APORTACIÓN DE VALOR DEL CONTROL REGLAMENTARIO AL MANTENIMIENTO
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- Joaquín Raúl López Agüero
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1 9AS JORNADAS SOBRE EL MANTENIMIENTO EN EL SECTOR DE LA INDUSTRIA QUÍMICA Y DE PROCESO A Coruña, 21 y 22 de mayo de 2014 APORTACIÓN DE VALOR DEL CONTROL REGLAMENTARIO AL MANTENIMIENTO D. Jesús Méntrida Pisano ATISAE Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 1
2 Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Cronología histórica de la Reglamentación Industrial y su adaptación a nuestra incorporación a la Unión Europea. Valor que aporta el cumplimiento reglamentario de las inspecciones a la mejora del mantenimiento de equipos e instalaciones. 1.- Histórico legislación en materia de legislación industrial.- Decreto 262 de las Cortes de Cádiz de 8 de junio de 1813: todos los españoles y los extranjeros avecindados, podrán libremente establecer las fábricas o artefactos de cualquier clase que les acomode, sin necesidad de permiso ni licencia alguna, con tal de que se sujeten a lasreglas de policía adoptadas para la salubridad de los pueblos. Real Decreto 19 febrero de 1904, aprueba el Reglamento de Inspección Industrial: Su objetivo crear la 1ª estadística técnica de la industria española y el Cuerpo de inspectores Ley de 24 de noviembre de 1939, de ordenación y defensa de la industria nacional: la instalación de cualquier tipo de industria requería autorización previa, se regula la instalación, ampliación y traslado de fábricas. En paralelo se producen diversos hitos relevantes a nivel europeo, que nos condicionaran posteriormente, tras nuestro ingreso en el mercado común Tratado CECA (9 mayo 1950 plan cooperación R. Schuman) 1957 Tratado de Roma, nace la CEE Orden 2 noviembre 1966 sobre Entidades, Asociaciones o Empresas Colaboradoras de la Administración en el reconocimiento y prueba de los aparatos que contienen fluidos a presión Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 2
3 RD 735/1979 normas generales que deben cumplir las ECA s Real Decreto 2135/1980, de 26 de septiembre, sobre liberalización en materia de instalación, ampliación y traslado de industrias: la liberalización proyectada no prescinde, como es lógico, de que la instalación industrial deba cumplir las normas de seguridad, medio ambiente... RD 2584/1981 Reglamento General actuaciones del MIE en el campo de la normalización y la homologación (ECA s, RELE y acreditación DGIyT) 1985 Nuevo enfoque en materia de armonización y normalización 1986 Ingreso en la CEE RD 1407/1987 regula las ENICRE s adaptando al nuevo marco de competencias en materia industrial de las CCAA s 1989 Enfoque global en materia de evaluación de la conformidad Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria.: establece normas de ordenación de las actividades industriales, regula intervención de la Administración y marca el objetivo de conseguir los siguientes fines: garantizar el ejercicio de la libertad de empresa industrial, modernización, promoción industrial y tecnológica, innovación y mejora de la competitividad, seguridad y calidad industriales y responsabilidad industrial Tratado de Maastrich, la UE sustituye a la CEE 1993 Mercado único de las cuatro libertades: personas, mercancías, capitales y servicios Sentencia TC 313/1994, de 24 noviembre, establece que el Estado tiene la potestad de dictar normas relativas a la seguridad, en tanto que corresponde a las CCAA s la ejecución de esa normativa. En concreto la Seguridad Industrial. RD 2200/1995 reglamento para la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial (RCSI) Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 3
4 Decisión 768/2008/CE marco común comercialización y procedimiento de evaluación de la conformidad Reglamento CE/765/2008 organización y funcionamiento acreditación 2009 Ley 17, de 23 noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Trasposición de la DS 2006/123/CE. Garantizar libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio realizados en territorio español por prestadores establecidos en España o cualquier otro estado de la UE (28 países) Simplificar protocolos administrativos Fomentar calidad servicios Marco regulatorio transparente, predecible y favorable para la actividad económica Impulso modernización Administraciones Públicas Mejor protección derechos consumidores y usuarios 2009 Ley 25, de 22 diciembre (ley omnibus) Modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio RD 338/2010 modifica aspectos relevantes del RCSI por la DS La liberalización de los servicios introduce cambios en la Ley 21 (artículos 4,12,13,15,21,22 a 24,27 y 31) en los requisitos y exigencias de acreditación, autorización y registro de los laboratorios de ensayo, las entidades auditoras y de inspección, los laboratorios de calibración industrial, los organismos de control y los verificadores medioambientales. Reglamentos de Seguridad Industrial y Directivas Europeas 2.- Reglamentos y Directivas de Seguridad Industrial.- Los reglamentos de seguridad industrial tienen la estructura y aportan información sobre los siguientes aspectos: Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 4
