REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIOPOLÍTICOS Y DEL PODER POPULAR (CESPO-UNEFA)
|
|
- María José Magdalena Maidana Naranjo
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIOPOLÍTICOS Y DEL PODER POPULAR (CESPO-UNEFA) Caracas, 31 de julio y 01 de agosto de año 2014
2 PREÁMBULO La Universidad Nacional Experimental y Politécnica de la Fuerza Armada, UNEFA, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Título V, De la Organización del Poder Público Nacional, Capítulo 1, Del Poder Legislativo Nacional, Sección Primera: Disposiciones Generales en su Artículo 187, numeral 8, a lo indicado en La Ley del Plan de la Patria , Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación presentado en La Asamblea Nacional en fecha 28 de septiembre del 2013, a lo indicado Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación 2010 y al Plan Rector de la UNEFA, se orienta en la búsqueda de la suprema felicidad social ajustando su gestión al modelo productivo socialista, al fortalecimiento de la democracia protagónica y revolucionaria, la consolidación de la independencia nacional, la construcción del socialismo y el desarrollo de una nueva política internacional para transformar a Venezuela en un País potencia en lo económico, social y lo político. Igualmente se orienta en la afirmación de Venezuela como potencia energética mundial, la integración latinoamericana y caribeña y la solidaridad con los pueblos del sur. El presente reglamento es un instrumento legal de la organización y funcionamiento académico-administrativo del Centro de Estudios (CESPO) adscrito al Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada (UNEFA). La Unefa, en su propuesta de fortalecer la investigación sociopolítica en pregrado y postgrado ha desarrollado líneas y grupos de investigación con el objeto de organizar la actividad investigativa en los Núcleos a nivel nacional. Para el desarrollo de importantes propuestas de programas y proyectos en pro de integrar los intereses curriculares e investigativos de estudiantes, profesores y comunidad, impulsa la creación y consolidación del CESPO. El propósito del CESPO es desarrollar programas y proyectos de investigación socio-políticos-educativos que contribuyan a la formación académica e investigativa socio-comunitaria de profesores, estudiantes, y comunidad en proyectos dirigidos a la solución de sus necesidades y problemas en el ámbito de lo educativo, económico, político, cultural y
3 ambiental, en consonancia con los objetivos y estrategias emanados del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación para contribuir mediante la optimización de sus resultados, con el vivir bien del colectivo, reduciendo los índices de pobreza, la inclusión en el ámbito educativo y en todas las áreas que sean competencia de la transformación y acción universitaria, conservación y preservación del ambiente, la dignidad y los derechos humanos, organización comunitaria y desarrollo socialsostenible y políticas públicas, entre otros. CAPÍTULO I NATURALEZA Y FINES ARTÍCULO 1. El Centro de Estudios Socio-políticos y del Poder Popular, (CESPO) tiene como finalidad generar un ambiente y estructura organizacional para atender las demandas de la sociedad venezolana, de la Unefa y de otras instituciones, con alta y reconocida calidad académica en los ámbitos nacionales e internacionales, en las áreas del conocimiento político, social, económico, cultural, ambiental y de educación en consonancia con las líneas de investigación institucionalizadas en la Unefa, para el desarrollo de investigaciones, la formación de investigadores socio-comunitarios y la divulgación de sus resultados. ARTÍCULO 2. Los objetivos específicos del CESPO son: a. Evaluar las necesidades de investigación con base a los indicadores institucionales y los requerimientos de las comunidades en razón del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. b. Promover espacios para el debate académico y el diálogo entre las y los actores involucrados en el ejercicio de los asuntos públicos y sus relaciones en los ámbitos de institucionalidad estatal, social y comunitaria. c. Desarrollar proyectos de investigación con organismos, instituciones y comunidades, así como brindar la asesoría pertinente a nivel local, regional, nacional e internacional. d. Formar a investigadoras e investigadores en los métodos y técnicas que se requieren para desarrollar proyectos comunitarios.
