II.- CONTENIDO DEL CONTRATO



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Para el contrato de suministro y para el contrato de servicios, euros.

Transcripción:

AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN Plaza del Ayuntamiento s/n. 23400 ÚBEDA Tfno. 953750440. Ext. 184 Fax. 953750770 ubeda_patri@terra.es PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE OCHO VEHÍCULOS USADOS Y SIETE CONTENEDORES METALICOS CÓNICOS PARA MATERIALES DE OBRAS CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE UBEDA. 1.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO. 1.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO El contrato que sobre la base de este pliego se formalice tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto, específicamente en la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la antedicha ley y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el Pliego de Prescripciones Técnicas, unido al expediente, y el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, prevalecerá lo dispuesto en este pliego. Además de las disposiciones señaladas, el contratista deberá de observar lo dispuesto en cualquier otra disposición de carácter sectorial que pueda afectar a los trabajos objeto del contrato y a su ejecución. También deberá observar la normativa reguladora de las relaciones laborales y de seguridad e higiene en el trabajo. II.- CONTENIDO DEL CONTRATO 2.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente pliego la adjudicación mediante procedimiento negociado del contrato de suministro de ocho vehículos usados y siete contenedores metálicos cónicos para materiales de obras con destino al servicio municipal de mantenimiento y conservación del Ayuntamiento de Úbeda, con las características que se especifican en el pliego técnico que se adjunta y que junto con el presente tiene carácter contractual, ello en ejecución de la resolución de 29 de Junio de 2009 de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, por la que se aprueba la subvención a Entidades Locales según Orden de 12 de diciembre de 2006 Plan de Cooperación Municipal-, nº Expediente 7924/8550. A efectos de la adjudicación, el suministro se divide en los Lotes que a continuación se indican: Lote nº 1: 1 furgón de servicios varios. Clasificación CPV: 34136100-0 Lote nº 2: 2 furgones para servicios varios. Clasificación CPV: 34136100-0 Lote nº 3: 1 vehículo mixto adaptable para servicios varios. Clasificación CPV: 34100000-8

Lote nº 4: 2 turismos comerciales de servicios varios. Clasificación CPV: 34144700-5 Lote nº 5: 2 turismos comerciales de servicios varios. Clasificación CPV: 34144700-5 Lote nº 6: 7 contenedores metálicos cónicos para transporte de materiales de construcción. Clasificación CPV: 44613800-8. 3.- NECESIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTRATAR.- (art. 22 LCSP) La necesidad administrativa de contratar viene determinada por la insuficiencia de vehículos con que cuenta este Ayuntamiento para atender los Servicios que pretenden dotarse con los mismos. 4. TIPO DE LICITACIÓN.- El tipo FIJO de licitación es de un total de CUARENTA Y TRES MIL OCHENTA EUROS Y DIECISIETE CÉNTIMOS DE EURO (43.080,17), IVA excluido. Dada la existencia de Lotes se establece con el desglose que se detalla a continuación: LOTE OBJETO PRESUPUESTO LICITACIÓN I 1 furgón 6.508 62 II 2 furgones 6.508 62 x unidad III 1 vehículo mixto adaptable 6.743 97 IV 2 turismos comerciales 3.318 97 x unidad V 2 turismos comerciales 2.370 69 x unidad VI 7 contenedores metálicos cónicos 775 86 x unidad Los licitadores podrán presentar ofertas referidas a uno, varios, o a la totalidad de los lotes determinados. Si para algún lote concreto superase la cuantía establecida como base de licitación, dicha oferta será inadmitida. El pago del precio se hará efectivo por la Depositaría Municipal, previa presentación del adjudicatario de las facturas oficiales correspondientes y acta de recepción de conformidad suscrita por el adjudicatario y por el Sr. Ingeniero Técnico Municipal. 5.- ENTREGA. El adjudicatario tendrá un plazo máximo de 60 días naturales, a partir de la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, para la entrega del material objeto de este suministro en las dependencias municipales que a tal fin se designen. 2