5 Ámbito: Instalaciones Actividades Equipos Productos Condiciones técnicas que debe cumplir Requisitos de cálculo, de seguridad, de operación y mantenimiento Normativa de obligado cumplimiento y recomendable Procedimientos de evaluación de la conformidad Obligaciones de los titulares Condiciones de los agentes que intervienen en su control Mecanismos de autorización de dichos agentes Los reglamentos principales que tratan de las instalaciones y equipos de seguridad industrial son: Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión. Reglamento centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. Reglamento electrotécnico para baja tensión. Reglamento de aparatos de elevación y manutención. Reglamento de equipos a presión. Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos. Reglamento de instalaciones petrolíferas. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Reglamento de almacenamiento de productos químicos. Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 5
6 Reglamento general de normas básicas de seguridad minera. Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios. Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior. Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Y las principales Directivas europeas de productos: Baja tensión 2006/95/CE Ascensores 95/16/CE Máquinas 2006/42/CE Equipos a presión transportables 2010/35/CE Recipientes a presión simples 2009/105/CE Aparatos a gas 90/396/CEE Equipos a presión 97/23/CE Productos de la construcción 89/106/CEE Seguridad general de los productos 2001/95/CE Compatibilidad electromagnética 2004/108/CE Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos 2006/66/CE Control de riesgos inherentes a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas 82/501/CEE (Seveso I), 96/82/CE (Seveso II), modificada por 2003/105/CE y la actualmente vigente 2012/18/UE (Seveso III) Acuerdos internacionales transportes mercancías peligrosas (ADR) y perecederas (ATP) Definición de Seguridad Industrial.- La seguridad industrial comprende la actividad administrativa dirigida a la prevención de los daños y la protección contra los riesgos potenciales que entraña la utilización de los productos y el funcionamiento de las instalaciones industriales. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 6
7 Y tiene por finalidad limitar las causasque originan dichos riesgos y establecer los oportunos controles e inspecciones administrativas que permitan prevenir, detectar y, en su caso, evitar las circunstancias que puedan dar lugar a la aparición de tales riesgos En el entorno INDUSTRIAL y en el DOMÉSTICO, usamos e interaccionamos diariamente con: ascensores, grúas, instalaciones y aparatos eléctricos, instalaciones y aparatos de gas, calderas de vapor, instalaciones de calefacción y de frío, vehículos de uso privado y de transporte de personas, transporte de mercancías peligrosas y perecederas, máquinas diversas, instalaciones de protección contra incendios, instalaciones frigoríficas, almacenamientos de combustible y productos químicos, etc. La seguridad industrial se ocupa de prevenir los accidentes y de mitigar las consecuencias que pueden tener si se producen en nuestro ámbito CIUDADANO, como TRABAJADORES * en nuestras empresas, como CONSUMIDORES de productos y como USUARIOS de instalaciones y equipos. * Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 y Reglamento prevención RD 39/1997. Definición de mantenimiento industrial.- Se entiende por mantenimiento la revisión del equipo y las instalaciones, su chequeo rutinario, su reparación o la sustitución de los mismos o parte de sus componentes. Ayuda a garantizar un funcionamiento seguroy eficaz de equipos e instalaciones en el lugar de trabajo. Atañe a todos los integrantes de una empresa, y a todos los niveles. En el ámbito de las empresas europeas seguridad y mantenimiento industrial son un imperativo legalsujeto a la reglamentación vigente en materia de Seguridad Industrial. El Mantenimiento Reglamentario tiene por objeto definir la sistemática a seguir para cumplir con las obligaciones derivadas de los Reglamentos de Seguridad Industrial: Definir las instalaciones y equipos sujetos a los Reglamentos de Seguridad Industrial. Recopilar y concretar la legislación aplicable a instalaciones y equipos. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 7
