G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta"

Transcripción

1 G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: Referencia: Expediente N /17 VISTO el expediente N /2017, la Ley de Educación Nacional Nº y modificatorias, la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional Nº 26058, la Ley Nacional de Riesgos del Trabajo Nº y sus modificatorias, la Ley Nacional de Pasantías Nº 26427, Decreto Nacional 1374/2011, la Ley de Educación Provincial Nº 13688, las Resoluciones de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires Nº 13255/97, 5250/00, 112/13 y 1646/17, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº en su Artículo 118 determina que: El sistema educativo de la provincia de Buenos Aires reconoce y propicia el valor del trabajo socialmente productivo en articulación con la cultura escolar, las prácticas educativas, los procesos de enseñanza y de aprendizaje y la integración social, en todos los Niveles y Modalidades. La incorporación del trabajo a las propuestas educativas tenderá a la formación de los alumnos como sujetos activos capaces de generar proyectos productivos, así como emprendimientos individuales y comunitarios que habiliten su autonomía económica y su participación como ciudadanos en el desarrollo provincial y nacional. Que el Artículo 119 de la misma Ley establece que la Dirección General de Cultura y Educación diseñará y ejecutará programas de capacitación y formación para el trabajo que faciliten la integración laboral de los jóvenes a través del desarrollo de prácticas educativas; Que, conforme la Ley Nº 26058, las Instituciones pertenecientes a la Educación Técnico Profesional deben contemplar en sus diseños curriculares Prácticas Profesionalizantes para poder titular en sus respectivas especialidades; Que el Régimen de Pasantías Educativas está Dirección General, reglamentado por las Resoluciones N 13255/97 y 5250/00 están basadas en el Decreto Nacional 340/92, derogado por la Ley Nº 26427; Que es necesario encuadrar estas prácticas educativas dentro de lo estipulado por el Artículo 29 de la Ley N 13688; Que es necesario establecer un Sistema de Pasantías para estudiantes a partir de dieciséis (16) años de edad de la Educación Secundaria, la Educación Especial y la Educación de Adultos, que dependen de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires;

2 Que dentro del Sistema de Prácticas Formativas se encuentran los distintos formatos de prácticas educativas en ambientes de trabajo, tales como Prácticas Profesionalizantes y Pasantías; Que las Prácticas Profesionalizantes constituyen experiencias de prácticas formativas en ambientes de trabajo; Que desde la implementación de las Prácticas Profesionalizantes como campo curricular son muchas las experiencias formativas que se han desarrollado en las instituciones educativas de Educación Técnico Profesional, con distintas características y grados de desarrollo, niveles de interacción entre sí y con el medio; Que las Prácticas Profesionalizantes se implementan en la Educación Secundaria Agraria y en la Educación Secundaria Técnica de la Provincia, desde el año 2013; Que en la actualidad, las Direcciones que tienen a su cargo la Educación Superior (en sus carreras técnicas) la Formación Profesional y la Formación Integral en la Educación Especial (Ciclo Superior) demandan la realización de Prácticas Profesionalizantes; Que las Prácticas Profesionalizantes son obligatorias para la titulación, de acuerdo a los Marcos Normativos comprendidos en el Registro Federal de Instituciones al Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones homologados por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET); Que las Prácticas Profesionalizantes son parte del diseño curricular; Que es prioritario que la Dirección General de Cultura y Educación pueda definir la conceptualización, formas de implementación, aspectos técnicos y legales para las Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo de la provincia de Buenos Aires; Que el Consejo General de Cultura y Educación aprobó el despacho de las Comisiones de Asuntos Legales y de Asuntos Técnico Pedagógicos en sesión de fecha 21 de diciembre de 2017 y aconseja el dictado del correspondiente acto resolutivo; Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 69, inciso e y f de la Ley Nº 13688; Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN RESUELVE ARTÍCULO 1. Derogar las Resoluciones N 13255/97, 5250/00 y 112/13 y toda otra norma que se oponga a la presente. ARTÍCULO 2. Aprobar la conceptualización, objeto y formas de implementación del Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo sean éstas de carácter Obligatorias y No Obligatorias, en todos los casos para estudiantes mayores de 16 años de edad, del sistema educativo que depende de la Dirección General de Cultura y Educación, que como Anexo IF GDEBA-CGCYEDGCYE, forma parte integrante de la presente Resolución y consta de doce (12) páginas. ARTÍCULO 3. Ratificar el modelo de Planilla Relevamiento de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, que como Anexo IF GDEBA-CGCYEDGCYE, forma parte integrante de la presente Resolución y consta de cuatro (4) páginas. La Planilla Relevamiento podrá ser modificada por Disposición conjunta entre el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET) y las Direcciones de Nivel y Modalidad intervinientes.

3 ARTÍCULO 4. Aprobar el Circuito Administrativo de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo que como Anexo IF GDEBA-CGCYEDGCYE, forma parte integrante de la presente Resolución y consta de tres (3) páginas. ARTÍCULO 5. Determinar que la carga de datos y validación de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo correspondientes al Circuito Administrativo será realizada a través de una plataforma digital establecida por Disposición del Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET). ARTÍCULO 6. Determinar que las Instituciones Oferentes que participen voluntariamente del sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo serán convocadas a firmar la Adhesión al sistema, la cual tiene carácter de Declaración Jurada, debiendo realizar la carga de datos correspondiente a la entidad en el soporte digital que para ello se disponga. ARTÍCULO 7. Aprobar la planilla Adhesión de Instituciones Oferentes al Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, que como Anexo IF GDEBA- CGCYEDGCYE, forma parte integrante de la presente Resolución y consta de dos (2) páginas. ARTÍCULO 8. Determinar que el desarrollo de las Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, entendidas como prácticas educativas y desarrolladas de acuerdo a lo establecido en la presente, no crea para el estudiante ningún tipo de relación de dependencia laboral con la Institución Oferente. ARTÍCULO 9. Establecer que las Instituciones Oferentes, a fin de ingresar voluntariamente en el sistema, deben asegurar el cumplimiento de las normativas asociadas a la salud, medio ambiente de trabajo, seguridad e higiene para el desarrollo de las Prácticas Formativas. ARTÍCULO 10. Indicar que el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET), será el órgano responsable de supervisar que las Instituciones Oferentes, que ingresen voluntariamente en el sistema, cumplan con la normas de seguridad e higiene en el trabajo. ARTÍCULO 11. Determinar que las Instituciones Oferentes podrán incorporar a los estudiantes practicantes al ámbito de aplicación de la Ley Nº Ley de Riesgos del Trabajo- sus modificatorias y el Decreto 491/97, como relación no laboral. ARTÍCULO 12. Establecer que las Instituciones Educativas, en caso de estudiantes menores de 18 años, deben notificar al padre, madre, tutor o adulto responsable, los contenidos y características específicas de las Prácticas Formativas. En el caso de las Prácticas Profesionalizantes, deberán comunicar la obligatoriedad del cumplimiento y aprobación de las mismas como requisito para acceder a la certificación correspondiente. ARTÍCULO 13. Determinar que las Prácticas Profesionalizantes se encuentran comprendidas en el diseño curricular y las Pasantías Educativas son una extensión del diseño curricular, en ambos casos, se encuentran comprendidas en la cobertura de seguros de responsabilidad civil, de acuerdo a las condiciones de la póliza que la Dirección General de Cultura y Educación contrate. En el caso de la Gestión Privada, la institución educativa debe contratar un seguro de responsabilidad civil, en cumplimiento del artículo 1767 del Código Civil y Comercial. ARTÍCULO 14. Indicar que las innovaciones o creaciones que resulten de la actividad del estudiante practicante, en el marco de la institución educativa a la que pertenece, en términos de propiedad intelectual, deben ajustarse a lo previsto en los artículos 82 y 83 de la Ley Nacional Nº y sus modificatorias o en las que en el futuro las reemplace. ARTÍCULO 15. Establecer que el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET), intervendrá en la articulación del desarrollo de estrategias, programas y acuerdos, entre el sistema educativo provincial, en los niveles y modalidades que incluyan Prácticas Formativas en Ambientes de Trabajo, Obligatorias y No Obligatorias y los sectores socioproductivos, tanto públicos como privados, relacionados al desarrollo de la producción, la innovación tecnológica, la cultura y el trabajo en los

