INTRODUCCIÓN 3 BASE LEGAL 4 I. OBJETIVO 6 II. NORMAS GENERALES 7. III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo 10 b) Normas 11

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INTRODUCCIÓN 3 BASE LEGAL 4 I. OBJETIVO 6 II. NORMAS GENERALES 7. III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo 10 b) Normas 11"

Transcripción

1 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y COORDINACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR E INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DEL BACHILLERATO EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA NORMAS DE ADMINISTRACIÓN ESCOLAR PARA EL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA QUE OPERAN LOS COLEGIOS DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS EN LOS ESTADOS (DOCUMENTO DE TRABAJO) AGOSTO DE 2001

2 ÍNDICE Página INTRODUCCIÓN 3 BASE LEGAL 4 I. OBJETIVO 6 II. NORMAS GENERALES 7 III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo 10 b) Normas 11 IV. REINSCRIPCIÓN a) Objetivo 14 b) Normas 15 V. ACREDITACIÓN a) Objetivo 18 b) Normas 19 VI. REGULARIZACIÓN a) Objetivo 22 b) Normas 23 VII. CERTIFICACIÓN a) Objetivo 24 b) Normas 25 VIII. GLOSARIO 28 2

3 INTRODUCCIÓN La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) en coordinación con la Dirección General del Bachillerato (DGB) han elaborado y diseñado las normas de administración escolar del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) para regular los procedimientos de inscripción, reinscripción, acreditación, regularización y certificación de los alumnos de los centros de servicios operados por los Colegios de Estudios Científicos y Tecnológicos en los Estados (CECyTE s). El cumplimiento de las normas aquí señaladas, permitirá el seguimiento y control de los estudiantes del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. Se solicita la colaboración de las instituciones responsables de la operación, de los responsables de los centros de servicios y asesores para la aplicación de estas normas, con el fin de que el proceso de administración escolar logre la homogeneidad en todos los centros. El contenido de este documento está integrado por la base legal, los objetivos y las normas de administración escolar, para los centros de servicios del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) que operan los CECyTE s. Cualquier sugerencia, aportación o comentario al contenido de este documento, podrá enviarse a: - Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación. Dinamarca núm. 84, 8 piso, Col. Juárez, C.P , Deleg. Cuauhtémoc, México, D.F., Tel ext , dirección de correo electrónico gortiz@sep.gob.mx - Dirección General del Bachillerato. José María Rico núm. 221 esq. con Moras, Col. del Valle, C.P , Deleg. Benito Juárez, México, D.F., Tel ext

4 BASE LEGAL - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo Tercero. Reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 5 de marzo de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de Reforma del 28 de diciembre de Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Diario Oficial de la Federación del 8 de febrero de Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 23 de junio de Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo , Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo de Manual General de Organización de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 16 de diciembre de Acuerdo número 17 por el que se establecen las normas a que deben sujetarse los procedimientos de evaluación del aprendizaje en los distintos tipos y modalidades de la educación bajo el control de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la Federación del 28 de agosto de Acuerdo número 71 por el que se determinan objetivos y contenidos del ciclo de Bachillerato, Diario Oficial de la Federación del 28 de mayo de Acuerdo número 77 por el que se adiciona el diverso número 71 que determina objetivos y contenidos del ciclo de Bachillerato, Diario Oficial de la Federación del 21 de septiembre de Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población, Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de

5 - Acuerdo que establece las disposiciones de productividad, ahorro, transparencia y desregulación presupuestaria en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del año 2001, Diario Oficial de la Federación del 28 de febrero de Acuerdo No. 1/SPC por el que se suprime el trámite de dispensa de violación de ciclo, Diario Oficial de la Federación del 4 de junio de Acuerdo número 286 por el que se establecen los lineamientos que determinan las normas y criterios generales, a que se ajustarán la revalidación de estudios realizados en el extranjero y la equivalencia de estudios, así como los procedimientos por medio de los cuales se acreditarán conocimientos correspondientes a niveles educativos o grados escolares adquiridos en forma autodidacta, a través de la experiencia laboral o con base en el régimen de certificación referido a la formación para el trabajo, Diario Oficial de la Federación del 30 de octubre de Currículum de Bachillerato General. Fundamentos. Dirección General del Bachillerato, septiembre de Documento Guía del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. Dirección General del Bachillerato, marzo de Convenios suscritos de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo , para el establecimiento, operación y apoyo financiero de la Educación Media Superior a Distancia, celebrados entre la institución responsable, la Secretaría de Educación Pública y el Gobierno del estado. 5

6 I. OBJETIVO Establecer las normas que deberán aplicar los centros de servicios que operan los CECyTE s en la administración escolar del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia, durante las etapas de inscripción, reinscripción, acreditación, regularización y certificación. 6

7 II. NORMAS GENERALES 1. Las normas establecidas en este documento son de observancia obligatoria para las personas involucradas en el proceso de administración escolar del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD). 2. La determinación, distribución e implantación de las normas queda a cargo de la Secretaría de Educación Pública por conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) en coordinación con la Dirección General del Bachillerato (DGB); su aplicación y operación es responsabilidad de la Dirección General del CECyTE. 3. La Dirección General del CECyTE será la encargada de evaluar la aplicación de las normas y la operación del servicio en los centros bajo su adscripción. 4. La DGAIR diseña anualmente para el subsistema de EMSAD, los formatos oficiales de certificación; y la Coordinación Nacional de CECyTE s los imprime y distribuye a las instituciones responsables de operar el subsistema. 5. Los formatos oficiales de certificación a los que hace referencia el apartado anterior son: - Certificado de Terminación de Estudios. - Certificación de Estudios. 6. El Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE es el encargado del diseño, reproducción y distribución anual de los formatos de apoyo a la administración escolar; éstos son: - Solicitud de Registro. - Solicitud de Inscripción. - Kardex del Alumno. - Credencial del Estudiante. - Listas de Asistencia. - Acta de Calificaciones. - Historial Académico. 7

8 7. La Coordinación de EMSAD de la DGB es la responsable de distribuir los documentos de normas. Las instituciones que operan el servicio en las entidades serán las responsables de implantar éstas, mediante capacitaciones a los centros de servicios, así como verificar su cumplimiento y asesorar permanentemente a las personas involucradas en estos procesos administrativos. 8. La Dirección General del CECyTE establecerá la estrategia para la difusión del subsistema debiendo hacerla del conocimiento de la Coordinación de EMSAD de la DGB para su control. 9. La aplicación de las normas y la información proporcionada por el Centro de Servicios al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE por medio de la documentación correspondiente, son de absoluta competencia del Responsable del Centro de Servicios. 10. Es obligación del Responsable del Centro de Servicios, sensibilizar a los alumnos sobre la importancia del desarrollo de su escolaridad y de las calificaciones que obtengan; con el propósito de que la continuidad de sus estudios hacia la educación superior no se vea afectada. 11. La DGAIR en coordinación con la DGB, se reservan la facultad de supervisar la correcta aplicación de las presentes normas en los centros de servicios, así como la de interpretar y resolver conjuntamente los casos no previstos por las mismas. 12. Corresponderá a la Dirección General del CECyTE brindar todas las facilidades para que la DGAIR y la DGB efectúen las supervisiones que tengan como propósito verificar la correcta aplicación de las presentes normas y la funcionalidad de los formatos de apoyo a la administración escolar, así como efectuar el análisis y evaluación del uso de los formatos de certificación. 13. El Jefe del Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE debe fomentar el uso correcto y racionalizado de los formatos oficiales de apoyo y certificación. 14. El uso indebido y la falsificación de los documentos de certificación y sellos oficiales de administración escolar, deberán reportarse ante las instancias jurídicas correspondientes para que éstas ejerciten las acciones penales y administrativas a las que hubiere lugar. 15. Los formatos de certificación y las especificaciones del sello oficial Sistema Educativo Nacional los determina la DGAIR, con base en la legislación aplicable, mismos que son insustituibles e inalterables y que debido a su homogeneidad permiten el libre tránsito de los educandos dentro del sistema educativo nacional. 8

