DECRETO SUPREMO Nro IN EL PRESIDENTE DE LA REPÜBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 168ï ½ de la Constitución Política del Perú,

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DECRETO SUPREMO Nro IN EL PRESIDENTE DE LA REPÜBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 168ï ½ de la Constitución Política del Perú,"

Transcripción

1 DECRETO SUPREMO Nro IN EL PRESIDENTE DE LA REPÜBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 168ï ½ de la Constitución Política del Perú, las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organización, las funciones, las especialidades, la preparación y el empleo, y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional; Que, a través de la Ley Nro , del 27 de julio de 2006, se aprobó la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú, que contiene disposiciones referidas al ejercicio de su misión y función constitucional, en función a su clasificación, categoría, jerarquía, grado y empleo; Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nro , se dispone que la atada Ley será reglamentada en el plazo de ciento veinte (120) días calendario, a partir de su entrada en vigencia; Que, además, existe la necesidad de desarrollar, establecer y regular los procedimientos y demás aspectos relacionados con la aplicación y cumplimiento de la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú; y. De conformidad con el inciso 8ï ½ del artículo 118ï ½ de la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo 1ï ½.- Aprobación del Reglamento de la Ley Nro , Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú Apruébase el Reglamento de la Ley Nro , Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú, que forma parte integrante del

2 presente Decreto Supremo, y que consta de dos (2) Títulos, siete (7) Capítulos, treinta y seis (36) artículos, y tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales. Artículo 2ï ½.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCIA PEREZ Presidente Constitucional de la República PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior REGLAMENTO DE LA LEY Nro , LEY DEL REGIMEN DE PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I OBJETO, CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACION Artículo 1ï ½.- Objeto El presente Reglamento desarrolla, establece y regula los procedimientos y demás aspectos relacionados con la aplicación y cumplimiento de la Ley del Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú. Artículo 2ï ½.- Contenido El presente reglamento contiene las disposiciones aplicables al personal de la Policía Nacional del Perú, en el ejercicio de su misión y función constitucional; así como, en función a su clasificación, categoría, jerarquía, grado y empleo. Artículo 3ï ½.- Ambito de aplicación Las disposiciones del presente reglamento alcanzan a todo el personal de la Policía Nacional del Perú. No es aplicable lo dispuesto en la presente norma al personal civil que, de conformidad con la Ley de la Policía Nacional del Perú, es parte de la institución, cuyo régimen de personal se rige por el Decreto Legislativo Nro. 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Los Cadetes y Alumnos de las Escuelas de formación se rigen por su propio Régimen

3 de Personal, sujetándose supletoriamente a lo establecido en la Ley Nro , Ley de Régimen de Personal de la Policía Nacional del Perú, y al presente reglamento, en lo que resulte aplicable. CAPITULO II PRINCIPIO DE IGUALDAD Artículo 4ï ½.- Principio de Igualdad El personal de la Policía Nacional del Perú tiene iguales derechos y obligaciones. Ninguna disposición de la presente norma puede, en su aplicación, generar algún acto de discriminación en el acceso y progresión de la carrera policial, ejercicio de derechos, asignación de cargo, ni con motivo de cambios en la situación policial. Artículo 5ï ½.- Tratamientos especiales Excepcionalmente, en base a criterios objetivos inherentes a la función y categoría, deben aplicarse tos-siguientes tratamientos especiales: a) Restringir el nombramiento del personal femenino de la Policía Nacional del Perú, a las unidades donde no existan condiciones mínimas de habitabilidad, que alerten contra su intimidad, salvo solicitud previa y expresa de la interesada. b) Limitar la asignación del personal femenino de la Policía Nacional del Perú, a las unidades de operaciones especiales, cuando la modalidad del servicio implique riesgo directo a su integridad física o desventaja objetiva para el cumplimiento de la misión, salvo solicitud previa y expresa de la interesada. c) El personal femenino de la Policía Nacional del Perú que participa en el proceso de ascenso, encontrándose en estado de gestación, es exonerado de las pruebas que pongan en riesgo su integridad y salud. d) El personal de la Policía Nacional del Perú, declarado con discapacidad, será asignado a cargos administrativos según su calificación profesional, especialidad o experiencia para el servicio. Dicho tratamiento no debe implicar desventaja alguna para los efectos del Régimen del Personal de la Policía Nacional del Perú, con respecto al resto del personal de la institución. CAPITULO III ASIMILACION

4 Y ESPECIALIDADES Artículo 6ï ½.- Asimilación de Oficiales de Servicios En el caso de Oficiales de Servicios, sólo pueden incorporarse con grado a la Policía Nacional del Perú los profesionales titulados en medicina y derecho. Artículo 7ro..- Grado de incorporación para Oficiales de Servicios Los profesionales titulados y colegiados en medicina y derecho se incorporan a la Policía Nacional del Perú como Oficiales de Servicios con el Grado de Capitán en condición de Asimilados. Artículo 8ï ½.- Período de asimilación El período de asimilación será indefectiblemente de dos años, al cabo de los cuales se otorga la efectividad en el grado previa evaluación y aprobación del examen correspondiente, o se cancela la asimilación. No se acumula el tiempo de asimilación corno tiempo de servicilos para postular al grado inmediato superior. Artículo 9ï ½.- Edad máxima de incorporación Para la incorporación de médicos y abogados, la edad máxima será de treinta y uno (31) años para los de procedencia civil, y de cuarenta (40) años para los de procedencia de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas. Artículo 10ï ½.- Incorporación por segunda especialización Los médicos que acrediten una segunda especialización con inscripción en el Registro Nacional de Especialistas o los abogados que acrediten el grado académico de Doctor con mención en Derecho Constitucional, Administrativo, Penal o Civil, podrán incorporarse como Oficial de Servicios con el grado de Mayor en condición de Asimilado. En este caso, la edad máxima de incorporación será de cuarenta (40) años para los de procedencia civil, y de cuarenta y cinco {45) años para los de procedencia de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas. En el caso que proceda de la Policía Nacional del Perú, si a un Oficial Asimilado se le cancelara

