SESION Nº 14/2016 DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL CONCEJO DE SANTURTZI, CELEBRADA EL DIA 29 DE DICIEMBRE DE 2016 Carácter de la sesión: ORDINARIO

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1 673 SESION Nº 14/2016 DEL AYUNTAMIENTO PLENO DEL CONCEJO DE SANTURTZI, CELEBRADA EL DIA 29 DE DICIEMBRE DE 2016 Carácter de la sesión: ORDINARIO SEÑORES/AS ASISTENTES: PRESIDENTA: AINTZANE URKIJO SAGREDO G.M. Euzko Abertzaleak Nacionalistas Vascos (EAJ-PNV) CONCEJALES/AS: G.M. Euzko Abertzaleak Nacionalistas Vascos (EAJ-PNV): DANEL BRINGAS EGILIOR IVAN LÓPEZ ARENAS ESTIBALIZ OLABARRI GONZÁLEZ JOSEBA ANDONI RAMOS ARIAS MARTA ALVAREZ RINCON ALVARO ARESTI ORELLA CRISTINA SENARRIAGA ROJO ITSAZAIN JOSU ORTOLATXIPI IBAÑEZ MAITANE LUNA VIZCAINO G.M. Sí Se Puede Santurtzi (SSP STZ): AITOR UNANUE ESTEBAN ESTEFANÍA RIVERA COLMENARES JONATAN SÁNCHEZ FERNÁNDEZ DANIEL URKIAGA ALBERDI G.M. Euskal Herria Bildu (EH Bildu): IMANOL URTIAGA PALACIOS LOREA ARTETXE DE LA FUENTE ENDIKA GARCÍA SÁEZ G.M. Socialistas Vascos (PSE-EE/PSOE): JANIRE LARREA GONZÁLEZ PEDRO MIGUEL LUCENA BALDA YOLANDA HUESO GONZÁLEZ G.M. Popular- Santurtziko Alderdi Popularra (PP): INTERPRETE EUSKERA: Izaskun Urtiaga Greaves INTERVENTOR accidental: José Miguel Paredes Cisneros SECRETARIO GENERAL: José Ignacio Salazar Arechalde En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial del Ilustre Ayuntamiento del Concejo de Santurtzi, siendo las 8:32 horas del día 29 de diciembre de 2016, se reúnen en sesión ordinaria, previamente citados al efecto y en primera convocatoria, los/as Concejales/as que al margen se expresan, bajo la Presidencia de la Alcaldesa Presidenta, Aintzane Urkijo Sagredo, presente el Interventor accidental, José Miguel Paredes Cisneros, y el Secretario General, José Ignacio Salazar Arechalde. Declarado abierto el acto por la Presidencia, se dio comienzo a la sesión con el examen y estudio de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. LUIS ANGEL URDIALES VILLANUEVA

2 674 IDAZKARITZA ETA ZERBITZU OROKOR ARLOA AREA DE SECRETARIA Y SERVICIOS GENERALES KO AZAROAREN 24KO BILKURAREN OHIKO AKTA (13/2016) ONARTZEA, BIDEZKOTZAT HARTUZ GERO. (PL 14/16-II-01 ESP.) APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DEL AYUNTAMIENTO PLENO 13/2016, SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DE (EXP. PL 14/16-II-01) El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los 21 miembros de la Corporación presentes en la sesión y que legalmente la componen, ACUERDA: Unico.- Aprobar el acta del Ayuntamiento Pleno 13/2016, sesión ordinaria, celebrada el día 24 de noviembre de OGASUN ETA EKONOMI SUSTAPEN ARLOA AREA DE HACIENDA Y PROMOCION ECONOMICA RAKO UDAL AURREKONTU NAGUSIA. SSP STZ UDAL TALDEAK AURKEZTUTAKO OSOKO ZUZENKETA. PP, PSE-EE- PSOE ETA EH BILDU UDAL TALDEEK AURKEZTUTAKO ZATIZKO ZUZENKETAK. (PL 14/16-III-02 ESP.) PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL PARA EL AÑO ENMIENDA A LA TOTALIDAD PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SSP STZ. ENMIENDAS PARCIALES PRESENTADAS POR LOS GRUPOS MUNICIPALES PP, PSE-EE-PSOE Y EH BILDU. (EXP. PL 14/16-III-02) Se dio cuenta de la enmienda a la totalidad del Presupuesto General Municipal correspondiente al ejercicio 2017, presentada por el Grupo Municipal SSP STZ, en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número el día 15 de diciembre de 2016 y en la que se ha tenido en cuenta la corrección de errores presentada en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número 17577, el día 20 de diciembre de 2016, la cual es del siguiente tenor literal: El Grupo municipal Sí Se Puede Santurtzi, tras haber recibido el Proyecto de Presupuestos del ayuntamiento de Santurtzi para el ejercicio 2017 y tras haberlo analizado presenta la siguiente enmienda a la totalidad. Nos encontramos ante unos presupuestos continuistas y desde este grupo no podemos dar paso a lo que consideramos necesita una restructuración de calado que suponga velar por los verdaderos intereses, tanto vecinales como profesionales del sector público y económicos. Un presupuesto debe reflejar necesariamente la realidad económica de la Corporación Municipal, así como establecer las previsiones ciertas de ingresos y gastos que, de manera objetiva, prevé se van a producir.

3 675 Desde SSPSTZ venimos observando que no se abordan los asuntos que realmente afectan a este consistorio, desde la mala previsión de ingresos como la gestión de gastos. Al parecer, ante cambios de las necesidades sociales, ante demandas de los trabajadores, ante realidades urbanísticas bien distintas a tiempos anteriores, parece que la única solución que se plantea es presupuestos continuistas y financiación de la deuda a través del incremento de impuestos a nuestros vecin@s. El modelo de presupuesto que se nos entrega no busca cambios reales, ni muestra políticas que quieran solucionar los problemas estructurales de financiación que en la actualidad tienen los ayuntamientos, todo esto derivado de la dependencia del urbanismo mal gestionado y por otro lado por el desigual reparto que desde la diputación se hace del Fondo Foral de Financiación Municipal, Udalkutxa. Si comenzamos con el análisis de los ingresos podemos observar como el capítulo 4, que es donde se recoge el crédito proveniente de Udalkutxa, supone el 59% de la previsión de ingresos, por lo que esta partida es la principal fuente de financiación municipal. La aplicación de políticas tiene en este sentido gran importancia, por ello se debe velar por el reparto equitativo entre la ciudadanía para disminuir la brecha de la desigualdad social existente primando en este aspecto. En este sentido, nos encontramos con que desde Udalkutxa, este reparto de recursos, no se viene haciendo de manera igualitaria, lo que en un primer momento podía verse necesario para la reconversión por ejemplo de Bilbao para fomentar su desarrollo económico, ha generado desigualdades con otros municipios. Hasta el punto que como ya recogimos en la moción que presentamos al respecto existe una diferencia de 255 por habitante entre Bilbao y el resto de municipios. Este Pleno rechazó realizar reclamación al respecto, no sumándose de este modo a una demanda que se viene reclamando en otros municipios. Como consecuencia Santurtzi renuncia a lo que debería ser un derecho, perdiendo cerca de 4 millones de euros en ingresos por este concepto. Esta política se ve reflejada como siempre en los presupuestos. Unos presupuestos que indican, como en otros tantos, la necesidad de financiación que sufre el municipio. Ahora bien, por otro lado, en el capítulo 1, referente a ingresos corrientes, se prevé un incremento de los impuestos directos, concretamente en la recaudación del impuesto sobre bienes inmuebles, por valor de 1 millón de euros más que en el ejercicio anterior. Realmente esto es necesario?, es decir, la ciudadanía se merece que en tiempos de crisis, como la que venimos sufriendo, ver como se les incrementan los impuestos sin que se vea repercutido su esfuerzo en mejores servicios o ayudas? Porque realmente es ante lo que nos encontramos. No podíamos haber diseñado una progresividad en el