4 e. Difundir el resultado de investigaciones a través de publicaciones generadas por congresos, seminarios, cursos, coloquios y foros de discusión presencial y a distancia, entre otros. f. Promover y desarrollar grupos y líneas de investigación en el área sociopolítica y del poder popular. g. Brindar asistencia técnica tanto a instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, para la formación de emprendedoras y emprendedores sociales, así como en la gestión pública y comunitaria. h. Diseñar pasantías en las áreas relacionadas con los fines del centro para las y los estudiantes de la UNEFA y de otras instituciones educativas universitarias. i. Proponer al Vicerrector(a) Académico(a), realizar alianzas estratégicas con diferentes organizaciones nacionales e internacionales, y promover convenios que permitan formalizar relaciones de cooperación académica y de investigación. j. Desarrollar diplomados, estudios de postgrados relacionados u otros con el área sociopolítica y de educación con pertinencia social que responda a las exigencias nacionales e internacionales en la modalidad de presencial, semipresencial, a distancia y virtual. CAPITULO II ESTRUCTURA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ARTÍCULO 3. La estructura organizativa del CESPO está conformada por un Coordinador(a), un Comité Asesor, un Consejo Técnico, Grupo de Alto Desempeño de Creación Intelectual, Grupo de Alto Desempeño para la Socialización y Divulgación de Saberes, Experiencias y Conocimiento y un Grupo de Alto Desempeño para la Formación Integral. En el CESPO, podrán participar las y los profesores, investigadoras(es), innovadoras(es), cultoras(es), las y los estudiantes, grupos o colectivos de investigación y comunidad organizada en general que se incorporan a través de la inscripción de un programa o proyecto de investigación. ARTÍCULO 4. El Coordinador(a): Será nombrado por el Vicerrector(a) Académico(a), y sus funciones están dirigidas a la gestión y alto desempeño del Centro de la creación intelectual, la socialización y
5 divulgación de saberes, experiencia y conocimientos y la formación integral de investigadores, innovadores y cultores. Sus funciones son: a- Dirigir, promover y organizar el funcionamiento del Centro en todos sus aspectos académico-administrativo con un alto desempeño estratégico. b- Coordinar, ejecutar y velar por el cumplimiento de objetivos y actividades que debe desarrollar el CESPO. c- Definir el plan estratégico de trabajo considerando las prioridades propuestas por el Comité Asesor y Consejo Técnico. d- Representar oficialmente al CESPO ante organismos de la Unefa u otras instituciones nacionales e internacionales en asuntos de su interés, cuando así sea autorizado por el Rector(a) y/o Vicerrector (a) Académico(a). e- Custodiar la documentación y bienes muebles del CESPO. f- Preparar el Presupuesto Ordinario Anual (POA). g- Informar trimestralmente al Vicerrector(a) Académico(a) sobre el funcionamiento y proyectos del CESPO, así como entregar anualmente el informe correspondiente. h- Asumir cualquier otra función que le sea atribuida por el Rector(a) y/o Vicerrector(a) Académico(a). i- Presentar al Consejo Desarrollo Científico Humanístico y Tecnológico (CDCHT), los programas, proyectos, materiales de divulgación, entre otros para su financiamiento. ARTÍCULO 5. El Comité Asesor: Está integrado por las y los investigadores, académicos y políticos conocedores de la realidad del país, Latinoamérica y de El Caribe, para el desarrollo de acciones investigativas y ayudar a suscribir proyectos interinstitucionales a nivel nacional e internacional, así como buscar fuentes de financiamiento y convenios. Todos los miembros del Comité son de carácter Ad Honorem, se reúne cada seis (6) meses o antes a solicitud del Vicerrector(a) Académico(a). Sus funciones son: a- Evaluar y emitir su opinión sobre las actividades llevadas a cabo por el CESPO.
6 b- Proponer actividades a nivel nacional y regional para los núcleos de la UNEFA. c- Obtener la colaboración de los Organismos que representan y de todas las Instituciones Oficiales y Privadas que puedan apoyar al CESPO. ARTÍCULO 6. EL Consejo Técnico: Está conformado por lo menos por tres (3) especialistas quienes orientan, definen y aprueban los proyectos de investigación que serán financiados por la universidad u otro organismo público o privado y por el CDCHT de la Unefa. Este nivel de la estructura organizativa está constituido por el talento humano de carácter científico, docente y técnico que colaboran directamente con los estudiantes y con el personal adscrito a cada uno de los Programa que promueve el CESPO. Se reúne cada tres (3) meses. El Vicerrector(a) Académico(a) lo preside y el Coordinador(a) del Centro quien asume la dirección ejecutiva del Consejo. Sus funciones son: a- Orientar al Coordinador(a) sobre las políticas y actividades del CESPO. b- Definir las áreas de trabajo prioritario y las líneas de investigación que serán ejecutadas. c- Aprobar el Plan Estratégico Anual del CESPO. d- Evaluar el diseño de programas académicos y el nombramiento del personal docente y de investigación del CESPO. e- Servir de órgano asesor del Coordinador(a) del CESPO en los asuntos que este le plantee. ARTÍCULO 7. Grupo de Alto Desempeño para la Creación Intelectual: Este grupo de alto desempeño se encarga de los procesos administrativos y académicos de inscripción de los proyectos, de los informes de desarrollo y de finalización de los mismos, de la investigación que realicen los estudiantes de pregrado y postgrado en el área de las Ciencias Sociales, Educativas, Políticas y Humanas que estén adscritos al CESPO. Asimismo de investigaciones financiadas por el CDCHT-UNEFA, FONACIT, OPSU y de proyectos de investigación de otras universidades nacionales e internacionales, se incluyen