5 la Asimilación y no obtuviera la Efectividad, podrá retornar a su anterior grado de procedencia, según sea el caso. Artículo 11ï ½,- Curso de Adaptación Institucional para Oficiales de Servicios En los tres primeros meses del período de asimilación, los Oficiales están en la obligación de seguir el Curso de Adaptación Institucional, desarrollado por la Dirección de Educación y Doctrina Policial, para facilitar su integración a la Policía Nacional del Perú. Artículo 12ï ½.- Restricciones en la condición de asimilado Los Oficiales Asimilados no tienen derecho a ascenso en la condición de asimilado. Asimismo, no tienen derecho sobre el grado, sólo conservan los atributos del mismo mientras desempeñan sus funciones. Además, los Oficiales Asimilados, en tanto se encuentren en dicha condición, no podrán ser nombrados en misión de estudios en el país, ni en el extranjero. Artículo 13ï ½.- Especialidades de los Oficiales de Servicios Para la asimilación de los Oficiales de Servicios, las especialidades requeridas son las siguientes: a) En medicina: ESPECIALIDADES MEDICAS: -Medicina Interna. -Cardiología. -Salud Mental. -Neurología. ESPECIALIDADES QUIRURGICAS -Cirugía General. - Ortopedia y Traumatología. -Neurocirugía. - Otorrinolaringología. - Cirugía de Tórax y Cardiovascular. -Cirugía Reparadora y Quemados. ESPECIALIDADES PEDIATRICAS - Medicina Pediátrica. -Cirugía Pediátrica. ESPECIALIDADES GIN ECO-OBSTETRICAS -Ginecología. -Obstetricia.

6 - Reproducción Humana. OTRAS ESPECIALIDADES - Emergencista. -Anestesiólogo. -Cuidados Intensivos. - Medicina Física y Rehabilitación, b) En derecho: - Constitucional, - Administrativo. - Penal. - Civil. Artículo 14ï ½.-Asimilación de especialistas En el caso de los especialistas, sólo pueden incorporarse a la Policía Nacional del Perú los egresados de los institutos superiores tecnológicos, titulados como auxiliares administrativos, auxiliares informáticos, auxiliares técnicos en salud, auxiliares en artes musicales y mecánicos de motores. Artículo 15ï ½.- Grado de incorporación para Especialistas Los egresados de Institutos Superiores Tecnológicos, con seis semestres de estudios presenciales, debidamente inscritos n la dependencia del Ministerio de Educación, podrán incorporarse a la Policía Nacional del Perú como Especialistas de Tercera, n condición de Asimilado. Artículo 16ï ½,- Período de asimilación del Especialista El periodo de asimilación será indefectiblemente de dos arios, al cabo del cual se otorga la efectividad en el grado, previa evaluación y aprobación del examen correspondiente, o se cancela la asimilación. Artículo 17ro..- Curso de Adaptación institucional para Especialista En los tres primeros meses del período de asimilación, los especialistas están en la obligación de seguir el Curso de Adaptación Institucional, desarrollado por la Dirección de Educación y Doctrina Policial, para facilitar su integración a la Policía Nacional del Perú. Artículo 18ï ½.- Especialidades requeridas para el ingreso de Especialista Para el ingreso de Especialistas, las especialidades requeridas

7 son las siguientes: a) Auxiliares Administrativos: -Contabilidad - Mecánica de Comunicaciones - Radio Operador b) Auxiliares informáticos: - Administración de Redes - Administración de Base de Datos - Mantenimiento de Equipos de Cómputo - Programación c) Auxiliares Técnicos en Salud: - Enfermería - Odontología - Farmacia - Fisioterapia y Rehabilitación -Nutrición - Laboratorio - Radiología d) Auxiliares en Artes Musicales: - Músico e) Mecánicos de Motores: - Mecánica Automotriz - Mecánica de Aeronaves -Mecánica de Motonaves - Electricidad Automotriz Artículo 19ï ½.- Administración de los procesos de incorporación La Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú es la encargada de administrar los procesos correspondientes para cubrir las necesidades institucionales. CAPITULO IV ASCENSO DEL PERSONAL CON DISCAPAC1DAD Artículo 20ï ½.- Del personal de la Policía Nacional del Perú con discapacidad El personal de la Policía Nacional del Perú en Situación de Actividad, con discapacidad adquirida en acción de armas, acto del servicio, ocasión del servicio y consecuencia del servicio, tiene derecho a postular al ascenso al grado inmediato superior. Artículo 21ro..- Procedimiento B procedimiento y las dependencias responsables para declarar la discapacidad se establecen de la manera siguiente: - El interesado presenta su solicitud ante la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del

8 Perú. - La Junta Médica de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú, conformada según la normatividad vigente, emite su pronunciamiento. - La Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú expide el certificado de discapacidad, según las formalidades de ley. - Posteriormente, se procede a su inscripción en el Registro Nacional de Discapacitados. - El Consejo de Investigación se pronuncia mediante el acta correspondiente. - La Asesoría Jurídica de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional Perú emite su opinión a través del dictamen correspondiente. - La Dirección General de la Policía Nacional del Perú expide la respectiva resolución señalando la discapacidad del personal de la Policía Nacional del Perú, según corresponda. Artículo 22ro.,- Bonificación para el ascenso Para el proceso de ascenso se otorga como bonificación al personal con discapacidad permanente con derecho a postilar al grado inmediato superior, el quince por dentó (15%) sobre el puntaje final obtenido, en fundón a la diferenciación positiva, cuando la discapacidad haya sido adquirida en acción de armas, acto del servicio, ocasión del servido o consecuencia del servido, respetando d esta manera el derecho a su dignidad, régimen legal de protección, atención y seguridad n pleno ejercicio a sus derechos constitucionales. Artículo 23ï ½.-Administración del proceso La Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú es la encargada de administrar los procesos relacionados con el ascenso del personal con discapacidad. Artículo 24ï ½.- Ascenso Excepcional Excepcionalmente, el personal de la Policía Nacional del Perú en sus diferentes categorías puede ascender al grado inmediato superior, cuando participe en acción de armas, acto del servicio, ocasión del servicio y consecuencia del servicio, en los siguientes casos: - "A Título Póstumo",

