ORGANIZACIÓN GENERAL DEPARTAMENTAL

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ORGANIZACIÓN GENERAL DEPARTAMENTAL"

Transcripción

1 1 ORGANIZACIÓN GENERAL DEPARTAMENTAL CIENCIAS BIOLÓGICAS SANIDAD ANIMAL Y MEDICINA PREVENTIVA FISIOPATOLOGÍA CLÍNICA PRODUCIÓN ANIMAL TECNOLOGÍA Y CALIDAD DE LOS ALIMENTOS Facultad de Ciencias Veterinarias Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires 2011

2 2 CAPÍTULO I. - CONSIDERACIONES GENERALES FORMATO 1.1.Los Departamentos son estructuras organizativas, que integran los recursos humanos de las Áreas de conocimiento de disciplinas afines, para el desarrollo de actividades de docencia, investigación, servicios, extensión La organización departamental responde a necesidades estructurales y funcionales de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UNCPBA, posibilitando entre otros aspectos:.- Coordinar e integrar las actividades académicas, optimizando la labor de sus integrantes, el uso de la infraestructura y de los recursos presupuestarios, intra e interdepartamentales..- Crear condiciones para un desarrollo armónico del potencial intelectual y creativo de sus integrantes..- Constituir grupos de trabajo en base al interés personal, pero dentro de un esquema general común e interdisciplinario, en el que cada uno realice la labor para la cual está mejor capacitado y motivado. CAPÍTULO II - FUNCIONES DE LOS DEPARTAMENTOS 2.1- Promover la cooperación e integración de las actividades de docencia, investigación, extensión, servicios y formación de recursos humanos en las áreas Programar y coordinar todo lo referente al proceso de enseñanza y aprendizaje Proponer al Consejo Académico los programas de los cursos que les corresponda Colaborar en la programación y en el desarrollo de las carreras y cursos de grado y posgrado Participar activamente en el desarrollo de la oferta curricular de la Unidad Académica Asesorar a las autoridades de la Facultad en todas aquellas cuestiones que se lo consulten. CAPÍTULO III ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL 3.1- Los Departamentos estarán integrados por docentes, no docentes, becarios, investigadores de carrera, personal de apoyo a la investigación e integrantes del agrupamiento técnico profesional, tanto sean ordinarios, ad honorem o contratados, con funciones asignadas en áreas de conocimiento de cada departamento La organización departamental se conforma con las siguientes estructuras: Jefatura: Integrada por un Jefe

3 En aquellos Departamentos en los que se considere necesario se podrá elegir un Vicejefe Junta Departamental: Integrada por un representante profesor de cada una de las actividades curriculares que integran el departamento Áreas de conocimiento / Actividades curriculares: Integradas por docentes, becarios, personal de apoyo a la investigación, investigadores de carrera y no docentes agrupados por competencias afines a los efectos de ejecutar las actividades en el Departamento. CAPÍTULO IV - AUTORIDADES DEL DEPARTAMENTO 4.1. La conducción y la representación institucional de los Departamentos estará a cargo de un Jefe electo por el período correspondiente En caso de ausencia temporal o definitiva con prescindencia de la causa que la origine, el Jefe propondrá para su reemplazo a un docente; el mismo deberá ser avalado por la Junta Departamental y el HCA En aquellos departamentos donde exista la figura de Vicejefe, este acompañará en la gestión al Jefe y lo reemplazará en caso de ausencia temporal o definitiva con prescindencia de la causa que la origine La Junta Departamental estará integrada por un representante profesor de cada una de las actividades curriculares que integran el Departamento. Excepcionalmente un auxiliar podrá integrar la Junta Departamental, cuando se encuentre a cargo del área ante la inexistencia o ausencia de un profesor El Consejo Académico podrá remover a los Jefes, Vicejefes y/o Jefes Interinos y designar reemplazantes toda vez que su desempeño no se corresponda con los objetivos y funciones del Departamento o su desempeño no se corresponda con las normas de conducta. CAPÍTULO V FUNCIONES DE LAS AUTORIDADES DEL DEPARTAMENTO Y DE LOS INTEGRANTES JEFATURA Representar al Departamento ante las autoridades de la Facultad Cumplir y hacer cumplir en el Departamento las resoluciones y disposiciones del HCA Presidir la Junta Departamental Integrar la Junta Interdepartamental Convocar a reuniones periódicas de la Junta Departamental y a reuniones generales del

