Plataforma de CCOO para la negociación del Convenio Colectivo de la AEAT
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- Manuela Montoya Maestre
- hace 5 años
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1 Plataforma de CCOO para la negociación del Convenio Colectivo de la AEAT El objetivo de la negociación del Convenio Colectivo del personal laboral de la AEAT es la mejora de las condiciones de trabajo, de manera que éstas también redunden en una mejor y más eficaz prestación de los servicios al ciudadano por parte de la Agencia Tributaria. Bajo este mismo principio, CCOO firmó el Acuerdo Administración-Sindicatos de 25 de febrero de 2004 desarrollado parcialmente con el desarrollo del mismo, firmado el 18 de noviembre, en el que se recogía el compromiso de negociación de puntos tales como la Relación de Puestos de Trabajo, sistemas de incentivación basados en criterios objetivos de evaluación, impulso y planificación de la carrera profesional, así como todos aquellos aspectos que ambas partes consideren relevantes tanto para una adecuada planificación de los recursos humanos como para mejorar sus condiciones de trabajo. Asimismo, en el punto 6º de dicho Acuerdo se dice textualmente La Agencia Tributaria y las Organizaciones Sindicales (..) convienen en trasladar a la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el personal laboral de la AEAT la necesidad de que se aborde la negociación de la reordenación y simplificación de las categorías profesionales y áreas funcionales, y de que se establezcan mecanismos que garanticen un tratamiento de las retribuciones variables y complementarias acordes con las áreas funcionales que se determinen y con las posibilidades de carrera del personal laboral. Sin perjuicio del diferente régimen jurídico del personal funcionario y laboral, ambas partes consideran necesario avanzar en un equilibrio más adecuado entre ambos colectivos, especialmente en materia retributiva. Partiendo de esta base nos planteamos desarrollar totalmente estos acuerdos de manera que la firma del nuevo Convenio Colectivo suponga, entre otras cosas:? La plena equiparación salarial con el personal funcionario.? La racionalización de la clasificación profesional, de manera que todos los trabajadores tengan posibilidades reales de llevar a cabo una carrera profesional, con procesos de promoción, concursos de traslados, convocados de manera regular y previsible, etc. así como hacerla más acorde con los cambios tecnológicos y organizativos producidos en los últimos años.? La elaboración de una RPT y un catálogo de puestos de trabajo que garanticen un tratamiento de las retribuciones variables y complementarias acordes con la nueva clasificación profesional que se apruebe. Para ello, proponemos las siguientes medidas: 1. En materia retributiva Como no puede ser de otra forma, CCOO no aceptará un convenio que mantenga la discriminación salarial del personal laboral actualmente existente en la AEAT. Este va a ser, por tanto, el principal objetivo a lograr. Y también será el punto en el que encontraremos más obstáculos no sólo por parte de la Administración, sino 1
2 también por algunos sindicatos presentes en la mesa negociadora, para los que el personal laboral no somos más que un estorbo. Conseguir la homologación salarial con el personal funcionario se puede hacer por múltiples caminos. Nosotros proponemos las tablas de equiparación salarial siguientes: P. Laboral S. Base P. Funcionario Retribuciones según Acuerdo Propuesta Retribuciones NIV CATEGORIA 2004 Gr. NCD TOTAL P.Laboral 1 Titulado Superior ,08 A , ,51 1 Titulado Superior (Médico) ,08 A , ,51 2 Analista Aplicaciones ,22 B , ,90 2 Diplomado Universitario ,22 B , ,90 2 Diplomado Universitario (ATS) ,22 B , ,90 2 Gestor Planificación ,22 B , ,90 2 Gestor Sistemas ,22 B , ,90 3 Delineante Proyectista ,42 C , ,29 3 Encargado ,42 C , ,29 3 Jefe Administrativo ,42 C , ,29 3 Jefe Delineación ,42 C , ,29 3 Jefe Ejecutivo ,42 C , ,29 3 Jefe Sección Taller Reprografía ,42 C , ,29 3 Jefe Seguridad ,42 C , ,29 3 Jefe Taller Reprografía ,42 C , ,29 3 Programador ,42 C , ,29 3 Subgestor Sistemas ,42 C , ,29 3 Agente