Muy comedidamente, tengo a bien formular las siguientes observaciones meramente de carácter formal, a saber:
|
|
- José Carlos Ávila Carmona
- hace 5 años
- Vistas:
Transcripción
1 Pclnd G.G. # Panamá, 22 de mayo de 2018 Licenciado Osear J. Rawlins Rodríguez Director de Normativa y Asuntos Internacionales Superintendencia del Mercado de Valores E. S. D. Ref.: Comentarios al Proyecto de Acuerdo Por medio del cual se emiten ciertas disposiciones de Gobierno Corporativo que deben seguir las entidades con Licencia de Casa de Valores y de Administrador de Inversiones, al igual que las Administradoras de Inversión de Fondos de Cesantía y las Organizaciones Autorreguladas. Estimado Licenciado: Por este medio, acudo ante Usted con mi habitual respeto, actuando en mi condición de Representante Legal de Banco de Bogotá (Panamá), S.A., sujeto regulado por la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante SMV) y que cuenta con Licencia para operar como Casa de Valores según la Resolución CNV de 30 de agosto de 2007; con el propósito de plantear los comentarios de esta entidad con relación al Proyecto de Acuerdo indicado en la referencia de esta comunicación y que contempla adoptar la SMV en su calidad de regulador. Producto del análisis del prospecto de Acuerdo en mención, procedo a presentar los siguientes razonamientos a modo de observaciones con relación a este, en nombre y representación de Banco de Bogotá (Panamá), S.A., para su consecuente acogimiento por la SMV; lo cual desarrollo de la siguiente manera: 1. Observaciones de fonna: Muy comedidamente, tengo a bien formular las siguientes observaciones meramente de carácter formal, a saber: 1. En el artículo 3 (Buenas Prácticas Comerciales) del proyecto, sugiero se ajuste el inicio de la redacción, donde indica que "Buenas Prácticas comerciales es el conjunto de reglas y políticas de Buen Gobierno Corporativo... " por la frase "Buenas Prácticas comerciales son el conjunto de reglas y políticas de Buen Gobierno Corporativo... " Lo anterior, dado que el concepto de Buenas Prácticas Comerciales atañe a un "conjunto de reglas y políticas" se refiere a ellas en plural. 2. En el literal b) (Alta Gerencia) del artículo 5 (Definiciones) del proyecto, específicamente en la parte siguiente: "se refiere a la máxima autoridad ejecutiva, entiéndase, sin limitar, el ejecutivo principal, ejecutivo principal administrador de inversiones,... "; es recomendable modificar lo redactado para que quede así: "se refiere a la máxima autoridad ejecutiva, entiéndase, pero sin limitar, el ejecutivo principal, ejecutivo principal de administrador de inversiones,... "' 1 Sin perjuicio de las observaciones de fondo que más adelante hacemos. APDO PANAMA TELEFONO: FAX: /47/48
2 3. En el artículo 16 (Política de Selección, Retribución, Calificación y Capacitación) del proyecto, solicitamos se reformule la frase contenida en el primer párrafo del mismo y que a todo esto señala: "deberá establecer políticas con respecto a la selección, capacitación y retribución de todos sus colaboradores,... " por la redacción "deberá establecer políticas con respecto a la selección, capacitación y retribución de todos sus trabajadores,... " Esta sugerencia se hace bajo el entendimiento que la normativa propuesta busca que las Entidades con Licencia fijen estándares para la selección, capacitación y retribución de aquellas personas que brindan sus servicios en condiciones de subordinación jurídica y dependencia económica. Así mismo, el término colaborador, viene a ser bastante impreciso dado que no es propio de las relaciones obrero-patronales a las cuales hace referencia el término trabajador, según así se define en nuestra legislación laboral. 11. Observaciones de fondo a varios artículos del proyecto de Acuerdo: A. Sobre el primer párrafo del artículo 4 (Adopción de las Reglas y Principios de Buen Gobierno Corporativo) del borrador de Acuerdo que a continuación se trascribe: "Las políticas, reglas y principios de buen gobierno Corporativo deberán evidenciarse a través de los procedimientos, manuales y políticas adoptadas por la entidad, de conformidad con los siguientes elementos a evaluar: estructura corporativa, pertenencia a grupos económicos, operaciones desarrolladas, actividades permitidas de conformidad con su licencia, estructura de personal, herramientas tecnológicas, canales de distribución de los productos y servicios, entre otros. Las entidades reguladas y supervisadas deberán contar con Manuales de Buen Gobierno Corporativo, el cual deberá estar a disposición de la Superintendencia. En el caso de entidades que ostenten más de una licencia bajo una misma razón social, o que sean subsidiarias o afiliadas a un grupo económico o bancario local o extranjero, las juntas Directivas, así como sus comités auxiliares, deberán documentar y distinguir entre los temas que guarden relación específica con las actividades y operaciones del mercado de valores." Consideramos importante tomar en consideración el hecho que la legislación vigente, permite que una misma persona jurídica sea titular de más de una licencia. Y es que, en la plaza una misma sociedad puede ostentar una Licencia Bancaria y a la vez, una Licencia Casa de Valores. Por ello es que proponemos que en el proyecto se tome en consideración esta situación y se permita a los regulados que se encuentra en la misma, poder homologar prácticas de Gobierno Corporativo, siempre y cuando no contradigan el espíritu y carácter de la norma, permitiendo a la Superintendencia del Mercado de Valores una supervisión efectiva. La redacción que proponemos es: "Las políticas, reglas y principios de buen gobierno Corporativo deberán evidenciarse a través de los procedimientos, manuales y políticas adoptadas por la entidad, de conformidad con los siguientes elementos a evaluar: estructura corporativa, pertenencia a grupos económicos, operaciones desarrolladas, actividades permitidas de conformidad con su licencia, estructura de personal, herramientas tecnológicas, canales de distribución de los productos y servicios, entre otros. Las entidades reguladas y supervisadas deberán contar con Manuales de Buen Gobierno Corporativo, el cual deberá estar a disposición de la Superintendencia. En APDO PANAMA TELEFONO: FAX: /47 /48