4 distintos tipos de organizaciones. ARTÍCULO 16. Determinar que el proceso administrativo del Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo será definido en Disposiciones conjuntas entre la Subsecretaría de Educación, el Consejo Provincial de Educación y Trabajo y las Direcciones Educativas involucradas. ARTÍCULO 17. Estipular que la Subsecretaría de Educación, en el marco de sus competencias, a través de las Direcciones de nivel y modalidad que correspondan, definirá los aspectos pedagógicos, didácticos y aquellas cuestiones inherentes a la implementación, seguimiento y evaluación del desarrollo de las prácticas formativas. ARTÍCULO 18. Establecer que el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET) será el órgano responsable de construir el Registro Único de Prácticas Formativas en Ambientes de Trabajo, a partir del análisis y procesamiento de datos de las Planillas Relevamiento. ARTÍCULO 19. Disponer que el Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET) y el Consejo General de Cultura y Educación elaborarán un plan anual para analizar la experiencia y una vez trascurridos 12 meses -a partir de la aprobación de la presente- realizan la evaluación del sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo. ARTÍCULO 20. Establecer que la presente Resolución será refrendada por el Vicepresidente 1 del Consejo General de Cultura y Educación y el Subsecretario de Educación de este organismo. ARTÍCULO 21. Registrar esta Resolución que será desglosada para su archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su reemplazo agregará copia autenticada de la misma, comunicar al Departamento Mesa General de Entradas y Salidas, notificar al Consejo General de Cultura y Educación, a la Subsecretaría de Educación, al Consejo Provincial de Educación y Trabajo, a la Subsecretaría Administrativa, a la Subsecretaría de Políticas Docentes y Gestión Territorial, al Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires y a quienes corresponda y a la Dirección Centro de Documentación e Investigación Educativa. Publicar en el Boletín Oficial, dar intervención al SINBA. Cumplido, archivar. Digitally signed by MARTINEZ Diego Julio Date: :26:09 ART Location: Provincia de Buenos Aires Digitally signed by SICILIANO Sergio Hernan Date: :49:50 ART Location: Provincia de Buenos Aires Digitally signed by SANCHEZ ZINNY Gabriel Cesar Date: :09:12 ART Location: Provincia de Buenos Aires Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :10:02-03'00'

5 SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO CONCEPTUALIZACIÓN, OBJETO Y FORMAS DE IMPLEMENTACIÓN 1. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo 2. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo Obligatorias: Prácticas Profesionalizantes (PP) 3. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo No Obligatorias: Pasantías Educativas 4. Responsabilidades de las Partes de Prácticas Formativas 1. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo Definición: Es la extensión educativa que desarrollan los estudiantes, mayores de 16 años, en una Institución Oferente; con el objeto de realizar prácticas relacionadas con su educación y formación, vinculadas a la propuesta curricular, bajo la organización, control y supervisión de la unidad educativa a la que pertenecen. Esta actividad se enmarca en el Decreto Nº 2299/11, artículo 30, y es, por tanto, un Acto Educativo. Las Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo pueden ser de carácter obligatorio y no obligatorio. Ambiente de Trabajo: En esta conceptualización, se entiende al mundo del trabajo como una dimensión fundamental en la conformación del sujeto social. En un sentido amplio es comprendido como la actividad creativa y transformadora de la naturaleza y de las culturas para satisfacer las necesidades de los sujetos. Posibilita su inscripción en la trama social a través de la actividad creativa, de producción material y simbólica y, en este sentido, constituye un elemento constructor y articulador de la sociedad. Por esta razón las prácticas formativas requieren la vinculación efectiva con el mundo del trabajo; ya que en este intercambio es donde se produce el aspecto distintivo de esta formación. Institución Oferente: Son los organismos de gobierno de cualesquiera de los poderes y en todos sus niveles; instituciones, asociaciones, cooperativas o empresas públicas o privadas, con o sin fines de lucro; organizaciones internacionales. Es decir, toda persona humana o Persona Jurídica en donde pueda llevarse a cabo una práctica formativa. Quedan excluidas las empresas de servicios eventuales.

6 2. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo Obligatorias: Prácticas Profesionalizantes Definición: Las Prácticas Profesionalizantes son estrategias formativas integradas en la propuesta curricular y son obligatorias para la titulación y certificación en los distintos niveles y modalidades de la Educación Técnico Profesional, de acuerdo a los Marcos Normativos comprendidos en el Registro Federal de Instituciones y en el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones homologados por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET). Como así también, en las certificaciones de formación ocupacional de la provincia de Buenos Aires. La Práctica Profesionalizante, por su carácter obligatorio y curricular, es un Acto Educativo. Las Prácticas Profesionalizantes deben estar planificadas, registradas institucionalmente, monitoreadas y evaluadas por un docente o equipo docente, que tendrá a su cargo el seguimiento de los estudiantes. Destinatarios: Para las Instituciones Educativas de la Educación Técnico Profesional: Educación Secundaria Técnica Educación Secundaria Agraria Educación Superior Técnica Educación Superior Artística Formación Profesional Educación Especial Técnica Objeto: Su objeto fundamental es poner en práctica saberes profesionales significativos sobre procesos socioproductivos de bienes y servicios, que tengan afinidad con el futuro entorno de trabajo en cuanto a su sustento científico-tecnológico y técnico. Asimismo, pretenden familiarizar e introducir a los estudiantes en los procesos y el ejercicio profesional u ocupacional vigentes para lo cual utilizan un variado tipo de estrategias didácticas ligadas a la dinámica del mundo del trabajo. En la Resolución Nº 266/15 del Consejo Federal de Educación se especifica que las capacidades profesionales se definen como saberes

7 complejos que posibilitan la articulación de conceptos, información, técnicas, métodos y valores para actuar e interactuar en situaciones determinadas, en contextos diversos. Estos saberes complejos ponen en relación el pensar en una situación particular con material relevante de las mismas. Conceptualización: El carácter obligatorio de las Prácticas Profesionalizantes implica la necesidad de incorporación de prácticas que anticipen los desafíos que cada profesión u ocupación propone en relación con su ejercicio profesional. Asimismo, su incorporación dentro de la propuesta curricular implica que la institución certifica estos saberes profesionales. Esto supone un efectivo compromiso institucional que garantice la calidad educativa de dichas prácticas y su correspondiente acreditación. Las Prácticas Profesionalizantes se constituyen en articulador de los contenidos en el diseño curricular. Los diseños curriculares como los proyectos institucionales darán sentido a las Prácticas Profesionalizantes y a la producción que éstas pudieran generar. La producción estará siempre al servicio de la educación y nunca a la inversa. Formatos: Las Prácticas Profesionalizantes pueden asumir diferentes formatos. Proyectos Externos: se realizan en empresas, organismos estatales o privados o en organizaciones no gubernamentales. Se caracterizan porque se realizan en lugares que se encuentran fuera del espacio escolar, tanto en relación al espacio físico como en lo relativo a las lógicas implementadas en sus rutinas laborales, propias de las instituciones oferentes, lo cual permite que las Prácticas Profesionalizantes estén vinculadas al perfil profesional u ocupacional de los estudiantes, desarrollando instancias de encuentro y retroalimentación mutua con las instituciones del sector socioproductivo y de la comunidad. Proyectos tecnológicos orientados a la investigación, experimentación y desarrollo de procedimientos, bienes o servicios relevantes desde el punto de vista social y que introduzcan alguna mejora dentro de los existentes: Se caracterizan por estar orientados a resolver problemáticas sociocomunitarias, o de la

8 propia institución escolar, de determinada producción alternando entre la institución educativa y ámbitos del entorno productivo local. Proyectos de Extensión: diseñados y organizados en la institución educativa, para satisfacer necesidades comunitarias. Se caracterizan por ser diseñados y producidos en los diversos entornos formativos de la propia institución educativa, que están orientados a resolver necesidades o problemáticas puntuales de la localidad o la región. Es importante destacar la relevancia que adquiere en este marco el Programa Trabajo por Cuenta de Terceros dependiente del COPRET, conforme a la normativa vigente para las Prácticas Profesionalizantes y su vinculación con los emprendimientos productivos y el desarrollo local y regional. Propósitos: De las Instituciones Educativas: Al diseñar e implementar las Prácticas Profesionalizantes, las instituciones educativas tendrán como propósitos: Promover la puesta en práctica de saberes profesionales u ocupacionales en procesos socioproductivos, que tengan afinidad con el futuro entorno de trabajo en cuanto a su sustento científico, tecnológico, técnico y sociopolítico. Fortalecer los procesos educativos a través de articulaciones con los sectores: productivo, estatal, privado y otras organizaciones que generen procesos de retroalimentación, obtención de información y reconocimiento mutuo de demandas y necesidades. Desarrollar estrategias que faciliten a los estudiantes la transición desde la escuela al mundo del trabajo. Generar espacios de reflexión crítica de la práctica profesional u ocupacional. Promover el reconocimiento del trabajo como valor que posee finalidades solidarias, estructurantes de la identidad y organizadoras de la vida en la sociedad. De los Estudiantes: A través de las Prácticas Profesionalizantes, los alumnos tendrán oportunidades de: Conocer los procesos de producción y el ejercicio profesional u ocupacional vigentes.

