales y externos. Coordinar el soporte técnico relacionado con programas informáticos y equipo. Coordinar el mantenimiento preventivo y correctivo, según el caso, a los equipos de cómputo y a los sistemas electrónicos del hemiciclo parlamentario durante las sesiones. Coordinar la instalación y configuración de conexiones en sistemas internos y externos. Verificar los contenidos y datos de las bases de datos y protegerlo de las diversas amenazas informáticas. Administrar enlaces de redes locales y externas. Coordinar la instalación de equipos que garanticen la conectividad a la red del Congreso de la República. Establecer políticas de seguridad en todo lo relacionado a informática. Velar por el buen funcionamiento de servicio telefónico, instalación de líneas, reparaciones y brindar mantenimiento preventivo y correctivo a la planta eléctrica y red de telefonía. a) Profesional universitario, graduado de carrera afín al puesto.
9 9 c) Con comprobada experiencia técnica en el área. d) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública. Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 159Ter y Manual de Puestos página 11. DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS Trabajo ejecutivo que consiste en planificar, coordinar, dirigir y controlar las actividades de la Dirección a su cargo. Realizar acciones administrativas en general como: elaborar dictámenes, convenios de cooperación, contratos, resoluciones, acuerdos oficiales, providencias, evacuar consultas solicitadas por Junta Directiva y de otras dependencias, asesoría. Elaborar informes circunstanciados solicitados por la Junta Directiva, Presidente del Congreso, Director General y las distintas Direcciones. Asesoría y asistencia judicial en los trámites administrativos y audiencias judiciales relacionados con los asuntos del Organismo Legislativo. Coordinar y supervisar a los procuradores que le sean asignados. Autenticación de documentos. Elaboración de Actas Notariales. Prestar asesoría a todas las unidades administrativas. Proponer estrategias de litigio a seguir en los casos. Desempeñar el auxilio, dirección y procuración de las demandas, procesos, denuncias presentadas por el Organismo Legislativo. Acompañamiento a evacuación de audiencias. Realizar cualquier otra función de apoyo que le sea requerida por el Presidente del Congreso, Junta Directiva o Dirección General. a) Abogado y Notario. c) Cinco años de experiencia en el desempeño de la función pública.
10 10 Ley Orgánica del Organismo Legislativo Artículo 162 Ter y Manual de Puestos páginas 10 y 11. DOCUMENTACIÓN INDISPENSABLE PARA PARTICIPACIÓN 1. Carta de interés dirigida a la Junta Directiva del Congreso de la República indicando el puesto al que desea aplicar. 2. Currículo Vitae con fotografía. (Indicar número de teléfono, dirección y correo electrónico). Detallar funciones en cada puesto desempeñado, así como períodos laborados en formato día/mes/año y sus respectivas constancias laborales. 3. Fotocopia del Documento Personal de Identificación -DPI- (legible). 4. Fotocopia del o los Títulos Profesionales y créditos académicos (sellos legibles de la Contraloría General de Cuentas y la Superintendencia de Administración Tributaria SAT-). 5. Original de constancia de Colegiado Activo. 6. Original de carencia de Antecedentes Policiacos (Vigencia de 6 meses). 7. Original de carencia de Antecedentes Penales (Vigencia de 6 meses). 8. Fotocopia de la constancia de Registro Tributario Unificado-RTU-, actualizado y ratificado. 9. En el caso de aplicar a los puestos de Director Legislativo y Director de Estudios e Investigación Legislativa deberá presentar Constancia de experiencia Técnica Parlamentaria (extendida por la Dirección Legislativa). Observaciones: a) En el caso de ser seleccionado para ocupar la vacante; deberá presentar adicionalmente la constancia transitoria de inexistencia de reclamación de cargos en original Finiquito Contraloría General de Cuentas (Artículo 16 literal b) de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y empleados públicos). b) En el caso de ser seleccionado para ocupar la vacante de Director de Auditoría Interna; deberá haber aprobado los cursos de capacitación que imparte la Contraloría General de Cuentas (Artículo 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas).
11 11 APTITUDES REQUERIDAS PARA EL DESEMPEÑO DE LOS PUESTOS a) Habilidad verbal y comunicación; b) Capacidad para la toma de decisiones; c) Organización de trabajo en equipo; d) Capacidad de atender tareas múltiples; e) Pensamiento estratégico: f) Iniciativa; g) Capacidad de observación; h) Capacidad de organización; i) Pensamiento creativo; j) Resolución de conflictos. PARA TODAS LAS VACANTES, SE OFRECE: a) Contratación con cargo al renglón cero once (R-011). b) Salario conforme al Manual de Salarios del Organismo Legislativo. c) Prestaciones de Ley. Base legal: Constitución Política de la República de Guatemala. Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número del Congreso de la República. Ley de Servicio Civil del Organismo Legislativo, Decreto Número del Congreso de la República. Reglamento de la Ley y del Sistema de Servicio Civil del Organismo Legislativo. Manual de Organización. Manual de Procedimientos Administrativos. Manual de Puestos. Manual de Salarios.