8 Establecer requisitos para la legalización de nuevas instalaciones y la adquisición de equipos. Establecer actividades a realizar y periodicidades para cumplir con las inspecciones reglamentarias. Definir las relaciones entre los distintos organismos y personas implicados en el cumplimiento de los Reglamentos de Seguridad Industrial. La falta de mantenimiento o el mantenimiento inadecuado puede llevar a situaciones peligrosas, accidentes y problemas de salud. La falta de inspecciones y los fallos de mantenimiento aumentan las posibilidades de que ocurran desastres a gran escala con serias consecuencias para la salud humana y el medio ambiente. Existen gran cantidad de ejemplos sobre la relación entre la falta de seguridad industrial y el mal mantenimiento con muchos accidentes graves. Numerosos estudios de EU-OSHA (agencia europea para la seguridad y la salud en el trabajo) señalan que los trabajadores de mantenimiento están expuestos a gran variedad de riesgos durante su trabajo, especialmente en los mantenimientos correctivos. En un elevadísimo número de casos, los accidentes y las enfermedades en los lugares de trabajo suceden porque: 1. NO se ha llevado a cabo una adecuada evaluación de riesgos, 2. NO se ha respetado la normas de seguridad industrial, 3. NO se han realizado las tareas de mantenimiento. 3.- Inspecciones iniciales y periódicas.- El cumplimiento reglamentario viene determinado por exigencias del Artículo 13. de la Ley 21/1992, de Industria: 1. El cumplimiento de las exigencias reglamentarias en materia de seguridad industrial, sin perjuicio del control por la Administración Pública a que se refiere el artículo siguiente, se probará por alguno de los siguientes medios, de acuerdo con lo que establezcan los Reglamentos que resulten aplicables: a) Declaración del titular de las instalaciones y en su caso del fabricante, su representante, distribuidor o importador del producto. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 8
9 b) Certificación o Acta del Organismo de Control, instalador o conservador autorizados o técnico facultativo competente. c) Cualquier otro medio de comprobación previsto en el derecho comunitario y que no se halle comprendido en los apartados anteriores También la Administración competente en materia de industria, puede en cualquier momento, en base a lo establecido en el Artículo 14, de control administrativo: 1. Las Administraciones Públicas competentes podrán comprobar en cualquier momento por sí mismas, contando con los medios y requisitos reglamentariamente exigidos, o a través de Organismos de Control, el cumplimiento de las disposiciones y requerimientos de seguridad, de oficio o a instancia de parte interesada en casos de riesgo significativo para las personas, animales, bienes o medio ambiente. 4.- Defectología encontrada en las inspecciones.- El número de instalaciones y equipos sujetos a inspección periódica, viene determinado por el Registros Industriales de cada CCAA. La Administración competente en materia de industria de cada provincia debe tener control del Registro Industrial, según viene exigido desde los inicios de la liberación industrial: Según el R.D. 2135/1980 del 26 de septiembre sobre la Liberalización en materia de instalación, ampliación y traslado de industrias, todas las instalaciones de la empresa se deberán someter a diferentes legalizaciones y registrarlas dentro del Departamento del Registro Industrial de la Dirección General de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente o la Delegación de Industria en su defecto: Cambio de titularidad o Nueva Industria. Ampliación de las instalaciones existentes. Traslado de instalaciones La descentralización territorial motivada por el Estado de las Autonomías, tras la Constitución de 1978, ha ido trasfiriendo las competencias en materia de industria a las diferentes CCAA's. Incluso con fecha anterior, el primer traspaso de competencias fue realizado mediante RD 1334/1978, en el cual se trasfería a la Generalidad de Cataluña, determinadas competencias ejercidas por las Delegaciones Provinciales en materia de autorización, instalación o ampliación de industrias. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 9
10 Estos Registros Industriales de la administración competente y las obligaciones de los titulares de las instalaciones, son la base de la información para el desarrollo y el cumplimiento de las inspecciones periódicas establecidas en los Reglamentos. No existe en España una información centralizada que permita determinar el grado de cumplimiento de las inspecciones obligatorias. Una base de datos que compare las instalaciones existentes, con las que tengan su inspección reglamentaria vigente. Algunas CCAA's publican información de las instalaciones inspeccionadas cada año por los Organismos de Control, en unos caso de forma global, en otros más pormenorizada por campo reglamentario. En otros casos no existe información al respecto. Los Organismos de Control, por su parte, están obligados a informar al Órgano competente de la CCAA de las intervenciones realizadas