9 Comprender la relevancia de la organización eficiente del tiempo, del espacio y de las actividades productivas. Resolver problemas complejos que involucran situaciones sociales en contextos, caracterizado por la incertidumbre, la singularidad de cada caso y el conflicto de valores. Integrar y transferir aprendizajes adquiridos a lo largo del proceso de formación. Reconocer la especificidad de un proceso determinado de producción según su finalidad y las características de cada actividad. Reflexionar críticamente sobre su futura práctica profesional u ocupacional y sus resultados sobre la realidad social. Ejercitar gradualmente los niveles de autonomía y criterios de responsabilidad propios del perfil profesional u ocupacional, centrado en la formación de emprendedores, a partir de la generación de espacios de análisis y reflexión. Tomar conciencia de la importancia del trabajo digno en el marco de los derechos de los trabajadores y del respeto por las condiciones de higiene y seguridad en que debe desarrollarse. De las Instituciones Oferentes: las Instituciones Oferentes que participen voluntariamente del sistema aceptan los siguientes propósitos: Colaborar en la realización de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías, bajo la organización, conducción y supervisión de una institución educativa. Generar espacios adecuados para la realización de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías. Generar espacios adecuados para la realización de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías. Comprender la relevancia de la vinculación del sector educativo con el mundo del trabajo y la producción. Extensión: Las Prácticas Profesionalizantes tendrán una duración máxima de un ciclo lectivo o el equivalente a un período escolar, doce (12) meses, no pudiendo en ningún

10 caso- superar 4 horas diarias y 20 horas semanales. Por su carácter pedagógico, el desarrollo de la Práctica Profesionalizante deberá atender las especificidades de los entornos formativos. Esas especificidades deben estar caracterizadas en el Plan Institucional de Prácticas Profesionalizantes. La extensión de los diferentes formatos de PP responderán a los requerimientos del Plan Institucional, pudiendo tener una duración variable atento a las particularidades u objetivos buscados. Debido a la planificación institucional, las Prácticas podrán iniciarse en un ciclo lectivo y terminar en el siguiente, siempre que no supere los 12 meses de duración total. Para la Educación Secundaria Técnica y Agraria, las Prácticas Profesionalizantes tendrán una extensión mínima de 200 horas, a desarrollarse en el último año de la especialización, para poder titular. Para la Educación Superior Técnica, las Prácticas Profesionalizantes deberán alcanzar el 33% de la formación total de la tecnicatura, de acuerdo a lo establecido en la Resolución N 1646/17. La Formación Profesional, Educación Especial Técnica y Educación Artística Técnica, establecerán la extensión de la cantidad de horas mínima para titular o certificar en Disposiciones Conjuntas con la Subsecretaría de Educación, conforme lo expresado en el Artículo 16 de la presente Resolución. Docentes de Prácticas Profesionalizantes: En el marco de esta reglamentación, las autoridades educativas destinarán personal docente para la coordinación de las Prácticas Profesionalizantes y la articulación con el entorno local y regional.

11 3. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo No Obligatorias: Pasantías Educativas Definición: Se denomina Pasantía Educativa al conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes de los niveles y modalidades consignados en la presente, en empresas e instituciones de carácter público o privado, para la realización de prácticas relacionadas con su educación y formación, de acuerdo a la especialización que reciben, bajo organización, control y supervisión de la unidad educativa a la que pertenecen, durante un lapso determinado. Destinatarios: Para las Instituciones Educativas que no corresponden a la Educación Técnico Profesional: Educación Secundaria Educación de Adultos Educación Especial que por su currícula no se corresponda con la Educación Técnico Profesional. Aspectos generales: Las Pasantías Educativas son actividades de carácter complementario en la formación de los alumnos y se constituyen como una extensión del diseño curricular. Objeto: Su objeto fundamental es favorecer la profundización y recreación de las capacidades adquiridas en el proceso formativo, vinculadas con el trabajo y la producción en el contexto del desarrollo local y regional donde las instituciones educativas están inmersas, como también la adquisición de nuevas capacidades resultante de un contexto de trabajo real y concreto. Debe propiciar la familiarización de los alumnos con el ambiente laboral en sectores afines con los estudios que realizan, promoviendo la integración con el entorno laboral, la capacidad de trabajo en equipo, la responsabilidad y el cumplimiento de las normas.

12 Propósito: Por tratarse de una experiencia educativa enriquecedora para los estudiantes, que posibilita ampliar el campo de su formación y adquirir capacidades propias del entorno productivo, se promoverá la participación masiva de los mismos en el sistema de Pasantías Educativas. Las Instituciones Educativas que propicien la participación de los alumnos en el sistema de Pasantías Educativas, en virtud de las posibilidades de la región y la localidad donde se ubica la Institución Educativa, elaboran el Plan de Pasantías Educativas y se encargan de: Realizar la búsqueda de Instituciones Oferentes. Informar a las Instituciones Oferentes la reglamentación vigente. Publicar la nómina de Instituciones Oferentes para conocimiento de los estudiantes. Realizar la inscripción y el procedimiento de acceso de los estudiantes a las Pasantías Educativas. La metodología para llevar adelante la postulación y selección de estudiantes se determina en Disposición conjunta entre la Subsecretaría de Educación y el COPRET. Esa metodología no puede en ningún caso desnaturalizar el aspecto pedagógico de la Pasantía Educativa. De la extensión: Las Pasantías Educativas tendrán una duración máxima de 6 meses, no pudiendo en ningún caso- superar 4 horas diarias y 20 semanales. Siempre que la actividad formativa así lo permita, las Pasantías Educativas podrán ser renovadas por un período máximo de 6 meses, no pudiendo en ningún caso superar los 12 meses. Las Pasantías Educativas, por su carácter optativo, se desarrollarán por fuera de la jornada escolar. Se requerirá que el pasante mantenga su condición de alumno regular; en caso de no cumplir con dicha condición cesará automáticamente la relación de pasantía.

13 4. Responsabilidades de las partes de Prácticas Formativas: Prácticas Profesionalizantes y Pasantías La Subsecretaría de Educación y el COPRET: Definirán, a través de las Direcciones de Nivel y Modalidad de la Educación Técnico Profesional, los aspectos pedagógicos y todo lo inherente a la pedagogía y la didáctica de las mismas. Instituciones Educativas: Las autoridades de las instituciones educativas son las responsables de conducir el proceso educativo conforme el Proyecto Institucional, que debe contemplar el Plan de Continuidad Pedagógica, el Plan Institucional de Prácticas Formativas (Prácticas Profesionalizantes y/o Plan de Pasantías). Son responsables de: Suscribir el Plan de Prácticas Formativas. Designar un docente responsable de las Prácticas Formativas, que realice la evaluación de las mismas. En el caso de las Pasantías Educativas, por su carácter No Obligatorio, el responsable será el Director de la Institución Educativa. Girar la evaluación al Inspector de Enseñanza. Llevar el Libro de Actas. Elaborar las nóminas de estudiantes que deben obrar en la escuela con el aval del Inspector de Enseñanza. Confeccionar la Planilla Relevamiento que constituye el Registro Único. Certificar las Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías. Realizar la carga de los Planes de Prácticas y las Planillas Relevamiento en la plataforma digital. Inspectores de Enseñanza: son los responsables de la supervisión de los Planes de Prácticas Formativas, en los términos de la Ley Nº y su Reglamentación-. Además tendrán a su cargo: Avalar con su firma el Plan de Prácticas Formativas: Prácticas Profesionalizantes y/o Plan de Pasantías, según corresponda.

14 Girar el Plan de Prácticas Formativas, la Planilla Relevamiento y la evaluación a la Dirección de Educación a través de la plataforma digital a las Direcciones de Nivel y Modalidad los contenidos de dicha evaluación. Dirección de Nivel y Modalidad: Recibe y analiza la pertinencia pedagógica de los Planes de Prácticas Formativas y la Planilla Relevamiento a través de la plataforma digital. Avala los Planes de Prácticas Formativas: Prácticas Profesionalizantes y/o Plan de Pasantías, según corresponda. Informar al COPRET los Planes de Prácticas y la Planilla Relevamiento a través de la plataforma digital. Recibe de parte de los Inspectores, la evaluación de las Prácticas Formativas y es responsable de girarla al COPRET para su tratamiento. Consejo Provincial de Educación y Trabajo: Diseña la plataforma digital de carga de datos, verificación y validación de datos, con el que se constituirá el Registro Único de Prácticas Formativas. Coordina la carga de datos de las instituciones oferentes e instituciones educativas en la plataforma digital. Coordina las acciones inherentes a la implementación de las Prácticas Formativas. Promueve la gestión de Acuerdos Marcos y Convenios Marcos. Administra las acciones que el Director General delegue en la Secretaría Ejecutiva. Recibe de parte de instituciones oferentes la carga de datos correspondientes. Recibe de las Direcciones de Educación los Planes de Prácticas Avalados y las Planillas Relevamiento a través de la plataforma digital. Confecciona la Disposición o el acto administrativo que corresponda. Comunica la Disposición. Confecciona el Registro Único de Prácticas Profesionalizantes a partir de la Planilla Relevamiento girada por la Dirección de Educación. Recibe de las Direcciones de Nivel y Modalidad la evaluación de las Prácticas Formativas, es responsable de llevar un registro de las mismas y elaborar un informe