7 proyectos de movimientos sociales, Consejos Comunales y comunidad organizada. ARTÍCULO 8. Grupo de Alto Desempeño para la Socialización y Divulgación de Saberes, Experiencias y Conocimientos: Este grupo de alto desempeño se encarga de gestionar la Revista de Estudios Sociopolíticos y del Poder popular de la Unefa, y otros productos de investigación. Así como de planificar, coordinar y desarrollar congresos, jornadas, foros, conversatorios y otros eventos académico-científicos, como una forma de socializar y 6/8 divulgar conocimientos, saberes y experiencias y colaborar en su difusión para consolidar espacios académicos a nivel nacional e internacional. ARTÍCULO 9. Grupo de Alto Desempeño para la Formación Integral: Este grupo de alto desempeño se encarga de la formación integral de investigadores noveles, docentes, estudiantes y comunidad. De igual manera presta un servicio a los investigadores tanto de orden informativo como de asesoría en el área. Asimismo, se encarga de mantener y fortalecer el CESPO con las cátedras que hacen vida en la Unefa. CAPÍTULO III FINANCIAMIENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS SOCIOPOLÍTICOS Y DEL PODER POPULAR (CESPO-UNEFA) ARTÍCULO 10. El patrimonio del CESPO está constituido por: a- Un presupuesto anual asignado por la Universidad contemplado en el Plan Operativo Anual Institucional (POAI). b- Las donaciones, subvenciones y aportes y demás contribuciones que reciba de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales, extranjeras o internacionales. c- Los derechos de autor o de patentes que deriven de los trabajos en los que participen miembros del CESPO los cuales estarán sujetos a la normativa vigente en la Universidad. d- La ejecución de este presupuesto, así como cualquier otra asignación la hará el o la Coordinador(ra) del CESPO conjuntamente con el Consejo Técnico previa autorización del Rector(a) y/o Vicerrector(a)
8 Académico(a) y de conformidad con la normativa vigente en la Universidad. e- Podrá solicitar subvenciones, aportes, donaciones o financiamientos ante los organismos del sistema universitario, nacional o internacional, de ciencia, tecnología, educación y afines, o a otras instituciones. f- El CESPO podrá optar a financiamiento del CDCHT-UNEFA a través de la aprobación de proyectos de investigación y otros productos de creación intelectual de interés para la universidad. g- Podrá percibir retribuciones por servicios técnicos, contratos, matrículas, derechos, patentes u otras, derivados de sus actividades; todas sujetas al proceso administrativo financiero que tenga establecido la universidad para tal fin y podrá disponer de los recursos financieros obtenidos en el momento que los requiera previo el cumplimiento de formalidades establecidas. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 11. El presente Reglamento rige desde su promulgación, regula las situaciones que se efectúen después de su vigencia y aquellas que están en curso que no han sido objeto de reglamentación y deroga todas las disposiciones anteriores. ARTICULO 12. Lo no previsto en este Reglamento será resuelto por el Vicerrectorado Académico, previa aprobación en Consejo Universitario de acuerdo a las disposiciones legales y procedimentales vigentes en la UNEFA. Cúmplase JESÚS GREGORIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ GENERAL EN JEFE RECTOR
Caracas, 31 de julio y 01 de agosto de año 2014
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE APOYO A LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA Y ESTADO PRODUCTIVO (CAPI - UNEFA) Caracas,
Más detallesNO CLASIFICADO. REGLAMENTO DE LAS LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN Unefa
REGLAMENTO DE LAS LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN Unefa Caracas, julio de 2012 UNIVERSIDAD EXPERIMENTAL El Reglamento de las Líneas de Investigación de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN, PRODUCCIÓN Y CREACIÓN DE SABERES PARA LAS ARTES Y LAS CULTURAS
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS ARTES VICERRECTORADO ACADÉMICO REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN, PRODUCCIÓN Y CREACIÓN DE SABERES PARA LAS ARTES Y LAS CULTURAS APROBADO
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL I. DEFINICIÓN Y UBICACIÓN ARTÍCULO 1. El Centro de Educación Ambiental (CEA) de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) es la instancia
Más detallesLineamientos para la formulación del Plan Operativo Anual 2017 del MPPEUCT, sus entes adscritos y órganos desconcentrados
Lineamientos para la formulación del Plan Operativo Anual 2017 del MPPEUCT, sus entes adscritos y órganos desconcentrados Políticas Institucionales - Direccionales 1. Transformar y expandir la Educación
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS (CISE)
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS (CISE) Artículo 1.º.- El Centro de Investigaciones y Servicios Educativos de la Pontificia Universidad Católica del Perú CISE-PUCP es una
Más detallesPor el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.