4 676 aumento de la tasa del IBI que no repercutiera en los hogares de manera tan inmediata? Debemos recordar que ha sido la administración quien durante años no ha gestionado de manera correcta los valores catastrales, y que ahora, cuando existe una necesidad acuciante en miles de hogares solo se busca el afán recaudatorio para compensar la disminución de ingresos que sufre esta administración. Cuestión ésta que una vez más recoge el talante de las políticas que aplica este ayuntamiento. En el capítulo 6 de ingresos corrientes se consolidan 2,5 millones de euros provenientes del 15% de aprovechamiento urbanístico, lo que representa aproximadamente el 5% de ingresos para este ayuntamiento. Cabe destacar en este apartado la enajenación de los solares CLH y de viviendas que suman la cantidad de ,72. Según la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo en su artículo 115 establece que los bienes no destinados a dotaciones públicas y los recursos integrantes de los patrimonios públicos de suelo se destinarán preferentemente a la construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública y al costeamiento de obras de urbanización en áreas y sectores residenciales, en todo o parte de los mismos, de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública para su desarrollo en régimen de ejecución pública, y en este sentido el valor obtenido por la enajenación de la parcela deberá destinarse según lo dispuesto en los preceptos legales señalados en este artículo. Atendiendo a lo anterior, no somos capaces de ver la trazabilidad del crédito por la enajenación del solar de CLH y en cualquier caso atendiendo al Decreto 105/2008, de 3 de junio, de medidas urgentes en desarrollo de la Ley 2/2006 en su artículo 39 se recogen otros posibles destinos de los patrimonios municipales donde nos cabe decir que las políticas que se vienen ejecutando no atienden al apartado a.: a. Adquisición de la propiedad de los bienes y derechos incluidos en áreas de reserva municipal de suelo, de acuerdo con el procedimiento del artículo 120, así como los incluidos en áreas sometidas a los derechos de tanteo y retracto, de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 125, ambos referidos a la Ley 2/2006, de suelo y Urbanismo. Apartado este importante para reserva de fondos en cuanto a facilitar el desarrollo territorial y urbanístico de nuestro municipio, en cuanto a mejor viabilidad del desarrollo del PGOU sin que repercuta como hasta ahora sobre los vecinos y vecinas. Haciendo de este modo verdaderas políticas de fomento de viviendas de VPO que de otra manera se quedan en marketing político. Podemos decir que desde el año 2008, año en que se aprobó el Plan de Vivienda protegida , periodo coincidente con el desarrollo planificado en un PGOU, solo se han visto ejecutadas unas 100 viviendas

5 677 en CLH, y en curso las de las Canteras y las 100 que van a iniciar con la venta del solar, de las viviendas protegidas previstas inicialmente. Los nuevos análisis demográficos, las de ordenación territorial que se dictan desde Gobierno Vasco, indican que el panorama urbanístico es bien diferente a otras épocas, siendo normalmente necesario tener una visión, en cuanto a previsiones de ingresos por desarrollos urbanísticos, muy prudentes, y por tanto el peso que a nivel presupuestario de ingresos para el ayuntamiento no debería ser tan dependiente del urbanismo como ha venido siendo hasta ahora. En el capítulo 1 de gastos tenemos los referentes a gastos de personal, esta partida representa el 39% del presupuesto de gasto, crédito muy importante que condiciona en gran medida el disponible para inversiones. A este presupuesto le acompaña, como así determina la ley, la relación de puestos de trabajo de este ayuntamiento. Si el modelo organizativo de este consistorio se viene aprobando en Pleno cada 4 años nos preguntamos por qué se da continuidad a la RPT, por qué se hace oídos sordos a las reclamaciones sindicales, que obviamente, al menos para SSPStz no es más que una demanda justa. Existe la necesidad real de saber qué funciones tiene cada empleado, la necesidad o no en estos tiempos de un determinado puesto, así como la revisión de las remuneraciones percibidas por estos trabajadores en función de su verdadera labor y responsabilidad. Si no tenemos en cuenta nada de esto, no hacemos más que seguir fomentando la precariedad tanto en el trabajo, como en los derechos de las personas, como en el servicio que se da a la ciudadanía. SSPStz no quiere ser cómplice de ello y por tanto, este anexo de los presupuestos, entendemos no refleja la realidad más eficiente de la relación de puestos de trabajo de este ayuntamiento, sino una realidad continuista. Además del coste que supondría reconocer las nuevas categorías que actualmente no se contemplan en el RPT de Santurtzi, debemos añadir que ya existe reconocimiento por parte del Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy de devolución progresiva a los funcionarios hasta alcanzar el 5% que les fue mermado de su salario por lo que debería tenerse en cuenta, también a la hora de preparar los presupuestos, el incremento salarial que va a suponer cumplir con la promesa de devolución. Sin embargo, existe una sentencia que da la razón a los agentes sociales y creemos que existe un compromiso para reflejar la situación de l@s trabajadores del ayuntamiento. Compromiso que exige tener en cuenta la subida del IPC y la devolución anteriormente mencionada. Por todo ello, creemos que una subida del 0,34% no cumple esas expectativas en aras a materializar esos compromisos por lo que una vez más nos reiteramos en que nuestras expectativas hacia una ejecución de una RPT real adaptada a la situación legal y social son bajas.

6 678 Por ello, pensamos que esa dotación presupuestaria debería ser mayor para llevar a efecto una RPT participativa y teniendo en cuenta que tenemos una sentencia que nos ratifica que hay unos incumplimientos de Ley, nos preguntamos Cuántos incumplimientos más habrá en este mandato? Podemos observar que este presupuesto para el ejercicio 2017 conlleva básicamente la amortización extraordinaria de la deuda contraída en años anteriores por un importe de euros, amortización que sale de la previsión de ingresos por el incremento de impuesto sobre bienes inmuebles que van a sufragar nuestr@s vecin@s, donde probablemente acabaremos oyendo que gracias a la buena gestión del equipo de gobierno, se conseguirá reducir la deuda de este consistorio. Incidiendo ahora en los presupuestos por áreas debemos decir un no rotundo a reducir un 2,37% respecto al ejercicio 2016 el gasto del área de acción social, pese a la previsión de mayores ingresos por parte de este consistorio, más teniendo en cuenta las políticas a nuestro parecer erróneas de obtención de dichos ingresos, a costa de apretar aún más a las economías de las familias, por incremento de impuestos de competencia municipal. A través de los impuestos y tasas indirectos, aunque no suponga una gran cantidad de crédito por ingresos por este concepto, SSPStz registró una moción con el objeto de agilizar los trámites para la concesión de licencias de obras menores a nuestr@s vecin@s. Además de simplificarlos, se conseguía una concesión directa de las licencias y, por otro lado, previsiblemente se registraría un mayor número de solicitudes de concesión de este tipo de licencias incrementándose de este modo la recaudación por esta tasa. Esta propuesta no ha llegado a debatirse en Pleno y por lo tanto no está ni aprobada ni rechaza, pero del mismo modo se ha puesto en marcha, por lo que estos sencillos objetivos no repercuten ni en los vecin@s ni el consistorio. Políticas sencillas en saco roto. Por otro lado, cada vez son más los servicios que se externalizan, políticas peligrosas que se ven reflejadas en licitaciones a la baja, incluso con bajas temerarias y con casos como los que nos hemos encontrado este año donde ni siquiera se cubrían los gastos del personal subrogado. Este hecho repercute en una previsión de gasto no garantiza la ejecución de los servicios e incluso que muchas licitaciones queden desiertas. Una alternativa de política será remunicipalizar servicios, cuestión que debería ser abordada en varios ciclos presupuestarios y por ello deberían contemplarse ya para el ejercicio Empezando por aquellos para los que el ayuntamiento ya dispone de instalaciones y material para empezar a gestionarlos directamente y progresivamente ir dotándose para otros posibles. Apostando de este modo además por creación de empleo directo en el municipio.