3 el caso de entidades que ostenten más de una licencia bajo una misma razón social, o que sean subsidiarias o afiliadas a un grupo económico o bancario local o extranjero, las Juntas Directivas, así como sus comités auxiliares, deberán documentar y distinguir entre los temas que guarden relación específica con las actividades y operaciones del mercado de valores. Para tal fin, las entidades que se encuentren en esta situación, podrán evidenciar en lo que sea pertinente, mediante una declaración jurada suscrita por el presidente de su Junta Directiva en conjunto con un miembro de la Alta Gerencia, que esta tiene las estructuras, organización y controles para garantizar un gobierno corporativo." B. Sobre el literal b) del articulo 5 (Definiciones) del borrador de Acuerdo que textualmente indica: "Para los propósitos del presente acuerdo, los siguientes términos se entenderán así: b) Alta Gerencia: se refiere a la máxima autoridad ejecutiva, entiéndase, sin limitar el ejecutivo principal, ejecutivo principal administrador de inversiones, oficial de cumplijtüento, gerente administrativo, gerente de operaciones, y demás ejecutivos claves." En adición al comentario de forma que hicimos en la sección anterior de este escrito y con el ánimo de que la norma refleje de la manera más abarcadora posible la estructura organizacional de las Entidades con Licencia, solicitamos se incluya dentro del ámbito de este literal la figura del Gerente General, así como del segundo ejecutivo de más alto rango (llámese subgerente general o cualquier otra denominación), para que entonces, la excerta quede así: "Para los propósitos del presente acuerdo, los siguientes términos se entenderán así: b) Alta Gerencia: se refiere a la máxima autoridad ejecutiva, entiéndase, pero sin limitar, el gerente general, el segundo ejecutivo de más alto rango (llámese subgerente general o cualquier otra denominación), el ejecutivo principal, ejecutivo principal de administrador de inversiones, oficial de cumplimiento, gerente administrativo, gerente de operaciones, y demás ejecutivos claves." C. Sobre el literal d) del artículo 6 (Exigencias básicas del Bueno Gobierno Corporativo) del borrador de Acuerdo que textualmente dispone: "Las entidades reguladas y supervisadas, aj momento de implementar políticas, procedimientos y manuales de Buen Gobierno Corporativo, deberán incorporar lo siguiente, sin limitar:... d) Crear e implementar efectivamente programas de evaluaciones y autoevaluaciones de desempeño de la Junta Directiva y la Alta Gerencia, en relación a su gestión al frente de la entidad. Estas evaluaciones o autoevaluaciones pueden ser realizadas cada dos (2) años por un auditor interno, auditores independientes, o por un tercero con conocimiento sobre Gobierno Corporativo." APDO PANAMA TELEFONO: FAX:
4 Si bien es cierto que estamos de acuerdo en que se fije como requisito m1mmo del Buen Gobierno Corporativo de las Entidades con Licencia que se implementen programas de evaluación y jo autoevaluación de desempeño de la Junta Directiva en materia de Gobierno Corporativo, creemos que debe hacerse una distinción aparte para la evaluación de la Alta Gerencia, en el sentido de incluir la posibilidad de que la evaluación de su gestión también pueda hacerla la Junta Directiva y no solamente terceros o los auditores internos o externos. Es importante destacar que el foro natural donde la Alta Gerencia rinde cuentas de su gestión lo es precisamente la Junta Directiva, la cual en el ámbito societario viene a ser el máximo ente administrativo, subordinado únicamente a la Asamblea de Accionistas. Por ello, proponemos que el literal d) antes mencionado, quede de la siguiente forma: "Las entidades reguladas y supervisadas, al momento de implementar políticas, procedimientos y manuales de Buen Gobierno Corporativo, deberán incorporar lo siguiente, sin limitar: d) Crear e implementar efectivamente programas de evaluaciones y autoevaluaciones de desempeño de la Junta Directiva y la Alta Gerencia, en relación a su gestión al frente de la entidad. Estas evaluaciones o autoevaluaciones pueden ser realizadas cada tres (3) años por un auditor interno, auditores independientes, o por un tercero con conocimiento sobre Gobierno Corporativo. En el caso de las evaluaciones de la Alta Gerencia, estas podrán ser llevadas a cabo no solo por el auditor inte no, los auditores independientes o por un tercero con conocimiento sobre Gobierno Corporativo, sino también por la Junta Directiva o por quien esta delegue." En este punto y con miras a homologar el proyecto con otras regulaciones ya existentes en materia de Gobierno Corporativo, sugerimos que la evaluación de desempeño de la Junta Directiva sea cada tres (3). De esta forma, la Junta Directiva podría autoevaluarse, por ejemplo, a través de un Comité de 2 o 3 directores nombrados