9 por hechos que denoten marcado heroísmo. - "Por Acción Distinguida", sólo cuando el personal de la Policía Nacional del Perú cumpla excepcionales acciones meritorias. Articulo 25ro.,- Procedimiento para el ascenso excepcional Q procedimiento para que la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú formule la propuesta correspondiente a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú para el ascenso excepcional, es el siguiente: - Las Oficinas de Administración u Organos de Inspectoría, según corresponda, investigan y formulan el informe Administrativo Disciplinario respectivo, calificando el hecho como acción de armas, acto del servicio, consecuencia del servido u ocasión del servido. En los tres primeros casos, se debe adjuntar el atestado policial correspondiente. - E Consejo de Investigación emite su pronunciamiento mediante el acta correspondiente. - La Asesoría Jurídica respectiva, emite su opinión a través del dictamen correspondiente. - La Dirección de Recursos Humanos propone a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú la expedición de la resolución correspondiente. Artículo 26ro..- De la acción meritoria La acción meritoria considerada como "Acción Distinguida", es aquella derivada de un enfrentamiento armado en el cumplimiento de la función policial, en la que el personal participa directamente, demostrando valor, arrojo y sacrificio, y exponiendo la vida o la integridad física. TITULO II ASPECTOS DE LA SITUACION POLICIAL CAPITULO I SITUACION DE RETIRO Artículo 27ï ½.- Cumplir 35 años de Tiempo de Servicios El personal de la Policía Nacional del Perú pasa automáticamente a la Situación de Retiro al cumplir 35 años de Tiempo de Servicios desde su egreso de las Escuelas de Formación o su incorporación a la Policía Nacional del Perú, cualquiera

10 sea el Grado que ostente. Para el cómputo del tiempo de servidos se acumularán los servicios reales y efectivos prestados a la Policía Nacional del Perú, sin considerar el grado, jerarquía y categoría del servidor, de la manera siguiente: - Para el caso de los Oficiales se acumulará el tiempo de servicios reales y efectivos prestados como suboficial y/o especialista. - Para el caso de los Suboficiales se acumulará el tiempo de servicios reales y efectivos prestados como especialista. CAPITULO II RENOVACION Artículo 28ï ½.- Renovación Pueden pasar a la Situación de Retiro por la causal de Renovación los Oficiales Policías pertenecientes a las Jerarquías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores. El Proceso de Renovación en la Policía Nacional del Perú se desarrolla de acuerdo a los siguientes lineamientos: - La Renovación se ejecuta anualmente, después de producido el proceso de ascenso correspondiente, en atención a criterios objetivos y debidamente fundamentados. - No constituye sanción administrativa. - La propuesta de Renovación de Oficiales Generales es presentada por escrito por el Director General de la Policía Nacional del Perú al Ministro del Interior para su acuerdo y trámite, previo informe del Consejo de Calificación. La aprobación es potestad del Presidente de la República en su calidad de Jefe Supremo de la Policía Nacional del Perú. - La propuesta de Renovación de Oficiales Superiores es presentada por escrito por el Director General de la Policía Nacional del Perú, al Ministro del Interior para su aprobación, previo informe del Consejo de Calificación. _- El Consejo de Calificación debe mantener actualizado el Registro de Actas del Proceso de Renovación. - El pase a la Situación de Retiro por la causa de Renovación se hace efectivo a partir del 1 de Enero del año siguiente al del proceso. Artículo 29ï ½.- Procedimiento

11 de notificación El procedimiento de notificación al personal de la Policía Nacional del Perú de su pase a la Situación de Retiro por la causal de Renovación está a cargo de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú. La notificación se hace efectiva mediante la entrega de la respectiva resolución de pase a la situación de retiro por la causal de Renovación. En las jurisdicciones que no sean Lima y Callao, la notificación está a cargo del Jefe de la Oficina de Administración correspondiente, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú. Para la notificación de las resoluciones de pase a retiro por renovación, se debe tener en cuenta las formalidades previstas en la Ley Nro , Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 30ï ½.- Requisitos, condiciones o aspectos de evaluación Para que el personal de la Policía Nacional del Perú pueda ser considerado en el proceso de Renovación, debe tener los años de permanencia en el Grado o Tiempo de servicios mínimo computados a la fecha de proyectado el cambio de Situación Policial, que a continuación se indican: - Teniente General 1 año en el Grado o 32 años de Tiempo de servicios. - General 2 años en el Grado o 30 años de Tiempo de servicios. - Coronel 6 años en el Grado o 28 años de Tiempo de servicios. - Comandante 8 años en el Grado o 23 años de Tiempo de servicios. - Mayor 6 años en el Grado o 20 años de Tiempo de servicios. Los Oficiales Policías de las Jerarquías de Oficiales Generales y los Oficiales Superiores, que por imperio de la Ley deban pasar a la Situación de Retiro, en los dos (2) años siguientes al del proceso, pueden ser considerados, a su solicitud, en la propuesta del Consejo de Calificación, sin tener