7 679 Esta cuestión suele ser respondida alegando cuestiones de eficiencia del sector privado. Podemos poder como ejemplo, entre otros, referenciándonos al servicio de limpieza del municipio. Creemos que la eficiencia argumentada es una falacia, ya que vemos el estado de limpieza de nuestras calles del mismo modo que nos los trasmiten a diario nuestr@s vecin@s de Santurtzi. Debemos hacer hinca pie además que el presupuestos además debe reflejar la previsión cierta de los gastos y podemos ver como la mayor parte de las inversiones para el ejercicio 2016 están sin ejecutar por lo que el objetivo no se ha cumplido, salvo en salir en los medios de manera propagandística para el equipo de gobierno anunciando sus presupuestos irreales. Por terminar, sin olvidarnos de los Organismos autónomos, sería buscar un servicio de excelencia, para ello es necesario dotarlos y modernizarlos, a través de un cronograma como en otras ocasiones hemos comunicado. Alcanzando estos servicios de calidad y excelencia conseguiríamos un aumento y satisfacción de los usuarios lo que generaría un aumento de ingresos propios, para cada organismo, viéndose reducida la transferencia ordinaria por parte del ayuntamiento. Este aumento de usuarios sería dotar y modernizar invirtiendo en servicios de calidad buscando el servicio de excelencia. Acabamos como último punto hablando de la racionalización del gasto de acuerdo con la realidad social que vivimos, como por ejemplo reduciendo los salarios de los políticos a 3 salarios mínimos interprofesionales y la eliminación de gastos superfluos. Somos conscientes de que la realidad de este ayuntamiento permite grandes cambios inmediatos en el presupuesto tras todo lo argumentado, pero evidenciamos de este modo la necesidad de un análisis profundo y pormenorizado de las necesidades de nuestro municipio y vecin@s y de proyección sobre un cronograma de objetivos alcanzando hitos de forma progresiva y continua en busca de solventar en función de las prioridades que deriven de una verdadera participación ciudadana. Este ayuntamiento tenía y tiene aún alternativa, por ello SSPStz no puede sino pedir la retirada de estos presupuestos para el ejercicio Sometida a votación la enmienda a la totalidad presentada por el G.M. SSP STZ, fue rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y G.M. PP (1); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y 3 abstenciones correspondientes al G.M. EH Bildu (3). ENMIENDAS PARCIALES A continuación se dio cuenta de las enmiendas parciales al Presupuesto General Municipal correspondiente al ejercicio 2017, presentadas por el Grupo

8 680 Municipal PP, en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número 17386, el día 15 de diciembre de 2016: 1ª Publicidad y propaganda. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,50 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 1 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3). 2ª Ascensor Señorío de Bizkaia. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 2 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3). 3ª Procesos electorales. Supresión. Importe 5.500,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 3 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3). 4ª Ascensor Señorío de Bizkaia. Incremento. Importe 5.500,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 4 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3). 5ª Otros gastos diversos. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,79 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 5 presentada por el G.M. PP, fue aprobada por mayoría de 14 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3).

9 681 6ª Ascensor Señorío de Bizkaia. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 6 presentada por el G.M. PP, fue aprobada por mayoría de 14 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); y 7 abstenciones correspondientes a los concejales/as de los G.M. SSP STZ (4) y al G.M. EH Bildu (3). 7ª Inversiones en infraestructura (BAI). Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 7 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 16 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), G.M. EH Bildu (3) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 8ª Ascensor Barrio San Juan. Creación. Importe ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 8 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 9ª Rehabilitación pasarela de Ranzari. Supresión. Importe ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 9 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 16 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), G.M. EH Bildu (3) y PSE-EE/PSOE (3); 1 voto a favor emitido por el concejal del PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 10ª Ascensor Barrio San Juan. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 10 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 11ª Gastos jurídicos. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros.

10 682 Sometida a votación la enmienda parcial nº 11 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 12ª Autónomos y desempleados del municipio. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 12 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 13ª Contratos de formación. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 13 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 14ª Proyectos y planes de gestión urbanística. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,87 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 14 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 15ª Contratos de formación. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 15 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 16ª Otros gastos de apoyo a actividades. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros.

11 683 Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 16 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 17ª Otras ayudas. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 17 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 18ª Fiestas de barrios. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 18 presentada por el G.M. PP, fue rechazada por mayoría de 13 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE-EE/PSOE (3); 4 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). A continuación se dio cuenta de las enmiendas parciales al Presupuesto General Municipal correspondiente al ejercicio 2017, presentadas por el Grupo Municipal PSE-EE-PSOE, en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número 17388, el día 15 de diciembre de 2016: 1ª Inversiones en infraestructuras y bienes naturales. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 1 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 2ª Cubrimiento de la pasarela del Barrio de San Juan. Creación. Importe ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 2 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as

12 684 concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 3ª Mejoras en Edificios Municipales - CIFO. Creación. Importe ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 3 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 4ª Crédito Global. Minoración de ,00 euros, para quedar fijada en ,79 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 4 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 5ª Colonias Infantiles en Semana Santa y Navidades. Creación. Importe ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 5 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 6ª Fiestas Barrios. Incremento. Importe ,00 euros, para quedar fijada en ,00 euros. Partida de la que proceden los recursos: ,00 euros. Sometida a votación la enmienda parcial nº 6 presentada por el G.M. PSE- EE/PSOE, fue aprobada por mayoría de 17 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). A continuación se dio cuenta de las enmiendas parciales al Presupuesto General Municipal correspondiente al ejercicio 2017, presentadas por el Grupo Municipal EH Bildu, en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número 17405, el día 15 de diciembre de 2016 y en las que se ha tenido en cuenta la corrección de errores presentada en escrito registrado de entrada en este Ayuntamiento con el número 17432, el día 16 de diciembre de 2016: 1ª Área 00100, Programa 91200, Subconcepto , Retribuciones básicas y otras remuneraciones, Importe inicial ,01 ; Reducción ,00, Importe final ,01, Reducción 30% sueldo políticos liberados, Financiación: Enmiendas nº 5 y 6.

