ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL. Rafael Ortiz Fábrega DIPUTADO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL. Rafael Ortiz Fábrega DIPUTADO"

Transcripción

1 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL Rafael Ortiz Fábrega DIPUTADO EXPEDIENTE N.º

2 NOTA: ESTE PROYECTO SE ENCUENTRA EN PROCESO DE REVISIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Y ESTÁ SUJETO A MODIFICACIONES DE FORMA CUANDO ASÍ LO AMERITE. ADEMÁS, ESTÁ PENDIENTE QUE SE LE ASIGNE COMISIÓN PARA LA PUBLICACIÓN. PROYECTO DE LEY REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL ASAMBLEA LEGISLATIVA: Expediente N.º Esta iniciativa tiene por objeto fortalecer el régimen punitivo de nuestro Código Penal y eliminar aspectos de orden administrativo no judicial que podrían estar afectando el cumplimiento de las penas. En primera instancia se propone reformar los artículos 64 y 65 del Código Penal referentes a la libertad condicional en el sentido que los informes del Instituto de Criminología sean vinculantes para los jueces de ejecución de la pena. Siendo que el Juez o el Tribunal de Ejecución de la Pena toman en consideración otras razones distintas al criterio técnico que emite el Instituto de Criminología estén en la obligación de emitir, de forma escrita, el razonamiento para apartarse de dicho criterio técnico. No es posible que los criterios técnicos que emite el Instituto de Criminología únicamente sirvan de material de información y cuyo contenido pueda un juez apartarse sin más valoración y que este actuar le permita a las

3 - 2 - personas que están cumpliendo una pena de prisión ser beneficiarias de una libertad condicional. Es urgente que el sistema funcione a favor de las víctimas y de los ciudadanos y no a favor exclusivamente de los privados de libertad. La libertad condicional debe ser un instituto penal excepcional y de imperiosa rigurosidad en procura de salvar guardar los legítimos derechos de las personas decentes y, en particular de las víctimas que deben vivir cada día mortificadas por el simple hecho de que en cualquier momento se ponga en libertad a un delincuente que los ofendió y exista el peligro de que vuelva a delinquir. Considero que todo privado de libertad deba tener la posibilidad de reintegrarse a la comunidad, no obstante el proceso para otorgar un beneficio como el de la libertad condicional es impensable sin que los criterios técnicos que emite el Instituto de Criminología de manera responsable no tengan un efecto vinculante. La obligatoriedad de que se tomen en cuenta los criterios técnicos del Instituto de Criminología tampoco contravienen o lastiman la independencia del juez por el contrario, refuerza su decisión y amplía los parámetros para otorgar el beneficio de la libertad condicional bajo un adecuado equilibrio de la responsabilidad en su otorgamiento. El juez competente deberá justificar las

4 - 3 - razones del por qué se separa del criterio técnico y ponderar las razones de las víctimas al momento de otorgar o denegar el beneficio. En segundo lugar es necesario eliminar potestades de imperio que hoy día tiene el Consejo de Gobierno, resabios del pasado cuando le correspondía al Rey otorgar el perdón a una persona privada de libertad por el delito o delitos que haya cometido. El "derecho de gracia", también conocido como indulto, es una renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado, fundada en razones de equidad, oportunidad o conveniencia pública que no deben seguir bajo el resorte del Consejo de Gobierno. Se propone reformar el artículo 90 del Código Penal para que sea el Poder Judicial a través de los Tribunales de Ejecución de la Pena los que, en cumplimiento de los requisitos que hoy día existen, otorguen o no el indulto. Dicha reforma va acompañada por otra iniciativa que consiste en una reforma parcial de la Constitución Política en el inciso 2) del artículo 147 que añade que el Consejo de Gobierno no podrá otorgar indultos por delitos comunes. Reformas al Código Penal, Ley 4573 Texto actual Libertad condicional ARTÍCULO 64.- Todo condenado a pena de prisión podrá solicitar al Juez competente, y éste facultativamente conceder la libertad Texto propuesto ARTÍCULO 64.- Todo condenado a pena de prisión podrá solicitar al Juez competente, y éste facultativamente conceder la libertad condicional, cuando haya cumplido la mitad de