12 en cuenta las condiciones establecidas en el presente artículo. Los Oficiales Policías de las Jerarquías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores que cumplan los requisitos previstos en el presente artículo, pueden solicitar a la Dirección Genera de la Policía Nacional del Perú su pase a la Situación de Retiro por causal de Renovación, mediante solicitud fundamentada y con firma legalizada notarialmente, la que será evaluada por el Consejo de Calificación. Asimismo, debe tenerse en cuenta que los Oficiales propuestos no deben estar comprendidos en otras causales cié pase a la Situación de Retiro, hasta el 31 de diciembre del año del proceso. Finalmente, sin perjuicio de lo mencionado, los Oficiales Policías pertenecientes a las jerarquías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores propuestos para pasar a la situación de retiro por la causal de renovación, deben encontrarse en alguno de los siguientes supuestos: - No haber realizado o no tener posibilidad de realizar el Curso de Perfeccionamiento correspondiente B su grado. - No haber sido condecorado o estar incurso en causal de inaptitud para el otorgamiento de la Condecoración de la Orden al Mérito PNR por la Causal Servidos Meritorios. - Encontrarse en el tercio inferior del Cuadro de Mérito para el ascenso sin considerar el Factor Tiempo de Servicio en el Grado o haber sido declarado inapto para el proceso de ascenso en el mismo año en que se realiza el proceso de Renovación. Artículo 31ï ½.- Del Consejo de Calificación El Consejo de Calificación es el órgano Consultivo que evalúa y propone a los Oficiales Policías, pertenecientes a las jerarquías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores, para su pase a la Situación de Retiro por la causal de Renovación. Lo preside el Director General de la Policía Nacional del Perú y está integrado por cuatro (4) Oficiales Generales. Sus decisiones se adoptan por mayoría y es obligatorio que todos sus integrantes se pronuncien sobre los casos que se sometan

13 a su consideración. El Consejo es nombrado mediarte Resolución Directoral. Artículo 32ro..- Del procedimiento El Consejo de Calificación se ínstala, levantando el acta respectiva, y procede a la recepción de la siguiente información: - Las vacantes para el proceso de ascenso de Oficiales. - La referida a los Oficiales ascendidos y los que pasan a la Situación de Retiro por imperio de la Ley. - La referida a los Oficiales Generales y Superiores que cumplen las condiciones, requisitos y factores de evaluación de acuerdo a la Ley Nro. 2885T y su Reglamento. Los procesos administrativos disciplinarlos relacionados al personal pasible de ser comprendido en dicho proceso. - La disponibilidad presupuestal para el otorgamiento de los derechos y beneficios económicos, de los Oficiales propuestos para pasar a la Situación de Retiro por la causal de Renovación. - Otras que resulten necesarias. Posteriormente, el Consejo de Calificación procede a la verificación de la información, y a la evaluación y calificación de los Oficiales considerados en la relación remitida por la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú. Luego, el Consejo de Calificación elabora y/o formula la propuesta sustentada en actas individuales debidamente motivadas. Una vez aprobada formalmente la propuesta, se difunde, a través del sistema electrónico de la Policía Nacional del Perú, la relación nominal del personal que pasa a la situación de retiro por causal de renovación, sin perjuicio de la notificación conforme a Ley. Artículo 33ï ½.-De los órganos comprometidos La Inspectoría General, los Tribunales Administrativos Disciplinarlos y la Dirección de Recursos Humanos, mantienen actualizada la información del área de su responsabilidad de conformidad a lo prescrito en el presente reglamento, con la finalidad de ser proporcionada oportunamente a los Consejos de Calificación. La Dirección de Recursos Humanos, la Dirección de Economía y Finanzas, y la

14 Dirección de Bienestar de la Policía Nacional del Perú, son responsables de tramitar automáticamente los documentos requeridos para el otorgamiento de los derechos y beneficios económicos a los Oficiales que pasan a la situación de retiro por causal de Renovación. La Dirección de Información de la Policía Nacional del Perú tiene la responsabilidad de organizar el acto protocolar de despedida de los Oficiales Generales y Oficiales Superiores que pasan a la Situación de Retiro por la causal de Renovación. CAPITULO III DE LOS PERMISOS, LICENCIAS Y VACACIONES Artículo 34ï ½.- De las vacaciones Se entiende por vacaciones al periodo de descanso remunerado, no mayor a treinta días calendario en el año, al que tiene derecho el personal de la Policía Nacional del Perú. El disfrute de las vacaciones no puede ser sustituido por una compensación económica, ni acumularse a las que se devenguen en años sucesivos. Si el personal no hace efectivo las vacaciones en el año en que se generan, pierde su derecho a disfrutarlas. Artículo 35ï ½.- Permisos al personal Es atribución del superior jerárquico, conceder permisos al personal de la Policía Nacional del Perú, que los faculte a ausentarse del trabajo por razones-debidamente motivadas y justificadas, sin descuento remunerativo alguno, pudiendo ser éstas por onomástico, matrimonio, fallecimiento de cónyuge, hijos, o padres, y por tratamiento médico. Los períodos de permiso serán determinados de acuerdo a la norma que sobre el particular apruebe el Ministerio del lnterior, a propuesta de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú. Artículo 36ï ½.- Licencias Se entiende por Licencia ú período de descanso remunerado que se concede al personal de la Policía Nacional del Perú, por los siguientes motivos: a) Licencia por maternidad.- Equivalente a un total de noventa (90) días de descanso, dividido en dos