4 4 Departamento Formular con el asesoramiento de la Junta Departamental los objetivos y las funciones específicas del Departamento, dentro de las pautas y políticas establecidas por la Facultad y en concordancia con este Reglamento; los que serán puesto a consideración del Honorable Consejo Académico Atender a los requerimientos de los integrantes del Departamento y efectuar las gestiones que correspondan ante las autoridades de la Facultad Elevar las necesidades de cada una de las actividades curriculares al inicio de cada semestre a la Secretaría Académica Elevar para su consideración al Consejo Académico las cuestiones que no puedan ser resueltas en el marco de sus atribuciones. JUNTA DEPARTAMENTAL Representar a las actividades curriculares en el ámbito departamental Asesorar y colaborar con las tareas del Jefe y/o Vicejefe, constituyendo un nexo entre los integrantes de las actividades curriculares y la Jefatura En caso de ausencia definitiva del Jefe, la Junta Departamental designará entre sus miembros y con acuerdo del HCA un Jefe interino quien cumplimentará el periodo vigente correspondiente al último jefe electo. Si el periodo a cubrir fuere mayor a seis meses se llamará a elección nuevamente, salvo que el Departamento haya elegido un Vicejefe quien se hará cargo de la Jefatura Si el reemplazante del Jefe de Departamento solicitara licencia, renuncie o cualquier otra causa que implique ausencia en sus funciones, la Junta Departamental designará entre sus miembros un Jefe interino por el periodo vigente, con el acuerdo del HCA. RESPONSABLES DE LAS ÁREAS DE DOCENCIA Y/O ACTIVIDADES CURRICULARES Los responsables de las actividades curriculares deberán informar de sus actividades académicas al Jefe y a la Junta Departamental, cuando así se lo requieran Elevar el Jefe de Departamento las necesidades de cada una de las actividades curriculares al inicio de cada semestre a la Secretaría Académica Los responsables de las áreas de docencia y/o actividades curriculares deben planificar, coordinar y ejecutar las actividades académicas de su competencia temática.

5 Asimismo deben colaborar con el funcionamiento orgánico del Departamento. CAPÍTULO VI - FUNCIONAMIENTO DE LOS DEPARTAMENTOS Las actividades académicas correspondientes al Departamento se desarrollarán a través de los grupos disciplinares que integran las actividades curriculares Durante el año académico serán convocadas como mínimo dos Reuniones Generales de Departamento en la que participarán todos los integrantes. Una al inicio del año académico, en dicha reunión se expondrá y analizará el plan de tareas a desarrollar durante el año en curso y todo otro tema que se estime de interés y corresponda ser tratado en dicha ocasión. Asimismo, al finalizar el año se analizará la labor desarrollada y las actividades propuestas para el año entrante Durante el año académico el Jefe de Departamento deberá convocar como mínimo a 4 reuniones de Junta Departamental. Las mismas serán públicas y el temario se difundirá con anticipación a todos los integrantes del Departamento El Jefe de Departamento podrá convocar a otras reuniones departamentales cuando lo estime necesario y oportuno ya sea por decisión propia, a pedido de alguno de los miembros de la Junta Departamental, de algún integrante del Departamento o de las Autoridades de la Facultad Cada Departamento de acuerdo con sus objetivos específicos y condiciones propias, establecerá las formas más convenientes para su funcionamiento, dentro del marco establecido por las pautas y normas de la organización general Departamental. CAPÍTULO VII. - ELECCIÓN DE JEFE DE DEPARTAMENTO 7.1. Podrán elegir Jefe de Departamento todos los integrantes, docentes (ordinarios, ad honorem y contratados), no docentes, becarios, investigadores de carrera, personal de apoyo a la investigación, integrantes del agrupamiento técnico profesional, con funciones asignadas en áreas de conocimiento de cada departamento, con al menos un año de antigüedad. Se considerará un voto por persona, sin tener en cuenta la cantidad de cargos o designaciones que posea. Aquellos integrantes que tengan cargos en más de un Departamento podrán elegir Jefe de Departamento en aquel en el cual presenten el cargo de mayor jerarquía. En caso de tener igual jerarquía, en aquel que presenten mayor dedicación, en caso de presentar igual jerarquía y dedicación, votarán en aquel que presenten mayor antigüedad. En caso de que estos requisitos sean iguales, el interesado deberá presentar por escrito a las Juntas Electorales respectivas, su decisión acerca del Departamento en el cual votara Podrán ser elegidos Jefes de Departamento los Profesores ordinarios pertenecientes al Departamento respectivo, que no desempeñen funciones de gestión en el ámbito de la Facultad/Universidad. Aquellos profesores que ejerzan su actividad en más de un departamento sólo

6 6 podrán ser electos en un único departamento, quedando automáticamente eliminados como posibles candidatos en los otros departamentos. Asimismo, no podrán postularse en más de un departamento así como tampoco mientras esté ejerciendo la jefatura de algún departamento, excepto que el tiempo que resta en su mandato sea menor a treinta (30) días En aquellos Departamentos que optaran por la figura de Vicejefe, este deberá reunir las mismas condiciones requeridas para la elección del Jefe Cada Departamento, a través de su Junta Departamental deberá designar veintiún (21) días antes de la elección como mínimo, una Junta Electoral integrada por tres docentes pertenecientes al Departamento con al menos tres (3) años de antigüedad. Los integrantes de la Junta Electoral no deberán ser candidatos en ningún Departamento. Los miembros integrantes de la Junta Electoral serán quienes integren las respectivas mesas de la elección Las Juntas electorales deberán publicar el padrón del Departamento con al menos dieciocho (18) días de anticipación a la fecha de los comicios Los candidatos a Jefe de Departamento deberán presentar una nota ante la Junta Electoral haciendo constar la intención de presentarse. El período para la presentación va desde el día de la constitución de la Junta hasta catorce (14) días antes de la fecha establecida para la elección. Asimismo deberán hacer una presentación escrita ante la Junta electoral, de la propuesta de trabajo para el período al cual se postulan, la que será difundida entre los integrantes del Departamento, quedando a criterio de la Junta Electoral solicitar la presentación pública de la propuesta de trabajo en caso de postulación de más de un candidato En aquellos Departamentos donde se incorpore la figura de Vicejefe, este será elegido junto con el Jefe integrando una fórmula La presentación de los dos requisitos anteriores es condición indispensable para poder ser aceptados como candidatos Se podrá realizar la impugnación de los candidatos hasta siete (7) días antes de la elección. Las causas pueden ser: no reunir los requisitos indicados en el inciso 7.2, haber gestionado o estar en uso de licencia o cambio transitorio de lugar de trabajo por más de tres meses respecto a la fecha del acto eleccionario, haber sido separado del cargo, en un ejercicio previo por el HCA por mal desempeño de sus funciones Podrán realizarse impugnaciones respecto de las personas que estén mal incluidas por no reunir los requisitos establecidos e incluir las personas omitidas en el padrón y que reúnen los requisitos para ser incluidas. Este derecho se podrá ejercer durante siete (7) días a partir de la fecha de publicación. La Junta Electoral respectiva estará autorizada para resolver el tema. La resolución de la Junta será irrecurrible, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden al Consejo Académico y Superior Finalizado el acto electoral, las autoridades de mesa efectuarán el escrutinio que será fiscalizado por los candidatos que concurran, no siendo su presencia necesaria para llevarlo