5 - 4 - condicional, cuando haya cumplido la mitad de la pena impuesta en sentencia ejecutoriada; en este caso el Juez pedirá al Instituto de Criminología, para su mejor información y resolución, el diagnóstico y pronóstico criminológicos del penado y un informe en que conste, si el solicitante ha cumplido o no el tratamiento básico prescrito. El Instituto de Criminología podrá también solicitar en cualquier momento la libertad condicional, si el Juez hubiere denegado el beneficio cuando el reo lo solicitó y al efecto acompañará los documentos a que este artículo se refiere. la pena impuesta en sentencia ejecutoriada; en este caso el Juez pedirá al Instituto de Criminología, el diagnóstico y pronóstico criminológicos del penado y un informe en que conste, si el solicitante ha cumplido o no el tratamiento básico prescrito. Lo que dichos informes indiquen será vinculante para el Juez competente. El Instituto de Criminología podrá también solicitar en cualquier momento la libertad condicional, si el Juez hubiere denegado el beneficio cuando el reo lo solicitó y al efecto acompañará los documentos a que este artículo se refiere. ARTÍCULO65.- Requisitos. ARTÍCULO 65.- Requisitos. La libertad condicional podrá concederse cuando se cumplan los siguientes requisitos: 1) Que el solicitante no haya sido condenado anteriormente por delito común sancionado con pena mayor de seis meses; y 2) Que el Instituto de Criminología informe sobre la buena conducta, servicios prestados, ocupación y oficios adquiridos por el condenado que le permitan una vida regular de trabajo lícito; y acompañe un estudio de su personalidad, de su medio social, así como un dictamen favorable sobre la conveniencia de la medida. La libertad condicional podrá concederse cuando se cumplan los siguientes requisitos: 1) Que el solicitante no haya sido condenado anteriormente por delito común sancionado con pena mayor de seis meses; y 2) Que el Instituto de Criminología informe sobre la buena conducta, servicios prestados, ocupación y oficios adquiridos por el condenado que le permitan una vida regular de trabajo lícito; y acompañe un estudio de su personalidad, de su medio social, así como un dictamen favorable sobre la conveniencia de la medida. El informe será vinculante, para resolver de manera distinta al Informe del Instituto de Criminología el Juez competente deberá razonar en forma escrita la separación del criterio técnico. 3) El juez competente deberá dar audiencia a las víctimas o sus representantes cuando así proceda. Indulto. Artículo 90.- El indulto, aplicable a los delitos comunes, implica el perdón total o parcial de la pena impuesta por sentencia ejecutoria, o bien su conmutación por otra más benigna y no comprende las penas accesorias. El indulto sólo podrá ser concedido por el Consejo de Gobierno, el cual previamente a resolver, oirá el criterio de Instituto de Criminología. Consultará también a la Corte Suprema de Justicia, únicamente, cuando la solicitud del indulto se fundamente en una crítica a la sentencia judicial. Dichos organismos deberán pronunciarse en un término no mayor de treinta días naturales, y si no contestaren dentro de ese término, el Consejo de Gobierno podrá resolver lo que corresponda. Indulto. Artículo 90.- El indulto, aplicable a los delitos comunes, implica el perdón total o parcial de la pena impuesta por sentencia ejecutoria, o bien su conmutación por otra más benigna y no comprende las penas accesorias. El indulto sólo podrá ser concedido por el Poder Judicial a través de los tribunales de ejecución de la pena, el cual previamente a resolver, oirá el criterio de Instituto de Criminología. Consultará también a la Corte Suprema de Justicia, únicamente, cuando la solicitud del indulto se fundamente en una crítica a la sentencia judicial. Dichos organismos deberán pronunciarse en un término no mayor de treinta días naturales, y si no contestaren dentro de ese término, el

6 - 5 - Tribunal Ejecutor de la Pena podrá resolver lo que corresponda. Por las razones expuestas anteriormente someto a consideración de la Asamblea Legislativa la presente iniciativa de Ley. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA A VARIOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL ARTÍCULO 1.- Reforma a los artículos 64 y 65 del Código Penal, Ley 4573 del cuatro de mayo de 1970 y sus reformas que se leerán de la siguiente manera: ARTÍCULO 64.- Quién puede solicitar la libertad condicional.- Todo condenado a pena de prisión podrá solicitar al Juez competente, y éste facultativamente conceder la libertad condicional, cuando haya cumplido la mitad de la pena impuesta en sentencia ejecutoriada; en este caso el Juez pedirá al Instituto de Criminología, el diagnóstico y pronóstico criminológicos del penado y un informe en que conste, si el solicitante ha cumplido o no el tratamiento básico prescrito. Lo que dichos informes indiquen será vinculante para el Juez competente. El Instituto de Criminología podrá también solicitar en cualquier momento la libertad condicional, si el Juez hubiere denegado el beneficio cuando

7 - 6 - el reo lo solicitó y al efecto acompañará los documentos a que este artículo se refiere. ARTÍCULO 65.- Requisitos. La libertad condicional podrá concederse cuando se cumplan los siguientes requisitos: 1) Que el solicitante no haya sido condenado anteriormente por delito común sancionado con pena mayor de seis meses; 2) Que el Instituto de Criminología informe sobre la buena conducta, servicios prestados, ocupación y oficios adquiridos por el condenado que le permitan una vida regular de trabajo lícito; y acompañe un estudio de su personalidad, de su medio social, así como un dictamen favorable sobre la conveniencia de la medida. Para resolver de manera distinta al Informe del Instituto de Criminología el Juez competente deberá razonar, en forma escrita, la separación del criterio técnico; y 3) El juez competente deberá dar audiencia a las víctimas o sus representantes cuando así proceda. ARTÍCULO 2.- Reforma al artículo 90 del Código Penal, Ley 4573 del cuatro de mayo de 1970 y sus reformas que se leerá de la siguiente manera: Artículo 90.- Indulto.

8 - 7 - El indulto, aplicable a los delitos comunes, implica el perdón total o parcial de la pena impuesta por sentencia ejecutoria, o bien su conmutación por otra más benigna y no comprende las penas accesorias. El indulto sólo podrá ser concedido por el Poder Judicial a través de los tribunales de ejecución de la pena, los cuales previamente a resolver, oirán el criterio de Instituto de Criminología. Consultará también a la Corte Suprema de Justicia, únicamente, cuando la solicitud del indulto se fundamente en una crítica a la sentencia judicial. Dichos organismos deberán pronunciarse en un término no mayor de treinta días naturales, y si no contestaren dentro de ese término, el Tribunal Ejecutor de la Pena podrá resolver lo que corresponda. Rige a partir de su publicación. RAFAEL ORTIZ FÁBREGA DIPUTADO HUMBERTO VARGAS CORRALES DIPUTADO JORGE RODRÍGUEZ ARAYA DIPUTADO

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 153 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA VARIOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS

Más detalles

Resumen de formas de ejecución de condenas en Costa Rica cuando existe pena de prisión.