9 16. El documento de Normas de Control Escolar para el Subsistema de Educación Media Superior a Distancia entrará en vigor a partir del mes de agosto de 2001, dejando sin efecto legal alguno los documentos que contravengan las presentes normas. 9

10 III. INSCRIPCIÓN a) Objetivo Regular el ingreso de los aspirantes al servicio educativo, con el propósito de iniciar su Historial Académico en el Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 10

11 b) Normas 1. Las actividades referentes a la inscripción de aspirantes deberán sujetarse al calendario que establezca la Dirección General del CECyTE en la entidad. Dicho calendario deberá hacerse del conocimiento de la Coordinación de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) de la Dirección General del Bachillerato para su control. 2. Tienen derecho a inscripción los aspirantes que llenen una Solicitud de Registro, previa presentación del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de educación secundaria en original y copia fotostática, presenten una evaluación diagnóstica y participen en el taller de habilidades para el estudio. 3. La inscripción al Subsistema de Educación Media Superior a Distancia, se realizará anualmente y el registro del historial académico del estudiante, semestralmente. REVALIDACIÓN 4. Para los alumnos procedentes del extranjero que pretenden continuar sus estudios en el sistema educativo nacional del nivel medio superior en algún Centro de Servicios de EMSAD, podrán acudir a la instancia correspondiente para que le emita su Resolución de Revalidación por asignaturas o por ciclo completo, según sea el caso. EQUIVALENCIA 5. En el caso de interesados procedentes de otro subsistema que deseen incorporarse a algún Centro de Servicios de EMSAD, podrán optar por acudir ante la instancia correspondiente para solicitar la Resolución de Equivalencia, o bien ante el Responsable del Centro de Servicios en donde pretende continuar sus estudios para que éste le dé la orientación respecto al trámite correspondiente. 6. Los aspirantes a inscripción deben presentar dos fotografías recientes tamaño infantil, de frente con el rostro descubierto, en blanco y negro o color, con ropa clara, en papel mate, además de original y fotocopia de los siguientes documentos: a) Copia certificada del Acta de Nacimiento. b) Certificado de Terminación de Estudios, Certificación de Estudios, Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios de educación secundaria. c) El documento de certificación que sirvió de antecedente para la emisión de la Resolución. d) Para el caso de estudiantes extranjeros, original y copia del documento migratorio que acredite su estancia legal en el país. 11

12 e) Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella. f) Solicitud de inscripción debidamente firmada. 7. En caso de que el aspirante no cuente con la Clave Única de Registro de Población (CURP) ésta será tramitada de manera gratuita, por el Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, una vez autorizada la inscripción y generada la matrícula respectiva. En caso de extravío o error en los datos de la Constancia de la CURP, el Departamento de Control Escolar deberá proporcionar la orientación necesaria al aspirante para la reposición de la misma. 8. En tanto se asigne la CURP con sus 18 dígitos por la Secretaría de Gobernación, deberá utilizarse el segmento raíz con sus 16 posiciones autogenerables. La presentación de la CURP no es requisito indispensable para autorizar la inscripción del alumno. 9. El estudiante se integra al subsistema a través de un grupo de asistencia continua, cuya matrícula y horario serán determinados por la Dirección General del CECyTE. 10. No existen asignaturas seriadas, únicamente se recomienda respetar el orden curricular del plan de estudios. 11. El Centro de Servicios deberá enviar la información de la inscripción y el archivo magnético al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, dentro del plazo establecido para el efecto. Después de éste, no se autorizará ningún trámite de inscripción. A su vez, el Departamento de Control Escolar, notificará a la Coordinación de EMSAD de la DGB sobre los datos de inscripción en cada Centro. 12. Una vez autorizada la inscripción, la Dirección General del CECyTE asignará el número de matrícula que podrá integrarse de la siguiente forma: El número de matrícula se compone de 8 dígitos, el primero corresponde al dígito final del período escolar de ingreso, los dos siguientes son la clave de la entidad, los últimos cinco corresponden al número consecutivo. Período escolar de ingreso: Entidad: Distrito Federal 09 Consecutivo: NÚMERO DE MATRÍCULA:

13 13. El Centro de Servicios devolverá los documentos originales a los estudiantes inscritos, una vez terminado el proceso de validación de la inscripción, y el Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE conservará en su archivo las copias cotejadas de éstos. Por ningún motivo podrá retener los documentos originales. 14. El Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE deberá expedir la credencial para cada estudiante, la cual será resellada anualmente. 15. El tiempo para la conclusión del bachillerato dependerá de los criterios que establezca la Dirección General del CECyTE, no debiendo exceder, en ningún caso, los nueve semestres. 13

14 IV. REINSCRIPCIÓN a) Objetivo Regular el registro de reinscripción de los estudiantes que cursarán el bloque o asignaturas que correspondan, con el propósito de actualizar su Historial Académico. 14

15 b) Normas 1. La reinscripción será semestral, conforme al calendario que establezca la Dirección General del CECyTE en la entidad. Dicho calendario deberá hacerse del conocimiento de la Coordinación de Educación Media Superior a Distancia (EMSAD) para su control. 2. Para tener derecho a la reinscripción, el estudiante deberá cubrir los siguientes requisitos: a) No rebasar el límite máximo de asignaturas adeudadas que establezca la Dirección General del CECyTE. b) Presentar credencial vigente. c) No haber agotado sus oportunidades de regularización en alguna asignatura de acuerdo a los criterios establecidos por la Dirección General del CECyTE. d) No rebasar el tiempo establecido para la conclusión del bachillerato. REVALIDACIÓN 3. Para los alumnos procedentes del extranjero que pretenden continuar sus estudios en el sistema educativo nacional del nivel medio superior en algún Centro de Servicios de EMSAD, podrán acudir a la instancia correspondiente para que le emita su Resolución de Revalidación por asignaturas o por ciclo completo, según sea el caso. EQUIVALENCIA 4. En el caso de interesados procedentes de otro subsistema que deseen incorporarse a algún Centro de Servicios de EMSAD, podrán optar por acudir ante la instancia correspondiente para solicitar la Resolución de Equivalencia, o bien ante el Responsable del Centro de Servicios en donde pretende continuar sus estudios para que éste le dé la orientación respecto al trámite correspondiente. CAMBIOS 5. Se considerará cambio cuando el aspirante solicite incorporarse al servicio de Educación Media Superior a Distancia y provenga de otro subsistema de educación media superior. 6. Para el cambio de subsistema el aspirante deberá presentar dos fotografías tamaño infantil, de frente en blanco y negro o color, con ropa clara, en papel mate, además de original y fotocopia de los siguientes documentos: a) Copia certificada del Acta de Nacimiento. 15

16 b) Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios de educación secundaria. c) Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios expedida por la instancia correspondiente. d) El documento de certificación que sirvió de antecedente para la emisión de la Resolución. e) Constancia de la Clave Única de Registro de Población, en caso de contar con ella. f) Solicitud de inscripción debidamente firmada. g) Para estudiantes extranjeros, comprobante de estancia legal en el país. 7. El cambio de subsistema se realizará en los periodos de reinscripción establecidos por la Dirección General del CECyTE. 8. El estudiante que se reinscriba por cambio deberá participar en el taller de habilidades para el estudio. TRASLADO 9. Se considerará traslado cuando el estudiante solicite su incorporación de un Centro de Servicios a otro. 10. Para traslado, el estudiante deberá presentar el Certificado Parcial, debidamente firmado y sellado por el Departamento de Control Escolar de la institución de origen, además de los documentos señalados en la norma 6 de esta etapa, excepto los incisos c) y d). 11. El traslado se realizará en cualquier momento del año, siempre que se cuente con el visto bueno de la Dirección General del CECyTE de destino. BAJAS 12. El estudiante tendrá derecho a solicitar baja temporal al Responsable del Centro de Servicios, cuando por enfermedad, beca de estudios u otros motivos justificados así lo requiera. Dicha baja será autorizada por una sola ocasión por el Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE y no deberá exceder de dos años, siempre y cuando no se rebase el tiempo establecido para la conclusión del bachillerato. 13. Los estudiantes que suspendan sus estudios por causa injustificada por un año o más, serán dados de baja definitiva del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 16