13 685 Sometida a votación la enmienda parcial nº 1 presentada por el G.M. EH Bildu, fue rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); 3 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 2ª Área 00100, Programa 91200, Subconcepto , Otras indemnizaciones y asistencia a sesiones, Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Reducción 30% dietas concejales no liberados, Financiación: Enmienda nº 6. Sometida a votación la enmienda parcial nº 2 presentada por el G.M. EH Bildu, fue rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); 3 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 3ª Área 00700, Programa 92200, Subconcepto , Estudios y trabajos técnicos, Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 6. Sometida a votación la enmienda parcial nº 3 presentada por el G.M. EH 4ª Área 00500, Programa 15100, Subconcepto , Gastos Jurídicos, Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 6. Sometida a votación la enmienda parcial nº 4 presentada por el G.M. EH 5ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Ascensor Barrio San Juan, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmienda nº 1. Sometida a votación la enmienda parcial nº 5 presentada por el G.M. EH 6ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Ascensor en Fontuso, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmiendas nº 1, 2, 3 y 4.

14 686 Sometida a votación la enmienda parcial nº 6 presentada por el G.M. EH 7ª Área 00300, Programa 94200, Subconcepto , Aportación a Enkarterrialde, Importe Inicial 4.500,00 ; Reducción 4.500,00, Importe final 0,00, Financiación: Enmienda nº 8. Sometida a votación la enmienda parcial nº 7 presentada por el G.M. EH 8ª Área 00600, Programa 23010, Subconcepto , Otras acciones, Importe inicial 1.900,00 ; Aumento 4.500,00, Importe final 6.400,00, Financiación: Enmienda nº 7. Sometida a votación la enmienda parcial nº 8 presentada por el G.M. EH 9ª Área 00100, Programa 91200, Subconcepto , Publicidad y Propaganda, Importe inicial ,50 ; Reducción 5.500,00, Importe final ,50, Financiación: Enmienda nº 10. Sometida a votación la enmienda parcial nº 9 presentada por el G.M. EH 10ª Área 00600, Programa 23010, Subconcepto , Otras acciones, Importe inicial 1.900,00 ; Aumento 5.500,00, Importe final 7.400,00, Financiación: Enmienda nº 9. Sometida a votación la enmienda parcial nº 10 presentada por el G.M. EH 11ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Inversiones en infraestructuras (BAI s), Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 12. Sometida a votación la enmienda parcial nº 11 presentada por el G.M. EH

15 687 12ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Eliminación de barreras arquitectónicas, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmienda nº 11. Sometida a votación la enmienda parcial nº 12 presentada por el G.M. EH 13ª Área 00200, Programa 92000, Subconcepto , Procesos electorales, Importe inicial 5.500,00 ; Reducción 2.000,00, Importe final 3.500,00, Financiación: Enmienda nº 14. Sometida a votación la enmienda parcial nº 13 presentada por el G.M. EH 14ª Área 00600, Programa 23000, Subconcepto , Banco de alimentos, Importe inicial 1.800,00 ; Aumento 2.000,00, Importe Final 3.800,00, Financiación: Enmienda nº 13. Sometida a votación la enmienda parcial nº 14 presentada por el G.M. EH 15ª Área 00400, Programa 16000, Subconcepto , Estudios y trabajos técnicos, Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 16. Sometida a votación la enmienda parcial nº 15 presentada por el G.M. EH 16ª Área 00300, Programa 24100, Subconcepto , Contratación directa de personal para realizar trabajos municipales, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmienda nº 15. Sometida a votación la enmienda parcial nº 16 presentada por el G.M. EH

16 688 17ª Área 00500, Programa 15100, Subconcepto , Proyecto, Planes gestión urbanística, Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 18. Sometida a votación la enmienda parcial nº 17 presentada por el G.M. EH 18ª Área 00300, Programa 94300, Subconcepto , Aportación a la Residencia, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 17. Sometida a votación la enmienda parcial nº 18 presentada por el G.M. EH 19ª Residencia, Subconcepto , Aportación del Ayuntamiento, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe Final ,00, Ajuste: Enmiendas nº 17 y 18. Sometida a votación la enmienda parcial nº 19 presentada por el G.M. EH 20ª Residencia, Programa 23100, Subconcepto , Reparación de edificios, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmiendas nº 19. Sometida a votación la enmienda parcial nº 20 presentada por el G.M. EH 21ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Aseos públicos, Importe inicial ,00 ; Reducción 5.000,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 22. Sometida a votación la enmienda parcial nº 21 presentada por el G.M. EH

17 689 22ª Área 00800, Programa 33400, Subconcepto , Promoción del Euskera, Importe inicial ,00 ; Aumento 5.000,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 21. Sometida a votación la enmienda parcial nº 22 presentada por el G.M. EH 23ª Área 00700, Programa 13000, Subconcepto , Estudios y trabajos técnicos, Importe inicial ,00 ; Reducción 5.000,00, Importe Final ,00, Financiación: Enmienda nº 24. Sometida a votación la enmienda parcial nº 23 presentada por el G.M. EH 24ª Área 00800, Programa 33400, Subconcepto , Promoción del Euskera, Importe inicial ,00 ; Aumento 5.000,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 23. Sometida a votación la enmienda parcial nº 24 presentada por el G.M. EH 25ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos de Capital, Importe inicial ,28 ; Reducción ,00, Importe final ,28, Financiación: Enmienda nº 26. Sometida a votación la enmienda parcial nº 25 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1). 26ª Área 00800, Programa 33000, Subconcepto , Inversiones en edificios municipales, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 25. Sometida a votación la enmienda parcial nº 26 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1). 27ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos de Capital, Importe inicial ,28 ; Reducción ,00, Importe final ,28, Financiación: Enmienda nº 28.

18 690 Sometida a votación la enmienda parcial nº 27 presentada por el G.M. EH 28ª Área 00800, Programa 33000, Subconcepto , Reparación de edificios, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 27. Sometida a votación la enmienda parcial nº 28 presentada por el G.M. EH 29ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos de Capital, Importe inicial ,28 ; Reducción ,00, Importe final ,28, Financiación: Enmienda nº 30. Sometida a votación la enmienda parcial nº 29 presentada por el G.M. EH 30ª Área 00600, Programa 23000, Subconcepto , Comedores para la Tercera Edad, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 29. Sometida a votación la enmienda parcial nº 30 presentada por el G.M. EH 31ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos de Capital, Importe inicial ,28 ; Reducción 4.000,00, Importe final ,28, Financiación: Enmienda nº 33. Sometida a votación la enmienda parcial nº 31 presentada por el G.M. EH 32ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Inversiones en infraestructuras y bienes naturales (Pintado y Juegos), Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 33.

