SUPLEMENTO DEFINITIVO.

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1 SUPLEMENTO DEFINITIVO. Los valores mencionados en el Suplemento Definitivo han sido registrados en el Registro Nacional de Valores que lleva la CNBV, los cuales no podrán ser ofrecidos ni vendidos fuera de los Estados Unidos Mexicanos, a menos que sea permitido por las leyes de otros países. DEFINITIVE SUPPLEMENT. These Securities have been registered with the securities section of the National Registry of Securities (RNV) mantained by the CNBV. They can not be offered or sold outside the United Mexican States unless it is permitted by the laws of other countries.

2 CON BASE EN EL PROGRAMA DE CERTIFICADOS BURSÁTILES CONSTITUÍDO POR TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. de C.V. DESCRITO EN EL PROSPECTO DE DICHO PROGRAMA POR UN MONTO DE HASTA: $10, , SE LLEVARÁ A CABO LA PRESENTE OFERTA PÚBLICA DE 40,000,000 (CUARENTA MILLONES) DE CERTIFICADOS BURSÁTILES CON VALOR NOMINAL DE $ (CIEN PESOS 00/100 M.N.) CADA TÍTULO. MONTO DE LA OFERTA: $4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.) Características de la Segunda Emisión al amparo del Programa: DENOMINACIÓN DE LA EMISORA: Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. MONTO AUTORIZADO DEL PROGRAMA CON CARÁCTER REVOLVENTE: $10, , (DIEZ MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). TIPO DE VALOR: Certificados Bursátiles. VIGENCIA DEL PROGRAMA: 4 años. CLAVE DE PIZARRA: TELMEX 09. NÚMERO DE EMISIÓN: Segunda al amparo del Programa. MONTO DE LA EMISIÓN: $4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). VALOR NOMINAL DE LOS CERTIFICADOS BURSÁTILES: $ (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno. PRECIO DE COLOCACIÓN: $ (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno. RECURSO NETO QUE OBTENDRÁ LA EMISORA CON LA COLOCACIÓN: $3,983,706, (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.). TIPO DE SUBASTA: Tasa Única bajo la modalidad de Primeras Entradas Primeras Asignaciones. MECANISMO DE SUBASTA: Subasta electrónica con acceso a través de la página FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA SUBASTA: 7 de julio de FECHA DE LA SUBASTA: 8 de julio de FECHA LIMITE PARA RECEPCION DE POSTURAS: 8 de julio de HORARIO DE RECEPCIÓN DE POSTURAS DE COMPRA: De las 10:00 hrs. a las 11:00 hrs. FECHA DE PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA SUBASTA: 8 de julio de FECHA DE EMISIÓN: 10 de julio de FECHA DE REGISTRO EN LA BMV: 10 de julio de FECHA DE LIQUIDACIÓN: 10 de julio de PLAZO DE LA EMISIÓN: 727 días equivalentes aproximadamente a 2 (DOS) años. FECHA DE VENCIMIENTO: 7 de julio de CALIFICACIÓN OTORGADA POR STANDARD & POOR S, S.A. DE C.V. A LA EMISIÓN: mxaaa, es decir que la deuda calificada se considerará que tiene extraordinarias características sobre el grado de seguridad de pago oportuno. Esta designación es la más alta categoría de la escala CaVal. CALIFICACIÓN OTORGADA POR MOODY S DE MÉXICO, S.A. DE C.V. A LA EMISIÓN: Aaa.mx, es decir, muestra la capacidad crediticia más fuerte y la menor probabilidad de pérdida de crédito con respecto a otras emisiones nacionales. GARANTÍA: Los Certificados Bursátiles serán quirografarios, por lo que no contarán con garantía específica. INTERESES: A partir de su fecha de emisión, y en tanto no sean amortizados, los Certificados Bursátiles generarán un Interés Bruto Anual sobre su valor nominal, que el Representante Común fijará dos días hábiles anteriores al inicio de cada período de 28 (VEINTIOCHO) días (Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual), computado a partir de la fecha de emisión y que regirá durante ese período y que será calculado conforme a lo siguiente: Adicionar 0.74 (CERO PUNTO SETENTA Y CUATRO) puntos porcentuales, a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio ( TIIE ) a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días (o la que sustituya a ésta), capitalizada o en su caso, equivalente al número de días efectivamente transcurridos en cada período, que sea o sean dadas a conocer por el Banco de México, por el medio masivo de comunicación que éste determine o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación, incluso Internet, autorizado al efecto por dicho Banco o, a falta de ello, la que se dé a conocer a través de dichos medios, en la fecha de determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual que corresponda, o en su defecto, dentro de los 15 (quince) días hábiles anteriores a la misma, caso en el cual deberá tomarse como base la tasa comunicada en el día hábil más próximo a dicha fecha. En caso de que la tasa de TIIE a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días dejare de existir o publicarse, el Representante Común utilizará como tasa sustituta, aquella que dé a conocer el Banco de México como la tasa sustituta de la TIIE aplicable para el plazo más cercano al plazo citado. Para determinar la tasa de rendimiento capitalizada o, en su caso, equivalente al número de días efectivamente transcurridos del período de que se trate, de la tasa TIIE al plazo antes mencionado, el Representante Común utilizará la fórmula que aparece en en el título que documenta la emisión y en el presente Suplemento. El interés que causarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su fecha de emisión, y los cálculos para determinar las tasas y los intereses a pagar deberán comprender los días naturales de que efectivamente consten los períodos respectivos. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Iniciado cada período la Tasa de Interés Bruto Anual de cada período no sufrirá cambios durante el mismo. Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles se liquidarán aproximadamente cada 28 (VEINTIOCHO) días, en las fechas señaladas en el calendario de pago de intereses establecido en la sección Calendario del Pago de Intereses de este Suplemento o, si cualquiera de dichas fechas fuere un día inhábil, en el siguiente día hábil. Para determinar el monto de los intereses a pagar en cada período, el Representante Común utilizará la fórmula que aparece en el título que documenta la emisión y en el presente Suplemento. El Representante Común dará a conocer por escrito a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ( CNBV ) y a la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. ( INDEVAL ), por lo menos con 2 (DOS) días hábiles de anticipación a la fecha de pago, el importe de los intereses a pagar o el cálculo de la tasa de interés. Asimismo, dará a conocer a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. ( BMV ) a través del SEDI (o los medios que ésta determine), a más tardar el día hábil inmediato anterior a la fecha de pago, el monto de los intereses, así como la Tasa de Interés Bruta Anual aplicable al siguiente periodo. Los Certificados Bursátiles dejarán de causar intereses a partir de la fecha señalada para su pago, siempre que la Emisora hubiere constituido el depósito del importe de la amortización, y en su caso, de los intereses correspondientes, en las oficinas del INDEVAL, a más tardar a las 11:00 a.m. de ese día. En los términos del artículo 282 de la LMV, la Emisora estipula que el título que ampara el monto total de la emisión no lleva cupones adheridos, haciendo las veces de éstos y para todos los efectos legales, las constancias que el propio INDEVAL expida para tal efecto. La amortización de los Certificados Bursátiles se efectuará contra la entrega del propio título de crédito, el día señalado para su vencimiento. Los Certificados Bursátiles causarán intereses en el primer período de 27 (VEINTISIETE) días con base en una Tasa de Interés Bruto Anual de 5.69%. INTERESES MORATORIOS: En caso de incumplimiento en el pago de principal, se causará una tasa de interés moratorio sobre el principal igual a adicionar dos puntos porcentuales (2.0%) a la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles aplicable durante cada periodo en que ocurra y continúe el incumplimiento. Los intereses moratorios resultantes serán pagaderos a la vista desde la fecha correspondiente y hasta que la suma principal haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en el domicilio de la Emisora en la misma moneda que la suma principal. AMORTIZACIÓN: En un solo pago en la fecha de vencimiento de la emisión contra la entrega del título correspondiente. DESTINO DE LOS FONDOS: El destino de los recursos que se obtengan por concepto de la emisión de los Certificados Bursátiles es principalmente para propósitos corporativos generales, incluyendo sin limitar, para refinanciar vencimientos de deuda del presente año. RÉGIMEN FISCAL: La presente sección es una breve descripción del régimen fiscal aplicable en México para la adquisición, propiedad y enajenación de instrumentos de deuda, como los Certificados Bursátiles, por parte de personas físicas y morales, residentes y no residentes en México. El régimen fiscal vigente podrá ser modificado en el transcurso de la vigencia de los Certificados Bursátiles. La tasa de retención aplicable respecto a los intereses se encuentra sujeta a: (i) Personas físicas y personas morales residentes en México. La retención aplicable respecto a los intereses pagados sobre los Certificados Bursátiles, se fundamenta en los artículos 58 y 160 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y la tasa de retención en el artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, es decir, a la tasa del 0.85% anual sobre el monto del capital que dé lugar al pago de intereses; y (ii) Personas exentas residentes en México. Dentro de las disposiciones fiscales se establecen algunas exenciones para la retención del Impuesto Sobre la Renta, por ejemplo como sucede con las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles reguladas por el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, o también como sucede con la Federación, los Estados, el Distrito Federal o los Municipios, etc. (iii) Para personas físicas y morales residentes en el extranjero. Se estará a lo establecido en los artículos 179 y 195 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y dependerá del beneficiario efectivo de los intereses; y (iv) Fondos de pensiones y jubilaciones constituidos en el extranjero. Se estará a lo establecido en el artículo 179 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y dependerá del beneficiario efectivo de los intereses. 2