Dicha entrega será formalizada en acta de recepción o conformidad suscrita por el contratista y por el Técnico Municipal momento a partir del cual, comenzará el cómputo del plazo mínimo de garantía de un año sobre el material adquirido. En el momento en que por el Técnico Municipal se considere y justifique que el material suministrado haya podido sufrir deterioro por motivos diferentes a su normal utilización, deberá el adjudicatario proceder a la reposición del material deteriorado, en el plazo que al efecto se le otorgue por la Alcaldía. 6.- GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario provisional deberá constituir una garantía definitiva equivalente al 5% del importe de la adjudicación, excluido el IVA, correspondiente al lote o totalidad de los lotes adjudicados, en cualesquiera de las formas establecidas en el art. 84 de la LCSP, y en el plazo máximo de 15 días hábiles desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Conforme a lo dispuesto en el art. 90.1 de la LCSP, la devolución o cancelación de la garantía definitiva se realizará una vez producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato, o resuelto éste por causas no imputables al contratista. III.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR 7.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 49 de la LCSP. La solvencia técnica y económica se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en este Pliego. Asimismo, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, que se deducirá de cualquiera de los documentos que el pliego exige a los licitadores para acreditar su personalidad, capacidad, o en su defecto, de los que adicionalmente decida aportar el licitador. 8. - PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION 8.1. Forma de adjudicación: La adjudicación del presente contrato se llevará a cabo mediante procedimiento negociado sin publicidad. (art. 157. f) en relación con art. 161.2 LCSP. 8.2. Documentos a presentar por los empresarios interesados, forma y contenido de las solicitudes de participación. Las solicitudes de participación se presentarán mediante instancia en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, de 10 a 13 horas, durante los 15 días naturales contados desde la aparición del anuncio de invitación en el perfil de contratante ( www.ubeda.es), o en cualquiera otro de los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso deberá remitirse, mediante fax o telegrama al Ayuntamiento, antes de la finalización del plazo de presentación de proposiciones, el documento acreditativo de dicha presentación; sin tal requisito no será admitida ninguna solicitud. 3

De estos justificantes se dejará constancia en el Registro Municipal. No obstante, transcurridos diez días desde la terminación del plazo de presentación, no se admitirá ninguna oferta que no haya sido recibida en dicho Registro con el objeto de no supeditar la apertura de las ofertas a las incidencias del correo. Una vez entregada o remitida la solicitud de participación, no podrá el interesado retirarla, pero sí presentar otra dentro de plazo y con arreglo a las condiciones expresadas. El expediente estará de manifiesto en la Sección de Contratación del Ayuntamiento, desde la publicación del anuncio correspondiente en el Perfil de Contratante en horas de Oficina, pudiéndose tomar las notas que se precisen. La presentación de las solicitudes de participación presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente Pliego, sin salvedad alguna. Las instancias se sujetarán al modelo establecido en el Anexo I que se adjunta al presente pliego y a las mismas se acompañará la siguiente documentación (130 LCSP): 1) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario, de conformidad con lo establecido en el art. 43 de LCSP, y la representación, en su caso, del firmante de la proposición de la siguiente forma: Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales o escritura de constitución de Sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el empresario fuera persona jurídica, cuando la inscripción en dicho Registro sea requisito exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera deberán presentar la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro que fuera preceptivo. Deberá aportarse también el correspondiente Código de Identificación Fiscal. Escritura de poder, acompañada de Estatutos o Reglas Fundacionales de la Sociedad donde conste su objeto social, a los efectos del art. 46.1 de la LCSP, bastanteada por el Letrado Consistorial o en su defecto por el Secretario del Ayuntamiento de Úbeda o, a quienes se les deberá presentar, al menos dos días antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas, cuando el licitador actúe mediante representante de otra persona física o jurídica, debiendo estar en este último caso inscrita en el Registro Mercantil o en el que corresponda, y NIF del representante legal. 2) Acreditación de solvencia técnica o profesional por uno o varios de los medios establecidos en el artículo 66 de la LCSP. 3) Acreditación de la solvencia económica y financiera por uno o varios de los medios establecidos en el artículo 64 del LCSP. 4). Impuesto sobre Actividades Económicas. Los licitadores presentarán justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio. No obstante, cuando la empresa no esté obligada a presentar la declaración del impuesto, deberá acreditar esta circunstancia mediante la presentación del modelo 036 de la Agencia Tributaria Estatal. IAE. 4

5) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una Unión Temporal, deberán presentar un compromiso de constitución de la misma. Cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, y apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los deberes, y cumplir las obligaciones que del contrato se derivan hasta la extinción del mismo ante el órgano de contratación, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan entregar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativos, de acuerdo con lo establecido en los arts. 48 de la LCSP. Este documento deberá ser firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE. 6) Las empresas extranjeras no comunitarias, acreditarán su capacidad de obrar mediante informe de la respectiva misión diplomática permanente española en el Estado correspondiente, en la que además se haga constar que en ese Estado se admite la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración.(art. 61.3 LCSP) 7) Las empresas extranjeras comunitarias, acreditarán su capacidad de obrar por su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidas o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación (art. 61.2 LCSP). 8) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiera surgir del contrato, con renuncia en su caso al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (Disp. Adic. 1ª.3 LCSP). 9) Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración, conforme al art. 62.1 en relación con el 49 de la LCSP. La letra e) del apartado 1 citado art. 49 se completará con la referencia a la Ley del Parlamento de Andalucía 3/2.005 de 8 de abril de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía. La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuesta por las disposiciones legales vigentes, todo ello sin perjuicio, de la justificación acreditativa de tal requisito, en la que se contendrán las circunstancias establecidas en los arts. 13 y 14 del RGLCAP, sea exigida antes de la adjudicación definitiva al que vaya a resultar adjudicatario del contrato, a cuyo efecto se le concederá un plazo máximo de 15 días hábiles desde el siguiente al de la publicación de la adjudicación provisional. Se adjuntan como anexos I y II sendos modelos de declaración responsable referido uno, a personas físicas y otro, a personas jurídicas. 10) Memoria explicativa sobre los aspectos referentes al material a suministrar siguiendo los puntos del pliego técnico, considerándose como básicas las especificaciones técnicas contenidas en el mismo. El Alcalde, al acordar la adjudicación, determinará las mejoras 5

que acepta y que rechaza, vinculando aquellas al adjudicatario provisional y no pudiendo el rechazo de estas determinar renuncia a la adjudicación por parte de aquel. Toda la documentación será original o bien copia que tengan el carácter de auténtica o compulsada conforme a la legislación vigente (autentificada por Notario Público, por organismo expedidor de la documentación de que trate o por compulsa del Jefe de la Sección de Contratación del Ayuntamiento de Úbeda,). Así mismo, los interesados presentarán toda la documentación en castellano o mediante traducción oficial. Cada empresario únicamente podrá presentar una sola oferta, y no se admitirán variantes, pero podrá proponer en la memoria explicativa de realización de los trabajos prestaciones adicionales o complementarias a las establecidas como exigencias mínimas del objeto del contrato. 9.- ASPECTOS ECONÓMICOS Y TÉCNICOS OBJETO DE VALORACIÓN.- Serán objeto de valoración los siguientes aspectos de las ofertas presentadas: a) Mejora de garantía: Por cada 3 meses mas de garantía sobre el plazo total de la misma, 1 punto hasta un máximo de 8 puntos. b) Por la mejora en las características técnicas de los contenedores y de los vehículos y su equipamiento que supere los mínimos exigidos en el presente Pliego de Condiciones, año de matriculación y kilometraje del mismo, se puntuará hasta un máximo de 6 puntos. c) Mejora en el plazo de entrega: Por cada 10 días de adelanto sobre el plazo de entrega, 1 punto hasta un máximo de 5 puntos. Se emitirá informe por el Ingeniero Técnico Industrial Municipal valorando las ofertas presentadas, tenidos en cuenta los aspectos anteriores. 10.- ESTUDIO DE OFERTAS Y NEGOCIACIÓN.- El estudio de las ofertas, a las que se acompañará informe jurídico sobre la idoneidad de la documentación presentada, e informe técnico emitido sobre las mismas se efectuará por el Sr. Alcalde una vez terminado el plazo de presentación de las mismas. Estudiadas y negociadas las citadas ofertas, el Alcalde, en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadores y publicarse en el perfil de contratante, decretará la adjudicación provisional del contrato al empresario que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, conteniéndose en su resolución las invitaciones cursadas, las ofertas recibidas y las razones para su aceptación o rechazo. Todo ello según lo establecido en el art. 162.5 de la LCSP 11. ADJUDICACIÓN DEFINITIVA. La adjudicación provisional se elevará a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que expire el plazo concedido al adjudicatario provisional para la presentación de la documentación justificativa del ingreso de la garantía definitiva así como de la de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La adjudicación definitiva deberá ser motivada y notificarse a los licitadores. Asimismo deberá publicarse en el Perfil de Contratante, en un plazo no superior a 48 días a contar desde la fecha de adjudicación del contrato. (138.1 y 2 LCSP). En el caso de unión temporal de empresas, después de la adjudicación, y antes de la formalización del contrato, deberán aportar la escritura pública de formalización de la misma. 6