17 14. El estudiante que rebase el límite de asignaturas adeudadas después del periodo de regularización inmediato al termino del bloque, será dado de baja temporal hasta que logre obtener el máximo establecido por la Dirección General del CECyTE. 17

18 V. ACREDITACIÓN a) Objetivo Establecer los requisitos para efectuar el registro de los resultados de la evaluación del aprendizaje y la actualización del Historial Académico de los estudiantes del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 18

19 b) Normas 1. La acreditación de estudios se realizará en el Centro de Servicios donde se encuentra inscrito el estudiante. 2. La escala oficial de calificaciones será numérica del 5 al 10, según lo establece el Acuerdo número 17 sobre la evaluación del aprendizaje, de acuerdo con el siguiente cuadro de equivalencias: SÍMBOLO INTERPRETACIÓN Excelente Muy bien Bien Regular Suficiente No suficiente La calificación mínima aprobatoria será seis (6). 3. Las calificaciones parciales se integrarán en tres o más ocasiones durante el semestre, dependiendo de los criterios establecidos por la Dirección General del CECyTE. Las calificaciones parciales deberán promediarse con la calificación obtenida en la evaluación final, a fin de obtener la calificación final. El peso porcentual de las calificaciones será acordado por la Dirección General del CECyTE y la Coordinación de EMSAD de la DGB. 4. Al estudiante que no presente algún(os) examen(es) parcial(es) se le asentará en los registros oficiales una diagonal, cancelando el(las) área(s) correspondiente(s) a la(s) calificación(es) y por lo tanto no se promediará(n). Asimismo, el estudiante que no presente la evaluación final no tendrá derecho al promedio de sus calificaciones parciales aunque el resultado de éste sea aprobatorio. 5. Tanto la calificación parcial como la final, deberán ser expresadas con números enteros conforme a la escala oficial y consignadas en los registros oficiales del Centro de Servicios de acuerdo con la siguiente tabla: CALIFICACIÓN OBTENIDA DEBERÁ REGISTRARSE De 5 a 5.9 De 6 a 6.4 De 6.5 a 7.4 De 7.5 a 8.4 De 8.5 a 9.4 De 9.5 a 10.0 = = = = = =

20 6. Es responsabilidad del Grupo Técnico de Evaluación dependiente de la Coordinación de EMSAD de la DGB, la elaboración del material para la evaluación final y la calificación del mismo, salvo el caso de que, en coordinación con la Dirección General del CECyTE, se tenga un acuerdo diferente. 7. La aplicación de las evaluaciones finales se efectuará de acuerdo al plan de trabajo del Centro de Servicios, debidamente aprobado por la Dirección General del CECyTE y la Coordinación de EMSAD de la DGB. 8. El estudiante deberá cubrir los siguientes requisitos para presentar la evaluación final: a) Asistir puntualmente, el día y hora establecidos para la evaluación. b) Presentar su credencial de estudiante de Educación Media Superior a Distancia. 9. No se permitirá la presentación de la evaluación final al estudiante que llegue al Centro de Servicios después de la hora establecida. 10. El Responsable del Centro de Servicios deberá cancelar la evaluación final del estudiante que altere la disciplina del grupo durante la aplicación o sea sorprendido copiando las respuestas de otros compañeros. 11. El Responsable del Centro de Servicios suspenderá durante un periodo de seis meses al estudiante que reincida en cualquiera de estas anomalías, y lo dará de baja en forma definitiva si violenta nuevamente la disciplina, previo acuerdo con el Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE. 12. El Responsable del Centro de Servicios levantará Acta de Irregularidades en caso de que durante el desarrollo de la aplicación de las evaluaciones se presente alguna anomalía. Asimismo, enviará copia al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, quien notificará a nivel nacional los casos de estudiantes suspendidos temporal o definitivamente de la Educación Media Superior a Distancia. 13. Los asesores entregarán al Responsable del Centro de Servicios, el porcentaje de asistencias y las calificaciones definitivas obtenidas por los estudiantes en el semestre, en los siguientes cinco días hábiles posteriores a la entrega de resultados de las evaluaciones finales, por parte del Grupo Técnico de Evaluación. 14. El estudiante que no esté de acuerdo con la calificación obtenida en la evaluación final, podrá solicitar la revisión en un plazo no mayor de cinco días hábiles posteriores a la entrega de resultados, previa justificación por escrito del porqué de su inconformidad dirigida al Responsable del Centro de Servicios. 20

21 15. Los estudiantes tendrán un plazo para cubrir el ciclo de bachillerato que será establecido por la Dirección General del CECyTE, de lo contrario, serán dados de baja definitiva del subsistema. 16. En el caso de los que ingresen vía Resolución de Equivalencia o Revalidación de Estudios, se procederá según lo establezca la misma Dirección General del CECyTE para determinar el tiempo máximo para la conclusión del ciclo de bachillerato. 17. La elección y autorización de las asignaturas correspondientes al Núcleo de Formación Propedéutica, se hará conforme al plan de estudios. Una vez elegidas y autorizadas, éstas se considerarán obligatorias. 18. El Centro de Servicios enviará los documentos de evaluación semestral al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes a la entrega del reporte de calificaciones de la última evaluación final. Únicamente se procesará la información que se reciba oportuna y debidamente llenada. 19. En caso de extravío, destrucción u omisión de documentos de administración escolar, el Responsable del Centro de Servicios deberá levantar Acta Administrativa y remitirla al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE para los efectos correspondientes. RENUNCIA DE CALIFICACIONES 20. La renuncia de calificaciones se autoriza únicamente a los estudiantes que han cursado y acreditado la totalidad del ciclo del bachillerato. 21. La solicitud de renuncia de calificaciones deberá ser formulada previa a la entrega del Certificado de Terminación de Estudios al estudiante. 22. Los estudiantes tendrán derecho a presentar evaluación final de tantas asignaturas del tronco común, como lo establezca la Dirección General del CECyTE. La calificación obtenida en ésta evaluación será la única representativa de la asignatura. 21

22 VI. REGULARIZACIÓN a) Objetivo Establecer las normas para llevar a cabo el proceso de acreditación de conocimientos de estudiantes irregulares en el Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 22

23 b) Normas 1. Se consideran estudiantes irregulares aquellos que no acreditan la(s) asignatura(s) en el periodo ordinario de evaluación. 2. La regularización de estudios se efectuará en los periodos establecidos en el Plan de Trabajo del Centro de Servicios autorizado por la Dirección General del CECyTE. 3. El estudiante podrá recibir apoyo del asesor para acreditar sus asignaturas en los periodos extraordinarios. 4. El número máximo de asignaturas a presentar en cada período de regularización será establecido por la Dirección General del CECyTE. 5. El número de oportunidades extraordinarias para acreditar la(s) asignatura(s) adeudada(s) lo establecerá la Dirección General del CECyTE. De no acreditarla(s) en estas oportunidades, causará baja definitiva del subsistema. Solamente se contabilizarán las oportunidades de regularización que el estudiante sustente. 6. El estudiante presentará la(s) asignatura(s) no acreditada(s) en el Centro de Servicios donde la(s) cursó, salvo en caso de traslado, en virtud de lo cual se aplicará(n) en el Centro de Servicios al cual se autorizó el traslado. 7. La calificación obtenida en el periodo extraordinario de evaluación será la única representativa de la asignatura. 8. El estudiante deberá cubrir el pago de derechos correspondientes de cada asignatura cuando solicite evaluación extraordinaria, de acuerdo con las tarifas vigentes. 9. Los asesores entregarán al Responsable del Centro de Servicios, las calificaciones obtenidas por los estudiantes en la evaluación extraordinaria a más tardar tres días hábiles después de la aplicación. 10. El Responsable del Centro de Servicios tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles después de recibir los resultados de las evaluaciones extraordinarias, para entregar la documentación del procedimiento de regularización al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE. 23