por la misma Junta y la del Gerente se podría delegar en un Director. D. Sobre los numerales 2 y 3 del artículo 11 (Comité de Auditoría) del proyecto de Acuerdo que señala: "Las Juntas Directivas de las entidades deberán constituir un Comité de Auditoría, el cual será responsable de velar por el cumplimiento de las funciones señaladas en la Ley del Mercado de Valores y demás acuerdos reglamentarios. Dicho Comité de Auditoría tendrá la responsabilidad de la ejecución, evaluación y efectividad del Sistema de Control Interno de la entidad. El Comité de Auditoría deberá contar con las siguientes características: Deberá estar conformado mínimo por t1 es (3) miembros, que podrán ser: un miembro de la administración, que no podrá ser el Ejecutivo Principal; un miembro de la Junta Directiva con conocimiento de esta materia y que no esté involucrado en la gestión administrativa y operativa de la entidad; y un miembro adicional designado por la misma entidad regulada y supervisada que cuente con conocimientos de auditoría. 3. Deberá reunirse, al menos, con una periodicidad trimestral, salvo que la Junta Directiva determine una periodicidad menor. También podrá sesionar a través de reuniones extraordinarias por solicitud de la Junta Directiva... " APDO PANAMA TELEFONO: FAX: /47 /48
5 11 Como podrá apreciarse, he hecho hincapié en la frase "tendrá la responsabilidad de la ejecución, evaluación y efectividad del Sistema de Control Interno de la entidad", toda vez que nos parece contradictorio reunir en una misma instancia la figura del ejecutor y del evaluador del Sistema de Control Interno, lo cual no permite que se produzca la debida segregación de funciones en esta importante materia. Así mismo, también resulta en contradicción el hecho que se vete la participación del Ejecutivo Principal en el comité, cuando el mismo literal i) del artículo 12 establece como función del mismo, que la revisión de los estados financieros (EEFF) interinos y auditados se hará en conjunto con el Ejecutivo Principal. También se considera que las sesiones extraordinarias que tenga este Comité, no solo deben poder hacerse por solicitud de la Junta Directiva; sino que también podrán llevarse a cabo por motu proprio, siempre y cuando así lo permita su reglamento interno. Atendiendo a lo anterior, la propuesta de redacción de esta entidad sería: "Las Juntas Directivas de las entidades deberán constituir un Comité de Auditoría, el cual será responsable de velar por el cumplimiento de las funciones señaladas en la Ley del Mercado de Valores y demás acuerdos reglamentarios. Dicho Comité de Auditoría tendrá la responsabilidad de la evaluación del Sistema de Control Interno de la entidad, velando por la efectividad del mismo. El Comité de Auditoría deberá contar con las siguientes características: Deberá estar conformado mínimo por tres (3) miembros, que podrán ser: un miembro de la administración (que podrá ser el Ejecutivo Principal); Deberá reunirse, al menos, con una periodicidad trimestral, salvo que la )unta Directiva determine una periodicidad menor. También podrá sesionar a través de reuniones extraordinarias por solicitud de la Junta Directiva o según lo determine su reglamento interno." Este comentario lo hacemos extensivo igualmente al artículo del proyecto de Acuerdo que dispone modificar 35 del Acuerdo de 19 de agosto de Así mismo se sugiere que el Acuerdo reconozca los Comités de Auditoría con los que ya cuentan las Entidades con Licencia, a efecto que estos sirvan también para la Casa de Valores, tratando en algún capítulo y de forma individual los temas de la Casa de Valores. E. Sobre el artículo 17 (Participación de las mujeres en Juntas Directivas) que indica: "Las entidades reguladas y supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores velarán por cumplir con lo establecido en la Ley 56 de 11 de julio de " Sobre este particular, consideramos prudente señalar que la exposición de motivos del proyecto de acuerdo analizado, señala que mediante la Ley 56 de 11 de julio de 2017 "Que establece la participación de las mujeres en las juntas directivas estatales", deja de manifiesto la política de Estado a fin de dar mayor acceso y participación activa a las mujeres en los entes privados del país; lo cual resulta contradictorio con la disposición del parágrafo 3 de esa \.i,.. ~/ APDO PANAMA TELEFONO : FAX: /47 /48
6 misma ley donde se señala que esta no afectará la composición actual de las juntas directivas que hayan sido designadas. Atendiendo a ello, consideramos que sería importante reformular tal redacción. No obstante mis comentarios precedentes, considero que en su conjunto, el proyecto propuesto comprende un excerta que refuerza adecuadamente la debida gestión del Gobierno Corporativo de las Entidades con Licencia. De mi consideración, ~ C.... J-~ /~ José Alberto Santana Martínez Gerente General y Representante Legal CSS: tgsc APDO PANAMA TELEFONO: FAX: /47 148
Nuevo Acuerdo de Buen Gobierno Corporativo en el Mercado de Valores. Oscar J. Rawlins. Director de Normativa y Asuntos Internacionales
Nuevo Acuerdo de Buen Gobierno Corporativo en el Mercado de Valores. Oscar J. Rawlins Director de Normativa y Asuntos Internacionales Las opiniones y puntos de vista vertidos en esta presentación son a
Más detallesBolsa de Valores de Panamá, S.A.
Bolsa de Valores de Panamá, S.A. 24 de mayo ele 20 18 BVP-C-058-018 Licenciado Osear Rawlins Director de Normativa Superintendencia del Mercado de Valores E. S. D. Estimado licenciado Rawlins: En atención
Más detallesAcuerdo No De de de 2018.
