El libro Prontuario electoral. Procedimiento administrativo sancionador

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1 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM 385 María Macarita Elizondo Gasperín Prontuario electoral. Procedimiento administrativo sancionador. México: Porrúa/UNAM Fernando de la Peza Berríos (México)* El libro Prontuario electoral. Procedimiento administrativo sancionador continuación de otro ejemplar titulado Procedimiento administrativo sancionador constituye un estudio completo acerca del instrumento IFE), por medio de los distintos órganos que lo integran, para imponer sanciones a las agrupaciones autoridades de éstos, e incluso a particulares respecto de cualquier situación que pueda resultar contraria a la correcta consecución de un proceso En esta oportunidad, la consejera del IFE propone un texto muy ágil que - de este ejemplar que publica la consejera Elizondo junto con la Univer- UNAM * Profesor-investigador del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. fernando.delapeza@te.gob.mx.

2 386 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación material de apoyo, el cual incluye el texto legal de la tesis de jurisprudencia y las tesis relevantes pronunciadas por el Tribunal Electoral del Poder TEPJF de los expedientes que dieron origen a los recursos resueltos por el Órgano Jurisdiccional, los argumentos empleados en cada caso y criterios que pueden utilizarse. ticularidades de cada uno de los procedimientos administrativos sancionadores electorales, y de manera muy didáctica lleva al lector de la mano a la forma en que éstos se tramitan, por lo que la obra es una importante Procedimiento administrativo sancionador ordinario ceda, en su caso, a su investigación o sanción. Cualquiera de los órganos del IFE es competente para conocer de este procedimiento, lo mismo que los consejos locales y distritales, y las juntas ejecutivas locales y distritales. El juicio procede dentro o fuera del proceso electoral contra actos que - como de las previstas en el procedimiento especial sancionador. Se presenta por escrito, en forma oral o por medios de comunicación eléctricos o electrónicos, ante cualquier órgano del IFE o directamente an- procedibilidad de la queja o denuncia, la admitirá a trámite, y los competentes para dictar las medidas cautelares que correspondan son el Consejo

3 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Prontuario electoral 387 de los principios que rigen la materia electoral o la vulneración de los bie- El TEPJF radio y televisión como medida cautelar, para evitar que se produzcan da- - tutelados constitucional o legalmente, sin que lo anterior implique desco- se al respecto. procederá a emplazar al denunciado, sin perjuicio de ordenar las diligencias de investigación que estime necesarias y que le proporcionen elementos que le permitan determinar si la conducta que se le atribuye al denunciado ción personal del servidor público. titucional citado por el denunciante y la probable responsabilidad del servidor público. d) Establecer si el servidor público fue parcial al aplicar los recursos públicos que se encuentran en su responsabilidad. e) Examinar la calidad del presunto infractor para determinar la exis- procedimiento sancionador ordinario. Fernando de la Peza Berríos

4 388 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación IFE para el conoci- - El plazo para llevar a cabo la investigación no podrá exceder de 40 efectuadas por medio de los servidores desconcentrados del IFE. En todo tas locales y distritales ejecutivas serán responsables del debido ejercicio de la función indagatoria, en sus respectivos ámbitos de competencia. gación, el secretario pondrá el expediente a la vista del quejoso y del denun- Denuncias para su conocimiento y estudio; asimismo, sus integrantes vo- tas que vulneren los principios rectores de la materia, como la legalidad, la certeza, la independencia, la imparcialidad y la objetividad. Es incuestio- orientar su instrumentación a medida que los procedimientos que se instauren para tal efecto puedan concluir con la imposición de sanciones que Procedimiento especial sancionador a nivel central de los órganos del IFE tenga conocimiento de la comisión de conductas infractoras, ya que éstos no sólo tienen la posibilidad, sino la obligación de

5 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Prontuario electoral 389 tancia que pueda constituir un acto u omisión que la legislación electoral federal sancione. Cualquier persona puede presentar quejas o denuncias por presuntas violaciones a la normatividad electoral ante los órganos centrales o desconcentrados del IFE, si se toma en cuenta que los procedimientos relacionados con la difusión de propaganda que denigre o calumnie sólo podrán drán presentar quejas por la difusión de propaganda que, a su juicio, denigre instituciones de orden público del Estado mexicano. - los procesos electorales de las entidades federativas, con independencia de que cualquier persona dé a conocer al IFE - llas, pues eso no implica intervenir en alguna decisión fundamental de los dieran constituir delitos para que se proceda, en su caso, a su investigación y sanción. Para conocer de este procedimiento especial son competentes los mismos órganos del IFE ordinario, con independencia de las sanciones que por la comisión de infracciones administrativas o penales se causen. El procedimiento especial sancionador a nivel central es procedente - de procedimientos electorales locales; se contravengan disposiciones de Fernando de la Peza Berríos

