PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

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En cualquier caso se realizará una notificación previa con una antelación de 1 mes antes de la finalización del periodo inicial contratado.

El adjudicatario deberá disponer de los medios necesarios para la prestación del indicado servicio.

El adjudicatario deberá disponer de los medios necesarios para la prestación del indicado servicio.

ÍNDICE CLAUSULADO CLÁUSULA 1.- OBJETO DEL CONTRATO.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO

Pliego de prescripciones técnicas del servicio de limpieza de edificios

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LAS OFICINAS DE LA EMPRESA DE TRANSFORMACIÓN AGRARIA, S.A., S.M.E.

La Casa Astola se encuentra sita en el barrio de Astola en Abadiño. Días: Martes y jueves con una jornada semanal de seis horas.

1.- CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES MINISTERIO. P. ABIERTO nº 15/09 1 FAX C/ San Juan Bosco, 15 TEL

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO PARA LOS EJERCICIOS 2.010/2.011.

ANEXO PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE LA SEDE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CANARIAS.

DOCUMENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

El servicio se prestará siempre entre las y 18 horas de lunes a viernes.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN EL CIRCUITO DE VELOCIDAD DE JEREZ, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.

PROCEDIMIENTO Nº 1/2010 PERIODO : A

1. OBJETIVO DEL CONTRATO.

Quedan incluidas en el objeto del contrato las siguientes prestaciones, a modo enunciativo pero no limitativo:

CONTRATO DE SERVICIOS: SERVICIO DE LIMPIEZA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL EN HUESCA PARA LOS AÑOS

1. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁ DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

A.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

ALMACÉN BADAJOZ Ctra. Valverde, Km 4,5 900 m 2 Oficina, aseos y almacén

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE LA SEDE DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CANARIAS.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS A REGIR LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL INSTITUTO CEUTI DE DEPORTES

La Escoleta Municipal ubicada en la calle la Baseta. El Hogar del Jubilado. El Centro Social. El Espai Major.

El edificio consta de cuatro plantas y planta sótano con las siguientes características:

Ayuntamiento de Valladolid

Las dependencias en las que se ha de realizar el servicio son:

El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento del contrato en las condiciones siguientes:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS A REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL COMPLEJO DEPORTIVO GUILLERMO MOLINA.

2.- PRESTACIONES INCLUIDAS

El edificio principal consta de dos plantas y sótano con la siguiente superficie:

2. EDIFICIOS DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA, Y PLAZO DE EJECUCIÓN: Los edificios en los que se prestará este servicio de limpieza son:

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN DIRECCION PROVINCIAL DE MURCIA

ANEXO I AL PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. EXPEDIENTE 2013/20

Ornamentales y Horticultura, Cámaras, Taller, Baños de personal, etc. Isamar Baños de personal junto al Taller La Laguna 50 m²

Anexo I: Relación de Oficinas Comarcales y domicilio. Anexo II: Detalle de superficies de las Oficinas Comarcales.

El objeto del contrato es la contratación del servicio de limpieza de la dependencia cuya ubicación es la siguiente:

EXPEDIENTE OS-B1-2017

CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR DENTRO DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA DE PERSONAL SANITARIO ENFERMERO/A- PARA F.M.D.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO

El presente Pliego consta de 3 Anexos con la siguiente numeración y contenido:

Servicio de Autobuses para la XXV MUESTRA DE TEATRO ESCOLAR, con el siguiente itinerario:

3.2. La empresa adjudicataria deberá disponer de oficina, representación, etc. En la misma provincia donde preste el servicio.

2. CUADRO DE FRECUENCIAS DE LOS TRABAJOS REQUERIMIENTOS DEL PLAN DE LIMPIEZA

Despachos y salas de reuniones Pasillos y escaleras 667 Aseos 105 Archivos y almacenes 319 Terrazas y patio exterior 566 Local sindical 211

1. SEDE DE LA VICECONSEJERIA DE ASISTENCIA SANITARIA 2. SEDE DE LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO (ASTURIAS)

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA, EN LA SEDE DE LA CALLE VALPORTILLO PRIMERA, 9 DE ALCOBENDAS, DEL

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

ANEXO El objeto del contrato es la realización del servicio integral de limpieza, en las siguientes dependencias de la Dirección Provincial:

- Dirección Provincial: C/ José M. Martínez Cachero nº del 17 al 20. Oviedo. - Almacén/Archivo: C/ Calderón de la Barca nº 8. Oviedo.

PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRA

SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE JARDINERÍA EN EL EDIFICIO SITUADO EN LA CALLE MAUDES, NÚMERO 17, DE MADRID. PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO

Pliego técnico del Servicio de Limpieza EMTUSA PC 4/15

1. OBJETO 2. DEPENDENCIAS COMPRENDIDAS EN EL CONTRATO

1. CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DEL PLAN DE LIMPIEZA

Es objeto del presente contrato la prestación del Servicio de limpieza de los edificios y dependencias del Ayuntamiento de Villadangos del Páramo.

La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse al presente pliego que tiene carácter contractual.

1. OBJETO DEL CONTRATO

2.- NÚMERO Y TIPO DE AUTOBUSES QUE SE PRECISAN. Para este servicio se precisarán el siguiente número y tipo de autobuses:

INMUEBLES EN LOS QUE ESTÁN UBICADAS LAS SEDES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN EL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS OFICINAS DEL CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID

Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A.

1.- CONDICIONES TÉCNICAS GENERALES

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE LIMPIEZA DEL PALACIO DE CONGRESOS DE HUESCA

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD

ANEXO 2 PROCEDIMIENTO ABIERTO Nº 1/2009 EXPEDIENTE: GC-1/09

En los apartados siguientes se describen los servicios incluidos en el presente contrato y las condiciones para su realización.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA DENTRO DE LOS AUTOBUSES

2.-PERIODO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y PERSONAL MÍNIMO DE LIMPIEZA

En los apartados siguientes se describen los servicios incluidos en el presente contrato y las condiciones para su realización.

(LOTE 1) P.A. 1/10 A.- PRESCRIPCIONES TECNICAS

A Y U N T A M I E N T O DE LA VILLA DE BREÑA ALTA

PLIEGO DE PRESCRIPICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA DENTRO DE LOS AUTOBUSES

CONVOCATORIA DE CONCURRENCIA DE OFERTAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA REF.: PICA PIC2009_4880

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

En los apartados siguientes se describen los servicios incluidos en el presente contrato y las condiciones para su realización.

2.- ALCANCE.- Las dependencias del establecimiento en las que se prestarán los servicios de limpieza son, en términos generales, las siguientes:

Las acciones de limpieza a realizar en la ejecución del contrato serán las siguientes:

CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS POR ACTIVIDADES (Reglamento 451/2008 de la Comisión)

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LIMPIEZA DE ASEOS PÚBLICOS EN LA PLAYA DE LA ARENA TÉRMINO MUNICIPAL DE MUSKIZ

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS DEL CONTRATO DE SERVICIO DE LIMPIEZA PARA EL CENTRO UNIVERSITARIO DE LA DEFENSA DE ZARAGOZA (CUD).

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA EL CONCURSO

LOTE 1: DIRECCIÓN PROVINCIAL, SUBDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRESTACIONES Y CENTRO MODULAR, EN MALAGA CAPITAL.

Transcripción:

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS DEPENDENCIAS DEL SERVICIO DE GESTIÓN TRIBUTARIA EN LA PROVINCIA DE HUELVA

INDICE 1.- OBJETO Y RÉGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO 2.- ORGANIZACIÓN 3.- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO 4.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 5.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 6.- PRESUPUESTO, FINANCIACIÓN Y PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO 7.- MEDIOS MATERIALES 8.- RECURSOS HUMANOS