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Acuerdo No. -2018. De de de 2018. Por medio del cual.-,e emiten ciertas disposiciones de Gobierno Corporativo que deben seguir las entidades
Más detallesPanamá, 24 de mayo de 2018
Panamá, 24 de mayo de 2018 Mgter. OSCAR J. RAWLINS RODRÍGUEZ DIRECTOR DE NORMATIVA Y ASUNTOS INTERNACIONALES Superintendencia del Mercado de Valores Panamá, Rep. De Panamá Estimado Oscar Sean mis primeras
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO
BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTROL DE VERSIONES Aprobado por Fecha de Fecha de Acuerdo de: Aprobación Vigencia Notas de la versión Directorio 12.08.2016 17.08.2016 Deroga Reglamento del Comité de Buen Gobierno
Más detallesBanco de Bogotá Panamá
Panamá G.G. #052-2015 Panamá, 11 de septiembre de 2015 Licenciado Osear J. Rawlins Rodríguez Jefe de la Unidad de Normativa y Asuntos Internacionales Superintendencia del Mercado de Valores E. S. D. Respetado
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A
REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORÍA COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A Bogotá D.C. 2017 CONTENIDO I. Aspectos Generales 1.1 Objetivo del Comité de Auditoría 1.2 Normatividad Vigente para el Comité de Auditoría
Más detalles1. Políticas generales establecidas para la implementación del Sistema de Control Interno SCI.
Señores Asamblea General de Accionistas La Hipotecaria Compañía de Financiamiento S.A. Bogotá, D.C. El Sistema de Control Interno de La Hipotecaria Compañía de Financiamiento S.A. (en adelante La Hipotecaria
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ EJECUTIVO
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ EJECUTIVO I. OBJETIVO El objetivo del Comité Ejecutivo (en adelante, el Comité ) es asistir al Directorio de Cementos Pacasmayo S.A.A. (en adelante, el Directorio ) respecto
Más detallesFONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ DE AUDITORÍA
FOSOFAMILIA FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA MANUAL DE FUNCIONES DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Acuerdo 21 Sesión No.CD-242/20041 de fecha 02 de Diciembre de 2004 MODIFICACIÓN: Acuerdo 3, Sesión
Más detallesC I R C U L A R N 2.066
Montevideo, 17 de setiembre de 2010 C I R C U L A R N 2.066 Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO Y EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Modificaciones a la normativa de información
Más detallesInforme sobre el Código de Gobierno Societario
2014 Informe sobre el Código de Gobierno Societario El Código de Gobierno Societario define la estructura, composición y responsabilidad de los órganos de gobierno del Banco Ciudad y se refiere al desarrollo
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES OPINIÓN No _!j_-,poi~
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES OPINIÓN No _!j_-,poi~ De jj de,cmm ~ de 2015. Tema: Una persona natural tenedora de licencia legalmente requeridas podrá acogerse al Artículo
Más detallesREPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES. Opinión No (de 29 de junio de 2006)
1 REPUBLICA DE PANAMA COMISION NACIONAL DE VALORES Opinión No. 8-2006 (de 29 de junio de 2006) TEMA: Se ha solicitado a la Comisión Nacional de Valores su posición administrativa respecto la posibilidad
Más detallesCapítulo 1. Creación.
Página 1 de 5 REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO El Reglamento del Cumplimiento, está normado de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de Gobierno Corporativo, aprobado por el Consejo
Más detalles1. Los artículos 3 y 4 de la Ley N 8721, de 24 de abril de 2009, disponen:
Mauricio Ávila Valverde Intendente de Pensiones SP-A-164-2012 ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL TRASLADO DE RECURSOS PERTENECIENTES AL FONDO ESPECIAL DE PENSIONES DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO DEL
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTA S.A. La Junta Directiva es el máximo órgano administrativo de la sociedad,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Gobierno Corporativo El Comité de Gobierno Corporativo de la Junta Directiva
Más detallesMercado Bursátil, Transparencia y Tendencias de la Regulación Bursátil
Mercado Bursátil, Transparencia y Tendencias de la Regulación Bursátil Lic. José Ramón García de Paredes Secretario de la Junta Directiva Foro Superintendencia del Mercado de Valores, Universidad Santa
Más detallesReglamento Comité de Auditoría y Riesgos
Reglamento Comité de 1 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE GEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de El Comité de de la Junta Directiva (en adelante el
Más detallesReglamento del Comité de Auditoría. Banco Mare Nostrum, S.A.
Reglamento del Comité de Auditoría Banco Mare Nostrum, S.A. 27 de enero de 2015 INDICE Artículo 1. Composición...3 Artículo 2. Funciones...3 Artículo 3. Regimen de Fucionamiento...7 2 REGLAMENTO DEL COMITÉ
Más detallesCronología normativa, avances, retos en materia de Gobierno Corporativo: Mercado Financiero Panamá
Cronología normativa, avances, retos en materia de Gobierno Corporativo: Mercado Financiero Panamá ROSAURA GONZÁLEZ MARCOS Directora del Instituto de Gobierno Corporativo Panamá. Jornada de presentación
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE GOBIERNO CORPORATIVO DE BANCO PRODEM S.A.
REGLAMENTO INTERNO DE GOBIERNO CORPORATIVO DE BANCO PRODEM S.A. 1 GLOSARIO DE TÉRMINOS A los fines de la interpretación y aplicación de este manual, se definen los siguientes términos: 1. Accionista: es
Más detallesINDICADORES DE GOBIERNO CORPORATIVO
A INFORMACION DE ACCIONISTAS INDICADORES DE GOBIERNO CORPORATIVO A.1 CONFORMACIÓN DE CAPITAL A.1.1 Informe sobre la composición del capital de la entidad, distribución del capital o de las aportaciones.