24 VII. CERTIFICACIÓN a) Objetivo Establecer los lineamientos a los que se sujetará la expedición de los documentos de certificación que validan los estudios realizados, conforme a los planes y programas de estudio vigentes en el Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 24

25 b) Normas 1. El Certificado de Terminación de Estudios se expedirá por única vez a aquellos estudiantes que acrediten totalmente el plan de estudios del Subsistema de Educación Media Superior a Distancia. 2. La Certificación de Estudios se expedirá en los siguientes casos: a) Cuando el estudiante solicite duplicado del Certificado de Terminación de Estudios. b) Cuando el estudiante solicite una certificación parcial de estudios, para un trámite especial. 3. Los certificados de terminación de estudios y las certificaciones de estudios, se expiden a través del Departamento de Control Escolar de la institución donde el estudiante cursó el último semestre. 4. Los formatos de certificación tendrán vigencia anual, que será establecida por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación en los instructivos de llenado correspondientes y dada a conocer a los Centros de Servicios a través de la Dirección General del Bachillerato en coordinación con la Dirección General del CECyTE. 5. La fecha de expedición de los certificados de terminación de estudios, es la establecida en el calendario de certificación emitido por la Dirección General del CECyTE. 6. Para tramitar la expedición del Certificado de Terminación de Estudios y/o de la Certificación de Estudios, el estudiante deberá presentar, lo siguiente: a) Formato de Solicitud debidamente llenado (en el caso de la Certificación de Estudios). b) Dos fotografías recientes, tamaño infantil, en blanco y negro o en color, con ropa clara, en papel mate. c) Constancia de no adeudo de material. 7. El Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE deberá proceder a la cancelación del Certificado de Terminación de Estudios y/o de la Certificación de Estudios cuando: a) La información contenida no corresponda a los antecedentes escolares del estudiante. 25

26 b) Presente errores de mecanografía, preelaboración, impresión o deterioro físico. c) Haya borraduras o enmendaduras en su llenado. 8. Los datos que se asienten en los documentos de certificación deberán ser los mismos que se encuentran registrados en el Kardex del Alumno. 9. La Dirección General del CECyTE llenará los documentos de certificación y firmará en el reverso de los mismos. El Responsable del Centro de Servicios será el encargado de la autorización del mismo en el anverso. 10. Los documentos de certificación cancelados serán resguardados para efectos del análisis y evaluación del uso de los formatos, lo cual quedará registrado en el Libro de Control de Folios de Certificados. 11. En caso de extravío o destrucción de los formatos del Certificado de Terminación de Estudios o Certificación de Estudios, se levantará Acta ante el Ministerio Público correspondiente, registrando en ella los folios respectivos. 12. La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación diseña los formatos de Certificado de Terminación de Estudios y Certificación de Estudios y la Coordinación Nacional de CECyTE s los imprime y distribuye anualmente a cada una de las direcciones generales de los CECyTE s. 13. En caso de centros de servicios que suspendan sus labores de manera definitiva, deberán entregar la totalidad de su archivo al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, a fin de que los exalumnos puedan solicitar todo tipo de documentación. 14. En caso de que el Centro de Servicios haya cesado en funciones, el Jefe del Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE deberá firmar en el espacio asignado al Responsable del Centro de Servicios en los documentos de certificación. 15. El Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, deberá comprobar ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación y la Dirección General del Bachillerato, la correcta aplicación de las normas y la operación de los procedimientos. 26

27 16. Los certificados de terminación de estudios y las certificaciones de estudios que no sean recogidos por los interesados se archivarán en el Centro de Servicios por un periodo de tres meses, durante este tiempo los interesados podrán solicitarlo al Centro de Servicios. Una vez cumplido dicho periodo serán cancelados y remitidos al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, para la preparación del análisis y evaluación correspondientes. 17. Los centros de servicios devolverán al Departamento de Control Escolar de la Dirección General del CECyTE, mediante Acta Administrativa, los formatos sin utilizar, cancelados y expedidos que no fueron recogidos por los interesados en el tiempo establecido en la norma núm. 16 de esta etapa. 27

28 VIII. GLOSARIO 1. Acreditación: acción y efecto de dar cumplimiento a los requisitos para el reconocimiento oficial de la aprobación de una asignatura, grado o nivel escolar. 2. Administración Escolar: conjunto de normas y procedimientos que tienen por objetivo llevar a cabo, de forma ordenada y sistemática, el ingreso, seguimiento y certificación de estudios de los usuarios del servicio educativo. 3. Asesor: docente que facilita, orienta y dirige el proceso de aprendizaje del estudiante en las asignaturas de un campo de conocimiento del plan de estudios de EMSAD. 4. Bloque: conjunto de asignaturas que corresponden a un semestre. 5. Cambios: proceso que realiza el aspirante que solicita incorporarse al servicio de Educación Media Superior a Distancia y proviene de otro subsistema de educación media superior. 6. Capacidad para el Autoestudio: conjunto de habilidades técnicas y actitudes personales que posibilitan al estudiante dirigir de forma autónoma su proceso de aprendizaje. 7. Certificación: procedimiento mediante el cual una autoridad legalmente facultada da testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente un grado, curso, nivel educativo u otra unidad de aprendizaje, según lo establezca la regulación respectiva. 8. Clave Única de Registro de Población (CURP): elemento del Registro Nacional de Población e identificación personal de la Secretaría de Gobernación, que permite individualizar el registro de las personas. Se asigna a todas las personas domiciliadas en el territorio nacional, así como a los nacionales que radican en el extranjero. 28

29 9. Educación Media Superior a Distancia (EMSAD): opción educativa con validez oficial, posterior a la secundaria, que permite realizar estudios de bachillerato general, a través de asesorías y diferentes medios (materiales impresos, transmisiones televisivas vía satélite, audiovisuales y programas de cómputo); su estructura curricular considera los núcleos de formación básica, propedéutica y de formación para el trabajo. 10. Equivalencia: declarar a los estudios realizados dentro del sistema educativo nacional su igualdad entre sí, por niveles educativos, grados escolares, asignaturas u otras unidades de aprendizaje, es otorgada por la autoridad competente. 11. Evaluación final: evaluación que abarca todos los contenidos correspondientes a una asignatura. 12. Grupo Técnico de Evaluación: área dependiente de la Coordinación de Educación Media Superior a Distancia, encargada de la elaboración de pruebas y validación de su aplicación para evaluar el aprendizaje de los estudiantes inscritos en EMSAD. 13. Habilidades para el estudio: conjunto de estrategias de aprendizaje que un estudiante debe adquirir para poder estudiar con eficiencia dentro del subsistema. 14. Inscripción: registro del ingreso de estudiantes al primer grado o semestre de un nivel educativo que se hace con el fin de iniciar su Historial Académico. 15. Kardex: documento interno de la escuela que se utiliza para registrar y controlar el Historial Académico de los educandos. 16. Plan de Estudios: selección, orden y distribución por años, semestres, grados o cursos, de las asignaturas de enseñanza por nivel escolar, teniendo siempre presente el fin de la educación, las características de los educandos y las necesidades de la sociedad. 17. Programa de Estudios: documento que desarrolla los contenidos de cada una de las asignaturas o áreas del plan de estudios. Regula la relación profesor-alumno, explicitando con un orden secuencial y coherente los objetivos educativos, contenidos de enseñanza, métodos didácticos, distribución del tiempo y los criterios de evaluación y acreditación. 29