7 7 adelante Es competencia de cada Junta Electoral: Entender y resolver sobre las cuestiones que se susciten acerca de la formación del padrón del Departamento. Verificar el cumplimiento de requisitos y otorgar aprobación a los respectivos candidatos que se presente en cada acto eleccionario. Organizar y fiscalizar el acto electoral y decidir cualquier cuestión que se plantee durante y con motivo de su desarrollo, a cuyo efecto podrá resolver la adopción de cualquier medida conducente a asegurar el normal desenvolvimiento del acto. Fiscalizar el escrutinio de la elección y decidir sobre la validez de los votos observados o impugnados. Elevar las actuaciones para la proclamación respectiva de los candidatos electos por el Consejo Académico. La Junta Electoral habilitará los comicios durante un período de cinco días hábiles corridos, durante un mínimo de dos (2) horas diarias, quedando a criterio de la misma el establecimiento del horario de inicio y finalización de los mismos. Decidir en aspectos no incluidos en el presente reglamento Cuando al cierre del lapso previsto se registrara solamente un candidato/fórmula en condiciones de ser electos, la Junta Electoral podrá realizar la proclamación sin necesidad del cumplimiento del acto eleccionario, respetando los plazos para las impugnaciones antes mencionadas. Si no se presentasen candidatos se realizará una nueva elección dentro del próximo mes, contando a partir de la fecha del escrutinio del caso, fecha hasta la cual se prorrogará automáticamente el mandato del Jefe/fórmula En caso de presentarse dos o más candidatos/fórmula será proclamado aquel que obtenga mayor número de votos (mayoría simple) En caso de empate entre dos o más candidatos/fórmula, se realizará una nueva elección dentro del próximo mes a partir de la fecha del escrutinio del caso, fecha hasta la cual se prorrogará automáticamente el mandato del Jefe /fórmula actual El voto será secreto. En caso de encontrarse el votante fuera de la ciudad podrá realizar el voto público dirigido a la Junta Electoral, por vía electrónica o fax, o voto secreto que deberá hacerlo mediante carta certificada, con aviso de retorno, dirigida a la respectiva Junta Electoral, debiendo especificarse en el sobre el acto eleccionario a que se refiere, apellido, nombre, documento de identidad y domicilio del votante. La Junta electoral deberá enviar por correo electrónico a cada uno de los integrantes del departamento, un archivo adjunto con las boletas donde constará el nombre de la fórmulas presentadas. Cada integrante del departamento, en condiciones de votar, podrá imprimir y recortar la boleta de su elección y utilizarla en el acto eleccionario. Quienes se encuentren fuera del ámbito de la FCV, deberán recortar y enviar la boleta de la fórmula elegida por correo, de la siguiente forma:

8 8 a) El voto se depositará en un sobre blanco tipo comercial, dentro de un sobre tamaño A4, sin señales visibles el que debidamente cerrado, se enviará a la Junta Electoral, dentro del mencionado sobre exterior. Efectuado el voto y cerrado el sobre, el votante firmará el sobre exterior, cruzando con firma la solapa de cierre y parte del sobre. b) El que desee hacerlo en forma electrónica podrá dirigirse por esta vía a los integrantes de la Junta electoral explicitando claramente nombre y apellido, número de documento, fórmula elegida, fecha y hora del envío La recepción de los votos en manos de la Junta Electoral será válida hasta la hora de cierre del acto electoral. En ese momento se procederá a la apertura de los sobres exteriores, registrando en el padrón respectivo el cumplimiento del acto. El sobre conteniendo el voto será firmado por las autoridades de la Junta Electoral e introducido en la urna. Si por cualquier causa, ajena o no al votante, el sobre no llegara a manos de la Junta respectiva antes del cierre del acto electoral, el voto no se computará y deberá ser devuelto al remitente. Los votos recibidos en forma electrónica serán impresos y firmados por las autoridades de la Junta Electoral e introducidos en la urna de manera similar al procedimiento anterior Todos los plazos establecidos en el presente reglamento se cuentan por días corridos. CAPÍTULO VIII- DESIGNACIÓN DEL JEFE /FÓRMULA DE DEPARTAMENTO 8.1. La designación del postulante/fórmula ganadora la efectuará el Consejo Académico de la Facultad en base a los resultados elevados por la Junta Electoral de cada Departamento Los Jefes/fórmula de Departamento regularmente designados por el Consejo Académico permanecerán dos (2) años en sus funciones La designación de los Jefes de Departamento con carácter de interinos durará hasta el vencimiento del período correspondiente al Jefe electo regularmente El Jefe/fórmula de Departamento no podrá ser miembro del Consejo Académico ni del Consejo Superior, ni desempeñarse como funcionario en el ámbito de la Facultad/Universidad. El Consejo Académico será el organismo de interpretación del presente Reglamento y resolverá las situaciones no contempladas por el mismo.