6 390 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación propaganda de servicios públicos, o normas reglamentarias de propagan- sión. Este procedimiento se caracteriza por la brevedad con que se tramitan y resuelven las denuncias presentadas, debido a la necesidad de que El procedimiento es tramitado de acuerdo con las reglas establecidas en IFE, en tanto se expide la ley regla- para el procedimiento administrativo sancionador ordinario, en tanto que - IFE mismo, las quejas o denuncias podrán presentarse ante cualquiera de sus órganos por la autoridad administrativa competente, cuando la conducta televisión durante procedimientos electorales de las entidades federativas. Por ser este procedimiento de carácter sumario, las diligencias de investigación se realizan en plazos más breves, por lo que se busca que la admisión de la demanda y las diligencias preliminares se realicen tomando para ordenar medidas cautelares podrá ordenar que se suspenda la di- la realización de actos contrarios a la ley. El acuerdo por el que se determine la adopción de medidas cautelares establecerá la suspensión inmediata obligados atiendan la medida cautelar; cuando se trate de material difundido en radio o televisión, se ordenará la suspensión de la transmisión en

7 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Prontuario electoral 391 Una vez admitida la denuncia, las partes serán emplazadas a la audien- - gren una coalición, el IFE quien en términos del convenio de coalición tiene la representación de ésta. - admisorio; en la audiencia se admitirá todo tipo de pruebas documentales ceso admite como medios de prueba todos aquellos instrumentos que, con mayor precisión las circunstancias particulares en que se dieron los - - ordenará la cancelación inmediata de la transmisión de la propaganda po- ganda violatoria de la ley. Procedimiento especial sancionador a nivel distrital tar por presuntas violaciones a la normatividad electoral, ante los órganos centrales o desconcentrados del IFE dimientos relacionados con propaganda que denigre o calumnie sólo po- podrán presentar quejas por la difusión de propaganda que, a su juicio, denigre instituciones de orden público del Estado mexicano. Fernando de la Peza Berríos

8 392 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación son el consejo distrital, como órgano resolutor dentro de proceso; la junta - vocal distrital ejecutivo, como órgano sustanciador. El procedimiento especial sancionador a nivel distrital sirve para de- de un distrito determinado; presunta difusión de propaganda guberna- determinado; propaganda por parte de los poderes federales y estatales, delegaciones y cualquier otro ente público que implique la promoción personal de algún servidor público y se realice en un distrito determinado; Reglamento sobre Propaganda de Servidores Públicos. ante el vocal ejecutivo distrital que corresponda a la demarcación donde IFE que - de atraer los asuntos competencia de este procedimiento en cualquier momento de su sustanciación, cuando la conducta denunciada constituya una infracción generalizada o revista gravedad. De presentarse ante la Secre- determinar atraerlo o no. En caso de atraer el asunto, dará aviso a la junta o consejo distrital correspondiente; de lo contrario, lo remitirá a los mismos para su sustanciación.

9 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Prontuario electoral 393 sustanciación a las juntas o consejos distritales competentes. El vocal ejecutivo distrital procederá a analizar la denuncia y determi- medidas necesarias para conducir la investigación de los actos denunciados, ordenar la realización de diligencias preliminares y reunir los elementos necesarios para dictar la resolución correspondiente. Una vez admitida la denuncia y al no ser procedente ninguna causal - - dando uso de la palabra tanto al denunciante como al denunciado; pos- rá, a su vez, el proyecto de resolución y lo presentará a la junta o consejo distrital, el cual resolverá en sesión pública. De resultar probada la infracción, se impondrán las sanciones correspondientes y se ordenará el retiro disposiciones electorales, diferente a la transmitida por radio y televisión. Recurso de revisión En los procedimientos administrativos sancionadores el recurso de revisión en contra de las resoluciones emitidas por el IFE es procedente. Pue- - toda vez que tienen el carácter de entidades de interés público participantes en el proceso electoral y, por lo tanto, la facultad de defender el interés público difuso o colectivo, con independencia de sus intereses particulares. Fernando de la Peza Berríos

10 394 Esta revista forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Para conocer de este recurso son competentes los consejos locales, la junta local ejecutiva, el vocal secretario y la junta o consejo distrital, y procede en contra de las resoluciones que los consejos o juntas distritales emitan dentro de los procedimientos especiales sancionadores de su competencia. El recurso se presenta directamente ante la junta o consejo distrital que - ros interesados estén en posibilidad de comparecer y presentar los escritos las pruebas que estimen pertinentes. to de acuerdo con la ley, el vocal secretario formulará el proyecto de resolución respectivo y lo someterá al órgano local en un plazo no mayor de ta o consejo local dictará la resolución del recurso de revisión, pudiendo - sancionador electoral.

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