15 para ser analizado en el Consejo General de Cultura y Educación, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 19 de la presente Resolución. Consejo General de Cultura y Educación: Recibe el informe sobre la evaluación de las Prácticas Formativas. Analiza los datos de la evaluación. Conforme sea necesario, elabora en conjunto con el COPRET, el acto administrativo correspondiente para modificar los aspectos técnicos y pedagógicos que mejoren la implementación del sistema de Prácticas Formativas. Estudiantes Practicantes: Tendrán las siguientes obligaciones: Cumplir y respetar las directivas técnicas y de seguridad que le sean impartidas por el personal de la Institución Oferente. Cumplir con las normas de Seguridad e Higiene y las instrucciones al respecto que la Institución Oferente les indique. Deberá respetar las normas de convivencia y cualquier otra disposición interna de la Institución Oferente. Cumplir con el Plan de Prácticas. Instituciones Oferentes: Las Instituciones Oferentes, que ingresen voluntariamente en el Sistema de Prácticas Profesionalizantes, tendrán las siguientes responsabilidades: Suscribe la adhesión al Sistema de Prácticas Formativas. Cumplimenta la carga de datos en la plataforma digital y adjunta la documentación respaldatoria requerida por el COPRET. Cumplimenta las Normas de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Suscribe el Certificado de PP emitido por la Institución Educativa, convalidando las actividades realizadas. Extiende a los estudiantes practicantes la constancia correspondiente, una vez realizadas las Prácticas Profesionalizantes, indicando el período de asistencia, funciones y actividades desarrolladas, sin perjuicio de la evaluación a cargo del docente.

16 Facilita el acceso de los docentes de Prácticas Profesionalizantes al establecimiento para poder evaluar los resultados de las actividades desarrolladas por los estudiantes en sus Prácticas Profesionalizantes. Otorga a los estudiantes practicantes los beneficios con que contare su personal, tales como transporte, comedor y refrigerio; pudiendo asignar una suma para atender los gastos de movilidad. Dispone de sus instalaciones para la realización de las Prácticas Profesionalizantes. Designa un responsable para brindar orientación y asistencia a los estudiantes.

17 G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: Expediente N /17 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 12 pagina/s. Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :04:29-03'00' Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :04:17-03'00'

18 CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO El Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET) coordina el circuito administrativo de las Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo que se compone de los siguientes pasos: 1. La Institución Educativa realiza el Plan Institucional de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo: Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías Educativas según corresponda. a. En el caso de las Prácticas Profesionalizantes (PP), es el docente de PP quien realiza el Plan y el Director quien lo avala, siempre en el marco del Plan Institucional. 2. El Director de la Institución Educativa suscribe el Plan de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo (Plan de Prácticas Profesionalizantes y/o Pasantías Educativas) y lo gira al Inspector de Enseñanza a través de la plataforma digital. 3. El Inspector de enseñanza autoriza el Plan de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo y a través de la plataforma digital lo gira a la Dirección de Nivel y Modalidad correspondiente. 4. Las Dirección de Nivel y Modalidad debe: a) Analizar y aprobar la pertinencia pedagógica del Plan de Prácticas Profesionalizantes o Pasantía Educativa y de la Planilla Relevamiento. b) Informar al COPRET, a través de la plataforma digital, los Planes avalados. c) Informar a la Jefatura Regional Distrital y al Inspector de Enseñanza cuando el Plan está aprobado. 5. La Institución Educativa se pone en contacto con las Instituciones Oferentes, a fin de comunicar la normativa vigente, la implementación y el circuito administrativo. 6. El COPRET gestiona la difusión del sistema y la adhesión de Instituciones Oferentes.

19 7. La Institución Oferente, una vez recibida toda la información y la documentación correspondiente, si decide participar del sistema de Prácticas Formativas, suscribe a través de la plataforma digital la Adhesión al Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, adjuntando la Documentación Respaldatoria correspondiente. a) La adhesión al sistema tendrá vigencia hasta tanto alguna de las partes manifieste su voluntad de rescindirlo haciendo su renovación por nota de continuidad. b) La adhesión y la documentación adjunta debe ser cargada en formato digital, a través de la plataforma digital. c) Cuando la Institución Oferente no pueda tramitar la adhesión a través de la página web, se requerirá a la Institución Educativa y/o al COPRET que intervenga y efectivice la carga de datos. d) El Consejo Provincial de Educación y Trabajo (COPRET), gestionará la carga de datos de Instituciones Oferentes, a través de las entidades empresarias que integran su Consejo Consultivo Provincial. 8. El COPRET podrá administrar la carga de datos de Instituciones Oferentes que no estén afiliadas a las entidades empresarias que integran el Consejo Consultivo. 9. Las Instituciones Oferentes deben garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene, caso contrario no podrán adherir al sistema. 10. El COPRET recibirá a través de la plataforma digital, los Planes de Prácticas Aprobados. 11. El COPRET, a través de la plataforma digital, autorizará la adhesión de las Instituciones Oferentes que estén en condiciones de participar en el sistema. 12. El COPRET, una vez constatado el procedimiento: que la Institución Oferente está debidamente autorizada y que el Plan de Prácticas Formativo está aprobado por la Dirección de Nivel y Modalidad, realizará el acto administrativo (Disposición) aprobando los actuados. 13. El COPRET informará a las Instituciones Oferentes y a las Direcciones de Nivel y Modalidad, las Prácticas avaladas, a través de la plataforma digital.

20 14. La Institución Educativa podrá dar inicio a las Prácticas Formativas cuando cuente con la Disposición del COPRET. En cuanto al cuidado y responsabilidad por la actividad educativa, el equipo directivo abrirá un Libro de Actas habilitado a tal efecto, conforme al artículo 225 del Reglamento General de Escuelas, donde deberá obrar la autorización de la Dirección de Nivel o Modalidad, para realizar las Prácticas Formativas y la Disposición del COPRET que avala la misma, a los fines que opere la respectiva cobertura de la póliza ante eventuales siniestros. 15. El COPRET construirá el Registro Único de Prácticas Formativas con los datos consignados en la plataforma digital.

21 G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: Expediente N /17 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 3 pagina/s. Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :06:46-03'00' Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :06:46-03'00'

22 MODELO EN PLATAFORMA DIGITAL DEPLANILLA RELEVAMIENTO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS ENAMBIENTE DE TRABAJO RELEVAMIENTO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTES DE TRABAJO REGISTRO ÚNICO PP01 Datos Institucionales correspondientes al ciclo lectivo Región Educativa Nombre del Distrito Nº Tipo de Institución Educativa N º 20 Tipo de Gestión Nº CUE Nº Clave Provincial Nombre de la Institución Domicilio Cód. Post Teléfono Mail Apellido y Nombre del Director Teléfono Mail

23 PP02 RELEVAMIENTO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTES DE TRABAJO Código Nombre de la Institución Oferente Rubro Principal Área/Sector de Desarrollo de la P.F. Domicilio de la empresa Teléfono de la empresa MAIL de la empresa Nº de CUIT Nombre y Apellido del Responsable Legal de la Empresa Cargo Mail del Responsable Legal de la Empresa Teléfono del Responsable Legal de la Empresa Nombre y Apellido del Responsable Cargo Mail del Responsable Teléfono del Responsable Declaración Jurada y documentación respaldatoria

24 PP03 RELEVAMIENTO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO CUE Establecimiento DNI Alumno Institució n Oferente Tipo de Práctica Formativa (PS/PPE/PTI/PeX) Cantidad de Horas a Acreditar Docente responsable a cargo del Grupo PF Responsable de la Coordinación de PF Cargo del Responsable de la Coordinación Domicilio de la Práctica Fecha de inicio de la PF Fecha de Finalización PF Días de Práctica Horario Pern.