Que durante el ciclo lectivo 2004 estos departamentos elaboraron proyectos de reglamentación del funcionamiento institucional.

Que durante el ciclo lectivo 2004 estos departamentos elaboraron proyectos de reglamentación del funcionamiento institucional. Tandil, 9 de diciembre de 2004.- RESOLUCION Nº 046.- VISTO La Resolución de Consejo Académico Nº 018/03; y CONSIDERANDO Que por la misma se crearon los Departamentos de Teatro, de Educación Artística y

Más detalles

RÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES

RÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES RÉGIMEN ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES Principios Generales Artículo 1. Por el presente se reglamenta el régimen de elecciones de los representantes de los claustros en los órganos colegiados

Más detalles

TANDIL, 15/08/2003 ORDENANZA: Nº2990 VISTO: La Reunión del Consejo Superior celebrada el. 14/08/2003; y CONSIDERANDO:

TANDIL, 15/08/2003 ORDENANZA: Nº2990 VISTO: La Reunión del Consejo Superior celebrada el. 14/08/2003; y CONSIDERANDO: TANDIL, 15/08/2003 ORDENANZA: Nº2990 VISTO: 14/08/2003; y La Reunión del Consejo Superior celebrada el CONSIDERANDO: Que durante la misma se llevó a tratamiento el Expediente 1-17723/2003-Cuerpo 1, mediante

Más detalles

ANEXO I RESOLUCION Nº 2426

ANEXO I RESOLUCION Nº 2426 ANEXO I RESOLUCION Nº 2426 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO Capítulo I-Equipo Directivo

Más detalles

ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES

ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES Ref. Expte.: Nº 438.242 Vinc 18 ANEXO I NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES Capítulo I: De Ia elección de los representantes

Más detalles

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA Y DE LOS CENTROS PÚBLICOS ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL. (CORREGIDO) ESPECÍFICOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO EXPEDIENTE nº /98.-

SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO EXPEDIENTE nº /98.- SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 11 MARZO 2014 EXPEDIENTE nº 65.493/98.- V I S T O : La resolución nº 545/98 por la cual se aprueba y pone en vigencia el Reglamento para la Organización y Funcionamiento de los Departamentos

Más detalles

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA.

DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 327/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA. (Corregido) REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS INSTITUTOS

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

REGLAMENTO CONSEJO ASESOR ESCUELA AGROTÉCNICA LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

REGLAMENTO CONSEJO ASESOR ESCUELA AGROTÉCNICA LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO REGLAMENTO ESCUELA AGROTÉCNICA LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO 1 ARTICULO 1º- En las Escuelas de Enseñanza Media y Superior Técnica dependientes de la Universidad Nacional

Más detalles

I Disposiciones Generales

I Disposiciones Generales El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de las atribuciones legales y reglamentarias previstas en el numeral 21 del Artículo 26 de la Ley de Universidades

Más detalles

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Página 1 Modificado por Asamblea Anual Ordinaria del 21 de noviembre de 2013. ARTÍCULO 1: La Junta Electoral, conformada por

Más detalles

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES -1- ANEXO REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL PRIMERA PARTE DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Disposiciones Generales Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es autónomo

Más detalles

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 1 2 3 4 Disposiciones Generales CAPÍTULO I DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral de la Universidad ESAN es la máxima autoridad electoral, es

Más detalles

INSTITUTO SUPERIOR DEL PROFESORADO DR. JOAQUÍN V. GONZÁLEZ DEPARTAMENTO DE FÍSICA REGLAMENTO INTERNO

INSTITUTO SUPERIOR DEL PROFESORADO DR. JOAQUÍN V. GONZÁLEZ DEPARTAMENTO DE FÍSICA REGLAMENTO INTERNO INSTITUTO SUPERIOR DEL PROFESORADO DR. JOAQUÍN V. GONZÁLEZ DEPARTAMENTO DE FÍSICA REGLAMENTO INTERNO De acuerdo con los principios generales del Reglamento Orgánico del Instituto Superior del Profesorado

Más detalles

CONSIDERANDO: Que el marco normativo vigente no resulta totalmente apropiado al desarrollo académico e institucional que ha tenido la Facultad,

CONSIDERANDO: Que el marco normativo vigente no resulta totalmente apropiado al desarrollo académico e institucional que ha tenido la Facultad, Comodoro Rivadavia, 04 de octubre de 2007.- VISTO: La Ordenanza Disposición N 077/84 por la cual se reglamenta el funcionamiento de los Departamentos de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad

Más detalles

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C. MODIFICACIÓN DE LOS INCISOS a), d), j), k), l), m), n), y r) DEL ARTÍCULO 32 REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE LAS ELECCIONES DEL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN DE MINAS, METALURGISTAS Y GEÓLOGOS Y DE MÉXICO, A.C.

