REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETIRBUCIONES Diciembre 2017

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Transcripción:

REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETIRBUCIONES Diciembre 2017 Fecha de elaboración: marzo 2017 Fecha de actualización: 14 de diciembre 2017 Versión: 2 Vigente a partir de: diciembre 2017 Nombre del área: Gerencia Legal y Secretaría General

CONTENIDO CONTENIDO... 2 PREÁMBULO... 3 CAPÍTULO I... 4 Sobre el Comité de Nombramientos y Retribuciones... 4 1. CAPÍTULO II... 5 Responsabilidades del Comité de Nombramientos y Retribuciones... 5 CAPÍTULO III... 6 OTRAS DISPOSICIONES... 6 2. DETALLES DEL DOCUMENTO... 7 Detalles del documento... 7 Registro de cambios del documento... 7

PREÁMBULO REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES ASEGURADORA SUIZA SALVADOREÑA, S.A Y ASESUISA VIDA, S.A. SEGUROS DE PERSONAS ASESUISA Y FILIAL El Comité de Nombramientos y Retribuciones se le atribuyen responsabilidades con relación al asesoramiento en materia de nombramientos y remuneraciones de los miembros de la Alta Gerencia, además de desarrollar lineamientos del manejo estratégico del talento humano, en términos de compensación y desarrollo, los cuales serán aprobados por la Junta Directiva y estarán estrictamente relacionados con el desempeño individual y de la Sociedad. La principal función del Comité de Nombramientos y Retribuciones es servir de apoyo a la Junta Directiva en el cumplimiento de los siguientes objetivos: i) Identificar la composición tentativa de perfiles profesionales (asociados a aspectos tales como conocimientos y experiencia) que en cada circunstancia se necesitan en la Alta Gerencia ; ii) Identificar los perfiles personales (vinculados con trayectoria, reconocimiento, prestigio, disponibilidad, liderazgo y dinámica de grupo) más convenientes para la Alta Gerencia; iii) Evaluar el tiempo y dedicación necesarios para que puedan desempeñar adecuadamente sus funciones. Lo anterior no implica la sustitución de la responsabilidad que le corresponde a la Administración sobre la dirección estratégica del talento humano y su remuneración. En tal sentido, su responsabilidad quedará limitada a asistir al órgano directivo. Así mismo el presente Reglamento tiene por finalidad definir el alcance del Comité de Nombramientos y Retribuciones, frente a la Alta Gerencia en la adopción de las mejores prácticas y políticas en materia de gerencia; retención del talento humano, compensación y planes de sucesión de todos sus empleados; a fin de que la Sociedad continúe realizando adecuadamente su objeto social y alcance cabalmente sus objetivos dentro del marco estatutario y legal que rigen su actividad. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento serán complementarias a las establecidas en la ley, los Estatutos Sociales, el Código de Buen Gobierno y el Código de Conducta.

Este Reglamento será vinculante y deberá ser difundido a los accionistas, mediante los canales establecidos para el efecto y, al público en general, a través de la página web de la Sociedad. CAPÍTULO I Sobre el Comité de Nombramientos y Retribuciones ARTÍCULO 1. CONFORMACIÓN Y REMUNERACIÓN: El Comité de Nombramientos y Retribuciones está conformado por tres (3) Directores, uno de los cuales será el Presidente de la Junta Directiva, quien lo presidirá. Asistirá como invitado el Presidente de la Sociedad y actuará como Secretario, el Secretario General de la Sociedad. Los miembros serán elegidos por la Junta Directiva y tendrán un periodo de dos (2) años. Su remuneración será definida en la Política para el Nombramiento, Remuneración y Sucesión de la Junta Directiva, la cual hace parte del Código de Buen Gobierno Corporativo. PARÁGRAFO: El Comité podrá tener el apoyo de los miembros de la Alta Gerencia, con experiencia sobre las materias de su competencia y/o de expertos externos. ARTÍCULO 2. MIEMBROS: Los miembros del Comité de Nombramientos y Retribuciones deberán tener conocimientos en estrategia, recursos humanos, política salarial y materias afines. ARTÍCULO 3. REUNIONES: El Comité se reunirá como mínimo dos (2) veces al año o cuando las circunstancias así lo requieran, en el domicilio principal de la Sociedad o en el lugar que se señale en la convocatoria. Podrá hacer reuniones no presenciales o tomar decisiones a través de medios virtuales, de conformidad con las normas vigentes. Habrá quórum para deliberar en las reuniones del Comité con la presencia de dos (2) de sus miembros. Las decisiones se tomarán por mayoría simple. En caso de empate, el asunto se someterá a consideración de la Junta Directiva.