25 PP04 RELEVAMIENTO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTES DE TRABAJO REGISTRO ÚNICO Tecnicaturas: Apellido Nombres Tipo DNI Fecha Nacimiento Edad Tecnicatura

26 G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: Expediente N /17 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s. Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :05:47-03'00' Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :06:00-03'00'

27 MODELO EN PLATAFORMA DIGITAL - ADHESIÓN DE INSTITUCIONES OFERENTES AL SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO PP05 MODELO EN PLATAFORMA DIGITAL - ADHESIÓN DE INSTITUCIONES OFERENTES AL SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO 1. Razón social o Apellido y Nombre 2. Tipo de sociedad S.A. S.R.L. De hecho Unipersonal Otro (indicar): 3. Número de CUIT 4. Representante Legal, Apoderado, Propietario Documento de Identidad Tipo Número 5. Documentación Adjuntar copia simple: (indicar con una cruz) Acta de designación de autoridades. Poder o habilitaciones otorgadas. Habilitación Municipal. Constancia de la inscripción vigente ante AFIP. 6. Domicilio LEGAL de la empresa Dirección Localidad Provincia Correo electrónico Distrito Teléfono Página WEB

28 7. Lugar donde se desarrollará la Práctica Formativa Dirección Localidad Provincia Correo electrónico Distrito Teléfono Página WEB Responsable 8. Institución Educativa Tipo: Nº (Ejemplo: EEST, EESA, CPET, CFP, ISFT, CFL, etc.) (1, 401, etc.) Dirección Localidad Provincia Correo electrónico Distrito Teléfono Página WEB 9. Tipo de Práctica (marcar con una cruz la opción que corresponda) Pasantía: Práctica Profesionalizante La Institución Oferente adhiere al Sistema de Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo, declarando conocer la Ley Nacional 26058, la Ley Provincial N 13688, Resolución y Disposiciones concordantes con el Sistema de Prácticas Formativas. Asimismo, declara conocer el Plan de Prácticas de la Institución Educativa y, de acuerdo a ello, brindará el espacio adecuado para que los estudiantes puedan realizar sus Prácticas Formativas. Lugar y fecha: Firma Certificada y sello aclaratorio

29 G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Hoja Adicional de Firmas Anexo Número: Referencia: Expediente N /17 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 2 pagina/s. Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :08:42-03'00' Digitally signed by GDE BUENOS AIRES DN: cn=gde BUENOS AIRES, c=ar, o=ministerio DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS BS AS, ou=subsecretaria para la MODERNIZACION DEL ESTADO, serialnumber=cuit Date: :08:55-03'00'

SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO CONCEPTUALIZACIÓN, OBJETO Y FORMAS DE IMPLEMENTACIÓN

SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO CONCEPTUALIZACIÓN, OBJETO Y FORMAS DE IMPLEMENTACIÓN SISTEMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTE DE TRABAJO CONCEPTUALIZACIÓN, OBJETO Y FORMAS DE IMPLEMENTACIÓN 1. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo 2. Prácticas Formativas en Ambiente de Trabajo

Más detalles

Prácticas Formativas en Ambientes de Trabajo. Instructivo para Instituciones Educativas

Prácticas Formativas en Ambientes de Trabajo. Instructivo para Instituciones Educativas Prácticas Formativas en Ambientes de Trabajo Instructivo para Instituciones Educativas INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN AMBIENTES DE TRABAJO PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS CONCEPTUALIZACIÓN Es la

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Número: RESFC-2018-1745-GDEBA-DGCYE Resolución firma conjunta Referencia: Corresponde al expediente N 5805-1697122/17 LA PLATA, BUENOS

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: RESFC-2018-331-GDEBA-DGCYE LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 16 de Febrero de 2018 Referencia: Toma de posesión

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: Referencia: Expediente N 5802-2229953/17 VISTO el expediente N 5802-2229953/17, la Ley Nacional de Educación

Más detalles

LAS PASANTÍAS EN LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL 1. LAS PASANTÍAS

LAS PASANTÍAS EN LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL 1. LAS PASANTÍAS LAS PASANTÍAS EN LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL 1. LAS PASANTÍAS El Decreto No. 340/92 del Poder Ejecutivo Nacional, que establece el Sistema de Pasantías para todo el ámbito del Sistema Educativo Nacional

Más detalles

VISTO el expediente N /14, y

VISTO el expediente N /14, y LA PLATA, 6 de Noviembre de 2014 VISTO el expediente N 5802-3594066/14, y CONSIDERANDO: Que en el marco de acciones conjuntas entre el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo Social, el Organismo

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: Referencia: Expediente N 21500-145-18 RESOLUCIÓN CONJUNTA CENTROS FORMACIÓN LABORAL Visto el DECTO-2018-172-GDEBA-GPBA,

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: Referencia: Expediente N 5802-2211332/17 VISTO el expediente N 5802-2211332/17, y CONSIDERANDO: Que en

Más detalles

Visto el Expediente Nº /09, la Ley de Ecuación Técnico Profesional y las Resoluciones del CFE Nº 261/06, 13/07 y 47/08;

Visto el Expediente Nº /09, la Ley de Ecuación Técnico Profesional y las Resoluciones del CFE Nº 261/06, 13/07 y 47/08; RESOLUCION Nº 1743 LA PLATA, 15 JUN 2010 Visto el Expediente Nº 5800-4.642.724/09, la Ley de Ecuación Técnico Profesional y las Resoluciones del CFE Nº 261/06, 13/07 y 47/08; CONSIDERANDO: Que la Ley Educación

Más detalles

VISTO el expediente N /18, y

VISTO el expediente N /18, y G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: Referencia: Corresponde al expte N 5802-2906464/18-Escuelas Abiertas en Verano- CONSIDERANDO: VISTO el

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Número: RESFC-2018-1718-GDEBA-DGCYE Referencia: expediente N 5802-2631472/2018 Resolución firma conjunta LA PLATA, BUENOS AIRES Lunes 18

Más detalles

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AÑO CIX LA PLATA > MIÉRCOLES 7 DE FEBRERO DE 2018 N 28.212 DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Edición de 54 páginas AUTORIDADES Secretaria Legal y Técnica Dra. María Fernanda Inza Subsecretario de Desarrollo

Más detalles

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 4636-DGCYE-18. LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 29 de Noviembre de VISTO el Expediente N /18, y

RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 4636-DGCYE-18. LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 29 de Noviembre de VISTO el Expediente N /18, y RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 4636-DGCYE-18 VISTO el Expediente N 5802-2918566/18, y CONSIDERANDO: LA PLATA, BUENOS AIRES Jueves 29 de Noviembre de 2018 Que la actual distribución de la carga horaria en

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: RESFC-2018-2567-GDEBA-DGCYE LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 31 de Agosto de 2018 Referencia: 5805-2547627/18

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Resolución firma conjunta Número: RESFC-2018-2583-GDEBA-DGCYE LA PLATA, BUENOS AIRES Viernes 31 de Agosto de 2018 Referencia: 5805-2661633/18

Más detalles

ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA

ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA Corresponde al expediente Nº 5809-1748261/12 y agregado. ANEXO 2 PLAN PROVINCIAL DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS OBLIGATORIOS EDUCACIÓN PRIMARIA En la realidad de la que dependemos, en la conciencia que de

Más detalles

RESUELVE: ARTÍCULO 1º Dejar sin efecto el Anexo II de la RES Nº 823/03 en lo atinente a EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA.

RESUELVE: ARTÍCULO 1º Dejar sin efecto el Anexo II de la RES Nº 823/03 en lo atinente a EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA. Resolución 1053/05 Calificación y promoción para Educación Primaria Básica VISTO, la RESOLUCIÓN Nº 823/03, que establece las pautas de evaluación, acreditación, calificación y promoción de los alumnos

Más detalles

ANEXO RED PROVINCIAL DE CENTROS EVALUADORES DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES I.- PRELIMINAR.

ANEXO RED PROVINCIAL DE CENTROS EVALUADORES DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES I.- PRELIMINAR. ANEXO RED PROVINCIAL DE CENTROS EVALUADORES DE SABERES Y COMPETENCIAS LABORALES I.- PRELIMINAR. OBJETIVO: Establecer una red provincial de Centros de Formación Profesional Propios como Centros Evaluadores

Más detalles

ANEXO II. Perfil, Rol y Funciones del Docente de Prácticas Profesionalizantes

ANEXO II. Perfil, Rol y Funciones del Docente de Prácticas Profesionalizantes ANEXO II Perfil, Rol y Funciones del Docente de Prácticas Profesionalizantes El espacio de la Práctica Profesionalizante (junto con otras experiencias formativas de la modalidad) constituye una oportunidad

Más detalles

Decreto 340/92. VISTO EL PLAN DE TRANSFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y,

Decreto 340/92. VISTO EL PLAN DE TRANSFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y, Decreto 340/92 Decreto 340/92 Apruébase el Sistema de Pasantías Bs. As., 24/2/92 VISTO EL PLAN DE TRANSFORMACIÓN DE LA EDUCACIÓN impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y, CONSIDERANDO: Que a los efectos

Más detalles

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5468-01/10/2018 Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD" RESOLUCIÓN N. 538/AGC/18 Buenos

Más detalles

VISTO el PLAN DE TRANSFORMACION DE LA EDUCACION impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL,

VISTO el PLAN DE TRANSFORMACION DE LA EDUCACION impulsado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, Decreto Nº 340/1992 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 24 de Febrero de 1992 Boletín Oficial: 28 de Febrero de 1992 ASUNTO DECRETO N 340/1992 - Sistema de pasantías - Aprobación.