Art. 1º OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO El contrato a que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación por procedimiento abierto, mediante tramitación urgente, de la prestación del servicio de limpieza de las dependencias del Servicio de Gestión Tributaria en la provincia de Huelva. Los centros de trabajo se encuentran ubicados en los siguientes municipios: MUNICIPIO DEPENDENCIA DIRECCIÓN M 2 aprox. Huelva - Gerencia C/ San Salvador, 14 1.004 Huelva - Isla Chica Av. Alcalde Federico Molina, 27 136 Huelva - La Orden Av. Diego Morón, 15 70 Aljaraque C/ Antonio Ponce, 1 50 Almonte C/ Santiago, 6 A 101 Aracena C/ Barberos, 2 134 Ayamonte C/ Isla Cristina, 4 92 Bollullos del Condado C/ Pérez y Vacas, 59 62 Cartaya C/ Santa María, 18 75 Cortegana C/ García Lorca, 12 140 Gibraleón Pz. España, 3 70 Isla Cristina Paseo de las Flores, 3 180 La Palma del Condado Pz. España, 1 97 Lepe Núcleo Residencial San Juan, 10 104 Moguer C/ San Francisco, 11 100 Nerva Av. Andalucía, 2 70 Palos de la Frontera C/ Rábida, 23 150 Punta Umbría Av. Andalucía, 20 173 San Juan del Puerto C/ Dos Plazas, 2 81 Valverde del Camino C/ D. Pedro Castilla, 5 250 En contrato se encuentra sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El servicio objeto de la contratación se enmarca en la categoría 14 del anexo II del citado texto legal. El presente Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas revestirán carácter contractual. El contrato a que se refiere el presente pliego se regirá por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre. Los edificios objeto del presente pliego podrán visitarse por las empresas licitadoras, previa autorización del Director de cada oficina del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva.

Art. 2º ORGANIZACIÓN. Con carácter general, el horario de limpieza para la dependencia de Huelva- Gerencia será de 15:00 a 18:30 horas de lunes a viernes. Para el resto de dependencias se prestará el servicio a primera o última hora en el horario comprendido entre las 8:00 y 15:00 horas. No obstante, por parte del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva se podrán fijar otras jornadas de trabajo para aquellas tareas que por su naturaleza lo requieran. En la memoria técnica propuesta deberá determinarse la programación de los trabajos a realizar, relación del personal que vaya a prestar sus servicios en la adjudicación y horario de trabajo de los mismos, plan de Seguridad e Higiene en el trabajo de la empresa licitadora, relación de los medios materiales que sean específicos del servicio contratado e impuestos por la normativa específica de seguridad, ficha técnica de los productos de limpieza, sistema de prevención de accidentes del entorno laboral, plan de control y seguimiento del servicio. Sin perjuicio de que en el contrato se considere comprendida la obligación general del adjudicatario de mantener en perfecto estado de limpieza los edificios y dependencias, los trabajos mínimos genéricos así como su frecuencia en la realización, son los que a continuación se detallan: A) DIARIAMENTE: 1) Ventilación de todas las dependencias en las que existan ventanas. 2) Vaciado y limpieza de papeleras. 3) Retirada y depósito de basura en contenedor. 4) Barrido y fregado de pavimentos. 5) Desempolvado y subsiguiente repaso húmedo, utilizando los productos específicos para cada uso, mesas, asientos, aparatos de telefonía, lámparas, archivadores, zócalos, poyetes y objetos decorativos. 6) Desempolvado y repaso de huellas y otras trazas de suciedad en mamparas, puertas, barandillas y pasamanos de escaleras. 7) Servicios sanitarios: Barrido y fregado de suelos con solución desinfectante. Limpieza y desinfección de elementos sanitarios. Limpieza de grifería, lámparas, espejos y alicatados. 8) Reposición de papel seca manos, papel higiénico y jabón líquido. 9) Limpieza de los ascensores. 10) Limpieza de escaleras. B) SEMANALMENTE: 1) Limpieza y abrillantado de metales interiores. 2) Repaso general a fondo de entrepaños, patas y faldones de mesas y otros muebles. C) QUINCENALMENTE:

1) Limpieza de cristales interior-exterior. 2) Desempolvado de paredes. D) MENSUALMENTE 1) Limpieza de letreros de fachada. 2) Abrillantado de suelo. 3) Limpieza de techos y paredes. 4) Limpieza de aparatos de luz, cuadros y demás objetos situados en paredes altas. 5) Limpieza de rejillas de aire acondicionado. 6) Limpieza en las zonas de archivos, incluyéndose estanterías y muebles. Art. 3º RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, obligándose a ejecutar lo convenido, asumiendo la gestión del servicio y por consiguiente los resultados y contingencias económicas que se produzcan, por ello, no tendrá derecho a indemnización por causas económicas, averías, daños o perjuicios, salvo los supuestos y excepciones establecidos en el TRLCSP. Art. 4º OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Serán obligaciones del contratista las señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y someterse a las instrucciones que dicte el órgano de contratación de acuerdo con sus facultades. El Adjudicatario contará con el personal necesario para la ejecución del Contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo la Administración contratante del todo ajena a dichas relaciones laborales. El contratista vendrá obligado a mantener la continuidad del servicio a lo largo de todo el año, teniendo la obligación en caso de ausencias por enfermedad, baja de personal, vacaciones reglamentarias y otras causas análogas, de cubrir dichas ausencias por su cuenta. Asimismo, cumplirá todas las disposiciones de carácter laboral y social en relación con el personal a su servicio sujetándose al Convenio Colectivo en vigor, manteniéndolo debidamente asegurado y a cubierto de los riesgos que prevenga sobre la materia la legislación dictada o que se dicte en el futuro, entendiéndose que,

ante cualquier Organismo, dicho personal no tiene relación laboral alguna con el Servicio de Gestión Tributaria. Será de cuenta exclusiva del adjudicatario el pago del personal que emplee para la realización de los trabajos objeto de este concurso. Todos los gastos de carácter social y los relativos a tributos del referido personal serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión en el Centro. En ningún caso el Servicio de Gestión Tributaria resultará responsable de las obligaciones del contratista con sus trabajadores, aún cuando los despidos y medidas que adopte sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato establecido. Serán por cuenta y cargo del adjudicatario, los materiales a emplear en los trabajos de limpieza, según los que correspondan en cada caso, así como las máquinas, aparatos y utensilios que al efecto se precisen, debiendo reunir todo ello las adecuadas condiciones para un efectivo y esmerado servicio. El adjudicatario dotará a su personal del vestuario y de todos los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con el mismo toda la legislación vigente de Seguridad e Higiene en el trabajo. Los desplazamientos del personal de la limpieza a las distintas dependencias serán por cuenta del adjudicatario. De conformidad con lo dispuesto en el Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Agencias de Limpieza de Edificios y Locales, la empresa que resulte adjudicataria estará en todo caso obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores/as adscritos a dicha contrata y lugar de trabajo, relacionados en el anexo I, en las condiciones y según el procedimiento previsto en dicho Convenio Colectivo. El adjudicatario está obligado a presentar mensualmente al Servicio de Gestión Tributaria, copias de las liquidaciones de Seguridad Social, modelos TC1 y TC2. El incumplimiento de esta norma podrá ser causa de resolución del contrato. El adjudicatario no podrá ceder el contrato ni subcontratar con terceros la realización total o parcial del Servicio de LIMPIEZA. Serán de cuenta del adjudicatario los gastos derivados del anuncio de licitación en los Boletines Oficiales y prensa local. El adjudicatario será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el ejercicio de su profesión.