DECRETO 1832 DE 2012 (agosto 31) Diario Oficial No. 48.539 de 31 de agosto de 2012 Departamento Nacional de Planeación Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación. El
Más detallesDepartamento de Investigación y Postgrado. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación Conceptos Básicos
Departamento de Investigación y Postgrado Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación Conceptos Básicos Qué es la LOCTI? Es la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) aprobada el
Más detallesREGLAMENTO DE LA RED INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN LA SALLE (RIILSA)
REGLAMENTO DE LA RED INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN LA SALLE (RIILSA) Í N D I C E CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES..1 CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS.......1 CAPÍTULO III DE LA ESTRUCTURA..... 2 CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DE GÉNERO 1. I. Definición y Ubicación
CONSEJO UNI VERSI TARI O REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS DE GÉNERO 1 I. Definición y Ubicación ARTÍCULO 1. El Instituto de Estudios de Género es una instancia de carácter interdisciplinario, multidisciplinario
Más detallesReglamento del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional
Reglamento del Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 019-2005-P-TC Lima, 1 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 28301 se promulgó
Más detallesCONSIDERANDO CONSIDERANDO
EL DE LA Reunidos en su sesión N 04 de fecha 09 de febrero de 2010, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 1 del artículo 9 y numeral 21 del articulo 26 ambos de la Ley de Universidades,
Más detallesDECANO I. IDENTIFICACION DEL CARGO
DECANO Nombre del cargo Decano Nivel funcional Directivo Jefe inmediato Vicerrector Académico Naturaleza del Cargo Estatutario I. IDENTIFICACION DEL CARGO Dependencia: Facultad Asignada Número de Cargos
Más detallesLA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:
LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que el Estatuto Orgánico establece como uno de los objetivos de la Universidad Técnica de Manabì, el fomentar y ejecutar
Más detallesUniversidad México Americana del Norte, A.C. Investigación Una visión compartida
Universidad México Americana del Norte, A.C. Investigación Una visión compartida Visión FUNCIONES SUSTANTIVAS DE LA UNIVERSIDAD DOCENCIA INVESTIGACION EXTENSION ENFOQUE ESTRATÉGICO INTEGRADO La visión
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS CISE
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES Y SERVICIOS EDUCATIVOS CISE Artículo 1.º.- El Centro de Investigaciones y Servicios Educativos de la Pontificia Universidad Católica del Perú CISE-PUCP es una unidad
Más detallesUNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO. PROYECTO DE ACUERDO N. XX Junio de 2015
PROYECTO DE ACUERDO N. XX Junio de 2015 Por el cual se crea la Unidad Académica de Educación Virtual de la Universidad de la Universidad Distrital francisco José El Consejo Superior Universitario de la
Más detallesManual de Organización
Fecha: 24/01/yyyy Pag.; 1 de 17 Contenido 1. Objetivo y Alcance. 02 2. Base Legal. 04 3. Estructura. 05 4. Organigrama. 06 5. Descripción de Objetivos y Funciones de las dependencias. 07 6. Descripción
Más detallesPROYECTO DE LEY No. De de de Que adopta la Política Criminológica y crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de la República de Panamá
PROYECTO DE LEY No. De de de 2009 Que adopta la Política Criminológica y crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana de la República de Panamá LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: CAPITULO I ADOPCION DE LA
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO
1 de 15 UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO Aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N 101-2016-UAI-CU/P De fecha 09 de Agosto del 2016 2 de 15 UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO TÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CAPÍTULO I
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO CAPÍTULO I DE LA BASE LEGAL, PRINCIPIOS Y FINES Art. 1.-La Dirección Académica de la Universidad
Más detallesESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO SECTOR DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
17-1 17 SECTOR DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 17-2 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA - DAFP - DIRECTOR Oficina Asesora de Planeación Oficina de Sistemas Secretaría General Oficina de Control Interno
Más detallesManual de Organización
Fecha: 24/01/yyyy Pag.; 1 de 19 Contenido 1. Objetivo y Alcance. 02 2. Base Legal. 04 3. Estructura. 05 4. Organigrama. 06 5. Descripción de Objetivos y Funciones de las dependencias. 07 6. Descripción
Más detallesSanta Tecla, 24 de mayo de "ACUERDO N 290. Santa Tecla, 24 de mayo de El Órgano Ejecutivo en el Ramo de Agricultura y Ganadería,
!A l MIÜ T e R: IO DE AGRICULTURA Y GANADERIA ÉLSALVADOR UNÁMONOS PARA CRECER Santa Tecla, 24 de mayo de 2016 Señor (a) Oficial de Información Presente MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ASUNTO: Manual
Más detallesEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Ref.N 013-2015-MTSS DECRETO N MTSS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3), 18), 20 y 146 y lo establecido
Más detalles<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 2009>
RESOLUCION 1398 DE 2004 (junio 17) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE 1228 de Por
Más detallesEsta versión del Estatuto ya no se encuentra válida, y fue ampliada en la II Asamblea General realizada en Guayaquil, Ecuador, en octubre del 2009.
