REGLAMENTO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE-PROFESIONALES ULEAM TITULO PRIMERO CAPITULO I

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE-PROFESIONALES ULEAM TITULO PRIMERO CAPITULO I"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE-PROFESIONALES ULEAM TITULO PRIMERO CAPITULO I Art. 1.- NATURALEZA.- La Coordinación General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, fue creada el 16 de junio del 2010, con el fin de cumplir y hacer cumplir el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior, publicada en el RO. No. 298 del 12 de octubre del 2010 y que se refiere a los requisitos previos a la obtención del título, cuyo contenido textualmente manifiesta: Como requisito previo a la obtención del título, los estudiantes deberán acreditar servicios a la comunidad, mediante Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, debidamente monitoreadas, en los campos de su especialidad de conformidad con los lineamientos generales definidos por el Consejo de Educación Superior. Dichas actividades se realizarán en Coordinación con el Vicerrectorado Académico, organizaciones comunitarias, empresas e instituciones públicas o privadas, relacionadas con la respectiva especialidad. Art. 2.-MISIÓN.- La Coordinación General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, adscrita al Vicerrectorado Académico es un organismo creado para coordinar las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes y como tal encargada de planificar y establecer estrategias con los Coordinadores de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes de las distintas Unidades Académicas de la ULEAM. Art. 3.-VISIÓN.- La Coordinación General de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de la ULEAM; adscrita al Vicerrectorado Académico es quien coordina las Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de los estudiantes, orientando, promoviendo y supervisando el vínculo entre la Universidad y las empresas e instituciones de la cadena productiva y de servicios, para reforzar mediante las Prácticas Pre-Profesionales, la formación de los estudiantes y su desempeño en el futuro. Art. 4.- OBJETIVOS.- Son objetivos de la Coordinación General de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de la ULEAM los siguientes: 1

2 1. Promover la realización de los distintos tipos de prácticas: De Observación, Asignatura, Desarrollo Profesional y Pasantías de acuerdo a la especialidad de las diferentes carreras que se imparten en la ULEAM. 2. Establecer la funcionalidad y operatividad del Reglamento General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes de la ULEAM. 3. Determinar la ejecución de los convenios interinstitucionales con su respectiva reglamentación, a fin de poder realizar las prácticas de Observación, Desarrollo Laboral Pre- Profesional o de Pasantías en la ULEAM. 4. Comprobar que las empresas e instituciones seleccionadas para las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, reúnan las condiciones apropiadas para el efecto. 5. Gestionar en las Unidades Académicas la designación del Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales con el fin de planificar, programar y ejecutar con ellos los planes de las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes. Art. 5.- ESTRATEGIAS.- Son estrategias de la Coordinación General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM: 1. Coordinar todas las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales que se realicen dentro y fuera de la ULEAM. 2. Coordinar con las Unidades Académicas la selección de empresas e instituciones que cumplan con los requisitos a fin de elevar el nivel práctico de la formación profesional de los estudiantes, previo a la obtención de su título universitario. 3. Determinar la aplicabilidad de un manual guía con su respectiva normativa en las distintas prácticas a realizarse tanto en las Unidades Académicas (Prácticas de asignaturas, según pensum de estudios), como las que se realizan fuera de las mismas (Prácticas de observación, las laborales y las profesionales) CAPITULO II DE LAS PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES ESTUDIANTILES: CLASIFICACIÓN, INICIO, DURACIÓN Y TERMINACIÓN. REQUISITOS PARA EL INGRESO, DIRECCIÓN, APOYO Y ASESORÍA 2

3 Art. 6.- Son Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, la aplicación de los aprendizajes dentro de las aulas de clases, o aquellas que realicen en las distintas empresas e instituciones, las cuales constituyen uno de los componentes esenciales en la formación del estudiante y por ende son consideradas como un valor agregado en la formación del nuevo profesional. Art. 7.- CLASIFICACIÓN.- Para su instrumentación e implementación las Prácticas o Pasantías Pres-Profesionales de los estudiantes de la ULEAM se clasifican en: 1. Prácticas de Observación.- Son aquellas que tienen por objeto acercar al estudiante al futuro lugar de trabajo, conocerlo, compartir con los profesionales, familiarizarse con los múltiples aspectos y funciones inherentes a su profesión y con la estructura y dinámica de las empresas e instituciones comprendiendo mejor su funcionamiento 2. Prácticas dentro de los Programas curriculares por niveles de la carrera son: 2.1. Prácticas dentro de los Programas de Asignaturas aquellas prácticas que se realicen dentro de los contenidos en las distintas asignaturas como complemento de la teoría, es decir, es la práctica que el profesor incorpora en su asignatura Prácticas de Desarrollo Laboral.- Son aquellas que se aplican como valor agregado a los aprendizajes adquiridos dentro del aula de clase y se realizan fuera de la misma, como ejercicio pre-profesional, en un sector de la comunidad universitaria, fuera de la universidad; y, en las empresas e instituciones del sector. 3. Pasantías previas a la obtención del título profesional.- Son aquellas que el estudiante practicante realiza luego de haber acreditado el 80% del pensum de estudios de la carrera y en las cuales el egresado pueda realizar una labor profesional en una empresa o institución, a fin de cumplir con el Art. 87 de la Ley de Educación Superior, luego del cual está en condiciones de realizar estudios, diagnósticos, proyecto, aportando con nuevas ideas y como un miembro más ayudar al personal fijo o realizar una suplencia. Art. 8.- DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA ULEAM. 1. La duración de las Prácticas de Observación, atenderán a la naturaleza o realidad de cada carrera 3

4 2. Las Prácticas de los Programas de Asignaturas, se realizarán a partir del primer nivel, según corresponda a la planificación meso curricular de cada unidad académica, concluye en su último año de la carrera. 3. Las Prácticas de Desarrollo Laboral, se realizarán a partir del tercer o cuarto nivel, según el pensum de estudios de las unidades académicas. 4. Las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, las realizarán como requisito previo a la obtención del título profesional. Art. 9.- REQUISITO PARA INGRESO A LAS PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES ESTUDIANTILES DE LA ULEAM. Para las Prácticas de Observación, el estudiante deberá estar legalmente matriculado en el primer nivel. Para las Prácticas de Formación dentro de las asignaturas de cada nivel, deberán aprobarla según lo dispuesto en el Reglamento de la ULEAM. Para las Prácticas Laborales o de Ejercicio Profesional, el estudiante debe haber aprobado el año inmediato inferior, como lo estipula el estatuto universitario, para realizarlas. Para las Prácticas Pre-Profesionales, previo a la obtención del título profesional, deberán acreditar el cumplimiento de aprobación de las materias que conforman el pensum académico y nivel de estudios. Art DIRECCION DE LAS PRACTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA ULEAM.- Las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes de la ULEAM, estarán bajo la dirección, supervisión y control del Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, quien tendrá bajo su responsabilidad la organización, supervisión académica y logística del proceso. Art APOYO Y ASESORÍA: El apoyo y asesoría en las Prácticas de Observación, serán orientadas por el profesor designado (asesor). En lo que respecta a las Prácticas de Formación (Prácticas de Asignaturas) el responsable es el docente de las mismas. 4

5 Para las Prácticas de Desarrollo Laboral, el control lo realiza él o los asesores determinados por el Coordinador de Prácticas. Para las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, el responsable de mismas, es el asesor o tutor en coordinación con el tutor impuesto por la empresa e institución. Art Una vez llegado a un acuerdo entre la empresa o institución y la ULEAM, se procederá a la elaboración de un convenio entre las dos entidades, con el objeto de realizar una labor coordinada, las cláusulas ahí contempladas, serán de cumplimiento obligatorio para ambas partes. Art El Programa de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de los estudiantes de la ULEAM, contará por un comité que estará conformado por el Decano o Director de la Unidad Académica, el Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, el Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, el Asesor de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica y la Secretaria de la misma. TITULO II DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES O PASANTES. CAPITULO I DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES O PASANTES Art Son deberes de los estudiantes practicantes o pasantes de la ULEAM. 1. Realizar las prácticas determinadas en el presente reglamento, recibir el asesoramiento respectivo a fin de cumplir a cabalidad las mismas, participar en el diseño de planificación y elaboración de las prácticas, así como en el escogitamiento de las empresas e instituciones en donde se desenvolverán. 2. Presentar el formato establecido por la unidad académica y entregarlo al asesor de prácticas o pasantías de la Unidad Académica. 3. Sostener entrevistas con el Asesor y el Coordinador de Prácticas o Pasantías de la Unidad Académica, la cual tiene por objeto preparar al practicante para los procesos de selección de la empresa e institución en la que realizará las prácticas de observación, laborales y las profesionales. 5

6 4. Participar de manera activa en el programa de prácticas señalado por el Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica. 5. Mantener el debido respeto al Coordinador y Asesor profesional de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica dentro y fuera de los lugares de la Prácticas o Pasantías. 6. Respetar y cumplir con las políticas y normas establecidas en el Reglamento General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales estudiantiles. 7. Respetar y cumplir con las decisiones adoptadas por el Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesiones de los estudiantes de la ULEAM. Art Son deberes de los estudiantes practicantes o pasantes en las empresas o instituciones: 1. Cumplir a cabalidad con lo preceptuado en las cláusulas del convenio suscrito entre la ULEAM y la empresa o institución. 2. Cumplir con las normas, políticas y reglamentos internos que tenga la empresa o institución, donde el practicante realice las prácticas pre-profesionales. 3. Hacer uso ético de la información confidencial de la empresa o institución. 4. Cumplir con las citas acordadas con el tutor de la empresa o institución. CAPITULO II DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES O PASANTES DE LA ULEAM. Art Son derechos de los estudiantes practicantes o pasantes de la ULEAM: 1. Tener acceso al Reglamento General de las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM a efecto de conocer los compromisos y obligaciones que adquieren como estudiantes. 2. Formular las peticiones y observaciones respetuosamente por escrito al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, para obtener su pronta respuesta 3. Solicitar por escrito al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de la Unidad Académica la calificación de las distintas prácticas, el responsable de calificar las Prácticas de Asignaturas es el docente que tiene bajo su cargo las mismas. 6

7 4. Solicitar y recibir el apoyo académico, logístico y personal al Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, cuando lo considere necesario. 5. Solicitar y obtener certificaciones sobre su desempeño durante el periodo de prácticas o pasantías pre-profesionales. Art SON DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES PRACTICANTES O PASANTES EN LAS EMPRESAS O INSTITUCIONES COMO REQUISITO A LA OBTENCIÓN DE SU TITULO PROFESIONAL LOS SIGUIENTES: 1. Solicitar y recibir el proceso de inducción al cargo, departamento y organización donde realizará sus prácticas pre-profesionales. 2. Recibir un trato respetuoso y cordial por parte de los jefes y compañeros inmediatos. 3. Solicitar y recibir información acerca de la empresa o institución. 4. Solicitar y recibir un espacio de trabajo adecuado para el ejercicio de sus prácticas. CAPITULO III DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS DE LOS ESTUDIANTES EN LAS PASANTIAS PRE-PROFESIONALES EN LAS EMPRESAS O INSTITUCIONES. PRÁCTICAS O Art Las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales que realiza el estudiante en las empresas o instituciones, se las debe entender como un beneficio personal, que les permitan aplicar sus conocimientos y participar en el mercado laboral; por ningún motivo se la considerará como un beneficio de carácter económico, es facultativo de la empresa otorgar reconocimientos monetarios al alumno, salvo disposición contraria establecida por la ley. TITULO IV DE LOS ASESORES DE PRACTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES. CAPITULO I Art DEL PERFIL DE LOS ASESORES DE PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE- PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES DE LA ULEAM.- Los Asesores de las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, deberán ser profesionales de las distintas materias que 7

8 conforman los programas académicos de la carrera, teniendo en cuenta la orientación a la especialidad. Para su designación: a) Deberán contar con reconocida trayectoria laboral en los sectores empresariales o institucionales que tengan relación con la práctica y con la carrera del estudiante. b) Deberán demostrar las fortalezas como compromiso con la carrera académica, experiencias, pedagogía, integridad, amor al trabajo, responsabilidad, sentido de pertinencia, buenas relaciones estudiantiles. Art VINCULACIÓN LABORAL CON LA UNIDAD ACADÉMICA.- Los asesores de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, serán seleccionados de la planta de profesores de la Unidad Académica que reúna los requisitos exigidos en el artículo anterior. Art ASIGNACIÓN DE ESTUDIANTES DE LAS PRÁCTICAS DE OBSERVACION, DESARROLLO LABORAL Y LAS PROFESIONALES.- Cada asesor de Prácticas de Observación, tendrá bajo su supervisión al grupo de estudiantes de primer nivel, según su distribución y horario de clases.horas diarias de recorrido por las empresas o instituciones seleccionadas durante 5 días hábiles cumpliendo un total de horas semanales. Él o los Asesores de Prácticas de Desarrollo Laboral, tendrán bajo su supervisión a un grupo de.estudiantes como máximo, con dedicación de.horas semanales dando un total de horas mensuales. El asesor de las Prácticas Pre-Profesionales, tendrá bajo su supervisión y control un grupo de estudiantes como máximo con dedicación de. horas mensuales por estudiante, para un total de.horas mensuales por grupos. Art MODALIDAD DE TRABAJO DE LA ASESORÍA PROFESIONAL.- La modalidad de trabajo de la Asesoría será la siguiente: a) Dirigida a problemáticas de las prácticas y de su trabajo b) Influye el seguimiento académico continuo que permite el análisis, crítica de los conocimientos adquiridos con la experiencia dentro del campo de su competencia. 8

9 TITULO V CAPITULO I DEL COMITÉ DE PRACTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES. Art. 23.-JUSTIFICACIÓN Y CREACIÓN.- Créase un órgano decisorio denominado COMITÉ DE PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LOS ESTUDIANTES, el mismo que estará conformado por los siguientes miembros en cada unidad académica: a) El Decano o el Director de la Unidad Académica que lo presidirá b) El Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM c) La secretaria de la Unidad Académica d) El Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, quienes tendrán entre otras las siguientes funciones: 1. Estudiar y aprobar las solicitudes que presenten los estudiantes para la realización de prácticas y pasantías pre-profesionales. 2. Evaluar y aprobar las prácticas y pasantías realizadas por los estudiantes 3. Estudiar, evaluar y decidir sobre las situaciones anómalas que se presenten en el desarrollo de las prácticas y que se alejen de los parámetros académicos establecidos en el presente reglamento. 4. Las demás que sean necesarias para el buen funcionamiento y desarrollo del programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes y del cumplimiento de las normas y deberes establecidas en el reglamento. Art DEL AMBITO LEGAL DE LAS DECISIONES.- Por tratarse de una decisión colegiada deberá entenderse que las decisiones adoptadas por el Comité quedan en firme y no admiten ningún tipo de recurso. Art DEL AMBITO DE APLICACIÓN.- Las decisiones del Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes son de cumplimiento obligatorio. Art DE LOS EFECTOS.- El estudiante que no cumpla a cabalidad con la decisión del Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes en los términos y condiciones establecidos por dichos órganos decisorios, no podrá cursar el año académico inmediato superior ni obtener el título profesional. 9

10 CAPITULO II DEL COORDINADOR GENERAL DE PRÁCTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LA U.L.E.A.M. Art JUSTIFICACIÓN Y NOMBRAMIENTO.- El Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, será nombrado por la autoridad competente y se encontrará bajo su supervisión inmediata. Deberá reunir los siguientes requisitos: 1. Ser docente titular con cargo a tiempo completo. 2. Poseer como mínimo título de tercer nivel. 3. Experiencia profesional de 10 años 4. Experiencia como catedrático en la ULEAM de 10 años 5. Practicar buenas relaciones humanas con valores éticos y morales 6. Tener predisposición para trabajar en equipo 7. Cumplir con las tareas asignadas bajo su responsabilidad, sometiéndose a los horarios de trabajo y a las disposiciones de este reglamento 8. Tener predisposición a ser evaluado permanentemente. Art FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.- El Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, tendrá las siguientes funciones y atribuciones: a) Cumplir y hacer cumplir el Art. 87 de la Ley de Educación Superior y el Reglamento General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM. b) Laborar a Tiempo Completo. c) Conocer, analizar y evaluar el Programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de todas las Unidades Académicas, Extensiones y Programas de la ULEAM, directamente con el Coordinador(a) de cada una de ellas. d) Coordinar las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de las Unidades Académicas, Extensiones y Programas de la ULEAM, directamente con el Coordinador(a) de cada una de ellas. e) Evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al Supervisor y Coordinadores(as) de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica y presentar un informe al Sr. Vicerrector Académico cuando el caso lo amerite. f) Presentar un informe semestral al Señor Vicerrector Académico con copia al Señor Rector sobre las actividades realizadas por esta Coordinación. 10

11 g) Servir de enlace entre la Universidad y las Unidades Académicas a fin de firmar Convenios interinstitucionales relacionados con las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales. h) Las demás funciones y atribuciones que sean necesarias para el buen desarrollo del Programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales en el cumplimiento de las mismas. CAPITULO III DEL COORDINADOR DE PRACTICAS O PASANTIAS PRE-PROFESIONALES DE LA UNIDAD ACADEMICA Art JUSTIFICACIÓN Y NOMBRAMIENTO.- El Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica será nombrado por el Decano de la misma y se encontrará bajo su supervisión inmediata. Deberá reunir los siguientes requisitos: 9. Ser docente titular con cargo a tiempo completo de la Unidad Académica. 10. Poseer como mínimo título de tercer nivel. 11. Experiencia profesional de 5 años 12. Experiencia como catedrático en la ULEAM de 5 años 13. Practicar buenas relaciones humanas con valores éticos y morales 14. Tener predisposición para trabajar en equipo 15. Cumplir con las tareas asignadas bajo su responsabilidad, sometiéndose a los horarios de trabajo y a las disposiciones de este reglamento 16. Tener predisposición a ser evaluado permanentemente. Art FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.- El Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales tendrá las siguientes funciones y atribuciones: a) Conocer, estudiar, evaluar y decidir sobre las empresas e instituciones que aspiran a participar en el programa de prácticas, tanto en las de Observación, Desarrollo Laboral y Profesionales, de los estudiantes de la Unidades Académicas, con supervisión de la Coordinación de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM. b) Presentar el programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales. c) Coordinar la vinculación de los estudiantes d) Efectuar un seguimiento, control o supervisión de las prácticas realizadas por el estudiante e) Aprobar las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, realizadas por los estudiantes con anuencia del Decano y del Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM. 11

12 f) Presentar a consideración y decisión del Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes, los informes a las prácticas realizadas por los estudiantes. g) Presentar informe al Decano y al Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de la ULEAM, sobre el desarrollo de las mismas, de los señores estudiantes y de las visitas y comunicaciones efectuadas a los jefes inmediatos de los estudiantes practicantes h) Presentar informe al Comité de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes, sobre el desarrollo del trabajo y acreditación de las prácticas que realizan los estudiantes; y, i) Las demás funciones y atribuciones que sean necesarias para el buen desarrollo del programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales y el cumplimiento de este reglamento. TITULO SEXTO CAPITULO I DE LAS PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE-PROFESIONAES DE LOS ESTUDIANTES EN EL EXTERIOR Art JUSTIFICACIÓN.- El Programa de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de los estudiantes de la Unidad Académica contemplan la posibilidad de realizar las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales en el exterior, siempre y cuando el estudiante practicante cumpla con las normas y políticas establecidas en este Reglamento. Art SOLICITUD Y TRÁMITE.- El estudiante practicante que aspira realizar su práctica o pasantía pre-profesional fuera de territorio ecuatoriano, deberá presentar la solicitud al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-profesionales de la Unidad Académica, con copia la Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, donde certifique lo siguiente: 1. País y entidad donde desea realizar su práctica o pasantía pre-profesional. 2. Termino de duración de la práctica o pasantía pre-profesional (especialmente de la práctica que se realiza al final de los años académicos que coincidan con los años académicos calendarios del año). 3. Costo de traslado, alojamiento y manutención a cargo del estudiante practicante. 4. Una vez recibida esta solicitud, la Universidad dará traslado de dicha comunicación a la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, único órgano del Estado legalmente autorizado para aprobar las prácticas o pasantías pre-profesionales en el exterior. 12

13 5. En el caso de que el Ministerio de Relaciones Exteriores apruebe la realización de las prácticas o pasantías pre-profesionales en el exterior (lo cual se acredita con certificación expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores), el estudiante prácticamente deberá presentar al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica, con copia al Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM, carta de compromiso, donde asume la responsabilidad de cumplir con los puntos de que trata el articulo siguiente. Art DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE PRACTICANTE O PASANTE EN EL EXTERIOR.- El estudiante que realiza las prácticas o pasantía pre-profesionales fuera del país está obligado a cumplir con lo siguiente: 1. Ingresar a su Práctica o Pasantía Pre-Profesional el día en que la empresa certifique a la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí la fecha de iniciación. En el caso de que por fuerza mayor o caso fortuito, el estudiante practicante no hubiere podido iniciar su práctica o pasantía pre-profesional en el día ya determinado, éste deberá informar de manera inmediata al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la Unidad Académica con copia al Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM., adjuntando la prueba donde consten los motivos de retraso. 2. Remitir entre los 10 días calendarios siguientes a la fecha de inicio de la práctica o pasantía pre-profesional, la certificación donde consten que se encuentra laborando y las tareas y funciones encomendadas a su cargo y responsabilidad. 3. Presentar informes quincenalmente al Coordinador de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de la Unidad Académica, con copia al Coordinador General de Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales de la ULEAM., donde conste, de manera pormenorizada, el desarrollo de su gestión (Internet). 4. Desarrollar el trabajo de investigación que le asigne la Unidad Académica y su regreso, y sustentarlo ante el Comité de Prácticas o Pasantías Pre-profesionales de los Estudiantes. 5. Constancia de la realización de la Práctica o Pasantía Pre-Profesional, debidamente validada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Art REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN DE LAS PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EN EL EXTERIOR.- Para la aprobación de las Prácticas o Pasantías Pre-Profesionales, el estudiante practicante deberá acreditar al Comité de Prácticas o Pasantías Pre- Profesionales de los estudiantes, el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en los art. 30 y 31 de este Reglamento, en el caso de que no los cumpliere, el Comité deberá reprobar la 13

14 práctica o pasantía y el alumno tendrá que realizar nuevamente su práctica o pasantía preprofesional, sin excepción alguna, dentro del país. 14

REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO

REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO REGLAMENTO ESPECIAL DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR CEMLAD CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO:

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: REGLAMENTO DE PRÁCTICAS Y PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO GUBERNATIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR BLUE HILL CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 87 de la Ley Orgánica

Más detalles

UPRAP.- DOCUMENTACION LEGAL.(REGLAMENTO)

UPRAP.- DOCUMENTACION LEGAL.(REGLAMENTO) UPRAP.- DOCUMENTACION LEGAL.(REGLAMENTO) REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES LA UNIDAD DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR NELSON TORRES CONSIDERANDO: Que: de conformidad

Más detalles

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR LICEO CRISTIANO DE GUAYAQUIL REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR LICEO CRISTIANO DE GUAYAQUIL REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR LICEO CRISTIANO DE GUAYAQUIL REGLAMENTO GENERAL DE PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR LICEO CRISTIANO DE GUAYAQUIL

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUDAMERICANO. ihttc&mos cj&irtte- tixie-íafol

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUDAMERICANO. ihttc&mos cj&irtte- tixie-íafol > INSTITUTO TECNOLÓGICO SUDAMERICANO ihttc&mos cj&irtte- tixie-íafol REGLAMENTO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PRE- PROFESIONALES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR SUDAMERICANO DE LA CIUDAD DE LOJA EL CONSEJO

Más detalles

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Capítulo I Naturaleza de las prácticas o pasantías preprofesionales.

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY. Capítulo I Naturaleza de las prácticas o pasantías preprofesionales. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 87 de la Ley Orgánica de Educación Superior (Requisitos previos a la obtención del título) determina que: como requisito previo

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY REGLAMENTO DEL SISTEMA DE AUTOEVALUACION Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Considerando: Que el Art. 94 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala que la Evaluación de Calidad

Más detalles

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES NORMAS QUE RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DE LA PASANTÍA EN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE LA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (FACYT) CAPITULO I DISPOSISIONES GENERALES ARTÍCULO 1 : Las

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA)

LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA) LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE TRABAJO DE GRADO MODALIDAD PRÁCTICA CON PROYECCIÓN EMPRESARIAL O SOCIAL (PASANTÍA) De conformidad con lo estipulado por el Consejo Académico en la resolución N 16 de

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO 1 de 15 UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO Aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N 101-2016-UAI-CU/P De fecha 09 de Agosto del 2016 2 de 15 UNIVERSIDAD-EMPRESA Y BOLSA DE TRABAJO TÍTULO

Más detalles

Reglamento De Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel

Reglamento De Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel Reglamento De Graduación para Obtener el Título Terminal de Tercer Nivel DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLIVAR EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR. CONSIDERANDO: QUE,

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PARTICIPANTE PARA REALIZAR PASANTÍAS

Más detalles

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías

Capítulo I De la naturaleza y propósitos del Programa de Pasantías El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 2288, Ordinaria, celebrada, el día tres de abril del año dos mil trece, en uso de sus atribuciones

Más detalles

CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS

CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS CORPORACIÓN INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN SOCIAL ISES REGLAMENTO DE PASANTÍAS ACUERDO No. 25 DE 2.006 (DICIEMBRE 20) Por el cual se modifica el acuerdo No 8 de Agosto 5 del 2004 El Consejo Superior de

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO OFICINA DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE RACIONALIZACIÓN REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES (Aprobado con Resolución N 186-2017-CU del 27 de junio de 2017) 2017 ÍNDICE

Más detalles

NORMAS INTERNAS DE PRÁCTICAS Y PASANTIAS PREPROFESIONALES DE LA CARRERA DE AQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA.

NORMAS INTERNAS DE PRÁCTICAS Y PASANTIAS PREPROFESIONALES DE LA CARRERA DE AQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA. NORMAS INTERNAS DE PRÁCTICAS Y PASANTIAS PREPROFESIONALES DE LA CARRERA DE AQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA. El H. Consejo Directivo de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION

UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION UNIVERSIDAD TECNICA DE MACHALA DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION PROGRAMA DE PASANTÌAS E INTERCAMBIO ESTUDIANTIL DE LA UTMACH Autores: Ms. Félix Cadena Alvarado Dra. Consuelo Reyes de Ochoa Agosto-2009 Programa

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR "RUMIÑAHUI" Registro SENESCYT N 2198

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI Registro SENESCYT N 2198 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO SUPERIOR

Más detalles

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR CONSEJO ACADEMICO ACUERDO N 014 FECHA: 05 DE MAYO DE 2014

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR CONSEJO ACADEMICO ACUERDO N 014 FECHA: 05 DE MAYO DE 2014 EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA EN SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y ESTATUTARIAS CONSIDERANDO La Ley 30 de 1992, establece que las instituciones de educación superior son autónomas para ejercer y desarrollar sus

Más detalles

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL

Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Universidad de la Sierra REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Noviembre del 2012 0 REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL CONTENIDO PÁG. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES 1 CAPITULO II DE LAS FORMAS DE PRESTACIÓN DEL

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE

REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Año 2003 REGLAMENTO DE PRÁCTICA FORENSE Barquisimeto, 2003 RESOLUCIÓN 2003-35-146 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD YACMABÚ DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL

Más detalles

3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Consejo Académico. Reunión N 345. 14 de abril de 2005. 3.13 NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE PASANTIAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES FUNDAMENTALES ARTICULO 1 Las presentes normas contienen las disposiciones

Más detalles

REGLAMENTO DE PASANTÍA ACADÉMICA CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES

REGLAMENTO DE PASANTÍA ACADÉMICA CAPÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES El Consejo Universitario de la Universidad Dr. Rafael Belloso Chacín, en uso de las atribuciones que le confiere el Ordinal 8 del Artículo 17 del Estatuto Orgánico de la Universidad, en concordancia con

Más detalles

UNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA

UNIVERSIDAD MAYOR, REAL Y PONTIFICIA DE SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN ACADÉMICA DE LA UNIVERSIDAD SAN FRANCISCO XAVIER DE CHUQUISACA Artículo 1º ANTECEDENTES.- De conformidad con el art. 43 del Estatuto Orgánico de la Universidad

Más detalles

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Psicología Reglamento Interno de Servicio Social

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Facultad de Psicología Reglamento Interno de Servicio Social CAPITULO PRIMERO Generales.- Art. 1.- El presente reglamento interno tiene por objeto establecer las bases y lineamientos generales para la realización de 480 horas de Servicio Social de los alumnos que

Más detalles

Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES

Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES Reglamento de PRÁCTICAS PROFESIONALES 2016 Licenciatura en Entrenamiento Deportivo APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS EN SESIÓN ORDINARIA DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA ESCUELA DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE

Más detalles

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO SUPERIOR

Más detalles

Reglamento de Prácticas Tuteladas del Grado de Veterinaria de la Universidad de Córdoba

Reglamento de Prácticas Tuteladas del Grado de Veterinaria de la Universidad de Córdoba Reglamento de Prácticas Tuteladas del Grado de Veterinaria de la Universidad de Córdoba (Aprobado en sesión ordinaria de Junta de Facultad de 27/05/2014 y Consejo de Gobierno de 26/11/2014, modificado

Más detalles

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO INTERINSTITUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO SUPERIOR

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO TÍTULO PRIMERO

REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO TÍTULO PRIMERO REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO TÍTULO PRIMERO CAPÍTULO I Del Servicio Social Disposiciones Generales Artículo 1o.- Para los efectos de este reglamento, se entiende por Servicio Social Universitario,

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICA LABORAL Centro de Capacitación Laboral y Formación Ciudadana CENCALA

REGLAMENTO DE PRACTICA LABORAL Centro de Capacitación Laboral y Formación Ciudadana CENCALA PRESENTACION La práctica laboral, se entiende como la fase en la cual el joven aplica y complementa, en contextos productivos reales, los conocimientos adquiridos durante el proceso de formación académica,

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CATÓLICA SANTA ROSA CONSEJO UNIVERSITARIO Resolución Nº 15-18-31032005 El Consejo Universitario de la Universidad Católica Santa Rosa en uso de las atribuciones

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS RESIDENCIAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. El presente reglamento es de observancia obligatoria para la comunidad estudiantil del Tecnológico

Más detalles

Código: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008

Código: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008 3 Í n d i c e TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES...5 DE LAS DISPOSICIONES...5 DE LAS ORIENTACIONES GENERALES DE PRÁCTICAS PROFESIONALES...5 TÍTULO SEGUNDO FUNCIONES...6 DEL DECANO...6 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO...6

Más detalles

Reglamento Interno de Servicio Social Universitario. Facultad de Ciencias Físico-Matemáticas

Reglamento Interno de Servicio Social Universitario. Facultad de Ciencias Físico-Matemáticas Universidad Autónoma de Sinaloa Reglamento Interno de Servicio Social Universitario Facultad de Ciencias Físico-Matemáticas REGLAMENTO INTERNO DE SERVICIO SOCIAL UNIVERSITARIO PARA LA FSCUELA DE CIENCIAS

Más detalles

REGLAMENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

REGLAMENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL CONSEJO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN AMBIENTAL I. DEFINICIÓN Y UBICACIÓN ARTÍCULO 1. El Centro de Educación Ambiental (CEA) de la Universidad Estatal a Distancia (UNED) es la instancia

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA

UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA PROFESIONAL COORDINACIÓN NACIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA BOGOTÁ D.C. 2009 1 Contenido PRESENTACIÓN... 3 I. ASPECTOS GENERALES... 3 Artículo 1: Presentación...

Más detalles

NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA NORMATIVO DE PRÁCTICA ADMINISTRATIVA Universidad de San Carlos de Guatemala Centro Universitario de Baja Verapaz CUNBAV Carrera Licenciatura en Pedagogía y Administración Educativa con Orientación en Medio

Más detalles

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA VICERRECTORADO ACADÉMICO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE TUTORIA UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA VICERRECTORADO ACADÉMICO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE TUTORIA UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTA MARÍA IN SCIENTIA ET FIDE EST FORTITUDO NOSTRA (En la Ciencia y en la Fe está nuestra Fortaleza) VICERRECTORADO ACADÉMICO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Sistemas de Información Especialización en Gestión de Sistemas de Información Reglamento de la Carrera Contenido:

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES, ARTE Y EDUCACION REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD DR. JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ El Consejo Universitario de la Universidad Dr.

Más detalles

PASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN

PASANTÍA PASANTÍAS FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN REGLAMENTO REGLAMENTO DE DE PRÁCTICAS PRÁCTICA Y PASANTÍAS PASANTÍA FACULTAD DE GESTIÓN FACULTAD DE GESTIÓN TITULO I DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 01. El presente Reglamento General tiene por objeto Normar

Más detalles

4. Los proyectos de práctica implican una disponibilidad de 8 horas semanales, 4 para el seminario y 4 para asesorías y visitas a las instituciones.

4. Los proyectos de práctica implican una disponibilidad de 8 horas semanales, 4 para el seminario y 4 para asesorías y visitas a las instituciones. FACULTAD DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTO DE LAS CIENCIAS Y LAS ARTES LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN MATEMÁTICAS CONVOCATORIA DIRIGIDA A ASESORES DE PRÁCTICA PEDAGÓGICA Y TRABAJO DE GRADO Semestre

Más detalles

Reglamento de Prácticas

Reglamento de Prácticas Documento Institucional Reglamento de Prácticas Fundación Universitaria Cafam - Reglamento de Prácticas I Pag. 1 de 6 Reglamento de Prácticas El cual contiene las normas relacionadas con las prácticas

Más detalles

LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO:

LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DE MANABÍ EL HONORABLE CONSEJO UNIVERSITARIO CONSIDERANDO: Que el Estatuto Orgánico establece como uno de los objetivos de la Universidad Técnica de Manabì, el fomentar y ejecutar

Más detalles

REGLAMENTO DE TUTORÍAS

REGLAMENTO DE TUTORÍAS REGLAMENTO DE TUTORÍAS Aprobado por el H. Consejo Universitario Sesión ordinaria el 17 de Diciembre de 2018. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPÍTULO I OBJETO DEL REGLAMENTO CAPÍTULO II DE LA TUTORÍA ACADÉMICA CAPÍTULO

Más detalles

JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 11 ACTA Nº 05

JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 11 ACTA Nº 05 JUNTA DIRECTIVA ACUERDO Nº 11 ACTA Nº 05 Secretaria General Por el cual se establece el plan de negocio como opción de grado y se dictan otras disposiciones La Junta Directiva de la Corporación Universitaria

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento

Más detalles

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES INSTRUCTIVO NORMATIVO DEL SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD DE ARTURO MICHELENA CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. SOPORTE LEGAL: La Normativa de Servicio Comunitario

Más detalles

REGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

REGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS 1 REGLAMENTO COMÚN PARA LA COMISIONES DE CONVALIDACIONES, ADAPTACIONES Y EQUIVALENCIAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS (PARA RECONOCIMIENTO POR EQUIVALENCIA DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN CURRICULAR) Aprobado

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Maestría en Administración de Negocios con Orientación en Dirección de Marketing Maestría en Administración de Negocios con Orientación

Más detalles

ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica

ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA. REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica ISEP. HONORIO DELGADO ESPINOZA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES Formación Tecnológica Resolución Ministerial N 738-85-ED, Normas para la Programación, Ejecución y Evaluación de las Prácticas Profesionales

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA) PARA ESTUDIANTES DE ARQUITECTURA

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA) PARA ESTUDIANTES DE ARQUITECTURA REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL ASISTIDA (PPA) El régimen de la Práctica Profesional Asistida (PPA) de estudiantes de Arquitectura, quedará definido por el presente Reglamento, aprobado por Resolución

Más detalles

UNTREF REGLAMENTO DE LA MAESTRIA EN HISTORIA. (Aprobado por Resol. Consejo Superior Nº 06/08)

UNTREF REGLAMENTO DE LA MAESTRIA EN HISTORIA. (Aprobado por Resol. Consejo Superior Nº 06/08) UNTREF REGLAMENTO DE LA MAESTRIA EN HISTORIA (Aprobado por Resol. Consejo Superior Nº 06/08) 1. El funcionamiento de la Maestría en Historia El funcionamiento de la Maestría en Historia, tanto en modalidad

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LEON Escuela Universitaria de Trabajo Social "Ntra. Señora del Camino" LEON

UNIVERSIDAD DE LEON Escuela Universitaria de Trabajo Social Ntra. Señora del Camino LEON REGLAMENTO DEL PRÁCTICUM DEL GRADO EN SOCIAL TRABAJO I. DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL Artículo 1. El Prácticum en la carrera de Trabajo Social es una actividad curricular obligatoria, pre-requisito para la

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS. Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL

REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS. Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL REGLAMENTO INTERNO DE PASANTÍAS COORDINACIÓN DE PASANTÍAS Noviembre, 2011 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA PEDRO EMILIO COLL INDICE GENERAL Pp. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES.... 3 TÍTULO II DEL

Más detalles

REGLAMENTO DE PROYECTO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTIAS PARA LOS ESTUDIANTES DE TECNOLOGIA EN PROCESOS INDUSTRIALES

REGLAMENTO DE PROYECTO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTIAS PARA LOS ESTUDIANTES DE TECNOLOGIA EN PROCESOS INDUSTRIALES REGLAMENTO DE PROYECTO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTIAS PARA LOS ESTUDIANTES DE TECNOLOGIA EN PROCESOS INDUSTRIALES OBJETIVO: Establecer los parámetros y condiciones para la realización de las Pasantías

Más detalles

REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL

REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL REGLAMENTO PASANTÍA PROFESIONAL Punto Fijo, octubre de 2018 PREAMBULO El presente Reglamento tiene como finalidad sentar las normas que regirán la realización y evaluación de las Pasantías Profesionales

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA CURSAR PRÁCTICAS PROFESIONALES I Y PRÁCTICAS

Más detalles

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES ASPECTOS BÁSICOS La práctica es para la Fundación Universitaria Cafam es una actividad académica integrada en las estructuras curriculares, como

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA ESCUELA POLITÉCNICA

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA ESCUELA POLITÉCNICA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS EXTERNAS DE LA ESCUELA POLITÉCNICA Aprobado por la Comisión de Prácticas Externas de la EPCC. Fecha: 06/10/2017 Aprobado por la Junta de Escuela de la EPCC Fecha: 10/10/2017 Revisado

Más detalles

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO

REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO ARGENTINA REGLAMENTO PARA OPTAR EL TITULO DE PROFESIONAL TÉCNICO POR LOS EGRESADOS QUE ESTUDIARON CON EL NDCB Diciembre, 2017 REGLAMENTO PARA OPTAR EL

Más detalles

NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDi, centro adscrito a la UNIVERSIDAD RAMON LLULL

NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDi, centro adscrito a la UNIVERSIDAD RAMON LLULL NORMATIVA DE LAS PRÁCTICAS DE EMPRESA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE DISEÑO ESDi, centro adscrito a la UNIVERSIDAD RAMON LLULL INTRODUCCIÓN Las prácticas en la empresa tienen la función de completar y reforzar

Más detalles

ACUERDO 032 DE (Acta No. 008 del 28 de abril)

ACUERDO 032 DE (Acta No. 008 del 28 de abril) ACUERDO 032 DE 2014 (Acta No. 008 del 28 de abril) "Por el cual se definen los criterios para el desarrollo de las asignaturas Práctica Integral, Prácticas Integradas y Trabajo de Grado modalidad Prácticas

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES FACULTAD DE AGROBIOLOGÍA PRESIDENTE JUÁREZ TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES...

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES FACULTAD DE AGROBIOLOGÍA PRESIDENTE JUÁREZ TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES... REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES FACULTAD DE AGROBIOLOGÍA PRESIDENTE JUÁREZ TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES.......... CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Más detalles

Lineamientos Prácticas Judiciales en el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.

Lineamientos Prácticas Judiciales en el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala. Lineamientos para Prácticas Judiciales en el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala. Página 0 de 10 MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Constitución del Estado Libre y Soberano

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA DIRECCIÓN ACADÉMICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS CHIHUAHUA, CHIH., JUNIO DEL 2002. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. El presente reglamento

Más detalles

Artículo 3. Objetivos del EPS

Artículo 3. Objetivos del EPS UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA NORMATIVO DEL EJERCICIO PROFESIONAL SUPERVISADO Aprobado en el Inciso 4.4, Punto CUARTO del Acta No.04-03/17 de la sesión

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ ANEXO Aprobado por Resolución del C.S.U. N 107/2015, según Acta N 29/2015, de fecha 17 de noviembre de 2.015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAAGUAZÚ REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO. Capitulo I: Naturaleza. Capitulo II: Organización

INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO. Capitulo I: Naturaleza. Capitulo II: Organización INSTRUCTIVO DE PRÁCTICAS O PASANTÍAS PREPROFESIONALES DE LA FACULTAD DE DISEÑO Capitulo I: Naturaleza Art. 1 Las prácticas o pasantías preprofesionales que deben cumplir los estudiantes de la Facultad

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION. Capitulo I Grados y titulos

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION. Capitulo I Grados y titulos REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE FILOSOFIA, LETRAS Y CIENCIAS DE LA EDUCACION Capitulo I Grados y titulos Art. 1 La Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CUENCA

UNIVERSIDAD DE CUENCA UNIVERSIDAD DE CUENCA El H. Consejo Universitario de la Universidad de Cuenca, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 8, del Estatuto Universitario, expide el siguiente: REGLAMENTO DE POSTGRADOS

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES CAPÍTULO III DE LAS UNIDADES RECEPTORAS CAPÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE GASTRONOMÍA

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE GASTRONOMÍA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE GASTRONOMIA 2017-2018 COORDINACIÓN DEL PROGRAMA EDUCATIVO DE GASTRONOMÍA REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES DE GASTRONOMÍA CICLO ESCOLAR 2017-2018 1 CONTENIDOS

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES D-RS Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado)

REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES D-RS Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado) Reglamento General Prestación de Prácticas Profesionales (Internado) El presente reglamento tiene por objetivo establecer las bases y lineamientos generales para la prestación de las prácticas profesionales

Más detalles

LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS PROFESIONALES LINEAMIENTOS DE PRÁCTICAS PROFESIONALES CONTENIDO 2. OBJETIVOS GENERALES 3. REQUISITOS ACADÉMICOS PARA INCIAR LA PRÁCTICA PROFESIONAL 4. DURACIÓN DE LA PRÁCTICA PROFESIONAL 5. REQUISITOS FORMALES PARA

Más detalles

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática 2013 OBJETIVOS El presente ordenamiento tiene por objeto regular las diferentes actividades y las competencias que corresponde

Más detalles

VICERRECTORíA DE DOCENCIA

VICERRECTORíA DE DOCENCIA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA VICERRECTORíA DE DOCENCIA Circular VD-C-16-2012 19 de setiembre del 2012 Señores Decanos (as) Directores (as) de Escuela Directores (as) de Centro de Institutos de Investigación

Más detalles

NORMATIVO DE PRÁCTICAS PRE-

NORMATIVO DE PRÁCTICAS PRE- NORMATIVO INGENIERÍA MECÁNICA PÁG.: 1 DE 10 NORMATIVO ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR: NOMBRE: Comisión de Prácticas Pre-Profesionales NOMBRE: Comisión de Prácticas Pre-Profesionales CONSEJO

Más detalles

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30

CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30 CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Es la autoridad corporativa de gobierno encargada de proponer y ejecutar las políticas y directrices académicas y administrativas, necesarias para el cumplimiento

Más detalles

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica

TUTORÍAS ACADÉMICAS. Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas. Área responsable: Coordinación de Gestión Académica TUTORÍAS ACADÉMICAS Política para la planificación y ejecución de tutorías académicas Área responsable: Coordinación de Gestión Académica Versión: 1.0 TUTORÍAS ACADÉMICAS Código: OAC.0047 Versión: 1 Áreas

Más detalles

CONVENIO INTERINSTLTUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI

CONVENIO INTERINSTLTUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI CONVENIO INTERINSTLTUCIONAL PARA EL DESARROLLO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES O PASANTÍAS DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR RUMIÑAHUI "RUMIÑAHUI" CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO

Más detalles

Expositor: CPA. ALEXANDER GEOVANNY HERRERA FREIRE ING.COM.

Expositor: CPA. ALEXANDER GEOVANNY HERRERA FREIRE ING.COM. ESTUDIA Y APRENDE COMO SI HUBIERAS DE VIVIR SIEMPRE; Y VIVE COMO SI HUBIERAS DE MORIR MAÑANA, Y CADA HORA DE TU VIDA PIDE A DIOS PARA QUE TODO TE SALGA BIEN ANONIMO Expositor: CPA. ALEXANDER GEOVANNY HERRERA

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PROFESIONALES La realización de una práctica profesional representa una valiosa oportunidad para

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS, ESPE DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES Y PASANTÍAS

UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS, ESPE DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES Y PASANTÍAS UNIVERSIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS, ESPE DE LAS PRÁCTICAS PRE- PROFESIONALES Y PASANTÍAS BASE LEGAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO EXPEDIDO POR EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR (CES) Aprobado por el Pleno

Más detalles

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 28 del Reglamento General de la Institución, en concordancia con el artículo

Más detalles

REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE INTERNADO PROFESIONAL DE ENFERMERIA DISPOSICIONES GENERALES La presente normativa regirá para todos los estudiantes de la Carrera de Enfermería, de la Universidad Pedro de Valdivia, que se

Más detalles

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS. Lineamientos Generales

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS. Lineamientos Generales PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Lineamientos Generales El Programa Institucional de Tutorías (PIT) es uno de los programas prioritarios contenidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2001-2005, teniendo

Más detalles

PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIANTES

PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIANTES PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES PARA ESTUDIANTES Recopilación de Datos: Pasantes Coordinación Vinculación de la Sociedad FACSO Secretaria Coordinación Vinculación de la Sociedad FACSO Validación Secretaria

Más detalles

NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES

NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO EDUCATIVO NORMATIVO DE LA ESCUELA DE VACACIONES Aprobado por la Junta Directiva de la Facultad

Más detalles

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Lineamientos Generales El Programa Institucional de Tutorías (PIT) es uno de los programas prioritarios contenidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2001-2005, teniendo

Más detalles

Proceso de Selección de Docentes y Técnicos Docentes para realizar Funciones de Tutoría en Educación Básica

Proceso de Selección de Docentes y Técnicos Docentes para realizar Funciones de Tutoría en Educación Básica El Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3, fracciones III y IX, inciso b); 73, fracción XXV, de la Constitución Política de los Estados Unidos

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES E INGENIERÍA PROGRAMA DE INGENIERÍA QUÍMICA COMITÉ ACADÉMICO REGLAMENTO PASANTÍA CONTENIDO

FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES E INGENIERÍA PROGRAMA DE INGENIERÍA QUÍMICA COMITÉ ACADÉMICO REGLAMENTO PASANTÍA CONTENIDO FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES E INGENIERÍA PROGRAMA DE INGENIERÍA QUÍMICA COMITÉ ACADÉMICO REGLAMENTO PASANTÍA CONTENIDO Antecedentes... 2 Definición... 2 Objetivos... 2 Requisitos... 3 Procedimiento...

Más detalles