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA, RIESGOS Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA, RIESGOS Y DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO CONTENIDO Objetivos Conformación del Comité y Periodicidad de Reuniones Responsabilidades y Funciones Funciones relacionadas con
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES. Acuerdo (De 03 de febrero de 2016)
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Acuerdo 2-2016 (De 03 de febrero de 2016) "Que modifica los artículos 5, 6,14,18 del Acuerdo 5-2014 de 01 de octubre de 2014 sobre los Corredores
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE COMPENSACIÓN Y BENEFICIOS ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. CONTENIDO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE COMPENSACIÓN Y BENEFICIOS ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. CONTENIDO 1. Objetivos 2. Conformación del Comité 3. Periodicidad de las reuniones 4. Responsabilidades y funciones 5. Miembros
Más detallesD I R E C T O R I O R.N :D DIRECTORIO - RESOLUCIÓN. Montevideo, 24 de febrero de 2016.
D I R E C T O R I O Montevideo, 24 de febrero de 2016. VISTO: la propuesta del Comité Ejecutivo de Dirección de modificar la resolución D/121/2011 de 12 de abril de 2011. RESULTANDO: que el referido Comité
Más detallesReglamento del Comité de Auditoria:
Reglamento del Comité de Auditoria: El Comité de Auditoria se estableció de acuerdo a los lineamientos de la junta directiva, y dependiente de este órgano social, con el fin de realizar evaluación, seguimiento
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORIA CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORIA CORREDORES DAVIVIENDA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA 1. OBJETO El presente reglamento tiene por objeto regular la integración, funciones, operación y actividades
Más detallesACUERDO DE SUPERINTENDENTE SGS-DES-A
Tomás Soley Pérez Superintendente de Seguros ACUERDO DE SUPERINTENDENTE SGS-DES-A-024-2013 REVELACIÓN DE INFORMACIÓN DE REPRESENTANTES LEGALES, PUESTOS DIRECTIVOS Y EJECUTIVOS POR PARTE DE LAS SOCIEDADES
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO El Reglamento del Comité de Cumplimiento, está normado de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento de Gobierno Corporativo, aprobado por el Consejo
Más detallesCOMUNICACION INTERNA N
Santiago, 25 de enero de 2016 REF.: Requisitos que deben cumplir las entidades o personas para ser incorporadas en la Nómina establecida en el Anexo de la Norma de Carácter General N 385 de la Superintendencia
Más detallesRepública de Panamá Superintendencia de Bancos
República de Panamá Superintendencia de Bancos ACUERDO No. 005-2011 (de 20 de septiembre de 2011) Por medio del cual se dicta un nuevo Acuerdo que actualiza las disposiciones sobre Gobierno Corporativo
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA I. Aspectos Generales Art. 1. Definición del Comité de Auditoria. Es el órgano de apoyo a la gestión que realiza la Junta Directiva respecto de la supervisión e implementación
Más detallesPolítica de Negociación de Acciones
Gobierno Corporativo Política de Versión 2. Fecha de aprobación por Junta Directiva 23 de febrero de 2017 Acta No. 1571 1 OBJETO La Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P., en adelante la Empresa o EEB,
Más detallesPOLÍTICA DE NEGOCIACIÓN DE ACCIONES
POLÍTICA DE NEGOCIACIÓN DE ACCIONES OBJETO La Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P., en adelante la Empresa o EEB, está comprometida con altos estándares de gobierno corporativo y de transparencia,
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORIA OLD MUTUAL SEGUROS DE VIDA S.A.
REGLAMENTO COMITÉ DE AUDITORIA OLD MUTUAL SEGUROS DE VIDA S.A. APROBADO POR JUNTA DIRECTIVA Mayo 2016 HISTORIA DE VERSIONES VERSIÓN FECHA DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO ELABORADO POR 1.0 Agosto 2009 Primera Versión
Más detallesDJ de mayo del 2005
DJ-17-2005 13 de mayo del 2005 Señor Norman Orozco, Director Departamento Financiero División de Fondos de Capitalización Individual Superintendencia de Pensiones Estimado señor: En atención a la consulta
Más detallesÍNDICE INFORME DEL DIRECTORIO DEL BANCO COOPNACIONAL S.A., A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO...4-5
ÍNDICE INFORME DEL DIRECTORIO DEL, A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO...4-5 INFORME DEL COMITÉ DE RETRIBUCIONES...6-7 INFORME DEL COMITÉ DE ÉTICA...8-9 3 INFORME DEL DIRECTORIO
Más detallesCOOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA JURISCOOP ACUERDO (Octubre 6 de 2017)
1 COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA JURISCOOP ACUERDO (Octubre 6 de 2017) REGLAMENTO DE RIESGOS GLOBALES COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA - JURISCOOP El Consejo de Administración
Más detallesArtículo 6º.- Plazo límite para la aprobación de la información financiera anual
NORMAS SOBRE PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS Y MEMORIA ANUAL POR PARTE DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Artículo 1º.-Aplicación de NIIF por
Más detallesReglamento Comité de Auditoría y Riesgos
Reglamento Comité de Aprobado por: Comité de 1 REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE GEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de El Comité de de la Junta Directiva
Más detallesGUÍA PARA AUDITORÍA EXTERNA GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP
GUÍA PARA AUDITORÍA EXTERNA GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Índice 1. Razones para su emisión 2. Principales características 3. Introducción 4. Consideraciones claves 5. Elementos básicos
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y RIESGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Auditoría y Riesgos El Comité de Auditoría y Riesgos de la Junta Directiva
Más detallesCANACOL ENERGY LTD. TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL COMITÉ DE RESERVAS SEPTIEMBRE 24 DE 2012
I. Constitución y propósito CANACOL ENERGY LTD. TÉRMINOS DE REFERENCIA DEL COMITÉ DE RESERVAS SEPTIEMBRE 24 DE 2012 El Comité de Reservas (el Comité ) será establecido por resolución de la Junta Directiva
Más detallesBogotá D.C., 7 de Diciembre de 2012 No. 062
BOLETÍN NORMATIVO Bogotá D.C., 7 de Diciembre de 2012 No. 062 De conformidad con lo previsto en los artículos 1.1.4.2 y 1.1.4.3 del Reglamento General de la Bolsa de Valores de Colombia S.A., debidamente
Más detallesElaborar y documentar el Plan de trabajo anual que la Unidad de Auditoría Interna desarrollará durante un período fiscal.