ESTATUTO DE LA Asociación Latinoamericana de Enseñanza e Investigación en Trabajo Social ALAEITS 2007 1 TITULO I DE LA ASOCIACIÓN Y SUS FINES Art. 1º- La Asociación Latinoamericana de Enseñanza e Investigación
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ
ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 081 Agosto 20 de 2009
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 081 Agosto 20 de 2009 Por la cual se define el currículo del Programa Académico del DOCTORADO EN CIENCIAS DEL MAR EL CONSEJO
Más detallesPLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL DAVID, CHIRIQUÍ PANAMA
PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 2013-2017 DAVID, CHIRIQUÍ PANAMA 1 PRESENTACION Como empresa social, la Universidad Tecnológica OTEIMA, debe planificarse, organizarse, dirigirse y evaluarse, en función
Más detallesREGLAMENTO DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSIÓN
REGLAMENTO DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSIÓN 1 PREÁMBULO La Proyección Social es un elemento clave, fundamental en el desarrollo de la Universidad de Investigación y Desarrollo -UDI-, ésta se encuentra
Más detallesReglamento de régimen interno del Centro de Formación y Desarrollo Profesional de la Universidad de Murcia
Reglamento de régimen interno del Centro de Formación y Desarrollo Profesional de la Universidad de Murcia (Aprobado en Consejo de Gobierno de 22/10/2010) Artículo 1.- Denominación y adscripción 1. Con
Más detallesREGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 94 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala que la Evaluación de Calidad
Más detallesREGLAMENTO DE SEGUIMIENTO E INSERCIÓN LABORAL
Página 1 de 13 REGLAMENTO DE SEGUIMIENTO E Página 2 de 13 TÍTULO I : GENERALIDADES CAPÍTULO I : DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II : ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I : DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO E INSERCIÓN LABORAL
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 50 Referencia: Año: 2005 Fecha(dd-mm-aaaa): 21-12-2005 Titulo: QUE MODIFICA LA LEY 13 DE
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 28 del Reglamento General de la Institución, en concordancia con el artículo
Más detallesCORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN AMAZONAS CORPOAMAZONAS
CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN AMAZONAS CORPOAMAZONAS 7.21. CORPORACIÓN ESPECIAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL ESTADO AMAZONAS, (CORPOAMAZONAS) 1. MARCO NORMATIVO INSTITUCIONAL DENOMINACIÓN DE
Más detallesREGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO ACUERDO No. 04 DE 2009 (Enero 10 de 2007) Por medio del cual se expide el Reglamento de Bienestar Institucional de LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA ACUERDA:
Más detallesPLAN ESTRATÉGICO DE LA CARRERA DE INGENIERIA MECÁNICA
INGENIERIA MECÁNICA 2015-2019 Objetivo Estratégico 1: Formar y especializar profesionales competentes que aporten al desarrollo social y económico de la provincia zona y el país, coadyuvando a la consecución
Más detallesGaceta Oficial Estado Mérida
República Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial Estado Mérida LOS DECRETOS, ÓRDENES Y RESOLUCIONES QUE PUBLIQUE ESTE ÓRGANO TENDRÁN CARÁCTER OFICIAL Y SU CUMPLIMIENTO SERÁ OBLIGATORIO / DEPÓSITO LEGAL
Más detallesREGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN. Elaborado por la Comisión de Trabajo para la Acreditación institucional
REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN Elaborado por la Comisión de Trabajo para la Acreditación institucional 2015 Índice Capítulo I : Políticas de Investigación... 3 Capítulo II : Gestión de la Investigación...
Más detallesSecretaría de Educación SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA DIRECCIÓN DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA
MANUAL DE ACCIONES DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A PADRES DE FAMILIA CONTENIDO PRESENTACIÓN-------------------------------------------------------------------------------- 3 JUSTIFICACIÓN -------------------------------------------------------------------------------
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL N 002 (06 de Febrero de 2017) "Por medio de la cual se aprueba la Política de Responsabilidad Social Universitaria'
RESOLUCIÓN RECTORAL N 002 (06 de Febrero de 2017) "Por medio de la cual se aprueba la Política de Responsabilidad Social Universitaria' EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE PEREIRA, en uso de sus atribuciones
Más detallesUNIVERSIDAD DE CALDAS CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. Por el cual se expide la Política Editorial de la Universidad de Caldas
UNIVERSIDAD DE CALDAS CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. Por el cual se expide la Política Editorial de la Universidad de Caldas EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE CALDAS, en uso de sus facultades legales
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1
CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD ACADÉMICA 1 CAPÍTULO I DEFINICIÓN ARTÍCULO 1: El Instituto de Gestión de la Calidad Académica tiene como finalidad el orientar, planear,
Más detallesORGANIGRAMA DEL INIA INIA. Actividades I+D+I del INIA Según Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre CONSEJO RECTOR CONSEJO DE DIRECCIÓN
ORGANIGRAMA DEL INIA Según Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre ÓRGANOS COLEGIADOS CONSEJO RECTOR CONSEJO DE DIRECCIÓN ÓRGANOS DE GOBIERNO ÓRGANOS UNIPERSONALES PRESIDENTE VICEPRESIDENTE DIRECTOR
Más detallesAcuerdo por el que se establece el PROGRAMA AMBIENTAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
Acuerdo por el que se establece el PROGRAMA AMBIENTAL DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL José Enrique Villa Rivera, Director General del Instituto Politécnico Nacional, con fundamento en lo dispuesto por
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR DESPACHO DEL MINISTRO RESOLUCIÓN Nº 3147
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR DESPACHO DEL MINISTRO RESOLUCIÓN Nº 3147 CARACAS, 07 Octubre de 2008 AÑOS 198º y 149º En conformidad con lo previsto
Más detallesEs la unidad organizadora de la gestión institucional de la investigación.