Art. 5º CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Si la prestación del servicio realizado por el contratista no se ajustara a las condiciones estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que se subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan. Si los servicios efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Art. 6º PRESUPUESTO, FINANCIACIÓN Y PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO. El presupuesto del contrato y precio máximo de la adjudicación se establece en 145.000,00 IVA incluido, para el primer año del contrato y para las dependencias indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como en el modelo de Proposición Económica. El valor estimado del contrato teniendo en cuenta el periodo de duración, con la prórroga posible, calculado conforme a lo establecido en el artículo 88.1 TRLCSP, asciende a 239.669,42, más 50.330,58 correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, que se indicará como partida independiente, lo que supone un importe total de 290.000,00. Se entenderá que el importe de cada oferta es el de la suma del precio ofrecido más el I.V.A., debiendo, además, figurar desglosados ambos conceptos. En ambos importes, deben entenderse incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego. El presente contrato, para el ejercicio 2016, se financiará con cargo a la partida 931.227.00 del Presupuesto del Servicio de Gestión Tributaria. Para los años sucesivos el Servicio de Gestión Tributaria establecerá anualmente en sus presupuestos la consignación necesaria para la realización del presente contrato. El abono a la entidad adjudicataria de las obligaciones derivadas del presente contrato se efectuará por mensualidad vencida, mediante la presentación de la correspondiente factura, equivalente cada una de ellas a la doceava parte del precio anual, dicha factura deberá ir acompañada de copia de los TC-1 y TC-2, debidamente cumplimentados y abonados correspondientes a los trabajadores de la empresa que realizan el servicio objeto del contrato.

Art. 7º MEDIOS MATERIALES La empresa contratista podrá utilizar sin cargo los suministros de agua y energía eléctrica existentes en las diferentes instalaciones de los edificios que sean necesarios para la prestación del servicio. Si por causas ajenas a la Administración no pudieran suministrarse estos elementos, quedará exonerada de responsabilidad por lo que se refiere a las imperfecciones y demoras del servicio de limpieza atribuibles a esas carencias. Las contratistas serán responsables del adecuado uso de estos medios por parte del personal de limpieza. Maquinaria, equipos auxiliares y productos de limpieza. Será por cuenta de las empresas contratistas la aportación de la maquinaria de limpieza y sus repuestos, vestuario, herramientas, enceradoras, máquinas de vapor industrial, aspiradoras y accesorios, andamios, escaleras, elementos especiales de seguridad y, en general, cualquier otro material o elemento que se precisen para la correcta prestación del servicio, aunque no se citen expresamente. El personal del contratista destinado en cada edificio deberá disponer de los carros necesarios para el transporte de los productos, equipo auxiliar y herramientas que requiera para desarrollar su trabajo en el tiempo mínimo posible. El suministro de todos los productos necesarios para la adecuada prestación de los trabajos objeto de contrato, y en las cantidades que sea preciso, para garantizar un perfecto estado de limpieza de los edificios, correrán de cuenta del contratista y, en ningún caso, supondrán un coste añadido al precio del contrato. La contratista deberá formar a los trabajadores en la dosificación correcta de los productos de limpieza usados en la prestación del servicio, de acuerdo con las normas de los fabricantes y según las acreditaciones medioambientales, en las medidas preventivas adicionales que se deban tomar y en los riesgos laborales que conlleva su manipulación o empleo inadecuado. Para la realización de las operaciones descritas en el presente pliego la contratista empleará maquinaria para limpieza profesional que cumpla las normas europeas en materia de seguridad general, compatibilidad electromagnética, vibraciones, ruido y emisión sonora en exteriores. Los productos de limpieza y el material de aseo consumible serán de bajo impacto medio ambiental, de reconocida calidad y podrán ser rechazados por la Administración si no ofrecen las adecuadas garantías respecto a la seguridad de las personas o bienes de los edificios. Sustancias prohibidas en los productos de limpieza. Los productos empleados en la limpieza de las dependencias de los edificios incluidos en este contrato no podrán contener las sustancias siguientes: Alquilfenoletoxilatos (APEO) y sus derivados.