1. OBJETIVO Elaborar y documentar el Plan de trabajo anual que la Unidad de Auditoría Interna desarrollará durante un período fiscal. 2. ALCANCE Este proceso incluye la recopilación de información necesaria
Más detallesTERCERAS JORNADAS DE REGULACION Y SUPERVISION DE MERCADOS CENTROAMERICANOS DE VALORES
TERCERAS JORNADAS DE REGULACION Y SUPERVISION DE MERCADOS CENTROAMERICANOS DE VALORES Tema: La Regulación de los Oficiales de Cumplimiento Gobierno Corporativo Preparado por: Manuel E. Castillo L. CONTENIDO
Más detallesINFORME ANUAL DEL COMITÉ DE AUDITORÍA
INFORME ANUAL DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 07 de febrero de 2008 A los Sres. Directores y Accionistas del Banco Hipotecario S.A. Reconquista 151, 5º piso Ciudad Autónoma de
Más detallesINFORME DE AUTOEVALUACIÓN JUNTA DIRECTIVA. Gestión 2016
INFORME DE AUTOEVALUACIÓN JUNTA DIRECTIVA Gestión 2016 La Junta Directiva de Grupo SURA, basada en los preceptos del Código País expedido por la Superintendencia Financiera y en las normas internas, como
Más detallesCAIXA RURAL LA VALL SAN ISIDRO
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y REMUNERACIONES CAIXA RURAL LA VALL SAN ISIDRO Página 1 de 5 ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. COMPOSICIÓN... 3 3. FUNCIONES EN MATERIA DE NOMBRAMIENTOS... 3 4. FUNCIONES
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS JUNTA DIRECTIVA. ACUERDO No. (DE 2016)
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS JUNTA DIRECTIVA ACUERDO No. (DE 2016) POR EL CUAL SE FIJAN LOS CRITERIOS Y PARÁMETROS MÍNIMOS QUE DEBEN ADOPTAR LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL SECTOR
Más detallesINFORME DE ACTUACIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EN EL EJERCICIO 2.005
INFORME DE ACTUACIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORÍA EN EL EJERCICIO 2.005 I.- Introducción Este informe sobre las funciones y actividades del Comité de Auditoría de Corporación Financiera Alba, S.A., se elabora
Más detallesPJD de mayo del Señor MSc. Javier Cascante Elizondo Superintendente de Pensiones. Estimado señor:
006-2006 31 de mayo del 2006 Señor MSc. Javier Cascante Elizondo Superintendente de Pensiones Estimado señor: En atención a la consulta de la Federación de Cooperativas Institucionales de Ahorro y Crédito
Más detallesSUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA. Anexo 1 ENCUESTA CÓDIGO PAÍS. CÓDIGO DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS - COLOMBIA
Anexo 1 ENCUESTA CÓDIGO PAÍS. CÓDIGO DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS - COLOMBIA Nombre del emisor: BANCO PROCREDIT COLOMBIA S.A. NIT del Emisor: 900200960-9 Nombre del Representante Legal: MANUEL SALVADOR
Más detallesMANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO
CERÁMICAS CORDILLERA S.A. Inscripción Registro de Valores No. 0377 MANUAL DE MANEJO DE INFORMACIÓN DE INTERÉS PARA EL MERCADO Introducción El presente Manual de Manejo de Información de Interés para el
Más detallesACUERDO No (de 4 de febrero de 2010) Por medio del cual se dictan disposiciones sobre Calificación de Bancos LA JUNTA DIRECTIVA
ACUERDO No. 002-2010 1 (de 4 de febrero de 2010) Por medio del cual se dictan disposiciones sobre Calificación de Bancos LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que a raíz de
Más detallesALIANZA POSITIVA. RESOLUCIÓN No. 09
ALIANZA POSITIVA RESOLUCIÓN No. 09 Por medio de la cual se expide el REGLAMENTO DEL COMITÉ FINANCIERO Y DE AHORRO Y CRÉDITO de la Asociación Mutual de Trabajadores del Grupo Empresarial EPM, ALIANZA POSITIVA.
Más detallesREGLAMENTO DE LA COMISION DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CIE AUTOMOTIVE, S.A.