Resumen de formas de ejecución de condenas en Costa Rica cuando existe pena de prisión. Resumen de formas de ejecución de condenas en Costa Rica cuando existe pena de prisión. 1- El sistema penitenciario nacional ofrece tres modalidades de custodia de los privados de libertad en forma general.

Más detalles

LEY 18 JUNIO ESTABLECE NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO

LEY 18 JUNIO ESTABLECE NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO LEY 18 JUNIO 1870. ESTABLECE NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO (G. núm. 172, de 21 junio [NDL 16414]) Artículo 1. 0 Modificada por Ley 1/1988, de 14 enero. CAPÍTULO I De los que pueden ser

Más detalles

Esta atribución es una de tantas facultades con que el referido poder cuenta, y que, es necesario formalizar para que quienes han cumplido con

Esta atribución es una de tantas facultades con que el referido poder cuenta, y que, es necesario formalizar para que quienes han cumplido con Secretarios de la Mesa Directiva H. Congreso del Estado de Puebla Presente: Los que suscriben Diputados José Antonio Gali López, Blas Jorge Garcilazo Alcántara y Eric Cotoñeto Carmona, integrantes del

Más detalles

LEY DE INDULTOS Y CONMUTAS

LEY DE INDULTOS Y CONMUTAS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Honduras, C.A. LEY DE INDULTOS Y CONMUTAS (c) 1997 - Biblioteca Electrónica del Poder Judicial DECRETO NÚMERO 136 EL CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A: La siguiente

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto. Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto. Ministerio de Gracia y Justicia «BOE» núm. 175, de 24 de junio de 1870 Referencia: BOE-A-1870-4759 TEXTO CONSOLIDADO

Más detalles

Libertad Condicional Aspectos normativos y prácticos

Libertad Condicional Aspectos normativos y prácticos Libertad Condicional Aspectos normativos y prácticos Gendarmería de Chile Santiago, 06 de mayo de 2016 1 LIBERTAD CONDICIONAL Es un modo de cumplir en libertad la pena privativa de libertad de más de un

Más detalles

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES Los Estados Unidos Mexicanos y la República de El Salvador, Conscientes de los estrechos vínculos

Más detalles

LEY DE INDULTO PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. (Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de Diciembre de 1969)

LEY DE INDULTO PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN. (Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de Diciembre de 1969) LEY DE INDULTO PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN (Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 10 de Diciembre de 1969) Última reforma integrada P.O. 28 octubre 2010 Esta Ley tiene como objeto, regular

Más detalles

CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO

CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO IV TABLAS DE REQUISITOS PARA ACCEDER AL TERCER GRADO DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO Y A LA LIBERTAD CONDICIONAL TRAS LAS REFORMAS DE LAS LEYES ORGÁNICAS 7, 11 Y 15 DE 2003 CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO ORDINARIO

Más detalles

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Justicia, CAPITULO I

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Justicia, CAPITULO I DECRETO No. 436 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que el nuevo Código Procesal Penal cuya vigencia comenzó el día 20 de abril de 1998, ha derogado en todas sus partes

Más detalles

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA. íeha-14/01/ :28:23 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA. íeha-14/01/ :28:23 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS GRUPO PARLAMEMTARIO CONGRESO DE LOS DIPUTADOS REGISTRO GENERAL DE ENTRADA i 0001132 íeha-14/01/2016-11:28:23 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS En nombre del me dirijo a esa Mesa para, al amparo de

Más detalles

República de Panamá DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE EXTRADICIÓN EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

República de Panamá DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE EXTRADICIÓN EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ República de Panamá DESCRIPCIÓN Y EXPLICACIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE EXTRADICIÓN EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ La extradición se ajustará a lo que establezcan al respecto los tratados públicos de que sea parte

Más detalles

LECCIÓN XII LA ETAPA DE EJECUCION PARTE I

LECCIÓN XII LA ETAPA DE EJECUCION PARTE I LECCIÓN XII LA ETAPA DE EJECUCION PARTE I La Ejecución de sentencia como etapa final del proceso penal Artículo 493. EJECUTORIEDAD. La sentencia condenatoria deberá quedar firme para originar su ejecución.

Más detalles

Contribución del Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala sobre la moratoria del uso de la pena de muerte en Guatemala

Contribución del Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala sobre la moratoria del uso de la pena de muerte en Guatemala Contribución del Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala sobre la moratoria del uso de la pena de muerte en Guatemala Guatemala, mayo de 2016 En carta dirigida a las Instituciones Nacionales de

Más detalles

TEMA 9 RELACIONES DE LA VICTIMOLOGÍA CON OTRAS DISCIPLINAS. VICTIMOLOGÍA Pfra. AITANA RAMÓN MARTÍN Área de Derecho Penal

TEMA 9 RELACIONES DE LA VICTIMOLOGÍA CON OTRAS DISCIPLINAS. VICTIMOLOGÍA Pfra. AITANA RAMÓN MARTÍN Área de Derecho Penal TEMA 9 RELACIONES DE LA VICTIMOLOGÍA CON OTRAS DISCIPLINAS VICTIMOLOGÍA Y CRIMINOLOGÍA DELINCUENTE CNTRL. FORMAL DELITO VÍCTIMA CNTRL. INFORMAL VICTIMOLOGÍA Y CRIMINOLOGÍA CRIMINOLOGÍA VICTIMOLOGÍA NATURALEZA