Nitroalmizcles y almizcles policíclicos. EDTA (etileno-diamino-tetra-acetato) y sus sales. NTA (nitrito-triacetato). Compuestos de amonio cuaternario. Glutaraldehído. Ingredientes clasificados como cancerígenos, mutágenos o teratógenos de acuerdo con la Directiva 67/548/CEE. Los productos no estarán etiquetados como R42 (sensibilización por inhalación) ni R43 (sensibilización por contacto con piel). Material consumible de aseo. Jabones y papel celulosa. En el precio del contrato se incluye el material consumible de aseo, siendo la contratista la encargada de reponer los jabones y papel celulosa higiénico y de toalla, adecuados a los dispensadores existentes en todos los aseos de las dependencias. En todo caso: - El papel higiénico y el papel para el secado de manos debe ser papel 100% reciclado y totalmente libre de cloro. - Las bolsas de basura deberán ser de plástico reciclado. El personal de la empresa contratista optimizará diariamente los consumos de materiales de reposición en los cuartos de aseo (tanto de jabón de manos, papel higiénico y papel para secar), de forma que se suministre justo el que se necesite, respondiendo de la falta o carencia de suministro del citado material consumible. Art. 8º RECURSOS HUMANOS Los medios humanos que sea preciso contratar, de acuerdo con la legislación laboral vigente, para el correcto desempeño del servicio de limpieza serán por cuenta exclusiva del adjudicatario. La contratista mantendrá con respecto al personal que emplee en el servicio todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono a tenor de la legislación laboral y social actualmente vigentes o que, en lo sucesivo, pueda promulgarse sin que pueda alegarse derecho alguno de dicho personal con relación al Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, ni exigirle a éste responsabilidad de cualquier tipo como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún cuando las incidencias que lo afecten sean por causas directas o indirectas del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. En relación con las listas de empleados susceptibles de subrogación que han sido aportadas por las empresas que actualmente prestan el servicio de limpieza en

los centros y sedes incluidos en el presente contrato, el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva no se hace responsable de la composición de dichas listas. En este sentido, al inicio del contrato, la empresa contratista estará obligada a entregar a la Administración, un listado del personal encargado de la prestación del servicio, que contenga, como mínimo, los siguientes datos: nombre y apellidos, DNI, número de la Seguridad Social, categoría, tipo de contrato, jornada laboral, antigüedad y centro o centros en los que realizara los trabajos. Además, las empresas contratistas notificarán a la Comisión de Seguimiento, con la debida antelación, todas las incidencias o variaciones en la plantilla asignada al Centro de trabajo en cuestión de altas y bajas del personal, cambios de turnos, horarios y, en general, de cualquier otro dato que se requiera para el adecuado control. La notificación debe ir acompañada de la oportuna justificación documental (contrato de trabajo y partes de alta y baja en la Seguridad Social, etc.). Cuando la contratista deba realizar alguna sustitución definitiva de un trabajador, ésta deberá ser comunicada por escrito al Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, con especificación del nombre del nuevo trabajador y del sustituido, al objeto de proveerle de la autorización necesaria para el acceso al lugar de trabajo. En estos casos se recogerán por la contratista dichas autorizaciones, para devolverlas a la Consejería. En el supuesto de que se produzcan cambios de carácter imprevisible, se notificará en el momento de la incorporación del sustituto. Todos aquellos acuerdos que pudieran celebrarse entre sindicatos y empresas adjudicatarias del servicio, al margen de lo establecido en los convenios colectivos, deberán ser comunicados previamente al Servicio de Gestión Tributaria. Dichos acuerdos vincularán únicamente a la empresa contratista. La contratista se compromete a retribuir adecuadamente al personal que contrate asumiendo de forma directa y no trasladable al Servicio de Gestión Tributaria el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo o en las retribuciones de dicho personal, tanto si dichas mejoras son consecuencia de convenios colectivos, pactos, o acuerdos de cualquier índole que puedan conllevar o conlleven equiparación a otras situaciones, como si lo fuera por la integración del Centro a otro organismo de la Administración Pública, de modo que en ningún caso podrán repercutir dichas modificaciones en un incremento del precio de adjudicación. En los casos en que, por aplicación del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios y Locales vigente, la realización de ciertas tareas -como la limpieza de cristales- hayan de realizarse por personal cualificado o especializado, distinto al que desarrolla la limpieza regular, la contratista detallará en su Programa de Trabajo las horas necesarias asociadas a las mismas. Este hecho hace especial referencia a la determinación de las horas necesarias para la realización de la limpieza de ventanas, cristales, superficies acristaladas y asimilados, siendo de obligado cumplimiento. Todo el personal de limpieza deberá ir convenientemente uniformado e identificado, siendo este coste de cuenta del contratista.