19 691 Sometida a votación la enmienda parcial nº 32 presentada por el G.M. EH 33ª Área 00300, Programa 94300, Subconcepto , Aportación al IMD, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmiendas nº 31 y 32. Sometida a votación la enmienda parcial nº 33 presentada por el G.M. EH 34ª IMD, Subconcepto , Transferencias del Ayuntamiento, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Ajuste: Enmiendas nº 31, 32 y 33. Sometida a votación la enmienda parcial nº 34 presentada por el G.M. EH 35ª IMD, Subconcepto , Transferencias a Clubs, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 34. Sometida a votación la enmienda parcial nº 35 presentada por el G.M. EH 36ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Inversiones en infraestructuras y bienes naturales (Pintado y Juegos), Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 37. Sometida a votación la enmienda parcial nº 36 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1). 37ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Plan parcial de accesibilidad, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmienda nº 36. Sometida a votación la enmienda parcial nº 37 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as

20 692 concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1). 38ª Área 00400, Programa 15300, Subconcepto , Inversiones en infraestructuras y bienes naturales (Pintado y Juegos), Importe inicial ,00 ; Reducción ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 39. Sometida a votación la enmienda parcial nº 38 presentada por el G.M. EH 39ª Área 00500, Programa 15100, Subconcepto , Actuaciones M.U.P. Serantes, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 38. Sometida a votación la enmienda parcial nº 39 presentada por el G.M. EH 40ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 41. Sometida a votación la enmienda parcial nº 40 presentada por el G.M. EH 41ª Área 00500, Programa 15100, Subconcepto , Actuaciones M.U.P. Serantes, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 40. Sometida a votación la enmienda parcial nº 41 presentada por el G.M. EH 42ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 43. Sometida a votación la enmienda parcial nº 42 presentada por el G.M. EH

21 693 43ª Área 00300, Programa 94300, Subconcepto , Aportación al IMD, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Ajuste: Enmienda nº 42. Sometida a votación la enmienda parcial nº 43 presentada por el G.M. EH 44ª IMD ingresos, Subconcepto , Transferencias del Ayuntamiento, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmiendas nº 43. Sometida a votación la enmienda parcial nº 44 presentada por el G.M. EH 45ª IMD, Programa 34220, Subconcepto , Mejoras y reformas en el IMD, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmiendas nº 44. Sometida a votación la enmienda parcial nº 45 presentada por el G.M. EH 46ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 47. Sometida a votación la enmienda parcial nº 46 presentada por el G.M. EH Bildu, fue rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); 3 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4). 47ª Área 00600, Programa 23000, Subconcepto , Subvención para paliar los efectos de la dispersión, Importe inicial 0,00 ; Creación ,00, Financiación: Enmienda nº 46. Sometida a votación la enmienda parcial nº 47 presentada por el G.M. EH Bildu, fue rechazada por mayoría de 14 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), PSE-EE/PSOE (3) y PP (1); 3 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EH Bildu (3) y 4 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4).

22 694 48ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 49. Sometida a votación la enmienda parcial nº 48 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1) y con la aclaración formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Promoción Económica D. Joseba Ramos Arias, de que citada enmienda no supone una reducción añadida a la nº 4 formulada por el G.M. PSE-EE/PSOE. 49ª Área 00800, Programa 33400, Subconcepto , Fiestas de barrios, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 48. Sometida a votación la enmienda parcial nº 49 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1) y con la aclaración formulada por el Concejal Delegado de Hacienda y Promoción Económica D. Joseba Ramos Arias, de que citada enmienda no supone un incremento añadido a la nº 6 formulada por el G.M. PSE-EE/PSOE. 50ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 51. Sometida a votación la enmienda parcial nº 50 presentada por el G.M. EH 51ª Área 00600, Programa 23000, Subconcepto , Otras ayudas, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 50. Sometida a votación la enmienda parcial nº 51 presentada por el G.M. EH 52ª Área 00300, Programa 92900, Subconcepto , Otros gastos diversos, Importe inicial ,79 ; Reducción ,00, Importe final ,79, Financiación: Enmienda nº 53. Sometida a votación la enmienda parcial nº 52 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1).

23 695 53ª Área 00600, Programa 23000, Subconcepto , Otras ayudas, Importe inicial ,00 ; Aumento ,00, Importe final ,00, Financiación: Enmienda nº 52. Sometida a votación la enmienda parcial nº 53 presentada por el G.M. EH Bildu, fue aprobada por mayoría de 16 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10), EH Bildu (3), PSE-EE/PSOE (3) y 5 abstenciones correspondientes a los concejales/as del G.M. SSP STZ (4) y PP (1). Visto el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Hacienda y Promoción Económica, en reunión celebrada el día 23 de diciembre de En su consecuencia, el Ayuntamiento Pleno, por mayoría de 13 votos a favor emitidos por los/as concejales/as de los G.M. EAJ-PNV (10) y PSE- EE/PSOE (3); 8 votos en contra emitidos por los/as concejales/as de los G.M. SSP STZ (4), EH Bildu (3) y PP (1), e incorporando al dictamen las enmiendas Transaccionadas 5 y 6 del G.M. PP, las enmiendas parciales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 presentadas por el G.M. PSE-EE/PSOE y las enmiendas parciales 25, 26, 36, 37, 48, 49, 52 y 53 del G.M. EH Bildu, ACUERDA: Primero.- Aprobar provisionalmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Santurtzi para el año 2017, cuya cifra consolidada es de cincuenta y siete millones doscientos cuarenta y tres mil ciento sesenta y seis euros con treinta y dos céntimos ( ,32 euros) y que está integrado por: INGRESOS GASTOS a) Presupuesto del Ayuntamiento , ,32 b) Presupuesto del O.A. Euskaltegi , c) Presupuesto del O.A. I.M.D , ,00 d) Presupuesto del O.A. Residencia , ,00 e) Presupuesto del S.K.A , ,00 El presupuesto del Ayuntamiento se integra de la siguiente manera: CAP DENOMINACIÓN INGRESOS 1 Impuestos Directos ,00 2 Impuestos Indirectos ,00 3 Tasas y otros ingresos ,00 4 Transferencias corrientes ,60 5 Ingresos Patrimoniales ,00 TOTAL INGRESO CORRIENTE ,60 6 Enajenación de Inversiones Reales ,72 7 Transferencias de capital ,00 TOTAL INGRESO CAPITAL ,72 TOTAL INGRESOS ,32

24 696 GASTOS CAP DENOMINACIÓN 1 Gastos de Personal ,21 2 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios ,14 3 Gastos Financieros ,24 4 Transferencias Corrientes ,00 TOTAL GASTO CORRIENTE ,60 6 Inversiones Reales ,72 7 Transferencias de Capital ,00 9 Variación de Pasivos Financieros ,00 TOTAL GASTO CAPITAL ,72 TOTAL GASTOS ,32 Segundo.- Se integran en el Presupuesto de la Corporación los anexos correspondientes a la plantilla municipal y relación de puestos de trabajo, como anexos del propio Presupuesto, en los términos estrictos en él contenidos, tal y como determinan los artículos 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y concordantes del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículo 13 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de Función Pública Vasca, y artículo 74 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Tercero.- Someter el expediente a información pública mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia por un período de 15 días siguientes a su publicación, para que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. Cuarto.- De no presentarse alegaciones, el expediente se entenderá elevado a definitivo automáticamente, sin necesidad de adopción de un nuevo acuerdo plenario, a cuyo fin, previa expedición de certificación negativa, la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará el oportuno acto administrativo de elevación a definitiva del expediente. De presentarse reclamaciones, el Pleno será el órgano competente para su resolución, disponiendo a tal fin del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la finalización de la exposición al público, y las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquier caso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva. Quinto.- El Presupuesto General definitivo aprobado, con o sin modificaciones sobre el inicial, será insertado en el Boletín Oficial de Bizkaia, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran y unidos como anexos, la plantilla municipal y la relación de puestos de trabajo. Sexto.- Del Presupuesto General definitivo aprobado, se remitirán copias a las autoridades competentes en materia económica, previsto en las normas de