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADEMICO COORDINACIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO CENTRO DE INVESTIGACIONES GERENCIALES DE GUAYANA INFORMACIÓN DE INTERÉS Es la unidad
Más detalles1 Reglamento del Instituto de Investigaciones Agrícolas ( IIA) Consejo Universitario - Unidad de Información
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES AGRICOLAS (I.I.A.) (Aprobado en sesión 3586-17, 29/08/1989. Publicado en el Alcance a La Gaceta Universitaria 9-1989, 22/09/1989) ARTÍCULO 1. El Instituto de
Más detallesDECRETO 2672 DE (20 de noviembre de 2013) D.O
DECRETO 2672 DE 2013 (20 de noviembre de 2013) D.O. 48.980 Por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. El Presidente de la República
Más detallesDIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO. Plan de Desarrollo Institucional
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO Plan de Desarrollo Institucional 2007-2015 Orientaciones Institucionales del Programa Operativo Anual (POA) 2011 HACIA UN RENOVADO HORIZONTE 1 Presentación
Más detallesACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUA, UNIDAD LOS MOCHIS, DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CENTRO DE EDUCACIÓN CONTINUA, UNIDAD LOS MOCHIS, DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL José Enrique Villa Rivera, Director General del Instituto Politécnico Nacional, con
Más detalles2do. MOMENTO: Procesos de consulta de la propuesta de gobierno escolar
CONSEJO EDUCATIVO La curiosidad es el motor del saber y cada conocimiento un móvil para llevar a otro conocimiento, adelanta el que yerra buscando la verdad, se atrasa el que gusta añadir errores a errores
Más detallesLINEAS Y GRUPOS DE INVESTIGACIÓN UNEFA. Elaborado por: M.Sc Lerymar Mata Moreno EAD de Investigación UNEFA-NE
LINEAS Y GRUPOS DE INVESTIGACIÓN UNEFA Elaborado por: M.Sc Lerymar Mata Moreno EAD de Investigación UNEFA-NE Propuesta metodológica y organizacional que orienta el trabajo investigativo y permite coordinar
Más detallesREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN EN LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DEL SALVADOR
REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN EN LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DEL SALVADOR TÍTULO I. DE LOS OBJETIVOS Y FUNCIONES ARTÍCULO 1: El Instituto de Investigación en Lenguas Modernas en el ámbito
Más detallesMisión y visión institucionales. Actualización: diciembre de 2017
y visión institucionales Actualización: diciembre de 2017 1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA Servir al país al ofrecer un trabajo académico sólido y de excelencia alrededor de las funciones sustantivas:
Más detallesUniversidad Tecnológica Israel
Universidad Tecnológica Israel REGLAMENTO DE LA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN CENTRAL Y GESTION DE LA INFORMACIÓN Aprobado por: Honorable Consejo Superior Universitario de la Universidad Tecnológica Israel.
Más detallesUNIVERSIDAD DE ORIENTE VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCION DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS
UNIVERSIDAD DE ORIENTE VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO DIRECCION DE ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS PROPUESTA DE REORGANIZACION DE LA COMISION CENTRAL DE CURRICULA Abril, 2009 VICERRECTORADO ACADÉMICO - DIRECCIÓN
Más detallesREGLAMENTO DEL POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES. De La finalidad, objetivo, base legal y alcance
REGLAMENTO DEL POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES De La finalidad, objetivo, base legal y alcance Artículo 1º. FINALIDAD La finalidad del presente documento es orientar el ejercicio
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO REGLAMENTO INTERNO DEL VICERRECTORADO DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CHIMBORAZO REGLAMENTO INTERNO DEL VICERRECTORADO DE POSTGRADO E INVESTIGACIÓN TITULO I CAPITULO I DE LA BASE LEGAL Art. 1.-.- La Universidad Nacional de Chimborazo es una institución
Más detallesINSTRUCTIVO PARA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EXPERIMENTALES Y/O DE INNOVACIÓN
INSTRUCTIVO PARA LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EXPERIMENTALES Y/O DE INNOVACIÓN I. Introducción La Dirección de Investigación Científica presenta y pone a disposición de facultades, escuelas,
Más detallesAlgunos Aspectos Relevantes sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) Carmen Chirinos MPPCYT-ONCTI
Algunos Aspectos Relevantes sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) Carmen Chirinos MPPCYT-ONCTI LINEAMIENTOS DE POLÍTICA Y PROGRAMAS ESTRATÉGICOS DEL MPPCT EN EL CONTEXTO POLITICO
Más detallesCapítulos II y V del Decreto Ejecutivo N Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública
Capítulos II y V del Decreto Ejecutivo N 38170 Organización Administrativa de las Oficinas Centrales del Ministerio de Educación Pública Capítulo II Del Nivel Político Artículo 11 - El Viceministro de
Más detallesUNIVERSIDAD AMAZÓNICA DE PANDO VICERRECTORADO