REGLAMENTO DE LA COMISION DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE CIE AUTOMOTIVE, S.A. - 45 - ÍNDICE CAPÍTULO I... 33 NATURALEZA.... 33 ARTÍCULO 1º.- NATURALEZA.... 33 CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ S.A.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE AUDITORÍA DEL BANCO DE BOGOTÁ S.A. La Junta Directiva es el máximo órgano administrativo de la sociedad, cuya función principal consiste en determinar las políticas de
Más detalles52. Servir de órgano consultivo del Presidente y, en general, ejercer las demás funciones que se le confieren en los Estatutos.
50. Supervisar la eficiencia de las prácticas de Gobierno Corporativo implementadas y el nivel de cumplimiento de las normas éticas y de conducta adoptadas por la Sociedad. 51. Velar porque el proceso
Más detallesEl Consejo de Administración de la Cooperativa del Sistema Nacional de Justicia, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO
COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA JURISCOOP ACUERDO 10-00177 (Diciembre 20 de 2010) REGLAMENTO DE RIESGOS GLOBALES Y DE CONGLOMERADO COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA - JURISCOOP
Más detallesPBS 5 IDONEIDAD DEL PERSONAL
PBS 5 IDONEIDAD DEL PERSONAL Noviembre 2016 PBS 5 Idoneidad del Personal El Supervisor establece que: Miembros del Consejo de Administración Alta gerencia Personas claves que desempeñan funciones de control
Más detallesGOBIERNO SOCIETARIO DESAFÍOS PARA LA REGION Y LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
GOBIERNO SOCIETARIO DESAFÍOS PARA LA REGION Y LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 12 DE SEPTIEMBRE DE 2011 COMUNICACIÓN A 5201 09/05/2011 Lineamientos para el gobierno societario en entidades financieras
Más detallesCOMITÉ DE RIESGOS REGLAMENTO INTERNO
El presente reglamento se establece con el fin de precisar las responsabilidades, normas internas y actividades del Comité de Riesgos del BANCO FALABELLA S.A. (en adelante el Banco) en cumplimiento de
Más detallesPOLÍTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO DE BANCO PRODEM S.A.
POLÍTICAS DE GOBIERNO CORPORATIVO DE BANCO PRODEM S.A. 1 GLOSARIO DE TÉRMINOS A los fines de la interpretación y aplicación de este manual, se definen los siguientes términos: 1. Accionista: es aquella
Más detallesReglamento Interno Comité de Buen Gobierno. BBVA Colombia
Reglamento Interno Comité de Buen Gobierno BBVA Colombia REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE BUEN GOBIERNO BBVA COLOMBIA 1. NATURALEZA... 3 2. OBJETO... 3 3. COMPOSICIÓN... 3 4. FUNCIONES... 4 5. COLABORACION
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE BANCÓLDEX
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE BANCÓLDEX La Junta Directiva del Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. Bancóldex, cuya conformación se rige por lo establecido en el numeral
Más detallesREGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA DE BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A.
REGLAMENTO DEL COMITÉ DE AUDITORIA DE BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL, S.A. 27 de abril de 2016 I Naturaleza Jurídica y Objeto Artículo 1. Naturaleza jurídica y normativa aplicable 1) El Comité de Auditoría
Más detallesINFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO BANCO GENERAL RUMIÑAHUI
INFORME DE GOBIERNO CORPORATIVO BANCO GENERAL RUMIÑAHUI AÑO 2017 El Gobierno Corporativo es un concepto que va más allá de una teoría económica o gerencial: es un concepto que llega a configurarse como
Más detallesEl documento está disponible a partir de hoy en nuestra página web: Atentamente. Sociedad Calificadora de Riesgo Centroamericana S.
SCR-101002017 23 de marzo del 2017 Licenciado Carlos Arias Poveda, Superintendente Superintendencia General de Valores Estimado señor: De conformidad con lo estipulado en el Reglamento sobre el Suministro
Más detalles3. Texto íntegro de la modificación propuesta. Propuesta de acuerdo
INFORME DE LOS ADMINISTRADORES DE EBRO FOODS, S.A. A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, CONVOCADA PARA EL DÍA 31 DE MAYO DE 2017, EN PRIMERA CONVOCATORIA Y PARA EL DÍA SIGUIENTE, 1 DE JUNIO DE 2017, EN SEGUNDA,
Más detallesMEMORIA DE ACTIVIDADES COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES MELIA HOTELS INTERNATIONAL, S.A. Ejercicio 2017
MEMORIA DE ACTIVIDADES COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES MELIA HOTELS INTERNATIONAL, S.A. Ejercicio 2017 1 Contenido I.- REGULACIÓN... 2 II.- COMPOSICIÓN Y NÚMERO DE REUNIONES... 2 III.- PRINCIPALES
Más detallesÍNDICE INFORME DEL DIRECTORIO DEL BANCO COOPNACIONAL S.A., A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO...4-5
ÍNDICE INFORME DEL DIRECTORIO DEL, A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, SOBRE GOBIERNO CORPORATIVO...4-5 INFORME DEL COMITÉ DE RETRIBUCIONES...6-7 INFORME DEL COMITÉ DE ÉTICA...8 3 INFORME DEL DIRECTORIO
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Acuerdo XX-2015 (de XX de XXXXXXXX de 2015) Que reforma disposiciones del Acuerdo 4-2011 de 27 de junio de 2011, relativas a las Declaraciones
Más detallesREVISIÓN DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE LA AUDITORÍA INTERNA
REVISIÓN DE ASEGURAMIENTO DE CALIDAD DE LA ACTIVIDAD DE LA AUDITORÍA INTERNA PREGUNTAS GENERALIDADES. 1. Cuál es el propósito de contar con un Programa de Aseguramiento de Calidad? Suministrar seguridad
Más detallesPOLÍTICAS GENERALES. 1.- Política General de Selección de Consejeros de Acerinox, S.A.