12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. El contrato se formalizará en documento administrativo, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista puede solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los correspondientes gastos (art. 140.1 LCSP). IV.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 13.- RIESGO Y VENTURA. El contrato se realiza a riesgo y ventura del contratista, según establece el art. 199 de la LCSP. 14.- GASTOS. Correrán a cargo del adjudicatario el importe de las contribuciones, impuestos y demás gravámenes y exacciones que resulten de aplicación, según las disposiciones legales vigentes, con ocasión o como consecuencia del contrato o de su ejecución. 15.- OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES. El adjudicatario, deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia Laboral, de Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales y de Seguridad y Salud. 16.- MORA Y PENALIDADES. La constitución en mora del contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación podrá optar indistintamente por la resolución del contrato ó por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Las penalidades se impondrán por acuerdo del Alcalde, previa audiencia del contratista y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que en concepto de pago total o parcial, deban otorgarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones. (Arts. 196 y 197 LCSP). V. EXTINCIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. 17.- RESOLUCIÓN. Son causas de resolución del contrato de suministro, además de las establecidas con carácter general en el art. 206 de la LCSP, las reguladas específicamente para este contrato en el art. 275 de la misma ley. La resolución del contrato será acordada por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, siguiendo el procedimiento establecido en el RGCAP en lo que no se oponga a la LCSP. 18.- EXTINCIÓN POR CUMPLIMIENTO. La forma normal de extinción del contrato de suministro es su cumplimiento por las partes en el plazo fijado al efecto. 7

19.- RECEPCIÓN. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Ayuntamiento, la totalidad de su objeto. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción mediante la formalización de la correspondiente Acta suscrita por el Técnico Municipal, el contratista y la Intervención Municipal. Dicho Acta se formalizará dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto del contrato (Art. 205 LCSP). 20.- PLAZO Y DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA, LIQUIDACIÓN. 20.1 PLAZO DE GARANTÍA Se establece un plazo mínimo de garantía de UN año, a contar desde la firma del Acta de recepción, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración, quedará extinguida la responsabilidad del contratista. 20.2 DEVOLUCIÓN GARANTÍA Y LIQUIDACIÓN Dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha del Acta de Recepción, deberá acordarse y notificarse al contratista la liquidación del contrato y abonársele en su caso el saldo resultante. Aprobada la liquidación del contrato, y si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y transcurrido, en su caso, el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. 21.- JURISDICCIÓN Y RECURSOS La contratación de los trabajos objeto del presente pliego es de naturaleza administrativa. Por consiguiente, cuantas incidencias se deriven de la realización de los trabajos, y de la interpretación de las disposiciones de los pliegos, serán resueltos en primer término por el órgano de contratación cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, todo ello conforme a lo dispuesto en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Las empresas extranjeras estarán sometidas a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir en el contrato. En Úbeda a 8 de octubre de 2009. LA JEFA DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN, 8

DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente pliego que consta de doce páginas, selladas con el sello del Ayuntamiento y rubricadas al margen por mí, ha sido aprobado por Decreto de la Alcaldía de fecha 8 de octubre de 2009. Úbeda, a 8 de octubre de 2009 EL SECRETARIO GENERAL, Luis Gómez Merlo de la Fuente 9

ANEXO I MODELO DE INSTANCIA "Don. mayor de edad, vecino de.., con domicilio a efecto de notificaciones en..., titular del D.N.I. nº. expedido con fecha., en nombre propio (o en representación de..,.., con domicilio en..., enterado del pliego de cláusulas que ha de regir el procedimiento negociado para la adjudicación del contrato de suministro de ocho vehículos usados y siete contenedores metálicos cónicos para materiales de obras con destino al servicio municipal de mantenimiento y conservación del Ayuntamiento de Úbeda, a través de la invitación efectuada por ese Excmo. Ayuntamiento mediante anuncio en el Perfil de Contratante de fecha..., se compromete a la ejecución de dicho contrato, y vengo en presentar oferta por el Lote o Lotes que se señalan (marcar con una cruz el recuadro del Nº de Lote o Lotes que interesan): Nº de LOTE OBJETO PRESUPUESTO LICITACIÓN IVA EXCLUIDO IVA I 1 furgón 6.508 62 1.041,38 II 2 furgones 6.508 62 x unidad 1.041,38 x unidad III 1 vehículo mixto adaptable 6.743 97 1.079,03 IV 2 turismos comerciales 3.318 97 x unidad 531,03 x unidad V 2 turismos comerciales 2.370 69 x unidad 379,31 x unidad VI 7 contenedores metálicos cónicos 775 86 x unidad 124,14 x unidad En las siguientes condiciones: Mejora en el plazo de entrega (en tramos de 10 días):...días. Mejora de garantía (en tramos de 3 meses):...meses....a...de...de 2009. firma.- ILTMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ÚBEDA" 10

ANEXO II MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR (Personas físicas) D./Dª...., con D.N.I (o documento equivalente) nº...,actuando en su propio nombre y derecho, DECLARA: 1º.-Que no me encuentro incurso en las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 49 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, ni formo parte de los órganos de gobierno o administración de la misma, ningún alto cargo a los que se refiere tanto la Ley 12/1.995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de Miembros del Gobierno de la Nación, como la Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía. 2º.-Que me encuentro al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, comprometiéndome a presentar, en el caso de resultar adjudicatario del contrato, las certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes de estar al corriente de mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y del alta, referida al ejercicio corriente, o del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberme dado de baja en la matrícula del citado Impuesto o, en el caso de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos anteriores, presentaré declaración responsable indicando dicha circunstancia. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, firmo la presente en...,a...de...de 2009.Firma 11

ANEXO III MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR (Personas jurídicas) D./Dª..., con D.N.I (o documento equivalente) nº...,actuando en nombre y representación de... DECLARA: 1º.-Que ni la sociedad arriba citada, ni los administradores y representantes legales de la misma, se encuentran incursos en las prohibiciones de contratar a que se refiere el artículo 49 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, ni forman parte de los órganos de gobierno o administración de la misma, ningún alto cargo a los que se refiere tanto la Ley 12/1.995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de Miembros del Gobierno de la Nación, como la Ley 3/2005, de 8 de abril, de incompatibilidades Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía 2º.-Que la sociedad a la que represento se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y que se compromete a presentar, en el caso de resultar adjudicataria del contrato, las certificaciones administrativas expedidas por los órganos competentes de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y del alta, referida al ejercicio corriente, o del último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto o, en el caso de no estar obligada a presentar las declaraciones o documentos anteriores, presentará declaración responsable indicando dicha circunstancia. Y para que así conste y surta los oportunos efectos, firmo la presente en...,a...de...de 2009 Firma.- 12