Tributario ,04 C , ,92 3 Agente Ejecutivo ,04 C , ,92 3 Analista Laboratorio ,04 C , ,92 3 Capataz Aduanas ,04 C , ,92 3 Oficial 1ª Administrativo ,04 C , ,92 3 Oficial 1ª Maquinas De Reprografía ,04 C , ,92 3 Oficial 1ª Oficios ,04 C , ,92 3 Operador Ordenador ,04 C , ,92 4 Agente Ayudante ,06 D , ,48 4 Oficial 2ª Administrativo ,06 D , ,48 4 Oficial 2ª Administrativo Reprografía ,06 D , ,48 4 Oficial 2ª Maquinas De Reprografía ,06 D , ,48 4 Oficial 2ª Oficios ,06 D , ,48 4 Operador Terminal ,06 D , ,48 4 Arrumbador ,52 D , ,04 4 Auxiliar Administrativo ,52 D , ,04 4 Auxiliar Grabación ,52 D , ,04 4 Auxiliar Recaudación ,52 D , ,04 4 Coordinador Personal Subalterno ,52 D , ,04 4 Preparador Codificador ,52 D , ,04 4 Telefonista ,52 D , ,04 5 Ayudante Mantenimiento ,26 E , ,87 5 Conductor Guardacoches ,26 E , ,87 5 Ordenanza ,26 E , ,87 5 Vigilante ,26 E , ,87 5 Vigilante Nocturno Rotativo ,26 E , ,87 5 Auxiliar Limpieza Laboratorio ,96 E , ,87 5 Limpiadores/As ,96 E , ,87 5 Mozo Ordinario ,96 E , ,87 2
3 Retribuciones complementarias: Este es uno de los asuntos donde habrá que hacer mayor hincapié. No solo por la importancia que los complementos tienen en la estructura salarial sino porque su negociación está relacionada directamente con el establecimiento de la RPT, en la que cada puesto de trabajo tendrá que aparecer con su complemento asignado al que concurrirían los trabajadores interesados de forma voluntaria y en condiciones de igualdad. Aunque la asignación de complementos no se debe extender con carácter genérico a toda una categoría profesional, teniendo en cuenta las condiciones que se dan en la AEAT tanto por la responsabilidad, complejidad, especialización y naturaleza del trabajo que se realiza en este organismo como por la actualización que se lleva a cabo constantemente, tanto en medios materiales como en legislación, se obliga al personal adscrito a la AEAT a estar permanentemente actualizando sus conocimientos con el consiguiente aumento de cualificación profesional de la inmensa mayoría del personal de la Agencia Tributaria. El nuevo sistema de retribuciones complementarias deberá negociarse en el seno de la CPVIE antes de los primeros seis meses desde la firma del nuevo convenio y su asignación estará basada en criterios objetivos ligados al desempeño de funciones en cada puesto de trabajo para impedir que la administración los adjudique a dedo. Incentivos al rendimiento: Proponemos el establecimiento de un sistema de incentivos al rendimiento (productividad) negociado en la CPVIE con las siguientes características:? Cuantía igual a la de los funcionarios.? Percepción mensual con regularizaciones trimestrales.? Basada en criterios objetivos (presencia efectiva en el trabajo).? Actualización inmediata por acuerdo de CPVIE, en las mismas condiciones que los funcionarios. Para finalizar este capítulo de retribuciones, pedimos la inclusión de la cláusula de revisión salarial para evitar que los continuos desfases entre las previsiones del gobierno de turno y la inflación real nos hagan perder año tras año poder adquisitivo. 2.- Carrera profesional Un aspecto fundamental de la mejora de las condiciones de trabajo es que el personal laboral sienta que tiene expectativas de futuro. Para ello proponemos el establecimiento de una carrera profesional que permita la promoción en dos direcciones:? Convocatoria de nuevos procesos de promoción dentro del ámbito del Convenio Colectivo de la AEAT, ampliando y mejorando los ya realizados.? Convocatoria de procesos de funcionarización tanto horizontal como cruzada a cuerpos y especialidades propios de la Agencia Tributaria, entre otros al Cuerpo previsto en el acuerdo de 25 de febrero de
4 3.- La clasificación profesional Con la negociación del nuevo Convenio Colectivo y la experiencia obtenida en la aplicación y desarrollo del actual, se nos plantea la necesidad de un cambio radical en el modelo de clasificación profesional del personal laboral de la AEAT. Los objetivos que nos proponemos son los siguientes: En primer lugar, eliminar las diferencias salariales entre trabajadores (es decir, equiparación salarial) independientemente del régimen contractual que le ligue a la Administración (laboral o funcionarial), y que el nivel de retribuciones sea justo. En segundo lugar, simplificar y racionalizar la estructura de los grupos profesionales, áreas funcionales y categorías profesionales. Las medidas a llevar a cabo, son las que figuran a continuación: Reducción de los grupos profesionales de 8 a 5 atendiendo a los niveles de titulación exigidos en igualdad de condiciones que el personal funcionario: Titulacion Grupo Anterior Grupo Funcionario Nuevo Grupo Licenciado 1 A 1 Diplomado 2 B 2 Bachiller. Superior 3-4 C 3 EGB 5 6 D 4 Certificado Escolar 7 8 E 5 Reducir el número de áreas funcionales de 10 a 2 de manera que no supongan un obstáculo para el desarrollo de la carrera profesional del personal laboral como viene sucediendo en los procesos de promoción. Área Administrativa: en la que quedarían englobadas la mayoría de las actuales Categorías Profesionales. Área de Oficios que agruparía las categorías profesionales no funcionarizables. Con la nueva distribución de áreas funcionales, se facilitan los procesos de promoción cruzada (funcionarización) tanto vertical como horizontal: al encuadrar a la mayoría del personal laboral de la AEAT en el área administrativa todos ellos serían susceptibles de participar en dichos procesos. También se hace necesario el estudio para una correcta clasificación de determinadas categorías, que bien, por las funciones que realizan o por la titulación que se les exige para desempeñar sus puestos, necesitan un estudio en profundidad. Este es el caso los vigilantes, arrumbadores, capataces, ayudantes de mantenimiento, oficiales 2ª de oficios y las categorías del actual grupo 8 por poner algunos ejemplos. 4
5 AREA ADMINISTRATIVA AREA DE OFICIOS Situación Categoría Categoría Situación Actual Propuesta Grupo 1 Titulado Superior Médico Grupo 1 Grupo 2 Analista Aplicaciones Grupo 2 Gestor Planificación Gestor Sistemas Diplomado Universitario Diplomado Universit ATS Grupo 3 Programador Jefe Sección Taller Reprografía Grupo 3 Subgestor Sistemas Jefe Taller Reprografía Jefe Administrativo Jefe Ejecutivo Encargado Jefe Delineación Delineante Proyectos Jefe Seguridad Grupo 4 Operador Ordenador Oficial 1ª Oficios Oficial 1ª Administrativo Oficial 1ª Reprografía Agente Tributario Agente Ejecutivo Capataz Aduanas Analista Laboratorio Grupo 5 Agente Ayudante Oficial 2ª Oficios Grupo 4 Oficial 2ª Administrativo Oficial 2ª Reprografía Oficial 2ª Administr.Reprogra Operador Terminal Grupo 6 Auxiliar Grabación Preparador Codificador Auxiliar Administrativo Auxiliar Recaudación Telefonista Coordinador Arrumbador Grupo 7 Ordenanza Conductor Guardacoches Grupo 5 Vigilante Ayudante Mantenimiento Limpiadora Grupo 8 Mozo Ordinario Aux Limpieza Laboratorio 4.- Relación de puestos de trabajo y catálogo Todas las medidas de esta propuesta deberán plasmarse en la nueva RPT y Catálogo que deberá negociarse en el seno de CPVIE en los seis primeros meses desde la firma del nuevo convenio. En la nueva RPT deberá figurar la totalidad de los puestos de trabajo (ocupados y vacantes), su ubicación, grupos profesionales, áreas funcionales, 5
6 categorías, complemento de puesto de trabajo, así como las características específicas del puesto y, en su caso, los requisitos de carácter profesional y titulación necesarios para su desempeño. 5.- Otras medidas: Convocatoria de un concurso de traslados anual. Jubilación anticipada voluntaria a los 60 años y 30 de servicio. Que las ayudas por desplazamiento a las pruebas selectivas no sean abonadas con cargo a Acción Social, para evitar que sean consideradas como incremento de rentas. Adaptación al articulado del convenio de todas aquellas medidas tanto legislativas como producto de acuerdos entre la Administración y los Sindicatos que supongan una mejora de las condiciones de trabajo, como por ejemplo: Ley de Conciliación de la vida familiar y laboral. Ley de Medidas de protección de trabajadores que tengan reconocida la condición de familia numerosa. Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus posteriores desarrollos. 6
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