25 697 aprobación, remisión que se realizará simultáneamente al envío al Boletín Oficial a que se refiere el punto anterior. Séptimo.- Devolver el expediente completo al Área de Hacienda y Promoción Económica. HIRIGINTZA ETA INGURUGIRO ARLOA AREA DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE 3.- SANTURTZIKO UDALAREN 2007KO PLANEAMENDU AHOLKU BATZORDEAREN ERAKETA ETA FUNTZIONAMENDUARI BURUZKO ARAUDI OROKORRA ALDATZEA. (PL 14/16-V-03 ESP.) MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO MARCO DE CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANTURTZI DE (EXP. PL 14/16-V-03) Se dio cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, en reunión celebrada el día 19 de diciembre, que se reproduce a continuación: El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria 6/2007, celebrada el día 29 de marzo de 2007, aprobó inicialmente el Reglamento Regulador del Consejo Asesor de Planeamiento Municipal. Sometido a información pública no se presentaron alegaciones al respecto, por lo que se elevó a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional, procediéndose, conforme al artículo 70.2 de la Ley 7/19 85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a la publicación íntegra del articulado. El Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 27 de julio de 2007 aprobó el Reglamento de Consejo Asesor de Planeamiento, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia de 3 de septiembre de Con fecha 28 de Noviembre de 2016 ha sido emitido informe por la Jefa del Servicio Asesor de Urbanismo del siguiente tenor literal (se omiten antecedentes): ( ) Los artículos 14 y 15 de dicho Reglamento establecen lo siguiente: Artículo 14.- Quórum de constitución 1. El Pleno del Consejo se constituirá válidamente cuando estén presentes, en primera convocatoria, al menos el Presidente, el Concejal Delegado del Área de Urbanismo y un tercio de los vocales no concejales. 2. En caso contrario se constituirá el Consejo en segunda convocatoria, media hora más tarde, con cualquiera que fuese el número de asistentes, siempre que estén presentes la Presidencia, un vocal y la Secretaría del consejo. Artículo 15.- Adopción de acuerdos

26 Con anterioridad a la votación, la Presidencia del Consejo planteará de forma clara y concisa los términos de la misma y la forma de emitir el voto. El sistema normal de votación será la votación ordinaria, salvo que el Pleno del consejo acuerde, para un asunto en concreto, la votación nominal o secreta. El voto se emitirá en sentido afirmativo o negativo, pudiendo los miembros del Consejo abstenerse de votar. El voto se expresará de forma clara y rotunda, no permitiéndose la delegación en otro miembro del Consejo. 2. Como regla general, el Pleno del Consejo Asesor adoptará los Acuerdos por mayoría simple de los miembros presente. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. En caso de que se produzca un empate en la votación, se efectuará una nueva votación, y si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad del Presidente del Consejo. 3. Finalizada la votación la Secretaría computará los votos emitidos y anunciará en voz alta el resultado, en vista del cual la Presidencia proclamará el acuerdo adoptado. En reunión del Consejo Asesor de Planeamiento Municipal de Santurtzi nº 2/2016, celebrada el 21 de noviembre de 2016, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento de Santurtzi, se propone modificación del reglamento a los efectos de permitir la delegación de la asistencia a otros miembros de cada asociación (en caso de que los titulares o suplentes designados no puedan acudir circunstancialmente). Asimismo, se ha detectado algún error en la redacción (plural/singular, olvido de la secretaría, ), así como un lenguaje inclusivo o igualitario, y una redacción más clarificadora. CONSIDERANDO el evidente interés público motivador de buscar una mayor o más fácil participación en este órgano consultivo, así como que no se incumple normativa aplicable alguna con la modificación propuesta, CONSIDERANDO también la potestad reglamentaria atribuida a los Ayuntamientos, dentro de las competencias locales, por el artículo 4.1.a de la Ley 7/1985 reguladora de Bases del Régimen Local, en su redacción actual, no se encuentra obstáculo en proceder a la modificación del artículo 15 del Reglamento de Consejo Asesor, en el siguiente sentido: Artículo 14.- Quórum de constitución 1. El Pleno del Consejo se constituirá válidamente cuando estén presentes, en primera convocatoria, al menos, la Presidencia o persona que le sustituya o en quien delegue dicha presidencia, la secretaría del Consejo y un tercio de los vocales no concejales. 2. En caso contrario se constituirá el Consejo en segunda convocatoria, media hora más tarde, con cualquiera que fuese el número de asistentes, siempre que estén presentes la Presidencia o persona que le sustituya, un vocal y la secretaría del consejo.

27 699 Artículo 15.- Adopción de acuerdos 1. Cuando la intervención del Consejo Asesor requiera de la adopción de un acuerdo, se someterá a la regulación que se recoge en el presente artículo. Con anterioridad a la votación, la Presidencia del Consejo planteará de forma clara y concisa los términos de la misma y la forma de emitir el voto. El sistema normal de votación será la votación ordinaria, salvo que el Pleno del consejo acuerde, para un asunto en concreto, la votación nominal o secreta. El voto se emitirá en sentido afirmativo o negativo, pudiendo los miembros del Consejo abstenerse de votar. El voto se expresará de forma clara y rotunda, no permitiéndose la delegación de voto en otro miembro presente del Consejo. Sin perjuicio de lo afirmado en este punto, en caso de que no puedan acudir a esa sesión la persona que ostente la titularidad de la condición de miembro del Consejo Asesor, ni la suplencia en la misma condición, dicha asociación, organización o grupo político delegará mediante escrito presentado en el Registro General de este Ayuntamiento, con una antelación de 48 horas a la celebración de la reunión, la asistencia y voto en otro miembro de la misma organización o grupo político. 2. Como regla general, el Pleno del Consejo Asesor adoptará los Acuerdos por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. En caso de que se produzca un empate en la votación, se efectuará una nueva votación, y si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad de la Presidencia del Consejo o, en caso de no acudir ésta, de la Vicepresidencia del antedicho Consejo Asesor. 3. Finalizada la votación la Secretaría computará los votos emitidos y anunciará en voz alta el resultado, en vista del cual la Presidencia proclamará el acuerdo adoptado. RESULTANDO que, para poder tramitar dicha modificación, se procederá a su aprobación inicial, con base en el artículo 49 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. En concreto, será preciso un procedimiento compuesto por: aprobación inicial por el Pleno, información pública tras publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y con información pública por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias en su caso, así como resolución de las presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. No obstante, en el supuesto de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Estos supuestos de aprobación no entran dentro

28 700 de ninguno de los de quórum reforzado, a los efectos de lo previsto en el artículo 47 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, bastando mayoría simple al respecto. En cualquier caso, el artículo 70.2 de la norma legal antes citada establece que Las ordenanzas, incluidos el articulado de las normas de los planes urbanísticos, (...) no entrarán en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo de quince días hábiles previsto en el artículo La competencia para aprobar la presente le corresponde al Ayuntamiento Pleno, puesto que, de conformidad con el apartado d) del artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de Modernización del Régimen Local, es a este órgano a quien le corresponde la potestad de aprobación de reglamentos y ordenanzas. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los 21 miembros de la Corporación presentes en la sesión y que legalmente la componen, ACUERDA: Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de los artículos 14 y 15 del Reglamento del Consejo Asesor de Planeamiento Municipal de Santurtzi, aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 27 de julio de 2007; de manera que resultaría la siguiente redacción: Artículo 14.- Quórum de constitución 1. El Pleno del Consejo se constituirá válidamente cuando estén presentes, en primera convocatoria, al menos, la Presidencia o persona que le sustituya o en quien delegue dicha presidencia, la secretaría del Consejo y un tercio de los vocales no concejales. 2. En caso contrario se constituirá el Consejo en segunda convocatoria, media hora más tarde, con cualquiera que fuese el número de asistentes, siempre que estén presentes la Presidencia o persona que le sustituya, un vocal y la secretaría del consejo. Artículo 15.- Adopción de acuerdos 1. Cuando la intervención del Consejo Asesor requiera de la adopción de un acuerdo, se someterá a la regulación que se recoge en el presente artículo. Con anterioridad a la votación, la Presidencia del Consejo planteará de forma clara y concisa los términos de la misma y la forma de emitir el voto. El sistema normal de votación será la votación ordinaria, salvo que el Pleno del consejo acuerde, para un asunto en concreto, la votación nominal o secreta. El voto se emitirá en sentido afirmativo o negativo, pudiendo los miembros del Consejo abstenerse de votar. El voto se expresará de forma clara y rotunda, no permitiéndose la delegación de voto en otro miembro presente del Consejo. Sin perjuicio de lo afirmado en este punto, en caso de que no puedan acudir a esa sesión la persona que ostente la titularidad de la condición de miembro del Consejo