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL PARA PROFESORES Resolución (CS) 4804/89 1

REGLAMENTO ELECTORAL PARA PROFESORES Resolución (CS) 4804/89 1 REGLAMENTO ELECTORAL PARA PROFESORES Resolución (CS) 4804/89 1 Visto la necesidad de reglamentar las disposiciones estatutarias que se refieren a la elección de los representantes del claustro de profesores

Más detalles

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES

19 de octubre LUNES 20 de octubre MARTES 22 de octubre MIÉRCOLES 19 de octubre 20 de octubre MARTES 22 de octubre 27 de octubre MARTES 28 de octubre 11 de noviembre 12 de noviembre JUEVES 16 de noviembre 26 de noviembre JUEVES 27 de noviembre VIERNES 30 de noviembre

Más detalles

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR

NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO Artículo 1. Objeto (Aprobado en Junta de Facultad de 3 de marzo de 2015) TÍTULO PRELIMINAR Esta Normativa tiene por

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL RESOLUCION GENERAL N 659

REGLAMENTO ELECTORAL RESOLUCION GENERAL N 659 245 REGLAMENTO ELECTORAL RESOLUCION GENERAL N 659 Salta, 17 de Setiembre de 1.990 VISTO: Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 86 - primer párrafo de la Ley N 6.576, corresponde al Consejo Profesional

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA TÍTULO I: DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA Artículo 1.- El Departamento Académico de Arquitectura es la unidad de trabajo académico que agrupa

Más detalles

Año de la Consolidación Económica y Social del Perú

Año de la Consolidación Económica y Social del Perú REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS LOCALES ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN INTERGUBERNAMENTAL I. OBJETIVO Establecer las disposiciones adicionales necesarias para la realización

Más detalles

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral

Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Elecciones a la Comisión Ejecutiva Reglamento General Orgánico: Régimen Electoral Reglamento aprobado por la Comisión Ejecutiva el 15 de octubre de 2015 en la ciudad de San Salvador (El Salvador) DISPOSICIONES

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

Asociación Solidarista de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Afines. Reglamento de Elecciones

Asociación Solidarista de Trabajadores del Banco Popular y de Desarrollo Comunal y Afines. Reglamento de Elecciones CAPÍTULO N 1. Disposiciones Generales Artículo N 1: Objeto: El presente reglamento tiene como objeto la regulación de los procesos electorales de las Asambleas Ordinarias: organización, desarrollo y conclusión;

Más detalles

RESOLUCION Nº RESISTENCIA, 11 Julio El Expediente ; y

RESOLUCION Nº RESISTENCIA, 11 Julio El Expediente ; y RESOLUCION Nº 1 1 5 7 0 RESISTENCIA, 11 Julio 2013 VISTO: El Expediente 26-2012-04387; y CONSIDERANDO: Que en el mencionado Expediente obra una nota de la Secretaria Académica a través de la cual eleva

Más detalles

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral.

Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. REGIMEN Y PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1.- Elección de la Junta Directiva: promoción del proceso electoral. La Junta Directiva acordará la promoción del proceso electoral en los siguientes supuestos:

Más detalles

ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República.

ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA. A todos los servidores públicos de la Contraloría General de la República. Versión:1; Vigencia:10/2003 Código: P/AR-170 1. OBJETIVO ELECCIÓN DE VOCALES PARA EL COMITÉ DE ÉTICA Establecer las condiciones y mecanismos necesarios para la elección de los vocales del Comité de Ética,

Más detalles

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018)

NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ. (Octubre de Enero de 2018) NORMATIVA DE ELECCIONES PARCIALES PARA EL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (Octubre de 2017- Enero de 2018) De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.3 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá

Más detalles

EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS DE BBVA COLOMBIA FOE ACUERDO No. 001 de 2013 (Enero 17) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de Órganos de

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO

Más detalles

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO PROVIDENCIA CUO IV-2015

CONSEJO UNIVERSITARIO CUO PROVIDENCIA CUO IV-2015 CONSEJO UNIVERSITARIO CUO-008-2015 PROVIDENCIA CUO-008-103-IV-2015 El Consejo Universitario de la Universidad Nacional Experimental Marítima del Caribe, actuando en Sesión Ordinaria Nº CUO-008-2015, de

Más detalles

NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014

NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014 NORMATIVA DE SECCIONES del CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS. Aprobada en sesión de junta del CULM con fecha 21 de noviembre de 2014 La presente normativa se dicta en función de lo establecido en

Más detalles

Reglamento de los Departamentos como estructura funcional en el ámbito de la Facultad de Humanidades y Ciencias.