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el artículo 180 Bis a la Sección Tercera, del Capítulo Octavo, Título Sexto, del Libro Primero del Código Penal de Coahuila y se modifican las denominaciones

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR,

ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, 1 DECRETO Nº 436.- LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I.- Que el nuevo Código Procesal Penal cuya vigencia comenzó el día 20 de abril de 1998, ha derogado en todas sus

Más detalles

DECRETO 206 DE 1990 (enero 22) por el cualpor el cual se reglamenta la Ley 77 de 1989

DECRETO 206 DE 1990 (enero 22) por el cualpor el cual se reglamenta la Ley 77 de 1989 DECRETO 206 DE 1990 (enero 22) por el cualpor el cual se reglamenta la Ley 77 de 1989 El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3o. del artículo

Más detalles

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES Los Estados Unidos Mexicanos y España, CONSCIENTES de los estrechos vínculos existentes entre ambos pueblos, y

Más detalles

1- Qué es la amnistía?

1- Qué es la amnistía? Con la presentación, por parte del Foro Penal Venezolano, de un proyecto de Ley de amnistía ante la Asamblea Nacional, se abre la posibilidad de que muchos presos políticos venezolanos obtengan su libertad.

Más detalles

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CUBA SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES

TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CUBA SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES TRATADO ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CUBA SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República

Más detalles

DERECHO PENAL, DERECHO PROCESAL, DERECHO CONSTITUCIONAL, pena privativa de la libertad, ejecución de la pena, ley modificatoria

DERECHO PENAL, DERECHO PROCESAL, DERECHO CONSTITUCIONAL, pena privativa de la libertad, ejecución de la pena, ley modificatoria Ley Nacional 26.813 Ley 26.813 28 de noviembre de 2012 Poder Legislativo - NACIONAL Boletín Oficial, 16 de enero de 2013 Vigente, de alcance general Id Infojus: LNS0005816 Sumario DERECHO PENAL, DERECHO

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 62 Y ADICIÓN DE UN ARTÍCULO 64 BIS AL CÓDIGO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS, LEY N 4755, DE 1 DE JULIO DE

Más detalles

ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE

ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE ACUERDO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR CON LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República

Más detalles

31.b RECURSO CONTRA LA DENEGACION DE LA SOLICITUD DE ADELANTAMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL DE 90 DIAS POR AÑO EFECTIVAMENTE CUMPLIDO.

31.b RECURSO CONTRA LA DENEGACION DE LA SOLICITUD DE ADELANTAMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL DE 90 DIAS POR AÑO EFECTIVAMENTE CUMPLIDO. 31.b RECURSO CONTRA LA DENEGACION DE LA SOLICITUD DE ADELANTAMIENTO DE LA LIBERTAD CONDICIONAL DE 90 DIAS POR AÑO EFECTIVAMENTE CUMPLIDO. Al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Expediente num. (si se sabe)

Más detalles

Ley No Ley de Nacionalidad 30 de Junio 1992

Ley No Ley de Nacionalidad 30 de Junio 1992 Ley No. 149 - Ley de Nacionalidad 30 de Junio 1992 CAPITULO I Artículo1 La existencia, el otorgamiento, la pérdida y la recuperación de la nacionalidad nicaraguense se regirá por lo dispuesto en la Constitución

Más detalles

LOS INFORMES TÉCNICO - PENITENCIARIOS

LOS INFORMES TÉCNICO - PENITENCIARIOS LOS INFORMES TÉCNICO - PENITENCIARIOS Dr. Luis Alberto Ricra Soto Taller de Beneficios Penitenciarios Lima, 03 de agosto de 2016 I. ELABORACIÓN Atendiendo el tipo de beneficio penitenciario solicitado

Más detalles

Tipo Version :Ultima Version De : Inicio Vigencia : :http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=8524&idversion= &idparte

Tipo Version :Ultima Version De : Inicio Vigencia : :http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=8524&idversion= &idparte Tipo Norma :Decreto 64 Fecha Publicación :27-01-1960 Fecha Promulgación :05-01-1960 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :REGLAMENTA LA ELIMINACION DE PRONTUARIOS PENALES, DE ACIONES, Y EL OTORGAMIENTO

Más detalles

Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA Reglamento para la Autorización del Beneficio del Artículo 55 del Código Penal a la Prisión Preventiva y a la Pena de Prisión de las Personas Privadas de Libertad Nº 32754 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

Modificación de la Ley N

Modificación de la Ley N COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN, CÓDIGOS, LEGISLACIÓN GENERAL Y ADMINISTRACIÓN REPARTIDO Nº 715 JUNIO DE 2017 CARPETA Nº 2126 DE 2017 CÓDIGO DEL PROCESO PENAL Modificación de la Ley N 19.293 - 1 - CÁMARA DE SENADORES

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LA LEY ORGANICA DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL Y AL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA QUE SE PROHIBA OCULTAR ROSTRO DE LAS

Más detalles

LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES. Mercedes Fernández Ordóñez Magistrado Juez de lo Penal de Sevilla.

LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES. Mercedes Fernández Ordóñez Magistrado Juez de lo Penal de Sevilla. LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES Mercedes Fernández Ordóñez Magistrado Juez de lo Penal de Sevilla. CONTENIDO La Ley Penal despliega su eficacia con un doble contenido : general y especial, al que añadir

Más detalles

Tratado con España sobre Traslado de Personas Condenadas

Tratado con España sobre Traslado de Personas Condenadas Tratado con España sobre Traslado de Personas Condenadas No. 7813 TRATADO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ENTRE LA REPUBLICA DE COSTA RICA Y EL REINO DE ESPAÑA Apruébase, en cada una de sus partes,

Más detalles

CURSO INTRODUCTORIO FACILITADORES JUDICIALES

CURSO INTRODUCTORIO FACILITADORES JUDICIALES CURSO INTRODUCTORIO FACILITADORES JUDICIALES REGLAMENTO DE FACILITADORES JUDICIALES FACILITADOR JUDICIAL Es la persona al servicio de la Administración de Justicia que tiene por principal función servir

Más detalles

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL. Prof. Robert F. Beers

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL. Prof. Robert F. Beers JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Prof. Robert F. Beers Acción de Inconstitucionalidad Acción de Inconstitucionalidad Su procedimiento se regula en la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Se dirige contra

Más detalles

Diario Oficial LEY 890 DE (julio 7) por la cual se modifica y adiciona el Código Penal. El Congreso de Colombia DECRETA:

Diario Oficial LEY 890 DE (julio 7) por la cual se modifica y adiciona el Código Penal. El Congreso de Colombia DECRETA: Diario Oficial 45.602 LEY 890 DE 2004 (julio 7) por la cual se modifica y adiciona el Código Penal. El Congreso de Colombia DECRETA: Artículo 1. El inciso 2 del artículo 31 del Código Penal quedará En

Más detalles

PROPUESTA ALTERNATIVA DE REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO

PROPUESTA ALTERNATIVA DE REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO PROPUESTA ALTERNATIVA DE REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO SE PROPONE una NUEVA LEY reguladora del ejercicio de la gracia de indulto con el siguiente articulado: CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

Ley 5991 de 09 de noviembre de Reforma Integral de la Ley de Extradición

Ley 5991 de 09 de noviembre de Reforma Integral de la Ley de Extradición Ley 5991 de 09 de noviembre de 1976 Reforma Integral de la Ley de Extradición ARTICULO 1º.- Deróganse las reformas introducidas por ley Nº 5497 de 21 de marzo de 1974 a la ley Nº 4795 de 16 de julio de

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL REPRESENTANTE DE CASAS EXTRANJERAS, LEY N.º 6209, DE 9 DE MARZO DE 1978 Y DEROGATORIA DEL INCISO B)

Más detalles

Reglamento de Traslados

Reglamento de Traslados Reglamento de Traslados Visto: La Constitución de la República Dominicana. Visto: Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, aprobadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención

Más detalles

LEY de CAPÍTULO I DE LA LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD PROVISIONAL, CONDICIONAL O ANTICIPADA

LEY de CAPÍTULO I DE LA LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD PROVISIONAL, CONDICIONAL O ANTICIPADA LEY 19.446 de 28.10.16 CAPÍTULO I DE LA LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD PROVISIONAL, CONDICIONAL O ANTICIPADA ARTICULO 1º.- El beneficio de libertad provisional, condicional o anticipada no será de aplicación

Más detalles

NUEVA LEY DE AMPARO resumen ejecutivo

NUEVA LEY DE AMPARO resumen ejecutivo NUEVA LEY DE AMPARO resumen ejecutivo NUEVA LEY DE AMPARO I. Introducción El 6 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan

Más detalles

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TEXTO ORIGINAL. Tratado publicado en la Primera Sección del Diario Oficial de la Federación,

Más detalles

Presidencia de la diputada Arcelia María González González

Presidencia de la diputada Arcelia María González González MINUTA NÚMERO 19 SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA COMISIÓN DE JUSTICIA SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO LEGAL PRIMER RECESO REUNIÓN CELEBRADA EL 23 DE ENERO DE 2017 Presidencia de la diputada Arcelia María González

Más detalles

DOCUMENTO DE TRABAJO N 2 CONVERSATORIO AMNISTÍA PRIMERO: UNA DÉCADA DE CRIMINALIZACIÓN

DOCUMENTO DE TRABAJO N 2 CONVERSATORIO AMNISTÍA PRIMERO: UNA DÉCADA DE CRIMINALIZACIÓN DOCUMENTO DE TRABAJO N 2 CONVERSATORIO AMNISTÍA PRIMERO: UNA DÉCADA DE CRIMINALIZACIÓN Elaboración: Felipe Castro León 1. AMNISTÍA E INDULTO Quiénes otorgan la amnistía y el indulto? La amnistía puede

Más detalles

LIMITES DE CUMPLIMIENTO El triple de la mayor. Pamplona, 19 de abril de 2.012

LIMITES DE CUMPLIMIENTO El triple de la mayor. Pamplona, 19 de abril de 2.012 LIMITES DE CUMPLIMIENTO El triple de la mayor Pamplona, 19 de abril de 2.012 1.- MARCO NORMATIVO * Artículo 76 CP 1. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, el máximo de cumplimiento efectivo

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA EJECUTORIA 265/1998 ROLLO DE SALA NÚMERO 106/1998 PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 48/1997 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 3 DE FUENGIROLA AUTO ILTMOS. SRES.