29 701 Asesor, ni la suplencia en la misma condición, dicha asociación, organización o grupo político delegará mediante escrito presentado en el Registro General de este Ayuntamiento, con una antelación de 48 horas a la celebración de la reunión, la asistencia y voto en otro miembro de la misma organización o grupo político. Como regla general, el Pleno del Consejo Asesor adoptará los Acuerdos por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. En caso de que se produzca un empate en la votación, se efectuará una nueva votación, y si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad de la Presidencia del Consejo o, en caso de no acudir ésta, de la Vicepresidencia del antedicho Consejo Asesor. Finalizada la votación la Secretaría computará los votos emitidos y anunciará en voz alta el resultado, en vista del cual la Presidencia proclamará el acuerdo adoptado. Segundo.- Someter a información pública el presente acuerdo mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, durante el plazo de 30 días hábiles, para que puedan formularse cuantas observaciones se consideren oportunas. Transcurrido dicho plazo si no se hubieran presentado alegaciones, se entenderá aprobado definitivamente. Tercero.- Publicar en uno de los diarios de mayor difusión del Territorio Histórico de Bizkaia el contenido del presente acuerdo. Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, Donostia-San Sebastián, 1, Vitoria-Gasteiz, así como al Departamento de Administración Pública y Relaciones Municipales de la Diputación Foral de Bizkaia, Gran Vía, 25,48009 Bilbao, y al sindicato EHNE (Euskal Herriko Nekazarien Elkartasuna) con domicilio a efecto de notificaciones en Murueta 6, (48220) Abadiño. Quinto.- Proceder a la devolución del expediente completo al Área de Urbanismo y Medio Ambiente. 4.- BIZKAIKO JAURRERI ENPARANTZAN DAGOEN JABARIPUBLIKOKO LURSAILAREAN PARTE BATEN DESAFEKTAZIOA, CRISTOBAL MURRIETA ETA JENARO ORAA 27, 29, 31 ATARIETAKO GARAJEAK AIREZTATZEKO IRTEERA INSTALATZEKO. (PL 14/16-V-04 ESP.) DESAFECTACIÓN DE PARTE DE TERRENO DEMANIAL SITO EN LA PLAZA SEÑORÍO DE BIZKAIA PARA INSTALAR SALIDA DE VENTILACIÓN DE LOS GARAJES DE AVDA. CRISTÓBAL MURRIETA Y JENARO ORAA, 27, 29 Y 31. (EXP. PL 14/16-V-04)

30 702 Se dio cuenta del dictamen emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, en reunión celebrada el día 19 de diciembre, que se reproduce a continuación: Con fecha 21 de julio de 2016 en nombre de la Comunidad de Propietarios de los garajes citados en el epígrafe se solicita la desafectación del espacio a ocupar por la salida de ventilación, aportándose informe de LKS Tasaciones. Con fecha 23 de febrero de 2016 se emite informe del Area de Obras y Servicios en el que se señala que se considera adecuada la alternativa de ubicar la salida de ubicación del acceso rodado anulado aunque deberá tenerse en cuenta lo siguiente: El monolito que se construya se hará coincidir con el murete de apoyo a las escaleras, sin sobresalir de esa alineación. Losa cavado de nueva construcción deberán obtener el visto bueno del Ayuntamiento, durante la dirección de obra. La titularidad de uso de la totalidad del antiguo acceso deberá pasar a formar parte del Ayuntamiento o en su caso, el mantenimiento deberá corresponder a las Comunidades de garajes para evitar servidumbres. Con fecha 14 de noviembre de 2016, el Jefe de Planeamiento y Gestión Urbanística del Area de Urbanismo y Medio Ambiente emite informe que señala: ( ) Con fecha 29 de abril de 2016, la Concejala Delegada del Area de Urbanismo y Medio Ambiente, solicita a la comunidad de propietarios del garaje la valoración de la superficie pública a ocupar con el compromiso de mantenimiento del interior de la superficie que queda accesible únicamente desde el garaje. Se presentada la documentación requerida con fecha 21 de julio de 2016, registro de entrada núm La valoración se realiza por Jon Berbel Ayestaran, gerente de LKS, tasaciones y Beatriz Arregui, arquitecta técnica. El documento se considera completo y correcto, informándose favorablemente la tasación de los bienes y derechos municipales que se ocupan en la cantidad de Las obras del sistema de ventilación proyectado están recogidas en el proyecto que obtuvo licencia por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 3 de febrero de Las modificaciones suponen un incremento de presupuesto de ejecución material de 3.774,60. (37.293, ,17 ), y la ejecución del monolito de extracción en la plaza asciende a un presupuesto de ejecución material de 7.148,65. Respecto a la licencia concedida se incluye la ejecución del monolito en el exterior de la plaza, que se considera en el proyecto como una obra menor no requiriendo estudio de gestión de residuos.

31 703 A partir de lo señalado se propone modificar las condiciones de la licencia concedida, al modificarse la solución del sistema de ventilación y, incrementándose el presupuesto en ,25. En el acuerdo se requerirá el pago de la cantidad de en concepto de la ocupación de los bienes y derechos municipales. Con fecha 16 de noviembre la jefa de Servicio Asesor del Area de Urbanismo y Medio Ambiente emite informe: ( ) Consultada la Unidad de Patrimonio Municipal, se remite copia de la inscripción de dicha finca en el Registro de la Propiedad de Santurtzi, donde se describe como plaza del señorío de Bizkaia, con lo que, a juicio de la que suscribe, se trata de un bien demanial. Por su parte, para poder realizar una venta de la superficie precisa para instalar el monolito con la extracción de los garajes y la solución que se plantea a este respecto, constan informe del Área de Obras y Servicios de 23 de febrero de 2016 remitido por el Concejal del Departamento (admitiendo la solución propuesta y previendo las condiciones a establecer las cuales deberán cumplirse en todo momento por la Comunidad interesada-) y constan también informes técnicos favorables del Área de Urbanismo y Medio Ambiente de 27 de abril y 14 de noviembre de 2016 (cuyas condiciones también son vinculantes), con lo que, a la vista de dichos informes técnicos, resulta posible la ocupación de la plaza sin afección relevante al uso público de la misma, a los efectos del artículo 3.1 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. En cualquier caso, deberá notificarse el acuerdo que se adopte a la unidad de Patrimonio municipal. Por lo tanto, necesitando la Comunidad de Propietarios de los garajes de c/ Jenaro Oraá (también conocidos como c/ Murrieta 40-42) la ocupación de parte de terreno demanial (plazoleta), de titularidad municipal, descrito en los planos obrantes a la documentación presentada con fecha 29 de diciembre de 2015, así como constando solicitud de ellos en este sentido de fecha 21 de julio de 2016, así como teniendo en cuenta los informes técnicos municipales antes citados, se podrá proceder en estos momentos a iniciar su desafectación o alteración de calificación jurídica para poder transmitir luego, previo informe favorable de la documentación que requiere con respecto a resolución final, y posterior enajenación tras abono en ese caso de valoración económica de la porción del terreno a ocupar. No consta arbolado afectado. Para posibilitar la desafectación, el artículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales establece los siguientes requisitos y procedimiento: Expediente en el que se acredite su oportunidad y legalidad (8.1): la oportunidad deriva de la necesidad de adecuar las medidas correctoras del garaje objeto del presente expediente (en funcionamiento), siendo necesario al respecto la modificación de la ventilación de los garajes. Además, consta informe técnico favorable a la solución planteada por los interesados. La legalidad se observa en que, no sólo las obras de adecuación de una actividad a sus medidas correctoras son permitidas, sino que son exigidas el cumplimiento de dichas condiciones o medidas correctoras por parte de la