Reglamento de los Departamentos como estructura funcional en el ámbito de la Facultad de Humanidades y Ciencias. Reglamento de los Departamentos como estructura funcional en el ámbito de la. Capítulo I: Definición conceptual. Art. 1: Se entiende por Departamento aquella unidad interna de la FHUC que tiene por objeto

Más detalles

Contenido de este documento

Contenido de este documento FONDO DE EMPLEADOS DEL COLEGIO ANGLO COLOMBIANO FONANGLO REGLAMENTO ELECCIÓN DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, COMITÉ DE CONTROL SOCIAL Y REVISORÍA FISCAL CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 2018 Y OTRAS

Más detalles

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES

FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES FONDO DE EMPLEADOS BBVA - FOE ACUERDO No. 002 de 2013 (Julio 18) REGLAMENTO DE ELECCIONES Por medio del cual se reglamenta la elección de Delegados a Asamblea General y miembros de La Junta Directiva del

Más detalles

MATERIA: Concursos profesores y ayudantes

MATERIA: Concursos profesores y ayudantes Contenidos: Cargos a concursar; requisitos mínimos para postular; llamado a concurso; la comisión de selección; resolución del concurso, apelaciones y nombramiento. REGLAMENTO DE CONCURSO PARA PROFESORES

Más detalles

ReglamentodeElecciones

ReglamentodeElecciones ReglamentodeElecciones Foja N 1 de 4 Artículo 1º: El presente Reglamento ha de regir la convocatoria y realización de las elecciones de autoridades del Colegio de Técnicos de la provincia del Neuquén.

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE LA UNCP Huancayo - Perú 2018 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORES

Más detalles

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL OCTUBRE 2009 LIMA PERÚ. Página Nº 1 de 9

PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL OCTUBRE 2009 LIMA PERÚ. Página Nº 1 de 9 PROCESO DE SELECCIÓN DE EMPRESAS SUPERVISORAS GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GAS NATURAL N 03-2009-OSINERGMIN- GFGN OCTUBRE 2009 LIMA PERÚ Página Nº 1 de 9 ÍNDICE 1. ANTECEDENTES 2. OBJETIVO 3. DEFINICIONES

Más detalles

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017

Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio de Geógrafos de 6 de mayo de 2017 REGLAMENTO DE RÉGIMEN ELECTORAL (Adaptación a los Estatutos del Colegio de Geógrafos) Desarrollo del artículo 36 de los Estatutos del Colegio (RD 377/2015) Aprobado en la Asamblea Ordinaria del Colegio

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES TANDIL, 15/09/2016 RESOLUCION: VISTO: Lo dispuesto por el Estatuto de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 28º; el Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector

Más detalles

La necesidad de implementar la nueva Estructura Funcional de la Facultad aprobada mediante Resolución CDFAA N 126/04

La necesidad de implementar la nueva Estructura Funcional de la Facultad aprobada mediante Resolución CDFAA N 126/04 VISTO: Asunto: Aprueba Reglamento General de funcionamiento, constitución, requisitos y elecciones de Escuelas y Departamentos. La necesidad de implementar la nueva Estructura Funcional de la Facultad

Más detalles

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA

ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA ELECCIONES 2017 RENOVACIÓN JUNTA DIRECTIVA De conformidad con lo establecido en el artículo 42 de los Estatutos de la Sociedad Española de Enfermería Neurológica y con el artículo 29 sobre la composición

Más detalles

Estatuto del Centro de Estudiantes. de Periodismo y Comunicación Social. Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP

Estatuto del Centro de Estudiantes. de Periodismo y Comunicación Social. Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP Estatuto Estatuto del Centro de Estudiantes de Periodismo y Comunicación Social Facultad de Periodismo y Comunicación Social UNLP El Centro de Estudiantes de Periodismo y Comunicación Social desconoce

Más detalles

Suplemento especial C O N V O C A T O R I A S

Suplemento especial C O N V O C A T O R I A S Suplemento especial C O N V O C A T O R I A S PARA LA ELECCIÓN DE INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DICTAMINADORA DEL ÁREA DE CIENCIAS EXPERIMENTALES DEL COLEGIO DE CIENCIAS Y HUMANIDADES PLANTEL SUR, PARA EL

Más detalles

REGLAMENTO DEPARTAMENTAL

REGLAMENTO DEPARTAMENTAL Departamento de Geografía 1 REGLAMENTO DEPARTAMENTAL Capítulo I Del Departamento Artículo 1: El departamento de Geografía está constituido por docentes y alumnos con el fin de formar, perfeccionar, integrar

Más detalles

Reglamento de Elección de los Representantes del Cuerpo Docente y Estudiantil al Consejo Directivo del CESA

Reglamento de Elección de los Representantes del Cuerpo Docente y Estudiantil al Consejo Directivo del CESA Reglamento de Elección de los Representantes del Cuerpo Docente y Estudiantil al Consejo Directivo del CESA Reglamento de Elección de los Representantes del Cuerpo Docente y Estudiantil al Consejo Directivo

Más detalles

CONSEJO NACIONAL FORESTAL

CONSEJO NACIONAL FORESTAL CONSEJO NACIONAL FORESTAL REGLAMENTO INTERNO PARA LA OPERACIÓN DE LOS COMITÉS TÉCNICOS DEL CONSEJO NACIONAL FORESTAL Aprobado en la XVII Reunión Ordinaria del CONAF el 3 Noviembre de 2009 CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Junta Electoral N. Inicial -EGB 1 y 2-7 Año- Adultos RESOLUCIÓN 362/04. VISTO: La Resolución 230/93,y;

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Junta Electoral N. Inicial -EGB 1 y 2-7 Año- Adultos RESOLUCIÓN 362/04. VISTO: La Resolución 230/93,y; VISTO: La Resolución 230/93,y; RESOLUCIÓN 362/04 CONSIDERANDO: Que dado el tiempo transcurrido entre el último comicio electoral y el próximo a realizarse para la conformación de las Juntas de Clasificación

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones para cubrir la presidencia y secretaría de la Junta de Garantías del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Murcia, 22 de noviembre de 2016 La Junta de Gobierno

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS COLEGIO NORTH AMERICAN COLLEGE

REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS COLEGIO NORTH AMERICAN COLLEGE REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ALUMNOS COLEGIO NORTH AMERICAN COLLEGE CONSIDERANDO: Que, los principios y valores que inspiran a la educación nacional exigen la existencia

Más detalles

CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19];

CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19]; LCM 1996\354 Legislación (Disposición Vigente a 1/6/2006) Orden 2979/1996, de 13 noviembre CONSEJERÍA EDUCACIÓN Y CULTURA BO. Comunidad de Madrid 22 noviembre 1996, núm. 279, [pág. 19]; CONSEJOS ESCOLARES.