POLÍTICAS GENERALES 1.- Política General de Selección de Consejeros de Acerinox, S.A. POLÍTICA GENERAL DE SELECCIÓN DE CONSEJEROS DE ACERINOX, S.A. El Consejo de Administración de ACERINOX, S.A. ( Acerinox
Más detallesCAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO
CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO Artículo 17.1: Comisión Administradora 1. Las Partes establecen la Comisión, integrada por los funcionarios de cada Parte a nivel ministerial a que se refiere el
Más detallesCONSEJO NACIONAL DE RECTORES. Informe de Auditoría Interna. Estado de la Nación INF-018 ( )
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES Informe de Auditoría Interna Estado de la Nación Valoración del Ambiente de Control del Programa Estado de la Nación. INF-018 (11-2008) Noviembre 2008 CONTENIDO 1. INTRODUCCION...
Más detallesRecomendamos: 4.- Debe decir: Administradoras de Inversión de Fondos de Pensiones, ya que el que administra pensión, no administra inversión.
VERSION CONSULTA PUBLICA 7.09.2016. PROYECTO DE ACUERDO DE LA DEBIDA IDENTIFICACION Y EVALUACION DE LOS RIESGOS POR PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS FINANCIEROS DE LA SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Más detallesANEXO NO. 6 REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CAPÍTULO I DE LA GESTIÓN DE RIESGOS EN EL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
ANEXO NO. 6 REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS CAPÍTULO I DE LA GESTIÓN DE RIESGOS EN EL BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA Artículo 1 - Estructura organizacional.- Para la gestión de riesgos
Más detallesRiesgo de Mercado de Valores
Riesgo de Mercado de Valores Panamá, septiembre 2018 @bvpanama Bolsa de Valores de Panamá APP BVP Olga Cantillo Vice presidenta y Gerente General Marco conceptual Mercado de Valores de Panamá Panamá: mercado
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETIRBUCIONES Diciembre 2017
REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETIRBUCIONES Diciembre 2017 Fecha de elaboración: marzo 2017 Fecha de actualización: 14 de diciembre 2017 Versión: 2 Vigente a partir de: diciembre 2017 Nombre del
Más detallesINFORME CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
INFORME CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO Asamblea Asamblea General de Accionistas La Asamblea General de Accionistas se reunió en una oportunidad durante el año 2013 así: Acta Fecha () Convocatoria oficial Diario
Más detallesINDICE CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES... 3 ARTÍCULO 1. FINALIDAD... 3 ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 ARTÍCULO 3. DIFUSIÓN...
INDICE CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES... 3 ARTÍCULO 1. FINALIDAD... 3 ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 ARTÍCULO 3. DIFUSIÓN... 3 ARTÍCULO 4. INTERPRETACIÓN... 3 ARTÍCULO 5. MODIFICACIÓN... 3
Más detallesReglamento Comité de Desarrollo de la Organización, Talento Humano y Remuneración
La Junta Directiva de CONSTRUCCIONES EL CÓNDOR S.A., en sesión 193 del 24 de junio de 2011 y 266 de 23 de septiembre de 2016 y en uso de sus facultades legales y estatutarias, aprueba el siguiente Reglamento:
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO
Página 1 de 5 REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO El Comité de Nombramientos y Retribuciones es un órgano de apoyo a la gestión que realiza
Más detallesCORPORACIÓN FINANCIERA ALBA, S.A. / INFORME ANUAL 2009
CORPORACIÓN FINANCIERA ALBA, S.A. / INFORME ANUAL 2009 INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Informe de Actuación del Comité de Auditoría en el ejercicio 2009 CORPORACIÓN FINANCIERA ALBA, S.A. / INFORME ANUAL
Más detallesCircular de Supersociedades sobre Revisoría Fiscal en entes bajo su supervisión
1 Circular de Supersociedades sobre Revisoría Fiscal en entes bajo su supervisión Publicado: 19 de agosto de 2011 En un nuevo documento de 26 páginas, la Supersociedades imparte instrucciones de obligatorio
Más detallesBMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A POLÍTICA CORPORATIVA DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN
BMC Bolsa Mercantil de Colombia S.A POLÍTICA CORPORATIVA DE REVELACIÓN DE INFORMACIÓN Noviembre 2017 Página 1 de 8 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. GENERALIDADES DE LA POLÍTICA... 3 3. HISTORIAL
Más detallesGobierno Corporativo y Riesgos en las Entidades de Microfinanzas. Julio César Gálvez D. Consultor
Gobierno Corporativo y Riesgos en las Entidades de Microfinanzas Julio César Gálvez D. Consultor Contenido Gobierno Corporativo 1. Generalidades 2. Cumplimiento de Estándares Internacionales 3. Contenido
Más detallesReglamento Comité de Gestión Integral de Riesgos (CGIR)
Reglamento Comité de Gestión Integral de Riesgos (CGIR) Código Macroproceso Riesgos Versión v.13.0 Proceso Riesgos de la AFP Propietario Gerente de Riesgos Deroga a Reglamento CGIR v.12.1 Niveles de Aprobación
Más detalles