15 períodos de 45 días cada uno, antes y después del parto. b) Licencia por Enfermedad.- Concedida según lo establecido en la Ley de la materia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La Dirección General de la Policía Nacional del Perú propondrá al titular del Ministerio del Interior, en un plazo que no exceda de los treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente norma, el proyecto de dispositivo complementario que resulte necesario, para regular los aspectos relacionados con el uso de permisos, licencias y al goce de vacaciones, para su aprobación correspondiente de ser el caso. Segunda.- La Dirección Genera de la Policía Nacional del Perú presentará al titular del Ministerio del Interior, en un plazo de sesenta (60) días calendario, el proyecto de Decreto Supremo que establezca las regulaciones que determinen los niveles de discapacidad, para el otorgamiento de la bonificación mencionada en el artículo 22ro. del presente reglamento. Tercera.- El Ministerio del Interior podrá dictar las disposiciones que se consideren necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento

Profesiones requeridas por la Policía Nacional del Perú están referidas al campo de las Ciencias de la Salud, Sociales, Jurídicas, de la

Profesiones requeridas por la Policía Nacional del Perú están referidas al campo de las Ciencias de la Salud, Sociales, Jurídicas, de la DECRETO SUPREMO Nro. 005-2009-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nro. 012-2006-IN del 28 de diciembre de 2006, se reglamentó la Ley Nro. 28857 - Ley del Régimen

Más detalles

Decreto Supremo Nº EF

Decreto Supremo Nº EF Decreto Supremo Nº 046-2012-EF APRUEBAN EL REGLAMENTO DEL OTORGAMIENTO DEL BONO POR DESEMPEÑO DEL AÑO 2012 A FAVOR DE HASTA EL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN LA POLICÍA NACIONAL

Más detalles

LEY DE RÉGIMEN DE PERSONAL Y SU REGLAMENTO

LEY DE RÉGIMEN DE PERSONAL Y SU REGLAMENTO LEY DE RÉGIMEN DE PERSONAL Y SU REGLAMENTO 291. EL PERSONAL FEMENINO DE LA PNP, QUE PARTICIPA EN EL PROCESO DE ASCENSO, ENCONTRÁNDOSE EN ESTADO DE GESTACIÓN; (SEÑALE EL CORRECTO) A. ES EXONERADO DE LA

Más detalles

Aquí trabajamos por el Perú y el Mundo!

Aquí trabajamos por el Perú y el Mundo! zz 1 ANEXO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1149 - LEY DE LA CARRERA Y SITUACIÓN DEL PERSONAL DE ANEXOS - DECRETO LEGISLATIVO Nº 1149 (El Decreto Legislativo en referencia fue publicado el día 11 de diciembre

Más detalles

Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú

Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú LEY Nº 29643 CONCORDANCIAS: D.U. Nº 020-2011 (Dictan medidas para el otorgamiento de una bonificación

Más detalles

1. Los REQUISITOS para encontrarse en situación de aptitud en el proceso de admisión, son los siguientes:

1. Los REQUISITOS para encontrarse en situación de aptitud en el proceso de admisión, son los siguientes: INCORPORACIÓN DE LOS PARTICIPANTES A LA ESCPOGRA (LXI-DIPOC, XIX-DIPOT). INICIO DEL AÑO ACADÉMICO EN LA ESCPOGRA. ACCIONES DE CONTROL EN LA PRESENTACIÓN DE INGRESANTES A LA ESCPOGRA. PUBLICACION AGUILA6

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueban montos de las valorizaciones priorizadas por zona alejada o de frontera, zona de emergencia y por atención en servicios críticos para el personal de a que se refiere el Decreto Legislativo Nº

Más detalles

Ley Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos:

Ley Nº Entre algunos aspectos relevantes que se establecen a través del artículo 84º-A encontramos: Ley Nº 29451 Ley que modifica el Decreto Ley Nº 19990, Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, y establece el Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho

Más detalles

DECRETO LEGISLATIVO Nro EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República por Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo

DECRETO LEGISLATIVO Nro EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República por Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo DECRETO LEGISLATIVO Nro. 1143 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República por Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, entre otras materias, respecto

Más detalles

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Lima, 2 1 í 2Q 1 Nº 1.3 J -2011-SERVIR/PE VISTO, el Memorandum Nº 034-2011-SERVIR/GG de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; CONSIDERANDO:

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 057-2013 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ANALISTA DE BIENESTAR SOCIAL CÓDIGO: ABS I. GENERALIDADES

Más detalles

Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú

Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú DECRETO LEGISLATIVO Nº 1149 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, mediante Ley 29915, ha delegado

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Establecen disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad fijada en S/. 400,00 por la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010,

Más detalles

DECRETOS LEGISLATIVOS NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2016 / El Peruano

DECRETOS LEGISLATIVOS NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2016 / El Peruano 602042 NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2016 / El Peruano entre otras, en materia de seguridad ciudadana; en un plazo de noventa (90) días. Que, en el literal e) del numeral 2 del artículo 2 de

Más detalles

REGLAMENTO DEL FONDO DE APOYO A LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS COFINANCIADAS

REGLAMENTO DEL FONDO DE APOYO A LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS COFINANCIADAS REGLAMENTO DEL FONDO DE APOYO A LAS ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS COFINANCIADAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 136-2014-EF Que, el artículo 17 de la Ley Nº 30114, Ley de

Más detalles

Aprueban el Reglamento de Certificación del Operador Económico Autorizado DECRETO SUPREMO Nº EF

Aprueban el Reglamento de Certificación del Operador Económico Autorizado DECRETO SUPREMO Nº EF Aprueban el Reglamento de Certificación del Operador Económico Autorizado EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº 184-2016-EF Que, el artículo 2 de la Ley General de Aduanas, aprobada

Más detalles

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Defensa

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Defensa Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Pliego Ministerio de Defensa EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de Gestión de Servicios

Más detalles

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE CONCURSO INTERNO DE ASCENSO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO (Aprobado por Resolución Nro. CU-161-2013-UNSAAC y modificado por Resolución