3 Recomendamos a todos nuestros inversionistas consultar en forma independiente a sus asesores fiscales respecto a las disposiciones fiscales vigentes aplicables a la adquisición, propiedad y enajenación de instrumentos de deuda antes de realizar cualquier inversión en Certificados Bursátiles. PERIODICIDAD EN EL PAGO DE INTERESES: Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles serán pagaderos cada 28 (VEINTIOCHO) días durante la vigencia de la emisión, de conformidad con el calendario de pagos que aparece en el Título Único y dentro de este Suplemento, contra la entrega de la constancia correspondiente expedida por INDEVAL. En el caso de que cualquiera de las fechas mencionadas en el calendario sea un día inhábil, los intereses se liquidarán el día hábil inmediato siguiente, calculándose en todo caso los intereses respectivos por el número de días efectivamente transcurridos hasta la fecha de pago correspondiente. Únicamente el primer período de pago de intereses será de 27 (VEINTISIETE) días, es decir, el primer pago de intereses se efectuará precisamente el día 6 de agosto de OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER DE LA EMISORA: La Emisora tiene obligaciones de dar, tales como las siguientes: Entregar tanto a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores como a la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. la información trimestral y anual correspondiente de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores y con las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores, tales como la información anual relacionada con la celebración de su Asamblea General Ordinaria de Accionistas dentro de la que se incluyen los estados financieros anuales dictaminados por Mancera, S.C., integrante de Ernst & Young Global y los informes a los que se refiere la Ley del Mercado de Valores. En el caso de la información financiera que se reporta trimestralmente, ésta se presenta de manera acumulada, y se acompaña de la información correspondiente al mismo periodo del año anterior. Asimismo, la Emisora deberá entregar en forma completa y oportuna, los reportes que la regulación aplicable mexicana y extranjera le requieren sobre eventos relevantes e información periódica. En caso de que existieran obligaciones de hacer y de no hacer serán incluidas en el presente Suplemento, así como en el aviso de colocación o en las convocatorias correspondientes. CAUSAS DE VENCIMIENTO ANTICIPADO: Los Certificados Bursátiles contienen Causas de Vencimiento Anticipado, las cuales en caso de presentarse podrían resultar en el vencimiento anticipado de dichos Certificados Bursátiles, conforme a los términos y condiciones del Título que documenta la presente emisión y que se reproducen en este Suplemento. LUGAR Y FORMA DE PAGO DE PRINCIPAL E INTERESES: El lugar de amortización y pago de principal e intereses será en las oficinas de la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., ubicadas en Paseo de la Reforma No. 255, 3er. Piso, Col. Cuauhtémoc, México, D.F., y se pagará vía una casa de bolsa (según contrato de intermediación bursátil) en forma electrónica al INDEVAL. POSIBLES ADQUIRENTES: Estos Certificados Bursátiles podrán ser adquiridos por personas físicas y morales cuando su régimen de inversión lo prevea expresamente. DEPOSITARIO: S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V. REPRESENTANTE COMÚN: Monex, Casa de Bolsa, S. A. de C.V., Monex Grupo Financiero. INTERMEDIARIOS COLOCADORES Los Certificados Bursátiles objeto de la presente oferta pública forman parte de un programa autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y se encuentran inscritos bajo el número en el Registro Nacional de Valores y son aptos para ser inscritos en el listado correspondiente de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. La inscripción en el Registro Nacional de Valores, no implica certificación sobre la bondad de los valores, solvencia de la Emisora o sobre la exactitud o veracidad de la información contenida en el presente Suplemento, ni convalida los actos que, en su caso, hubieren sido realizados en contravención de las leyes. El Prospecto de Colocación y el presente Suplemento, los cuales son complementarios, también podrán consultarse en Internet en las páginas y en la página de la Emisora México, D.F., a 10 de julio de Autorización: 153/78670/2009 de fecha 7 de julio de

4 ÍNDICE I. Características de la Oferta 6 II. Forma de Cálculo de los Intereses. 14 III. Destino de los Fondos 16 IV. Plan de Distribución. 17 V. Gastos Relacionados con la Oferta.. 19 VI. Estructura del Capital Consolidado Después de la Oferta 20 VII. Funciones del Representante Común. 21 VIII. Asamblea General de Tenedores. 23 IX. Nombres de Personas con Participación Relevante en la Oferta. 25 X. Acontecimientos Recientes 26 XI. Información Financiera. 27 a) Información Financiera Seleccionada.. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de b) Información Financiera por Línea de Negocio, Zona Geográfica y Ventas de Exportación 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de c) Informe de Créditos Relevantes. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de d) Comentarios y Análisis de la Administración sobre los Resultados de Operación y Situación Financiera de la Emisora 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de i) Resultados de la Operación. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de ii) Situación Financiera, Liquidez y Recursos de Capital. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de iii) Control Interno. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de e) Estimaciones Contables Críticas. 27 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de

5 XII. Personas Responsables.. 28 XIII. Calificación otorgada por Standard & Poor s, S.A. de C.V. y por Moody s de México, S.A. de C.V. a la presente emisión. 33 Anexos: Los Anexos son parte integral de este Suplemento a) Calificación otorgada por Standard & Poor s, S.A. de C.V. 34 b) Calificación otorgada por Moody s de México, S.A. de C.V 38 c) Opinión legal. 41 d) Título que documenta la presente emisión. 50 e) Estados Financieros al 31 de marzo de 2009 comparativos con el Ejercicio Anterior. 55 La información correspondiente a esta sección del Suplemento se incorpora por referencia al Informe del Primer Trimestre de 2009 presentado ante la CNBV y la BMV el 27 de abril de f) Estados financieros dictaminados del ejercicio 2008 y 2007 así como el informe del comité de auditoría 56 Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de g) Bases Generales del Proceso de Subasta para la Adquisición de Certificados Bursátiles. 57 La información que se incorpora por referencia podrá consultarse públicamente en los siguientes sitios y en la página de la Emisora Ningún intermediario, apoderado para celebrar operaciones con el público, o cualquier otra persona, ha sido autorizada para proporcionar información o hacer cualquier declaración que no esté contenida en este Suplemento Preliminar. Como consecuencia de lo anterior, cualquier información o declaración que no esté contenida en este Suplemento Preliminar deberá entenderse como no autorizada por Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa y Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer. Todos los términos utilizados en el presente Suplemento Preliminar que no sean definidos en forma específica, tendrán el significado que se les atribuye en el Prospecto. El presente Suplemento Preliminar es parte integrante del Prospecto del Programa autorizado por la CNBV, por lo que ambos documentos deben consultarse conjuntamente. 5

6 Denominación de la Emisora Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. Tipo de Documento Certificados Bursátiles. I. CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA Monto autorizado del Programa con Carácter Revolvente $10, , (DIEZ MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). Monto de la Emisión $4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). Denominación Moneda Nacional. Valor Nominal de los Certificados Bursátiles $ (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno. Precio de Colocación de los Certificados Bursátiles $ (CIEN PESOS 00/100 M.N.) cada uno. Recursos Netos que obtendrá la Emisora $3,983,706, (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.). Clave de Pizarra La clave de la presente emisión será TELMEX 09. Calificación Otorgada a la presente Emisión por Standard & Poor s, S.A. de C.V. y Moody s de México, S.A. de C.V. Para la presente emisión de Certificados Bursátiles, la Emisora ha recibido de Standard & Poor s, S.A. de C.V., la calificación de mxaaa, es decir que la deuda calificada se considerará que tiene extraordinarias características sobre el grado de seguridad de pago oportuno. Esta designación es la más alta categoría de la escala CaVal. Asímismo ha recibido de Moody s de México, S.A. de C.V. la calificación de Aaa.mx, es decir, muestra la capacidad crediticia más fuerte y la menor probabilidad de pérdida de crédito con respecto a otras emisiones nacionales. 6

7 Vigencia del Programa Intereses 4 años. Para determinar el monto de los intereses pagaderos en cada periodo respecto de los Certificados Bursátiles, el Representante Común utilizará la fórmula que aparece en el título que documenta la presente emisión, la cual se reproduce en el contenido de este Suplemento (ver Forma de Cálculo de Intereses ). Tasa de Interés aplicable para el primer periodo Los Certificados Bursátiles causarán intereses en el primer periodo de 27 (VEINTISIETE) días con base en una Tasa de Interés Bruto Anual de 5.69%. Periodicidad en el Pago de Intereses Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles serán pagaderos cada 28 (VEINTIOCHO) días durante la vigencia de la emisión, de conformidad con el calendario de pagos que aparece en el Título Único y en el siguiente punto de este Suplemento, o si fuere inhábil, el siguiente día hábil. Únicamente el primer período de pago de intereses será de 27 (VEINTISIETE) días, es decir, el primer pago de intereses se efectuará precisamente el día 6 de agosto de Calendario de Pago de Intereses Período Fecha de Inicio Fecha de Pago Días de Cupón 1 10 de Julio de de Agosto de de Agosto de de Septiembre de de Septiembre de de Octubre de de Octubre de de Octubre de de Octubre de de Noviembre de de Noviembre de de Diciembre de de Diciembre de de Enero de de Enero de de Febrero de de Febrero de de Marzo de de Marzo de de Abril de de Abril de de Mayo de de Mayo de de Junio de de Junio de de Julio de de Julio de de Agosto de de Agosto de de Septiembre de de Septiembre de de Septiembre de de Septiembre de de Octubre de de Octubre de de Noviembre de de Noviembre de de Diciembre de de Diciembre de de Enero de de Enero de de Febrero de de Febrero de de Marzo de de Marzo de de Abril de