12 12 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA OCUPAR PUESTOS VACANTES Junta Directiva remite punto de acta en donde instruye para que se dé inicio al proceso de convocatoria para la ocupación de plazas vacantes a la Dirección General. La Dirección General instruye a la Dirección de Recursos Humanos para la elaboración del proyecto de convocatoria interna. La elabora y remite proyecto de convocatoria interna para la ocupación de plazas vacantes a la Dirección General. Preparación de la publicación y difusión de la Convocatoria Interna. Junta Directiva remite aprobación del proyecto de convocatoria interna a Dirección General. Se giran instrucciones a la para la ejecución del proceso. Dirección General eleva el proyecto de convocatoria interna para la aprobación de Junta Directiva. Publicación y difusión de la Convocatoria Interna en todos los lugares visibles de las instalaciones del Organismo Legislativo y en sus medios de comunicación oficial. Inicia proceso de recepción de expedientes en las fechas previstas en la Convocatoria Interna. Revisión general de expedientes y filtrado de currícula. En esta etapa se verifica que los expedientes cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria interna. Seleccionar nómina de candidatos elegibles para las plazas vacantes. Realización de tabla de valoración de candidatos. Pruebas técnicas y entrevistas a los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de Convocatoria Interna. Aplicación e interpretación de pruebas psicométricas a los candidatos que integran las nóminas. Presentación de nóminas de candidatos elegibles a Dirección General quien eleva a Junta Directiva para decisión final. En caso de empate entre candidatos elegibles, Junta Directiva deberá realizar una entrevista final como medio de desempate. Se realizarán las notificaciones de los resultados de la convocatoria interna a todos los candidatos. Se suscriben los contratos correspondientes y Actas de tomas de posesión de los candidatos seleccionados para ocupar los puestos vacantes. Inicia el período de prueba. Dirección General remite punto de Acta a la para el trámite correspondiente. Junta Directiva mediante Acta resuelve contratar a los candidatos seleccionados para ocupar los puestos vacantes. Remite documento a Dirección General para el trámite correspondiente.
13 13 ETAPAS Y PLAZOS PARA OCUPAR PUESTOS VACANTES Etapa I. Autorización inicial por Junta Directiva II. Elaboración de proyecto de convocatoria III. Publicación y difusión de Convocatoria Interna IV. Reclutamiento Actividad Junta Directiva remite punto de acta en donde instruye para que se dé inicio al proceso de convocatoria para la ocupación de plazas vacantes a la Dirección General. La Dirección General instruye a la para la elaboración del proyecto de convocatoria interna. La elabora y remite proyecto de convocatoria interna para la ocupación de plazas vacantes a la Dirección General. Dirección General eleva el proyecto de convocatoria interna para la aprobación de Junta Directiva. Junta Directiva remite aprobación del proyecto de convocatoria interna a Dirección General. Se giran instrucciones a la para la ejecución del proceso. Preparación de la publicación y difusión de la Convocatoria Interna. Publicación y difusión de la Convocatoria Interna en todos los lugares visibles de las instalaciones del Organismo Legislativo y en sus medios de comunicación oficial. Inicia proceso de recepción de expedientes en las fechas previstas en la Convocatoria Interna. Revisión general de expedientes y filtrado de currícula. En esta etapa se verifica que los expedientes cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria interna. Pruebas técnicas y entrevistas a los candidatos que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de Convocatoria Interna. Realización de tabla de valoración de candidatos. Seleccionar nómina de candidatos elegibles para las plazas vacantes. V. Aplicación e interpretación de pruebas psicométricas a los candidatos que integran Selección las nóminas. Presentación de nóminas de candidatos elegibles a Dirección General quien eleva a Junta Directiva para decisión final. En caso de empate entre candidatos elegibles, Junta Directiva deberá realizar una entrevista final como medio de desempate. VI. Se realizarán las notificaciones de los resultados de la convocatoria interna a todos Notificación los candidatos. Junta Directiva mediante Acta resuelve contratar a los candidatos seleccionados VII. para ocupar los puestos vacantes. Remite documento a Dirección General para el Aprobación de trámite correspondiente. Contrataciones Dirección General remite punto de Acta a la para el trámite correspondiente. VIII. Se suscriben los contratos correspondientes y Actas de tomas de posesión de los Contratación y candidatos seleccionados para ocupar los puestos vacantes. Inicia el período de nombramiento prueba. Total de días hábiles para la Convocatoria Interna Plazo en días hábiles 1 día 1 día 5 días 5 días 1 días 1 día 3 días 5 días 2 días 4 días 2 días 1 día 4 días 5 días 1 día 5 días 1 día 3 días 50 días