Más detalles

Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096

Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096 1 Decreto Legislativo que modifica artículos de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial DECRETO LEGISLATIVO Nº 1096 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nro TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nro , del 13 de julio de 2006, se regula el

DECRETO SUPREMO Nro TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nro , del 13 de julio de 2006, se regula el DECRETO SUPREMO Nro. 017-2006-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nro. 28779, del 13 de julio de 2006, se regula el derecho de cobertura de salud para las personas que se

Más detalles

Sistema Normativo de Información Laboral LEY Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República. Ha dado la Ley siguiente:

Sistema Normativo de Información Laboral LEY Nº EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República. Ha dado la Ley siguiente: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY Nº 29874 LEY QUE IMPLEMENTA MEDIDAS DESTINADAS

Más detalles

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos Gobiernos Regionales EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO Nº

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Fuero Militar Policial EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto

Más detalles

El artículo 225 determina que el sector público comprende:

El artículo 225 determina que el sector público comprende: Público, que otorgan al Ministerio del Trabajo la rectoría en materia de talento humano y remuneraciones en todos los organismos previstos en el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad y aprueba una Transferencia de Partidas

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad y aprueba una Transferencia de Partidas Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del aguinaldo por Navidad y aprueba una Transferencia de Partidas EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 243-2012-EF Que,

Más detalles

PROCESO CAS Nº MINJUS ASISTENTE ADMINISTRATIVO

PROCESO CAS Nº MINJUS ASISTENTE ADMINISTRATIVO MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PROCESO CAS Nº 419 2012 MINJUS ASISTENTE ADMINISTRATIVO I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratación de los servicios de un personal de apoyo para

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo y la Asignación Extraordinaria por Navidad del Año 2009 y autorizan transferencia de partidas a favor de diversas entidades en el

Más detalles

BASES CONVOCATORIA PÚBLICA CAS PROCESO CAS N ITP

BASES CONVOCATORIA PÚBLICA CAS PROCESO CAS N ITP BASES CONVOCATORIA PÚBLICA CAS PROCESO CAS N 059-2015-ITP I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria Contratar los servicios de 01 persona natural, idónea para que realice las actividades correspondientes

Más detalles

Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº EF

Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº EF Dictan normas sobre las condiciones de no hallado y de no habido para efectos tributarios respecto de la SUNAT DECRETO SUPREMO Nº 041-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Vigésimo

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueban disposiciones y fijan montos por concepto de Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo y Bonificación

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 3 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 043-2015 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ESPECIALISTA EN PLANILLAS CAS CÓDIGO: ESP.PLA I. GENERALIDADES

Más detalles

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS)

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) Página: 1 de 5 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 143-2011 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ANALISTA FUNCIONAL CÓDIGO: ANA FUN - DRET I. GENERALIDADES 1.- Objeto

Más detalles

Resolución de Contraloría Nº CG

Resolución de Contraloría Nº CG Resolución de Contraloría Nº 336-2015-CG Contralor General aprueba Directiva N 014-2015-CG/PROCAL Gestión de Traslados de los Colaboradores de la Contraloría General de la República. Lima, 06 de Noviembre

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EM. Aprueban Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados

DECRETO SUPREMO Nº EM. Aprueban Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados Publicación: 28/11/2006 DECRETO SUPREMO Nº 069-2006-EM Aprueban Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el artículo 30 de la

Más detalles

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL ACUERDO GUBERNATIVO No. 1222-88 PALACIO NACIONAL: Guatemala, 30 de diciembre de 1988 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que las leyes de Servicio

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueba monto de la Valorización Ajustada por puesto especializado o de dedicación exclusiva en servicios de salud pública y autoriza transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público para

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DEL PERSONAL EGRESADO DE LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DE LA ARMADA DE MÉXICO. Publicado en el DOF el 29 de septiembre de 2000 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP)

APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP) APRUEBAN REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ACREDITACIÓN EN EL REGISTRO DE ESPECIALISTAS EN PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA (REPIP) Resolución Directoral N 005-2009-EF/68.01 (Publicada en el Diario Oficial

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N . Página: 1 de 7 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 009 2017 PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/UNA ANALISTA ADMINISTRATIVO DE LOGÍSTICA CÓDIGO: AN.ADM.LOG I. GENERALIDADES 1. Objeto

Más detalles

Decreto Supremo Nº EF

Decreto Supremo Nº EF Decreto Supremo Nº 317-2013-EF Aprueban disposiciones y fijan montos por concepto de Bonificación por Desempeño Efectivo de Cargos de Responsabilidad, Bonificación por Función Administrativa y de Apoyo

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº PCM

DECRETO SUPREMO Nº PCM Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29091 - Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y establece la publicación de diversos dispositivos

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N . Página: 1 de 7 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 005 2017 PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/UNA ABOGADO/A I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 3 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 036-2015 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES CÓDIGO: ESP.CONT I. GENERALIDADES

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº JUS

DECRETO SUPREMO Nº JUS Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1279 que establece el deber de registrar los vínculos de parentesco y otras vinculaciones derivadas de las inscripciones que lleva a cabo el Registro Nacional

Más detalles

Oficina de Contabilidad y Control Previo

Oficina de Contabilidad y Control Previo PROCESO CAS Nº 105-2012- MIDIS I. GENERALIDADES 1. Objeto de la Convocatoria Contratar el servicio del siguiente cargo: Nº CARGO VACANTE CODIGO 1 Integrador Contable 1 ICCP 2. Dependencia, unidad orgánica

Más detalles

ARTÍCULO 1.- La presente ley establece el ámbito y la finalidad del Ejército, así como la estructura y las funciones de sus órganos constitutivos.

ARTÍCULO 1.- La presente ley establece el ámbito y la finalidad del Ejército, así como la estructura y las funciones de sus órganos constitutivos. Título: Perú. Ley Orgánica del Ejército Peruano Fecha: 27/09/1987 Idioma: español LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO PERUANO Decreto Legislativo N 437 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Decreto Supremo que establece el Procedimiento de implementación progresiva de la Estructura de Ingresos aplicable al Personal Militar de las Fuerzas Armadas y policial de la del Perú EL PRESIDENTE DE

Más detalles

DECRETO SUPREMO N EF

DECRETO SUPREMO N EF Aprueban montos de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y por Atención Especializada para los Profesionales de la Salud y Personal de la Salud Técnico y Auxiliar Asistencial a que

Más detalles

REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES REGLAMENTO DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1 El presente Reglamento norma la admisión y permanencia de los estudiantes de la Universidad

Más detalles

Secretaría General. Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional

Secretaría General. Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional Oficina Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DEL PROCESO CAS Nº 092-2018-PCM-ORH CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN

Más detalles

(/Año del Buen Servicio al Ciudadano" JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo

(/Año del Buen Servicio al Ciudadano JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (/Año del Buen Servicio al Ciudadano" A De Asunto Referencia INFORMETÉCNICO Ng /6~ " JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo -2017-SERVIR/GPGSC CYNTHIA SÚ LAY Gerente (e) de Políticas de Gestión

Más detalles

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO

DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ AÑO DE LA PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMÁTICO PROCESO CAS N 067-2014-SENCICO/07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN ABOGADO ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES DEL ESTADO Y DERECHO ADMINISTRATIVO PARA LA ASESORÍA LEGAL DEL SENCICO"

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS O LICENCIAS DE AUSENTISMO LABORAL

LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS O LICENCIAS DE AUSENTISMO LABORAL LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS O LICENCIAS DE AUSENTISMO LABORAL ELABORADO POR: Nombre Responsable del documento: C.P Bernardo Careaga Espinoza Cargo Subdirector de Recursos Humanos APROBADO

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Aprueban el Reglamento del otorgamiento del Bono por Desempeño a favor del diez por ciento (10%) del personal que presta servicios en la Policía Nacional del Perú EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Más detalles

ECONOMIA Y FINANZAS NORMAS LEGALES

ECONOMIA Y FINANZAS NORMAS LEGALES El Peruano / Sábado 28 de octubre de 2017 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales,

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N . Página: 1 de 7 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 002 2017 PRIMERA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/UNA ABOGADO/A I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios

Más detalles

LEY Nro EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado

LEY Nro EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado LEY Nro. 29108 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY DE ASCENSOS DE OFICIALES DE LAS

Más detalles

Aprueban el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo DECRETO SUPREMO N MINCETUR

Aprueban el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo DECRETO SUPREMO N MINCETUR Aprueban el Reglamento de la Ley del Guía de Turismo DECRETO SUPREMO N 004-2010-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, conforme

Más detalles

11/10/ Ley Nº Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. (13/10/2004) LEY Nº 28359

11/10/ Ley Nº Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. (13/10/2004) LEY Nº 28359 11/10/2004.- Ley Nº 28359.- Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. (13/10/2004) LEY Nº 28359 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 001-2015 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ASISTENTE ADMINISTRATIVO CÓDIGO: ASIS.ADM I. GENERALIDADES

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 004-2014 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) ASISTENTE LOGISTICO CÓDIGO: ASIS.LOG I. GENERALIDADES

Más detalles

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 048-2012 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ASISTENTE LOGÍSTICO I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria

Más detalles

Viceministerio de Gestión Institucional CONVOCATORIA CAS N 180-DGRH-2015

Viceministerio de Gestión Institucional CONVOCATORIA CAS N 180-DGRH-2015 CONVOCATORIA CAS N 180-DGRH-2015 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) AUXILIAR ADMINISTRATIVO PARA EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL I. GENERALIDADES: 1. Objeto de

Más detalles

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA.

2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante: DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA. PROCESO CAS Nº 023-2016-07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ABOGADO ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES DEL ESTADO PARA OFICINA DE DESARROLLO, MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA

Más detalles

PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. Código: PS 02

PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS. Código: PS 02 PROCEDIMIENTO GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS Código: PS 02 CONTROL DE LA REVISIÓN Revisión Fecha Sección Detalle de la modificación 00 2013-09-01 --- --- 01 2014-03-17 Todas Revisión de todo el procedimiento

Más detalles

PROCESO CAS Nº MINJUS TÉCNICO EN ARCHIVO

PROCESO CAS Nº MINJUS TÉCNICO EN ARCHIVO MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PROCESO CAS Nº 260-2012-MINJUS TÉCNICO EN ARCHIVO I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de un (01) Técnico en Archivo egresado

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS 0013-2018- SENASA Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios de: Un (01) Analista Avanzado de Compras I. II. GENERALIDADES

Más detalles

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 047-2012 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE ESPECIALISTA EN CONTRATACIONES CÓDIGO: EC I. GENERALIDADES 1. Objeto

Más detalles

MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) DOCENTE AUXILIAR

MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) DOCENTE AUXILIAR I. GENERALIDADES MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N 003-2015-MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) DOCENTE AUXILIAR 1. Objeto de la convocatoria Contratar los

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS 0018-2018- SENASA Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios de: Un (01) Analista Básico en la Unidad de Informática

Más detalles

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N

CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION Página: 1 de 6 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 059-2014 I CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DE UN (01) AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO: AUX.ADM I. GENERALIDADES

Más detalles

Decreto Legislativo que aprueba herramientas para la lucha contra la corrupción en el Sector Interior

Decreto Legislativo que aprueba herramientas para la lucha contra la corrupción en el Sector Interior Decreto Legislativo que aprueba herramientas para la lucha contra la corrupción en el Sector Interior DECRETO LEGISLATIVO Nº 1291 1 CONCORDANCIAS: D.S.Nº 013-2017-IN (Reglamento) Enlace Web: EXPOSICIÓN

Más detalles

Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas

Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas El Peruano Lima, martes 11 de diciembre de 2012 NORMAS LEGALES 480501 Decreto Legislativo que regula la Situación Militar de los Supervisores, s y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA. DECRETO NÚMEr«:)} r 1~} 2 7 DE 2011

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA. DECRETO NÚMEr«:)} r 1~} 2 7 DE 2011 REPUBLlCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO NÚMEr«:)} r 1~} 2 7 DE 2011 Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes

Más detalles

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias DECRETO SUPREMO Nº EF. (Publicado:

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias DECRETO SUPREMO Nº EF. (Publicado: Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Fiestas Patrias DECRETO SUPREMO Nº 182-2015-EF (Publicado: 04.07.2015) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral

Más detalles

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS)

CONVOCATORIA DE PERSONAL BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS) Página: 1 de 6 I. GENERALIDADES JURADO NACIONAL DE ELECCIONES PROCESO CAS N 159-2011 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN TECNICO COMUNICADOR AUDIOVISUAL CÓDIGO: TEC.COM.AUD

Más detalles

FUERZA TERRESTRE ECUATORIANA RCG REGLAMENTO DE REQUISITOS DE ASCENSOS PARA SUBOFICIALES DE LA FUERZA TERRESTRE DIRECCIÓN DE DOCTRINA 2005

FUERZA TERRESTRE ECUATORIANA RCG REGLAMENTO DE REQUISITOS DE ASCENSOS PARA SUBOFICIALES DE LA FUERZA TERRESTRE DIRECCIÓN DE DOCTRINA 2005 FUERZA TERRESTRE ECUATORIANA RCG-00-08 REGLAMENTO DE REQUISITOS DE ASCENSOS PARA SUBOFICIALES DE LA FUERZA TERRESTRE DIRECCIÓN DE DOCTRINA 2005 Dirección de Doctrina de la Fuerza Terrestre Primera edición:

Más detalles

Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS

Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS Lunes, 27 de julio de 2015 DECRETOS LEGISLATIVOS Establecen beneficio de recompensa para promover y lograr la captura de miembros de organizaciones criminales, organizaciones terroristas y responsables

Más detalles

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad DECRETO SUPREMO Nº EF

Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad DECRETO SUPREMO Nº EF Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad DECRETO SUPREMO Nº 338-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 de la Quinta Disposición

Más detalles

PERFIL DEL PUESTO. Experiencia. Capacidad Analítica. Creatividad e innovación. Iniciativa y Planificación. Orientación a resultados.

PERFIL DEL PUESTO. Experiencia. Capacidad Analítica. Creatividad e innovación. Iniciativa y Planificación. Orientación a resultados. MINISTERIO DE DEFENSA PROCESO CAS N 003-2018-MINDEF CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS I. GENERALIDADES 1. Objeto de la

Más detalles

A partir del 10/12/2012 (Decreto Legislativo 1133)

A partir del 10/12/2012 (Decreto Legislativo 1133) Pensionistas que laboran en el Sector Público Antes del 10/12/2012 (Decreto Legislativo 1133) 1. El pensionista que se encuentre bajo el régimen del Decreto Ley 19846 el cual hayan adquirido esta condición

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores I. GENERALIDADES CONCURSO PÚBLICO CAS 007-2018/ PROCESO CAS N 003-2018/ TERMINOS DE REFERENCIA Profesional I Objeto de la convocatoria Contratar los servicios un (1) Profesional I para la Unidad de Recursos

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

DECRETO SUPREMO Nº IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Modifican artículos del Decreto Supremo Nº 007-98-IN, Decreto Supremo Nº 003-2012-IN y Decreto Supremo Nº 006-2013-IN, sobre requisitos para la obtención de licencias de posesión y uso de armas ante la

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS SENASA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN CAS 0020-2018- SENASA Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios de: Un (01) Analista Básico para la Unidad de Gestión

Más detalles

PROCESO CAS Nº MINJUS ABOGADO I. GENERALIDADES

PROCESO CAS Nº MINJUS ABOGADO I. GENERALIDADES MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS PROCESO CAS Nº 290-2012-MINJUS ABOGADO I. GENERALIDADES 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de dos (02) Abogados Coordinadores para la Secretaria

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº EF

DECRETO SUPREMO Nº EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los Pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto de Gestión de Servicios

Más detalles

3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Departamento de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas.

3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación: Departamento de Recursos Humanos de la Oficina de Administración y Finanzas. PROCESO CAS N 002-2017-SENCICO/07.04 CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIO DE UN (01) ABOGADO PARA LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL SENCICO I. GENERALIDADES 1. Objeto

Más detalles

REGLAMENTO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES DE LA IDENTIFICACION, OBJETIVO, BASE LEGAL, FINANCIAMIENTO Y ALCANCE

REGLAMENTO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES DE LA IDENTIFICACION, OBJETIVO, BASE LEGAL, FINANCIAMIENTO Y ALCANCE PROCESO DE SELECCIÓN DIRECTA PARA LA CONTRATACIÓN DE DOCENTES POR HORAS (RECIBO POR HONORARIOS) EN LA ESCUELA NACIONAL DE MARINA MERCANTE ALMIRANTE MIGUEL GRAU (ENAMM 2016-I) REGLAMENTO CAPITULO I DISPOSICIONES

Más detalles

Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC)

Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC) Aprueban el Reglamento del Consejo de Administración de Recursos para la Capacitación en Electricidad (CARELEC) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: DECRETO SUPREMO N 020-2007-EM (14.04.2007) Que,

Más detalles