8 24 14 de Abril de de Mayo de de Mayo de de Junio de de Junio de de Julio de En el caso de que cualquiera de las fechas antes mencionadas sea un día que no sea día hábil, los intereses se liquidarán el día hábil inmediato siguiente, calculándose en todo caso los intereses respectivos por el número de días efectivamente transcurridos hasta la fecha de pago correspondiente. Intereses Moratorios En caso de incumplimiento en el pago de principal, se causará una tasa de interés moratorio sobre el principal igual a adicionar dos puntos porcentuales (2.0%) a la Tasa de Interés Bruto Anual de los Certificados Bursátiles aplicable durante cada periodo en que ocurra y continúe el incumplimiento. Los intereses moratorios resultantes serán pagaderos a la vista desde la fecha correspondiente y hasta que la suma principal haya quedado íntegramente cubierta. La suma que se adeude por concepto de intereses moratorios deberá ser cubierta en el domicilio de la Emisora en la misma moneda que la suma principal. Amortización En un solo pago en la fecha de vencimiento de la emisión contra la entrega del título correspondiente. Régimen Fiscal La presente sección es una breve descripción del régimen fiscal aplicable en México para la adquisición, propiedad y enajenación de instrumentos de deuda, como los Certificados Bursátiles, por parte de personas físicas y morales, residentes y no residentes en México. El régimen fiscal vigente podrá ser modificado en el transcurso de la vigencia de los Certificados Bursátiles. La tasa de retención aplicable respecto a los intereses se encuentra sujeta a: (i) Personas físicas y personas morales residentes en México. La retención aplicable respecto a los intereses pagados sobre los Certificados Bursátiles, se fundamenta en los artículos 58 y 160 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y la tasa de retención en el artículo 22 de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, es decir, a la tasa del 0.85% anual sobre el monto del capital que dé lugar al pago de intereses; y (ii) Personas exentas residentes en México. Dentro de las disposiciones fiscales se establecen algunas exenciones para la retención del Impuesto Sobre la Renta, por ejemplo, como sucede con las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles reguladas por el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente, o también como sucede con la Federación, los Estados, el Distrito Federal o los Municipios, etc. (iii) Para personas físicas y morales residentes en el extranjero. Se estará a lo establecido en los artículos 179 y 195 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y dependerá del beneficiario efectivo de los intereses; y (iv) Fondos de pensiones y jubilaciones constituidos en el extranjero. Se estará a lo establecido en el artículo 179 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente y dependerá del beneficiario efectivo de los intereses. 8

9 Recomendamos a todos nuestros inversionistas consultar en forma independiente a sus asesores fiscales respecto a las disposiciones fiscales vigentes aplicables a la adquisición, propiedad y enajenación de instrumentos de deuda antes de realizar cualquier inversión en Certificados Bursátiles. Garantía Depositario Los Certificados Bursátiles serán quirografarios, por lo que no contarán con garantía específica. El título que ampara los Certificados Bursátiles se mantendrá en depósito en la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., para los efectos del artículo 280 de la LMV. En los términos del artículo 282 de la LMV, la Emisora estipula que el título que ampara el monto total de la emisión no lleva cupones adheridos, haciendo las veces de éstos y para todos los efectos legales, las constancias que el propio INDEVAL expida para tal efecto. Obligaciones de Dar, Hacer y No Hacer de la Emisora Obligaciones de Dar de la Emisora. La Emisora tiene obligaciones de dar, tales como las siguientes: Entregar tanto a la CNBV como a la BMV, la información trimestral y anual correspondiente de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores y con las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores, tales como la información anual relacionada con la celebración de su Asamblea General Ordinaria de Accionistas, dentro de la que se incluyen los estados financieros anuales dictaminados por el auditor externo y los informes a los que se refiere la Ley del Mercado de Valores. En el caso de la información financiera que se reporta trimestralmente, ésta se presenta de manera acumulada y se acompaña de la información correspondiente al mismo periodo del año anterior. Asimismo, la Emisora deberá entregar en forma completa y oportuna, los reportes que la regulación aplicable mexicana y extranjera le requieren sobre eventos relevantes e información periódica. Obligaciones de Hacer de la Emisora. Mientras el título permanezca insoluto en todo o en parte, la Emisora se obliga a: (a) Cumplimiento de Leyes. Cumplir en todos los aspectos de importancia con todas las leyes, reglas, reglamentos y órdenes aplicables. (b) Personalidad Jurídica. Conservar y mantener su personalidad jurídica, sus derechos para conducir sus negocios y tomar las acciones razonables para mantener los demás derechos, licencias o concesiones de importancia necesarios en el curso ordinario de sus negocios u operaciones. (c) Seguros. Obtener y mantener vigentes seguros adecuados en relación con sus activos, cubriendo los riesgos y hasta por los importes que se requieran conforme a procedimientos administrativos adecuados, considerando la naturaleza de los negocios de la Emisora. (d) Destino de los Fondos. La Emisora destinará los recursos de la colocación de los Certificados Bursátiles para los fines estipulados en el título correspondiente. 9

10 (e) Prelación. La Emisora se asegurará que las obligaciones bajo el título que ampara los Certificados Bursátiles constituyan en todo momento deuda incondicional de la Emisora y que tenga una prelación de pago al menos pari passu respecto de cualquier otra deuda quirografaria presente o futura de la Emisora. (f) Índice de endeudamiento consolidado. Mientras el título permanezca insoluto en todo o en parte, mantener un índice de endeudamiento consolidado (deuda neta / EBITDA consolidada por los 4 últimos trimestres) no mayor de 3.75 a 1 (tres punto setenta y cinco a uno). EBITDA definida como la utilidad de operación más depreciación y amortización. (g) Índice de cobertura de intereses consolidado. Mantener para cualquier periodo de cuatro trimestres fiscales consecutivos, un índice de cobertura de intereses no menor de 3.0 a 1 (tres a uno). Obligaciones de No Hacer de la Emisora. Mientras el título que ampara los Certificados Bursátiles permanezca insoluto en todo o en parte, la Emisora no podrá: (a) Venta de Activos. (A) La Emisora no podrá participar en alguna operación de fusión (a menos que una vez que surtió efectos la operación, la entidad que sobreviva sea la Emisora o alguna subsidiaria propiedad en su totalidad de la Emisora y en el entendido adicional que en caso de una operación que involucre a la Emisora, si la entidad que sobreviva es una subsidiaria propiedad en su totalidad de la Emisora, dicha subsidiaria deberá asumir todos los derechos y obligaciones de la Emisora en relación con los Certificados Bursátiles) o que se liquide o disuelva la Emisora o que transfiera, ceda o venda todas o substancialmente todas sus propiedades, activos o negocios. (B) La Emisora no deberá transmitir, vender o ceder sus propiedades, negocios o activos con excepción de: (i) la venta o cualquier forma de disposición sobre el inventario u otros activos en el curso ordinario de negocios, (ii) la venta o el descuento en efectivo de cuentas por cobrar en el curso ordinario de negocios (incluyendo la venta o descuento hechos con propósitos de financiamiento) en efectivo y por una cantidad igual al valor de mercado de dichas cuentas por cobrar, (iii) la venta o cualquier disposición de activos, negocios o propiedades a favor de cualquier subsidiaria o de la propia Emisora o (iv) la venta o cualquier disposición de activos, propiedades o negocios siempre que, el valor en libros de dicha propiedad, negocio o activo objeto de dicha venta o disposición no exceda del total de 10% de los activos totales en forma consolidada de la Emisora y sus subsidiarias determinado conforme a las Normas Mexicanas de Información Financiera ( NIF ) al tiempo de dicha venta o disposición. (b) Gravámenes. Constituir o permitir para la Emisora la existencia de cualquier deuda garantizada por un gravamen sobre una Propiedad Restringida, sin que en tal caso se cuide que efectivamente el título que ampara los Certificados Bursátiles (si la Emisora así lo determina, junto con cualquier otra deuda de la Emisora existente o creada con posterioridad) sean garantizados igual y proporcionalmente con dicha deuda garantizada, a menos que, después de dar efecto a lo anterior, el monto principal de todas las deudas garantizadas (distinta a deuda garantizada por Gravámenes Permitidos) no exceda del 10% de los activos totales de la Emisora y sus subsidiarias en forma consolidada, según se determine de conformidad con las NIF. Para efectos de este párrafo los términos siguientes tendrán el significado que adelante se indica: Gravámenes Permitidos significa cualquiera de los siguientes: (a) cualquier gravamen sobre una Propiedad Restringida con antelación a la adquisición del mismo por la Emisora o que surja con posterioridad a la adquisición de conformidad con compromisos contractuales celebrados anteriormente en relación con dicha adquisición; (b) cualquier gravamen sobre una Propiedad Restringida que garantice una deuda incurrida como consecuencia del financiamiento para el pago del precio de la adquisición o el costo de construcción, mejoramiento o reparación sobre todo o una parte de dicha Propiedad Restringida, en el 10

11 entendido que dicho gravamen esté asociado a dicha Propiedad Restringida dentro de los 12 meses siguientes a la adquisición o terminación de la construcción, mejora o reparación de dicha Propiedad Restringida; (c) cualquier gravamen existente sobre cualquier Propiedad Restringida de cualquier subsidiaria con antelación a la fecha en que dicha subsidiaria se integre como subsidiaria de la Emisora o que surja después de dicha fecha como consecuencia de compromisos contractuales celebrados con antelación a dicho evento; (d) cualquier gravamen garantizando deuda de una subsidiaria a favor de la Emisora u otra subsidiaria y (e) cualquier gravamen que surja de un refinanciamiento, prórroga de plazo o renovación de una deuda garantizada por cualquier gravamen permitido por los anteriores incisos, excepto en la medida en que dicha deuda sea incrementada o garantizada por una Propiedad Restringida adicional. Propiedad Restringida significa (a) cualesquiera líneas, interconexiones, equipo para switching, equipo de transmisión (incluyendo satélites), cables, equipo e instalaciones para señales de microondas ya sea que se hubieran adquirido a la fecha de emisión del título o se adquieran con posterioridad, usadas en relación con la prestación de servicios de enlace fijo de telecomunicaciones, incluyendo sin limitación alguna, terrenos, edificios, estructuras y otros equipos o adaptaciones de equipos en las instalaciones que constituyen dichas instalaciones y cualquier edificio de oficina propiedad de la Emisora y (b) cualquier acción representativa del capital social de cualquier subsidiaria. Causas de Vencimiento Anticipado Si ocurre o subsiste cualquiera de los eventos descritos a continuación, el Representante Común podrá mediante aviso por escrito dado a la Emisora declarar vencida y pagadera de inmediato la suma principal insoluta del título y los intereses devengados y no pagados. (a) Si la Emisora incumple en el pago de principal o intereses en un monto superior a US$100,000, (Cien millones de dólares 00/100, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América), o su equivalente en cualquier otra moneda respecto de cualquier deuda (distinta del título que ampara los Certificados Bursátiles), y dicho incumplimiento subsiste una vez transcurrido el período aplicable de gracia, en su caso, estipulado en el convenio o instrumento relativo a dicha deuda y que dicho incumplimiento cause que dicha deuda se vuelva vencida anticipadamente. (b) Si ocurre un Cambio de Control en la Emisora. Para estos efectos Cambio de Control significa un evento por el cual una persona actuando en conjunto con sus afiliadas o personas relacionadas (i) adquieran directa o indirectamente la propiedad de acciones con derecho a voto que representen el 50% (cincuenta por cierto) o más del poder de voto de todas las acciones del capital social de la Emisora autorizadas a votar generalmente en la elección de consejeros o (ii) si una persona posee directa o indirectamente el poder para dirigir la administración o las políticas de administración de la Emisora, en el entendido que no se considerará como Cambio de Control si dicha persona en conjunto con sus afiliadas o personas relacionadas sea Carso Global Telecom, S.A.B. de C.V. o cualquiera de sus afiliadas (siempre que dicha afiliada se encuentre bajo el control de uno o más miembros de la familia inmediata del señor Carlos Slim Helú) o uno o más miembros de la familia inmediata del señor Carlos Slim Helú que a la fecha de la emisión del título que ampare los Certificados Bursátiles, sean propietarios de Carso Global Telecom, S.A.B. de C.V. 11