30 18. Regularización: posibilidad que se ofrece al estudiante, para acreditar un área, asignatura o materia no aprobada. 19. Reinscripción: acción de continuar, a partir del segundo grado o semestre, el registro del avance de los educandos en el servicio educativo. 20. Revalidación de estudios: acto administrativo a través del cual la autoridad educativa otorga validez oficial a aquellos estudios que se realizan en el extranjero. 21. Traslado: proceso que realiza el estudiante que solicita su incorporación de un Centro de Servicios a otro. 22. Semestre: es el tiempo establecido para cursar un bloque de asignaturas. 23. Validación: acción de autorizar la expedición de un documento por medio del cotejo de los archivos, mediante el registro de la firma del responsable y el sello correspondiente. 30

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR Objetivo Establecer las normas aplicables para todos los estudiantes inscritos en planteles del Bachillerato General, Modalidad Escolarizada, con la finalidad de dar seguimiento a su trayectoria académica

Más detalles

Clave: PC Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7

Clave: PC Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7 Fecha de emisión: 20/11/2013 Versión N. 2 Página: 1 de 7 Plan de calidad de control escolar de los centros de educación media superior a distancia (EMSAD) y del nivel medio superior y superior con RVOE

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del

Más detalles

AVISO IMPORTANTE CALENDARIO DE INSCRIPCIÓN

AVISO IMPORTANTE CALENDARIO DE INSCRIPCIÓN AVISO IMPORTANTE Es responsabilidad del aspirante favorecido por el Sorteo, leer con atención y por completo el presente documento, con el objeto de cumplir correctamente con el proceso de inscripción

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

CATÁLOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES EN EL INSTITUTO ESTATAL PARA LA EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS

CATÁLOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES EN EL INSTITUTO ESTATAL PARA LA EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS CATÁLOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES EN EL INSTITUTO ESTATAL PARA LA EDUCACIÓN DE JÓVENES Y ADULTOS I. Nombre del trámite o Servicio: Inscripción al Servicio Educativo a jóvenes y adultos sin educación

Más detalles

Actualizado: 14/enero/2013 Vigencia: 2013

Actualizado: 14/enero/2013 Vigencia: 2013 Actualizado: 14/enero/2013 Vigencia: 2013 Objetivo General Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme a los Planes y Programas de Estudio vigentes de la Educación

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II REQUISITOS DE REVALIDACIÓN CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIOS GLOSARIO 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCION SEMESTRE / 2 (MARZO 2014 AGOSTO 2014)

PROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCION SEMESTRE / 2 (MARZO 2014 AGOSTO 2014) PROCEDIMIENTO PARA LA REINSCRIPCION SEMESTRE 13-14 / 2 (MARZO 2014 AGOSTO 2014) EL ALUMNO DEBERÁ: 1. A partir del 10 de Febrero del 2014, descargar e imprimir de la página web del TESCo (www.tesco.edu.mx),

Más detalles

CATALOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES ECRO. # Nombre del trámite Descripción del trámite Requisitos Pasos a seguir

CATALOGO DE TRÁMITES Y SERVICIOS VIGENTES ECRO. # Nombre del trámite Descripción del trámite Requisitos Pasos a seguir 1 Inscripción local al proceso de admisión para cursar la Licenciatura en Restauración de Bienes Muebles Procedimiento de inscripción para cursar la Licenciatura en Restauración de Bienes Muebles para

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL. COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL. COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL COORDINACIÓN DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES DE CECyTEs Reglamento para la Evaluación y Certificación de los Aprendizajes y Competencias del

Más detalles

EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIO INSTRUCTIVO

EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIO INSTRUCTIVO EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIO INSTRUCTIVO 35 SUBDIRECCIÓN DE CERTIFICACIÓN La DGIRE emitirá los certificados de estudio (totales) en original y copia, y los entregará a las ISI en las fechas establecidas

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA REGLAMENTO ESCOLAR TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la situación escolar de los alumnos, la que incluye

Más detalles

CAPÍTULO IV. a. Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica.

CAPÍTULO IV. a. Evaluar los conocimientos del alumno para asignar una calificación que permita certificar su situación académica. CAPÍTULO IV DE LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS Y DE LA EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS 45. La certificación es el reconocimiento oficial que hace la UNAM, a través de la DGIRE, de los estudios que se realizan

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2017 2018 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA CARTILLA DE EDUCACIÓN BÁSICA EDUCACIÓN PRIMARIA PERIODO ESCOLAR

INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA CARTILLA DE EDUCACIÓN BÁSICA EDUCACIÓN PRIMARIA PERIODO ESCOLAR Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación INSTRUCTIVO DE LLENADO DE LA CARTILLA DE EDUCACIÓN BÁSICA EDUCACIÓN PRIMARIA PERIODO

Más detalles

Lineamiento para la Resolución de Equivalencia de Estudios versión 1.0 Planes de estudio

Lineamiento para la Resolución de Equivalencia de Estudios versión 1.0 Planes de estudio Lineamiento para la Resolución de Equivalencia de Estudios versión 1.0 Planes de estudio 2009-2010 Agosto 2010 1. Propósito Emitir la resolución por la cual se declaran equiparables los estudios realizados

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL (CURSOS REGULARES)

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL (CURSOS REGULARES) NORMAS DE CONTROL ESCOLAR DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL (CURSOS REGULARES) Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Subsecretaría de Educación Media Superior

Más detalles

Procedimientos de Certificación de Educación Básica para Adultos. Subdirección de Normatividad y Apoyo

Procedimientos de Certificación de Educación Básica para Adultos. Subdirección de Normatividad y Apoyo Procedimientos de Certificación de Educación Básica para Adultos CERTIFICACIÓN Objetivo General Otorgar el reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme a los Planes y Programas

Más detalles

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

Descentralización del Procedimiento de Certificación mediante el Acuerdo núm. 286

Descentralización del Procedimiento de Certificación mediante el Acuerdo núm. 286 Descentralización del Procedimiento de Certificación mediante el Acuerdo núm. 286 Agosto de 2009 Objetivo Facilitar a los sustentantes que acreditan los procesos de evaluación en el marco de los Acuerdos

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES

COLEGIO DE BACHILLERES COLEGIO DE BACHILLERES REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, REINSCRIPCIONES Y EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Marzo, 2001 C O N T E N I D O Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES 3 Capítulo II. DEL INGRESO AL

Más detalles

Programa Único de Especializaciones en Ciencias Biológicas, Físicas y Matemáticas 1

Programa Único de Especializaciones en Ciencias Biológicas, Físicas y Matemáticas 1 Programa Único de Especializaciones en Ciencias Biológicas, Físicas y Matemáticas 1 Instructivo de la Convocatoria Semestre 2018-1 OFERTA El Programa Único de Especializaciones en Ciencias Biológicas,

Más detalles

Plan de calidad para revalidaciones y equivalencias de Educación Media Superior

Plan de calidad para revalidaciones y equivalencias de Educación Media Superior Fecha de emisión: 07/05/2014 Versión N. 3 Página: 1 de 5 Plan de calidad para de Educación Media Elaboró Revisó Licda. Bertha Verónica Hernández Toscano Jefa del de Educación Media y Aprobó Dra. Irma Yolanda

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES..1 CAPÍTULO II DE LOS PROGRAMAS 3 CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS..4 CAPÍTULO IV DE LOS TRÁMITES Y EL PROCEDIMIENTO...6 CAPÍTULO V

Más detalles

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes:

Para acreditar la(s) asignatura(s) de la Universidad del Soconusco son los siguientes: EVALUACIÓN 1. ACREDITACIÓN DE LAS ASIGNATURAS Acreditación es el proceso por el cual un alumno cumple con las actividades educativas y criterios de evaluación de las asignaturas, con los requisitos curriculares