Más detalles

Prof. Silvina A. Nanni Directora Dirección de Educación Física Dirección General de Cultura y Educación

Prof. Silvina A. Nanni Directora Dirección de Educación Física Dirección General de Cultura y Educación Dirección de Educación Física A los Inspectores Jefes Regionales A los Inspectores Jefes Distritales y por su intermedio A los Inspectores de Educación Física A los Profesores de Educación Física La Dirección

Más detalles

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA: LA PLATA, VISTO el expediente Nº 2162-5177/12, mediante el cual se propicia la creación de una Comisión Interministerial y de un Consejo Consultivo en materia de prevención de la tortura y otros tratos

Más detalles

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS. Resolución N 533/2017. Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS. Resolución N 533/2017. Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017. SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS Resolución N 533/2017 Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017. VISTO el EX-2017-13537879- -APN-CME#MP, la Ley Nº 19.971, y CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley

Más detalles

Habilitar el Título: TRAMO DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL NIVEL MEDIO/ PARA TÉCNICOS DE NIVEL MEDIO -RES. N 2082/07 (PLAN

Habilitar el Título: TRAMO DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA DEL NIVEL MEDIO/ PARA TÉCNICOS DE NIVEL MEDIO -RES. N 2082/07 (PLAN ANEXO ÚNICO Corresponde a expediente N 5805-2248835/17 A: (Habilitación de Títulos, Postítulos y Posgrados) Expediente N 5805-2248835/17 Dictamen N 10163 Habilitar el Título: TRAMO DE FORMACIÓN PEDAGÓGICA

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Disposición

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Disposición G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Disposición Número: Referencia: Disposición Prácticas Profesionalizantes 7 Año Obligatorias EEST y ESSA VISTO: la Resolución RESFC-2017-2343-E-GDEBA-DGCYE

Más detalles

LA PLATA, 23 mayo Visto el Expediente Nº /10, y

LA PLATA, 23 mayo Visto el Expediente Nº /10, y LA PLATA, 23 mayo 2011 Visto el Expediente Nº 5801-321.072/10, y CONSIDERANDO: Que el artículo 75 del Decreto 2485/92 y sus modificatorios, reglamenta la asignación de funciones jerárquicas transitorias;

Más detalles

- Portal de Educación

- Portal de Educación LA PLATA, 29 de Noviembre 2011 CIRCULAR CONJUNTA TECNICA Nº 01 /11 OBJETO: La Clase de Educación Física en la organización institucional del Nivel Primario Sres./as Inspectores/as Jefes de Región. Sres./as

Más detalles

Visto el Expediente Nº /08; y

Visto el Expediente Nº /08; y LA PLATA, 22 de diciembre de 2008 Visto el Expediente Nº 5801-3.631.674/08; y CONSIDERANDO: Que el artículo 115, inciso a.1) del Estatuto del Docente, Ley 10.579 y su reglamentación sobre licencias, Decreto

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO DE BOTÁNICA DEL NORDESTE

REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO DE BOTÁNICA DEL NORDESTE REGLAMENTO DE RÉGIMEN DE PASANTÍAS DEL INSTITUTO DE BOTÁNICA DEL NORDESTE Artículo 1. El instituto de Botánica del Nordeste (IBONE) dependiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas

Más detalles

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Centenario de la Reforma Universitaria. Circular

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Centenario de la Reforma Universitaria. Circular Número: IF-2018-03792177-APN-CGN#MHA República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria Circular CIUDAD DE BUENOS AIRES Lunes 22 de Enero de 2018 Referencia:

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES AÑO CIX LA PLATA > JUEVES 18 DE ENERO DE 2018 N 28.198 AUTORIDADES Edición de 56 páginas Suplemento de 15 páginas de Leyes y Resoluciones, Suplemento de 18 páginas de Decretos y Suplemento de 27 páginas

Más detalles

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado.

Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado. Decisión Administrativa 474/96 Apruébase la estructura organizativa del citado organismo descentralizado. Bs. As.; 19/12/96 VISTO los Decretos N 558 del 24 de mayo de 1996 y 660 del 24 de junio de 1996,

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Número: RESFC-2017-470-E-GDEBA-DGCYE Resolución firma conjunta Referencia: Programa "Ser Parte" - Exte Nº 5802-1903001/17 BUENOS AIRES,

Más detalles

CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA

CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA La Práctica Profesional Supervisada representa una valiosa herramienta para el alumno, ya que constituye la primera inserción en un ámbito profesional real y la confrontación con la problemática de su

Más detalles

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA Solicitud de Adhesión REPRO MIPYME

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA Solicitud de Adhesión REPRO MIPYME LA SOLICITUD DE ADHESIÓN, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA O APODERADO, DEBE SER ENVIADA A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA (TAD) HTTPS://TRAMITESADISTANCIA.GOB.AR 1.-

Más detalles

ORDENANZA Nº 083 Santa Rosa, 10 de marzo de 2017

ORDENANZA Nº 083 Santa Rosa, 10 de marzo de 2017 Santa Rosa, 10 de marzo de 2017 VISTO el Expediente Nº 645-F-16 caratulado Facultad de Ciencias Humanas s/proyecto de Reglamento de Prácticas Comunitarias ; y CONSIDERANDO: Que el Decano de la Facultad

Más detalles

Bs. As., 11/5/2015 CONSIDERANDO:

Bs. As., 11/5/2015 CONSIDERANDO: Bs. As., 11/5/2015 VISTO la Ley N 26.688 sobre Investigación y Producción Pública de Medicamentos, Materias Primas para la Producción de Medicamentos, la Ley N 27.113 sobre la Promoción de la Actividad

Más detalles

ASPIRANTES A INGRESAR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA MAYORES DE 25 AÑOS

ASPIRANTES A INGRESAR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA MAYORES DE 25 AÑOS ORDENANZA Nº 255/01 (Versión Taquigráfica Acta Nº 1140) ASPIRANTES A INGRESAR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA MAYORES DE 25 AÑOS Expediente Código 100 Nº 52.566 Año 2001 ///Plata, 6 de noviembre

Más detalles

CONSIDERACIONES GENERALES:

CONSIDERACIONES GENERALES: INSPECTORES JEFES REGIONALES INSPECTORES JEFES DISTRITALES TRIBUNALES DE CLASIFICACIÓN DESCENTRALIZADOS SECRETARÍAS DE ASUNTOS DOCENTES INSPECTORES DE ENSEÑANZA DIRECTORES SECRETARIOS ENTIDADES GREMIALES

Más detalles

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas. Resolución

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas. Resolución G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: C.EX. Nº 12345273-MGEYA-DGPLC-2014. S/Resolución Evaluación de

Más detalles

HACIA UN NUEVO SECUNDARIO EN CHUBUT. Serie 2: ROLES Y FUNCIONES. Doc. 7: ESCUELAS TÉCNICAS: Organigrama

HACIA UN NUEVO SECUNDARIO EN CHUBUT. Serie 2: ROLES Y FUNCIONES. Doc. 7: ESCUELAS TÉCNICAS: Organigrama HACIA UN NUEVO SECUNDARIO EN CHUBUT Serie 2: ROLES Y FUNCIONES Doc. 7: ESCUELAS TÉCNICAS: Organigrama El organigrama propuesto nos lleva a pensar en una estructura distinta de las escuelas técnicas, la

Más detalles

PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA)

PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA) PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA) 1. DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA Caracterización de la PPA: Es una experiencia práctica que el estudiante realiza individual y obligatoriamente dentro del Plan

Más detalles

ANEXO 2 BLOQUES TEMÁTICOS PARA LA COBERTURA DE CARGO DE SECRETARIO BLOQUE I. El Sistema Educativo.