12 Lugar y Forma de Pago de Intereses y Principal El lugar de amortización y pago de principal e intereses será en las oficinas de la S.D. Indeval Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., ubicadas en Paseo de la Reforma No. 255, 3er. Piso, Col. Cuauhtémoc, México, D.F., y se pagará vía una casa de bolsa (según contrato de intermediación bursátil) en forma electrónica al INDEVAL. Número de Emisión al Amparo del Programa Segunda emisión al amparo del Programa, la cual se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Valores bajo el número de fecha 7 de julio de Tipo de Subasta Tasa Única bajo la modalidad de Primeras Entradas Primeras Asignaciones. Mecanismo de Subasta Subasta electrónica con acceso a través de la página Fecha de Publicación de la Convocatoria a la Subasta 7 de julio de Fecha de la Subasta 8 de julio de Horario de recepción de posturas de compra De las 10:00 hrs. a las 11:00 hrs. Fecha de Publicación de los Resultados de la Subasta 8 de julio de Fecha de Publicación del Aviso de Colocación con Fines Informativos 9 de julio de Fecha de Emisión 10 de julio de Fecha de Registro en la BMV: 10 de julio de Fecha de Liquidación 10 de julio de

13 Plazo de la Emisión 727 días equivalentes aproximadamente a 2 (DOS) años. Fecha de Vencimiento 7 de julio de Posibles Adquirentes Estos Certificados Bursátiles podrán ser adquiridos por personas físicas y morales cuando su régimen de inversión lo prevea expresamente. Intermediarios Colocadores Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa y Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer. Representante Común Monex, Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero. Autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores La CNBV, mediante oficio No. 153/ /2007 de fecha 19 de diciembre de 2007, autorizó la inscripción preventiva en el Registro Nacional de Valores, de los Certificados Bursátiles que emita la Emisora al amparo del Programa y se cotizarán en la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. La CNBV, mediante oficio No. 153/35751/2008 de fecha 19 de diciembre de 2008, autorizó la publicación del Prospecto actualizado. La CNBV, mediante oficio No. 153/78670/2009 de fecha 7 de julio de 2009, autorizó la inscripción en el Registro Nacional de Valores de la segunda emisión de los Certificados Bursátiles descritos en el presente Suplemento. La inscripción en el Registro Nacional de Valores, no implica certificación sobre la bondad de los valores, solvencia de la Emisora o sobre la exactitud o veracidad de la información contenida en el presente Suplemento, ni convalida los actos que, en su caso, hubieren sido realizados en contravención de las leyes. Autorización del Consejo de Administración de la Emisora La presente emisión de Certificados Bursátiles fue autorizada por el Consejo de Administración de Telmex en su sesión ordinaria del día 18 de marzo de

14 Cálculo de Intereses para la Emisión II. FORMA DE CÁLCULO DE LOS INTERESES A partir de su fecha de emisión, y en tanto no sean amortizados, los Certificados Bursátiles generarán un Interés Bruto Anual sobre su valor nominal, que el Representante Común fijará dos días hábiles anteriores al inicio de cada período de 28 (VEINTIOCHO) días (Fecha de Determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual), computado a partir de la fecha de emisión y que regirá durante ese período y que será calculado conforme a lo siguiente: Adicionar 0.74 (CERO PUNTO SETENTA Y CUATRO) puntos porcentuales, a la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio ( TIIE ) a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días (o la que sustituya a ésta), capitalizada o en su caso, equivalente al número de días efectivamente transcurridos en cada período, que sea o sean dadas a conocer por el Banco de México, por el medio masivo de comunicación que éste determine o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación, incluso Internet, autorizado al efecto por dicho Banco o, a falta de ello, la que se dé a conocer a través de dichos medios, en la fecha de determinación de la Tasa de Interés Bruto Anual que corresponda, o en su defecto, dentro de los 15 (QUINCE) días hábiles anteriores a la misma, caso en el cual deberá tomarse como base la tasa comunicada en el día hábil más próximo a dicha fecha. En caso de que la tasa de TIIE a plazo de 28 (VEINTIOCHO) días dejare de existir o publicarse, el Representante Común utilizará como tasa sustituta, aquella que dé a conocer el Banco de México como la tasa sustituta de la TIIE aplicable para el plazo más cercano al plazo citado. Para determinar la tasa de rendimiento capitalizada o, en su caso, equivalente al número de días efectivamente transcurridos del período de que se trate, de la tasa TIIE al plazo antes mencionado, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula: TC = [( 1 + ( TR / 36,000 ) X PL ) NDE/PL 1 ] X ( 36,000 / NDE ) En donde: TC = Tasa capitalizada o equivalente al número de días efectivamente transcurridos de cada período TR = Tasa de interés del instrumento correspondiente PL = Plazo en días de la tasa a capitalizar NDE = Número de días efectivos del período de pago de intereses Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles se liquidarán aproximadamente cada 28 (VEINTIOCHO) días, en las fechas señaladas en el calendario de pago de intereses que se incluye en la sección denominada Periodicidad en el Pago de Intereses o, si cualquiera de dichas fechas fuere un día inhábil, en el siguiente día hábil. Únicamente el primer período de pago de intereses será de 27 (VEINTISIETE) días. Para determinar el monto de los intereses a pagar en cada período, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula: I = VN ( ( TB / ) X N ) En donde: I = Interés Bruto del período VN = Valor Nominal total de los Certificados Bursátiles en circulación TB = Tasa de interés Bruto Anual 14

15 N = Número de días efectivamente transcurridos de cada período El interés que causarán los Certificados Bursátiles se computará a partir de su fecha de emisión, y los cálculos para determinar las tasas y los intereses a pagar deberán comprender los días naturales efectivamente transcurridos hasta la fecha de pago correspondiente. Los cálculos se efectuarán cerrándose a centésimas. Iniciado cada período la tasa de interés bruto anual de cada período no sufrirá cambios durante el mismo. El Representante Común dará a conocer por escrito a la CNBV y al INDEVAL, por lo menos con 2 (dos) días hábiles de anticipación a la fecha de pago, el importe de los intereses a pagar o el cálculo de la tasa de interés. Asimismo, dará a conocer a la BMV a través del SEDI (o los medios que ésta determine), a más tardar el día hábil inmediato anterior a la fecha de pago, el monto de los intereses, así como la tasa de interés bruta anual aplicable al siguiente periodo. Los Certificados Bursátiles dejarán de causar intereses a partir de la fecha señalada para su pago, siempre que la Emisora hubiere constituido el depósito del importe de la amortización, y en su caso, de los intereses correspondientes, en las oficinas del INDEVAL, a más tardar a las 11:00 a.m. de ese día. En los términos del artículo 282 de la LMV, la Emisora estipula que el título que ampara el monto total de la emisión no lleva cupones adheridos, haciendo las veces de éstos y para todos los efectos legales, las constancias que el propio INDEVAL expida para tal efecto. La amortización de los Certificados Bursátiles se efectuará contra la entrega del propio título de crédito, el día señalado para su vencimiento. Los intereses que devenguen los Certificados Bursátiles se liquidarán de conformidad con lo que se establece en el calendario de pagos de intereses. En el caso de que cualquiera de las fechas antes mencionadas sea un día que no sea día hábil, los intereses se liquidarán el día hábil inmediato siguiente, calculándose en todo caso los intereses respectivos por el número de días efectivamente transcurridos hasta la fecha de pago correspondiente. Los Certificados Bursátiles causarán intereses en el primer período de 27 (VEINTISIETE) días con base en una Tasa de Interés Bruto Anual de 5.69%. 15

16 III. DESTINO DE LOS FONDOS La Emisora obtendrá por la colocación de la emisión $4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), monto del cual deducirá los gastos relacionados con la emisión que ascienden aproximadamente a $ , (DIEZ Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N.), lo que resulta en recursos netos por $3,983,706, (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.). El destino de los recursos que se obtengan por concepto de la emisión de los Certificados Bursátiles que documenta el presente Suplemento informativo será principalmente para propósitos corporativos generales, incluyendo sin limitar, para refinanciar parcialmente el vencimiento del tramo A del crédito sindicado por $1,300 millones de dólares el día 20 de octubre de 2009, el cual se contrató el 11 de agosto de 2006 a una tasa Libor a 3 meses más una sobretasa. 16