14 14 TABLA DE VALORACIÓN GENERAL No. Criterio para evaluar Medios de verificación Parámetros de calificación Ponderación parcial Ponderación total 1 Académicos 2 Experiencia 3 Pruebas y Entrevistas Título Diplomas Cursos de Capacitación y otros. Currículum, Constancias laborales, contratos o en su defecto Acta de Declaración Jurada Pruebas Entrevista por la Dirección de Recursos Humanos Licenciatura / Carrera afín. Posgrado y/o maestría afín. Cursos, capacitaciones y otros estudios afines al puesto. 5 años (experiencia en la materia) De 5 años en adelante (experiencia en la materia) Desenvolvimiento, dominio del tema, competencias y conocimientos para el puesto TOTAL 100 Observaciones: Experiencia. Con base a lo establecido en la Ley Orgánica del Organismo Legislativo y el Manual de Puestos, otro requisito indispensable para optar a cargos de Directores I y II es la comprobada experiencia en la materia; para lo cual se verificará la experiencia consignada en el Currículum Vitae y las constancias laborales. Para la asignación de los 10 puntos correspondientes a Experiencia de 5 años en adelante, se darán 2 puntos por cada año de experiencia, hasta un máximo de 10 puntos. Académicos. Para la asignación de los 5 puntos correspondientes a Cursos de capacitación y otros, se dará 1 punto por cada curso, hasta un máximo de 5 puntos.
15 15 TABLA DE VALORACIÓN DESEMPATE No. Criterio para evaluar Parámetros de calificación 1 Entrevista final Entrevista final con la Autoridad Nominadora Ponderación total 100 Total 100
16 16 CALENDARIO DE ACTIVIDADES CONVOCATORIA INTERNA No. Actividad Responsable Junta Directiva remite aprobación del proyecto de convocatoria interna a Dirección General. Se giran instrucciones a la para la ejecución del proceso. Preparación de la publicación y difusión de la Convocatoria Interna. Publicación y difusión de la Convocatoria Interna en todos los lugares visibles de las instalaciones del Organismo Legislativo y en sus medios de comunicación oficial. Inicia proceso de recepción de expedientes en las fechas 4 previstas en la Convocatoria Interna. Revisión general de expedientes y filtrado de currícula. En esta etapa se verifica que los expedientes cumplan los 5 requisitos establecidos en las bases de la convocatoria interna. Pruebas técnicas y entrevistas a los candidatos que 6 cumplan con los requisitos establecidos en las bases de Convocatoria Interna. Junta Directiva 1 25/04/ /04/ /04/ /04/2018 en colaboración con: Comunicación Social y Relaciones Públicas e Informática y Comunicaciones 3 26/04/ /04/ /05/ /05/ /05/ /05/ /05/ /05/ Realización de tabla de valoración de candidatos. 2 17/05/ /05/ Seleccionar nómina de candidatos elegibles para las plazas vacantes. Aplicación e interpretación de pruebas psicométricas a los candidatos que integran las nóminas. Presentación de nóminas de candidatos elegibles a Dirección General quien eleva a Junta Directiva para decisión final. En caso de empate entre candidatos elegibles, Junta Directiva deberá realizar una entrevista final como medio de desempate. Se realizarán las notificaciones de los resultados de la convocatoria interna a todos los candidatos. Junta Directiva mediante Acta resuelve contratar a los candidatos seleccionados para ocupar los puestos vacantes. Remite documento a Dirección General para el trámite correspondiente. Dirección General remite punto de Acta a la Dirección de Recursos Humanos para el trámite correspondiente. Se suscriben los contratos correspondientes y Actas de tomas de posesión de los candidatos seleccionados para ocupar los puestos vacantes. Inicia el período de prueba. Cantidad de días 1 21/05/ /05/ /05/ /05/ /05/ /06/ /06/ /06/2018 Junta Directiva 5 05/06/ /06/2018 Dirección General 1 12/06/ /06/ /06/ /06/2018 Abril Mayo Inicio Finalización Semanas hábiles Junio
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