ANEXO 2 BLOQUES TEMÁTICOS PARA LA COBERTURA DE CARGO DE SECRETARIO BLOQUE I. El Sistema Educativo. G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Anexo Número: Referencia: Cobertura de Cargos Transitorios de los Equipos de Conducción Institucional ANEXO 2 BLOQUES TEMÁTICOS PARA LA

Más detalles

VIEDMA, 15 DE NOVIEMBRE DE 2018

VIEDMA, 15 DE NOVIEMBRE DE 2018 VIEDMA, 15 DE NOVIEMBRE DE 2018 VISTO: El Expediente Nº 16.571-EDU-09 del Registro del Ministerio de Educación - Consejo Provincial de Educación, y CONSIDERANDO: Que en el mismo obra documentación del

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº 844/10

RESOLUCIÓN Nº 844/10 RESOLUCIÓN Nº 844/10 POR LA CUAL SE DEROGA LA RESOLUCIÓN S.G. N 230/08, Y SE ESTABLECE EL NUEVO REGLAMENTO PARA EL REGISTRO Y HABILITACIÓN DE PROFESIONALES EN CIENCIAS DE LA SALUD, CON TÍTULOS EXPEDIDOS

Más detalles

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Centenario de la Reforma Universitaria. Resolución

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año del Centenario de la Reforma Universitaria. Resolución Resolución RESOL-2018-31-APN-INT#MECCYT Lunes 1 de Octubre de 2018 Referencia: EX-2018-45308384- -APN-DAF#INT (JC) VISTO el Expediente Nº EX-2018-45308384- -APN-DAF#INT, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de

Más detalles

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA Solicitud de Adhesión REPRO RÉGIMEN GENERAL

PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA Solicitud de Adhesión REPRO RÉGIMEN GENERAL LA SOLICITUD DE ADHESIÓN, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA O APODERADO, DEBE SER ENVIADA A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA (TAD) HTTPS://TRAMITESADISTANCIA.GOB.AR 1.-

Más detalles

VISTO la existencia de instituciones educativas dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación que cuentan con propuestas acuáticas; y

VISTO la existencia de instituciones educativas dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación que cuentan con propuestas acuáticas; y LA PLATA, 14 de septiembre de 2011 VISTO la existencia de instituciones educativas dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación que cuentan con propuestas acuáticas; y CONSIDERANDO Que el

Más detalles

VIEDMA, 17 DE MARZO DE 2017

VIEDMA, 17 DE MARZO DE 2017 VIEDMA, 17 DE MARZO DE 2017 VISTO: El Expediente Nº 16.571-EDU-09 del Registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos-Consejo Provincial de Educación, la Resolución Nº 32/07 del Consejo Federal

Más detalles

LA PLATA, 21 de marzo de 2005

LA PLATA, 21 de marzo de 2005 LA PLATA, 21 de marzo de 2005 Visto la Resolución 3181/02, sus modificatorias y la Disposición 58/02 de Esta Dirección, con relación a las pautas vigentes para el procedimiento especial de Difícil Cobertura,

Más detalles

VIEDMA, 08 DE JUNIO DE 2018

VIEDMA, 08 DE JUNIO DE 2018 VIEDMA, 08 DE JUNIO DE 2018 VISTO: El Expediente Nº 16.571-EDU-09 del Registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos-Consejo Provincial de Educación, la Resolución Nº 32/07 del Consejo Federal

Más detalles

ción y reasignación de dependencias y de personal, preservando los puestos de trabajo y las funciones administrativas de personal con experiencia;

ción y reasignación de dependencias y de personal, preservando los puestos de trabajo y las funciones administrativas de personal con experiencia; LA PLATA, VISTO el Expediente N 5802-2038039/07 mediante el cual se tramita la modificación de la Estructura Orgánico Funcional de la Dirección Genera l de Cultura y Educación, y CONSIDERANDO: Que la Ley

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Número: RESFC-018-15-GDEBA-DGCYE Resolución firma conjunta Referencia: Corresponde al expediente N 5811-688/18. LA PLATA, BUENOS AIRES

Más detalles

LA PLATA, Visto el Expediente Nº /08 alc. 1, y;

LA PLATA, Visto el Expediente Nº /08 alc. 1, y; LA PLATA, Visto el Expediente Nº 5802-3938128/08 alc. 1, y; CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 333/09, se aprobaron las pautas para la confección de las Plantas Orgánico Funcionales de Educación Secundaria,

Más detalles

DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN NACIONAL ESCUELA DE ALTA DIRECCIÓN PÚBLICA República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Anexo Número: Referencia: EX-2017-11510860-APN-INAP#MM. Creación estructuras INAP. Planilla anexa artículo 2. INSTITUTO

Más detalles

INSTRUCTIVO FUNCIONAL DE DISCAPACIDAD PARA LOS BENEFICIARIOS 2019

INSTRUCTIVO FUNCIONAL DE DISCAPACIDAD PARA LOS BENEFICIARIOS 2019 INTEGRACIÓN INSTRUCTIVO FUNCIONAL DE DISCAPACIDAD PARA LOS BENEFICIARIOS 2019 Estimado Beneficiario: Para poder solicitar cobertura de prestaciones para personas con discapacidad deberán presentar la documentación

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº1912/5 (SE)

RESOLUCIÓN Nº1912/5 (SE) SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN TUCUMÁN San Miguel de Tucumán, 04 de Mayo de 2004 RESOLUCIÓN Nº1912/5 (SE) Expediente Nº 010079/230-D-03 VISTO la necesidad de reglamentar las equivalencias entre diferentes

Más detalles

VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011

VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011 VIEDMA, 04 DE FEBRERO DE 2011 VISTO: La Ley 26.206, la Ley 2288, la Resolución Nº24/07 del Consejo Federal de Educación y los Diseños Curriculares, aprobados y vigentes, de las carreras de Formación Docente,

Más detalles

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Resolución

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Resolución República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Resolución Número: Referencia: EXPENACOM N 6.893/2017, APRUÉBASE EL PROGRAMA NACIONAL DE ACCESO A TECNOLOGÍAS DE LA

Más detalles

ANEXO. Deberán presentar la documentación original y 2 copias para la certificación de las mismas por la Secretaría del establecimiento.

ANEXO. Deberán presentar la documentación original y 2 copias para la certificación de las mismas por la Secretaría del establecimiento. ANEXO REGLAMENTO PARA EL DESEMPEÑO DE ACOMPAÑANTES PERSONALES NO DOCENTES (APND) DE ALUMNOS/AS CON DISCAPACIDAD INCLUIDOS EN LAS ESCUELAS DE MODALIDAD COMÚN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Capítulo

Más detalles

Validez Nacional de Titulos Docentes Fernando Carlos Ibáñez Resolución N 1588/2012 Resolución 1588/2012

Validez Nacional de Titulos Docentes Fernando Carlos Ibáñez  Resolución N 1588/2012 Resolución 1588/2012 Resolución 1588/2012 1 Procedimiento para la tramitación de las solicitudes para la validez nacional de títulos y certificaciones correspondientes a estudios presenciales de formación docente. Derógase

Más detalles

Nombre del puesto a cubrir. Instructor De Actividades Deportivas y Recreativas

Nombre del puesto a cubrir. Instructor De Actividades Deportivas y Recreativas ANEXO I CONCURSO PÚBLICO ABIERTO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE SEIS (6) VACANTES DEL PUESTO DE INSTRUCTOR DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS DE LA PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL DE LA

Más detalles

Resolución Nº 3121/04 Ayudantes de Cátedra 1

Resolución Nº 3121/04 Ayudantes de Cátedra 1 Resolución Nº 3121/04 Ayudantes de Cátedra 1 LA PLATA, 3 SETIEMBRE DE 2004 VISTO el expediente 5801-3766835/04, y teniendo en cuenta la Ley Federal de Educación, N 24195; la Ley de Ed ucación Superior,

Más detalles

VIEDMA, 03 DE ABRIL DE VISTO: El Expediente Nº EDU-12 del registro del Ministerio de Educación Consejo Provincial de Educación, y;

VIEDMA, 03 DE ABRIL DE VISTO: El Expediente Nº EDU-12 del registro del Ministerio de Educación Consejo Provincial de Educación, y; VIEDMA, 03 DE ABRIL DE 2013 VISTO: El Expediente Nº 145783-EDU-12 del registro del Ministerio de Educación Consejo Provincial de Educación, y; CONSIDERANDO: Que en el mismo se tramita el reconocimiento

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y RESIDENCIAS

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y RESIDENCIAS Dirección Provincial de Educación Superior Dirección de Educación Superior Instituto Superior de Formación Docente N 50 -Berazategui REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y RESIDENCIAS Considerando que los Institutos

Más detalles

- Portal de Educación

- Portal de Educación LA PLATA, 29 de Noviembre de 2011 CIRCULAR CONJUNTA TECNICA Nº 01 /11 OBJETO: La Clase de Educación Física en la organización institucional del Nivel Inicial Sres./as Inspectores/as Jefes de Región. Sres./as

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO Y LA ESTRUCTURA DE LA RED DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO Y LA ESTRUCTURA DE LA RED DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL RÉGIMEN JURÍDICO Y LA ESTRUCTURA DE LA RED DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. DECRETO 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno, por

Más detalles

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S. Disposición Número: Referencia: Aula de Aceleración en la Escuela de Educación Secundaria VISTO: La Resolución 587/11 en su Anexo 6 punto

Más detalles

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de solicitarle el traspaso de mi matrícula. a matrícula