17 IV. PLAN DE DISTRIBUCIÓN La presente emisión contempla la participación de Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa y Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer como Intermediarios Colocadores, quienes ofrecerán los Certificados Bursátiles bajo la modalidad de mejores esfuerzos, según el contrato de colocación respectivo. En caso de ser necesario, los Intermediarios Colocadores celebrarán contratos de subcolocación con otras casas de bolsa para formar un sindicato colocador de los Certificados Bursátiles. El monto de la presente emisión será de $4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.). Los Certificados Bursátiles serán colocados por los Intermediarios Colocadores conforme a un plan de distribución, que tiene como objetivo primordial tener acceso a una base diversa de inversionistas y representativa del mercado institucional mexicano, integrado principalmente por compañías de seguros, sociedades de inversión especializadas de fondos de ahorro para el retiro, sociedades de inversión y fondos de pensiones y jubilaciones de personal o de primas de antigüedad. Asimismo, y dependiendo de las condiciones del mercado, los Certificados Bursátiles también podrán colocarse con otros inversionistas, tales como inversionistas considerados como de banca patrimonial e inversionistas extranjeros participantes en el mercado mexicano. Para efectuar la colocación de los Certificados Bursátiles, la Emisora podrá, junto con los Intermediarios Colocadores, realizar uno o varios encuentros bursátiles con Inversionistas Potenciales, contactar por vía telefónica a dichos inversionistas y, en algunos casos, sostener reuniones separadas con esos inversionistas. Como parte del plan de distribución y para la recepción de posturas de la presente colocación se utilizará el SIPO Sistema Electrónico de Subastas vía Internet perteneciente a SIF ICAP, S.A. de C.V., y que se ingresará a la dirección electrónica a través de este sistema los inversionistas que así lo deseen podrán entre otras alternativas: (1). Ingresar sus posturas de compra, en el entendido que el sistema electrónico contará con un cronómetro, el cual estará sincronizado y será el que rija la terminación de la subasta; (2). Consultar en su terminal durante el proceso, las posturas de los inversionistas, sin conocer las sobretasas, solamente podrán consultar los nombres y el monto de las posturas; (3). Conocer los resultados a través de la Emisora o los Intermediarios Colocadores, los cuales se notificarán telefónicamente y/o por el sistema SIPO, esta información será la asignación de los títulos, el monto a ser emitido y la sobretasa única. Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa será el Intermediario Colocador responsable de la concentración de las posturas para el cierre de libro. El servicio prestado por el sistema SIPO será contratado por los Intermediarios Colocadores con el objeto de asegurar la transparencia para el mercado en el proceso de formación de demanda en la subasta pública de los Certificados Bursátiles. Con un día hábil de anticipación al día de la subasta pública de los CEBURES, es decir el 7 de julio de 2009, la Emisora enviará al público en general, vía EMISNET, para su publicación en la sección Empresas Emisoras en el apartado Inscripción y Mantenimiento de la página de Internet de la BMV, la convocatoria de la Subasta en la que consten las características de la misma, entre las cuales se incluirán: el horario de inicio y terminación de posturas así como las horas que dicha Subasta estará abierta. Los términos y condiciones de la subasta, la forma de presentación de posturas, la metodología para asignar los Certificados Bursátiles y la forma de obtener información respecto de los resultados de la colocación se describen en forma detallada en las Bases Generales del Proceso de Subasta para la 17

18 Adquisición de Certificados Bursátiles que se adjuntan en el anexo g) del presente Suplemento. Se recomienda a los inversionistas interesados en participar en la colocación de los Certificados Bursátiles revisar esta información. Los Intermediarios Colocadores mantienen relaciones de negocios con la Emisora y le prestan diversos servicios financieros periódicamente, a cambio de contraprestaciones en términos de mercado (incluyendo las que recibirán por los servicios prestados como Intermediarios Colocadores por la colocación de los Certificados Bursátiles). Asimismo y por su parte Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa considera que aunque es una entidad afiliada de la Emisora, no existe conflicto de interés alguno respecto de los servicios que ha convenido en prestar para la colocación de los Certificados Bursátiles. Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa, como Intermediario Colocador distribuyó aproximadamente el 48.45% del número total de Certificados Bursátiles objeto de la presente emisión. Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer como Intermediario Colocador distribuyó aproximadamente el 51.55% del número total de Certificados Bursátiles objeto de la presente emisión. La Emisora y los Intermediarios Colocadores no tienen conocimiento de que alguno de sus principales accionistas, directivos o miembros del Consejo de Administración pretendan suscribir parte de los Certificados Bursátiles objeto de la presente emisión. La Emisora no pretende colocar total ni parcialmente la emisión entre personas relacionadas (según dicho término se define en la Ley del Mercado de Valores). Adicionalmente, hasta donde el Emisor y los Intermediarios Colocadores tienen conocimiento, ninguna persona suscribirá más del 5% (CINCO POR CIENTO) de los Certificados Bursátiles materia de la emisión, en lo individual o en grupo. Al tratarse de una oferta pública, cualquier persona que desee invertir en los Certificados Bursátiles objeto de la emisión, tendrá la posibilidad de participar en el proceso de subasta en igualdad de condiciones que otros inversionistas así como adquirir los Certificados Bursátiles, salvo que su perfil de inversionista no lo permita. Los Intermediarios Colocadores manifiestan que hasta donde tienen conocimiento, no pretenden distribuir Certificados Bursátiles objeto de la presente emisión entre sus partes relacionadas, quienes en todo caso participarán en igualdad de condiciones que cualquier otro inversionista siempre que su régimen de inversión lo permita. 18

19 V. GASTOS RELACIONADOS CON LA OFERTA La Emisora obtendrá por la colocación de la emisión $ 4,000,000, (CUATRO MIL MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), monto del cual deducirá los gastos relacionados con la emisión que ascienden aproximadamente a $16,293, (DIECISÉIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHO PESOS 00/100 M.N.), lo que resulta en recursos netos por $3,983,706, (TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.). Los principales gastos relacionados con la emisión son los siguientes: Comisiones por intermediación y colocación , Costos de inscripción en el RNV ( * ) 1 400, Costos de Registro o Emisión en la BMV 575, Honorarios del Representante Común 23, Impresión del Suplemento 57, Estudio y trámite de la solicitud CNBV ( * ) 15, Agencias calificadoras 350, Abogados Externos 15, Otros gastos relacionados con la Oferta: 57, Total de gastos relacionados con la Oferta: , ( * ) Estos importes no causan IVA. 19

20 VI. ESTRUCTURA DEL CAPITAL CONSOLIDADO DESPUÉS DE LA OFERTA La siguiente tabla muestra la estructura del capital consolidado de la Emisora, al 31 de marzo de Antes de la Oferta Después de la Oferta (millones de pesos constantes al 31 de marzo de 2009) Pasivo y Capital Vencimientos a menos de un año 58,607 58,607 Bancarios 23,968 23,968 Bursátiles 14,015 14,015 Otros Pasivos Circulantes 20,624 20,624 Deuda a Largo Plazo 90,998 94,998 Bancarios 42,876 42,876 Bursátiles 27,842 31,842 Otros Pasivos 20,280 20,280 Pasivo Total 149, ,605 Capital Contable 39,117 39,117 Suma Pasivo y Capital 188, ,722 20

21 VII. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE COMÚN a) Será el Representante Común de todos los Tenedores de Certificados Bursátiles, Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, quien ha aceptado llevar a cabo todos los actos necesarios para salvaguardar los derechos de los Tenedores con fundamento en los artículos 64 fracción XIII, 68 y 69, de la Ley del Mercado de Valores, los relativos a la representación común, en lo que resulten aplicables, los del Título Primero, Capítulo V de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, particularmente por lo que se refiere a las obligaciones y facultades del Representante Común, así como a su designación, revocación o renuncia; y el artículo 65 de las disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del Mercado de Valores o Circular Única. En virtud de la aceptación de su encargo, el Representante Común tendrá la obligación de ejercer las acciones y derechos que correspondan al conjunto de Tenedores de los Certificados Bursátiles para el pago de capital e intereses adeudados por la Emisora, sin perjuicio del derecho a que se le retribuya por sus servicios, además: b) El Representante Común dará a conocer por escrito a la CNBV y al INDEVAL por lo menos con 2 (dos) días hábiles de anticipación a la fecha de pago, el importe de los intereses a pagar o el cálculo de la tasa de interés. Asimismo, dará a conocer a la BMV a través del SEDI (o los medios que ésta determine), a más tardar el día hábil inmediato anterior a la fecha de pago, el monto de los intereses, así como la Tasa de Interés Bruta Anual aplicable al siguiente periodo. c) El Representante Común tendrá los derechos y obligaciones que se contemplan en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, así como en el presente Suplemento. Para todo aquello no expresamente previsto en el presente Suplemento, el Representante Común actuará de conformidad con las instrucciones de la mayoría de los Tenedores para que éste proceda a llevar a cabo cualquier acto en relación con los Certificados Bursátiles de Largo Plazo a menos que se indique otra cosa en el presente Suplemento. El Representante Común tendrá entre otros, además de las que señala la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y las que se especifican en la Circular Única, las siguientes funciones: (1) Suscribir los títulos representativos de los Certificados Bursátiles de Largo Plazo, habiendo verificado que cumplan con todas las disposiciones legales aplicables. (2) Vigilar el cumplimiento del destino de los fondos autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (3) Actuar frente a la Emisora como intermediario respecto de los Tenedores de los Certificados Bursátiles de Largo Plazo para el pago a estos últimos de los rendimientos y amortizaciones correspondientes. (4) Convocar y presidir las asambleas generales de Tenedores de los Certificados Bursátiles de Largo Plazo y ejecutar sus decisiones. (5) Ejercer los actos que sean necesarios a efecto de salvaguardar los derechos de los Tenedores de los Certificados Bursátiles de Largo Plazo. (6) Otorgar, en nombre de los Tenedores de los Certificados Bursátiles de Largo Plazo y previa aprobación de la asamblea general de Tenedores, los documentos o contratos que deban suscribirse o celebrarse con la Emisora. (7) En general, ejercer todas las funciones, facultades y obligaciones que le competen conforme a la Ley del Mercado de Valores, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a las disposiciones aplicables emitidas por la CNBV y a los sanos usos y prácticas bursátiles. d) Todos y cada uno de los actos que lleve a cabo el Representante Común en nombre o por cuenta de los Tenedores, en los términos del título que documenta la presente emisión o de la legislación aplicable, serán obligatorios y se considerarán como aceptados por los Tenedores. 21