ARTÍCULO 4. ACTAS: Las decisiones del Comité se harán constar en actas, con numeración consecutiva, y serán suscritas por los integrantes, el Presidente de la Sociedad, cuando comparezca a la misma, y el Secretario. Los documentos conocidos por el Comité que sean sustento de sus decisiones formarán parte integral de las actas, y se tendrán como anexos de las mismas. Copia de las actas del presente Comité se remitirán a todos los miembros de la Junta Directiva, por conducto del Secretario. 1. CAPÍTULO II Responsabilidades del Comité de Nombramientos y Retribuciones ARTÍCULO 5. RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ: El Comité de Nombramientos y Retribuciones tendrá las siguientes responsabilidades: 1. Informar a la Asamblea General de Accionistas sobre su gestión, y atender las cuestiones que les planteen los accionistas en materias de su competencia. 2. Evaluar periódicamente las competencias, conocimientos y experiencia de los miembros de la Alta Gerencia de la Sociedad. 3. Proponer y revisar los criterios que deben seguirse para la composición de la Alta Gerencia. 4. Informar a la Junta Directiva aquellos casos de miembros que puedan afectar negativamente el funcionamiento de la Alta Gerencia o la reputación de la Sociedad, y en particular, cuando se hallen incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad, inhabilidad o prohibición legal. 5. Proponer a la Junta Directiva la política de sucesión de los miembros de la Alta Gerencia. 6. Evaluar a los candidatos y proponer el nombramiento y remoción de la Alta Gerencia. 7. Presentar informe previo acerca de la propuesta para Secretario de la Junta Directiva. 8. Proponer a la Junta Directiva los criterios objetivos por los cuales la Sociedad contrata y la política de remuneración de la Alta Gerencia. 9. Proponer acciones tendientes a garantizar la disponibilidad, atracción y retención del talento humano y el plan de sucesión de los empleados de la Sociedad.

10. Realizar una evaluación formal del desempeño de la Alta Gerencia, teniendo en cuenta su integridad, visión, liderazgo, logro de metas, plan de sucesión, relación con grupos de interés, y con sus colaboradores inmediatos, mediante interacciones ocasionales con ellos. 11. Proponer la Política de Recursos Humanos de la Sociedad. 12. Asegurar la observancia de la política de remuneración de los Administradores, y la transparencia y revelación de sus retribuciones. 13. Revisar periódicamente los programas de remuneración de los miembros de la Alta Gerencia, y hacer las recomendaciones pertinentes a la Junta Directiva. 14. Formular el informe anual sobre la política de Remuneración de la Alta Gerencia, el cual será presentado a la Asamblea General de Accionista, previo el análisis de la Junta Directiva. PARÁGRAFO: A solicitud del Presidente de la Junta, el Presidente del Comité de Nombramientos y Retribuciones, podrá informar a la Junta General de Accionistas sobre aspectos concretos del trabajo realizado por el Comité. CAPÍTULO III OTRAS DISPOSICIONES ARTÍCULO 6. APROBACIÓN: El presente Reglamento del Comité de Nombramientos y Retribuciones, se sometió a consideración de la Junta Directiva de Aseguradora Suiza Salvadoreña, S.A., quien lo aprobó mediante acta No. 1073 y Asesuisa Vida, S.A. Seguros de Personas, aprobado por acta No. 209, ambas en fecha 14 de diciembre de 2017. ARTÍCULO 7. VIGENCIA Y MODIFICACIONES. El presente Reglamento del Comité de Nombramientos y Retribuciones rige a partir del momento de su aprobación, y podrá ser modificado en cualquier momento por la Junta Directiva.

2. DETALLES DEL DOCUMENTO Detalles del documento Clasificación de la Información Elaboró Revisó Aprobó Área de Origen: Áreas Relacionadas: De Uso Interno Confidencial Pública x Restringida Secretaría General y Gerencia Legal Junta Directiva Acta N 1073 ASESUISA Y 209 ASESUISA VIDA Fecha 14/12/2017 Fecha Fecha 14/12/2017 Estado del documento Borrador Revisión Versión Final x Registro de cambios del documento Fecha Autor/cargo versión Descripción de los cambios 14/12/2017 Secretaría General y Gerencia Legal 1 Se modificó el reglamento elaborado en marzo 2017. RESPONSABILIDADES Distribución Archivo Actualización Dirección de Desarrollo Organizacional Dirección de Desarrollo Organizacional Gerencia Legal y Secretaría General.