32 704 Ley 3/1998 General de Protección del Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma Vasca (artículos 55 a 62 bis). En este caso, se ha optado por cesión de titularidad, previa segregación y previa desafectación, por considerarse que esa porción de plazoleta perdería su uso público tras la ocupación (por supuesto, salvo superior criterio al respecto). Por lo tanto, debe segregarse la porción de terreno a enajenar (no toda la plazoleta será cedida). La incoación de dicho expediente de desafectación se realizará mediante acuerdo por mayoría absoluta del número legal de miembros del Ayuntamiento Pleno (artículo 8.1 del Reglamento de Bienes citado, en relación con los artículos 22.2.l y 47.2.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en su redacción actualmente vigente). Información pública durante un plazo de un mes (artículo 8.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales), Resolución, a estos efectos, del Ayuntamiento Pleno por mayoría absoluta del número legal de miembros (8.2 del Reglamento de Bienes mencionado, en relación con los artículos 22.2.l y 47.2.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en su redacción actualmente vigente), acordando definitivamente dicha desafectación y se realizará la recepción formal por el órgano competente de la Corporación, a los efectos del artículo 8.3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Si no tuvieran lugar alegaciones durante el trámite de información pública, se podría elevar a definitivo el acuerdo de inicio de expediente de desafectación. Además, siguiendo el artículo 83 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, se dará traslado al Registro de la Propiedad, para que tome razón al respecto mediante nota marginal o inscripción. La que suscribe considera que, una vez segregada y desafectada la porción de terreno de plazoleta y de acordarse enajenación onerosa de dicha porción, en caso de que finalmente se hayan adoptado los acuerdos antes citados, debe estarse a lo previsto en el artículo del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de acuerdo con el cual, Los bienes inmuebles patrimoniales no podrán enajenarse, gravarse ni permutarse sin autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma, cuando su valor exceda del 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación. No obstante, se dará cuenta al órgano competente de la Comunidad Autónoma de toda enajenación de bienes inmuebles que se produzca. Por lo tanto, se precisa informe del interventor al respecto, aunque no parece que se supere el 25% de los recursos ordinarios en el presente caso. En cuanto al procedimiento de enajenación, aunque el artículo 4.p del Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público considera el contrato de compraventa sobre bienes inmuebles que no esté dentro de sus artículos 5 a 12, como es el caso, un contrato excluido de la aplicación de esa ley, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales lo considera aplicable en cuanto a preparación y adjudicación del contrato (artículo 112.1); por lo tanto, en función de su cuantía, podríamos estar ante un contrato menor de los previstos en el artículo 111 del Real Decreto Legislativo 3/2011. Todas estas cuestiones serán objeto de un informe posterior. Aunque el artículo 111 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas no es de aplicación general, no se contradice con ninguno del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, con lo que cabe la posibilidad

33 705 de fijar la libertad de pactos (a la hora de establecer condiciones); deberá recordarse en ese punto la necesidad de dar cumplimiento a las condiciones de los informes del Área de Obras y Servicios de 23 de febrero de 2016 y de los informes del Jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística de 27 de abril y de 14 de noviembre de Asimismo, se requiere valoración técnica pues deberá abonarse precio al respecto, atendiendo al artículo 118 del Reglamento antes citado: Será requisito previo a toda venta o permuta de bienes patrimoniales la valoración técnica de los mismos que acredite de modo fehaciente su justiprecio. Es práctica habitual de este Ayuntamiento solicitar a la Comunidad de Propietarios, para ello, valoración por sociedad de tasación dada de alta en el Banco de España; de manera que la misma ha sido presentada con fecha 21 de julio de 2016, la cual ha obtenido informe favorable de técnico municipal (en concreto, informe favorable del Jefe de Servicio de Planeamiento y Gestión Urbanística de 14 de noviembre de 2016). De la misma manera, su inscripción en el Registro de la Propiedad, a los efectos del artículo 113, deberá realizarse estando libre de cargas y gravámenes dicha parcela, al no constar cargas en informe de Hacienda, ni de Patrimonio (el de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, no básico, permite lo contrario, siempre que el comprador lo admita y tenga lugar una segregación de una porción municipal-). Finalmente, conviene precisar, atendiendo al artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la siguiente salvaguarda: 1. Si los bienes cedidos no fuesen destinados al uso dentro del plazo señalado en el acuerdo de cesión o dejasen de serlo posteriormente se considerará resuelta la cesión y revertirán aquellos a la Corporación Local, la cual tendrá derecho a percibir de la entidad beneficiaria, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos experimentados por los bienes cedidos. 2. Si en el acuerdo de cesión no se estipula otra cosa, se entenderá que los fines para los cuales se hubieran otorgado deberán cumplirse en el plazo máximo de cinco años, debiendo mantenerse su destino durante los treinta años siguientes. 3. Los bienes cedidos revertirán, en su caso, al patrimonio de la entidad cedente con todas sus pertenencias y accesiones. Únicamente en lo que se refiera al momento posterior de la enajenación, en su caso, conviene precisar que el artículo de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, de aplicación general, prevé que El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan sobre estos contratos entre las partes. No obstante, se considerarán actos jurídicos separables los que se dicten en relación con su preparación y adjudicación y, en consecuencia, podrán ser impugnados ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de acuerdo con su normativa reguladora. Tras la adopción de dicho acuerdo de enajenación, si no se supera la cuantía de los contratos menores, en su caso, se suscribirá la escritura pública de enajenación directa a la Comunidad de Propietarios de los Garajes objeto del presente informe y se inscribirá el bien a su favor en el Registro de la Propiedad de Santurtzi. Éste será el momento en que se podrá modificar la licencia de obras e iniciar la obra de instalación de la extracción que precisan los garajes con entrada por avenida Murrieta (siempre que cuente con toda la documentación requerida al respecto).

34 706 Éste es nuestro criterio que sometemos a cualquier otro mejor en Derecho. Con fecha 14 de diciembre de 2016, el Secretario General emite informe relativo a la mayoría necesaria para la aprobación del presente expediente en Ayuntamiento Pleno. El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los 21 miembros de la Corporación presentes en la sesión y que legalmente la componen, ACUERDA:

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