22 e) El Representante Común podrá ser removido por acuerdo de la asamblea de Tenedores, en el entendido de que dicha asamblea únicamente podrá designar como Representante Común sustituto a casas de bolsa o instituciones de crédito, y de que dicha remoción sólo tendrá efectos a partir de la fecha en que un representante común sucesor haya sido designado, haya aceptado el cargo y haya tomado posesión del mismo. f) El Representante Común concluirá sus funciones en la fecha en que los Certificados Bursátiles de Largo Plazo sean pagados en su totalidad (incluyendo, para estos efectos, los intereses devengados y no pagados y las demás cantidades pagaderas conforme a los mismos). g) El Representante Común en ningún momento estará obligado a erogar ningún tipo de gasto u honorario o cantidad alguna a cargo de su patrimonio para llevar a cabo todos los actos y funciones que puede o debe llevar a cabo. 22

23 VIII. ASAMBLEA GENERAL DE TENEDORES Asambleas de Tenedores de Certificados Bursátiles (a) Las asambleas de los Tenedores representarán al conjunto de éstos y se regirán, en todo caso, por las disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, siendo válidas sus resoluciones respecto de todos los Tenedores, aún respecto de los ausentes y disidentes. (b) La asamblea general de Tenedores se reunirá siempre que sea convocada por el Representante Común. (c) Los Tenedores que representen un 10% (diez por ciento) de los Certificados Bursátiles en circulación, podrán pedir al Representante Común que convoque a la asamblea general de Tenedores, especificando en su petición los puntos que en la asamblea deberán tratarse, así como el lugar y hora en que deberá celebrarse dicha asamblea. El Representante Común deberá expedir la convocatoria para que la asamblea se reúna dentro del término de un mes contado a partir de la fecha en que reciba la solicitud. Si el Representante Común no cumpliere con esta obligación, el juez de primera instancia del domicilio de la Emisora, a petición de los Tenedores solicitantes, deberá expedir la convocatoria para la reunión de la asamblea. (d) La convocatoria para las asambleas de Tenedores se publicará una vez, por lo menos, en el Diario Oficial de la Federación y en alguno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional, con cuando menos diez (10) días naturales de anticipación a la fecha en que la asamblea deba reunirse. En la convocatoria se expresarán los puntos que en la asamblea deberán tratarse. (e) Para que una asamblea de Tenedores reunida para tratar asuntos distintos a los señalados en el inciso (f) siguiente se considere legalmente instalada en virtud de primera convocatoria, deberán estar representados, por lo menos, la mitad más uno de los Certificados Bursátiles en circulación y sus decisiones serán válidas cuando sean aprobadas por la mayoría de los presentes. Si la asamblea de Tenedores se reúne en virtud de tercera o ulterior convocatoria para tratar asuntos distintos a los señalados en el inciso (f) siguiente, habrá quórum con cualesquiera que sea el número de Certificados Bursátiles en ella representados y sus decisiones serán válidas si son tomadas por la mayoría de los Tenedores presentes. (f) Se requerirá que esté representado en la asamblea de Tenedores, en virtud de primera convocatoria, cuando menos el 75% (setenta y cinco por ciento) de los Certificados Bursátiles en circulación, y que las decisiones sean aprobadas por la mayoría de los presentes, en los siguientes casos: 1) Cuando se trate de revocar la designación del Representante Común o nombrar a cualquier otro representante común; 2) Cuando se trate de consentir o autorizar que la Emisora dejare de cumplir con las obligaciones contenidas en el presente Suplemento y en el título representativo de la emisión; y 3) Cuando se trate de realizar cualquier modificación a los términos o condiciones de los Certificados Bursátiles u otorgar prórrogas o esperas a la Emisora o al avalista respecto de los pagos de principal e intereses. (g) Si la asamblea de Tenedores se reúne en virtud de tercera o ulterior convocatoria para tratar cualesquiera de los asuntos señalados en los incisos (f) (1) y (2) anteriores, se requerirá que estén presentes o representados la mitad mas uno de los Certificados Bursátiles en circulación y sus decisiones serán válidas si son tomadas por la mayoría de los Certificados Bursátiles presentes, salvo que se tratare de cualesquiera de los asuntos mencionados en el inciso (f) (3) anterior, en cuyo caso, se requerirá que esté representado en la asamblea de Tenedores, cuando menos el 75% (setenta y cinco por ciento) de los 23

24 Certificados Bursátiles en circulación y que las decisiones sean aprobadas por lo menos por la mayoría de los presentes. (h) Para concurrir a las asambleas de Tenedores, los Tenedores deberán depositar las constancias de depósito que expida el INDEVAL y el listado que al efecto expida la casa de bolsa correspondiente, de ser el caso, respecto de los Certificados Bursátiles de los cuales son titulares, en el lugar que se designe en la convocatoria a la asamblea de Tenedores, por lo menos el día hábil anterior a la fecha en que la asamblea de Tenedores deba celebrarse. Los Tenedores podrán hacerse representar en la asamblea por apoderado, acreditado con carta poder. (i) En ningún caso podrán ser representadas en la asamblea de Tenedores, los Certificados Bursátiles que la Emisora o cualquiera de sus subsidiarias, afiliadas o asociadas hayan adquirido en el mercado. (j) De cada asamblea se levantará acta suscrita por quienes hayan fungido como presidente y secretario. Al acta se agregará la lista de asistencia, firmada por los concurrentes y por los escrutadores. Las actas así como los títulos, libros de contabilidad y demás datos y documentos que se refieran a la actuación de las asambleas de Tenedores o del Representante Común, serán conservados por éste y podrán, en todo tiempo, ser consultadas por los Tenedores, los cuales tendrán derecho a que, a su costa, el Representante Común les expida copias certificadas de dichos documentos. (k) Para efectos de calcular el quórum de asistencia a las asambleas de Tenedores, se tomará como base el número de Certificados Bursátiles en circulación. La asamblea de Tenedores será presidida por el Representante Común y en ella los Tenedores tendrán derecho a tantos votos como les correspondan en virtud de los Certificados Bursátiles que posean, computándose un voto por cada Certificado Bursátil en circulación. (l) Las resoluciones tomadas fuera de asamblea por unanimidad de los Tenedores que representen la totalidad de los Certificados Bursátiles con derecho a voto tendrán, para todos los efectos legales, la misma validez que si hubieren sido adoptadas reunidos en asamblea, siempre que se confirmen por escrito. Ninguna de las disposiciones anteriores limitará o afectará los derechos que, en su caso, tuvieren los Tenedores de conformidad con el Artículo 223 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. 24

25 IX. NOMBRES DE PERSONAS CON PARTICIPACIÓN RELEVANTE EN LA OFERTA Las personas que tuvieron participación relevante en la asesoría y/o consultoría en relación con la oferta de los valores, y están involucrados en la evaluación legal o evaluación financiera de la Emisora, son las siguientes: Responsables de la Administración y Finanzas de la Emisora: Ing. Adolfo Cerezo Pérez, Director de Finanzas y Administración C.P. José Manuel Camacho Berrueta, Subdirector de Tesorería Standard & Poor s, S.A. de C.V., empresa que otorgó la calificación correspondiente al Programa y a esta emisión. Moody s de México, S.A. de C.V., empresa que otorgó la calificación correspondiente a esta emisión. Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa, empresa que proporcionó la asesoría técnica en la preparación del Suplemento de la emisión. Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer, empresa que proporcionó la asesoría técnica en la preparación del Suplemento de la emisión. Monex, Casa de Bolsa, S. A. de C.V., Monex Grupo Financiero. Algunas de las personas antes mencionadas detentan acciones de la Emisora, únicamente como una inversión personal pasiva, la cual en su caso, representa un interés minoritario del capital social de la Emisora. Relaciones con Inversionistas La información relacionada con la oferta, será consultada o ampliada a través de: Anna Domínguez González Gerente de Relaciones con Inversionistas Parque Vía # Col. Cuauhtémoc México D.F. Tel ri@telmex.com 25

26 X. ACONTECIMIENTOS RECIENTES A la fecha del presente Suplemento no existen acontecimientos recientes que sean relevantes. 26

27 XI. INFORMACION FINANCIERA a) Información Financiera Seleccionada Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de b) Información Financiera por Línea de Negocio, Zona Geográfica y Ventas de Exportación Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de c) Informe de Créditos Relevantes Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de d) Comentarios y Análisis de la Administración sobre los Resultados de Operación y Situación Financiera de la Emisora Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de i) Resultados de Operación Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de ii) Situación Financiera, Liquidez y Recursos de Capital Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de iii) Control Interno La Administración es responsable de establecer y mantener un adecuado control interno sobre los reportes financieros. Nuestro control interno sobre los reportes financieros está diseñado para proporcionar certidumbre en cuanto a la confiabilidad de los reportes financieros y a la preparación de estados financieros para propósitos externos de acuerdo con las NIFs mexicanas. Basados en nuestra evaluación y esos criterios, la Administración considera que la Emisora mantuvo un control interno efectivo sobre los reportes financieros al 31 de diciembre de e) Estimaciones Contables Críticas Información incorporada por referencia al Reporte Anual presentado ante la CNBV y la BMV el día 29 de mayo de 2009 y al Reporte Trimestral presentado ante la CNBV y la BMV el día 27 de abril de

28 XII. PERSONAS RESPONSABLES Director General, Director de Finanzas y Director Jurídico Los suscritos manifestamos bajo protesta de decir verdad, que en el ámbito de nuestras respectivas funciones, preparamos la información relativa a la Emisora contenida en el presente Suplemento, la cual, a nuestro leal saber y entender, refleja razonablemente su situación. Asimismo manifestamos que no tenemos conocimiento de información relevante que haya sido omitida o falseada en este Suplemento o que el mismo contenga información que pudiera inducir a error a los inversionistas. /original firmado por el Lic. Héctor Slim Seade/ Por: Lic. Héctor Slim Seade Director General Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. /original firmado por el Ing. Adolfo Cerezo Pérez/ Por: Ing. Adolfo Cerezo Pérez Director de Finanzas y Administración Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. /original firmado por el Lic. Sergio Medina Noriega/ Por: Lic. Sergio Medina Noriega Director Jurídico Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. 28