Más detalles

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN

REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN REGLAMENTO DE CONTROL ESCOLAR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA DEL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE MICHOACAN TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial del Estado el día 3 de agosto de 2015,

Más detalles

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos de ingreso Los aspirantes a ingresar a alguna de las

Más detalles

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO P-SA-16 CAMBIOS DE CARRERA

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO P-SA-16 CAMBIOS DE CARRERA Hoja: 2 de 5 1. OBJETIVO Establecer los lineamientos para la autorización de algún cambio de carrera entre aquellas que sean afines, solicitados por el alumnado de nivel Técnico Superior Universitario,

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO DIVISIÓN DE UNIVERSIDAD ABIERTA CONVOCATORIA

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO DIVISIÓN DE UNIVERSIDAD ABIERTA CONVOCATORIA CON FUNDAMENTO EN LOS ARTS. 22 DEL REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, 14 INCISO d) Y 16 DEL REGLAMENTO GENERAL DE EXÁMENES, 9º DEL REGLAMENTO DEL ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN

Más detalles

MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN HISTÓRICO-LITERARIA (MIHL)

MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN HISTÓRICO-LITERARIA (MIHL) La Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS), a través del Departamento Académico de Humanidades y la Dirección de Investigación Interdisciplinaria y Posgrado (DIIP), convoca a los interesados

Más detalles

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance

Más detalles

NORMAS DE REGISTRO Y CONTROL PARA PREPARATORIA ABIERTA

NORMAS DE REGISTRO Y CONTROL PARA PREPARATORIA ABIERTA DGB22DR-001/REV 02 NORMAS DE REGISTRO Y CONTROL PARA PREPARATORIA ABIERTA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR UNIDAD DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN,

Más detalles

ACTIVIDADES Y PROCEDIMIENTOS QUE REALIZA EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES ACTIVIDAD CONSTANCIAS REQUISITOS TIEMPO DE RESPUESTA

ACTIVIDADES Y PROCEDIMIENTOS QUE REALIZA EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES ACTIVIDAD CONSTANCIAS REQUISITOS TIEMPO DE RESPUESTA ES Y PROCEDIMIENTOS QUE REALIZA EL CONSTANCIAS REQUISITOS TIEMPO DE RESPUESTA * CON CALIFICACIONES. * SIN CALIFICACIONES. * CON CALIFICACIONES POR SEMESTRE. * CON CARGA ACADÉMICA. * DE TERMINACIÓN. * DE

Más detalles

MANUAL DE CONTROL ESCOLAR PARA EL SUBSISTEMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN PARA PROMOTORES Y GESTORES CULTURALES

MANUAL DE CONTROL ESCOLAR PARA EL SUBSISTEMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN PARA PROMOTORES Y GESTORES CULTURALES MANUAL DE CONTROL ESCOLAR PARA EL SUBSISTEMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN PARA PROMOTORES Y GESTORES CULTURALES SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y COORDINACIÓN CONSEJO NACIONAL PARA LA CULTURA

Más detalles

BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (PRONABES -TLAXCALA) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR

BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (PRONABES -TLAXCALA) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR BECAS PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR (PRONABES -TLAXCALA) CONVOCATORIA CICLO ESCOLAR 2010-2011 Con el objeto de propiciar que las y los estudiantes en situación económica adversa, pero con deseos de superación

Más detalles

Fechas, horarios y sedes para el cotejo documental. El horario de atención será de 9:00 a 16:00 hrs. (horario local).

Fechas, horarios y sedes para el cotejo documental. El horario de atención será de 9:00 a 16:00 hrs. (horario local). LISTA CON LOS FOLIOS DE LAS ASPIRANTESS CONVOCADAS A LA ETAPA DE COTEJO Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE LA PRIMERA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PÚBLICO P 2013-2014. 16 13 DE DICIEMBRE DE 201 En cumplimiento

Más detalles

COPIA IMPRESA NO CONTROLADA CONTENIDO

COPIA IMPRESA NO CONTROLADA CONTENIDO CAPÍTULO 4 VERSIÓN 04 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SGC COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS PH-CE-11 CONTENIDO SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ISO

Más detalles

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2004-2005, que tienen un avance de al menos el 75% de créditos, a participar

Más detalles

Coordinación de Sistemas Escolares. Ubicada en el cuarto piso Teléfono Correo electrónico:

Coordinación de Sistemas Escolares. Ubicada en el cuarto piso Teléfono Correo electrónico: + Coordinación de Sistemas Escolares Ubicada en el cuarto piso Teléfono 58146521 Correo electrónico: ccse@correo.cua.uam.mx Estructura Orgánica de la UAM-C + ORGANIGRAMA Coordinación de Sistemas Escolares

Más detalles

DGAIR-A03A-PO REV.4

DGAIR-A03A-PO REV.4 NORMAS DE CONTROL ESCOLAR DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL (CECATI) Y DE LAS UNIDADES DE CAPACITACIÓN DE LOS INSTITUTOS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO DESCENTRALIZADOS DE LOS

Más detalles

Programa Nacional de Becas para la Educación Superior en el Estado de Veracruz. Proceso Selección

Programa Nacional de Becas para la Educación Superior en el Estado de Veracruz. Proceso Selección Programa Nacional de Becas para la Educación Superior en el Estado de Veracruz Proceso Selección 2013-2014 PRONABES-VERACRUZ C O N V O C A T O R I A CICLO ESCOLAR 2013 2014 El Comité Técnico del Programa

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN CONSIDERANDOS

REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN CONSIDERANDOS REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN CONSIDERANDOS 1. Que es el fin del Instituto propiciar al estudiante un interés educativo con deseos de superación,

Más detalles

CONVOCATORIA PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA "GENERACIÓN CENTENARIO 2017"

CONVOCATORIA PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA GENERACIÓN CENTENARIO 2017 CONVOCATORIA PROGRAMA DE BECAS DE EXCELENCIA ACADÉMICA "GENERACIÓN CENTENARIO 2017" Con motivo de los festejos del Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Suprema Corte

Más detalles

NUEVO INGRESO A LOS ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO SUPERIOR EN LA MODALIDAD NO ESCOLARIZADA, SISTEMA A DISTANCIA DE LA UAEM, CICLO ESCOLAR

NUEVO INGRESO A LOS ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO SUPERIOR EN LA MODALIDAD NO ESCOLARIZADA, SISTEMA A DISTANCIA DE LA UAEM, CICLO ESCOLAR NUEVO INGRESO A LOS ESTUDIOS DE NIVEL MEDIO SUPERIOR EN LA MODALIDAD NO ESCOLARIZADA, SISTEMA A DISTANCIA DE LA UAEM, CICLO ESCOLAR 2017 2018 La Universidad Autónoma del Estado de México, con base en lo

Más detalles

H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974,

H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974, 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARIA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA 7 DE ENERO DE 1974, REFORMADO EL DÍA 1 DE ABRIL DE 1998, ACTUALIZADO DEL

Más detalles

Certificación Nacional de Nivel de Idioma CENNI

Certificación Nacional de Nivel de Idioma CENNI Secretaría de Educación Pública Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR) Certificación Nacional de Nivel de Idioma

Más detalles

EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COMPLETOS Y DIPLOMAS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO

EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COMPLETOS Y DIPLOMAS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO PÁGINA: 1 DE 18 PROCEDIMIENTO: EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE ESTUDIOS COMPLETOS Y DIPLOMAS DE PÁGINA: 2 DE 18 1. Objetivo: Emitir Certificados de Estudios Completos y Diplomas de Capacitación para el Trabajo

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN PROFESIONAL POR LA OPCIÓN DE SEMINARIO DE TITULACIÓN

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN PROFESIONAL POR LA OPCIÓN DE SEMINARIO DE TITULACIÓN Facultad de Contaduría Pública Campus IV REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN PROFESIONAL POR LA OPCIÓN DE SEMINARIO DE TITULACIÓN Aprobado por el H. Consejo Técnico de esta Facultad en Acta No. 04/01/10 de

Más detalles

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE HUATUSCO MANUAL DE SERVICIOS AL PUBLICO

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE HUATUSCO MANUAL DE SERVICIOS AL PUBLICO SOLICITUD DE FICHA DE EAMEN DE ADMISION PROPORCIONAR AL ASPIRANTE EL DERECHO A PRESENTAR EL EAMEN DE ADMISION 20 MINUTOS $819.00 LOS ORIGINALES DE: 1. FICHA DE EAMEN DE ADMISION. 2. RECIBO OFICIAL DE COBRO.