Más detalles

PODER LEGISLATIVO LEY N 1664

PODER LEGISLATIVO LEY N 1664 PODER LEGISLATIVO LEY N 1664 QUE APRUEBA EL CONVENIO SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS Y MENORES BAJO TRATAMIENTO ESPECIAL, ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA

Más detalles

ÍNDICE GENERAL. PALABRAS PRELIMINARES Esteban Franichevich... IX INTRODUCCIÓN Capítulo 1 CESACIÓ N DE LA PRISIÓ N PREVENTIVA

ÍNDICE GENERAL. PALABRAS PRELIMINARES Esteban Franichevich... IX INTRODUCCIÓN Capítulo 1 CESACIÓ N DE LA PRISIÓ N PREVENTIVA ÍNDICE GENERAL PALABRAS PRELIMINARES Esteban Franichevich... IX INTRODUCCIÓN... 3 Capítulo 1 CESACIÓ N DE LA PRISIÓ N PREVENTIVA I. LAS RAZONES DEL INSTITUTO...7 Jurisprudencia... 9 II. REQUISITOS GENERALES

Más detalles

Poder Judicial de la Nación

Poder Judicial de la Nación Córdoba, 25 de octubre de 2018.- Y VISTOS: En autos caratulados HERRERA Marcelo José s/ Legajo de Ejecución (Expte. Fcb34389/2016/8); Y CONSIDERANDO: I. Que a fs.230/32 del presente legajo, el Dr. Jorge

Más detalles

TRATADO SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE CANADÁ. (Suscrito en Caracas el 24 de

TRATADO SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE CANADÁ. (Suscrito en Caracas el 24 de TRATADO SOBRE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS PENALES ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA Y EL GOBIERNO DE CANADÁ. (Suscrito en Caracas el 24 de enero de 1994. Aprobación Legislativa: 4 de julio de

Más detalles

XIX REUNIÓN DE MAGISTRADOS/AS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA

XIX REUNIÓN DE MAGISTRADOS/AS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA XIX REUNIÓN DE MAGISTRADOS/AS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA CONCLUSIONES GRAN CANARIA, 24, 25 y 26 DE MAYO DE 2010 1 CONCLUSIONES DE LA XIX REUNIÓN DE MAGISTRADOS/AS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA AÑO 2010

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA EXPEDIENTE N.º DICTAMEN AFIRMATIVO UNÁNIME (29 de agosto del 2006)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA EXPEDIENTE N.º DICTAMEN AFIRMATIVO UNÁNIME (29 de agosto del 2006) ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA REFORMA DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL REPRESENTANTE DE CASAS EXTRANJERAS, LEY N.º 6209, DE 9 DE MARZO DE 1978 Y DEROGATORIA DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 361

Más detalles

RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN

RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 52 DE LA INVESTIGACIÓN 53 CAPÍTULO IV DE LA INVESTIGACIÓN 1. PRESENTACIÓN DE LOS A continuación se presentaran los resultados de la presente investigación, los cuales se derivan del análisis y discusión

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS DIRIGIDAS A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

REGLAMENTO SOBRE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS DIRIGIDAS A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. REGLAMENTO SOBRE LA RECEPCIÓN Y ATENCIÓN DE CONSULTAS DIRIGIDAS Resolución de Contraloría General de la República R-DC-197-2011 de las 08:00 horas del 13 de diciembre de 2011 Publicada en La Gaceta N 244

Más detalles

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES

TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y ESPAÑA SOBRE EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES TEXTO ORIGINAL. Tratado publicado en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 8 de junio de 1990. Al margen

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE MECANISMOS ELECTRÓNICOS DE SEGUIMIENTO EN MATERIA PENAL PODER EJECUTIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE MECANISMOS ELECTRÓNICOS DE SEGUIMIENTO EN MATERIA PENAL PODER EJECUTIVO ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY SEGUIMIENTO EN MATERIA PENAL PODER EJECUTIVO EXPEDIENTE N.º 17.665 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS PROYECTO DE LEY SEGUIMIENTO

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY HUMBERTO VARGAS CORRALES DIPUTADO EXPEDIENTE N.º 20.249 NOTA: ESTE PROYECTO SE ENCUENTRA EN PROCESO DE REVISIÓN EN EL DEPARTAMENTO DE

Más detalles

TEXTO DEL CÓDIGO CIVIL TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN C. DIPUTADOS

TEXTO DEL CÓDIGO CIVIL TEXTO DEL PROYECTO APROBADO POR LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN C. DIPUTADOS Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Civil, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fija el artículo 2 del decreto con fuerza de ley N 1, de 2000, del Ministerio

Más detalles

Reglamento de los Permisos de Salidas

Reglamento de los Permisos de Salidas Reglamento de los Permisos de Salidas Visto: La Constitución de la República Dominicana. Visto: Las reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, aprobadas por el primer congreso de las naciones

Más detalles

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE VOLUMEN FINALIZADAS TRANSFORMADAS DILIGENCIAS PREVIAS Pendientes al 1 de enero 22.911 Incoadas en el año 137.467 Incoadas en el año con entrada en Fiscalía 96.809 Reabiertas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 21 Jueves 24 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 3658 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN 661 Aplicación provisional del Tratado sobre traslado de personas condenadas

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 2904-2PO2-17 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política

Más detalles

COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 914 ABRIL DE 2018 CARPETA Nº 2938 DE 2018 TRATADO DE EXTRADICIÓN CON LA REPÚBLICA PORTUGUESA

COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 914 ABRIL DE 2018 CARPETA Nº 2938 DE 2018 TRATADO DE EXTRADICIÓN CON LA REPÚBLICA PORTUGUESA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 914 ABRIL DE 2018 CARPETA Nº 2938 DE 2018 TRATADO DE EXTRADICIÓN CON LA REPÚBLICA PORTUGUESA A p r o b a c i ó n - 1 - PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE RELACIONES

Más detalles

31. LA PENA DE PRISIÓN Y LA EXTRANJERIA

31. LA PENA DE PRISIÓN Y LA EXTRANJERIA 31. LA PENA DE PRISIÓN Y LA EXTRANJERIA 1 INTRODUCCIÓN. PENA DE PRISIÓN Y EXTRANJERÍA Exponemos las posibilidades de expulsión que nuestra legislación contempla desde el momento en que un extranjero comente

Más detalles

LIBERTAD CONDICIONAL. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

LIBERTAD CONDICIONAL. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos LIBERTAD CONDICIONAL Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 1 Naturaleza Jurídica Se encuentra regulada por: Decreto Ley N 321 de 1925. Reglamento, Decreto N 2442 de 1926. La Libertad Condicional se

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 0541-2PO1-13 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA 1. Nombre de la Iniciativa. Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados

Más detalles

Contribución del Procurador de los Derechos Humanos sobre la Situación de la Pena de Muerte en Guatemala

Contribución del Procurador de los Derechos Humanos sobre la Situación de la Pena de Muerte en Guatemala Contribución del Procurador de los Derechos Humanos sobre la Situación de la Pena de Muerte en Guatemala Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala Guatemala, abril de 2016 En carta dirigida a las

Más detalles

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUTO. En esta ciudad de Málaga, a 4 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA AUTO. En esta ciudad de Málaga, a 4 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA SECCIÓN TERCERA EJECUTORIA NÚMERO 81/2013 ROLLO NÚMERO 10.001/2010 PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 3.209/2006 JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE MARBELLA AUTO ILTMOS. SRES.

Más detalles

PROYECTO DE LEY QUE SUSTITUYE EL DECRETO LEY N 321, DE 1925, QUE ESTABLECE LA LIBERTAD CONDICIONAL PARA LOS PENADOS. BOLETÍN N (S)

PROYECTO DE LEY QUE SUSTITUYE EL DECRETO LEY N 321, DE 1925, QUE ESTABLECE LA LIBERTAD CONDICIONAL PARA LOS PENADOS. BOLETÍN N (S) 1 Artículo único.- Reemplázase el decreto ley N 321, del Ministerio de Justicia, de 1925, que Establece la Libertad Condicional para los Penados, por el siguiente texto: Epígrafe Lo ha reemplazado por

Más detalles

El trámite de extradición en el Marco de las funciones del. Exteriores

El trámite de extradición en el Marco de las funciones del. Exteriores El trámite de extradición en el Marco de las funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores Sitios de interés Biblioteca virtual de tratados http://apw.cancilleria.gov.co/tratados/sitepages /menu.aspx

Más detalles

ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS

ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA PORTUGUESA SOBRE TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS La República Argentina y la República Portuguesa, en adelante denominadas las Partes, Animadas por los

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA COMISIÓN PERMANENTE ESPECIAL DE CONSULTAS DE CONSTITUCIONALIDAD APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA EXPEDIENTE N.º 18.484

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE RECONOCIMIENTO DE ANUALIDADES EN EL SECTOR PÚBLICO DIPUTADOS

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE RECONOCIMIENTO DE ANUALIDADES EN EL SECTOR PÚBLICO DIPUTADOS ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DE RECONOCIMIENTO DE ANUALIDADES EN EL SECTOR PÚBLICO DIPUTADOS OTTO GUEVARA GUTH NATALIA DIAZ QUINTANA EXPEDIENTE Nº. 20.224 DICIEMBRE

Más detalles

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL. JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado ponente

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL. JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado ponente CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado ponente AP4738-2016 Radicación N' 48206 (Aprobado Acta No.224) Bogotá D,C., veintisiete (27) de julio de dos m i

Más detalles

REGLAMENTA LA ELIMINACION DE PRONTUARIOS PENALES, DE ANOTACIONES, Y EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES

REGLAMENTA LA ELIMINACION DE PRONTUARIOS PENALES, DE ANOTACIONES, Y EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES Identificación Norma: DTO-64 Fecha Publicación: 27.01.1960 Fecha Promulgación: 05.01.1960 Organismo: MINISTERIO DE JUSTICIA Ultima Modificación: DTO-933, JUSTICIA Fecha Ultima Modificacion: 27.12.2002

Más detalles

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO

PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO MTRO. OMAR ESTRADA ORTIZ. CATEDRÁTICO. FUENTES FORMALES DEL DERECHO. LAS FUENTES MÁS IMPORTANTES SON: EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO. Intervienen el poder legislativo y el ejecutivo.