UNIVERSIDAD AMAZÓNICA DE PANDO VICERRECTORADO REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD AMAZÓNICA DE PANDO Dirección de Investigación, Ciencia y Tecnología (D.I.C.yT.) Cobija Pando Bolivia
Más detallesNACIONAL, REGIONAL Y MUNICIPAL
FICHA TÉCNICA IDENTIFICACIÓN GENERAL DEL PROYECTO TITULO (NOMBRE) DEL PROYECTO : Infraestructura para el Laboratorio de Hardware, Telecomunicaciones y Escuelas de Altos Estudios en Tecnologías Libres (EAETL)
Más detallesRESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N /SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 061-2017/SUNAT CREACION DE LA UNIDAD EJECUTORA MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SUNAT - MSI Lima, 07 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N 005-2017-SUNAT/1K2000
Más detalles1 Reglamento del Sistema de Archivos de la Universidad de Costa Rica Consejo Universitario Unidad de Información
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE ARCHIVOS DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA (Aprobado en sesión 5282-05, 02/09/2008, publicado en La Gaceta Universitaria 32-2008 del 03/10/2008) Artículo 1. Objetivo del Reglamento
Más detallesMANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN APROBADO POR: R.D.Nº SA-HNCH/DG
MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL CAYETANO HEREDIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE APOYO A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN APROBADO POR: R.D.Nº 083-2009-SA-HNCH/DG FECHA DE APROBACIÓN: 17-02-2009
Más detallesUNIVERSIDAD DE COSTA RICA CONSEJO UNIVERSITARIO
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO GENERAL DE INSTITUTOS Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y ESTACIONES EXPERIMENTALES (Aprobado en sesión del Consejo Universitario 4753-05, 22-10-02.
Más detallesRESOLUCIÓN RECTORAL No Noviembre 3 de 2004
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 097-04 Noviembre 3 de 2004 Por la cual se modifica la Estructura Organizacional para el Proceso de Autoevaluación con fines de acreditación y se definen funciones. EL RECTOR DE
Más detallesUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO No. 419 Acta No del 18 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE COLOMBIA CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO No. 419 Acta No. 1373 del 18 de noviembre de 2002 Por el cual se reforma el Acuerdo 313 de 1999 que creó el Instituto Superior de Pedagogía -ISP-
Más detallesREGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN UCAL
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN UCAL ÍNDICE Título I Generalidades Capítulo I: De la investigación Capítulo II: De los fines de la investigación Capítulo III: Del Centro de Investigación de la Creatividad
Más detallesa) Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social
Vinculación con el Plan de Desarrollo Social y Económico del País 2007-2013 y el Plan de Ciencia, Tecnología e Innovación 2005-2030 como fuentes de fundamentación para el PNFI a) Plan Nacional de Desarrollo
Más detallesINSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR SAN ISIDRO CONSEJO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO:
INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR SAN ISIDRO CONSEJO ACADÉMICO SUPERIOR CONSIDERANDO: Que, el Art. 350 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que el sistema de educación superior tiene
Más detallesDIRECCIÓN DE EXTENSIÓN POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO DE LA EXTENSIÓN EN LA UDI
DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO DE LA EXTENSIÓN EN LA UDI ARTÍCULO 1. DEFINICIÓN La Extensión Universitaria de la Universidad del Istmo (UDI) es una Dirección estratégica de acompañamiento
Más detallesReglamento. de la editorial. universidad don BosCo
Reglamento de la editorial universidad don BosCo Reglamento de la Editorial Universidad Don Bosco El Consejo Directivo de la Universidad Don Bosco, considerando que: Según el artículo 9 de los Estatutos
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Consejo Superior Universitario
ACUERDO No. 020 DEL 2.002 POR EL CUAL SE CREA EL SISTEMA DE PUBLICACIONES EN LA UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS EL CONSEJO SUPERIOR DE LA EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y ESTATUTARIAS, ESPECIALMENTE LAS
Más detallesReglamento específico de la Cátedra de Estudios sobre las Mujeres Leonor de Guzmán de la Universidad de Córdoba
Reglamento específico de la Cátedra de Estudios sobre las Mujeres Leonor de Guzmán de la Universidad de Córdoba Aprobado por la Comisión de Cooperación y Proyección Universitaria, sesión de fecha 04.12.2002,
Más detallesACUERDO Nº 175 A FECHA: MARZO 19 DE 1998
POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA, UNIAGRARIA. El Consejo Superior de la Fundación Universitaria Agraria de Colombia en
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010)
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010) POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE GRADO DE PREGRADO EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN
Más detallesEl Consejo Universitario de la Universidad del Azuay. C o n s i d e r a n d o: R e s u e l v e: Organización
El Consejo Universitario de la Universidad del Azuay C o n s i d e r a n d o: Que, el 16 de noviembre de 1999 entró en vigencia la Ley de los Centros de Transferencia y Desarrollo de Tecnologías que atribuye
Más detallesPROGRAMA ESCALA DOCENTE
PROGRAMA ESCALA DOCENTE REGLAMENTO 1 1 Aprobado en la LXIX Reunión del Consejo de Rectores; Universidad Nacional de Itapúa, 10 de mayo de 2016. OBJETIVOS DEL PROGRAMA El Programa ESCALA Docente promueve
Más detallesPlan de trabajo y desarrollo de la Vicepresidencia Región México - OUI Mtro. Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla Rector General
Plan de trabajo y desarrollo de la Vicepresidencia Región México - OUI 2017-2019 Mtro. Itzcóatl Tonatiuh Bravo Padilla Rector General Agosto 2017 Contenido Presentación... 3 Acciones...5 Compromiso Social...5
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS
REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS CAPÍTULO I: DE VISIÓN Y MISIÓN INSTITUCIONAL Artículo 1º: La Escuela de Salud Pública es un organismo dependiente de la Facultad de
Más detallesReglamento General de Institutos. Aprobado el 29 de agosto de 2002
Reglamento General de Institutos Aprobado el 29 de agosto de 2002 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento General de Institutos -1 Reglamento General de Institutos Aprobado
Más detallesGaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº de marzo de 2006
Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nº 38.392 07 de marzo de 2006 Decreto Nº 4.334 del 06 de marzo de 2006 HUGO CHAVEZ FRÍAS Presidente de la República En ejercicio de las atribuciones
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA. En uso de la atribución que le confiere el artículo 35.11del Estatuto Orgánico.
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NUEVA ESPARTA En uso de la atribución que le confiere el artículo 35.11del Estatuto Orgánico. DICTA EL SIGUIENTE: REGLAMENTO DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesREPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL. DECRETO EJECUTIVO No. (De de de 2016)
REPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DECRETO EJECUTIVO No. (De de de 2016) Por el cual se aprueba la Política Nacional de Datos Espaciales, sus principios, objetivos y
Más detallesANEXO A: 1) Modificar la sumilla del Catálogo de puestos tipo, la que queda redactada de la siguiente forma:
ANEXO A: MODIFICACIONES AL CATÁLOGO DE PUESTOS TIPO, PREVISTO EN LA DIRECTIVA N 001-2015-SERVIR/GPGSC FAMILIAS DE PUESTOS Y ROLES Y MANUAL DE PUESTOS TIPO (MPT) APLICABLES AL RÉGIMEN DEL SERVICIO CIVIL,
Más detallesFUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA LUMEN GENTIUM POLÍTICA DE PROYECCIÓN SOCIAL
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA LUMEN GENTIUM POLÍTICA DE PROYECCIÓN SOCIAL 2013 1 LA PROYECCIÓN SOCIAL EN LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA LUMEN GENTIUM 1. PRINCIPIOS ORIENTADORES La Fundación Universitaria
Más detallesPontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO DE LOS ORGANISMOS DE LA RECTORIA
REGLAMENTO DE LOS ORGANISMOS DE LA RECTORIA TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º : Para el adecuado gobierno de la Universidad, el Rector ejercerá sus atribuciones, principalmente, a través
Más detallesLATAM ( ) Definición y estructura del Programa
LATAM (2008-2019) Definición y estructura del Programa I. Objetivos de LATAM LATAM es un programa de doce años de duración que tiene como objetivos principales mejorar y fortalecer las capacidades de los
Más detallesRED IBEROAQMERICANA DE INVESTIGACIÓN EN EDUCACIÓN EN ENFERMERÍA BASES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RIIEE OCTUBRE 17 DE 2013
RED IBEROAQMERICANA DE INVESTIGACIÓN EN EDUCACIÓN EN ENFERMERÍA BASES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RIIEE OCTUBRE 17 DE 2013 I) ANTECEDENTES En septiembre de 2009, un grupo de investigadoras de 16 países
Más detallesUNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN BASES FOMENTO E INCENTIVO A LA FORMACIÓN DE LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN EN LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTA MARÍA 2018 El Vicerrectorado
Más detallesAlgunos Aspectos Relevantes sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e (LOCTI) Carmen Chirinos MPPCYT-ONCTI
Algunos Aspectos Relevantes sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) Carmen Chirinos MPPCYT-ONCTI LINEAMIENTOS DE POLÍTICA Y PROGRAMAS ESTRATÉGICOS DEL MPPCT EN EL CONTEXTO POLITICO
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA
Fecha de 20/10 /2018 Universidad Privada San Juan Bautista Nº Página 1 de 13 UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y ESCUELA DE POSGRADO Preparando el camino Fecha de 20/10 /2018
Más detallesFUNCIONES ESPECÍFICAS (RESPONSABILIDAD)
IDENTIFICACIÓN Nombre del cargo Técnico Operativo Nivel: Técnico Código y Grado 314-02 Naturaleza del Cargo: Carrera Administrativa Clase: Tiempo Completo MISIÓN O PROPÓSITO DEL CARGO Realizar labores
Más detalles