en su territorio, remitiendo copia del informe al Consejo de Coordinación de la Seguridad Industrial. Adjunto información estadística elaborada de las fuentes indicadas, que pone de manifiesto las inspecciones realizadas en España en el año 2011, de la cual se puede inferir un número de inspecciones muy por debajo del que debería corresponder con el número de equipos e instalaciones existentes. CAMPO ANDALUCIA ARAGON ASTURIAS BALEARES CANARIAS CANTABRIA CASTILLA-LA MANCHA CASTILLA Y LEON CATALUÑA COMUNIDAD VALENCIANA EXTREMADUR A GALICIA LA RIOJA COMUNIDAD DE MADRID REGION DE MURCIA NAVARRA PAIS VASCO TOTAL APQ AT BT APQ TR GAS IF EV RITE ICI IP AG TOTAL peso / total 13,16% 4,35% 4,12% 1,41% 4,26% 1,75% 2,55% 6,12% 16,70% 10,47% 2,32% 4,09% 0,58% 15,62% 4,63% 0,88% 7,01% peso PIB / total PIB 13,44% 3,20% 2,11% 2,56% 3,96% 1,23% 3,45% 5,25% 18,97% 9,55% 1,59% 5,38% 0,76% 17,97% 2,61% 1,73% 6,23% PIB (millones euros) Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 10
11 Instalaciones inspeccionadas anualmente por CCAA sobre el PIB Inspec PIB (M ) Respecto a la defectología tampoco existen bases de datos con información centralizada que permita conocer el % de defectos por campo, ni la tipología de los mismos. Por desgracia no existe una información como la existente en la actividad de ITV, donde todos los centros, más de 400 actualmente, con más de líneas entre vehículos ligeros y pesados, informan de todos los vehículos inspeccionados, con todos los tipos de defectos encontrados. Esta información permite, por ejemplo establecer correlaciones como la siguiente: Variación % Vehículos inspeccionados ,23 Vehículos rechazados ,65 % con defectos 22,09 17,98-18,60 Nº estaciones ITV ,64 Podríamos establecer un debate sobre los siguientes puntos: Un incremento de los vehículos inspeccionados del 59,23%, que se corresponde con un incremento de las estaciones del 46,64%, guarda relación lógica con un descenso de los defectos del 18,60%? Al incrementarse el número de vehículos inspeccionados, mejora la seguridad de los mismos, ya que al crecer en 59,23%, sólo los defectuosos lo hacen en un 29,65%? Otros factores habría que tener en consideración, como por ejemplo el régimen de gestión, que puede ser empresa pública, concesión y autorización. Adjunto gráfica que pone en evidencia su influencia. Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 11
12 22 22,65 Liberalizar, mejora la seguridad? 21, ,58 17,69 18, ,4 15,99 16,22 14,55 13,13 % defectos 12 Cambio régimen de concesión al de autorización 12, ,42 11,52 11, Es decir, tener información permite estudiarla y poder sacar conclusiones o establecer debates sobre la mejora o el empeoramiento de los modelos de gestión de la seguridad. Para saber hay que medir. En la actividad de seguridad industrial, no disponemos de información tan rigurosa y completa, por ello me permito adjuntarles información, que a título individual en mi compañía, elaboramos sobre las inspecciones realizadas, en este caso como ejemplo, el campo de baja tensión: LEVES 37,4 % SIN DEFECTOS 33,14 % GRAVES 27,16 % MUY GRAVES 2,3 % Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 12
13 5.- Aportación de valor del control reglamentario.- El cumplimiento reglamentario, por parte del titular de la instalación/equipo, es un factor positivo y enriquecedor para muchos intervinientes: empresas de control, de ingeniería, proyectistas, instaladores, fabricantes de material, mantenedores y en especial el propio titular de la instalación. El mantenimiento adecuado, mejora la calidad de las instalaciones, de los productos, evita accidentes y paradas de producción, ahorra costes de fabricación y de energía, y no es un coste, si no una inversión. El retorno de la misma, lo obtiene el titular con una mejora de su productividad y por lo tanto de sus márgenes de producción. La gráfica adjunta resume la aportación que el cumplimiento reglamentario y el mantenimiento aportan a la productividad y son una forma de generar actividad económica. Aportación de valor a la sociedad TITULAR Responsable cumplimiento reglamentario. Se beneficia del correcto estado de los equipos, productividad adecuada, cero accidentes, minimiza riesgos ADMINISTRACION Activa el cumplimiento de la ley, inspecciones reglamentarias Actividad económica, mejora productividad empresas INSPECCION Informa defectos, riesgos, que implican mejoras, cambios, reformas: INGENIERIA Diseño, memoria técnica, proyecto, ejecución de la dirección de obra MANTENEDOR Realiza el predictivo, preventivo y correctivo necesarios, reduciendo costes, evitando averías y paradas de producción INSTALADOR Realiza las modificaciones, instala nuevos equipos, consume materiales, mano de obra A Coruña, 21 de mayo de 2014 Jesús Méntrida Pisano Aportación de valor del Control Reglamentario al mantenimiento Página 13
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