29 Intermediarios Colocadores El suscrito manifiesta bajo protesta de decir verdad, que su representada en su carácter de Intermediario Colocador, ha realizado la investigación, revisión y análisis del negocio de la Emisora, así como participado en la definición de los términos de la oferta pública y que a su leal saber y entender, dicha investigación fue realizada con amplitud y profundidad suficientes para lograr un entendimiento adecuado del negocio. Asimismo, su representada no tiene conocimiento de información relevante que haya sido omitida o falseada en este suplemento o que el mismo contenga información que pudiera inducir a error a los inversionistas. Igualmente, su representada está de acuerdo en concentrar sus esfuerzos en alcanzar la mejor distribución de los Certificados Bursátiles materia de la oferta pública, con vistas a lograr una adecuada formación de precios en el mercado y que ha informado a la Emisora el sentido y alcance de las responsabilidades que deberá asumir frente al público inversionista, las autoridades competentes y demás participantes del mercado de valores, como una sociedad con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y en Bolsa. /original firmado por el Ing Luis Frías Humphrey/ Por: Ing. Luis Frías Humphrey Apoderado Inversora Bursátil, S.A. de C.V., Casa de Bolsa, Grupo Financiero Inbursa 29

30 Los suscritos manifestamos bajo protesta de decir verdad, que su representada en su carácter de Intermediario Colocador, ha realizado la investigación, revisión y análisis del negocio de la Emisora, así como participado en la definición de los términos de la oferta pública y que a su leal saber y entender, dicha investigación fue realizada con amplitud y profundidad suficientes para lograr un entendimiento adecuado del negocio. Asimismo, su representada no tiene conocimiento de información relevante que haya sido omitida o falseada en este Suplemento o que el mismo contenga información que pudiera inducir a error a los inversionistas. Igualmente, su representada está de acuerdo en concentrar sus esfuerzos en alcanzar la mejor distribución de los Certificados Bursátiles materia de la oferta pública, con vistas a lograr una adecuada formación de precios en el mercado y que ha informado a la Emisora el sentido y alcance de las responsabilidades que deberá asumir frente al público inversionista, las autoridades competentes y demás participantes del mercado de valores, como una sociedad con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y en Bolsa. /original firmado por Ángel Espinosa García/ Por: Ángel Espinosa García Apoderado Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer /original firmado por Gonzalo Manuel Mañón Suárez / Por: Gonzalo Manuel Mañón Suárez Apoderado Casa de Bolsa BBVA Bancomer, S.A. de C.V., Grupo Financiero BBVA Bancomer 30

31 Licenciado en Derecho Independiente El suscrito manifiesta bajo protesta de decir verdad, que a su leal saber y entender, la emisión y colocación de los valores cumple con las leyes y demás disposiciones legales aplicables. Asimismo, manifiesta que no tiene conocimiento de información jurídica relevante que haya sido omitida o falseada en este Suplemento o que el mismo contenga información que pudiera inducir a error a los inversionistas. /original firmado por el Lic. Rafael Robles Miaja/ Por: Lic. Rafael Robles Miaja Socio Galicia & Robles, S.C. 31

32 Auditor Externo El suscrito manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los estados financieros de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. y subsidiarias al 31 de diciembre de 2008 y 2007 que contiene el presente Suplemento, fueron dictaminados de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Asimismo, manifiesta que, dentro del alcance del trabajo realizado, no tiene conocimiento de información financiera relevante que haya sido omitida o falseada en este Suplemento o que el mismo contenga información que pudiera inducir a error a los inversionistas. /original firmado por el C.P.C. Fernando Espinosa López/ Por: C.P.C. Fernando Espinosa López Auditor Externo y Representante Legal Mancera, S.C., integrante de Ernst & Young Global 32

33 XIII. CALIFICACIÓN OTORGADA POR STANDARD & POOR S, S.A. DE C.V. Y POR MOODY S DE MÉXICO, S.A. DE C.V. A LA PRESENTE EMISIÓN Para la presente emisión, Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., ha recibido de Standard & Poor s, S.A. de C.V., la calificación de mxaaa, es decir que la deuda calificada se considerará que tiene extraordinarias características sobre el grado de seguridad de pago oportuno. Esta designación es la más alta categoría de la escala CaVal. Para la presente emisión, Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., ha recibido de Moody s de México, S.A. de C.V., la calificación de Aaa.mx, es decir, muestra la capacidad crediticia más fuerte y la menor probabilidad de pérdida de crédito con respecto a otras emisiones nacionales. 33

34 Los Anexos son parte integral de este Suplemento. ANEXOS a) Calificación otorgada por Standard & Poor s, S.A. de C.V. 34

35 STANDARD &POOR'S Prol. Paseo de la Reforma 1015 Torre A Piso 15, Santa Fé México, D.F. (52) Tel (52) Fax com.mx 29 de junio de 2009 TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V. Parque Vía 190 Col. Cuauhtémoc México, D.F. Estimados Señores: En atención a su solicitud para la calificación de la SEGUNDA emisión de certificados bursátiles (TELMEX 09) por la cantidad de hasta $8,000,000, (ocho mil millones de pesos 00/100 m.n.), a emitirse en pesos, con una tasa de interés variable y a un plazo de hasta dos años, que bajo el amparo del Programa de Certificados Bursátiles que calificamos el 8 de Diciembre de 2008 por un monto acumulado de hasta $10,000,000, (diez mil millones de pesos 00/100, m.n.), y en el entendido de que el monto de esta emisión sumado con el de la Tercera Emisión, no excederá la cantidad de $8,000'000, (ocho mil millones de pesos 00/100, M.N.), que pretenden inscribir en el Registro Nacional de Valores para que sea objeto de oferta pública e inten-nediación en el mercado de valores, y en cumplimiento de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores y a Otros Participantes del Mercado de Valores, a continuación nos permitimos comunicar a ustedes lo siguiente: TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V., es una sociedad mexicana legalmente constituida el 23 de diciembre de 1947, bajo el nombre de Teléfonos de México, S.A., inscrita en la Sección Comercio del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de México en el Volumen No Libro 3, Fojas 3, en el No. 4,, actualmente inserto en el Folio Mercantil No. 5229, habiendo cambiado su denominación social original por la actual el 5 de diciembre de 2006, quedando debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio del Distrito Federal en el Folio Mercantil 5229 el día 19 de diciembre de Del análisis que efectuamos de la información que nos presentaron para tal fin, se concluye que la calificación es 'mxaaa'. La deuda calificada 'mxaaa' que es el grado más alto que otorga Standard & Poor 's, en su escala CaVal, indica que la capacidad de pago, tanto de intereses como del principal, es sustancialmente fuerte. El destino de los recursos se destinará para el refinanciamiento de pasivos existentes. Se ajunta el fundamento de TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V. Como es de su conocimiento, esta calificación podrá ser modificada durante su vigencia. La perspectiva es estable. El presente dictamen substituye al otorgado el pasado 12 de junio de Atentamente, STANDARD & POOR'S, S.A. DE C.V. Eduardo %ibe-caraza Josd oballasi n

36 Fecha de Publicación: 12 de junio de 2009 Fundamento de la Calificación Teléfonos de México, S.A.B. de C.V Contactos analíticos: Fabiola Ortiz, México (52) ; José Coballasi, México (52) ; Calificaciones de riesgo crediticio Escala Global Escala Nacional (CaVal) Certificados Bursátiles Deuda senior no garantizada BBB+/Estable/-- mxaaa/estable/mxa-1+ Escala Nacional (CaVal) Largo plazo mxaaa Corto plazo mxa-1+ Escala Global BBB+ Fundamento Las calificaciones de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. (Telmex) se basan en su posición de liderazgo en el sector de telecomunicaciones en México y en su perfil financiero moderado, como se refleja en sus altos márgenes operativos y sólida generación de efectivo. Por otro lado, las calificaciones de Telmex están limitadas por la concentración del emisor en el mercado mexicano y por el cambiante entorno regulatorio. Telmex es una empresa integrada de servicios de telecomunicaciones que posee y opera la red de telecomunicaciones más grande en México y se mantiene como el mayor proveedor de servicios telefónicos, que incluyen larga distancia nacional e internacional, telefonía fija, pública y rural, transmisión de datos, y acceso a Internet. Al 31 de marzo de 2009, Telmex tenía 17.5 millones de líneas activas. A la fecha, la estrategia de negocio de Telmex ha sido empaquetar sus servicios e incrementar su penetración de banda ancha a fin de compensar parcialmente el crecimiento continuo de la telefonía móvil y la entrada de nuevos participantes al mercado. A finales de diciembre de 2007, los accionistas aprobaron la escisión de las operaciones de Telmex desarrolladas fuera del país; de esta manera se constituyó Telmex Internacional, S.A.B. de C.V. (TELINT; mxaa+/estable/mxa-1+). TELINT es una compañía controladora mexicana que provee, a través de sus subsidiarias en Brasil, Colombia, Argentina, Chile, Perú y Ecuador, una amplia gama de servicios de telecomunicaciones, como son, voz, datos, transmisión de video, televisión de paga por cable y satelital, acceso a Internet, y soluciones integrales de telecomunicaciones, así como los servicios relacionados con directorios telefónicos (sección amarilla y páginas blancas) en México, Estados Unidos de América, Argentina y Perú. Como resultado de la escisión, actualmente Telmex está concentrado sólo en el mercado mexicano. Si bien el EBITDA de Telmex se vio afectado por la escisión, la compañía sigue mostrando un perfil de riesgo financiero moderado. El índice de flujo operativo (FFO) a deuda total fue de 35.7% durante el primer trimestre de 2009, que se compara favorablemente con el 21.3% para el mismo periodo de Los márgenes de EBITDA se mantienen sólidos en 46.9% durante el primer trimestre de Al 31 de marzo de 2009, la deuda total de Telmex era de aproximadamente US$9,500 millones (cifra que incluye la deuda de Carso Global Telecom --CGT--, compañía controladora de Telmex, por aproximadamente US$1,800 millones). Los índices de deuda a EBITDA y de cobertura de intereses con EBITDA fueron de 2.4 veces (x) y 7.0x, respectivamente, durante el primer trimestre de 2009.