Más detalles

CUDAP: EXP-UNC: /2016

CUDAP: EXP-UNC: /2016 Sistema de Comunicaciones Documentales https://comdoc.unc.edu.ar/comdocii/webtier/reimprirnircaratula?cud.. \! 1 1.1 11 Datos de registración Fecha y hora: 11-0ct-2016 17:01:43 CUDAP: EXP-UNC:0051753/2016

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS AERONÁUTICOS DE ESPAÑA Se informa que de acuerdo con los Estatutos y Reglamentos de COIAE se ha acordado convocar

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN

CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN CONSEJO NACIONAL DE POLITICAS PUBLICAS DE LA PERSONA JOVEN PROCEDIMIENTO PARA PRE ASAMBLEAS DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE SECTORES PARA LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA RED NACIONAL CONSULTIVA DE LA PERSONA

Más detalles

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES

ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES ELECCIONES A LA PRESIDENCIA DE LA ASOCIACIÓNDE CICLISTAS PROFESIONALES 1.- PROCEDIMIENTO. El procedimiento será el previsto en los Estatutos de la ACP, complementado por las normas aprobadas por la Junta

Más detalles

Reglamento del Instituto de Biología Experimental (IBE).

Reglamento del Instituto de Biología Experimental (IBE). Reglamento del Instituto de Biología Experimental (IBE). CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El Instituto de Biología Experimental (IBE) es una dependencia adscrita a la Facultad de Ciencias

Más detalles

MC/INF/307. Original: inglés 5 de julio de 2012 CENTÉSIMA PRIMERA REUNIÓN NOTA SOBRE LAS REGLAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA

MC/INF/307. Original: inglés 5 de julio de 2012 CENTÉSIMA PRIMERA REUNIÓN NOTA SOBRE LAS REGLAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA Original: inglés 5 de julio de 2012 INFORMATION INFORMACIÓN CENTÉSIMA PRIMERA REUNIÓN NOTA SOBRE LAS REGLAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LA ELECCIÓN PARA EL CARGO DE DIRECTOR GENERAL Página 1 NOTA SOBRE

Más detalles

Proyecto de Reglamento interno de funcionamiento del Consejo Consultivo ISFD N 807 Perito Moreno

Proyecto de Reglamento interno de funcionamiento del Consejo Consultivo ISFD N 807 Perito Moreno ISFD N 807 Perito Moreno Proyecto de Reglamento interno de funcionamiento del Consejo Consultivo ISFD N 807 Perito Moreno Considerando: Dado que es necesario reglamentar el funcionamiento del Consejo Consultivo

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES PARA LOS COMITÉS FUNCIONALES ÍNDICE CAPÍTULO I DE LAS ELECCIONES...3 Modificaciones al Reglamento General de los Comités Funcionales del Colegio de Contadores Públicos

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES TÍTULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES Artículo 1.- El Departamento Académico de Ciencias Sociales es la unidad de trabajo académico

Más detalles

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley Dirección de Desarrollo Comunitario Programa Organizaciones Comunitarias Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley 19.418 Se marcará

Más detalles

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación

II. Procedimiento de votación, escrutinio y proclamación CONVOCATORIA DE ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO 2016 En cumplimiento del acuerdo de la Junta de Gobierno del 18 de diciembre de 2015 y de orden del señor presidente, se convocan Elecciones a Junta de Gobierno

Más detalles

DECRETO N TSS REGLAMENTO DE LAS COMISIONES DE SALUD OCUPACIONAL DISPOSICIONES GENERALES

DECRETO N TSS REGLAMENTO DE LAS COMISIONES DE SALUD OCUPACIONAL DISPOSICIONES GENERALES DECRETO N 18379-TSS REGLAMENTO DE LAS COMISIONES DE SALUD OCUPACIONAL DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1: El presente Reglamento determina las normas de organización y funcionamiento de las comisiones

Más detalles

Centro Asociado Madrid-Sur

Centro Asociado Madrid-Sur NORMATIVA ELECTORAL DE CONVOCATORIA DEL CLAUSTRO DEL CENTRO ASOCIADO DE MADRID-SUR COMPLEMENTARIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ASOCIADO TÍTULO I: ELECCIONES DE LOS MIEMBROS

Más detalles

ANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN

ANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN ANEXO IV REGLAMENTO DE BECAS DE AUXILIAR EN INVESTIGACIÓN Artículo 1º: La Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Misiones otorgará becas denominadas Auxiliar en Investigación, con

Más detalles

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES

UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO DE QUITO REGLAMENTO DE ELECCIONES Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: DIRECCIÓN DE PROCESOS ACADÉMICOS Y NORMATIVA Santiago Gangotena G. RECTOR CONSEJO UNIVERSITARIO Fecha:

Más detalles

HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS

HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS HOJA DE RUTA PARA EL PROCESO ELECCIONARIO DE DECANOS, VICEDECANOS Y REPRESENTANTES DE DOCENTES Y ESTUDIANTES PARA LOS CONSEJOS INTEGRADOS DE LAS FACULTADES 2017 LINEAMIENTOS GENERALES: 1. La elección del

Más detalles

El consejo escolar. 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros:

El consejo escolar. 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros: COMPOSICIÓN:(BOE 21-02-1996) El consejo escolar 2. El consejo escolar de los institutos estará compuesto por los siguientes miembros: a) El director del instituto, que será su presidente. b) El jefe de

Más detalles

Artículo 193. II. Su conformación, estructura y funciones estarán determinadas por la ley.

Artículo 193. II. Su conformación, estructura y funciones estarán determinadas por la ley. Artículo 193 I. El Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen disciplinario de la jurisdicción ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas; del control y fiscalización

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL Este reglamento rige el régimen interior del Consejo Editorial de la Universidad Pública de Navarra, cuya composición y funciones fue aprobada en sesión

Más detalles

SECRETARÍA DE SALUD Comité Técnico Interno de Administración de Documentos

SECRETARÍA DE SALUD Comité Técnico Interno de Administración de Documentos SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN DE DOCUMENTOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL EL COMITÉ TÉCNICO INTERNO DE ADMINISTRACIÓN

Más detalles

ANEXO I. Marco Normativo del Consejo Académico Institucional

ANEXO I. Marco Normativo del Consejo Académico Institucional ANEXO I Marco Normativo del Consejo Académico Institucional a. Naturaleza Los Consejos Académicos Institucionales serán los órganos colegiados de asesoramiento, propuesta, debate y decisión, para una gestión

Más detalles

Reglamento Comisiones de Salud Ocupacional

Reglamento Comisiones de Salud Ocupacional Reglamento Comisiones de Salud Ocupacional No. 18379-TSS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, Considerando: I. Que las Comisiones de Salud Ocupacional que establece

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DECANO O DECANA DE ÁREA ACADÉMICA1

REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DECANO O DECANA DE ÁREA ACADÉMICA1 REGLAMENTO PARA LA SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE DECANO O DECANA DE ÁREA ACADÉMICA1 Santo Domingo Enero 2018 1 Para fines de facilitar la lectura, en muchas ocasiones no se hace referencia a los dos géneros.

Más detalles

Pontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE

Pontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE I. ESTRUCTURA ACADEMICA Art. 1 : El presente Reglamento regula la estructura académica de la Pontificia Universidad Católica de

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia Convocatoria de elecciones 2016-2020 Junta de Gobierno y Junta de Garantías Murcia, 1 de abril de 2016 La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia, en sesión celebrada

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL DE ELECCIONES Y PROCESO ELECTORAL DE ASOBANCOSTA

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL DE ELECCIONES Y PROCESO ELECTORAL DE ASOBANCOSTA REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL DE ELECCIONES Y PROCESO ELECTORAL DE ASOBANCOSTA La Junta Directiva de la Asociación Solidarista de Empleados del Banco de Costa Rica y Afines (ASOBANCOSTA),

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA REGLAMENTO DE LA DELEGACIÓN DE ESTUDIANTES DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LENGUAS MODERNAS DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA TITULO I: DE LOS DELEGADOS DE ESTUDIANTES DEL CENTRO Artículo 1. Adquisición y perdida

Más detalles

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTROL DE VERSIONES Aprobado por Fecha de Fecha de Acuerdo de: Aprobación Vigencia Notas de la versión Directorio 12.08.2016 17.08.2016 Deroga Reglamento del Comité de Buen Gobierno

Más detalles

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES AMOCVIES REGLAMENTO DE ELECCIONES Noviembre de 2017 ASOCIACIÓN MEXICANA DE ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR . I. DE LA ORGANIZACIÓN, CONDUCCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROCESO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO del OBSERVATORIO ASTRONOMICO de CORDOBA (Aprobado por Res. HCS 264/10)

REGLAMENTO INTERNO del OBSERVATORIO ASTRONOMICO de CORDOBA (Aprobado por Res. HCS 264/10) REGLAMENTO INTERNO del OBSERVATORIO ASTRONOMICO de CORDOBA (Aprobado por Res. HCS 264/10) El Observatorio Astronómico, fundado en 1871 por el entonces Presidente de la Nación, Don Domingo F. Sarmiento,

Más detalles

ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS

ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS RESOLUCION C.D. Nº 071/08 ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS DEL SISTEMA ARTÍCULO 1 : La Facultad de Ciencias Forestales crea las COORDINACIONES DE CARRERAS, para el seguimiento y actualización

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006.

NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006. NORMAS DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA POR LAS QUE SE DESARROLLARA EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 113 DE LA LOPJ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2006. Artículo 1. Derecho de sufragio activo. Tienen derecho de sufragio

Más detalles

Estatuto Centro de Estudiantes Facultad de Odontología

Estatuto Centro de Estudiantes Facultad de Odontología Estatuto Centro de Estudiantes Capítulo I: De las Bases Art. 1: El Centro de Estudiantes de la de la Universidad Finis Terrae es una organización autónoma, independiente, democrática y representativa del

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles