MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA
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- Germán Quintero Vera
- hace 5 años
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1 " Año de la Consolidación del Mar de Grau" ORDENANZA MUNICIPAL No A-MPR. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA Requena, 05 de febrero de ~, 1Mff n CEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE REQUENA: Sesión Ordinaria, de fecha 04 de Febrero de 2016, en atención al instructivo W EF/76.01, Resolución irectoral No EF/76.01, Oficio W GPPO-MPR, de la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Organización, Informe Legal W MPR-OAJ, previo análisis y debate del proyecto de Ordenanza Municipal, que aprueba el "Reglamento de Rendición de Cuentas en el Ámbito Jurisdiccional de la Municipalidad Provincial de Requena- Año Fiscal2015", y; e CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce a las Municipalidades como Órgano de Gobierno Local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en asuntos de su competencia, la autonomía municipal supone capacidad de auto desenvolvimiento en lo administrativo, político y económico de las Municipalidades, sean estas Provinciales y Distritales. Ciertamente, la garantía de la autonomía municipal no impide que el legislador nacional ~ ~ pueda regular su régimen jurídico, siempre que, al hacerlo, se respete su contenido esencial. En este contexto, respetar ~c..~ 1 contenido esencial de la Institución Constitucionalmente garantizada quiere decir no sujetar o condicionar la..,. ' ~ < pacidad de auto desenvolvimiento pleno de los gobiernos locales a relacionarse que se puedan presentar como.. "" 'S' justificadas o irrazonables; -: ~~~ Que, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 17 numeral17.1 y 17.2; 21 o de la Ley W Ley de Bases f"na de la Descentralización y 119 de la Ley W Ley Orgánica de Municipalidades; 1 o y 11 o de la Ley W Ley Marco de Presupuesto Participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la Programación participativa; así como del presupuesto total de la entidad que, de acuerdo al Instructivo W EF/76.01, la Rendición de Cuentas; como fase importante del proceso participativo, comprende la vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y resultados de la rendición de cuentas propiamente dicha en relación a la ejecución de las acciones priorizadas y al avance en el logro de los objetivos del Presupuesto Participativo; Que, estando al sustento de la petición por parte de la Gerencia de Planeamiento, presupuesto y organización, así como del informe legal favorable emitido por parte del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en los artículos 9o numeral 8; 20 numerales 4 y 5; 39 y 40 de la Ley W Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, EL REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA, CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2015, EL MISMO QUE CONSTA DE (04) TÍTULOS, DIECISÉIS (16) ARTÍCULOS (02) DISPOSISIONES COMPLEMENTARIAS, QUE COMO ANEXO FORMA PARTE INTEGRANTE, DE LA PRESENTE ORDENANZA MUNICIPAL. ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, A LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO Y ORGANIZACIÓN, DISPONGA LAS ACCIONES PERTINENTES POR ANTE LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES, PARA EL CUMPLIMIENTO o E LA PRESENTE ORDENANZA. Calle San Francisco N Teléfono municipalidadrequena@hotmail.com Requena - Loreto - Perú
2 " Año de la Consolidación del Mar de Grau" ARTÍC ULO TERCERO: ENCARGAR, a la Secretaria General, disponer la publicación en el Diario oficial de la Región, así como la publicación íntegra del anexo que contiene el reglamento en el portal web de la Municipalidad Provincial de Requena: ( Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Calle San Francisco N Teléfono municipalidadrequena@hotmail.com Requena Loreto Perú
3 CALLE: A FRA CISCO N" FAX REQ E A-LORETO-PERÚ "Año de la Consolidación del Mar de Grau" MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RE QUENA GERENCIA DE PLANEAMIENTO PRESUPUESTO Y ORGANIZACIÓN REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA Requena - Loreto - Perú
4 ALCALDÍA Calle: San Fra ncisco W / Telf: "Año de la Consolidación del Mar de Grau" REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA. TÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. La Rendición de Cuenta es un componente esencial del Proceso Participativo y representa una práctica que permite la transparencia en la Gestión de los Gobiernos Locales, mediante ella la autoridad municipal vigoriza la legitimidad que se genera en la elección democrática mientras que la ciudadanía ejerce su derecho de participar en la vigilancia y fiscalización de los recursos públicos. Artículo 2. La Rendición de cuentas tiene como propósito fortalecer el vinculo de representación que existe entre la autoridad y la población, de manera que posibilita una información directa, oportuna y verás respecto a los recursos con los que cuenta la Municipalidad Provincial de Requena, las gestiones realizadas, así como los logros y dificultades del periodo. Artículo 3. La Municipalidad Provincial de Requena, realizará una (01) Rendición de Cuentas por año; considerado en el Primer Trimestre del siguiente año fiscal. Artículo 4. La aplicación del siguiente reglamente se sujeta a lo prescrito en las siguientes normas. BASE LEGAL: 1) Constitución Política del Perú. 2) Ley N de los Derechos Participación y Control Ciudadano (Art. 3 y 31 al36). 3) Ley N de Procedimiento Administrativo General (Art. 4 del Título Preliminar Sobre Principios de Procedimiento Administrativo 1.12.Principio de Participación, para Acceder a la Información que Administran. 4) Ley N Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado. 5) LEY N Ley de Bases de la Descentralización. 6) LEY N Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus Modificatorias. 7) LEY N Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 8) LEY N Ley Orgánica de Municipalidades. 9) LEY N Ley Marco del Presupuesto Participativo, LEY N Ley que Modifica a la ley N 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. 1 O) LEY Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 11) Ley N Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. 12) Instructivo N EF/ Instructivo del Presupuesto Participativo Basado en Resultado. REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA
5 ALCALDÍA Calle: San Francisco W Telf: TÍTULO 11 DE LA CONVOCATORIA A LA RENDICIÓN DE CUENTAS o 0 La Convocatoria a la Rendición de Cuentas será convocada por el Alcalde Provincial de Requena, a través de un Decreto de Alcaldía debidamente difundida por los medios y mecanismo que aseguren el conocimiento de la ciudadanía; así como la metodología de su desarrollo y modalidad de participación. En la Convocatoria se indicará expresamente por lo menos lo siguiente: a) Lugar, fecha y hora de la Rendición de Cuentas. b) Agenda de la Rendición de Cuentas. e) Lugar y plazos para la Inscripción de los agentes participantes. Artículo 6. Entre la fecha de la convocatoria y la fecha de realización de la rendición de cuentas deberá transcurrir, como mínimo, treinta (30) días calendarios, periodo en que se pondrá a disposición de la ciudadanía en general, las inscripciones de los participantes se realizará en la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Organización, de la Municipalidad Provincial de Requena, en horas de oficina de 7.30 : A.M. a: 3.15 P.M, a partir del 18 de Febrero al 18 de marzo del año fiscal2016, la rendición de cuentas se realizará a partir de las 8.30 de la mañana del día viernes 18 de marzo del 2016, en el salón Auditorio de la Municipalidad Provincial de Requena, sito en la calle San Francisco de Asís W , donde se expondrá el resumen del ejercicio fiscal TÍTULO 111 DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS. Artículo 7. La participación en la Rendición de Cuentas es libre y democrática, pueden acudir a ella todos los ciudadanos residentes en la jurisdicción de la Provincia de Requena, los mismos que deberán identificarse con sus documentos de identidad. Artículo 8. Los ciudadanos que deseen hacer uso de la palabra durante la rendición de cuentas deberán estar debidamente inscritos en el lugar señalado en la convocatoria, en horas de oficina, el periodo de inscripción se inicia junto a la convocatoria y concluye el mismo día de la realización de la rendición de cuentas. Artículo 9. Las intervenciones de las personas debidamente inscritas tendrá una duración máxima de tres (03) minutos en caso de que existiese duda por parte del participante, se concederá segunda intervención. REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA
6 ALCALDÍA Calle: San Francisco N / Telf: TÍTULO IV DEL DESARROLLO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo 10. El ingreso al recinto previsto para el desarrollo de la rendición de cuentas se hará erificación del documento de identidad del ciudadano participante. Artículo 11. La Rendición de cuentas se regirá bajo el principio de respeto mutuo, prohibiéndose cualquier tipo de publicidad, arenga o adjetivo a favor o en contra de los participantes, en especial de quien se encuentra haciendo uso de la palabra; así como queda prohibido el ingreso de banderolas, pancartas y personas en estado etílico. Artículo 12. La persona o las personas que no se ciñan a las reglas del principio de respeto serán desalojados del local donde se esté desarrollando el evento. Artículo 13. La Rendición de Cuentas se dará por inicio con una exposición a cargo del señor Alcalde sobre el estado de gestión de la Municipalidad Provincial de Requena, correspondiente al año fiscal Artículo 14. En el Informe de rendición de Cuentas se deberá mencionar los siguientes: 1. Las Disposiciones Municipales más relevantes en el periodo, tales como Ordenanza Municipal, Convenios, Acuerdos, Decretos, Resoluciones, otros. 2. La Información de Ingresos y Egresos del periodo materia de la rendición, que incluye además el estado de las actividades y los proyectos de inversión resultante de procesos participativos Las adquisiciones de bienes y servicios, así como del gasto de Dietas de los miembros del Concejo Municipal, pensiones, Remuneraciones de los trabajadores en general, CAS y Locación de Servicio. Artículo 15. Concluida la exposición del Acalde Provincial de Requena, se procederá a la formulación de preguntas, por parte de los Agentes Participantes que lo requieran, este podrá ser respondido por el funcionario responsable del área. Artículo 16. Finalizada la absolución de preguntas y consultas, se dará por concluida la rendición de cuentas con la intervención final del Alcalde Provincial de Requena, quien dará por concluido el evento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Gerencia de Planeamiento Presupuesto y Organización, de la Municipalidad Provincial de Requena, tendrá a su cargo la coordinación para la realización de la Rendición de Cuentas. Segunda. Para garantizar la transparencia, veracidad e imparcialidad de la Rendición de Cuentas, la Municipalidad Provincial de Requena, solicitará a la concurrencia por lo menos un representante de la Defensoría del Pueblo y de la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza. REGLAMENTO PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE REQUENA
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