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de solicitarle el traspaso de mi matrícula. a matrícula Mendoza, de de 20. Señor Presidente Colegio de Arquitectos de Mendoza Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de solicitarle el traspaso de mi matrícula. a matrícula.; A. DATOS DEL PROFESIONAL: NOMBRES:

Más detalles

ANEXO 1 PAUTAS Y CRITERIOS PARA LA HABILITACIÓN Y BONIFICACIÓN DE CERTIFICACIONES,TÍTULOS, POS-TÍTULOS, POS-GRADOS

ANEXO 1 PAUTAS Y CRITERIOS PARA LA HABILITACIÓN Y BONIFICACIÓN DE CERTIFICACIONES,TÍTULOS, POS-TÍTULOS, POS-GRADOS ANEXO 1 PAUTAS Y CRITERIOS PARA LA HABILITACIÓN Y BONIFICACIÓN DE CERTIFICACIONES,TÍTULOS, POS-TÍTULOS, POS-GRADOS 1 TITULOS DOCENTES 1.1 Los títulos expedidos en otras jurisdicciones por Institutos Superiores

Más detalles

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Disposición

República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional Año de las Energías Renovables. Disposición República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Disposición Número: DI-2017-150-APN-DNRNPACP#MJ Referencia: EX-2017-07737034-APN-DNRNPACP#MJ Nuevos modelos de ST 01D

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y JURÍDICAS. Universidad Nacional de La Pampa

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y JURÍDICAS. Universidad Nacional de La Pampa FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y JURÍDICAS Universidad Nacional de La Pampa 2016- A 40 años del último Golpe SANTA ROSA, 24 de mayo de 2016 VISTO: La Ley Nacional 26.427 por la cual se crea el Sistema

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL SIPRO

MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS EN EL SIPRO República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Anexo Disposicion Número: DI-2016-01712783-APN-ONC#MM Buenos Aires, Martes 27 de

Más detalles

INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO

INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE POSTGRADO Aprobado por Resolución Rectoral Nº40/16 de fecha 02/05/2016 Disposiciones generales El Estatuto Académico del IUNIR en su TÍTULO XI, ART. 43: De los Postgrados,

Más detalles

Universidad Nacional de Tres de Febrero

Universidad Nacional de Tres de Febrero ORGANIZACION DEL PLAN DE ESTUDIOS El ciclo de complementación curricular Licenciatura en Gestión Educativa se organiza en torno a un solo ciclo de formación académica y profesional de 12 (doce) asignaturas,

Más detalles

RESOLUCIÓN N. 127/15

RESOLUCIÓN N. 127/15 n - -:^$y:.. FACULTAD DE RESOLUCIÓN N. 127/15 GENERAL PICO, 22 de octubre de 2015 VISTO: Las Resoluciones de Consejo Superior de la N. 375/2014, N. 377/2014, N. 378/2014 y N. 242/2015 mediante las cuales

Más detalles

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S. Disposición

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S. Disposición G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S Disposición Número: Buenos Aires, Referencia: PROCEDIMIENTO DE REGISTRACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE PROVEEDORES EXTRANJEROS VISTO: La Ley N 2.095 (Texto

Más detalles

EDUCACION. Decreto 144/2008

EDUCACION. Decreto 144/2008 EDUCACION Decreto 144/2008 Otórgase validez nacional a los títulos y certificaciones que emitan instituciones reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma

Más detalles

COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES

COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2016 - Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional Anexo Número: IF-2016-03148899-APN-SSTYC#MM CIUDAD DE BUENOS AIRES Miércoles 9

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA POR PARTE DE LA AUTORIDAD DE REGISTRO IFDPROC06

PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA POR PARTE DE LA AUTORIDAD DE REGISTRO IFDPROC06 Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado Remitente PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR CERTIFICADOS DE CLAVE PUBLICA POR PARTE DE LA AUTORIDAD DE REGISTRO IFDPROC06 - Versión 1.1 - Agosto 2009 IFDPRC04 AUTENTICAR

Más detalles

ACUERDO 032 DE (Acta No. 008 del 28 de abril)

ACUERDO 032 DE (Acta No. 008 del 28 de abril) ACUERDO 032 DE 2014 (Acta No. 008 del 28 de abril) "Por el cual se definen los criterios para el desarrollo de las asignaturas Práctica Integral, Prácticas Integradas y Trabajo de Grado modalidad Prácticas

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCEDIMIENTO DISEÑO CURRICULAR

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN PROCEDIMIENTO DISEÑO CURRICULAR PROCESO: GESTIÓN DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL PROCEDIMIENTO: DISEÑO CURRICULAR Objetivo: Orientar la elaboración o actualización de los programas de Formación Profesional Integral para desarrollar

Más detalles

VISTO: CONSIDERANDO: Que en tal sentido, y a fin de establecer nuevas pautas de evaluación de desempeño para el personal

VISTO: CONSIDERANDO: Que en tal sentido, y a fin de establecer nuevas pautas de evaluación de desempeño para el personal G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Resolución Número: Buenos Aires, Referencia: Expediente

Más detalles

Ciclo lectivo 2015 Cohorte 1 (2014) Cohorte 2 (2015)

Ciclo lectivo 2015 Cohorte 1 (2014) Cohorte 2 (2015) PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN PERMANENTE NUESTRA ESCUELA COMPONENTE I - Provincia de Córdoba Ciclo lectivo 2015 Cohorte 1 (2014) Cohorte 2 (2015) ORIENTACIONES ADMINISTRATIVAS Destinatarios: Docentes

Más detalles

PAUTAS GENERALES PARA EL PROCEDIMIENTO DE PLANIFICACIÓN, APROBACION, REGISTRACION Y PUESTA AL PAGO DE LOS SERVICIOS PUBLICITARIOS DE ANSES.

PAUTAS GENERALES PARA EL PROCEDIMIENTO DE PLANIFICACIÓN, APROBACION, REGISTRACION Y PUESTA AL PAGO DE LOS SERVICIOS PUBLICITARIOS DE ANSES. 2017 Año de las Energías Renovables RESOLUCIÓN ANEXO II PAUTAS GENERALES PARA EL PROCEDIMIENTO DE PLANIFICACIÓN, APROBACION, REGISTRACION Y PUESTA AL PAGO DE LOS SERVICIOS PUBLICITARIOS DE ANSES. ARTÍCULO

Más detalles

LA PLATA, 3 SETIEMBRE DE 2004

LA PLATA, 3 SETIEMBRE DE 2004 LA PLATA, 3 SETIEMBRE DE 2004 VISTO el expediente 5801-3766835/04, y teniendo en cuenta la Ley Federal de Educación, N 24195; la Ley de Educación Superior, N 24521; la Ley Provincial de Educación, Nº 11612,

Más detalles

VIEDMA, 22 DE JUNIO DE 2016

VIEDMA, 22 DE JUNIO DE 2016 Provincia de Río Negro CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN VIEDMA, 22 DE JUNIO DE 2016 VISTO: El Expediente Nº 033.731-C-93 del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y CONSIDERANDO: Que

Más detalles

Que esta propuesta fue consensuada mediante el trabajo conjunto de las Comisiones de Carrera, la Secretaría Académica y el Decanato.

Que esta propuesta fue consensuada mediante el trabajo conjunto de las Comisiones de Carrera, la Secretaría Académica y el Decanato. VILLA DE MERLO, S.L., 01 de Agosto de 2013 VISTO: El EXP-USL: 7154/2013 presentado por la Secretaria Académica, de Investigación y Extensión de la Facultad de Turismo y Urbanismo, mediante el cual se eleva

Más detalles

de presentación de proyecto de Curso

de presentación de proyecto de Curso PLAN PROVINCIAL DE CALIFICACIÓN PARA EL TRABAJO FORMULARIO de presentación de proyecto de Curso Versión 2010-2do semestre Resolución 734/10 Institución Iniciadora: Proyecto de Curso: APE y FP Res. 734/10

Más detalles

Universidad Nacional de Río Cuarto

Universidad Nacional de Río Cuarto Secretaría de Planeamiento y Relaciones Institucionales Secretaría Académica Secretaría de Extensión y Desarrollo PROYECTO: PRACTICAS SOCIO-COMUNITARIAS 2015-2017 CONVOCATORIA Septiembre 2015 PROYECTOS

Más detalles

Resolución Normativa N 20/2017

Resolución Normativa N 20/2017 Provincia de Buenos Aires AGENCIA DE RECAUDACIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA Resolución Normativa N 20/2017 B.O. de la Provincia de Buenos Aire del 27/04/2017 La Plata, 17 de abril de 2017. VISTO que por el expediente

Más detalles

VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013; y,

VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013; y, San Salvador de Jujuy, 25 de Abril de 2014. RESOLUCION GENERAL Nº 1355/2014 VISTO: Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013; y, CONSIDERANDO: Que, es objetivo de esta Dirección facilitar

Más detalles