Más detalles

Campoamor 9 2º OVIEDO f

Campoamor 9 2º OVIEDO f El Gobierno aprueba la creación y regulación del Registro Central de Delincuentes Sexuales. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea y regula la organización y el funcionamiento

Más detalles

ANEXO No. 2. Bogotá, D.C., 2 de abril de 2004

ANEXO No. 2. Bogotá, D.C., 2 de abril de 2004 ANEXO No. 2 APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS INTERNACIONALES SOBRE LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS A LA VERDAD, A LA JUSTICIA Y A LA REPARACIÓN EN NORMAS DE ALTERNATIVIDAD PENAL DESTINADAS A MIEMBROS DE GRUPOS

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ADICIÓN DE UN NUEVO INCISO 4) AL ARTÍCULO 49 DE LA LEY N. 8642, LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, DE 4 DE JUNIO DE 2008 PODER EJECUTIVO

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL INCISO B) DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY N.º 2726, LEY CONSTITUTIVA INSTITUTO COSTARRICENSE HENRY MANUEL MORA JIMÉNEZ

Más detalles

TEST PENAL 5 Procedimiento Abreviado III

TEST PENAL 5 Procedimiento Abreviado III TEST PENAL 5 Procedimiento Abreviado III 1.- El procedimiento abreviado regulado en los arts. 757 y siguientes de la LECRiminal se usa para castigar delitos con penas de hasta: a) veinte años de privación

Más detalles

R-DC CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once.

R-DC CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once. R-DC-197-2011. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DESPACHO CONTRALOR. San José, a las ocho horas del trece de diciembre de dos mil once. I. Que los artículos 183 y 184 de la Constitución Política de

Más detalles

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica

Convenio Colegio de Abogados Universidad de Costa Rica Para ver aviso legal de clic en el siguiente Hipervínculo (NECESITA CONEXIÓN A INTERNET) http://cijulenlinea.ucr.ac.cr/condicion.htm INFORME DE INVESTIGACIÓN CIJUL TEMA: LA CONCILIACIÓN EN EL DERECHO TRIBUTARIO.

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA A LOS ARTICULOS 43 Y 47 DE LA LEY N 5476 DEL 21 DE DICIEMBRE DE 1973, CÓDIGO DE FAMILIA. LEY PARA AMPLIAR LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO

Más detalles

Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Penal. Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer Distrito Judicial

Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Penal. Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer Distrito Judicial Catálogo de Sentencias Ejecutoriadas en materia Penal. Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer Distrito Judicial Licenciado Jesús María Ponce de León Montes Número de la causa Delito

Más detalles

Acuerdo sobre traslado de personas condenadas entre los Estados Parte del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile

Acuerdo sobre traslado de personas condenadas entre los Estados Parte del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile Acuerdo sobre traslado de personas condenadas entre los Estados Parte del MERCOSUR y la República de Bolivia y la República de Chile Nota: El acuerdo fue adoptado por los Ministros de Justicia en la XX

Más detalles

EL ROL DE LAS JUEZAS Y/ O JUECES DE GARNTÍAS PENITENCIARIAS

EL ROL DE LAS JUEZAS Y/ O JUECES DE GARNTÍAS PENITENCIARIAS EL ROL DE LAS JUEZAS Y/ O JUECES DE GARNTÍAS PENITENCIARIAS ANTECEDENTES HISTÓRICOS EL SISTEMA PENITENCIARIO EN ECUADOR DIRECCION NACIONAL DE PRISIONES Actual Consejo Nacional de Rehabilitación Social

Más detalles

DIRECCION LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS -

DIRECCION LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS - 00001 CONGRESO DE LA REPUBLICA GUATEMALA, C. A., DIRECCION LEGISLATIVA - CONTROL DE INICIATIVAS - NUMERO DE REGISTRO 5433 IFECHA QUE CONOCIO El PLENO: 19 DE ABRIL DE 2018 INICIATIVA DE LEY PRESENTADA POR

Más detalles

PROYECTO DE DICTAMEN COMISIÓN DE JUSTICIA

PROYECTO DE DICTAMEN COMISIÓN DE JUSTICIA PROYECTO DE DICTAMEN COMISIÓN DE JUSTICIA HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Justicia de la LXI Legislatura, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen correspondiente, la Iniciativa con Proyecto

Más detalles

RÉGIMEN DE LIBERTAD ANTICIPADA Y PENAS SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD

RÉGIMEN DE LIBERTAD ANTICIPADA Y PENAS SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD Carpeta Nº 559 de 2016 Repartido Nº 300 Anexo I Julio de 2016 RÉGIMEN DE LIBERTAD ANTICIPADA Y PENAS SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD Modificación - Comparativo entre el proyecto de ley del Poder

Más detalles

Ley Aprobatoria Acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Cuba Sobre el Traslado de Personas Condenadas

Ley Aprobatoria Acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Cuba Sobre el Traslado de Personas Condenadas Ley Aprobatoria Acuerdo entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Cuba Sobre el Traslado de Personas Condenadas La República Bolivariana de Venezuela y la República de Cuba, en lo adelante

Más detalles

Anteproyecto de Ley de Adecuación Normativa al ECPI

Anteproyecto de Ley de Adecuación Normativa al ECPI Anteproyecto de Ley de Adecuación Normativa al ECPI Antecedentes El Estado boliviano firmó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (en adelante, ECPI) el 17 de julio de 1998 y lo ratificó el

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY VARIOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS EXPEDIENTE N.º 18.990 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY DE VARIOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS EXPEDIENTE N. PROYECTO DE LEY Expediente N.º ASAMBLEA LEGISLATIVA: El voto 2017-1922, del 8 de febrero

Más detalles

Oficio Nº VALPARAÍSO, 15 de marzo de 2017

Oficio Nº VALPARAÍSO, 15 de marzo de 2017 jsk/cra S.2ª/365ª Oficio Nº 13.189 VALPARAÍSO, 15 de marzo de 2017 A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA Tengo a honra comunicar a V.E. que el Congreso Nacional ha prestado su aprobación al proyecto de

Más detalles