37 Standard & Poor s considera que una regulación más estricta podría limitar la capacidad de Telmex para implementar su estrategia de negocio. En octubre de 2006, el gobierno federal mexicano estableció nuevas reglas para la convergencia digital de las redes de comunicaciones. Aunque la compañía ha cubierto los requerimientos para entregar video a través de su red, las autoridades aún no aprueban que Telmex ofrezca servicios de video. Por lo tanto, no puede ofrecer servicios de triple-play en México, lo que demora la implementación de su estrategia de negocios. La portabilidad numérica (que permite a los clientes mantener su número telefónico si cambia de compañía) no ha generado una disminución en sus líneas activas, sin embargo, el crecimiento de la telefonía celular y la competencia han tenido un mayor impacto. Liquidez Al 31 de marzo de 2009, Telmex tenía alrededor de US$844 millones en caja y equivalentes, y en los últimos 12 meses, la compañía generó alrededor de US$2,639 millones en flujo libre de efectivo operativo. Ambas cifras se comparan favorablemente con su deuda de corto plazo por US$2,673 millones. Consideramos que su manejable perfil de vencimientos, amplio acceso a los mercados de capital nacional e internacional y su considerable flujo operativo, le seguirán dando un alto grado de flexibilidad para cubrir completamente sus obligaciones de manera oportuna. Los gastos de inversión en activo fijo de Telmex durante el primer trimestre de 2009 sumaron alrededor de US$287 millones, de los cuales 81% se destinaron a proyectos en las plataformas de datos, conectividad y a la red de transmisión (no incluye potenciales adquisiciones de la compañía). Asimismo, esperamos que el flujo operativo de la compañía se mantenga por arriba de US$3,000 millones por año, lo cual debería ser suficiente para que la empresa cubra sus gastos de inversión anuales en activo fijo, y para financiar la recompra de acciones y el pago de dividendos. Como lo ha reportado anteriormente, la compañía utiliza instrumentos swaps y forwards con el objeto de cubrir los riesgos generados por las fluctuaciones de las tasas de interés y del tipo de cambio. Aproximadamente 80% del total de su deuda está denominada en moneda extranjera. Sin embargo, tiene una cobertura de 90%, lo que minimiza el efecto de dichas variaciones. A la fecha, Telmex no ha reportado ningún impacto negativo significativo derivado de estas operaciones. Perspectiva Estable. La perspectiva refleja nuestra opinión de que, a pesar de los desafíos operativos y regulatorios que enfrenta, Telmex mantendrá su posición líder en el sector de telecomunicaciones de México y un perfil de riesgo financiero moderado. Esperamos que su índice de deuda total a EBITDA se ubique alrededor de 1.5x en los próximos tres años. Sin embargo, un mayor incremento de la deuda de su compañía controladora y/o un debilitamiento en el desempeño financiero de Telmex respecto a nuestras expectativas, podría generar una acción de calificación negativa. Por otro lado, aunque no es probable un alza de sus calificaciones, ésta sería resultado de un cambio en el panorama de competencia que favorezca a Telmex, y en caso de que mejore considerablemente su desempeño financiero, con un índice de deuda total a EBITDA de aproximadamente 1.0x. Publicado por Standard & Poor's, una subsidiaria de The McGraw-Hill Companies, Inc. Oficinas Corporativas: 1221 Avenue of the Americas, Nueva York, NY Oficinas Editoriales: 55 Water Street, Nueva York, NY Suscripciones: (1) Copyright 2009, por The McGraw-Hill Companies, Inc. Prohibida su reproducción total o parcial, excepto con autorización. Todos los derechos reservados. La información ha sido obtenida por Standard & Poor's de fuentes consideradas confiables. Sin embargo, dada la posibilidad de error humano y/o mecánico de nuestras fuentes, Standard & Poor's no garantiza la exactitud, adecuación o integralidad de cualquier información, y no se hace responsable por cualesquiera errores, omisiones, o por los resultados derivados del uso de dicha información. Los servicios analíticos que provee Standard & Poor s Ratings Services ("Ratings Services") se realizan de manera independiente con el fin de conservar la imparcialidad y objetividad de las opiniones de calificación. Las calificaciones crediticias de Rating Services solamente son opiniones, y no constituyen declaraciones de hechos o recomendaciones para comprar, retener o vender título alguno, o para tomar cualesquiera otras decisiones de inversión. Las calificaciones están basadas en información recibida por Ratings Services. Otras divisiones de Standard & Poor s pueden tener información que no está disponible para Ratings Services. Standard & Poor s ha establecido políticas y procedimientos para mantener la confidencialidad de la información no pública recibida durante el proceso de calificación. Ratings Services recibe un honorario por sus servicios de calificación. Tal compensación es pagada normalmente por los emisores de los títulos o por terceras partes que participan en la consiguiente colocación de los mismos. Sin perjuicio de que Standard & Poor s se reserva el derecho de difundir la calificación, no recibe ningún honorario o comisión por hacerlo, excepto los casos de suscripciones a sus publicaciones. Información adicional sobre nuestros honorarios por servicios de calificación está disponible en

38 b) Calificación otorgada por Moody s de México, S.A. de C.V. 38

39 Maody8s de Mexico S.A. de C.V. Instifución Calificadora de Valores Av. Paseo de las Palmas # Col. Lomas de Chapultepec 11 O00 México, D. F. C.P. JosÉ MANUEL CAMACHO B. TESORERO TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V. PARQUE V A 198 COLONIA CUAUHTÉMOC CP 06599, MÉXICo, D. F. ESTIMADO C.P. CAMACHO: ASUNTO: CALIFICACIÓN Y FUNDAMENTO DE LA CALIFICACIÓN EN ESCALA NACIONAL A LA SEGUNDA EMISIÓN DE CERTIFICADOS BLIRSÁTILES (TELMEX 09) POR LA CANTIDAD DE HASTA $8,000,000, (OCHO MIL MILLONES DE PESOS MN) DE TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V. (TELMEX) Por este medio damos respuesta a su solicitud de calificar la segunda emisión de Certificados Bursátiles (Telmex 09) que realizará TELEFONOS DE MÉXICO, S.A.B. DE C.V. BAJO EL PROGRAMA DE CERTIFICADOS BURSÁTILES HASTA POR LA CANTIDAD DE $10,000,000, (DIEZ MIL MILI-IONES DE ~ESOS M N). Hemos analizado la información que nos enviaron para este efecto. Como resultado de nuestro proceso interno, le informo que a los Certificados Bursátiles con un plazo de hasta 2 años y tasa de interés variable que Telmex pretende colocar entre el público inversionista por la cantidad de hasta $8,000,000, (OCHO MIL MILLONES DE PESOS M.N.), y en el entendido de que el monto de esta emisión, sumado con el de la tercera emisión bajo el programa referido anteriormente, no excederá la cantidad de $8,000'000, (ocho mil millones de pesos M.N.), le ha sido asignada la siguiente calificación: Aaa.mx en Escala Nacional de México. Perspectiva Estable Las calificaciones de Moody's en la Escala Nacional de México (.mx) son opiniones sobre la calidad crediticia relativa de los emisores y las emisiones dentro de México. Los emisores o las emisiones calificadas como Aaa.mx muestran la capacidad crediticia más fuerte y la menor probabilidad de pérdida de crédito con respecto a otros emisores o emisiones en el país. Esta es la calificación más alta en la Escala Nacional de México de Largo Plazo, otorgada por Moody's de México, S.A. de C.V. Página 1 de2

40 Fundamento de la calificación: La calificación de Aaa.mx de la segunda emisión de Certificados Bursátiles de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. por hasta $8,000,000, (Ocho mil millones de pesos 00/100 MN) se basa en la fuerte posición de mercado de la empresa en México y sus fuertes métricas crediticias para el nivel de su calificación. La calificación toma en cuenta, sin embargo, las presiones a la baja en sus ingresos y márgenes de operación, consecuencia de la baja diversificación de los servicios ofrecidos por Telmex y del mayor nivel de competencia observado en la industria de las telecomunicaciones hoy día en México. El incierto ambiente regulatorio es otro lirriitante a la calificación de Telmex. La perspectiva estable se basa en la expectativa de Moody's de que, a pesar de las presiones a la baja en los negocios de Telmex, la empresa será capaz de moderar sus costos y gastos y asi seguir generando niveles sólidos de generación de caja. La perspectiva estable también asume que, en caso de una menor generación de caja, la empresa mantendrá politicas financieras conservadoras de tal manera que sus métricas crediticias estén alineadas con su calificación global de A3. Moody's de México, S.A. de C.V. mantendrá la calificación actualizada, por lo cual requerirá hacer la revisión de los estados financieros trimestrales y del año más reciente, del presupuesto del año en curso, así como de otra información financiera relevante. Le agradecemos enviar esta documentación a Moody's tan pronto como la tenga disponible. En caso de considerarlo necesario o apropiado, si existiera alguna información (o ausencia de ésta) que, a discreción de nosotros así lo justifique, Moody's podrá revisar, suspender o retirar estas calificaciones en cualquier momento. Esta carta se expide única y exclusivamente para el registro de la emisión de Certificados Bursátiles mencionado en párrafos anteriores ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Fue un placer poder servirles y les agradecemos haber escogido los servicios de calificación de Moody's de México, S.A. de C.V. De requerir información adicional, favor de comunicarse con nosotros. En tanto reciba un cordial saludo. C.c.p.- Act. Carlos Quevedo López.- Vicepresidente de Supervisión Bursátil, CNBV.- Mismo fin C.P. Ricardo Piña Gutiérrez-Director General de Supervisión de Mercados, CNBV.- Mismo fin Lic. Rafael Colado.- Supervisor en Jefe de Emisoras, CNBV.- Mismo fin Lic. Alberto S. Jones Tamayo. Director General. Moody's de México. Mismo fin Página 2 de2

41 c) Opinión legal 41

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50 d) Título que documenta la presente emisión 50

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MONTO TOTAL DE LA OFERTA. Hasta $2,500,000, (dos mil quinientos millones de pesos 00/100 M.N.) CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS:

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