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE DESARROLLO Y ADMINISTRACION DE PERSONAL PROCEDIMIENTO: 310 AYUDA PARA ESTUDIOS DE POSTGRADO A SERVIDORES PUBLICOS DOCENTES AFILIADOS AL SINDICATO DE MAESTROS AL SERVICIO DEL ESTADO DE MEXICO OBJETIVO: Dar cumplimiento a la cláusula del Convenio

Más detalles

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014 Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL PRIMERA PROMOCIÓN 2017 RENOVACIÓN El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) de conformidad con lo establecido

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES Colección Documento Universitario Reglamento General para la Prestación de Prácticas Profesionales CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Más detalles

PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES I. Objetivo General. Apoyar y alentar la formación profesional e integral de todos los estudiantes mediante la participación

Más detalles

SÁBADO 3 DE MARZO DE 2012 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN II

SÁBADO 3 DE MARZO DE 2012 GUADALAJARA, JALISCO SECCIÓN II SÁBADO 3 DE MARZO DE 2012 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X I I 17 SECCIÓN II 3 ACUERDO Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría de Educación. Estados Unidos

Más detalles

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación

Procedimiento Operativo para la Inscripción, Acreditación, Regularización y Certificación Página: 1 de 9 1. Propósito. Regular el ingreso y registro de los aspirantes seleccionados y regular y controlar el registro del reingreso de los alumnos promovidos de semestre. Establecer los requisitos

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TECAMACHALCO REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES La Universidad Tecnológica de Tecamachalco tiene dentro de sus objetivos, el de ofrecer educación de tipo superior

Más detalles

DGAIR-A03A-PO REV. 4

DGAIR-A03A-PO REV. 4 NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA LAS LICENCIATURAS DEL SUBSISTEMA DE FORMACIÓN DE DOCENTES EN LA MODALIDAD MIXTA, EXCLUSIVA PARA PROFESORES EN SERVICIO PERIODO ESCOLAR 2008-2009 UNIDAD DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA LAS INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES EN LAS LICENCIATURAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, MODALIDAD ESCOLARIZADA

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA LAS INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES EN LAS LICENCIATURAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, MODALIDAD ESCOLARIZADA NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA LAS INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES EN LAS LICENCIATURAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, MODALIDAD ESCOLARIZADA UNIDAD DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS SUBSECRETARÍA

Más detalles

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA

REQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL A TRAVÉS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA UNIDAD ZACATENCO CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS A INGRESAR A LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN INGENIERÍA

Más detalles

REV.4 DGAIR-A03A-PO-02-07

REV.4 DGAIR-A03A-PO-02-07 NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL RECONOCIMIENTO OFICIAL DE LA COMPETENCIA OCUPACIONAL (ROCO) DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL (CECATI) Y DE LAS UNIDADES DE CAPACITACIÓN DE LOS

Más detalles

La Administración Escolar para la Educación Superior

La Administración Escolar para la Educación Superior La Administración Escolar para la Educación Superior La Administración Escolar Leyes, Reglamentos, Acuerdos, etc. Del ámbito Federal o Estatal Sistemas de control escolar Reglamentos interiores de los

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS ÍNDICE. Contenido

REGLAMENTO DE BECAS ÍNDICE. Contenido REGLAMENTO DE BECAS 0 REGLAMENTO DE BECAS ÍNDICE Contenido Capítulo I 2 Generalidades Capítulo II 3 Becas Capítulo III 4 Requisitos para la obtención de beca Capítulo IV 4 Refrendo de beca Capítulo V 5

Más detalles

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración

Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias de la Administración Requisitos De ingreso Los aspirantes a ingresar al plan de estudios del doctorado deberán obtener su carta de aceptación por parte del Comité

Más detalles

M a r c o L e g a l. Derecho a la educación Libertad de ocupación

M a r c o L e g a l. Derecho a la educación Libertad de ocupación M a r c o L e g a l ARTÍCULOS 3o. Y 5o. CONSTITUCIONALES Derecho a la educación Libertad de ocupación ART. 64 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Facultad del Secretario de Educación Pública para emitir un

Más detalles

Procedimientos de Acreditación de Educación Básica para Adultos. Subdirección de Normatividad y Apoyo

Procedimientos de Acreditación de Educación Básica para Adultos. Subdirección de Normatividad y Apoyo Procedimientos de Acreditación de Educación Básica para Adultos. ACREDITACIÓN Objetivo General Otorgar el reconocimiento oficial respecto de la aprobación de un Módulo o Nivel de Educación Básica previo

Más detalles

Artículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a:

Artículo 4. El Programa de Intercambio Académico y Movilidad Estudiantil está dirigido a: CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo1. La Dirección de la Facultad de Informática a través de la Coordinación de Intercambio y Movilidad Estudiantil, es la única autoridad facultada para dictaminar

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO CAPÍTULO I Artículo 1 LINEAMIENTOS GENERALES El presente documento establece los criterios

Más detalles

Guía para el Cotejo de Documentos en el Proceso de Inscripción

Guía para el Cotejo de Documentos en el Proceso de Inscripción Guía para el Cotejo de Documentos en el Proceso de Inscripción SUBDIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD Y APOYO Índice Introducción 5 I Objetivo. 5 II Normatividad Actual Aplicable 5 III Pasos para el Cotejo 6 IV

Más detalles

Índice. Página PROCEDIMIENTO. Llevar Control Escolar CÓDIGO VERSIÓN ÚLTIMA REVISIÓN AAP-P01-PRO /08/2015. Macroproceso: Proceso:

Índice. Página PROCEDIMIENTO. Llevar Control Escolar CÓDIGO VERSIÓN ÚLTIMA REVISIÓN AAP-P01-PRO /08/2015. Macroproceso: Proceso: Llevar Control Macroproceso: Proceso: Administración del Aprendizaje Departamento responsable: Elaboró: Atención al Alumno Áreas involucradas: Subdirección Servicios es Subdirección Académica Fecha de

Más detalles

BECA COMPLEMENTO DE POSGRADO EN EL EXTRANJERO CONACYT MEGARREGIÓN 2017 CONVOCATORIA 2017

BECA COMPLEMENTO DE POSGRADO EN EL EXTRANJERO CONACYT MEGARREGIÓN 2017 CONVOCATORIA 2017 BECA COMPLEMENTO DE POSGRADO EN EL EXTRANJERO CONACYT MEGARREGIÓN CONVOCATORIA 2017 El Gobierno del Estado de Sonora a través del Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología (COECYT) informa a la ciudadanía

Más detalles

CONVOCATORIA PARA DOCENTES DE LA UNAM PARA ASPIRANTES A DOCENTE CERTIFICADO POR EXAMEN 2016 DE LA SETEC CONVOCAN BASES

CONVOCATORIA PARA DOCENTES DE LA UNAM PARA ASPIRANTES A DOCENTE CERTIFICADO POR EXAMEN 2016 DE LA SETEC CONVOCAN BASES CONVOCATORIA PARA DOCENTES DE LA UNAM PARA ASPIRANTES A DOCENTE CERTIFICADO POR EXAMEN 2016 DE LA SETEC El Comité de Capacitación del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia

Más detalles

1) Requisitos para el proceso de titulación:

1) Requisitos para el proceso de titulación: 1) Requisitos para el proceso de titulación: Reunir la siguiente documentación: A) Liberación de servicio social (Hoja rosa y copia fotostática de la blanca). En caso de no contar con ella el costo es

Más detalles

Secretaría de Servicios Institucionales Dirección de Servicios Educativos Coordinación de Desarrollo Escolar

Secretaría de Servicios Institucionales Dirección de Servicios Educativos Coordinación de Desarrollo Escolar GUÍA PARA LA EMISIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES A EGRESADOS QUE CURSARON SU CARRERA DE PROFESIONAL TÉCNICO CON PLANES DE ESTUDIO ANTERIORES AL MODELO ACADÉMICO 2003 ÍNDICE Presentación Objetivo Marco Jurídico

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 5,

Más detalles

LICENCIATURA EN 3 AÑOS

LICENCIATURA EN 3 AÑOS 1 LICENCIATURA EN 3 AÑOS MODALIDAD DE ESTUDIO La licenciatura se cursa en la modalidad semiescolarizada, combina clases presenciales y actividades de aprendizaje en casa. El alumno de la Licenciatura en

Más detalles

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática 2013 OBJETIVOS El presente ordenamiento tiene por objeto regular las diferentes actividades y las competencias que corresponde

Más detalles

EGRESO Y TITULACIÓN 1.- SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE TÍTULO Y CÉDULA PROFESIONAL LICENCIATURA Y TÉCNICO SUPERIOR. TITULACIÓN AUTOMÁTICA

EGRESO Y TITULACIÓN 1.- SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE TÍTULO Y CÉDULA PROFESIONAL LICENCIATURA Y TÉCNICO SUPERIOR. TITULACIÓN AUTOMÁTICA Actualización marzo 2014 EGRESO Y TITULACIÓN En este apartado encontrarás la información más relevante para la Solicitud de Expedición de Título, Expedición de Cédula Profesional y otros trámites relativos.

Más detalles

Proceso de Admisión Agosto 2017

Proceso de Admisión Agosto 2017 Proceso de Admisión Agosto 2017 El proceso de admisión para estudiar tu carrera profesional en CENTRO incluyen los siguientes criterios: Examen de admisión el cual consta de conocimientos específicos de

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DEL PADRÓN DE AUDITORES Y DESPACHOS EXTERNOS

CONVOCATORIA PARA LA INTEGRACIÓN DEL PADRÓN DE AUDITORES Y DESPACHOS EXTERNOS C.P.C. Mauricio M. Audirac Murillo, Contralor General, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 33, 34, fracciones I, IV, VII y XVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz

Más detalles

Universidad de Colima Nombre del

Universidad de Colima Nombre del Universidad de Colima Nombre del Fecha de Clave Revisiones procedimiento elaboración Cambio de escuela del Nivel Medio Fecha de Fecha: 2/julio/2013 Realizó: Dirección Superior (Trámite en implantación

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO POR PUNTUALIDAD Y EFICIENCIA

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO POR PUNTUALIDAD Y EFICIENCIA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEL INCENTIVO POR PUNTUALIDAD Y EFICIENCIA Homoclave: SCT-NIADD-NSA-RRHH-0001 Vigencia: Noviembre de 2015 TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO CACAD-REGL.-05 UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ CONSEJO ACADÉMICO REGLAMENTO DE REVALIDA DE TITULO Y RECONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD ACADEMICA DE UNA UNIVERSIDAD EXTRANJERA PARA EXPEDIR UN TITULO EN PARTICULAR

Más detalles

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PROCEDIMIENTOS PARA RECURSOS HUMANOS

INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS PROCEDIMIENTOS PARA RECURSOS HUMANOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE PERSONAL Objetivo Expedir las credenciales al personal adscrito al Instituto a fin de que se identifiquen como trabajadores del mismo ante las instancias que sea necesario en

Más detalles

Instituto Kipling de Morelia S.C.

Instituto Kipling de Morelia S.C. REGLAMENTO PARA OTORGAMIENTO DE BECAS OBJETIVO Instituto Kipling de Morelia S.C. Apoyar la economía familiar de nuestros educandos, conscientes de la misión que nos aqueja como institución educativa comprometida

Más detalles

La información que se proporcione en los formatos será la que se utilice para la emisión del Título Profesional, por lo que deberá coincidir con el

La información que se proporcione en los formatos será la que se utilice para la emisión del Título Profesional, por lo que deberá coincidir con el PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DIPLOMADO EN LÍNEA PARA EFECTOS DE TITULACIÓN FCA Alumnos UNAM: 1. Consultar los requisitos del artículo 5 del Reglamento de Exámenes Profesionales, el cual se encuentra publicado

Más detalles

El papel de la DGIRE-UNAM en la movilidad estudiantil

El papel de la DGIRE-UNAM en la movilidad estudiantil UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS El papel de la DGIRE-UNAM en la movilidad estudiantil Octubre 2010 Revalidación

Más detalles

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL MODELO DE EDUCACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS (EBC) DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL

NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL MODELO DE EDUCACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS (EBC) DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL NORMAS DE CONTROL ESCOLAR PARA EL MODELO DE EDUCACIÓN BASADA EN COMPETENCIAS (EBC) DE LOS CENTROS DE CAPACITACIÓN PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Unidad de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas Subsecretaría

Más detalles

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo

Más detalles

La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa de Especializaciones en Trabajo Social

La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa de Especializaciones en Trabajo Social La Universidad Nacional Autónoma de México, a través del Programa de Especializaciones en Trabajo Social Que tiene como objetivo profundizar y ampliar los conocimientos y destrezas que requiere el ejercicio

Más detalles

Procedimiento para: Gestión del Curso

Procedimiento para: Gestión del Curso Código: SIG-CA-P-06 Página: 1 de 1. PROPÓSITO Asegurar el cumplimiento de los Programas de las Asignaturas, de todos los Planes de Estudio ofertados por el Instituto Tecnológico de Culiacán. 2. ALCANCE

Más detalles

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades División de Estudios Jurídicos

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades División de Estudios Jurídicos CONVOCATORIA DE INGRESO AL PROGRAMA DE MAESTRÍA EN DERECHO CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES. PROGRAMA ACREDITADO EN EL PADRÓN NACIONAL DE POSGRADOS DE CALIDAD DEL CONACYT CALENDARIO

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL Subsecretaría de Desarrollo Administrativo y Tecnológico SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DIRECCIÓN GENERAL EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR Equivalencia de Estudios

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚMERO 38 DE FECHA 21 DE FEBRERO 2003. GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave.

Más detalles

REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO

REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES Y EXÁMENES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE YUCATÁN CAPÍTULO I FUNDAMENTO JURÍDICO ARTÍCULO 1.- El Consejo Universitario en uso de la facultad que le confiere la fracción II del

Más detalles

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA ALUMNOS DE LICENCIATURA

REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA ALUMNOS DE LICENCIATURA REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL PARA ALUMNOS DE LICENCIATURA Introducción La Universidad Anáhuac Mayab, fundada en Mérida, Yucatán, en agosto de 1984, tiene como misión facilitar el proceso de formación

Más detalles

SECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

SECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página : Página 1 de 8 SECRETARÍA ACADÉMICA DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MOF - MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres www.upch.edu.pe Elaboración:

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN

REGLAMENTO DE GRADUACIÓN REGLAMENTO DE GRADUACIÓN UNIVERSIDAD GERARDO BARRIOS REGLAMENTO DE GRADUACION La Junta General Universitaria de la Universidad Gerardo Barrios Barrios Considerando: 1.- Que el articulo 5 de la Ley de Educación

Más detalles